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I
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
EL PODER POPULAR COMO BASE PARA LA TRANSFORMACION D EL DERECHO TRADICIONAL EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBL ICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999
Autor: Emmanuel Rodríguez Cascone
C.I: 18.686.296
II
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
EL PODER POPULAR COMO BASE PARA LA TRANSFORMACION D EL DERECHO TRADICIONAL EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBL ICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999
INSTITUCIÓN: ESCRITORTIO JURIDICO BUGANDA, CASCONE
Autor: Emmanuel Rodríguez Cascone
C.I: 18.686.296
SAN DIEGO, OCTUBRE 2014
III
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
COORDINACION DE PASANTIAS
EL PODER POPULAR COMO BASE PARA LA TRANSFORMACION D EL DERECHO TRADICIONAL EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBL ICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN
_________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico
__________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional __________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor metodológico
Autor: Emmanuel Rodríguez Cascone
C.I: 18.686.296
SAN DIEGO, OCTUBRE 201
4
DEDICATORIA
Dedico esta investigación como herramienta útil al pueblo de Venezuela para la realización de lo que Hugo Chávez propugno, el Estado Comunal, la cual considero que es la forma de estado que dará rienda suelta a los ideales emancipadores del pueblo Venezolano.
Dedico esta investigación como homenaje a Hugo Rafael Chávez Frías, que mediante un trabajo intelectual durante su vida recogió los postulados de la Democracia Griega, de la verdadera razón de la Revolución Francesa y de experiencias mundiales y las sintetizo, las llevo al siglo XXI y las adecuo a la sociedad venezolana otorgándole como legado a nosotros el pueblo de Venezuela las herramientas para construir una sociedad alternativa con el pueblo como sujeto protagónico de cambio. Este jamás será un homenaje póstumo porque los que mueren por la vida no pueden llamarse muertos.
Y finalmente le dedico esta investigación a la vida misma por darme la oportunidad de nacer en este país y bajo estas circunstancias históricas en las que hoy podemos decir que todavía no es el fin de la historia
Emmanuel Rodríguez Cascone
5
AGRADECIMIENTO
A mis padres Sarina Cascone y Miguel Ángel Rodríguez que a pesar de mis errores cometidos siguieron entregándose en cuerpo y alma para que encontrara el camino y considero que no existe un muestra más sublime de amor que esa.
A mi novia Eliana Ocque que hace cuatro años me impulso y ayudo a tomar la decisión de comenzar esta carrera que gracias a su apoyo, cariño, amor y comprensión durante este tiempo hoy concluyo.
A mi hermana Lupita Rodríguez y a mi hermano Santiago Cascone
A mi tía Abg. Angelina Cascone le digo que me hubiera gustado trabajar con ella
El agradecimiento es la memoria del corazón, así que Gracias.
6
ÍNDICE GENERAL
Pp.
DEDICATORIA…………..………………………………………………...…..........iv
AGRADECIMIENTO…………………………..…………………………….............v
INDICE GENERAL…………………………………………………………........vi/vii
RESUMEN INFORMATIVO……………………………………………………....viii
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………….........9
CAPITULO
I. INSTITUCIÓN
1.1 Denominación……………………………………………………........11
1.2 Ubicación………………………………………………………….......11
1.3 Descripción…………………………………………………………....11
1.4 Organización Estructural……………………………………………...12
1.5 Misión……………………………………………………………........12
1.6 Visión……………………………………………………………........12
1.7 Valores…………………………………………………………...........13
1.8 Actividades Realizadas durante la Pasantía…………………………..13
II. EL PROBLEMA DE INVESTIGACION
2.1 Planteamiento del Problema…………………………………………..14
2.2 Objetivos de la investigación............…………………………….........17
2.2.1 Objetivo General……………………………………………...…17
2.2.2 Objetivos Específicos……………………………………………17
2.3 Justificación de la investigación………….…………………………...18
2.4 Limitaciones……………………………………...…………………...19
7
III. MARCO TEÓRICO
3.1 Antecedentes de la investigación………………………………….......20
3.2 Bases teóricas…………………………………………………………23
3.3 Bases legales……………………………………………………...…...28
3.4 Definición de términos básicos……………………………………….32
IV. MARCO METODOLOGICO
4.1 Nivel de Investigación………………………………………………...36
4.2 Diseño de la Investigación…………………………………………….37
4.3 Técnicas e instrumentos de recolección de datos……………………..38
4.4 Población y Muestra…………………………………………..............39
4.5 Técnicas de procesamiento y análisis de datos……………………......40
V. RESULTADOS
5.1 Resultados…………………………………………………………..........42
5.2 Conclusiones……………………………………………………………..44
5.3 Recomendaciones………………………………………………………..45
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFIACAS…………………………………….............46
8
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
EL PODER POPULAR COMO BASE PARA LA TRANSFORMACION D EL DERECHO TRADICIONAL EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBL ICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999
Autor: Emmanuel Rodríguez Cascone
Tutor: Prof. Pedro Duarte
Fecha: Septiembre, 2014
RESUMEN INFORMATIVO
El presente trabajo tiene como objetivo general analizar cómo el poder popular
transformara la base del derecho tradicional en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999, como objetivos específicos Diagnosticar la
constitucionalidad del Poder Popular en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela de 1999, verificar cómo el poder popular es la clave para desarrollar en
la practica el estado social de derecho y de justicia establecida en el preámbulo y en
el artículo 2 de la constitución, así como determinar cómo el poder popular es la
herramienta para la materialización de la democracia participativa y protagónica
establecida en el preámbulo y en el artículo 2 de la constitución.
Dentro de sus fases metodológicas el tipo de investigación es documental,
correspondiendo a un tipo de estudio descriptivo y se empleó el diseño bibliográfico.
9
INTRODUCCIÓN
Trata esta investigación, como lo refiere el título, sobre la propuesta
fundamental de la constitución la cual es transformar radicalmente las instituciones y
los principios ideológicos de la sociedad venezolana para adaptarlos a los nuevos
tiempos y a los fines que conllevan a la instauración del Poder Popular.
El autor pretende responder parte de las preguntas que desde el nacimiento de
esta propuesta de organización político-social se formula la sociedad, tanto quienes la
respaldan como quienes la adversan, estas respuestas servirán para la argumentación
en la lucha ideológica que se lleva a diario en las calles de Venezuela por el interés
que tiene la población en la política pues percibe que se puede empoderar con los
nuevos mecanismos de verdadera participación que están surgiendo.
En contra de las barreras costumbristas se pretende dar a conocer como
Venezuela goza de la primera constitución en la historia del constitucionalismo
mundial que no fue dictada con el objetivo de conservar o mantener las instituciones
de la sociedad en la cual fue aprobada, como tampoco para establecer condiciones
pétreas o inmutables de las instituciones que ella misma ordena crear.
Se demostrara que la realización de la concepción jurídico-política del Estado
Democrático y Social de Derecho y de Justicia lleva implícito la edificación de un
socialismo democrático y que este está enmarcado en la constitución.
Dicha investigación se da con la intención de aporte argumentativo para la
defensa de la propuesta planteada en la constitución, no se asume en su desarrollo
ninguna postura de supuesta neutralidad, debido a la inexistencia de neutralidad
alguna en el campo de las humanidades, pero si conlleva toda la responsabilidad y la
honestidad posible, mediante el sentido común en el análisis y la exposición de los
planteamientos.
10
El contenido de esta investigación procede de estudios, consultas,
investigaciones y debates con las comunidades organizadas. Esta investigación está
organizada en cinco capítulos, los cuales son los siguientes:
En el Capítulo I se presenta la Institución donde se realizó la pasantía, su
descripción, objetivos, misión y visión así como las actividades desarrolladas durante
la pasantía.
En el Capítulo II se presenta la situación del problema y su formulación, el
propósito de la investigación como objetivo general, seguido de los objetivos
específicos que se desean obtener, la justificación y sus limitaciones.
El Capítulo III contentivo del marco referencial conceptual donde se sitúan
los antecedentes de la investigación, bases teóricas y la lista de definición de
términos.
El Capítulo IV se refiere a las fases metodológicas donde tomando en cuenta
los objetivos específicos se describen las técnicas, procedimientos e instrumentos que
se emplearon para la elaboración de la investigación
El Capítulo V se refiere a los resultados, conclusiones y recomendaciones,
obtenidos de la presente investigación.
11
CAPITULO I
INSTITUCIÓN
1.1 Denominación
El nombre de la institución en donde el autor desarrollo sus pasantías fue el
Escritorio Jurídico Bujanda, Cascone y Asociados
1.2 Ubicación
El Escritorio Jurídico Bujanda, Cascone y Asociados, se encuentra ubicado
en la Avenida Montes de Oca entre calle Libertad e Independencia, Edificio Torre
Araujo Piso 2 Oficina 2-3, Valencia, Estado Carabobo
1.3 Descripción
Son una firma de Abogados multidisciplinarios, y que cuenta con un
personal seleccionado acorde al grado de experiencia en el área requerida y con
capacidad de atender casos legales o extra judiciales a nivel tanto regional como
nacional, cuentan además con su propia sede.
El servicio de representación legal tiene como fin la protección de su
personal, así como también sus propiedades, y demás activos operacionales, prevén
como estricta normativa del secreto profesional ya que dan por hecho que la
confidencialidad de su información va en resguardo de su imagen corporativa, y
hacen tanto las observaciones como las consultas para evitar los ilícitos, errores u
12
omisiones por desconocimiento de ley, ya que su firma ofrece un amplio servicio de
logística legal
1.4 Organización Estructural
1.5 Misión
Dar un servicio de manera oportuna y eficaz a las necesidades de los
clientes, ofreciéndoles la mejor respuesta y las alternativas necesarias y coherentes a
cada caso, mediante los conocimientos profesionales adquiridos, mediante una
atención personalizada
1.6 Visión
Tiene como visión, ser un Escritorio Jurídico, que contribuya con el
desarrollo del país, comprometido con la justicia y sus clientes, con conocimientos
Munira Bujanda
Antonieta Rossi
Nobis Rodriguez
13
científicos y de la mano del Poder Judicial. Convirtiéndose así en una herramienta útil
para la sus clientes al momento de una problemática de carácter legal.
1.8 Valores
Honestidad
Corresponsabilidad social
Respeto
Lealtad
Equidad
1.9 Actividades Realizadas durante la Pasantía
Las actividades realizadas durante el periodo de pasantías fueron las
siguientes:
Elaboración de expedientes: En el cual el pasante colaboro en la
organización del archivo de documentos por casos y clientes atendidos
Redacción de documentos jurídicos: Siendo realizados bajos los
lineamientos del escritorio jurídico.
Trámites ante Notarias, Registros y Distintos Tribunales de Valencia: De
acuerdo a las indicaciones suministradas por el tutor institucional, a efectuar las
gestiones ante Notarias, Registros y Tribunales.
Análisis y estudio de los casos llevados por el Escritorio Jurídico: Con el
fin de obtener diversos conocimientos sobre los casos llevados por el escritorio.
14
CAPITULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema
Con la aprobación de la constitución de la República Bolivariana de
Venezuela en 1999, la Venezuela del siglo XXI se convierte en el epicentro de una
discusión que ha tenido otros dos grandes clímax durante la historia de la humanidad
como lo fueron la Antigua Grecia y la época de la Revolución Francesa y no podría
ser esta otra que la discusión sobre las democracias.
Así como Sócrates, Aristóteles y Platón en la Antigua Grecia o Roberspierre,
Marat y Danton por los Jacobinos y Desmoulins por los Girondinos inspirados en las
ideas de Montesquieu y Rousseau confrontaron discusiones en el tipo de democracia
que debía implementar en la naciente república, hoy la base social de Venezuela
retoma esas discusiones y busca llevar la democracia participativa a la práctica
mediante el poder popular y amparada en su constitución.
Esta constitución no solo genera las bases para esta discusión sino que se
plantea transformar las instituciones existentes en la misma constitución. Y cómo es
posible que se transformen las instituciones que la misma constitución ampara. Esta
15
respuesta nos la da la misma constitución en su Preámbulo cuando nos establece que
el fin supremo de la misma es refundar la república.
“El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la
protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el
heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y
forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República
para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los
valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la
integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras
generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la
justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva
la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración
latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación
de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la
democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio
ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable
de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea
Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la
siguiente”
Es inédita en la historia del constitucionalismo mundial una constitución que
no fue creada para mantener las instituciones que en el fueron creadas, porque estas
instituciones fueron creadas para tener una base que le proporcione el equilibro
necesario durante la refundación de la república, esto hace de nuestra carta magna un
instrumento para la búsqueda de una nueva forma de organización político-social que
logre refundar la república.
16
Este hecho sin precedentes en el constitucionalismo mundial de que la
constitución bolivariana no establezca condiciones inmutables o pétreas de las
instituciones que ella misma crea, da a entender que la concepción de los
constitucionalistas de la democracia no estado un estado al cual se llega y si mantiene
inerte, sino que se tiene la concepción de la democracia como un proceso social.
Esta virtud de la constitución no es un cheque en blanco para establecer
cualquier tipo de organización político-social pues esta tendrá que ser la
materialización del estado democrático social de derecho y de justicia que establece
el artículo 2 de la constitución
“Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de
Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos
humanos, la ética y el pluralismo político.”
Bajo estos parámetros nacen las leyes del poder popular las cuales han sido
difamadas por supuestamente no contar con una base constitucional lo cual es objeto
de investigación de este trabajo el cual le dará piso constitucional para desarrollarlas
en todo su potencial. Estas leyes son Ley del Poder Popular, Ley Orgánica de
Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de Las Comunas, Ley Orgánica de
Contraloría Social y Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal y la Ley
Orgánica de Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal.
17
Tomando en cuenta que se consideró que no se han desatado todas las
potencialidades contenidas en la constitución bolivariana, surgen las siguientes
interrogantes a las cuales se les pretenden dar respuesta con esta investigación: ¿es
constitucional el poder popular? ¿Cómo puede el poder popular desarrollar en la
práctica el estado social de derecho y de justicia? ¿Cómo puede el poder popular
materializar la democracia participativa y protagónica?
2.2 Objetivos de la Investigación 2.2.1 Objetivo General
• Analizar cómo el poder popular transformara la base del derecho tradicional
en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999
2.2.2 Objetivos Específicos
• Diagnosticar la constitucionalidad del poder popular en la constitución de la
República Bolivariana de Venezuela de 1999
• Verificar cómo el poder popular es la clave para desarrollar en la practica el
estado democrático y social de derecho y de justicia establecida en el
preámbulo y en el artículo 2 de la constitución
• Determinar cómo el poder popular es la herramienta para la materialización de
la democracia participativa y protagónica establecida en el preámbulo y en el
artículo 2 de la constitución
18
2.3 Justificación de la Investigación
Con la presente investigación se pretende determinar cómo el poder popular
es la base para la transformación del derecho tradicional en la constitución de la
república bolivariana de Venezuela de 1999, esto reviste de una importancia histórica
pues es la consumación del proyecto de Bolívar mediante la eliminación del nexo
colonial que todavía tenemos mediante las estructuras socio-políticas y su basamento
jurídico
Así, se procura poner a la disposición de toda la sociedad y no solo de una
tendencia política la importancia de desarrollar un mandato constitucional como lo es
desarrollar al máximo la constitución y que este no quede en letra muerta y solo en el
pensamiento de los constitucionalistas sino en el sudor y en el que hacer de la
sociedad venezolana
Esta investigación es un gran aporte para la argumentación con respecto al
poder popular pues mucho se ha hablado en los medios de comunicación y más que
aportar para la construcción de un nuevo esquema socio-político, ha oscurecido la
discusión del mismo
Así mismo esta investigación podrá facilitar el desarrollo del poder popular
que nos corresponde como rol histórico mediante la aclaratoria de su
constitucionalidad pues como dijo Bolívar “cuando la ley me autoriza no conozco
imposibles”
19
El pueblo Venezolano se caracteriza por ser pionero y libertario, y no podría
ser en otra tierra en la que en pleno siglo XXI se pretenda esclarecer como dentro del
estado moderno que planteaba Maquiavelo se construye un estado de justicia social y
con una equitativa repartición del poder y la respuesta venezolana mediante un
constructo histórico-social es el poder popular
2.4 Limitaciones de la Investigación
Una de las limitaciones de esta investigación es el tiempo puesto que para la
magnitud del tema requiere una profunda investigación. El hecho de la importancia
histórico del tema hace que este amerite un profundo análisis. Los prejuicios creados
en la sociedad por bases mal infundadas sobre este tema.
La limitación más significativa de esta investigación radica que en 15 años
desde la realización de la constitución apenas desde el 2007 es que se ha venido
profundizando en el tema y en más de 6 años todavía no se ha podido consolidar el
poder popular, puesto que este no solo se decreta sino que se construye e involucra a
toda la sociedad venezolana
20
CAPÍTULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes de la Investigación
Una vez definido el planteamiento del problema y precisados los objetivo
general y los específicos, los cuales determinan los fines de la investigación
desarrollada, acudir a estudios desarrollados anteriormente que puedan servir de
punto de apoyo en las mismas, ya que estos ayudan a detectar situaciones análogas al
problema en estudio, su tratamiento, los procedimientos de recolección de datos, la
metodología de trabajo empleada, así como los diseños que se proponen, sus
conclusiones y recomendaciones. A continuación se presentan algunos estudios que
de una u otra manera se relacionan con el tema de investigación.
En primer lugar se consultó el Libro Donde está la comuna en la
Constitución Bolivariana (2013) del autor Ulises Daal. Este ejemplar resulto de
suma importación para la formulación del análisis doctrinal y comparativo de este
trabajo de investigación, el cual sirvió como referencia para constituir los factores que
le dan sustento a esta investigación. En este libro el autor concibe y concluye el
carácter transformador en la parte dogmática de la constitución, por lo cual esta sería
una constitución indómita, la única constitución en el mundo que socaba las bases de
las estructuras que ella misma ampara, pues la misma está hecha para un periodo de
transición.
21
Este autor se plantea que el poder popular es la realización práctica de la
soberanía establecida en el artículo 5 y por ende de la constitución, pues el ejercicio
directo de la soberanía tiene que ir superando la representatividad y la forma en la
cual se plantea para superar la representatividad y llevar a la practica el ejercicio de la
soberanía es el poder popular.
En consecuencia este autor expone que esta transición no puede ser abrupta
pues se estamos hablando de un modelo de sociedad en el cual se ven afectadas las
vidas de la millones de personas y por eso es que comparte en la constitución con un
modelo liberar el cual claramente tienen que ser superado para darle paso en pleno al
ejercicio directo del hacer público a la ciudadanía con la menor representación
posible y más cercana a los ciudadanos como lo son las instituciones que desarrollan
el poder popular, tanto los consejos comunales como las comunas y el parlamento
comunal
Por otra parte también se pudo tener acceso al libro Metódica de la
Planificación Comunal (2013) del autor Manuel Enrique Acosta Rico. En este libro
el autor tiene un enfoque mayoritariamente predominante hacia las instituciones que
crea y que refunda el poder popular. Por ejemplo, en 2 siglos de historia republicana,
luego de la ruptura del nexo colonial en 1810, ningún gobierno venezolano había
trastocado la estructura de algunas instituciones coloniales que han perdurado hasta la
fecha, entonces haciendo una analogía nos preguntamos ¿cómo es posible que todavía
seas libre si aunque ya no tengas al amo todavía cargas el grillete? Instituciones como
cuáles?, Como la parroquia, la cual es una institución colonial creada por la iglesia
para el sometimiento de los vecinos. Por ende jamás podemos hablar de una
verdadera independencia sin tener instituciones verdaderamente nuestro-americanas.
22
El autor hace énfasis en cómo estas instancias son las que a través de las
cuales el pueblo ejerce el gobierno, como expresión practica del carácter participativo
y protagónico de la democracia bolivariana, en consecuencia nuestro legisladores
promulgaron las leyes del poder popular que han generado mecanismos para la
transferencia del poder al pueblo en materia de políticas públicas con leyes hechas
por el pueblo y para el pueblo, con la finalidad de subvertir el orden de la sociedad
burguesa venezolana
Por último se consulto el libro Dispersar el poder Los movimientos como poderes
anti estatales (2006) del escritor y periodista uruguayo Raúl Zibechi. En este libro lo principal que el
autor deja claro es que no existe receta o teoría de los intelectuales revolucionarios sino un cumulo de
experiencias de las masas.
El autor realiza un recorrido histórico desde la comuna de Paris de 1871, los soviets de Lenin
de 1917 y todas las experiencias latinoamericanas empezando por la asamblea popular en Bolivia en
1970, las coordinadoras fabriles de Buenos Aires de 1975, los cordones industriales de Salvador
Allende, los parlamentos provinciales en Ecuador en el 2000, los cuarteles indígenas de Bolivia en
2003, la comuna de Oaxaca en 2006, el zapatismo y el movimiento sin tierras de Brasil que aglomera
a más de 2 millones de personas. El también aclara que los movimientos sociales de por si no son el
poder popular pero si son un elemento fundamental para su organización.
La diferencia de la experiencia venezolana con todas estas experiencias latinoamericanas es
que es la única que tiene apoyo gubernamental el cual considera que el estado tiene límites para el
hacer de gobierno y el aval constitucional y legal que da la constitución Bolivariana
23
3.2 Bases Teóricas
Todas aquellas teorías y fundamentos que se definen a lo largo del desarrollo
de una investigación se configuran de manera coherente en este punto, el cual
establece un sólido marco conceptual para orientar y delimitar, los fundamentos
teóricos que sustentan dicho trabajo. En este sentido, se hace una revisión de quienes
están investigando o han investigado el tema y los planteamientos de estos autores y
cuáles son los principales aspectos por ellos estudiados. Al respecto, se presentan las
siguientes teorías:
Refundación de la Republica
La refundación de la republica la establece el preámbulo de la constitución y
en ella se funda las bases axiológicas e institucionales para profundizar la democracia
en Venezuela, al completar las tradicionales formas e instancias representativas de los
sistemas democráticos contemporáneos, con novedosos y efectivos mecanismos y
medios de participación a través de los cuales los ciudadanos y ciudadanas pueden, en
los distintos niveles político-territoriales, ser protagonistas en las actividades estatales
y en la toma de decisiones para la gestión del interés público y el bien común,
rompiendo con la “ilusión de participación” que se creó durante la vigencia de la
Constitución de 1961, y que tantas veces conspiró contra la estabilidad del sistema
democrático en nuestro país
La interpretación constitucional posibilita el giro del proceso hermenéutico
alrededor de las normas y principios básicos que la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela ha previsto. Ello significa que la protección de la
Constitución y la jurisdicción constitucional que la garantiza exigen que la
interpretación de todo el ordenamiento jurídico haya de hacerse conforme a la
24
Constitución. Tal conformidad requiere del cumplimiento de varias condiciones, unas
formales, como la técnica fundamental (división del poder, reserva legal, no
retroactividad de las leyes, generalidad y permanencia de las normas, soberanía del
orden jurídico, etc.) y otras axiológicas (Estado social de derecho y de justicia,
pluralismo político y preeminencia de los derechos fundamentales, soberanía y
autodeterminación nacional), pues el carácter dominante de la Constitución en el
proceso interpretativo no puede servir de pretexto para vulnerar los principios
axiológicos en que descansa el Estado constitucional venezolano. Interpretar el
ordenamiento jurídico conforme a la Constitución significa, por tanto, salvaguardar a
la Constitución misma de toda desviación de principios y de todo apartamiento del
proyecto político que ella encarna por voluntad del pueblo.
En consecuencia y respetando estas condiciones formales y axiológicas,
mediante el proceso interpretativo del autor, se puede establecer que el Preámbulo de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que integra con fuerza
normativa al Texto Fundamental, de acuerdo con la doctrina de la sentencia del 19 de
enero de 1999, caso: Referendo Consultivo, dictada por la antigua Corte Suprema de
Justicia en Sala Político-Administrativa, que ha sido mantenida por esta Sala
Constitucional, aclara que la intención del constituyente de 1999, siguiendo el
mandato popular que le fue conferido por los electores y electoras en referéndum del
25 de abril de 1999, fue refundar la República para establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, con lo cual ya no sólo es el Estado el que ha
de adoptar y someterse a la forma y principios de la democracia, sino también la
sociedad (integrada por los ciudadanos y ciudadanas venezolanas), quien debe
desempeñar un rol decisivo y responsable en la conducción de los derroteros de la
Nación.
Como bien lo aclara la Exposición de Motivos de la Constitución, el régimen
constitucional vigente responde a una sentida aspiración de la sociedad civil
25
organizada que pugna por cambiar la negativa cultura política generada por décadas
de un Estado centralizado de partidos que mediatizó el desarrollo de los valores
democráticos, a través de la participación ciudadana que ya no se limita a procesos
electorales, pues se reconoce la necesidad de la intervención del pueblo en los
procesos de formación, formulación y ejecución de políticas públicas, como medio
para superar los déficits de gobernabilidad que han afectado nuestro sistema político
debido a la carencia de armonía entre el Estado y la sociedad.
Según Hobbes (1640) “La refundación consiste en transformar radicalmente
las instituciones y los principios ideológicos de una sociedad para adaptarlos a los
nuevos tiempos o a otros fines”
Este proceso refundador se ha esparcido por varios pactos sociales que se han
dado en América Latina a partir del siglo XXI y con la llegada de gobiernos
progresistas, de acuerdo a Duarte, P (2014) el liderazgo de Hugo Chávez ha llevado a
la comprensión de un nuevo derecho dejando atrás el tradicional y abriendo las
alamedas hacia una integración regional con la bandera de la democracia participativa
y protagónica
Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia
El Estado de Derecho social modifica al Estado de Derecho liberal, pero sin
que esto implique una ruptura con el mismo, sino sólo una adaptación y un
complemento con otros valores.
Jossef Isensee (1980) define el estado de derecho como “un sistema de
vinculación del Estado al Derecho y de su limitación por el Derecho con la intención
de garantizar la libertad del individuo y hacer posible su desarrollo dentro de la
26
sociedad”
Como ya se mencionó anteriormente la noción de Estado de Derecho ha
experimentado un permanente proceso de evolución histórica, en la medida que se
desarrollan conceptos asociados a él, tales como el rol del Estado en los individuos,
los derechos humanos, la tutela judicial efectiva
En este sentido cabe recordar que en el campo económico, el Estado Liberal
Burgués tenía como notas distintivas el sistema liberal de mercado, con el dogma de
la economía autorregulada por las leyes del mercado, y el abstencionismo Estatal.
Estado Social de Derecho, como una respuesta histórica al desafío planteado
por las disfunciones sociales, las desigualdades económicas, la inestabilidad política
de las Instituciones democráticas que caracterizaban al Estado Liberal Burgués. Es un
intento de adecuación a los retos de la sociedad industrial y postindustrial.
El Estado Social no niega los valores de la libertad de trabajo y empresa, la
propiedad privada, la igualdad formal o de oportunidades, sino que procura hacerlos
más efectivos confiriéndoles una base y un sustrato material, partiendo del supuesto
de que individuo y sociedad no son categorías aisladas y contradictorias, sino dos
términos en implicación reciproca de tal modo que no pueden realizarse el uno sin el
otro.
De manera que el Estado Social de Derecho procura satisfacer las necesidades
vitales de los ciudadanos, especialmente los más débiles económicos. Distribuye
bienes y servicios que elevan el estándar de vida de la población, convirtiendo los
derechos económicos y sociales en conquistas en permanente realización.
27
Democracia Participativa y Protagónica
Sobre la base de los principios de Estado democrático y social, establecidos en
el artículo 2; y de soberanía, prefijado en el artículo 5 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, así como en su preámbulo, el cual propugna un
conjunto de valores que se supone que han de quedar reflejados en el texto en
general, en la realización política, en el ordenamiento jurídico y en la actividad
concreta del Estado, donde se señala cono fin supremo “establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural”, surge el
principio de participación, el cual informa a la estructura y la actuación del Estado y
sirve al objetivo de legitimar al poder, así como también da un nuevo contenido a la
funcionalidad de la soberanía popular, principalmente mediante la multiplicación de
centros de decisión pública en los que se incorpore la voluntad social”
El principio de participación, como se apuntó, es una consecuencia del
redimensionamiento del concepto de soberanía y atiende al modelo de Estado Social,
superación histórica del Estado Liberal, el cual se fundamenta, a diferencia de este
último, en la interpenetración entre el Estado y la sociedad
Se trata de un derecho político, pues considera al individuo en tanto que
miembro de una comunidad política determinada, con miras a tomar parte en la
formación de una decisión pública o de la voluntad de las instituciones públicas. Se
trata, pues, de un derecho del ciudadano “en el Estado”, diferente de los derechos de
libertad “frente al Estado” y de los derechos sociales y prestacionales.
En este orden de ideas, el sistema democrático, para la realización del
principio de soberanía popular inherente a él, se vale de mecanismos en los cuales los
ciudadanos expresan directamente su voluntad, así como de otros, en los que dicha
voluntad es expresada a través de representantes. Así, el encabezado del artículo 62
28
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “todos los
ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos
públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas”, por lo
que, se entiende que la participación puede ser entendida en un sentido directo e
indirecto.
Se puede definir la democracia participativa en palabras de “una nueva
dinámica, protagonizada por comunidades y grupos sociales subalternos en lucha
contra la exclusión social y la trivialización de la ciudadanía, movilizados por la
aspiración de contratos sociales más inclusivos y de democracia de más alta
intensidad” (Santos, 2005)
3.3 Bases legales
Para la investigación se toma como base la Pirámide de Kelsen, se considera
para el estudio las siguientes: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
tanto en su preámbulo como en sus principios fundamentales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Preámbulo
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la
protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el
heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y
forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República
para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los
29
valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la
integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras
generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la
justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva
la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración
latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación
de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la
democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio
ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable
de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea
Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la
siguiente:
El Preámbulo da cuenta del sentido político y jurídico que el Pueblo de
Venezuela le imprimió a la formulación de la Carta Política de 1999; es decir, indica
los principios que la orientan y los fines a cuya realización se dirige y por ello no sólo
hace parte de ésta como sistema normativo sino que además tiene efecto vinculante
sobre los actos de la legislación, la administración y la jurisdicción y constituye
parámetro de control en los procesos de constitucionalidad. Y esto es comprensible
pues carecería de sentido que una fórmula política y jurídica tan densa de contenidos
como la advertida en el Preámbulo, no estuviera llamada a tener implicaciones en los
ejercicios de poder subordinados a la teleología en ella señalada.
Es indispensable reivindicar la concepción jurídica según la cual el Derecho
no se agota en las normas y, por ende, el Constitucional no está circunscrito al
limitado campo de los artículos que integran una Carta Política.
El Preámbulo de la Constitución incorpora, mucho más allá de un simple
mandato específico, los fines hacia los cuales tiende el ordenamiento jurídico; los
30
principios que inspiraron al Constituyente para diseñar de una determinada manera la
estructura fundamental del Estado; la motivación política de toda la normatividad; los
valores que esa Constitución aspira a realizar y que trasciende la pura literalidad de
sus artículos.
El Preámbulo da sentido a los preceptos constitucionales y señala al Estado las
metas hacia las cuales debe orientar su acción; el rumbo de las instituciones jurídicas.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de
Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos
humanos, la ética y el pluralismo político.
Siendo este articulo la garantía y respeto de dichos postulados axiológicos
obligación irrenunciable de todos los órganos que ejercen el Poder Público, y
responsabilidad compartida de éstos con la totalidad de las personas que habitan o
residen en el territorio de la República
Los valores y principios constitucionales constituyen la primera concreción de
un Estado social y democrático de derecho, circunstancia que se evidencia del
contenido del artículo 2 Constitucional, al Estado se le justifica por sus fines plurales
de justicia, paz, libertad, orden, igualdad y que históricamente se les denomina como:
bien común, bien general, utilidad general, progreso, desarrollo, bienestar social,
calidad de vida, etc.
Tales fines del Estado se procuran de la manera más equilibrada y armónica
posible para hacer que el cuerpo social no quiebre. Deben ser realizados en
reciprocidad continua y progresiva. La idea directriz de este progreso equilibrado es
31
la obtención del máximo de cada uno de estos valores que no obstaculicen ni
perjudiquen a otro más que el minino inevitable. En un Estado social y democrático
de Derecho ningún valor debe de quedar por debajo de lo tolerable para una vida
humana digna. Pero, por eso mismo, dicho Estado atiende preferentemente a los
valores más deficitarios de ese conjunto (la igualdad, por ejemplo) y a los más
perentorios (verbigracia, la procura del mínimo existencial para los ciudadanos). O,
en fin, debe tener en cuenta que, aunque todos los fines enunciados son valiosos, no
todos lo son de igual forma; por ejemplo, no es la libertad la que debe ser puesta al
servicio del orden, sino a la inversa.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no establece en su
articulado una definición de lo que debe entenderse por Estado Social de Derecho y
de Justicia, es por ello que se presenta el criterio de la Sala Constitucional establecido
en la sentencia 85 de la sala constitucional del 24 de enero del 2002 , de lo que se
debe considerar como Estado Social de Derecho y de Justicia, cuyo fin es la armonía
de las clases, evitando que la clase dominante, por tener el poder económico, político
o cultural, abuse y subyugue a otras clases o grupos sociales, impidiéndoles el
desarrollo y sometiéndolas a la pobreza y a la ignorancia; a la categoría de explotados
naturales y sin posibilidad de redimir su situación y que a través de una debida tutela
judicial efectiva el Estado proporcionara Justicia, como valor supremo de todos los
hombres en sociedad y fin último que justifica la existencia del Estado como modelo
social democrático que garantiza la convivencia pacífica y armónica de los pueblos
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal
descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los
principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y
corresponsabilidad.
32
Según Luis Fernando Mack, existen tres “agendas” detrás de la
descentralización: i) La Agenda Liberal: la premisa fundamental es que los
particulares frecuentemente son más eficientes en el ejercicio de las políticas públicas
que los Estados mismos y por lo tanto hay que mejorar la capacidad de respuesta del
Estado, lo que implica establecer criterios de costo/beneficio en todos los procesos
que se desarrollan en la administración pública, lo cual se logra mediante la
sustitución de los particulares en las tareas que realiza el Estado (privatización), así
como todas las modalidades de concesión de servicios; ii) La apuesta por la eficiencia
del Estado: acá la descentralización pretende corregir uno de los problemas básicos
de la centralización: el alejamiento ó desconocimiento del burócrata de la realidad
local, por lo que al transferirse el poder de decisión a instituciones más cercanas a la
población, se favorece el que las acciones de gobierno sean más efectivas y iii) la
búsqueda del Control Ciudadano: se visualiza la descentralización como una
oportunidad para la democratización de la sociedad y/o “empoderamiento” de la
misma.
3.4 Definición de términos básicos
Asamblea de ciudadanos y ciudadanas: Máxima instancia de participación
y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas
con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el
ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter
vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno
comunal y las instancias del Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes
que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los autogobiernos
comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos surjan.
33
Autogestión: Conjunto de acciones mediante las cuales las comunidades
organizadas asumen directamente la gestión de proyectos, ejecución de obras y
prestación de servicios para mejorar la calidad de vida en su ámbito geográfico.
Cogestión: Proceso mediante el cual las comunidades organizadas coordinan
con el Poder Público, en cualquiera de sus niveles e instancias, la gestión conjunta
para la ejecución de obras y prestación de servicios necesarios para mejorar la calidad
de vida en su ámbito geográfico.
Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y
familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por
características e intereses comunes que comparten una historia, necesidades y
potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.
Comunidad organizada: Constituida por las expresiones organizativas
populares, consejos de trabajadores y trabajadoras, de campesinos y campesinas, de
pescadores y pescadoras y cualquier otra organización social de base, articulada a una
instancia del Poder Popular debidamente reconocida por la ley y registrada en el
Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana.
Control social: Es el ejercicio de la función de prevención, vigilancia,
supervisión, acompañamiento y control, practicado por los ciudadanos y ciudadanas
de manera individual o colectiva sobre la gestión del Poder Público y de las instancias
del Poder Popular, así como de las actividades privadas que afecten el interés
colectivo.
Corresponsabilidad: Responsabilidad compartida entre los ciudadanos y
ciudadanas y las instituciones del Estado en el proceso de formación, ejecución,
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control y evaluación de la gestión social, comunitaria y comunal, para el bienestar de
las comunidades organizadas
Estado comunal: Forma de organización político social, fundada en el Estado
democrático y social de derecho y de justicia establecido en la Constitución de la
República, en la cual el poder es ejercido directamente por el pueblo, con un modelo
económico de propiedad social y de desarrollo endógeno sustentable, que permita
alcanzar la suprema felicidad social de los venezolanos y venezolanas en la sociedad
socialista. La célula fundamental de conformación del estado comunal es la Comuna.
Instancias del Poder Popular: Constituidas por los diferentes sistemas de
agregación comunal y sus articulaciones, para ampliar y fortalecer la acción del
autogobierno comunal: consejos comunales, comunas, ciudades comunales,
federaciones comunales, confederaciones comunales y las que, de conformidad con la
Constitución de la República, la ley que regule la materia y su reglamento, surjan de
la iniciativa popular.
Organizaciones de base del Poder Popular: Son aquellas constituidas por
ciudadanos y ciudadanas para la búsqueda del bienestar colectivo.
Planificación participativa: Forma de participación de los ciudadanos y
ciudadanas en el diseño, formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas
públicas.
Presupuesto participativo: Mecanismo mediante el cual los ciudadanos y
ciudadanas proponen, deliberan y deciden sobre la formulación, ejecución, control y
evaluación de los presupuestos públicos, con el propósito de materializar los
proyectos que permitan el desarrollo de las comunidades y el bienestar social general.
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Sistema económico comunal: Conjunto de relaciones sociales de producción,
distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y
conocimiento, desarrolladas por las instancias del Poder Popular, el Poder Público, o
por acuerdo entre ambos, a través de organizaciones socio-productivas bajo formas de
propiedad social comunal.
Socialismo: es un modo de relaciones sociales de producción centrado en la
convivencia solidaria y la satisfacción de necesidades materiales e intangibles de toda
la sociedad, que tiene como base fundamental la recuperación del valor del trabajo
como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades humanas y
lograr la suprema felicidad social y el desarrollo humano integral. Para ello es
necesario el desarrollo de la propiedad social sobre los factores y medios de
producción básicos y estratégicos que permita que todas las familias, ciudadanos
venezolanos y ciudadanas venezolanas posean, usen y disfruten de su patrimonio,
propiedad individual o familiar, y ejerzan el pleno goce de sus derechos económicos,
sociales, políticos y culturales
36
CAPÍTULO IV
MARCO METODOLÓGICO
La metodología constituye una de las piezas más importantes dentro de una
investigación, ya que a través de ella se da sentido, coherencia y secuencia a las
actividades que se realizan en el proceso metodológico.
En este capítulo se hace referencia a los aspectos metodológicos que
permitirán el desarrollo de este trabajo de investigación. Sabino (2008), señala que el
marco metodológico: “describe cada uno de los componentes metodológicos que el
investigador ha seleccionado para cumplir con los objetivos de la investigación que se
ha propuesto, los cuales deben estar sustentados por autores especialistas en
metodología” (p. 16). En este sentido se presenta a continuación el tipo y el diseño de
la investigación, así mismo se nombran las técnicas e instrumentos a ser aplicados en
la investigación.
4.1 Tipo y Nivel de Investigación
La investigación que se desarrollará es de tipo descriptiva, ya que se
describirán los factores que influyen en la determinación de impuesto sobre
sucesiones. De acuerdo a Ramírez (2006), una investigación descriptiva se refiere a
“aquellos estudios cuyo objetivo es la descripción con mayor precisión, de las
características de un determinado individuo, situaciones o grupos con o sin
especificaciones de hipótesis iníciales acerca de la naturaleza de tales características”.
(p 84).
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En ese sentido, Padrón (1998), plantea que se pueden concebir los procesos de
investigación, según su estructura y dinámica. Señalando en cuanto a las
investigaciones descriptivas que parten del hecho que hay una cierta realidad, que
resulta aun insuficientemente conocida y a la vez relevante e interesante para ciertos
desarrollos. Enfocándose en un buen registro de información en torno a los hechos y
características que definen esa realidad, para contribuir a su compresión e
interpretación.
Debido a la naturaleza de la presente investigación, donde se demanda el
conocimiento del procedimiento de determinación de impuesto sobre sucesiones, se
requiere de la revisión documental. Según Chávez (2004): “Los estudios
documentales son aquellos que se realizan sobre la base de documentos o revisiones
bibliográficas. Esas investigaciones se efectúan en función de documentos escritos:
numéricos o estadísticos, cartográficos, imagen y sonido, memorias, anuarios,
archivos, entre otros”. (p 85). Por lo cual, se recolecta información de carácter
documental (textos, trabajos de grados, documentos en línea, leyes, entre otros),
necesarios para aproximarse, en un principio al objeto de estudio y posteriormente,
para establecer el marco teórico del mismo.
4.2 Diseño de la Investigación
En los estudios documentales, cuyo propósito inicial es abordar y analizar un
problema previamente delimitado, profundizando en un análisis sistemático, a través
de diversas fuentes de documentos. El diseño de la investigación según los datos que
se han de recopilar desde fuentes confiables, referencias de investigaciones, informes,
archivos, entre otros, por lo cual el punto de partida para el análisis es la observación
documental de los materiales para captar los aspectos de interés y los planteamientos
esenciales. Siendo un diseño de carácter bibliográfico, los datos se obtiene a partir de
la aplicación de técnicas documentales, ya que se realizó mediante textos, revistas y /
38
o documentos especializados, trabajos de investigación, medios impresos, medios
audiovisuales o electrónicas de donde se obtuvo una serie de conclusiones y
argumentos fundamentales aparecidos en las diferentes bibliográficas contrastando
las diversas informaciones entre sí.
4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Con el fin de obtener la información necesaria para el desarrollo de la
investigación es esencial la implementación de instrumentos de recolección de datos,
existiendo diversas técnicas de recolección de datos. Al respecto, F. Arias (2006)
señala que “las técnicas de recolección de datos son estrategias que permiten al
investigador llevar a cabo el levantamiento de la información necesaria, con el fin de
determinar las condiciones existentes.” (p. 79).
Todo proceso de investigación, lleva un acercamiento a las técnicas e
instrumentos de recolección de datos en el que se explica de manera explícita como
se aborda la investigación para que pueda ser entendida por cualquier individuo.
Es contenido por un instrumento de recolección de datos que es en principio,
cualquier recurso del que se vale el investigador para acercarse a los fenómenos y
extraer de ellos la información.
La recolección de datos es un proceso meticuloso y difícil, pues requiere un
instrumento adecuado para obtener la información necesaria según el caso para
estudiar un aspecto o conjunto de aspecto del problema. Cuando se está planificando
una investigación, luego de definir sus objetivos, es preciso diseñar la estrategia para
alcanzarlos. En cuanto a los aspectos a considerar en la recolección de datos, Arias
(1999), señala que la técnica de procesamiento y análisis de datos es donde se
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describen las distintas operaciones a las que están sometidos los datos que se
obtengan; clasificación, tabulación y codificación si fuere el caso (p. 44).
En esta investigación se utiliza como técnica de recolección de datos fuentes
impresas, electrónicas, leyes, libros, tesis de grado, en sí se utiliza cualquier base
documental que se pueda analizar e interpretar a fin de llevar a buen término el
presente estudio.
4.4 Población y Muestra
• Población
La población es uno de los puntos clave en una investigación ya que
determina todo los hallazgos que se pueden derivar del estudio de las personas, es la
fuente de información principal en las investigaciones descriptivas y de campo.
Según Tamayo y Tamayo, (1997), ¨La población se define como la totalidad del
fenómeno a estudiar donde las unidades de población posee una característica común
la cual se estudia y da origen a los datos de la investigación¨(P.114). En el presente
trabajo de investigación la población está constituida por los ciudadanos de la
republica que tiene la obligación de cumplir con el mandato constitucional de asumir
el poder que le está dando la constitución mediante la refundación planteada.
• Muestra
Es definida por Palella y Martins (2006) “Es un subconjunto de la población a la
cual se le efectúa la medición con el fin de estudiar las propiedades del conjunto del
cual es obtenida”. Para el caso bajo estudio se tomó como muestra las disposiciones
establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 y
las leyes del Poder Popular.
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4.5 Fases Metodológicas
Así, que las fases metodológicas se define como un procedimiento reflexivo,
sistemático, controlado, metódico y crítico que conduce hacia el descubrimiento en
cualquier campo del conocimiento. Muñoz, C. (1998) explica que “procedimiento es
el modo ordenado de actuar con el propósito de alcanzar un fin definido.” (p. 202).
Fase I. Diagnosticar la constitucionalidad del poder popular en la
constitución de la república bolivariana de Venezuela de 1999. En esta fase se
procedió a la revisión de las disposiciones legales que regulan la materia,
estableciéndose que la intención del constituyentitas es que el poder popular sea la
forma de materialización de la soberanía popular, la democracia participativa y el
poder popular también como herramienta para la refundación de la república.
Fase II. Verificar cómo el poder popular es la clave para desarrollar en la
práctica el estado social de derecho y de justicia establecida en el preámbulo y
en el artículo 2 de la constitución. En esta fase se verifico como se puede desarrollar
el estado social de derecho y de justicia pues aunque no se ha desarrollado lo que si
podemos tener claro es que esta solo se puede dar en un Estado Comunal, puesto que
las formas de asociación políticas y económicas que genera el poder popular pues
evitan la reproducción de formas del capitalismo y así contiene las practicas del
estado liberal-burgués. El estado de bienestar tampoco es compatible con el poder
popular puesto que este profesa el progresismo que no es más que quedarse en una
serie de reformas de aspectos sociales, mientras que se deja intacta una realidad
económica inhumana, depredadora e injusta y el poder popular precisamente
mediante generación de formas económicas asociativas y comunitarias es que busca
acabar con ese modelo económicamente injusto
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Fase III. Determinar cómo el poder popular es la herramienta para la
materialización de la democracia participativa y protagónica establecida en el
preámbulo y en el artículo 2 de la constitución. El Capitalismo (sistema
económico) y la Democracia (sistema político) son contradictorios. En efecto, lo que
hace incompatible al capitalismo con la democracia es la acumulación desmedida de
la riqueza, la cual pone en manos de un pequeño grupo de la sociedad tanto la
capacidad de influir sobre las decisiones políticas como la de acumular aún más
riqueza que la que poseen, en detrimento de aquellos que no tienen acceso al capital.
La democracia participativa y protagónica constituye la substancia fundamental
de la Constitución venezolana y del proceso revolucionario bolivariano, la cual
conduce al establecimiento de una sociedad democrática de nuevo cuño, diferente en
todos los aspectos a la que tradicionalmente hemos conocido las venezolanas y los
venezolanos desde el siglo pasado, ajustada la misma a los requerimientos del
capitalismo.
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CAPÍTULO V
RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Resultados
5.1.1 Diagnosticar la constitucionalidad del Poder Popular en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela de 1999
A los efectos de diagnosticar la constitucionalidad del poder popular en la
constitución de la república bolivariana de Venezuela de 1999 se analizó como el
Poder Popular se erige como la participación directa de los ciudadanos en asuntos
públicos. Tal participación se extiende a la formación, ejecución y control de la
gestión pública, mediante cualquiera de los instrumentos previstos en el artículo 70
constitucional, los cuales se dividen en medios de participación política y medios de
participación socioeconómicos.
El pueblo tiene el deber de generar las condiciones para la realización última
del Poder Popular que es la participación del pueblo así como lo establece el artículo
62 constitucional.
Le da carácter organizativo y de practicidad política al derecho de asociación
establecido en el artículo 53 constitucional puesto que establece el marco legal en
cómo los ciudadanos asociados deben ejecutar los recursos de la población. El poder
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popular no viola el principio constitucional de la democracia representativa en
principio porque dentro del Poder Popular existe una representatividad propia para el
funcionamiento organizativo y esta afirmación seria antagónica con otro principio
constitucional que es la democracia participativa y por tanto negativa de la
demodiversidad.
La realización adecuada del Poder Popular llevaría a la profundización
completa y real de la descentralización la cual llegaría a las bases más profundas de la
sociedad que son los ciudadanos organizados y con poder de ejecución.
5.1.2 Verificar cómo el Poder Popular es la clave para desarrollar en la práctica
el estado social de derecho y de justicia establecida en el preámbulo y en el
artículo 2 de la constitución
El segundo objetivo específico se enfocó en verificar cómo el poder popular
es la clave para desarrollar en la práctica el estado democrático social de derecho y de
justicia establecida en el preámbulo y en el artículo 2 de la constitución. Se determinó
mediante un estudio histórico de la evolución del estado de derecho y el estado social
en el cual se pudo verificar la incompatibilidad de la democracia dentro de un estado
liberal burgués.
Así entonces poder plantear la transición mediante un desarrollo progresivo
del Estado Liberal en Estado Social y la democracia burguesa en democracia
socialista, para lo cual es indispensable la participación ciudadana y los mecanismos
que crea el Poder Popular para esa participación efectiva
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5.1.3 Determinar cómo el poder popular es la herramienta para la
materialización de la democracia participativa y protagónica establecida en el
preámbulo y en el artículo 2 de la constitución
Se realizó un análisis para poder determinar cómo el poder popular es la
herramienta para la materialización de la democracia participativa y protagónica
establecida en el preámbulo y en el artículo 2 de la constitución, puesto que para
poder llevar acabo la desconcentración de la administración del Municipio con la
iniciativa comunitaria establecida en el artículo 173 constitucional y para la creación
de mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios
descentralicen y transfieran a las comunidades establecidos en el artículo 184
constitucional es necesario la creación de un mecanismos jurídico.
Este mecanismo es el poder popular que mediante un desarrollo legal genera
las bases y una guía para el accionar de la comunidad en su organización y en el
manejo de los recursos puesto que estos recursos tienen que ser manejados mediante
un control legal
5.2 Conclusiones
Luego de haber analizado la normativa venezolana vigente el investigador
concluye de acuerdo a los objetivos planteados:
En la actualidad Venezolana plantear la discusión del Poder Popular genera
controversia puesto que se lleva al plano partidista y no a un análisis jurídico y de la
45
formación de un estado. Y aun así llevando al plano jurídico existe en inconveniente
de lo interpretativo que puede llegar a ser una norma jurídica y cómo funciona la
lógica del poder esta interpretación beneficiara al que detente el poder. Si llevamos la
discusión al plano de la formación del estado volveríamos a retornar a lo partidista
pues cada uno tiene su corriente ideológica de cómo se debe conformar una sociedad.
Así mismo una de las razones por la cual no se termina de concretar la
realización material en su integridad del Poder Popular es porque el ensayo social es
un proceso evolutivo con ritmo de vida propio que solo podrá ser acelerado al ritmo
que los ciudadanos vallan considerando apropiado llevar para la consecución de sus
objetivos como sociedad y ese es el principal problema que reviste esta
materialización, y para que se dé, el ciudadano debe querer participar
Como se comentó, es necesario que participen todas las comunidades del
territorio nacional y no como se ha venido observando que solo ciertos sectores,
mayoritariamente rurales o de clase baja y media-baja son los que se han interesado
por empoderarse de su futuro, si este desinterés del resto de la población es por
diferencias ideológicas los políticos tendrán que usar su mejor arma que es la
seducción mediante la palabra y si es por desconocimiento, este tipo de
investigaciones servirán para enriquecer la discusión desde la argumentación jurídica.
5.3 Recomendaciones
A continuación se propone un listado de recomendaciones que surgen del
desarrollo de la presente investigación:
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• Que se le demuestre a la población Venezolana mediante la difusión porque el
Poder Popular goza de constitucionalidad y poder acabar con matrices que no
permiten el desarrollo completo de los interese constitucionales
• Que se le enseñe a la población las implicaciones novedosas que tiene vivir en
un Estado democrático y social de derecho y justicia
• Que se motive a la población a apoderarse de sus decisiones para poder
materializar la democracia participativa
• Que se enraíce desde la escuela el deber ciudadano que tienen de participar en
los asuntos públicos
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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Zibechi, Raúl (2006), Dispersar el Poder - Los movimientos como poderes anti-estatales. Tinta Limón Ediciones. Buenos Aires, Argentina.
Ianni, Valeria (2011), La Revolución Francesa, 1ra Edición. Editorial Ocean Sur. Caracas, Venezuela.
Daal, Ulises (2013), ¿Dónde está la Comuna en la Constitución Bolivariana? Ediciones de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, Caracas-Venezuela.
Acosta Rico, Manuel Enrique (2013), Metódica de la Planificación Comunal. Fondo Editorial Ipasme. Caracas- Venezuela.
García, Pelayo (1985) Las Transformaciones del Estado Contemporáneo. Centro
de Estudios Constitucionales. Madrid-España
Duarte, Pedro (2014) Naturaleza Jurídica de la Neo Integración Regional:
UNASUR. Revista de la Secretaria Del Tribunal Permanente de Revisión. Año 2 N°
4. Recuperado desde: www.revistastpr.com