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REPUBLICA DE COLOMBIA Diario Oficial Ano L Bogotá, miércoles 6 de mayo de 1914 Número 15184 CONTENIDO pa g ». MINISTERIO DE GOBIERNO Relación de las obras de consulta distribuidas por el Ministerio de Gobierno a las Oficinas de la Re- pública durante el año de 1913 (conclusión) 1017 Relación de las obras despachadas por el Ministerio de Qq(bierno a las distintas autoridades de la Re- pública, solicitadas en el curso del presente año de 1914 1023 MINISTERIO DEL TESORO Liquidaciones de los documentos de deuda, pública amortizados en los remates verificados en los días 2 y 14 de marzo, l,° de abril y 1." de mayo de 1914... 1027 .J PUBLICAS MINISTERIO DE OBRAS - Solicitudes de patente de privilegio 1018 Solicitudes de registro de marcas de fábrica y de comercio H 29 Certificados de registro de marcas de fábrica 1031 Avisos oficiales 1032 Ministerio de Gobierno. RELACION .de las obras de consulta distribuidas por el Ministerio de Gobierno a las Oficinas de la Jieptíblica (Turante el año de 1913. (Conclusión). 505. Juez 2. ° del Circuito de Yarumal: un Código de Eleccio- nes. Nota remisoria número 5313. 506. Juez 2. ° del Circuito de Chiquinquirá: un ejemplar de ca- da una de las siguientes obras: Jurisprudencia de la Corte Su- prema y de los Tribunales, dois tomos; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1904, 1909, 1910, 1911, 1912; Có- digo de Elecciones, y la Constitu- ción de la República. Nota remi- soria número 5317. 507. Juez 2.° del Circuito del Socorro: un ejemplar de las obras siguientes: Código de Instrucción Pública, Postal y Telegráfico; Le- yes de 1911 y 1912. Nota remiso- ria número 5318. 508. Juez Municipal de Pedra- za: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Pe- nal, Judicial, de Instrucción Pú- blica, de Elecciones; Constitución de la República; Leyes de 1909 a 1912; Decretos legislativos de* 1899 a 1905. Nota remisoria nú- mero 5356. 509. Juez 2. 0 Municipal de San- ta Rosa de Viterbo: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Medicina Legal, tomo 1.°; Leyfes de 1911 y Códigos 1 Penal v de Elecciones. Nota remisoria nú- mero 5360. 510. Juez 2. ° Municipal de Ca- li: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Código Pe- nal, de Elecciones; Constitución de la República; Leyes de 1912. Nota número 5362, 511. Juez Municipal de Belmi- ra: un ejemplar de las Leyes de 1911 y 1912. Nota número 5363 . 512. Juez del Circuito de So- clia: Jurisprudencia de los Tribu- nales, en dos tomos, y uno de la Corte Suprema de Justicia. Not^ - remisoria número 5365. 513. Juez 2.° del Circuito de Sogamoso:,un folleto sobre Laza- retos y otro sobre Elecciones. No- ta remisoria número 5367. 514. Juez 3.° del Distrito de Ocaña: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1910, 1911, 1912; Códigos Postal y Telegráfico, Judicial Penal, de _ Elecciones, Militar, Medicina Le- " gal, tomo 1.°; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Jusitcia y de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la Repúbli- ca,, última edición. Nota remiso- ria número 5453. 515. Juez Municipal de Ríosu- cio: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910,1911, 1912, y la •Constitución de la República, No- ta remisoria número 5454. 516. Juez Municipal de Hua- sanó (Departamento del Valle): un ejemplar de la Jurisprudencia de la Corte Suprema y de los Tri- bunales; Códigos Penal, de Elec- ciones, y la Constitución de la Re- pública. Nota número 5455. 517. Juez Municipal de Funza: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1909, 1910, 1911 y 1912; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la Repúbli- ca. Nota remisoria número 5457. 518. Juez del Circuito de Va- lledupar: un ejemplar de cada una de las siguientes obras:, Ju- risprudencia de los Tribunales, en dos. tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema, y la Medicina Legal, tomo 1.° Nota número 5458. 519. Juez Municipal de San Luis (Departamento del Tolinga): un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Jurispru- dencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Decretos legislati- vos de 1899 a 1905; Códigos Penal, • de Elecciones, Postal y Telegrá- fico, Militar, de Aduanas; Leyes de 1903, 1910, 1911 y 1912; y la Constitución de la República, úl- tima edición. Nota remisoria nú- mero 5505. 520. Juez Municipal de Popíi- yán: un ejemplar de las Leyes de 1910,1911,1912; Códigos de Elec- ciones y Penal. Nota remisoria - número 5510. 521. Juez Municipal de Bari- cliara: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Ley 40 de 1907; Códigos Penal, Militar, de Elecciones!; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1910. 1911, 1912; Jurispru- dencia de la Corte Suprema; Ju- risprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y 1a, Constitución de la República. Nota remisoria núme- ro 5511. 522. Juez Municipal de Agua- das: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910,1911 y 1912. No- ta remisoria número 5583. 523. Juez 2.° de Santa Rosa de Viterbo: un ejemplar de cada una

REPUBLICA D COLOMBIE A Diario Oficial€¦ · de la República Leye; dse 1912. Nota númer 5362o , 511. Jue Municipaz dle Belmi-ra: un ejempla dre las Leye ds e 1911 y 1912 Not. a

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R E P U B L I C A DE C O L O M B I A

Diario Oficial Ano L Bogotá, miércoles 6 de mayo de 1914 Número 15184

CONTENIDO

pag». MINISTERIO DE GOBIERNO

Relación de las obras de consulta distribuidas por el Ministerio de Gobierno a las Oficinas de la Re-pública durante el año de 1913 (conclusión) 1017

Relación de las obras despachadas por el Ministerio de Qq(bierno a las distintas autoridades de la Re-pública, solicitadas en el curso del presente año de 1914 1023

MINISTERIO DEL TESORO

Liquidaciones de los documentos de deuda, pública amortizados en los remates verificados en los días 2 y 14 de marzo, l,° de abril y 1." de mayo de 1914... 1027

.J PUBLICAS

MINISTERIO DE OBRAS -Solicitudes de patente de privilegio 1018 Solicitudes de registro de marcas de

fábrica y de comercio H 29 Certificados de registro de marcas

de fábrica 1031

Avisos oficiales 1032

Ministerio de Gobierno.

RELACION .de las obras de consulta distribuidas por el Ministerio de Gobierno a las Oficinas de la Jieptíblica (Turante el año de 1913.

(Conclusión).

505. Juez 2. ° del Circuito de Yarumal: un Código de Eleccio-nes. Nota remisoria número 5313.

506. Juez 2. ° del Circuito de Chiquinquirá: un ejemplar de ca-da una de las siguientes obras: Jurisprudencia de la Corte Su-prema y de los Tribunales, dois tomos; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1904, 1909, 1910, 1911, 1912; Có-digo de Elecciones, y la Constitu-ción de la República. Nota remi-soria número 5317.

507. Juez 2.° del Circuito del Socorro: un ejemplar de las obras siguientes: Código de Instrucción Pública, Postal y Telegráfico; Le-yes de 1911 y 1912. Nota remiso-ria número 5318.

508. Juez Municipal de Pedra-za: un ejemplar de cada una de

las siguientes obras: Códigos Pe-nal, Judicial, de Instrucción Pú-blica, de Elecciones; Constitución de la República; Leyes de 1909 a 1912; Decretos legislativos de* 1899 a 1905. Nota remisoria nú-mero 5356.

509. Juez 2.0 Municipal de San-ta Rosa de Viterbo: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Medicina Legal, tomo 1.°; Leyfes de 1911 y Códigos1 Penal v de Elecciones. Nota remisoria nú-mero 5360.

510. Juez 2. ° Municipal de Ca-li: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Código Pe-nal, de Elecciones; Constitución de la República; Leyes de 1912. Nota número 5362,

511. Juez Municipal de Belmi-ra: un ejemplar de las Leyes de 1911 y 1912. Nota número 5363 .

512. Juez del Circuito de So-clia: Jurisprudencia de los Tribu-nales, en dos tomos, y uno de la Corte Suprema de Justicia. Not^ -remisoria número 5365.

513. Juez 2.° del Circuito de Sogamoso:,un folleto sobre Laza-retos y otro sobre Elecciones. No-ta remisoria número 5367.

514. Juez 3.° del Distrito de Ocaña: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1910, 1911, 1912; Códigos Postal y Telegráfico, Judicial Penal, de _ Elecciones, Militar, Medicina Le- " gal, tomo 1.°; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Jusitcia y de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la Repúbli-ca,, última edición. Nota remiso-ria número 5453.

515. Juez Municipal de Ríosu-cio: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910,1911, 1912, y la •Constitución de la República, No-ta remisoria número 5454.

516. Juez Municipal de Hua-sanó (Departamento del Valle): un ejemplar de la Jurisprudencia de la Corte Suprema y de los Tri-bunales; Códigos Penal, de Elec-

ciones, y la Constitución de la Re-pública. Nota número 5455.

517. Juez Municipal de Funza: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1909, 1910, 1911 y 1912; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la Repúbli-ca. Nota remisoria número 5457.

518. Juez del Circuito de Va-lledupar: un ejemplar de cada una de las siguientes obras:, Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos. tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema, y la Medicina Legal, tomo 1.° Nota número 5458.

519. Juez Municipal de San Luis (Departamento del Tolinga): un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Jurispru-dencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Decretos legislati-vos de 1899 a 1905; Códigos Penal,

• de Elecciones, Postal y Telegrá-fico, Militar, de Aduanas; Leyes de 1903, 1910, 1911 y 1912; y la Constitución de la República, úl-tima edición. Nota remisoria nú-mero 5505.

520. Juez Municipal de Popíi-yán: un ejemplar de las Leyes de 1910,1911,1912; Códigos de Elec-ciones y Penal. Nota remisoria -número 5510.

521. Juez Municipal de Bari-cliara: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Ley 40 de 1907; Códigos Penal, Militar, de Elecciones!; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1910. 1911, 1912; Jurispru-dencia de la Corte Suprema; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y 1a, Constitución de la República. Nota remisoria núme-ro 5511.

522. Juez Municipal de Agua-das: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910,1911 y 1912. No-ta remisoria número 5583.

523. Juez 2.° de Santa Rosa de Viterbo: un ejemplar de cada una

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de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 5585.

524. Juez Municipal de Zipaqui-rá: im ejemplar del Código Penal y la Jurisprudencia de los Tribu-nales, en dos tomos. Nota remiso-ria número 5588.

525. Juez del Circuito de An-serma: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Código Penal; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema de Justicia; Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria nií-mero 5591.

526. Juez Municipal de Matan-za: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Jurispruden-cia de los Tribunales, en dos to-mos; Compilación de la Legisla-ción Civil Nacional; Medicina Le-gal, tomo 1.°; Códigos Penal, Pos-tal y Telegráfico, de Aduanas, de Instrucción Pública; Leyes de 1910, 1911 y 1912. Nota remiso-ria número 5593.

527. Juez Municipal de Bello (Departamento de Antioquia): un ejemplar de cada "una de las siguientes obras: Leyes de 1892, 1898,1903,1909,1910/1911 y 1912; Jurisprudencia de la Corte Su-prema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Códigos de Instrucción Pública, Militar, de Aduanas, de Elecciones y Pe-nal; Constitución de la República; Recopilación de Leyes y Decretos sobre Lazaretos; Decretos legisla-tivos de 1899 a 1905; Recopilación sobre tierras baldías. Nota remi-soria número 5659.

528. Juez 2. ° del Circuito de Honda. ur¡ ejemplar de las Leyes de 1911. Oficio número 5662.

529. Juez Municipal de Mar-mato: un ejemplar de la Jurispru-dencia de la Corte Suprema y Ju-risprudencia de los Tribunales, en. dos termos. Nota número 5666.

530. Juez Municipal de Magan-gué: un ejemplar de las Leyes de 1910, 191Í y 1912. Nota remisoria número 5667.

53] . Juez Superior de Bucara-manga: un ejemplar de las Leyes de 1911 y 1912; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. No-ta remisoria número 5668.

,532. Juez Municipal de'M'ira-fíores (Departamento de Bova-ca^: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Jurispruden-cia de la Corte Suprema, y de los Tribunales, dos tomos; Compila-ción de las Disposiciones sobre

tierras baldías; Leyes de 1910 y 1911. Nota remisoria núméro 5708.

533. Juez Municipal de Soco-tá (Departamento de Boyacá): un ejemplar de cada una de las si-guientes obras: Decretos legislati-vos de 1899 a 1905; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurispruden-cia de los Tribunales, dos tomos; Disposiciones vigentes sobre tie-rras baldías; Leyes y Decretos so-bre Lazaretos; Constitución de la República; Códigos Penal, Mili-

• tar, de Aduanas, Postal y Tele-gráfico, de Elecciones y de Ins-trucción Pública; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1904, 1909, 1910, 1911 y 1912, y la Medicina Legal, to-mo 1.° Nota remisoria número 5709.

534. Juez 1.° del Circuito de Buga: un ejemplar de las Leyes de 1912. Oficio número 5710.

535. Juez Municipal de Monte-bello (Departamento de Antio-quia): un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Penal, de Elecciones, Jurispru-dencia de la Corte Suprema, y de los Tribunales, en dos tomos; Dis-posiciones vigentes sobre tierras baldías; Compilación de' Leyes y Decretos sobre Lazaretos; Leyes de 1912. Nota remisoria número 5711.

536. Juez 2.° del Circuito de Cliiquinquirá: un ejemplar de ca-da uno de los Códigos Civil y Ju-dicial. Nota remisoria número 5717.

537. Juez 2.° Municipal de Aguadas: un ejemplar del Código Judicial. Nota remisoria número 5718.

538. Juez Municipal del Cocuy: un ejemplar de cada una de las si-guientes obras: Leyes de 1903 y 1904, 1909, 1910, 1911 y 1912; Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma, y de los Tribunales, en dos tomos; Códigos Civil, Judicial. Penal, Postal y Telegráfico, Mili-tar, de Instrucción Pública, de Elecciones; Disposiciones sobre tierras baldías; Disposiciones, Le-yes y Decretos sobre Lazaretos, y la Constitución de la República. Nota remisoria número 5808.

539. Juez Municipal de Mo,m-pós: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Pe-nal, Fiscal, de Elecciones, Judi-cial, y Militar; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, y

de los Tribunales, en dos tomos; Leyes de 1911 y 1912. Nota remi-soria número 5811.

540. Juez Municipal de Mari-quita: un ejemplar de los Códigoí Civil, Penal y de Elecciones; Le-yes de 1910,1911 y 1912. Nota re-misoria número 5812.

541. Juez Municipal de Pasca (Departamento de Boyacá): un ejemplar de cada una de las si-guientes obras: Códigos Civil, Ju-dicial, Penal, de Elecciones y Mili-tar; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia; Jurispru-dencia de los Tribunales, en dos tomos; Leyes de 1910,1911 y TO12: Decretos legislativos de 1899 a 1905, y la Constitución de la Re pública (úl\ima edición). Nota remisoria número 5815.

542. Juez 1.° del Circuito de Málaga: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Penal, Judicial, Fiscal, Militar y de Elecciones; Jurisprudencia de los Tribunales, el tomo 1.°; Medi: ciña Legal, tomo 1.° Nota remi-soria número 5816.

543. Juez 1.° del Circuito de Tumaco: un ejemplar de cada uno. de los Códigos Judicial, Penal. Ci-vil, Postal y Telegráfico. Militar, de Minas, v de Instrucción Públi-ca; Leyes ele 1903, 1904. 1909. 1910, 1911 v 1912. Nota remisoria número 5817.

544. Juez 1.° Superior de Me-dellín: un ejemplar de las Leves de 1909, 1910, 1911 y 1912; Códi-gos Civil. Judicial, Penal, de Elec-ciones. Militar, de Aduanas, Pos-tal y Telegráfico. Fiscal; Juris-prudencia de los Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia; De-cretos legislativos de 1899 a 1905.-Nota remisoria número 5828.

545. Juez 2.° del Circuito del Guamo: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Jurispru-dencia de los Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema de Justicia; Códigos Civil, Penal, Judicial, de Eleccio-nes; Leyes de 1909 y 1910. Nota remisoria número 5819.

546. Juez del Circuito de Sala-zar (Departamento del Norte de Santander): un ejemplar de la Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma, y de los Tribunales, en dos to-mos ; Códigos Civil, Penal, Fiscal, de Elecciones; Leyes de 1910,1911

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y 1912. Nota remisoria número 5830.

547. Juez Municipal de Sam-pués: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Ci-vil, Judicial, Fiscal, Penal, Pos-tal y Telegráfico, Militar," de Aduanas y de Elecciones. Nota remisoria número 5832.

548. Juez 1.° del Circuito de Cartago: un ejemplar de cada uno de los Códigos Civil y de Minas. Nota remisoria número 5834.

549. Juez del Circuito de Yo-lombó: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1892,1893,1903,1904,1909)1910, 1911, 1912; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Disposiciones so-bre tierras baldías; Códigos Judi-cial, Penal, Civil, de Elecciones, de Aduanas, Postal y Telegráfico. Militar; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema de Justicia, y de los Tribunales, en dos tomos; Medi-cina Legal, un tomo; Recopilación de Leyes y Decretos sobre Laza-retos; Decretos de carácter per-manente, de 1905, y la Constitu-ción de la "República. Nota remi-soria número 5835.

550. Juez Municipal de Versa-lles (Departamento del Valle): Código Civil; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de los Tribunales, dos tomos. Ofi-cio número 5837.

551. Juez Municipal de Con-cepción (Departamento de San-tander) : un ejemplar de cada uno de los Códigos Penal, Civil, Judi-cial, de Elecciones; Medicina Le-gal, tomo 1.°; Leyes de 1910,1911 v 1912. Nota remisoria numero 5839.

552. Juez del Lazareto de Caño de Loro: un ejemplar de las Le-yes de 1909,1910,1911 y 1912; Có-digos Civil, Judicial, Penal, de Elecciones, y la Constitución de la República. Nota remisoria nú-mero 5856.

553. Juez del Circuito de El Banco: un ejemplar de las siguien-tes obras: Códigos Penal, Militar, Civil, Judicial, Postal y Telegráfi-co, de Aduanas, de Instrucción Pú-blica, de Elecciones; Leyes de 1892,1898, 1903,1904, 1909,1910, 1911; 1912; Jurisprudencia de la Corte Suprema y de los Tribuna-les, en dos tomos; Decretos legis-lativos de 1899 a 1905; Constitu-ción de la República; Medicina Legal, tomo 1.°; Decretos de ca-

rácter permanente de 1905, y Dis-posiciones sobre tierras baldías. Nota remisoria número 5861.

554. Juez 2.° del Circuito de Sabanalarga: un ejemplar de las siguientes obras: Leyes de 1909 1910, 1911 y 1912; Constitución de la República; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurispru-, dencia de los Tribunales, en dos tomos; Disposiciones sobre tie-rras baldías, Códigos Civil, Judi-cial, Penal, Militar, de Elecciones, y Decretos legislativos de 1899 a 1905. Nota remisoria niímero 5862.

555. Juez 2.° del Circuito de Manizales: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma, y de los Tribunales, en dos to-mos; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Decretos legislativos de carácter permanente de 1905; Disposiciones sobre tierras bal-días; Leyes y Decretos sobre La-zaretos; Códigos Penal, Judicial. Postal y Telegráfico, Militar, de Elecciones; Leyes de 1909, 1910. .1911 y 1912; y la Constitución de la República. Nota remisoria nú-mero 5865.

556. Juez 1.° del Circuito de .Honda: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos Civil, Judicial, Penal, Fiscal; Le-yes de 1910,1911 y 1912. Nota re-misoria número 5867.

557. Juez Municipal de Pueblo-rrico (Antioquia): un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Leyes de 1909, 1910, 1911 y 1912; Códigos Judicial, Civil, Penal. Militar, de Elecciones; Jurispru-dencia de ía Corte Suprema; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Disposiciones sobre tierras baldías, y la Constitución de la República . Nota remisoria número 5870.

558. Juez 1.° del Circuito de Marinilla (Antioquia): un ejem-plar de las Leyes de 1912. Nota remisoria número 5903.

559. Juez 1.° del Circuito de "Vélez: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos de Instrucción Pública, Postal y Telegráfico, Civil, Judicial, de Aduanas, de Elecciones; Leyes de 1892,1898,1903,1904,1911,1912; Disposiciones sobre tierras bal-días; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Medicina Legal, to-mo 1.°; Jurisprudencia de los Tri-

bunales, 2.° tomo, y la Constitu-ción de la República. Nota remi-soria número 6003.

560. Juez del Circuito de Agua-das (Antioquia): un ejemplar de cada uno de los Códigos Penal, de Instrucción Pública, de Eleccio-nes; Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 6006.

561. Juez 1.° del Circuito de Guateque: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códi-gos Judicial, Civil, de Elecciones, Militar; Leyes de 1892, 1894, 1898, 1903, Í904; Jurisprudencia de los Tribunales, tomo 2.°; Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma . Nota remisoria número 6008.

562. Juez Superior del Distrito Judicial de Pamplona: un ejem-plar de cada una de las siguientes obras: Códigos Civil, Judicial, Penal, Militar, de Elecciones; Le-ves de 1892, 1894, 1898, 1903, 1904, 1909, 1910, 1911, 1912; Dis-posiciones sobre tierras baldías; Medicina Legal, tomo 1. 0 ; Juris-prudencia de los Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Decretos legisla-tivos de 1899 a 1905, y la Consti-tución de la República (última edición) . Nota remisoria número 6009.

563. Juez Municipal de San Martín: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos de Policía, Fiscal, de Elecciones, y las Disposiciones sobre tierras baldías. Nota remisoria número 6041.

564. Juez Municipal de Salgar: un ejemplar de cada una de las si-guientes obras: el 2.° tomo de la Jurisprudencia de los Tribunales, y la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Nota remi-soria número 6043.

565. Juez 2.° del Circuito de Cali: un ejemplar de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria nú-mero 6046.

566. Juez del Circuito de Gi-rardota (Antioquia): un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Código de Minas; Juris-prudencia de los Tribunales, tomo 2.°; Leyes de 1911 y 1912.'Nota remisoria número 6160.

567. Ministerio de Guerra: tres ejemplares del Código Militar. Oficio número 5763.

568. Ministerio de Guerra: un ejemplar de las Leyes de 1892, 1909,1910,1911; Código* de Elec-

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ciones, Judicial y Militar. Nota número 577.

569. Ministro de Guerra: un ejemplar del Censo de la Repú-blica. Nota numero 1537.

570. Ministro de Hacienda: diez ejemplares de las Leyes de 1911. Nota número 1667.

571. Ministro de Guerra: tres ejemplares de cada uno de los Có-digos Penal y Militar. Nota re-misoria número 1685.

572. Ministro de Obras Públi-cas: cinco ejemplares del Censo Nacional. Nota número 2310.

573. Ministro de Guerra: diez ejemplares del Código Militar. Nota número 2468.

574. Ministro de Instrucción Pública: treinta ejemplares de las Leyes de 1912. Oficio número 2472.

575. Ministro de Hacienda:' quince ejemplares de las Leyes de 1912. Nota número 2473.

576. Ministro de Hacienda: sie-te ejemplares del Código Fiscal. Nota número 2646.

577. Ministro de Relaciones Exteriores: una colección de la Biblioteca de Historia Nacional. Nota remisoria número 2860..

578. Ministro de Hacienda: cua-tro ejemplares del Código de Mi-nas. Nota número 2877.

579. Ministro de Hacienda: cua-renta y tres ejemplares del Códi-go Fiscal. Nota número 2911.

580. Ministro de Guerra: cua-tro ejemplares del Censo Nacio-nal . Nota remisoria número 3072.

581. Ministro de Obras Públi-cas: veinte ejemplares del Censo Nacional. Oficio número 4113.

582. Ministro de Guerra: un ejemplar de la Constitución Na-" cional. Oficio número 5316.

583. Ministro de Guerra: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 5713.

584. Ministro de Guerra: diez ejemplares de cada una de las Le-yes de 1910 y 1912. Nota remiso-ria número 5804.

585. Ministro de Hacienda: un ejemplar de las Leyes de 1894, y de la Constitución de la Repúbli-ca. Nota remisoria número 6170.

586. Ministro de Guerra: un ejemplar de cada una de las si-guientes obras: Código Civil; Le-yes de 1911 y 1912. Nota remiso-ria número 4119.

587. Ministro del Tesoro: tres ejemplares de las Leyes de 1910, y

seis de cada una de las de 1911 y 1912. Nota remisoria número 4550.

588. Ministro de Guerra: un ejemplar del Código Penal. Notá remisoria número 4674.

589. Ministro de Hacienda: cua-tro ejemplares del Código de Co-mercio. Nota número 5810.

590. Notario Público de Amba-lema: un ejemplar del Código Ju-dicial, y otro de las Leyes y Dis-posiciones sobre Lazaretos. Nota número 2885. •

591. Notario del Circuito de Chinácota: un ejemplar de las Le-yes de 1911 y 1912. Nota remiso-ria número 5369.

592. Notario del Circuito de Liborina: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Có-digo Judicial; Compilación de las Disposiciones vigentes sobre tie-rras baldías; Leyes de 1910,1911. 1912, y la Constitución de la Re-pública. Nota remisoria número 5936.

593. Presidente de la Corte Su-prema: un ejemplar de las Leyes de 1911. Oficio número 578.

594. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar del Código de Aduanas; Leyes de 1909, 1883; 1892, 1898 y 1904. Nota número 638.

595. Presidente del Tribunal Superior de San Gil: tres ejempla-res de las Leyes de 1911 y 1912. Oficio número 1180.

596. Personero Municipal de Zaragoza (Antioquia): un ejem-plar de las obras siguientes: Le-yes de 1892,1898,1903,1904,1905: 1910, 1911, 1192; Códigos Penal. Judicial, de Instrucción Pública, y la Constitución de la República. Nota remisoria número 1577 .

597. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia: un ejemplar de las Leyes de 1909, 1910, y ca-torce ejemplares de las Leyes de 1912. Oficio número 1581.

598. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar de la Com-pilación de Leyes y Decretos so-bre Lazaretos. Oficio número 1724.

599. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar del Código Judicial, y otro de la Constitución de la República. Oficio número 1804.

600. Presidente de la Corte de Cuentas: catorce ejemplares de la Constitución de la República, y

catorce de las Leyes de 1912. Ofi-cio número 1969.

601. Presidente de la Comisión Legislativa: siete ejemplares del Código Postal y Telegráfico. Ofi-cio número 2627.

602-. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia: un ejemplar de las Leyes de 1880, 1881, 1882, 1883 1884,1892,1893,1903,1904, 1909, 1910, 1911 y 1912; Decretos legislativos de 1899 a 1905; De-cretos de carácter permanente de 1905; Jurisprudencia de los Tri-bunales!, dos tomos; Códigos Mili-tar, dos tomos, de Instrucción Pú-blica, Penal, Judicial, de Eleccio-nes; dos ejemplares de la Medici-na Legal. Oficio número 2171.

.603. Personero Municipal de Montería: un ejemplar del Códi-go Judicial y otro del Penal. No-ta remisoria número 2173. *

604. Prefecto de la Provincia de Pereira: un ejemplar de loa Códigos Judicial y Penal. Nota número 2174.

605. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar de las Le-yes de 1904 y 1909. Nota remiso-ria número 2177.

606. Presidente de la Corte de Cuentas: trece ejemplares del Có-digo Judicial. Oficio número 2178.

607. Presidente de la Corte de Cuentas:»un ejemplar de la Cons-titución de la República. Nota re-misoria número 2179.

608. Presidente del Concejo Municipal de Bodega Central: un ejemplar de los Códigos: Penal; Leves de 1909,1910. 1911,1912,y la Constitución de la República. Nota remisoria número 2189.

609. Prefecto de la Provincia de Caloto: un ejemplar de los De-cretos de carácter permanente de 1899 a 1905, y otro del Código Ju-dicial. Nota remisoria número 2191.

610. Presidente del Concejó Mu-nicipal de Aldana (Departamen-to d,e Nariño): un ejemplar de las siguientes obras: Códigos Judicial, Penal, de Instrucción Pública, de Elecciones; Leyes de 1903. 1904, 1909, 1910, 19Í1 y 1912; Ju-risprudencia de los Tribunales, y la Constitución de la República. Nota número 2192.

611. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia: dos ejemplares de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 2198.

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612. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar de las Le-yes de 1911 y 1912. Oficio 2199.

613. Prefecto de la Provincia de Montería: un ejemplar de las Leyes de 1903, 1904, 1910, 1911; Jurisprudencia de la Corte Supre-ma; Jurisprudencia de los Tribu-nales en dos tomos; Medicina Le-gal, dos tomos. Compilación de las Leyes y disposiciones sobre Lazaretos; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Códigos Penal, de Elecciones. Postal y Telegráfico. V la Constitución de la Repúbli-ca . Nota número 2208.

614. Presidente de la Corte de Cuentas: un ejemplar de las Le-yes de 1911 y otro del Código Ju-dicial. Nota número 2470.

615. Prefecto de la Provincia de Pereira (Departamento de Caldas): un ejemplar de las Le-yes de 1911 y 1912. Oficio número 2523.

616. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia: un ejemplar de las siguientes obras: Códigos de Instrucción Pública, Penal, Judi-cial. Postal y Telegráfico, Militar. Civil, de Elecciones; Leyes de 1821,1844,1855,1856,1857,1875, 1878,1880,1881,1882,1.883,1884, 1892,1898,1903,1904,1909,1910. 1911 y 1912; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Compilación de Leyes y Decretos sobre Lazaretos; Decretos legisla-tivos de 1899 a 1905; Decretos de carácter permanente de 1905: Anales Diplomáticos y Consula-res, en dos tomos; Medicina Le-gal, dos tomos; Proyecto de Có-digo- Político y Municipal, de lo Contencioso-Administrativo; Pro-cedimiento Civil, y las Constitu-ciones de 1886 y la reformada de 1911, y el Acto Legislativo núme-ro 3 de 1910. Nota remisoria nú-mero 2574.

617. Personero Municipal de La Mesa: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Civil, Judicial; Leyes de 1911 y 1-912; Código de Elecciones, y la Constitución1 de la República. Ofi-cio número 2582.

618. Presidente del Concejo Municipal de Mompós: un ejem-plar de cada una de las siguientes obras: Códigos Judicial, de Ins-trucción Pública, v las Leves de 1910, 1911 y 1912. Oficio número 2583.

619. Presidente del Tribunal

Superior de Bogotá: sendos ejem-plares de las siguientes obras: Le-yes de 1909, 1910, 1911, 1912; Constitución, última edición; Có-digos Penal, de Instrucción Pú-blica, Postal y Telegráfico, de Elecciones, Fiscal, de Aduanas. Militar; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Jurisprudencia de le Corte Suprema de Justicia; Ju-risprudencia de los Tribunales, er dos tomos; Decreto^ de carácter permanente de 1905; Compilación de Leyes y Decretos sobre Laza-retos, y el Provecto de Código de Procedimiento Civil. Nota remi-soria número 2727.

#20. Presidente del Tribunal Superior de Pamplona : por dupli-cado. las siguientes obras: Leves de 1892. 1898. 1903, 1904, 1909, 1910, 1911. 1912; Decretos legis-lativos de 1899 a 1905; Compila-ción de las Leyes y Decretos so-bre Lazaretos; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurispruden-cia de los Tribunales, en dos to-mos1; Códigos Penal. Judicial, y la Constitución de lía República, úl-tima edición. Nota remisoria nú-mero 2817.

621. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia, Bogotá: tre-ce ejemplares de las Leyes de 1912. Nota número 2812.

622. Presidente de la Corte de Cuentas de Bogotá: un ejemplar de cada una de las siguientes obras* Leyes de 1878, 1880, 1884, 191.2; y el Código Judicial. Nota número 2820.

623. Presidente de la Corte Su-prema, Bogotá: diez ejemplares del proyecto de Código de Proce-dimiento Civil. Nota número 2830.

624. Presidente de la Cámara de Comercio, Bogotá: un ejemplar de cada una de las siguientes obras:Códigos Civil,Judicial; Le-yes de 3909,1910.1911,1912, y lá Constitución de la República. No-ta remisoria número 2831.

625. Prefecto ele la Provincia de El Banco: un ejemplar de ca-da una de las siguientes obras: Leves de 3911 y 1912. Oficio nú-mero 2862.

626. Presidente del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viter-bo: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Ci-vil, Judicial, Penal, Postal y Te-legráfico, de Aduanas y de Elec-ciones; Leyes d© 1892,1898,1903,

1904,1909,1910,1911, 1912; Com-pilación de Leyes y Decretos so-bre Lazaretos; Decretos legisla-tivos de 1899 a 1905. Oficio nú-mero 2866.

627. Personero Municipal de Nóvita: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma; Jurisprudencia de los Tri-bunales, en dos tomos, y el Có-digo Penal. Oficio número 2886.

628. Personero Municipal de Oareosí: un ejemplar de cada uno de los Códigos Judicial y Políti-co v Municipal. Oficio número 2889.

629. Prefecto de la Provincia de Guateque: un ejemplar de los Códigos Civil, Judicial y de Elec-ciones. Nota remisoria número 2909.

630. Presidente de la Comisión Legislativa: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1892,1898 y 1903. Nota remiso-ria número 2912.

631. Presidente del Tribunal Superior de Cali: s is ejemplares de las Leyes de 1911 y 1912. No-ta remisoria número 3Ó40.

632. Personero Municipal de Zipaquirá: sendos ejemplares de las siguientéís obras: Óódigos Ci-vil, Judicial y Penal; Leyes de 1909, 1910, 1931 y 1912. Nota re-misoria número 3043.

633. Presidente del Concejo Municipal del Espinal! un ejem-plar de cada una,'de las siguientes obras: Leyes de 1910,1911 y 1912, y un ejemplar del Código Judi-cial. Nota remisoria número 3048.

634- Personero Municipal de Coroza! :> un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Có-digos Judicial, Penal y Civil. No-ta remisoria número 3050.

635. Presidente del Concejo Municipal de Plato: un ejemplar de cada una de las isiguientes obras: Decretos legislativos de 1899 a 1905; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurispruden-cia de los Tribunales, en dosi to-mos, y Código'.de Elecciones. No-ta remisoria número 3053.

636. Personero Municipal de Plato: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Código Civil, Judicial, de Elecciones; Leves de 1903, 1909, 1910, 1911, 1932; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurispruden-

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oía de los Tribunales, en dos to-mos, y Disposiciones vigentes so-bre tierras baldías. Oficio núme-ro BG54.

637. Presidente del Concejo Municipal de Tibaná: un ejem-plar de los Códigos Civil, Judi-cial y Penal. Oficio número 3065.

638. Personero Municipal de Fusagasugá: un tomo del Código Judicial. Oficio número 3070.

639. Presidente del Tribunal Superior de Neiva: seis ejempla-res de las Leyes de 1912. Nota re-misoria número 3074.

640. Prefecto de la Provincia de Silvia: sendos ejemplares de las siguientes obras: Constitución de la República; Códigos Penal, de Elecciones, de Instrucción Pú-blica; Leyes de 1892, 1898, 1910, 1911; 1912; Medicina Leg&l, tomo 1.° Jurisprudencia de la Corte Su-prema; Jurisprudencia de los Tri-bunales, en dos tomos; Constitu-ción de la República y Leyes y Decretos sobre Lazaretos. Oficio 3197.

641. Presidente del Tribunal del Distrito Judicial de Tunja: un ejemplar de las obras siguien-tes: Leyes de" 1892, 1898, 1903; 1904, 1909, 1910, 1911, 1912, Có-digos Penal, Militar, Judicial, Ci-vil, de Instrucción Pública, de Elecciones; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Medicina Legal, primer tomo; Compilación de las disposiciones vigentes Sobre tierras baldías; Compilación de Leyes y Decretos sobre Lazaretos, y la Constitución de la República. Nota remisoria número 4001.

642. Personero Municipal de Ubaté: sendos ejemplares de las siguientes obras: Códigos Penal, Judicial; Constitución de la Re-pública; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema y Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomois. No-ta remisoria número 4018.

643. Procurador de la Nación. Bogotá: dos ejemplares de las Le-yes de 1912. Nota remisoria nú-mero 4259.

644. Presidente de la Corte de Cuentas: trece ejemplares del Có-digo Fiscal. Nota remisoria nú-mero 4328.

645. Presidente del Tribunal Superior de Bogotá: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1892, 1898, 1903,

1904, 1909, 1910, 1911, 1912; Có-digos Penal, Judicial, Fiscal, Mi-litar, de Elecciones, Postal y Te-legráfico; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Decretos de carácter permanente de 1905; 'Jurispru-dencia de la Corte Suprema; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la República. Nota remisoria número 4553.

646. Presidente de la Corte Su-prema de Justicia: ouince ejem-plares del Código Fiscal. Nbta remisoria número 4675.

647. Presidente del Tribunal Superior de Medellín: nueve ejem-plares de cada una de las Leyes de 1911 V 1912. Nota remisoria nú-mero l5037.

648. Presidente del Tribunal Superior de Tunja: cuatro ejem-plares de las Leves de 1912 v uno de 1a, Jurisprudencia de la Corte Suprema. Oficio número 5047.

649. Prefecto de Sugamuxi (Sogamoso"'»: un ejemplar de ca-fla una de ln« siguientes obras: Tieves de 1909, 1910. 1911. 1912; Jurisprudencia de la. Corte Su-m m á ; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y el Código de Elecciones, Nota remi-soria número 5048.

650. Presidente de la Comisión de Suministros. Bogotá: un ejem-plar de las Leves de 1904 v 1912. Nota remisoria número 5314.

651. Personero Municipal de Bosrotá: un eiemplar de cada una de las Leyes de 1909 v 1912. Nota remisoria número 5333.

652. Personero Municipal de Pedra/a: un eiemplar de los Có-digos Penal. Judicial, de Instruc-ción Pública v de Elecciones: Le-ves d<> 1909 a 1912: Constitución de la República, v Decretos legis-lativo? de 1899 v 1905. Nota re-misoria número 5355.

653. Prefecto de Tuina: uu eiemplar de la Jurisprudencia de la Corte Suprema, v la Jurispru-dencia de los Tribunales en dos tomos. Oficio número 5368.

654. Presidente del Conceio Municipal de San Marcos: un eiemplar del Censo Nacional de

. la República. Nota, remisoria nú-mero 5370.

655. Prefecto de Chinácota: un eiemplar de los Códigos Penal de Elecciones, de Instrucción Publi-ca. Postal v Telegráfico, y Mili-, tar; Leves de 1909 a 1912; Juris-

prudencia de la Corte Suprema, y de los Tribunales. Nota remiso-ria número 5448.

656. Personero Municipal de Corozal: Jurisprudencia de la Corte Suprema y de los Tribuna-les, en dos tomos. Nota número 5464.

657. Presidente del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viter-bo: cuatro ejemplares de las Le-yes de 1912. Nota remisoria nú-mero 5507.

658. Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pamplona: dos ejemplares del Có-digo de Elecciones, Postal v Te-legráfico. y el Censo de la Repú-blica. de 1912. Nota número 5582.

659. Prefecto de la Provincia de Gruapi: un eiemplar de los Có-digos Penal, Militar, Postal y Te-legráfico. de Aduanas de Eleccio-nes: Medicina Legal, tomo 1.°; Jurisprudencia de la Corte Supre-ma; Jurisprudencia de los Tribu-" nales, en dos tornos^ Decretos le-."íslntivos (le 1899 a 1905; Leves do 189 . 1893. 1903 1910. 1911, 1912; Recopilación de Leves v De-cretos sobre Lazaretos: Compila-ción de la LPP-Ísalación Civil, v la Constitución ríe la República. No-ta número 5590.

660. Presidente del Concejo Municipal de Bello (Antionuia/l: un eiemplar de cada una de las siguientes obras: Leves de 1892. 1898. 1903 1911. 1012: Jurispru-dencia de la Corte Sunrema; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Códigos de Instruc-ción Pública. Militar, de Adua-nas. de Elecciones, v Penal: Cons-titución de la República: Recopi-lación de Leves ¿y Decretos sobre Lazaretos; Decretos legislativos de 1899 a 1905: Compilación de los Decretos vigentes sobre tie-rras baldías. Nota remisoria nú-mero 5657.

661. Personero Municipal de Cali: un ejemplar de cada una de las sisruientes obras: T/eves de 1892.1898,1910.1911.1912; Cons-titución de la República: Juris-prudencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribuna-les. dos tomos, V las Disipo si eio-nes sobre tierras baldías. Nota número 6660.

662. Presidente del Tribunal ^Superior de Ib agüé: un ejemplar

del Código Penal y Civil; y cinco

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ejemplares de las Leyes de 1911 y 1912'. Oficio número 5720.

663. Prefecto de la Provincia de Tnmaco: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Có-digos Civil, Fiscal, Judicial, Pe-nal, de Aduanas, de Elecciones, de Comercio y de Minas; Leyes de 1909, 1910,'1911 y 1912; Juris-prudencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la República (última edición) . Nota remisoria número 5857.

664. Presidente del Concejo Municipal de Nóvita: un ejemplar de las siguientes obras: Códigos Judicial, Fiscal, Penal. Civil, de Elecciones ; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y las disposiciones vigentes sobre tierras baldías. Oficio número 5866.

665. Personero Municipal de Joricó: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Civil, Judicial, Penal, de Instruc-ción Pública, Militar v de Elec-ciones; Leyes de 1909,'1910, 1911 y 1912. Nota número 6010."

666. Presidente del Concejo Municipal de Santa Rosa de Vi-terbo: un Código Judicial, y las Leyes de 1911 y 1912, y un libro del Censo. Oficio'número 6011.

667. Presidente del Concejo Municipal de Cartago: la Consti-tución de la República; el Código de Elecciones, y las Leves de 1898,1911 y 1912.' Nota remisoria número 6045.

668. Personero del Lazareto de Agua de Dios: un ejemplar de ca-da uno de los siguientes Códigos: Civil, Penal, de Policía y de Elec-ciones. Nota remisoria número 6171.

669. Registrador de instru-mentos públicos de Roldanillo: un ejemplar del Código Civil. No-ta remisoria número 3193.

670. Ramírez Valencia A. Pa-blo. doctor: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Sobe-ranía de Colombia en el Putuma-vo; Límites orientales de Panamá; Gramática Hispano Goaliiba, Res-ponsabilidades Políticas en 1896, Rafael Niñez y Carlos Ilolguín, Investigación sobre la revolución del Istmo de Panamá, Casanare, .Las formas del Gobierno en la So-ciedad Moderna. Colombia, por El

iseo Reclús; El Libro Rojo del Putumayo; Blas Gil, Atanasio Gi-

rardot', Entre Tíos, Palonegro, La Convención de Ocaña, El Tribuno de 1810, Relaciones de Mando de los Virreyes, Obras de Caldas, Crónicas de Bogotá, Noticia de la guerra de 1885, Campaña del Ejér-cito del Norte en 1885, Anales de 1909 y 1910, Censo Nacional, Pro-yecto del Código Fiscal, Político y Municipal, de Procedimiento •Civil, de Oraranización Judicial, Contencioso-Administrativo y Me-morias del Ministro de Gobierno de 1912 y 1913. Nota remisoria número 5287.

671. Secretario del Corregi-miento de Urania: un ejemplar de las obras siguientes: Códigos Pe-nal, de Instrucción Pública; Le-yes de 1903, 1904. 1909 a 1912; Constitución de la República; Ma-nual de Elecciones; Decreto nú-mero 909 de 1906, sobre timbre nacional, y la Medicina Legal, en dos tomos. Nota remisoria núme-ro 1806.

672. Síndico del Hospital de San Juan de Dios: un ejemplar del Código Fiscal. Nota remiso-ria número 2474.

673. Síndico del Lazareto de Ibagué: seis ejemplares de la Compilación de Leyes y Decretos sobre Lazaretos. Nota número 2514.

674. Síndico del Lazareto de Popayán: un ejemplar de cada una de las 'siguientes obras: Le-yes de 1909. 1910, 1911 y 1912, y la Compilación de Leyes y Decre-tos sobre Lazaretos. Nota número 2579. •

675. Secretario de la Cámara de Representantes: cien ejempla-res del Censo Nacional. Nota re-misoria número 4182.

676. Secretario del Senado: cua-renta ejemplares del Censo Nacio-nal. Oficio número 4183.

677.- Secretario de la Cámara de Representantes: cinco ejempla-res de las Leyes de 1911. Nota re-misoria número 4217.

678. Secretario de la Cámara de Representantes: un ejemplar ele cada una de las obras siguien-tes: Códigos Penal, Judicial, de Elecciones, Postal y Telegráfico y de Aduanas; Leyes de 1911 y 1912; Compilación de Leves y De-cretos sobre tierras baldías. Ofi-cio número 4218.

679. Secretario de la Cámara de Representantes: cien eiempla-res de las Leyes de 1912, Nota re-misoria número 4219,

680. Secretario de la Cámara de Representantes: un ejemplar del Código Fiscal. Nota remiso-ria número 4300.

681. Secretario de la Cámara del Senado: cinco ejemplares del Código Fiscal. Nota remisoria número 4301.

682. Secretario de la Cámara del Senado: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912. Nota flúmero 4302.

683. Secretario de la Cámara de Representantes: cincuenta ejem-plares del Código Fiscal. Nota re-misoria número 4308.

684. Secretario de la Cámara de Representantes: un ejemplar de las Leyes de 1904. Nota remi-soria número 4329.

685. Secretario de la Cámara de Representantes: diez ejempla-res de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 4538.

686. Secretario de la Cámara del Senado: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Có-digos Penal y Judicial; Leyes de 1880,1881,1883,1884,1892 i 1898, 1903,1909,1910,1911 y 1912. No-ta número 4721.

687. Secretario de la Cámara de Representantes: cuarenta ejem-plares de las Leyes de 1912. No-ta remisoria número 4969.

688. Secretario de Hacienda de Pasto: tres ejemplares de cada una de las siguientes obras: Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma; Jurisprudencia de los Tribu-nales; Leves de 1909,1910 y 1912. Nota número "5373.

689. Tesorero Municipal de Tu-maco: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leves de 1892, 1898; Códigos Civil y Judi-cial. Oficio número 3049.

690. Tesorero Municipal de Guadalupe (Departamento de Santander"): un ejemplar del Có-digo de Elecciones. Nota remiso-ria número 5714.

691. Tesorero Municipal de Ba-richara: un ejemplar de la Reco-pilación de Leyes y Decretos so-bre Lazaretos, y otro d l Código Fiscál. Oficio número 5871.

RELACION de las obras despachabas por el Min'ste-rio de Gobierno a las distintas autorida-des de la República, solicitadas en el cur-

so del presente año de 1914. A

1. Alcalde Municipal del Soco-rro: Código Judicial, un tomo. Nota número 950,

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2. Alcalde Municipal de Con-cordia: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos Político y Municipal, Penal y Ju-dicial. Nota número 998.

3. Alcalde Municipal de Rolda-nillo: Jurisprudencia de los Tri-bunales, en dos tomos, y Jurispru-dencia de la Corte Suprema. No-ta número 1008.

4. Alcalde íllunicipal de Nóvi-ta: un ejemplar del Código de Mi-nas. Nota número 1096.

5. Alcalde Municipal de Clioa-chí: un Código Político y Munici-paU Nota-número 1263.

C 6. Comisaría Especial de Arau-

ca: doce ejemplares del Código Político y Municipal. Nota remi-soria número 918.

D 7. Doctor Daniel C. Neira. Bo-

gotá: un ejemplar del Censo Na-cional .

8. Director General de Correos y Telégrafos: un ejemplar de cada uno de los siguientes Códigos: Ju-dicial. Fiscal, Penal y de Comer-cio. Nota remisoria número 250.

9. Director de Estadística. Bo-gotá: un ejemplar de cada uno de los siguientes Códigos: Civil, Ju-dicial, Fiscal, Penal. Postal y Te-legráfico, de Instrucción Pública, de Aduanas, de Comercio, de Po-licía y de Minas. Nota remisoria niímero 380.

10. Franco Eduardo. Bogotá: un ejemplar del Censo Nacional.

11. Fiscal del Tribunal Supe-rior de San Gil: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 1092.

12. Fiscal del Tribunal Supe-rior del Distrito Judicial de Pas-to : un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1892, 1898, 1903, 1904, 1910, 1911 y 1912; el 2.° tomo de los Anales Diplomáticos y Consulares, y el 2.° tomo de la Jurisprudencia de los Tribunales. Nota remisoria nú-mero 1093.

13. Fiscal del Tribuáal Supe-rior de Buga: un ejemplar de ca-da una de las siguientes obras: Códigos Político y Municipal, Pe-nal, de Elecciones. Postal y Tele-gráfico; Leyes de 1910, 1911 y

1912, y la Constitución de la Re-pública. Nota remisoria número 1069.

G

14. Gobernador del Departa-mento de Antioquia (Medellín): cinco ejemplares de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria nú-mero 965.

15. Gobernador de Popayán: cinco ejemplares del Código Polí-tico y Municipal. Telegrama nú-mero 248. '

16. Gobernador de Neiva: dos ejemplares del libro del Censo Nacional. Nota número 1146.

17. Gobernador de Popayán: cinco ejemplares de las Leyes de 1911 y 1912. Nota número 1245.

18. Inspector de Instrucción Pública de Ríosucio: un jeemplar del Código de Instrucción Públi-ca. Nota remisoria número 1155.

J

19. Juez 2.° del Circuito en lo civil de Medellín : un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema; Códigos Civil-Judicial, de Minas, Fiscal, de Co-mercio- Penal j de Elecciones. Nota remisoria número 103.

20. Juez Superior del Distrito Judicial de Cartagena: un ejem-plar de los Leves de 1892, 1898 1903, 1909. 1910. 1911 y 1912; Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma; Jnrisprudencia .de los Tribu-nales, en dos tomos; Códigos Ju-dicial, Penal, de Qomercio, Postal y Telegráfico, y de Elecciones. Ofi-cio número 109.

21. Juez del Circuito de Plato: un ejemplar del Código Judicial. Nota número 113.

22. Juez'Municipal de Aracata-ca: remite las siguientes obras: Códigos Civil, Judicial. Penal, de Elecciones, Postal y Telegráfico de Aduanas, de Instrucción Públi

' ca, y de Minas; Leves de 1903 1909, 1910,1911 y 1912; Jurispru-dencia de los Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema de Justicia, y Decre-tos legislativos de 1899 a 1905> Nota remisoria número 173.

23. Juez 2.° del Circuito de Guaduas: un ejemplar del Código

"Judicial. Oficio número 180. 24. Juez 2.° del Circuito de Bu-

ga: un ejemplar de las Leyes de 1912. Oficio número 198.

25. Juez 4. ° del Circuito de Bo-gotá: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1898,1909,1910,1911 v 1912. Nota remisoria número 181.

26. Juez 2.0 del Circuito de Bu-earamanga: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912.

"Nota remisoria número 199. 27. Juez Municipal de Tibirita:

un ejemplar de cada una de las Leyes de 1909, 1911 y 1912. Nota remisoria número 253.

28. Juez del Circuito de Ciéna-ga un ejemplar de cada uno de los Códigos Civil, de Comercio, y Ju-dicial. Nota remisoria número 309.

29. Juez 1.° del Circuito de Tu-maco : un ejemplar de cada una de . las siguientes obras: Leyes de 1909, 1912; Códigos de Comercio, Fiscal, Penal, de Minas, de Elec-ciones, y la Constitución de la Re-pública. Oficio número 381.

30. Juez 2.° del Circuito de Zi-paquirá: un ejemplar del Código Penal. Oficio número 416.

31. Juez 1.0 Municipal de Me-dellín: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos de Comercio, Fiscal, Penal, Polí-tico y Municipal; Leyes de 1911 y 1912, y el 2.° tomo de la Jurispru-dencia de los Tribunales de Co-lombia. Nota remisoria número 956.

32. Juez 2.° del Circuito de Ocaña: un ejemplar de cada una de las. siguientes obras: Leyes de 1911. 1912, y el Código Político y Municipal. Oficio 957.

33. Juez 2.° Municipal de Tu-maeo: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Judicial, Penal, de Comercio, Fis-cal, Político y Municipal; Juris-prudencia de los Tribunales, en dos tomos, y Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Nota número 958.

34. Juez 1.° del Circuito de Fredonia: un ejemplar de cada una de las ¡siguientes obras: Có-digos Penal, de Minas, de Instruc-ción Pública y de Elecciones; Ju-risprudencia de la Corte Supre-ma y Leyes de 1898, 1903, 1911 y

Page 9: REPUBLICA D COLOMBIE A Diario Oficial€¦ · de la República Leye; dse 1912. Nota númer 5362o , 511. Jue Municipaz dle Belmi-ra: un ejempla dre las Leye ds e 1911 y 1912 Not. a

D I A R I O O F I C I A L 1025

1912. Nota remisoria número 963.

35. Juez del Circuito de Silvia: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911, 1912 y del Código de Elecciones. Nota remisoria nú-mero 964.

36. Juez 1.° del Circuito de Zi-paquirá: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912. Nota remisoria número 966.

37. Juez 1. ° del Circuito de Chi-^ quinquirá: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910, 1911 y 1912. Nota remisoria número 999.

38. Juez Municipal de Istmina: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos Políti-co y Municipal, Penal, Judicial, de Minas. Fiscal; Jurisprudencia

* de la Corte Suprema y Jurispru-dencia de los Tribunales, en dos tomos. Nota remisoria niímero 1000.

39. Juez del Circuito de Abejo-rral: un ejemplar del Código Fis-cal . Oficio número 1001.

40. Juez del Circuito de Chará-1 á: un ejemplar del Código Fis-cal . Oficio número 1003.

41. Juez 1. ° Municipal de Am-balema: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1910,1911 y 1912. Nota remisoria número 1004.

42. Juez Municipal de Girardo-ta: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos de Mi-nas, Político y Municipal; Juris-prudencia de lo?, Tribunales, en dos tomos; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, y las Leyes de 1910, 1911 y 1912. No-ta remisoria número 1007.

43. Juez del Circuito de Buena-ventura: un ejemplar de cada uno de los Códigos Político y Munici-pal, de Comercio y de Minas. Ofi-cio número 1009.

44. Juez Municipal de Fresno: un ejemplar de los Códigos Penal, Político y Municipal, de Minas y Judicial; Jurisprudencia déla Cor-te Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y las Leyes de 1910, 1911, 1912,' y la Constitución de la República. No-ta remisoria número 1006.

45. Juez 2.° del Circuito de Pasto: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos de Comercio, de Minas, Militar, Postal y Telegráfico; Medicina Legal, primer tomo; Jurisprnflori-da de la Corte Suprema; Juris-prudencia de los Tribunales, en-

dos tomos; Leyes de 1892, 1898. 1903, 1904,1910, 1911 y 1912; De-cretos legislativos de 1899 a 1905. y el Código Político y Municipal. Nota remisoria número 787.

46. Juez 2.° Superior de San-ta Rosa (Departamento de Boya-cá): un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Leyes de 1898, 1903, 1904, 1910, Í911 y 1912; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y Jurispru-cia de los Tribunales, en dos to-mos; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Códigos Penal, Judi-cial, de Minas, de Aduanas; Mi-litar, de Instrucción Pública, de Elecciones, Postal y Telegráfico-Político y Municipal, y la Consti-tución de la República. Nota re-misoria número 967.

47. Juez 2.° del Circuito de Cartago: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Judicial, Penal, de Mi-nas, Postal y Telegráfico, de Aduanas, Político v Municipal; Leves de 1892. '1898, 1903; 1904; 1910; 1911 y 1912; De-cretos legislativos de 1899 a 1905: Jurisprudencia de la Corte Su-prema de Justicia y Jurispruden-cia de los Tribunales, en dos to-mos, y la Constitución de la Re-pública. Nota remisoria número 976. '

48. Juez 1.° del Circuito de Tuluá: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos Penal, de Elecciones, Político y Municipal; Leyes de 1911, 1912, y la Jurisprudencia de la Corte Su-prema de Justicia. Oficio núme-ro 1067.

49. Juez 2.° del Circuito de Chiquinquirá: un ejemplar de ca-da una de las siguientes obras: Códigos de Instrucción Pública, Postal y Telegráfico, Político y Municipal, v los Decretos legis-lativos-de 1899 a 1905. Nota nú-mero 1087.

50.- Juez 2.° del Circuito de Palmira: un ejemplar de la Codi-ficación Cundinamarquesa. No-ta remisoria mímero 1089.

51. Juez Superior de San Gil: un ejemplar de las Leves de 1912. Oficio número 1090.

52. Juez Municipal de Zipa-quirá: un ejemplar del Código Po-lítico y Municipal. Nota remiso-ria número 1095.

5.3. Juez 2.° del Circuito de Quibdó: un ejemplar de cada una

de las obras siguientes: Leyes de 1892, 1898,1910, 1911, 1912; De-cretos legislativos de 1899 a 1905; Decretos de carácter permanente de 1905; Guía para denunciar tie-rras baldías; Códigos Penal, de Elecciones, Político y Municipal, de Instrucción Pública, Militar, Postal y Telegráfico; Jurispru-dencia ele la Corte Suprema; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la República. Oficio número 1134.

54. Juez 2.° del Circuito de Istmina: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos Penal, Militar, de Elecciones; de Aduanas, de Instrucción Pública, Político y\Municipal y de Minas; Leyes de 1898, 1903, 1904, 1910 1911, 1912; -Medicina Legal, pri-mer tomo; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia; Ju-risprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Constitución de la Re-pública, -y la Gúía para denunciar tierras baldías. Nota remisoria número 1101.

55. Juez 2.° del Circuito de So-gamoso: un ejemplar de cada una de las obras aquí anotadas: Códi-go Político y Municipal; Leyes de 1883, 1884, 1892, 1898, 1903 y 1912. Nota remisoria número 1124. .

56. Juez 4.'° del Circuito de Tunja: un ejemplar de cada una de las Leyes de 1911 y 1912. No-ta remisoria número 1147.

57. Juez Superior del Distrito Judicial de Pasto: un ejemplar de cada una de las siguientes obrasí: Códigos Político y Munici-pal, de Minas, de Elecciones; Le-yes de 1911 y 1912, y la Constitu-ción de 1a. República. Oficio nú-mero 1100.

58. Juez del Circuito de Amalfi: raí ejemplar de los Códigos Políti-co y Municipal, de Minas, v Pe-nal. Nota remisoria número 1148.

M 59. Ministro de Hacienda: Ju-

risprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y Jurisprudencia ríe la Corte Suprema de Justicia. Oficio número 197.

N 59 bis. Notario del Circuito de

Versalles: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Le-VflS dfi 1910.1911, v «1 Código Po-

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1026 B I A R I ® « F I C T I A L

lítico y Municipal. Nota remiso-ria número 1098.

60. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Santa Sofía (Bovacá): un ejemplar de las Leyes de 1912. Nota remisoria número 106.

61. Prefecto de la Provincia de Santander (Cauca): un ejemplar del Código de Elecciones. Nota remisoria número 110.

62. Presidente del Concejo Mu-nicipal de San Juan de Cesar: un ejemplar de' cada una de las si-guientes obras: Códigos Judicial, Penal, de Minas, de Instrucción Pública y de Elecciones, Civil» de Aduanas; Leve? de 1909, 1910. 1911, 1912. y la Constitución de la República . Nota remisoria 111.

63. Personero Tnterno de Agua de Dios: un ejemplar de los Códi-gos Civil, Judicial y de Comercio. Nota remisoria número 112.

64. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Villavicencio: un ejem-plar de cada una de las siguientes obras: Codificación Cundinamár-quesa; Leves de 1909, 1910. 1911. 1912; Códigos de Elecciones, de Minas y Civil. Nota remisoria nú-mero 115.

65. Personer(r~KTimicipal de Zi-paquirá: un ejemplar de las si-guientes obras: Códigos Civil, Pe-nal Judicial; Leves de 1910, 1911 y 1912. Oficio número 138.

66. Presidente del Jurado Elec-toral de Curití: cinco ejemplares del Código de Elecciones. Nota remisoria número 141.

67. Presidente del Jurado Elec-toral de Leiva: tres ejemplares del Código de Elecciones. Nota remisoria ntimero 143.

6S. Presidente del Jurado Elec-toral de Coper: cinco ejemplares del Código de Elecciones. Nota remisoria número 171.

69. Presidente del Concejo Mu-nicipal do Roldanillo: un ejem-plar de cada una de las obras si-guientes: Códigos Civil, Judicial. Penal, de Comercio, de Minas, y los Decretos vigentes sobre tie-rras baldías. Nota número 174.

70. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Montería: un ejemplar de cada una de las siguientes obras: Códigos d.e Elecciones, de Instrucción Pública, Postal v Te-legráfico, de Minas, Judicial, Ci-vil, Penal y Militar; Leyes de

1892,1898,1903,1910,1911,1912; Constitución de la República, y el libro del Censo Nacional. Nota remisoria número 175.

71. Personero Municipal de Mompós: un ejemplar de las si-guientes obras: Códigos Penal, Fiscal, de Minas, Civil, de Elec-ciones Jurisprudencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos, y la Constitución de la República. No-ta remisoria número 179.

72. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Puerto Tejada (Cau-ca) : un ejemplar de las siguientes obras: Códigos Fiscal, Judicial. Penal, de Minas, y Militar; Juris-prudencia de la Corte Suprema; Jurisprudencia de los Tribuna-les, en dos tomos; y la Constitu-ción de 1a. República. Oficio nú-mero 307.

73. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Santa Sofía: un ejem-plar del Código de Elecciones, y otro del Político y Municipal. Ofi-cio nfimero 945.

74. Personero Municipal de Tu-ina :;un ejemplar de las obras si-guientes: Constitución de la Re-pública; Jurisprudencia de la Cor-te Suprema; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Có-digos Judicial. Penal, de Minas y Político y Municipal. Nota remi-soria número 961.

75. Presidente del Concejo Mu-nicipal de San Vicente: un ejem-plar del Código Político y Muni-cipal . Nota remisoria número 987.

76. Personero Municipal de Tumaco: un ejemplar de cada una de las obras siguientes: Códigos Judicial, Penal, de Elecciones. Fiscal, Político y Municipal, y Militar; Jurisprudencia de los Tribunales, en dos tomos; Juris-prudencia de la Corte ¡Suprema de Justicia, y las Leyes ele 1910,1911 v 1912. Nota remisoria número 988.

77. Personero Municipal de Obiouinquirá: un ejemplar de los siguientes Códigos: Político y Municipal, Judicial y Fiscal. No-ta número 997.

78. Prefecto de la Provincia de Tuluá: sendos ejemplares de las siguientes obras: Leves de 1910 1911 y 1912, y el Código Político y Municipal. Oficio número 1002.

79. Presidente del Tribunal Su- -perior de Bucaramanga: cuatro ejemplares de cada una de las Le-

yes de 1911 y 1912. Nota remiso-ria número 1005.

80. Presidente del Tribunal Su-perior del Distrito Judicial de Buga: un ejemplar ele caela una de las siguientes obras: Codi-

• gos Juelicial, de Minas y Penal; Leyes de 1892, 1898, 1903, 1910. 1911, 1912; Decretos legislativos de 1899 a 1905; Jurisprudencia -ele la Corte Suprema; Jurispru-dencia de los Tribunales, en dos tomos, y el Código Político y Mu-nicipal . Nota número 959.

81. Presidente del Concejo Mu-nicipal de Muzo: un ejemplar de caela una ele las siguientes obras: Códigos Político y Municipal, Judicial, Penal de Comercio v de Minas; Leyes de 1910, 1911, 1912, y la Constitución de la República (última edición). Nota remisioria número 1023.

82. Procurador de Ilaeñenda ele Barranquilla: un ejemplar de la Constitución ele la República, y otro del Código Juelicial. Nota número 1072.

83. Presidente del Tribunal Su-perior de Tunja: cuatro ejempla-res de cada una ele las siguientes obras: Leyes de 1892, 1898 1903, 1911 y 1912; Códigos Judicial, Pe-nal, de Instrucción Pública, Mili-tar. ele Elecciones; Jurispruelencia de la Corte Suprema de Justicia; Jurisprudencia de los Tribunales, en elos tomos; Medicina Legal, to-mo 1.°; Códigos ele Minas. Político y Municipal; Constitución de la República, y la Guía para denun-ciar tierras baldías. Nota número 1068.

84. Prefecto de la Provincia de La Cruz (Nariño): un ejemplar de cada uno de lo® siguientes Có-digos: Judicial. Penal y Político y Municipal. Oficio número 1121 .

85. Presidente, del Concejo Mu-nicipal de Chima: un ejemplar de cada una de las siguientes obras:' Censo Nacional, Palonegro. Blas Gil, Entre Tíos, Eliseo Reclús, Campaña del Norte en 1885, Con-vención ele Ocaña, Obras de Cal-das, Relaciones de Mando de los Virreyes, El Tribuno ele 1810, Lí-mites entre Colombia y Panamá, por Leandro Medina, y el folleto titulado Rafael Núñez y Carlos Holguín. Nota remisoria número 1066.

86. Pineda López & C.a: dos ejemplares del Censo Nacional.

87. Presidente de la Corte Su

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D I A R I O O F I C I A L 1027

prema de Justicia, Bogotá: ca-torce ejemplares del Código Po-lítico y Municipal. Nota remiso-ria número 1357.

S 88. Secretario de Hacienda de

Medellín: un ejemplar de la Li-quidación de 1913; las Leyes de 1912. y un libro del Censo Nacio-nal . Nota remisoria número 104.

89. Secretario de la Presiden-cia de la República: seis ejempla-res del Censo Nacional. Nota re-misoria número 136.

90. Secretario de la Asamblea de Bogotá: dos ejemplares del Có-digo Político y Municipal.

91. Tesorero Municipal de Lé-

rida: un ejemplar de cada uno de los Códigos Civil, Judicial y de Klecciones. Nota número 177.

92. Tesorero Municipal de Huasnó: un ejemplar del Código Fiscal: y otro del Código Político y Municipal. Nota remisoria nú-mero 960.

Bogotá, abril 191-

MINISTE'RTO DEL TESORO

LIQUI DACION

de los documentos de deuda pública, amortizados en el rema-te verificado el día 2 die marzo de 1914.

Vales de renta sobre el Tesoro de Cundinamarca.

Hospital de Sam Juan de Dios, al 100 por 100 de precio $ 2.1100 . . 2,000 . .

Vales por primas de exportación de 1907.

Rameo die Colombia (paa-te), «1 99-99 por 100 de precio . . . . $ ¡t.OOO 3,500 ••

Vale,i de la i/uerra de IS99. Jorg'e Méndez al 39-75 por 1/K)

de precio $ 7,200 . . 4,302 . . Edmundo Paniia-guia, al 61 i » r 100

de precio 3,250 . . 1,982 50 León Maldonado ('., «¡T 61 por 11X>

de precio 6,000 . . 3,660 . . León Maldoinadio O. (parte) , a.l

61-30 por 100 de precio 3,353 19 2,055 50

$ 19,803 19 12,000 .. .

Vales de la guerra de 1895.

Leóm Maldonado C.. ail 100 par 100 de precio $ 500 . . 500 . .

Vales de Tesorería.

Luis C. Coronado, al 100 por 100 de precio $ 1,000 . . 1,000 . .

Baldos (renta sobre el Tesoro al portador).

Jorge Méndez V., al 100 por 100 dte greeio $ 50 . . 50 . .

NOTA—Fueron presentadas treinta y tres propuestas, por valor total de ciento noventa y tires mil setecientos veinti-nueve pesos veintidós centavos ($ 193,729-22) oro.

Bogotá, marzo 2 de 1914. El Jefle de ¡la Sección die Crédito Público,

I S M A E L E . CASTRO

L I Q U I D A C I O N

de los documentos de deuda pública amortizados en el rema-te verificado el día 14 de marzo die 1914.

Vales por recompensas militares.

3,000 . . Antonio Arrubla, al 87-30 por 100

de precio $ Jorge Forero Moya, ail 87-49 por

100 de precio 3,260 .

2,619 . .

2,852 17

Vienen $ Antonio Arrubla, al 87-49 por 100

de precio León Maldonado O., al 87-50 por

(00 de precio Julio Rojas Díaz, a.l 87-55 por 100

de precio León M;ildomadlo O. (.parte), '&1

"r-ro por 100 de precio

$

6,260 . . 5,471 17

7,446 60 6,515 08

11,863 . . 10,380 12

8,819 69 7,720 63

1,611 18 1,413 . .

36,000 53 31,500. .

Pasan $ 6,260 . . 5,471 17

X',» - F u w m presentadas .cincuenta propuestas, por va-lor total de ciento veintiséis mil ochocientos cincuenta y seis pesos tro'nttu y cinco c-entavos ($ 126,856-35) oro.

MI Jefe ile la Sección de Crédito Público, I S M A E L E . CASTRO

L I Q U I D A C I O N

<k>. los documentos de deluda, pública amortiziados en el re-mate verificado el 1.° de abril de 1914.

I ales tie renta sobre el Tesoro de Cundinamarca.

l!í¡ !).(•!> de Colombia, al 100 por 100 de precio $ 2,001) . . 2,000 . .

Vales por primas de exportación de 1907. Ka¡n.co de Colombia, lal 99-99 por

100 de precio . $ 3,500 36 3,500 . . -

Vales de la guerra de 1899.

Banco Central, al 02-35 por 100 .de precio $ 19,246 20 12,000 . .

I al, s de la guerra de 1895.

León MiaW'onanlo C., al 100 por 100 de precio $ 500 . . 500 . .

Vales por recompensas militares:

Eduardo Sa lazar D., al 84 por 100 de precio $ 1,900 . . 1,596 . .

Jorge Forero Moya, al 84-44 por 100 die precio 4,000 . . 3.377 60

Sordo & Samper, al 84-49 por 100 de precio 1,792 . . -1,514 06

Jorg'e Méndez V., al 84-75 por 100 de precio ; 1,000 . . 847 50

Jorge Méndez V., al 84-90 por 100 de precio 1,000 . . 819 . .

Eduardo Salazar, al 85 potr 100 de precio 1,950 . . 1,657 50

Pedro Ka.mi.rez Toro (parte) , ail 85-90 por 100 de precio 766 41 658 34

$ 12,408 41 10,500 . .

Vales de Tesorería.

Emriqtte Fierro T. (parte) , al 100 por 100 de precio $ 653 13 653 13

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1028

V

D I A R I O O F I C I A L

Bonos colombianos.

Julio "Rojas D. (parte) , al 83-10 por 100 de precio $ ' 842 3 6 700

Saldos de otros documentos.

(Renta sobre efl Tesoro al portador) .

Jorge M » ! V., al 100 por 100 de precio $ 50 . . 50 . .

NOTA—Fueron presentíalas all remate setenta y una pro-puestas por valor ttóbail dle doscientos sesenta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos setenta centavos oro ($ 269,864-70).

El Jefe de la Sección de Crédito Público, R . M A R T Í N E Z Y MOSQUERA

LIQUIDACION

die los documentos de deuda pública amortizados <en el re-marte verificado el día 1.° de mayo de 1914.

Renta sobre el Tesoro de Gundinamarca.

Bainoo de Colombia, al 100 por 100 tte precio . . . . . . $ 2,000 . . 2,000 . .

Vales por primas de exportación de 1907.

Banco de Colombia, ail 100 por 100 de precio . . . . . . $ 354 61 354 61

Luis Soto L., al 100 por 100 die precio 1,000 . . 1,000 . .

$ 1,354 61 1,354 61

Vales por primas de exportación especiales.

Demetrio Fierro, al 100 por 100 die precio $ 47 . . 47 . .

Vales de la guerra de 1899. Banco die Colombia, al 54-98 por

100 de precio . . $ 10,000 . . Quillenmo Sanín (parte) , al 60-84

por 100 de precio 10,687 05

5,498 . .

6,502 . .

$ 20,687 05 12,000 . .

Ministerio de Obras Públicas.

Vales de la guerra de 1895.

León Maldonadb C., al 100 por 100 de precio $ 500 . . 500 . .

Vales por recompensas militares.

Pedro A. P¡eña, al 78 por 100 die 5,000 . . 3,900 . .

Carlos Durám. R., ¡ai 80 por 100 de 5,000 . . 3,900 . .

precio 671 . . 536 80 Banco de Cloílomibia, al 85 por 100

536 80

de precio 512 . . 435 20 Banco de Colombia, all 85 por 100

de precio 702 . . 596 70 Manuel B. Pardo, al 85 por 100 de

596 70

precio 88& . . 754 80 Edíuarido Vélez, al 85 por 100 de

precio 992 . . 843 20 Julio Rojas D. (parte) , al 85-98,

por 100 de precio ; 3,993 14 3,433 30

$ 12,758 14 10,500 . .

Bonos colombianos. ,

Julio Rojas D., al 79 por 100 die precio $ 157 64 124 53

Edmundo Panlagua (parte), al 94 por 100 de precio 239 87 225 47

$ 397 51 350 . .

Saldos de otros documentos.

(Renta sobre el Tesoro al portador) .

Jorge Méndez Y., al 100 por 100 de precio $ 50 . . 50 . .

NOTA—Fueron presentadlas cincuenta y seis propuestas, por valor total de doscientos setenta y siete mil ochocientos se-tenta y ocho pesos con ochenta y nueve centavos ($ 277,878-89) oro.

El Jefte de la Sección de Crédito Público,

R . M A R T Í N E Z Y MOSQUERA

Atentamente pido al señor Ministro se sirva resolver de conformidad.

Señor Ministro. Saúl Parra

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 16 de 1914.

Téngase al señor Saúl Parra como apo-derado del señor Hernando Corredor La-torre, de Cali, Departamento del Valle, para los efectos de la anterior solicitud. I'ublíquese ésta en el Diario Oficial, junto con el recibo que se acompaña, y exíjase del solicitante que llene las formalidades de la ley sobre la materia, para obtener el privilegio que solicita.

El Ministro,

SIMÓN A R A U J O

República de Colombia—Tesorería Gene-ral—Número 2990—Bogotá', abril 15 de

1914.

El señor Saúl Parra, vecino de esta ciu-dad y apoderado legal del sefior Hernan-

do Corredor Latorre, vecino de Cali, De-partamento d!el Valle, ha consignado la suma de veinte centavos ($ 0-20) oro co-mo parte de los derechos de título de la patente de privilegio que va a solicitar a favor de su poderdante, por el término de veinte años, para poder fabricar, usar, vender o explotar en el territorio colom-biano su invento, que ha denominado Eu-cadcntol.

El Cajero Auxiliar,

Parmenio Martínez C.

SOLICITUD DE PATENTE DE PRIVILEGIO

Señor Ministro de Obras Públicas.

Amparado por la Ley 35 de 1869 y la número 49 de 1911 solicito respetuosa-mente de Su Señoría se sirva conceder-me patente de privilegio por el término de veinte años, para la fabricación y ex-pendio de un aparato cuyo objeto consis-te en tener completamente cerradas las cubas, depósitos y otros artefactos que contengan guarapos o cualquier otra cla-se de materias en fermentación, verifl-

/

SOLICITUD

DE PATENTE DE PRIVILEGIO

Yo Saúl Parra, varón mayor de edad y vecino de Bogotá, en ejercicio del po-der que me ha conferido el señor don Hernando Corredor Latorre, ciudadano colombiano y vecino de Cali, Departamen-to del Yalle, solicito de usted muy aten-tamente se sirva conceder a mi poderdante privilegio exclusivo por el término -de veinte (20) años, para poder fabricar, usar y vender o explotar en la República el producto de su invención denominado Eucadentol. Acompaño a la presente so-licitud el poder a que me he referido y un recibo dtel señor Tesorero General de la República, con e.1 cual acredito el pa-go de la suma de veinte centavos ($ 0-20) oro a buena cuenta de los derechos que deben pagarse d!e acuerdo con la Ley.

Oportunamente presentaré la descrip-ción circunstanciada de los componentes del específico, que tiene importantes apli-caciones en la higiene. dental.

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/

D I A R I O O F I C I A L 1029

cándose ésta sin interrupción, por cau-sa del referido aparato, al abrigo del aire. Y como esta clase <le industria es nueva, y por consiguiente no ha sido establecida por persona alguna, es por lo que solicito de Su Señoría patente de privilegio para poderla establecer.

Soy mayor de edad y vecino de Bo-gotá.

Señor Ministro.

, José Pascual Pona

Bogotá, 20 de abril de 1914

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 22 de 1914.

Publiquese la solicitud anterior en el Diario Oficial junto con el recibo que se acompaña y exíjase del interesadlo que llene las formalidades de la ley sobre la materia para obtener el privilegio que solicita.

El Ministro,

SIMÓN A R A U J O

República de Colombia—Tesorería Gene-ral—Número 3013—Bogotá abril 21 de

1914.

El señor José Pascual Pons, de esta ve-cindad, ha consignado la suma de veinte centavos ($ 0-20) oro, a buena cuenta del valor de los derechos de título de la pa-tente de privilegio que va a solicitar por el térgiino de veinte años, para la fabri-cación y expendio de un aparato, cuyo objfeto consiste en , tener completamence cerradas las cubas, depósitos y otros ar-tefactos que contengan guarapos o cual-quier otra clase de materias en fermen-tación.

El Cajero auxiliar,

Parmonio Martínez C.

parte superior, impreso en tres líneas! By special appointment to the King Gol-mana, y al pie, Mustard double siuperflne manufactured in England; la tercera co-lumna tiene en la mitad un cuadrado adornado con esta inscripción: Orand prix Paria 1900, y al pie se lee: Gtrand prix franco british exhibition 1908—warranted to be the fineat mustard compound a con-climcnt superior to any other as a natu-ral cstimulant to digeation.—It is wsed at the royal table, and for its cxcellense, and the perfect procesa of its manufactu-re, tico gold medals were awarded at the intemational health exhibition—1884 i' la firma J. & J. Colman, en la parte su-perior sobre una línea: ünrivalled hono-urs for british mustard at intemational exhibitions, y debajo de ella London, 1862 —the only prize medal—Moscoiu 1872— the grand gold medal—París 1878—the only gold medal—Melbourne 1888—the gold medal; la última columna tiene a la cabeza una representación de las ar-mas británicas, y a los lados las palabras by special appointment to the King—Col-man'x ; debajo la representación de una decoración, al lado de la cual están re-presentadas dos medallas de las acordadas, a cuyos lados se lee: Exhibition honours —the personal decojration of the legión of honor—París 1878—only gold medal—• París exhibition 1878, y en la parte inferior Muatard, una cabeza de toro y esta ins-cripción: Bull's Head—% Ib. net. La otra sólo consiste en la representación de una cabeza de toro, conforme a los modelos que se acompañan, reservándose el dere-cho de usarlas en diversos tamaños y co-lores. estampada o impresa sobre la ma-nufactura o producto, sus etiquetas, en-vases de cualquier género, avisos, pros-pectos, catálogos, empaques, etc.

En seis fojas útiles se acompaña a esta solicitud el poder que acredita la perso-nería legal y los demás documentos exi-gidos por las disposiciones que hoy rigen en Colombia sobre la protección de la pro-piedad industrial.

Atentamente pedimos a usted se sirva * resolver de conformidad.

Bogotá, 31 de marzo de 1914.

Señor Ministro. SOLICITUD

DE BEQISTRO DE MARCAS DE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas. Nosotros L. M. Pérez & C.a, .legalmente

constituidos en este comercio, en ejerci-• ció del poder que nos ha conferido el se-

ñor Russell James Colman, Director de la Atla litis Limited, Sociedad domiciliada en Londres, Inglaterra, tenemos el honor de solicitar de usted se sirva ordenar el re-gistro de las dos marcas de fábrica qjie dicha Sociedad usa para distinguir mos-taza liquida o en polvo, almidón o fécu-la, harina de trigo, harina de cebada o avena, azul, trigo alimenticio en grano y sustancias similares usadas como alimen-to ó como ingredientes de él, las cuales consisten en una etiqueta en cuatro co-lumnas de un mismo tamaño, para en-volver cajas de metal de cuatro costados; la primera de la izquierda contiene, en la mitad, una representación de ¡las armas reales británicas en la parte Superior, el escudo de un león coronado, sobre cuyas partes superior e inferior se lee: By appointment to the Queen of norway, y debajo la palabra Mustard; debajo de las armas se lee: Purveyors by appointment to the King, y al pie dos escudos corona-dos, con una cruz el uno y con un león el otro, y esta frase encima y sus costados: Manufacturera to the King of Italy to the court of Holland; la columna siguiente contiene en la mitad una cabeza de toro, a cuyos lados se lee: BvM's Head; en la

El Ministro,

tado de Nueva Jersey, y domiciliada en Winston Salém, Estado de North Caro-lina, Estados Unidos de América del Nor-

p te, solicito respetuosamente de usted: se sirva disponer que, conforme a lo pres-crito por el Decreto 217 de 1900, sea re-gistrada en la Sección correspondiente de su Despacho la marca de fábrica Prtkce Albert, para tabaco fumable y mascable, cigarros, cigarrillos y rapé, pertenecien-te a la corporación expresada, y represen-tada por la inscripción que en las respec-tivas papeletas acompaño.

Presento el poder y los documentos que prescribe el citado Decreto, y cubriré oportunamente los derechos de que trata el Decreto número 475 de 1902.

Bogotá, abril l.o de 1914.

- Señor Ministro.

Arturo Tobón O.

Ti. M. Pérez & C.*

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, marzo 31 de 1914.

Téngase a los señores L. M. Pérez & C.a como apoderados legales del señor Russel James Colman, Director de la Atlantia Limited, de Londres, Inglaterra, para los efectos de la solicitud que precede. Pu-bliquese ésta en el Diario Oficial; pasadbs treinta días y llenadas que sean 'por los interesados las prescripciones del Decreto número 217 de 1900, sobre la materia, re-gístrense las marcas que se acompañan y expídanse los correspondientes certifica-dos de registro, los cuales deben ser pu-blicados por dos veces en el mismo Dia-rio.

SIMÓN A R A U J O

SOLICITUD

DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas. Arturo Tobón Osorno, mayor de edad

y vecino de Bogotá, obrando en mi carác-ter de apoderado legal de R. J. Reynolds Tobacco Company, corporación comercial organizada con arreglo a las leyes del Es-

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, 4 de abril de 1914.

Téngase al señor Arturo Tobón O. co-mo apoderado legal de El. J. Jteynolds To-bacco Company, domiciliada en Winston Salem, Estado de North Carolina, Estados Unidos de América, para los efectos de la solicitud anterior. Publiquese ésta en el Diario Oficial; pasados treinta días y llenadas que sean por el interesado las prescripciones del Decreto número 217 de 1900, sobre la materia, regístrese la mar-ca que se acompaña y expídase el coiíi'es-pondiente certificado de registro, el cual debe ser publicado por dos veces en el mismo Diario.

El Ministro, SIMÓN A R A U J O

SOLICITUD

DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas.

Arturo Tobón O., mayor de edad y ve-cino de Bogotá, procediendo cotno apode-rado legal de la Etemington Typewriter Company, una corporación organizada y que existe de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos do América, domiciliada en la ciudad de Ylión, Condado de Herkimer, Estado, de Nueva York, respetuosamente solicito de usted se sirva ordenar que sea registrada -en la Sección correspondiente de su Des-pacho y conforme a lo prescrito por el Decreto 217 de 1900, la marca de fábrica liemington, para distinguir máquinas de escribir pertenecientes a~ la expresada' corporación industrial y comercial. La marca de fábrica Consiste en la palabra liemington, escrita en la papeleta que acompaño por duplicado y debidmaente, estampillada.

Presento el po.der que acredita mi per-sonería y los documentos que prescribe el citado Decreto, y cubriré oportunamente los derechos de que trata el Decreto 475 d:e 1902.

Bogotá, abril l.o de 1914.

Señor Ministro.

Arturo Tobón O.

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, 4 .de abril de 1914.

Téngase al señor Arturo Tobón O. como apoderado legal de Remington Typewriter

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D I A Í I I O O F I C I A L

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 4 de 1014.

Téngase a los señores Fernando Hau-zeur y Alfredo Caballero como Adminis-tradores de la Sociedadr Industrial Fran-co-Belga, para los efectos de la solicitud anterior. Publíquese ésta en el Diario Ofi-cial; pagados treinta y sesenta días, res-pectivamente, y Llenadas que sean por los interesados las prescripciones del Decre-to número 217 de 1000, sobre la materia, regístrense las marcas que se acompañan y expídanse los correspondientes ccitili-cados de registro, los cuales deben ser pu-blicados Por dos veces en el mimsmo Dia-rio.

131 Ministro,

SIMON AR.VC.IO

SOLICITUD del señor Ferdinand Focke, apoderado de los señores Weyersberg Hermanos, sobre renuncia de los derechos adquiridos por esta Casa sobre marcas de fábrica y de

comercio.

Señor Ministro de Obras Públicas.

Como apoderado general de la Casa de Weyersberg Hermanos, de Ohligs, Impe-rio Alemán, cuyo carácter tengo acredita-do ya ante ese Ministerio, manifiesto a usted atentamente:

Por cuenta de la expresada Casa pedí, y se verificó por orden de ese Despacho, el registro de una marca de fábrica y comer-cio al propio tiempo, consistente en una bandera colocada en su asta y que tie-ne en el centro un dibujo que representa un águila con las alas extendidas; la bandera puede ser blanca o tricolor:

Con motivo del registro anterior s? sus-citó alguna diferencia entre la Casa que represento y la de A. Held, de Bremen, de la cual también soy apoderado, dife-rencia que ha sido terminada de manera amigable, y en virtud Ce la cual he reci-bido orden Ce los señores Weyersberg Hermanos para renunciar a los derechos adquiridos sobre dichas marcas, renuncia que hago por medio del presente memo-rial, con el objeto de que se tengan por no expedidos los títulos que acreditan a ln Casa de Weyersberg Hermanos, como pro-pietarios de las marcas a qué me refiero.

Señor Ministro.

SOLICITUD PE REGISTRO DE MARCA BE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas—En su Despacho.

En mi carácter de apoderado de la So-cietá anónima Vinícola Italiana, domici-liada en la ciudad de Milano, Reino de Italia, y de acuerdo con las ¡disposiciones del Decreto número 217 de 1900, solicito de usted respetuosamente que se sirva ordenar el registro de la marca de fá-brica que usa dicha Sociedad comercial para distinguir un producto vinícola <le su fabricación, denominado Marsala.

Dicha marca se compone de los siguien-tes distintivos:

Una etiqueta rectangular, de fondo blanco, en cuya parte superior, y entre los emblemas reales de Italia, Bélgica, Baviera y Kumania, se destaca la figura de un león en actitud de beber agua en un estanque, y encima las palabras Florio £ 0.a, y debajo del león Marca deposita-da. En la mitad de la etiqueta se lee Mar-sala, y debajo de esta palabra se encuen-tran las iniciales S. D. M., sobre un fondo dorado; y en la parte inferior Florio & C.a, en letra manuscrita, y por último, y cerrando la etiqueta, se lee: Societá anó-nima Vinícola Italiana.

Estoy pronto a cubrir los derechos res-pectivos. Incluyo dos ejemplares de la marca en cuestión.

Acompaño el poder que acredita mi personería en este asunto, y ruego al se-ñor Ministro se digne darle el curso le-gal a esta petición.

Bogotá, 10 de enero de 1914.

Señor Ministro. Adolfo Venturoli

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 20 de 1914.

• Téngase al señor Adolfo Venturoli co-mo apoderado legal de la Sociedad anó-nima Societá Anónima Vinícola Italiana, domiciliada en Milano, Italia, para los efectos de la solicitud que precede. Pu-blíquese ésta en el Diario Oficial; pasados rvointa días y llenadas que sean por el interesado las prescripciones del Decreto número 217 de 1900, sobre la materia, re-gístrese la marca que se acompaña y ex-pídase el correspondiente certificado de registro, el c*ual debe ser publicado por dos veces en el mismo Diario.

El Ministro,

1030

Compauy, domiciliada en Ylión, ConCado de Iíerkimer, Estado de Nueva York, Es-tados Unidos de América, para los efectos de la anterior solicitud. Publíquese ésta en el Diario Oficial; pasados treinta días y llenadas que sean por el interesado las prescripciones del Decreto número 217 de l'.HX), sobre la materia, regístrese la mar-ca que se acompaña y expídase el corres-pondiente certificado de registro, el cual debe ser publicado por dos veces en el mis-mo Diario.

El Ministro. SIMÓN A R A U J O

SOLICITUD

DE REGISTRO 1)E MARCAS DE FABRICA Y DE COMERCIO

Señor Ministro de Obras Públicas—En su Despacho.

Nosotros, Alfredo Caballero y Fernan-do Ilauzeur, domiciliadlos en Bogotá, en nuestro carácter de Administradores de la Sociedad Industrial Franco-Belga, constituida por escritura pública otorga-da cu Amberes, Reino Ce Bélgica, cuyos Estatutos se protocolizaron en la Notaría

del Círculo de Bogotá, el 24 de agosto de 1912, bajo el número 1(548, y el extrac-to de sus Estatutos se publicó en la Ga-ceta de Uitnd inania rea y en el Diario Ofi-cial de septiembre de 1912, atentamente solicitamos de usted:

Que de conformidad con las disposicio-nes del Decreto número 217 de 1900, so-bre registros de marcas de fábrica y de comercio, se digne disponer que se re-gistren en ese Ministerio las siguientes marcas de fábrica y de comercio:

I. La consistente en una estrella de seis puntas, en cada una de las cuales apa-recen las siguientes menciones, así : en las de las paites superior e inferior: Ha-rinas y licores; y en, las cuatro de los la-dos : Azúcar—Tejidos—Chocolates—Hila-dos. En el centro de la estrella, y dentro de un circuí)* doble, Cice: Marca de fá-brica. Alrededor de la estrella se notan estampadas las siguientes menciones: Fábrica de Han José—Productos de pri-mera calidad—I'recios fuéra de compe-tencia—Sociedad Industrial Franco-Bel-.f/a—Marca registrada. Es ésta una marca de fábrica que nos sirve para distinguir el empaque de las harinas—especialmen-te—producidas en nuestras fábricas de Santander, Municipio de Suaita, Depar-tamento de Santander.

II. La componen .las menciones Franco-Belga—San José, impresas en cualquier color, y se destina a distinguir los sacos de empaque de los diferentes productos en que comercia la Sociedad Industrial Franco-Belga, tales como trigos, cacao, algodón, chocolates, arroz, maíz, etc., etc.

Estas marcas pueden usarse en diver-sos tipos, tamaños y colores sobre los artí-culos que con ellas se quieren distinguir, y pueden usarse impresas sobre ellos mismos, sus empaques, anuncios, pros-pectos, ctc.

De cada una de ellas acompañamos dos ejemplares firmados, fechados y estampi-llados ;• y acreditamos nuestra personería y la constitución de la Sociedad' con el ejemplar de la Oaccta de Cun dinamo rea número 1701, de fecha .13 de septiembre del año pasado, que. adjuntamos a esto petición a la que esperamos se dé el curso legal.

Bogotá, abril 3 de 10.14. Señor Ministro,

Sociedad Industrial Franco-Belga. Fernando Harzeur—Alfredo Caballero.

Ferdinand Focke

Bogotá. 2* de marzo de 1014.

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 14 de 1914.

Tómese nota de la renuncia de los de-rechos otorgados a Weyersberg Herma-nos, de Ohligs, Alemania, a que alude el memorial que antecede, y que les fueron otorgados por los certificados ¡de registro expedidos a su favor por el Gobierno de Colombia ; y en consecuencia, declárase •—vista Ja manifestación del solicitante— cancelados los mentados certificados de registro de marca de fábrica y de comer-cio concedidos a Weyersberg Hermanos.

Publíquese con el memorial que lo mo-tiva.

El Ministro, SIMON A R A U J O

SIMÓN A R A U J O

SOLICITUD

DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas—En su Despacho. En mi carácter de apoderado del señor

Aldo tíiovanni Faccini, domiciliado en Borgo Panigale, Provincia de Bologna, Reino de Italia, dueño de la firma Co-bianeU Stanislao, y de acuerdo con las disposiciones del Decreto número 217 de 1900, solicito de usted respetuosamente que se sirva ordenar el registro de la marca de fábrica que usa dicha Casa co-mercial para ¡distinguir un producto de su destilación especial, denominado Ama-ro Montenegro.

Dicha marca se compone de los siguien-tes distintivos:

Etiqueta en forma de trapecio, de un color habano claro, en cuya parte sup«-

Page 15: REPUBLICA D COLOMBIE A Diario Oficial€¦ · de la República Leye; dse 1912. Nota númer 5362o , 511. Jue Municipaz dle Belmi-ra: un ejempla dre las Leye ds e 1911 y 1912 Not. a

D I A R I O O F I C I A L 1031

rior se halla el emblema real del Reino de Montenegro, y a cada uno de sus dos lados, en la parte superior, cuatro meda-llas honoríficas, y en la inferior dos me-dallas de ,1a misma clase. En el centro de la etiqueta se lee esta inscripción: Ama-ro Montenegro, y debajo-íde éste: Speeia-lita ütila distUlcria Cobianchi Stanislao, y en letra plateada: Bologna. En la mis-ma etiqueta y en fondo blanco se encuen-tra la descripción del licor Amaro Mon-tenegro y de sus propiedades, en idioma italiano. El cuello del frasco va envuelto por una etiqueta que lleva la firma de Cobianchi Stanislao; y lamparte inferior del frasco tiene otra etiqueta que contie-ne esta inscripción: Importador, A. Ven-taron—Bogotá {Colombia).

Estoy pronto a cubrir el valor de los derechos respectivos. Incluyo dos ejem-plares de la marca en cuestión.

¡Acompaño el po/ler .que acredita mi personería en este asunto, y ruego al se-ñor Ministro se digne darle el curso le-gal a esta petición.

Bogotá, 12 de enero de 1014.

Señor Ministro. Adolfo Venturoli

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril 20 de 1914.

Téngase al señor Adolfo Venturoli co-mo apoderado lega,! del señor Aldo Gio-vanni Faccini. domiciliado.^en Borgo Pa-nigale, Provincia de Bologne, Italia, pa-ra los eft-ctos de la anterior solicitud. Publíquese ést?i en el Diario Oficial; pa-sados treinta ('las y llenadas que sean por el interesado las prescripciones del Decreto número 217 d • 1900, sobre la materia, regístrese la marca que se acom-paña y expídase el correspondiente cer-tificado de registro, el cual debe ser pu-blicada por dos veces en el mismo Diario.

El Ministro, SIMÓN A R A U J O

SOLICITUD

DE REGISTRO US MARCA DE FABRICA

Señor Ministro de Obras Públicas—En su Despacho. Como apoderados del señor Heliodoro

González I\, del comercio de Caracas (Venezuela), y fundándonos en t>l De-creto ejecutivo número 217 de 23 no-viembre Me 1900, solicitamos para dicho señor el registro de una marca de l'áb ti-ca, :dt> la cual acompañamos dos ejempla-res, liiinados por nosotros, con expresión de la feclia de este memorial.

La marca está destinada para usarla nuestro poderdante como distintivo de los productos o bebidas alimenticias que fa-brica ni Venezuela, y cuya venta esta-blecerá próximamente en Colombia, y los signos distintivos Ce ella son los siguien-tes :

l.o Una etiqueta cuadrangular, )tle fon-do dorado y rameada con hojas de vid, a la que forma orla en la parte superior una viñeta con arabescos caprichosos, ne-gros. En su parte superior se destacan, de izquierda a derecha, cuatro círculos o redondeles blancos, cortados por cír-culo negro, en cuyo interior llevan, el primero, un pilón de azúcar; el segundo, una vaca color oscuro y blanco; el terce-ro, un gran racimo de uvas con sus hojas, y el cuarto, una gallina blanca, alas y cola oscuras, en medio de un campo y en actitud de picar en el suelo. Debajo de estos círculos, partiendo del primero de

la izquierda basta el borde de la etique-ta, en la parte derecha, se encuentra una cinta ancha y roja, orlada en blanco y con arabescos negros, en forma de cua-draditos, en la cual se lee, en letras gran-des, de capricho, fondo 'marrón, relieve blanco: Ponche crema. Debajo de la pala-bra crema va una cinta pequeña, angosta, color rojo, orlas blancas, en la cual se lee indistintamente en letras negras, las pa-labras Vainilla—Canela—Café—Marras-chino, etc. etc. La parte céntrica inferior de la etiqueta la constituye una tarjeta blanca, cuya punta inferior .derecha está doblada hacía arriba, y esta punta, de color rojo tiene en su centro un pequeño dibujo de capricho, delineado en negro. En la tarjeta se lee, en la parte superior, en letras mayúsculas, rojas, Re constitu-yente agradabld, y debajo, en letras mi-núsculas, negras, Formado por alimentos naturales. y en letras mayúsculas, leche, huevos, azúcar, brandy, etc. En el centro, debajo de lo anterior, hay dos líneas finí-simas, en forma de bigote, que separa los letreros descritos, de éstos, que van en letras minúsculas negras: Esta bebida se conserva mucho tiempo inalterable a la temperatura ambiente, por lo tanto so aconseja no helar sino la cantidad que se ha de consumir, y en letras rojas: Helio-dKiro González P.—Caracas (Venezuela). Esta tarjeta lleva una orla negra, que párte de la punta superior derecha a la punta inferior izquierda, debajo de Ja cual se ve una rama de uvas, que va ha-cia la derecha, en cuya parte y a la ori-lla céntrica de la tarjeta hay un racimo de uvas, con una hoja encima.

2.o Una etiqueta semicuadrada, blanca, impresa en negro, en cuya parte superior dice, en rojo condensado, Ponche crema, y en negro: Con perfume de vainilla, ca-nela, marra achino. etc. etc., signe una ex-posición del fabricante y una certifica-ción analítica .del doctor G. Delgado Pa-lacios, fechada el 10 de abril de 1901. En el centro de la etiqueta va estampada en rojo, transversal, una ratificación del aná-lisis del doctor Delgado Palacios, hecha por el Director del Laboratorio Nacional -de Venezuela, doctor A. P. Mora.

3.o Un círculo con dos extremos rec-tangulares, en forma de escuadra. El cír-culo o circunferencia es rojo, con estas inscripciones en Manco : Ponche crema— E. (González P.—Caracas. El interior del círculo lleva la cabeza de una india y parte del busto, bellamente adornado; el extremo izquierdo, fondo azul claro, ex-tremos dorados y blancos, lleva sobre una cinta angosta,- roja, dos medallas de la Exposición de San Luis—1904, y en el extremo derecho, dos medallas de la Ex-posición Tabacalera — Caracas — 1904 Dividen los letreros del círculo rojo los extremos de una cinta azul claro, extre-mos dorados, que dicen en negro: el de la izuierda: Marca, y el de la .derecha : Re-gistrada.

4.o Una cinta dorada, fileteada en blan-co y rojo, la que lleva en su centro, so-bre un espacio en blanco, en letras rojas, la palabra Fabricante, y en letras rojas, relieve blanco: Heliodoro González P., y en blanco Caracas.

Los cuatro números descritos van así : el l.o. en la barriga de los envases; el 2.o, al extremo opuesto; el 3.°, en el cue-llo, y el 4.o, sobre la cápsula, de manera que al sacar el corcho de la botella que-de inutilizado.

Esta marca no se ha usado ni se usa por otra persona o casa de comercio de esta República.

Acompañamos un certificado del Minis-terio -de Fomento de Venezuela, debida-mente lagalizado, en que consta que esta marca está debidamente registrada en los Estados Unidos de Venezuela, y damos por retirado o nulo el memorial que diri-gimos a usted el 14 de febrero próximo

pasado, acompañado del poder correspon-diente, sobre este mismo asunto! memo-rial que reemplazamos con el presente.

Señor Ministro. Camacho Roldan Tamayo

Bogotá, marzo 30 de 1914.

Ministerio de Obras Públicas—Bogotá, abril l.o de 1914.

Publíquese la anterior solicitud en el Diario Oficial; pasados treinta días y lle-nadas que sean por el interesado las pres-cripciones del Decreto número 217 de 1900, sobre la materia, regístrese la mar-ca que se acompañan y expídase el corres-pondiente certificado de registro, el cual debe ser publicado por dos veces en el mismo Diario.

El Ministro,

SIMÓN A R A r J O

• CERTIFICADO DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Número 857. El Presidente de la República-

de Colombia HACE SABER :

Que el señor Pablo A. Sanjuán, vecino úe San José ,de Cúcuta, Departamento del Norte de Santander, República de Colom-bia, ha ocurrido al Poder Ejecutivo por medio de su apoderado legal el señor Ra-fael Villamizar R., con fecha 28 de enero pasado, en solicitud de que se registre la marca de fábrica que usa para distinguir un medicamento ¡de su fabricación, y la cual consiste especialmente en una eti-queta o rótulo circular dentro de dos cír-culos concéntricos (el interior de línea más delgada que el exterior), dice: Boti-ca San Juan, en caracteres blancos, sobre un fondo oscuro; inmediatamente debajo de esta inscripción hay una copa, y enros-cada en esta copa una culebra en actitud do beber en ella, destacándose esta figu-ra en un centro blanco adornado a lado y lado (lo mismo que en sus dos extre-mos el forv.!o oscuro donde va la iscrip-ción Botica San Juan) de unas hojas; de-bajo (Je esta figura dice San José de Cú-euía. Lo descrito hasta aquí ocupa la par-te superior de la etiqueta. A continuación dice; Pildoras Tropicales—curan los fríos y calenturas, fiebres y el paludismo. Estas menciones pueden ir impresas, con ador-nos diferentes, en etiquetas de forma cir-cular y rectangular que se adhieren, a cajas de madera, frascos o cajas de car-tón. De esta marca, que sirve para dis-tinguir las Pildoras Tropicales, se han presentado Vlos ejemplares, que qüedian depositados en el Despacho;

Que la expresada solicitud; fue publica-da en el Diario Oficial número 15117, de fecha 12 de febrero del año en curso; que el interesado consignó en la Tesorería Ge-neral de la República los derechos .de re-gistro respectivos, según consta del recibo que figura en el expediente; y por último, que conforme a las disposiciones del De-creto número 217 de 1900, sobre la mate-ria, queda registrada dicha marca de fá-brica, la cual debe usarse únicamente por el expresado señor Pablo A. Sanjuán en la fabricación y expendio de su producto denominado Pildoras Tropicales.

Por tanto se le expide el presente cer-tificado :de registro en Bogotá, a cuatro de abril de mil novecientos catoce.

Por el señor Presidente de la Repúbli-ca, el Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN A R A U J O 2—1

Page 16: REPUBLICA D COLOMBIE A Diario Oficial€¦ · de la República Leye; dse 1912. Nota númer 5362o , 511. Jue Municipaz dle Belmi-ra: un ejempla dre las Leye ds e 1911 y 1912 Not. a

1032 D I A R I O O E I O I A I i —

CERTIFICADO DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Número 8o8. El Presidente de la República

de Colombia HACE SABER :

Que la Sociedad denominada Deutsche Si' Si' Werke m. b. II., domiciliada en Haiiiburgo, Imperio Alemán, lia ocurrido ai Poder Ejecutivo por medio de sus apo-derados legales los señores L. M. Pérez & Compañía, con fecha 20 de noviembre pasado, en solicitud de que se registre la marca de fábrica que usa para distinguir bebidas exentas de alcohol, esencias exen-tas d<? alcohol, para la perparación de bebidas, extractos dq, frutas, zumo de frutas, etc., la cual consiste especialmen-te en la inscripción i¡>"¿' M'. De esta mar-ca se han presentado ¡dos ejemplares que quedan depositados en el Despacho, y pue-ue usarse eii i.iversos tamaños y colores, estampada o impresa sobre las manufac-turas o productos, sus etiquetas, corchos, envases, cápsulas, avisos, prospectos, em-paques de cualquier género, etc.;

Que la expresada solicitud fue publica-da en el Diario Oficial número 1507S, de fecha 20 de diciembre pasado ; que los in-teresados consignaron en la Tesorería Ge-neral de la República los derechos de re-gistro respectivos, según consta del recibo que figura en el expediente, y por último, que en virtud de las disposiciones del De-creto número 217 de 1900, sobre la mate-ría, queda registrada dicha marca de fá-brica, la cual debe usarse únicamente pol-la expresada Sociedad Deutsche Si' Si' YVei'ke ni. b. H., en la fabricación y ex-pendio de sus referidos .productos.

Por tanto se le expide el presente Cer-tificado de registro, en Bogotá, a veintiu-no de abril dte mil novecientos catorce.

Por el señor Presidente de la Repúbli-ca, el Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN A R A U J O

2 — 1

CERTIFICADO DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Número 8Ó9.

El Presidente de la República de Colombia

HACE SABER:

Que la Sociedad denominada Lysekils Mecaniska Verkstads Aktiebolag, domi-ciliada en Lysekil. Reino de Suecia, ha ocurrido al Poder Ejecutivo por medio de sus apoderados legales los señores L. M. Pérez & Compañía, con fecha G de di-ciembre pasado, en solicitud de que se registre la marca de fábrica que usa para distinguir su manufactura, de lanchas,, motores a explosión, velocípedos, máqui-nas de agricultura, locomóviles, arados a motor y accesorios, etc., la cual consiste especialmente en la palabra Slcandia, de la cual se han presentado dos ejemplares, que quedan depositados 011 el Despacho;

Que la expresada solicitud fue publica-da en el Diario Oficial número 150S4, de fecha 3 de enero del corriente año; que los interesados consignaron eíi la Tesorería General dé la República los derechos de re-gistro respectivos, según consta del recibo que figura en el expediente, y por último, que en virtud de las disposiciones del De-creto número 217 de 1000, sobre la mate-ria, queda registrada dicha marca de fá-brica, la cual debe usarse únicamente pol-la expresada Sociedad Lysekils Mecaniska Verkstads Aktiebolag en vla fabricación y expendio de sus referidos ^productos.

Por tanto se le expide el presente cer-tificado de registro, en Bogotá, a veintiu-no de abril dé mil novecientos catorce.

Por el señor Presidente de la Repúbli-ca, el Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN A R A U J O 2—1

CERTIFICADO DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Número 860. El Presidente de la República

de Colombia HACE SABER :

Que la Sociedad denominada British American Tobacco Company Limited, do-miciliada en Londres, Inglaterra, ha ocu-rrido ai Poder Ejecutivo por medio de sus apoderados legales los señores L. M. Pé-rez & C.a, con fecha 7 de noviembre pasa-do. en solicitud de que se registre la mar-ca ' de fábrica que usa dicha Compañía para distinguir tabaco manufacturado, in-cluyendo cigarros, cigarrillos, tabaco en otras formas, etc., y la cual consiste es-pecialmente en la palabra Matinee¡, la cual puede usarse en diversos tamaños, tipos y colores sobre las manufacturas, en-vases, empaques, envoltorios, etiquetas, cujas, avisos, catálogos, precios corrien-us, prospectos, etc.

De esta marca se han presentado dos ejemplares, que quedan depositados en el Despacho;

Que la expresada so\icitud¡ fue publica-da en el Diario Oficial número 15051, de techa 21 de noviembre pasado; que los in-teresados consignaron en la Tesorería Ge-neral -de la República los derechos (de re-gistro respectivos, según consta del recibo que figura en el expediente, y por último, que conforme a las disposiciones del De-creto número 217 iiie 1900, sobre la- mate-ria, queda registrada dicha marca de fá-brica, la cual debe usarse únicamente pol-la expresada Sociedad British American Tobacco Company Limited en la fabrica-ción y expendio de sus referidos produc-tos.

Por tanto se le expide el presente cer-tificado die registro, en Bogotá, a veintiu-no de abril de mil novecientos catorce.

Por el señor Presidente de la Repúbli-ca, el Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN A R A U J O 2—1

» CERTIFICADO

DE REGISTRO DE MARCA DE FABRICA

Número 861. El Presidente de la República

de Colombia

HACE SABER :

Que los señores Major & Company Li-mited, domiciliados en Hull York Ashire, Inglaterra, han ocurrido al Poder Ejecu-tivo por medio de^sus apoderados legales los señores L. M. Pérez & O.a, con fecha G de diciembre pasado en solicitud d¡e que »3 registre la marca ¡(Je fábrica que usan para distinguir la manufactura de una preparación para pintar, preservar y con-tener la desecación de la madera, para preservarla cuando se emplea en trabajos de piedra, ladrillo, adobe, etc. y para apli-carla a las paredes o müros humedecidos, asi como a toda otra clase de edificacio-nes o construcciones, pinturas y barnices, así como para la destrucción de lama o yerba, parásitos, gorgojo, comején y toda suerte ¡de insectos, y la cual consiste es-pecialmente en la palabra Solignum, que

puede usarse en diversos tamaños y colo-res. estampada o impresa sobre la manu-factura o producto, sus etiquetas, empa-ques o envases de todio género, avisos, prospectos, catálogos, precios corrientes, etc. De esta marca se han presentado dos ejemplares qúe quedan depositados en el Despacho;

Que la expresada solicitud fue publica-da en el Diario Oficial número 15084, de fecha 3 de enero pasado; que los in-teresados consignaron en la Tesorería Ge-neral de la República los derechos de re-gistro respectivos, según consta del recibo que figura en el expediente, y por último, que conforme a las disposiciones del De-creto número 217 de 1900, sobre la mate-ria, queda registrada dicha marca de fá-brica, la cual debe usarse únicamente por los expresados señores Major & Company Limited en la fabricación y expendio de sus referidos productos.

Por tanto se le expide el presente cer-tificado de registro, en Bogotá, a veintiu-

n o de abril de mil novecientos catorce.

Por el señor Presidente de la Repúbli-ca, el Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN A R A U J O 2—1

Avisos oficiales.

E X T R A C T O

Como Notario 5.° de este Circuito cer-tifico q<ue por escritura número doscien-tos treinta y siete, otorgada, hoy ante mí, los señores Juan Franzius y Fabián Uribe R., mayores de edad y vecinos de Bogotá, constituyeron una Sociedad, co-mercial colectiva, domiciliada, en esta ciudad, con la razón social de Franzius & Uribe. Cada unió d¡e los socios tiene la administración de las negocios de la So-ciedad y el uso de la firma de ella. /El socio Frainzius aporta las existencias de mercancías y de cartera de un almacén ya abierto ¡en esta ciudad, las cuales se Ifoin estimado por los socios en la suma die cinco mil pesos ($ 5,000) oro inglés. El socio Uribe R. es socio in.dnstrial y tiene el derecho de aportar capital. La ¡Sociedad se constituye por un año pro-rrogable de año en año indefinidamente a voluntad de los socios.

Para constancia ¡expido el presente, en Bogotá, a diez y seis de abril de mil no- » pecientos catorce.

D A N I E L CALDERÓN

Eil infrascrito Secretario del Juzgado 6.° del CircTiito de Bogotá hace constar que en virtud1 de la disposición conteni-da en el artículo 470 diell Código de Co-mercio, registró el anterior extracto en el libro respectivo, bajo. ©1 número 321, al folio 350, hoy veintiocho • de abril de mil novecientos catorce.

Alberto Camaeho Torrijos, Secretario en propiedad.

Es copia—Bogotá, miayo 1." de 1914. Camaeho Torrijos, Secretario en pro-piedad.

(81) 230 palabras—3 veces—$ 376.

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Linotipo de la Imprenta Nacional