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PRIMERA PARTE: TRASFONDO ESPAÑOL: DERECHO HISTÓRICO ESPAÑOL (ROMANO) —LA FORMACIÓN DEL DERECHORomanización: es el proceso social y político mediante el cual una cultura va imponiendo sus formas culturales y sociales a otra. En este caso es Roma, quien va a llegar a la Península Ibérica, a la que llaman Hispania, que significa Tierra de Conejos. Roma marca con su cultura a los habitantes de la Península Ibérica y le va a imponer todas sus formas culturales y sociales. Imponen el latín vulgar y el Derecho Romano. Hoy España es uno de los países más romanizados y que tiene todos los rasgos de Roma. Pelearon 225 años para no ser subyugados, pero los romanos eran más fuertes en cuanto a guerra. Hubo un pueblo español nunca se rindió: Vasconia. Los vascos todavía están peleando por su libertad. Ellos no reconocen al rey de España como su monarca. La romanización en España ocurre poco a poco, pues saben que los pueblos se resisten a perder sus costumbres y su cultura. En un principio, los romanos comenzaron imponiendo su cultura. Más tarde comenzaron a imponer el Derecho Romano. El sur de Hispania era más culto que Grecia. Mientras más al norte, más ruda era la población y menos avances tecnológicos habían. Roma pelea con Cártago por el control de los mercados. Cartago es una ciudad fenicia muy bien organizada, que a lo único que se dedica es a la explotación de mercados. Su ejército es mercenario. Era la potencia rival de Roma. Guerras Púnicas: guerra entre Cártago y Roma. En la segunda Guerra Púnica (año 218), Roma decide pelear la guerra en Cártago. Roma se mete en el sitio donde Cártago obtiene a sus hombres y sus armas: la Península Ibérica. Esto con el propósito de quitarle a Cártago su materia prima. Estuvieron peleando por 17 años. Los romanos cambiaron los planes y decidieron no solamente derrotar a Cártago, sino adueñarse de la Península Ibérica. La guerra termina en el 201AC. Luego comienza la lucha contra los que viven en la Península. Los que vivían en el Sur de la Península decidieron convertirse rápidamente en romanos. Estas personas eran de alta posición económica. El resto de la Península pelea hasta el año 27 DC. Ya en ese momento se comienza a hablar de “España en Paz” (Hispania Pacata), aunque siempre 1

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PRIMERA PARTE: TRASFONDO ESPAÑOL: DERECHO HISTÓRICO ESPAÑOL (ROMANO) —LA FORMACIÓN DEL DERECHO—

Romanización: es el proceso social y político mediante el cual una cultura va

imponiendo sus formas culturales y sociales a otra. En este caso es Roma, quien va

a llegar a la Península Ibérica, a la que llaman Hispania, que significa Tierra de

Conejos. Roma marca con su cultura a los habitantes de la Península Ibérica y le va

a imponer todas sus formas culturales y sociales. Imponen el latín vulgar y el

Derecho Romano.

Hoy España es uno de los países más romanizados y que tiene todos los rasgos de

Roma. Pelearon 225 años para no ser subyugados, pero los romanos eran más

fuertes en cuanto a guerra. Hubo un pueblo español nunca se rindió: Vasconia. Los

vascos todavía están peleando por su libertad. Ellos no reconocen al rey de España

como su monarca. La romanización en España ocurre poco a poco, pues saben que

los pueblos se resisten a perder sus costumbres y su cultura. En un principio, los

romanos comenzaron imponiendo su cultura. Más tarde comenzaron a imponer el

Derecho Romano.

El sur de Hispania era más culto que Grecia. Mientras más al norte, más ruda era la

población y menos avances tecnológicos habían. Roma pelea con Cártago por el

control de los mercados. Cartago es una ciudad fenicia muy bien organizada, que a

lo único que se dedica es a la explotación de mercados. Su ejército es mercenario.

Era la potencia rival de Roma.

Guerras Púnicas: guerra entre Cártago y Roma. En la segunda Guerra Púnica (año

218), Roma decide pelear la guerra en Cártago. Roma se mete en el sitio donde

Cártago obtiene a sus hombres y sus armas: la Península Ibérica. Esto con el

propósito de quitarle a Cártago su materia prima. Estuvieron peleando por 17 años.

Los romanos cambiaron los planes y decidieron no solamente derrotar a Cártago,

sino adueñarse de la Península Ibérica. La guerra termina en el 201AC. Luego

comienza la lucha contra los que viven en la Península.

Los que vivían en el Sur de la Península decidieron convertirse rápidamente en

romanos. Estas personas eran de alta posición económica. El resto de la Península

pelea hasta el año 27 DC. Ya en ese momento se comienza a hablar de “España en

Paz” (Hispania Pacata), aunque siempre quedaban pueblos, como los vascos, que

continuaban peleando. Esta guerra no era constante, habían intervalos de paz.

Roma:

o 753-510 AC: Monarquía

o 510-27 AC: República-Principado

o 27-AC: Imperio

En la República Romana había una Constitución. Esta es muy compleja. Habían

dos cónsules, magistrados y cinco organismos legislativos, incluyendo al Senado. El

Senado controla la moneda, las relaciones exteriores, dan forma a las leyes,

etcétera.

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Concilia Plebes: conformada por gente que no son nobles. Es uno de los

organismos legislativos. Roma permite que entren los “peregres”, los de afuera.

Estas personas no tenían Asamblea, no son ciudadanos y, originalmente, estaban

fuera de la ley. El Derecho Romano era un privilegio de los ciudadanos romanos.

Son miles de personas, las cuales presionaron hasta que consiguieron que se hiciera

una ley en la que se creó la “Concilia Plebes”, el cual es un organismo legislativo

únicamente para los peregrinos o la plebe.

Una de las características de Roma es que es un Estado Conservador y todo lo

resuelve mediante la creación de leyes. Estas leyes se conocían como

“Senadoconsultos” (disposición del Senado). Los comicios, integrados por los

ciudadanos, emiten la ley o los mandatos, pero no le dan forma. Es el Senado quien

da los detalles y la forma en que ha de aplicarse la ley.

Roma tiene tres Asambleas Legislativas o comicios:

o Una para la gente que está en el ejército, los soldados

o Otra para los distritos

o Otra para los vecinos o ciudadanos

Las Asambleas solamente se reúnen cuando se convocan. Si no se convocan, no

están en sesión. Roma nunca fue una democracia, era un Estado

conservador. No le interesa la participación de otras personas que no fueran

ciudadanos. Para aprobar una ley en un comicio hace falta un mínimo de 2,000

votos. Todo funcionario duraba un año en su puesto, luego del cual se tenía que ir.

Esto es así porque los romanos conocen que el ser humano se envanece cuando se

le elige cónsul. Este sistema funcionó bien hasta que los romanos descubrieron el

deleite que da el dinero y la República comienza a sufrir, pues personas ambiciosas

quieren mandar y quedarse en el cargo de cónsul por más tiempo.

Como consecuencia surge la figura de Julio César, quien quiere ser rey o monarca

otra vez. Este era un hombre talentoso, que quiere eliminar la República para él

mandar. El grupo patriótico que defiende a la República, liderado por uno de los

descendientes de un fundador de la República, mata a Julio César y comienza la

Guerra Civil. Al final de las guerras civiles, el heredero de César (un sobrino suyo de

nombre Octavio), en el año 27, gana todas las guerras y decide renunciar a todos

sus cargos en el Senado. Los senadores, que eran amigos suyos, deciden darle el

título de Primer Ciudadano, llamándolo Augusto. Luego fue Senador y Cónsul.

Finalmente, le dan el título de Príncipe o Emperador, siendo él quien manejaba la

República. Esto es lo que se conoce como Principado.

Principado: la República existe oficialmente, pero quiénes se eligen para dirigirla

son seleccionados por el Príncipe. Es un reino o dictadura, pero con otro nombre.

No se le llama rey, porque no se quería entrar otra vez en la monarquía.

Augusto es quien escoge a la persona que lo va a suceder (Nerón, Calígula,

etcétera). El Principado dura hasta tiempos de Dioclesiano, quien dijo que él era

un dios y el pueblo eran sus esclavos. Ya para ese tiempo no había romanos como

tal, sino que se les llamaba así por extensión.

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El Senado era un organismo de asesoramiento, no aprueba leyes. Es de continua

reunión.

Los comicios son convocados por los cónsules. La Concilia Plebes hace plebiscitos.

Los crea un miembro de la plebe.

Los romanos tienen diversas formas legislativas. Las leyes llevan el nombre de

quienes las presentan. Roma no le pagaba nada a los cónsules, éstos tenían que

pagar las fiestas y actividades ellos mismos. Los cónsules participaban de los

comicios por el honor y prestigio que éstos le daban. Los cónsules son electos en

los comicios y el Senado les da la aprobación. Cada cónsul tiene jurisdicción,

potestad e imperio. Cada uno tiene un palacio y un guardia o soldado especial.

Imperio: que él manda y el pueblo obedece.

El cónsul es impuesto por violencia. Son jueces y administradores del erario

público. Tienen una serie de facultades. El consulado duró desde el año 10 hasta el

1453. Los romanos llegaron a España en el año 218. Los soldados romanos tenían

esclavos que los auxiliaban y comerciantes que compraban lo que quedaba en el

área de guerra. Estos soldados se enamoraban de las mujeres nativas y fue así que

comenzó una mezcla de ambas razas. Hay un proceso social de hijos fuera del

matrimonio o mestizos. El Senado Romano pasó una ley haciéndolos ciudadanos.

Dentro del proceso de romanización de España la moda es un factor importante,

refleja la romanización. La forma de vida romana comienza a ser copiada. Es

importante la construcción de hogares y de estructuras públicas. Los romanos son

arquitectos natos. La construcción es un instrumento. Se comienzan a construir

carreteras o calzadas romanas, con el propósito de facilitar el traslado de las tropas

romanas.

La religión romana es otro instrumento de romanización. Los dioses griegos fueron

llevados inmediatamente a la Península. El latín empieza a imponerse. Los países

tienen en sus monedas la representación nacional. Los romanos tenían en sus

monedas: la loba, la efigie del emperador del momento, letras en latín y en el

idioma del sitio hispánico donde se iban a distribuir. Esta era una forma de enseñar

el idioma.

Etapas de la romanización:

o Romanización Cultural: durante este proceso los romanos no tocan el

derecho. Este proceso se da entre el 218 y el 74 AC. Los únicos que

nunca se romanizan son los vascos. Este proceso cultural tiene diversas

fases y utiliza distintos medios, tales como:

_ Fomentar matrimonios mixtos

_ Establecer ciudades latinas, no todas las ciudades son iguales.

_ Al soldado que sirve 30 años, se le entregan tierras y dinero. Se

fundan ciudades para soldados

_ La moda

_ La construcción

_ Premios, la ciudadanía se utiliza como una especie de premio

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o Romanización Jurídica: comienza en el año 74 AC. Declararon

jurídicamente latinos a todos los habitantes de la península ibérica. Al

hacerlos latinos, se anuló el derecho comercial nativo. Su próximo paso

es la concesión de la ciudadanía romana a todos los habitantes del

imperio por Antonino Carracalla. (Año 212). Dejaron de ser latinos para

convertirse en romanos. Entra el derecho romano completamente al

imperio, todo el mundo tiene que ser juzgado por un tribunal romano.

Había un problema, pues en las ciudades imperiales hay condiciones para

que esto se cumpliera, pero la mayoría de la Península Ibérica está

compuesta por villas agrícolas, donde no se habla latín y no entienden el

derecho romano. Surge así el Derecho Romano vulgar, de la mano del

latín vulgar (se mezcla el derecho romano con el derecho nativo, lo que lo

hace más entendible y causa que rija en más sitios). El Derecho Romano

se populariza.

Surgimiento de Derecho Romano: el Derecho Romano es el único que existe en

Roma. Es administrado por los cónsules o jueces. En Europa la mayoría de los

reyes fueron jueces. El Derecho Romano no está recogido en un código escrito, es

de usos y costumbres. Las fórmulas jurídicas que utilizan los cónsules solamente las

saben éstos y los sacerdotes.

El encargo de codificar este Derecho recae sobre diez hombres, que se dedicaron a

interrogar a los cónsules, a los sacerdotes y al pueblo. Ponen por escrito ese

Derecho Romano y lo redactan en Doce Tablas. Por esto el Derecho Romano se

conocía como la Ley de las Doce Tablas. Estas tablas se colocan en el mercado,

para que todo el que vaya las vea.

Los ciudadanos se quejan de que el cónsul sea el Jefe del Estado, del Ejército, del

Fisco y del Erario y Juez. En el 367 AC, mediante una ley, se declara la creación del

cargo del pretor. El pretor es uno solo. El cargo tiene una duración de un año.

Solamente puede ser ocupado por un ciudadano romano. Es un cargo electivo. Es

la persona que adjudica la justicia. Trabaja en el Palacio de la Pretura, viviendo a

todo lujo. Su función es ser director de los litigios. El pretor nombra jueces, a los

que llaman iudex. Se nombra uno por cada caso. En el Palacio de la Pretura cada

año se colocan todas las leyes, opiniones y decisiones que se van a usar durante

ese año. Esto se llama el edicto.

El Derecho Romano tiene un lema: “Dura lex, sed lex” (la ley es dura, pero es la

ley). Es un derecho formulado, cristalizado y exigente. Al pretor no le interesa

hacer justicia, sino administrar el derecho. El pretor tiene los mismos poderes que

el cónsul: potestad, jurisdicción, imperio, poder de vida o muerte, guardia pretoriana

y listores.

En Roma había miles de extranjeros, los que no pueden acudir al Pretor. En el año

242 AC se estableció mediante ley el cargo de Pretor de los Peregrinos

(Extranjeros). Es un ciudadano romano que administra el derecho para los

extranjeros. También tiene un palacio, guardia, etcétera. El primer pretor de los

peregrinos tuvo que buscar un cuerpo de derecho que no fuera el romano para

juzgar a los extranjeros, pues el romano es exclusivo para los ciudadanos. Este

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interrogó a los extranjeros y preparó un libro llamado Derecho de Gentes

(Derecho de Extranjeros), en el que creó un cuerpo de derecho que se origina del

derecho de otros países. A este pretor sí le interesa hacer justicia, pues está

influenciado por la filosofía del estoicismo (todos los hombres son hermanos, las

cosas vivas y las inanimadas pertenecen a un plan universal y todos debemos

cuidar la naturaleza. El mundo es un cosmos, el hombre tiene derecho a viajar. Es

una “visión cosmopolita”). Surge la filosofía de lo bueno, de lo equitativo. La

equidad presupone trato igualitario, debe tratarse a todas las personas de la misma

forma, no deben haber cuestiones subjetivas. Promueve el uso de los instrumentos

jurídicos para hacer lo justo.

Había dos sistemas de derecho en Roma, como actualmente ocurre en Puerto Rico y

en Inglaterra. En Roma, los extranjeros eran mejor tratados por su sistema de

derecho, pues los romanos tienen un derecho estricto, formulario, que no se mueve.

El lema del derecho de los peregrinos es “el derecho es arte de lo bueno y lo

equitativo”.

Cada sistema tiene su jurista. Roma es el primer país del mundo donde surge una

clase profesional dedicada única y exclusivamente al estudio del Derecho. Estos

son los Jurisconsultos. No practican la profesión, sino que estudian Derecho. El

primer jurista fue Quintus Muccio Scaevola. Scaevola es el padre de la

jurisprudencia, pues fue el primer jurista que usó el método dialéctico griego en

Roma. Escribió el primer tratado de Derecho Civil.

Los griegos fueron los primeros en usar el método dialéctico, el cual es necesario

para poder pensar. Casi todos los juristas son personas de mucho dinero, que

estudian y desarrollan el derecho, y asesoran al abogado “advocatus”, que es

quien va al tribunal a presentar los casos. La creación del Tribunal del Pretor inicia

un proceso muy complejo, el cual culmina con una situación muy interesante.

Eventualmente el Derecho de los Peregrinos sustituye al Derecho Romano, pues

introduce en éste sus concepciones. Los juristas y los abogados se dan cuenta de

que las decisiones del Derecho de Gentes o Peregrinos son más beneficiosas para la

sociedad. Hay una tercera clase de abogado: el que es torpe y se desempeña como

ayudante del “advocatus”. Éste abogado es llamado leguleius.

NOTA: en Puerto Rico, la justicia civil se adjudica a nombre del Presidente de EU.

En Roma, los extranjeros se hicieron sentir de muchas formas; como en huelgas,

asesinatos, revoluciones, etcétera. En el aspecto criminal, los romanos copiaron al

jurado: un panel de 9 ó 12 personas a los que se le presentaban hechos y derecho

para que decidieran. Esto lo copiaron los ingleses y los americanos. Los juicios

criminales se ven en distintos tribunales. A los tribunales se les conoce como

cortes.

Legión: ejército completo, formado por cortes.

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El representante de la plebe se conoce como el Tribuno de la plebe, el que

preside la asamblea de los plebeyos. De ahí viene la palabra tribunal. Roma acuña

palabras como tratado y libro.

Los casos civiles eran atendidos por un pretor. A los cónsules se les prohíbe seguir

viendo casos. Los magistrados son electos en los comicios.

NOTA: en Puerto Rico también hay dos tribunales distintos: el Tribunal Estatal y el

Tribunal Federal.

Ya en el 212 DC no hay romanos, se mezclaron con las otras personas y ya todos

son bárbaros o peregrinos. El Derecho Romano tiene distintas etapas y épocas:

o Derecho Monárquico o Real, 753 a 510 AC

o Derecho Republicano, 510 a 27 AC

o Derecho Imperial:

_ Clásico

_ Post-Clásico

o Derecho Bizantino- 284 a 1453 DC:

_ El liderato cultural, político y social pasó de Roma a

Constantinopla. Roma era una ciudad peligrosa, que estaba en

decadencia.

Año 395: el imperio se divide en dos partes: Oriente (ciudad de Bizancio) y

Occidente (Roma). Se crea Constantinopla encima de las ruinas de la ciudad de

Bizancio. De ahí viene el nombre de Imperio Bizantino. La ciudad de

Constantinopla duró hasta la invasión de los turcos. Hoy en día es la capital de

Turquía.

Factores que afectan el derecho:

o Surgimiento de la figura de: el emperador, que quiere intervenir con el

derecho. Augusto, primer emperador, está pendiente de una clase

profesional a la que quiere “comprar” o atraer: los juristas. Estos eran

peligrosos para el imperio porque son los que determinan el derecho

mediante los tratados que escribían. Los que no logró comprar fueron

asesinados.

o La equidad: cambia la visión del derecho. Hasta el surgimiento de ésta,

el derecho era lo que decía la regla exactamente. La equidad plantea

que hay que tomar en cuenta otras consideraciones. El derecho cambia

la visión y comienza a buscar qué es lo justo.

o Los juristas: hay cinco grandes juristas: (Ley de Citas)

_ Papiniano: es el más grande de los juristas. Si había duda, lo que

él decía era la ley.

_ Paulo

_ Gaio: la tradición dice que era una mujer, pero no se ha probado.

_ Ulpiano

_ Modestino

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Los romanos lograron la recopilación de códigos. Ellos inventaron la terminología

jurídica, por lo que acuñaron la palabra “codex”, que es el origen de Código. El

Código para los romanos no es lo mismo que hoy entendemos por Códigos. El

Código moderno que conocemos hoy día, originado por Napoleón en Francia en

1804, tiene unidad de propósito y de instituciones jurídicas (uno para penal, otro

para civil, etcétera). Napoleón es el padre de la codificación temática.

El Código Romano es una recopilación, en donde se unía todo el derecho: penal,

civil, mercantil, etcétera. “Compilar” significa saquear. Se le llama así porque se

toma algo de cada tipo de derecho, para juntarlo. Ejemplo de una recopilación:

LPRA.

NOTA: Estados Unidos sigue teniendo recopilaciones, al igual que Canadá e

Inglaterra. La visión de esos países es distinta a la nuestra (Derecho Anglosajón).

Los tratadistas de todo el mundo concuerdan en que el estado superior del derecho

es la codificación. Dicen que la recopilación es un estado primitivo del Derecho.

Tres códigos de Roma:

o Codex Gregoriano: escrito por Gregorio (294) es un código privado

o Código Hermogeniano: escrito por Hermógenes (324) es un código

privado

o Código Teodosiano: Teodosio el Grande quiso recoger los 1500 años de

Derecho Romano. Ordenó a una comisión recoger el derecho y publicar

el Código Teodosiano (Año 439). Es la primera vez que se tiene una

recopilación extraordinaria de todo el derecho romano. Nombró otra

Comisión para que recogieran las decisiones y la obra de los juristas y los

jueces. Esto se conocería como Digesto de Teodosio el Grande. La

palabra “Digesto” viene de “digerere” que significa organizar. No se

pudo completar esa obra.

El Código Teodosiano se pudo hacer posteriormente porque ya contaban con los

otros Códigos privados. Sin embargo, para hacer el Digesto, aunque existían

digestos privados (como el de Ulpiano) no supieron cómo hacerlo. Los códigos

contienen leyes, mientras que el trabajo de los juristas está compuesto por escritos

e ideas.

En el Siglo VI se logra hacer el primer Digesto público, en tiempos de Justiniano, en

Bizancio. Los juristas, que son personas con medios económicos y que han

estudiado derecho, toman el derecho y lo desarrollan usando el método dialéctico.

Comentan y deducen la ley para hacer un escrito. Para este tiempo en Roma hay

diversas fuentes del Derecho:

o La ley: producto de un cuerpo legislativo

o El plebiscito

o El Senado Consulto

o Constituciones emitidas por el cónsul (Decretos)

o Otros decretos con nombres distintos, como la epístola

o Los magistrados

o El pretor urbano

o El pretor peregrino

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o Los ediles

o Los juristas

España pasa por diversas fases de Derecho. Al concedérsele la ciudadanía a todos

los habitantes del Imperio, el Derecho Romano comienza a aplicarse en la Península

Ibérica. Surge una nueva religión en Medio Oriente. Los romanos gobiernan la

región del mundo donde ésta surge con mucha dificultad, pues los judíos y hebreos

tienen costumbres muy diferentes y los romanos constantemente tenían que

reprimirlos.

Luego de la muerte de Cristo, Pablo creó una religión nueva, no solamente para los

judíos, sino para los gentiles, la cual le crea problemas a Roma. Esta religión es

excluyente. Eventualmente, la religión cristiana entra a Roma.

Había dos personas que querían ser emperador: Constantino y ¿?. Hubo una batalla

entre ambos en un puente. La noche antes de la batalla, Constantino llama a todos

los generales de su ejército y les dijo que él tuvo una visión en la que se le presentó

Cristo. Que éste le había dicho que ellos vencerían si utilizaban el signo de la cruz.

Pidió que todos colocaran la cruz encima de las insignias de Roma. Constantino

sabe que todo su ejército es cristiano, él no lo era... nunca se convirtió. Constantino

ganó la batalla y se convierte en emperador.

En el año 313 DC se emite el Edicto de Milán, que dice que la religión cristiana

sería aceptada oficialmente en el imperio. Ser cristiano dejó de ser un delito. El

emperador se dio cuenta de la utilidad del cristianismo para sus planes y en el año

391, otros en su nombre, emiten el decreto de que la única religión oficial del

imperio era el cristianismo y las otras religiones estaban prohibidas. Se persigue a

los paganos. El cristianismo tuvo poco efecto en el Derecho Romano, pues

la filosofía estoica ya había cambiado el Derecho. El cristianismo

solamente afecta en el asunto de las relaciones paterno-filiales y en el

Derecho de Familia.

Recap: los emperadores emiten un decreto llamado Constitución. También usan la

epístola y otras formas de mandar. Surgen los jurisconsultos, los cuales comentan

los decretos y esos comentarios se convierten en ley. Además, los juristas toman

todo lo legislado y lo convierten en códigos, los cuales eran recopilaciones. Ahora,

los códigos como los conocemos hoy día surgen con Napoleón. Al Derecho en

España llegó el cristianismo, pero éste no tuvo mucha importancia en cuanto a

cambios en el derecho, pues era bien parecido al estoicismo. El cristianismo toma

elementos de distintas religiones. El cristianismo afecta el derecho de familia.

Posteriormente, en el año 395, el Imperio se dividió en dos partes. Se traza una

línea imaginaria a través del Mar Adriático; para el oeste, hasta las Islas Británicas,

era el imperio romano, para el este, hasta Mesopotamia, era el imperio de Oriente.

Al dividirse el imperio en dos, no hay duda que el imperio de Roma comienza una

crisis económica e intelectual muy grave. Esto se nota porque hay hambre, la gente

no quiere trabajar, las villas se amurallan, la criminalidad aumenta, la moneda

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devalúa, empiezan a surgir vagabundos, los magistrados son tontos, hay migración

intelectual, etcétera.

En el Imperio de Oriente es todo lo contrario: hay educación, la iglesia manda, un

gran movimiento intelectual, el derecho llega a su cúspide, etcétera.

Empiezan los desplazamientos de pueblos europeos hacia el Imperio. Éste resiste

gracias a sus buenos ejércitos, pero ya para el 935, no podía más. Comenzó a

negociar con los pueblos inmigrantes para que firmaran con Roma un documento en

el que se integraban al ejército romano a cambio de comida y abastecimientos.

En el año 409, Roma ya está en crisis plena y llama a las Legiones Británicas para

que fueran a ayudarla. Se deja libre el paso de Roncesvalles y entran tres pueblos

a la Península Ibérica: los suevos, los alanos y los vándalos. Estos son tres pueblos

germanos e iraníes que siempre andan juntos. Son pueblos de estirpe caucásica,

son arios. Ellos destruyen toda la Península Ibérica, excepto la provincia

Tarraconense (hoy en día, Valencia y Cataluña), la cual es bastante romanizada y

logra evitar que entren mediante sus fuertes ejércitos. Esta provincia queda en el

Este de España. Todo lo demás se perdió. Fueron casi 10 años de locura.

Hay un pueblo sueco localizado al norte de Europa, Escandinava y Suecia llamado

Los Godos que estaba pasando hambre y decide marcharse de allí para bajar hasta

Grecia, a la Península Balcánica, y allí se quedan 70 años. Luego pasan a Italia,

llegan a Roma y por primera vez en 1,000 años invaden Roma y derrotan a los

romanos, llevándose todo lo que había allí. Hacen que los romanos le den el peso

del rey en oro. Los Godos no encajan con la romanización. Salen de Roma y entran

a la Península Ibérica en el año 415. Se llevaron los manuscritos originales de los

libros sagrados de los judíos, los que los romanos se habían robado anteriormente.

Las autoridades Tarraconenses hacen un pacto de negociación con los godos: si el

ejército godo, junto con los romanos de la Tarraconense, luchaba para sacar a los

suevos, alanos y vándalos, los romanos le darían tierras, dinero, etcétera. En la

primera batalla derrotaron a los alanos y a los vándalos. Los suevos se metieron a

Galicia, derrotados, donde fueron dejados. (años 418 y 419).

El pueblo Godo cruza poco a poco hacia el Norte, entra a Galia (Francia), donde se

les dan tres provincias y parte de otra para que formen un reino. Los que vivían en

esas provincias tuvieron que aceptar a los godos. En esas provincias vivían un

millón de personas. Los godos eran entre 700,000 y 900,000 (las estadísticas no

son muy claras). Se usa el sistema de:

_ hospitalitas: un número de fincas se ponen en este sistema, si el dueño

tiene 300 cuerdas, se divide en tres partes. El dueño escoge la parte que

quiera, el godo escoge la que él quiere y la tercera parte se deja a

disposición de todo el mundo. Así los godos le ofrecían protección a la

población.

Comienza el reino Visigodo, cuya capital es Tolosa. Es de esa ciudad de donde

salen Las Cruzadas para conquistar los lugares santos. Es allí donde ocurre una

herejía gravísima o la religión Cátara, la cual es peligrosa para el cristianismo, pues

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se parece al cristianismo original. La gente va aceptando esa religión, lo que hace

que la Iglesia Católica pierda adeptos.

El rey de Francia quiere robarse a Tolosa y en contubernio con el Papa deciden

montar un ejército, el cual se presenta ante las ciudades cátaras y decide matarlos a

todos. Se robaron todo el sur. En España, la Tarraconense continuó tratando de

solucionar los problemas y las personas comenzaron a reconstruir la ciudad. En el

reino de Tolosa había dos clases de personas:

3716. los godos: herejes, arrianos, creen en los dioses del Norte. Los arrianos

creían que Jesús, al convertirse en hombre, perdió su cualidad divina.

3717. Los católicos romanos: decían que eso era una herejía.

Los godos se convierten en cristianos-arrianos. Cuando llegan a las cuatro provincias

galas, los que vivían allí eran católicos-cristianos-romanos. Ambos pueblos no se llevan.

El obispo de Roma siempre quiere tener liderato. Hay un rey que domina las cuatro

provincias. Eventualmente los godos desaparecen dentro de los galo-romanos (por los

matrimonios mixtos).

Allí había dos sistemas de derecho: el sistema godo y el sistema romano. Cada pueblo

tenía su sistema por la Teoría de la Personalidad del Derecho (cada pueblo con su

derecho, cada persona con el suyo). Ambos derechos no son iguales, porque los godos

creen en la tradición, derecho no escrito o consuetudinario, derecho no legislado que

surge de la costumbre. Mientras que el derecho de los galo-romanos es superior al de los

godos. Los romanos estaban muy avanzados. Los godos se van romanizando. El rey

gobierna dos pueblos con lenguas, leyes y culturas distintas.

El reino visigodo de Tolosa dura desde el 419 al 507. El rey más importante de este

reino fue Eurico el Grande. Este gobernó del 466 al 484. Lleva al reino a su máximo

esplendor, lo enancha o amplía, respeta a los súbditos romanos y no les obliga a nada que

ellos no quieran. Había una política de respeto entre los visigodos y los romanos. El

problema de ese rey es que se romaniza y decide crear un derecho godo para los godos,

que no sea la costumbre, e imita el derecho romano (impone el derecho romano a los

godos). Se aprueba el Código de Eurico.

Eurico manda una comisión a que prepare un código que recoja las costumbres godas con

el derecho romano. En el 469 surge el Código de Eurico o Código Euriciano. Este es

un código escrito. Eurico adoptó la forma de legislar de los romanos. Hizo un código

mixto, el cual se escribe en latín. El código fue muy bien aceptado. Ese Código

solamente rige para los godos. Los súbditos romanos mantienen su derecho anterior; por

lo que coexisten dos sistemas de derecho.

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Eurico el Grande tuvo un hijo. Los Godos no permiten que los reyes coronen a sus hijos,

sino que cuando un rey muere se reúnen en Asamblea y escogen al nuevo rey. Eurico

quería mucho a su hijo, Alarico II, el cual es elegido rey gracias a que su padre compró

la elección. Cuando entra a ser rey, su padre ya estaba muerto, él estaba casado con una

católica a la cual maltrata, y comete muchos errores. Alarico carecía del don de

gobierno. Lo primero que hace es que le da a los súbditos romanos un código que él

creó. Los romanos se enfurecieron porque ellos ya tenían su propio derecho. Alarico

crea la ley romana de los visigodos (516).

Por otro lado, Los Francos eran un pueblo germano que invade a Galia. De ellos viene

el nombre de Francia. Los francos eran paganos, pero se convirtieron al cristianismo.

Como los godos eran arrianos (cristianos herejes), no creían en que Jesús era divino, pues

perdió la divinidad al engendrarse.

Alarico II quería ser quien derrotara a los francos. Los francos le ganaron a los

visigodos. Los pocos que quedaron se fueron a siete ciudades amuralladas. Se tomó la

decisión de que los godos no se podían quedar en Galia, porque los francos iban a volver;

por lo que deciden regresar a Hispania y quedarse en Toledo. Allí crean un reino, el

Reino Visigodo de Toledo, en el 545 hasta el 711. Este reino está reconocido por Roma

porque cuando se terminó la administración romana en España Eurico había dicho a

todos los reyes de España que todas las provincias de la Península Ibérica le pertenecían.

Jurídicamente, todos los reinos reconocían ese reinado.

El pueblo estaba formado por entre 6 y 9 millones de hispanos, 900,000 a 1 millón de

visigodos. Termina la personalidad del derecho porque los visigodos se bautizan

católicos, ya no hay diferencias entre los hispanos y los godos. La población se mezcló.

En el año 654 dos reyes godos propusieron y aprobaron el llamado Liber Iudiciorum o

Libro de los Jueces. Este es una recopilación para todo el reino. Comenzó la teoría de

la territorialidad del derecho, acabando con la de la personalidad del derecho. El único

pueblo que no aceptó esta recopilación fueron los judíos.

El “orden de sala” (cómo están organizados los tribunales) fue creado por el Liber

Iudiciorum. Luego fue adoptado por todos los pueblos de Europa y otros países

civilizados. Este Liber Iudiciorum es una recopilación muy bien hecha, que recoge el

derecho romano, la legislación visigoda, tradiciones jurídicas orales y escritas, y la obra

de Justiniano (dueño de la mitad de España durante 90 años que logró capturar la mitad

de la Península Ibérica y su derecho fue muy influyente). En el año 681 se reformó el

Liber Iudiciorum para añadirle nuevas instituciones y modernizarlo.

En el año 711, el rey que habían elegido en el reino visigodo de Toledo, Roderico (no

quería ser rey, era un conde), está combatiendo a los vascos. Los vascos habían afirmado

su independencia y no querían reconocer el régimen visigodo. Llega un mensajero a 11

Page 12: Repaso Historia Del Derecho PR

decirle al rey Roderico que habían entrado al reino unas gentes de África que estaban

atacando las ciudades del reino visigodo. Roderico deja la lucha contra los vascos para

combatir a los africanos. Se encuentran en una marisma (parte semi-húmeda, donde el

mar entra con el río) los dos ejércitos. Se inicia el combate entre godos y musulmanes.

Luchan durante siete u ocho días. El conde que dirigía las tropas de los godos era un

traidor, que abandona a Roderico frente a los musulmanes. Muere el rey Roderico. Los

musulmanes se dedican a coger las ciudades y atracarlas, pues éstas ya no tenían ejército.

Los visigodos, el ejército derrotado, se van al Norte, a las montañas de Asturias. Allí son

bien recibidos y forman un reino.

El Derecho Musulmán

Los romanos no le prestaron mucha atención a Arabia, porque es un sitio muy seco y

arenoso; el petróleo aún no se manifestaba. En Arabia, históricamente, se han ido

desarrollando a partir de tribus, como una economía del desierto.

En una de esas tribus, la Coreicita, nació Abucacín. Él era un joven de familia

distinguida, pero que nace en un clan pobre. No sabe leer ni escribir. Una viuda se

enamora de él. Como ésta era rica, se casó con ella y administraba su negocio de

caravanas. Abucacín viajó mucho. Como hacía mucho calor, se metió en una cueva.

Dice que estando allí el arcángel Gabriel (el de los mensajes) se le presentó y lo llamó

para decirle: “Mahoma, el altísimo te llama. Dios quiere que seas su profeta”. Luego le

contó todo a su familia, quienes le creyeron y pensaron que él era un profeta. Todos

escribieron lo que el arcángel le había dicho. Todos los días el arcángel le mandaba a

decir lo que tenía que hacer. Así surge el Islam.

Mahoma crea una nueva religión, la última religión revelada. Así se estructura El Corán

(resucitación), el cual se va a escribir diariamente mientras viva Mahoma o Abucacín.

Toda religión tiene una parte religiosa y una comercial.

El lugar santo es La Meca. Allí estaba la Caaba, donde estaban las estatuas de todos los

poetas. Al formarse una nueva religión, surgen las guerras entre religiones. Los

Mecanos atacan a Mahoma porque no querían una nueva religión. En el año 622,

Mahoma se entera de que lo van a matar y huye con su gente a una ciudad alejada

llamada Tabriz, a la que se le cambia el nombre a Ciudad del Profeta. Mahoma es

recibido con todos los honores. Después de varias batallas triunfa y manda un mensajero

a que le diga a los Mecanos que él no quería destruir la Meca, sino que la había

nombrado capital de su religión. Ambas religiones se unen.

_ Islam: sumisión a la voluntad de Alá (Dios).

_ Hégira- año de la huida, ahí es que empieza el calendario musulmán.

12

Page 13: Repaso Historia Del Derecho PR

_ Corán: palabra explícita del profeta, además de la suma del profeta (actuación sin

palabras). No son las palabras del profeta, sino que Dios le dice lo que tiene que

dictar. El profeta también actúa y esto se escribía en el Corán. Esto no está

recogido de forma sistemática, pues son muchas las personas que escriben y lo

hacían en distintos sitios.

En el año 632 Mahoma muere y se cierra el ciclo del Corán, pues nadie puede recitar lo

que Dios dice excepto Mahoma. Se determina que la comunidad de La Meca se ha de

reunir y van a invocar a Dios, una vez lo hagan y bajo la tutela de la inspiración divina

van a tomar una serie de decisiones. Deciden establecer un Califa, el que viene en

representación de la comunidad (comendador), y se le encomienda la protección y

seguridad de los creyentes. El Califa no es un profeta ni un representante de Dios, es un

líder político. El primer Califa es Abu Beqr, tío del profeta.

La religión del Islam es expansiva, Dios dice que hay una buena nueva, que es que la

persona puede convertirse en musulmán, pero si no quería hacerlo había que matarlo. Si

era cristiano o judío no lo mataban, porque la Biblia dice que hay tres pueblos: los judíos

(salen de Abraham), los Hagaritas (salen de la esclava de Abraham) y los cristianos

(salen de Jesús). Como los tres son pueblos germanos nacen del mismo Abraham, hay

que respetar sus religiones. La religión comienza a expandirse.

Abu Beqr gobierna por algunos años. El segundo Califa manda a recoger todos los

pedazos de manuscritos que hubiera dicho Mahoma para reunirlos en un libro. Así se

forma el Corán. Una tribu del norte se negó a entregar esos manuscritos y los mantuvo

escondidos.

En Damasco se establece la ciudad capital de los grandes califas canónicos (aceptados

por todo el mundo). Cuando llega el califato de Alí se divide el Islam:

4232. Sunitas: creen en la suma del profeta

4233. Chíitas: creen en la chía no en la suma

Alí es un califa muy querido, que muere as.esinado. Surge un derecho musulmán.

Los musulmanes se meten en España en el año 711, y permanecen allí 800 años. Fueron

sacados por los católicos en el 1492. Llevaron la cultura musulmana, no la cultura árabe.

En cuanto al Corán, ese libro tiene cuestiones o preocupaciones jurídicas, aunque no es

Derecho como tal. Un 10% del total del Corán es jurídico, usualmente asuntos penales y

de familia.

Ejemplo de cuestiones jurídicas incluidas en el Corán:

o Mahoma podría tener todas las mujeres que pudiera mantener13

Page 14: Repaso Historia Del Derecho PR

o Los hombres podían tener hasta cuatro mujeres

o El asesinato está sancionado

La tipificación de delitos no existe hasta el siglo XVIII y XIX.

Recap: la Península Ibérica cae en manos de los musulmanes por 800 años. Los godos e

hispano-romanos permanecieron viviendo allí. Los musulmanes no los mataron, pues su

religión no se lo permitían. Surgen ritos nuevos. Los visigodos que no se quisieron

quedar se marcharon al Norte y crearon el reino de Asturias, compuesto por cabañas

mayormente. Eligen un rey.

Empieza un proceso social, pues los cristianos que vivían entre los musulmanes

comenzaron a vestir como ellos, para evitar ser maltratados. También empezaron a

hablar árabe. Surgen los mosárabes (“el que es como los árabes”, que imita a los

árabes). También hubo otros que se convirtieron a la religión musulmana.

La condición política de la Península Ibérica cambia. Los musulmanes crean el Emirato

Dependiente de Damasco, luego de Bagdad. Había un emir o gobernador, que obedecía

al Califa. No es soberano, sino que es una provincia del califato.

En el 718, los visigodos que estaban en Asturias se convencen de que tienen que derrotar

a los musulmanes y volver a ocupar la Península. Un grupo de visigodos caminaron por

las planicies del norte ven a un grupo de musulmanes y los atacan. Los cristianos ganan.

Uno de ellos dice que los santos estaban con ellos. Se funda el Santuario de Covadonga.

También se establece la ermita de Santiago, creándose luego la ciudad de Santiago de

Compostela. Entienden que Dios los ayuda, por lo que comienzan la reconquista de

España.

Poco a poco comienzan a conquistar terrenos y en ellos forman aldeas y ciudades, a los

que llevan civiles para que establezcan campos de siembra. La gente le dice al rey que

no querían obedecer sus órdenes. Es por eso que la Iglesia y el rey le dieron privilegios e

inmunidades a los que se fueron a vivir a esas ciudades (exenciones contributivas,

derecho a escoger el juez, terrenos, casas, etcétera). Se dieron tantos privilegios que

fueron muchas las personas que se fueron de Asturias. Crearon pequeñas aldeas que

fueron creciendo. Este proceso dura 800 años, en los cuales había periodos de paz. Dos

tipos de procesos de repoblación:

_ Proceso de repoblación I, ocurre en áreas despobladas (718 a 1050). No se sabe

qué derecho se usaba allí. Se le daba a los que se iban a poblar el Sur unos

privilegios, llamados fueros, en las que se daban unas disposiciones distintas a las

que había en el Norte. Puede ser que una ciudad tenga fueros distintos a los de

las otras. Se fragmenta el derecho, se convierte en derecho por zonas.

14

Page 15: Repaso Historia Del Derecho PR

_ Proceso de repoblación II, ocurren en ciudades pobladas. Sitiar y conquistar

ciudades musulmanas (1050 a 1150).

Es la época del Cid Campeador, que conquistó Valencia. Implica que las ciudades

conquistadas estaban pobladas y tenían costumbres y clases sociales. Ocurre la

fragmentación foral, se usa de base el Iudem Iudiciorum. El reino de Asturias se

convierte en el Reino de León, el cual se convierte en la parte importante. El reino de

León tiene el condado de Castilla, el cual no es soberano. En Castilla la decisión judicial

era la base del Derecho. En Oriente surge el Derecho de Glosadores y la Creación de la

Universidad. (1200)

El Oriente: Derecho de Glosadores y creación de la Universidad

Glosa: comentario que se hace al margen del papel. Comentario marginal que se hace a

un texto ya impreso. Ya para el año 1100 en Bolognia, Italia, nace la universidad

occidental como la conocemos hoy día. Había llegado un pueblo bárbaro germánico

llamado los Longobardos. Cada país tiene sus características, los longobardos es un

pueblo muy razonador con un gran sentido de lo que son las instituciones y las cosas

jurídicas. Sin ser abogados, por desarrollos históricos, ese pueblo tiene una gran visión.

En 1100 en un monasterio, unos monjes quieren escribirle poesías a la virgen y no tenían

dónde escribir (el papel lo inventaron los chinos). Buscaron un pergamino y allí

escribieron. Después del tiempo, volvió a salir lo que estaba debajo del poema, que era

derecho.

Buscaron a Guarnerio (Rnerius) que estudió en Roma y conocía derecho bárbaro. El

conocía latín y algo de griego y dijo que era derecho y lo estudió. Se dio cuenta que no

era derecho bárbaro sino que eran los libros aprobados hace 500 años por el emperador

Justiniano. Por tanto es derecho romano imperial pero que no estaba vigente en ningún

sitio porque el imperio usa otro derecho.

Ese derecho estaba en el monasterio y era muy importante. 4 amigos abogados le

ayudaron y estudiaron el derecho. Por el calor se fueron a Bolonia (salida a Rabena) a

estudiar. Comenzaron a llegar personas que querían estudiar con él ese derecho.

Decidieron fundar una corporación para enseñar a la gente y estudiar ese derecho porque

se regó la voz.

Como la palabra corporación en derecho romano es universitas (Universitas

Boloniencis). Así surge la universitas, tiene que ver porque corporación es universita.

En el 1100 surge Universita que enseñaba derecho (medicina se enseñaba en los

hospitales, teología en los monasterios, pero derecho en la Universita).

15

Page 16: Repaso Historia Del Derecho PR

¿Cómo estudiaba y explicaba Irnerio y sus 4 amigos? Con la glosa marginal añadiendo

comentario a lo que el decía. Tuvo que alquilar un local por la cantidad de gente que se

metió. Esa es la Universidad de Bolonia donde se enseña por Irnerio y los 4 doctores y

los textos que descubrieron eran el derecho de Justiniano, que son 4 textos de los cuales

se averiguó la parte central del digesto (se vieron los monjes), después se descubrieron

los demás digestos, y finalmente la ultima parte de la obra de Justiniano con las leyes

nuevas. No se descubre todo de un cantazo.

La ciudad se va llenado de distintas instituciones o residencias. Todos usaban el mismo

idioma, latín jurídico y latín vulgar. También usaban un mismo texto. Uno de los

profesores, Baccario, fue expulsado de la universidad. Fue llamado a Inglaterra por el

rey, quien quería establecer una universidad. Se establece la Universidad de Oxford.

Así en Europa empiezan a surgir universidades para estudiar derecho, todas con el mismo

idioma y el mismo texto.

La Universidad no era gratis, los estudiantes tenían que pagar para el sueldo de los

profesores. Los estudiantes también pagaban por sus textos, los cuales tenían que cuidar.

Recuérdese que antes de todo esto ya para el año 330 se construye Constantinopla. El

Imperio de Oriente es distinto al de Occidente, porque Roma sufre de continua crisis. La

gente no quiere trabajar ni estudiar, por lo que la economía y el liderato intelectual

permanecen en Oriente.

El Imperio duró hasta 1443. Roma había sido destruida, pero el imperio vive en

Occidente. La vida política los llevó a tener una administración aparte de los cónsules,

aunque no eliminaron ese puesto. Se elimina el latín como idioma oficial y se adopta el

griego. Los emperadores de occidente utilizan el título de Basileus o praeses.

Nos acercamos al reinado de Justino, el cual fue un emperador que llega anciano al

imperio. Justino es un pastor analfabeto, que nació en una provincia romana. Se cansó

de ser pastor y decidió probar fortuna yendo a Constantinopla (Bizancio). Tuvo la

buena fortuna de que lo aceptan en la guardia imperial (los guardias que vigilaban fuera

del palacio). El emperador que estaba muere y tenían que elegir uno nuevo. La tradición

para nombrar a un emperador es la siguiente: hay que contar con la aprobación de:

o sectores políticos, los rojos (usan una cinta roja) y los azules (usan una cinta

azul celeste)

o la iglesia

o la guardia imperial

o los cónsules

16

Page 17: Repaso Historia Del Derecho PR

Esos cuatro sectores se unen para decidir quién es emperador. Los cuatro sectores se

reúnen y a Justino le corresponde ir en representación de la guardia imperial. Justino

tiene un sobrino, Sabatius, al cual no quisieron como emperador por ser muy joven y no

contar con las condiciones. Se retira la nominación y nombran a Justino como

emperador para ganar tiempo, pues sabían que no duraría mucho tiempo.

Sabatius se cambia el nombre a Justiniano. Justino nombra a su sobrino a varios puestos

políticos, por lo que Justiniano desde joven comienza su carrera política en los cargos

más importantes. Al final lo nombra César y luego Co-emperador. Cuando muere

Justino, nombran emperador a Justiniano. Esto sentó las bases para que el imperio durara

más tiempo. Justiniano tuvo oportunidad de ir planificando su gobierno desde antes de

llegar al cargo de emperador.

Justiniano sienta las bases para la economía, las leyes, el comercio, la marina mercante,

etcétera. Todas las cosas que hace están pensadas para engrandecer el imperio. La

Reforma religiosa dota a Constantinopla de la más grande catedral realizada durante ese

tiempo en Europa.

En el Derecho, Justiniano acaba con el problema fundamental que hay de la cantidad tan

exagerada de leyes confusas, decisiones encontradas y toda clase de problemas jurídicos

que no tienen solución. Hace la gran obra. Reúne todo lo legislado por un cuerpo de

derecho, un emperador o un príncipe (un Código), lo cual se había hecho anteriormente.

Manda a una comisión a hacer el Código Justiniano. Para eso emite una Constitución o

Decreto, el 13 de febrero de 528.

En la Constitución o Decreto dice que es necesaria la reunión del derecho legislado por

los problemas que causa la proliferación del Derecho, por lo que ordena una Comisión de

10 personas para que hicieran el Código que llevaría su nombre. Les da 10 años para

hacerlo. Uno de los abogados que estaba en la Comisión fue el abogado que gestionó el

matrimonio de Justiniano, Triboniano. En cuanto a su matrimonio, Justiniano, antes de

ser emperador, entra al circo y ve una mujer desnuda mayor que él dando brincos con un

oso. Se enamoró de ella, pero no se podía casar con ella porque era artista y era

considerada prostituta. Se busca un abogado que dice que esa ley ha sido afectada por la

iglesia que perdona y le solicita a su tío que cambie la ley, que se renueve esa persona.

Posteriormente se casa con ella y eso fue lo que hicieron. La mujer era muy inteligente,

Justiniano es muy inseguro.

Triboniano llevará el liderato de la redacción del Código. Al cabo de un año se termina

la labor del Código y se lo entregan a Justiniano. Mediante otra Constitución Imperial

(Dios es autor), Justiniano ordena al abogado, al cual nombra Presidente del Tribunal

Supremo, que presida y escoja los miembros que trabajarían con él para preparar el 17

Page 18: Repaso Historia Del Derecho PR

Digesto de Justiniano, el cual nadie había podido hacer. Existían digestos privados, pero

ninguno oficial. Esto ocurre el 15 de diciembre de 530. Se escoge la siguiente comisión:

funcionarios públicos, profesores de escuelas de derecho y abogados en la práctica.

Tienen 10 años para trabajar, pero realizaron la labor en tres. La labor era buscar todos

los tratadistas del Derecho, desde el más antiguo al más moderno, estudiarlos,

fragmentarlos y preparar un Digesto (materia jurídica ordenada). O sea, recopilar la obra

de todos los juristas posibles. Hay juristas que se descartan y otros cuya obra no aparece.

Se escogieron 38 y 39 (no se sabe qué número, pues hay dos juristas que aparecen bajo el

mismo nombre y se desconoce si es un mismo tratadista que por error aparece dos veces).

El Digesto Justiniano es el ordenamiento y dispersión de los tratadistas siguiendo un

orden y creando un libro nuevo. Este Digesto es monumental pues es Derecho Vivo,

tiene vigencia. Lo que le interesa a Justiniano no es hacer un ejercicio académico, sino

hacer una obra para beneficio de la comunidad, dotar a la sociedad de un instrumento que

resuelva los problemas. Este Digesto se escribió a mano, aunque la imprenta ya se había

inventado. Cuando la imprenta se populariza, un jurista que era impresor imprimió los

cuatro libros de Justiniano.

En el siglo XIX, un estudioso alemán quiso saber cómo se escribió el Digesto. Para

hacerlo, Blum, compró un Digesto impreso y, como éste no plagia y siempre dice de

donde se saca cada fragmento, sacó los temas y qué tratadista escribió sobre ellos. Se dio

cuenta de que se trabajó en comités. En una estancia pusieron buzones y en el medio una

mesa larga donde se sentaron todos. En esos buzones fueron colocando la información

dividida. Después que dividieron todo por materias, se dividieron en tres comités:

o La primera parte del Digesto trata sobre el derecho civil, por lo que debió

haber habido un Comité del Ius Civile, el que trabaja con los juristas de este

tema. Los líderes ahí fueron Sabino, Ulpiano y Paulo.

o Un segundo comité llamado Comité del Derecho Honorario o Edictal, que

trata de la equidad, pues ya no aparecían en la lista juristas que trabajaban con

el Derecho Civil. Juristas: Ulpiano, Paulo y Gallo.

o El tercer comité fue el Comité de Papiniano, pues todos comentan a éste, el

más grande de los juristas.

Esa es la Teoría de las masas o de los comités de Blum, a la cual todo el mundo se

refiere hasta 1980. En 1980, un profesor de Oxford, Anthony Honore, decidió usar un

programa de computadora para ver si se sostiene la teoría de Blum. Coge todo el

contenido del digesto, hace una programación y con fórmulas matemáticas lo calcula. La

computadora confirma que fue tal como Blum lo planteaba. Deja de ser una teoría, sino

que se acepta como la técnica exacta utilizada para redactar el Digesto. Blum tiene una

segunda teoría: además de los comités, se tubo que haber utilizado otra técnica para la

rapidez. Sostiene la Teoría del pre-digesto, en el cual los profesores que estaban en la 18

Page 19: Repaso Historia Del Derecho PR

Comisión (como ya habían estudiado las materias) ya tenían sus libros de anotaciones.

Esta teoría también se acepta. En medio de la preparación del Digesto ocurrió la

Revolución Niké.

Recap: Dentro del digesto se citan numerosos juristas, se recogieron los que aparecieron.

Se determinó que de todos los juristas que había, 38 son los necesarios y hábiles para

conformar el Digesto. La obra de éstos se dispersó en el digesto temáticamente. El

Digesto comienza con la definición de Derecho. No usaron la palabra “derecho”, porque

los romanos no conocen esa palabra (surge en la Edad Media). Al Derecho se le conocía

como Ius. Ius: es el arte de lo bueno y lo equitativo (definición de Celso). El digesto

toca otros temas: posesión, propiedad, adopción, familia, etcétera. Terminaron esa obra

en tres años. Blum plantea en su teoría que se dividieron en tres comités, el de Derecho

Civil, el de la Equidad y el de Papiniano. Hay un cuarto comité que se encarga de hacer

el apéndice con la obra de los tratadistas cuyos escritos llegaron tarde. También está la

teoría del Pre-Digesto, que dice que ellos usaron la obra de los cuatro profesores que

estaban en la Comisión de Redacción del Digesto. El Comité del Digesto incluye cuatro

profesores, dos funcionarios públicos y abogados en la práctica.

En medio de la redacción del Digesto se dieron cuenta que éste no estaba coordinado con

el Codex de Justiniano. Ahí mismo crearon un sub-comité y crearon una segunda edición

del Códex coordinado con el Digesto, llamado Código Justiniano de la Segunda

Edición.

Haciendo el Digesto, a principios del 523, Justiniano pidió que se hiciera una

subcomisión para preparar la Instituta o libro de las Instituciones del Derecho (llamado

Instituciones de Justiniano). Fue preparado por los cuatro profesores que estaban en la

comisión. Obras de Justiniano:

o Códex

o Institutas

o Novelas

o Digesto o Pandectas: materia jurídica ordenada, colección universal del

Derecho. Justiniano lo impuso como derecho universal en el imperio, por lo

que rige hasta 565 cuando Justiniano muere.

El Derecho de Justiniano fue archivado en 565, pero tiene tal calidad y entidad y solidez

que sirve de base a los derechos bárbaros. Entre 533 y 565, se emiten una cantidad de

leyes que cambian el Códex y la Instituta y un poco del Digesto. Justiniano quería emitir

una nueva edición, pero nunca se hizo. Las leyes nuevas se reunieron en las Novelas, de

las cuales hay dos ediciones o versiones:

o Novelas completas: se llaman la Colección Auténtica

o Novelas resumidas: se llaman el Hepito19

Page 20: Repaso Historia Del Derecho PR

Este derecho rigió en Italia, el Norte de España, en África, Francia y Germania. La obra

de Justiniano también está vigente en Oriente. El nuevo emperador quiso aprobar sus

propias leyes, por lo que archivó las de Justiniano. El Digesto es la obra principal,

porque es el pensamiento jurídico, lo que opinan los juristas del Derecho. Tiene 50

libros distribuidos en siete partes. La obra de los tratadistas fue alterada y manipulada a

beneficio de Justiniano, para que todo cuadrara con las leyes que él había creado. El

derecho pre-Justiniano se perdió para siempre.

La Escuela de los Glosadores dura entre 150 y 200 años. Empezó en 1100 y se agota en

los 1200, cuando surge un movimiento distinto a los Glosadores. Los glosadores utilizan

a Justiniano. Las Glosas luego se recogen en libros.

En Francia surge una nueva Escuela, la Escuela de los Comentaristas. Un jurista se fue a

Italia y se cambió el nombre a Piero de la Pértica y crea esta nueva escuela. Se

caracteriza porque tienen dos planes o proyectos:

o Formar un derecho para toda Europa

Cogen la obra de los glosadores y la de Justiniano. Luego cogen el derecho imperial, el

derecho municipal y el derecho feudal. Otra institución importante que incluyen es la

Iglesia Católica, Apostólica y Romana.

Sacro Imperio Romano: formado por Carlo Magno en lo que hoy día es Francia y

Alemania, el cual dura 1000 años, y luego es destruido por Napoleón Bonaparte. Ese

imperio tiene una Asamblea Legislativa o Parlamento, conocido como la Dieta Imperial;

la cual creaba leyes que rigen en el imperio. El emperador también emite disposiciones

de derecho o constituciones. El emperador es quien determina que Hilnerio, en

reconocimiento de su sabiduría, es declarado docto. Se crea el título de Doctor por

primera vez, siendo un abogado el primer recipiente del título de “doctor”.

En la Edad Media, los municipios eran muy importantes, había una gran vida municipal.

Era mucho el desarrollo jurídico, comercial y cultural. El derecho municipal se recopila

en los libros. Europa está montada en una relación feudal entre vasallos y señores. Por

eso el derecho feudal era tan importante. El derecho feudal es importante porque

reglamenta un montón de relaciones.

El obispo de Roma dijo que él tenía toda la supremacía, alegando que Constantino el

Grande le había obsequiado la Santa Sede, lo que era falso. La Santa Sede emite

Derecho. El Derecho Eclesiástico se recoge en un Cuerpo Canónico muy importante.

Los Comentaristas empiezan a montar un derecho nuevo, al cual llaman Común, porque

quieren que sea común para toda Europa.

20

Page 21: Repaso Historia Del Derecho PR

Todas las universidades de Europa estudiaron el derecho de glosadores, el cual ya no está

vigente. El derecho vigente es el bárbaro, el cual no se enseña.

21

Page 22: Repaso Historia Del Derecho PR

22

Page 23: Repaso Historia Del Derecho PR

Península Ibérica: 1200

Los comentaristas intentaron imponer su derecho, pero no lo lograron. En cada país

ocurrió algo distinto. Castilla, España, tenían como gobernante a Fernando III el Santo,

el cual era un rey muy inteligente y expansivo. Conquista a Sevilla, que era musulmana.

Se da cuenta de que los reyes patrocinan y emplean a los abogados que se gradúan de la

universidad y no a los del derecho bárbaro, porque el derecho de Justiniano tiene un

origen autocrático, que manda y obedecen. Los reyes europeos, como el de Castilla y el

de León, son reyes conquistados; para poder reconquistar y repoblar las ciudades ceden

poderes, por lo que las gentes no tienen que obedecer al rey. El rey pierde poderes, pero

ahora en Europa hay un movimiento de devolverle a la Corona los poderes que había

cedido.

Fernando III reúne a egresados de la Universitas y de los Comentaristas porque éstos

estudiaban el derecho de mandar, el derecho autocrático. Él quiere eliminar las

libertades dadas en la repoblación, pero no se atreve para que no se forme una

insurrección. Se asesora con los abogados para eliminar los fueros. Estos le dicen que

una vez la ciudad esté conquistada él les dará el fuero juzgo (el viejo Iudis Judiciorum).

De esta manera, a la larga todas las ciudades lo tendrán y se unificará el fuero juzgo

(derecho real godo, autoritario). También hizo lo mismo con las ciudades a las que había

conquistado anteriormente. No le dio tiempo a unificar todo el derecho, pues murió.

Le sucede en el trono uno de los reyes más importantes de todos los de la historia,

Alfonso X el Sabio, hijo mayor de Fernando III el Santo. Gobierna Castilla y León

unidas. Era un hombre extraordinario en varias áreas, pero era un mal gobernante.

Recordemos que Fernando III se casó dos veces. La mamá de Alfonso X era Catalina de

Suabia, primera esposa de Fernando III el Santo. Catalina siempre le decía a Alfonsito

que tenía que ser emperador, porque todos sus ascendientes habían sido emperadores del

Sacro Imperio. Alfonsito se cría con esa idea y la política interna y externa iba dirigida a

ser nombrado emperador... no se conforma con ser rey.

Había un problema: había ciudades que podían ser compradas con soborno. Pero el Papa

nunca vio con buenos ojos a Alfonso X, pues no discriminaba contra los musulmanes y

los judíos (para ser emperador había que contar con el aval de la Santa Sede), protegía la

universidad, etcétera. Al final terminaron eligiéndolo emperador, pero no llegó a tomar

posesión porque la iglesia se opuso.

Cuando Alfonso X adquiere la Corona jura los fueros (convirtiéndose en rey y no en

emperador), pero en verdad desea quitarlos de manera más rápida y violenta que la

propuesta por su padre. En 1252 manda a una Comisión a preparar el Fuero Real. En

1254 lo publica y el pueblo protesta, porque él estaba aprobando una ley que ellos no

Page 24: Repaso Historia Del Derecho PR

habían jurado. Nadie hizo nada, porque el Fuero Real contiene: el Fuero de Soria y el

Fuero Juzgo. El pueblo aceptó el Fuero Real finalmente.

El rey tiene planes nuevos, va a ordenar la preparación de una nueva legislación o

recopilación basada en Derecho de glosadores y algo de comentaristas. Ordena preparar

lo que va a conocerse luego como Las Siete Partidas.

Recap: Alfonso X el Sabio fue electo emperador, pero no pudo ocupar la posición porque

la Iglesia se oponía. Ordenó hacer las Siete Partidas, que es la recopilación más completa

de la Edad Media. Se tardaron siete años en hacerlo. Quiere introducir en Castilla el

Derecho de Glosadores, no quiere el Derecho Foral.

Las Siete Partidas se llaman originalmente Libro de las Leyes. Reciben el nombre de

Siete Partidas porque el pueblo estaba formado por siete lugares. Tardan siete años en

hacerse. Es derecho de glosadores y un poco de comentaristas. Es Derecho Extranjero.

Estructura de las Siete Partidas

Al empezar las siete partidas, se incluye un conjunto de todos los significados del número

siete. El Digesto tenía siete partes. Fueron hechas por una comisión, compuesta por,

entre otras personas:

o El maestro Jacobo (Xacopo da Xunta): italiano que se hace castellano. Es el

tutor y maestro del príncipe Alfonso (luego rey). Jurista de primer orden,

entrenado por glosadores. Escribió Flores de las Leyes.

Maestro Roldan – Autor de un libro muy importante en Castilla. El Rey

ordeno preparar un texto llamado el ordenamiento de las tafurerias (juego)

o El Sacerdote Monseñor Fernando MartínezFernandez Marina: la Corona lo

recomienda al Papa como Obispo de Oviedo. Acepta el título pero no se

incardina (no toma posesión del cargo). También era notario mayor del reino,

es el que certifica todo asunto de la Corona. (Este título existe hoy en día, el

cargo lo ocupa el Ministro de Justicia).

o El jurista Fernando Díaz de Montalvo: alcalde mayor. Había hecho

recopilaciones. Escribió el Ordenamiento de los Tahúres o sitios de juego.

Se sabe que las Siete Partidas se prepararon en Sevilla, por dos razones principales:

o Los ejemplos que se dan en la obra son en Sevilla

o No contienen casi nada de Derecho Foral, casi todo es Derecho Extranjero.

Contenido de las siete partidas es el derecho de justiniano

El hijo de Alfonso X murió. Alfonso quiere que su nieto, el Infante De la Cerda, fuera

el rey. Pero tenía un segundo hijo, el príncipe Sancho, el cual le dijo que en Castilla se

Page 25: Repaso Historia Del Derecho PR

suponía que el rey fuera el hermano. Hubo una guerra civil, la cual ganó el hermano.

Peleaban por cuál era el derecho vigente. Sancho fue rey, llamó a sus sobrinos y les

ofrece bienes para agradarlos. La representación establecida en Castilla fue por el

Derecho de Glosadores. Cuando en 1263 se sacaron Las Partidas, el pueblo las recibió

con disgusto y empezaron a moverse para buscar un nuevo rey. Alfonso X, al ver lo que

se avecinaba, vuelve a jurar los Fueros y deja Las Partidas solamente para usarse en las

universidades y en los tribunales de la Corona. Las Partidas se quedaron como texto

universitario. En los tribunales de la Corona, de la Casa del Rey, usaban las Partidas,

pero no en los casos que llegaban allí por apelación; solamente en los casos de corte

(casos que por su naturaleza escandalosa, no se ven en los tribunales comunes, sino en el

tribunal del rey). Este tribunal estaba en una estancia del palacio del rey.

Las Siete Partidas es una de las obras más importantes de la Edad Media. Tiene un

problema, es demasiado detallado, da demasiados ejemplos. Es una obra monumental.

Rige solamente en los casos de Casa y Corte y en la Universidad. Alfonso X hizo otras

leyes, pero esas no rigieron.

Año 1380

Entre Alfonso X y Alfonso XI, hay dos reyes. En 1380, en Castilla el rey Alfonso XI

quiere que las cortes se reúnan y le aprueben una serie de impuestos y privilegios a la

Corona. Los reyes castellanos tienen solamente cuatro poderes:

1. La justicia

2. La comida, la casa del rey y de la Corona

3. El ejército

Todo lo demás tienen que pedirlo. Alfonso XI reúne las cortes, compuestas de tres

partes, en la Iglesia de Alcalá de Henares (ciudad Romana). Partes:

1. Grandes eclesiásticos (obispos, sacerdotes, monjes)

2. La nobleza castellana (no hay príncipes, existen duques, condes,

vizcondes, marqués, barón y señor; son títulos por méritos y están

estrictamente controlados)

3. Los procuradores de ciudades con derecho (personas que

representan a las ciudades)

Una vez allí, pidieron que se aprobara una Ley de Cortes que estableciera orden en el

Derecho de Castilla. Las Cortes aprobaron el Ordenamiento de Alcalá de Henares.

Este es una recopilación muy breve que contiene el orden en que se va a ver el derecho

en Castilla. Esto se llama Orden de Prelación:

Page 26: Repaso Historia Del Derecho PR

8356. Se va a los fueros y al Fuero Juzgo. Ya para el 1380 los

fueros tenían cientos de años, por lo que no tenían la información más

reciente.

8357. Se pasa al Fuero Real: preparado en 1255 por Alfonso X.

8358. Se acude a Las Siete Partidas: entraron en vigor como

derecho supletorio. Eran el derecho más completo.

SEGUNDA UNIDAD: EL DERECHO INDIANO: ¿CÓMO EUROPA VA A EXPANDIRSE HACIA NUEVOS CONTINENTES?

Caracteristicas del derecho indiano

1. Casuismo acentuado – no jurisprudencia u opiniones sino asuntos. No hace

asuntos generales para todo el mundo. Trata los asuntos por separado, caso a caso.

Hay mas de 1 millon de cedulas distintas.

2. profusion legislativa – muchisimas leyes. Se depende de legislación para

resolver los problemas.

3. alto sentido etico – preocupación etica que la permea

Unidad fundamental de administración de las indias son los tribunales

Enrique IV, El Impotente, es un rey desaliñado e inseguro, viste como musulmán. Es

medio hermano de Isabel y medio hermano de Alfonsito, de la familia que reina en

Castilla y Aragón. Cuando muere hay un problema: tiene una hija a la cual a

desheredado y devuelto la herencia varias veces; y tiene una hermana Isabel. Ella se

enamora del príncipe Felipe, el cual no tenía dinero. Ambos se casan a escondidas.

Cuando Enrique muere, Isabel está casada con su primo Fernando de Aragón, el cual es

luego el heredero de la Corona. Viene una Guerra Civil y Fernando, junto a su capitán,

derrotan a Juana (hija de Enrique). Castilla se decide por Isabel como reina, en 1480.

Cuando la reina ve lo que tiene (un reino sin dinero, nobles que mandan en sus palacios,

crisis moral y económica), decide imponer una política para restablecer el orden, la

economía, la seguridad y el prestigio de la Corona. Mandaron a los nobles a destruir

todas las murallas que tuvieran sus palacios y que la obedecieran. Se estableció la Santa

Hermandad, para vigilar los caminos y se empezaron a aplicar las estrictas normas de

este Tribunal. Se empezó a valorar la moneda. La Corona construye una flota. Tenían

una política dirigida a preservar el comercio y a mejorar el estudio y las universidades.

Fernando asume la Corona de Aragón. Los actos se hacían a nombre de los dos, las

monedas tenían el nombre de los dos. Se les dio el símbolo del yugo y la flecha, que

aparece en el escudo de Puerto Rico. La Corona de Castilla se hereda por Isabel.

Castilla vuelve a ser un reino vital y dinámico.

Page 27: Repaso Historia Del Derecho PR

En 1482 aproximadamente, un hombre humilde llamado Cristóbal Colón, que nunca

tuvo estudios formales, iba en un barco que fue atacado por Portugal. Los portugueses

alegaban que África era propiedad de Portugal. Colón fue llevado preso a Portugal,

donde estuvo preso por un año. Es un hombre de mucha inteligencia natural, pero es un

ladrón. Se avergonzaba de sus padres por ser pobres. Era voraz por el dinero. Cristóbal

Colón tuvo un hijo llamado Diego. Fue a las Canarias, porque se rumoraba que había un

hombre enfermo que decía que había visto La Atlántida y había logrado regresar. Colón

interrogó al moribundo, quien le dijo que fue llevado a la Atlántida por unos vientos. Le

dijo que allí habían personas. La realidad era que los vientos se habían llevado a ese

hombre a las Antillas, luego de perdida toda su tripulación, y logró regresar a Europa.

Colón quiere ir a Asia a comprar productos finos para venderlos en Europa. Al estar la

entrada por Oriente para Asia cerrada por los musulmanes, Colón desarrolló una teoría,

la cual está equivocada. La teoría de Colón era que si la Tierra era redonda, el podía

llegar a Asia por Occidente. Colón, al calcular la esfericidad de la Tierra se equivocó y

la hizo más pequeña. Además, desconoce que hay una masa continental de por medio,

que toca el Polo Norte y el Polo Sur, que le impedía pasar hasta el otro lado. Su proyecto

es venderle al Rey de Portugal la idea de llegar a Asia para el comercio.

En 1485 Colón entró en el reino de Castilla a ofrecerle a los reyes el proyecto de viajar a

Asia. A través de unos monjes, llegó a Valladolid, donde estaba la reina. Una comisión

de Castilla lo recibe, estudia su proyecto y le dicen que éste es impracticable. Así estuvo

hasta que en 1492 decide irse a Inglaterra a través de Portugal. Cuando se va caminando,

el Secretario Personal y Confidencial del Rey Fernando le vuelve a traer el asunto del

proyecto de Colón al rey y él le dice que eso no tiene importancia y que son datos no

probados. El Secretario le dijo que usaran dinero del tesoro de la Santa Hermandad, a

ver que sale del proyecto. Mandan a buscar a Colón. Otra comisión lo recibe en Santa

Fe de la Vega de Granada. Allí se hace un contrato que se llama Las Capitulaciones de

Santa Fe. Colón pidió unas cosas, le hacen una contraoferta, siempre recordando que

Colón no tiene estudios y estaba obsesionado con ser Almirante del Mar-Océano. La

Corona le otorgó los privilegios que él pidió, incluyendo el título de Almirante de por

vida (todavía este título persiste). Fue nombrado Virrey por vida, así como Gobernador.

Se le permite dirigir la expedición como Almirante. Las Capitulaciones de Santa Fe son

el primer documento jurídico sobre América.

El problema es que no hay puerto que sea propiedad de la Corona de España, pues eran

propiedad de los señores nobles. Hay un puerto, Puerto de Palos, del cual las dos

familias que son dueños no se llevan. La Corona compró la mitad del puerto y manda a

Colón allí para que preparara las flotas que saldrían hacia Oriente. La Corona también

intervino para que la familia Yañez Pinzón participare en la expedición, pues las

Page 28: Repaso Historia Del Derecho PR

personas no querían embarcarse con un desconocido. Esa familia era una de mucho

prestigio.

Enviaron en la flota a presos marinos. Llevaron un notario, un traductor, un médico y 90

personas. Iban en La Santa María, La Pinta y La Niña. Luego salen de las Islas

Canarias hacia Oriente. Se colocan donde el marino muerto dijo. Colón llevará dos

diarios, uno público y uno privado.

Recap de la época: Maquiavelo usa al rey Fernando como uno de sus modelos para

escribir “El Príncipe”. Europa produce dinero mediante el mercado de productos de lujo

y mejor elaborados que los europeos, traídos de Asia. Recordando que esa ruta está

cerrada por los musulmanes, por lo que tienen que buscar una ruta alterna. Portugal

llevaba muchos años dándole la vuelta a África, donde van asentándose y extrayendo

materia prima. El Santo Padre y Sumo Pontífice les entregó África a los portugueses.

Allí montaron un Centro de Investigación.

NOTA: los vikingos habían descubierto a América desde tiempo antes, pero no se

produjeron hechos comerciales o sociales destacables. También los chinos habían

llegado a América.

Colón hizo su primer viaje por benevolencia de la Corona, como una cuestión de

inversión política. No llegó a India, pues en el camino hacia allá había un continente

habitado. En 1492, descubrieron unas islas, no un continente. Colón cree que había

llegado a Oriente. Confrontó varios problemas:

o Ninguno de los traductores hablaba el idioma de los nativos

o Aparte de oro pluvial y algunos nativos, no pudo llevar productos comerciales

En su viaje de regreso, Colón encalla a la Santa María por testarudo y mal marino. Con

la madera, crea un fortín, La Natividad, para que se quedaran las personas que no cabían

en las otras dos naves. Una de las naves, la Niña, la conducen los Yañez. Siendo la

ordenanza marítima: “de donde sale el barco es a donde tiene que regresar”, Colón

regresará con 2 naces y con 60 personas menos, las que se quedaron en el fortín. Una

tormenta separará las naves que regresaban. La Pinta, nave en donde viajaba Colón llega

a Lisboa y los hermanos Pinzón entrarán por Galicia.

Colón, dada su naturaleza pedante, cree firmemente que él ha descubierto a Las Indias.

Es por eso que cuando llega a Lisboa narra con lujo de detalle su viaje. El líder de

Lisboa/Portugal (nación que estaba separada de Castilla) se enteró del asunto y destruyó

la nave. Cuando llegaron los líderes Portugueses vieron a su tripulación y sus

propiedades. Los líderes, al ver su carga, señalan que su carga provenía de África, y

siendo África propiedad de Portugal la carga que Colón traía era de ellos.

Page 29: Repaso Historia Del Derecho PR

Colón se traslada a Palos, en donde envía un mensaje a las autoridades de Castilla. Se le

indica que se permanezca en Lisboa hasta que sea llamado. Al no obedecer Colón se

traslada a Barcelona, en donde se encontraban los reyes. Allí hay un diario “El

Reportero” en donde se lleva nota de todo lo que ocurre. Pero no fue así en esta ocasión,

pues esta visita fue una intranscendental.

Cuando es interrogado por las autoridades Colón no puede contestar bien las preguntas.

¿Qué idioma habla? No se. ¿Hablan chino, mandarín, japonés? No. ¿Tienen facciones

orientales? No. Colón, al no poder contestar las preguntas de los líderes de Castilla se

encuentra en problemas. Posteriormente se le solicita que muestre los objetos que ha

traído. Colón muestra un pedazo de madera tallado por los indios. Claro, lo que las

autoridades esperaban que trajera eran objetos preciosos de la India, los lujos, las

novedades. Colón habla de cielos hermosos, de aguas puras. Obviamente a Colón se le

tizna como el primer fabuloso, pues en España habían cielos hermosos, pedazos de

madera tallados con caritas, aguas puras, etc. España no estaba buscando estas cositas

insignificantes, sino objetos de lujo, pues estaba ante una sociedad mercantil.

Colón, siendo astuto, plantea que ha descubierto unas nuevas regiones. Es por eso que él

ofrece como objeto las mismas islas. El problema está en cómo adquirir esas islas que

están en medio de la ruta hacia las indias. Ese problema es planteado ante sus abogados.

Claro, esto es interesante porque si son islas que están en el intermedio de la ruta hacia

las indias, entonces es BIEN favorable para nosotros adquirirlas y establecer allí un

pueblo. Desarrollarían comercio fácilmente.

Es por eso que Fernando acude a Las Siete Partidas para ver cómo se podía adquirir la

propiedad. Este texto señalaba 4 maneras de adquirir la propiedad:

8872. Si el rey se casaba con una reina que tenía propiedades se adquirían las

propiedades de ella.

8873. Que el emperador del Sacro Imperio Romano (800D.C.-18XX) done

propiedades a los reinos. El problema es que este imperio no tiene nada que ver

con este territorio. No puede donar lo que no es de ellos.

8874. Mediante invasión, forma ilegítima.

8875. Que el sumo pontífice done las tierras en cuestión si la tierra estaba

deshabitada o poblada por salvajes. Esta es a forma de adquirir la propiedad que

los juristas ven como viable y lícita. Desde la edad media el papa podía donar

tierras, Facultad que tiene el Sumo Pontífice (romano original) de Donar Tierras,

Poder de Dominus Orbi (El papa es señor del universo). Esta teoría se había

desarrollado desde la edad media. Su base es cuando Jesús le dijo a Pedro, “tú

eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi iglesia”, Jesús le transmitió a Pedro

potestades y jurisdicciones espirituales. Pedro, a la misma vez, transmitió esos

poderes a los papas. Ellos son vicarios de Pedro, a la misma vez de Jesús. Esta

Page 30: Repaso Historia Del Derecho PR

teoría fue desarrollada por Pedro de Susa. Es por eso que el Sumo Pontífice

puede donar las tierras que pertenecen a nadie. No pueden ser tierras que tienen

dueños. Por lo tanto, el papa, podía dar tierras.

Fernando nombra un embajador, muy bien asesorado por abogados, para que vaya a

Roma. El Papa lo envía donde el Canciller de la Iglesia. Piden al Papa que les de las

tierras. Los minutantes y secretarios le preguntan cómo quiere que se otorgue La Bula.

—Las bulas tienen encabezamiento y se empiezan como uno quiera, aunque se escribe la

fecha exacta en que se pidió, en este caso 2 de mayo de 1493 (aparece en el Bulario)—.

Escogieron Inter coetera. Las bulas son rogadas, el Papa no las emite si uno no se las

pide. Se puso la fecha de 1 de mayo de 1493, y se entregó el texto que se iba a poner.

Bula: es una letra pontificia que crea, otorga o da cosas, títulos, etcétera. Siempre tienen

un párrafo de apertura, que no es dicho por quien la otorga, sino que incluye los títulos

del Papa.

El Papa para ese tiempo era Rodrigo Borja. Viene de una familia que emigró a Italia y

se cambia el apellido a Borgia. Es sacerdote y abogado, tenía una esposa escondida. Lo

eligen Papa y cambia de nombre a Alejandro VI. Era un Papa mundano, que fue

Canciller de la Iglesia, Cardenal, Arzobispo, hombre de mundo y rico.

Se tuvieron que hacer dos bulas porque Fernando dice que la Bula original no incluye

dónde están localizadas las tierras que se le concedieron. La segunda bula dice lo mismo,

pero incluye una localización geográfica, indica que son las tierras que están localizadas

pasando una línea imaginaria de polo a polo, hacia África es de Portugal, hacia el otro

son de Castilla. A la primera se la llama Bula de la Donación. A la segunda se le llama

Bula de la Demarcación.

Fernando piensa que hay que pedir otra bula, en la que el Papa le done cualquier isla que

en el Oriente exista que no tenga dueño castellano o pagano reconocido. Pide que se le

den las islas que estén en el Mar de la India que no tengan dueños. Esa bula se llama

Dudum siqudem y fue escrita el 25 de septiembre de 1493. Esta bula incluye las islas de

Filipinas.

Pero Fernando no paró ahí. Pidió otra bula en la que solicitó que se le concedieran al rey

de Castilla las tierras de la ruta a Indias y todos los privilegios espirituales que se le

dieron a los portugueses en África. Privilegios como censura de libros, que los productos

sean aprobados por la Corona, etcétera.

Regalismo: la Corona interviene en los asuntos de la Iglesia. Esto era lo que hacían los

portugueses con África y lo que pedía Fernando hacer con sus islas. Cuando Fernando

pidió esos privilegios, el Papa no se dio cuenta que dejaba de mandar en las Indias, pues

Page 31: Repaso Historia Del Derecho PR

el que paga manda. La bula que da privilegios especiales se llama Eximie Devociones y

fue firmada el 3 de mayo de 1493. Hay una quinta bula, Pius Fidelium firmada el 25 de

julio de 1493, en la cual se pide que se nombre un vicario del Santo Padre en las tierras

de la ruta a Indias.

Recap: Fernando pidió cinco bulas:

9440. Donación

9441. Demarcación

9442. Ampliación de la donación

9443. Privilegios especiales

9444. Nombramiento de un vicario

Esa es la base jurídica de la propiedad de Castilla en Indias. Jurídicamente Castilla basa

su propiedad en ellas porque la invasión no da derechos. 1493 es una fecha donde la

teoría del Cardenal Ostiense está siendo cuestionada. El rey de Francia dice que él no

acepta esa teoría. Luego Italia y Alemania cuestionan la teoría. España se reitera en que

es su propiedad.

Recordemos que en el primer viaje, Colón descubre la isla de La Española, parte de

Cuba, llamada Quisqueya. Vio la isla de Borikén, se acercó pero no entró. Además, esto

se sabe porque Bartolomé de las Casas vio el diario de Colón y lo resumió. De esta

forma se sabe por qué Colón no entró en su primer viaje a Puerto Rico.

Los españoles toman las Islas Canarias, así como unas islas cercanas a África. La

población de las nuevas tierras comienza con la llegada a América de españoles que

dejaron sus familias en España. Los que comenzaron a juntarse con las indias eran

excomulgados por los sacerdotes.

La Corona, por las quejas de la gente, comenzaron a crear nueva legislación. Hay una

intención de la Corona de evitar estos abusos contra los indios. El pueblo de España no

patrocinaba los asesinatos de los indios. Las elites y el gobierno comenzaron una gran

discusión (como la de Vieques):

o Unos decían que debían tutelar a los indios, y matarlos si era necesario

o Otro sector dice que eran seres humanos, algunos cristianos convertidos, por

lo que no podían atacarlos

Se planteaba por los conquistadores que se había hecho un plebiscito entre los

aborígenes, los cuales escogieron a los españoles como sus amos y señores. Al

preguntársele dónde estaba ese plebiscito, ellos alegan que era la respuesta diaria que

daban los indios, pues no maltrataban a los españoles y los aceptaban. Responden que

esa conducta de los indios se debe únicamente a la presencia de fuerza militar que los

controlaba.

Page 32: Repaso Historia Del Derecho PR

España era una sociedad con un alto sentido de justicia. Ejemplo: Tácito planteaba que

era mejor ser libre a tener la sujeción o la colonia mortal que produce los daños que

produce. Los herederos de la tradición grecolatina plantean la libertad. Esas tendencias

fueron estudiadas por España, desarrollando un sentido de ética y justicia. Este asunto

nunca se resolvió.

La discusión fundamental se da en 1539, para determinar si era un asunto ético o no lo

era. Francisco de Vitoria hace una conferencia sobre La propiedad de Castilla sobre las

Indias y el abuso que se cometió contra los indios. Él es una figura europea

internacional. Creó el Derecho Internacional, el cual fue consolidado por Grossi.

Francisco nació en Burgos en 1492, era un niño frágil, que desde niño quería ser

sacerdote. Entró de novicio en un convento dominico (orden religiosa fundada por Santo

Domingo de Guzmán, visten de blanco, detrás de su nombre ponen OP “orden de

predicadores”, tienen fama de ser personas bien inteligentes y bien de izquierda,

reformistas y propulsores de cambio).

Además, Francisco era muy inteligente, por lo que lo mandan a la Universidad de París.

Vive en un convento y asiste a la universidad. Hace la licenciatura, la maestría y el

doctorado, en unos 12 años. Estudia de una manera nueva la teología, según Santo

Tomás de Aquino. Es experto en derecho canónico, teología, historia sagrada, etcétera.

Regresa a España y lo asignan a dar clases en el colegio de San Esteban, en Salamanca.

Cuando se anuncia que hay una vacante de una cátedra en la facultad de Teología en

Salamanca, se le ordena que vaya y gane los exámenes. Se sienta en un sitio público,

donde el rector le hace preguntas de rigor y un examen escrito. Aunque había otros

competidores, lo nombran catedrático de teología en Salamanca. Es él el que trae a

España el método del Apunte (hacer apuntes en los cuadernos). Era muy querido por sus

estudiantes. Todos los libros que hay de Vitoria, con excepción de un pequeño folleto,

fueron anotaciones hechas por sus estudiantes.

Bueno, como decíamos, en 1539 le toca a Vitoria dar una conferencia y escoge el tema

de “La Relecto de Indias”. El Emperador Carlos V mandó unas personas para que

tomaran notas de la conferencia de Vitoria. Examina la propiedad de Castilla sobre las

Indias, en cuanto a si es un asunto legal o ilegal, ético o antiético. Examina los títulos

legítimos y los ilegítimos:

Argumentos alegadamente válidos para la toma:

o “que los indios son tontos, gentes sin capacidad para gobernarse, por lo que

los españoles tenían la misión dada por Dios para ir a civilizar a esa gente”:

Vitoria dice que eso es falso, pues los indios tienen moneda, escritura,

estudios astrológicos, sociedades totalmente funcionales, etcétera, por lo que

no necesitaban de los españoles para que los civilizaran

Page 33: Repaso Historia Del Derecho PR

Eleccion voluntaria del soberano espanol como dueno de las indias pudiera ser un

titulo valido.

o “porque practican el canibalismo y la homosexualidad”: Vitoria dice que

esto no es razón para entrar, porque en Castilla y Europa también se

practicaba el canibalismo y la homosexualidad

o “porque ellos en realidad los aceptaban, vivían en paz, no son como los

españoles que combatieron a los musulmanes hasta recuperar a Castilla”:

Vitoria dice que no puede haber plebiscito válido en una sociedad donde el

poder interventor esté presente activamente. Hay que ser libérrimos para

poder tener valor un plebiscito que diga que los dominadores están aceptados.

o “Porque ellos trajeron la verdadera religión y tenían que proteger a los

cristianos”: Vitoria dice que las conversiones son por amor, no equivalen a

ningún poder político. Es falsa esa protección.

o “Porque el Papa les entregó esas tierras en propiedad”: Vitoria dice que en

ningún sitio de la Biblia dice que el Papa tiene algún poder territorial para

eso. Jesús no dio poderes políticos, pues no los tenía como tal. El Vaticano

no es un estado, porque la donación de Constantino nunca se dio. El Papa se

ha hecho de la propiedad como lo han hecho otros reinos, pero no se lo dio

nadie. Por tanto, es inválido y sin razón jurídica lo que el Papa les dio a los

españoles.

o “que como Colón descubre esas tierras, por descubrimiento son propiedad de

Castilla”: Vitoria dice que esto es falso, porque el descubrimiento de tierras

que ya tienen propietario no es válido ni da paso a legalidad.

o “que la elección voluntaria de los nativos del Rey de España como su

monarca, sin presencia de los españoles”: Vitoria dice que esto nunca pasó,

no hay récord de esas elecciones.

o “que Dios ha otorgado las Indias al rey de Castilla”: Vitoria dice que no hay

documento válido que haga constar tal suceso.

Títulos alegadamente válidos:

o “que el derecho natural a viajar a otros pueblos y a comerciar”: Vitoria dice

que esta facultad no da derecho a administrar y poseer otros pueblos.

o “que se puede estar allí para predicar la religión verdadera”: Vitoria dice

que se puede ir a predicar el evangelio, pero eso no da derecho a propiedad

alguna.

o “Libre elección”: Vitoria dice que puede darse, pero sin la presencia de los

españoles.

Como vemos Vitoria plantea que Castilla carece de título legítimo sobre las Indias. De

todos modos se empezó a preparar la Recopilación de las Leyes de Indias, la cual se

publica en 1680. Esa recopilación es muy importante porque recoge todo el derecho de

Page 34: Repaso Historia Del Derecho PR

las Indias. para las Indias se emitieron un millón de leyes. Todas las leyes de Indias se

recogieron en la Recopilación de las Leyes de India, donde dice que son señores de las

Indias Occidentales por donación papal y otros justos títulos (que no dice cuáles son). En

otros países, el derecho indiano todavía está vigente.

Etapa insular y la etapa continental

I. Etapa insular, cuando Colón llega siempre pensó que había descubierto las islas de

India, pero esto no es verdad, sino que descubrió unas islas que están en el Atlántico.

Desconoce que había un continente de por medio, el cual no tiene fisura (no puede ser

cruzado en barco).

Recordemos que Colón hablaba un dialecto genovés, luego aprendió portugués y más

adelante castellano. En su primer viaje, Colón avista a Puerto Rico, pero no entra. Es en

el segundo viaje que viene a la Isla. Se sabe que entró por la costa cercana a Aguada y

Aguadilla.

Colón participa en la etapa insular, la cual es un fracaso porque Fernando e Isabel, como

buenos reyes, lo que buscaban era mejorar el comercio. El patrón metálico (oro) es el

que rige en Europa, por lo que estaban buscando oro y otros metales. El oro pluvial no

tenía ningún valor, aparte de que lo sacaron rápidamente. Las islas descubiertas no son

islas productoras de metales.

NOTA: Cuba tiene petróleo y níquel, aunque no se ha explotado.

Pronto se dan cuenta y la desilusión es grande, porque Colón, que es el primer narrador,

describe las bellezas de las islas, pero eso no es lo que quieren los reyes. Lo que buscan

es riquezas. Colón muere y empieza el procedimiento de conquista. Diego Velásquez es

el que conquista a Cuba.

Ponce de León viene a Puerto Rico y empieza el proceso de colonización. Hay noticias

de que Asia, en el oeste, hay unas tierras ricas la leyenda de El Dorado. Estas

historias son hechas por los indios y los cronistas las redactaban. Diego Velásquez busca

encontrar esas tierras y para eso busca a Hernán Cortés, con quien hace un acuerdo.

Hernán Cortés es un hombre muy ambicioso que quiere la riqueza para él y, aunque

Diego Velásquez se arrepiente, decide irse sólo. Cortés descubre la Península de

Yucatán y le dice a los marineros que quemaran las naves y se quedaran allí buscando

otras tierras. Se encuentran con indios, Los Aztecas, que son enemigos de los otros

indios y los ayudan. Empiezan la marcha hacia la Altiplanicie. Cuando llegan Cortés

dice que nunca había visto una ciudad como esa, por lo bella que era. Era una ciudad en

medio de una laguna.

Page 35: Repaso Historia Del Derecho PR

Es un proceso triste, porque se destruye la cultura azteca, se queman todas las escrituras

de los aztecas. Liquidó la ciudad de Tenochtitlán. Aquello era una federación de

pueblos para unos fines comunes, un sistema muy bien montado, que fue eliminado por

los españoles. Ahora los reyes, de unas islas que no producen nada, empiezan a llegar

noticias de que la riqueza es tal que todos los que llegan se hacen ricos instantáneamente.

Diego dice que esas tierras son de él, pero Cortés va con regalos donde los reyes y le dan

a él la capitulación para que explote esas tierras. Eventualmente le dan el título de

Marqués del Valle de Guajaca a Diego Velázquez, pero éste no quedó satisfecho pues lo

que quería era que lo nombrara virrey.

Comienza el proceso de la Etapa Continental, porque Hernán Cortés y un grupo van a ir

poco a poco en busca de un imperio que hay en el sur que es más rico que los aztecas.

Eran culturas muy avanzadas, con pueblos sabios y donde la riqueza abunda: Los Mayas.

A Carlos V le cayó en las manos un imperio con provincias riquísimas, que lo que le

hacen es daño. Los precios en Castilla comienzan a aumentar, además, la gente no quiere

quedarse en Castilla. Los de otros países de Europa (como Holanda e Inglaterra)

comienzan a enriquecerse, porque empiezan a entrar también a las nuevas tierras.

Lo primero que hacen los españoles fue establecer una aduana con un Arzobispo y

Cardenal de confianza para la Corona. Empiezan en España a diseñar estructuras de

gobierno. En 1500 se establece la Casa de la Contratación en Sevilla. Se declara el

puerto pluvial de Sevilla como la capital de las Indias. La Casa de la Contratación es una

institución que va a intervenir en todos los asuntos comerciales entre España y las Indias.

Si hay un pleito en el viaje se juzga en la Casa de la Contratación. También juzgan los

pleitos entre la Corona y los conquistadores. Casi todas sus funciones tienen que ver con

el Comercio.

Pronto se dieron cuenta de que no podían con un arzobispo o con una junta, por lo que en

1524 se crea el Real y Supremo Consejo de Indias, una institución muy compleja, entre

cuyas funciones estaba supervisar a la Casa de Contratación. Toda la Corona estaba

administrada por reales y supremos consejos.

El Gran Canciller de las Indias es un puesto que se le da a un noble que se vio en

necesidad económica. El Consejo de Indias es un lugar donde abunda el cargo superfluo

que se otorga para ayudar a familiares y amigos (amiguismo). Es el último de los

consejos grandes que se creó, porque era demasiado grande el imperio.

Procedimiento: para poder desarrollar ese territorio, el Estado crea una empresa semi-

privada y semi-estatal. Una persona solicita a la Corona que se le de una capitulación o

Page 36: Repaso Historia Del Derecho PR

un contrato que le permita conquistar un espacio. La persona tenía que correr con todos

los gastos, la Corona nunca patrocinó ninguna de estas empresas. Muchos murieron,

pero otros triunfaron.

Se inicia un proceso que duró décadas, en unos sitios más rápido que en otros (Ejemplo:

Pizarro, que dominó a los incas casi inmediatamente).

La región entre California y Florida se va a llamar Nueva España, y su capital es

México. Pronto la crean virreinato. Todo lo del norte estaba enclavado en este

virreinato. Pronto se crea en el sur, en la ciudad de Lima, en el virreinato del Perú.

Todo lo del sur estaba enclavado en este virreinato.

Se administra a la buena de Dios y sin saber, ese es uno de los problemas del Real y

Supremo Consejo de Indias: que se procede de acuerdo a lo que los conquistadores dicen.

En un momento dado, el Consejo decidió hacer una inspección. Se enviaron unos

cuestionarios a las distintas áreas para que el consejo supiera qué es lo que estaba

administrando.

Tribunal de bienes de difuntos: estaba siempre recavando noticias de personas que

murieran para rescatar sus fincas y entregárselas a sus herederos. Esto es parte de la

reglamentación que se crea.

La Corona crea un sistema de visitadores y alcaldes, así como instituciones de gobierno

que estuvieran atentas. Crean la Real Audiencia, la primera de Santo Domingo, la cual

no existe en España hasta 1500. En ese año, la Corona crea para Granada para el sur y

Valladolid para el norte sus respectivas audiencias. Real Audiencia y Chancilleria para

Valladolid y Granada Son instituciones colegiadas, compuestas por siete jueces, con un

fiscal que es abogado. Es una institución judicial y administrativa. También son un

tribunal de apelaciones, integrado por abogados. Ese mismo concepto se lleva a Santo

Domingo y México, ante el desorden que había. Le añaden un contenido adicional: que

es un organismo de administración, además de un sistema judicial.

La Audiencia de Santo Domingo y la Audiencia de México administran las ciudades

junto con el virrey. Las juntas y los virreyes no quieren este sistema, lo repudian. Nueva

Espana = Mexico donde se establece un virrey

Esos siete o nueve jueces de la Real Audiencia se reúnen con el gobernador

semanalmente para hablar sobre los asuntos y darle consejos, los cuales tiene que seguir

obligatoriamente. Esto es lo que se conoce como el Real Acuerdo. Ahí quedaban todos

los expedientes de los sucesos que acontecían semanalmente. Juez de audiencia no puede

relacionarse ni casarse con personas del lugar donde esta.

Page 37: Repaso Historia Del Derecho PR

La Corona confiaba plenamente en los hombres de ley (abogados). La Real Audiencia de

Santo Domingo fue única en el Caribe hasta que varios años después se estableció la de

México. Con posterioridad se crearon audiencias en otras ciudades claves.

Requisitos para pertenecer a la audiencia:

o No se pueden casar con mujeres del sitio donde iban a desempeñarse, si lo

hacían, eran transferidos.

o No pueden vivir en casas comunes, todos viven juntos en las Casas de la

Audiencia

o Se prohíbe relacionarse con la gente del sitio

La Real Audiencia va a ser la vértebra o sistema en el que confía la Corona para la buena

administración del Estado, porque los jueces eran consejeros de administración del

gobierno.

En la Casa de Contratación era donde se suplían todas las cosas que se iban a traer en los

barcos. Pronto se establecen los virreinatos. Teóricamente hay tres:

o El virreinato de la Española, de las Islas, acabó pronto, al descubrirse el

continente

o Virreinato de Nueva España, con su capital, México

o Virreinato de Perú, con capital en Lima. Perú era una ciudad importante, allí

era donde estaban los incas.

De cada uno de los virreinatos salen personas a conquistar y explorar. La Corona

fomenta esos viajes, pero no los costea: los exploradores tenían que pagar los costos. Los

virreyes son nobles.

Para la buena administración de esos territorios se necesitan personas que no sean nobles.

Basándose en la Audiencia de Granada y de la de Valladolid, se decide trasladar esa

institución a las nuevas tierras. La audiencia era un organismo judicial, normalmente un

tribunal de segunda y tercera estancia. Se le añadió que fuera un organismo de

asesoramiento de Estado. Los jueces, llamados oidores, auditores o ministros togados;

semanalmente van al palacio del virrey para aconsejarlo sobre los expedientes

administrativos. Los virreyes no aprobaban este sistema.

La Audiencia es el sistema que mantiene las Indias de forma ordenada, es la que impone

el orden, por la reglamentación estricta que hay para la Audiencia. Esta está compuesta

por magistrados de mucha experiencia y de probado servicio y lealtad. Quien los escoge

es el Consejo de Indias, que somete a la Corona una terna de jueces.

Page 38: Repaso Historia Del Derecho PR

NOTA: hay un libro de Enrique Ruiz Guiñazú, diplomático argentino y abogado

especialista en derecho internacional, llamado “La magistratura indiana”. Este libro

está perdido en la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos. Hace una tipología de las

Audiencias. En esa tipología dice que hay tres tipos de audiencia:

o Audiencia virreinal: es la que está en la capital de un virreinato. Tiene un

número de ministros togados o jueces mayor que las otras, porque el

virreinato es una jurisdicción muy amplia y porque había una vida social muy

compleja. Tenía una Alcaldía del Crimen, la cual se dedicaba únicamente a

asuntos de índole penal; porque había una incidencia criminal muy alta. Eran

las de Perú y México. En 1776 se crearon nuevos virreinatos: Nueva Granada

(capital en Bogotá) y Río de la Plata (Buenos Aires). Todas las audiencias

tienen los mismos poderes y la misma jurisdicción. La preside el virrey.

o Audiencia pretorial: es la que está en una capitanía general. Se le llama

pretorial en nombre al Pretorio de Roma. Solamente hay una en el Caribe, la

de Santo Domingo. Hay en otros sitios. La dirige un Capitán General. Todas

las Antillas se comparten una sola Audiencia, no había dinero para costear

una audiencia para las Antillas solamente. Las apelaciones a la Audiencia son

pocas en Puerto Rico pues son costosas. La mayoría de la gente se

conformaba con el laudo que se emitía localmente. Hay capitanías generales

de distintas clases:

_ Cuba, Puerto Rico y La Española son con mando superior. El

capitán general que las dirige no obedece a nadie ni está al

mando de nadie. Son islas que están al descubierto, asediadas

por extranjeros, corsarios y piratas.

o Audiencia subordinada: no es que esté subordinada a otra Audiencia, pero

está dentro del territorio del virreinato. Los virreinatos se llenaron de nuevas

audiencias, en la medida en que la población y las riquezas crecían. La

preside el gobernador del sitio.

Ninguna audiencia apela a otra audiencia. Lo único que cambia es el número de

magistrados. Hay reciprocidad o balance de poderes. Las Antillas fueron el primer

virreinato, pero era personal. Colón demostró ser un inepto administrando, por lo que

trajeron a Nicolás de Ovando. Luego Diego Colón fue virrey. Diego había demandado a

la Corona y les ganó el pleito. El Tribunal del Consejo de Castilla falló en contra de la

Corona, por lo que el rey Fernando le da dinero y título a cambio del cargo de virrey.

Justicia Pedánea: justicia pequeña o mínima, la más importante para la gente. Es la

justicia del día a día. Es la que hacen los tenientes de guerra en Puerto Rico. El

gobernador de Puerto Rico tiene cuatro causas:

o Justicia

Page 39: Repaso Historia Del Derecho PR

o Policía y buen gobierno, determinaciones que ha de tomar para el bienestar

de la comunidad

o Guerra, el gobernador de Puerto Rico es un militar y necesita soldados en la

Isla. Necesita que en los otros pueblos el que lo representa a él reúna a los

vecinos para hacer milicias.

o Superintendente de Real Hacienda, es donde los gobernadores robaban.

El gobernador necesita quién lo represente en los pueblos, por tanto nombra a un vecino

(mayormente un dueño de o un ganadero) como teniente. Lo más importante era la

seguridad, por lo que se le llamó Teniente a Guerra. Es un vecino que tiene una finca,

representa al gobernador en las cuatro causas. Esto daba lugar a mucha corrupción,

porque se favorecía a los amigos y familiares del teniente.

Durante los siglos 16, 17 y 18, Puerto Rico tuvo solamente dos municipios (San German

y San Juan) o pueblos. Habian unos pueblo informales que no son municipios. Tenian

que ir a San Juan. En el siglo 197 se añadieron tres más. Surge en siglo 17, El teniente a

guerra no era abogado. Usaba un libro sobre cómo ser juez y administrar justicia.

Basado en equidad. Si es una decisión del teniente a guerra no se va donde el alcalde a

apelar, sino que se busca un recurso que vaya al gobernador o alcalde mayor. Se usa

derecho basado en las siete partidas y derecho indiano pero no es formal.

Las cuestiones de delitos y acciones civiles son vistas por el alcalde ordinario. Para todo

el distrito de San Juan son los dos alcaldes ordinarios los que administran la justicia. La

decisión del alcalde ordinario se puede apelar en segunda instancia donde el gobernador

o alcalde mayor. Del gobernador se apela a la Audiencia de Santo Domingo, hasta 1797,

que ocurrió un hecho que conmovió las Antillas: se tomó la decisión de abandonar La

Española, los españoles se tienen que ir de La Española, pues se había entregado a

Francia por el Tratado de Basilea (1795). Varias flotas irían a sacar a todos los que se

quisieran ir. Todas las familias caucásicas se fueron. Francia quiere toda la isla para

explotar a los negros como esclavos (incluso trajeron nuevos africanos). Ya Francia

tenía la mitad de la Isla (Haití). Las familias tenían la opción de ir a Cuba o a Louisiana.

En La Española había negros libres, que eran militares y médicos, los que cuando

llegaron a Cuba no los dejaron entrar (ni un solo negro que tuviera profesión, para evitar

que los esclavos cubanos se rebelaran). Los negros ilustrados fueron llevados a

Louisiana.

En 1800 se entrega la isla de La Española a los franceses. En 1802 los negros se

rebelaron y formaron la primera República de América en La Española. Los jueces de

la audiencia de Santo Domingo se fueron a la ciudad de Puerto Príncipe, que hoy tiene

otro nombre (tras la revolución de Fidel Castro). Allí se creó la Real Audiencia de

Puerto Príncipe, única para todas las Antillas.

Page 40: Repaso Historia Del Derecho PR

Recap: los jueces no podían tener propiedades en el lugar donde estaba la audiencia para

la que trabajaban. Vivían todos juntos en una misma casa. Siempre vestían de negro. El

imperio se divide en cuatro virreinatos:

9876. Nueva España

9877. Perú

9878. Nueva Granada

9879. Río de la Plata o Buenos Aires

El imperio crece económicamente y en población. En las Antillas habían solamente dos

universidades: la de La Habana y la de Santo Domingo. Las Antillas tienen una sola

Audiencia, que está en Santo Domingo. Esta audiencia se funda dos veces. Dura desde

1520 hasta 1797, cuando se entrega la isla de La Española a Francia. Toda la isla se

convierte en Haití. La justicia pedánea consistía en dar fin a las controversias sencillas,

que no pasaran de cincuenta dólares, se dirimían ante un vecino al que se nombraba

teniente de guerra. La decisión del teniente en guerra se podía presentar ante el

gobernador si se había cometido algún error en la sentencia. Los alcaldes de San Juan y

San Germán podían decidir en casos de delitos y asuntos civiles que excedieran de

cincuenta dólares.

NOTA: antiguo nombre de San Germán: Nueva Salamanca.

No se celebraban juicios. Había un libro que decía cómo administrar justicia. Los que

tomaban las decisiones no eran abogados ni conocían de leyes. Las decisiones podían

llevarse en alzada ante el Gobernador. Puerto Rico carece de una economía que permita

a los jueces ser abogados. El alcalde tiene muchas tareas, entre ellas ser juez, abrir

audiencia o tribunal y escuchar a las partes, todo lo cual tenía que constar por escrito.

Había pocos abogados. Había dos tipos de alcaldes, uno de primera y otro de segunda

elección. De las decisiones de esos dos alcaldes se va en alzada al gobernador.

En el siglo XVII se designó el primer cargo en Puerto Rico que exige que la persona sea

abogado titular. Este es el cargo de Asesor Letrado del Gobernador. Este era un cargo

nombrado por la Corona, por un término de cinco años. No se usaba el término abogado,

sino letrado.

Una vez se crea ese cargo, el gobernador no puede tomar las decisiones judiciales por sí

solo, sino que tiene que darle la información al asesor letrado para que éste la estudie y le

asesore en cuanto a la decisión que debe tomar. Si el gobernador no quiere seguir el

consejo del asesor, ambos van al Consejo de Indias para que decidan qué posición van a

asumir.

Page 41: Repaso Historia Del Derecho PR

El Consejo de Indias tiene unas personas que son los jueces de toda América. El rey

teóricamente no era quien administraba la justicia en América y Puerto Rico. El Consejo

de Indias es el Tribunal Supremo de las Indias. Las Audiencias veían los casos de

segunda y tercera instancia, así como algunos casos criminales de Corte.

En Puerto Rico, de 1508 a 1831 no hay Audiencia, pues no hay dinero para pagar a un

abogado para que la dirija. En 1831 se le otorgó una Audiencia a Puerto Rico. La

justicia pedánea es la que más le interesa a los vecinos; recae en los tenientes de guerra.

Esta no es apelable, solamente se puede presentar un recurso discrecional al gobernador.

El derecho privado del derecho indiano los constituye el texto de Las Siete Partidas. La

parte de las partidas es lo que se usa como derecho privado. El derecho indiano tiene

millones de disposiciones, muchas de ellas de instituciones y derecho público. ¿Por

tanto, cómo decidir un caso?

1. el Gob. busca un libro que le dice qué es lo que debe hacer

_ en nombre de Dios

_ están presente las partes

_ sentencia: es el grupo de papeles o y le dice todo

Había órganos de administración en España, en Sevilla y órganos de administración en

América. Los de España eran el Real y Supremo Consejo de Indias (institución compleja

integrada por un # de consejeros). Esos consejeros son de nombramiento real y son

cargos exaltados de la más alta jerarquía administrativa. Tenía su presidente y un

canciller (puesto decorativo para beneficiar a alguien) y tenía una sede en Sevilla. Se usa

hoy día el edificio para el Archivo general de Indias. El Consejo era:

o Un órgano de administración donde se tomaban las decisiones de política

pública

o Un Tribunal Supremo, había jueces y fiscalía. Apelaba todo lo de las Indias

o Una escuela de náutica

o Un museo

o Tenía facultades muy importantes:

_ Organismo de nombramiento de todo funcionario de las Indias

_ Tesorería agencia de contabilidad

_ Aduana

o Era un archivo y tenía una biblioteca

o Lugar donde se hacían las interrogantes y se planteaban los asuntos y las

planificaciones de hacia donde el Imperio se dirigía

o Oficina de cartografía, todas las cartas marinas, planos y mapas del mundo se

hacían allí

o Se escribía la historia de las Indinas

Page 42: Repaso Historia Del Derecho PR

El Consejo tenía muchos problemas, porque es un organismo que genera muchos

intereses y genera mucho dinero, constantemente había visitas de personas que sugerían

como mejorarlos. Una de esas visitas la hizo Juan de Ovando, jurista, que hizo

recomendaciones que se siguieron. Además, el consejo era la Asamblea Legislativa de

las Indias. Fue el organismo más importante hasta el siglo XIX, en el que se crea la

Secretaría General de las Indias. Tenía el mismo rango que los otros consejos existentes.

Se estableció en las Indias un sistema de vigilancia total de los intereses de la Corona.

La Corona tomaba intereses de todo lo que se sacaba de estas tierras.

NOTA: Juan Manzano y Manzano escribió un libro sobre la Historia de la Recopilación

de las Leyes de Las Indias, dividido en tres tomos.

Las leyes de Indias eran tan numerosas que necesitaron ser ordenadas. Se van a preparar

varios proyectos para el ordenamiento de las leyes de Indias, porque su manejo es muy

difícil, pues son demasiadas. Las leyes aprobadas pasan de un millón, muchas de las

cuales son iguales. Las leyes se ordenaron por temas, esta ordenación tardó más de 90

años en hacerse.

La persona que hace la Recopilación fue Juan de Solórzano Pereira, estudiante de

Derecho de Salamanca. El Consejo de Indias le dijo que se fuera a las Indias a trabajar

en la Audiencia de Perú. Luego lo trasladarían al Consejo de Indias como fiscal y luego

como Consejero. Lo nombraron fiscal de la Audiencia de Limas, luego fue juez y

presidente de esa Audiencia. Lo fueron nombrando en distintos cargos de la Audiencia.

Siendo fiscal del Consejo, le presentaron la Recopilación del Derecho de las Indias (que

fue hecha por otra persona a la que no se le dio crédito) para que la estudiara y revisara.

Puede hacer eso porque es el autor de dos libros muy importantes: “De Indiarum Jure”

y “Política Indiana”. Era un experto en la materia. Esos libros fueron prohibidos por la

Santa Sede, porque Solórzano es regalista: defiende a la Corona frente a la Santa Sede.

NOTA: hay unas bulas pontificias en que el Papa Alejandro VI le cede a la Corona la

potestad de construir las iglesias en Indias. El Papa sale perdiendo, porque España

adquiere poder. Los libros prohibidos por la Santa Sede pueden ser vistos en América y

en España, si la Corona permite que se vean. Estos libros prohibidos se inscriben en un

índice de libros y películas prohibidas, pero que nadie le hace caso.

Esos libros de Solórzano dicen todo lo que pasaba en las Indias, pues él había vivido en

ese lugar por mucho tiempo.

Page 43: Repaso Historia Del Derecho PR

TERCERA UNIDAD: EL DERECHO HISTÓRICO PUERTORRIQUEÑO (TRES PRIMEROS SIGLOS Y EL SIGLO 19)

Como recordaremos en Las Antillas es Santo Domingo o La Española el centro de la

colonización de las demás islas. Colón anotó en su viaje haber visto la Isla de Boriquén,

a la cual llama San Juan Bautista. No viene a la Isla, la avista y conoce a indígenas que

vienen para acá. En el Segundo Viaje Colón sí viene a la Isla. Hay historiadores que

discuten por dónde entró Colón a la Isla. Entre 1493 y 1508, la isla permanece

básicamente cerrera. Las Capitulaciones de Santa Fe le dan a Colón un número de

prerrogativas y derechos, las cuales la Corona cumple hasta que se pone a trabajar.

Cuando se le dan los títulos que se le prometieron, se dan cuenta de que Colón no tiene

experiencia como gobernador. Se le aplica la justicia.

A Vicente Yañez Pinzón, capitan y corregidor de la isla de San Juan es a quien se le

otorga la primera Capitulación para que viniera a Puerto Rico. Depositó en la isla cerdos

y cabros, dañando nuestro sistema biológico. Esas Capitulaciones iniciales caducaron al

año de ser expedidas. Vicente vendió la Capitulación a un señor de nombre García,

quien trató de venir pero no pudo porque había expirado. No es un negocio valido vender

capitulaciones.

Mientras tanto, en La Española había un individuo que había asesinado a los indios de

Higuey. Como él se distinguió por eso, y habían noticias de que los indios de Puerto

Rico eran salvajes, se hizo una Capitulación con Juan Ponce de León, un campesino de

baja categoría que se distingue asesinando indios. Viene a la isla de San Juan. La

Capitulación se hace el 15 de julio de 1508 a nombre de Fernando.

Juan Ponce de León acabó con los indios de San Juan. Recibió el título de Justicia

Mayor, Alcalde, Capitán de Mar y Tierra, Alcaide de la Fortaleza (que no existe, pero

hay que hacerla) y Alguacil Mayor. Duró en Puerto Rico solamente dos años, por un

pleito que tenía.

Juan Ponce de León resulta un buen gobernador para los españoles. Fundó a Caparra

Administró bien y combatió a los indios con éxito. El pleito que se va a resolver a favor

de los Colón tiene una variante cuando el rey Fernando ha tenido en su corte a Diego

Colón (desde chiquito) y como agradecimiento lo nombra virrey para que se luzca con su

enamorada. Con todas esas pompas él quiere nombrar su propia gente. Mandará a dos

personas para que sustituyan a Juan Ponce de León y lo hacen. Viene un juez, abogado

para hacer la residencia.

No podemos pensar en Puerto Rico o la isla de San Juan con los ojos de ahora. Ej.

Estadística: para el 1530 habían en la isla 426 españoles y criollos (hijo de español

Page 44: Repaso Historia Del Derecho PR

nacido aquí), 1537 indios y 2264 negros. Habían muchos solteros, pocos casados. La

isla se va a dividir en dos partes, pero primero se le llamó a toda la isla Puerto Rico:

10964. el partido o distrito de San Juan es la mayoría (1515)

10965. el partido de San Germán o nueva salamanca (asiento final en las

lomas de santa marta)

Así está hasta principios del siglo XIX, con dos municipios. Todo lo demás eran

pueblos.

Al irse descubriendo el continente, las islas pierden importancia, de tal manera que

Puerto Rico pierde hasta su gobernador desde 1537 a 1550. Las personas querían irse de

aquí.

La primera universidad se da en Santo Domingo y luego en Perú. La segunda mitad del

siglo XVI se caracteriza por el ataque de Sir Francis Drake en 1595. Luego Geroge

Clifford, conde de Cumberland. Las palabras para describir la colonia en esa época es

miseria y languidez.

El siglo XVII se caracteriza por la piratería, el contrabando y los corsos. Francia,

Inglaterra y otros países dan patentes a los corsos para que ataquen las islas. En 1625

atacan los holandeses. A fines del siglo XVII hay cinco tenientes de guerra, pues hay

cinco pueblos (2 municipios y 3 pueblos). Había cuatro alcaldes ordinarios y un alcalde

mayor. La audiencia era la de Santo Domingo. El desarrollo urbano era bastante

limitado.

En 1692 la isla se divide en cinco municipios, añadiéndose tres municipios a los ya

existentes. El gobernador dice que acata la orden, pero manda a archivarla porque no

hay dinero para cumplirla.

NOTA: La Norma de acatar pero no cumplir se originó en Perú, lugar con extrema

riqueza y mucha población. Las minas se trabajaban con niños, mujeres y hombres

durante 24 horas corridas. Se quejaron por lo que estaba pasando y en Burgos se

decretaron unas órdenes para eliminar un poco estas malas condiciones de trabajo.

Cuando el virrey del Perú fue a explicar las normas a los dueños de las minas, se formó

un motín y alguien mató al virrey. La Corona aprendió que no puede ordenar, que quien

decide si se acata una orden es el virrey. Entonces se crea la norma de “se acata, pero no

se cumple”. La Corona dijo que se aplicaran las leyes como ellos mejor entendieran.

Para 1810 fue que se empezó a dividir la isla en municipios. Se establece en San Juan el

Tribunal de Real Hacienda. El Gobernador es el Superintendente de Real Hacienda.

También está compuesto por el asesor letrado del gobernador y el asesor de guerra.

Estos tres siglos son de justicia atécnica (carece de técnica). Quien administra justicia

Page 45: Repaso Historia Del Derecho PR

son legos, por lo que la justicia que se administra es la de las Siete Partidas. El Derecho

privado del Derecho Indiano lo constituye el texto de Las Siete Partidas. Los jueces son

legos, atécnicos, no tienen técnica jurídica. Derecho especial disenado para las indias

regido desde Sevilla, capital de las Indias.

En el Derecho Penal, gobiernan las Partidas y algunas disposiciones del Derecho Indiano.

El siglo XIX es el siglo fundacional de la nacionalidad puertorriqueña, porque Puerto

Rico es una provincia ultramarina española que pertenece al imperio de ultramar. Surge

una clase de criollos, que van apreciando el lugar donde nacieron. Los españoles se

casaron entre sí y se casaron también con las negras y con las indias. Este siglo XIX es

importante porque los habitantes de la Isla ya se perfilan como algo distinto a los

españoles. Se identifican como criollos o portorriqueños. Llaman patria a Puerto Rico.

Había un sentimiento general de identificación con Puerto Rico. Lo mismo ocurre en

México. A esto contribuye la integración con los negros y con los aborígenes.

El siglo XIX comienza en 1797 y termina en 1898, porque en ese año vienen los

estadounidenses a sustituir a España. Comienza en 1797 porque esa es la fecha en que se

inician unas tendencias nuevas relacionadas con la Revolución Francesa, el traslado de

la Audiencia de Santo Domingo, etcétera.

Casi todas las instituciones que tenemos hoy día surgen en ese siglo: la música, la

literatura, la vida espiritual, los partidos políticos (1870), etcétera. El siglo XIX es un

siglo de fundación. A pesar de que no hay muchas cosas originales todo es compartido

(la música, la comida, la religión). Se toman prestadas las instituciones y se adaptan para

crear el estilo puertorriqueño.

Institución Amigos del País: se dedican a hacer que se logre la educación material e

intelectual de la población general. Ejemplo: institución de bibliotecas, programas de

higiene, desarrollo de las artes, etcétera. Cifran en la educación el progreso.

Se había ordenado varias veces ya el dividir a Puerto Rico en cinco partidos o

municipios. No se había hecho porque no había presupuesto. En 1802 se consigue el

dinero y se divide en:

o Un municipio en el Norte: San Juan

o Un municipio en el Norte-Centro: la Villa de Arecibo

o Un municipio al Oeste Aguada

o Otro municipio al Oeste San Germán

o Un municipio al Sur Coamo

En 1816 se establece Humacao en el este. En 1825 se establece en el Centro el

municipio de Caguas. La vida en Puerto Rico era una vida de provincias, solamente

Page 46: Repaso Historia Del Derecho PR

movida cuando nos atacaban los corsarios o piratas. San Juan nunca fue una tierra de

primer orden. Era una isla tranquila, de población corriente y sosegada.

Mientras tanto, en España

Con los acontecimientos de la Revolución Francesa, España sufre de muchas de sus

consecuencias. Cambian muchas ideas en el panorama político y social del mundo

entonces conocido. En España ocurren unos hechos muy importantes. En 1788 se muere

Carlos III, último gran rey español y un hombre muy inteligente que fue rey de las dos

Sicilias. Carlos III se dio cuenta de que era necesario en España y en las Indias que se

hicieran cambios, pues no podían seguir los gremios y las instituciones del antiguo

régimen. Necesitaban integrarse en el maquinismo que tenían en otros países.

NOTA: a las personas no le gustan los cambios, porque conllevan pérdida de privilegios

y adaptarse a nuevas formas, lo que puede conllevar estudiar otra vez. El pueblo prefiere

la rutina.

Una de las instituciones que requieren cambio es la Iglesia, la cual era dueña de muchas

tierras baldías y propiedades. La Iglesia adquiría muchas tierras de los nobles que

morían y se las donaban. Estas tierras nadie las trabajaba. El Rey se da cuenta que hay

que poner esas tierras al servicio de las aldeas y de los campesinos. Finalmente, las

tierras cayeron en manos de especuladores y nobles, nunca se cultivaron.

El Rey Carlos III reconoce que es mejor la reforma por el Estado que la reforma hecha

por los rebeldes y revolucionarios. Inicia la Reforma, con la Iglesia y los nobles

oponiéndose a que el Estado incaute esos terrenos. Incluso había aldeas que pertenecían

a los nobles en vez del Estado. Carlos III muere en 1788 y le sucede su hijo mayor,

Carlos IV, que no es inteligente. Durante el tiempo en que los otros países europeos

están pasando por los movimientos intelectuales y políticos, España es gobernado por un

tonto. Napoleón establece el imperio y entra a España. Comienza un proceso

constitucional en España.

España toda la vida ha tenido Constitución, porque es libre y soberana desde que se

constituyó en el reino visigodo. Cuando se habla del proceso Constitucional de Cádiz,

se refiere a una Constitución como la que han establecido los Estados Unidos basándose

en las constituciones de Francia e Inglaterra. Ese proceso constitucional ocurre en 1818.

Estados Unidos desarrolla una constitución escrita que refleja varios problemas

planteados: la libertad, la expresión, los poderes del gobierno, etcétera. Son

preocupaciones que nadie había puesto por escrito. El proceso constitucional de Estados

Unidos afecta a todos los otros países, incluyendo a España. Los padres de la Revolución

Page 47: Repaso Historia Del Derecho PR

Americana son Francia y España, que son los que le dan dinero para su movimiento

revolucionario.

Los españoles no quieren permitir que Napoleón tome España. Empieza la Guerra de

Independencia Española el 2 de mayo de 1808. El rey y la nobleza se van, es el pueblo

solo el que hace la lucha. Mueren muchos españoles. Ante estos ataques franceses, el

pueblo monta un Sistema de Juntas, formando la Junta Suprema Legislativa, al margen

del sistema de la monarquía.

Napoleón no logra entrar a Cádiz, porque la flota inglesa y la española combaten a los

franceses. Ese es el único puerto que no logran capturar los franceses. La gente de

Cádiz comienza a tomar decisiones sobre la vida política. Comienza el proceso de

convocar a las antiguas Cortes.

En Puerto Rico

Por diferencias en los sistemas de votaciones que se implantaron en España, se

comenzaron los movimientos de liberación de los países de América. A Puerto Rico se

le informa en 1810 que le toca elegir a un diputado. Los cinco municipios van a

recomendar y a elegir tres candidatos, de entre los cuales se vota en San Juan entre los

candidatos a suerte. Primero es por elección, proponiendo a un candidato. San Juan

propuso a Ramón Powell y Giraldt, el cual salió electo. Es una elección semi-aleatoria y

semi-electiva. Se escogieron los candidatos, pero la suerte determinó quién sería el

diputado. La elección se hizo en tres ocasiones, en las cuales siempre el elegido fue

Ramón Powell Giraldt. Powell es marino de guerra, hombre de ideas liberales (palabra

que inventan los españoles y ha sido adoptada por todo el mundo), quien va a representar

a Puerto Rico en Cádiz. Sus ideas no son revolucionarias. Es enviado a Cádiz para que

sea miembro de las Cortes o Asamblea Legislativa que va a intervenir en la creación de

la Constitución. Inmediatamente lo nombran Vicepresidente Primero de la Asamblea,

que es el puesto que dirige ese cuerpo. Power pidió a los municipios de Puerto Rico que

le prepararan las instrucciones de cómo querían que él actuara. Los problemas de Puerto

Rico para aquel tiempo eran: puertos, monopolio de las carnes por el municipio, la

sanidad, la falta de audiencias etcétera.

El municipio de San Germán le dijo que si se acababa por la guerra la dinastía del rey de

España, se daba la instrucción de que Puerto Rico debía ser un país soberano y libre (no

exactamente con esa terminología, la cual es más reciente) como los demás países del

mundo. Esto es una manifestación de libertad y soberanía.

NOTA: Cuba era diferente a Puerto Rico, pues su estado de cultura era mucho más

avanzado. El Derecho Ultramarino es el mismo español, lo único que se le hacen una

Page 48: Repaso Historia Del Derecho PR

serie de cambios porque la relación de dependencia no puede ser afectada. El Derecho

Ultramarino refleja que Puerto Rico era una dependencia colonial, por lo que no se

traslada a la Isla la Carta de Derechos. Es en 1890 que se traslada la Carta de Derechos,

cuando Estados Unidos amenazaba con invadir a Cuba.

Puerto Rico es una dependencia colonial de España, que se gobierna por unas leyes muy

rigurosas. No hay universidad ni sistema escolar. Para estudiar abogacía había que ir a

España o a Cuba. Los estudios de abogacía eran mayormente para personas

pertenecientes a la clase alta y media alta. Eran muy pocas las personas pobres que

podían estudiar. José de Diego era pobre, pero su madre se casó con un comerciante

viudo y rico. Lo mandan a estudiar a Madrid. Luego se va a Cuba a estudiar Derecho y

hace un doctorado. Entonces regresa a Puerto Rico. El Padre Rufo era un sacerdote que

tenía un sueldo bastante elevado y que acostumbraba pagar los estudios de jóvenes

sobresalientes, entre ellos Ramón Baldorioty de Castro.

Se toma el Derecho de España, se le eliminan partes, para luego trasladarlo a Puerto

Rico. Hay un rasgo de especialidad, porque es un derecho especial para Puerto Rico.

NOTA: en Puerto Rico tenemos una Constitución porque los Estados Unidos nos lo

permitieron, incluso eliminaron partes del documento original que no le agradaron.

Hay una tendencia a la uniformidad, porque el origen es el mismo. También había una

influencia de la situación política. El Siglo XIX en España es una época vergonzosa y

atrasada. Hubo matanza, destrucción y hambre. Los sistemas de gobierno solamente

duraban meses. La inestabilidad y la corrupción eran la orden del día. Se compraba a los

periodistas, por lo que dominaba la mentira. También se fundaron periódicos falsos. Las

elecciones eran hechas mediante fraude electoral, se excluía a algunos partidos políticos.

Surge una generación de españoles que quieren reformar todo eso y lo logran en el

pensamiento, no en la política. El sistema político sigue igual, pero ya no se hacía de

manera tan pública como antes. Subió al trono Isabel II, que era una disoluta.

En Puerto Rico también reinaba la inestabilidad. Los puertorriqueños no participan en la

confección del Derecho Ultramarino, esto se hace en el Ministerio de Ultramar (no en

las Cortes Españolas). Ministerio de Ultramar: es el que crea todo el Derecho que estaba

vigente en Puerto Rico. Se toma la legislación española, ya aprobada y puesta en

práctica, y se examina para eliminarle algunas áreas. Luego es traído a Puerto Rico. El

Derecho Ultramarino es una legislación moderna. El derecho español estaba al tanto de

todo lo que ocurría en Europa, especialmente en Italia, donde habían tendencias muy

modernas.

El Derecho que estaba vigente en Puerto Rico era mejor que el de otros países de

América Latina, pero esos países tienen la ventaja de que ellos mismos pudieron crear su

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propio Derecho. Es un Derecho inestable, pues había cambios continuos. Hay que

recordar que en España había un Parlamento, que de acuerdo a como cambiaba la

constitución de este cuerpo de gobierno se creaban o se eliminaban las leyes. El

Parlamento se puede cambiar cuando ocurren situaciones difíciles en el País.

Ejemplos de Derecho Ultramarino:

o El Código Civil: se trasladó en 1889; se publicó en La Gaceta y se le dio

vigencia en 1890. Había un mecanismo de una comisión que lo adecuaría a la

modernidad cada 10 años. Esto no ocurre porque cuando llega el momento de

la primera revisión ya los americanos nos habían invadido. Presenta un

problema en el sentido de que los pleitos relacionados con asuntos anteriores a

ese año tenían que resolverse de acuerdo a las leyes de hermenéutica.

El Derecho Ultramarino se va introduciendo poco a poco. Culmina en 1890 con el C.C.,

que es un monumento muy importante. El Derecho Indiano no desaparece, sigue vigente

en Latinoamérica. Una discusión entre países vecinos tenía que resolverse con un

Derecho que los rigiera a los dos, por lo que tenía que resolverse de acuerdo con el

Derecho Indiano.

o Ejemplo:

_ Un problema entre Chile y Argentina no puede resolverse de acuerdo

con el Derecho de uno de los dos países, tiene que resolverse por un

derecho que sea igual.

En 1831 llega la Real Audiencia de Puerto Rico. Los puertorriqueños siempre pedían a

España que se estableciera en el país una universidad y una Real Audiencia. Siempre se

negaron a establecer la universidad.

NOTA: la Universidad de Puerto Rico se funda en 1903, por los Estados Unidos. Esto

porque Fernando VII muere en 1833. Es el rey español que preside durante la pérdida

del imperio (1810-1824). Fernando VII tenía buenos ministros, que se dieron cuenta de

que no podían establecer aquí una universidad porque la persona que piensa comenzaba a

cuestionarse todo, lo que no les convenía a los españoles. Sin embargo, deciden

concederle una serie de privilegios económicos a Cuba y Puerto Rico, la Real Cédula de

Gracias. Ya para 1831 no hay audiencias españolas en América, porque en 1824 España

fue derrotada en una batalla. Esto causa que se acabe el imperio. Entre 1824 y 1831, el

rey español, para evitar que Cuba y Puerto Rico siguieran el mismo ejemplo de los otros

países (porque sabían que Simón Bolívar se disponía a formar un ejército para liberar a

las Islas). Bolívar tenía unas ideas muy importantes, como la abolición de la esclavitud y

la regeneración de los indios. Estados Unidos se niega a participar y le dice a Bolívar

que ni ellos ni Inglaterra iban a permitir que se trasladaran ejércitos a estas Islas, porque

a ellos les convenía que España permaneciera al mando de las islas. En 1823, John

Quincy Adams y el presidente Monroe establecen la Doctrina Monroe, en la que no

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permiten que España se inmiscuya en los asuntos de Estados Unidos ni en zonas de su

influencia.

Con la creación de la Real Audiencia de Puerto Rico, se logró que aumentara el

comercio. Nuestra primera Real Audiencia tuvo los mejores jueces, porque la mayoría

de los jueces que habían en América anteriormente estaban desempleados y en busca de

un trabajo dentro de la judicatura. Hay que recordar que la mayoría de los jueces no eran

nativos del sitio donde trabajaban. Los primeros cinco jueces que se nombran en Puerto

Rico incluyen dos doctores, entre otros. La Real Audiencia de Puerto Rico se establece

en el Convento de los Dominicos. Preside la Audiencia el Gobernador de Puerto Rico.

Los jueces de la Audiencia visitan al gobernador semanalmente para estudiar los

problemas que habían. Le aconsejan sobre los problemas. El Gobernador no interviene

en los casos.

Todos los países de América, excepto Cuba y Puerto Rico eran independientes y

liberados, aunque solamente en el papel (les fue difícil sacarle a la gente de la mente las

costumbres y los problemas españoles).

Además de establecer la Real Audiencia de Puerto Rico, la Isla de Puerto Rico se dividió

en cinco tribunales de primera instancia:

o De entrada, los más lejanos a la capital

o De ascenso, los más cercanos a la capital

o De término, el de la capital

El juez de primera instancia veía todo asunto o cuestión civil que tenga que ver con cierta

cantidad de dinero hacía arriba. Son los que deciden los casos criminales y las cuestiones

de Hacienda. La Audiencia es tribunal de segunda y tercera instancia. Hay unos casos

que los ve en primera instancia, pero son excepciones. Los alcaldes de los pueblos son

designados jueces de paz, y tenían unas funciones muy limitadas en los aspectos civiles y

criminales.

El Siglo XIX, además de la Audiencia, va a tener también un Tribunal de lo

Contencioso Administrativo, que es una jurisdicción que se le da a este tribunal especial.

Se establece también un Tribunal de Hacienda, que recibe distintos nombres pero

siempre tiene las mismas funciones. El 27 de julio de 1840 se establece el Colegio de

Abogados de Puerto Rico. Se reúnen los 13 ó 14 abogados de la isla, que eligen y

forman un colegio. La legislación española obliga a establecer colegios de abogados

donde hubiera Audiencias. Estuvimos mucho tiempo sin que se cumpliera ese mandato.

El que dirige el Colegio es el Decano. La primera decisión que toma entonces el Colegio

de Abogados es repartir los casos de personas pobres que no pueden pagar entre los 13 ó

14 abogados que hubieran; para llevarlas gratuitamente. Este estilo de establecer

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Colegios es típicamente español. Se les llama colegios porque los que pertenecen a él se

hacen llamas colegas. Los colegios existían en Roma, pero luego fueron legislados en

España por el Rey Sabio, quien les da privilegios. El Colegio de Abogados se encarga de

la disciplina, porque la profesión de abogados es una de las pocas en que se disciplina a

sus miembros constantemente.

En la Edad Media, la abogacía en Puerto Rico era una profesión de personas ricas. Hasta

los años 70 solamente hubo en Puerto Rico una Escuela de Derecho. Es en esa época que

se crea la facultad de Derecho de la Universidad Católica de Ponce. La abogacía en

Puerto Rico se popularizó, pues se crearon cuatro escuelas de Derecho. Hoy día hay más

de 21,000 abogados. El Colegio de Abogados se crea para mejorar la capacidad

intelectual de sus miembros. No intervienen en cuestiones políticas desde su fundación

hasta 1898. Los estadounidenses intentaron eliminar el Colegio de Abogados, pero luego

tuvieron que reinstalarlo, porque no se podía estar sin una estructura como esta en el

País.

Los partidos políticos se establecen en Puerto Rico en 1870, nuestro proceso político

comienza relativamente tarde. Se inicia con dos partidos: el Partido Conservador y un

Partido Liberal Reformista (el cual en 1887 se convierte en un Partido Autonomista,

siguiendo ideas ya planteadas en Cuba hacía tiempo y por la gestión de un joven llamado

Román Baldorioty de Castro). El programa de Baldorioty no se adopta, porque siempre

los partidos son posibilistas, tratan de no intervenir en asuntos delicados. Lo que se

adopta es el nombre y un programa mediatizado y un programa bastante inocuo. No se

atreven a ofender a los españoles, pues son un partido muy laxo.

Entre 1887, la llegada de Luís Muñoz Rivera y la imposición de sus ideas de Muñoz,

Baldorioty queda rezagado. Luis Muñoz Rivera era un autodidacta sin estudios pero con

un gran liderato, se impone en el Partido Autonomista, con una idea muy sencilla: si se

establece una filial de un partido en Puerto Rico, cuando ese partido subiera al poder en

España también subiría en la Isla. Muñoz Rivera lo único que quería era conseguir

gobernar para disfrutar del poder.

En España solamente había dos partidos que se disputaban el poder, los cuales se

protegen a sí mismos para gobernar: el Partido Conservador Liberal de Cánovas y el

Partido Liberal Fusionista de Sagasta. Estos partidos se turnaban para estar en el poder,

arreglaban las elecciones. Dominan todas las instituciones del Estado. Se reservan

cargos en los distintos cuerpos y grupos.

En Puerto Rico había un movimiento para que le concedieran una autonomía muy

menguada, pero los españoles decían que de esa manera se podía llegar a conseguir la

independencia. Es por esto que Muñoz no entra en estos planteamientos.

Page 52: Repaso Historia Del Derecho PR

En San Juan, hasta 1837-38, no se estableció juez de primera instancia, porque el

gobernador siguió atendiendo los casos. En esos años se le prohibió al gobernador

atender asuntos judiciales y en San Juan se estableció un juzgado de primera instancia y

un juzgado de paz. La Isla de Puerto Rico inicialmente tenía dos sistemas:

o Uno civil, así era como se batía el cobre por la falta de dinero

_ Los alcaldes eran los jueces de paz, se les pagaba un arancel

dependiendo de los casos que vieran.

o Uno criminal, explicado anteriormente

Posteriormente, a mediados del siglo XIX, el tribunal es reformado porque en Puerto

Rico ocurre la especialización de los tribunales:

_ Para lo civil, tribunales de primera instancia y juzgados de paz. Tienen una

limitada jurisdicción civil. Hay una sola audiencia, que ve casos en segunda y

tercera instancia. A ellas se puede ir por recurso de revisión. De la Audiencia

de Puerto Rico cabe un recurso de revisión en el Tribunal Supremo de

España, en las materias civiles.

_ Para lo penal o criminal, Puerto Rico se impone un sistema de asuntos

penales o criminales:

_ Audiencia Criminal de San Juan

_ Audiencia Criminal de Ponce

_ Audiencia Criminal de Mayagüez.

Esos son los únicos tribunales que pueden juzgar lo criminal en primera instancia. Ven

los asuntos en juicio oral y público. Hasta ese momento los juicios eran inquisitoriales y

por escrito (a base de documentos). Los juzgados de paz son los que hacen las

investigaciones, toman las declaraciones, ocupan la prueba y preparan el sumario.

Entonces el ministerio público interviene.

De las decisiones de la Audiencia de lo Criminal, si hay pena de muerte, de ministerio

tiene que haber una apelación, hay que ir en alzada a Madrid, al Tribunal Supremo de

España. Si no hay pena de muerte no se puede ir a ningún lado, aunque cabe la casación

criminal (casar la sentencia). Casar la sentencia: se analiza todo el expediente del caso y

si hay errores sustanciales de forma o de sustancia entonces se señalan para ir en alzada.

Si el juicio se ha llevado correctamente, el acusado se queda con el dictamen original.

Puerto Rico era una provincia española que producía mucho dinero, aunque España

tomaba ese dinero, lo sacaba de Puerto Rico y no lo invertía aquí. Es por eso que no hay

dinero en el presupuesto de Puerto Rico para pagar el dinero de los jueces de la

Audiencia Criminal de San Juan, por lo que se decidió que los jueces de las Audiencias

Civiles iban a trabajar ciertos días como jueces criminales. En Ponce y en Mayagüez se

nombraron jueces adicionales para atender los asuntos criminales.

Page 53: Repaso Historia Del Derecho PR

Cuando llegan los americanos a Puerto Rico, encuentran que teníamos un sistema judicial

muy superior al de ellos. Sus tribunales eran muy simples, de jurisdicción general, y

plagados de corrupción. Además, desde 1891 existía un Código judicial en Puerto Rico,

que contenía todo el sistema integrado. Es un Real Decreto muy importante, donde

aparecen todos los tribunales, con sus respectivas instrucciones. Todos los

nombramientos judiciales se hacían por el Ministerio de Ultramar. Posteriormente el

gobernador americano será el que anuncie los nombramientos, aunque realmente ellos no

los hacían.

Recap: Desde 1887 ocurre un movimiento político en Puerto Rico. Cuba había pasado

del reformismo al autonomismo. En Puerto Rico seguíamos en la asimilación política

con España. Para 1879, Román Baldorioty de Castro y un grupo de jóvenes de su

generación, se convencieron de que a Puerto Rico le convenía la autonomía. Baldorioty

escribe el Plan de Ponce, donde hay que tomar el argumento basándose en el contexto en

que se encontraba Puerto Rico. La autonomía canadiense es el ejemplo que se utiliza y

que constituía un paso de avance para la Isla. Canadá era una colonia de Inglaterra, a la

cual se le fueron concediendo unos poderes poco a poco. Baldorioty se convence de que

ese tipo de autonomía sería conveniente para Puerto Rico y nos sacaría de la apetencia al

autogobierno. Baldorioty se dio cuenta de que la independencia en Cuba era muy difícil

de conseguir y que era más factible conseguir la autonomía. Esto, pues Cuba había

peleado durante diez años en una lucha donde se cometieron múltiples barbaridades hasta

que en 1878 se cansaron y terminó la Guerra de los Diez Años.

España entra en un proceso de despegue económico que tiene efecto en Puerto Rico.

Baldorioty logra convencer al Partido Liberal Reformista de que buscara la autonomía.

Se les acusa de que buscaban la independencia y la república. Se aprueba la autonomía,

pero no como Baldorioty la presenta. Luis Muñoz Rivera era un autodidacta que es

considerado como el líder político del siglo XIX, que logra tener una gran influencia en

el pueblo. Lleva al partido mediante unos argumentos muy simples, diciendo que serían

el Partido Español, para que cuando ganara ese partido en España él fuera ganador en la

Isla.

En EE.UU.

Estados Unidos, desde su fundación, resolvió su problema republicano. De ahí en

adelante, ya establecida la república, Estados Unidos no quiso establecer una democracia,

querían un gobierno en que las clases más bajas no tuvieran mucha intervención. Su

único interés era obtener beneficio económico y aprovecharse de otros países. Lo que

interesa es establecer bases para su marina mercante y su marina de guerra. Se conocen

todas las intervenciones de EU en otros países del mundo por medio de un informe que

Page 54: Repaso Historia Del Derecho PR

se presentó y se publicó por el Congreso. EU, para 1880, está convencido de que para

tener una buena economía tiene que:

o Viajar el mundo

o No tocar sus recursos naturales:

_ Un ejemplo de esto es el asunto del petróleo, pues EU tiene múltiples

yacimientos de petróleo, pero utiliza los recursos de otros países como

Venezuela y Medio Oriente.

o Tener una marina de guerra y bases

o Vender el exceso de producción y aceptar altas tasas de inmigración para que

trabajen esa producción por un costo menor

EU tiene interés de anexionar tierras que no fueran continentales contiguas. Hasta ese

momento se habían dedicado a expandirse hacia el Oeste, quitándole tierras a México.

Ellos saben que hay un mercado que tenía necesidad, que es China. No tenían una base

cerca de China. No podía ser Hawai, porque estaba muy lejos. EU nunca firmó el tratado

que reconoce la soberanía de Hawai, aunque todos los países del mundo lo reconocieron.

Finalmente, EU tomó a Hawai.

El país que tenía una base cerca de China era España, que estaba muy débil y tenía la

colonia de Filipinas. Tratan de comprarla, pero España se niega y se inicia una guerra

para obtenerla.

En Cuba

En 1892 ocurre un hecho en Florida que cambia al mundo entero. En Tampa había miles

de cubanos que habían salido de Cuba para trabajar en la industria del tabaco. Había un

abogado llamado José Martí, un cubano que tenía ideas revolucionarias. Cuando lo

arrestan su padre lo saca y logra un acuerdo para que cumpliera su sentencia en España.

Allí se matricula en la Universidad de Zaragoza y obtiene una Licenciatura en Derecho y

otra en Filosofía y Letras. Cuando termina su sentencia, se va a Nueva York a finales de

1879. Empieza a estudiar inglés. Se convence de que si Cuba no obtiene su soberanía y

su independencia a finales del siglo XIX, EU va a obtenerla como una provincia, colonia

o territorio. Comienza un gran estudio de la cuestión histórica de EU y empieza a

escribir para periódicos sudamericanos. A la vez, trabaja como contable. Sus primeros

escritos reflejan mucho entusiasmo por los EU, pero luego se da cuenta de que éste era

un país que decía una cosa y hacía otra. Inicia un proceso revolucionario al que nadie le

hacía caso. Su perseverancia hace que logre fundar en 1892 el primer Partido

Revolucionario del Mundo, Partido Revolucionario Cubano, en Tampa, Florida y en

Nueva York. Inicia el proceso revolucionario para lograr mediante la guerra la

independencia de Cuba.

Page 55: Repaso Historia Del Derecho PR

José Martí se dedica a hacer planes y a buscar a los mejores generales de Latinoamérica.

Obtiene dinero para sus planes mediante la donación de fondos para el Partido que hacían

los tabaqueros de Florida, los cuales le confiaban dinero. Crea un periódico llamado

Patria, el cual era dirigido por un Puertorriqueño.

En 1895 inicia la Guerra de Independencia, cuando envía un telegrama en clave para

avisar que la guerra había comenzado. Fue un procedimiento muy cruel y difícil.

España acepta la guerra y manda al General Arsenio Martínez Campos para que la

acabe. El General Martínez llega a Cuba, estudia el asunto y hace un informe en el que

dice que la guerra se puede ganar, pero había que hacer fusilamientos, campos de

concentración y quemar los campos; pero él no podía hacer todo eso porque era católico.

Sugiere que se envíe al General Valeriano Weil, el cual llega. Es una guerra muy

compleja. Los españoles se portaron como héroes. Miles de puertorriqueños pelearon en

esta guerra, incluyendo a un general que luego fue gobernador de Cuba y ocupó otros

puestos importantes General Juan Ríos Rivera. Esta guerra de Cuba era similar a la de

Vietnam, en la que se inventan los campos de concentración y las guerrillas.

Posteriormente Estados Unidos intentará quedarse con Cuba. Una de las cosas que hace

España es concederle a Cuba la autonomía para contrarrestar los propósitos de EE.UU.,

olvidándose de que Puerto Rico la estaba pidiendo desde hacía mucho tiempo. (Luego se

le concede la autonomía a Puerto Rico, con una serie de cambios jurídicos como

consecuencia.)

Esa guerra afecta a Puerto Rico, que hasta ese momento estaba en paz y tranquilidad. En

noviembre de 1897, España le da a Cuba la autonomía, pero ésta no era querida por el

pueblo sino solamente por una escasa minoría. En Cuba el respaldo lo tienen los

independentistas de José Martí y el Partido Conservador. No se le da la autonomía a

Puerto Rico al principio porque la Isla estaba en paz, pero Muñoz Rivera la pide y se le

concede. Puerto Rico comienza el proceso autonómico, el cual tenía mucho arraigo,

contrario a lo que ocurría en Cuba.

Las elecciones se hacen el 16 de junio de 1898. Entre el 25 de noviembre de 1897 y el

16 de junio de 1898 hubo un gobierno provisional. Esas elecciones fueron ganadas por

Luís Muñoz Rivera, a quien se le nombra presidente del gobierno de Puerto Rico. El 25

de julio de 1898 ocurre la invasión norteamericana, la cual iba a iniciarse por Fajardo

pero como los estaban esperando los independentistas, deciden entrar por un puerto

alterno en el área de Guánica y Yauco.

Obviamente la autonomía viene para tratar de imponer la paz en Cuba, tratando de poner

fin a la Guerra Civil de Cuba (que llevaba muchos años peleándose y ninguno podía

vencer a su oponente). La autonomía en Cuba fracasa porque había una gran mayoría

independentista.

Page 56: Repaso Historia Del Derecho PR

En Puerto Rico no hay una culminación de un momento histórico. La autonomía no se le

da cuando se le da a Cuba, pero Muñoz Rivera manda cablegramas y el Ministerio decide

que se le de a Puerto Rico también. Si no se le llega a haber dado a Cuba, no se le daba a

Puerto Rico. La autonomía tenía un clima favorable de aceptación en Puerto Rico.

NOTA: EU, desde tiempos de George Washington, deseaba expandir sus territorios,

quitándole tierras a Canadá y a México. Entre sus planes también está la expansión hacia

el Caribe. Algunos de los sitios a los que quieren llegar es a Cuba, Puerto Rico y

República Dominicana. En el siglo XIX ya EU era una potencia mundial, que producía

más de lo que podía consumir (había un excedente). Un teórico estadounidense plantea

que EU debe:

o No consumir sus recursos, sino los de otros países

o Desarrollar una marina de guerra

o Desarrollar una marina mercante

o Tener otros lugares en el mundo donde descansar la flota

De todos modos se cometieron múltiples errores:

o EU no tiene estado mayor, las agencias militares están todas regadas, sin

centralización.

EU interviene en la guerra. España eventualmente, el 21 de abril de 1898, le declara la

guerra a EU por diversas razones; entre ellas razones de intervención con Cuba (EU

reconoce que los cubanos deben ser libres en su Congreso).

La Marina de EU había sido renovada por Roosevelt sin informarlo al Presidente. Lo

dejan actuar solo hasta que se moderniza la Marina. Eventualmente EU gana la guerra, a

pesar de los numerosos errores que habían cometido.

Desde Cuba sale el general para invadir a Puerto Rico. Otro cuerpo de guerra sale de

Miami. Entran por Guánica y comienza el proceso de presencia de los EU en Puerto

Rico. Desembarcan el domingo 25 de julio de 1898. La Isla se divide en dos partes:

o La parte española, tiene el gobierno general español y el gobierno

autonómico

o La parte de influencia estadounidense, tiene el gobierno militar del General

Myles

La guerra en Puerto Rico dura unas tres semanas, porque en esta guerra no había odios

personales, se trata de una guerra para quedarse con parte de Filipinas y quizás quedarse

con otros territorios, como Cuba y Puerto Rico. La guerra acaba el 12 de agosto, con la

firma de un protocolo preliminar. Una vez finalizada la guerra, EU cambia totalmente de

actitud para con Cuba, a quienes no les quiere reconocer soberanía. Entonces comienzan

a negociar con España.

Page 57: Repaso Historia Del Derecho PR

El 12 de agosto se da la orden de cese del fuego y que las tropas permanezcan donde

estén. El único sitio donde realmente se peleó en Puerto Rico con los americanos fue en

El Asomante. Allí actuaron los Macheteros de Puerto Rico, así como tropas

estadounidenses y españolas.

Los dos gobiernos existentes se envían portavoces y se reúnen en San Juan. El gobierno

español le plantea a los estadounidenses que había un gobierno autonómico, porque quien

administraba el gobierno era Muñoz Rivera y los representantes. Dice que los

puertorriqueños no reconocían ningún otro gobierno que el de la reina de España. De

todos modos se echa a un lado el gobierno autonómico y se ordena que se entregue la

plaza del gobernador, la que ocupará el General Ortega. Se determina que se va a

establecer en Puerto Rico un gobierno militar para asuntos civiles, el cual comenzará a

aplicarse a partir del 1 de octubre de 1898.

El 1 de octubre no se puede inaugurar el gobierno porque todavía parte del ejército

español está armado en La Puntilla, esperando transportación. Deciden esperar hasta

que se fueran para levantar las banderas. Finalmente se despiden el 17 de octubre. Se

alza la bandera española (del ejército español) que todavía flota en la Isla, en el Castillo

San Cristóbal de El Morro, la cual se alza en representación de que los españoles una

vez estuvieron aquí.

El 18 de octubre de 1898 se inicia el gobierno militar de EU en Puerto Rico. Para ese

tiempo La Fortaleza no tenía verja. La que tiene actualmente fue mandada a construir

por Luis Muñoz Marín, después de un ataque de los nacionalistas.

NOTA: René Marqués escribe la historia de La muerte no entrará en palacio, que es

una crítica a este hecho.

Desfilaron por San Juan don José Celso Barbosa y Luis Muñoz Rivera junto con varios

almirantes de EU, mientras el pueblo los veía alrededor de La Fortaleza. La actitud de

Puerto Rico ante la invasión y ante la figura de los estadounidenses es motivo de estudio

actualmente. Es una actitud totalmente diferente a la que asumieron los cubanos y los

filipinos, lo que causa desprecio hacia Puerto Rico por parte de los estadounidenses.

Eugenio María de Hostos da una explicación sobre lo que los puertorriqueños

entendieron que los estadounidenses iban a hacer, a diferencia de lo que los

estadounidenses esperaban que los puertorriqueños hicieran. Puerto Rico se convierte de

la provincia autónoma española a un Departamento dentro del Departamento de Guerra

de EU.

Page 58: Repaso Historia Del Derecho PR

NOTA: para 1863 EU le pidió a un prusiano que hiciera la primera enciclopedia

americana. También se le pide que cree unas ordenanzas jurídicas para que el gobierno

militar las siguiera (Ordenes generales 101). Estas son las ordenanzas que reglamentan el

ejército y estaban vigentes en 1898. No están vigentes actualmente. Allí hay unas

disposiciones que señalan que cuando EU gana una guerra y permanece en ese lugar,

tiene que establecer en esas tierras un gobierno militar para los asuntos civiles si quiere

permanecer allí.

Curiosamente EU se enfrenta por primera vez a una situación distinta cuando llega a

Puerto Rico. Es la primera vez que EU se enfrenta a un país densamente poblado, que

tiene una cultura y un idioma establecido. Puerto Rico tenía casi un millón de habitantes.

Las instrucciones de las ordenanzas plantean cómo atender los asuntos civiles:

_ se le pide una opinión al asesor jurídico del Departamento de Guerra,

quien estuvo en Puerto Rico, en Panamá y en Cuba, el cual emite una

opinión que dice que hay que administrar de alguna forma a Puerto

Rico antes de que se logre una organización.

Nombran como administrador al general John F. Brooke. El gobierno militar se expresa

por medio de “general orders”, que incluyen el número y la fecha. Lo primero que se

hace es traducirlas al español (traducidas por Francisco J. Amín?) a órdenes generales.

La primera orden general es para dar continuidad al gobierno y a las instituciones. Esa

Orden General #1 da vigencia al gobierno.

Cuando los americanos llegan a Puerto Rico se encuentran con un Parlamento

autonómico, los puertorriqueños son quienes gobiernan a Puerto Rico. Ese parlamento

fue establecido por unas elecciones que se celebraron a principios de julio de 1898. El

gabinete interino funcionaba desde el 1 de febrero. Es por eso que el gobernador Brooke

vuelve a nombrar a Muñoz Rivera y al gabinete autonómico como el gabinete que

administrará los asuntos de Puerto Rico, pero ahora como Gobierno Insular. Luis Muñoz

Rivera era el presidente. En el gabinete también estaba Cayetano Coll y Toste, Julián

Blanco, entre otros. Brooke emite otras órdenes generales dándole vigencia al sistema de

tribunales.

El Parlamento autonómico nunca más se reunió. Lo único que queda vigente de la

Constitución Autonómica es el gobierno: los secretarios del gobierno, que son nombrados

por orden general. Brooke nombra un número grande de oficiales del ejército de EU

encargados de numerosas funciones gubernamentales.

Muñoz Rivera, en tiempos de los españoles, había logrado que se nombrara a José

Conrado Hernández y Santiago como juez de la Audiencia Territorial, esto a pesar de la

prohibición que existía de que no se podían nombrar jueces a la audiencia del lugar

donde vivían. De los nueve jueces de las audiencias, se fueron los que eran españoles.

Page 59: Repaso Historia Del Derecho PR

Brooke le da vigencia al ordenamiento jurídico, al cuerpo de Derecho Ultramarino,

siempre y cuando no tuvieran conflictos con las leyes y procedimientos de EU. El

gobierno militar introduce a nuestro sistema jurídico la figura del divorcio. Las vacantes

en las plazas de jueces son llenadas por nuevas personas. José de Diego fue nombrado

juez del Tribunal Supremo de Justicia del Gobierno Militar, pero luego renunció porque

prefería ser juez de lo criminal en Mayagüez.

Se volvieron a restablecer todos los términos, que se habían detenido durante la guerra.

En el aspecto político, los viejos aliados ahora eran enemigos. Hubo un realineamiento

de fuerzas políticas. Brooke es nombrado gobernador de Cuba y se marcha el 9 de

diciembre de 1898. Brooke estaba presente en Puerto Rico cuando se le cambió el

nombre a la isla a Porto Rico, a pesar de que el Bureau de Nombres en EU dijo que a los

territorios no se les podía cambiar el nombre.

Viene un nuevo gobernador, Guy V. Henry, un general de voluntarios ya entrado en

años. Este admiraba mucho el Partido de Barbosa y no era muy afín con Muñoz Rivera.

Brooke no estableció ninguna disposición que establezca directamente el Tribunal

Supremo de Justicia de Puerto Rico. Brooke sí llegó a emitir un decreto u orden general

(orden general #4 de 27 de octubre de 1898), en la que dice que se elimina el Tribunal de

lo Contencioso Administrativo de Puerto Rico porque no estaba acorde con las ideas

americanas y establece que sus funciones y archivos se trasladarían al Tribunal Supremo

de Justicia de Puerto Rico. Es de esta manera que se crea el Tribunal Supremo de

Justicia de Puerto Rico, mediante la disolución de un tribunal y la mención indirecta del

nuevo tribunal.

El General Henry es un gobernador muy interesante porque lo describe un escrito de la

época como persona impresionable, nerviosa, débil de carácter y admirador del grupo

radical. En tiempos del gobierno militar los norteamericanos llamaban a Barbosa y a su

grupo el grupo radical, porque querían unirse a Estados Unidos.

NOTA: en Puerto Rico es el único lugar donde la palabra estadidad significa querer

unirse a una Federación.

Henry cree que Puerto Rico debía inmediatamente se incluido en EU como un Estado.

Henry era una persona de carácter violento. Comenzó a gobernar el 6 de diciembre de

1898 y se va el 9 de mayo de 1899. Es él quien establece los tribunales militares que

juzguen civiles, cosa que estaba prohibida en EU por medio de la jurisprudencia, a menos

que se cumplieran ciertos requisitos que en Puerto Rico no se cumplían.

Page 60: Repaso Historia Del Derecho PR

El 1 de febrero de 1899 empezó el sufrimiento de Muñoz Rivera, pues Henry tiene

órdenes de sacarlo del gobierno y establecer un régimen que deje claro que quien manda

en la Isla es el Gobierno Militar. A esto se le llamó la Crisis de Febrero. Henry empieza

a sustituir puertorriqueños por estadounidenses. Entre otras cosas, vino el General

Eaton, que era un pedagogo, a quien mandaron a Puerto Rico porque según el informe

que se había hecho se determinó que los puertorriqueños no hablaban español, sino un

dialecto. Entendían que era mejor que hablaran en inglés. Empezaron las medidas de

que toda la educación se administrara en inglés.

Muñoz Rivera tuvo que publicar en los periódicos una carta dirigida a Henry, con fecha

de 4 de febrero, en la que escribe que el gabinete insular ve con suma preocupación la

sustitución hecha en el sistema educativo, lo que afecta la esencia del puertorriqueño.

Además, enumera las áreas en las que los puertorriqueños no pueden intervenir. Dice

que el gabinete insular no considera útil ni decorosa su permanencia en el puesto que

ocupa, porque se estaba desarrollando una política que los excluía y que los

puertorriqueños rechazaban. Posteriormente los miembros del gabinete renuncian.

Muñoz Rivera escribe otra carta, más dura, el 6 de febrero, en la que publica que los

puertorriqueños no eran dueños de su tierra. Cuestiona qué le sucederá a la personalidad

política y jurídica de Puerto Rico si renuncia el gabinete insular y se deja a la Isla a

merced de un gobierno militar. Henry emite su Orden General Número 14 y 15 de 9 de

febrero de 1899, donde dice que queda plenamente demostrado que la organización

creada por el gobierno español y continuada a través del gabinete insular no era

compatible con el gobierno militar, por lo que se elimina ese gabinete y se crean cuatro

departamentos independientes: Estado, Justicia, Educación y Exterior. Establece que

los jefes de departamentos que se opusieran a esto se les formularía cargos y se les

eliminaría de sus puestos. Se introduce el método y el progreso norteamericano.

Muñoz Rivera buscó a un abogado aliado suyo, un joven talentoso, llamado Ldo.

Herminio Díaz Navarro. Muñoz Rivera logra que Henry lo nombre Secretario de

Justicia en el Nuevo Orden, quedando Muñoz con intervención indirecta en los asuntos

del gobierno de Henry, pues Díaz Navarro es su sujeto político.

Surgen nuevos periódicos, entre ellos algunos en idioma inglés. Se fundó “The San

Juan News”, establecido por una familia muy distinguida. Este es un periódico pro-

Estados Unidos y anti-puertorriqueño. Es el primer periódico al que los puertorriqueños

le hacen un boicot. Es un periódico que ataca las instituciones de Puerto Rico. Es el

primer periódico que trae la figura de Santa Claus a Puerto Rico. Ataca la cultura

puertorriqueña a través de la prensa. Disminuye los íconos de nuestra cultura y ahí es

que surge la leyenda de que todo lo norteamericano es mejor.

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José Celso Barbosa funda el periódico “El País”, a través del cual ataca a Muñoz Rivera

y busca la americanización de Puerto Rico. Ataca las instituciones de Puerto Rico.

Colocan retratos de niños pobres y descalzos y plantean que Puerto Rico era un país de

gente pobre. La realidad es que en tiempos de España en Puerto Rico no había un

sistema de educación como el que se hace cuando llegan los americanos.

Evaristo Iscoa Díaz fundó “El Combate” y “La Bomba”, dos periódicos que defendían

la cultura y el Derecho puertorriqueño. Los sistemas de Derecho que tuvo Puerto Rico

hasta ese tiempo eran impuestos, pero se habían aclimatado a nuestro País y recogían

nuestro sentir, aunque debían ser reformados. En ese momento se plantea que se debía

cambiar nuestro sistema de Derecho e imponer uno estadounidense. Esto lo plantea el

juez Curtis en el periódico “The San Juan News”. Curtis es un juez norteamericano que

viene a Puerto Rico con tres personas más a estudiarnos. A esto se le llamó la “Insular

Comission”. Pasan en Puerto Rico unos dos o tres meses y rinden un informe. Las

declaraciones de Curtis también fueron publicadas en el periódico “El Territorio”

(periódico fundado por Muñoz Rivera). Se utiliza la frase de que “bajo la bandera de

Estados Unidos no puede haber otro Derecho que no sea el de Estados Unidos”. La

declaración de Curtis se publica el 1 de abril de 1899.

Luego hay otra editorial del “San Juan News”, del 4 de abril, que dice que hay que abolir

los tribunales creados por España porque son inferiores y eran corruptos. Dicen que hay

que traer a la Isla abogados norteamericanos para ocupar los puestos de jueces para poder

asegurar que las decisiones serían imparciales. De esta manera, se podrán mejorar todas

las otras instituciones de la Isla. Al día siguiente, “El Territorio” publica una editorial

que se titula “Desvergonzado” y dice que el periódico “The San Juan News” había

atacado el prestigio de nuestros tribunales de justicia, cuya sustitución pide. Dice que los

tribunales de aquí no son españoles como los llaman los norteamericanos, sino

puertorriqueños. Dicen que los tribunales de Puerto Rico están compuestos por

puertorriqueños, que tienen la dignidad y otras características que le hacen falta al otro

periódico y a sus escritores.

Para ese tiempo el Tribunal Supremo de Puerto Rico era integrado por:

_ José Severo Quiñones

_ José Conrado Rivera

_ Figueroa

_ Acuña

_ Acosta

_ Avelledo

Esos jueces debatieron lo publicado en “The San Juan News” y le enviaron una

resolución a Henry cuestionando las frases emitidas por ese periódico. Señalan que ese

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periódico desconoce los temas que trata. Dice que la Corte Suprema protesta ante el

gobernador de tan injustos ataques y dice que el Ministerio Fiscal debería intervenir con

ese periódico por su acción de desprestigiar lo tribunales de Puerto Rico (8 de abril de

1899). El gobernador dio por recibido el documento pero no hizo nada.

La polémica continúa entre los periódicos. “El Territorio” publica una nota titulada “Fin

de Semana” en la que señala que los ataques hechos al tribunal, la inacción del

Ministerio Fiscal y del tribunal, son el hecho más importante de la semana. En el ínterin,

Herminio Díaz Navarro, como Secretario de Justicia, estudia el sistema jurídico y el

ordenamiento puertorriqueño, y hace un informe sobre el Derecho Puertorriqueño. En

este hace una recomendación de que todas las leyes españolas, los Códigos (Civil y

Penal), los Procedimientos (Civil y Criminal) y todas las otras leyes, sean examinadas

para adecuarlas al nuevo régimen, pero indicando que estas instituciones deben

permanecer inalteradas por la reforma judicial por entender que representaban la realidad

de Puerto Rico.

A la misma vez que sale ese informe, sale el informe de la “Insular Commission”,

firmado por el General Curtis y sus otros dos miembros (Watkins y Kennedy), que

recomienda que todo el Derecho puertorriqueño sea suprimido y se instale el Derecho

estadounidense. El diario “The San Juan News” defiende la posición de la “Insular

Commission” y dice que no solamente hay que eliminar el Derecho Puertorriqueño, sino

también los tribunales de la Isla.

El último cónsul de Puerto Rico fue Phillip C. Hanna. En carta dirigida a EU dice que

la Isla de Puerto Rico no solamente necesita personas norteamericanas que administren el

Derecho, sino el Derecho norteamericano como tal. El obispado de Puerto Rico estaba

vacante. La Santa Sede le propone al Padre Berrios, un padre puertorriqueño, que sea

obispo, pero éste se niega. El Papa entonces nombra a un sacerdote de Louisiana

llamado Blenk como obispo de Puerto Rico. También viene el nuncio apostólico

Chapelle. La Santa Sede no incardina a Puerto Rico como una de las diócesis de EU,

sino que lo une a la Santa Sede.

Blenk y Chapelle llegan a Puerto Rico. Las iglesias en Puerto Rico estaban colocadas en

las plazas. Los norteamericanos plantean que las plazas son propiedad del Estado y

proponen que saquen las iglesias de allí. Eventualmente en una demanda ganan las

iglesias.

Blenk plantea que sustituir el Derecho puertorriqueño es una decisión tiránica porque el

derecho norteamericano no se ajusta a nuestra realidad histórica y cultural. De esta

manera tenemos el primer defensor norteamericano de los intereses de los

puertorriqueños.

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Posteriormente vinieron varios abogados norteamericanos para solicitar el ejercicio de la

abogacía en Puerto Rico. En ese momento era Secretario de Justicia el señor Juan

Hernández López, a quien se le pide que dé una opinión. Escribe una célebre opinión en

la que dice que para ser admitido en el foro puertorriqueño hay dos condiciones:

1. saber hablar español, porque toda la legislación puertorriqueña estaba en

ese idioma

2. conocer el Derecho

Se opone a que esos abogados sean admitidos a la práctica en Puerto Rico. El Tribunal

Supremo no los admite, alegando que son abogados de baja calidad. Esos abogados

norteamericanos fueron donde Guy B. Henry y donde el capitán Alfred Sharp, ayudante

del gobernador, a exigir su derecho. Henry se negó a permitirle el ingreso. Lo que

hicieron fue asociarse a firmas de abogados puertorriqueños que sirvieran como frente,

pero eran ellos los que hacían todo el trabajo. Estos abogados crearon un partido

político, el American Lawyer Party, que fue a elecciones en el año 1900. Ganaron los

republicanos, pero en ese partido había un abogado llamado Anderson, el cual tuvo

problemas en la Cámara de Delegados porque no conocía el idioma español. Los

republicanos dominan la Cámara de Delegados por cuatro años. Duró solamente dos

años en el puesto.

Una de las estipulaciones de la Ley Foraker era que se celebraran elecciones cada dos

años. Esto se hacía para crear un estado de inestabilidad. John W. Davis toma el

proyecto viejo de crear un tribunal federal, que era respaldado por los abogados

estadounidenses que querían un tribunal en su idioma. Empiezan a traducirse todas las

leyes en la década de 1900, del español al inglés.

Leo S. Rowing era un abogado estadounidense, hombre culto e interesado en aprender,

que llega a aprender español. Es miembro de las dos comisiones codificadoras, que nos

imponen una serie de asuntos extraños. Escribió un libro llamado “The United States

and Puerto Rico”, donde plantea una serie de opiniones suyas como:

_ Para la masa de norteamericanos residentes en Puerto Rico,

especialmente para los abogados, todo el sistema de Derecho y de

Gobierno es malo, porque no es el de ellos. Dice que estos sistemas

eran antiamericanos.

_ El único medio de norteamericanizar a Puerto Rico era dándole el

sistema de Derecho de uno de sus Estados a Puerto Rico.

Llegan a Puerto Rico numerosos reverendos de iglesias protestantes, que venían a Puerto

Rico a evangelizar. La forma en que lo hacían era atacando la cultura puertorriqueña, lo

que causó motines y problemas en un principio. Finalmente comprendieron que cada

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cual debe tener la religión que quiera. Otro problema era que los muchachos que

vinieron a pelear en la guerra eran campesinos de EU, porque la gente de alta sociedad

no vino o vinieron como generales, por lo que no se podía pedir que fueran finos y

elegantes. Cuando tuvieron hijos con las puertorriqueñas, se negaban a asumir su

paternidad.

La imagen que se tenía en Puerto Rico de los Estados Unidos era una distorsionada. El

Supremo de Puerto Rico aprueba una resolución nueva en que dice que el Derecho

Puertorriqueño es adecuado para la Isla y sí hay que cambiarlo deben ser los mismos

puertorriqueños los que lo cambien.

Empieza el proceso de creación del Tribunal Federal Provisional. Cayetano Coll y Toste

planteó ante el gobernador Henry que el Derecho Puertorriqueño era bastante cómodo

para los puertorriqueños, por lo que pide que éste no se cambie y si se cambia sea por los

puertorriqueños.

Luis Muñoz Morales dijo que las costumbres de los puertorriqueños no eran aceptadas

por los americanos. Dice que los americanos critican el Derecho Puertorriqueño sin

haberlo leído.

De 9 de mayo de 1899 a 9 de mayo de 1900 estuvo de gobernador Davis. Era una

persona peligrosa. En su informe oficial dice: “muchos ciudadanos de EU residen en

Puerto Rico y han enfrentado litigios en los tribunales sin poder ejercer sus derechos por

no entender el idioma.” Es por eso que sugiere que se enmendara, aboliera o cambiara el

Derecho Puertorriqueño.

El viejo proyecto de Henry y Sharp de crear un nuevo Tribunal Federal Provisional había

establecido las comisiones que eran tribunales militares, pero no podían continuar porque

eran ilegales y se había firmado el tratado de Paris (Ex Parte Milligan: establece que se

puede juzgar a un civil en un tribunal militar si se dan estas condiciones: 1) que haya

teatro de guerra activo; 2) que los tribunales civiles de c/ naturaleza estén cerrados.).

Es ilegal porque no pasaba nada de eso, y no se pudieron continuar con esos tribunales

militares, así que la única manera de continua con estos tribunales era que Henry creara

un tribunal federal provisional. Davis va a intervenir para crear eso.

“El Territorio” dice el 20 de mayo de 1899: “en esos momentos se estaba rumorando el

hecho de la creación de un tribunal americano.” El diario de Barbosa, “El País” dice: “El

doble juego. Señala que las autoridades ven la necesidad de crear tribunales americanos

en Puerto Rico. Menciona todo lo que hizo Muñoz Rivera para luchar contra la

imposición de nuevos tribunales. Señala que contra el dictamen de varias personas se

estableció la Corte Federal de Estados Unidos en Puerto Rico, a pesar de las múltiples

protestas que se hicieron.”

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El 20 de junio de 1899 un grupo de abogados norteamericanos y algunos puertorriqueños

le mandaron una carta a Davis en la que solicitan que se cree el sistema de Derecho de

Estados Unidos. El 28 de junio de 1999 el “El Territorio” y “The San Juan News”

publican sendos editoriales en los que anuncian la inauguración próxima de la Corte

norteamericana. La Corte norteamericana se va a inaugurar el 1 de julio de 1899, por la

Orden General #89, y se establece el 4 de julio. Su Decreto de establecimiento dice que

después de una consulta se establece esta Corte. Para la inauguración invitan a los jueces

del Tribunal Supremo, que van a la actividad.

Se invita al cónsul español en Puerto Rico, quien estaba abstraído de todo lo que había

ocurrido en Puerto Rico e hizo un brindis diciendo que al fin iba a haber justicia en la

Isla, sin darse cuenta de que estaba insultando las cortes de la Isla. Al otro día, “El

Territorio” hizo una crítica sobre la inauguración, incluyendo una a la participación del

cónsul español, el cual dio su discurso en inglés. También, el periódico “El País”, de

Barbosa, critica a los jueces del Tribunal Supremo por estar allí.

En España, se pide la destitución del cónsul, pero lo que se hizo fue que los trasladaron a

otro país.

Otro periódico dice en un escrito que firma una persona bajo el seudónimo de Rodrigo

Díaz, un artículo llamado “Tratado de París: Interpretación”, en el que hace su análisis

del tribunal federal provisional, señalando las cosas que tiene esta corte en similitud con

Puerto Rico, siendo la única de éstas el dinero que cobraban todos los meses. Las otras

cosas eran diferencias. Termina la polémica con una frase del editorial de “El Territorio”

del 12 de julio de 1899 que dice que “sobre la Corte Federal solamente cabe en los

puertorriqueños la protesta estéril y que conviene dejar claro para el futuro que no todos

los puertorriqueños estuvieron de acuerdo con esto y que algunos lucharon contra la

americanización que esto representa.”

La política oficial sobre el Derecho Puertorriqueño es:

_ El Art. 20 de la Ley Foraker establece una Comisión para recopilar y

estudiar el Derecho Puertorriqueño. Esto demuestra lo poco que

sabían, porque nuestro Derecho ya estaba codificado.

_ La Comisión está integrada por dos norteamericanos y un

puertorriqueño.

_ El Gobernador Allen es quien la pone en vigor.

La Comisión hace un informe de 1,000 páginas (500 en español y 500 en inglés), las

cuales son absurdas en su mayoría, por lo que el Congreso archiva el informe y no lo

utiliza. En 1902 se aprueba una ley que presenta José Celso Barbosa en el Consejo

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Ejecutivo, que establece la Comisión Codificadora de Puerto Rico, siendo el gobernador

Hunt el que nombra la comisión. Están en la Comisión: Hernández López, Rowde

(ambos estuvieron en la primera comisión) y Kiddy.

Se dividieron el Derecho. Hernández pidió el C.C. y lo salvó, junto al Procedimiento

Civil. Kiddy pidió el Derecho Penal y nos impuso el Derecho Penal de Montana, junto al

Procedimiento Penal. Rowde tomó el Derecho Político, el cual no existía en Puerto Rico,

y copió literalmente el Derecho Público de Nueva York. El Gobierno acepta todo lo que

la Comisión le propone.

La Asamblea Legislativa, dominada por el Partido Republicano, aprobó de una noche al

día siguiente todos esos Códigos. El Lado. Rosendo Matienzo Cintrón, que entonces era

republicano y amigo de Barbosa, empieza a cambiar sus ideas y dice unas palabras muy

importantes:

“En Puerto Rico, cuando llegaron los norteamericanos, hubo una abominación de

todo lo que era el idioma español. Nos acostamos una noche llamándonos Juan, José

y Pedro y despertamos llamándonos John, Joseph y Peter. Esto hizo que se eliminara

uno de los mejores sistemas de notariado del mundo y trajo muchos problemas a

Puerto Rico.”

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