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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAI.i Director: ENRIQUE M.ARIN UBAGO Adminlstrador: CLIFFORD C. BOOKER y REYES Teléfono 3771 Talleres Nadonalet A1'10 LXIX Managua, D.N., Mlérco 1 es 21 de julio de 1965 No. 162 SUMARIO PODER EJECUTIVO los de la Asociación clglesia de Cristo•, que literalmente dicen: cEI Infrascrito Secretario de la Iglesia de OoBERNAc10N v ANl!xos Cristo, de Masatepe, Certifica: Que de la E1tatuto1 de la •lgleala de Cristo• • . • P4g. 2401 página número uno a la página número sie· te del Libro de Actas y Acuerdos que lleva 2404 la Institución, se encuentra la que literal· RELACIONES EXTI!RIORl!S Acuerdo• en Relaciones Exterlorea • • mente dice: cEn la ciudad de Masatepe, a M1N1sTEP10 DI! Dere[llsA las ocho de la noche del dieciocho de Mar· Prórrog11 de Un Ai'lo a Empre111 Aero- fumlgador11 para Explotación de Ser- vlclo1 de Aviación Agrícola • • . • zo de mil novecientos sesenta y cinco. Reú· nidos en sesión extraordinaria en el Salón de 2405 sesiones de la Iglesia de Cristo, los senores: DISTRITO NACIONAL Doctor Gonzalo Córdoba, Guillermo flores Reglamento del Chiquero de Cerdo• de Pérez, Rosa Mercado de Tapia, Napoleón Manigua , • , • • • , . , • • e 2406 Tapia Pérez, Sarita de Genle, Manuel Garcfa, Abel Ruiz, Manuel Acuna, David Herrera, Ceferlno Ortlz, Felipe Mercado, Teodoro Exenclonea de Depósito Previo. • • • 2407 Garcfa, Amado Quintanllla, jonathan Gon· Sección de Patente• de Nicaragua zález, Azucena Sánchez de Córdoba, Amalia MINISTl!RIO ECONOMIA 2 .IV\ Quesada de flores, Maria Casco viuda de Vent11 de Patentea • • • • • • • • 'tU"' R · J é E t b G ál S Patente de Invención , , , , , , , e 2409 UIZ, OS S e an onz ez, alomón Arias, Marc11 de f4brlca. , , , , , • • 2410 Oiga Gutiérrez, Teodollnda Gutiérrez, Adol· fo Alemán,. Antonia Cerna de Garcfa, Ale· 2410 jandro L6pe2, Pedro López, Neftalf Cortés, 2 4 11 Antonio Garcfa, Asunción de López, flden· Sl!CCION JUDICIAL Remate• , . . . • . . • • , • • Titulo• Supletorio• , • , , , • • • Crt11e a 101 Miembro• de A1ociacl6n de Abogado• de Nicaragua . . . . Crt11e a 101 Acclonl1t11 de la Sociedad •Empacadora Nlcaragüen1e, S.A.> , Declaratorlaa de Heredero• • • • , • Cltaclonea de Proce11do1 , , • • . clo Hernández, Blanca de López, Estilita de 2413 Garcfa, Héctor Porras, Elvira de Quintanllla, 2413 Marcos Mercado, Angela de Mercado, Luci· 2413 la de Téllez, Leoncio López, José Bias, Oc· 2416 tavlo Téllez, Loll'a figueroa de Mercado, PODER EJECUTIVO 8obernaoi6n 'I Anexoe de 1 a "Iglesia de Cristo" No. 591 El Presidente de la República, Visto el Testimonio de la escritura Consti· tutlva de la Asociación denominada clglesia de Cristo>, acto llevado a efecto en la ciudad de Masatepe, a las diez de la manana del dfa dos de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, ante los oficios notariales del Doc· tor Napoleón Mercado Muftoz. Acuerda: Unico.-Aprobar en la forma Lorenzana de Mercado, Lila de Casco, Ma· rfa Flores de Saballos, Cielito Ruiz, Luz Amanda de Oonzález, Emilia Tapia de Ou· tiérrez, Ruby Saballos, Cle_mentina Casco Flores, Amoldo Téllez, Aura Adela Casco flores, Zolla de Herrera, julio flores Larlos, Fellpa Pavón de Ortiz, fllena, Mena de Arias, Maria jesús Téllez de Quesada, Cán· dlda Sánchez, Ruth Marta Ortiz, Horacio Garcfa, Alicia Uriarte de Beth, Amy Saballos flores, Alonso Cerna y Francisco López, con el objeto de emitir los Estatutos que jun· to con la escritura de constitución, regirán la Iglesia de Cristo; al efecto, siendo este el lu· gar, dfa y hora seftalada y habiendo quórum legal, se abre la sesión y después de leer el proyecto elaborado por una Comisión nom- brada legalmente, y sometido a discusión, se resuelve por unanimidad, aprobar y tener por Estatutos de la Iglesia de Cristo de Ma· siguiente satepe, los slgulenles Estatutos: ' :-·¡t .. ' · . ·: - : .. :··,.

REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL DIARIO OFICIAI · 2017. 2. 13. · REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAI.i Director: ENRIQUE M.ARIN UBAGO Adminlstrador:

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  • REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

    LA GACETA DIARIO OFICIAI.i

    Director: ENRIQUE M.ARIN UBAGO Adminlstrador: CLIFFORD C. BOOKER y REYES

    Teléfono 3771 Talleres Nadonalet

    A1'10 LXIX Managua, D.N., Mlérco1es 21 de julio de 1965 No. 162

    SUMARIO

    PODER EJECUTIVO

    los ~statutos de la Asociación clglesia de Cristo•, que literalmente dicen:

    cEI Infrascrito Secretario de la Iglesia de OoBERNAc10N v ANl!xos Cristo, de Masatepe, Certifica: Que de la

    E1tatuto1 de la •lgleala de Cristo• • . • P4g. 2401 página número uno a la página número sie· te del Libro de Actas y Acuerdos que lleva

    • 2404 la Institución, se encuentra la que literal· RELACIONES EXTI!RIORl!S

    Acuerdo• en Relaciones Exterlorea • • mente dice: cEn la ciudad de Masatepe, a M1N1sTEP10 DI! Dere[llsA las ocho de la noche del dieciocho de Mar·

    Prórrog11 de Un Ai'lo a Empre111 Aero-fumlgador11 para Explotación de Ser-vlclo1 de Aviación Agrícola • • . •

    zo de mil novecientos sesenta y cinco. Reú· nidos en sesión extraordinaria en el Salón de

    2405 sesiones de la Iglesia de Cristo, los senores: DISTRITO NACIONAL Doctor Gonzalo Córdoba, Guillermo flores

    Reglamento del Chiquero de Cerdo• de Pérez, Rosa Mercado de Tapia, Napoleón Manigua , • , • • • , . , • • e 2406 Tapia Pérez, Sarita de Genle, Manuel Garcfa,

    Abel Ruiz, Manuel Acuna, David Herrera, Ceferlno Ortlz, Felipe Mercado, Teodoro

    Exenclonea de Depósito Previo. • • • • 2407 Garcfa, Amado Quintanllla, jonathan Gon· Sección de Patente• de Nicaragua zález, Azucena Sánchez de Córdoba, Amalia

    MINISTl!RIO D~ ECONOMIA

    • 2.IV\ Quesada de flores, Maria Casco viuda de Vent11 de Patentea • • • • • • • • 'tU"' R · J é E t b G ál S Patente de Invención , , , , , , , e 2409 UIZ, OS S e an onz ez, alomón Arias, Marc11 de f4brlca. , , , , , • • • 2410 Oiga Gutiérrez, Teodollnda Gutiérrez, Adol·

    fo Alemán,. Antonia Cerna de Garcfa, Ale· • 2410 jandro L6pe2, Pedro López, Neftalf Cortés, • 2411 Antonio Garcfa, Asunción de López, flden·

    Sl!CCION JUDICIAL Remate• , . . . • . . • • , • • Titulo• Supletorio• , • , , , • • • Crt11e a 101 Miembro• de A1ociacl6n de

    Abogado• de Nicaragua • . . . . Crt11e a 101 Acclonl1t11 de la Sociedad

    •Empacadora Nlcaragüen1e, S.A.> , Declaratorlaa de Heredero• • • • , • Cltaclonea de Proce11do1 , , • • .

    clo Hernández, Blanca de López, Estilita de • 2413 Garcfa, Héctor Porras, Elvira de Quintanllla, • 2413 Marcos Mercado, Angela de Mercado, Luci· • 2413 la de Téllez, Leoncio López, José Bias, Oc· • 2416 tavlo Téllez, Loll'a figueroa de Mercado,

    PODER EJECUTIVO

    8obernaoi6n 'I Anexoe

    E~tatuto1 de 1 a "Iglesia de Cristo"

    No. 591 El Presidente de la República,

    Visto el Testimonio de la escritura Consti· tutlva de la Asociación denominada clglesia de Cristo>, acto llevado a efecto en la ciudad de Masatepe, a las diez de la manana del dfa dos de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, ante los oficios notariales del Doc· tor Napoleón Mercado Muftoz.

    Acuerda: Unico.-Aprobar en la forma

    Lorenzana de Mercado, Lila de Casco, Ma· rfa Flores de Saballos, Cielito Ruiz, Luz Amanda de Oonzález, Emilia Tapia de Ou· tiérrez, Ruby Saballos, Cle_mentina Casco Flores, Amoldo Téllez, Aura Adela Casco flores, Zolla de Herrera, julio flores Larlos, Fellpa Pavón de Ortiz, fllena, Mena de Arias, Maria jesús Téllez de Quesada, Cán· dlda Sánchez, Ruth Marta Ortiz, Horacio Garcfa, Alicia Uriarte de Beth, Amy Saballos flores, Alonso Cerna y Francisco López, con el objeto de emitir los Estatutos que jun· to con la escritura de constitución, regirán la Iglesia de Cristo; al efecto, siendo este el lu· gar, dfa y hora seftalada y habiendo quórum legal, se abre la sesión y después de leer el proyecto elaborado por una Comisión nom-brada legalmente, y sometido a discusión, se resuelve por unanimidad, aprobar y tener por Estatutos de la Iglesia de Cristo de Ma·

    siguiente satepe, los slgulenles Estatutos:

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    · . .,.~·· ·: .""."'~ -: .. :··,.

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    www.enriquebolanos.org

  • 2402 ... -.~-- LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

    Estatutos de la Iglesia de Cristo: Autoridad:

    Art. lo.-La autoridad de la Iglesia, resi· de en el conjunto de Miembros reúnidos en sesiones ordinarias y extraordinarias y me· diante acuerdos tomados por mayorfa abso· luta de los mismos sin que pueda delegarse en determinada persona o grupo de perso· nas, salvo lo resuelto por el Cuerpo Directl· vo, en el ejercicio de sus funciones, nombra· dos por la Asamhlea en la forma y ntlmero que se expresa en la escritura de constitución.

    Organización: Art. 2o.-La Iglesia funcionará por medio

    de los siguientes oficiales: un Presidente, un Vice- Presidente, un Secretario de Actas y co· rrespondt:ncla; un Vice-Secretarlo; un Tesore· ro y nueve Vocales, todos los cuales serán electos por mayorfa absoluta de votos en las sesiones ordinarias que se verificarán cada tres anos a partir de la fecha de co!'slitución o su elevación a escritura pública. -Todos estos oficiales consliluyen el cuerpo ejec:uli· vo de la Iglesia.

    Representantes legales: Art. JJ,-'Serán Repn~sentantes de la lgle·

    sla, judicial y extrajudicia_lmente: el Presiden· te y el Tesorero conjuntamente, los cuales tendrán las mismas facultades de un manda· tarlo general y las especiales que se confi rieron en la escritura de constitución. En defecto del Presidente fungirán el Vice-Presi· dente, y en.defecto del Tl:!sorero, uno de los Vocales según su orden. -- ·

    Capital: Art. 4o.-EI capital de la Iglesia estará for·

    mado por ofrendas voluntarias, diezmos, In· dustrhs, bienes muebles e inmuebles ..

    Duración v Expiración de la misma: Arto. 5o.-La duración será de noventa y

    nueve anos y se acabará legalmente por el término estipulado o por voluntad unánime de todos los miembros que constituyen la Asamblea de la Iglesia.

    Atribuciones: Art. 60.-Son funciones del Presidente,

    representar legalmente a la Iglesia; conjunta· mente con el Tesorero, velar por la buena marcha de la organización y por el bienestar espiritual y el engrandecimiento de la grey; siendo además quien presidirá la Asamblea en sus reúniones ordinarias y extraordina-rias. Son atribuciones del Secretario de Ac· tas y correspondencia, llevar los libros nece-sarios para la buena marcha de la Iglesia y especialmente uno en el cual se aslenren cla· ra y ordenadamente todos tos acuerdos emi· tidos por la Asamblea, otro del registro com-pleto de los miembros y cuantos más sean necesarios. Deberá también dir1glr y con· testar toda la correspondencia de la Iglesia.

    En defecto del Secretario hará sus veces el Vice Secretario. El Tesorero es el encargado de guardar todos los fondos de la Iglesia, haciendo los pagos presupuestados o acor· dados por la Asamblea. Llevará ordenada· mente un libro de Caja y rendirá informes en las sesiones ordinarias de negocios, o cuando la Asamblea lo acordare; siendo ade· más representante legal de la Iglesia junta· mente con el Presidente. En defecto del Te· sorero harán sus veces los Vocales por su orden.

    Vocales: Arto. 7o.-Los Vocales llenarán las va·

    cantes de los oficiales anteriores en la forma ya expresada, ejerciendo además las f unclo· nes de Diáconos o sean los servidores de la Iglesia en cuanto a la administración de las ordenanzas del Senor, a SPber: velarán por el cuidado de los pobres y de los enfermos y vigilarán del buen nombre y disciplina en los servicios.

    Admisión y Dimisión Art. 80.-La Iglesia recibirá miembros

    nuevos por baulismo, por cartas de otras Iglesias evan~éllcas o por testimonio de ha· ber sido bautizados por lmersión en laa fór· mulas trinitarias o sean en el nombre del Padre, del Hijo y del Espfritu Santo. Para recibir un miembro es necesario que éste sea presentado a la Asamblea por un miembro activo de la Iglesia, sometiéndose a votación su admisión. Para despedir a un miembro que haya trasladado su residencia a otra ciu· dad, se le extenderá carla de retiro mediante solicitud de la Iglesia a la cual se unirá. La Secretaría queda autorizada para extender la carla de despido. No podrá despedirse a un miembro por expulsión, sin antes haber cumplido con los siguientes requisitos: se agotarán todos los medios para obtener o conseguir su arrepentimiento, pero si esto no se consigue, un miembro activo podrá presentar cargos concretos respaldados, con pruebas, despué; de lo cual se citará a la persona acusada para que haga uso de su defensa y hasta entonces la Iglesia decidirá por mayorfa de votos.

    Derechos de los Miembros: Art. 9o.-Todos los miembros gozarán

    de voz y voto en todas las sesiones ordina-rias o extraordinarias. sin embargo, cuando un miembro se condujere de una manera Irrespetuosa e Indisciplinada, la Asamblea podrá privarle de su derecho de voz y voto.

    Elecciones: Art. 10.-Los miembros del Cuerpo Eje·

    cutlvo de la Iglesia y demás oficiales serán elegidos en la sesión de negocios del mes de Diciembre de cada tres anos. El voto se tomará por aclamación y mayoría absoluta. No podrán ser elegidos a puestos oficiales personas que no sean miembros de la Iglesia.

    -J t

    ..

    www.enriquebolanos.org

  • LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 2i03

    Sesiones: Art. 11.-Las sesiones ordinarias se cele

    brarán cada tres anos de acu!rdo con ta es· crilura de constitución y en ella se elegirán los oficiales que forman et cuerpo ejecutivo de la Iglesia. Las extraordinarias, cuJndo a-st lo acordaren el Presidente, el Tesorero, el Secretarlo y por lo menos dos vocales. El orden de las sesiones será como sigue: a).-Se declara abierta la sesión por el Presi·

    dente; b).-Lectura del Acta anterior, su aproba·

    ción, rechazo o enmienda; c).-Leclura de la correspondencia recibida; d).-Consideración de solicitud de Ingreso

    a la Iglesia; e).-Se recibirán los informes; f ). -Se tratarán los asuntos pendienles¡ g),_:_Se considerarán asuntos nuevos; y h).-Se cierra la sesión por voto de la junla.

    El Presidente admitirá las proposiciones siempre que reúnan las condiciones slguien· tes: Que sean secundadas; que consten de un solo asunto; que no tiendan a opon~rse a las disposiciones de esta constitución.

    Finanzas: Arf. 12.-La Iglesia cuenta para el mante·

    nlmiento de su obra ofrendas voluntarias, diezmos, donativos, compra y venta de bie-nes muebles, inmuebles y semovientes, coo· perativas, industrias o agricultura. Toda transacción que requiera desembolsos de fondos generales en compra y venta, inver· slón o de cualquier otra lndole, tendrá que ser autorizada por ta Iglesia en sesión de ne· goclos.

    Autorización dt Cheques o Endosos: Arf. 13.-Para autorizar cheques de cuen·

    · ta corriente o para endosarlos, se requieren las firmas del Presidente y del Tesorero con· juntamente. · -

    Quórum: Art. 14.-P~ra que haya quórum legal en

    tas celebraciones de sesiones de negocios, es necesario que _estén presentes por lo menos quince miembros mayores de dieciocho a· nos de edad.

    Enmiendas: Art. 15.-Esta constitución podrá ser en-

    mendada llenando las siguientes condiciones: a).-La enmienda tendrá que presentarse por

    escrito y dada a conocer a la Iglesia con seis meses de anticipación a la fecha de la votación;

    b).-Se requiere el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes; .

    c).-La enmienda una vez aprobada, tendrá que ser sometida al Presidente de la Organización para que la firme¡

    d).-En vez de que ésle considere ta enmien· da como inconveniente y le p•Jsiere su veto, la enmienda será vuelta a someter a la lglesh en la slg1.1ienle sesl61 para su reconsideraclón y se aprobará esta v~z por mayorfa de votos¡

    e).-La enmienda una vez cumplidos estos requisitos, s~rá sometida al Ministerio de Gobernación y Cullos para su lega· llzación.

    Anulación de. leyes Anteriores: Art. 16.-Esta constitución comenzará a

    regir desde esta fecha, quedando anuladas todas las leyes, disposiciones o · Estatutos que hayan sido aprobados previamente.

    Art. 17.-Cualquier reforma de estos Esta-tutos tendrá que ser aprobada por el Ejecu· tivo también.

    Art. 18.-EI Ejecutivo también podrá en cualquier momento, si juzgare que esta A· soclación no se ajusta a las leyes y a sus pro-pios reglamentos, como por desobediencia, revocar la aprobación dada a los Estatutos, procediéndose desde luego a la disolución de la Asociación, sin que en ningún caso ta-s decisiones del Ejecutivo, por medio del Mi· nlsterlo de Gobernación, puedan ser objeto de reclamo o de Indemnización alguna. En todo caso el Ministerio de Gobernación que· da facultado para la suspensión provisional de los Estatatos por queja de alguno o algu· nos socios fundamentada, para mientras se corrijan las anomallas o violaciones apunta· • ladas por el quejoso.

    Art. 19.-Elévase al conocimiento del Su-premo Gobierno para su aprobación y efec-tos legales y para su publicación en cla Ga· cela•. En consecuencia son estos los Estatu· tos que, previa aprobación del Poder Ejecu· 1lvo, regirán nuestra Asociación, durante el curso de su existencia.

    Con lo que concluyó este acto y acta. V lefda que fue fnlegramente esta acta, se en· cuentra conforme, se aprueba, ratifica y flr· mamos. Enmendados-dfa-o-a-voz-i-proposiclones-Estatutos- artfculo-g-curso-Valen.-G. Córdoba.-G. flores P. -Rosa de Tapla.-Nap. Tapia P.-Sara de Genie,....;.M, Garcla Sánchez.-Abel Rulz M. -David Herrera.-Ceferino Ortiz.-Teodo· ro Oarcla.-Amado Qulntanilla.-A. Q. flo· res.-j. González G.-Azucena de Córdoba. -Marta C. v. de Ruiz.-josé Esteban Gon· zález.-Salomón Arias.-Olga M. Gutiérrez T . ....;.Teodollnda Gutiérrez Tapia.-C. Adol· fo Alemán.-Antonla Cerna de Oarcfa.-A· lejandro López.-Pedro López A.~Neftall Cortés.-Asunclón de lópez.-Estllita de Oarcfa.-Marcos Mercado.-Angela de Mer· cado.-Leonclo López Herrera.-josé Bias. -Octavlo Téllez.-Dolores F. de Mercado. -Luz Amanda de Oonzález,-Marfa de Sa·

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    www.enriquebolanos.org

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    2404 LA GAClll'l'A-DIARIO OFICIAL

    ballos,_.:.Emilia Tapia de Gutiérrez.-Ruby Saballos F.-Clementina Casco flores.-Au· ra Adela Casco.-Zolla de Herrera. -Felipa de Ortiz .. - filena de Arias.--Marra jesús de Quezada.-Ruth Ortiz.-Horaclo García.

    Es conforme con su orlgin!!I con el que fue debidamente cotejado y a solicitud del Doctor Gonzalo Córdoba, Presidente de la Asociación, extiendo la presente en la ciu. dad de Masatepe, a los dieciséis días del mes de junio de mil novecientos sesenta y cinco. Enmendados-o-d-a-A5amblea- acusa· da-proposlciones-ue-M-Vale.-Azuce· na Sánchez de Córdoba, Secretaria.

    Comuniquese.- Casa Presidencial.- Ma· nagua, D. N., 15 de julio de 1965.-RENE SCHICK.-EI Ministro de la Gobernación, por la Ley,]. David Zamora.

    Relaaiones Ext1rior11

    A cuerdos en Rel~cioues Exteriores

    No. 35 El Presidente de la República,

    No. 37 El Presidente de la República,

    Acuerda: Primero: Asi~nar al Profesor Andrés

    Ruiz Palacios, Cónsul General de Nicaragua en Phoenix, Arizona, EE. UU. de América, la suma de Cuatro Mil Novecientos Córdo-bas Netos (fS 4.900.00), equivalente a ..... . US$ 700.00 Dólares, en concepto de sueldo.

    Segundo: Imputar esta asignación al Ru· bro Administrativo 05-11-03-02-S.P.-Consulados-Ol-Servicios Personales-012 Sueldos del Personal Transitorio 0129-0· tros Sueldos del Personal Transitorio.

    Tercero: El presente Acuerdo Ejecutivo surte sus efectos a partir del Primero de Ju· lio del ano en curso.

    Comunfquese.-Casa Pre:.ldencial, Mana· gua, Distrito Nacional, diez y siete de julio de mil novecientos sesenta y cinco.-EI Pre· sidente de la República.-RENE SCHICK GUTIERREZ.-EI Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. -Aifon· so Ortega Uróina.

    No.82 Acuerda: • El Presidente de la República,

    Primero: Nombrar al senor Wllliam Hur· Acuerda: tado Chamorro, Adjunto al Ceremonial Di· Primero: Organizar la Delegación de Ni· plomálico del Ministerio de Relaciones Exte· caragua a la Décimotercera Reunión del Co· riores. mité Internacional Regional de Sanidad A·

    Segundo: El presente Acuerdo Ejecutivo gropecuaria, que se inaugurará en la ciudad surte sus efectos a partir del trece de Julio de México, D. f., el 20 de julio en curso, en del ano en curso. la siguiente forma: Delegado y jefe de la

    Comunfquese.-Casa Presidencial.- -Ma· Delegación, senor Agrónomo Alberto Reyes nagua, Distrito Nacional, quince de julio de R., Ministro de Agricultura Y Oanaderf a. A· mil novecientos sesenta y cinco.-EI Presl· sesores: Senores Agrónomo Carlos M. Ma-dente de la República.-RENE SCHICK rfn J., D'rector General de Agricultura; A· GUTIERREZ-EI Ministro de Estado en el grónomo Guillermo Otero M., Jefe del De· D h d Relaciones Exterlore; -Al~on· partamen.to de Sanidad Vt~etal; Agró~omo·

    espac 0 e • '.JI Veterinario Carlos H. Castillo C., Director so Ortega Uróina. General de Ganaderfa; y Médico Veterinario

    No.36 El Presidente de la República,

    Acuerda: Unlco: Aclarar el Acuerdo Ejecutivo No.

    34 de fecha 8 de julio del ano en curso, por medio del cual se nombra al senor Alberto González Ramlrez, Canciller del Consulado de Nicaragua en San f ranclsco, California, Estados Unidos de América, en el sentido de que el nombre correcto del senor Gonzá· lez es Jorge Alberto González Ramfrez.

    Comunf quese.-Casa Presidencia '.-Ma· nagua, Distrito Nacional, dieciséis de julio de mll novecientos sesenta y cinco.-EI Pre· sidente de la República.-RENE SCHICK GUTIERREZ.-El Ministro de fstado en el Despacho de Relaciones Exteriores.-A/fon· 10 Orte¡a Urbtna.

    José Ferrer Romero, jefe del Departamento de Sanidad Animal.

    Segundo: La trascripción del presente Acuerdo servirá a los nombrados para acre· dilar sus respectivas representaciones.

    Comunfquese:-Casa Presidencial.-Ma· nagua, Distrito Nacional, quince de julio de mil novecientos sesenta y cinco.-RENE SCHICK.-EI Ministro de Estado en el Des· pacho de Relaciones Exterlores.-Aifonso Ort~ga Uróina.

    No. 83 El Presidente de la República,

    Acuerda: Primero: Adicionar el Acuerdo Ejeculi·

    vo número Ochenta y dos de fecha quince de julio de mil novecientos sesenta y cinco, par1 nombrar Asesor de 11 Oele¡aclón de

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    www.enriquebolanos.org

  • LA GACETA~DIARIO OFICIAL 2405

    Nicaragua a la Décimatercera · Reunión del Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria, que se inau~urará en la ciu· dad de México, D. f., el 20 de los corrien tes, al senor B. A.. Alvaro Sequeira D., Téc· nlco al servicio del Ministerio de Agricultu· ra y Oanaderfa en el Centro Experimenta! cla Calera>.

    Segundo: La transcripción del presente Acuerdo servirá al nombrado para acreditar su representación.

    Comunf quese.-Casa Presidencial, Mana· gua, Distrito Nacional, diecisiete de julio de mil novecientos sesenta y clnco.-RENE SCHICK. -El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.-Aifon· so Ortega Urblna.

    cAcuerdo No. 220. En vista de las Car· tas Credenciales expedidas por el Gobierno de la República de Honduras el día 25 de jnnlo de 1965 a favor del Excelentfslmo Se flor Coronel Raúl Flores Oómez en el cante· ter de Embajador Extraordinario y Plenlpo· tenciarlo de dicho paf s en Nicaragua: El Pre· sldente de la República, Acuerda: Primero:

    Comunfquese. - Casa Presidencial.-Ma· nagua, D.N., 15 de julio de.1965.-(f) RENE SCHICK OUTIERREZ, Presidente de la Re· pública.-(f) J. D. Oarcta M., Coronel O. N., Ministro de Defensa.

    No. 10-A El Presidente de la República,

    en uso de las facultades que le confiere el Articulo 82 del Código de Aviación Civil.

    · Acuerda: Prorrogar por el término de un ano a par·

    tlr de esta fecha el Permiso de Operación Categorfa Comercial, para que explote el Servicio de Aviación Agrfcola, emitido a fa· vor de la Empresa cfumigadora de Cen· troamérica, S. A.>, en Acuerdo No. 47 cA>, con fecha 21 de Agosto de 1964.

    Lo; Departamentos en que operará esta Empresa será (n): Chlnandega.-La base de Operaciones el Aeródromo cEI Picacho> de Chinandega. ·

    Comunf quese: Casa Presidencial, Mana· gua, D. N., 15 de julio de 1965.-(f) RENE SCHICK OUTIERREZ, Presidente de la Re· pública.-(f) /. D. Oarcla M., Coronel O.N., Ministro de Defensa.

    Reconocer al Excelentfslmo Seftor Coronel Raúl Flores Oómez en el carácter de Emba-jador Extraordinario y Plenipotenciario de Honduras en Nicaragua. · Segundo: Orde· ,,... nar a las Antorldades Civiles y Militares de

    No. 11-A El .Presidente de la República,

    Ia República guarden y hagan guardar todas aquellas prerrogativas e Inmunidades que a su jerarqufa corresponden. Comunfquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Naclo· nal, 9 de julio de 1965 .. RENE SCHICK, Presidente de la República, Alfonso Ortega Urblna, Ministro de Relaciones Exteriores.>

    - .. Ministerio d~, Defensa ·~:

    en uso de las facultades que le confiere el Articulo 82 del Código de Aviación Civil.

    Acuerda: Prorrogar por el t~rmino de un ano a par·

    tlr de esta fecha el Permiso de Operación Categoría Comercial, para que explote el Servicio de Aviación Agrícola, emitido a fa· vor de la Empresa cServlcio Agrfcola lndus· trlal Masaya, S. A.> (SAlMSA), en Acuerdo

    ---------------- No.18 cA>, con fecha 20 de julio de 1964. Prórrogas de Un Año a Empresas Los Departamentos en que operará esta Aerofumigadoras para Explotación de Empresa será (n): .Todo el territorio de la Servicios de A viaci6n Agrícola República:-La base de Operaciones la Pis·

    ta cSAlMSA>, situada a 1 O kilómetros sobre No. O-A la carretera Masaya-Tipitapa, a mano de·

    El Presidente de la República, recha. en uso de las facultades que le confiere el Artículo 82 del Código de Aviación Civil.

    Acuerda: Prorrogar por el término de un afto a par·

    tir de esta . fecha el Permiso de Operación Categorfa Comercial, para que explote el Servicio de Aviación Agrfcola, emitido a fa. vor de la Empresa cjosé Salvador lcaza lca-za>,en Acuerdo No. 25 cA•, con fecha 30 de julio de 1964.

    Comunfquese: ~asa Presidencial. Mana· gna, D. N., 15 de julio de 1965.-(f) RENE SCHICK OUTIERREZ, Presidente de la Re· pública.-(f)]. D. Oarcía M., Coronel O. N., Ministro de Defensa.

    cNo. 12-A . El Presidente de la República,

    en uso de las facultades que le confiere el Articulo 82 del Código de Aviación Civil.

    .. Acuerda: Los Departamentos en que operará esta , Empresa será (n): Managua, León y Chinan· dega.-La base de Operaciones el Aeródro· rno cOodoy> de León. .

    Prorrogar por el término de un ano a par· tlr de esta fecha el Permiso de Operación Categorfa Comercial, para que explote el

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  • 24.06 LA. GACETA-DIARIO OFICL\U

    Servicio de Aviación Agrfcola, emitido a fa· vor de la Empresa cMateo Castillo Sucrs. & Co. Ltda., Sergio Castillo f., y Orestilla C. de flores, en Acuerdo No. 36 •A• con fecha 4 de Agosto de 1964.

    Los Departamentos en que operará esta Empresa será (n): León y Chinandega:-La base de Operaciones el Aeródromo cOo· doy• de León.

    Cornunrquese.-Casa Presidencial. - Ma· nagua, D. N., 16 de julio de 1965.-(f) RENE SCHICK OUTIERREZ, Presidente de la Re· pública.-(f) ]. D. Oarc!a M., Coronel O, N., Ministro de Defensa. _

    No. 13-A El Presidente de la República,

    en uso de las facultades que le confiere el Artrculo 82 del Cód!go de Aviación Civil.

    Acuerda: Prorrogar por el término de un af\9 a

    partir de esta fecha, el Permiso para Operar en Categorf a Privada, a los Seno res: Eduar· do Panlagua R., Carlos Panlagua R., Maria· no Navarro B. e Hijos, Eduardo Deshon M., Sucesores de juan José Cabrera, Jaime J. Montealegre M., Rafael Paniagua R., Miguel Cuadra S., Marra P. de Church, Salvador Baca C., y Angel, F ranclsco y Orlando Mo· lieri B., todos del domicilio de Chinandega, exclusivamente para aplicar Insecticidas en sus plantlos, de conformidad con Acuerdo No. 10 cA•, emitido con fecha 8 de Julio de 1964.

    ese lugar se púeden realizar las operaciones de compra venta de los cerdos.

    Arto. 11.-Queda terminantemente prohl· bida la crianza y tenencia de cerdos en la ciudad de Managua bajo pena de decomiso de los animales y aplicación de aquellas o· tras sanciones que establezcan las leyes urba· nas y reglamentos de pollcfa. En canse· cuencla todos los cerdos que estuvieren en la ciudad o que fueren traidos a ella, debe· rán ser llevados al Chiquero. ,, Arto. 111.-EI deslace de Cerdos para con·

    sumo de la ciudad de Managua únicamente se podrá llevar a cabo en el Rastro Público. Queda totalmente prohibido el destace de cerdos fuera de ese lugar.

    Cualquier persona que contravenga la dis· posición anterior, además del decomiso de la carne. incurrirá en una multa no menor de t 50.00 ni mayor de

  • LA GACETA-DIARIO OFICrAL 2407

    vigilancia para que todos los cerdos coman su ración alimenticia y tomen agua tantas ve· ces como indique el Vete~inario. El alimento de los animales será por cuenta del duefto de éstos, quien puede llevarlo al Chiquero para que se lo estén dando los operarlos.

    Arto. Vlll.-Un cuerpo de Inspectores Ur· banos y Rurales, se encargará de vigilar el fiil cumplimiento de las presentes disposi· ciones y hacerlas respetar. Están facultados para decomisar aquella carne que se hubiere destazado sin atender lo aquf estatuido. Asl mismo están facultados para seftalar Ja mul· ta que corresponda aplicar al infractor.

    Arto. IX.-Los Inspectores en el desempe· fto de sus funciones y ruando lo estimaren necesario podrán recurrir al auxilio de la fuerza pública a fin de dar cumplimiento a las disposiciones que tomaren. ,,,

    Arto. X.-El personal aquí nombrado de· vengará el sueldo que senala el Presupuesto del Distrito Nacfonal.

    deberán de pagar los importadores de cer· dos al corral por el servicio serán los que se· nalare el Plan de Arbitrios.

    Arto. XVl.-Las personas a que se refiere el Arto. V devengarán en concepto de suel· do lo que senalare el Presupuesto del Distrl· to Nacional.

    Arto. XVll.-EI presente Reglamento en· trará en vigor a partir de su publicación en e La Gacela>, Diario Oficial y deroga el an· terlor reglamento del 1 o. de Marzo de 1944.

    Dado en el Palacio del Ayuntamiento, Managua, Distrito Nacional, trece de julio de mil novecientos sesenta y cinco.

    Humberto Ramfrez Estrada,-Minislro del Distrito Nacional. -Leonor Garcf a de Estra· da,- Concejal.-Constanllno Pereira, -Con· cejal.-Alfredo Osorio h.,-Concejal.-joa· quín Morales Suárez,-Conct'jal.-julio Ca· ji na f alla,-Concejal.-Marcial Erasmo So· lfs,- Concejal.-Carlos Callejas Morelra,-Secretario del Concejo Distrltorial.

    Mini1terio de Economt1 El jefe del Chiquero o aquella otra perso·

    na:que nombrare el Ministro del Distrito Na· clonal será la encargada de llevar la Conta· bllidad del Centro, conforme Indicaciones y boletas que para tal efecto se expedleran. . EXENCIONES DE DEPOSITO PREVIO

    El servicio de permanencia y cuido de los cerdos en el Chiquero tendrá el costo que el Plan de Arbilros setlala por día o fracción.

    Este cobro se hará ea la forma que lo prescriba la Tesorerfa del Distrito Nacional a travé1 de las boletas que para tal efecto e· mita.

    Arto. Xl.-Los cerdos deberán identificar· se con marcas o seftales que distingan a los que pertenecen a una u otra persona.

    Arto. Xll.-Si uno o varios cerdos fallecie· ren será Informado de esto inmediatamente el dueno del animal. A presencia de éste o su representante y uno del Distrito Nacional nombrado por el Tesorero y ante e1 jefe del Chiquero será incinerado. De todo ello de· berá quedar,constancia firmada para evitar reclamos futuros.

    Arto. XIII.- Lo::; cerJos que fueren a sa· criticarse deberán ser enviados con la co·

    Decreto No. 51 D. P. El Presidente de la República,

    En uso de las facultades que le confiere la Ley de Protección y Estf mulo al Desarro· llo Industrial, publicada en cLa Gaceta• No. · 89 de 24 de Abr 11 de 1958,

    · Considerando: 1

    Que de acuerdo con la Ley citada, a soll· cltud de la firma cEmpacadora Nicaragilen· 11e S. A.,, el Ministerio de Economfa por resolución de las once de la maftana del di a cinco de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, clasificó como fundamental de Industria Establecida de Instalación Nueva la Planta de su propiedad, establecida en la ciudad de Estelf y dedicada al Procesamien· to de Carne de Res.

    11 . _ rrespondiente remisión del f lel del Rastro, firmada por el J~fe del Chiquero y Veterlna· Que la firma Empacadora Nicaragüense rio, haciéndose constar en ellá el buen esta· S. A., 'apoyándose en el Arto. 17 de la citada do del animal para el sacrificio. Deberán a Ley,· ha (n) solicitado para su Planta asf cla· companar también la boleta que aeredita es sificirda, la exención del Depósito Previo que tar pagados los impuestos respectivos para las leyes vigentes establecen para la impor· su destace. taclón de determinados productos, explican·

    Arto. XIV.-La violación a las disposicio· do la forma en que tales Depósitos afectan nes de este Reglamento de cualquiera de las los costos de. producción. personas encargadas de hacerlo cumplir, se· ·· - 111 rá causa suficiente para la destitución de su Que la clasificación de fundamental recaf· cargo sin perjuicio de cualquier otra sanci6n da sobre la Planta en referencia amerita con· a que hubiere lugar. slderar favorablemente la procedencia de la

    Arto. XV.-Los impuestos a que se refie· solicitud mencionada, además de que los re el Arto. X del presente Reglamento, que Depósilos Previos limitan la capacidad de la

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  • 2408 LA GACETA-DIARIO OFICr.AL

    empresa para importar los arlfculos necesa· rlos para una producción constante provo· cando con la disminución de los inventarios atrasos en la producción con el consiguiente aumento de su costo.

    Por Tanto: V en uso de las facultades que Je confiere

    la Ley de Protección y Estimulo al Desarro· llo Industrial de veinte de Marzo de mil nove-cientos cincuenta y ocho,

    Decreta: Arto. lo. -La firma Empacadora Nlcara·

    gilense S. A., propiedad de la Pl11nta antes mencionada, queda (n) exenta (s) de la obliga· ción de efectuar el Depósito Previo que la Ley Reguladora de Cambios Internacionales establece para la Importación de aquellas mercaderlas que utilice (n) en la instalación, operación y mantenimiento de la Planta en referencia, siempre que se trate de importa· clones de materiales o artlculos que no se produzcan en Nicaragua en forma y canti· dlld que permitan adquirirlos en condiclo· nes satisfactorias.

    Arto. 2o.-La Planta antes mencionada, propiedad de la firma Empacadora Nlcara gilense S. A, queda sujeta en relación con las Importaciones que efectúe conforme el articulo que antecede, a las obligaciones se· naladas en los Artos. 20 y 21, Inciso 1) de la Ley de Proteción y Estimulo al Desarrollo Industrial.

    Arto. Jo.-Para hacer uso de loa derechos que se otorgan en este Decreto y garantizar el cumplimiento de las obligaciones corres· pondlentes, la Planta mencionada deberi so· meter al Ministerio de Economla, para su a· probación, una lista de los materiales o arU· culos que necesite importar y presentar men· sualmente al mismo Ministerio con copla al Banco Central de Nicaragua, cuadro infor. mativo del movimiento de los artlculos im· portados al amparo de este Decreto, conslg· nando en él las cantidades recibidas, sus existencias y las cantidades usadas, asf como los montos de éstos con expresión de las cantidades vendidas y en existencia.

    Arto. 4o.-EI Ministerio de Economfa re· solverá sobre la aprobación de la lisia de los materiales, la que se trascribirá al Banco Central de Nicaragua para que dicho Banco pueda autorizar las Importaciones sin el De· pósito Previo. En el caso de que la men· clonada Planta necesite Importar otros acU-culos que los contenidos en la lista aproba· da, deberá llenar los mismos trámites de pre· sentación de .listas para su aprobación.

    Arto. 5o.-Las concesiones consignadas en el Arto. lo. de este Decreto, llevan impll· cita la condición de que el Banco Central de Nicaragua, siempre queda en posibilidad ul·

    terlor de pedir al Poder Ejecutivo que revo· que o modifique la ex1mclón del menciona· do Depósito Previo, lodo de conformidad con el Decreto No. 14 del Ministerio de E· conomfa, publicado en cla Oaceta, Diario Oficial No. 245 de 29 de Octubre de 1959.

    Arto. 60.-Este Decreto comenzará a re-gir un dfa después de su publicación en el Diario Oficial cLa Gacela,.

    Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., a los trece días del mes de julio de mil no· veclentos sesenta y cinco. RENE SCHICK, Presidente de la República, Ricardo Parra· les, Viceministro de Economf a.

    Decreto No. 52 D. P. El Presidente de la República,

    En uso de las facultades que le confiere la Ley de Protección y Estimulo al Desarro· llo Industrial, publicada en cla Gaceta, No. 89 de 24 de Abril de 1958,

    Considerando: 1

    Que de acuerdo con la Ley citada, a solf · cltud de ej. Román Mollna Oómez y era. Ltda•, quien traspasó sus derechos a la fir· ma cAdán Oaitán, el Ministerio de Econo· mfa por Resolución de las diez de la manana del dfa siete de Diciembre de mil noveclen· tos sesenta y cuatro, clasificó como Necesa· ria de Industria Establecida la Planta de su propiedad, establecida en la ciudad de Ma· nagua y dedicada a la producción de Uten· sillas de Aluminio.

    11 Que la firma cAdán Oaitán, apoyándose

    en el Arto. 17 de la citada Ley, ha ( n) solici· lado para su Planta as( clasificada, la exen· clón del Depósito Previo que las leyes vigen· tes establecen para la Importación de deter· minados productos, explicando la forma en que tales Depósitos afectan los costos de pro· ducclón. .

    111 Que la clasificación de Necesaria, recafda

    sobre la Planta en referencia amerita consl· derar favorablemente la procedencia de la aolicitud mencionada, además de que los Depósitos Previos limitan la capacidad de la empresa para importar los arUculos necesa· rlos para una producción constante provo· cando con la disminución de los inventarios atrasos en Ja producción con el consiguiente aumento de su costo.

    Por Tanto: V en uso de las facultades que le confiere

    la Ley de Protección y Estimulo al Desarro· llo Industrial de veinte de Marzo de mil no· veclentos cincuenta y ocho,

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  • LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 2409

    Decreta: Arto. to.-La firma cAdán Galtán•, pro·

    pletaria de la Planta antes mencionada, que-da {n) exenta {s) de la obligación de efectuar el Depósito Previo que la Ley Reguladora de Cambios Internacionales establece para la Importación de aquellas mercaderfas que utl· llce (n) en la instalación, operación y mante nlmiento de la Planta en referencia, siempre que se trate de Importaciones de materiales o artlculos que no se produzcan en Nicara· gua y en forma y cantidad que permitan ad· quirirlos en condiciones satisfactorias.

    Arto. 2o.-La Planta antes mencionada, propiedad de la firma e Adán Gaitán•, queda sujeta en relación con las Importaciones que efectúe conforme el articulo que antecede, a las obligaciones seftaladas en los Arios. 20 y 21, Inciso 1) de la Ley de Protección y Estf· mulo al Desarrollo Industrial.

    Arto. 3o.-Para hacer uso de los derechos que se otorgan en este Decreto y garantizar el cumplimiento de las obligaciones corres· pondientes, la Planta mencionada, deberá someter al Ministerio de Economfa, para su aprobación, una lista de los materlales o ar· tfculos que necesite Importar y presentar mensualmente al mismo Ministerio con co· ola al Banco Central de Nicaragua, cuadro Informativo del movimiento de los artf culos importados al amparo de este Decreto, con· signando en él las cantidades recibidas, sus existencias y las cantidades usadas, asf como los montos de éstos con expresión de las cantidades vendidas y en existencia.

    Arfo. 4o.-EI Ministerio de Economfa re· solverá sobre la aprobación de la lista de los materiales, la que se trascribirá al Banco Central de Nicaragua para que dicho Banco pueda autorizar las Importaciones sin el De· pósito Previo. En el caso de que la menclo· nada Planta necesite importar otros artfculos que los contenidos en la lista aprobada, de· berá llenar los mismos trámites de presenta· ción de lista para su aprobación.

    Arto. 5.-Las concesiones consignadas en el Arto. to. de este Decreto, llevan impllci· ta la condición de que el Banco Central de Nicaragua, siempre queda en posibilidad ul· terlor de pedir al Poder Ejecutivo que revo· que o modifique la exención del menciona· do Depósito Previo, todo de conformidad con el Decreto No. 14 del Ministerio de Eco-nomfa publicado en cLa Gaceta>, Diario O· flcial No. 245 de 20 de Octubre de 1950.

    Arto. 60.-Este Decreto comenzará a re-gir un df a después de su publicación en el Diario Oficial cla Gaceta>.

    Dado en Casa Presidencial. - Managua, D. N., a los catorce dfas del mes de julio de mil novecientos sesenta y cinco.·- RENE SCHICK, Presidente de la República, Ri-cardo Parrales, Vlcemlnlstro de Economla.

    SECCION DE PATENTES DE NICARAOUA

    Ventas de Patentes N9 1983-8/U N9 161168-· 4,80

    Parbenfabrlken 8ayer A.O., de Lnerku1e11 1 Ale-mania, por mi medio ofrece en venta o tra1111cc:ló11 101 derecho1 adquirido• en Nl1:1r•eua 1nbre au Pa-tente de Invención No. 796, del 25 de Julio de 1961, aobre: •Medio• Protectorea de Sup!!rflcle1 de Cor-tadura de Planlu•, 101 que no ae h111 aba11donado, 111 como loa producto• elaborado• por medio de 101 ml1mo1.

    Managua, D. N., dleclllete de Julio de mil nove-clentoa seaent~ y clnco.-Samuel Ourdhtn.

    2 t

    N9 1984-8/U NQ 161167-· 4.QO farbenfabrlken 8ayer A.O., de Leverkuaen, Ale-

    mania, por mi medio ofrrce en venta o tran1accl6n loa derecho• adquirido• en Nicaragua aobre 1u Pa-tente de Invención No. 689 del 30 de Julio de 1959, 1obre: cMedlo1 para el Tratamiento de la Tierra y de Semillas, con exclu116n de Gereale1t, 101 que no 1e han ab1ndonado, uf como 101 producto• elabo-rado• por medio de loa ml1mo1.

    Managua, D. N., dlecl1lete de Julio de mil nove-cientos 1eaenta y clnco.-Samuel Ourdlán.

    2 1

    • No 2045-8/U N9 161176-· 12.00 Titan 'flll!nwarenfabrlk O.m.b.H. de la ciudad de

    Shwel/We1tfalen, Alem1nl1, por mi medio ofrece en venta o tran11ccl6n loa derecho• adquirido• en Nlcaraaua sobre au Patente de Invención No. 695, del 7 de Septiembre de 1959, sobre: •Procedimiento para flejar Fardoh, loa cualea no ae han abandona· do, ad como loa producto• elaborado• por medio de loa ml1mo1.

    Managua, D.N., trece de Julio de mll noveclento1 aeaenta y clnco.-Henry Caldera Pallal1.

    2 l .

    Merck & Co., lnc., de la ciudad de Rahway, fata· do de New Jeraey, f1tado1 Unido• de Am6rlca, por mi medio ofrece en venta o tran11ccl6n loa dere-cho• adquirido• en Nicaragua 1obre 1u Patente de Invención No. 577, del 9 de Octubre de 1957, aobre: cCompue1to1 Químico• y Procedimiento para Pre-parar 101 Mi1mo1., loa cualu no IC han abandona-i;lo, 111 como loa productoa elaborado• por medio de 101 ml1mo1.

    Manigua, D. N., dlccl16l1 de Julio de mil nove-clento1 1e1enta y clnco.-Henry Caldera Pallal1.

    2 1

    Patente de Invención N9 1976-8/U N9 161161-* 800

    Richard Herny Okenfu11, de loa E1tado1 Unldoa de Am6rlca, por medio de apoderado Dr. lldefonso Palma MarUnez, Abogado y de e1te domicilio, 1011-cita conce1lón de derecho• de Patente de Invención 1obre 10 invento con1l1tente en:

    «composici6n del Lavado" Dicha Carta-Patente ae extenderá a favor de la

    Sociedad The Procler & Oamble Company, de los Estados Unldo1 de Am4Srlca.

    Oyenae opo1lclone1, término legal. Oficina de Patente1 de Nicaragua, Mlnl1terlo de

    Economla. Managua, D. N., trece de Julio de mll noveclento1 1eaenta y cinco. - jullán Bendaila S., Coml1lonado de Patentu de Nlcara¡ua. •

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  • 2410 , LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

    Marcas de Fábrica Np 1974-8/U N9 161159-· 8.80

    Carrcraa Llmlted, de Inglaterra, por medio de apoderado Caldera & Cía. Ltda., Agente1 de M1r-c11 de fábrica y Comercio, de utc domicilio, 1011-clta el registro de la Marca de fábrica y Comercio que coD1l1tc en la denominación:

    WESBURY Sola y 1ln dl1tinllvo1 upcclale11 marca que le

    emplea conforme con el modelo prc1entado, para dl1t111gulr: Produclo1 de Tabaco y todo1 101 dcmá1 lncluldo1 ca uta Cinc, Cinc 20, (Producto• de Ta-bico), del Decreto No. 10 de 7 de l!nero de 1956.

    Oyente opotlclone1, t~rmlno legal. Oficina de Patente. de Nicaragua, Ministerio de

    Economr1, Managua, D.N., veintiocho de Junio de mll novcclento1 aesenta y clnco.-Jullán Bendafta S., Coml1lon1do de Patente! de Nicaragua.

    3 t

    N9 2024- 8/U N9 161190-· 8.80 Humberto C1mpo1 Campo11 comer~lante de la

    ciudad de San José, República de Coita Rica, por medio de apoderado Dr. Armando Oalán Benaven-tc, abo¡tado y de e1tc domicilio, 1ollclt1 el reglttro de la marca de fábrica y comercio que con1t1te en la denominación:

    DELTA Sola y 1ln dl1tlntivo1 e1pectalea, Marca que ~e

    cmplu conforme con el modelo preaentado, para ,dlatlngulr: Alimento• de toda Cine, Claae 49, (All-mento1 y 1u1 Ingredientes), del Decreto No. 10 de 7 de enero de 1956.

    Oycnac opo1lclone1, término legal. Oficina de Patcntea de Nlcuagua. Managua, D.

    N., dlcchél1 de julio de mil noveclentoa 1e1ent1 y clnco.-Julián Bcndaila S., Comlalonado de Patca-tca de Nlc1r1gua.

    3 l

    Np 2028-B/U Np 161191-~ 9.20 The Kendall Comp1n11 de 801ton, M111achuaett1,

    E1tado1 Unldo1 de América, por medio de apodera· do Dr. Vlctate Nava1 A .. abogado y de cate domi-cilio, 1ollclta el rcgl1tro de la marca de fábrica y comercio que con1hte en la denominación:

    CURITY Sola y aln dl1tlntlvo1 upeclalu, Marca que 1e

    tmplea conforme con el modelo preacntado, para dl1tlngulr: Todo1 101 Producto• Comprendido• en la Claac 42, upcclalmente Plftalu o Sabanlllaa pa-ra nlilo1 (Dlapen), C.:l11e 42, (Veatuarto). del Decre-to No. 10 de 7 de enero de 1956. _

    Oyenae opo1lclonca, término legal. Oficina de Pateotu de Nicaragua. Mana¡ua, D.

    N., diecinueve de julio de mil noveclento1 1e1eat1 ,. cinco. - Julláll Bendllila S., Comtatonado de Pa-tentca de Nicaragua.

    3 1 '

    SECCION JUDICIAL Remates

    Np 2025-8/U Np 161188-· 6.00 Cuatro de la tarde cuatro de Ago1to corriente

    afio, 1ub11tar11c al martillo, congelador •Hotpolnb Mod. FH-214.

    l!jecuta: Solórzano, Villa, Pereira, Comercial, S. A., a Salvador Ouldo Lazo.

    Dado juzgado Segundo Civil del Distrito, Mana-¡ua, Julio dlcclaéls de mil noveclento1 1eaenta 1 cinco, - Ramón Urblna, Srlo, 3 l

    N9 2026-8/U N9 161187-· 6.40 . Cuatro de la tarde nuc.e de Agoato corriente afio,

    1uballar11e al martillo, una refrigeradora •Hotpolnh Mod. SD-510, blanc1.

    Ejecuta: Solórzano, Villa, Perelra, Comercial, S. A., a francl1co de A. Pares C11ell11.

    Dado Juzgado Segundo Civil del Dl1trllo, Mana-llUI, Julio dlecl1él1 de mil noveclenlo! sesenta y cinco. - Ramón Urblna, Srlo.

    3 1

    Np 2027-8/U Np 161189-· 6.00 Cuatro de la tarde cinco de Agoato corriente ano,

    1ubbtuc al martillo un enfriador y congelidor cEvcrcoold•.

    Ejecuta: Solórzano, Villa, Perelra, Comercial, S. A., a Lul1 Enr!que lscayo Varg11,

    Dado Juzgado Stgundo Civil del Distrito, M1na-gua, Julio dlechél1 de mil noveciento1 1esent1 y cinco. - Ramón Urbl1111 Srlo,

    3 t

    Np 1991-8/U N9 161161-4 6.40 Cuatro de la 'tarde veintinueve de Julio corriente

    1ub11tarálc al martillo, Televl1or R. C. A. Víctor, Modelo 21-T-8205.

    Ejecuta: Solórzano, Villa, Perelra, Comercial, S, A., 1 Oulllermo Pércz Cruz.

    Dado Juzgado Segundo de lo Civil del Dl1trlto, Managua, julio cinco, mil noveclento1 1e11n1a y clnco.-Carlo1 H. Vega M.-Srlo.

    ·3 1

    N9 1997-8/U Np 130268-4 8.60 Once y media de la maftana trelntiuno Julio CO·

    rrlcnte, 1ub11tará1C en cate Juzgado prelfio rú11fco 1ltu1do en Comarca de Tolapa, cata jurl1:Ucclón1 conalatente en finca agrícola denominada •La Con-cepción•, de quince manzanu extensión, con cer-c11 alambre de púu tru hilos proplo11 ad como el terreno¡ hay huert11 y potrcrot, c11a cubierta de tej11 con do1 corrcdore1, todo llgdante: Oriente, finca El Ro11rlo de Oustavo Saravla; Ponlent1, mediando encajonada, predio de Tomáa Delgado y P11tora Munguí1; Norte, lfnea férrea León-Sauce y Sur, potreros Tomb Delgado.

    Ejecuta:· Banco Nacional de Nlcar1gua a Julio Plnell Juárez.

    811e po1tur1: Siete Mil Ochoclcnlo1 Córdobu. Dado Juzgado Civil Dlllrlto. León, julio 1lete,

    mil novecienlo1 1caenllclnco.~R. Oacar Santo1.-Sccrctarlo. _

    3 l

    N9 1977-8/U Np 161158-· 8.00 Once- diez minuto•, mallan a treintluno Julio co-

    rriente remataráae martillo, juego 11iento1 11la, canapé aeml·clrcular color anaranjado de tre1 ple· zas, do1 111lonea todo1 cubierto• con plbtlco1¡ me· 1lla de centro en forma de bumeran con formlca blanca de enchape de tres patu; tocadl1co con1ola café 01curo, utercofónlco Serte A-78"456 We11-tlnlhou1e Actor Rollln 8. Table demandada MI· rlan Sánchez Collado. Encué11tran1e 101 blenea ca· 11 del actor 11tuada de e Unión Radio• treinta va-r11 abajo.

    Dado Juzgado Primero Civil Dl1trlto, Managua, diez mai'lana de mil novcclento11e1entlctnco.-jo1~ l!rneato 8endafla.-Juez lo, Civil de Dlatrlto.-flrma lleglble.-Srlo.

    3 1

    Np 2006-8/U N9 137655-· 6.64 Once mailana marica tree de Ago1!0 ano corrien-

    te, local eetc deapacho, venderá1e pública 1ubula al martillo, Un Radio Toc1-Dl1co, marca •Nlvtco•, doce translatore11 trca b1tnd11, de balerfa, color blanco y rojo púrpura.

    Ejecuta: Oermaa Arrlaza OonzAlez a Harry

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    www.enriquebolanos.org

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    LA. GACETA-DIARIO OB'IOlAL

    Deckma o De1gu111 reclamando la suma de cuatro-clento1 cincuenta córdobu.

    Oyen1e 1101tur11 legalea. Jaz¡ado Clvll Distrito, Chlaandega, Julio cator-

    ce mil noveclentoa 1e1enllclnco.-Carlo1 Alberto López.-Secretarro,

    3· 1

    Np 1988-B/U N9 161170-CI: 15.60 Tree de la larde del dfa dlecl1él1 de Agosto del

    afio en cuno, 1e llevará a efecto la 1Ub11ta de 111 doa flncu urbaau una situada en el Barrio de Al-tagracla, compue1ta de un 1olar que mide treinta var11 en cuadro drntro de 101 1lgulentee llndero1: Norte, Doloree Jarquín; Sur, lote Alfredo Del1g-neau¡ Oriente, Juan Rafael Navarrete¡ Oe1te1 féllx Pedro Torrea; la otra finca urbana 11tuada en el barrio Bueno1 Airee 1obre la Séptima Calle Sur-f1-te, entre duodécima y décima- tercera avenida Sur-Orate, con1l1tente en un 1olar de forma Irregular que mide doce var11 de frente a la calle, veintio-cho var11 en 1u lado Norte, aeaenta y trea varaa en 1u lado Oriental, y 1elenta var11 en su lado Occi-dental, y una casa cal'lón de 1ei1 varas de largo y cuatro var11 de ancho, una mediagua en el lado Occidental de ocho var111 un pozo de ;gua potable con au brocal de calicanto y un excu1ado dentro de 101 slgulentea lladero1: Oriente, Dloal1lo Obregón y Juana Velá1quez¡ Occidente, fatebana Roblca y FeUclta Morale1¡ Norte, Antonio Aburto y Marí1 Reyea Vá1quez y Sur, calle enmedlo 8111 Hernáa-dez.

    Ejecuta: Wendell Oarth Mee Clold contra la 1cce1lón de Marra del Carmen fueate1. Te1tado-dleel-Vale.

    Bue de la 1ub11ta, cincuenta y ocho mil nove-cientos cincuenta y un c6rdob11 y; veintiún centa-voa de córdoba, má1 101 lntereaea, co1t111 dailo1 y perjulcloa.

    Oyea1e poaturas en tiempo y término legal. Dado en el Juzgado Segundo Civil del Dl1trlto de

    Man1gu., a 111 cinco de la tarde del día diecl1él1 de Jullo d~ mil noveclento1 1eaenh y clnco.-Héctor Oulllermo Libby Rlvera.-Juez 2o. Clvll del Diltrt-lo de Managua.-C. J. Chamorro O.- Srlo.

    3 l

    N9 1894-B/U N9 147089-4 3.00 Tre1 tarde cinco Agosto corriente lflo rematará-

    " doscientos córdoba• eate Juzgado, urbana lindan-do: Oriente, Ro11 Val verde¡ Poniente, Méllda Mem-brefto: Norte, Cecllla Tapia¡ Sur, Mónica Oómez.

    fjecuclón: fuseblo 8ejar1no C1ballero contr1 1uce1fón Lul1 Cerón Caballero.-Juz¡ado · Local Civil, Nladlrl, ocho de Julio de mil noveclento1 1e-1entlclnco.-Allon10 Ca111llo V.-Secretarlo.

    3 l

    Np 2029-B/U Np 129003-CS 9.08 Nueve y media maftana do1 Agosto próximo re·

    mat1rá•e mejor po1tor cele Juzgado flaca rural con-1lllcnte 1olar treinta varal largo por veinte fondo, punto La Calamidad, jurl1dicclón Camoapa, e.te departlmento, conteniendo c11a medlagu11 diecio-cho var11 por treinta, forma cruceta, techo zinc, 10-bre horconc1 enterrado•, paredee parte tabla, piso natural, todo limitado: Oriente, finca francl1co J. López¡ Ponicnt~, finca Ore11torio Oranj11 trocha al Codo enme.ilo¡ Norte, finca fulogio Duarte, trocha C1f111 Brav11 enmedlo; Sur. trocha al Codo.

    Valonda partee dc1 mil córdob11. Ejecuta: Aurora Monterrey López a Juan Monte-

    rrey León, 1uma córdob11. Oyense po1tur11, bue aV1lúo. Juzg1do Local Civil. 8oaco, diecinueve Julio

    mil novecientos sesenta y cinco.-J. Abad M.-Alejo Ollvu C.-Srlo. .

    Conforme. Boaco, diecinueve Julio mll nove-clento1 1e1eata y cluco.-Alejo Ollv11 C. -Srlo.

    3 l

    I

    Np 2030-8/U Np 133 195-$ 7.48 Trea tarde 1el1 de Ago1to cor1lente aiio, 1ub11t1-

    ráse melor poator finca ubicada en •Copalau, ju-rl1dlcclón Matl¡uál eate Departamentn, ciento cin-cuenta manzanu exlen1ión, naclonalu, con vari11 mejor11 y lindante: Oriente, Roberto Mora Cente• no; Occidente, francl1co Mondoy y otro¡ Norte, Ramón Mejía¡ Sur, Porfirio Rivera.

    fjecuta: francl1co Rivera Martraez a Porfirio . Rivera Martrnez.

    811e del remate: Trc1clento1 Córdob11. Oyeeae po1tur11 término legal. Dado Juzgado Local Ci\111 Matagalpa, treinta de

    Jun'o de mll noveclento1 1eaeata y cinco.-franco Montene2ro L.-C. A. H"nández.-Srlo.

    f1 conforme: C. A. Hernández.-Srlo. 3 1

    Titulos Supletorios Np 1912-8/U Np 139265-$ 6.20

    Eugenio Oonzález Pozo, 1ollclta Ululo 1upletorlo1 lote de terreno, de diez m1uzan11 de exten1lón, co-marca cfl Ch1guc•, León, linda: norte, Erne1tlna Bustos; eate, filomena Mayorg1; oeste, Justo Vane· gu y Carmen Torufto y 1ur, Jueto Vancg11.

    Interesado• opónganae. Dado Ju:rgado de Dl1trlto Civil. León ocho Julio

    mil noveciento1 1e1enta y cinco. - H. Valladaree 8ermúdez, Srlo.

    3 l

    Np 1935 -8/U Np 134331-$ 6.20 Lul11 Ouldo de Rodríguez, 101icita Utulo 1upleto-

    rlo, finca rú1tlca jurl1dlcclón Tola, treinta mlDZI• nu, llnd1: oriente, l!lvlra Avendai'lo; poniente, SI-meón Oarda: norte, Terre110 de Nanclml; 1ur, San• to1 Hurtado, calle enmedlo¡ conteniendo c11a.

    Oponer1e término legal. Dado Juzgado Dhtrito. Rlv11, doce de Julio mil

    novcclento1 1eaenta y cinco.-Armando Jo1é Jlmé-aez Z.-Srio.

    3 l

    No. 1938-8/U No. 160446-t 8.00 . Socorro Alvare:r, 1ollclta trtulo 1upletorlo flncu

    rú1tlc11 jurl1dicclón Tola, cincuenta por ciento cua• rentl1él1 vuu, llmlt1da: oriente, Mir1mar¡ poniente, José Jetús Rufz¡ norte, Julfán Cruz: 1nr, Mlr1mar, cincuenta por eetenla var11¡ llmltad1: oriente, po-niente y 1ur, Ja coba Cerda¡ norte, Julián Cruz.

    Opoaene le¡almente. Secretarla juzg1do Civil Dl1trlto.-Rlvu, cinco

    Julio mll noveclento1 1uenta y clnco.-Mol1é1 S. Cole.

    3 1

    N9 1970-8/U Np 917541-CS 5.00 Jo1é Santiago Centeno 1ollclta arriendo nueve

    manzan11 finca montonet rita jurl1dicclón terreno ejidal cercada alambre pú11 bajo 101 1lguleote1 llndero1: oriente, mediando carretera Tomb Ollvu; occidente, predio de Seb111ián Outiérrez nort~, Ma-rra Reyu¡ 1or, Seferlno Reyea, la per1ona que 1e crea con derecho preséntese, término le¡al.

    Palaugülna, cinco de Julio afio 65.-José Lópcz C.-Alcalde Mp1l.-fllome11a Oull~rrez 0.-Srla. Mpal.

    3 1

    N9 1969-B/U N9 141664-CS 6.48 Narcl11 Ramfrez de Cutlllo, 1ollclta Ululo 1ople-

    torto lote de terreno urbano esta ciudad, con 101 1i-gulentea lindero•: norte, propiedad de llldro Al-manza; poniente, predio de Rodolfo Abea¡ oriente y 11u, 1ucuión de Jacinto Ramfrez.

    Quien ee crea coa derecho oponene término le•. gal.

    :·~.··.

  • 24'12 LA GACETA-DIARIO OFIClAL

    Juzgado Civil del Dl1trlto.- Gunada, doce de Ju· llo de mil noveclento1 seaenta y c:inco.-fco. J. Cu· tillo 0.-Srto.

    3 1

    N9 1960-B/U N9 139293-~ 6.60 Nora L6pu de Ben fo1, 1olfclta trtulo 111pletorlo

    lote de terreno, 1olar urbano, ubicado La Paz Cen-tro cinco m1nzan11 rxtrnal6n, y linda: oriente, Lul1 E. Berrfo!¡ ponientl", Wence1lao Esplno11, Tomb Siiva y Juana Hernández¡ norte, Lul1 f. Berrlo1 y 1ur, heredero• de Ju1tlnlano García.

    lntere11do10póngan1t. Dado juzl{ado de Dlltrllo Clvll.-L~ón veinte de

    Junio de mll noveclento1 sesenta y clnco.-H. Va-lladarea Bermú!lez.-Srlo.

    3 l

    N9 1061-8/U N9 139295-· 7.03 Petrona Niflo Andino, 1ollclta titulo 1upletorlo lo·

    te de terreno, comarca Laa Sabanetaa, calle Real de Tolapa.-León, trea cuarto• de manzana de u:ten-1lón, forma triangular y linda: aur, Chico Solf1 y Marcelfno Andino; este, Marco• Andino, camino en medio¡ oeate, Ladlalao Nll'lo y Ramiro Andino¡ nor-te, vértice del triángulo.

    lntere11da1 opónganse. Dado Juzgado de Distrito Clvll.-León veintiocho

    de Junio de mil noveclento1 1eaenta y clnco.-H. Valladues Bermúdez.-Srlo.

    3 l

    Np 1962-B{U N9 119187-· 8.20 Jo1~ Guadalupe y Alejandro Muftoz Polanco, 10·

    Ucltan titulo 1upletorlo 1lguientea predlo1: a) predio rústico una manzana, jurl1dlcclón Telpantca, lin-dante: oriente, vecinos del Limón¡ norteo, Sant11go Mul'loz¡ 1ur1 Ramón Cardoza; occidente, felfclto Ló· pez.-b) predio rfütlco tesenta mannn11, jnrl1dlc-ción Telpaneca, lindante: norte, Hipóllto y Porfirio Muftoz¡ sur, fellclto López; oriente, Ramón Cardo-za¡ occidente, Santiago Muftoz -c) predio rústico cinco mannna1, jurlldlcclón Telpaneca, Undante: norte, Abellno Rivera¡ tur, Santiago Muftoz¡ orien-te, Santiago y Salomón Mul'loz; occidente, Octavlo Muftoz.

    lntereeado1 op6ogan1e. Dado Juzgado Civil del Di1trlto.-Somoto, tre1

    Marzo mil noveclrnto1 aeaenta y clnco.-Gllb. Cal-dera Ráudez.- Efraim E•plno1a P.-Srlo.

    E1 conforme,-Efralm f1plnosa P.-Secretario. 3 l

    N9 1963-8/U N9 128953-CS 7.40 Paula Sándlgo f1corcla solicita este juzgado lflu·

    lo 1upletorio finca rústica cL11 Dellcia1>, como de ochenta manzan11, 11tuada El Gnabo, juri1dlcclón Camo1pa, cercada y cultivada en parte, limitada 11r: oriente, Elena Sainar¡ poniente, Seb11t1•n Al-varado¡ norte, Euloglo Romero¡ 1ur1 A1unclóa Ama· dor.

    Valorada Cinco mil qulnlento1 córdob11. Oyenae opo1lclonea t~rmlno legal. juzgado Civil D11trlto.-Boaco1 diez julio mil no

    vecleoto1 1eaenta y clnco.-P. Builrago Ch.-J. Guz· mán 0.-Srlo. -

    Conforme.-Boaco, doce Julio mil noveclento1 IC· 1enta y clnco.-Jnllo Guzmán Garcra,-Srio.

    / 3 l

    No. 1968-B/U No. 147074--· 6.68 E1tanl1lao Montenegro Moreno, 101iclta Ululo 1u-

    pletorlo, cerramiento ubicado paraje f1plnal, 11tlo Santa Ro11 Tomabú, esta jurl1dlcción, como cinco rñanzan11 cabida, cercado alambre, naturale11 pie-dra, contiene montafta, potrcro1, gulneo11 ca1a babi· tar, lindante: oriente, felipe Moreno; occidente, Juan Oarcra; norte, 1ucealón Paullno Blandón¡ 1ur, cimlno a E1tell.

    Op6ngan1c término legal.

    Juz¡ado Clvll Dl1trlto.-fltell diecinueve Junio mil noveclento1 1esenta y clnco.-0. 01Jtlérrez.-Hugo D. Tercero.-Srlo.

    3 l

    N9 1965-8/U N~ 139261-· 7.60 Lul1 Manuel L6pez y Guadalupe López, 101lcltan

    Ululo 1upletorlo 1olar barrio Subllava.-Le6n, mide cuarenta vara1 'de frente por ochenta de fondo lin-da: oriente, Josefa Moya¡ poniente, calle enruedlo, Trinidad Llnarte¡ norte, Juana Sánchez y 1ur1 Joaefa Cl1ne, predio rústico ubicado a trea legu11 de esta ciudad, 1ltlo cL11 Mora• jurlldlcclón, Salln11 Oran-des.-León exten1ló11 de catorce hectáre11 y linda: norte, 1ur, este, oeate, franclaco Bedel y la Coyote-ra.

    Interesado• Opónganse, Dado juzgado de Dlatrlto Civll.-León 1el1 Julio

    mil noveclento1 1eaenta y clnco.-H. Valladares Benm1dez.-Srlo.

    3 l

    N9 1966-B¡U N9 139291-CS 6.40 Rita Palaclo11 1ollclta Ululo 1upletorlo predio rúa·

    tlco, comarca La Loma1 jurl1dlcclón de Larreynaga, León, doce manzan11 de exten1lón linda: oriente, camino comedlo, Petrona Mendoza¡ poniente, Pedro Rulz¡ norte, Cruz Sotelo, y 1ur1 Cruz Sotelo, camino enmedio.

    Jntere11do1 Opónganae. Dado Juzgado de D11trlto Clvll.-León ocho de

    Julio de mil noveclento1 1eaenta y cinco.-H. Valla· darea Bermúdez.-Srlo.

    3 1

    N9 1967-8/U N9 147075-· 6.52 A parle la Pirez talavera, aollclta titulo 1upletorlo,

    ca11 y 1olar ubicados paraje Lo1 Encucntro1, jurl•-dlcclón Llmay, 1lendo casa ocho varas largo, aelt ancho, 1olar mide cuarenta var11 en cuadro, lindan· te, conjunto: oriente, Ca11 f1cuela1 montea lnculto1¡ occidente, Rlo Naranjo; norte, carretera Estelf¡ sur, arado Marcellno Pérez. ·

    Opóngan1e término legal. Juzgado Civil Dlltrlto.-E1tell diecinueve Junio

    mil noveclento1 1eaeata y claco.-0. Outltrrez.-Hugo D. Tercero.-Srlo.

    3 l

    1'1{9 1996-B/U N9 1342114-

  • LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2413

    NQ 1980-8/U NQ 141652~~ 5 05 Pelrona Ramfrez, solicita Ululo 1upletorlo1 finca

    nlltlca alta Capulln, uta jurl1dlcclón comprendida uto1 linderos: oriente, umino público¡ poniente, Lorenzo Ramrrez; norte, camino; 1ur1 Joaquín florea.

    juzgado Clvll del Diatrlto.-Oranada, veintinueve de Mayo de mil noveclento1 ae1enta y clnco.-fran· cl1co Cutlllo -Srlo.

    3 l

    NQ 1992-8/U N9 137645-4 5.40 Altjo Carranza Morán, 1ollclta titulo aupletorio

    1olar 11tuado Corinto calle nueva lindante: norte, Carmen Zapata, calle enmedio¡ 1ur, Ou1tavo Ro· drfguez¡ oriente, Ramón Centeno; Poniente, calle enmedlo-Abelardo f1pafta.

    lntere11do1 opónganae. · juzgado Civil Dl1lrlto.-Chlnandeg1 1 Jullo trece

    mil noveclento1 aeaentlclnco.-Concepclón Oonzi-ltz, Srla.

    3 1

    N9 1994-8/U N9 137646-4 6.44 juan Galeano Martrnez y Luclla Delgado de Oa-

    leano, 1ollcltan titulo 1upletorlo 1olar 11tuado entra· da Corinto, lindante: Oriente, con 111 play11¡ Po-niente, Ouatavo Mo1 a¡ llene un taburete de cinco varu en cuadro y diez varas al fondo¡ Norte, doce varu, llnda con Alejandro Delgado¡ Sur, flh1 Pérez.

    lntere11do1 op6ng1n1e. Juzgado Civil D11trlto.-Chlnandega.-Jullo trece,

    mil noveclento1 1e1entlclnco.-Concepclón Oond-lez., Srla.

    3 l

    Cítaee a los Miembros de Aaociaci6n de Ahogados de Nicaragua

    N9 2001-8/U NQ 161172-· . 3.20 Se cita a todo1 101 miembro• de la A1ocl1clón de

    Abogado• de Nicaragua para A11mblea General con el objeto de fle¡lr Nueva Direcliva. Local: Club Social Managua¡ Día: Domingo 8 Ago1to próximo, Hora: 11 am. Por tratarse de aegunda citación ha-brá quórum con 101 que 11l1tan.

    juan Manutl Gutilrrtz Srcrehrlo 1

    rederos de Asunción Oómez Saravia, seftalan bien: veinticinco manzanas inmediaciones San Francisco Carnicero, lugar llamado cEI Ouasimab, lindante: norte y este, terrenos comunidad San francisco Carnicero; sur, camino enmedio Lago Managua y oeste, ha· clenda cEI Limón., inscrito No. 17.397, to-mo LVIII, folio 288, tomo LXXVI, folio 175, asiento to, Sección Derechos Reales, Libro Propiedades Registro Público este Departa· mento.

    Quien crea tener derecho opóngase térmi· no legal.

    Dado juzgado lo. Civil Distrito.-Mana· gua, uno Julio mil novecientos sesenta y cln· co.-Dr. José Ernesto Bendafta Z.-juez lo. Civil del Distrito.-0. Noel Villavlcenclo V. Secretarlo.

    1

    No. 1880-8/U No. 149945-(J 4.80 Esperanza Dlaz Quino, mayor, solf'era, es·

    te domicilio, como cesionaria de Josefa Do· lores, Maria del Carmen, Juana Leonor y francisca, todas de apellido Df az, solicita de· clararsele heredera única de los bienes, dere· chos y acciones que a su muerle dejó dona Rosa Emilia Dfaz, hermana de sus cedentes. Bienes consisten en un predio urbano, en barrio Campo Bruce esta ciudad, mide ocho y media varas de largo frente a la calle por veintiséis de fondo, lindante: norte, calle en· medio, Mayor José Agurto; sur, Juana Leo· nor Dfaz; oriente, el que fue de Josefa Dolo· res Díaz¡ poniente, Maria del Carmen Dfaz.

    Interesados opóngase dentro de término ocho dfas.

    Dado en el Juzgado PrimeroCivil del Dis· trlto.-Managua, treinta de junio de mil no· vecientos sesenta y cinco.-Las once de la

    • S maftana.-josé Erneste Bendafta.- juez.-Citase a loe Acciom~tae d~_la ociedad José Alej. Salinas c.-Srlo. 1

    ttEmpacadora N1caraguense, S. A."

    NQ 2021-8/U NQ 161174-4 8.80 Con ln1trucclonea de la junta Directiva de cfm-

    paudora Nicaragüense, S.A.• (fMPANICSA), dta-1e a 101 Acclonl1t11 de la Sociedad para junta Ge-neral Ordinaria a celebrarae a lu 3:00 P.M. (tres de la tarde), del 1ábado catorce (14) de A¡oato de mil noveclento11eaenta y cinco (1965), en 111 Oficina• de la Compai'lfa en eata ciudad. Se recuerda que para participar en dicha junta, 111 Acclonea debe· rán regl.trarae en la Secretaría de la Companra con cinco (5) df11 de anticipación a la fecha de la mla-m1, de acuerdo con el Arto. 19 de 101 f1tatuto1.

    Managua, D. N., veintiuno de julio de mil nove-clentoa 1eaenta y cinco.

    Abntr RíoJ Torres Secretarlo. 3 l

    No. 1925- 8/U No. 160434 -(J 9.26 Roberto Calvo Oonzález solicita decláresele

    heredero ah-intestado de los bienes que dejó su madre, Candelaria Oonzález de Cal· vo. -

    Seftaló la tercera parte de un solar situado al oriente de esta ciudad a la orilla de la Ca· rretera Panamericana y que mld"e todo diez varas de frente por cuarenta de fondo, o sean cuatrocientas varas cuadradas de exten· sión superficial, con los linderos particulares siguientes; oriente, Leonor Silva de Arce; oc· cidente, julio C. Hernández y otra; norte, Leonor Silva de Arce y sur, Carretera Pana·

    Declaratorias de Herederos mericana, la que se encuentra inscrita con el No. 25.153; folio 95 Tomo CCCXXV y folio

    No. 1879-B/U No. 166408-

  • 2414 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

    No. 1905-8/U No. 1392!>4-t 3.20 Miguel Angel Barrantes, solicita se le de·

    clare heredero de Humberto Barrantes, quien dejó casa y solar situados en El Sauce, lln· dante: oriente, Manuel Cardoza calle enme· dio; poniente, Narciso Rlos; no:te, Salomón Sánchez Herrera y sur, Matras Rios.

    lote coniiguo anleiior, es.los linderos: Orien· te, Matilde v. de Zamora; Occidente, Carlos Narváez Prado; Norte, Matilde v. de Zamo· ra y Sur, juan Rfos.

    Quien tuviere igual o mejor derecho o-póngase término legal. '

    Interesados opónganse. juzgado Civil del Distrito, León diez· de

    julio de mil novecientos sesenta y cinco.-Lineado - Herrera- Vale.- H. Valladares Bermúdez.-Srio.

    Dado en el Juzgado Primero Civil del Dis· trito de Managua, a los trece dlas del mes de julio de mil novecientos sesenta y cinco. -José Ernesto Bendana.-juez 11>. Civil del Distrito. firma ilegible.

    1

    No. 1964-8/U No. 146086- ~ 4.50 Pedro Ramón Ramfrez Baltodano, pide

    que en unión su hermana Vilma -Teresa del Nino Jesús Ouadamuz Ballodano, se les de-clare únicos y universales herederos todos los bienes, derechos y acciones que al mo rir dejara su senara madre dona Ana Salva· dora Baltodano de Guadamuz. Senala como bienes sucesorales: a) urbana en Santa Tere· sa, limitada: Oriente, Guillermo Ramfrez Battodano¡ Poniente, Juana Baltodano de Ramlrez y _otra; Norte, sucesores de Bias Guadamuz, y Sur, calle pública; y b) tercera parle indivisa otro predio urbano en Santa Teresa. limitado: Oriente, predi'> anterior; Poniente, avenida pública¡ Norte, sucesores Bias Ouadamuz¡ y Sur, calle pública.

    Quien pretenda derecho, dedúzcalo térmi· no legal.

    Dado juzgado Civil Distrito, en jlnotepe-1 quince julio mil novecientos sesenta y cinco. J. H. Cortés.-Leónidas Sánchez.-Srio.

    1

    N9 1958-B/U N9 141580-(J 3.00 Bernardo Meneses Ortlz, solicita se le de·

    ctare heredero en la sucesión de su senor padre juan Meneses, del IJlen dejado por él.

    Oponerse término legal. juzgado Civil del Distrito. Granada, ocho

    de julio de mil novecientos sesenta y cinco. feo. J. Castillo 0.-Srlo.

    1

    No. 1948-B/U No. 161157-(J 10.80 Sara lné; Dlaz de Narváez, solicita declá·

    resele heredera junto con sus menores hijos: Salvador de Jesús, Josefa de Jesús, Martha de jesús, Ruth, Elizabeth, Carlos Alberto, Moisés, Raquel, Ester de jesús y David de Jesús, todos de apellido Narváez Dlaz, de su esposo Carlos Narváez Prado.-Bienes: a) finca urbana, barrio Z•mora, esta ciudad, es-tos linderos: Orlen le, Matilde v. de Zamora; Occidente, veintiuna av. Sur-Oeste; Norte, Ana Rosa Sánchez y Sur, Guadalupe Mata moros; b) lote contiguo anterior lindando 1sl: Oriente, Norte y Sur, Matilde v. de Za· mora¡ Occidente, Carlos Nardez Prado¡ e)

    1

    No. 1595-8/U No. t 19196- CJ 4.30 Vlctor Manud Sánrhez Centeno, solicita

    decláresele heredero ab-intestato bienes derechos, acciones, difunto padre Quintl~ Sánchez, unión hermanas: Inés del Carmen Slmeona, Concepción y Maria Nieves Sán~ chez Centeno.-Bienes hereditarios: a) finca rústica quince Manzanas, jurlsC1icción Telpa-neca, lindante: Oriente, Quinlin Sánchez; Sur, Jo~é lbarra González; Norte. Héclor Bermúdez: Occidente, Héctor Bermúdez.-b) finca rústica cuarenta manzanas, jurisdic-ción Telpaneca, lmdante: _Norte, Quintln Sánchez; Sur, Adán Portillo, camino enme. dio; Oriente, Dolores Matamoros: Occiden-te, quebrada Casllf y finca Adán Portillo.

    Quien créase con derecho opóngase tér· mino legal. - .

    Dado Juzgado Civil del Distrito. Somoto cinco julio mil novecientos sesenticinco.~ Gilb. Caldera Ráudez.-Efraim Espinoza P. Srlo.-

    Es conforme.-Efralm Espinoza P.-Srio. 1

    No. 1~57-B/U No. 139294-(J 6.80 Maria R1vas vda. de Garcfa, solicita declá·

    rese herederos de los bienes, derechos y ac· ciones que a su muerte dejó su esposo An· tonlo García a los hijoi legllimos de ambos: Santiago, Tomasa, Cándida, jacinto, Luis, Bellrán, Samuel, Elias, todos de apellido Garcia Rivas; sin perjuicio de su porción conyugal.

    Interesados Opónganse. Dado juzgado de Distrito Civil. Le611 die·

    ciséis de junio de mil novecientos sese~ta y cinco.-H. Valladares Bermúdez.-Srlo.

    1

    No. 1956-B/U No. 147092- (J2.82 José Noel Pérez, este domicilio, solicita

    dec~áresele here~ero de tojos los bienes y acciones que dejó su madre Vicenta Pérez casa y solar ubicados barrio La Parroquia' esta ciudad.

    1

    Opónganse legalmente. Dado juzgado Civil Distrito. Estelf diez

    Julio mll novecientos sescnlicinco.-0. Gu· tiérrez.-Vilma Rosa Ruiz Sria. '

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    LA GACETA-DIARIO OFICIAL 241:;

    NQ 2020-B/U N11 161175---~ 7.60 Zoila Rosa Largaespada Hernández v. de

    Fonseca, pide junto hijos Yolanda del Ro-sario, Róger Jo~, Vilma de la Concepción, Norma Estela y Argentina del Socorro, to-dos apellidos Cárcamo Largaespada, decla-rárseles únicos y universales herederos del difunto Carlos Cárcamo Fonseca, en todos sus derechos, bienes y acciones dejados al fallecer.

    Opóngase quien tenga igual o mejor de-recho dentro término legal.

    Dado Juzgado 19 Civil del Distrito. Ma-nagua, cuatro de ."f unio mil novecientos se-sesenta y cinco.-Dr. José Ernesto Benda-ña Z., Juez 111 Civil del Distrito.-0 Nohel Villavicencio V.-Srio.

    1

    NQ 2017-B/U NQ 137674-~ 3.94 Matilde Munguía de Casco, en unión de

    sus hijos Paula, Magdalena, Mariana y Víc-tor Manuel, todos de. apellido Casco Mun-guía, y· por lo que hace a ella, en la cuarta conyugal pide se les declare únicos y uni-versales herederos de los bienes y acciones que al morir dejara su esposo Jorge Casco, bien consiste: finca rústica ocho manzanas extensión ubicada Santa Rita Tonalá juris-dicción El Viejo lindante: Oriente, Fran-cisco Navarrete; Occidente, Santiago Ma-tamoros, camino enmedio; Norte, Juan Jo-sé Aguilar; Sur Carlos Hinckel. ·

    Interesados opónganse. Juzgado Civil del Distrito, Chinandega,

    Julio dieciséis mil novecientos sesenta y cinco. - Concepción González.-Sria.

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    Dado juzgado l

  • 241G LA GACETA-DIARIO OFICIAL

    de su marido Orlando Miranda Hernández, a su hija menor Silvia Celina Miranda Pa-niagua en unión de los otros hijos del cau-.sante Rebeca y Yolanda Carlota Miranda 'Morales habidas en su primer matrimonio; y también se reserva: los derechos eventua-les del que está por hacer. Y de su por-ción de cónyuge sobreviviente. Bienes de-rechos y acciones.

    Oponerse término legal. Dado en Juzgado Civil Distríto. Masa-

    ya, veinte de Julio de mil novecientos se-senta y cinco. Entre Iíneas-nes- Vale.-Juan Román Robleto.-Srio.

    1

    Junio de mil novecientos sesenta y cinco. René Robelo S. - Osear Blanco M.-Srio,

    Es conforme con su original. León 25 de Junio de 1965.-0scar Blanco M.-Secretario del Juzgado del Distrito del Crimen dP.l Depto. de León.

    1

    Reg. Nq 179 . Por primera vez cito y emplazo a los procesados Calixto González, de genera-les ignoradas, y Santana Montalván Gu-tiérrez, de treinta y dos años de édad, casado, agricultor y del- domicilio de Tel-paneca, para que dentro del término de quince días comparezcan al local de este Juzgado a defenderse en Ja causa que se

    Citaciones de Procesados le sigue al primero como autor y al se-Nq 176 gundo como autor del delito de Lesiones

    Por primera vez se· cita y emplázase a Graves, cometidas en la persona del se-los procesados Santos, Juan Ramón, y José ñor Juan Alberto Peralta Pérez, de trein-Herminio, los tres de apellido Herrera ta Y dos años de edad, casado, agricultor Centeno, de calidades ignoradas, para que Y del mismo domicilio de Telpaneca; ba-dentro del término de quince días, compa- jo apercibimientos de declararlos rebel-rezcan a este Despacho Judicial a defen- des, elevar la causa a plenario y nombrar-derse en la causa que, en su contra se les les defensor de oficio si no lo hacen. Se prosigue, por el delito de homicidio en la recuerda a los funcionarios públicos la persona de Ceferino Enrique Zamora Ri- obligación que tienen de capturar a dichos zo, quien fue mayor de edad, soltero, agri- procesados Y a los particulares la de de-cultor y de este domicilio. Bajo los aper- nunciar el lugar donde se oculten. Da-cibimientos de declararlos rebeldes, ele- do en el Juzgado de Distrito para lo Cri-var la causa a plenario y de nombrárseles minal de Somoto, a dieciséis días del mes defensor de oficio "si no comparecen. Se de Julio de mil novecientos sesenta y cin-recuerda a las autoridades de la Repúbli- co. (f) Gilb. CaJ,dera Ráudez, - A. Ca-ca la obligación que- tlenen de capturar. a razo.-Srio. dichos procesados y a los particulares la ·Es conforme. Somoto, dieciséis de Ju-de denunciar el lugar donde se oculten. lio de mil novecientos sesenta y cinco.-

    Dado en el Juzgado de lo Criminal del Alberto Carazo-Srio. Distrito de Jinotega, el once de mayo de mil novecientos sesenta y cinco. José E. N9 180 Vásquez C. - C. Castillo C.-Srio. Por primera vez cito y emplazo al pro-

    Es conforme. Jinotega, tre.s de Julio de cesado ~milio Maldonado Maradiaga, de ge-mil novecientos sesenta y cmco.-Carlos nerales ignoradas, para que dentro del tér-Castillo C.-Srio. · mino de quince días concurra al local de

    Nq 178 Por segunda y última vez cito y e:fll-

    plazo a Jersán Duarte de generales igno-radas para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenderse en la causa que se le sigue por Asesinato cometido en la per-sona de Eduardo Bustos Flores, de gene-rales ignoradas, bajo apercibimientos de someter la causa a Jurado y que la sen-tencia que contra él recaiga surta los mis-mos efectos como si estuviera presente.

    Se recuerda a las autoridades la obli-gación que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.

    Dado en el Juzgado de Distrito de lo Criminal de León, a los veinticinco de

    este Juzgado a defenderse en la causa que se tramita en su contra como autor de hurto cometido en bienes del señor Claudino Re-yes y consistentes en dos vacas overas-ne-gras, bajo apercibimiento de declararlo re-belde, elevar la causa a plenario y nombrar-le defensor de oficio si no comparece.

    Se recuerda a las autoridades la obliga-ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun-ciar el lugar donde se oculta. .

    Dado en el Juzgado de Distrito del Cri-men de León, a los diez días de Julio de mil novecientos sesenta Y• cinco. René Ro-belo S. - Ernesto Madriz. -Srio.

    Es conforme con su original. León quince de Julio de mil novecientos sesent~ y cinco. -Ernesto Madriz.-Srio.

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