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REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BOLSA DE TRABAJO PARA LOS ALUMNOS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N°78-2016-UNTELS de fecha 25/02/2016

Reglamento de la Bolsa de trabajo_Untels

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REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BOLSA DE TRABAJO PARA LOS ALUMNOS DE PREGRADO DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N°78-2016-UNTELS

de fecha 25/02/2016

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TITULO I

FINALIDAD Y OBJETIVO

Artículo 1.- El presente reglamento tiene por finalidad, normar el procedimiento a seguir para la convocatoria, selección e incorporación de los alumnos de Pre-grado al Programa de Bolsa de Trabajo, para realizar actividades de apoyo por un periodo determinado en las diferentes dependencias de la Universidad.

Artículo 2.- El objetivo del presente reglamento es:

Reglamentar el Programa de apoyo debolsa en la UNTELS Normar la participación de los estudiantes de Pregrado en el

Programa de Bolsa de Trabajo. Contribuir para que la participación de los alumnos de Pregrado

en el Programa de apoyo de bolsa de trabajo sea eficaz y eficiente.

Contribuir a que el estudiante se inicie en la práctica laboral.

Art3.- Base Legal

1. Constitución Política del Perú 2. Ley de Creación de la UNTECS Ley Nº27413 3. Ley del Presupuesto Público para el año fiscal vigente Ley Nº30372 4. Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Art.

154 5. “Nuevo” Reglamento Académico de la Universidad Nacional

Tecnológica de Lima Sur– UNTELS aprobado mediante Resolución de Comisión de Gobierno Presidencial Nº026-2014-UNTELS.

Artículo 4.- La Bolsa de Trabajo constituye un programa de la universidad donde se inscriben los alumnos, para ejercer una determinada actividad laboral, según una preparación previa y concreta dentro de la UNTELS, con la finalidad de adquirir experiencia, para competir en el mercado laboral nacional.

Artículo 5.- El Programa de Bolsa de Trabajo, está a cargo de la Oficina de Bienestar Universitario de la UNTELS.

Artículo 6.- El periodo de permanencia de un estudiante en el Programa de Bolsa de Trabajo, no deberá superar los cuatro (04) Meses o un semestre académico, lo que se pretende es llegar a un mayor grupo de beneficiados.

Artículo 7.- El número de estudiante que participen en el Programa de Bolsa de Trabajo no podrá ser mayor a 40 por semestre académico, designándose en función a las necesidades de las oficinas que solicitan a través de sus jefes.

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TITULO II

DELREGIMEN DE BOLSA

DE LOS REQUISITOS

Articulo 8.- Para postular al Programa de apoyo de Bolsa de Trabajo, el estudiante deberá cumplir los siguientes requisitos:

Ser estudiante regular

Estudiantes que tengan totalmente los cursos aprobados.

Haber cursado y aprobado por lo menos dos semestres académicos.

Contar con disponibilidad de tiempo, conforme a su horario de estudio.

Acreditar la existencia de problemas económicos.

Documentos que deberá presentar:

Formulario Único de Trámite dirigido a la Oficina de Bienestar Universitario.

Llenar la Ficha Socioeconómica y Croquis domiciliario.

Copia del historial académico, con un promedio ponderado con nota aprobatoria.

Horario de estudios que acredite disponibilidad de tiempo

Presentar documentos que acrediten que existen problemas económicos.

Copia de DNI.

Copia de carné universitario vigente

Currículum Vitae simple

DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE ESTUDIANTES

Artículo 9.- La evaluación y calificación se realizará a través de la Trabajadora Social de la Oficina de Bienestar Universitario de la Universidad, quien a su vez, deberá realizar una entrevista periódica al jefe de área u oficina en la que el bolsista brinde el apoyo, bajo los términos de desempeño, conducta y aportes e identificación con las labores asignadas.

Artículo 10.- La evaluación y calificación será permanente y para ello, la Oficina de Bienestar Universitario deberá contar con una base de datos de los estudiantes, colocados bajo el programa y los casos en espera, para ser atendidos en estricto orden de llegada. Asimismo, la Oficina de Bienestar Universitario deberá aperturar un expediente personal para cada bolsista en el que consten los documentos que respalden el ingreso, trayectoria y culminación durante el programa.

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DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 11.- Es obligación del estudiante conocer el presente Reglamento.

Artículo 12.- Los estudiantes que ingresan al Programa de bolsa de trabajo deben realizar su trabajo con respeto, responsabilidad y eficiencia, según las indicaciones del responsable de la Oficina Central, Oficina y/o Unidad.

Para ello firmarán un compromiso de responsabilidad, cumplimiento y confidencialidad del trabajo que realicen.

Artículo 13.- Los estudiantes integrantes del Programa de Bolsa de Trabajo, tendrán las facilidades necesarias para el cumplimiento de sus actividades, en un clima de permanente respeto y comunicación mutua.

Artículo 14.- En períodos de exámenes parciales, el estudiante podrá fraccionar el número de horas de apoyo o ausentarse justificándolo oportunamente con la debida anticipación, de tal manera que no afecte o retrase las actividades del área u oficina en la que presta apoyo.

Artículo 15.- El apoyo que brindarán los estudiantes,será de un máximo de 05 horas diarias, de lunes a viernes con una propina de S/. 20.00 por día o el proporcional por las horas cumplidas en forma mensual.

El control de horas será realizado por el jefe inmediato del bolsista y remitido en forma mensual a la Oficina de Bienestar Universitario, para realizar el pago, debiendo contar para ello con la resolución del titular del pliego, que aprueba el periodo de apoyo mediante el Programa de apoyo de bolsa

Artículo 16.- Concluido el período de permanencia del estudiante en el programa, tendrá derecho a solicitar a la Oficina de Bienestar Universitario una constancia por el apoyo realizado.

DEL APOYO ESTUDIANTIL

Artículo 17.- El Programa de Bolsa de Trabajo debe contar con la respectiva certificación presupuestaria, y se ajustarán a las disposiciones legales del año fiscal vigente.

Artículo 18.- El Programa de Bolsa de Trabajo, no deberá exceder el 5% de la PEA laboral de la UNTELS, bajo responsabilidad del responsable del programa.

Artículo 19.- Las actividades que desempeñen los bolsistas, consisten en tareas de apoyo que le asigne el responsable a su cargo.

DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 20.- La Oficina de Bienestar Universitario en coordinación con las áreas administrativas y académicas, será la encargada de convocar a los estudiantes interesados a participar en el Programa de Bolsa de Trabajo.

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Los estudiantes deberán cumplir con los requisitos indicados en el artículo 7 de este reglamento.

Artículo 21.- En caso de presentarse algún requerimiento en determinadas unidades u oficinas se comunicará a la Oficina de Bienestar Universitario, para que a través de ella se ubique al estudiante previamente seleccionado.

Artículo 22.- Si existiera la necesidad de cambio de estudiante, la Oficina receptora deberá comunicarlo de manera escrita a la Oficina de Bienestar Universitario, para el reemplazo respectivo ya sea por cumplimiento del periodo de apoyo o por falta cometida.

Artículo 23.- La Oficina de Bienestar Universitario mantendrá una permanente comunicación con los estudiantes bolsistas y con los encargados de cada Oficina.

TITULO III

DEL REGIMEN DE FALTAS

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Artículo 24.- El estudiante comete falta cuando:

No cumple con el presente reglamento.

Ausencia injustificada, sin comunicación previa o justificación, debiendo presentar su justificación en un plazo no mayor a 48 horas.

Negligencia en el cumplimiento de las actividades encomendadas.

Extrae información sin consentimiento del jefe o encargado de su área.

Falta de palabra u obra a las autoridades, personal administrativo y/o compañeros.

Artículo 25.- Las sanciones de acuerdo a las faltas cometidas serán:

Llamada de atención, que oriente al estudiante a enmendarse.

Retiro del Programa de Bolsa de Trabajo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los estudiantes que a la fecha vienen prestando apoyo en las Oficina Centrales, Oficinas y/o Unidades de la Universidad podrán acogerse al presente Programa de Bolsa de Trabajo,y solicitar las propinas respectivas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento.

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DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- A partir de la promulgación del presente Reglamento quedan derogadas las disposiciones que se apongan al presente dispositivo.

SEGUNDA.- El presente Reglamento entrará en vigencia el día siguiente de su aprobación mediante Resolución Presidencial.