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Conferencia sobre responsabilidad ética y legal del profesional de Enfermería en Colombia que incluye la disciplinaria, penal, administrativa y civil.
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RESPONSABILIDAD ÉTICA Y LEGAL DEL PROFESIONAL DE
ENFERMERÍA
GENERALIDADES
• La enfermería por definición legal es una disciplina de carácter social con impacto directo en la persona, la Familia y la comunidad (Art. 3 de la Ley 266 de 1996).
• Sujetos titulares de derechos.
• No altamente competente en cuanto al conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades, sino que además le exige mantener un control riguroso de una serie de protocolos, procesos, autorizaciones y soportes para desempeñar su labor eficiente y eficazmente.
ASPECTOS GENERALES DE RESPONSABILIDAD
• Capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente (RAE).
• Imputabilidad jurídica de un hecho jurídico causada por la culpabilidad (dolosa o no) de la persona o por el simple acaecimiento del hecho desligado de la culpabilidad (responsabilidad objetiva).
• Acto propio de la profesión de enfermería que haya ocasionado un perjuicio material o moral a un paciente.
REQUISITOS O SUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD
JURÍDICA
ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD
JURÍDICA
TIPOS DE RESPONSABILIDAD
1. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
• Aspectos Normativos:
• Constitución Política: Art. 1 – ESD. Dignidad Humana.
• Título II, Capítulos 1 y 2: Derechos fundamentales, DESC.
• Art 4. Norma de normas, Art. 29 Debido Proceso, art. 230 Legalidadart. 230 Legalidad.
• Ley 266 de 1996 y Ley 911 de 2004.
PRINCIPIOS ESPECÍFICOS DE LA PRÁCTICA DE
ENFERMERÍA• 1. Integralidad
• 2. Individualidad
• 3. Dialogicidad
• 4. Calidad
• 5. Continuidad
• 6. Oportunidad
• Principios éticos y morales y en el respeto de los derechos humanos.
VALORACIÓN ÉTICA DEL CUIDADO EN ENFERMERÍA
• Circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon los hechos.
• Precauciones que frente al mismo hubiera realizado un profesional de enfermería prudente y diligente.
• Aplicación de los los principios éticos de beneficencia, no –maleficencia, autonomía, justicia, veracidad, solidaridad, lealtad y fidelidad. Así como específicos de la práctica.
ASPECTOS ÉTICOS• Cuidado como esencia y ser. • Condiciones para el ejercicio. • Protección a vida, salud y núcleo esencial (dignidad
humana).• Relación con colegas y otros miembros del equipo
de salud. • Responsabilidad con instituciones y sociedad. • Investigación y docencia.• Registros de Enfermería• Entes competentes y proceso deontológico
FALTAS Y SANCIONESFALTA CALIFICACIÓ
NSANCIÓN
• Irrespetar el derecho a la vida. • Participar em
tratos crueles, inhumanos, degradantes o discriminatorios
• Hacer a los usuarios o familiares pronósticos o evaluaciones.
• Presentar documentos alterados o falsificados
• Realizar investigación con personas jurídicamente incapaces, privadas de la libertad, grupos minoritarios o de las fuerzas armadas.
GRAVE Suspensión del ejercicio de enfermería hasta por tres (3) años
• Las demás consideradas como no graves a juicio del Superior y/o Tribunal Departamental o Nacional Ético de Enfermería.
DE MENOR GRAVEDAD
1. Amonestación verbal de carácter privado. 2. Amonestación escrita de carácter privado3. Censura escrita de carácter público.
GARANTÍAS EN PROCESO DEONTOLÓGICO
DISCIPLINARIO PROFESIONAL1.Por acción u omisión en faltas tipificadas.
2.El profesional de enfermería, en todo caso, tiene derecho a ser tratado con el respeto debido a su dignidad inherente al ser humano.
3. Ser asistido por un abogado durante todo el proceso y presunción de inocencia.
4. La duda razonada se resolverá a favor del profesional inculpado.
5. Los tribunales éticos de enfermería tienen la obligación de investigar, tanto lo favorable como lo desfavorable del profesional inculpado.
6. El superior no podrá agravar la sanción impuesta cuando el sancionado sea apelante único.
7. Toda providencia interlocutoria podrá ser apelada por el profesional de enfermería, salvo las excepciones previstas por la ley.
8. El profesional de enfermería tiene derecho a la igualdad ante la ley.
9. La jurisprudencia, doctrina y equidad son criterios auxiliares en el juzgamiento.
CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN: Ausencia de antecedentes disciplinarios (4 años antes), demostración previa de buena conducta y debida diligencia.
2. RESPONSABILIDAD CIVIL
• Obligación de todo ciudadano a reparar un daño producto de su conducta
INDEMNIZACIÓN
DAÑO PATRIMONIAL:
Daño Emergente
Lucro Cesante
EXTRAPATROMINAL :
Vida de relaciónDaño a la salud 100 – 400
SMMLVDaño a la moral
2. CONDUCTA CULPOSA• Imprudencia: actúa injustificadamente de forma
apresurada, sin realizar un juicio previo de sus actos. Ej. Admón. penicilina.
• Negligencia: No despliega la conducta que le era exigible dados sus conocimientos y posibilidades. Ej: Carro de paro.
• Impericia: realiza un acto sin tener los conocimientos o experiencia. Ej. Intubación.
• Violación de reglamentos: por acción u omisión viola ley o manual de funciones.
3. RESPONSABILIDAD PENAL
• Posición de garante• Deber objetivo de cuidado.
CONDUCTA
3. RESPONSABILIDAD PENAL
• Acción u omisión: lesiones personales u homicidio. • Posición de garante• Deber objetivo de cuidado – LEX ARTIS.
La posición de garante, fórmula jurídica que permite atribuir a un sujeto, como centro de imputación jurídica, un suceso que ha tenido ocurrencia por causa de la naturaleza o por obra de otra persona.
DELITOS RELACIONADOS CON SALUD
• Delitos contra la salud pública. • Delitos de manipulación genética• Delitos contra la vida y la integridad personal. Delitos contra la vida y la integridad personal.
LESIONES PERSONALES:
1 a 10 años de prisión y 5 a 100 SMMLV según el tipo penal.
HOMICIDIO CULPOSO:
2 a 6 años de prisión y 20 a 100 SMMLV.
POR PIEDAD: 1 a 3 años
COMISIÓN POR OMISIÓN U OMISIÓN IMPROPIA
Reza el artículo 25 del Código Penal colombiano 2000, lo siguiente:
«La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la constitución o la ley»
SITUACIONES DE POSICIÓN DE GARANTÍA
1. Cuando se asuma voluntariamente la protección real de una persona o de una fuente de riesgo, dentro del propio ámbito de dominio.
2. Cuando exista una estrecha comunidad de vida entre personas.
3. Cuando se emprenda la realización de una actividad riesgosa por varias personas.
4. Cuando se haya creado precedentemente una situación antijurídica de riesgo próximo para el bien jurídico correspondiente
REFLEXIONES
• Es indispensable que el profesional de enfermería esté familiarizado con el contexto legal que regula su actuación, pues el desconocimiento de derecho no es causal de justificación.
• La aplicación de principios propios de la práctica y éticos son de obligatorio cumplimiento.
• La delegación de funciones es un ejercicio de sumo cuidado e implica la aplicación del proceso administrativo.
REFLEXIONES
• Es necesario superar los factores de culpabilidad a través de la formación y aprovechamiento de sitios de práctica.
• Los registros de la historia clínica constituyen la piedra angular en la defensa del profesional.
• El Liderazgo que debe asumir el profesional de enfermería debe un requisito indispensable dada su posición de garante.
• Se deben promover estudio de casos desde el pregrado que permitan sensibilizar a los futuros profesionales.
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FELIZ DÍA COLEGASGRACIAS…