24
1 COLEGIO EL NIÑO JESÚS TALAGANTE REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

1

COLEGIO EL NIÑO JESÚS

TALAGANTE

REGLAMENTO INTERNO

DE EVALUACIÓN

2019

Page 2: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

2

REGLAMENTO DE EVALUACION DEL ESTABLECIMIENTO I.- INTRODUCCION La Fundación educacional Colegio “El Niño Jesús” de Talagante, es un establecimiento cooperador de la función Educacional del Estado según Decreto 2354 del 28 de julio de 1960, formando parte de la red de colegios católicos perteneciente al Obispado San José de Melipilla EDURED; que imparte educación en los niveles de Educación Parvularia, Enseñanza Básica y Enseñanza Media. Teniendo como base los principios generales tomados en cuenta en los Decretos: 511/97 y sus modificaciones, Decreto exento 112 / 99 y sus modificaciones, Decreto exento 83/2001, que facultan a los establecimientos educacionales la posibilidad de determinar aspectos administrativos del proceso de evaluación educacional; en concordancia con la normativa expresada en los decretos antes mencionados, se presenta a continuación la actualización de nuestro reglamento que regirá la evaluación y promoción de los estudiantes de nuestro establecimiento a partir del año escolar 2019. II.- PRINCIPIOS QUE SUSTENTAN NUESTRO PROYECTO EDUCATIVO La misión del Colegio “El Niño Jesús”, pretende entregar, como comunidad educativa, una educación de calidad, evangelizadora y sustentada en la educación católica, desarrollando en nuestros niños, niñas y jóvenes, valores esenciales como el respeto, compromiso, responsabilidad y solidaridad, para su inserción como personas íntegras, creativas y autónomas en este mundo globalizado.

El presente Reglamento de Evaluación, pretende una evaluación con marcado acento humanista, cristiano, que busque el desarrollo integral del educando que pretende un crecimiento armónico de los distintos planos del estudiante, cognitivo, afectivo, físico y artístico, a través de un permanente proceso de observación de su rendimiento que se hará con diagnóstico, pruebas, retroalimentación, apoyo pedagógico con exigencias propias de cada nivel y en donde participarán profesores, apoderados y los propios estudiantes.

III.- DISPOSICIONES GENERALES

1°.-Las disposiciones del siguiente Reglamento se aplicarán a los alumnos del Colegio “El Niño Jesús”. Para los efectos de este Reglamento y conforme a los planes y programas de estudio emanados por el Ministerio de Educación, las disposiciones que contenga en cuánto a evaluación y promoción afectarán a todos los sectores de aprendizaje, que contemplan dichos planes de estudio.

Page 3: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

3

Basándose en la concepción de que el Proyecto Educativo Institucional es una herramienta de planificación del proceso Educativo, el Colegio está normado por el Reglamento Interno de Evaluación y Promoción además de los propios emanados del Ministerio de Educación y sus modificaciones. 2°.- El presente Reglamento rige a partir de marzo del año 2019. 3º.- El año escolar se estructurará de acuerdo al calendario oficial de SECREDUC de la Región Metropolitana.

4°.- El año escolar comprenderá 2 períodos lectivos, de acuerdo al régimen semestral adoptado por el establecimiento.

5°.- El año escolar tendrá una duración de:

- Tercer Nivel Educación Parvularia : 38 semanas(cursos sin JEC) - Niveles 1° y 2° Básico : 38 semanas (cursos sin JEC) - Niveles 3° a 8° Básico : 38 semanas (cursos con JEC) - Niveles 1° a 3° Medio : 38 semanas(cursos con JEC) - 4° Medio : cantidad de semanas según

calendario escolar (35 semanas aprox.) (cursos con JEC) 6°.- El colegio cumple con la normativa vigente relacionada con Decretos de Evaluación y Planes y Programas:

Cursos/ Niveles Decreto de Evaluación

Planes y Programas

1° a 6° Año Básico 511 / 1997 2960 / 2012

7° y 8° Año Básico 511 / 1997 1363 / 2011

1° E. Media a 2° E. Media 112 / 1999 1358 / 2011

3° E. Media 83 / 2001 27 / 2001

4° E. Media 83 / 2001 102 / 2002

Alumnas en situación de embarazo o maternidad

79/ 2005

7°.- El presente Reglamento se dará a conocer a los apoderados en el momento de matricular, en consejo de curso, reuniones de apoderados y también estará disponible en nuestra página web: www.colegioninojesus.cl. Además le será enviada una copia para información al Sostenedor del Establecimiento 8°.- Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas del Plan de Estudio, entregando informes de notas con resultados académicos semestrales y anuales, a los apoderados en las modalidades y plazos que el Colegio defina. Complementariamente a los informes, los Padres y Apoderados podrán conocer en forma regular los resultados

Page 4: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

4

académicos de los estudiantes, a través de un acceso previsto para tal finalidad en la plataforma SYSCOL. Para ello les será entregada una clave de acceso. 9°.- Nuestro colegio es un colegio de orientación católica, perteneciente al Obispado San José de Melipilla, por lo tanto la asignatura de Religión es obligatoria para todos los alumnos, dándose a conocer esto al apoderado en el momento de la matrícula y solicitando su aprobación mediante su firma. 10º.- Con el fin de motivar los niveles de calidad de los aprendizajes, el colegio determina que la exigencia mínima para el logro en todas las evaluaciones es del 60%, correspondiente a la calificación 4.0. 11º.- Los resultados de las evaluaciones serán comunicados o entregados a los estudiantes en un período máximo de diez días hábiles después de haberse aplicado la evaluación. Los estudiantes conocerán tanto las pautas de evaluación y/o rúbricas y otros, como también los aprendizajes logrados, no logrados y la retroalimentación del profesor para enfrentar próximas evaluaciones. En todos los casos las evaluaciones tales como pruebas, trabajos, informes y otros serán devueltos a los estudiantes y/o a los padres y apoderados. 12º.- El libro de clases es el registro oficial del cumplimiento de los objetivos de aprendizajes (OA), Aprendizajes Esperados (AE), los objetivos de aprendizaje transversales (OAT), unidades, contenidos y actividades que se desarrollan. El registro de las calificaciones de los alumnos en todas las asignaturas, deben consignarse en el libro de clases, sin perjuicio del uso del sistema de registro de calificaciones computacional SYSCOL o similar. 13º.- Los profesores de cada asignatura confeccionarán, la última semana de cada mes, un calendario de evaluaciones, correspondiente al mes entrante, que será entregado a UTP siendo el profesor jefe responsable de comunicar dicho calendario a los estudiantes y apoderados antes de comenzar el mes. 14º.-Durante el año lectivo, se administrarán procedimientos de evaluación externas estandarizadas a los estudiantes:

- Ensayos SIMCE - Ensayos PSU - Pruebas de Nivel

Con la finalidad de detectar niveles de aprendizajes por curso y nivel. La finalidad de esto es generar y ejecutar acciones remédiales en forma oportuna. Los resultados acumulativos de estas evaluaciones tendrán una calificación parcial para el estudiante, siempre y cuando considere los OA y/o AE impartidos en clases. 15° Según los resultados que arrojen los informes parciales de cada semestre, el profesor jefe detectará a los estudiantes que presentan promedios deficientes, informando a UTP

Page 5: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

5

mediante una lista, quien se encargará de comunicar a profesores de asignatura, apoderado y estudiante éstos resultados, para llevar a cabo el Plan de Acción Remedial, estipulado en el reglamento interno. 16º.- Se realizarán las adecuaciones curriculares, con el fin de favorecer el acceso al currículo nacional de los estudiantes con necesidades educativas especiales en el Tercer Nivel de Educación Parvularia, Primero, Segundo, Tercer y Cuarto Año Básico (Decreto Nº 170). 17º.-En todas las áreas Técnico Artísticas y Educación Física, se debe contar con evaluaciones de proceso, consideradas en las rúbricas para cautelar el uso adecuado del tiempo. 18º.-El trabajo docente se realiza sobre la base de las planificaciones de cada asignatura, según formato establecido en plataforma Webclass, las que deben ser entregadas a UTP de forma impresa. IV.-DE LAS EVALUACIONES 1º.- Los alumnos serán evaluados en todas las asignaturas del plan de estudio. El año escolar se dividirá en dos semestres. En el transcurso de cada uno de ellos se proporcionará un informe de notas parciales. Al finalizar se hará entrega de las notas semestrales. 2º.-La evaluación tendrá un carácter formativo, en la cual los estudiantes son el centro del proceso educativo y la razón de ser de la evaluación, siendo esta permanente y continua. Su finalidad es estimar los conocimientos, habilidades, aptitudes y rendimiento de los estudiantes, en los distintos procesos educativos, favoreciendo la excelencia del aprendizaje y de los valores, mediante la enseñanza metódica de contenidos, desarrollo de habilidades y de principios y valores insertos en nuestro PEI y en nuestro PME. 3º.-Las evaluaciones deberán presentarse con un mínimo de 48 horas de anticipación para su validación y generar tiempo de corregir observaciones si es que las hubiese para luego multicopiar. 4º.-Toda evaluación que presente algún ítem de pregunta (s) abierta (s) debe ser acompañada por su rúbrica. 5º.-Toda evaluación deberá tener a la vista Información General e Instrucciones: logo colegio, fecha, nombre del estudiante, puntajes máximo y mínimo para optar a la nota 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado para colocar su nota, tiempo para realizar la evaluación, Objetivo de Aprendizaje o Aprendizajes Esperados a evaluar y habilidades. En sus instrucciones debe ser especificado que una pregunta sin respuestas o evaluación en blanco, supone que el estudiante no tiene conocimiento.

Page 6: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

6

6° Las evaluaciones coeficiente II, deben ser acompañadas con su respectiva tabla de especificaciones, que contemple los objetivos de aprendizaje o aprendizajes esperados a evaluar, habilidades y número de pregunta correspondiente a cada una de éstas. Además anexar pauta de corrección. 7º.-Después de cada evaluación (artículo n° 11, Disposiciones Generales) el docente debe revisar con sus estudiantes el instrumento dentro del horario normal de clases. Esto ayuda a los estudiantes a saber cómo mejorar: una buena retroalimentación no solamente indica al estudiante en qué se equivocó, sino también en qué estuvo bien y sobre todo, como puede mejorar aquello en que presentó debilidades. 8º.-El estudiante podrá ser evaluado en cualquier clase y/o actividad de cada sector de aprendizaje y bajo cualquier modalidad, acerca de los objetivos de aprendizaje o aprendizajes esperados tratados en la unidad que se encuentra en desarrollo. 9º.-Los estudiantes podrán ser evaluados con notas de procesos con calificaciones acumulativas (tareas escolares, revisión de cuadernos, hacer ahora, tickets de salida, trabajos, lecturas, ensayos SIMCE, exposiciones, entre otras) que al final del semestre se traducirán en una evaluación sumativa al libro. 10º.- Ningún docente está autorizado a repetir una evaluación sin autorización de Dirección Académica o UTP. 11º.-Durante el proceso de Enseñanza Aprendizaje deberán realizarse actividades de retroalimentación permanente, con el fin de atender las dificultades que presentan los estudiantes en el momento en que éstas se manifiestan. 12º.- Los resultados de las evaluaciones son expresados en una escala de 1.0 a7.0, con un decimal, que recibe la aproximación del segundo decimal a la décima superior, cuando sea 0.05 o superior, excepto la asignatura de Religión. 12. a.- En caso de que la calificación corresponda a la nota 1.0, debe ser acompañada de evidencia que justifique no corresponder a una evaluación conductual, cumpliendo con protocolos. 13º.-Las evaluaciones sumativas y acumulativas deben ser entregadas a los Estudiantes (artículo 11, disposiciones generales). Los trabajos, disertaciones o similar que se califique con nota debe ser entregada al estudiante con la rúbrica asociada a la evaluación. 14º.-En caso de que una calificación exceda el 30% de notas insuficientes en el curso, no podrá ser registrada en el libro de clases antes de entregar información a UTP, para planificar la re enseñanza. 15º.- En el sector de INGLÉS, el colegio se adscribe a planes de estudio del MINEDUC a través del decreto 2960/2012 y es calificada en Tercer y Cuarto Año de Enseñanza Básica.

Page 7: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

7

16º.-Los estudiantes tendrán por cada semestre una cantidad mínima de calificaciones por cada asignatura del Plan de Estudio, tal como se muestra en la siguiente tabla.

Nº DE HORAS TOTAL DE NOTAS MÌNIMAS EN EL

SEMESTRE

DISTRIBUCIÒN DE NOTAS EN EL

SEMESTRE

7 ó más 9 notas 7 notas parciales, 2 notas prueba C-2

4 a 6 6 notas 4 notas parciales, 2 notas prueba C -

2

2 y 3 5 notas 3 notas parciales 2 notas prueba C- 2

1 4 notas 2 notas parciales 2 notas prueba C- 2

17º.- La asignatura de Religión no incidirá en la promoción de los estudiantes. En cada semestre las calificaciones parciales de la asignatura de Religión se registrarán con cifras, no obstante en las actas, certificados, informes y concentraciones de notas de los estudiantes, la calificación final se consignará con los siguientes conceptos:

CALIFICACIÓN CONCEPTO

1.0 – 3.9 I Insuficiente

4.0 – 4.9 S Suficiente

5.0 – 5.9 B Bueno

6.0 -7.0 MB Muy Bueno

Sin perjuicio de lo anterior, el rendimiento de los estudiantes en la asignatura de Religión, será considerado en el Informe de Desarrollo Personal y Social, como un indicador, entre otros, de su compromiso con el Proyecto Educativo Institucional del colegio. 18º.- Las pruebas deben mantener el siguiente formato:

- Pruebas coeficiente 1, con distintos ítems y 20 puntos mínimo. - Pruebas coeficiente 2, selección múltiple y/o selección única y 1 pregunta de

desarrollo. 35 puntos en total, exceptuando Primero y Segundo Básico en que la prueba coeficiente dos tendrá ítems variados con un total de 25 puntos.

- Las asignaturas hasta de 3 horas semanales pueden utilizar ítems variados y 1 pregunta de desarrollo en sus pruebas coeficiente II. Teniendo un total de 25 puntos como mínimo.

Page 8: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

8

19°.- En todas las asignaturas, exceptuando Educación Física, Tecnología y Artes, deberán evaluar a los estudiantes con un mínimo de 2 instrumentos de evaluación escritos. En las asignaturas de Educación Física, Tecnología, Artes Visuales y Música, las calificaciones serán el resultado de un proceso evaluativo. 20º.- A fines del año, los alumnos desde Primer Año Básico a Tercer Año Medio, deberán rendir examen en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Lengua y Literatura y Matemática. La calificación obtenida tendrá una ponderación de un 20%. Los estudiantes en los días en que se apliquen los exámenes, podrán tener otras evaluaciones en aquellas asignaturas en las que no se rinde examen. Los exámenes considerarán la evaluación de aprendizajes esperados relevantes planificados para el nivel durante el año lectivo.

Por otra parte los alumnos de 4º año Medio del Establecimiento quedan exentos de ésta evaluación. 21°.-Rendirán exámenes todos los estudiantes de Enseñanza Básica que obtengan un promedio inferior a seis coma cero (6,0) y desde 7° Básico a 3° Medio, un promedio inferior a cinco coma cinco (5,5) en las asignaturas señaladas en el artículo 10. Para ello deberán asistir a los exámenes, de acuerdo al calendario respectivo. Los estudiantes serán notificados formalmente de esta eximición en la sala de clases. Aquellos estudiantes que no rindan exámenes por eximición deben asistir normalmente a clases y permanecer en el colegio desarrollando actividades anexas. 22º.-La evaluación en la Educación Parvularia es un proceso permanente y sistemático. Las técnicas e instrumentos que se utilizarán son las siguientes: entrevista, observación directa, lista de cotejos, escalas de apreciación, además al finalizar el año escolar se aplicará una evaluación final que medirá los aprendizajes esperados, sin incidir los resultados de esta evaluación en la promoción del estudiante. Los alumnos del Tercer Nivel de Educación Parvularia (Transición) serán evaluados con un informe cualitativo, correspondiente a los objetivos de aprendizaje, explícitos en las Bases Curriculares de Educación Parvularia, además de lo explicitado en nuestro PEI. Se les informará a los padres y apoderados del rendimiento académico de sus hijos (as) a través de este Informe de Evaluación al Hogar, entregado semestral y anualmente, que evaluará los siguientes Ámbitos:

I.- Desarrollo Personal y Social. II.- Comunicación integral. III.- Interacción y comprensión del entorno. IV.- Educación de la Fe.

Page 9: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

9

23°.- El colegio aplicará durante el año escolar las siguientes evaluaciones: a.- Evaluación diagnóstica, realizada al principio del año escolar o al comienzo de una unidad de aprendizaje. Esta evaluación pretende lograr los siguientes objetivos:

- Informar sobre la presencia o ausencia de habilidades y conocimientos previos requeridos para la iniciación de los aprendizajes requeridos.

- Entregar información sobre los aspectos o niveles favorables o adversos, para el logro de los objetivos y el desarrollo de las actividades programadas para el año lectivo.

Esta información permitirá proyectar las estrategias y actividades de aprendizaje adecuadas que deben desarrollarse durante el proceso enseñanza-aprendizaje. Según los resultados obtenidos se procederá a realizar un ajuste o nivelación. Los docentes de todas las asignaturas, pueden aplicar diferentes procedimientos de evaluación diagnóstica, durante la primera semana de clases. Los resultados del diagnóstico deben quedar como el primer registro de evaluación en el Libro de Clases, mediante la simbología más (+) a los objetivos logrados y menos (-) a aquellos no logrados, considerando el 60% a aprobación mínima. Una vez aplicada esta evaluación, al comienzo del año escolar, el profesor (a) de la asignatura debe entregar a UTP, un informe escrito de los resultados obtenidos. b.- Evaluación formativa, para determinar el avance alcanzado durante la

proyección de cualquier unidad de aprendizaje. La evaluación formativa es recurso del profesor y su intención es comprobar grados de avance del proceso, con fines de retroalimentación.

c.- La evaluación sumativa o acumulativa se realizará al término de alguna unidad de aprendizaje, al término del semestre y al término del año lectivo. Estarán referidos al alcance de logros previamente establecidos en los objetivos calificados.

d.- La evaluación diferenciada que consiste en aplicar procedimientos evaluativos en una o más asignaturas, con ambiente y tiempo diferenciado, respetando los niveles de exigencia.

24°.- Todo instrumento de evaluación calificado (prueba escrita, trabajo con rúbrica u otros) debe ser devuelto a los estudiantes para su revisión, como también, para que los apoderados tomen conocimiento de los resultados, respetando el tiempo estipulado en el artículo n° 11 de las disposiciones Generales. Si esto no sucediera, tanto los estudiantes, como sus apoderados, podrán avisar a UTP para poder subsanar esta situación.

Page 10: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

10

V.- DE LOS CASOS ESPECIALES DE EVALUACIÓN 1°.-El colegio podrá aplicar evaluaciones externas e internas en los diferentes niveles y asignaturas, estas evaluaciones podrán considerarse como notas en el período evaluado, situación que será calendarizada por UTP y el profesor de asignatura respectivo. 2°.- Todas las situaciones de evaluación, calificación y promoción de los estudiantes del Colegio deberán quedar resueltas dentro del año lectivo correspondiente. 3°.- En caso de impedimento temporal (licencia médica) para rendir algún tipo de evaluación, el apoderado podrá solicitar a UTP la realización de una evaluación alternativa (según impedimento). VI.- DE LAS CALIFICACIONES 1º.- Los resultados de las calificaciones de los estudiantes en cada una de las asignaturas del plan de estudio, se basarán en una escala numérica de 1.0 a 7.0. 2º.- El promedio de los dos semestres se obtendrá con dos decimales y se aproximará. 3º.- La calificación mínima de aprobación es 4.0. Los estudiantes que tengan un promedio anual de 3.9 que incida en su repitencia, rendirán una prueba especial en la asignatura (por única vez). La evaluación será escrita, diseñada con anticipación por el profesor de la asignatura y aplicada por UTP. Se informará con 3 días de anticipación al estudiante, quien deberá obtener nota mínima 4.0 para aprobar la asignatura con nota 4.0 final y por tanto el año escolar. En caso de ser su calificación inferior a 4.0, mantendrá el promedio con el que se presenta. 4° Las calificaciones de 1° y 2° medio correspondientes a la asignatura de Ciencias Naturales, se registrarán en el Libro de Clases de forma separada, comprendiendo Biología, Física y Química, de acuerdo a decreto ministerial, cuyo promedio significará una calificación en Ciencias Naturales. 5°.- La evaluación y sus correspondientes calificaciones deberán quedar registradas con lápiz pasta en el libro de clases a más tardar 10 días hábiles desde su aplicación. No podrá aplicarse otra evaluación de la asignatura sin que los estudiantes conozcan sus calificaciones anteriores y se haya realizado una revisión en conjunto, permitiendo que los estudiantes reciban retroalimentación de los aprendizajes esperados no logrados. 6º.-No será justificación para los eventos del Plan Lector, que el estudiante no cuente con el libro que se evaluará; dado que el listado se entrega al término del año lectivo anterior y los títulos solicitados se encuentran en biblioteca.

Page 11: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

11

7º.-Las calificaciones registradas en el libro de clases deberán ser producto de aprendizajes logrados estipulados en las asignaturas del Plan de Estudio, en ningún caso el reflejo de situaciones conductuales de los estudiantes. 8º.- No podrán aplicarse más de dos evaluaciones coeficiente uno por día ni dos evaluaciones coeficiente dos por día; para regular esta situación, el profesor (a) debe fijar y registrar las fechas de evaluación en el calendario proporcionado por el Equipo de Formación, que se encontrará presente en cada sala de clases, solo así éstas serán válidas. A su vez todo profesor jefe deberá entregar en UTP una copia de este calendario de evaluaciones, al inicio del mes en curso. Se exceptúan aquellas instancias de evaluación que corresponden a trabajos realizados en clases. En el caso de Enseñanza Media, las pruebas coeficiente II serán calendarizadas por UTP Fijada y entregada la calendarización, no habrá postergación y/o cambios de fechas, salvo por razones consideradas ineludibles a criterio de la Dirección, lo que se informará oportunamente a quienes corresponda. 9º.-Los estudiantes deberán ser informados previamente sobre la fecha, los contenidos y el tipo de instrumento de evaluación que se utilizará. 10º.-Si en una evaluación se obtuviera un resultado de sobre el 30% de la matrícula del curso con nota deficiente, de común acuerdo el profesor de la asignatura junto a UTP, estudiarán las causas de tal situación y se determinarán los pasos a seguir que podrían contemplar:

a) Volver a evaluar los aprendizajes cuando se compruebe que los contenidos y aprendizajes no se han afianzado debidamente en los cursos, por distintas causales (por ejemplo, enfermedad o ausencia del docente, cambio de actividades, etc.)

b) No efectuar cambios en la calificación original. Cuando exista presunción de que los estudiantes organizadamente han acordado boicotear el instrumento.

11º.- Durante el año lectivo, los estudiantes obtendrán las siguientes calificaciones:

a) Parciales: corresponden a la calificación que el alumno (a) obtenga durante el semestre, incluida una evaluación coeficiente dos, en las respectivas asignaturas del Plan de Estudio.

b) Semestral: corresponderá en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre.

c) Final: corresponderá en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones obtenidas por el alumno en cada semestre.

Page 12: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

12

En las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemática de Primer Año Básico a Tercer Año Medio, corresponderá al promedio aritmético ponderado (en un 80%) de las calificaciones obtenidas durante los dos semestres más la ponderación del 20% de la nota obtenida en el examen final. La calificación final de Cuarto Año Medio corresponderá al promedio aritmético aproximado de los dos semestres de cada una de las asignaturas del Plan de Estudio.

d) Examen Final: se aplicará al término del año y la calificación corresponderá al

20% de la nota final.

VII. DE LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJES TRANSVERSALES 1°.- Los objetivos de aprendizaje transversales, constituyen el conjunto de valores y principios emanados por el Ministerio de Educación, que promueven el desarrollo personal y social de nuestros alumnos, y se complementan con los valores del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del colegio. 2°.- La evaluación de los objetivos de aprendizaje transversales se conocerá a través del Informe de Desarrollo Personal y Social elaborado por el profesor jefe, el que será entregado al término de cada semestre. Se usarán como instrumentos de evaluación en este caso: la observación, entrevista, hoja de vida, entre otros. Esta evaluación será expresada en la siguiente escala conceptual:

NO No Observado No observado para evaluar

NU Nunca No presenta el rasgo

AV A veces En ocasiones muestra el rasgo

G Generalmente La mayor parte de las veces demuestra el logro del rasgo.

S Siempre Siempre presenta el rasgo evaluado

Page 13: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

13

VIII.- LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

1º.- Los procedimientos evaluativos que se aplicarán serán variadas y acordes a los Objetivos de Aprendizajes que se quiere evaluar. En general consistirán en:

a) Pruebas escritas b) Exposiciones orales (disertaciones) c) Producción de textos d) Dramatizaciones e) Debates f) Investigaciones g) Cuestionarios h) Informes i) Interrogaciones j) Trabajos individuales y grupales k) Ejecuciones l) Entre otros.

2º.- En cualquier asignatura en que se realicen trabajos individuales o grupales en clases, el profesor (a) deberá dar a conocer la rúbrica o pauta de evaluación, antes de iniciar el trabajo. Si se requiere de un tiempo extra, deberá comunicar a UTP o Inspectoría, además de darlo a conocer a los apoderados. 3º.- En cuanto a la evaluación de trabajos, ensayos, informes, etc., se considerará dentro de la pauta de corrección puntualidad en la fecha de entrega, de acuerdo con la pauta de evaluación informada a los estudiantes. IX.- LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, ya sean transitorias o permanentes, previo informe del especialista correspondiente, tendrá derecho a que se le apliquen las siguientes consideraciones generales:

a) Estos estudiantes serán apoyados en el aula por una especialista (una vez por semana), quien se encargará de una atención personalizada.

b) El tiempo asignado para el desarrollo de las evaluaciones será mayor.

c) El lugar en que el estudiante rinda la evaluación será fuera del aula dándosele

atención personalizada durante la evaluación y propiciando un clima apropiado para evitar que el alumno (a) se distraiga.

d) Se reforzarán las instrucciones en forma oral e individualmente.

Page 14: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

14

e) Se dispondrá de recursos alternativos (informes, disertaciones, otros) para evaluar a los estudiantes que presentan dificultades para realizar actividades físicas.

1º.- El Equipo de Apoyo Pedagógico (Psicóloga y Profesora de Educación Diferencial), en el mes de marzo recopilará antecedentes históricos como: evaluaciones año anterior, informe final, registros en hoja de vida del leccionario y promoción año anterior. Además realizará un catastro por curso (Kínder a Cuarto Básico), individualizando casos en relación a las dificultades de aprendizajes, emocionales y de salud, que a criterio del profesor jefe, pudiera presentar algún estudiante; situación que será comunicada al apoderado vía entrevista del profesor efe, entregando además a las jefas de UTP, de cada local, una nómina oficial con el diagnóstico de cada estudiante. 2º.- El apoderado que solicite Evaluación Diferenciada y/o Adecuación Curricular deberá entregar la documentación pertinente al profesor jefe, quien remitirá los antecedentes al equipo de apoyo pedagógico. Estos serán recepcionados el último día hábil del mes de marzo. 3º.- El equipo de apoyo pedagógico, previa consulta a UTP, responderá a la solicitud en un plazo de un mes, reservándose el derecho de solicitar otros antecedentes. 4º.- La profesional encargada, en entrevista con el apoderado, entregará la resolución pertinente. El apoderado firmará el documento que contenga la resolución para efectos de tomar conocimiento de la situación del estudiante. 5º.- Se pondrá término a este tipo de evaluaciones en forma inmediata, si el estudiante y/o el apoderado no cumplen con lo solicitado y/o con las normas de convivencia escolar. 6º.-La evaluación diferenciada estará referida a cambios en la forma de evaluar como una adecuación del instrumento de evaluación, más tiempo para responder el instrumento y/o realizar trabajos, pero en ningún caso al incumplimiento de los objetivos de aprendizaje de los planes y programas de estudio.

X.-DE LAS SALIDAS EDUCATIVAS 1°.-Al organizar una salida educativa fijada por UTP, el docente debe presentar a Dirección Académica, el Objetivo de Aprendizaje correspondiente a la visita a realizar, el lugar que se visitará, fecha, horario, etc. para solicitar la autorización correspondiente a la Dirección Provincial de Educación de Talagante (DEPROV). 2°.Cuando un curso y grupo de estudiantes participe de una salida educativa, serán evaluados por medio de: Pruebas escritas, disertaciones, investigaciones, entre otras, con sus respectivas pautas de cotejo. 3º.-Las salidas educativas tienen por finalidad la adquisición de objetivos de aprendizaje, por medio de las experiencias concretas.

Page 15: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

15

XI.-LA INASISTENCIA A UNA EVALUACIÓN Las inasistencias a actividades de evaluación, deben ser justificadas por el apoderado o bien, por medio de la presentación de certificado médico de manera inmediata al retornar el alumno a clases. No se considerará la entrega posterior de los certificados médicos para justificar ausencias a evaluaciones.

A. Pruebas 1º.- En el día de la evaluación calendarizada oportunamente, el profesor (a) de la asignatura debe entregar a UTP, la prueba con el nombre de los estudiantes inasistentes y fecha de dicha evaluación. 2º.-Las inasistencias a evaluaciones deben ser justificadas presentando certificado médico en inspectoría, inmediatamente en el momento de reincorporarse el estudiante a clases, solo así se mantendrá el 60% de exigencia en la evaluación. 3º.- De no presentar certificado médico, será evaluado con una escala de exigencia del 70%. No obstante, es indispensable que el apoderado justifique su inasistencia en inspectoría, de lo contrario será interrogado con nota máxima 4.0. 4°.- Los estudiantes que han justificado debidamente su inasistencia a pruebas coeficiente I o II, serán evaluados según la siguiente modalidad: en el caso de1º y 2ºbásico, los docentes las aplicarán de 13:20 a 14:00 horas. Para los cursos de 3º Básico a Cuarto Medio, estas pruebas se rendirán fuera del horario de clases los días lunes de cada semana en el siguiente horario: de 3º a 8º básico de 15:35 a 17:00 horas y de 1º a 4º medio de 16:30 a 17:30 horas. 5º.- Si el alumno se ausentase a una evaluación recuperativa, el profesor de asignatura realizará una interrogación oral la clase siguiente con una calificación máxima 4.0. No excediendo un plazo de dos clases en caso de ausencia. 6º.- Los estudiantes que representan al establecimiento en eventos culturales y deportivos diversos, (olimpiadas, concursos, etc.) al ausentarse de evaluaciones previamente fijadas, deben informar anticipadamente a los profesores correspondientes, los cuales deben brindar todas las facilidades para cumplir con sus evaluaciones. 7°.-El estudiante que estando en el colegio, no asiste a la aplicación de una evaluación o que estando en la sala se niega a responder, o si un estudiante entrega una prueba en blanco, el docente le solicitará que indique por escrito, en el mismo instrumento, los motivos que le impiden realizar la evaluación, los cuales serán analizados por el profesor de la asignatura en conjunto con Dirección Académica. Estas situaciones deben registrarse como una falta grave. Quedando además, registrado el hecho en su hoja de vida y asumiendo las consecuencias descritas para una falta tipificada con este grado.

Page 16: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

16

8º.- En caso de inasistencia prolongada y justificada del estudiante, UTP se encargará de recalendarizar las evaluaciones, en conjunto con el apoderado y/o el estudiante. 9º.-Los estudiantes que no asistan a evaluaciones recalendarizadas, las deberán rendir inmediatamente una vez reincorporados al Colegio con una escala de exigencia de 70%, siempre que sean justificados por su apoderado. En caso contrario se aplicará lo establecido en el artículo 5º. 10°.-El estudiante que llegue atrasado a una evaluación, fuera de los márgenes permitidos, deberá rendir su evaluación al terminar la jornada escolar de ese día, no obstante, si no se presenta se aplicará lo estipulado en el artículo N° 5 que hace referencia a la inasistencia a una evaluación.

B. Trabajos teóricos y/o prácticos 11°.- Si un estudiante no presenta un trabajo práctico en los plazos señalados por el profesor, debido a su ausencia al establecimiento, deberá presentar certificado médico, siendo evaluado en un nuevo plazo máximo de una semana, con un 60% de exigencia. La ausencia del certificado médico, elevará el porcentaje de exigencia al 70%. 12°.- Cuando el estudiante no cumple con el plazo señalado anteriormente, tendrá un nuevo plazo de una semana, con nota máxima 4.0 El incumplimiento de este último plazo, significará una nota máxima 1.0 13°.-Si el estudiante está presente en el Establecimiento y aun así no entrega su trabajo práctico, la calificación será resultado del proceso (pauta o rúbrica de evaluación). 14°.-En los trabajos grupales, cada integrante es responsable de mantener una copia de su trabajo. Por lo que si uno de los integrantes del grupo se ausenta el día de entrega o presentación, no es justificación para que el trabajo no sea presentado o expuesto. Si el estudiante se ausenta de una disertación ya sea grupal o individual deberá presentar certificado médico. En el momento que el estudiante se reintegre a clases el profesor le asignará una nueva fecha para rendir dicha disertación (parte de la disertación si es grupal).De no presentar justificación, será evaluado con una escala de exigencia del 70%, de no cumplirse este nuevo plazo, se aplicará artículo 5°. 15°.- Cuando el estudiante no cumple con el plazo señalado anteriormente, tendrá un nuevo plazo entregado por el profesor, con nota máxima 4.0 El incumplimiento de este último plazo, significará una nota máxima 1.0 16°.- Si el estudiante está presente en el Establecimiento y aun así decide no exponer su trabajo, tendrá un nuevo plazo entregado por el profesor, con nota máxima 4.0 El incumplimiento de este último plazo, significará una nota máxima 1.0

Page 17: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

17

17º.- En caso de que el estudiante deba retirarse por fuerza mayor, del horario correspondiente a una evaluación, deberá dar aviso a UTP, teniendo que rendir la evaluación en fecha recuperativa, con un 60% de exigencia. 18º.- Si un estudiante trae su trabajo respaldado en algún dispositivo para ser presentado en equipos del establecimiento es obligación de él o ella procurar que este funcione. Se recomienda que lo traiga respaldado en más de un medio. C Exámenes Finales 19°.- Si un estudiante no se presenta a sus exámenes finales de Lenguaje y Comunicación, Lengua y Literatura y/o Matemática, deberá rendirlo(s) al momento de reincorporarse presentando justificativo por su ausencia. En ningún caso se mantendrá el promedio. De no presentar certificado médico, se hará efectivo lo señalado en artículo 2°, título XI letra A del presente reglamento. D Salidas Educativas 20°.- Cuando un estudiante no asiste a una salida educativa, deberá presentar justificativo médico y rendir su evaluación cumpliendo lo señalado en artículos anteriores, de acuerdo al tipo de evaluación. XII.- SITUACIONES ESPECIALES 1º Aquellos estudiantes que provengan de otros establecimientos escolares y se matriculen en el colegio durante el año escolar, deberán presentar las calificaciones del establecimiento de origen, las cuales serán incorporadas en las asignaturas correspondientes y serán consideradas para todos los efectos de promoción final. 2º Los estudiantes que se incorporen al establecimiento durante el Primer semestre y no presenten notas o no sean las suficientes, se considerarán las calificaciones obtenidas el Segundo Semestre del año lectivo para efecto de la promoción. 3º En caso de que el ingreso del estudiante sea ya avanzado el Segundo Semestre, se considerarán las notas presentadas por él para efectos de la promoción. 4° En caso de embarazo de una estudiante se otorgarán facilidades de asistencia en caso que lo requiera, debiendo rendir evaluaciones en horarios especiales, salvaguardando la salud física y sicológica de la alumna y su bebé, respetando el decreto N° 79/2005. 5º.- Si un estudiante, es desvinculado, se procederá a cerrar su año escolar con las calificaciones que tenga hasta el momento de la falta.

Page 18: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

18

6º.-No se realizará ningún procedimiento evaluativo extraordinario al término del año escolar para superar promedios insuficientes que permitan la promoción del estudiante. Por lo tanto, todas las posibilidades de mejoramiento estarán dadas durante cada semestre y no al término del año escolar. 7º.- La Dirección y el Consejo de Profesores, no aceptará presión o influencia externa alguna, en orden de modificar evaluaciones, calificaciones finales o la situación de promoción o repitencia. Si ello ocurriese, nuestro colegio se reserva el derecho de ejercer cualquier acción que crea conveniente ante las instancias correspondientes. 8º.- Es deber y obligación de todos los estudiantes y/o apoderados revisar sus calificaciones al finalizar cada semestre y especialmente al término del año académico. En la eventualidad que exista alguna observación (calificaciones que no correspondan), el apoderado deberá presentarla al profesor de la asignatura correspondiente, quien analizará los antecedentes aportados y procederá a esclarecer la observación formulada. Con posterioridad al último día hábil del año en curso, se considerará que no hay objeciones respecto de las calificaciones que tiene el o la estudiante y éstas ya no podrán ser modificadas. No se podrá imputar como compensación, modificaciones en notas correspondientes al semestre o año lectivo siguiente. XIII.- DE LA EXIMICIÓN 1°.- Para poder autorizar la eximición de un estudiante en una asignatura, los padres y apoderados deberán presentar documentación que fundamente dicha situación, certificada por el especialista correspondiente. 2°.- La Dirección del colegio, Dirección Académica y UTP, realizarán la revisión de los antecedentes presentados y analizarán la solicitud, resolviendo conforme a la reglamentación vigente. 3°.- En ningún caso la eximición podrá corresponder a las asignaturas de Lenguaje y Comunicación o Matemática. XIV DE LA COPIA O PLAGIO EN LAS EVALUACIONES Se entenderá por copiar, recibir, entregar información o presunción de copia manipulando un celular, en una situación de evaluación que implica transgredir los valores insertos en nuestro PEI. Se entenderá por plagio, usar el trabajo, ideas o palabras de otra persona como si fueran propias, sin acreditar de manera explícita de dónde proviene la información.

Page 19: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

19

Se deja establecido el criterio a seguir y las indicaciones para evitar que esta conducta se repita:

a) Si un estudiante es sorprendido copiando o entregando información por cualquier medio (oral, señas, escrito en papel, whatsapp, mensaje de texto, manipulando celular etc.)se le retira el instrumento aplicado, tanto al emisor como al destinatario. Se le aplicará un nuevo instrumento de evaluación en el día fijado para pruebas pendientes, con un 70% de exigencia.

b) Se deja registro de la situación con una anotación en el libro de clases,

considerándose como una falta grave, por tanto la sanción será regida por lo estipulado en nuestro Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

c) Si un estudiante comete plagio, se anulará su trabajo y deberá presentar uno nuevo en un plazo de una semana para ser evaluado con nota máxima 4.0

XV DE LA INFORMACIÓN AL APODERADO 1º.- Cada semestre los padres y apoderados serán informados sobre el avance académico de sus hijos a través de informes de notas parciales en dos oportunidades cada semestre, que se entregarán en las reuniones de padres y apoderados cuya asistencia es de carácter obligatorio. Al término de cada semestre se les entregará el informe semestral y anual respectivamente. 2°.- Las reuniones de padres y apoderados están previamente fijadas en el Calendario escolar interno. Aquellos apoderados que no asistan deberán retirar el respectivo informe con el profesor jefe en su horario de atención, justificando su inasistencia en inspectoría. En el informe parcial nº 2 y nº 5 se consignarán todas las notas del semestre previas a la evaluación Coeficiente dos. PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE

Horas por asignatura

Informe Nº 1

Informe Nº 2

Informe 1er

Informe Nº 4

Informe Nº 5

Informe Final

1 hora 1 1 4 1 1 4

2 y 3 hrs. 1 2 5 1 2 5

4 a 6 hrs. 2 2 6 2 2 6

7 o más hrs.

3 4 9 3 4 9

Page 20: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

20

XVI DE LA PROMOCIÓN El Reglamento de Evaluación y Promoción del Establecimiento es un documento escrito en que se expresan todos los acuerdos complementarios al Decreto Exento de Evaluación N° 511/97 para Enseñanza Básica , 112 de 1999 y sus modificaciones para 1° y 2° Medio y N° 83 de 2001 para 3° y 4° Medio y las Bases Curriculares de Educación Parvularia.

1°.- El Reglamento Interno de Evaluación del Establecimiento se aplicará a todos los cursos de Educación Parvularia, Educación Básica y Educación Media. Se proyecta concordante con los lineamientos curriculares del D.S N° 2960/ 2012 de 1º a 6º de Enseñanza Básica, D.S. N° 1363/2011 de 7º y 8º de Enseñanza Básica, 1358/2011 para 1º y 2º de Educación Media, 27/2001 para 3º de Educación Media y 102/2002 para 4º Año de Educación Media y con las características de sus alumnos y de su Proyecto Educativo.

2°.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas del Tercer Nivel de Educación Parvularia según D.S. N° 481/2017 de Bases Curriculares para la educación Parvularia y que hayan cumplido con el 85% de asistencia a clases como mínimo. 3° Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todas las asignaturas respectivas de los Planes y Programas de Estudio . 4°.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que no hubieren aprobado una (1) asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluyendo la asignatura reprobada. 5°.- Igualmente serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieren reprobado dos (2) asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluyendo las asignaturas reprobadas. En el caso de Tercer y Cuarto Año Medio Científico-Humanista, si entre las dos asignaturas reprobadas se encuentra Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, deberán tener un promedio general igual o superior a 5,5 incluyendo las asignaturas reprobadas. 6°.- Para ser promovidos los alumnos y alumnas deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. NOTA: Las licencias médicas presentadas sólo justifican, pero no anulan las inasistencias. Se exceptúan del porcentaje establecido los siguientes casos:

a) Las alumnas embarazadas.

Page 21: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

21

b) Aquellos alumnos y alumnas que por razones médicas certificadas hayan tenido que ausentarse de manera prolongada del establecimiento.

c) El Rector del establecimiento podrá autorizar o no la promoción de estudiantes con

porcentajes menores al 85% de asistencia por razones debida y oportunamente justificadas (enfermedades, viajes al extranjero, encuentros de representación deportiva y/o cultural, servicio militar, embarazo u otra) que determinarán la decisión de promoción. Para ello deben cumplir con traer certificado médico del especialista que corresponde en un plazo no superior a 5 días hábiles posterior a la inasistencia. No se aceptarán solicitudes por segundo año consecutivo, salvo enfermedades graves que hayan requerido hospitalización o reposo prolongado.

7º.- Aquellos alumnos que no hayan cumplido cualquiera de los requisitos estipulados en este Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar en Enseñanza Básica y Enseñanza Media HC, deberán repetir curso. 8°.- Todas las situaciones especiales que pudieran producirse y que no estén contempladas en este Reglamento de Evaluación las decidirá el Rector y/o el Consejo de Profesores de acuerdo a la normativa vigente. 9°.- El Rector del Establecimiento Educacional con el (o los) Profesor Jefe respectivo (s) deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los estudiantes de 1° a 8° Año de Enseñanza Básica y de 1° a 4° año Medio. Estas causas pueden ser de salud, de evaluación diferenciada, por traslado al extranjero, traslado de ciudad, provincia, región o de colegio, casos de pruebas pendientes o número de calificaciones incompleto, retiro voluntario o involuntario anticipado. En este caso y en el de ausencia por un período determinado, deberá estar bien documentado, como asimismo por otras causas. Para los estudiantes de 5° a 8° Año de Enseñanza Básica, y de 1° a 4° año Medio, esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Dejando una constancia escrita que individualice los casos. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, u otros semejantes. Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes de 1° a 8° Año Básico y de 1° a 4° año Medio deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

Page 22: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

22

XVII DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS 1°.-El Plan Diferenciado, corresponde a las siguientes asignaturas: 3° Medio:

Área Humanista Lenguaje y Sociedad

Ciencias Sociales y Realidad Nacional

Inglés

Área Matemática Álgebra y Modelos Analíticos

Física y Mecánica

Inglés

Área Científicas Evolución, Ecología y Ambiente

Química Diferenciada

Inglés

4° Medio (2019):

Área Científica Célula, Genoma y Organismo

Funciones y Procesos Infinitos

Química Formación Diferenciada

Física Termodinámica

Área Humanista Literatura e Identidad

Ciencias Sociales y Realidad Nacional

Problemas del Conocimiento

Inglés Vocacional

Los estudiantes de enseñanza media del establecimiento que deseen modificar la elección del Plan diferenciado y/o asignatura electiva, deberán realizar lo siguiente:

a) Se autorizará la modificación una vez en el año. b) La fecha límite para presentar por escrito la solicitud será la segunda semana de

marzo, firmado por estudiante y apoderado a UTP. c) UTP analizará en conjunto con profesores correspondientes si se acepta o rechaza

la solicitud. 2°.- Los estudiantes que repitan por primera vez, podrán continuar en el establecimiento siempre y cuando exista la vacante correspondiente, si esta vacante existe en el local anexo, se ofrecerá el traslado al otro local, esto no es en ningún caso una negación a la matrícula. Esta situación será informada al apoderado quien tendrá la libertad de aceptar o rechazar la continuidad en el establecimiento. 3°.- Los estudiantes del colegio que repitan por segunda vez, ya sea en enseñanza básica o media, no podrán ser matriculados en el colegio en el año lectivo inmediatamente siguiente.

Page 23: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

23

XVIII DE LA CERTIFICACIÓN 1°.- Una vez finalizado todo el proceso, el Colegio entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas, el porcentaje de Asistencia y la situación final correspondiente. . 2°.- El Certificado anual no podrá ser retenido. Para efectos de matrícula, para el año siguiente, el apoderado lo dejará en el Establecimiento. Al retirar del Establecimiento al alumno(a) se le entregará toda la documentación correspondiente.

3°.- Al término del Año lectivo, se les entrega a los estudiantes de Cuarto Año Medio una carpeta que contiene:

a) Certificados anuales de estudio de 1° a 4° Año Medio. b) Concentración de notas.

Además en el momento de su Licenciatura se les entrega la Licencia de Educación Media. Los promedios finales y situación de promoción de los estudiantes serán ingresadas a la plataforma del MINEDUC SIGE con el fin de generar las actas respectivas de cada curso y dar por terminado el año escolar. Dejando un ejemplar de cada acta en el establecimiento. 4°.- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar, consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos. 5°.- Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, podrán ser modificadas para el año siguiente lo cual será informado a los apoderados y a las autoridades pertinentes antes del inicio del proceso de matrícula. XIX DISPOSICIONES FINALES 1°.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por la Dirección del Establecimiento con la asesoría del Equipo Directivo y la consulta al Consejo de Profesores cuando sea necesario. Los casos que se presenten y que estén fuera de las atribuciones de la Dirección del Establecimiento, serán remitidos a la Dirección Provincial de Educación o a la entidad correspondiente al caso en estudio. 2º.- Es facultad de la Dirección del Establecimiento adoptar las medidas necesarias para una mejor organización y funcionamiento en lo que dice relación con la asignación de profesores, cambio de curso, horarios, etc.

Page 24: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2019colegioninojesus.cl/wp-content/uploads/2019/04/REG.-EVAL.-2019-Final-converted.pdf · 4.0, puntaje obtenido por el estudiante, lugar demarcado

24

3°.- Al término de cada año lectivo se procederá a la evaluación del presente reglamento y se introducirán las modificaciones pertinentes si así lo determina el Equipo Directivo previa consulta a los distintos estamentos del colegio. No obstante y excepcionalmente lo anterior si se produjeren cambios eventuales que se consideren importantes, el Equipo Directivo podrá incorporarlos.

Este Reglamento Interno de Evaluación y Promoción de estudiantes de Tercer Nivel de Parvularia, Básica y de Educación Media del Colegio “El Niño Jesús” de Talagante, ha sido elaborado por la Dirección, Dirección Académica, Unidad Técnico Pedagógica y el Consejo de Profesores del Establecimiento. Cualquier situación no contemplada en este Reglamento, será sometida a criterio de la Unidad Técnico Pedagógica, de acuerdo la normativa Legal.

Lo que pongo en su conocimiento para su aplicación.

RAUL IVAN LLORENS GUERRERO RECTOR