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“Con Cristo aprendemos para servir” REGLAMENTO INTERNO DE DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR 2019-2020

REGLAMENTO INTERNO DE DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR ... · II. De la interpretación, Aplicación vigencia, Modificación temporalidad, participación y publicidad del reglamento

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“Con Cristo aprendemos para servir”

REGLAMENTO INTERNO DE

DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

2019-2020

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“Con Cristo aprendemos para servir”

I. PRESENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

RBD RBD 8841-2

Tipo de Enseñanza Pre Kínder a Cuarto Medio

N° de Cursos 36 Cursos

Dependencia Particular Subvencionado con financiamiento compartido

Dirección Raúl Labbé 13799

Comuna Lo Barnechea

Teléfono (02) 2216 1274

Correo electrónico [email protected]

Director(a) Maritza Cottenie Smith

Visión del Establecimiento

El Colegio Parroquial Santa Rosa de Lo Barnechea quiere destacarse por entregar una educación integral de excelencia - en lo académico, humano y espiritual - para que los egresados vivan su compromiso con la sociedad, a la luz de las enseñanzas de la Iglesia Católica.

Misión del Establecimiento

Entregar una educación de excelencia, que permita alcanzar la educación superior, con énfasis en la formación académica, humana y espiritual, bajo las enseñanzas de la “escuela católica”; en respuesta a los desafíos del tercer milenio.

Objetivo General del Reglamento de Convivencia Escolar

Establecer un marco de acción del conjunto de los integrantes de la Comunidad Educativa, que promueva ambientes de trabajo y de aula que permitan el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y la entrega de un servicio Educativo de Calidad centrado en el respeto de la persona humana.

Objetivos Específicos del Reglamento de Convivencia Escolar

1. Establecer las normas técnico –administrativas que rigen la vida

escolar.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

2. Incorporar a un código único las disposiciones que deben regir la actuación de cada persona dentro de la estructura educativa.

3. Explicitar los deberes y derechos del personal, sostenedor, de los estudiantes y apoderados, en sintonía con los marcos legales que rigen al país.

4. Facilitar el logro de los objetivos nuestra escuela como institución educativa gracias al conocimiento previo de su estructura funcional.

5. Facilitar la participación de la comunidad organizada en la definición de su quehacer incidente en el proceso formador de los estudiantes.

6. Integrar y hacer partícipes en nuestra misión educativa a los padres de familia como primeros educadores de sus hijos.

El presente Reglamento de Convivencia Escolar tiene por finalidad otorgar un marco regulatorio

a las situaciones que se experimentan en la convivencia de la comunidad educativa, orientando

el comportamiento de los diversos actores, a través de normas y acuerdos que definen los

comportamientos aceptados, esperados o prohibidos y promoviendo el desarrollo de principios y

elementos que construyan una sana Convivencia Escolar, con énfasis en una formación que

favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión y que permita el correcto

aprendizaje de todos los estudiantes del CPSR

Dada la finalidad educativa de la institución escolar el Reglamento de Convivencia Escolar tendrá

un enfoque formativo con la mirada puesta en el desarrollo y la formación integral de los

estudiantes.

Las normas de convivencia definidas en el presente reglamento están de acuerdo con los valores

expresados en nuestro Proyecto Educativo y se enmarca en la ley las normas vigentes.

II. De la interpretación, Aplicación vigencia, Modificación temporalidad,

participación y publicidad del reglamento de convivencia escolar.

1. Interpretación y aplicación del Reglamento:

Todos los miembros de la comunidad: directivos, docentes, asistentes de la

educación, alumnos, padres y apoderados deben aplicar e interpretar con

carácter obligatorio todas y cada una de las disposiciones que conforman el

presente cuerpo normativo, entendiendo que es un documento consensuado en

el Consejo Escolar y tiene como objetivo mantener una buena convivencia en

toda la comunidad educativa. En caso de que exista duda de la forma de

aplicación, o falten elementos para la resolución de algún problema, se

consultará al Consejo de Profesores o el Consejo Escolar según corresponda.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

2. Modificación, Revisión y Temporalidad:

El presente reglamento tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de ello será

modificado las veces que sea necesario, conforme a los cambios internos del

Colegio, constitucionales, legales o reglamentarios que experimente la

legislación con el objeto de ajustar cada una de sus normas, disposiciones y

principios a las exigencias del ordenamiento jurídico sectorial.

El equipo directivo al menos 1 vez al año procederá a su revisión. En caso que

lo estime necesario deberán hacer ajustes a su articulado, estas propuestas de

modificación deberán mostrarse al Consejo Escolar, quiénes podrán hacer

sugerencias, luego deberán publicarse en el sitio web del CPSR durante 10 días

seguidos www.cpsantarosa.cl. Durante este mismo plazo, se recibirá por escrito

consultas y observaciones formuladas por integrantes de la comunidad debiendo

individualizarse formalmente. Se informará de la publicación a todas las familias

vía comunicación y a través del presidente del Centro de Padres y a los alumnos

a través del Presidente del Centro de Alumnos.

3. Participación de la comunidad:

Si perjuicio de ello, podrán proponerse modificaciones o revisiones en cualquier

momento por el Consejo Escolar, los cuales deberán ser entregadas a las

autoridades del establecimiento para ser estudiadas, discutidas y eventualmente

consideradas en las próximas modificaciones.

4. Vigencias de las modificaciones:

Vencido el plazo de la consulta, se procederá a aprobar la modificación,

mediante la firma de los miembros del Consejo Escolar. Para todos los efectos

legales y administrativos las modificaciones se entenderán que rigen a contar

del día siguiente a la fecha en que se recepcione o deposite en el Ministerio de

Educación, lo que se hará mediante la entrega formal de una copia del

reglamento con sus modificaciones. Las modificaciones se subirán a la página

del MINEDUC y serán publicadas en la página web institucional:

www.cpsantarosa.cl

5. Publicidad:

El reglamento interno definitivo deberá estar siempre disponible mediante la

publicación del mismo en el sitio web del CPSR. Asimismo, su entrega deberá

también materializarse cuando el alumno se matricule por primera vez en la

institución. En caso de modificación, se informará en la reunión de los

apoderados más próxima que este programada en el calendario escolar. En este

contexto los apoderados deberán firmar la recepción de la información. Cabe

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“Con Cristo aprendemos para servir”

señalar, que el reglamento interno y sus modificaciones, deberán ser entregados

y publicados en la plataforma SIGE del ministerio de Educación o cualquiera otra

en el futuro la reemplace.

6. Circulares:

Todas las circulares que emite el establecimiento tienen carácter obligatorio. Si

en ellas se establecen aspectos normativos, reglamentarios, operativos,

prácticos o de ejecución, su obligatoriedad quedará sujeta a los principios y

disposiciones contenidas en este reglamento. Asimismo, estos documentos

deben estar publicados de manera permanente en el sitio web del

establecimiento: www.cpsantarosa.cl

III. SELLOS DEL COLEGIO PARROQUIAL SANTA ROSA.

Después de 70 años de labor formativa donde se han formado hombre y mujeres de

bien por todos los valores que junto a las familias hemos formado, describimos esos

sellos que son el alma de nuestro Colegio

Sello 1: “Buscamos ver a Cristo en el otro”

Ver a Cristo en los otros nos llama a ponernos al servicio del otro.

Todos somos una comunidad y cuidamos de cada uno de los que la componen

practicando la caridad.

Actuamos por amor, no por el sentimiento, si no por el de donación, aquel amor

que busca el bien del otro, el amor de Dios

Sello 2: “Valoramos el saber y la Verdad”

Este sello nos lleva a una enseñanza y estudio riguroso de las materias.

Nuestros alumnos estudian por adquirir conocimientos y habilidades que le

permitan desenvolverse en el futuro y hacer el bien desinteresadamente.

Los profesores se capacitan constantemente por adquirir los mejores

aprendizajes y estrategias de enseñanza para sus alumnos.

Sello 3: “Con gestos acciones y palabras expresamos alegría”

El equipo de convivencia espera cada mañana con una sonrisa a los alumnos,

porque son bienvenidos a nuestra casa.

Alumnos se ríen unos CON otros de situaciones alegres y hermosas, NO se ríen

unos DE otros.

Nuestros apoderados gozan de corazón ver cómo sus hijos se van

transformando en hombres y mujeres de bien, que comparten con todos la

alegría de vivir cada día que Dios nos regala.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Sello 4: “Desarrollamos la autonomía”

Los profesores generan estrategias de enseñanza donde el alumno es el

protagonista y autor de sus aprendizajes.

Los alumnos buscan soluciones a sus problemas.

Los apoderados permiten que sus hijos se equivoquen, asuman y reparen como

una forma real de madurar.

Sello 5: “Reconocemos la dignidad del otro y de la casa común”

Compartimos todos con todos, porque somos todos hijos de Dios, creados a su

imagen y semejanza.

Cuidamos los espacios comunes y la naturaleza.

Nuestros profesores están convencidos que todos sus alumnos pueden

aprender si se busca la estrategia adecuada.

Nuestros apoderados motivan a sus hijos para que sean amigos de todos y

respeten el ambiente que les rodea.

Sello 6: “Colaboramos con quien lo necesita”

Enseñamos de distintas formas para que cada alumno realmente adquiera los

aprendizajes.

Nuestros niños ayudan a aquel compañero que no entiende una materia,

acompañan al que está solo y colaboran con sus profesores y asistentes de la

educación para hacer del trabajo de cada uno una experiencia de amor fraterno.

Nuestros alumnos y en especial los Grupos de pastoral colaboran con ancianos

u otras comunidades externas que lo necesitan.

Sello 7: Nuestro modelo es Cristo

Cristo se hace hombre y nos muestra cómo vivir el amor entre las personas.

“Creemos en Jesucristo y en el amor, quienes lideran nuestras reflexiones y

prácticas de gestión”.

Nuestro lema: “Con Cristo, aprendemos para servir”

Perfil valórico del estudiante del CPSR

Todo estudiante debe esforzarse por cumplir los valores de nuestra institución que a

se detallan:

El/la alumna(a) de nuestro Colegio es una persona que se sabe hijo de Dios, reconoce

sus dones y las va desarrollando para su plena realización personal y para ponerlas

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“Con Cristo aprendemos para servir”

al servicio del bien común, a la vez que supera sus debilidades reconociéndose

pecador, pero amado y redimido por Jesucristo Nuestro Señor.

Manifiesta su amor a Dios, creciendo en la fe, desarrollando una capacidad de

interioridad y trascendencia en una búsqueda permanente del bien y la verdad. Este

compromiso se reflejará reconociendo su presencia en el prójimo, respetando la

dignidad humana y realizando acciones solidarias concretas, especialmente para con

los más necesitados.

Al finalizar su formación en nuestra unidad educativa, esperamos que un alumno y

alumna:

● Sea consciente y respetuoso(a) de la presencia de Dios en sí mismo(a) y las

demás personas, viviendo coherentemente con los principios de la Iglesia

Católica; haciendo vida el ideal cristocéntrico y las virtudes evangélicas que le

son inherentes.

● Se proyecte positivamente en el mundo del estudio, del trabajo y de la familia,

haciéndose responsable de su vida; aportando a la sociedad lo que puede y

debe dar.

● Se inserte en la cultura y la sociedad relacionándose con las demás personas

de forma solidaria, responsable y colaborativa.

● Se auto exija y alcance sus metas con excelencia, siendo perseverante,

disciplinado(a), autónomo y con un permanente espíritu de superación.

● Sea capaz de administrar responsablemente su libertad, poniéndola por obra

en un proyecto de vida personal y el bien común.

IV. DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES

7. Derechos de Estudiantes.

Los estudiantes del CPSR tendrán los siguientes derechos:

a) Recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y

desarrollo integral en el área espiritual (religioso), académica (intelectual, físico

y político)) y humana (en valores, afectivo, lo ético).

b) Recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades

educativas especiales y/o por su ritmo de crecimiento y desarrollo.

c) No ser discriminados arbitrariamente, según la Ley Antidiscriminación.

d) A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y

a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

e) A que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones

religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del

establecimiento.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

f) Tener las oportunidades para participar de las actividades curriculares y

extracurriculares de cualquier índole del establecimiento, sean éstas a nivel

general o particular de cada curso.

g) A asociarse entre ellos, participando voluntariamente en las diversas

organizaciones estudiantiles y respetando la normativa vigente del

establecimiento.

h) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), los Reglamentos, Protocolos

y procedimientos que regulan a la comunidad educativa.

i) Recibir los Beneficios de JUNAEB si es que es el estudiante califica para ello.

j) Ser respetados, valorados y acompañados en todo su proceso de crecimiento

como persona integral.

k) A ser tratado con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

l) Recibir orientación personal, y vocacional oportuna, junto con los sistemas de

postulación y becas de ingreso a la Educación Superior.

m) A ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de

acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de

cada establecimiento

n) Conocer sus calificaciones y observaciones antes de ser registradas en el libro

de clases.

o) Ser atendidos en la totalidad de sus clases, contando con material adecuado y

pertinente para trabajar, aun cuando el profesor esté ausente.

p) Utilizar los espacios académicos (físicos, tecnológicos y virtuales) del

establecimiento cuando lo requiera para una actividad educativa dentro de los

horarios y respetando reglamentos establecidos para su funcionamiento.

q) Ser atendidos en sus dudas y consulta por parte de sus profesores del

subsector, profesores jefes, y la totalidad del personal del CPSR.

r) Ser atendidos por quienes desempeñen las funciones de Coordinación de

Ciclos, Convivencia Escolar; Encargado de Pastoral, psicóloga y/o

Orientador(a) y Director(a) cuando este lo requiera.

s) Conocer oportunamente los resultados de sus evaluaciones, para tomar las

medidas pertinentes en su proceso de superación personal.

t) Ser citados con sus apoderados para informarse de aspectos relacionados por

rendimiento y conducta.

u) Participar y representar al CPSR en las diferentes actividades competencias

y/o recreativas comunales y/o a nivel nacional, entre otras.

v) Todos los alumnos(as) tienen derecho a un debido proceso ante la sanción de

una falta.

8. Derechos de Apoderadas/os (padres, madres, tutores, etc)

a) A que su hijo(a) reciba una educación conforme a los valores expresados en el

Proyecto Educativo Institucional (PEI) del CPSR y los programas de estudios vigentes.

b) A ser informados por las instancias correspondientes sobre los procesos de aprendizaje, desarrollo integral de su hijo(a) en el CPSR.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

c) A recibir sugerencias que orienten el proceso de búsqueda de soluciones ante eventuales dificultades en el desarrollo integral que afecten a su pupilo(a).

d) A ser citado oportunamente a entrevistas, reuniones y encuentros programados por el CPSR.

e) A ser atendido y escuchado, en caso solicitado formalmente. f) A ser tratado con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la

Comunidad Educativa. g) A ser escogido para ser miembro de la directiva de curso. h) A participar en el Centro de Padres o ser representados por ellos. a. A participar de las reuniones de apoderados, citaciones solicitadas por los

diferentes estamentos del Colegio. b. A participar de las Jornadas de Escuelas para Padres y de todas las actividades

convocadas y dispuestas por el CPSR. c. A conocer El Proyecto Educativo Institucional, los Reglamentos de Convivencia

Escolar y Evaluación, así como protocolos y procedimientos en los cuales está involucrado directamente.

d. Todos los padres y apoderados (as) tienen derecho a un debido proceso ante la sanción de una falta.

9. Derechos de Profesionales de la Educación

Derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios y materiales mínimos para realizar en mejor forma su trabajo.

10. Derechos de Asistentes de la Educación

Derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar; a participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. Tienen derecho de disponer de los espacios y materiales mínimos para realizar en mejor forma su trabajo.

11. Derechos de Directivos

Derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. También a trabajar en un ambiente tolerante de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios y materiales mínimos para realizar en mejor forma su trabajo.

12. Derechos de Sostenedor

Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

V. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES.

13. Deberes de Estudiantes

Los estudiantes del CPSR tendrán los siguientes derechos:

a) Respetar y Cumplir la Ley N° 17.798 sobre Control de Armas, Ley N°20.000 sobre Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, Ley N° 20.660 Ley del Tabaco, Ley N° 19.925 de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, Ley N° 20.609 de Antidiscriminación y/o Ley N°20.084 de Ley Responsabilidad Penal Adolescente.

b) Asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades Participar activamente en ellas, manteniendo una actitud y comportamiento adecuados a las situaciones de aprendizaje, respetando el derecho de aprender de sus pares.

c) Colaborar y cooperar en mejorar la Convivencia Escolar d) Cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el

reglamento interno del establecimiento. e) Mantener un trato digno, deferente y una actitud respetuosa con todos los

miembros de su comunidad escolar, dentro y fuera del establecimiento, (Gestos y lenguaje adecuado) respetando la ley.

f) Dar buen uso a los medios tecnológicos y redes sociales digitales, telefonía móvil, mensajería instantánea, correos electrónicos y/o servidores que almacenen fotografías, videos o datos, sin exponer a ningún integrante de la comunidad educativa a alguna forma de degradación, agresión u hostigamiento con intención de causar daño.

g) Cumplir con la higiene y presentación personal durante su permanencia en el establecimiento, durante actividades de representación del establecimiento y/o actividades deportivas. Uso del uniforme formal es obligatorio en el Establecimiento, como también en aquellas actividades de representación oficial del CPSR. El uniforme alternativo se usará cuando la Dirección en conjunto con el Consejo de Profesores lo determine.

h) Actuar con honestidad en cualquier tipo de actividad que se desarrolla al interior del establecimiento.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

i) Cumplir con sus responsabilidades sin adjudicarse atribuciones extraordinarias, es decir, actuar de manera irresponsable suplantando a cualquier funcionario de la escuela, haciendo mal uso de su nombre o cargo.

j) Respetar y cumplir con los horarios de la jornada educativa, tanto al inicio, durante y al término de esta.

k) Respetar las buenas costumbres y la normativa del CPSR. l) Mantener una relación de respeto hacia cualquier apoderado o miembro de la

comunidad de nuestro CPSR con el objetivo de promover un clima de sana convivencia. Por ende, si existe alguna dificultad, se informará y se procederá con lo estipulado en el presente reglamento.

m) Respetar los espacios de formación, recreación y no alterar el desarrollo de las funciones propias de la comunidad educativa.

n) Es obligación de cada estudiante y de su apoderado conocer, comprender e interiorizarse y cumplir las normas de disciplina y convivencia que se enuncian en el presente reglamento.

o) Respetar y cumplir la normativa establecida para el uso de los laboratorios de Enlaces, Ciencias, Biblioteca, Música, etc., y su equipamiento, según el Reglamento de uso de cada uno de ellos.

14. Deberes y Obligaciones de Apoderadas/os a) Conocer, acatar y participar del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento de

Convivencia Escolar, Protocolos vigentes. . b) Respetar los Reglamentos, Protocolos, procedimiento y conductos establecidos

en el presente reglamento y otros comunicados públicos. c) Tratar con respeto y dignidad a los docentes, asistentes de la educación y a toda

persona de la comunidad educativa o visita del CPSR. Las faltas a las normas de urbanidad o respeto, amenazas, agresiones verbales o físicas de cualquier especie o por cualquier medio constituyen infracciones graves al presente reglamento. Revestirá especial gravedad cuando estos actos sean en contra de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. (se aplica Art.Nº40).

d) Proteger y acompañar en el proceso de formación de su hijo en los ámbitos físicos, psico-emocional y pedagógicos.

e) Asistir a las entrevistas solicitadas por profesores jefes, Directores, u otros estamentos, así como también responder a las llamadas y cartas que hace el Colegio. El incumplimiento injustificado de cualquiera de estas obligaciones constituye una infracción grave al presente Reglamento de Convivencia Escolar y al Proyecto Educativo Institucional (se aplica Art.Nº40).

f) Justificar la ausencia a clases de sus pupilos, como así también de ausencias de ellos mismos a reuniones, jornadas o actividades oficiales promovidas por el CPSR (por escrito o personalmente, según sea el caso).

g) Responder, en los plazos fijados, las comunicaciones por vía carta, circulares o agenda.

h) Abstenerse de emitir comentarios negativos frente a personas extrañas, estudiantes, otros padres, o medios de comunicación (computacionales, de telecomunicaciones, escritos y de audio) que vayan en detrimento del CPSR o de cualquier miembro de la comunidad, sin antes informarse sobre la verdad de los hechos con quien corresponda. La infracción a esta norma configurará una falta grave al presente reglamento.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

i) Supervisar y exigir la asistencia a clases conforme a las exigencias de uniforme y presentación personal contenidas en este reglamento.

j) Retirar puntualmente a su hijo conforme al horario de salida establecido por el CPSR, según el nivel correspondiente en que se encuentre matriculado. Así mismo traerlo no más de 15 minutos antes del horario de entrada, entendiendo que antes no hay cuidado de los adultos.

k) Acatar las sanciones, hasta la pérdida del derecho a seguir siendo apoderado cuando su actuar no se adecue al Proyecto Educativo Institucional. A los Reglamentos, protocolos, conductos y procesos; cuando atente con la integridad física o psicológica de otro miembro de la comunidad.

l) Acatar las medidas dictaminadas cuando el estudiante no cumpla con los requisitos de permanencia estipulados en el Reglamento de Evaluación del CPSR y/o no cumpla con la normativa de este Reglamento de Convivencia Escolar y Proyecto Educativo Institucional.

m) Cumplir con las normas y procedimientos que correspondan a actividades pastorales y de formación. Estas serán debidamente informadas a los estudiantes, padres y apoderados.

n) No consumir ni comercializar sustancias nocivas e ilícitas (drogas o alcohol) dentro del establecimiento y/o asistir al colegio habiendo consumido alguna droga.

o) Informarse de los sucesos pertinentes a la educación y formación de sus hijos, como, por ejemplo; la revisión permanente de la agenda, la revisión de informaciones escolares vía página Web entre otros.

p) Queda absolutamente prohibido fumar en todas las dependencias del CPSR y se recomienda no hacerlo en el entorno cercano a éste.

q) Cualquier intromisión a los sistemas informáticos del establecimiento por cualquier medio constituirá infracción grave al presente reglamento. Su mal uso será considerado una agravante.

r) Cuidar la infraestructura y bienes muebles que se encuentre dentro del CPSR. El daño o apropiación de estos bienes por parte de los apoderados será considerada una infracción grave.

s) Atender los llamados telefónicos y asistir al Colegio en caso de una emergencia médica, así como también una situación donde el alumno esté poniendo en riesgo su seguridad e integridad o la de otros miembros de la comunidad.

i) Al asociarse en Centro de Padres y otros grupos de actividad deberán cumplir con las exigencias requeridas para cada caso como: asistencia y puntualidad a las reuniones, a entrevistas, escuelas para padres, etc. En caso de no cumplir con el propósito de ser un apoyo al Colegio, pierde la confianza del CPSR y por, tanto, debe dejar su cargo.

j) Respetar los derechos de todos los estudiantes y de los justos procesos para cada uno de ellos, así como también para otros apoderados y colaboradores del Colegio.

k) Informar de las necesidades de sus hijos con documentos oficiales, especialmente aquellos que son necesarios para toner la calidad de alumnos PIE.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

15. Deberes de Profesionales de la Educación

a) Deber de ejercer la función docente de acuerdo al PEI y a los reglamentos,

procedimientos y conductos que ordenan la institución.

b) Su quehacer específico debe desarrollarlo en forma idónea y responsable; para

lo cual debe actualizarse y evaluarse periódicamente; en pos del logro de los

aprendizajes correspondientes a cada nivel educativo establecidos por los

planes y programas de estudio por los cuales ha optado el Colegio.

c) Respetar como los derechos de los alumnos y alumnas, padres, apoderados y

otros colaboradores y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria

con los demás miembros de la comunidad educativa.

d) Informarse de la situación de los alumnos de acuerdo a las indicaciones de la

dirección para dar la mejor atención a los alumnos y a sus padres y

apoderados.

e) Informarse de todos los mensajes de circulares y de mails que lo mantienen al

día de los acontecimientos de la comunidad.

f) Respetar los justos procesos de todo miembro de la comunidad.

g) Participar de los Consejos que lo requieren en este Reglamento y otros

indicados por la Dirección.

16. Deberes de Asistentes de la Educación

b) Deber de ejercer su función de acuerdo al PEI y a los reglamentos,

procedimientos y conductos que ordenan la institución.

c) Su quehacer específico debe desarrollarlo en forma idónea y responsable;

para lo cual debe actualizarse y evaluarse periódicamente; en pos del logro de

los aprendizajes correspondientes a cada nivel educativo establecidos por los

planes y programas de estudio por los cuales opta el Colegio.

d) Respetar como los derechos de los alumnos y alumnas, padres, apoderados y

otros colaboradores y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria

con los demás miembros de la comunidad educativa.

e) Informarse de la situación de los alumnos de acuerdo a las indicaciones de la

dirección para dar la mejor atención a los alumnos y a sus padres y

apoderados.

f) Informarse de todos los mensajes de circulares y de mails que lo mantienen al

día de los acontecimientos de la comunidad.

g) Respetar los justos procesos de todo miembro de la comunidad.

h) Participar de los Consejos que lo requieren en este Reglamento y otros

indicados por la Dirección.

17. Deberes de Directivos

a) Liderar las actividades propias de su cargo acorde a la Normativa Nacional,

PEI, Reglamentos, procesos y conductos institucionales.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

b) Sobre la base de sus responsabilidades propender a elevar la calidad de los

aprendizajes de los alumnos.

c) Desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo

profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas.

d) Respetar a todos los miembros de la comunidad, tener un trato justo y cordial,

y ocuparse que se ejecuten los justos procesos y procedimientos establecidos

en este manual.

18. Deberes de Sostenedor

a) Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del

establecimiento educacional que representan

b) Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

c) Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando

reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del

estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia. Esa información

será pública.

d) Entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a

someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en

conformidad a la ley.

e) Respetar a todos los miembros de la comunidad y tener un trato justo y cordial

para cada uno de ellos.

VI. REGULACIONES.

19. Jornada escolar, Horarios y Retiros

El régimen de estudio del CPSR es Semestral. Las fechas correspondientes al inicio

de cada periodo semestral están de acuerdo con el Calendario Oficial Escolar de cada

año, entregado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

Estructura horaria (clases, recreos, almuerzo)

PRIMER CICLO (1° BÁSICO A 4° BÁSICO)

HORAS ACTIVIDADES

07:55 – 07:57 Entrada a clases

07:57 – 08:15 Asamblea Cuarto de hora

08:15 – 09:00 1° hora de clases

09:00 – 09:45 2° hora de clases

09:45 – 10:00 Primer Recreo

10:00 – 10:45 3° hora de clases

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“Con Cristo aprendemos para servir”

10:45 – 11:30 4° hora de clases

11:30 – 11:45 Segundo Recreo

11:45 – 12:30 5° hora de clases

12:30 – 13:15 Almuerzo

13:15 – 14:00 6° hora de clases

14:00 – 14:10 Recreo

14:10 – 14:55 7° hora de clases

14:55 – 15:40 8° hora de clases

15:40* Salida de clases

SEGUNDO CICLO Y ENSEÑANZA MEDIA (5° BÁSICO A IV°

MEDIO)

HORAS ACTIVIDADES

07:55 – 07:57 Entrada a clases

07:57 – 08:15 Asamblea Cuarto de hora

08:15 – 09:00 1° hora de clases

09:00 – 09:45 2° hora de clases

09:45 – 10:00 Primer Recreo

10:00 – 10:45 3° hora de clases

10:45 – 11:30 4° hora de clases

11:30 – 11:45 Segundo Recreo

11:45 – 12:30 5° hora de clases

12:30 – 13:15 6° hora de clases

13:15 – 14:00 Almuerzo

14:00 – 14:10 Recreo

14:10 – 14:55 7° hora de clases

14:55 – 15:40 8° hora de clases

15:40* Salida de clases

En algunos días la jornada se extiende por realización de talleres, previa

coordinación con el apoderado

Procedimiento ingreso y salida de alumnos durante la jornada escolar

a) El Colegio abre las puertas a las 07:30 horas. Antes de esa hora el Colegio no se

hace responsable del cuidado de los alumnos.

b) La hora de inicio a la jornada escolar es a las 07:55 hrs.

c) Los alumnos de segundo ciclo de enseñanza básica (5° a 8° básico) y enseñanza

media (I° a IV° medio), harán ingreso por el portón principal, ubicado al costado de la

Parroquia, mientras que los alumnos de educación parvularia (pre kínder y kínder) y

primer ciclo de enseñanza básica (1° a 4° básico), harán ingreso por el portón ubicado

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“Con Cristo aprendemos para servir”

al costado de las aulas de recursos PIE. Las entradas podrán ser cambiadas previo

aviso a los apoderados y publicado en la página WEB.

d) El término de la jornada escolar es a la 15:40 hrs. y 16:40 hrs. si es que participa de

algún taller extra programático. El CPSR se hace responsable de los alumnos 15

minutos después del término de su jornada escolar.

e) Los alumnos que se queden alguna actividad fuera del horario escolar (ACLE,

pastoral, u otro) quedan a cargo del adulto responsable de dicha actividad, quien debe

asegurarse de que el alumno sea retirado del Colegio.

f) El retiro de alumnos durante la jornada escolar se realizará por puerta principal a

cargo de la recepcionista quien cerciorará la firma del libro de salida por parte del

apoderado. Ningún alumno puede retirarse solo.

g) En caso de accidente el encargado/a de primeros auxilios deberá estar con el alumno

en enfermería para luego ser retirados previa coordinación con el apoderado.

h) En caso de retiro a petición del apoderado el estudiante deberá presentar la

comunicación vía agenda, que deberá ser entregada a la persona responsable a

primera hora en la mañana, quién le comunicará a Convivencia Escolar para efectuar

el retiro dentro del horario establecido.

i) En caso de que el apoderado no envíe comunicación previa, o no respeta los horarios

establecidos para retiros, el Colegio no se hace responsable en la demora del retiro

del estudiante.

Procedimiento de Atrasos

a) El registro regular de atrasos comenzará a las 08:00 hrs. según reloj del colegio,

pudiendo ser esta hora modificada o suspendida por razones atendibles por parte de

Dirección.

b) Si la impuntualidad se produce por las personas encargadas de transportar a los y las

estudiantes hasta el Colegio, solicitamos que tome las medidas necesarias para que

esta situación no se produzca, y crear así conciencia en nuestros estudiantes la

importancia de la puntualidad.

c) Se podrá justificar el atraso en la entrada al Colegio certificando una hora médica, en

cuyo caso deberá presentarse el certificado médico o programa médico

correspondiente, eximiéndose del registro de atraso.

d) Los alumnos(as) de Prekinder a IVº medio que lleguen atrasados antes de las 9:00

deben ingresar por la entrada donde están ubicadas las aulas de recurso PIE.

e) El registro de atraso y el ingreso a la sala de clases debe ser autorizada por la persona

a cargo.

f) Cada atraso será consignado en una planilla de registro de atrasos (NAPSIS),

además de la agenda del alumno(a). La persona a cargo le avisará a Convivencia

Escolar de la acumulación de atrasos.

g) Los alumnos(as) de Prekinder a IVº medio que lleguen atrasados después de las 9:00

hrs deben ingresar por puerta principal. El registro de atraso y el ingreso a la sala de

clases debe ser coordinada por la encargada de recepción quien le informará a la

persona a cargo.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

h) A partir de las 9:00 horas los alumnos(as) deberán ingresar al Colegio con el

apoderado(a). En caso en que no existiese la posibilidad de presentarse

personalmente el apoderado(a), se aceptará la llamada telefónica. La justificación por

parte del apoderado no lo exime del registro de atraso.

i) El alumno que acumule 5 atrasos en el semestre, se le notificará al apoderado(a), en

forma escrita por parte de Convivencia Escolar.

j) El alumno que acumule 10 atrasos en el semestre, Convivencia Escolar citará al

apoderado para notificar que el estudiante deberá asistir a un taller formativo como

una medida de apoyo pedagógico y psicosocial.

k) En el caso que acumule 5 atrasos más tras la citación de Convivencia Escolar, el

apoderado será citado por dirección, para establecer acuerdos que mejoren la

situación de atrasos reiterados.

l) En el caso de 1º a 4º básico el alumno debe ser acompañado por su apoderado y

quien también debe firmar a asistencia al taller formativo.

m) Los registros de atrasos se renuevan cada nuevo semestre para dar posibilidad al

alumno de remediar su conducta.

n) Es responsabilidad del alumno(a) conseguir las materias que perdió por el atraso en

el ingreso a la clase.

o) En las pruebas tomadas en la primera hora de clases, un atraso significa perder

tiempo asignado a su ejecución, éste no se recupera.

p) Los estudiantes que se incorporen después del segundo bloque, serán considerados

ausentes, salvo previo acuerdo con las personas a cargo.

20. Trabajo en Aula (salas de cada curso, salas especiales, salones, oratorio,

iglesia, Aula de Recursos PIE, Laboratorios, biblioteca CRA y canchas)

El desarrollo de aprendizajes se basa en la relación estudiante-docente y será

responsabilidad de la o el docente planificar, establecer las metodologías y diseñar las

evaluaciones pertinentes, para el logro de los objetivos de aprendizaje de cada nivel de

enseñanza y asignatura.

Los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas, con una

disposición favorable al desarrollo de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas, no

entorpeciendo el clima de clase o el trabajo escolar de sus compañeros/as.

La Convivencia Escolar al interior de las aulas es monitoreada en todo momento por la o el

docente que está a cargo del curso, en algunos casos por los asistentes de la educación

destinados a esos espacios, directivos u otro asistente de la educación, quienes deben velar

por el cumplimiento del presente manual de convivencia y por los principios y orientaciones

del Proyecto Educativo Institucional (PEI). De acuerdo a la Ley N°20.536 sobre Violencia

Escolar, “los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes

de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos

educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de

manera de prevenir todo tipo de acoso escolar”.

Durante el desarrollo de las clases, tanto estudiantes como profesores/as no podrán ingerir

alimentos, dormir o dedicarse a otras acciones que no correspondan con el desarrollo de la

asignatura respectiva.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Los estudiantes que deseen ir al baño o deban retirarse de la sala o espacio de clases por

algún motivo justificado, deben avisar y ser autorizados por quien esté a cargo del curso o

grupo en ese momento.

El uso de instrumentos tecnológicos para estudiantes sólo será permitido fuera del horario

de clases, con la sola excepción de que sea necesario para el desarrollo de alguna actividad

pedagógica. El establecimiento no se hará responsable de la pérdida o daño de

instrumentos tecnológicos.

Los alumnos deberán tener los materiales correspondientes a la clase que se esté

desarrollando, siendo ellos exclusivos responsables de su orden y cuidado, así como de

todas las pertenencias que ellos mantengan en el Colegio.

La mantención y cuidado de las aulas es responsabilidad de todas y todos los miembros de

la comunidad educativa. No obstante que el aseo de los distintos espacios de clases, es

una de las funciones principales de los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes

de la educación).

En cuanto al aula, los estudiantes deberán cumplir con:

a) Disponerse adecuadamente a iniciar las clases, guardar silencio, ponerse de pie,

saludar, preparar sus útiles de trabajo, respetar al profesor, a asistentes de la

educación y compañeros de curso.

b) Participar en las actividades de aula según las modalidades definidas por el profesor.

c) Velar por el aseo y cuidado de la sala de clases, su mobiliario y enseres, pertenecías

personales y de sus pares.

d) Permanecer en el aula durante las clases o cambio de horas. No obstante, frente a

cualquier eventualidad, es el/la profesor/a y/o otra autoridad quién regula el ingreso o

salida del aula durante las clases.

e) Establecer una relación de respeto con todos los funcionarios de la comunidad

escolar, con el fin de promover un clima beneficioso tanto en el ámbito escolar como

en el desarrollo de valores. Por tanto, frente a agresiones a los funcionarios se

sancionará con las medidas estipuladas en el presente reglamento.

f) Promover un ambiente de sana convivencia, mantener una relación de respeto y buen

trato, evitando las instancias de agresión física, verbal, gestual o escrita, amenazas

y/o difamación.

g) Tener el material requerido para la misma, respetando el material del Colegio, del

profesor y el de otros alumnos.

Centro de Recursos y Aprendizaje

El estudiante deberá asistir al Centro de Recursos y Aprendizaje (CRA) con su uniforme

completo, dentro de los horarios oficiales de atención y con finalidades netamente

educativas. Para el acceso y uso de este centro de recursos, el estudiante deberá tener la

autorización correspondiente emitida por el docente. Esta autorización debe especificar la

actividad a realizar y el tiempo destinado para ello en caso que se requiera en hora de clase

lectiva.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Asistencia a Programa de Integración Escolar (PIE)

Una vez que el apoderado ha firmado la autorización emitida por el ministerio de educación

para la evaluación del estudiante para ingresar al Programa de Integración Escolar, el

estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) El estudiante debe asistir a aula de recursos con el profesional indicado a un horario

específico, de no asistir a aula de recursos, se comunicará la situación a coordinación

PIE y coordinación académica respectiva, citará al apoderado para firmar compromiso

de asistencia y el estudiante deberá asistir en jornada alterna entregada por

profesor(a) diferencial o psicopedagoga(o).

b) Se debe considerar que si el estudiante se encuentra ausente el día de aula de

recursos deberá justificar inasistencia con profesora diferencial, mediante certificado

médico o justificativo de apoderado, dejando una fotocopia en el registro de

planificación de su curso.

c) El estudiante deberá cumplir con actividades y compromisos acordados tanto con

profesor (a) diferencial, fonoaudióloga, terapeuta ocupacional y psicóloga. El no

cumplimiento de dichas actividades, compromiso y deberes, será informado a

profesor jefe, coordinación: PIE - académica y citación al apoderada(o).

d) El estudiante debe participar en forma activa y participativa en proceso de evaluación

inicial, pruebas informales en término de primer semestre y proceso de reevaluación.

El estudiante que no realice las pruebas estandarizadas e informales, se informará a

apoderado mediante entrevista y será condicionante su comportamiento y

compromiso para continuidad en el Programa de Integración Escolar para el año

siguiente.

e) Los apoderados de los estudiantes del programa de integración escolar deben asistir

a cada una de las entrevistas y talleres con profesionales del equipo PIE.

21. Clases de Educación Física

A fin de ordenar, agilizar, regularizar, controlar y lograr un orden en los estudiantes durante

las clases de Educación Física, se fija las siguientes disposiciones:

a) Los estudiantes deberán presentarse con su uniforme de Educación Física desde el

primer hasta el último día de clases.

b) Los estudiantes que se presenten a la clase sin su uniforme de Educación Física,

serán registrados en su hoja de vida notificándose al apoderado. De repetirse la falta

se citará al apoderado, para solicitar las explicaciones correspondientes y el pronto

cumplimiento de esta obligación, por parte del profesor correspondiente.

c) El uso del uniforme de Educación Física es exclusivo del día que corresponda la clase

y no se permitirá durante otro día.

d) Los estudiantes de Educación Básica (1° a 5° básico) deben esperar al profesor en

sus salas, para trasladarse al lugar en que se desarrollará la clase. En el caso de los

niveles de 6° básico a IV° medio deben de trasladarse al lugar acordado con el

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“Con Cristo aprendemos para servir”

docente (canchas), sin embargo, el docente se ocupará de que la sala quede sin

alumnos y cerrada.

e) Los estudiantes podrán venir vestidos con buzo desde su casa.

f) Se exigirá a las alumnas que durante la clase de Educación Física mantengan su

cabello recogido.

g) Las clases de Educación Física se terminarán antes de los 90 minutos, con el objeto

de que los estudiantes dispongan del tiempo necesario para ducharse, vestirse y

llegar a la hora a su clase siguiente, debidamente presentados. Es obligación, por

parte de los estudiantes, cuidar su aseo personal luego de realizar dicha clase.

h) El profesor verificará que los estudiantes abandonen los lugares de clases y los

camarines al término de la clase.

i) La recepción de certificados médicos de eximición de actividad Física, deben de

realizarse con prontitud.

j) Los estudiantes eximidos de actividades físicas deberán realizar las actividades

indicadas por el docente, normalmente se les asignará una actividad teórica

previamente planificada y calificada, por el profesor/a de educación física, que deberá

desarrollar en lugar que se le indique.

k) Para los niveles de 7° básico a IV° medio, la ducha o aseo personal una vez terminada

la clase es de carácter obligatorio, para así procurar y mantener una adecuada higiene

personal.

l) Los estudiantes deben mantener y cuidar los implementos deportivos utilizados en las

clases, ante el deterioro intencional deberá cancelar el objeto o material dañado

(contra presentación de boleta de la compra realizada por el Colegio).

m) Para cumplir con la presentación personal basada en la higiene, se les solicita a los

estudiantes cumplir con sus útiles de aseo para cada clase:

1° a 4° Básico: toalla de mano y polera de cambio opcional.

5° a 6° Básico: toalla de mano, polera de cambio y desodorante (barra o roll on).

7° a IV° medio: toalla, sandalias, desodorante (antitranspirante), jabón y shampoo.

22. Conducto natural en el Establecimiento.

El conducto natural se establece como la mejor forma de resolver los problemas y se funda en que las personas que aparecen en primer lugar son las más cercanas y conocedoras de lo que le ocurre a cada alumno. Por tanto, para canalizar las inquietudes, dudas y reclamos de cualquier miembro de la comunidad educativa, el establecimiento establece el siguiente orden: Ámbito Pedagógico: Ante cualquiera de las situaciones referidas al proceso de enseñanza, evaluación o respecto de cuestiones curriculares las instancias a las que se debe acudir son:

a) Profesor/a de asignatura. b) Profesor/a jefe/a. c) Coordinador/a Académico/a d) Directora

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Ámbito de Convivencia Escolar: Ante cualquier situación que afecte las relaciones interpersonales o la seguridad de un miembro de la comunidad, las instancias a las que se debe acudir son:

a) Inspector/a de Ciclo y/o profesor jefe

b) Encargada de Convivencia Escolar c) Coordinador de Formación Humana d) Directora

En cualquier caso, si un apoderado o alumno se abstiene de seguir el orden indicado, debe

saber que todas las personas serán consultadas para darle respuesta, entendiendo que

ellas son las que tienen mejor conocimiento de lo que le ocurre a los alumnos.

23. Sobre el registro de información de estudiantes (Hoja de vida)

Todos aquellos hechos, acciones y/o gestiones relevantes, relacionadas con el estudiante deberán quedar consignado por escrito en el Libro de Clases, esto lo deberá realizar el docente o el Asistente de la Educación respectivo, ojalá el mismo día de ocurridos los hechos. Cabe destacar que es posible hacer un registro posterior a la fecha en casos debidamente justificados (la justificación debe quedar escrita en la carpeta del alumno) Estos registros deberán ser objetivos y ceñirse a los hechos, acciones y/o gestiones

realizadas y sin emitir juicios de valor. Deberá estar escrita de forma clara y si es necesario

adjuntar evidencias de los hechos y nombre de otras personas involucradas.

En el caso de que el hecho sea complejo se utilizará una hoja de entrevista, adjuntándola

en su carpeta de vida. En esta carpeta se podrán incorporar todos aquellos antecedentes

necesarios para mejor conocimiento de la situación que aqueja al estudiante, así como de

las medidas tomadas.

24. Asistencia, atrasos y retiro de estudiantes.

Los estudiantes deben asistir regular y puntualmente a clases de acuerdo al horario

establecido para el inicio de la jornada y de cada clase en particular.

De acuerdo a la legislación vigente el alumno deberá cumplir, a lo menos, con un 85% de

asistencia anual como requisito de promoción

La asistencia de los alumnos a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Colegio

estará informada por comunicación escrita al apoderado o a través de la página web.

Las inasistencias de los estudiantes deben ser justificadas por el apoderado

oportunamente, de forma escrita, y/o en forma personal cuando así lo requiera el profesor

jefe y/o Convivencia Escolar. La justificación debe presentarse, inmediatamente el día que

retorne a clases, ésto deberá quedar registrado en el Libro de clases (hoja de asistencia).

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Todos los alumnos deberán llegar puntualmente a sus clases, ya sea al inicio como durante la jornada. Asimismo, deberán hacerlo en todas las actividades programadas por el establecimiento en las cuales deban participar. El establecimiento no podrá impedir el ingreso del estudiante por causales de atraso en la

llegada al colegio; sin embargo, el llegar atrasado constituye una falta, siendo registrada

por quien corresponda. Los atrasos en ningún caso podrán ser sancionados con la

prohibición de la entrada al establecimiento educacional. En el caso que al final del año

escolar esta falta se expresa de manera constante y debidamente registrada, será citado

por parte de Convivencia Escolar o Dirección para aclarar esta situación.

Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado dentro de los horarios determinados por el establecimiento, con el fin de no entorpecer las labores del equipo docente y asistentes de la educación. Los horarios establecidos son los siguientes:

Bloque Hora

1 10:15 hrs

2 12:10 hrs

3 14:15 hrs

El establecimiento no se hace responsable por la demora, en la salida de los alumnos que

no son informados por agenda a primera hora de la mañana y/o que requieran salir en

horarios diferentes a los establecidos en esta tabla,

En los horarios de recreo no se podrán retirar a alumnos sin previo aviso, ya que los

asistentes de la educación se encuentran desempeñando turnos de patio, lo cual beneficia

el control y el mantenimiento de la Convivencia Escolar de gran parte de la comunidad

estudiantil.

El retiro de los alumnos puede ser por padres, apoderados o hermanos (mayor de edad), en caso que para alguno de estos que exista alguna medida de protección que impida el acercamiento al estudiante, será responsabilidad del o la apoderado/a informar a él o la Profesor/a Jefe y/o, Formación Humana o Dirección, con el respaldo del documento respectivo; para que se tomen las medidas por parte del Establecimiento.

25. Recreos y Espacios Comunes

El recreo es el tiempo de descanso y esparcimiento para estudiantes y docentes dentro de

la escuela.

Al finalizar el recreo, estudiantes y docentes deben ingresar oportunamente a sus salas de

clases, evitando retrasos innecesarios (quedarse jugando, idas al baño, etc.).

En los espacios comunes como pasillos, patios, hall y salas de clases se deberá tener una

conducta acorde a lo establecido en este Manual y no se podrá jugar con medios que

pongan en peligro su integridad o de terceros y/o puedan afectar la infraestructura del

establecimiento. Podrán jugar en los patios con pelotas plásticas, de espuma o de fútbol

considerablemente desinfladas que no pongan en riesgo a terceros.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

No obstante que el aseo de los patios, baños y pasillos del establecimiento es una de las

funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de

la educación), la mantención de los espacios y el cuidado de las mismas es responsabilidad

de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

Para mantener el orden, la seguridad y la disciplinas, esperamos que los estudiantes

cumplan con:

a) Desocupar salas, pasillos y escaleras y permanecer durante los recreos en los patios

establecidos como espacios comunes.

b) Desarrollar juegos y actividades que no impliquen peligro ni violencia.

c) Velar por el orden y cuidado de los patios, baños, infraestructura, mobiliario, plantas,

etc.

d) Obedecer las órdenes y/o indicaciones de todo funcionario de la institución.

(Dirección. Coordinadores, profesores, psicopedagogas, inspectores de nivel y/o

ciclo, profesores, administrativos, auxiliares u otro adulto responsable que le dé

dichas indicaciones, pudiendo ser apoderados, así como también alumnos que

tengan una responsabilidad autorizada por la dirección del Colegio).

e) Ingresar, al toque de timbre, a la sala de clases con puntualidad, orden y respeto.

f) Participar de manera respetuosa durante el desarrollo de actos cívicos y/o momentos

de celebraciones litúrgicas.

g) No participar de ningún tipo de ventas durante los recreos ni en el desarrollo de clases.

h) Ayudar y a acompañar a alumnos que lo requieran.

26. Comedor de estudiantes

Todos los estudiantes deberán desayunar y almorzar en el horario establecido para el ciclo

correspondiente.

DESAYUNO

CICLO HORARIO

Primer Ciclo (1° a 4° básico) 09:45 – 10:00 hrs

Segundo Ciclo y E. Media (5° a IV)

09:45 – 10:00 hrs

ALMUERZO

CICLO HORARIO

Primer Ciclo (1° a 4° básico) 12:30 – 13:15 hrs

Segundo Ciclo y E. Media (5° a IV)

13:15 – 14:00 hrs

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Una vez que finalicen su desayuno o almuerzo, los estudiantes deberán dirigirse a su patio

correspondiente.

CICLO LUGAR

Primer ciclo (1° básico a 4° básico) Patio Pabellón San Enrique

Segundo ciclo (5° básico a 8° básico) Patio Virgen de Los Rayos

Enseñanza media (I° medio a IV° medio)

Patio Virgen de Los Rayos

Los beneficiarios de beca de alimentación JUNAEB deben hacer uso de ese beneficio en

los horarios programados para ello.

Los estudiantes deben presentar un comportamiento adecuado en el comedor, cautelando

el orden y la limpieza del lugar, de manera de lograr un ambiente adecuado para el

desayuno y el almuerzo diario.

Luego de alimentarse deberán dejar las bandejas y utensilios en los lugares asignados.

27. Relaciones Afectivas en el Establecimiento

Todos los miembros de la comunidad educativa pueden mantener y desarrollar relaciones

afectivas con sus pares. Sin embargo, las manifestaciones públicas de dichas relaciones

están reguladas por el presente manual para mantener un ambiente de respeto y

resguardar las diferentes sensibilidades. En este sentido, quedan absolutamente prohibidas

las caricias eróticas, besos en la boca y/o efusivos, sentarse en las piernas del otro,

acostarse con alguna parte del cuerpo sobre la del otro o cualquier otra conducta de

connotación sexual.

28. Uniforme Escolar y Estética Personal

El uniforme escolar responde a una adecuada presentación personal, ya que, se debe

estimular en los estudiantes el respeto por sí mismos, y la identificación con los principios

y valores de nuestra institución.

El uso del uniforme escolar es obligatorio para las actividades educativas, actos cotidianos

oficiales u otras actividades, como reforzamiento, clases extraordinarias, asambleas del

centro de estudiantes, entre otros. No obstante, para los talleres ACLE, deberán

presentarse con el uniforme de Educación Física.

Ante actividades educativa específicas y que representen a la institución, el estudiante

deberá presentarse con uniforme escolar oficial entiéndase: polera, blusa o camisa

debidamente abotonada y dentro del pantalón, Jumper o pantalón modelo oficial y corbata

del CPSR. Los estudiantes del CPSR se presentarán correctamente uniformados según

estas exigencias.

De acuerdo al Decreto N° 215 del año 2009 del Ministerio de Educación, “los

establecimientos educacionales en acuerdo con el Centro General de Apoderadas/os, el

Consejo de Profesores/as y previa consulta al Centro de Estudiantes y al Comité de

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Seguridad Escolar, podrán establecer el uso obligatorio del uniforme escolar”. Este

uniforme está compuesto por las siguientes prendas:

Uniforme Diario Mujeres

● Jumper azul marino, cinco centímetros arriba de la rodilla. ● Sweater y/o chaqueta de polar azul marino, gris oscuro o negro. ● Blusa blanca o polera del Colegio. ● Corbata oficial del Colegio. ● Chaleco azul marino, gris oscuro o negro. ● Parka o chaquetón azul marino, gris oscuro o negro. ● Zapato Colegio, zapatillas de Colegio color negro, ni cordones de colores. ● Calcetines azul marino. ● Bufanda azul marino, blanca, gris o negro. ● Pantalón azul marino recto (no apitillado). ● Delantal cuadrillé azul desde 1° básico a 4° básico.

Uniforme Diario Hombre

● Sweater y/o chaqueta de polar azul marino, gris oscuro o negro. ● Pantalón gris de Colegio, recto (no apitillado). ● Camisa Blanca, o polera oficial del Colegio ● Corbata oficial del Colegio. ● Parka o chaquetón azul marino, gris oscuro o negro. ● Zapato Colegio, zapatillas de Colegio color negro, sin cordones de colores. ● Cotona Beige de 1° básico a 4° básico.

Uniforme para Educación Física

● Buzo oficial del CPSR. ● Polera gris o blanca, para presentarse a la clase de Educación Física. ● Short azul o negro, no calzas. Solamente durante la clase de Educación Física. ● Zapatillas DEPORTIVAS, - No utilizar zapatillas urbanas. - No utilizar zapatillas con ruedas.

Según el mismo Decreto, “los directores y directoras de los establecimientos educacionales

por razones de excepción y debidamente justificadas por los padres o apoderados, podrán

eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso de total o parcial del

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“Con Cristo aprendemos para servir”

uniforme escolar señalado en el artículo del presente decreto. En ningún caso, el

incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de

ingresar al establecimiento educacional”.

Los alumnos deben usar el uniforme oficial del establecimiento en todas las actividades

académicas, tanto programáticas como extra -programáticas. El uniforme oficial del

establecimiento.

En el caso del uso de polerones los cuartos medios u otros grupos de actividades

autorizadas en el Colegio, podrán tener uno diferente al “escolar” siendo propio de su

generación (IV° medio) o característico de su grupo.

Si el estudiante se presenta sin su uniforme o solo con parte de él, este podrá ingresar al

establecimiento y se deberá aplicar las medidas correspondientes a dicha falta. Si esto es

reiterado en el tiempo y se ven reflejadas en anotaciones en el Libro de Clases y no existen

cambios significativos se solicitará al apoderado tomar conocimiento de la situación de parte

del Equipo de Convivencia Escolar.

En actos formales: presentaciones, premiaciones, licenciatura, invitaciones a otras

instituciones u otras de igual naturaleza; se usará el uniforme oficial (blusa o camisa

blanca y corbata), a no ser que se indique otra forma de vestir.

La presentación personal, tanto de los estudiantes como de los demás miembros de la

comunidad educativa, estará basada en la higiene personal.

“Pelo limpio, ordenado, sin cortes de fantasía ni tinturas, ni decoloración”.

Rostro correctamente afeitado.

Sin adornos faciales.

Sin uñas pintadas.

Sin expansores, piercings.

Si esto es reiterado en el tiempo y se encuentra reflejado en la hoja de vida del libro de

clases y no existen cambios significativos se solicitará al apoderado tomar conocimiento de

la situación de parte del Equipo de Convivencia Escolar.

29. Relación entre la familia y el establecimiento. Todo estudiante debe contar con una apoderada/o debidamente oficializado al momento

de la matrícula. El o la apoderada/o entregará al establecimiento datos de contacto y

emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico, entre otros.

Vías de comunicación con apoderadas/os:

La vía oficial de comunicación entre el establecimiento y la familia es mediante

comunicaciones escritas, cuyo soporte puede ser agenda escolar, notificaciones,

impresos del establecimiento, etc.

La página WEB es un medio informativo y se espera que el apoderado la revise con

frecuencia para estar informado de los acontecimientos y circulares del Colegio.

Pueden existir otros medios complementarios que faciliten la comunicación entre

apoderados y el establecimiento:

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Los correos electrónicos, mensajes de texto, aplicaciones como whatsapp son medios

autorizados siempre y cuando se mantenga la formalidad y el emisor vigile que el

receptor acuse recibo.

Reuniones de apoderados de curso o de otras actividades (Escuela para

Padres, Pastoral, Sacramentos, etc.):

Las reuniones son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el

profesor/a jefe u otra persona y las o los apoderadas/os de un curso o grupo, en torno

a los aprendizajes de los estudiantes, abarcando tanto lo académico, la convivencia

escolar, espiritual u otro objetivo específico. Las reuniones ordinarias serán

calendarizadas según las necesidades del establecimiento, en horarios que potencien

la participación activa de la mayoría de las y los apoderadas/os informándolas a través

de la página web.

Las reuniones extraordinarias serán citadas por quien corresponda, previa coordinación

con Dirección.

Citaciones al apoderada/o:

Las y los docentes, directivos y profesionales que se desempeñen en el establecimiento,

podrán citar al apoderada/o para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico

o de convivencia de algún estudiante. Estas citaciones podrán ser comunicadas por

escrito a través de una comunicación y/o vía telefónica, y se realizarán en los horarios

de atención establecidos por el o la profesional que cursa la citación.

30. Salidas pedagógicas y/o actividades Extra Programáticas

Los planes y programas de estudio según la naturaleza de los mismo podrán considerar

salidas a terreno o pedagógicas las que son una extensión de las actividades curriculares

que se desarrollan en el aula por tanto estas actividades están regidas plenamente por el

reglamento de convivencia en cuanto a sus derechos y deberes.

Para la realización de estas actividades el docente a cargo deberá informar a

Coordinador/a de estudios, utilizando el formato tipo entregado por Dirección Provincial

Oriente, en dónde se señala: fecha, lugar, hora de salida y llegada, objetivos. Una vez

autorizada la salida por Coordinación, la salida se debe informar al departamento provincial

con 10 hábiles de antelación para no incurrir en falta ministerial.

Además, deberá indicar las actividades a desarrollar y la forma de evaluación. Este

formato será entregado a la Coordinación de estudios, quién gestionará la autorización

ante la Dirección Provincial de Educación, y las autorizaciones de salida con Convivencia

Escolar, para ser firmados por apoderadas/os de cada estudiante participante de la salida,

para su aprobación.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

a. Ningún alumno/a saldrá del colegio sin la debida autorización firmada por el

apoderado, permaneciendo en el establecimiento hasta el término de la jornada

habitual, trabajado bajo la responsabilidad de la Coordinación Académica.

b. Los estudiantes para poder participar en la salida pedagógica deberán presentar

uniforme completo (o como lo indique la persona a cargo de la salida) y cumplir con

las obligaciones que les demanda el establecimiento. Tanto en los aspectos

académicos como disciplinarios.

c. El docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta

su término o regreso a la institución, por lo tanto, tomará todas las medidas de

seguridad pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los estudiantes.

d. El vehículo contratado por el establecimiento para efectuar la salida pedagógica

deberá presentar copia de los permisos de tránsito, identificación del conductor,

póliza y seguros pertinentes; salir desde la institución y regresar a la misma.

e. El docente, al regresar de la actividad, deberá presentar un informe escrito a

Coordinación académica correspondiente, sobre el desarrollo de la salida; si se

hubiese presentado algún inconveniente de tipo disciplinario deberá dar

conocimiento a convivencia escolar.

f. Sé prohíbe en todo momento de la salida pedagógica el consumo o tenencia de

cualquier sustancia ilícita, como bebidas alcohólicas, cigarrillos o el uso de cualquier

tipo de sustancias alucinógenas. El estudiante sorprendido, infringiendo esta

restricción, le será aplicada la sanción disciplinaria correspondiente, de acuerdo a lo

establecido en este Reglamento de Convivencia.

g. El alumno/a, en todo momento durante la duración de la salida pedagogía, deberá

mantener un comportamiento adecuado a las disposiciones institucionales y del lugar

visitado, sea esta una Institución educativa, empresa, predio, área natural u otro, que

por sus características deban cumplirse normas específicas.

h. Previo al cumplimiento del protocolo y requisitos antes mencionados, las salidas

pedagógicas programadas y autorizadas dentro o fuera de la ciudad serán

presentadas por Dirección a la Secretaria Ministerial de Educación o a la Dirección

Provincial de educación, mediante un oficio formal, para su respectiva aprobación.

Las solicitudes se formalizarán por escrito a lo menos 15 días antes de la fecha

programada para su realización (10 día hábiles de antelación) para salidas dentro de

la ciudad y las salidas fuera de la región deben ser informadas con un mes de

anticipación.

31. Transporte Escolar.

Se considerará transporte escolar al servicio de traslado de estudiantes entre sus

hogares y el establecimiento, que cumpla con la normativa vigente del Ministerio de

Transporte y Telecomunicaciones. El contrato de servicios entre el o la apoderada/o y el

o la transportista constituye un acto comercial privado, en el cual el establecimiento no

se hace parte.

Convivencia Escolar deberá tener un registro de todos aquellos Transportes Escolares que atienden a nuestros estudiantes, solicitando: Nombres y cedula de identidad de conductor y acompañante, documentación del vehículo, etc.

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Los transportes se ubicarán en el acceso ubicado en calle Las Lomas a las horas de salida y entrada, respetando las disposiciones del asistente de la educación a cargo de la salida y entrada de los estudiantes.

32. Acompañamiento a estudiante y derivación a especialistas.

El establecimiento cuenta con profesionales especialistas en diversas materias, tales

como psicólogo/a, o psicopedagogo/a, terapeuta, entre otras, de tal forma de atender

adecuadamente las características y necesidades de las y los estudiantes. También

cuenta con redes de apoyo externo para posibles derivaciones que permitan la atención

médica, psicológica, judicial y/o de asistencia social de las y los estudiantes. Estas

derivaciones son de carácter voluntario y deben contar con el consentimiento de las y los

apoderadas/os respectivos.

33. Actividades de Libre Elección (ACLE)

Son actividades voluntarias de diversa índole fuera del horario curricular, se pueden

desarrollar dentro fuera del Colegio.

Para ellas existe un protocolo que se adjunta a este reglamento, no obstante, todo lo

expresado en este documento es válido en estas actividades.

34. De las medidas tomadas por el Establecimiento hacia los apoderados

Los apoderados deberán cumplir con los deberes expresados en este reglamento, y serán

consideradas faltas los siguientes hechos:

Ausencia reiterada a actividades pastorales y de formación que el CPSR convoque:

reuniones de apoderados, entrevistas citadas por el Profesor Jefe o asignatura,

Orientador(a), Coordinadores o cualquier otro profesional o autoridad del

establecimiento.

Realizar actos de amenaza, difamación, ofensa, injuria, calumnia y/o agresión que

involucren a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o a la Institución, por

cualquier medio verbal o escrito.

No acatar alguna de las disposiciones contenidas en el Proyecto Educativo, contrato

de presentación de servicio educacional, reglamento de Convivencia Escolar o

protocolos de actuación.

No respetar las normativas del establecimiento educacional, los protocolos,

indicaciones y procedimientos establecidos y publicados.

Afectar la convivencia del curso y de la comunidad en general.

Afectar los recursos económicos reunidos por la comunidad o parte de ella.

Dañar la infraestructura del Colegio o no respetar los materiales institucionales o

personales de cualquier miembro de la comunidad.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Portar y/o comercializar drogas a cualquier miembro de la comunidad y en cualquier

actividad del Colegio, ya sea en las dependencias internas u otra externa.

Presentarse en estado de intemperancia.

Las sanciones aplicables a los Apoderados son:

a) Amonestación escrita.

b) Imposibilidad temporal para acceder al interior del establecimiento.

c) Imposibilidad de ser recibido por alguna persona de la comunidad.

d) Imposibilidad de participar en algunas actividades del Colegio.

e) Suspensión temporal de la condición de apoderado.

f) Pérdida indefinida de la calidad de apoderado.

En cualquier caso, ante una falta se solicitará un informe previo a los afectados pudiendo

ser representados por el Encargado de Convivencia Escolar. Con este informe el director

solicitará una investigación del caso enviando un oficio informativo a la Provincial y

comunicando al apoderado cuestionado.

Esta investigación involucrará a quienes puedan tener conocimiento del hecho o puedan

ser afectados por el mismo.

Luego de la investigación, que no puede durar más de 10 días corridos, se generará un

informe oficial donde se definirá la medida a aplicar.

El apoderado conocerá este informe, deberá firmar recepción de la medida pudiendo apelar

en 5 días hábiles después de la entrega. Si el apoderado se niega a firmar se le enviará por

correo certificado a la dirección que haya indicado en el proceso de matrícula, y se contarán

5 días hábiles desde el envío de la carta para su apelación (dando por entendido que el

apoderado fue informado y se negó a firmar).

La condición de apoderado también se perderá, sin perjuicio de la aplicación de otras

sanciones, cuando el apoderado renuncie a su condición de tal. En este caso será el mismo

apoderado quien debe indicar quién será el nuevo titular, de lo contrario se asumirá que es

alguno de los padres del alumno.

Cabe destacar que los padres y apoderados siempre tendrán la posibilidad de recibir

información de los alumnos, aun cuando hayan sido sancionados o no sean apoderados

(en caso de los padres).

Dicha información se entregará en forma personal, por escrito a través de mail, carta

certificada, carta, etc. en acuerdo con el afectado, resguardando la seguridad y los acuerdos

establecidos.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

VII. MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

a. Políticas de Convivencia Escolar:

La Convivencia Escolar es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un

marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación

armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad

Educativa. Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en

los Objetivos Fundamentales Transversales, y es una responsabilidad compartida por toda

la Comunidad Educativa.

La Convivencia Escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en

distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los

actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los

Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as,

reuniones de padres y apoderados/as. El enfoque formativo contiene una dimensión

preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que

permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de

anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia,

cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este

sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo, no se limita a informar

o prohibir, sino que apunta a formar para actuar anticipadamente.

La Ley sobre Violencia Escolar Nº20536 entiende la buena Convivencia Escolar

como “la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que

supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de

los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los

estudiantes. Estableciendo además que, “todos los establecimientos subvencionados

deben contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el

establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa. Este reglamento

deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de

acción y la descripción de las diversas conductas que constituyan falta a la buena

convivencia escolar”, indicando además que “las medidas disciplinarias

correspondientes a tales conductas podrán incluir desde una medida pedagógica

hasta la cancelación de la matrícula. En la aplicación de dichas medidas deberá

garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido

en el reglamento”.

La Ley Aula Segura N°21.128 donde se determina que “Siempre se entenderá

que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad física o síquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los establecimientos, tales como agresiones de carácter sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento” y que

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el “Director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley. El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley. El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre otros. Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la expulsión o la cancelación de la matrícula.".

La ley de Inclusión Escolar 20.845, en art.1, letra e, manifiesta que “el sistema

propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el

aprendizaje y la participación de los y las estudiantes. Asimismo, el sistema propiciará

que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los y las

estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género,

de nacionalidad o de religión."

La convención de Derechos del Niño en su artículo 3, inciso 1° señala que todas

las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas

de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos

legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior

del niño.

Lo anterior se traduce en que:

a) Propiciamos un modelo educativo que adscribe los principios de la Convención

Internacional de los Derechos del niño y que potencie el pleno desarrollo de la

personalidad humana y el fortalecimiento del respeto por el otro.

b) Propiciamos la formación integral e inclusiva con alumnos de aprendizajes diferentes,

a través de los valores fundamentales de nuestra visión y misión.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

c) La educación que entregamos debe fomentar los valores democráticos, comenzando

por fomentar el respeto a los demás, por medio del diálogo constructivo entre todos:

directivos, profesores, asistentes, alumnos, padres y apoderados; procurando

siempre llegar a un consenso entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

d) Educamos a los estudiantes a reconocerse como seres humanos con fortalezas y

debilidades, las cuales se deben potenciar o superar, respectivamente. Se promueve

el desarrollo de la perseverancia, confiar en las propias capacidades y talentos, para

superarse como personas.

e) Se incentivará el autocuidado y una vida saludable para el desarrollo equilibrado de

su persona, en el plano físico, moral e intelectual.

f) Se estimulará la actividad deportiva, artística-cultural como favorecedora del

desarrollo corporal, social y un buen uso del tiempo libre y recreativo

Política de Buena Convivencia Escolar: El CPSR postula que la buena Convivencia Escolar es la coexistencia armónica de los

miembros de la comunidad educativa y supone una interrelación positiva de todos ellos,

logrando así una incidencia significativa en el desarrollo moral, socio afectivo e intelectual

de los estudiantes. Por lo tanto, la buena Convivencia Escolar constituye la responsabilidad

de todos sus miembros y actores sin excepción.

Política de Construcción de la buena convivencia:

a) El CPSR postula que la búsqueda y construcción de la buena convivencia, en el marco de la Comunidad del colegio, es un imperativo del primer orden, debido a que funciona como catalizador y facilitador de los aprendizajes. El vínculo afectivo entre docentes y estudiantes, la relación entre los estudiantes, las relaciones organizadas al interior del colegio basadas en el respeto y la capacidad del diálogo, permiten la mejor mediación y el aprendizaje de saberes contenidos en el currículum.

b) Para el logro de una sana convivencia, es necesaria la construcción de un modo de operar que permita cumplir con los objetivos de la comunidad educativa. Esto implica establecer reglas básicas de funcionamiento y de asignación de roles complementarios a los distintos actores para que la comunidad alcance sus metas.

c) La formación en disciplina es un proceso en el que se incentiva a los estudiantes progresivamente a compartir objetivos, a mirarse como parte de una comunidad, reconocer su rol, sus responsabilidades y el significado de estas. Esta formación no puede ser concebida como un conjunto de sanciones que castigan la salida del marco normativo, sino como un proceso progresivo en el que los estudiantes van compartiendo objetivos e internalizado, apropiándose y ensayando, los roles que desempeñan en marcos comunitarios más amplios y de los que se inician responsabilizándose en el colegio.

d) Los valores, a su vez, que sustentan este proceso formativo deberán ser aquellos que han sido consagrados de manera central en el Proyecto Educativo: respeto, solidaridad, verdad, responsabilidad, siendo por ello los referentes éticos a los que deben dirigirse todos los esfuerzos de formación y reparación que el colegio desarrolle en esta esfera.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

e) El objetivo último de la formación para una sana convivencia, es que los estudiantes alcancen un nivel de autonomía y formación personal que les permita actuar consciente y coherentemente, responsabilizándose de las consecuencias de sus actos. Este enfoque considera el desarrollo humano en relación a su evolución en el campo Cognitivo – comunicacional, de responsabilidad social y de juicio ético.

f) El colegio postula una formación basada en la educación permanente y coherente de sus valores, sobre la base de normas de funcionamiento y en la anticipación de consecuencias para promover el tipo de relaciones esperadas dentro de la institución.

g) La convivencia se adecuará necesariamente a la etapa del desarrollo de los estudiantes, de manera que la internalización de normas y valores adquiera sentido y por consiguiente, sea asimilable por ellos y se logre un compromiso con los principios y valores propios del Proyecto Educativo del Colegio.

h) La integración de una norma supone conocer y entender el valor que la sustenta y junto con ello experimentar su realización. Sin embargo, en el proceso de internalización, la adhesión a la norma por parte del estudiante no es permanente, de manera que las consecuencias frente a su cumplimiento o a la transgresión a una norma, deberá ser de tipo lógica y estar dirigidas a reforzar el cumplimiento y valor de ellas.

i) Los conflictos y las eventuales transgresiones de estos principios serán considerados faltas, pero a su vez, deberán ser abordados como oportunidades formativas en los diversos planos: ético, personal y social.

j) La reflexión, el diálogo, la construcción de acuerdos y la resolución respetuosa y colaborativa de los conflictos, forman parte del proceso formativo en el Colegio, que promueve la responsabilidad y el desarrollo de habilidades para la toma de decisiones, la autonomía, el responsabilizarse de los propios actos, asumir sus consecuencias y efectuar las reparaciones que sean pertinentes.

35. Órganos que participan en la Convivencia Escolar:

Equipo Directivo: La responsabilidad última en la Convivencia Escolar en el

establecimiento se encuentra en manos del Equipo Directivo, presidido por la

Dirección, Coordinación de Formación Humana, Pastoral y Coordinación Académica.

Convivencia Escolar: Es responsable de confeccionar anualmente el Plan

Estratégico de gestión de convivencia, de ejecutar de manera permanente los

acuerdos, decisiones y planes del equipo de gestión escolar relativos a convivencia,

de ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del equipo de

gestión escolar relativos a convivencia, investigar en los casos correspondientes e

informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia, a las instancias o

instituciones pertinentes y velar por el cumplimiento de los procesos administrativos

y de gestión emanados de las instancias superiores.

Consejo Escolar: Posee un carácter consultivo y lo integran el equipo de gestión

escolar, los representantes de profesores, estudiantes, padres, apoderados y

asistentes de la educación. Este consejo escolar sesionará de acuerdo a la normativa

educacional vigente.

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Consejo de Profesores y Asistentes de la Educación: Lo integran los

profesores y asistentes de la educación que tengan directa relación con el alumno, ya

sea que le impartan directamente alguna asignatura y/o que se vinculen por otras

razones dentro de la Institución y será convocado en caso de que exista la apelación

de una sanción.

Consejo general: Participan todos los profesionales de la educación y asistentes

de la educación.

36. Faltas y Abordaje Disciplinario

De acuerdo a su gravedad o reiteración de una o más, las faltas se clasificarán

en: FALTAS LEVES, FALTAS GRAVES Y FALTAS GRAVÍSIMAS.

FALTAS LEVES

Actitudes y comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucran daño físico o psíquico a otros integrantes de la comunidad educativa. Se consideran faltas leves, entre otras, las siguientes:

1. Llegar atrasado al colegio y/o a clases. 2. No presentar las tareas en el plazo acordado. 3. Usar joyas y adornos. 4. Presentarse sin el uniforme completo, ya sea a clases u otras actividades en representación

del CPSR. 5. No usar adecuadamente el uniforme del establecimiento. 6. Realizar trabajos o tareas de sectores de aprendizaje que no corresponden a la clase

que se imparte. 7. Solicitar autorización para salir de la sala de clases, sobrepasándose excesivamente

en el tiempo acordado y/o no volviendo a la sala de clases. 8. Botar basura al piso, ya sea en la sala o en otras dependencias. 9. Consumir alimentos en clases. 10. No portar su agenda escolar. 11. Presentarse sin comunicaciones y/o citaciones firmadas por apoderado(a), ya sea en la

agenda u otro medio de aviso. 12. Traer al CPSR objetos valiosos: tales como joyas, celulares, Tablet, artículos electrónicos,

elevados montos de dinero. El CPSR no se responsabiliza de sus posibles pérdidas o robos. 13. Inasistencia reiterada no justificada a evaluación atrasada. 14. Usar aparatos electrónicos durante las horas de clases. 15. Realizar otra actividad que no sea la programada por el docente y/o persona a cargo del

curso. 16. Vender productos, dentro del CPSR; excepto las previamente autorizadas 17. Interrumpir el proceso de enseñanza aprendizaje.

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18. Ensuciar, rayar o deteriorar las dependencias del CPSR 19. Jugar con agua dentro del CPSR. 20. Quedarse fuera de clases. 21. Uso de lenguaje soez. 22. Hacer mal uso de los alimentos. 23. Desacato a las órdenes impartidas por docentes y/o asistentes de educación. 24. Manifestaciones amorosas indecorosas y de irrespeto dentro del Establecimiento. 25. Todas aquellas acciones que trasgredan los deberes del estudiante enunciados en el

reglamento.

26. Realizar juegos que pongan en riesgo o en peligro la integridad física personal o de otros miembros de la comunidad escolar.

27. Dificultar o el desempeño académico y derecho a la educación de los estudiantes del establecimiento

MEDIDAS FORMATIVAS O SANCIÓN A APLICAR:

Amonestación verbal por quien detecte la falta Diálogo formativo con el estudiante Acción de Reparación Registro en hoja de vida del estudiante Servicio Comunitario Citación del apoderado

FALTAS GRAVES

Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Se consideran faltas graves, entre otras, las siguientes:

1. Abandonar la sala de clases y/o ausentarse sin autorización del docente o personal encargado

de la actividad.

2. No ingresar al lugar donde se va a rendir una evaluación. 3. Mentir a un funcionario de la comunidad.

4. Causar daño y destrucción de bienes del colegio o de sus compañeros (as) 5. Falta de honestidad en evaluación o trabajo. 6. No entregar una evaluación cuando la solicite el profesor. 7. Dañar o rayar una prueba con palabras obsenas, ofensivas a las personas o al PEI o

garabatos. 8. Negarse a rendir una prueba o evaluación. 9. Retirarse del colegio sin autorización. 10. Uso malicioso de la tecnología. 11. Burlarse de un(a) compañero (a) mediante la mofa, la ironía, el sarcasmo, la

ridiculización, el menosprecio a través de cualquier medio.

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12. Desacato a las órdenes impartidas por docentes y/o asistentes de educación, que afecte gravemente la Convivencia Escolar.

13. Actitud desafiante, irrespetuosa o despectiva hacia cualquier persona de la comunidad educativa.

14. Hacer bromas inadecuadas que atenten la dignidad de la persona. 15. Cualquier daño a la infraestructura se considerará una falta grave y los responsables

deberán asumir el costo de sus reparaciones. 16. Fumar dentro del CPSR. en cualquier horario, actividad extra programática o salida

pedagógica. 17. Ocasionar daño intencional a los bienes del Colegio como de sus compañeros. 18. Comportamiento inadecuado en actos cívicos y/o religiosos, salidas pedagógicas,

actividades extra programáticas, encuentros con Cristo.

Las faltas disciplinarias graves se deben informar a Convivencia Escolar, quien aplicará el debido proceso investigativo: comunicación al estudiante de la falta, presunción de inocencia, descargos, defensa, resolución en un plazo estipulado. Toda falta de carácter grave se comunicará al apoderado(a) y se notificará al alumno(a) la sanción que se le aplicará.

MEDIDA FORMATIVA O SANCIÓN A APLICAR:

Medidas a aplicar:

Investigación de lo acontecido por encargado de Convivencia Escolar (debido proceso) Registro en el libro de clases del hecho ocurrido por parte de quien detecte la falta. Diálogo Formativo Acción de reparación Activación de protocolos según falta cometida. Citación del apoderado por Convivencia Escolar. En aquellos casos que la situación lo amerite, derivación a especialistas. Aplicación de medidas pedagógicas y remediales según falta cometida. Darle carácter de obligatoriedad a las medidas mencionadas anteriormente, dando inicio al debido proceso Suspensión de clases. Advertencia de carta de Condicionalidad Carta de Condicionalidad Suspensión de clases como medida cautelar

FALTAS GRAVÍSIMAS

Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Se consideran faltas gravísimas, entre otras, las siguientes:

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1. Insultos, injurias, calumnias, agresión física grave y/o sicológica grave a alumnos (as) o funcionarios (as).

2. Falsificación o adulteración del libro de clases o sistema oficial. 3. Las faltas estipuladas como prohibiciones: 4. Portar armas blancas de cualquier índole. 5. Portar, consumir y/o vender alcohol, cigarrillos o drogas en el Establecimiento 6. Utilizar dentro del establecimiento cigarros electrónicos (vapeadores) 7. Sustracción de bienes materiales de otras personas o del Establecimiento 8. Participar en hechos de violencia física grave. 9. Presentar conductas de exhibicionismo o acoso sexual a cualquier miembro de la

comunidad educativa 10. Salir del CPSR sin autorización de los padres (fuga). 11. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o de cualquier

otro miembro de la comunidad educativa. 12. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,

situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

13. Exhibir transmitir o difundir por medios cibernéticos/ redes sociales cualquier conducta de maltrato escolar.

14. Acoso o maltrato escolar. 15. Asistir a clases en estado de intemperancia o bajo el efecto de alcohol o drogas. 16. Grabar y/o divulgar una grabación o amenazar con realizarla, que pudiera menoscabar la

imagen de cualquier persona de la comunidad educativa. 17. Agredir psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, en persona, por

escrito o por medios tecnológicos. 18. Intimidar psicológicamente a otro estudiante o a cualquier miembro de la comunidad

educativa, en persona, por escrito o por medios tecnológicos. 19. Sustraer una evaluación física o virtualmente antes de ser aplicada. 20. Modificar las respuestas, el puntaje o la calificación de la evaluación al momento de la

corrección. Las faltas disciplinarias gravísimas se deben informar a Convivencia Escolar, quien aplicará el debido proceso investigativo: comunicación al estudiante de la falta, presunción de inocencia, descargos, defensa, resolución en un plazo estipulado. Las faltas gravísimas que ameriten cancelación de matrícula del alumno, serán aplicadas por el director, de acuerdo al debido proceso.

MEDIDA FORMATIVA O SANCIÓN A APLICAR:

Medidas a aplicar:

Aplicación de medidas pedagógicas y remediales según falta cometida. Darle carácter de obligatoriedad a las medidas mencionadas anteriormente, dando inicio al debido proceso Investigación de lo acontecido por encargado de Convivencia Escolar (debido proceso) Registro en el libro de clases del hecho ocurrido por parte de quien detecte la falta. Diálogo Formativo

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“Con Cristo aprendemos para servir”

Acción de Reparación Activación de protocolos según falta cometida. Citación del apoderado por Convivencia Escolar. En aquellos casos que la situación lo amerite, derivación a especialistas. Aplicación de medidas pedagógicas y remediales según falta cometida. Suspensión de clases por 1 a 5 días Advertencia de carta de Condicionalidad de Matrícula Carta de Condicionalidad Matrícula Se exime de participar de ceremonia de licenciatura Suspensión como medida cautelar Cancelación de Matrícula Expulsión Denuncia a Carabineros, PDI, OPD y/o Tribunales

a) La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el Director del establecimiento.

b) Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado.

c) El estudiante afectado o su padre, madre o apoderado, podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante el Director, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.

d) El Consejo de Profesores deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes.

e) El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, el cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley.

(Supereduc,http://denuncias.supereduc.cl/cuestionario1/denuncias_tematicos.html)

37. Abordaje de la Indisciplina y Debido Proceso.

El abordaje de situaciones que constituyan falta se desarrolla a través de las instancias

formales del establecimiento, dando cumplimiento al debido proceso, es decir, un

procedimiento racional y equitativo al momento de impartir justicia al interior de la

comunidad educativa. Esto pues según el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de

la República de Chile, “toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse

en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá establecer siempre las

garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”. En este sentido, el

debido proceso al interior del establecimiento educacional debe contemplar los siguientes

pasos:

a. Prexistencia de la Norma: Sólo se puede sancionar hechos y situaciones que

estén explícitamente definidas como falta en el presente manual de convivencia, en

el N° 37. De acuerdo el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República

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“Con Cristo aprendemos para servir”

de Chile, “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona

esté expresamente descrita en ella”.

b. Detección: Todos/as las y los profesionales de la educación, directivos y

asistentes de la educación del establecimiento estarán atentos/as a situaciones que

constituyan falta por parte de las y los estudiantes, ya sea a través de la observación

directa o la recepción de denuncias. En el caso de personal administrativo o de

servicios menores, estos deberán derivar el caso inmediatamente al docente o a

convivencia escolar, responsables de las o los estudiantes involucrados/as o algún

directivo del establecimiento. El equipo de Convivencia Escolar categorizar la

gravedad de la situación de acuerdo a lo que establece este manual. En este

momento del proceso se categorizan hechos y acciones no estableciéndose aún

responsabilidades individuales ni culpabilidades.

c. Imparcialidad: El procedimiento de abordaje de las faltas debe ser realizado por

docentes, equipo de Convivencia Escolar, hasta directivos, de acuerdo a su gravedad.

Además, es fundamental que la persona que aborde una falta no esté involucrada

directamente en lo sucedido ya sea cómo víctima o agresor. Específicamente los

distintos tipos de faltas serán abordadas por:

Las FALTAS LEVES serán abordadas por cualquier DOCENTE, DIRECTIVO O

INSPECTOR/A que tenga conocimiento de lo sucedido.

Las FALTAS GRAVES serán abordadas exclusivamente por CONVIVENCIA

ESCOLAR

Las FALTAS GRAVÍSIMAS serán abordadas exclusivamente por la encargada de

Convivencia Escolar, Coordinación de Formación Humana y/o Dirección. Al inicio del

abordaje de faltas gravísimas, se dará aviso a la Dirección del establecimiento acerca

de los hechos acontecidos y los pasos y plazos que establece este manual para

indagar en la situación y establecer responsabilidades.

d. Presunción de Inocencia: Ningún miembro de la comunidad educativa puede

ser considerado/a culpable ni ser sancionado hasta cumplir con todos los pasos del

debido proceso, es decir, hasta desarrollar un procedimiento racional y justo. No se

podrá aplicar medidas formativas ni sanciones hasta desarrollar los pasos aquí

descritos.

e. Notificación a las/os involucradas/os: Todas las personas que están siendo

consideradas en el abordaje de una situación específica o en el proceso investigativo

de una falta deben saberlo explícitamente, siendo responsabilidad de la persona que

guía en el procedimiento avisarles formalmente, dejando constancia escrita de esto.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

f. Notificación a Apoderadas/os: En el caso de FALTAS GRAVES o FALTAS

GRAVÍMAS se debe solicitar una reunión entre Convivencia Escolar y el apoderada/o

de las y los estudiantes involucradas/os para informarle sobre la situación que se está

investigando y en la que su pupilo/a se encuentra involucrado/a. El objetivo es

informar al apoderada/o de los hechos y elaborar conjuntamente una estrategia de

abordaje de la situación. Este procedimiento no es excluyente a que otro/a

funcionario/a del establecimiento cite al apoderada/o de un estudiante por otros

motivos. El apoderado deberá firmar la hoja de entrevista o libro de clases y se dará

por enterado de la situación.

g. Establecimiento de Plazos: Al momento de iniciar los procesos de

investigación de responsabilidades frente a la ocurrencia de faltas, es necesario

considerar la existencia de plazos máximos para el desarrollo de las indagatorias.

Estos plazos son:

En el caso de FALTAS LEVES, el plazo máximo será de DOS DÍAS hábiles.

En el caso de FALTAS GRAVES, el plazo máximo será de CINCO DÍAS hábiles.

En el caso de FALTAS GRAVISÍMAS, el plazo máximo será de DIEZ DÍAS hábiles.

h. Derecho a Defensa: De acuerdo al Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política

de la República de Chile, “toda persona tiene derecho a defensa”, por lo que todas

las personas involucradas o sindicadas en la ocurrencia de una falta tendrán derecho

a ser escuchados/as, presentar sus descargos, argumentos y pruebas que permitan

aclarar los hechos o su responsabilidad en las situaciones que se investigan.

i. Proporcionalidad de Sanciones: El presente manual de convivencia establece

distintas medidas formativas y sanciones aplicables a distintos tipos de faltas. Esta

diferenciación resguarda la proporcionalidad entre las acciones de abordaje

institucional y la gravedad de los hechos o conductas que se abordan. Se busca

aplicar medidas y sanciones que estén directamente vinculadas a las faltas

cometidas. En el caso de faltas gravísimas, la encargada de Convivencia Escolar o el

Coordinador de Formación Humana deben avisar formalmente a la Dirección del

establecimiento las conclusiones del proceso indagatorio para acordar conjuntamente

la aplicación de sanciones o la realización de denuncias.

j. Monitoreo: Cualquier aplicación de medidas formativas o sanciones en el

establecimiento requiere establecer explícitamente los plazos de su ejecución,

definiendo además la persona que será responsable de su supervisión. En el caso de

las medidas formativas, se debe considerar plazos que racionalmente permitan su

realización y cumplimiento, así como también deberá quedar registrado en la hoja de

entrevistas los resultados de su ejecución. En el caso de las sanciones de suspensión,

condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y expulsión, su aplicación

debe ser posterior al plazo que este manual o la legislación vigente establece para

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“Con Cristo aprendemos para servir”

que el o la estudiante y/o su apoderado pueda apelar a la sanción y se concluya con

todos los pasos del debido proceso.

k. Derecho de Apelación: Toda aplicación de medidas formativas o sanciones

puede ser apelada por el o la estudiante o su apoderada/o en caso de considerarlas

injustas, desproporcionales o que a su juicio existan fallas en los procedimientos

desarrollados por el establecimiento. La instancia de apelación será con la encargada

de Convivencia Escolar. La apelación podrá realizarse personalmente por el o la

estudiante o su apoderada/o, así como también por escrito en caso que el

apoderada/o no pueda asistir oportunamente al establecimiento. El plazo para la

apelación será de un día hábil. En el caso de las sanciones “Cancelación de Matrícula”

y “Expulsión”, la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, establece que el apoderada/o

del estudiante sancionado/a podrá “pedir la reconsideración de la medida dentro de

quince días (hábiles) de su notificación, ante (el Director/a), quien resolverá previa

consulta al Consejo de Profesores de Curso. El Consejo deberá pronunciarse por

escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes

y que se encuentren disponibles”.

l. Derivación al Equipo Psicosocial: En el caso de FALTAS GRAVES y FALTAS

GRAVÍSIMAS, además de la aplicación de medidas formativas y/o sanciones, las y

los estudiantes involucrados/as podrán ser derivados al Equipo de Formación

Humana del establecimiento. Entre las acciones que debe realizar este equipo

figuran:

Recolectar antecedentes y analizar el caso.

Definir y ejecutan un plan de apoyo pedagógico y socio afectivo en un plazo definido.

Evaluar el plan de apoyo.

m. Denuncia de Delitos: En el caso de situaciones que constituyan posibles

delitos, de acuerdo al Artículo 175° de la Ley N° 19.696 o Código Procesal Penal,

“Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo

nivel, estarán obligados a denunciar los delitos que afectaren a los alumnos o que

hubieren tenido lugar en el establecimiento”. Esta Ley establece en términos

jerárquicos la responsabilidad de realizar las denuncias respectivas, recayendo en el

Director/a la primera responsabilidad al respecto.

En tanto se efectúen las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

Cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos

propios del establecimiento. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por

terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados. El derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las

decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Al momento de investigar un posible

incumplimiento al reglamento, el colegio cautelará para los estudiantes.

38. Etapas del debido proceso:

a) Notificación al estudiante, madre o apoderado del inicio del proceso sancionatorio en

su contra, de la falta por la cual se pretende sancionar y de los hechos que dan lugar a la falta. También se le informa las etapas siguientes del procedimiento y los plazos correspondientes. La notificación debe ser por escrito.

b) Presentación de descargos y medios de prueba de parte del estudiante, madre o apoderado que estimen pertinentes, por escrito.

c) Resolución por parte del /la directora(a) del establecimiento, una vez revisado los antecedentes, si aplica o no la medida. Notificará por escrito la resolución y sus fundamentos al estudiante, padre, madre o apoderado.

d) Solicitud de reconsideración. El estudiante y su madre, padre o apoderado tienen el derecho a solicitar ante el director, por escrito, la reconsideración de la medida adoptada.

e) Resolución final, donde el director resolverá la solicitud de reconsideración, consultando previamente al Consejo de Profesores, el que se pronunciará por escrito

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“Con Cristo aprendemos para servir”

EL ESTABLECIMIENTO tiene presente que:

a. Todo procedimiento en su aplicación debe ser claro y justo, conociendo las diversas

versiones sobre el o los hechos ocurridos.

i. La presunción de inocencia constituye un elemento fundamental en el procedimiento.

En relación a esto, es importante tener claro a la luz de la jurisprudencia escolar

inserta en el Manual y considerando la etapa de formación personal por la cual

atraviesan los estudiantes que ellos no son culpables sino responsables y es el grado

de responsabilidad el que se determina para las medidas a aplicar.

j. Considera el derecho a apelación que les asiste a quiénes se encuentran

comprometidos en situaciones de conflicto. Todo estudiante tendrá el derecho a

apelar cualquiera sea el grado o magnitud de la sanción aportando nuevos

antecedentes y/o pruebas que pudieran exculpar o disminuir el grado de

responsabilidad. Esta apelación deberá ser presentada de las 48 horas de emanado

el fallo ante el organismo y/o persona que emitió la resolución respectiva, el cual

dentro de 48 horas dará respuesta al recurso presentado.

k. Las sanciones que se determinan deben ser absolutamente proporcionales a las

faltas cometidas.

l. Se consideran factores agravantes y atenuantes.

39. Circunstancias Atenuantes.

La edad, desarrollo mental, circunstancias familiares, estado afectivo y ambiente social

El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta

La falta de intencionalidad en el hecho

De haber precedido de parte del ofendido provocación o amenaza proporcional a la conducta indebida

Si ha procurado con esmero reparar el mal causado o impedir sus posteriores consecuencias

Irreprochable conducta anterior.

Otras que pueden aportar los docentes, personal asistente de educación.

No Tener firmada situación disciplinar de Compromiso o Condicionalidad al inicio de cada semestre del año escolar.

No haber sido sancionado anteriormente durante el mismo año escolar, conforme a este reglamento.

Mantener durante la investigación una actitud colaborativa y veraz acompañando todos los antecedentes y medios de pruebas que tenga en su poder con el objeto de lograr el esclarecimiento de los hechos.

Registros positivos en hojas de vida anteriores a la situación de crisis de conducta y/o rendimiento.

Actuaciones destacadas y meritorias del estudiante en el desarrollo de actividades curriculares anteriores a la situación evaluada.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

40. Circunstancias Agravantes, entre otras:

La premeditación del hecho

Abusar de la relación de poder asociada a distintas circunstancias como por ejemplo a su género o de sus fuerzas

La reiteración del mismo hecho.

Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por directivos, docentes y Asistentes de Educación.

Atribuir la responsabilidad a otros u otras.

Cometer una acción que signifique poner en peligro la seguridad de la comunidad.

Los antecedentes previos en relación a su disciplina y comportamiento.

No subsanar o reparar antes del inicio de la investigación los efectos o consecuencias que pudiesen haberse ocasionado la infracción.

Haber sido sancionado anteriormente durante el mismo año escolar, conforme a este reglamento por una falta grave.

No entregar antecedentes y medios de prueba que tenga en su poder con el objeto de lograr el esclarecimiento de los hechos que importen una infracción al reglamento interno del CPSR.

No mantener una actitud colaborativa y veraz o intentar obstruir la investigación.

Haber firmado con anterioridad a los hechos alguna carta disciplinar y que se encuentre en vigencia en el año lectivo.

41. Medidas Formativas y Sanciones

Las medidas deben permitir que los(as) estudiantes tomen conciencia de las consecuencias

de sus actos de manera voluntaria, para que aprendan a responsabilizarse de ellos y

desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño.

Las Medidas Formativas y las Sanciones detalladas en este Manual podrán ser

aplicadas una o varias de manera simultánea, siempre resguardando el debido

proceso y la formación del alumno.

En el CPSR existen las siguientes medidas formativas:

a. Diálogo Formativo: Conversación entre un docente, directivo o inspector/a y las o

los estudiantes que han cometido una acción considerada falta por este manual. Esta conversación puede desarrollarse individualmente con cada estudiante o colectivamente con todas/os las y los estudiantes involucrados en alguna falta. El objetivo de la conversación es reflexionar sobre la falta cometida y sus consecuencias, así como también, elaborar acuerdos explícitos de cambio de conducta por parte de las y los estudiantes involucrados/as.

b. Acción de Reparación: “Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones

que un agresor puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño”. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as:

Pedir disculpas privadas o públicas.

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Reponer artículos dañados o perdidos.

Acompañar o facilitar alguna actividad de la persona agredida.

c. Citación al apoderado: Conversación con el apoderado, para darle a conocer la

falta cometida por el estudiante, con el fin de prevenir futuras conductas similares y

para tomar decisiones que ayuden en la formación del mismo, entre otras.

d. Reparación del daño causado: Pedir disculpas al afectado, conversar, llegar a

acuerdos, devolver lo dañado, asociadas a las técnicas de resolución de conflictos, entre otras.

e. Medidas en beneficio de la comunidad: Limpieza de parte del CPSR, entre

otras.

f. Retiro de la sala de clases: Tiempo fuera, utilizado por un profesional del CPSR,

para que el estudiante reflexione de su falta. Utilizado también, cuando un estudiante perjudica el aprendizaje del resto del curso.

g. Reubicar al niño en curso paralelo: Apoyo al estudiante afectado, previo el

consentimiento de las apoderadas/os involucrados.

h. Rebaja de la jornada escolar: En acuerdo con los padres, se le acortará la

jornada según se estime necesario, donde el establecimiento se compromete a darle las facilidades necesarias para pasar los contenidos y rendir las evaluaciones programadas.

i. Servicio comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar materiales en la biblioteca o en el Centro de Recursos de Aprendizaje, CRA, ayudar a formación católica etc.

j. Servicio pedagógico: Contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante

que, asesorado por una persona a cargo, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, recolectar o elaborar material de aprendizaje relacionado con la falta para realizar presentaciones a modo de reflexión, apoyar alumnos, etc.

k. Suspensión de clases: Como una medida de carácter formativo, que busca hacer

reflexionar al estudiante de alguna falta cometita.

l. Talleres a estudiantes: Tiene por objetivo, informar, hacer reflexionar de forma

preventiva, o como medida de acción, acerca de algún tema que lo amerite, según algún profesional lo estime necesario

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m. Talleres a apoderados: Tiene por objetivo, informar, hacer reflexionar de forma

preventiva, o como medida de acción, acerca de algún tema que lo amerite, según algún profesional lo estime necesario

n. Derivación a psicóloga interna: Medida que se lleva a cabo con el fin de detectar

y apoyar al o las estudiantes frente a dificultades emocionales, etc.

o. Establecimiento de normas por el grupo curso: Guiados por los docentes,

asistentes de la educación, Convivencia Escolar o Dirección, se ayuda a que los propios estudiantes establezcan sus propias normas de comportamiento dentro del aula.

p. Taller formativo fuera del horario de clases: Con el fin de recuperar los

contenidos no adquiridos o asimilados durante la jornada. A su vez, puede ser para reflexionar de la falta cometida.

q. Taller formativo, día sábado: Citación a un día sábado en un horario determinado

por Convivencia Escolar, para que el estudiante pueda reflexionar acerca de la falta cometida, guiado por una persona a cargo

r. Trabajo reflexivo o académico: Este trabajo puede ser realizado en el mismo

colegio o puede ser dado para el hogar, presentándolo al día siguiente o cuando se estipule.

s. Confección de diario mural: De carácter cultural o valórico.

t. Colaboración en actos cívicos: Ya sea colaborando en la organización de

espacios o en diferentes funciones determinadas por los encargados.

u. Apoyo al proceso evangelizador: Colaboración al departamento de pastoral de

nuestra institución en sus diferentes actividades evangelizadoras.

v. Otros servicios y/o actividades que determine el establecimiento educacional.

Estas medidas requieren de una supervisión seria, estricta y eficiente de parte del

encargado de Convivencia Escolar y/o quien sea designado, para que cumpla con el

objetivo. Además, las acciones reparatorias deben ser voluntarias, cuya primera instancia

es el reconocimiento de haber provocado un daño. La acción de reparación debe estar

relacionada y ser proporcional a la falta. Ejemplo: restituir un bien o pedir disculpas.

Por su parte, una SANCIÓN es la “pena que una ley o un reglamento establece para sus

infractores”. En el establecimiento educacional existen las siguientes sanciones:

a. Suspensión: Prohibición de ingreso al establecimiento educacional que se le aplica

a un/a estudiante por un periodo determinado. De acuerdo al Ordinario N° 476 del

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“Con Cristo aprendemos para servir”

año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la suspensión no puede aplicarse

por periodos que superen los cinco días hábiles, sin perjuicio que de manera

excepcional se pueda prorrogar una vez por igual periodo”. Esta sanción sólo será

aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en el N° 38 de

este manual y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la

integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. El o la

estudiante suspendido/a deberá contar con un plan de trabajo académico para los

días que duré la sanción y tendrá derecho a recibir los materiales o beneficios que el

establecimiento haya entregado durante su ausencia.

A su vez, el establecimiento puede adoptar la Suspensión de clases como Medida

Cautelar, con el fin de resguardar la efectividad del resultado de un procedimiento

determinado. Se hará efectivo en atención del inminente peligro de que una persona

agredida lo sea otra vez o que el estudiante involucrado agreda a otro miembro de la

comunidad educativa. Se aplicará con el fin de lograr resguardar el bien jurídico de

la buena Convivencia Escolar.

La Suspensión como medida cautelar tiene como finalidad el resguardo del resultado

de un procedimiento específico, en tanto existe un inminente peligro de que, de

prosperar la acción, no pueda llevarse a cabo la resolución final.

Esta medida se aplicará en situaciones puntuales, donde se afecte gravemente la

Convivencia Escolar. Ej: Estudiante en proceso de expulsión por agresiones físicas

con resultado grave a un miembro de la comunidad educativa.

b. Compromiso Disciplinar: Acto preventivo a la condicionalidad de matrícula que

el CPSR establece un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante,

el que de no ser cumplido puede conllevar a condicionar la matrícula para el siguiente

período, siempre que el estudiante no incurra en faltas consideradas como grave o

extremadamente grave dentro del presente Reglamento. Su aplicación será por parte

de la Encargada de Convivencia Escolar, Coordinador de Formación Humana o

Dirección, y será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos

en el N° 36 de este manual, en casos que justificadamente se considere que esté en

riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa.

c. Condicionalidad de Matrícula: Acto preventivo a la cancelación de matrícula que

establece un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante, el que de

no ser cumplido puede conllevar la salida del estudiante de la comunidad educativa

para el año lectivo siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del Director/a del

establecimiento y sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido

proceso descritos en el N° 36 de este manual, en casos que justificadamente se

considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la

comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la

Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una medida

disciplinaria y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que

estén consideradas como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser

revisada al final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya

aplicado”.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

d. Cancelación de Matrícula: Sanción que implica la no continuidad en el

establecimiento educacional de un/a estudiante para el año escolar siguiente a la

aplicación de esta medida. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los

pasos del debido proceso descritos en el N° 36 de este manual y en casos que

justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de

algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de

Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante

sólo podrá ser adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus

fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre,

madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la

medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad,

quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá

pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos

psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

e. Expulsión: Sanción máxima del establecimiento que conlleva la cancelación

inmediata de la matrícula a un/a estudiante. A través de este acto, el o la estudiante

deja de ser parte de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras

haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en el N° 36 de este manual y

en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o

psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N°

20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un

estudiante sólo podrá ser adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión,

junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a

su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la

reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante

la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El

Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes

técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

f. Eximición de Licenciatura: Sanción que se aplicará a alumnos de octavo básico

o cuarto medio, y se hará efectiva en aquel estudiante que se considere que no ha

modificado su conducta con las medidas previas adoptadas y se aplicara en aquel

alumno que, debido a la gravedad de la falta, se hace merecedor de la no

participación en esta ceremonia.

42. Técnicas para afrontar los conflictos:

a) La Negociación: Se realiza entre las partes involucradas, sin intervención de

terceros, los cuales buscan una solución conveniente para ambos.

b) El Arbitraje: Es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione

garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones para buscar

una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de

una reflexión crítica de la experiencia vivida.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

c) La Mediación: Es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas,

ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del

problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para

restablecer la relación y la reparación cuando sea necesario. Es importante tener

presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo de la

fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de

abuso.

43. Reconocimiento y reforzamiento de conductas y actitudes positivas

Durante el año escolar, aquellos estudiantes que se destaquen por un adecuado

cumplimiento de la normativa, tales como:

a) Tener una destacada participación en acciones y/o actividades de prevención, fomento o resolución de situaciones sobre Convivencia Escolar.

b) Superar notablemente su conducta. c) Destacarse notoriamente en su rendimiento. d) Representar dignamente al CPSR en actividad formativa de currículum o deportiva.

En todas aquellas actitudes o comportamientos que los hagan merecedores de dicho

reconocimiento sean disciplinarios, académicos o de actividades complementarias podrán

optar a los siguientes reconocimientos:

Felicitaciones verbales, Registros positivos en hoja de vida del estudiante, en las que se

destaquen cualidades y(o) acciones que permitan apreciar la vivencia de los valores que la

escuela postula. Felicitación por escrito, vía agenda, carta o con citación del apoderado,

por acciones positivas realizadas en la sala de clases o en el Establecimiento.

Reconocimiento público por participación destacada al interior o exterior del colegio en el

acto cívico de inicio de semana, en los distintos ámbitos del quehacer escolar: concursos,

torneos, presentaciones, campeonatos, obras de beneficencia, etc.

44. Protocolo en caso Acoso Escolar.

De acuerdo a la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, se entenderá por Acoso Escolar

“toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera

o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o

colectiva, atenten en contra de otros estudiante, valiéndose para ello de una situación de

superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya

sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y

condición”.

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“Con Cristo aprendemos para servir”

El Bullying o acoso escolar como fenómeno se define como una relación de abuso entre

pares. Las principales definiciones de Bullying implican a lo menos la presencia de cuatro

elementos para calificarlo como tal:

Es entre pares

Implica una situación de desequilibrio de poder.

Es sostenido en el tiempo y por tanto constituye una relación—no una situación

aislada—de abuso.

La víctima o víctimas no tienen posibilidades de salirse de esta situación.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as

para detectar o recibir denuncias sobre acosos escolar entre estudiantes. Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar

inmediatamente a Convivencia Escolar o Coordinación de Formación Humana del

establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

c) El o la Encargada de Convivencia Escolar y/o el Coordinador de Formación Humana

informará inmediatamente a la Directora del establecimiento, la denuncia recibida o los hechos observados. Responsable: Encargada de Convivencia Escolar y/o Coordinación de Formación Humana

d) En caso de que la acusación incluya un delito, la Directora del establecimiento deberá realizar la denuncia respectiva en Carabineros, PDI, OPD y/o tribunales, dentro de las 24 horas de conocido el hecho. Responsable: Director/a del Establecimiento.

e) El o la Encargada de Convivencia Escolar y/o el Coordinador de Formación Humana llevará adelante una investigación sobre la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

Entrevistar separadamente a cada una de las partes involucradas.

Revisar la hoja de vida (libro de clases) de las y los estudiantes involucrados/as. Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, inspectores, asistentes de la

educación, otros/as estudiantes, etc.). Citar a las y los apoderadas/os para informarles el proceso investigativo.

Al finalizar el proceso investigativo, la Encargada de Convivencia Escolar deberá presentar un informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados. Responsable: Encargada de Convivencia Escolar y/o Coordinación de Formación Humana f) Si la investigación confirma la denuncia recibida. Convivencia Escolar deberá:

Aplicar las sanciones que establece este manual de convivencia para estos casos. Derivar el caso al Equipo Formación Humana, quienes deberán diseñar y gestionar

acciones de acompañamiento pedagógico y/o psicosocial con las y los estudiantes involucrados según sea el caso. Responsables: Encargada de Convivencia Escolar y/o Coordinación de Formación Humana

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g) Si una o ambas partes involucradas, no está de acuerdo con las medidas o sanciones

aplicadas, podrá ejercer su derecho de apelación ante Dirección del establecimiento

según se establece en el presente manual.

En caso que alguna de las partes involucradas sienta que se han vulnerado sus derechos, puede acudir a la Oficina de Atención a la Comunidad Escolar de la Dirección de Educación Municipal, la Superintendencia de Educación Escolar y/o la Corte de Apelaciones de Santiago. Responsable: Partes involucradas.

h) Finalmente, el acoso escolar será abordado pedagógicamente por medio de intervenciones de curso a cargo de las psicólogas del establecimiento, en conjunto con el/la profesor/a jefe, en los momentos de orientación, consejo de curso o alguna asignatura a fin, generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel donde se detectó el caso. Este abordaje se realizará de manera despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado. Responsable: Psicólogas y Profesor/a Jefe.

45. Protocolo en caso de Violencia de un Adulto/a hacia un/a Estudiante.

La convivencia escolar es el conjunto de relaciones entre todos los actores de una

comunidad educativa, por lo también existe la posibilidad de conflicto y violencia entre

distintos estamentos, por lo que cualquier situación de este tipo será abordada de

acuerdo al siguiente procedimiento de acción:

1. Todos/as los docentes, asistentes de la educación y directivos del establecimiento

estarán atentos/as para detectar casos o recibir denuncias sobre violencia por parte

de un/a adulto/a hacia un/a estudiante.

2. Cuando un/a docente, asistente de la educación y/o directivo detecte algún caso o

reciba una denuncia de este tipo, deberá avisar inmediatamente a la Dirección del establecimiento.

3. Una vez recibida la denuncia, la Dirección del establecimiento reunirá los

antecedentes pertinentes a cada caso, entre los que no puede faltar:

a. Testimonio de cada estudiante involucrado/a a través de una conversación privada y confidencial. b. Testimonio de quien detectó el caso o recibió la denuncia. c. Testimonio del docente, asistente de la educación y/o directivo denunciado/a.

4. Si los antecedentes recolectados lo ameritan, la Dirección del establecimiento efectuará las denuncias respectivas en la Dirección de Educación Municipal, la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia (OPD), carabineros o PDI.

46. Protocolo en caso de Maltrato Infantil y/o Abuso Sexual Infantil.

De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño/a, el maltrato infantil es “toda

forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o

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explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de

los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su

cargo”. Frente a estos casos, la función del establecimiento educacional NO ES

INVESTIGAR EL DELITO NI RECOPILAR PRUEBAS SOBRE LOS HECHOS, sino

actuar oportunamente para proteger al estudiante, denunciar los hechos y/o realizar la

derivación pertinente. Tanto la investigación como el proceso de reparación están a

cargo de otros organismos e instituciones especializadas.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as

para detectar o recibir denuncias sobre maltrato infantil y/o abuso sexual infantil.

Frente a estas situaciones, se debe tener siempre presente NO emitir juicios ni

atribuir responsabilidades.

Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar

inmediatamente a la Dirección del establecimiento, dejando constancia escrita del

caso.

Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia. c) La Dirección del establecimiento, Encargada de Convivencia Escolar deberá

realizar las siguientes acciones:

Revisar la hoja de vida (libro de clases) del o la estudiante involucrado/a.

Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, orientador/a, asistentes de la

educación, etc.).

Coordinar con los profesionales de la dupla psicosocial la emisión de un informe del

o la estudiante. Todos los antecedentes recolectados serán manejados con reserva, protegiendo la

intimidad y privacidad del o la involucrado/a. Responsable: Encargada de Convivencia Escolar.

d) La Dirección, Psicólogas o quien reciba el primer relato deberá realizar la denuncia respectiva, dentro de las 24 horas de conocido el hecho. Responsable: Persona que reciba el primer relato.

e) En el caso que el estudiante presente señales físicas del maltrato o abuso, debe ser

trasladado inmediatamente al Servicio de Salud de Urgencia o al Servicio Médico

Legal. En estos mismos lugares se podrá interponer la denuncia ante el funcionario

de Carabineros destinado en el recinto asistencial. Se debe actuar como si se tratara

de un accidente escolar, no se requiere de la autorización de la familia, aunque ésta

debe ser informada una vez detectada la situación.

Responsable: Encargada de Convivencia Escolar, Profesional del Equipo de Convivencia Escolar o Psicólogas. f) Los profesionales psicosocial del establecimiento deberán:

Escuchar y contener al estudiante en un contexto resguardado y protegido, sin

confrontar su versión.

En el caso de abuso sexual, NO se deberá propiciar un nuevo relato de los

hechos.

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Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la estigmatización y

victimización secundaria.

Monitorear periódicamente el estado emocional y asistencia a clases del o la

estudiante.

Informar de manera escrita el estado del caso a la Dirección del establecimiento. Este acompañamiento debe ser mantenido hasta que obtenga atención

reparatoria especializada. Responsable: Profesional psicosocial.

g) La Dirección del establecimiento en el momento de comunicarle lo sucedido al apoderada/o del estudiante involucrado/a, debe estar acompañado/a por un/a psicólogo/a, y realizar acciones de contención de ser necesario. Responsable: Director/a y Equipo Psicosocial

h) La Dirección del establecimiento debe informar, a través de un oficio a la Dirección de

Educación Municipal de Lo Barnechea, la situación presentada y las acciones

realizadas.

Responsable: Director/a del Establecimiento.

47. Protocolo en caso Consumo de Drogas.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as

para detectar o recibir denuncias sobre consumo de drogas entre estudiantes. Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente a Convivencia Escolar o Coordinación de Formación Humana del establecimiento, dejando constancia escrita del caso. Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

c) El/la Encargado/a de Convivencia Escolar o Coordinador de Formación Humana informará inmediatamente a la Directora, sobre la denuncia recibida o los hechos observados. Responsable: Encargada de Convivencia Escolar

d) Convivencia Escolar llevará adelante una investigación sobre la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

Entrevistar las o los estudiantes involucrados/as.

Revisar la hoja de vida (libro de clases) de las y los estudiantes involucrados/as. Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, orientador/a, asistentes de la

educación, otros/as estudiantes, etc.). Citar a las y los apoderadas/os para informarles el proceso investigativo. Al finalizar el proceso investigativo, Convivencia Escolar deberá presentar un

informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados. Responsable: Convivencia Escolar

e) Si la investigación confirma la denuncia recibida. Convivencia Escolar deberá:

Aplicar las sanciones que establece este manual de convivencia para estos casos. Derivar el caso al Equipo de Formación Humana quienes deberán diseñar y

gestionar acciones de acompañamiento psicosocial con las y los estudiantes

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involucrados según sea el caso. La aceptación como negación de la derivación a especialistas debe ser autorizada por escrito por el o la apoderada/o del estudiante respectivo y quedar registrada en la hoja de vida del libro de clases o en la hoja de entrevista correspondiente.

Responsables: Convivencia Escolar y Formación Humana.

f) El Equipo de Formación Humana, en especial psicología realizará entrevistas en profundidad que permita caracterizar el consumo, así como también, información relevante a nivel familiar y social. Responsable: Formación Humana, Psicología.

g) Parte del equipo de Formación Humana, citará al apoderada/o para informarles la situación y acordar un procedimiento a seguir al interior del establecimiento y/o derivaciones a las redes de apoyo externa (Ser Joven, Centro de Salud Familiar u otro). En caso de consumo Abusivo o Dependiente, se debe informar que el Programa AUGE o GES cubre su tratamiento. Es fundamental que quede un registro por escrito de estos acuerdos y se realizará seguimiento mensual con el organismo al cual se derivó. Responsable: Formación Humana, Psicología.

h) Se informará a la Directora de la situación del estudiante y el plan de acción diseñado, manteniendo siempre la confidencialidad y reserva de los antecedentes, para efectos de brindar un apoyo real al estudiante y su familia y la contención que sea necesaria. Responsable: Formación Humana, Convivencia Escolar y Psicología

i) Se adoptarán medidas tendientes a garantizar la permanencia del estudiante con problemas de consumo en el sistema escolar:

Mantener matricula mientras se lleve a cabo el plan de intervención.

Otorgar facilidades para la asistencia al proceso terapéutico u otra acción

contemplada. Solicitar informes periódicos de evolución del tratamiento.

Responsable: Formación Humana, Psicología.

j) Finalmente, el consumo de drogas será abordado pedagógicamente por las

psicólogas y los docentes en los momentos de orientación, consejo de curso o alguna

asignatura a fin, generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel

donde se detectó el consumo de drogas. Este abordaje se realizará de manera

despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado.

Responsable: Profesor/a Jefe y Psicóloga

48. Estrategias de Resolución Alternativa de Conflictos (ERAC).

El establecimiento implementa la mediación de conflictos como mecanismo alternativo

para resolver los conflictos entre estudiantes. Por lo que cualquier docente, directivo o

asistente de la educación, podrán derivar estudiantes que mantengan un conflicto a un

proceso de este tipo. La mediación es una conversación entre las o los estudiantes que

tienen el conflicto y una dupla de mediadores/as que pueden ser docentes o estudiantes

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especialmente capacitados/as para desarrollar este rol. La conversación busca establecer

acuerdos que permitan un mejor trato y superar el conflicto respectivo.

La participación de los estudiantes en una mediación constituye un acto voluntario que

da cuenta del interés de las y los involucrados por solucionar su conflicto. La comunidad

educativa respalda este procedimiento, respetando los acuerdos a que lleguen los

involucrados en un proceso de mediación y no aplicando sanciones adicionales por las

faltas relacionadas directamente por el conflicto derivado a mediación. El proceso de

mediación es una estrategia institucional del establecimiento, por lo que se deberá dejar

constancia en una hoja de entrevista, con la fecha y situación que ameritó la derivación y

posteriormente, se registrará si hubo un resultado positivo o negativo de dicha mediación.

Si los estudiantes mediados/as establecen y cumplen sus acuerdos, el conflicto se dará

por superado, sin que se les aplique ninguna sanción disciplinaria al respecto. Sin

embargo, si el procedimiento fracasa o los acuerdos establecidos no son respetados, las

y los involucrados/as serán sancionados de acuerdo a lo establecido por este manual en

su capítulo de faltas y sanciones.

La mediación podrá ser solicitada en aquellos conflictos entre adultos del establecimiento, siempre y cuando los niveles del conflicto no hayan llegado a expresiones de violencia física, de la disposición de la Dirección del establecimiento y de los propios involucrado

49. Protocolo de Alumnas Embarazadas

El establecimiento garantizará el derecho a la educación de toda alumna que presente situación de embarazo; asumiendo además una actitud de acogida y acompañamiento, para apoyarla cuando sea necesario. Para ello, se establecen los siguientes procedimientos y normas. La alumna que presenta un estado de embarazo, debidamente certificado por el médico especialista, deberá, en primer lugar, comunicarlo al profesor jefe y/o Coordinador académico de su nivel, a través de su Apoderado, quienes informarán a Dirección y otras instancias del colegio. La Dirección, tendrá con posterioridad una conversación formativa con la familia. Se diseñará un plan de trabajo para la alumna, de manera tal que ella pueda cumplir con las exigencias mínimas de asistencias, evaluación y promoción escolar vigentes, por parte del profesor /a jefe y coordinación académica. La alumna embarazada podrá asistir a clases regulares o ser atendida por tutoría, en los diferentes sectores, hasta la fecha de licencia prenatal, de acuerdo a la prescripción médica autorizada. Cada profesor(a) en conjunto con Coordinación Académica y la alumna, coordinaran las fechas de las evaluaciones y exigencias mínimas del sector de aprendizaje. Para ser promovida al curso superior, la alumna, deberá completar a lo menos el 60% de la asistencia anual y obtener el mínimo de calificaciones reglamentarias en cada subsector, exigidas en el reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. Durante el período en que la alumna esté inhabilitada para asistir a clases, deberá realizar las actividades y trabajos previamente determinados y calendarizados, para cumplir con el mínimo de calificaciones exigidas, en cada sector de aprendizaje. Al reincorporarse a clases, de acuerdo a la prescripción médica, la alumna deberá cumplir con las exigencias de alumna regular, igual que el resto del curso.

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Las inasistencias a clases por enfermedad del (la) hijo(a) menor de un año, se contarán dentro del porcentaje de asistencia. Las alumnas embarazadas tendrán los siguientes Derechos y Obligaciones:

Derechos

a) Derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el Establecimiento. b) Cobertura médica a través del Seguro Escolar. c) Derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la licenciatura o en actividades extra programáticas. d) Derecho a ser promovida de curso con un % de asistencia menos a lo establecido por el Ministerio de Educación, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas a través de certificado médico. e) Derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo f) Derecho a amamantar, para ello puede salir del Colegio en recreos o en horarios que indique el Centro de Salud o médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de la jornada diría de clases durante el período de lactancia (6 meses), o retirarse una hora antes de la Jornada escolar. g) Apelar a la Secretaría Regional Ministerial, si no se encuentra conforme con lo resuelto por Dirección respecto a su condición en particular.

Deberes a) Informar a las autoridades del Colegio de su condición de embarazo, entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe, Coordinación de Ciclo y dirección de Convivencia. b) Asistir a los controles de embarazo, postparto y control sano de su hijo en el Centro de Salud o Consultorio correspondiente. c) Justificar los controles de embarazo y control niño sano con el carné de control salud o certificado del médico tratante o matrona. d) Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado al profesor jefe. e) Asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así como eximida en caso de ser necesario. Al ser madre, estará eximida de Educación Física hasta que finalice el periodo de seis semanas después del parto (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/ la médico tratante, podrá ser eximida de este sector de aprendizaje por el tiempo que sea necesario según el Reglamento de Evaluación y Promoción del Colegio. f) Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si se encuentra con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos.

48. Protocolo ante enfermedades y/o accidentes escolares

a. Antecedentes

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El Decreto 313 del ministerio de Educación dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Definición de Accidente Escolar: (decreto 313): “Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que pueden sufrir en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales”. En caso de accidente escolar todos los estudiantes desde Pre kínder hasta cuarto año medio, estarán afectos al Seguro Escolar, entregado por el Estado, para ser utilizado en los servicios médicos públicos, desde el instante en que son matriculados por su apoderado. El siguiente documento tiene por finalidad poner en conocimiento de todos los miembros de nuestra comunidad educativa el protocolo de acción frente a accidentes escolares e informar de una manera clara y concreta la intervención que se presta en cada situación de urgencia durante el horario escolar.

b. Función de primeros auxilios:

La Sala de Primeros Auxilios sólo dispone de equipamiento para una primera atención (vendas, férulas, material de curación etc.) así como para realizar una exploración física o traslado (camilla de traslado, tabla espinal, silla de ruedas, termómetro, tensiómetro, fonendoscopio, gel-frio-calor, guatero, entre otras)

c. Objetivo de Primeros Auxilios:

Proporcionar la máxima seguridad y bienestar los alumnos. Horario de atención de Primeros auxilios: El horario oficial de Primeros Auxilios es de

lunes a viernes, de 08:00-16:30 horas durante el periodo normal de clases. Información obligatoria que debe entregar el apoderado El apoderado, para los efectos de comunicación en los casos señalados, debe

informar y mantener actualizados sus datos de contacto y prestador de seguros de accidentes si tuviera: - Teléfono de red fija y celular - Informar Centro de Atención Privado en que tiene convenio o seguro. En si

defecto se entenderá que debe ser remitido al Servicio Público según corresponda, en la agenda escolar del alumno/a.

d. Sobre el uso de fármacos:

A los alumnos/as No se administra ningún medicamento, sólo agua de hierbas en caso de dolor de estómago. Es muy importante completar y actualizar año a año, los datos de la ficha médica de Salud para informar, en caso de accidente, al personal paramédico que lo retirará desde el colegio en ambulancia para proporcionar la primera atención clínica en ausencia de los padres.

Normas generales:

- En el caso que el estudiante este siendo tratado con medicamentos prescritos por un médico, el apoderado deberá notificar por escrito al colegio si su administración

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debe efectuarse durante la jornada escolar, PRESENTADO EL DOCUMENTO MÉDICO QUE LO ACREDITE.

- En caso de que algún estudiante presente malestar físico persistente, el colegio se pondrá en contacto con el apoderado o en su defecto con algún familiar a quien se haya autorizado, en la agenda escolar y en la ficha de Salud, para que se acuda a retirar al alumno.

- En caso de Accidente Escolar la encargada de Primeros Auxilios del establecimiento tomará contacto telefónico con su Apoderado informando lo sucedido, procediendo de inmediato a extender el formulario de Accidente para hacer efectivo el Seguro Escolar. El estudiante será acompañado en todo momento, si el servicio de urgencia lo permite, por un funcionario del colegio, el que permanecerá con él hasta la llegada de su apoderado.

e. Procedimientos:

a) En caso de enfermedad o accidente menos grave y estado de salud que permita al

alumno volver a la sala de clases. Casos o Dolencias: Cefaleas Dolor de garganta Dolor abdominal leve y anomalías leves, Es sumamente importante aclarar que la encargada de Primeros Auxilios no está autorizada a dar medicación alguna al alumno, sólo podrá recibir agua de hierbas para luego volver a clases.

- Acción a seguir:

El alumno será enviado a la Sala de Primeros Auxilios, se realizarán los primeros auxilios, la encargada observará al estudiante y si no hay mejoría se llamará al apoderado para que retire a su hijo. Los pequeños accidentes, cuyo tratamiento puede realizarse en la Sala de Primeros Auxilios, serán atendidos sin ningún trámite avisando al apoderado al teléfono registrado en su ficha personal o la libreta de comunicaciones, con informativo de enfermería. En caso de dolencias: Convulsiones con o sin pérdida de conciencia, Traumatismo Craneoencefálicos moderados y graves, Paro cardio-respiratorio, Crisis de Asmas, Reacciones alérgicas, fracturas, heridas inciso contusas sangrantes, vómitos con presencia de sangre, cuerpos extraños en vías respiratorias, Abdomen agudo, hemorragias.

b. En caso de accidentes leves y cuando el alumno debe retirarse del colegio para ser evaluado por un profesional idóneo. Casos o dolencias:

Vómitos Diarrea Fiebre Otitis Procesos gripales y tos Dolor abdominal agudo o persistente.

- Acción a seguir: En los casos en que el accidente requiera atención médica, en el colegio se realizará una evaluación inicial en la oficina de Primeros Auxilios y luego se llamará a los padres

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y /o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud o médico particular que estimen conveniente.

c. En caso de accidentes graves y casos de emergencia vital. Estos son aquellos que requieren de atención inmediata de asistencia, tales como:

Heridas cortantes profundas Fracturas expuestas Traumas en general Perdida del conocimiento Quemaduras Atragantamiento por comida u objetos Contusiones diversas en extremidades o diversas zonas del cuerpo donde la

valoración radiológica sea necesaria para detectar posibles fracturas esguinces, fisuras etc. Heridas inciso contusas que requieren puntos de sutura Contusiones en la boca donde hay rotura parcial o pérdida total de algún diente y

para lo que se requiere una evaluación dental Cuerpos extraños en el globo ocular, oídos y nariz. Posible intoxicación, etc.

- Acción a seguir: El adulto responsable más cercano al accidente procederá a aislarlo y llamar a la encargada de Primeros Auxilios para brindarle asistencia de acuerdo a sus competencias y gravedad. Si la gravedad del alumno requiere atención médica urgente, éste será trasladado de forma inmediata al centro asistencial público más cercano en ambulancia o medio de transporte público(taxi) al SAPU de Lo Barnechea. Solo si se encuentra declarado en la ficha de salud y en la agenda escolar se llamará al centro de salud privado o Clínica en caso que el apoderado ha declarado tener contratado un seguro privado. La encargada de Primeros Auxilios será quien acompañe al alumno en la ambulancia hasta que el apoderado acuda al lugar. El adulto responsable que dio aviso a la enfermera debe ocuparse de que se llame a la ambulancia desde la recepción y avisar a dirección. El Coordinador de Ciclo, Convivencia Escolar, o quien sea designado en ese momento se contactará al apoderado para informarle de lo ocurrido y para que se dirija al centro de salud donde ha sido derivado el alumno/a. Es fundamental que el adulto que sabe del accidente esté presente, en caso de requerirse mayor información.