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1 REGLAMENTO TÉCNICO GENERAL DE COMPETENCIAS DE LA FEDERACION MEXICANA DE HANDBALL A.C. La Federación Mexicana de Handball acorde con el artículo 77 del Estatuto establece el siguiente Reglamento Técnico General de Competencias que regirá nuestro deporte en el ámbito de la República Mexicana y que será de acatamiento obligatorio para todos los afiliados CAPITULO 1 - DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTICULO 1. Este reglamento tiene como finalidad determinar las condiciones en que deberán realizarse las competencias oficiales previstas en el calendario de la Federación Mexicana de Handball. Con la celebración de los campeonatos nacionales celebrados dentro del marco de las olimpiadas nacionales, infantil B, juvenil A y Juvenil B así como de la categoría Elite y de igual forma los campeonatos nacionales de primera fuerza, las ligas metropolitanas así como los campeonatos universitarios y campeonatos nacionales de clubes, la Federación Mexicana de Handball tiene como objetivo principal congregar y dar un incentivo a los equipos practicantes del Handball proporcionando un mayor intercambio entre los participantes de cada modalidad promoviendo de esta forma el surgimiento de nuevos valores dentro del escenario deportivo nacional. LAS COMPETENCIAS: La Olimpiada Nacional, con las categorías Infantil B, juvenil A, Juvenil B y categoría Elite (Junior). Ambas Ramas El campeonato nacional de categoría mayor. Para jugadores de selecciones estatales mayores de 18 años. Ambas Ramas Las ligas metropolitanas, municipales, estatales y regionales. Para jugadores de diferentes categorías y ramas El campeonato nacional universitario. Para Jugadores, Estudiantes Universitarios regulares El Campeonato o Liga Nacional de clubes . Para jugadores de clubes mayores de 18 años CAPITULO 2 - De La Organización Y Dirección De Los Campeonatos ARTICULO 2. Las competencias que trata el artículo 1 en sus párrafos anteriores de conformidad con el presente reglamento general de competencia serán organizadas y dirigidas por la Federación Mexicana de Handball a través de su Comisión Técnica, Comisión de Arbitraje, Comisión de Mercadotecnia, comisiones ejecutivas de cada una de las competencias y o por la propia comisión nacional de competencia, permanentes o bien que pudieras ser constituidas especialmente en cada ocasión para la organización de estas competencias.

Reglamento T.cnico General de Competencia...5 necesaria la presentación de un reporte cuando ocurran descalificaciones en situaciones de juegos consideradas normales de conformidad

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REGLAMENTO TÉCNICO GENERAL DE COMPETENCIAS DE LA FEDERACION MEXICANA DE HANDBALL A.C.

La Federación Mexicana de Handball acorde con el artículo 77 del Estatuto establece el siguiente Reglamento Técnico General de Competencias que regirá nuestro deporte en el ámbito de la República Mexicana y que será de acatamiento obligatorio para todos los afiliados

CAPITULO 1 - DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTICULO 1. Este reglamento tiene como finalidad determinar las condiciones en que deberán realizarse las competencias oficiales previstas en el calendario de la Federación Mexicana de Handball. Con la celebración de los campeonatos nacionales celebrados dentro del marco de las olimpiadas nacionales, infantil B, juvenil A y Juvenil B así como de la categoría Elite y de igual forma los campeonatos nacionales de primera fuerza, las ligas metropolitanas así como los campeonatos universitarios y campeonatos nacionales de clubes, la Federación Mexicana de Handball tiene como objetivo principal congregar y dar un incentivo a los equipos practicantes del Handball proporcionando un mayor intercambio entre los participantes de cada modalidad promoviendo de esta forma el surgimiento de nuevos valores dentro del escenario deportivo nacional. LAS COMPETENCIAS: La Olimpiada Nacional, con las categorías Infantil B, juvenil A, Juvenil B y categoría

Elite (Junior). Ambas Ramas El campeonato nacional de categoría mayor. Para jugadores de selecciones estatales mayores de 18 años.

Ambas Ramas Las ligas metropolitanas, municipales, estatales y regionales. Para jugadores de diferentes categorías y ramas El campeonato nacional universitario. Para Jugadores, Estudiantes Universitarios regulares El Campeonato o Liga Nacional de clubes . Para jugadores de clubes mayores de 18 años CAPITULO 2 - De La Organización Y Dirección De Los Campeonatos ARTICULO 2. Las competencias que trata el artículo 1 en sus párrafos anteriores de conformidad con el presente reglamento general de competencia serán organizadas y dirigidas por la Federación Mexicana de Handball a través de su Comisión Técnica, Comisión de Arbitraje, Comisión de Mercadotecnia, comisiones ejecutivas de cada una de las competencias y o por la propia comisión nacional de competencia, permanentes o bien que pudieras ser constituidas especialmente en cada ocasión para la organización de estas competencias.

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Párrafo Único Las asociaciones estatales y de las entidades deportivas contribuirán en la organización y administración de las competencias velando siempre por la seguridad y tramites burocráticos de cada una de ellas y deberán:

a) Proporcionar secretarios y cronometristas para las competiciones previstas

en el calendario oficial que serán remunerados de acuerdo con la tabla de cuotas de pagos de la federación,

b) Auxiliar al club sede en la reserva del gimnasio de mayor capacidad tanto para él publico como para el tamaño de las canchas para la realización de las competencias;

c) Auxiliar al club sede en cuanto a providencias y garantías relativas a la

solicitud de vigilancia en cada evento. SECCION I – DE LA COMISION TECNICA ARTICULO 3. La comisión técnica de Federación Mexicana de Handball será el órgano responsable de la dirección técnica de las competiciones y le corresponde: a) Elaborar los reglamentos de cada una de las competencias que deberán estar adecuados

a este reglamento general de competencias y demás documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB

b) Elaborar los sistemas de competencias, sorteos y tablas de los campeonatos determinando fechas, locales y horarios de juego.

c) Tomar las medidas de orden técnico necesario en la organización de los campeonatos d) Examinar los reportes de los árbitros y delegados aprobando o rechazando dichos reportes

hasta 5 días después de la recepción de los mismos. e) Seleccionar y aprobar las sedes para los juegos semifinales y finales de los campeonatos

de acuerdo con las solicitudes presentadas. f) Determinar la fecha, el lugar y la hora de inicio de la competencia, de los partidos y de su

clausura; g) Actualizar el ranking nacional anualmente Párrafo 1.- En la elaboración de los calendarios serán tomados en consideración factores

como la selección de los horarios de juegos de los equipos de las sedes y asimismo los propios intereses del Handball mexicano.

Párrafo 2.- El calendario de juegos deberá ser publicado y actualizado tantas veces como

sea necesario a fin de atender los intereses de la comisión técnica, de la comisión de arbitraje, así como de la comisión ejecutiva y de la comisión nacional de competencias informando de todo esto a través de un documento oficial de la Federación Mexicana de Handball.

SECCION II – DE LA COMISION DE ARBITRAJE ARTICULO 4. La comisión de arbitraje de la Federación Mexicana de Handball será el órgano responsable del arbitraje de las competencias oficiales y le compete lo siguiente: a) Designar a los árbitros que actuaran en las competencias previstas del calendario oficial b) Elaborar una escala de árbitros para cada uno de los juegos a través del coordinador de

arbitraje de la competencia así como la designación de los árbitros y árbitros reservas para todos y cada uno de los juegos.

c) Comunicar a las asociaciones a través de un escrito oficial, telegrama, telefax, correo electrónico o en ultima instancia por teléfono sobre la designación de los árbitros vinculados a cada una de las competencias correspondientes.

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Párrafo 1.- En las fases finales de los campeonatos oficiales solo podrán actuar árbitros

internacionales, continentales y nacionales (a, b, c), que formaran parte de la clasificación de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 2.- En las fases de clasificación regional podrán ser utilizados árbitros regionales y

locales. SECCION III - De los arbitrajes y pagos de los mismos. ARTICULO 5. La designación y clasificación de arbitrajes es responsabilidad exclusiva de la comisión de arbitraje de la Federación Mexicana de Handball; Párrafo 1.- El cuerpo arbitral de cada juego de los eventos oficiales del calendario de la

F.M.HB deberá estar compuesto por 1° arbitro, 2° arbitro, secretario y cronometrista.

Párrafo 2.- El cronometrista y el secretario pertenecerán a la asociación en cuyo local sea

realizada la competencia y serán designados por la propia asociación y serán remunerados de conformidad con la tabla de pagos de la federación conforme a lo dispuesto en él articulo 2 párrafo único inciso a.

ARTICULO 6. Los costos del arbitraje (Delegados, Arbitros, Secretarios y cronometristas), los pasajes y ayuda de viáticos serán otorgados de conformidad con la tabla de pagos y deberán ser cubiertos integralmente por los clubes participantes o bien las asociaciones sede de la competencia. Párrafo Único- Los valores correspondientes a los pagos de arbitraje deberán ser cubiertos a

mas tardar el segundo día de la competencia. Los pagos referidos deberán realizarse en efectivo. No se aceptara justificación alguna para la falta de cumplimiento de este párrafo.

ARTICULO 7. Los clubes deberán, a la conclusión de la competencia o bien al final de cada juego, elevar a la comisión de arbitraje, un reporte sobre las actuaciones individuales de los árbitros así como del comportamiento en pareja. SECCION 4 – LOS ARBITROS ARTICULO 8. Los árbitros serán designados por la comisión de arbitraje de la Federación Mexicana de Handball y en ningún caso podrán ser rechazado por los equipos participantes dentro de cualquiera de las competencias. ARTICULO 9. Los árbitros solo podrán actuar en la competencia siempre y cuando estén debidamente uniformados presentando una apariencia y comportamiento inherentes a la realización de su función. ARTICULO 10. Los árbitros una vez presentes en la competencia no se podrán ausentar de la sede de los juegos hasta el termino de la misma salvo casos de fuerza mayor siempre a criterio de la comisión ejecutiva de la competencia. ARTICULO 11. Ningún juego dejara de celebrarse por el anuncio previo de no comparecencia de los árbitros. El coordinador de arbitraje deberá considerar las sustituciones respectivas de conformidad con la clasificación de árbitros antes del horario fijado para cada juego.

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Párrafo Único. Los árbitros designados como reserva deberán presentarse uniformados al local determinado por la comisión organizadora.

ARTICULO 12. Los árbitros estarán obligados a comparecer a las reuniones citada por la comisión de arbitraje. ARTICULO 13. Los árbitros están subordinados directamente a la comisión de árbitros de la Federación Mexicana de Handball, y a las coordinaciones de arbitraje de cada una de las competencias en las que estuvieren actuando, debiendo por lo tanto responder por sus conductas disciplinarias y sanciones aplicadas por ellos. Párrafo Único. Ningún arbitro con registro vigente podrá ejercer la función de atleta o técnico

en la competencia oficial de la Federación Mexicana de Handball en la que se desempeñe como arbitro.

ARTICULO 14. Los árbitros, en conjunto con la comisión ejecutiva son las únicas autoridades competentes para determinar por motivos relevantes o de fuerza mayor la interrupción, suspensión o posposición de cada uno de los partidos. Párrafo: Único. Las interrupciones, suspensiones o reprogramaciones de las que trata este

artículo solo podrán determinarse cuando ocurrieran los siguientes motivos:

a) Transmisión de juegos por la televisión; b) Falta de garantías c) Mal estado de la cancha volviendo el partido impracticable o peligroso d) Iluminación inadecuada e) Conflicto o disturbio grave entre los participantes en el juego f) Condiciones climáticas que impidan el traslado del equipo al local del juego

ARTICULO 15. Será la responsabilidad de los delegados y de los árbitros (1º y 2ª) la vigilancia y observación correcta de la instalación y de todo su equipamiento y accesorios de juego. Cuando ocurriera cualquier irregularidad deberán tomarse las providencias necesarias en conjunto con el representante del club o asociación sede. Los árbitros y miembros de las comisiones técnicas deberán vigilar que los atletas respeten las especificaciones técnicas, no pudiendo por ejemplo llevar la camisa por fuera del short, utilizar cintas adhesivas en los números de las camisetas, ni el uso de bermudas y sandalias, etc., por parte de los miembros de los cuerpos técnicos durante el juego. La Federación Mexicana de Handball sugiere que los cuerpos técnicos estén debidamente uniformados, debiendo dichos uniformes ser diferentes de los uniformes de los atletas. ARTICULO 16. El grupo arbitral (1º, 2º árbitros, secretario y cronometrista) se deberá presentar con el delegado de la Federación Mexicana de Handball (1 hora) antes del horario marcado oficialmente para el inicio del juego. ARTICULO 17. El grupo arbitral, deberá tener a la mano los teléfonos de los dirigentes responsables del club o asociación sede, del delegado y de los miembros de la comisión ejecutiva para el reporte de cualquier contingencia. ARTICULO 18. Los árbitros están obligados a consignar en su reporte el nombre, numero, numero de credencial de todos los atletas y dirigentes descalificados durante el juego, describir el hecho que ha generado tal descalificación, y cuando sea posible y lo permita la descalificación deberán aplicar las medidas disciplinarias de conformidad con los reglamentos estatutarios y reglamentarios de la F.M.HB. En su reporte, el árbitro deberá relatar todas las ocurrencias, infracciones disciplinarias y actos contrarios al espíritu deportivo del Handball, en los que hayan incurrido los atletas, miembros de los cuerpos técnicos y dirigentes. No será

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necesaria la presentación de un reporte cuando ocurran descalificaciones en situaciones de juegos consideradas normales de conformidad con las reglas oficiales de Handball. SECCION 5 – DE LOS DELEGADOS ARTICULO 19. La Federación Mexicana de Handball designara un delegado que la representara en todas las fases de las competencias oficiales, el cual será el presidente de la comisión ejecutiva, y se le otorgaran poderes suficientes para tomar todas las decisiones finales y necesarias e imprescindibles para la realización de las competencias, con el compromiso de cumplir y hacer cumplir este reglamento, y así mismo deberá servir al Handball mexicano declarando bajo protesta de decir verdad sobre cualquier incidente que fuera relatado por el grupo arbitral o miembros de la comisión ejecutiva o bien de la comisión nacional de competencia. Al delegado de la FMHB le corresponde: Párrafo 1. Providencias antes del juego.

a) Como representante de la Federación Mexicana de Handball deberá cumplir y hacer cumplir este reglamento así como las normas y decisiones de la Federación Mexicana de Handball y de la legislación deportiva vigente;

b) Reportar sobre todas las ocurrencias en las áreas técnicas y administrativas antes, durante y después de la realización de los juegos,

c) Controlar la llegada de los árbitros, secretarios y cronometristas así como del personal de limpieza de la cancha o bien cualquier otro servicio debidamente autorizado por la Federación Mexicana de Handball.

d) Llegar a la cancha como mínimo 1 hora antes del inicio de la competencia, llevar a cabo todas las medidas necesarias para que todas las condiciones sean atendidas, para la celebración del juego en la fecha y horario establecido, principalmente en caso de que la prensa pudiera estar presente (radio, televisión, periodistas);

e) Inspeccionar el gimnasio observando que las líneas demarcatorias de la cancha estén bien trazadas, porterías, redes, bancos de reservas, vestidores, tablero, locales destinados para la prensa, tomando las medidas preventivas necesarias;

f) Verificar las medidas tomadas por la sede, relacionadas con la seguridad y servicio de atención medica de emergencia (vigilancia, médico/enfermero, hospitales y transportes);

g) Enviar un reporte detallado de cada una de las fases al día siguiente de la clausura del evento, incluyendo los boletines y actas de cada uno de los juegos;

h) Recibir a los representantes de cada uno de los equipos y proporcionar las relaciones nominales de dirigentes y atletas para cada uno de los juegos y verificar cada una de las credenciales respectivas

i) No permitir sin pretexto alguno la presencia de otros miembros del equipo en el área del juego previo a su inicio a excepción a los estipulados en las cédulas de competencia;

j) Supervisar el protocolo oficial del juego; k) Observar rigurosamente la prohibición de venta de bebidas alcohólicas y productos

en latas y recipientes de vidrio dentro del gimnasio: Párrafo 2. Providencias durante el juego:

a) Enviar al departamento de prensa el resultado parcial a la mitad del juego para efecto de su divulgación.

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b) Inspeccionar el trabajo del personal de limpieza de la cancha, del locutor o animador o cualquier persona autorizada por la Federación Mexicana de Handball a realizar cualquier trabajo durante la realización del juego;

c) Verificar junto con la autoridad local la vigilancia y retiro del área del juego de aquellas personas con actitudes antideportivas, inconvenientes y peligrosas para la realización del juego, interrumpiendo el mismo hasta que el club o asociación sede adopte las medidas correspondientes;

d) Verificar junto con el club sede la exhibición de los grupos artísticos durante los intervalos de juegos, debiendo todos y cada uno de estos grupos dejar el área del juego después de su representación;

e) Orientar sobre la utilización del sistema de sonido, al locutor oficial, antes del inicio de cada juego y en los intervalos informando, sobre los resultados de juegos anteriores, próximos juegos, situación de la competencia, clasificación parcial de los clubes participantes e información de utilidad publica;

f) Verificar las actividades de la porra animadora permitiendo que el equipo local sea incentivado y motivado antes, durante y en el transcurso del medio tiempo del juego, no permitiendo en ningún caso la manifestación de declaraciones ofensivas en contra de los equipos adversarios;

g) Proporcionar la asistencia necesaria a los árbitros, secretarios y cronometristas durante y después de los juegos;

h) No permitir a los miembros de las cuerpos técnicos, rebasar los limites de los bancos de la reserva;

i) No permitir que los atletas se cambien de ropa en el banco de reserva; j) Observar rigurosamente la prohibición de venta de bebidas alcohólicas y de otros

productos en recipientes de vidrio o latas; Párrafo 3. Providencias después del juego:

a) Enviar al departamento de prensa el resultado final del juego así como el nombre y numero de goles de cada uno de los goleadores de cada equipo;

b) Registrar correctamente todas las informaciones, ocurrencias, ampliaciones y análisis requeridos en el reporte final (modelo de la Federación Mexicana de Handball) y enviarlo a la comisión técnica de la Federación Mexicana de Handball por fax inmediatamente después de la conclusión de la competencia y después por correo junto con los reportes y cedulas de los juegos;

c) Incluir todas las anotaciones en el resumen (nombre de la competencia, no. de juego, categoría, fecha y horario del inicio y termino, duración del juego, conteo de goles, resultados parciales y finales, vencedor, y reportes de los técnicos, árbitros, secretarios y cronometristas);

d) Permitir el acceso al área de juego a la prensa, directores de los clubes, patrocinadores siempre y cuando estén debidamente identificados;

e) Proporcionar la asistencia necesaria a los árbitros, secretarios y cronometristas durante y después de los juegos;

f) Controlar la salida del publico, de los árbitros y de los equipos. g) Enviar un resumen detallado de la competencia conforme al modelo de la

Federación Mexicana de Handball, al día siguiente de la clausura, incluyendo los boletines, reportes de los juegos, cedulas de los juegos, relaciones nominales de los equipos, etc.

SECCION 6 - DE LA COMISION EJECUTIVA ARTICULO 20. La comisión ejecutiva tendrá la siguiente composición: a) Un delegado de competencia designado por la Federación Mexicana de Handball b) Un coordinador de arbitraje designado por la Federación Mexicana de Handball

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c) Un representante de la asociación local que será designado por la misma y refrendado por la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo Único. Cada una de las ligas metropolitanas, municipales y estatales, masculinas y

femeninas serán dirigidas por una comisión nacional de competencia designada por la asociación organizadora y refrendada por la Federación Mexicana de Handball.

ARTICULO 21. Le corresponde a las comisiones ejecutivas: a) Cumplir y hacer cumplir este reglamento, las normas y decisiones de la Federación

Mexicana de Handball así como la legislación deportiva vigente; b) Confirmar las fechas, locales y horarios así como otras providencias para la realización de

cada una de los juegos o de las reuniones necesarias: c) Apreciar, opinar y decidir sobre asuntos de carácter técnico; d) Apreciar, opinar y decidir conforme a las atribuciones legales y reglamentarias sobre las

protestas y recursos presentados por los equipos participantes; e) Emitir un reporte sobre los juegos y sus resultados así como sobre la clasificación final de

cada competencia; f) Publicar los boletines diariamente. El boletín deberá informar sobre los resultados de los

juegos, sanciones, clasificaciones y asuntos relativos a la comisión ejecutiva, a la comisión de arbitraje y la aplicación de medidas disciplinarias, y cualquier otro asunto de interés de la organización y de los participantes en el evento. Estos boletines deberán ser entregados conforme a las determinaciones de la comisión ejecutiva.

g) Opinar y analizar sobre las infracciones de cualquier naturaleza que se verifiquen en el desarrollo de la competencia y aplicar las medidas disciplinarias o bien las medidas administrativas correctivas.

Párrafo 1. La comisión ejecutiva tendrá la función legal desde la fecha de su instalación

en el congreso técnico o junta previa hasta la terminación de la competencia para la cual fue constituida.

Párrafo 2. Las decisiones de la comisión ejecutiva o de la comisión nacional de

competencia están sujetas a la apreciación de la comisión disciplinaria del consejo directivo de la Federación Mexicana de Handball en caso de la presentación de un recurso voluntario.

CAPITULO 3 – De los participantes ARTICULO 22. En las competencias oficiales de la Federación Mexicana de Handball, masculinas y femeninas podrán participar todos los atletas, dirigentes, clubes y federaciones legalmente constituidos que estuvieran en pleno gozo de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones estatutarias. Párrafo 1. En ningún caso, los atletas y dirigentes podrán participar en las competencias

del calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball sin la presentación de una credencial oficial vigente.

Párrafo 2. La relación máxima de participantes en una competencia será de 20 personas,

teniendo un máximo de 16 jugadores y 4 funcionarios. Párrafo 3. Solo podrán participar en las competencias oficiales de la Federación Mexicana

de Handball los atletas, dirigentes oficiales (técnicos, técnicos auxiliares, médicos, fisioterapeutas, masajistas, directores técnicos, etc.) y personas registradas en la Federación Mexicana de Handball en cada una de las

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funciones referidas debiendo presentarse en cada una de las competencias con la credencial oficial de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 4. Ningún atleta con registro en vigor podrá ejercer la función de arbitro en la

categorías que participe como atleta. Párrafo 6. Ningún atleta con registro vigente podrá ejercer la función de dirigente o

miembro del cuerpo técnico y viceversa en la categoría que participen con este carácter,

Párrafo 7. Ningún dirigente o miembro de las comisiones técnicas con registro vigente

podrá ejercer la función de arbitro o atleta debiéndose observar lo incluido y dispuesto en el párrafo 9 de este articulo.

Párrafo 8. A los atletas de la categoría mayor, se le reserva el derecho de ejercer

funciones en los cuerpos técnicos y o como dirigentes, siempre y cuando las ejerzan en las categorías menores (cadete, juvenil y junior) de la misma rama o bien en todas las categorías del sexo opuesto.

Párrafo 9. El club campeón del año anterior o de la fase anterior tendrá el derecho de

participación asegurado en la fase final de su categoría y rama correspondiente, debiendo, oficializar su inscripción dentro del plazo previsto por el calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 10. Los clubes participantes en las competencias previstas en el calendario oficial

de la Federación Mexicana de Handball deberán respetar, cumplir y hacer cumplir las decisiones de los árbitros y administrativas de la Federación, así como de justicia deportiva.

Párrafo 11. Los clubes participantes en las competencias previstas en el calendario oficial

de la Federación Mexicana de Handball al formalizar sus inscripciones declaran conocer este reglamento comprometiéndose a cumplirlo integralmente.

SECCION I – DE LAS INSCRIPCIONES DE LOS CLUBES O ASOCIACIONES Y DE SUS PLAZOS ARTICULO 23. Las inscripciones de los clubes y asociaciones deberán realizarse a través de la asociación de origen a la Federación Mexicana de Handball, mediante un oficio, en papel oficial del club, o de la asociación anexando la ficha de inscripción (modelo de la Federación Mexicana de Handball) firmado por el presidente del club o de la asociación, bajo condición expresa de la aceptación de este reglamento acompañando el comprobante de pago de la cuota de inscripción conforme a la tabla de pagos que para tal efecto tenga establecida la Federación Mexicana de Handball. ARTICULO 24. La fecha limite para la solicitud de inscripciones será la prevista en el calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball. No serán aceptadas solicitudes de inscripción fuera de los plazos previstos en el calendario oficial. Párrafo 1 – La cuota de inscripción será de 30 días de salario mínimo vigente en el DF. Párrafo 2 – En ningún caso serán aceptadas solicitudes de inscripción que no estén

debidamente acompañadas del comprobante de depósito correspondiente del pago de la inscripción. Las asociaciones, no podrán incluir en ningún caso una solicitud de inscripción, sin el comprobante referido de pago de la inscripción.

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La FMHB no tomará en consideración ninguna solicitud de inscripción que no atienda lo dispuesto en este articulo ni en sus párrafos correspondientes;

Párrafo 3 – Las solicitudes de inscripción podrán ser enviadas vía fax o correo electrónico.

Las inscripciones enviadas por correo tendrán como referencia la fecha de depósito para el cumplimiento de los plazos previstos en el calendario oficial.

Párrafo 4 – Los depósitos referentes a los pagos (inscripción, entrega de credenciales, etc.)

deberán efectuarse a la cuenta corriente de la Federación Mexicana de Handball conforme lo siguiente:

Datos de la cuenta SECCION II – DEL REGISTRO DE LAS INSCRIPCIONES Y DE LAS CONDICIONES DE JUEGO ARTICULO 25. Los atletas, dirigentes y miembros de los cuerpos técnicos deberán estar registrados en la Federación Mexicana de Handball y en posesión de una credencial oficial de la FMHB actualizada para que tengan el derecho a participar en los juegos. Párrafo 1. Para la obtención de una credencial oficial de atletas, dirigentes, técnicos,

asistentes técnicos, asistentes auxiliares, preparadores físicos y masajistas deberá enviarse a la Federación Mexicana de Handball los siguiente documentos:

- Copia fotostática del acta de nacimiento (legible) - Copia fotostática de credencial oficial con fotografía - 2 Fotografías de 3 x 4 a colores - Comprobación del registro en el SICCED para los técnicos, auxiliares,

asistentes técnicos y preparadores físicos. Otros funcionarios no especificados también tendrán la necesidad de obtener la credencial oficial de la Federación Mexicana de Handball debiendo obedecer lo dispuesto en este párrafo. Párrafo 2. Para participar en las competencias del calendario oficial de la Federación

Mexicana de Handball los clubes deberán regularizar a todos sus atletas (inscripción, obtención de credenciales, registro y/o transferencias) ante la Federación Mexicana de Handball a través de su asociación correspondiente, respetando como plazo mínimo 15 (quince) días previos a la celebración de la competencia enviando un escrito y como anexo la solicitud de inscripción de atletas y dirigentes, así como el comprobante de pago correspondiente para la obtención de la credencial oficial de la Federación Mexicana de Handball, conforme a las tablas de pago de la FMHB. Después de las solicitudes la Federación Mexicana de Handball devolverá las credenciales para cada una de las asociaciones, la cual será la responsable de la entrega de las mismas a los clubes. En ningún caso la Federación Mexicana de Handball enviará las credenciales directamente a los clubes ni a las sedes de las competencias.

Párrafo 3. En caso de no observarse el plazo de pago de este articulo la Federación

Mexicana de Handball no se responsabilizará en caso de que no se tenga el tiempo útil para la liberación de las credenciales de los atletas y dirigentes para la participación en las competencias.

Párrafo 4. La fecha considerada por la Federación Mexicana de Handball será la fecha del

envío postal por correo.

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Párrafo 5. Las transferencias y registros solo tendrán validez cuando los atletas, clubes y

asociaciones tengan regularizadas todas sus solicitudes y hayan cumplido con los plazos de inscripción y etapas determinadas por la Federación Mexicana de Handball o bien por la Federación Internacional.

ARTICULO 26. Todos los atletas inscritos en la Federación Mexicana de Handball tendrán el derecho de participar en las competiciones previstas en el calendario oficial de FMHB observando lo dispuesto en cuanto a pagos en este artículo y en sus párrafos correspondientes así como lo establecido en él articulo 29 y sus párrafos relativos. Párrafo 1. Cada club o selección solo podrá inscribir un máximo de 16 jugados y 4

funcionarios para cada competición dando esto un total de 20 personas. Párrafo 2. La relación nominal de atletas y dirigentes deberá presentarse en la junta

previa y deberá contener la siguiente información: a) Numero de camiseta de juego; b) Numero de registro de la FMHB c) Nombre completo del atleta; d) Posición de Juego e) Fecha de nacimiento f) Numero de credencial g) Peso, estatura; h) Nombre de los dirigentes y sus funciones respectivas i) Numero de los registros de los dirigentes en la Federación Mexicana de

Handball j) Numero de la credencial de los dirigentes

Párrafo 3. Solo se podrán incluir en cada cédula de juego 14 jugadores y 4 dirigentes

dando esto un total máximo de 18 personas. Párrafo 4. La numeración en el uniforme de los atletas será la misma que conste en la

relación nominal, y no se permitirá ninguna alteración posterior. La numeración será del 1 al 20 de conformidad con las reglas oficiales de Handball.

Párrafo 5. Los dirigentes y los miembros de los cuerpos técnicos (técnico, auxiliar,

fisioterapeuta, médico, preparador físico, masajista, etc. ) deberán estar registrados en la Federación Mexicana de Handball y deberán presentar la credencial oficial de la Federación, sin la cual no podrán participar en la competencia.

Párrafo 6. Se recomienda a los clubes participantes en las competencias previstas del

calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball que tengan una banca reservada para los suplentes, un máximo de 4 dirigentes con sus funciones definidas y 7 atletas suplentes.

Párrafo 7. No estarán en condiciones de participar en los juegos aquellos jugadores o

miembros de los cuerpos técnicos que estuvieren cumpliendo periodos de sanción previstos en las documentos estatutarios y reglamentarios o bien por sanción determinada por el Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 8. Los clubes participantes en las competencias del calendario oficial de la

Federación Mexicana de Handball deberán presentar una relación nominal de atletas y dirigentes que será incluida en la cédula con sus credenciales

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respectivas de la Federación Mexicana de Handball, con una anticipación de 30 minutos al horario marcado inicialmente para el inicio del juego.

ARTICULO 27. Un atleta participante en un club en un determinado campeonato, no podrá actuar en la misma competencia con otro club, aún si se trata de fases diferentes y si la transferencia es legal. Párrafo 1. En campeonatos diferentes el atleta podrá actuar con clubes diferentes,

siempre y cuando se obedezca lo establecido sobre el tema de transferencias, y cumplimiento de sanciones.

Párrafo 2. Cuando un club o asociación, utilice jugadores irregulares de conformidad con

las normas de inscripción y/o transferencias de la Federación Mexicana de Handball, será eliminado de la competencia y todos sus resultados serán anulados. El club infractor será automáticamente suspendido por 1 año de todas las competencias organizadas por la Federación Mexicana de Handball en la categoría y en la rama en que ocurriera la irregularidad y se le someterá a un proceso de sanción por parte del Consejo de la Federación Mexicana de Handball conforme a las medidas correspondientes.

ARTICULO 28. Cada equipo deberá presentar 2 uniformes de juego siendo uno de color predominantemente claro y otro predominantemente obscuro. Párrafo 1. Se entiende por uniforme de juego el conjunto de camisetas, shorts y medias. Párrafo 2. Las camisetas deberán estar numeradas al frente y atrás de conformidad con

las reglas oficiales de juego. Párrafo 3. No se permitirá participar en los juegos atletas que estén utilizando relojes,

pulseras, aretes, prendedores del cabello, anillos u otros objetos que pongan en riego la integridad física del propio atleta y de los adversarios.

Párrafo 4. Esta terminantemente prohibido el uso de publicidad de productos perjudiciales

para la salud y de carácter discriminatorio y político en los uniformes de los atletas y de los cuerpos técnicos.

Párrafo 5. El equipo citado del lado izquierdo de la tabla oficial de juegos de la

competencia deberá usar su uniforme principal y el equipo citado del lado derecho de la tabla oficial de juegos de la competencia deberá usar su segundo uniforme en caso de que así se requiera. Cuando se presentara un conflicto en la utilización del uniforme principal o de reserva el equipo citado del lado izquierdo de la tabla oficial de juegos de la competencia deberá utilizar el uniforme de color claro y el equipo citado del lado derecho de la tabla oficial de la competencia el equipo de color obscuro. Deberá observarse lo dispuesto en él articulo 74.

SECCION II – DE LAS CATEGORIAS Y EDADES ARTICULO 29. Este reglamento abarca los campeonatos de las categorías que se describen a continuación y sus edades respectivas:

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MINI: Masculino y femenino hasta 10 años cumplidos INFANTIL B: 11, 12 y 13 años JUVENIL A: 14 y 15 años JUVENIL B: 16,17 Y 18 años JUNIOR, CATEGORIA ELITE: 19, 20 y 21 años ADULTO: Mayor de 21 años Párrafo 1. En las competencias de la categoría mayor solo podrán participar atletas con

una edad mínima de 18 años cumplidos antes de la competencia. Párrafo 2. En las demás categorías los atletas inscritos en las competencias oficiales

organizadas por la Federación Mexicana de Handball solo podrán competir en su categoría respectiva y en la inmediatamente superior a la suya siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la regla 99 del reglamento deportivo de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 3. En ningún caso un atleta de cualquier categoría podrá participar en una

competencia de una categoría menor a la suya. Párrafo 4. El balón oficial para los juegos de las competencias del calendario oficial de la

Federación Mexicana de Handball será el de la marca de conformidad con las especificaciones del fabricante.

Párrafo 5. De conformidad con las categorías y edades se utilizarán los balones de

conformidad con las siguientes especificaciones:

MASCULINO: Mayores, Junior y Juvenil B Balón H3L MASCULINO: Juvenil A Balón H2L MASCULINO: Infantil y Mini Bola H1L FEMENINO: Adulto, Junior, Juvenil A y Juvenil B Bola H2L FEMENINO: Juvenil A y Menores Bola H1L

Párrafo 6. De conformidad con las categorías y edades los juegos tendrán las siguientes

duraciones:

a) Mini e Infantil 40 minutos divididos en 2 tiempos de 20 minutos con un periodo de 10 minutos de descanso entre cada tiempo.

b) Juvenil A 50 minutos divididos en 2 tiempos de 25 minutos con 10 minutos de descanto entre cada tiempo.

c) Juvenil B, Junior y Mayor 60 minutos divididos en 2 tiempos de 30 minutos con intervalos de 10 minutos entre el primero y segundo tiempo.

SECCION 4. DEL REGISTRO, INSCRIPCION Y CONDICIONES DE JUEGO DE ATLETAS EXTRANJEROS ARTICULO 30. En las competencias previstas en el calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball se podrán inscribir un máximo de 2 atletas extranjeros por equipo a excepción hecha de la Olimpiada Nacional donde deberá respetarse el reglamento de participación de la misma. Párrafo 1. Las transferencias de los atletas extranjeros deberán cumplir con las

reglamentaciones a nivel Nacional e Internacional.

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Párrafo 2. Los atletas extranjeros están obligados a estar registrados por la Federación Mexicana de Handball y a estar en posesión de una credencial de la Federación Mexicana de Handball para participar en los juegos.

Párrafo 3. Para ser registrados en la Federación Mexicana de Handball para obtener la

credencial de la Federación Mexicana de Handball los atletas extranjeros deberán presentar junto con su documentación de transferencia internacional todos sus documentos oficiales (inclusive los documentos emitidos por la sección de migración que comprobará su situación de permanencia regular en México de conformidad con la legislación oficial vigente).

CAPITULO 4. RENUNCIAS A LA PARTICIPACION ARTICULO 31. Cualquier club con derecho a participar en las competencias del calendario de la Federación Mexicana de Handball que solicite su inscripción e inclusión en las listas relativas de participación y que posteriormente renuncie a este derecho será multado de conformidad con las tablas de pago de la Federación Mexicana de Handball como se presenta a continuación: Párrafo 1. Inscribirse para ser sede de un evento y confirmar su renuncia al mismo:

a) Con 60 días de anticipación – 60 días de salario mínimo vigente en el DF b) Con 40 días de anticipación - 90 días de salario mínimo vigentes en el DF c) Con 30 días de anticipación - 120 días de salario mínimo vigentes en el DF

Párrafo 2. Inscribirse en una competencia y comunicar su renuncia a la misma como se manifiesta a continuación:

a) 30 días – 60 días de salario mínimo vigentes en el DF b) 20 días – 75 días de salario mínimo vigentes en el DF c) Menos de 10 días 90 días de salario mínimo vigentes en el DF d) En caso de que se inscriba y no se presente a la competencia: 150 días de salario

mínimo vigente en el Distrito Federal Párrafo 3. El club que renuncie a su participación o bien a ser sede de un campeonato oficial estará automáticamente suspendido por 2 años en todas las competencias promovidas por la Federación Mexicana de Handball en la categoría y rama correspondiente de la renuncia mencionada y así mismo será sometido a un proceso de sanción por parte del Consejo Directivo de La Federación Mexicana de Handball conforme a las reglamentaciones correspondientes sin eximirlo de las multas establecidas en los párrafos anteriores. CAPITULO 5. DE LAS RETIRADAS Y AUSENCIAS ARTICULO 32. Los clubes participantes de las competencias oficiales de la Federación Mexicana de Handball están obligadas a disputar la competencia completamente y hasta su final a menos que sea excluido y sin perjuicio de sanciones legales adicionales que serán aplicadas por el Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Handball. Párrafo 1. Un equipo de club, o equipo representativo de una Asociación que se retire de una competencia una vez iniciada pagará una multa de 180 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, perderá su derecho a participar en todas las competencias de la temporada oficial del año en curso y del siguiente y estará sujeto a las sanciones disciplinarias por parte del Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Handball y en caso de que posteriormente

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solicite su inscripción o bien concluya la sanción regresará a la división más baja de la Federación Mexicana de Handball. Párrafo 2. El club que no comparezca a un juego oficial establecido en el calendario de

juego perderá los puntos y será multado con 60 días de salario mínimo vigente en el DF sin excepción de que pueda ser penalizado conforme a lo previsto en capitulo 14 Sección 3 Articulo 70 Párrafo 7 de este reglamento. Este valor será pagado a la Federación Mexicana de Handball conforme a lo previsto en él articulo 24, párrafo 3 y será utilizado para el resarcimiento de los gastos del club sede cuando sea necesario.

Párrafo 3. Para todos los efectos, cuando un club se retire o sea sancionado con su

eliminación de la competencia, todos sus resultados serán anulados en las tablas de resultados de los campeonatos.

CAPITULO 6 – DE LOS CONGRESOS TECNICOS O JUNTAS PREVIAS ARTICULO 33. El Congreso Técnico estará compuesto por la comisión ejecutiva, un representante legal de cada equipo, debidamente acreditado por el Presidente del club o de la asociación, cuando el campeonato sea de selecciones y será instalado con una anticipación no menor a 4 horas antes del inicio de la competencia. Párrafo 1. La acreditación del representante del club o de la asociación, deberá emitirse

en papel oficial del club o de la asociación debidamente firmada por el presidente del club o de la asociación. La falta del cumplimiento de este párrafo invalidará la referida acreditación y ocasionará la descalificación del representante del club o asociación para cualquier deliberación relacionada con la competencia.

Párrafo 2. Los presidentes de los clubes y de las asociaciones no necesitan presentar

credenciales para actuar como delegados de sus equipos, sin embargo si deberán presentar un documento oficial que los califique como presidentes.

Párrafo 3. La falta de credencial acarreará la ausencia de representación del equipo para

cualquier deliberación relacionada con la competencia. ARTICULO 34. El Congreso Técnico será convocado por el delegado de la Federación Mexicana de Handball, por la Comisión Ejecutiva, tantas veces como sea necesario o por solicitud de la mayoría absoluta de los representantes de los clubes 50% (cincuenta por ciento) + 1 (más uno) siempre y cuando se justifiquen las necesidades de tal convocatoria. ARTICULO 35. El Congreso Técnico estará presidido por el Presidente de la Federación Mexicana de Handball o por el delegado designado. ARTICULO 36. Las actas del Congreso Técnico deberán elaborarse obligatoriamente por un secretario designado por el delegado de la Federación Mexicana de Handball que ejercerá la función de Presidente de la Comisión Ejecutiva. ARTICULO 37. El Congreso Técnico determinará las atribuciones de la Comisión Ejecutiva y que entre otras serán las siguientes: a) Recibir las acreditaciones de los representantes legales de los clubes y las asociaciones. b) Verificar o confirmar la documentación de atletas, técnicos y dirigentes. c) Recibir la relación de 16 atletas y 4 dirigentes como máximos definidos para la competición

prevista conforme al articulo 26 párrafo 2.

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d) Analizar, discutir y decidir sobre los asuntos de interés de la competencia. e) Definir en conjunto con los representantes de los equipos los colores de los uniformes para

cada juego. ARTICULO 38. En las fases regionales que tuvieran participación de 2 a 4 clubes no será necesaria la realización de un Congreso Técnico, debiendo el delegado de la Federación Mexicana de Handball ser el responsable de las atribuciones de una Comisión Ejecutiva, incluida un acta que deberá ser firmada por cada uno de los representantes legales de los clubes participantes. CAPITULO 7 – DE LA COMPETENCIA SECCION I – DE LA REALIZACION DE LAS FASES REGIONALES Y FINALES ARTICULO 39. Los campeonatos nacionales de clubes o selecciones se realizarán de la siguiente manera: Párrafo 1. Regional: Para efecto de la clasificación para las partes finales de los

campeonatos nacionales promovidos por la Federación Mexicana de Handball en el marco de las olimpiadas Nacionales se contemplarán las regiones que para tales efectos establezca la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Párrafo 2. Solo se celebrarán las fases regionales en caso de que cada una de estas

regiones se inscriban 2 o más equipos. Párrafo 3. Cuando por alguna razón no se realice un campeonato regional clasificatorio en

cualquiera de las regiones, la Federación Mexicana de Handball, a través de su Comisión Técnica clasificará para la fase final a un equipo designado por la misma observando siempre el mejor ranking previo que se tenga.

Párrafo 4. Cuando un equipo obtenga el campeonato de la fase regional estará

automáticamente inscrito para participar en la fase final siempre y cuando cumpla con todos los requisitos de inscripción.

Párrafo 5. En caso de ser necesario los eventos regionales podrán celebrarse en 2

etapas. Párrafo 6. El numero de clasificados de cada región obedecerá al criterio de

proporcionalidad de acuerdo con él numero de espacios abiertos para las fases finales de los campeonatos nacionales.

Párrafo 7. Cuando por alguna razón los clubes inscritos en una región no se interesen en

ser sedes de un evento regional, ésta será determinada por la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 8. Las fases finales de los campeonatos nacionales celebrados en el marco de la

Olimpiada Nacional serán disputadas por 12 equipos de conformidad con la siguiente composición: a) El representante de la sede b) Los primeros tres lugares del evento anterior c) Los equipos calificados de cada una de las regiones

Párrafo 9. A criterio de la Federación Mexicana de Handball se podrá designar la

participación de equipos cuando se presenten renuncias de participación. En este caso se hará de conformidad con el ranking entre cada uno de los equipos

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que disputan las fases regionales. La sustitución será automática por el lugar del equipo que haya renunciado.

SECCION 2 – COMPOSICION DE LOS GRUPOS y SISTEMA DE COMPETENCIA ARTICULO 40. Fase Preliminar La composición de los grupos será de la siguiente forma (para la parte preliminar se establecerán 4 grupos de 3 integrantes cada uno, jugando cada uno de estos grupos una ronda de todos contra todos y se clasificarán para la siguiente fase los 2 equipos mejor calificados de cada grupo. Fase Principal. En la fase principal se establecerán 2 grupos de 4 integrantes cada uno (grupo I y grupo II) incluyendo en un grupo a los primeros dos lugares de los grupos A y B, y de igual forma se establecerá otro grupo con los primeros dos lugares de los grupos C y D. En cada uno de esos grupos se jugará una ronda de todos contra todos, sin embargo se arrastrará el resultado de la fase preliminar entre los equipos en cuestión. Los equipos que hayan obtenido los últimos lugares de los grupos preliminares integrarán un grupo adicional en el que jugarán una ronda de todos contra todos y él resultado de este grupo determinará las posiciones 9, 10, 11 y 12 del campeonato mencionado. Los equipos que hayan obtenido los lugares 3º y 4º de los grupos I y II previamente mencionados jugarán entre sí directamente 3º contra 3º y 4º contra 4º para definir los lugares 5º, 6º, 7º y 8º respectivamente. Los equipos que hayan obtenido el 1º y el 2º lugar de cada uno de estos grupos jugarán una semifinal cruzada para establecer cuales serán aquellos equipos que jugarán la final y el juego por el 3º lugar. SECCION 3 – FORMAS DE DISPUTA ARTICULO 41. Las competencias previstas en el calendario oficial de la Federación Mexicana de Handball serán disputadas de conformidad con las reglas oficiales de Handball a excepción de los ajustes y adecuaciones que se publican periódicamente. Es obligación de cada uno de los participantes conocer la reglamentación correspondiente y cumplirla. Párrafo 1. En la fase regional, los equipos jugarán en base al sistema de competencia

establecido por la Comisión de organización de la misma en función del numero de participantes de cada una de las regiones.

Párrafo 2. En la fase regional, que se dispute con únicamente 2 equipos se utilizará el

siguiente procedimiento: clasificará para la fase final aquel equipo que obtenga primero 3 puntos, estableciendo como máximo la realización de 3 partidos. En caso de que al final de los 3 partidos los equipos terminen con igualdad de puntos la clasificación se determinará de conformidad con los criterios de desempate previstos en él articulo 42, párrafo 1.

Párrafo 3. En la fase final los equipos participarán de conformidad con lo establecido en él

articulo 40. Párrafo 4. Las fases finales de las competencias de la Federación Mexicana de Handball

solo podrán realizarse con un mínimo de 6 equipos. Párrafo 5. Cuando únicamente se inscriban 6 equipos para la celebración de la fase final

de algún campeonato este se llevará a cabo con el sistema de todos contra

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todos y el campeón se determinará por la mayor puntuación, cualquier empate en la puntuación entre 2 o más equipos serán solucionados de conformidad con los criterios de desempate previstos en él articulo 42, párrafo 1, 2 y 3.

Párrafo 6. Cuando por alguna razón la fase final sea realizada con 7 equipos, la

clasificación del 5º al 7º lugar será de la siguiente forma: el 3er lugar del grupo con el menor numero de equipos se enfrentará al 4º lugar del grupo con el mayor numero de equipos. El perdedor estará clasificado en la posición no. 7 y el vencedor disputará el 5º y 6º lugar en contra del 3er lugar de el grupo con el mayor numero de equipos registrados.

SECCION 4 – DEL CONTEO DE PUNTUACIONES y DE LOS CRITERIOS DE DESEMPATE. ARTICULO 42. En los campeonatos nacionales promovidos por la Federación Mexicana de Handball se utilizará el siguiente sistema de puntuación. a) Victoria 02 puntos b) Empate 01 punto c) Derrota 00 Puntos d) Comparecencia con

menos de 5 jugadores, -2 puntos, de la tabla general de competencia y sanciones de conformidad con las sanciones económicas y administrativas previstas en el presente reglamento .

Párrafo 1. Los criterios de desempate en una primera fase de competencia cuando ocurra un empate en puntos obtenidos los criterios de desempate serán los siguientes: ENTRE DOS EQUIPOS a) El resultado de juego entre estos 2 equipos b) Mayor numero de victorias en la fase c) Diferencia de goles en la fase d) Mayor numero de goles marcados en toda la fase e) Menor numero de goles sufridos en toda la fase f) Mayor gol average en todos los juegos de la fase g) Sanciones (menor puntuación de las sanciones aplicadas); h) Sorteo ENTRE TRES O MÁS EQUIPOS a) Conteo de la puntuación en la confrontación directa únicamente entre los 3 equipos

empatados. b) Diferencia de goles en el resultado obtenido en el del conteo únicamente entre los 3

equipos empatados. c) Mayor numero de goles marcados en la confrontación directa entre los 3 equipos

empatados d) Menor numero de goles sufridos en la confrontación directa entre los 3 equipos empatados e) Diferencia de goles en la fase f) Mayor numero de goles marcados en la fase g) Menor numero de goles sufridos en la fase h) Mayor gol average en la confrontación directa entre los equipos empatados i) Mayor gol average en todos los juegos de la fase j) Sanciones en la confrontación directa entre los equipos empatados (menor puntuación en

las sanciones aplicadas) k) Sanciones entre los equipos empatados (menor puntuación entre los equipos empatados) l) Sorteo

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Párrafo 2. Para el conteo de la puntuación de las sanciones se establecerán las siguientes puntuaciones: a) Tarjeta amarilla (advertencia) 01 punto b) Exclusión (2 minutos) 02 puntos c) Descalificación 06 puntos d) Expulsión 10 puntos Párrafo 3. Las puntuaciones serán validas para todos los integrantes del club, equipo, atletas, miembros del Cuerpo Técnico y dirigentes inscritos en la competencia relacionados en la cédula. Párrafo 4. En la semifinal y final se deberá obtener obligatoriamente un vencedor. Párrafo 5. En caso de ocurrir un empate en el tiempo reglamentario para obtener un vencedor se procederá de la siguiente forma: a) Se realizarán las prorrogas de conformidad con las reglas oficiales del Handball b) Si persiste el empate se cobrará una serie de 5 tiros de 7 metros ejecutados por diferentes

atletas. c) En caso de que persista el empate se cobrará una secuencia de tiros 7 metros cada equipo

efectuando 1 tiro, con atletas diferentes, alternándose los equipos, hasta que se agote a todos los cobradores, y hasta que se obtenga un vencedor. A partir de ese momento los técnicos determinarán quien ejecuta los tiros.

ARTICULO 43. Las competencias estarán reglamentas por las reglas oficiales de Handball, por este reglamento, por el reglamento deportivo de la Federación Mexicana de Handball, por la legislación deportiva en el país y por los reglamentos específicos de cada competencia. CAPITULO 8 – DE LAS CEREMONIAS ARTICULO 44. En todos los campeonatos celebrados por la Federación Mexicana de Handball (fase final), será obligatoria la asistencia a la ceremonias de inauguración y clausura, y estas ceremonias serán coordinadas por la Comisión Ejecutiva. ARTICULO 45. Todos los equipos participantes en la competencia deberán estar presentes en la ceremonia de inauguración con un mínimo de 4 representantes. Párrafo Unico. Los equipos que no participen en la ceremonia de inauguración serán eliminados de la competencia salvo decisión de la Comisión Ejecutiva. ARTICULO 46. Inmediatamente después del ultimo partido de la competición, tendrá lugar la ceremonia de clausura y de premiación con la presencia de los atletas y técnicos clasificados en los 3 primeros lugares, debidamente uniformados. ARTICULO 47. En todas las competencias oficiales promovidas por la Federación Mexicana de Handball en sus fases finales se proporcionarán premios a los participantes que serán ofrecidos por el club o la asociación sede de los eventos. Aquel equipo que habiendo obtenido un lugar en el medallero en los Campeonatos Nacionales no se presente a la ceremonia de premiación será sancionado con una multa de 120 días de salario mínimo vigente en el DF y su asociación perderá el derecho de participar en todos los eventos del año en curso y del año siguiente. Párrafo 1. La ceremonia de premiación de los juegos constará de:

a) Proclamación de la clasificación final

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b) Entrega de los trofeos y medallas. Párrafo 2. Las premiaciones de las que trata él artículo 47 serán las siguientes:

a) Trofeo para los equipos clasificados en los 1º, 2º y 3er lugar. b) Medallas para todos los atletas y dirigentes inscritos en la competencia

clasificados en 1º (oro), 2º (plata) y 3º (bronze), 20 medallas en total. c) Medallas de honor al mérito y espíritu deportivo para los atletas de la

competencia seleccionados por los técnicos y la Comisión Ejecutiva (mejor goleador, jugador más valioso, revelación y selección del campeonato) la premiación mencionada de los incisos b y c, es facultativa.

CAPITULO 9 – PROTOCOLO NACIONAL DE JUEGO. SECCION I - ANTES DEL JUEGO ARTICULO 48. Los equipos deberán presentarse debidamente uniformados para el inicio de los juegos, obligatoriamente, en las canchas y los horarios determinados por la FMHB a través de su comisión ejecutiva, los que se publicarán después de las juntas previas. ARTICULO 49. Los representantes de los equipos deberán presentar 30 (treinta) minutos antes de la hora marcada para el inicio de cada partido a su delegado al miembro de la Comisión Ejecutiva de la competencia, así como una relación nominal de los atletas y dirigentes para cada juego y las credenciales de la FMHB, sin las cuales los atletas ni los dirigentes tendrán el derecho de participar. ARTICULO 50. Los árbitros deberán tomar las siguientes providencias con la siguiente anticipación: a) 30 minutos: verificar que las porterías y las redes estén en sus posiciones correctas; b) 15: Sorteo entre los capitanes de los equipos; c) 10 minutos: Revisión final d) 8 minutos: Entrada de los árbitros y de los equipos e) 6 minutos: Presentación conforme al artículo 51 y párrafos correspondientes; f) 1 minuto: Saludo entre los equipos y porra de los mismos desde sus bancos

correspondientes; g) Inicio del juego ARTICULO 51. El protocolo de juego se dará de la siguiente forma: Párrafo 1. Los árbitros se colocarán junto a la línea de fondo de cada uno de los lados de

la cancha, junto a la línea lateral del mismo lado; Párrafo 2. Los equipos formarán una columna atrás de cada árbitros; Párrafo 3. Los árbitros se dirigirán hacia el centro de la cancha siguiendo paralelamente la

línea del fondo hasta el centro del área de la portería (6 metros) girando hacia el centro de la cancha y continuando hacia el frente hasta el centro de la misma;

Párrafo 4. A continuación los árbitros se colocarán juntos en el centro de la cancha, y los

equipos ejecutarán un saludo hacia el público de ambos lados cuando hubiera grada en ambos lados de la cancha.

Párrafo 5. El locutor anunciará la denominación oficial de la competencia, el número de

jugo, el nombre de los equipos, los nombres de los árbitros y delegados de la

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FMHB y de sus respectivos estados. Enseguida presentará a los equipos (por nombre) y número así como a los miembros de los cuerpos técnicos. El locutor deberá anunciar primero al equipo visitante, cuando el partido sea en contra de el equipo sede. En cualquier otro caso presentara al equipo A y después al equipo B.

Párrafo 6. Todos los atletas, árbitros, delegados y miembros de los cuerpos técnicos, deberán levantar el brazo cuando su nombre sea llamado para que sean identificados por el público.

Párrafo 7. Después de los saludos y presentaciones los equipos se perfilaran uno frente a

otro, para llevar a cabo el saludo entre los atletas. El saludo será solamente con el atleta correspondiente.

Párrafo 8. Después de los saludos entre los atletas, los equipos se dirigirán hacia la banca

de suplentes en donde se les autorizará gritar una porra antes del inicio del juego.

Párrafo 9. Con los equipos completos en la cancha, el árbitro central autorizará el inicio

del juego. SECCION II – DURANTE EL JUEGO ARTICULO 52. Los atletas y/o miembros de los cuerpos técnicos, cuando sean excluidos deberán permanecer sentados en el banco de suplentes. SECCION III – DESPUES DEL JUEGO ARTICULO 53. Saludo entre los atletas y retirada hacia los vestidores correspondientes. Párrafo Único. Los árbitros se dirigirán hacia la mesa del secretario y del cronometrista para

atender las medidas administrativas junto con los miembros de las Comisiones Ejecutivas.

SECCION IV – DE LA SUSPENSIÓN, INTERRUPCION O AUSENCIA A LOS PARTIDOS ARTICULO 54. En caso de que un juego se suspenda y no hubiera transcurrido un tercio de su duración, se realizará un nuevo juego con un marcador inicial de 0-0. La fecha, local y horario los determinará la Comisión Ejecutiva, de la competencia respetando un intervalo mínimo de 2 horas en relación con el horario de la interrupción del juego. ARTICULO 55. Cuando un juego sea suspendido y ya hubiera transcurrido un tercio de su duración, la continuación del partido se realizara manteniendo el marcador del juego en el momento que hubiera ocurrido la interrupción y se jugará el tiempo complementario que faltaba hasta la conclusión del juego, a partir de la interrupción. La fecha, local y horario para la continuación del juego serán determinados por la Comisión Ejecutiva de la competencia respetando un intervalo mínimo de 2 horas en relación al horario de la interrupción del juego. Párrafo Único. Cuando un juego sea suspendido y ya hubieran transcurrido 2 tercios de su

duración, se mantendrá el resultado del juego en el momento en que ocurrió dicha interrupción.

ARTICULO 56. Los equipos vencedores por no comparecencia tendrán a su favor la puntuación correspondiente de 1 victoria, (2 puntos) y para efecto del goleo se tomará el mayor marcador con la mayor diferencia de goles registrados en su grupo en la fase en la que hubiera ocurrido la no comparecencia. Al equipo que no se haya presentado al juego se le substraerán

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2 puntos de su puntuación general, y será sometido a las penalizaciones contempladas en este reglamento Párrafo 1. Se considera como mayor marcador aquel que presente la mayor diferencia

entre goles a favor y goles en contra (diferencia de goles). Párrafo 2. El equipo que pierda por no comparecencia, será sancionado de conformidad

con las medidas disciplinarias automáticas y será sometido a un proceso de sanción por parte de la FMHB.

Párrafo 3. Para todos los efectos, cuando un club se retire o sea sancionado con su

eliminación de la competencia, se considerara como si no hubiera participado en la misma y los resultados de todos sus juegos serán anulados.

CAPITULO 10 – DE LAS SEDES ARTICULO 57. Las asociaciones y clubes participantes de las competencias oficiales organizadas por FMHB podrán solicitar las sedes de las mismas bastando para ello solicitar la sede a través de un escrito en papel membreteado de la asociación o el club, firmado por el presidente, anexando una ficha de solicitud, (modelo de FMHB), las solicitudes de sede deberán ir acompañadas de la respectiva inscripción del club, cumpliendo con todas las exigencias que este reglamento estipula. Párrafo 1. La asociación o club que solicite una sede en cualquier competencia

organizada por la FMHB y renunciara a su organización estará automáticamente suspendido (a) y se le someterá a un procedimiento de sanción por parte de la FMHB y al pago de una multa correspondiente conforme a la tabla de pagos de la FMHB, de conformidad con los artículos 31 y 32 y sus párrafos correspondientes.

Párrafo 2. Para la selección de las sedes se tomarán en cuenta los siguientes criterios:

a) Distancia entre la localización de la sede y de los participantes; b) Condiciones de hospedaje y alimentación; c) Condiciones de los gimnasios y de las canchas de juegos; d) Apoyo de los órganos de comunicación para la divulgación del evento; e) Participación del público; f) Promoción y desarrollo regional.

CAPITULO 11 – DE LAS FECHAS, HORARIOS Y PARTIDOS ARTICULO 58. Todos los partidos de las competencias del calendario oficial de la FMHB, serán disputados en las fechas y horas previstas en la tabla oficial de juegos salvo que estas fueran modificadas por motivos de fuerza mayor. Párrafo 1. Se consideraran como motivos de fuerza mayor aquellas condiciones que

puedan modificar lo establecido en este artículo y relacionadas con los siguientes motivos:

a) Transmisión de los juegos por la televisión; b) Por la decisión de la Comisión Ejecutiva de la FMHB.

Párrafo 2. Los clubes participantes, en las competencias del calendario oficial de la FMHB

estarán obligados a comparecer a todos los juegos, en las canchas, en las fechas y horarios marcados en los calendarios organizados por la FMHB.

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Párrafo 3. La falta del cumplimiento de las determinaciones descritas en el párrafo 2, de

este artículo será sancionado de conformidad con los documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB

ARTICULO 59. En caso de que un equipo no este presente en la cancha en el horario previsto para el inicio de un juego se dará un plazo de tolerancia de 15 (quince) minutos. Párrafo 1. Se considerara no comparecencia cuando un equipo no tuviera el numero

mínimo legal de atletas de conformidad con las reglas de juego de Handball en el momento de presentarse al juego.

Párrafo 2. Cuando ocurriera lo previsto en el párrafo 1 de este artículo, después de un

plazo de 15 (quince) minutos de tolerancia, la no comparecencia, el equipo perdedor será sancionado de conformidad con lo previsto en el artículo 14, sección 3, artículo 70 párrafo 6.

CAPITULO 12 – DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES SECCION I – DE LA FMHB ARTICULO 60. La FMHB es la entidad responsable de la dirección, difusión y organización del Handball en el país, y deberá: a) Cumplir y hacer cumplir las reglas oficiales de cada una de las modalidades, el reglamento

deportivo de la FMHB, así como este reglamento general de competencia y demás disposiciones legales y estatutarias, así como las modificaciones y determinaciones de las leyes de la materia;

b) Proporcionar los balones en las fases finales de las competencias, solamente cuando sea necesario;

c) Designar a través de comisiones: a los miembros de las comisiones ejecutivas (delegado, coordinador de arbitraje, representante de la asociación sede) y a los árbitros.

d) Tomar las providencias de orden técnico – administrativas, necesarias para la organización de las competencias;

e) Elaborar a través de la comisión técnica las tablas de competencia de los campeonatos; f) Aplicar las medidas disciplinarias correspondientes, de conformidad con los reportes de las

ocurrencias presentadas por los árbitros y delegados, a los equipos participantes, a los cuerpos técnicos, atletas, dirigentes, conforme a las disposiciones reglamentarias y a través de la comisión ejecutiva y de la comisión nacional de competencia.

SECCION II – DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS ANTERIORES. ARTICULO 61. Participar obligatoriamente en todos los eventos oficiales, a través de los atletas y/o miembros de las comisiones técnicas, en las reuniones técnicas, promocionales, colectivas de lanzamiento de los juegos y demás eventos invitados o convocados por la FMHB. ARTICULO 62. Los supervisores y/o directores responsables de los equipos, deberán estar en contacto permanente con la comisión ejecutiva de cada competencia, para atender cualquier solicitud referente a sus clubes respectivos. Párrafo Unico. El presidente de cada club, director – o supervisor deberán tomar conocimiento

de las medidas disciplinarias automáticas y demás sanciones aplicadas por la comisión ejecutiva o por el consejo deportivo de la FMHB, tomando las medidas necesarias para dar cumplimiento a los periodos de suspensión establecidos.

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SECCION III – CLUB VISITANTE ARTICULO 63. Las asociaciones y/o clubes visitantes se responsabilizaran por: a) Participar en las competencias con su cuadro principal en cada una de sus etapas: b) Comparecer a todos los juegos en los lugares, fechas y horarios marcados en los

calendarios y/o boletines oficiales; c) Cubrir los gastos de transporte hacia el local de la competencia y de regreso; d) Cubrir los gastos de alimentación y de toda su delegación durante el traslado de ida hacia

la sede durante la competencia y en el traslado de retorno a sus ciudades de origen; a menos que se estipule de otra forma en las convocatorias oficiales.

Párrafo 1. Informar al club sede, con 72 horas de anticipación antes del horario del inicio

marcado para la realización de la junta previa de su plan de viaje y hora prevista de llegada.

Párrafo 2. Garantizar una conducta ejemplar de sus dirigentes, atletas y miembros de los

cuerpos técnicos en los locales de hospedaje, locales públicos y medios de transporte así como en las canchas.

Párrafo 3. Responsabilizarse de la conservación del mobiliario en los vestidores y demás

instalaciones colocadas a su disposición. Los daños eventuales ocasionados por los integrantes de los equipos visitantes serán cubiertos por los mismos a el club o asociación sede, independientemente de las sanciones administrativas, y de igual forma tales ocurrencias serán publicadas en el boletín oficial y memorias de la competencia que forzosamente deberán enviarse a la FMHB.

SECCION IV – CLUB O ASOCIACION SEDE. ARTICULO 64. El club o asociación sede deberá cumplir con todas las disposiciones establecidas en el capitulo de canchas, instalaciones y equipamiento. Párrafo 1. Presentar una cancha debidamente limpia y con buen mantenimiento, equipada

con todas las instalaciones funcionando, 1 hora antes de el inicio oficial del partido y así mismo tomar las providencias necesarias relacionadas para que todas las instalaciones de la cancha estén limpias y en buen funcionamiento (baños públicos, graderío, zona de gradas reservadas, cubículos locales para la prensa y principalmente el área de juego). Cuando un juego sea transmitido por la televisión, la autorización de entrada deberá ocurrir 2 horas antes del inicio oficial del juego para el personal de la televisión.

Párrafo 2. Reservar un lugar en la tribuna o en un lugar distinto para los representantes de

las asociaciones, patrocinadores y miembros de la FMHB. Párrafo 3. Proporcionar una recepción digna, sin restricciones ni incomodidades en el

acceso a sus dependencias a los patrocinadores y a los clubes participantes así como a sus representantes (atletas, dirigentes, cuerpos técnicos).

Párrafo 4. Asegurar el acceso a la cancha de la comisión ejecutiva, de los atletas, de los

árbitros, de los miembros de los cuerpos técnicos, de los supervisores, de los directores o de los clubes participantes, de los miembros y/o funcionarios de las asociaciones y de la FMHB una vez que hayan presentando sus credenciales de la FMHB y estén debidamente identificados. Este acceso deberá estar

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garantizado obligatoriamente para todos los juegos indistintamente de todos los equipos participantes.

Párrafo 5. Se deberá prohibir terminantemente el ingreso o venta de bebidas en productos

envasados en latas, garrafas o recipientes de vidrio o de bebidas alcohólicas de cualquier naturaleza en el interior de la cancha. Se considera el interior de la cancha, cualquier lugar, local o dependencia, que forme parte de la estructura física del escenario de juego.

Párrafo 6 Garantizar el libre acceso a todo el personal de prensa, debidamente

identificado. Párrafo 7. Garantizar la presencia de autoridades de seguridad para los partidos, a través

de la policía local o bien cuerpos de seguridad particulares, con la finalidad de asegurar la protección al publico, atletas, cuerpo arbitral, delegado de la FMHB, comisión ejecutiva de la competencia, a los directores de los clubes o asociaciones y a los representantes de la FMHB.

Párrafo 8. La toma de medidas de seguridad deberá comprobarse mediante un

documento oficial que deberá presentarse al delegado de la FMHB. Cuando el servicio de seguridad sea particular esta deberá estar claramente identificada.

Párrafo 9. Todo el personal responsable de la seguridad deberá capacitarse para:

a) Que trate al publico de forma cordial, respetuosa y manteniendo el orden. b) Controle el acceso al área de juego, principalmente permitiendo el acceso a

las personas acreditadas que permanecerán en el área de juego; c) El retiro del área de juego o del escenario de aquellas personas con

actitudes antideportivas, inconvenientes o peligrosas para la realización de los partidos;

d) Indicación clara de las instalaciones y salidas de emergencia; e) Mantener el control de entradas y de salidas de las porras visitantes si es

que las hubiera; f) Ofrecer las garantías necesarias a los equipos arbitrales, al delegado de la

FMHB y a los equipos participantes. g) Impedir el acceso de personas extrañas a los vestidores de los equipos de

arbitraje y de los equipos participantes en la competencia; Párrafo 10. Tener disponibles a dos personas para la limpieza de la cancha, debidamente

uniformados con todo y el material necesario para el desempeño de sus funciones (jergas, trapos, trapeadores, etc.) que actuaran cuando se los autoricen los árbitros.

Párrafo 11. En el caso de juegos transmitidos por televisión, proporcionar a un locutor para

el protocolo de los juegos de conformidad con la orientación del delegado de la FMHB y/o de la comisión ejecutiva de la competencia.

Párrafo 12. Al club sede se le permitirá el uso de locutores, animadores, siempre y cuando

se garantice que el comportamiento será respetuoso en relación con los equipos participantes.

Párrafo 13. Organizar en conjunto con el delegado de la FMHB el protocolo oficial del

juego, tomando las medidas necesarias para la presentación del himno nacional, cuando sea necesario y posible.

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Párrafo 14. Proporcionar un local disponible para el entrenamiento de los equipos participantes, en horarios que serán determinados por la comisión ejecutiva de la competencia.

Párrafo 15. Proporcionar el transporte interno, en buenas condiciones de utilización

(autobuses o camionetas) para los equipos participantes, para el cuerpo arbitral, para los delegados y representantes de la FMHB, desde su llegada durante la competencia y hasta el local donde inicie su retorno (estaciones de autobuses, trenes, aeropuerto, etc.) a sus ciudades de origen.

Párrafo 16. Proporcionar un local adecuado para la prensa de manera que la prensa pueda

entrar al final del 1er tiempo y al final del juego para las entrevistas. Párrafo 17. Proporcionar un operador del tablero electrónico o manual cuando sea

necesario. Párrafo 18. Garantizar la atención medica de emergencia en el gimnasio, durante la

realización de los juegos a todos los participantes en la competencia. Párrafo 19. Garantizar el acceso para la atención medica hospitalaria a todos los

participantes de las competencias. Párrafo 20. Son obligaciones del director del club o asociación sede:

a) Presentarse con el delegado y los árbitros, proporcionar soluciones a las solicitudes con respecto a las deficiencias observadas durante y antes de los juegos, así como proporcionar el servicio de seguridad durante el desarrollo del partido.

b) Presentarse con el jefe de la policía en servicio, procurando facilitar la seguridad para el buen desarrollo del partido, evitando que él publico tome actitudes hostiles en contra de los árbitros, dirigentes y atletas.

c) Evitar que personas extrañas tengan acceso a los vestidores de los árbitros, a excepción del delegado u otro miembro de la FMHB.

Párrafo 21. Las asociaciones o clubes sedes se responsabilizaran por:

a) Proporcionar en la medida de sus posibilidades el hospedaje a los equipos participantes compuestos hasta por 20 personas, de manera compatible con las condiciones mínimas de higiene y comodidad.

b) Garantizar las condiciones básicas necesarias en el alojamiento (un equipo por local) regaderas, sanitarios en numero suficiente.

c) Efectuar el pago de los costos de arbitraje, de los delegados y coordinadores de los campeonatos que sean organizados por dichos clubes o asociaciones, de conformidad con las tablas de pago de la FMHB, así como a los secretarios y cronometristas de conformidad con la tabla de pagos de la asociación correspondiente.

d) Cubrir los gastos de transportes de los árbitros, delegados y miembros de la comisión ejecutiva hasta el local de la competencia, en las fases regionales o finales, mediante la presentación de los recibos o facturas fiscales correspondientes, de conformidad con la tabla de pagos de la FMHB.

e) Garantizar el hospedaje un día antes y un día después de la fecha programada de la competencia;

f) Proporcionar en la medida de sus posibilidades alimentación y hospedaje a los dirigentes de la FMHB, delegados, miembros de las comisiones

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ejecutivas y árbitros en hoteles de categoría mínima de 2 estrellas, preferentemente en locales diferentes a los de los atletas;

g) Proporcionar al personal técnico de las competencias todas las condiciones exigidas en él capitulo de gimnasios, instalaciones y equipamiento, así como las actas de juego, papel carbón, lápices, gomas, cronometro, marcador manual cuando sea necesario, bombas y válvulas para los balones.

h) Garantizar al personal administrativo:

- Todo el material necesario para el funcionamiento de la secretaria; - Garantizar la seguridad de todos los participantes en la competencia

(hotel, albergues, gimnasios y canchas), desde su llegada hasta su retorno.

CAPITULO 13- DE LA ATENCION MEDICA ARTICULO 65. Será la entera responsabilidad del club o asociación sede el proporcionar atención medica al primer contacto a todos los atletas y dirigentes cuando así se requiera. Párrafo 1. La Federación Mexicana de Handball, recomienda a todos los clubes

participantes en los campeonatos nacionales el adquirir un seguro personal en contra de acciones y/o un seguro de atención medica para todos sus atletas y dirigentes.

Párrafo 2. El club o asociación sede deberá proporcionar a todos los participantes acceso

a atención medica de emergencia de conformidad con lo dispuesto en el articulo 64, párrafo 18.

CAPITULO 14 – DE LA JUSTICIA DEPORTIVA. ARTICULO 66. Los equipos participantes en las competencias del calendario oficial de la FMHB reconocen al jurado de apelaciones integrado en cada una de ellas como la primera instancia para resolver los conflictos que surjan en cada una de las competencias y al consejo directivo de la Federación Mexicana de Handball como estancia secundaria. Una vez agotadas estas dos instancias se podrá recurrir a las instancias de justicia deportiva de la estructura deportiva nacional. Párrafo 1. El equipo participante en las competencias del calendario oficial de la FMHB

esta comprometido a acatar el sistema de aplicación de sanciones propuesto en los documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB.

Párrafo 2. Los equipos participantes en las competencias del calendario oficial de la

FMHB podrán recurrir a las instancias de justicia deportiva de la estructura Federada una vez agotados los procedimientos ante los jurados de apelaciones de cada una de las competencias así como los procedimientos de aplicación de sanciones estatutarios y reglamentarios de la FMHB.

Párrafo 3. Los clubes participantes en las competencias previstas en el calendario oficial

de la FMHB podrán cuando lo juzguen necesario presentar un reporte con una relatoria sobre las incidencias de juego al Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Handball de conformidad con lo estipulado en relación a los términos, fianzas y cauciones establecidos en los documentos estatutarios y reglamentarios de la Federación Mexicana de Handball.

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SECCION I – DE LAS SANCIONES ARTICULO 67. Las infracciones u ocurrencias cometidas durante el transcurso de las competencias del calendario oficial de la FMHB serán penalizadas de conformidad con lo estipulado en los documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB y así mismo serán sometidos a procesos de sanción que serán analizados y juzgados de la forma establecida por los jurados de apelación integrados para cada competencia en primera instancia, por la comisión disciplinaria de la FMHB, por el consejo directivo de la FMHB siempre siempre de conformidad con las cédulas de juego y los reportes y relatorías de los delegados y árbitros.

Párrafo 1° - Los atletas, dirigentes, técnicos, directores, supervisores o cualquier otra

persona debidamente registrada ante la FMHB, y relacionada en la cédula de juego, cuando sea descalificada y citada en los reportes de los árbitros en las competencias del calendario oficial de la FMHB de conformidad con las reglas oficiales del Handball, será sancionado de conformidad con los documentos estatutarios y reglamentarios (capítulo XIV, sección III, artículo 70 y párrafos correspondientes de este reglamento) y de igual forma serán sometidos a los procesos de sanción en la Comisión Disciplinaria o bien por parte del Consejo Directivo de la FMHB.

Párrafo 2° - Cualquier persona no relacionada en la cédula de juego, registrada en la

Federación Mexicana de Handball, identificada como integrante de un club en cualquier nivel de relación, será sancionada de conformidad con los documentos estatutarios y reglamentarios, (capítulo XIV, sección III, artículo 70 y párrafos correspondientes de este reglamento) y estará sometidos a los procesos de aplicación de sanciones por parte de las Comisiones Disciplinarias o bien del Consejo Directivo de la FMHB.

Párrafo 3° - El atleta, miembro del Cuerpo Técnica, dirigente o cualquier otra persona

debidamente registrada en la FMHB, relacionada en la cédula, y citada en el reporte o relatoría de los delegados y/o árbitros, que después de haber sido descalificado o expulsado, deberá permanecer fuera del área de juego, en el graderío, del lado opuesto del banco de las reservas, no pudiendo, en ningún caso, interferir con el juego ni tener un comportamiento antideportivo, bajo pena de ser retirado del gimnasio y estas actitudes serán registradas en el reporte de ocurrencias, citando de preferencia las palabras proferidas después de su descalificación. Cualquier interferencia en el transcurrir del juego, acarreará la expulsión del infractor de la cancha.

Párrafo 4° - Ningún atleta, técnico, dirigente, director, supervisor o cualquier otra persona

debidamente registrada en la FMHB, que haya sido sancionada, podrá participar en un juego oficial hasta que haya transcurrido el tiempo total de su sanción.

Párrafo 5° - Cualquier suspensión deberá ser cumplida en la competencia en la que se

aplicó. En caso de que al final de la competencia el plazo o número determinado de juegos de sanción, no hubiera transcurrido completamente, la aplicación de la sanción continuará para el evento inmediato siguiente.

Párrafo 6° - Las decisiones de la Comisión Ejecutiva de la Competencia y/o de la

Comisión Nacional de Competencias estarán sujetas a revisión por parte de la Comisión Disciplinaria de la FMHB en caso de presentación de recursos voluntarios.

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ARTICULO 68 – Se podrán aplicar sanciones previstas en los Documentos Estatutarios y Reglamentarios de la FMHB a los delegados, árbitros, secretarios y cronometristas.

Párrafo Único- Las medidas a las que se refiere este artículo se aplicarán en base a los

reportes de los delegados, del equipo arbitral, de los representantes legales de cada equipo, de los miembros de la FMHB, siempre y cuando se incluyan o se anexen en las cédulas de los juegos con evidencias y materiales probatorios o bien cualquier documento legal reconocido.

Los delegados, árbitros, secretarios y cronometristas sancionados, quedarán impedidos de actuar en cualquier juego, hasta la extinción total del término de su sanción y de conformidad a una nueva designación por parte de la FMHB a través de su departamento competente.

SECCIÓN II – DE LOS RECURSOS Y LAS PROTESTAS ARTICULO 69 – Los recursos y las protestas en contra de un competidor, sobre cualesquiera de las infracciones cometidas en contra de las reglas oficiales de juego, de este Reglamento o de cualquier otro documento estatutario reglamentario de la FMHB, serán analizados por el Consejo Directivo de la FMHB con base en los reportes y relatorías de los delegados y/o árbitros, o reportes de los clubes o Asociaciones debidamente firmados por sus representantes legales o presidentes, deberán anexarse las cédulas de juego o cualquier otro documento legal probatorio para las medidas que correspondan.

Párrafo 1° - Los recursos o protestas deberán ser firmados por el representante legal o

presidente del club y deberán presentarse a la Comisión Ejecutiva y/o Consejo Directivo acompañados de documentos probatorios y evidencias, así como los comprobantes de pago de las protestas de conformidad con lo estipulado en el reglamento Deportivo de la Federación Mexicana de Handball.

Párrafo 2° - Los pagos de las protestas deberán depositarse de conformidad con lo

establecido en el Reglamento Deportivo de la Federación Mexicana de Handball. Este pago deberá realizarse en primera instancia al jurado de apelaciones de la competencia en particular y, en caso de que este no sea posible, al delegado de la FMHB quien emitirá un recibo provisional especificando el motivo del pago.

Párrafo 3° - Las protestas presentadas después del plazo citado, de conformidad con lo

estipulado en el Reglamento Deportivo de la FMHB, podrán presentarse al Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Handball siempre y cuando se cumpla con el pago de la fianza correspondiente descrita en el Reglamento Deportivo de la F.M.HB. En caso de no cumplir con este requisito, el Consejo Directivo de la F.M.HB no tendrá la obligación de dar curso a la protesta en cuestión.

Párrafo 4° - El pago de fianza por la protesta le será devuelto al reclamante en caso de

que sus inconformidades sean juzgadas procedentes.

Párrafo 5° - La aplicación de medidas disciplinarias automáticas de conformidad con el Reglamento Deportivo de la F.M.HB, no exime de aplicación de sanciones complementarias determinadas por los Jurados de Apelaciones, las Comisiones Disciplinarias o Consejo de la FMHB.

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Párrafo 6° - Los recursos o protestas presentados sin comprobantes de pago no serán atendidos.

CAPÍTULO XV – GIMNASIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO ARTICULO 70 – Los juegos serán realizados exclusivamente en gimnasios inspeccionados, revisados y aprobados por la FMHB. Las verificaciones y visitas serán realizadas por personas designadas por la Comisión Técnica de la FMHB, las que serán responsables por la presentación de reportes con información suficiente sobre los lugares en cuestión.

Párrafo 1° - Los clubes participantes en las competiciones del Calendario Oficial de la

FMHB deberán disponer por lo menos de un (1) gimnasio para que sea verificado habiendo tomado previamente las siguientes providencias:

a) Autorización del propietario u órgano público responsable. b) Declaración de solicitud de los días y horarios. c) Espacio físico interno libre de cualquier publicidad por debajo de los 8

metros. En caso de que este tema no sea atendido, deberá hacerse del conocimiento del Consejo Directivo de la FMHB quien tomará las medidas pertinentes.

Párrafo 2° - La superficie de juego deberá ser plana, horizontal y uniforme sin presentar

ningún tipo de riesgo de lesión para los jugadores. No se autorizarán competencias en canchas de cemento puro, sin acabados, ni adecuaciones que preserven la integridad física de los jugadores.

Párrafo 3° - Se recomiendan superficies de madera o bien de materiales sintéticos.

Párrafo 4°- Las canchas deberán marcarse de conformidad con las Reglas Oficiales de

Handball, 40 m x 20 m. Sólo en casos excepcionales se podrán realizar juegos en gimnasios cuyas medidas no atiendan estas especificaciones, y deberán solicitarse previa autorización de la FMHB.

ARTICULO 71 – Cada cancha deberá poseer obligatoriamente cuando las siguientes instalaciones:

a) Dos (2) vestidores para los equipos, equipados con regaderas, sanitarios y bancos para por lo menos 20 personas.

b) Un (1) vestidor para el grupo arbitral, equipado con una regadera, sanitario y bancas para por lo menos 4 personas.

c) Un local reservado para los equipos participantes con un mínimo de treinta (30) lugares protegidos y aislados.

d) Un reservado para la prensa en un local de buena visión y de fácil acceso a la cancha protegido por aislamiento.

e) Un local para el narrador y comentarista de televisión, equipado con una banca o mesas, cuatro (4) sillas y puntos de suministro de energía eléctrica, cuando sea necesario.

f) Sanitarios públicos, masculino y femenino, con capacidad suficiente para el público presente en el gimnasio.

Párrafo Único – La FMHB recomienda que se proporciones una sala de prensa con

mesas y sillas, computadora, línea telefónica, servicio de Internet y fax. ARTICULO 72 – Cada gimnasio deberá poseer obligatoriamente un mínimo de los siguientes equipos:

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a) Un (1) tablero electrónico, fijado en un punto visible para los atletas, para el cuerpo técnico, para los árbitros, para el delegado de la FMHB y para el público.

b) Un sistema de sonido de calidad, equipado con un reproductor de CD y micrófono.

c) Dos (2) porterías de conformidad con las Reglas Oficiales de Handball. d) Dos (2) pares de redes en perfectas condiciones para su uso. e) Cuatro (4) balones oficiales de Handball, de conformidad con las

especificaciones correspondientes para la categoría y rama. f) Un marcador manual que será utilizado cuando ocurra cualquier defecto con el

marcador electrónico.

ARTICULO 73 – Cada gimnasio deberá poseer obligatoriamente un mínimo de las siguientes instalaciones y accesorios:

a) Dos (2) mesas, dos (2) sillas para el secretario y el cronometrista. b) Quince (15) sillas y/o banco de reservas, para los atletas suplentes y para los

cuerpos técnicos, en cada lado de la cancha, próximas a la zona de sustituciones.

c) Mesa y silla para el delegado de la FMHB, y de la Comisión Ejecutiva. d) Sillas para los responsables de la limpieza de la chancha.

CAPÍTULO XVI – DE LAS DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 74 – En los partidos en que hubiera necesidad de cambiar de uniformes, lo hará el equipo citado en el primer lugar de la tabla oficial de juegos. ARTICULO 75 – Los equipos aceptarán las modificaciones en las tablas y calendario de juegos cuando sean hechas por un funcionario de conformidad con lo previsto en el Párrafo Único del Artículo 14 y con el Artículo 3, Párrafo 2°, por la determinación de la Comisión Ejecutiva de la competencia o bien por la Comisión Nacional de Competiciones. ARTICULO 76 – Los pagos de los costos de arbitraje deberán efectuarse en efectivo y en ningún caso se otorgará crédito a la asociación o clubes que hagan uso de estos servicios . La FMHB informará a las asociaciones o clubes el valor aproximado de los costos de arbitraje. ARTICULO 77 – Durante las competencias, los equipos, atletas, árbitros, dirigentes, personas físicas o jurídicas, directa o indirectamente vinculados con la FMHB, o al servicio de cualquiera de sus afiliados que infringiera este Reglamento, normas o decisiones de la FMHB y de la Legislación Deportiva vigente, estarán sujetas a las sanciones previstas en los documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB y de la Legislación Deportiva vigente. ARTICULO 78 – Los equipos participantes en las competencias del calendario oficial de la FMHB reconocen que la Comisión Ejecutiva de la competencia, el Jurado de Apelaciones, o, en su caso, la Comisión Nacional de Competencias, aplicará las medidas disciplinarias automáticamente de conformidad con las disposiciones previstas en este Reglamento como primera instancia en relación a los conflictos que surjan de las competencias, entre los clubes y las asociaciones participantes, o entre los clubes y/o las asociaciones de la FMHB, teniendo como instancias complementarias las establecidas por la Justicia Deportiva Común.

Párrafo Único.- Todos los equipos y personas físicas y morales participantes en las

competencias del Calendario Oficial de la FMHB se someten de conformidad y sin reserva alguna a todas las disposiciones de los documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB.

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ARTICULO 79 – Las decisiones de la FMHB no están sujetas a apelaciones, siendo el Consejo de la FMHB el máximo órgano para la aplicación y revisión de sanciones en la estructura federada del Handball. ARTICULO 80 – La puntuación en las competencias oficiales del Calendario Deportivo de la FMHB será la estipulada en el Reglamento Deportivo de la FMHB.

Párrafo Único. El equipo que participe en una fase regional y obtenga su clasificación a una

fase final, para efectos de la puntuación en el ranking oficial recibirá únicamente la puntuación de la fase final.

ARTICULO 81 – Es facultad exclusiva de la FMHB, a través de las Comisiones Ejecutivas de Competencia correspondientes, de la Comisión Nacional de Competencia y del Consejo Directivo de la F.M.HB, resolver las omisiones e interpretar lo que sea necesario, a lo dispuesto en este Reglamento y demás documentos estatutarios y reglamentarios de la FMHB. ARTICULO 82 – Este Reglamento podrá ser republicado para la corrección de errores e imperfecciones en los textos, así como para el incremento de medidas administrativas y normas reglamentarias, a través de las notificaciones oficiales y después de ser aprobado por acuerdo de la Asamblea de la Federación Mexicana de Handball ARTICULO 83 – Este Reglamento entra en vigor en esta fecha y forma parte del conjunto de Documentos Estatutarios y Reglamentarios de la FMHB. Este Reglamento Técnico General de Competencias fue leído y discutido en la Asamblea General Ordinaria en la sección de asuntos generales de la Federación Mexicana de Handball el día 27 de marzo de 2004, y fue aprobado en Asamblea Extraordinaria de la Federación Mexicana de Handball celebrada el día 23 de octubre del mismo año y entrará en vigor al día siguiente de su aprobación. FEDERACIÓN MEXICANA DE HANDBALL México, D. F., 23 de octubre de 2004