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Regulación de los Organismos Genéticamente Modificados y su
Implementación en México
Dra. Sol Ortiz GarcíaSecretaria EjecutivaCIBIOGEM
1
Cuarto Taller para el Fortalecimiento del Conocimiento en Materia de Bioseguridad y Biotecnología de Organismos Genéticamente
ModificadosCiudad de México
1. Antecedentes
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación y retos.
2
3
1. Antecedentes
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación y retos.
1988. Primera Solicitud de liberación
al ambiente de un cultivo: GM tomate
1986. Creación del Departamento de
ingeniería Genética. CINVESTAV
Dr. Luis Herrera-Estrella, L. Trabajó en la expression de
genes bacterianos en plantas. Nature 1983
Dr. Francisco Bolívar, participó en el
desarrollo del primer vector
recombinante. (Gene 1977)
5
1. Antecedentes
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación.
Organizaciones Internacionales
1995
Creada por Las negociaciones de la Ronda Uruguay (1986-94)La OMC es el único
organismo internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Asegurar que las corrientes comerciales circulen con la máxima facilidad, previsibilidad y libertad posible.
Conferencias de NacionesUnidas sobre el MedioAmbiente y el DesarrolloPrimera: Estocolmo ysurge el Programa delMedio Ambiente de lasNaciones Unidas.
1992Segunda Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro:• Declaración de Río• Convención de
Biodiversidad • Agenda 21
1972
CODEX ALIMENTARIUS
Creado por la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Protección de la salud de los consumidores, asegurar unas prácticas de comercio claras y promocionar la coordinación de todas las normas alimentarias acordadas.
1963
6
La Comisión ha establecido MÁS de 1000 LÍMITES MÁXIMOS
para Aditivos Alimentarios y Contaminantes de Alimentos
3000 LÍMITES MÁXIMOS para Residuos de Plaguicidas y
Medicamentos Veterinarios presentes en los productos
alimentarios
Ha establecido CIENTOS de Normas, Códigos de Prácticas y
Directrices relacionadas con alimentos
7
Codex Alimentarius
Comités de Asuntos
Generales
Comités sobre Productos Grupos de acción
intergubernamentales especiales
Comité sobre Aditivos Alimentarios Comité sobre Grasas y Aceites Grupo de acción sobre alimentación
animal
Comité sobre contaminantes de los
Alimentos
Comité sobre Pescado y Productos Pesqueros Grupo de acción sobre alimentos
obtenidos por medios
biotecnológicos
Comité sobre Etiquetado de
los Alimentos
Comité sobre Frutas y Hortalizas Frescas Grupo de acción sobre zumos (juego) de
frutas y hortalizas
Comité sobre Métodos de
Análisis y Toma de Muestras
Comité sobre Leche y Productos Lácteos Grupos de acción sobre la elaboración
de manipulación de los alimentos
congelados rápidamente
Comité sobre Nutrición y Alimentos
para Regímenes Especiales
Comité sobre Frutas y Hortalizas Elaborados Grupo de acción sobre la resistencia a
los antimicrobianos
Comité sobre Cereales, Legumbres y
Leguminosas
Comité sobre Productos de Cacao y Chocolate
…
8
Codex Alimentarius
La Comisión del Codex conforma el primer GAI en 1999 con un mandato de 4 años (1999-2003) para:
Elaborar normas, directrices o recomendaciones, según proceda, para los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos o las características introducidas en los alimentos por estos medios, sobre la base de datos científicos y análisis de riesgos, y teniendo en cuenta, cuando proceda, otros factores legítimos.
• Principios para el Análisis de Riesgos de alimentos derivados de la Biotecnología Moderna
• Directrices para la realización de la evaluación de la inocuidad de los alimentos derivados de Plantas Recombinantes
• Directrices para la realización de la evaluación de la inocuidad de alimentos producidos por Microorganismos Recombinantes
• Directrices para la realización de la evaluación de la inocuidad de alimentos derivados de Animales Recombinantes
Grupo de Acción Intergubernamental Especial sobre Alimentos Obtenidos por
Medios Biotecnológicos (GAI)
9
Codex Alimentarius
EVALUACIÓN DE LA INOCUIDAD• Sustancias expresadas (distintas de ácidos nucleicos)
• Evaluación de la posible toxicidad• Evaluación de la posible alergenicidad• Análisis de los componentes esenciales• Evaluación de los metabolitos• Elaboración de los alimentos• Modificaciones nutricionales
10
Regulación Internacional
Comité sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras (CCMAS)
“DIRECTRICES SOBRE CRITERIOS DE RENDIMIENTO Y VALIDACIÓN DE LOS MÉTODOS DE DETECCIÓN,
IDENTIFICACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE SECUENCIA ESPECÍFICAS DE ADN Y DE PROTEÍNAS
ESPECÍFICAS EN LOS ALIMENTOS”∗
CAC/GL 74-2010
∗ Para aplicaciones como los alimentos derivados de la biotecnología moderna, la autenticación de alimentos, la especiación de alimentos y
otros usos.11
Codex Alimentarius
Programa de las Naciones Unidas
para el Medio Ambiente
Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo
Agenda 21
Convenio sobre la Diversidad Biológica
Protocolo de Cartagena sobre la
Seguridad de la Biotecnología
Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre
Responsabilidad y Compensación
Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los
Recursos Genéticos
20102000
1992
12
La biotecnología moderna por sí misma nopuede resolver todos los problemasfundamentales del medio ambiente y eldesarrollo, sin embargo, cabe esperar queaporte una importante contribución aldesarrollo sustentable en distintos ámbitos.
Se reconoce que es necesario elaborar principiosinternacionales para la evaluación y el manejode riesgos de aspectos relacionados a labiotecnología.
GESTIÓN ECOLÓGICAMENTE RACIONAL DE LA BIOTECNOLOGÍA
Agenda 21Capítulo 16
http://www.un.org/esa/dsd/agenda21_spanish
40 capítulos en donde se formulan diferentes programas de trabajo.
13
El Convenio de Diversidad Biológica
Conservación de la biodiversidad
Acceso adecuado a los recursos genéticos
Reparto justo y equitativo de beneficios
OBJETIVOS
• Auspiciado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, inicia firma en la Cumbre de la Tierra, 1992.
• Entró en vigor el 29 de diciembre de 1993.• Cuenta con 196 países Parte.
http://www.cbd.int/ 14
3. Las Partes estudiarán la necesidad y las modalidades de un protocolo queestablezca procedimientos adecuados, incluido en particular el consentimientoinformado previo, en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización decualesquiera organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología quepuedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de ladiversidad biológica.
COP 2 Decision II/5 (November 1995)CONSIDERATION OF THE NEED FOR AND MODALITIES OF A PROTOCOL FOR THE SAFE TRANSFER,
HANDLING AND USE OF LIVING MODIFIED ORGANISMS.
Recognizing that modern biotechnology has great potential for human well-being if developed and used with adequate safety measures for the environment and human health, […]
Convenio sobre la Diversidad Biológica
Sobre la gestión de la biotecnología y distribución de sus beneficiosArtículo 19
15
El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
La negociación del Protocolo inicia en 1995, se conforma un Grupode Trabajo Ad Hoc, 5 años después se adopta el texto en el 2000.El Protocolo de Cartagena entró en vigor el día 11 de septiembredel 2003. Actualmente 170 países lo han ratificado.40 artículos y 3 anexos
• Contribuir a un uso seguro de los organismos vivos modificados
• Ámbito movimiento transfronterizo
• Aplicar el procedimiento de Acuerdo Fundamentado Previo
OBJETIVOS del PROTOCOLO
16
17
1. Antecedentes
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación.
Entorno nacional:
1988 Primera solicitud para pruebas en campo con jitomate GM.1996-2005 Recepción solicitudes de liberación en campo bajo la NOM-FITO 056 1997-2005 Discusiones en ambas cámaras sobre la regulación de OGMs, 5 iniciativas de
ley además de diversas reformas y adiciones a leyes vigentes.1999 Creación de la CIBIOGEM para coordinar políticas públicas en Bioseguridad2002 Ratificación del Protocolo de Cartagena por parte del Senado2005 Publicación de la Ley de Bioseguridad de OGMs
Entorno internacional:
• 1995-2000 Discusiones y negociación del Protocolo de Cartagena• 2000 Adopción del Texto del Protocolo y firma de México• 2003 Entrada en vigor del Protocolo de Cartagena
La regulación en materia de Bioseguridad de OGMs
18
Regulación Nacional
Publicada en 2005 y vigente
Considera compromisos
internacionales
Define principios de política nacional
Establece instrumentos para su
aplicación
Determina competencias de las
dependencias Federales
Mecanismos de comunicación e
información
Bases para el contenido de normas
Instrumentos de fomento a la
investigación
124 artículos y artículos 12 transitorios19
Regulación Nacional
20
¿Cuál fue el proceso para acordar la legislación en materia de Bioseguridad?
ABRIL DE 1999INICIATIVA DE LEY DE BIOSEGURIDAD Y SANIDAD DE ORGANISMOS VIVOS YMATERIAL GENETICO, Partido Verde Ecologista de México,
ABRIL DE 2000.INICIATIVA DE LEY DE BIOSEGURIDAD , Partido Acción Nacional
OCTUBRE DE 2001INICIATIVA DE LEY SOBRE LA PRODUCCION, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION,CONTROL Y FOMENTO DE LOS PRODUCTOS TRANSGENICOS,Partido de la Revolución Democrática
ABRIL DE 2002INICIATIVA DE LEY DE INVESTIGACION, DESARROLLO BIOTECNOLOGICO YBIOSEGURIDAD, Partido Revolucionario Institucional
MAYO 2002LA CÁMARA DE SENADORES RATIFICA EL PROTOCOLO DE CARTAGENA
Iniciativa del Senado consideró: •Experiencia previa nacional y de otros países, •Legislación nacional y compromisos internacionales, •Elementos de otras iniciativas de ley (PVEM, PAN, PRD, PRI)•Experiencia operativa de las instancias competentes•Foro de consulta muti-sectorial: ambas cámaras, EF, investigadores, ONGs•Bases y recomendaciones de la Academia Mexicana de las Ciencias
Presenta iniciativa de Ley de Bioseguridad de OGMsante el pleno de la Cámara de Senadores
Única iniciativa sobre bioseguridad que se presentó por 18 Senadores de todas las fracciones parlamentarias (PRI, PAN PRD,PVEM y PCD)Foro de consulta de noviembre 2002 a febrero 2003Se aprueba el Dictamen de Iniciativa en abril de 2003 (si 87, no 3 y abs 2)
Noviembre 2002
22
En la cámara de Diputados:
•Recibe Minuta Proyecto de Ley el 28 de abril de 2003, •Realizan diversos foros regionales, simposios, seminarios y dos Foros Nacionales•Se crea subcomisión de trabajo con 9 diputados, se realizan sesiones de trabajo en centros de investigación•Se escucha al Dr. Sarukhán, y al Dr. Herrera Estrella sobre los resultados del informe de la CCA caso Oaxaca•Se vota 14 de diciembre de 2004 y se aprueba en Pleno (si 319, no 105 y 5 abstenciones).• Se publica en mayo de 2005.
Abril 2003
2005 Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados se publica en el DOF en marzo. Adecuación de regulación de las instancias competentes
2006 Reglamento de la CIBIOGEM
2007 Reglas de Operación de la CIBIOGEM
2008 Reglamento de la LBOGM
2009 Decreto de reforma al Reglamento de la LBOGM: Régimen de Protección Especial al Maíz, Reglas de Operación del Fondo para el Fomento y Apoyo a la Investigación C & T en Bioseguridad y Biotecnología, Reglas a Operación y Funcionamiento de la Red Mexicana de Monitoreo de OGMs.
2011 Formato Único de Avisos de Utilización Confinada de OGMS.
2012 Acuerdo de Centros de origen de maíz.
2014 Norma del Contenido del Reporte de Resultados, Norma de Etiquetado de Semillas23http://www.conacyt.mx/cibiogem/index.php/normatividad/normatividad-vigente-en-materia-de-bioseguridad
Regulación Nacional
Comercialización Liberación al Ambiente
AVISOS PERMISOSAUTORIZACIONES
Utilización confinada
Regular las actividades con OGMs para prevenir, evitar o reducir los
posibles riesgos a la salud humana, el medio ambiente y la
biodiversidad, la sanidad animal, vegetal y acuícola
Acto
Administrativo
Experimental
Programa piloto
Comercial
OBJETO:
Consumo humano
Biorremediación
Salud Pública
Con fines de:
Enseñanza e investigación
Industrial y Comercial
Autoridad
competente
Coordinación
Intersecretarial Importación/Exportación
Ley de Bioseguridad de
Organismos Genéticamente
Modificados
25
1. Antecedentes
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación.
Laboratorio
Modificado
de Raymond Layton, Ph.D.
Invernadero Cultivo ComercialPruebas de campo
AVISOS PERMISOS
AUTORIZACIONESExperimental
Programa piloto Comercial
Comercialización
Actividades e instrumentos regulatorios
Autoridades Competentes en función del
OGM del que se trata.
AVISOS• Enseñanza e investigación • Fines industrialesImplica uso de barreras físicas
Utilización Confinada
Régimen de Avisos:Artículos 77-85
27
Regulación Nacional
• El Protocolo de Cartagena establece en su artículo 6 queOVM en tránsito o destinados a uso contenido norequieren la implementación del AcuerdoFundamentado Previo.
Definición del término (art.3)
Uso Contenido (art. 6)
Manejo, transporte, empacado e identificación (art. 18. 2b)
Utilización Confinada
28
Regulación Nacional
Cualquier actividad por la que se modifique el material genético de unorganismo o por la que éste, así modificado, se cultive, almacene, emplee,procese, transporte, comercialice, destruya o elimine, siempre que en larealización de tales actividades se utilicen barreras físicas o unacombinación de éstas con barreras químicas o biológicas, con el fin delimitar de manera efectiva su contacto con la población y con el medioambiente. Para los efectos de esta Ley el área de las instalaciones o elámbito de la utilización confinada no forma parte del medio ambiente.
Utilización Confinada
(LBOGMs Artículo 3, fracción XXXIV)29
Regulación Nacional
El aviso es la comunicación que deben presentar en formatosoficiales los sujetos señalados en esta Ley, a la SEMARNAT o a laSAGARPA, según corresponda conforme a la Ley de Bioseguridad,respecto de la utilización confinada de OGMs.
Presentación de: AVISO
(LBOGMs Artículo 77)
http://www.conacyt.mx/cibiogem/index.php/sistema-nacional-de-informacion/formatos-de-avisos
2011 Formato Único de Avisos de Utilización Confinada de OGMS.
30
Regulación Nacional
Regulación Nacional
1 1
3
20
35
18
3
8
18
6
2 2 23
18
10
4
21
0
5
10
15
20
25
30
35
40
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Avisos de Utilización Confinada(Actualizado al 5 de septiembre de 2017)
Instituciones públicas y Centros de Investigación Empresas privadas nacionales e internacionales
•Consumo Humano*Consumo Animal
• Salud Pública•Bio-remediación
AUTORIZACIONES
Régimen de Autorizaciones:Artículos 91-98
32
Regulación Nacional
AUTORIZACIONES
El Protocolo de Cartagena establece en su artículo 11 y su anexo II el procedimiento para OVMs destinados a consumo humano, animal y el procesamiento.
Es el acto administrativo mediante el cual la Secretaría deSalud, autoriza organismos genéticamente modificados, aefecto de que se pueda realizar su comercialización eimportación para su comercialización.
Comercialización: Es la introducción al mercado para distribución yconsumo de organismos genéticamente modificados en calidad deproductos o mercancías, sin propósitos de liberación intencional al medioambiente 33
Regulación Nacional
La comercialización de OGMs en Mexico, inicia en 1995 y a la fecha, laSecretaría de Salud a través de la COFEPRIS, ha aprobado lacomercialización para el consumo humano de ? eventos detransformación o eventos apilados.
AUTORIZACIONES PARA COMERCIALIZACION
34
Regulación Nacional
La comercialización de OGMs en Mexico, inicia en 1995 y a la fecha, laSecretaría de Salud a través de la COFEPRIS, ha aprobado la comercializaciónpara el consumo humano de 164 eventos de transformación o eventosapilados.
AUTORIZACIONES PARA COMERCIALIZACION
Cultivo Eventos aprobados Cultivo Eventos aprobados
Jitomate 3 Maíz 80
Papa 3 Algodón 36
Alfalfa 4 Soya 27
Remolacha azucarera 1 Canola 9
Arroz 1 TOTAL 164
EVALUACIÓN DE LA INOCUIDAD• Sustancias expresadas (distintas de ácidos nucleicos)
• Evaluación de la posible toxicidad• Evaluación de la posible alergenicidad• Análisis de los componentes esenciales• Evaluación de los metabolitos• Elaboración de los alimentos• Modificaciones nutricionales
Requisitos para la Presentación de Solicitudes de AutorizaciónArtículo 31 del Reglamento de la Ley de Bioseguridad:Cerca de 80 secciones y subsecciones.Incluida evaluación de la equivalencia sustancial.
36
Regulación Nacional
PERMISOS• Experimental • Piloto • Comercial
Liberación al Ambiente
Régimen de Permisos:
Artículos 32-72
Autoridad Competente quien emite el Permiso en función del OGM del que se trate.
Información de solicitudes: Registro Nacional de OGMs
37
Regulación Nacional
El Protocolo de Cartagena• Artículo 7: Aplicación del Procedimiento de
Acuerdo Fundamentado Previo.
“se aplicará antes del primer movimiento transfronterizo
intencional de un organismo vivo modificado destinado a laintroducción intencional en el medio ambiente de la parte deimportación”
38
No se aplicará• a los OVMs que está previsto utilizar directamente como alimento
humano o animal o para el procesamiento• a los OVMs incluidos en una decisión adoptada por la COP-MOP en la
que se declare que no es probable que tengan efectos adversos para laconservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica,teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana
Regulación Nacional
• Artículo 7: Aplicación del Procedimiento deAcuerdo Fundamentado Previo.
1. Notificación (artículo 8 y Anexo I)
2. Acuse de recibido (artículo 9)
3. Procedimientos de adopción (artículo 10) y revisión (artículo 12) de decisiones
Evaluación (artículo 15 y anexo III) y Gestión del Riesgo (artículo 16)
El Protocolo de Cartagena
39
Régimen de Permisos para Liberación al ambiente de OGMsartículos 32 al 72 de la LBOGMs:
- experimental(1)
- en programa piloto(2)
- con fines comerciales(3)
Requisitos previos para la presentar la solicitud de permiso:(1): autorización de S Salud en los casos de: salud pública y biorremediación.(2): autorización de S de Salud en los casos de: uso o consumo humano, y de procesamiento de alimentos para consumo humano; liberación experimental (3): liberación en programa piloto.
Resolución se sustenta en evaluación de riesgos
Liberación al Ambiente
40
Regulación Nacional
Liberación al Medio
Ambiente
PERMISO
• Experimental
• Piloto
• Comercial
Autoridades Competentes de acuerdo a la LBOGM
Secretaría de Agricultura Secretaría de Medio Ambiente
Opinión Técnica
Opinión técnica vinculante
Toma de decisión basada en el Análisis
de Riesgo
Comité Técnico Científico
SNIBioseguridad
RNOGMs
CIISB
GMO Platform
OECD Biotrack
La Decisión se comunica a la
Secretaría Ejecutiva de la
Solicitud se Comunica al Registro
Régimen de Permisos
DICTAMEN
Medidas
de manejo
y gestión
La evaluación del riesgo es el proceso por el cual seanalizan caso por caso, con base en estudiosfundamentados científica y técnicamente losposibles riesgos o efectos que pudieran estarasociados a los OGMs.
Evaluación del Riesgo
Art. 60 – 65 LBOGM
No Aprobado
Aprobado
Para verificar y comprobar el cumplimiento de la LBOGM y
las Normas Oficiales que de ella deriven, las Secretarías
competentes podrán realizar por conducto de personal
debidamente autorizado, los actos de inspección y
vigilancia que consideren necesarios.
La Ley contempla en caso de incumplimiento infracciones,
sanciones y las responsabilidades correspondientes.
Inspección y Vigilancia
Art. 113 – 122 LBOGM
Permisos de Liberación al ambiente
Fuente SENASICA
0
20
40
60
80
100
120
Solicitudes de liberación al ambiente de cultivos GM(1988-2017)
Alfalfa Algodón Arabidopsis Arroz Bt modificado Calabacita
Canola Cártamo Chile Clavel Frijol limón
Lino Maíz Melón Microorganismo Papa Papaya
Piña Plátano Soya Tabaco Tomate Trigo
NOM-FITO-056-1995
LBOGM
Liberaciones de OGM al ambiente: Régimen de Permisos
FUENTE: Registro Nacional de Bioseguridadhttp://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/sistema_nacional/informes/
http://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/index.php/sistema-nacional-de-informacion/registro-nacional-bioseguridad-ogms
I. Solicitudes de permisos y autorizaciones;
II. Resoluciones de permisos y autorizaciones,
distinguiendo cuáles OGM son importados;
III. Suspensiones y revocaciones;
IV. Avisos de utilización confinada;
V. Requisitos y medidas adicionales para los avisos
señalados en el artículo 84 de la Ley;
VI. Las comunicaciones a las que se refiere el
artículo 59 de este Reglamento, y
VII. Los demás que establezcan las disposiciones
aplicables.
Serán objeto de inscripción en el Registro:
(Art. 52 del Reglamento de la LBOGMs)44
45
1. Ámbito: organismos genéticamente modificados y bioseguridad
2. La regulación internacional en materia de bioseguridad
3. La regulación de bioseguridad en México y avances en su implementación: Avisos, Autorizaciones y Permisos; instrumentos de fomento a la investigación.
46
Fomento a la Investigación en bioseguridad y biotecnología
Proyectos de investigación para obtenerconocimientos suficientes que permitan evaluar losposibles riesgos de los OGMs en el medio ambiente,la diversidad biológica, la salud humana y la sanidadanimal, vegetal y acuícola.
En materia de Bioseguridad
Proyectos para generar las consideracionessocioeconómicas de los efectos de dichos organismospara la conservación y el aprovechamiento de ladiversidad biológica.
Investigación que permita valorar y comprobar lainformación proporcionada por los promoventes.
Creación de capacidades para la evaluación y monitoreo de
riesgos.
Artículo 28, LBOGM, 2005
El Ejecutivo Federal fomentará, apoyará y fortalecerá la investigación científica y tecnológica enmateria de Bioseguridad y Biotecnología a través de las políticas y los instrumentos en la LBOGM y laLey de Ciencia y Tecnología. Estos apoyos se orientarán a impulsar:
47
Proyectos de investigación y desarrollo einnovación, formación de recursos humanosespecializados, y fortalecimiento de grupos einfraestructura.
En materia de Biotecnología
Fomento a la Investigación en bioseguridad y biotecnología
El Ejecutivo Federal fomentará, apoyará y fortalecerá la investigación científica y tecnológica enmateria de Bioseguridad y Biotecnología a través de las políticas y los instrumentos en la LBOGM y laLey de Ciencia y Tecnología. Estos apoyos se orientarán a impulsar:
Que se lleven a cabo para resolvernecesidades productivas específicas delpaís y que beneficien directamente a losproductores nacionales.
Artículo 28, LBOGM, 2005
Zonas restringidas
48
“Las especies de las que México sea centro de origen y de diversidad genética así comolas áreas geográficas en las que se localicen, serán determinadas conjuntamentemediante acuerdos por la SEMARNAT y la SAGARPA, con base en la información con laque cuenten en sus archivos o en sus bases de datos, incluyendo la que proporcione,entre otros, el INEGI, el INIFAP, el INE, la CONABIO y la CONAFOR, así como los acuerdos ytratados internacionales relativos a estas materias”
Zonas restringidas: ANP, Centros de Origen y Zonas libres de OGMs.
Artículos 86 al 90 de la LBOGMs
49
Zonas Restringidas de OGMs
Zonas libres de OGM (por determinar)
50
Desarrollo de Consultas a Pueblos y Comunidades Indígenas
Regulación Nacional
…La CIBIOGEM, además, realizará los estudios y las consideracionessocioeconómicas resultantes de los efectos de los OGMs que se liberen al
ambiente en el territorio nacional, y establecerá los mecanismos pararealizar la consulta y participación de los pueblos y comunidadesindígenas asentadas en las zonas donde se pretenda la liberación deOGMs, considerando el valor de la diversidad biológica.…
Artículo 108 de la LBOGMs
51
Desarrollo de Consultas a Pueblos y Comunidades Indígenas
derivado de recomendación de la CNDH y sentencias de la SCJN
Regulación Nacional
52
Desarrollo de Consultas a Pueblos y Comunidades Indígenas
Regulación Nacional
Actuaciones de la Consulta Indígena, Campeche
Sexta Sesión de Fase de Acuerdos Previos en Tenabo, con la presencia de miembros de cinco de las siete comunidades a consultar.
28 de mayo del 2017.
Mayo 2017
Sexta Sesión de Fase deAcuerdos Previos enHopelchén, 29 comunidadesindígenas y sus asesoreslegales; 16 comunidadescontaron con actas deasignación de representantes.
27 de mayo de 2017.
Consultas indígenas 2017, Campeche
55
Consulta con los Tarahumaras• Comunidades migrantes (Camargo y Delicias)• Bien organizadas con autoridades tradicionales bien
identificadas (Gobernadores)• Fase informativa con presencia de todas las autoridades:
COFEPRIS, SAGARPA, SEMARNAT. • Se logró establecer vínculo de confianza
56
Consulta con los Cucapah• Comunidad pequeña• Bien organizados con autoridades
tradicionales bien identificadas• Fase informativa con presencia de todas las
autoridades: COFEPRIS, SAGARPA, SEMARNAT,
57
• Carácter previo• No intervención externa• Instancias representativas y mecanismos de
toma de decisión bien establecidos• Discusión y aprobación del programa de
trabajo son centrales en el proceso de consulta
Lecciones aprendidas
@CIBIOGEM
CIBIOGEM Mexico
Gracias!