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C ENTRO DE E DUCACIÓN T ÉCNICO P RODUCTIVA “N UESTRA S EÑORA DE L OURDES - SURQUILLO - R R EGLAMENTO I I NTERNO 2009

Reglamento Interno 2009

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Page 1: Reglamento Interno 2009

CENTRO DE EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA

“NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”

- SURQUILLO -

RREEGGLLAAMMEENNTTOO IINNTTEERRNNOO

2009

Page 2: Reglamento Interno 2009

INTRODUCCIÓN

Toda Institución Educativa necesita normar y regular el desenvolvimiento institu-

cional en sus aspectos Técnico Pedagógico y Administrativo, de conformidad con

lo dispuesto en la Ley General de Educación. Por tal motivo es necesario contar

con un Reglamento Interno

El Reglamento Interno es un documento de gestión institucional que permite nor-

mar y regular los aspectos funcionales y organizacionales del Centro de Educa-

ción Técnico Productiva “Nuestra Señora de Lourdes”. Asimismo, permite orientar

y delinear las responsabilidades de los agentes que participan en el proceso

educativo, delimitando sus competencias y atribuciones, para poder alcanzar las

metas trazadas.

Page 3: Reglamento Interno 2009

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 01. La finalidad del presente Manual de Funciones y Reglamento Interno es normar las

relaciones, la organización y el funcionamiento de la Comunidad Educativa del Centro

de Educación Técnico Productiva “Nuestra Señora de Lourdes”, perteneciente a la

Unidad de Gestión Educativa Local N° 07 - San Borja.

Art. 02. Los objetivos de este documento de gestión Institucional son los siguientes:

a) Definir la identidad del Centro de Educación Técnico Productiva “Nuestra Señora

de Lourdes” de Surquillo, y precisar su orientación y organización.

b) Normar las relaciones entre los organismos componentes del CETPRO y entre el

CETPRO y la Comunidad Local.

c) Establecer las características del trabajo educativo en el CETPRO.

d) Definir el Régimen Disciplinario del CETPRO así como el cuidado de la infraes-

tructura.

Art. 03.- El presente Manual de Funciones y Reglamento se sustentan en los siguientes disposi-

tivos legales:

a) Constitución Política del Perú.

b) Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

c) Ley Nº 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria la Ley 25212 (Mayo de

1990) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED

d) Ley 29062 (Julio del 2007), Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referi-

do a la Carrera Pública Magisterial.

e) Ley Nº 28340, Sistema de Información de Educación para el Trabajo.

f) D.S. Nº 022-2004-ED, Reglamento de Educación Técnico Productiva.

g) D.S. Nº 003-2006-ED, Ampliación de la conversión hasta el 2008.

h) D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de Gestión del Sistema Productivo.

i) D.S. Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del MED.

j) R.M. Nº 0298-2007-ED. Normas Complementarias para la elaboración y aproba-

ción del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instancias de Gestión

Educativa Descentralizadas.

k) D.S. 028-2007-ED. Actividades Productivas.

l) R.M. Nº 048-2005-ED – Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de

las Instituciones Técnico Productivas.

m) D.S. Nº 50-82-ED. Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa

n) R.M. Nº 016-96-ED. Manual del Director

Page 4: Reglamento Interno 2009

o) R.M. Nº 5690-83 Resolución de creación del CETPRO “Nuestra Señora de Lour-

des”.

p) R.D. Nº 0588-2006-ED. Diseño Curricular Básico para Educación Técnico Pro-

ductiva Ciclo Básico.

Art. 04.- El ámbito de aplicación de este documento es el Centro de Educación Técnico Produc-

tiva “Nuestra Señora de Lourdes”. Regula las relaciones entre el personal Docente,

Administrativo y Alumnos pertenecientes a la la UGEL N° 07 y la comunidad en ge-

neral.

Page 5: Reglamento Interno 2009

CAPÍTULO II DEL CENTRO DE EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA

“NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”

CREACIÓN

Art. 05. El CETPRO “Nuestra Señora de Lourdes”, fue creado bajo la Resolución Ministerial

Nº 5690 del 28 de Diciembre de 1983. En la actualidad somos Centro de Educación

Técnico Productiva con carácter experimental según R.M. Nº 0285-2005-ED.

Tiene su sede institucional en la Av. Angamos Este Nº 1957, en el distrito de Surqui-

llo.

Se rige por las disposiciones de la Ley General de Educación y su Reglamento, por el

presente Reglamento Interno y sus disposiciones específicas.

OBJETIVOS

Art. 06. Los Objetivos del CETPRO son los siguientes:

a) Orientar nuestro servicio Educativo hacia la capacitación y el crecimiento integral

de las personas, preparándolas para el mercado laboral.

b) Promover la formación integral de los estudiantes buscando la aparición y/o con-

solidación de los siguientes rasgos en su personalidad:

Conciencia de su realidad personal y social, critica constructiva, creatividad.

Sensibilidad, sentido comunitario, solidaridad.

Capacidad para realizar, de manera responsable y organizada, un trabajo so-

cialmente útil.

c) Promover la actualización constante, personal y profesional, del personal Docente

y Administrativo.

d) Propiciar las buenas relaciones humanas entre todos los estamentos que confor-

man la comunidad Educativa del CETPRO “Nuestra Señora de Lourdes”.

Art. 07. Los Principios normativos que rigen las relaciones humanas en este Centro de Educa-

ción Técnico Productiva son los siguientes:

a) Diálogo: La dignidad humana de todo trabajador exige respeto mutuo, fundamen-

tal en las relaciones horizontales y abiertas entre los distintos miembros de la Ins-

titución.

b) Participación: Todos estamos llamados a tomar parte en las tareas educativas que

busquen el desarrollo integral de todos.

Page 6: Reglamento Interno 2009

c) Subsidiariedad: La autoridad debe demostrar su confianza en el personal docente

y no docente, evitando interferir en sus funciones, salvo caso de negligencia o in-

competencia.

d) Corresponsabilidad: Para el logro de la finalidad y objetivos del Proyecto Educa-

tivo de este CETPRO, todos los miembros que formamos los diversos estamentos

de la Comunidad Educativa compartimos la responsabilidad.

FUNCIONES GENERALES

Art. 08. La Institución Educativa tiene como función ordenar, y hacer cumplir las actividades

solicitadas al personal que labora en el CETPRO “NUESTRA SEÑORA DE

LOURDES” en la parte Técnico Pedagógico y Administrativo.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 09.- El CETPRO “Nuestra Señora de Lourdes” cuenta con la siguiente Estructura Orgáni-

ca:

A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

1. Dirección.

2. Coordinación o Subdirección Académica.

3. Subdirección Administrativa.

B. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA:

1. Consejo Educativo Institucional (CONEI).

2. Comité de Taller.

C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO:

1. Consejo Académico.

D. ÓRGANOS DE LÍNEA:

1. Departamento de Actividades Productivas y de Servicios Empresariales.

2. Equipo Docente.

E. ÓRGANOS DE APOYO:

1. Equipo de Administrativo.

Art. 10. El Órgano de Dirección: Es el responsable de dirigir y orientar el funcionamiento ge-

neral del CETPRO, así como de conducir el desarrollo de las acciones educativas.

Art. 11. Los Órganos de Participación, Concertación y Vigilancia: Son los encargados de Co-

laborar y mantener un clima de armonía y buenas relaciones, proporcionando oportu-

namente los recursos necesarios para el adecuado desarrollo de las Acciones Educati-

vas.

Page 7: Reglamento Interno 2009

Art. 12. Los Órganos de Asesoramiento: Son los órganos encargados de asesorar a la Dirección

en la formación, ejecución y evaluación de las acciones y servicios educativos que

desarrolle el Centro de Educación Técnico Productiva.

Art. 13. Los Órganos de Línea: Son responsables del desarrollo académico intelectual, físico y

moral de los estudiantes, de acuerdo con los fines y objetivos de la educación peruana.

El profesorado es el agente fundamental de la Educación, participa activamente en la

gestión educativa a través de su labor pedagógica y contribuye con la familia, la co-

munidad y el Estado en la formación y capacitación del estudiante.

Art. 14. Los Órganos de Apoyo: Son los encargados de brindar servicios administrativos y de

mantenimiento para el adecuado desarrollo de las Acciones Educativas.

Page 8: Reglamento Interno 2009

CAPÍTULO III DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS

DE LOS ÓRGANOS Y MIEMBROS COMPONENTES

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Art. 15. Funciones y Requisitos de la DIRECTORA:

FUNCIONES DE LA DIRECTORA:

La Directora es la máxima autoridad y representante legal del CETPRO, responsable

de la gestión administrativa, institucional y pedagógica; cumple las siguientes funcio-

nes:

a). Conducir y representar a la Institución Educativa de conformidad con lo estable-

cido en el Artículo 68 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

b). Elaborar, aprobar mediante Resolución, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo

Institucional, así como su Plan Anual de Trabajo y su Reglamento Interno, en

concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa per-

tinentes.

c). Planificar, Organizar, conducir y evaluar los procesos de gestión pedagógica insti-

tucional y administrativa.

d). Diversificar y complementar el Diseño Curricular Nacional, con la participación

del Personal Directivo, Jerárquico, Docente y sectores productivos de la localidad.

e). Otorgar Certificados, Diplomas y Títulos según corresponda.

f). Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.

g). Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesi-

dades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su

aprendizaje.

h). Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.

i). Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica, de gestión, expe-

rimentación y actividades productivas y empresariales.

j). Promover el desarrollo educativo, cultural, deportivo y productivo de su comuni-

dad.

k). Coordinar con las empresas para el desarrollo de las Prácticas Pre-profesionales y

Pasantías de los estudiantes y los docentes.

l). Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.

ll). Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del per-

sonal docente y administrativo, con participación del CONEI, y en concordancia

con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad especifica.

Page 9: Reglamento Interno 2009

m). Desarrollar acciones de formación y capacitación del Personal.

n). Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y rendir

cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la

comunidad educativa y autoridades superiores.

ñ). Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

o). Presidir el Consejo Educativo Institucional (CONEI), promover relaciones huma-

nas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la

comunidad educativa.

p). Establecer, en coordinación con el CONEI, antes del comienzo del año lectivo, la

calendarización, adecuándola a las características geográficas, económico-

productivas y sociales de la localidad, teniendo en cuenta las orientaciones regio-

nales, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el

marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de

Educación para el inicio del año escolar.

q). Coordinar con el Comité de Estudiantes del CETPRO, de conformidad con lo es-

tablecido en las respectivas normas.

r). Delegar funciones al Coordinador, subdirector y al jefe de actividades productivas

y empresariales.

s). Estimular el buen desempeño docente, estableciendo en el CETPRO, prácticas y

estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experien-

cias exitosas.

t). Promover y suscribir, en el ámbito de su competencia, acuerdos, convenios con

otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento.

u). Coordinar acciones intersectoriales, o estrategias de información con los sectores

tales como: Ministerios de Trabajo, Producción, turismo entre otros.

v). Cautelar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo y permanencia del per-

sonal docente y administrativo en el CETPRO.

w). Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infra-

estructura del CETPRO y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y

equipamiento, así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.

x). Promover y difundir las actividades del CETPRO, a través de los medios de co-

municación, en coordinación con los estamentos del CETPRO.

y). Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual del CETPRO en coherencia con

el Plan Anual de Trabajo y la participación de la comunidad educativa, publicán-

dolo e informando trimestralmente, a su comunidad educativa, el avance de la

ejecución respectiva.

z). Actuar en los asuntos de su competencia con transparencia, dinamismo, eficacia,

flexibilidad y tolerancia.

Page 10: Reglamento Interno 2009

REQUISITOS PARA DIRECTORA:

a). Poseer título pedagógico en Educación Técnica o título profesional universitario

relacionado con alguna de las opciones ocupacionales o especialidades que oferta

el CETPRO con formación pedagógica.

b). Estar inscrito en el Colegio Profesional correspondiente.

c). Estudios de Post-grado o especialización en gestión, administración, tecnología o

supervisión educativa.

d). Experiencia mínima docente de 10 años de servicios oficiales, de los cuales

mínimo 3 años en CETPRO.

e). Gozar de buena salud física y mental, acreditado por certificado médico.

f). No poseer antecedentes penales, o sanciones administrativas, ni tener en curso

procesos administrativos de cualquier índole.

Art. 16. Funciones y Requisitos de la COORDINADORA O SUBDIRECTORA ACADÉ-

MICA:

FUNCIONES DE LA COORDINADORA O SUBDIRECTORA ACADÉMICA:

Es un cargo directivo equivalente a subdirector de la Institución Educativa, con jorna-

da laboral de 40 horas. Depende del Director y cumple las siguientes funciones:

a). Participar en la elaboración de los instrumentos de gestión del CETPRO: Proyecto

Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Proyecto Curricular del Centro,

Reglamento Interno e Informe de Gestión Anual.

b). Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades Técnico Pe-

dagógicas de la Institución.

c). Velar por el personal docente mantenga la rectitud y justicia que corresponde a su

misión conservando la ética profesional.

d). Conducir y asesorar la estructuración de la programación curricular así como el

desarrollo del proceso aprendizaje por parte del personal docente.

e). Velar por el estricto cumplimiento del horario de clase de los docentes de la Insti-

tución Educativa.

f). Planificar, asesorar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje.

g). Programar y ejecutar acciones de capacitación y actualización para el personal

docente.

h). Establecer en coordinación con la Dirección, los horarios y turnos del personal de

la Institución.

Page 11: Reglamento Interno 2009

i). Participar en la elaboración y actualización del Cuadro para Asignación de Perso-

nal de la Institución Educativa, el Cuadro de Distribución de Horas y Horario de

Clases.

j). Mantener actualizado la oferta educativa laboral, el registro de los egresados y su

relación con el mercado laboral.

k). Organizar, ejecutar y evaluar las actividades de capacitación, actualización y re-

conversión laboral que se implementen en el CETPRO.

l). Informar a los estudiantes sobre las ofertas laborales existentes en la localidad o

región.

ll). Establecer el sistema de seguimiento de egresados del CETPRO.

m). Asumir las funciones de la Directora en caso de ausencia del titular.

n). Desarrollar acciones en concordancia con los Sistemas de Información Laboral,

para orientar a los estudiantes, sobre la demanda laboral de los sectores producti-

vos y de servicio empresarial, tales como: Observatorios laborales, Centro de In-

formación Laboral, Seguimiento de egresados entre otros.

o). Asumir las funciones de la Subdirección de Administración, en caso no este pre-

visto en el CETPRO.

REQUISITOS PARA COORDINADORA O SUBDIRECTORA ACADÉMICA:

a). Poseer título pedagógico en Educación Técnica o título profesional universitario

relacionado con alguna de las opciones ocupacionales o especialidades que oferta

el CETPRO con formación pedagógica.

b). Estar inscrito en el Colegio Profesional correspondiente.

c). Estudios de Post-grado o especialización en gestión, administración, tecnología o

supervisión educativa.

d). Experiencia mínima docente de 05 años de servicios oficiales.

e). Gozar de buena salud física y mental, acreditado por certificado médico.

f). No poseer antecedentes penales, o sanciones administrativas, ni tener en curso

procesos administrativos de cualquier índole.

Art. 17. Funciones y Requisitos de la SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN:

FUNCIONES DE LA SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN:

Es un cargo directivo con jornada laboral de 40 horas. Depende del Director y cumple

las siguientes funciones:

a). Participar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de

Trabajo, Reglamento Interno y otros instrumentos de gestión del CETPRO.

b). Planificar, organizar y conducir el proceso de matrícula.

Page 12: Reglamento Interno 2009

c). Mantener ordenado, actualizado y visado por el órgano competente los libros con-

tables y la documentación sustentatoria.

d). Programar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de

carácter administrativo, económico y financiero.

e). Integrar el Comité de gestión de recursos propios y tener a su cargo en coordina-

ción con la Directora, la administración financiera y económica del CETPRO:

Apertura de cuenta bancaria, depósitos y retiros.

f). Racionalizar y supervisar el trabajo del personal administrativo y de servicio.

g). Efectuar el Control de Asistencia y permanencia del personal del CETPRO cen-

tralizando los partes de asistencia y realizando el consolidado, para su remisión al

órgano correspondiente.

h). Actualizar el CAP y PAP de la Institución Educativa de acuerdo con las Resolu-

ciones autoritativas, expedidas por la autoridad educativa competente.

i). Administrar el abastecimiento de bienes, suministros y materiales del CETPRO y

llevar la contabilidad correspondiente.

j). Formular el Cuadro de necesidades de Bienes y Servicios de la Institución Educa-

tiva.

k). Organizar y actualizar el inventario físico de todos los bienes de la Institución

Educativa, registrando las altas y bajas, dando cuenta a la Directora del CETPRO.

l). Racionalizar y administrar el uso de la infraestructura educativa en función a las

necesidades educativas en coordinación con la Directora.

ll). Administrar la documentación administrativa y supervisar las labores de la Secre-

taría.

REQUISITOS PARA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA:

a). Poseer Título Profesional de Licenciado en Administración, Contabilidad o Eco-

nomía; en caso de tener Título Profesional Pedagógico, debe contar con estudios

de post-grado o capacitación en Administración, Planificación Estratégica o Ges-

tión Educativa.

b). Estar inscrito en el Colegio Profesional correspondiente.

d). Experiencia mínima de 03 años de servicios en gestión empresarial o administra-

tiva.

e). Gozar de buena salud física y mental, acreditado por certificado médico.

f). No poseer antecedentes penales, o sanciones administrativas, ni tener en curso

procesos administrativos de cualquier índole.

Page 13: Reglamento Interno 2009

Art. 18. Funciones y Requisitos de la JEFA DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EM-

PRESARIALES:

FUNCIONES DE LA JEFA DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EMPRESA-

RIALES:

La Jefa de Actividades Productivas y Empresariales, depende de la Coordinadora

Académica y cumple las siguientes funciones:

a). Participar en la elaboración de los instrumentos de gestión del CETPRO: Proyecto

Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Proyecto Curricular del Centro,

Reglamento Interno e Informe de Gestión Anual.

b). Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades productivas y

empresariales del CETPRO.

c). Coordinar, supervisar y monitorear la ejecución de las actividades productivas en

el CETPRO.

d). Establecer conjuntamente con el coordinador o subdirector académico los hora-

rios, turnos y uso adecuado de las instalaciones del CETPRO.

e). Asesorar y orientar el personal docente en la formulación, desarrollo y evaluación

de los proyectos productivos del CETPRO.

f). Planificar, organizar y desarrollar el Plan de Conservación y Mantenimiento de

máquinas y equipos del CETPRO.

g). Elaborar y actualizar el inventario de los bienes y enseres a su cargo.

REQUISITOS PARA JEFA DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EMPRESA-

RIALES:

a). Poseer Título Pedagógico en Educación Técnica o título profesional universitario

relacionado con alguna de las opciones ocupacionales o especialidades que oferta

el CETPRO.

b). Estar inscrito en el Colegio Profesional correspondiente.

c). Estudios de Post-grado, actualización en su especialidad, diplomados en: gestión

empresarial, administración, planificación, y otros afines a la especialidad.

d). Experiencia mínima docente de 03 años de servicio en CETPRO y/o experiencia

en el sector productivo o gestión empresarial.

e). Gozar de buena salud física y mental, acreditado por certificado médico.

f). No poseer antecedentes penales, sanciones administrativas, ni tener en curso pro-

cesos administrativos de cualquier índole.

Page 14: Reglamento Interno 2009

Art. 19. Funciones y Requisitos del PERSONAL DOCENTE:

FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE:

El profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contri-

buir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desa-

rrollo humano. Tiene las siguientes funciones básicas:

a). Participar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de

Trabajo, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan.

b). Participar en la Formulación del Proyecto Curricular del Centro.

c). Atender el proceso de aprendizaje de los estudiantes.

d). Orientar al educando con respecto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad,

participación y contribuir a su formación integral.

e). Ejercer sus funciones en concordancia con las disposiciones legales y administra-

tivas vigentes.

f). Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin rea-

lizar ningún tipo de discriminación por motivos de género, raza, identidad, reli-

gión, idioma, creencias, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

g). Informar a los estudiantes sobre el logro de las capacidades desarrolladas en el

módulo y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagó-

gica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.

h). Hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan al

CETPRO.

i). Participar en acciones de tutoría y orientación para la inserción laboral de los es-

tudiantes del CETPRO.

j). Participar en los programas de capacitación y actualización tecnológica.

k). Emplear medidas adecuadas para lograr los mejores resultados en la acción y ges-

tión educativa, tales como: métodos, procedimientos, técnicas, estrategias y/o ac-

ciones compatibles con la buena marcha del CETPRO.

l). Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura

y equipamiento de los talleres, aulas, laboratorios y demás ambientes del CET-

PRO.

REQUISITOS PARA EL CARGO DOCENTE:

a). Poseer Título Pedagógico en Educación Técnica o Título Profesional Universita-

rio en carreras profesionales afines a las ofertadas en el CETPRO o Título Profe-

sional Técnico, con formación pedagógica.

b). Estar inscrito en el Colegio de Profesores del Perú.

c). Contar con actualización y experiencia laboral en su especialidad.

Page 15: Reglamento Interno 2009

d). Gozar de buena salud física y mental.

e). No tener antecedentes penales, sanciones administrativas, ni estar incurso en pro-

cesos administrativos de cualquier índole.

f). Aprobar la evaluación teórico-práctico específica en la especialidad que postula al

CETPRO.

Page 16: Reglamento Interno 2009

ÓRGANOS CONSULTIVOS

DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Art. 16. El Consejo Educativo Institucional, asegura la estrecha y eficaz participación de los

elementos Directivos del Plantel, en las responsabilidades de la Organización y fun-

cionamiento general del Centro de Educación Técnico Productiva, así como la con-

ducción del desarrollo de las acciones educativas.

Art. 16. El Consejo Educativo Institucional es responsable de asegurar el logro de los objetivos

del Centro y la evaluación de las acciones y servicios Educativos.

Art. 17. Estará presidido por la Directora e integrado por los siguientes miembros:

Directora

Coordinadora

Representante de los profesores

Representante del personal administrativo.

Representante de los alumnos.

Art. 18. Uno de los integrantes del Consejo Educativo Institucional, se desempeñará como se-

cretaria y llevará el respectivo libro de Actas, en el que consten los acuerdos tomados

por esta entidad, todas las actas deberán ser firmadas por la Directora y Secretaria.

Art. 19. El Consejo Educativo Institucional sesionará ordinariamente cada mes y en día crono-

gramado desde el inicio del año.

Art. 20. Las atribuciones del Consejo Educativo Institucional son de orden pedagógico, admi-

nistrativo y disciplinario.

Sus acuerdos sólo poseen carácter consultivo y requiere la unanimidad para figurar en

el Acta de la sesión respectiva.

Art. 21. El Consejo Educativo Institucional tiene como funciones:

a) Armonizar criterios para la formulación, ejecución, supervisión y evaluación del

Plan anual del CETPRO.

b) Analizar y seleccionar alternativas que contribuyen al mejor desarrollo de las ac-

tividades técnico-pedagógicas y administrativas del CETPRO.

c) Emitir los informes que establece el presente reglamento.

Page 17: Reglamento Interno 2009

ÓRGANOS TÉCNICO PEDAGÓGICOS

DE LA COORDINADORA

Art. 22. Son funciones de la COORDINADORA:

a) Es supervisada por la Directora.

b) Participar en la Elaboración del Plan anual del CETPRO.

c) Apoyar el trabajo Técnico-Pedagógico en coordinación con la Directora.

d) Velar por el cumplimiento de los horarios de trabajo de los docentes.

e) Reunir bimestralmente a los profesores para evaluarlos objetivos educativos y

aplicar los correctivos necesarios.

f) Dirigir las asambleas en ausencia de la Directora.

g) Cumplir las funciones de la Directora en su ausencia.

h) Elevar a la Dirección, el cuadro de inasistencia del personal del centro.

i) Visar las actas de evaluación.

j) En caso de ausencia, delegar funciones a la Profesora de mayor nivel en el turno.

k) Enfocar la problemática de mayor incidencia a nivel de alumnos.

l) Su horario es diferido.

m) Llevar y actualizar las fichas escalafonarias de los docentes.

n) Planificar, organizar, supervisar y evaluar el proceso de matricula de los estudian-

tes para la distribución de fichas, informando oportunamente a la Dirección de las

acciones realizadas.

o) Revisar las programaciones curriculares, planes de trabajo y perfiles ocupaciona-

les.

p) Organizar y apoyar el banco de pruebas de evaluación.

q) Elaborar el cuadro de Asignación de personal del Centro (CAP).

r) Elaborar al principio de año las distribuciones de las horas de trabajo en coordina-

ción con los docentes.

s) Distribuir el uso de aulas talleres y ambientes en coordinación con la Dirección.

t) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones educativas de for-

mación técnica.

u) Dar solución dentro de los límites de su autoridad a los problemas que pudiera

presentarse con el personal a su cargo.

v) Participar en las reuniones convocadas por la Dirección.

w) Organizar, coordinar y programar fichas de trabajo con ayudas audio-visuales y

opera la exposición de trabajo práctico en coordinación con los profesores de cada

especialidad.

Page 18: Reglamento Interno 2009

DEL CONSEJO ACADÉMICO

Art. 23. Son funciones del CONSEJO ACADÉMICO:

a) Designado uno o dos docentes para apoyar a la parte del desarrollo de los Progra-

mas Curriculares.

b) Hacer el seguimiento si se está cumpliendo con los Programas Curriculares.

c) Asesorar a la Dirección en la formación, ejecución y evaluación de las acciones y

servicios educativos que desarrolle el Centro de Educación Técnico Productiva.

d) Orientar y asesorar a los profesores de cada Módulo.

DE LOS PROFESORES

Art. 24. Son funciones de los PROFESORES:

a) Preparar su Plan semestral y/o anual, teniendo en cuenta:

1. Programación Curricular

2. Trabajos o proyectos

3. Presupuesto de materiales

4. Herramientas, equipos y máquinas

5. Elaborar planillas de Producción

6. Proyectos Productivos

7. Práctica Pre Profesional

b) Presentar su programación curricular, por duplicado a la Dirección.

c) Integrar y participar en las comisiones de trabajo del CETPRO y en acciones que

permiten el logro de los objetivos programados.

d) Participar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes del

CETPRO.

e) Asistir obligatoriamente a las actuaciones cívico-patrióticas que organice la insti-

tución. Caso contrario se somete al descuento de Ley.

f) Asistir a las asambleas y reuniones inherentes a su cargo durante el horario que le

corresponde y/o cuando la dirección lo solicite; preferentemente alternando hora-

rios.

g) Dedicarse exclusivamente a las reuniones inherentes a su cargo durante el horario

que le corresponde.

h) Apoyar en la implementación del PERIÓDICO MURAL.

i) Organizar e implementar el BOTIQUÍN del taller.

j) Elaborar el Silabo, Sesión de aprendizaje y separatas con las hojas de instrucción

para el mejor desarrollo de las acciones educativas.

k) Preparar trabajos de exposición, en coordinación con la coordinadora.

Page 19: Reglamento Interno 2009

l) Llevar debidamente los registros de evaluación y documentos oficiales en su lega-

jo correspondiente.

m) Preparar el material didáctico necesario para el desarrollo del curso a su cargo.

n) Dirigir el trabajo de los estudiantes a su cargo estimulando el cumplimiento de sus

obligaciones y el sentido de responsabilidad.

o) Comunicar por escrito y de inmediato a la Coordinadora de Talleres, sobre pérdi-

da o deterioro de herramientas, equipos, máquina o mobiliario de taller.

p) Aplicar la evaluación en forma permanente en función a las Competencias y capa-

cidades programadas.

q) Realizar su función Docente con Eficiencia, Puntualidad y Responsabilidad.

r) Consolidar y firmar las actas de evaluación con responsabilidad.

s) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Insti-

tucional y del Plan Anual del trabajo del CETPRO y demás documentos de ges-

tión.

t) Orientar a los alumnos en los aspectos de su competencia profesional.

u) Apoyar a la Coordinadora en asuntos de su competencia profesional.

v) Sustentar charlas y conferencias de su competencia profesional que se le enco-

miende oportunamente.

w) Es responsabilidad del docente mantener operativas su maquinaria y equipo y am-

bientes de taller, en coordinación con sus alumnos.

x) Contar con su propio equipo de trabajo de acuerdo a su Módulo.

y) Impartir a los alumnos conocimientos actualizados acorde con la realidad y nece-

sidad. Preservando las normas de seguridad en el taller.

ÓRGANOS DE APOYO:

COORDINADORA DE TALLERES

Art. 25. Son funciones de la COORDINADORA DE TALLERES:

a) Es supervisada por la Directora.

b) Participar en la Elaboración del Plan anual del CETPRO.

c) Cumple las funciones de la Directora en su ausencia.

d) Enfocar la problemática de mayor incidencia a nivel de alumnos.

e) Su horario es diferido.

f) Elaborar lista de requerimientos de las aulas talleres.

g) Asignar y supervisar el uso de aulas talleres y ambientes en coordinación con la

Dirección.

h) Supervisar permanentemente los talleres.

i) Velar por el funcionamiento y conservación de los tallares, maquinaria y equipos.

Page 20: Reglamento Interno 2009

j) Efectuar programas de mantenimiento y el buen uso de equipos, máquinas,

herramientas e instrumentos de los talleres en forma periódica.

k) Ejerce la supervisión técnica sobre la utilización de las herramientas, máquinas

equipos, materiales y ayuda visuales.

l) Controla el cumplimiento de las normas de seguridad y mantenimiento preventivo

como rutinario de máquina, equipos y herramientas.

m) Organizar exposiciones y charlas de divulgación técnica de innovaciones sobre

maquinarias, equipos y herramientas.

n) Coordinar la adquisición de materiales, insumos, repuestos para la ejecución de

las acciones de capacitación y producción.

o) Participar en las reuniones convocadas por la Dirección.

p) Orientar y asesora a los profesores de cada especialidad en asuntos de proyectos,

producción y prototipos, como medio de aprendizaje.

q) Organizar, coordinar y programar fichas de trabajo con ayudas audio-visuales y

opera la exposición de trabajo práctico en coordinación con los profesores de cada

especialidad.

r) Verifica las altas y bajas del inventario de cada área.

s) Dirigir la producción industrial y responsabilizarse de ella.

t) Coordinar las actividades productivas, con os profesores de áreas para la elabora-

ción del plan de producción.

u) Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades productivas.

v) Elaborar y/o actualizar el Reglamento de Producción, en conjunto con los profeso-

res de áreas.

w) Promover visitas a empresas o talleres relacionados a las diferentes Módulos.

COMITÉ DE RECURSOS PROPIOS

Art. 26. El Comité de Recursos Propios es el órgano de apoyo encargado de administrar y con-

trolar los recursos materiales y financieros que requiere el Centro de Educación Técni-

co Productiva, detectando y atendiendo personalmente las necesidades de todas las

Áreas de Actividades para el logro de los Objetivos Programados.

Art. 27. Estará presidido por la Directora e integrado por los siguientes miembros:

Directora

Representante de los profesores

Representante del personal administrativo

Art. 28. Son funciones Básicas del Área Administrativa:

Page 21: Reglamento Interno 2009

a) Efectuar la Administración de los recursos financieros.

b) Llevar el Inventario valorado de todos los bienes adquiridos, distribuyendo con

cargo los materiales solicitados por las diversas dependencias.

c) Controlar todo el movimiento económico de ingresos propios del Centro de Edu-

cación Técnico Productiva.

d) Llevar los libros de Contabilidad, principales u obligatorios, libros auxiliares y to-

das las fuentes de control que crea convenientes, para el fiel cumplimiento presu-

puestario.

e) Elaborar el balance de comprobación para remitirlos a la Dirección.

f) Controlar que la existencia de bienes, muebles y enseres así como de las demás

adquisiciones, transferencias, donaciones, etc., estén registrados en los libros.

g) Controlar la Elaboración del Inventario Anual de Bienes.

h) Ingresar al el Banco, los fondos provenientes de los Ingresos Propios.

i) Efectuar los cobros por concepto de Mantenimiento e implementación, certifica-

dos, etc.

j) Entregar para arreglo, o previa orden de trabajo, toda máquina o equipo que nece-

site reparación.

k) Participar en la programación de cursos y demás actividades de Actualización del

Personal Docente y de Apoyo.

LA SECRETARIA

Art. 29. La Secretaría General estará a cargo de una persona propuesta por la Dirección.

Depende de la Dirección del Centro de Educación Técnico Productiva.

Art. 30. Son funciones de la Secretaria:

a) Redactar los documentos que le sean solicitados por la Dirección, Coordinadora.

b) Presentar oportunamente a la Directora los documentos que ingresan por secretar-

ía.

c) Remitir los partes a la Dirección de la UGEL.

d) Llevar la correspondencia Oficial del CETPRO y preparar los Decretos autoriza-

dos por la Dirección, manteniendo al día el Archivo correspondiente.

e) Organizar y mantener al día los Archivos del Centro de Educación Técnico Pro-

ductiva, que constará de un registro de la correspondencia recibida y otro de los

Oficios remitidos; otro de la correspondencia particular del CETPRO.

f) Mantener, al día, un archivo con las normas legales, Decretos, Resoluciones, Cir-

culares y Oficios relativos a la Educación.

Page 22: Reglamento Interno 2009

g) Hacer cumplir a la mayor brevedad posible, el trámite interno de los expedientes

que ingresen al CETPRO.

h) Llevar al día el registro del Personal del Plantel, con indicación de las fechas de

los Nombramientos, Títulos, Categorías y Condición.

i) Elaborar el parte de asistencia por mes y la publicación mensual del consolidado

de asistencia.

j) Inscribir a los estudiantes, en el registro de matrícula, previa autorización de la Di-

rección.

k) Elaborar las nóminas de matrícula, actas de evaluación y certificados.

l) Expedir las Constancias de Estudio y Certificados de Capacitación en el orden en

que fueran presentadas las solicitudes y a la mayor brevedad.

m) Anotar, dar lectura y llevar al día el libro de actas en las reuniones y/o asambleas

del CETPRO; Conservando bajo su responsabilidad el Libro de Actas.

n) Elaborar el cuadro de necesidades así como mantener la existencia y distribución

de los útiles de oficina y escritorio.

o) Brindar apoyo en las actividades del CETPRO

p) Preparar los datos concernientes a la Memoria Anual de la Dirección.

q) Mantener un alto espíritu de orden, serenidad, cortesía en la oficina a su cargo.

r) Atender adecuadamente al público, suministrando los informes que se le soliciten.

s) Hacer todas las documentaciones comunicando e informando a la Dirección , Co-

ordinadora de Talleres o coordinadora de turno

Art. 31. La Sección Mesa de Partes.- Tendrá a su cargo la recepción y remisión de la corres-

pondencia del CETPRO con las siguientes funciones:

a) Llevar el Registro de todos los Oficios y Expedientes que ingresen al Plantel, cui-

dando de consignar la fecha de recepción y el trámite que siguen, así como las

oficinas informantes.

b) Recibir y remitir la correspondencia con cargo numerado, firma y sello del recep-

cionante.

c) Pasar toda la correspondencia oficial al Despacho de la Directora para que decrete

las providencias que considere oportunas.

Art. 32. La Sección Impresiones.- Coordinará todas sus actividades con la Dirección, con las

siguientes funciones:

a) Efectuar los trabajos que le sean encomendados por la Dirección, Coordinadora.

b) Imprimir todo el material de carácter técnico-pedagógico y las pruebas de control

del rendimiento siempre que lleven el visto bueno de la Directora, Coordinadora.

c) Responsabilizarse del Archivo del material impreso.

Page 23: Reglamento Interno 2009

d) Ayudar en los Trabajos de Secretaría General de acuerdo a lo dispuesto por la Di-

rección.

e) Asumir la responsabilidad por cualquier impresión y publicación no autorizada.

f) Cuidar la buena conservación de las máquinas y otros implementos a su cargo.

g) Racionalizar el uso adecuado de los insumos, siendo responsable de su mal uso o

su rápido deterioro.

PERSONAL DE SERVICIO

Art. 33. Dependen directamente de la Dirección del Centro de Educación Técnico Productiva.

Art. 34. Son funciones del Personal de limpieza y Mantenimiento:

a) Realizar funciones afines a su cargo, que le asigne la Directora o la Parte Jerárqui-

ca.

b) Desempeñar con esmero y eficiencia las labores que le corresponden con respon-

sabilidad de las mismas.

c) Presentar a la Dirección su rol de actividades de limpieza en coordinación con la

Coordinadora.

d) Cuidar de la conservación del local, mobiliario, implementos, equipos, máquinas,

etc.

e) Atender la oportuna reparación del local, servicios higiénicos, mobiliario, imple-

mentos, máquinas, equipos, etc.

f) Realizar diariamente la limpieza y mantenimiento de las oficinas, aulas, talleres,

patios, pasadizos fachadas, servicios higiénicos, y otros que indique la Dirección.

g) El personal de servicio es responsable de la seguridad de los talleres, verificando

su conformidad y limpieza después de cada turno haciendo uso integralmente del

material enviado por la UGEL.

h) Rendir parte diario de los desperfectos y necesidades que observa.

i) Apagará todas las luces del local, constando que no quede nadie en él; después de

la última jornada del día.

j) Tener a su cargo un duplicado de las llaves de las diversas dependencias que las

dejará en la oficina de la Dirección al término de su jornada.

k) Participar en las reuniones y/o asambleas convocadas por la Dirección; cuando se

le requiera.

l) El personal de servicio al tomar sus vacaciones debe entregar las llaves y demás

enseres, mediante un informe a la Dirección del CETPRO

m) Apoyar en la portería y vigilancia del CETPRO de acuerdo a su jornada laboral.

Page 24: Reglamento Interno 2009

Art. 35. Son funciones del Portero:

a) Desempeñará con esmero y eficacia las labores que le corresponda.

b) Hacer uso de la cortesía y amabilidad con las personas que lleguen al CETPRO.

c) Permanecer en el CETPRO durante el horario establecido.

d) Asistir con puntualidad y registrar su asistencia diaria.

e) Observar buena conducta y cuidar de su aseo y presentación personal.

f) Cuidar la buena presentación de la portería.

g) Cuidar el prestigio del CETPRO, no permitiendo irregularidad en la portería.

h) Verificar la entrada y salida de los docentes, estudiantes y público en general.

i) Prohibir el ingreso a personas en estado etílico.

j) Se hará responsable del paso que dé a personas extrañas al CETPRO, sin previa

comunicación y autorización.

k) Permitir el ingreso de personas previamente identificados, fuera del horario nor-

mal.

l) Cerrar la puerta, después de 45 minutos de la hora fijada para inicio de las clases.

m) Controlar el ingreso y salida de bienes y enseres asegurándose que tenga la debida

autorización.

n) Verificar que todo trabajo de producción o de servicio del centro, salga con su

respectiva guía con la firma del responsable del área.