36
Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483 REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR Para una Convivencia Fraterna que favorezca la formación Integral de sus agentes HECHO POR: Comunidad Educativa REVISADO POR: PERSONAL DIRECTIVO APROBADO POR: Dirección VIGENCIA DESDE: 2020

REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

  • Upload
    others

  • View
    38

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR

Para una Convivencia Fraterna que favorezca la formación Integral de sus agentes

HECHO POR:

Comunidad Educativa

REVISADO POR:

PERSONAL DIRECTIVO

APROBADO POR:

Dirección

VIGENCIA

DESDE: 2020

Page 2: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

“Año de la Universalización de la Salud”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 085/2020-C-D FECHA: 10 DE DICIEMBRE DE 2020

CONSIDERANDO

Que, el Reglamento Interno es un instrumento normativo de gestión cuya actualización debe efectuarse permanentemente en base a las nuevas casuísticas y necesidades que se van presentando en el quehacer educativo cotidiano. Que la Dirección de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA TALARA” ubicado en la Mz. R Lote 3 ,4 y 5 de l AH NUEVA TALARA-TALARA, precisa contar con un Reglamento Interno que regule el quehacer organizacional, funcional, administrativo, pedagógico y de formación religiosa, el que está acorde, con la realidad institucional, tomando en cuenta las experiencias anteriores y aportes de las diferentes áreas, se ha procedido a la Actualización del Reglamento Interno de la Institución para ser aprobado, difundido y aplicado mediante Resolución Directoral.

De conformidad con la Constitución Política del Estado; la Ley 28044 Ley

General de Educación y sus modificatorias, Ley Nº 27815, Código de la Función

Pública y su Reglamento, Ley de Reforma Magis ter ia l , Ley Nº 28740 Ley

del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad

Educativa, Ley Nº 20604 protección a los consumidores en la selección de

textos, modificada por la L e y Nº 29839, Ley Nº 29719 Ley que promueve la

convivencia sin violencia; el Decreto Ley 23211 que aprueba el acuerdo entre

la Santa Sede y la República del Perú; y la ley de centros educativos privados

26549, y; estando a lo dispuesto por la Dirección IEP “CORAZON DE JESUS

NUEVA TALARA”,

SE RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR la actualización del Reglamento Interno de la

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICUALR “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA

TALARA” para estudiantes y padres de familia, conforme al nuevo texto que

se adjunta y que constituye parte de la presente Resolución Directoral, para el

año 2021.

SEGUNDO: DISPONER su difusión a todos los agentes involucrados en la

comunidad educativa de la IEP para su estricto cumplimiento a partir del día

siguiente de la expedición de la presente Resolución Directoral.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Lic. Iris Haydee Barrientos Madrid Directora

Page 3: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR “CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA”

DISPOSICIONES GENERALES Primera : El presente Reglamento Interno es un documento de gestión

que regula la organización y el funcionamiento integral de la Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA TALARA”. Contiene los derechos, obligaciones y responsabilidades de todos los miembros de la comunidad educativa de conformidad con lo dispuesto en las normas legales vigentes.

Segunda : La Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE JESÚS

NUEVA TALARA”, es una institución particular de Educación Básica Regular, que promueve la formación integral de los estudiantes en los niveles de Inicial y Primaria, de acuerdo a las orientaciones y de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Educación y demás normas.

Tercera : La Dirección y las instancias correspondientes son los

responsables de hacer cumplir el presente reglamento. Cuarta : Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son

cumplidas por el personal directivo, docente, administrativo, servicio, estudiantes y padres y madres de familia de la Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA TALARA”.

Quinta : La Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE JESÚS

NUEVA TALARA” está ubicada en AH Nueva Talara Mz. R lote 3,4 y5, distrito de Pariñas, provincia Talara, jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de Piura, con las siguientes instancias de Gestión Educativa:

a. IEP “CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA”. b. UGEL Talara c. DRE Piura d. Ministerio de Educación

Sexta : El Reglamento Interno orientará nuestra misión para lograr la

visión de la Institución Educativa.

TÍTULO I

Page 4: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

CAPÍTULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES

Art. 1°.- El presente reglamento establece las funciones específicas, pautas,

criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, el cual regula la convivencia democrática entre sus miembros.

Art. 2°.- El presente Reglamento Interno alcanza a:

a) Directora b) Coordinador de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia

Democrática c) Responsable de Convivencia y Disciplina Escolar d) Equipo de Profesores de Inicial y Primaria. e) Auxiliar de Educación Inicial. f) Personal de Servicio g) Alumnos: Municipio Escolar, Brigadas Escolares, Brigadieres,

Policías Escolares, etc. h) Padres de Familia: Comités de Aula.

CAPÍTULO II

BASES LEGALES Art. 3°.- El presente reglamento tiene su sustento en los siguientes

dispositivos legales:

- Constitución Política del Perú. - Ley N° 28044, Ley General de Educación, y sus modificatorias las Leyes

Nº 28123, Nº 28302, Nº 28329 y Nº 28740. - Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial. - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y

Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S. Nº 018-2007-ED.

- Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053, Nº 29739.

- Ley de Bases de la Carrera Administrativa N° 276 y su D.S. 05-90. - Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativa General. - Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las APAFAS en las I.E

Públicas y su Reglamento D.S Nº 004-2006-ED. - Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. - Ley 26260, Ley sobre violencia Familiar, acoso y violación Sexual. - Ley Nº 27911, Ley que Regula medidas administrativas extraordinarias

para el personal Docente o administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2003-ED.

Page 5: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

- Ley Nº 27741, Ley que establece La Política Educativa en Materia de Derechos Humanos y crea un Plan Nacional para su difusión y Enseñanza.

- Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes.

- Decreto Ley 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación- Modificada por Ley 26510

- Decreto Supremo 006—2006-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modificatorias.

- Ley Nº 29392, Ley que establece infracción y sanciones por incumplimiento de la Ley General de las Personas con Discapacidad y su Reglamento.

- Ley Nº 29839, Ley que modifica la Ley Nº 29694 Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares para lograr su eficiencia.

- Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo. - Ley Nº 29719, Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las

Instituciones Educativas y el D.S. Nº 010-2012-ED que establece su reglamento.

- D.L. Nº 23211 Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Peruano - D.S. N° 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28988,

Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial.

- D.S. Nº 008-2006-ED Aprueba los lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva del Trabajo Docente en la Instituciones Educativas Públicas.

- D.S. Nº 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación.

- D.S. N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.

- D.S. Nº 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.

- Resolución Suprema Nº 001-2007-ED Aprueban el Proyecto Educativo Nacional al 2021 “La Educación que queremos para el Perú”

- R D. Nº 0343-2010-ED Normas para el desarrollo de las Acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.

- R.M. N° 0234-2005-ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, sobre evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de la Educación Básica Regular.

- R.M. Nº 0405-2007, Aprueban lineamiento de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación a la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas.

- R.M. 0537-2003, Establecer de manera obligatoria la “Campaña Permanente por Escuelas Saludables, sin alcohol, Tabaco y otras Drogas”

Page 6: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

en los centros y programas de los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo nacional.

- R.M. 0440-2008-ED Aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular”

- R.M. Nº 0101-2009-ED Lineamientos para la Evaluación y Racionalización de Plazas de Educación Básica y Técnico Productiva del Sector Público.

- R.M. 0156 – 2007 – ED Lineamientos para el Proceso de Matrícula Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica.

- R.M. N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación”.

- R.M. Nº 0044 – 2012 Disponen que por única vez niños y niñas que tuvieron matrícula irregular por motivo de edad durante el año escolar 2011 en aulas de 3, 4, y 5 años puedan continuar progresivamente sus estudios en el aula o grado correspondiente.

- R.M. N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 – 2016.

- R.M. N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.

- R.V.M. Nº 0017-2007-ED Aprueba las Normas que establecen la Organización y la Ejecución de la Actividad Permanente de Movilización Social “Escuelas Seguras, Limpias y Saludables”.

- R.V.M. N° 0067-2011-ED Normas y Orientaciones para la organización, implementación y funcionamiento de los Municipios Escolares.

- R.V.M. Nº 004-2007-ED Aprueba la Directiva que norma la Campaña Educativa Nacional de Sensibilización y Promoción para una Vida sin Drogas “Estudiantes Sanos, Libres de Drogas”.

- R.V.M. Nº 0022-2007 Aprueba las “Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de la Instituciones y Programas de la Educación Básica.

- R.D. Nº 181-2008-ED Aprueba e Institucionaliza los Lineamientos Educativos y Orientaciones Pedagógicas para la Prevención de las infecciones de transmisión sexual, VIH y SIDA.

- R.D. Nº 180-2008-ED Aprueba e Institucionaliza los Lineamientos Educativos y Orientaciones Pedagógicas para la Educación Sexual Integral.

- Resolución Jefatural Nº 050-2010-ED/Directiva Nº 004-2014-ME/SG-OGA-UPER.

- Directiva Nº 002.2006- VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de las acciones y funcionamiento de las Defensorías Escolares del Niño y Adolescentes (DESNAS) en las Instituciones Educativas.

- Directiva Nº 001.2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la Convivencia Escolar Democrática”

Page 7: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

- Directiva Nº 005 – 2012 DIPECUD “Orientaciones para el desarrollo del Programa Escolar Abierto 2012.

- R.M. N° 0394-2008-ED Aprueba "Normas que Regulan el Procedimiento para la Aprobación de las Solicitudes de Excursiones o Visitas de los Estudiantes formuladas por las Instituciones Educativas".

- R.M. N° 572-2015-MINEDU Aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”.

CAPÍTULO III VISIÓN – MISIÓN - VALORES

Art. 4°. - La visión de nuestra Institución Educativa es:

AL AÑO 2023 LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR

“CORAZON DE JESUS-NUEVA TALARA”, QUE FORMA

ESTUDIANTES CREATIVOS, INNOVADORES, COMPETITIVOS,

CRÍTICOS Y REFLEXIVOS, QUE PRACTICAN VALORES, QUE

CONSOLIDAN SU PROYECTO DE VIDA Y CONTRIBUYEN AL

DESARROLLO DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA Y

AMBIENTALISTA, DENTRO DE UN CLIMA ARMONIOSO ENTRE

LOS AGENTES EDUCATIVOS, CON DOCENTES Y DIRECTIVOS

COMPROMETIDOS Y CAPACITADOS, EN UNA

INFRAESTRUCTURA MODERNA Y EQUIPADA”.

Art. 5°. - La misión de la Institución Educativa es:

“SOMOS LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR “CORAZON

DE JESUS-NUEVA TALARA”, QUE BRINDA UN SERVICIO

EDUCATIVO EN LOS NIVELES DE INICIAL Y PRIMARIA DE

MENORES, CON PERSONAL DOCENTE Y DIRECTIVO

COMPETITIVOS Y COMPROMETIDOS CON EL QUEHACER

EDUCATIVO PARA LA COMUNIDAD TALAREÑA, PROMOVIENDO

EN LOS ESTUDIANTES LA CREATIVIDAD, INNOVACIÓN Y

COMPETITIVIDAD, FUNDAMENTADO EN VALORES COMO LA

IDENTIDAD, RESPONSABILIDAD, RESPETO Y SOLIDARIDAD;

FOMENTA LA INCLUSIÓN Y EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE”.

Art. 6°.- Los valores de la Institución Educativa Particular “CORAZÓN DE

JESÚS-NUEVA TALARA” son los siguientes:

- Respeto: Es un valor social por el cual la persona actúa o deja de

actuar, procurando no perjudicar ni dejar de beneficiarse a sí mismo, ni

Page 8: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

a los demás, de acuerdo con sus derechos, con su condición y con sus

circunstancias.

- Responsabilidad: Es un valor moral definido como la facultad que

permite al hombre interactuar, comprometerse y aceptar las

consecuencias de un hecho voluntariamente realizado.

CAPÍTULO IV

DE LOS OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO Art. 7°. - Son objetivos del Reglamento de nuestra Institución Educativa los siguientes:

a. Establecer las normas que regulan el funcionamiento de la IE, dentro de un marco democrático.

b. Orientar la participación de las organizaciones de los actores de la I.E, para el mejoramiento de la calidad y servicio educativo.

c. Establecer una política de estímulos para el personal que labora en nuestra I.E.

d. Propiciar la participación de los padres y madres de familia en las actividades programadas para mejorar el clima institucional.

e. Regular los procesos de gestión que permitan el logro de los objetivos institucionales.

GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO I

DE LA CALENDARIZACIÓN Y EL HORARIO ACADÉMICO Art. 8. El año escolar tiene la vigencia efectiva que determine el Ministerio de Educación y se desarrolla en cuatro periodos bimestrales separados por una semana de trabajo docente. Cada bimestre considera un periodo de proceso y otro de exámenes bimestrales de comprobación. La jornada diaria se ajustará de acuerdo a las necesidades y/o modalidad, teniendo en cuenta los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación para tal fin. Art.9. Los horarios académicos se organizan teniendo en cuenta los niveles de atención de los estudiantes y sus edades, así como la naturaleza de las áreas curriculares. Fluctuando las horas pedagógicas de acuerdo a la necesidad y a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación, conforme a la visión y misión de la I.E.

TÍTULO II

Page 9: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

El horario, de acuerdo al nivel, será determinado por la Dirección, de acuerdo a las circunstancias, modalidad, condiciones climatológicas y/o factores análogos, de conformidad a las disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación; no afectándose la prestación mínima del servicio, por lo que la Directora dispondrá las medidas que correspondan para tal fin. Art. 10. Los estudiantes gozan de momentos de descanso durante la jornada, dependiendo la duración de los mismos, según la modalidad y/o nivel.

CAPÍTULO II DEL PROYECTO CURRICULAR INSTITUCIONAL

Art. 11. El Proyecto Curricular es considerado como el conjunto de logros de aprendizaje (Competencias Capacidades), contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las etapas, ciclos y grados de enseñanza. Está compuesto por el qué enseñar, el cómo enseñar, el cuándo enseñar y el qué, cómo y cuándo evaluar. Art. 12. El Proyecto Curricular que se desarrolla en la I.E. toma en cuenta lo siguiente:

1. Las orientaciones generales establecidas por el Ministerio de Educación que contienen principalmente los aprendizajes que deben alcanzar los estudiantes al concluir cada nivel, así como las formas de evaluarlos. Estos aprendizajes son una especificación de los objetivos de la Educación Básica, están fundamentados en un diagnóstico de la realidad social, multilingüe y pluricultural de la infancia y la adolescencia; teniendo un sustento pedagógico y guardan coherencia con los principios y fines de la educación peruana, establecidos en la Ley General de Educación. Considerando la diversificación curricular, el Colegio puede implementar talleres, laboratorios, programas u otras formas de organización curricular que respondan a las características y necesidades de los estudiantes y al desarrollo del Plan de Mejora Continua de la enseñanza de cada nivel educativo en el colegio, de acuerdo al Reglamento Interno Educativo y a las disposiciones del Ministerio de Educación, que favorezcan la articulación de los distintos niveles, con su nivel superior. Dicha propuesta curricular diversificada del Colegio tiene valor oficial, de acuerdo a las normas educativas vigentes.

2. Los fundamentos de la Educación Personalizada se plantean como un modo de ver la educación a través de la realidad más profunda del hombre: su condición de persona. El modelo educativo de los colegios tiene como punto de partida favorecer en el alumno un desarrollo integral, mediante una educación que abarca todas las dimensiones de la persona (física, afectiva, intelectual, volitiva y espiritual); en definitiva, el

Page 10: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

perfeccionamiento intencional de las facultades más específicamente humanas.

Art. 13. El Currículo Nacional de Educación Básica contiene los propósitos del Proyecto Educativo Nacional al 2036, los logros, las características, los valores que orientan el trabajo pedagógico a nivel de país, y el Proyecto Curricular Regional. Estos documentos son parte esencial del desarrollo curricular de nuestra institución.

CAPÍTULO III DE LA PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO CURRICULAR

Art. 14. El desarrollo curricular es considerado como el proceso que permite al docente desarrollar competencias, capacidades, contenidos y desempeños, realizar un aprendizaje significativo, concretar las actividades de enseñanza-aprendizaje, y recoger toda la información del trabajo diario con los estudiantes. Art. 15. La programación Anual señala lo que deben aprender los estudiantes en cada uno de los grados de enseñanza. La programación mensual y/o por unidades señala lo que deben aprender los alumnos en cada unidad didáctica. Art. 16. La Unidad Didáctica es un instrumento de programación articulado, diversificado y completo y su duración se establece en función de sus competencias, capacidades y desempeños. Una Unidad Didáctica en su estructura está compuesta por lo siguiente: 1. Datos Informativos:

- Área: Duración, Semana, Grado y Mes. - Situaciones de Aprendizaje. - Tema transversal. - Virtud.

2. Cuadro Auxiliar de relación entre competencias, capacidades y desempeños. 3. Cuadro Auxiliar de contenidos y habilidades. 4. Programación Diaria:

- Fecha de sesión. - Propósitos (capacidades). - Actividad en Aula. - Recursos Didácticos. - Indicadores de desempeño. - Instrumento de Evaluación.

Art. 17. Se establece un clima de motivación, solidaridad, aceptación, confianza y adecuados vínculos interpersonales entre estudiantes, de acuerdo a las normas de convivencia establecidas. Los estudiantes de la I.E. establecen normas de convivencia en el aula que faciliten un ambiente agradable, tolerante, respetuoso, estimulante y facilitador del trabajo educativo y las relaciones sociales.

Page 11: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Art. 18. De acuerdo a nuestro modelo educativo de Educación Personalizada, se logra diversificar los procesos de aprendizaje de acuerdo a las características y capacidades de cada alumno. Art. 19. En atención a los alumnos que requieran ajustes razonables en el proceso de aprendizaje, permanentes o transitorios, se plantean adaptaciones curriculares de acuerdo a cada situación requerida. Art. 20. La formación religiosa, cultural, deportiva, artística, así como la recreación, forman parte del proceso de educación integral de los estudiantes y se desarrollan en todos los niveles y ciclos.

CAPÍTULO IV DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Y RECUPERACIÓN

PEDAGÓGICA Art. 21. La evaluación de los aprendizajes en los dos niveles de la I.E. se desarrolla desde los fundamentos de la Educación Personalizada, en concordancia con los lineamientos que para tal fin emite el Ministerio de Educación. Para ello se toman en cuenta los siguientes criterios: a) La evaluación es un proceso permanente y sistemático a través del cual se recopila y analiza información para conocer y valorar los procesos de aprendizaje y los niveles de avance en el desarrollo de las competencias; sobre esta base, se toman decisiones de manera oportuna y pertinente para la mejora continua de los procesos de aprendizaje y de enseñanza. b) El enfoque utilizado para la evaluación de competencias es siempre formativo, tanto si el fin es la evaluación para el aprendizaje como si es la evaluación del aprendizaje. Ambos fines, son relevantes y forman parte integral de la planificación de las diversas experiencias de aprendizaje orientadas al desarrollo de las competencias. Por lo tanto, deben estar integrados a dichas experiencias y alineados a los propósitos de aprendizaje. Todas las competencias planteadas para el año o grado deben ser abordadas y evaluadas a lo largo del periodo lectivo. c) Mediante la evaluación para el aprendizaje, con finalidad formativa, se retroalimenta al estudiante para que reflexione sobre su proceso de aprendizaje, reconozca sus fortalezas, dificultades y necesidades y, en consecuencia, gestione su aprendizaje de manera autónoma. Dado su propósito formativo, se evalúa constantemente todo lo que permita una retroalimentación del desarrollo de la competencia: los recursos, una combinación de estos, una capacidad y una competencia. d) Mediante la evaluación del aprendizaje, con finalidad certificadora, se determina el nivel de logro que un estudiante ha alcanzado en las competencias hasta un momento específico y de acuerdo con lo establecido por el docente

Page 12: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

según las necesidades de aprendizaje del estudiante. “Es importante considerar que la adquisición por separado de las capacidades de una competencia no supone el desarrollo de la competencia. Ser competente es más que demostrar el logro de cada capacidad por separado: es usar las capacidades combinadamente y ante situaciones nuevas.” (CNEB). e) Las competencias transversales determinadas por el MINEDU serán parte de la programación, desarrollo y evaluación curricular de cada grado de estudios. f) Los niveles de logro alcanzados en el desarrollo de cada competencia se registra de acuerdo a la siguiente escala:

NIVEL DE LOGRO

Escala Descripción

AD

LOGRO DESTACADO Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto a la competencia. Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado.

A

LOGRO ESPERADO

Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado

B

EN PROCESO Cuando el estudiante está próximo o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

C

EN INICIO

Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo al nivel esperado. Evidencia con frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas, por lo que necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente.

g) Al final del periodo lectivo se consignará el último nivel de logro alcanzado en cada una de las competencias. Este nivel de logro es el que se consignó a cada competencia en el último periodo trabajado. Art. 22.1 Registro y comunicación del desarrollo de competencias:

a) Registro auxiliar de evaluación de los aprendizajes Es el instrumento que utiliza el docente para registrar los avances, logros y dificultades que se observan en el progreso de las competencias de los estudiantes, durante y al final del proceso de aprendizaje.

b) Informe de progreso del Alumno El Informe de Progreso del Alumno es el documento mediante el cual se comunica, a quien corresponda, los niveles de logro alcanzados por el estudiante en cada competencia al final de cada periodo de evaluación.

Page 13: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

A partir del Ciclo II en adelante, se consignará el nivel de logro alcanzado para cada competencia desarrollada y las conclusiones descriptivas cuando el estudiante haya alcanzado el nivel de logro C. En el caso de las competencias desarrolladas del periodo que hayan alcanzado otros niveles de logro como B, A o AD, la docente consignará conclusiones descriptivas cuando lo considere conveniente. Adicionalmente, las profesoras comunican, dentro de su horario de atención y a través de entrevistas con los padres y con los alumnos, los avances y logros en los aprendizajes.

c) Acta Oficial de Evaluación Es el documento oficial que la Directora de la IE emite desde el SIAGIE, a partir de la información que los responsables de cada IE ingresan sobre la trayectoria educativa de los estudiantes. Las Actas consignan la información sobre los niveles de logro alcanzados por los estudiantes, en cada competencia, en un grado o periodo lectivo.

Art. 23. Condiciones para la promoción, recuperación pedagógica y permanencia en el grado Las condiciones para la promoción, acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica y permanencia serán conformes a los lineamientos aplicables vigentes y emitidos por el Ministerio de Educación.

CICLO GRADO PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR PERMANENCIA EN EL GRADO

II 3 a 5 años Es automática -----------

III

1° Es automática -----------

Si al término del período lectivo o recuperación pedagógica. El estudiante alcanza el nivel de logro A o AD en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas y B en las demás competencias.

El estudiante alcanza el nivel de logro C en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas y B en las demás competencias.

IV

Si al término del periodo lectivo o recuperación pedagógica: El estudiante alcanza el nivel de logro B en la mitad o más de las competencias asociadas a todas áreas, pudiendo alcanzar los niveles AD, A o C en las demás competencias.

Si al término del periodo lectivo o recuperación pedagógica: El estudiante alcanza el nivel de logro A o AD en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas y B en las demás competencias.

V

Si al término del periodo lectivo o recuperación pedagógica: El estudiante alcanza el nivel de logro B en la mitad o más de las competencias asociadas a todas áreas, pudiendo alcanzar los niveles AD, A o C en las demás competencias.

Si al término del periodo lectivo o recuperación pedagógica: El estudiante alcanza el nivel de logro A o AD en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas y B en las demás competencias.

Page 14: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Art. 24°. - La I.E. tiene la facultad de ofrecer un Programa de Recuperación Pedagógica durante las vacaciones de verano el mismo que se desarrolla de acuerdo a las horas normadas en las directivas de desarrollo del año escolar vigente. Los alumnos del colegio pueden participar en él; en todo caso, deberán rendir una evaluación de recuperación. Los montos de los costos académicos del periodo de recuperación son fijados cada año por la Promotoría y Dirección, los mismos que se comunicarán oportunamente a los padres o a quienes hagan sus veces, antes de iniciar la prestación de dicho servicio. Art. 25°. -Los estudiantes que no hayan participado en el Programa de Recuperación Pedagógica podrán presentarse a la evaluación de recuperación y subsanación en las fechas establecidas por la Dirección de la Institución Educativa, las mismas que serán comunicadas oportunamente por los medios de comunicación de la localidad y a través de informativos dentro de la institución educativa.

CAPÍTULO V DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL

Art. 26°. - La Tutoría es un servicio de acompañamiento socio - afectivo, cognitivo y pedagógico a los estudiantes que debe integrarse al desarrollo curricular y aportar al logro de los aprendizajes y a la formación integral, en la perspectiva del desarrollo humano. Art. 27°. - Se considera dos horas de Tutoría para primaria. Este espacio no es una clase, sino que es un momento de reflexión para tratar asuntos relevantes y que debe dar oportunidad a los estudiantes para interactuar y conversar sobre sí mismos y el grupo. No excluye el trabajo tutorial que se debe dar de manera transversal y permanente en las diversas actividades del currículo, así como otras reuniones con los estudiantes y padres y madres de familia de familia. Art. 28°. - En Educación Primaria la función del tutor formal recae en el docente a cargo del aula.

CAPÍTULO VI DE LOS PROYECTOS DE MEJORA – PROYECTOS INNOVADORES

Art. 29°. - La Directora de la Institución promoverá la elaboración de proyectos de mejora y de innovación tanto pedagógica como institucional, que permitirán el logro de nuestros objetivos institucionales. Dichos proyectos se diseñarán con la participación de equipos de docentes. Art. 30°. - Serán responsables de la elaboración, ejecución y evaluación de los proyectos los coordinadores elegidos democráticamente.

Page 15: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

CAPÍTULO VIII

DEL CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR

Art. 31°. - La I.E. fomenta en los estudiantes el amor a la patria y a sus símbolos mediante el desarrollo de las actividades cívico-patrióticas del Calendario Cívico Escolar. La Directora son los responsables de la organización del Calendario Cívico Escolar, los cuales designarán a los docentes encargados de dichas disertaciones, tratando de que le corresponda una a cada docente durante el año lectivo. Se realizan exposiciones y/o trabajos de investigación de los personajes y días conmemorativos de acuerdo a la calendarización que se establezca al inicio del año escolar para cada año. Art. 32°. - Los días celebrados en el Calendario Cívico Escolar no deben ser utilizados para actuaciones que impliquen gastos económicos adicionales a los estudiantes o que representen pérdida efectiva de la jornada destinada a clases.

CAPÍTULO X DE LA SUPERVISIÓN, MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO

Art. 33°.- La parte directiva es la encargada de planificar y ejecutar la supervisión, el monitoreo y acompañamiento, según lo establecido en el PAT. con el fin de:

a) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente. b) Evaluar continuamente el servicio educativo. c) Crear espacios constantes de interaprendizaje, de reflexión y de

sistematización de la práctica. d) Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización

docente. e) Suscribir convenios o contratos entre la institución educativa y otras

entidades con fines educativos y culturales. f) Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje. g) Planificar y aplicar la medición de logros de aprendizaje en los diferentes

grados.

CAPÍTULO XI DE LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS, DEPORTIVAS Y VIAJES

DE ESTUDIO

Art. 34°. - La programación de las actividades deportivas y recreativas se hará en el mes de marzo y se incluirán en el Plan Anual de Trabajo.

Page 16: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Art. 35°. - Es política de la Institución Educativa promover los viajes y visitas de investigación que permitirán fortalecer y consolidar los aprendizajes en las diferentes áreas curriculares. Todos los docentes y docentes tutores podrán programar viajes y visitas de estudio de acuerdo a su Plan de Tutoría, programación anual y previa autorización de las autoridades competentes y a la normatividad vigente.

GESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPÍTULO I

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 36°. - La Institución Educativa Particular “Corazón de Jesús-Nueva Talara”

presenta la estructura orgánica siguiente:

A. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

- Promotoría - Dirección

B. ÓRGANOS DE LÍNEA

- Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa - Equipo de profesores de Inicial, Primaria y Secundaria - Auxiliar de Educación

C. ÓRGANOS DE APOYO

- Trabajador Servicio

CAPÍTULO II DE LOS MATERIALES Y DEL HORARIO DEL PERSONAL

Art. 37°. - La dirección de la I.E. tiene la responsabilidad de garantizar el uso y conservación de material educativo con que cuenta la institución en las diferentes áreas académicas y que se encuentren al alcance de los actores educativos. Art. 38°. - El horario de trabajo del personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de servicio se ajusta a su jornada laboral establecida. Art. 39°. - De la Jornada Laboral:

a) El personal directivo, docente, administrativo y de servicio que labora en la institución educativa, cumplirá la jornada laboral establecida por las normas legales vigentes.

TÍTULO III

Page 17: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

b) La Directora del Colegio, cumplirán una jornada laboral de 40 horas semanales, equivalente a una jornada de trabajo establecida para los servidores de la administración pública. Los docentes de la institución educativa cumplirán una jornada de trabajo de 35 horas pedagógicas en inicial y primaria.

CAPÍTULO III DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Art. 40°. - El Proyecto Educativo Institucional es el instrumento de gestión que orienta las actividades pedagógicas, administrativas e institucionales de nuestra Institución Educativa y es el referente para la formulación de los demás instrumentos de gestión. Art. 41°. - El PEI se formula y revisa periódicamente con la participación de los diferentes actores educativos y es aprobado mediante Resolución Directoral por la Directora de la I.E.

CAPÍTULO IV DEL CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

Art. 42°. - El personal directivo y jerárquico propiciará los canales de coordinación y comunicación institucional para favorecer el mejor clima institucional. Art. 43°. - El personal directivo, docente y administrativo de la Institución Educativa es responsable solidario de propiciar el mejor clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, ética, eficaz, creativa y armoniosa.

GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO I

DE LA MATRÍCULA Y CERTIFICACIÓN Art. 44°. - Matrícula, Certificación y Traslado:

a) La matrícula para el primer grado de primaria, se efectúa durante todo el mes de enero, cumpliendo con los requisitos que la ley establece. b) Los demás grados de primaria ratificarán su matrícula durante el mes enero. c) La matrícula será atendida por el personal administrativo y autorizada por el Director.

TÍTULO IV

Page 18: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

d) El proceso de matrícula consiste en: ALUMNOS NUEVOS. - . Presentación del Expediente. - Los documentos que contiene el expediente son:

Los estudiantes deben contar con edad cronológica para el grado que postulan, esto es al 31 de marzo para inicial de 3, 4, 5 años y primer grado de primaria.

DNI del estudiante, copia simple

DNI de ambos padres en copia simple

Certificado oficial de estudios de los grados cursados anteriormente en caso de los estudiantes trasladados de inicial cuatro años en adelante.

Ficha Única SIAGIE (MINEDU)

Tres fotografías tamaño carné del estudiante.

Libreta de información del año anterior. Copia simple

Acta de nacimiento del postulante

Tarjeta de vacunación actualizada, copia simple

Constancia de no adeudo del colegio de origen.

En caso la postulante tenga APODERADO(a) presentar documentación legal que lo acredite (Original).

Recepción de documentos y actualización:

El padre/madre de familia o apoderado de los estudiantes nuevos deberán entregar los documentos requeridos por la Institución en físico o virtual, para iniciar el proceso de matrícula

La actualización de los datos lo hará mediante FICHA DE INFORMACIÓN (ver anexo 1), siguiendo los instructivos establecidos para este proceso.

Para efectuar los pagos por los servicios educativos que brinda el colegio, éste pone a disposición diversas instituciones bancarias para que realicen los mismos. En dicho sentido, queda a discreción del padre de familia, o quien haga sus veces, asumir el costo total de la comisión bancaria que corresponda por el servicio de pago.

Actualización de datos (importante actualizar teléfonos, dirección y correos electrónicos para casos de emergencia). Recuerde que este proceso se realiza directamente desde su hogar. No será posible realizarlo en los ambientes del Colegio.

Descargar de la Plataforma el contrato de prestación de servicios, si tiene varios hijos debe hacerlo por cada hijo, (proceso que se realiza directamente desde la casa).

Leer el proyecto de convivencia saludable.

Descargar y leer el Reglamento Interno de los estudiantes y padres de familia

a) Los padres son los únicos en cumplir con todo el proceso de matrícula. Debiendo tener en consideración lo siguiente:

Para matricular es indispensable no tener deuda alguna con el colegio, es decir, cero deudas.

Presentar solo la constancia de depósito por el pago de matrícula.

Page 19: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Respetar el cronograma de matrícula. No hay extemporaneidad salvo los indicados por la Dirección del

Colegio. Art. 45°. Será denegada la ratificación de la matrícula a un estudiante cuando:

a. Adeudan pensiones de enseñanza del año anterior. b. La familia tenga un mal hábito de pago de pensiones de enseñanza, atrasadas o pago de las pensiones de enseñanza luego de haberse vencido los plazos pactados al momento de la matrícula. c. La estudiante repite de grado. d. Los padres de familia que no ratificaron la matrícula de su menor hija en las fechas señaladas pues al no hacerlo obstaculizan la organización del buen inicio del año escolar1

e) Los traslados de matrícula se efectuarán hasta la finalización del segundo trimestre en primaria. Sujetándose su ejecución a las normas legales vigentes. f) Los certificados de estudios serán expedidos por la dirección del plantel, tomando en cuenta la normatividad respectiva. g) El Centro Educativo informa a los padres de familia al finalizar el año lectivo y durante cada matrícula en forma escrita, veraz, suficiente y apropiada, sobre las condiciones económicas (monto, número y oportunidad de pago, así como la posibilidad que se incremente el monto de las mismas) a las que se ajustará la prestación del servicio.

Art. 46°. Para el traslado de matrícula es necesario redactar y emitir una Resolución Directoral que será entregada a los padres de familia junto con la Ficha Única de Matrícula, los documentos personales y los resultados de las evaluaciones anteriores; si previamente ha cumplido con todas sus obligaciones con el colegio. Art. 47°. En caso de incumplimiento de pago de las pensiones escolares y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el Colegio tiene la facultad de: a) Retener los certificados de estudios de los períodos no cancelados 2 Sin embargo, se podrá emitir el certificado con las notas de los periodos no adeudados. b) No renovar el contrato de prestación de servicio (no convenir en la prestación del servicio educativo) a favor de la estudiante para el año siguiente 2022, por falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo 2021.

1 Disposiciones del MED para el buen inicio 2 Ley 27665 en su artículo 16ª que establece que “(…) la Institución Educativa puede retener los certificados

correspondientes a periodos no pagados (…)”

Page 20: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

CAPÍTULO II DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS

Art. 48°. - Los recursos económicos de la I.E. son básicamente el pago de las pensiones que los padres de familia responsablemente aportan durante los 10 meses que dura el servicio educativo. Art. 49º.- El promotor, el director formulan el presupuesto, siendo el promotor además responsable de su administración.

CAPÍTULO III DE LA ADMINISTRACIÓN DEL QUIOSCO

Art. 50º.- La Promotoría es responsable de la administración directa o a través de concesionarios del quiosco escolar. Los fondos que genera son destinados, en coordinación con la Dirección de la Institución Educativa, única y exclusivamente para gastos de renovación y mantenimiento de mobiliario y mantenimiento y ampliación de infraestructura educativa.

CAPÍTULO IV DE LA CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA

Art. 51º.- Es competencia del Promotor y Directora velar por la seguridad y salubridad que debe brindar el local escolar, con participación del equipo docente para crear un ambiente agradable que favorezca los aprendizajes y el desempeño de los actores educativos, desde el inicio del año escolar. Art. 52º.- Es deber de los padres y madres de familia, tutores y apoderados velar que en la Institución Educativa exista un ambiente adecuado que permita la formación integral de los estudiantes.

CAPÍTULO V DE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS

Art. 53º.- El Promotor y Dirección tiene la función de establecer convenios con las instituciones locales: Municipios, centros de salud, organizaciones sociales de base, ONG y otros sectores del Estado y la Sociedad Civil en beneficio de los estudiantes.

Page 21: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

FUNCIÓN DE LOS ACTORES EDUCATIVOS

CAPÍTULO I

DE LOS DOCENTES, TUTORES, AUXILIARES DE EDUCACIÓN, COORDINADOR ACADEMICO DE NIVEL

Y PSICÓLOGA

Art. 54º.- El docente es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función, la permanencia en la carrera pública docente le exige idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes.

Art.55º.- Son funciones de los docentes: a) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno y disposiciones

vigentes del Ministerio de Educación. b) Asumir con responsabilidad y ética profesional la función que

determina la Ley General de Educación, Ley del Profesorado, reglamentos y modificatorias.

c) Participar en la elaboración, aprobación, ejecución y evaluación de los documentos que rigen nuestra I.E.

d) Desarrollar con responsabilidad la programación, y desempeñar con dedicación sus funciones de enseñanza al educando, así como en la elaboración de la documentación correspondiente.

e) Participar en las reuniones de planificación o coordinación promovidas por la Dirección, cumpliendo responsablemente los acuerdos que se adopten.

f) Participar en la vida de la comunidad educativa a través de las funciones que la dirección le asigne, previa coordinación para el mejor desarrollo de las acciones educativas programadas (Tutorías, Comités, Comisiones, etc.)

g) Facilitar la supervisión educativa para el monitoreo del mejoramiento de la calidad educativa

h) Enviar a la dirección en forma obligatoria los temas a desarrollar en los casos de ausencia justificada en horas de clase para evitar el abandono de las mismas.

i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los tutores de aula, auxiliares de educación, padres de familia y estudiantes, sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y de comportamiento.

j) Asumir con responsabilidad la programación de su fecha cívica y presentar copia a la subdirección después de haber recibido el memorándum, 07 días hábiles antes de la charla.

TÍTULO V

Page 22: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

k) Participar con responsabilidad de los lunes cívicos, y otras actividades educativas culturales y deportivas, apoyando en el orden respectivo.

l) Realizar acciones de recuperación pedagógica con el Vº Bº de Dirección.

m) Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la institución educativa y con el mantenimiento del aseo y disciplina en las aulas y otros lugares que así lo requieran.

n) Dar a conocer a Dirección o coordinación del nivel primario, tutor , sobre las sanciones que apliquen a los estudiantes en su hora de clase u otra circunstancia que amerite ser informada el mismo día de sucedido los hechos, quedando bajo su responsabilidad si el padre de familia informa y el personal directivo desconoce los hechos.

En casos graves el docente presentará un informe por escrito, al tutor, los cuales determinarán la sanción respectiva.

o) Ser puntual y cuidar por su presentación personal al asistir a la institución educativa y a las aulas según el horario establecido y con el uniforme aprobado en asamblea.

p) Determinar acciones para mejorar actitudes de indisciplina de los estudiantes.

q) Promover la práctica de valores en todo momento que coadyuven la formación integral del docente y por ende del estudiante.

r) Ningún docente emitirá opiniones en nombre de todo el personal docente sin previa consulta dentro o fuera de la I.E.

s) Brindar oportunidad y facilidades en las evaluaciones, trabajos, etc. a los estudiantes que representan a la I.E. en los diferentes concursos, eventos deportivos, culturales y actividades diversas, especificadas en el Art. 07 y 08.

t) Los docentes que son padres y madres de familia de la I.E. deben abstenerse de participar como miembros de los comités de aula y/o directivos y en asambleas solo deben ser oyentes, evitando actitudes negativas e intencionadas contra alguno de los actores educativos de la I.E. que los acoge.

Artículo 56°. - Son funciones de los Auxiliares de Educación:

a) El horario de ingreso y salida es de 15 minutos antes y después de

la hora establecida para los estudiantes. b) Atender en primera instancia a los padres de familia sobre asuntos

relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de los estudiantes.

c) Llevar al día: * El control diario de las agendas.

El registro anecdótico de incidencias de los estudiantes a su cargo.

Registro de asistencia diaria de los estudiantes.

Page 23: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

La ficha de orientación y seguimiento de los estudiantes con problemas de conducta.

Evaluar y establecer la nota de comportamiento y conducta en coordinación con los tutores.

El registro de permisos de los estudiantes.

d) Promover el fortalecimiento de la disciplina y el comportamiento de los educandos, en coordinación con los docentes y con el jefe inmediato, evaluando asistencia, puntualidad, orden, aseo, teniendo en cuenta la escala de méritos y deméritos que el estudiante debe conocer a través de una publicación, etc.

e) Orientar y apoyar a los estudiantes en las actividades de servicio comunal que desarrolle la I.E. o que se le encomienden.

f) Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene, estudio entre los estudiantes, así como el correcto uso del uniforme escolar.

g) Informar a los tutores y coordinador de tutoría respecto al ausentismo, comportamiento, rendimiento de los estudiantes y preparar una relación de casos de ausentismo para la toma de decisiones, al respecto.

h) Fomentar en los estudiantes el amor y respeto a los emblemas nacionales y a la patria desarrollándoles responsabilidades de carácter cívico – patriótico, con el apoyo de todos los docentes presentes.

i) Controlar en caso de ausencia del docente, la realización de tareas y/o acciones educativas programadas.

j) Entregar libretas de calificaciones de aprovechamiento, citaciones, recomendaciones y otros en forma oportuna.

k) Llevar y/o trasladar a los estudiantes que requieran atención médica en caso de emergencia.

l) Promover el respeto hacia todos los docentes y auxiliares de los estudiantes que no están a su cargo.

m) Verificar el ingreso de los estudiantes a las aulas, en la hora de entrada; después del recreo y en todas las horas de clase.

n) El personal auxiliar debe orientar a los PP.FF. dónde dirigirse para hacer algún trámite y ser atendido apropiadamente.

Artículo 57°.-Son funciones del Coordinador Académico de Nivel 1. En espíritu de colaboración orienta, apoya y asesora el trabajo técnico –

pedagógicos de los docentes. 2. Coordina permanentemente con el equipo de Avance Curricular y toma en

cuenta las sugerencias e incide en la adecuación de contenidos para una diversificación efectiva de los contenidos curriculares.

3. Diseña un plan de supervisión con la aplicación de fichas pertinentes en todos los niveles.

4. Verifica el avance cunicular en función de las unidades didácticas respectivas.

Page 24: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

5. Capacita la elaboración y aplicación de técnicas adecuadas para el logro de las capacidades y valores.

6. Incide en la actualización de indicadores para el logro de capacidades. 7. Coordina con los responsables de área para la ejecución efectiva de las

experiencias pedagógicas. 8. Monitorea las acciones educativas en el nivel respectivo. 9. Dinamiza la acción educativa a través de la utilización de los medios

audiovisuales y materiales que posee la institución educativa y por otros convenios.

10. Asegura una estrategia pertinente, orientada al seguimiento y evaluación del proceso educativo.

11. Promueve estrategias de trabajo de grupo que contribuyan a asumir funciones y responsabilidades en forma colectiva resolviendo problemas y regulado las relaciones interpersonales.

12. Supervisa los documentos y las sesiones de clase de los practicantes sin considerar evaluación alguna.

13. Identifica los aspectos que requieren mayor tratamiento o profundización. 14. Verifica la aplicación efectiva del proceso de evaluación revisando los

registros correspondientes. Art. 58.- Son funciones de la Psicóloga:

a. Atender y orientar en consulta a estudiantes, docentes, administrativos y

padres de familia, manteniendo la reserva profesional, según el caso. b. Monitorear los Programas de Prevención Integral, Escuela de Padres,

Educación Sexual, Uso indebido de drogas, Prevención de la violencia y Prevención de Desastres.

c. Brindar orientación e información a los docentes en temas de psicopedagogía

d. Conducir y coordinar con los tutores el Programa de Orientación Vocacional y Profesional del educando.

e. Coordinar con el Comité de Tutoría las diferentes acciones del departamento Psicopedagógico.

f. Elaborar un Plan de trabajo en coordinación con los tutores y el coordinador del área de Tutoría.

g. Dar orientación en el desarrollo curricular de Tutoría. h. Monitorear las reuniones tutoriales. i. Elaborar y aplicar pruebas Psicopedagógicas de índole individual y grupal

que conlleven a mejorar la formación integral del estudiante. j. Realizar investigaciones en el medio social del estudiante que tenga

problemas, para recomendar tratamiento adecuado, manteniendo la reserva del caso.

k. Recomendar métodos para la prevención, diagnóstico y tratamiento del estudiante con problemas de aprendizaje, emitiendo un informe de los casos tratados al Tutor y padre de familia.

l. Elaborar proyectos de investigación en el campo de la psicología aplicada. m. Apoyar el trabajo formativo que realiza el docente, Tutor, otros

especialistas y la Coordinación de Tutoría.

Page 25: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

CAPÍTULO II DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Art. 59°. - La Secretaría y sus funciones:

a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponda a la Dirección de la Institución Educativa.

b) Redactar documentos varios de acuerdo a las indicaciones del Director de la Institución Educativa.

c) Cumplir funciones que dirección les asigne o encomiende.

CAPÍTULO IIIDEL PERSON AL DIRECTIVO

Art. 60°. - Son Funciones del Director de la Institución Educativa las siguientes:

1. Optimizar la calidad de los aprendizajes y del desempeño docente, que promuevan y estimulen la innovación pedagógica en forma individual y organizada.

2. Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio educativo acompañando, asesorando y estimulando los esfuerzos de los docentes comprometiéndolos a la práctica de la misión y visión de la Institución Educativa.

3. Crear espacios y oportunidades constantes de Inter. Aprendizaje, de reflexión y sistematización de la práctica, dirigidas a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los estudiantes.

4. Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización docente, así como evaluar su ejecución e impacto.

5. Suscribir convenios y /o contratos entre el centro educativo y otras entidades con fines educativos, culturales y económicos sin afectar las horas de aprendizaje en el aula.

6. Apoyar la práctica docente de los estudiantes de educación con permanencia del docente responsables en el aula asignada, el asesoramiento al practicante, acogiendo sus contribuciones a la innovación pedagógica.

7. Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera de la institución educativa, supervisando la existencia de medidas y previsiones que garanticen el aprovechamiento pedagógico de estas experiencias.

8. Incentivar la participación de los estudiantes ofreciéndoles canales a través de organizaciones y oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formar de organización autónomas, como clubes, Municipios Escolares y Organizaciones Escolares, dirigidos a contribuir al desarrollo del proyecto educativo de la I.E. y a satisfacer sus propios intereses.

9. Promover, monitorear y evaluar la articulación al desarrollo del proceso educativo de programas y acciones de aprendizaje de cultura y deporte,

Page 26: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

así como de prevención, convocados por el Ministerio de Educación u otras instituciones autorizando, la participación de la institución educativa en concursos y campeonatos, juegos deportivos y otros eventos, evitando que se afecte la dinámica escolar y el tiempo de aprendizaje de los estudiantes.

10. En su ausencia, encargar la Dirección, respetando el CAP de Educación Básica Regular (DS Nº 013-2004-ED) y el orden jerárquico del mismo (DS Nº 019-90-ED).

11. La primera autoridad de la Institución Educativa es el Director y como tal, es el responsable del fortalecimiento de las relaciones humanas entre todo el personal que labora en la I.E., Padres de Familia y Comunidad.

12. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje evitando la pérdida de horas por motivo de aniversario, desfile u otras actividades no relevantes.

13. Planificar y aplicar la medición de logros de aprendizaje en los diferentes grados, al menos una vez al año, para monitorear el servicio educativo y mejorar estándares de calidad.

14. Aprobar los documentos normativos que orientan la vida de la institución educativa y que estén en concordancia con lo dispuesto con las normas oficiales, sin saturar el tiempo de los docentes con obligaciones formales que limiten posibilidades a la innovación pedagógica.

En lo administrativo: 15. El Director como responsable de la Institución Educativa debe velar por

la integridad de sus trabajadores, siendo el primero en salir en su defensa contra cualquier atropello o intromisión en su labor educativa.

16. Delegar funciones a los docentes y a otros miembros de la comunidad escolar, y designar a los docentes para actividades internas y de representación en actividades externas.

17. Supervisar y evaluar las actividades pedagógicas y administrativas en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la Institución educativa.

18. Evaluar, incentivar y reconocer esfuerzos y méritos individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.

19. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombre y apellidos de los estudiantes en documentos oficiales, exonerar de áreas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, hasta el mes de octubre del año lectivo.

20. Coordinar con los Comités de Padres y Madres de Familia el uso de los fondos que ellos recauden, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan Anual de Trabajo, y la priorización de sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva

En las relaciones con la Comunidad Educativa En relación a niños y adolescentes con necesidades especiales, en

centros educativos públicos.

Page 27: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Otras funciones inherentes al cargo Currículo y Diversificación Curricular Mejorar drásticamente la calidad del desempeño y la condición

profesional de los docentes.

21. El Director debe ser un líder en todo momento y fiel defensor de las relaciones libres y democráticas, con todos sus trabajadores de los diferentes niveles.

CAPÍTULO V

DE LOS PADRES DE FAMILIA Artículo 61º.- Son deberes de los padres de familia, tutores y apoderados: a) Velar que en la Institución Educativa exista un ambiente adecuado que

permita la formación integral de los alumnos. b) Informarse sobre el rendimiento escolar y conducta de sus hijos. c) Apoyar la labor educativa de los docentes dentro y fuera de la Institución

Educativa, a fin de contribuir al desarrollo integral de los estudiantes. d) Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por el

Director y los docentes cuando ello les sea solicitado. e) Asistir a las reuniones de los Comités de Aula. f) Cuidar y preservar los bienes de la Institución Educativa. Artículo 62º.- Son derechos de los padres de familia, tutores y apoderados: a) Elegir y ser elegidos para los distintos cargos de los Comités de Aula, excepto

los apoderados que no pueden ser elegidos para ningún cargo. b) Tener voz y voto en cada una de las sesiones ordinarias y extraordinarias de

los Comités de Aula. Sólo puede votar uno de los padres, independientemente del número de hijos que tenga en la Institución Educativa. En el caso, que sólo uno de ellos ejerciera la patria potestad, éste será el que vote.

c) Recibir periódicamente información y participar en las actividades de los Comités de aula.

d) Participar y colaborar a través de los Comités de Aula, en las actividades que realice la Institución Educativa.

e) Recibir Información sobre los avances de aprendizaje y de comportamiento de sus hijos, así como respecto a los progresos del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

f) Denunciar ante las autoridades competentes los casos de maltrato, abuso, discriminación, irresponsabilidad, negligencia u otras conductas irregulares que se dieran en la Institución Educativa en perjuicio de los alumnos.

Art. 63°. - Del Comité del Aula:

El Comité de Aula es el órgano a través del cual los padres de familia, tutores o apoderados colaboran en el proceso educativo de sus hijos. Está constituido por la reunión de los padres de familia quienes tienen como representantes a un:

Un Presidente

Page 28: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Secretario

Tesorero Cuya elección se efectúa entre estos.

Art. 64°. - Son funciones del Comité de Aula:

a) Coordinar con el profesor o Tutor de aula y elaborar el Plan de Trabajo. b) Apoyar, a solicitud de los Profesores o Tutor del aula, las actividades que

requieran mayor atención en beneficio de los estudiantes. c) Cooperar, a solicitud del Profesor del Aula o del Tutor las actividades

culturales, deportivas, sociales y las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes.

d) Trabajar coordinadamente con la Dirección de la Institución Educativa.

CAPÍTULO VI DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES

Art. 65°. - Las organizaciones estudiantes en nuestra I.E. son las siguientes:

a) Municipio Escolar b) Policía Escolar en ambos niveles

Art. 66°. -El Municipio Escolar en la I.E. tiene la siguiente estructura orgánica:

1) Alcalde 2) Teniente Alcalde 3) Regidor de Educación y Cultura 4) Regidor de la Defensoría de los derechos del niño y del

adolescente

Se organizarán previa sensibilización y motivación. Las elecciones del Consejo Escolar, a nivel de la I.E., se hará en forma

democrática en un espacio pedagógico que les permita poner en praxis sus deberes y derechos ciudadanos, es decir en elecciones democráticas, y con participación de todo el estudiantado de la I.E.

Page 29: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACTORES

CAPÍTULO I DE LOS ALUMNOS

Art. 67°. - El estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Son derechos de los Alumnos:

a) Recibir una formación integral que les permita desarrollar sus competencias en todos los niveles dentro de un ambiente que brinde seguridad moral y física. Así como los servicios de orientación y bienestar.

b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación de sexo, raza, religión, condición social, etc. y ser informado oportunamente respecto a las disposiciones que le competen.

c) Comunicar cualquier atropello moral, físico, económico o de otra índole que afecte su autoestima, así como recibir amparo y asesoramiento del Tutor y equipo de tutoría y Defensorías escolares.

d) Recibir asesoramiento y/o apoyo en cuanto a problemas de aprendizaje por parte de personal especializado.

e) Recibir una Educación calidad de acuerdo a las normas legales vigentes en todos los niveles y modalidades.

f) Ser sujeto de reconocimiento y estímulo por acciones positivas en bien de sus compañeros y del prestigio de la Institución Educativa y de la comunidad.

g) Contar con la autorización oportuna de la Dirección, para representar a la Institución Educativa en los diferentes eventos.

h) Solicitar postergación de evaluación y presentación de los trabajos ejercicios o tareas por la participación en eventos internos y externos de la Institución Educativa y otros.

i) Participar organizadamente en diferentes actividades que promuevan el desarrollo educativo.

j) Derecho a una recreación sana que asegure su formación integral. k) Derecho a una comunicación fluida, libre y horizontal con los

integrantes de los distintos estamentos del plantel. l) Participar democráticamente eligiendo a sus representantes y

derecho a ser elegidos en las organizaciones estudiantiles. m) Derecho a ser elegido para representar a la I.E. interna y

externamente en los diferentes eventos, concursos y actividades ll) No ser humillado por un error o falta que cometa, buscando dar

solución al problema. n) Ningún alumno puede sufrir doble sanción por la misma falta

cometida, comportamiento y aprovechamiento son dos cosas distintas de tratar.

TÍTULO VI

Page 30: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

o) Ser evaluado con justicia y equidad. p) Los alumnos recibirán por impreso sus deberes y derechos, a

través de Agenda Escolar, así como las escalas de méritos y deméritos, las que determinarán su evaluación en cuanto a comportamiento se refiere.

Art. 68°. - Son Deberes de los Alumnos:

a) Asistir puntualmente de acuerdo a su turno respectivo durante el

año escolar. b) Dedicarse íntegramente al estudio y al trabajo educativo en forma

permanente. c) Asistir correctamente uniformados teniendo en cuenta lo siguiente:

Los varones deben asistir con el cabello de corte escolar reglamentario, sin aretes ni collares.

Las alumnas deben traer su cabello recogido, trenzado y sin flequillos exagerados con colet y lazo de colegio.

Los looks de moda no están permitidos durante la etapa escolar.

Las alumnas podrán portar un arete pequeño en cada oreja. Los varones y mujeres asistirán con las uñas recortadas,

limpias sin pintar y sin maquillaje. En cuanto al uniforme único escolar de las alumnas, la altura de

la falda es debajo de la rodilla y plizada. El uniforme de educación física debe ser el establecido por la

I.E.: Buzola, polo, short. No se permitirá el ingreso de alumnos (as) con uniformes

diferentes a los establecidos. Salvo casos excepcionales. d) Respetar y valorar a sus compañeros, docentes y demás personal

que labora en el centro educativo utilizando un vocabulario adecuado a los principios éticos y morales.

e) Cuidar los ambientes, mobiliario de las aulas y demás instalaciones de la I.E.

f) Responsabilizarse de los daños y perjuicios que causen en la propiedad o enseres del colegio, comprometiéndose a la restauración o renovación de los mismos a través de sus padres o apoderados.

g) Justificar por intermedio de sus padres o apoderados inasistencias a clases y/o actividades programadas por la I.E., ante el Tutor, auxiliar de educación de cada grado respectivo.

h) Representar a la I.E. con dignidad, hidalguía y decencia en las diferentes actividades internas y/o externas programadas por las autoridades educativas respectivas, cuando es designado.

i) Participar activa, responsable, crítica y creativamente en las actividades programadas en las diferentes áreas de estudio, así como en los talleres formativos vivenciales.

Page 31: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

j) Mantener el orden y compostura permaneciendo en el aula durante los cambios de hora y llegar a la hora indicada a las aulas después del timbre, así como en las actividades educativas, artísticas, culturales y deportivas, acorde con la naturaleza de las mismas.

k) Asistir puntualmente a las formaciones programadas en el patio principal, manteniendo el orden y respeto

l) Poner en práctica las reglas de urbanidad y cortesía dentro y fuera del plantel.

m) Cumplir con las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno del centro educativo.

ESTÍMULOS Y SANCIONES DE LOS ACTORES

CAPÍTULO I

DE LOS DOCENTES Art. 69°. - Constituyen FALTAS de los docentes:

a) El incumplimiento del presente reglamento y demás disposiciones legales emanadas por el Ministerio de Educación.

b) Las inasistencias y tardanzas injustificadas. c) Salidas del aula y del plantel durante las horas de clase sin el permiso

correspondiente y la debida justificación e igualmente interrumpir otras clases por asuntos personales a través de los alumnos sin autorización de Dirección.

d) Utilizar un lenguaje inadecuado y/o comportamiento indebido frente a los actores educativos

e) Imponer sanciones a los alumnos no considerados en el reglamento, las cuales alteren los objetivos y acciones educativas.

f) Solicitar o recibir dinero, especies o dadivas de parte de los estudiantes y/o padres de familia para favorecer en asuntos de evaluación o por los servicios educativos dentro de la jornada laboral.

g) Emplear tiempo de clases o de tutoría para corregir pruebas u otras acciones no comprendidas en la tarea específica.

h) Delegar cualquiera de sus funciones docentes a otras personas sin previa autorización de Dirección.

i) Atentar contra la integridad física, psicológica, emotiva, moral, étnica o religiosa de los actores educativos.

j) Desaprovechar la actualización, capacitación o formación profesional que se organice en la Institución educativa o fuera de él con recursos del colegio.

TÍTULO VII

Page 32: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

FALTAS MUY GRAVES: a) Generar, incitar, colaborar y/o participar de cualquier forma en la

generación de un ambiente desfavorable o alterando las relaciones interpersonales y comunitarias de la I.E.

b) Malversar los fondos que recibe en custodia, usurpando funciones. c) Hacer propaganda partidaria dentro de la Institución o manipulación

de conciencia de los educandos. d) Acosar sexualmente a los alumnos y alumnas. e) Realizar diversas actividades sin la autorización de Dirección. f) No informar por escrito oportunamente sobre el resultado de las

actividades realizadas a Dirección. g) Ingresar a los ambientes de la I.E. con síntomas de embriaguez o

haber consumido sustancias psicoactivas y aún más grave desarrollar actividades educativas en las condiciones mencionadas.

h) El incumplimiento de sus deberes y funciones.

Art. 70°. - Son ESTÍMULOS:

a) Se consideran los que señala la ley general de educación y del profesorado, sus reglamentos y decretos vigentes.

b) Se otorgará resolución directoral y un estímulo especial por participar en actividades extraordinarias dentro y fuera de la I.E. en favor de la educación y promoción comunal, previa evaluación e informe.

c) Otorgar oficios y/o diplomas de felicitación o agradecimiento a los tutores que se distinguen en el desempeño de sus funciones y acompañamiento a los alumnos y padres de familia.

d) Se apoyará con Capacitaciones a los profesores que han destacado durante el año escolar según el nivel y especialidad.

Art. 71°. - Constituyen SANCIONES las siguientes:

a) La aplicación de sanciones se hará teniendo en cuenta lo que señale la ley general de educación y del profesorado, su reglamento, decretos supremos vigentes y el R.I.

b) Son merecedores a sanciones los profesores (as) que deterioren la imagen de la I.E.

c) Las aplicaciones de las sanciones serán para: Personal directivo, docente, auxiliares de educación, administrativos y los de servicio, de acuerdo al inciso a). Se tomará en cuenta el Manual de Organización y Funciones Administrativas (según sea el caso).

d) Son merecedores a una sanción por Dirección como son: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación por escrito si es que incurre en la misma falta. La

segunda vez el memorándum.

Page 33: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

CAPÍTULO II DE LOS ALUMNOS

Art. 72°. - En concordancia con la misión y visión, reglamento interno y demás normas nuestra I.E. orienta el comportamiento de los alumnos a fin de que cada uno logre su desarrollo integral dentro de la práctica de valores y la convivencia democrática. Art. 73°. - La asistencia y puntualidad son aspectos considerados importantes para la formación integral del educando. Art. 74°. - El ingreso a la I.E. es hasta 5 minutos antes del inicio de la primera hora de clases. Se considera tardanza desde las 8:00 a.m. Toda tardanza es anotada en el registro de asistencia, y es considerada para la calificación de la conducta. Art. 75°. - La justificación de la inasistencia y el conocimiento de la tardanza deben estar registrada en la agenda con la firma del padre o apoderado. Art. 76°. - La acumulación de tres tardanzas continuas o cuatro alternadas en el trimestre se tendrá en cuenta en su conducta y si continúa, los padres serán citados para firmar una carta de compromiso simple, en caso de incumplimiento se informará a los entes correspondientes. Art. 77°. - Los alumnos que no asistan al plantel por tres días consecutivos o más, están obligados a presentarse a Dirección con los documentos probatorios que justifiquen las inasistencias. Art. 78°. - Todo alumno que represente dignamente a la I.E. y todo aquello que contribuye en bien de la comunidad, constituye mérito a favor de los alumnos y merecedores de premios y estímulos. Art. 79°. - Los estímulos que, con carácter personal, otorga el plantel son:

a) Cada año escolar, el I.E. determina los premios para los tres primeros puestos, teniendo en cuenta los siguientes criterios: aplicación a los estudios, conducta, puntualidad, asistencia, participación, colaboración y solidaridad.

b) Premios especiales para los alumnos destacados en las actividades del año lectivo, como:

Actividades deportivas.

Actividades artísticas y culturales.

Otras a criterio de la dirección.

Art. 80°. - La I.E: determina sanciones para los alumnos que infrinjan las normas que establecen el Reglamento Interno y del aula. Las sanciones están orientadas a recuperar el nivel académico y comportamiento ejemplar del alumno y salvaguardar el derecho educativo de la familia de la I.E.

Page 34: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Art.81°. - Las sanciones se sustentan en los siguientes conceptos:

a) El reconocimiento a la libertad humana y dignidad humana. b) El espíritu de justicia. c) La comprensión de los problemas propios de la edad de los

alumnos. Art. 82°. - Las sanciones se aplican a través de acciones preventivas y correctivas.

a) Llamadas de atención verbal al alumno que comete la falta. b) Amonestaciones escritas y citación del padre de familia o

apoderado por el profesor tutor. c) Desaprobación en conducta

Art. 83°- Se consideran faltas graves y, a juicio de la Dirección:

a) Casos de insubordinación. b) Actos reñidos con la moral y buenas costumbres. c) Falta de palabra u obra contra los superiores, profesores, personal

administrativo y de servicios. d) Calumnias, mentiras, engaño y otras faltas de honradez. e) Introducir al IE. bebidas alcohólicas o cualquier tipo de

alucinógenos, en este último caso es potestad de la Dirección informar del hecho a la autoridad policial respectiva.

f) Reincidencias en tardanzas y /o inasistencias injustificadas. g) No demostrar interés por modificar el comportamiento escolar. h) Sustrae copia de la evaluación escrita. i) Suplantación de las evaluaciones. j) Agresión física, verbal y psicológica al compañero del colegio. k) Pertenecer y protagonizar actos pandilleros dentro o fuera de la

institución. l) Protagonizar escándalo dentro o fuera de la institución por

consumo de bebidas alcohólicas o alucinógenas. m) Frecuentar lugares de mala reputación.

Page 35: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera: El presente Reglamento Interno es revisado, actualizado o modificado

anualmente en Asamblea General de profesores. El Reglamento Interno norma el accionar de todos los actores en la

Institución Educativa. Segunda: Los responsables de hacer cumplir el presente Reglamento Interno es

el Director, y el equipo docente. Tercera: El Director es responsable del fiel cumplimiento de los objetivos

institucionales. Cuarta: Copia del presente reglamento deberá ser entregado a cada uno de los

trabajadores y alcaldes de Municipio Escolar de cada nivel del plantel para su conocimiento y fiel cumplimiento.

Sexta: La I.E. a través de Dirección firmará convenios con Instituciones públicas

y privadas, nacionales e internacionales, que contribuyan al mejoramiento de la calidad educativa.

Sétima: Cualquier punto no previsto o contemplado en el presente reglamento

podrán ser tratados y reajustados en su debida oportunidad.

NUEVA TALARA, ENERO del 2021.

TÍTULO VIII

Page 36: REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR · 2021. 3. 20. · - Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento D.S

Institución Educativa Particular

“CORAZÓN DE JESÚS-NUEVA TALARA” R.D. N° 11483

Nueva Talara, enero de 2021 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 02-2021-GR-P-DRE-P-UGEL-T-IE-CDJNT

VISTO, el informe presentado por la Comisión de Reglamento Interno, previo al consenso de la asamblea para su aprobación. CONSIDERANDO:

Que, la I.E. “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA TALARA” es una Institución Educativa que a través de su Directora es responsable del aspecto normativo, administrativo y ejecutivo con el propósito de lograr la calidad y eficiencia del servicio que presta.

Que, es necesario el reconocimiento y aprobación del Reglamento Interno

como instrumento de gestión para su puesta en ejecución en el presente año lectivo 2020, tomando en consideración sus respectivas acciones reparadoras. De conformidad con los dispositivos legales vigentes, Constitución Política del Perú, Ley N° 28044 Ley General de Educación y su reglamento, la R.M. N° 556-2014-MINEDU, y demás normas del sector; SE RESUELVE: Artículo 1°. - APROBAR el Reglamento Interno de I.E. “CORAZÓN DE JESÚS NUEVA TALARA" para el ejercicio del año 2021. Artículo 2°- DISPONER su aplicación en los Niveles Inicial y Primaria, tomando en consideración sus respectivas acciones reparadoras, siendo de conocimiento de los padres y madres de familia, estudiantes, docentes y demás personas que forman parte de la institución educativa. Artículo 3°. - Disponer elevar una copia de la Resolución Directoral a la Unidad de Gestión Educativa Local Talara para su conocimiento y demás fines.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Lic. Iris Haydee Barrientos Madrid