16

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE
Page 2: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

2

Page 3: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

3

Page 4: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

4

SSOOCCIIEEDDAADD DDEE BBEENNEEFFIICCEENNCCIIAA DDEE HHUUAANNCCAAYYOO

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL

Aprobado con R.P.D. Nº 159-2013-SBH

OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO RACIONALIZACIÓN

HUANCAYO – 2013

Page 5: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

5

RAZÓN: La Sociedad de Beneficencia de Huancayo, forma parte del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, realiza funciones de bienestar y promoción social complementaria a los fines sociales tutelares del Estado, en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas adultas mayores, y a personas en situación de riesgo, abandono o problemas sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano. Tiene competencia para la construcción, habilitación, conservación y administración de Centros de Atención Residencial para Niños, Niñas y Adolescentes, Centros de Atención Residencial para Personas Adultas Mayores, Cementerios, Locales Funerarios, y en general el desarrollo de cualquier proyecto directamente vinculado a su finalidad.

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL I. OBJETIVO

Normar y orientar la Actividad Comercial de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, con el objetivo de maximizar la rentabilidad de cada actividad comercial con un desarrollo integral, que permita a la institución un crecimiento económico y de apoyo social sostenido

II. BASE LEGAL

Ley N° 26918, Ley del Sistema Nacional para el Desarrollo de la Población en Riesgo – SPR (Publicado el 23.01.1998).

Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones MIMP (Publicado el 20.01.20129).

Decreto Supremo N° 008-98-PROMUDEH, aprueba las Normas Reglamentarias de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social (Publicado el 07.08.1998).

Decreto Supremo Nº 003-2012-IMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP (Publicado el 27.06.2012).

Decreto Supremo 004-2010-MIMDES, dicta medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social (Publicado el 10.06.2010).

Decreto Supremo N° 010-2010-MIMDES, que establece funciones y competencias correspondientes a cada uno de los niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social en el Marco del Proceso de Descentralización (Publicado el 25.12.2010).

Resolución Ministerial Nº 197-2005-MIMDES, norma que establece las funciones normativas y rectoras al MIMDES, distintas a las funciones operativas que ejercerá INABIF (Publicado el 31.03.2005).

Resolución Ministerial Nº 463-2006-MIMDES, norma que precisa la Resolución Ministerial Nº 197-2005-MIMDES, esclareciendo las competencias específicas entre INABIF y MIMDES (Publicada el 17.07.2006).

Page 6: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

6

Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 048-2008-PCM/SD, que establece “Normas específicas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social que aprueba la Directiva Nº 004-2008PCM” (Publicada el 30.09.2008).

Quinta Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26918 (Publicada el 23.01.1998).

Resolución Presidencial Nº 140-2002-INABIF de fecha 07 de Junio del 2002, aprueba la Directiva Nº 001-2002/INABIF-GPR “Lineamientos para la organización de Juegos de Loterías y Similares por las SBP y JPS” de fecha 07.06.2002”, y sus modificatorias la Resolución de Gerencia General Nº 128 de fecha 15.06.2004, y la Resolución de Gerencia General Nº 484 de fecha 11.12.2004.

Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios (Publicada el 08.03.1994).

Decreto Supremo Nº 03-94-SA, Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios (Publicado el 14.04.1998).

Ley N° 26805, Ley que Faculta a las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, para que otorguen en concesión al Sector Privado, Proyectos y Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos (Publicada el 05.06.1997).

Decreto de Urgencia Nº 054-2001, donde se aprueba el apoyo a las Municipalidades, Sociedades de Beneficencia y demás entidades del Estado, en materia de Promoción de la Inversión Privada (Publicado el 05.05.2001).

Directiva Nº 006-2004-DE-PROINVERSION, la cual aprueba los Lineamientos para la asistencia técnica de PROINVERSIÓN en la promoción de la inversión privada de proyectos descentralizados (Publicada el 24.07.2004).

Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Publicada el 14.12.2007).

Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Publicado el 15.03.2008).

Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, Establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios además de efectuar los cobros correspondientes.

Directiva N° 003-2002/INABIF-GPR, “Lineamientos para la Elaboración del Reglamento de Actividad Comercial de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social”; aprobada con Resolución Presidencial Nº 229-2002/INABIF.

Guía Técnica Nº 04-2002/INABIF-GRP, “Lineamientos para la Elaboración del Reglamento de Actividad Comercial de las Sociedades de Beneficencias Pública y Juntas de Participación Social”.

Guía Técnica Nº 03-2002/INABIF-GDPR, “Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles de Propiedad de la Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social”.

Nuevo Código Civil Peruano.

Otras Normas Legales Conexas.

Page 7: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

7

III. ALCANCE

El presente Reglamento es de aplicación a todas las Unidades Orgánicas involucradas en la actividad comercial de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

TÍTULO I

DE LOS ASPECTOS GENERALES Artículo 1°.- El presente Reglamento regula la comercialización de los bienes y/o servicios por parte de las Unidades Productivas o de Negocio de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo; así, como de los Juegos de Loterías y Similares. Artículo 2°.- La Sociedad de Beneficencia de Huancayo realiza actividades comerciales con la finalidad de obtener recursos económicos para financiar los costos o gastos de funcionamiento de las unidades productivas o de negocios; así como, de las actividades de apoyo social, y de las unidades administrativas. Artículo 3°.- Entiéndase por Actividad Comercial, y Actividad de Apoyo Social: a) ACTIVIDAD COMERCIAL: Se define así, a la venta, uso, concesión, convenio, alquiler o prestación de

bienes y servicios que ofrece las Unidades Productivas o de Negocio de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, al público en general o terceros, y que generalmente se brinda en condiciones de competencia con el sector privado.

b) ACTIVIDAD DE APOYO SOCIAL: Es la actividad que permite cumplir con los fines y objetivos de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo; es decir de promoción, desarrollo, bienestar y atención a niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas en situación de riesgo y abandono o con problemas sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano.

TÍTULO II

DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES

CAPÍTULO I DE LAS UNIDADES PRODUCTIVAS O DE NEGOCIOS

Artículo 4°.- Las Unidades Productivas o de Negocios de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo son los siguientes:

a) Cementerio y Servicios Funerarios; b) Arrendamiento de inmuebles, terrenos, y servicio de cochera; c) Farmacia, Botica, y Centro Médico; d) Juegos de Lotería y similares; e) Venta de bienes y servicios varios (panadería y pastelería, feria ganadera de Coto Coto, remate de bienes

dados de baja, crianza de animales menores, CETPRO, venta de pasto, Albergadas pagantes, etc.). f) Casa de Préstamo. g) Otros ingresos que provengan de la venta y/o alquiler de bienes, ó prestación de servicios que se aperturen

en cualquier momento; con la respectiva aceptación de la Oficina de Planeamiento y acuerdo del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

Page 8: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

8

CAPÍTULO II DEL CEMENTERIO GENERAL Y SERVICIOS FUNERARIOS

Artículo 5°.- El Cementerio General de Huancayo, es propietario de un terreno cuya extensión es de 31,990.00 m2, en este lugar funciona el Campo Santo y la Sub Gerencia de Cementerio y Servicios Funerarios. El Cementerio General de Huancayo funciona en aplicación a la Ley Nº 26298 - “Ley de Cementerios y Servicios Funerarios”, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 03-94-SA. Artículo 6°.- La venta de bienes y servicios en el Cementerio General de Huancayo, son los siguientes:

1. Venta de ataúdes de diversos tipos y modelos. 2. Venta de urnas. 3. Venta de mortaja. 4. Venta de lápidas. 5. Venta de listón o cinta negra. 6. Cesión de uso de tumbas subterráneas. 7. Cesión de uso de osarios. 8. Cesión de uso de columbarios. 9. Cesión de uso de criptas. 10. Cesión de uso de Nichos. 11. Cesión de uso de terreno para Mausoleos. 12. Servicio de inhumación. 13. Servicio de exhumación. 14. Servicio de cremación. 15. Alquiler de capilla ardiente. 16. Colocación de lápidas. 17. Colocación de rejillas. 18. Traslados internos y externos. 19. Servicio de carroza de primera y extra. 20. Servicio de transporte de flores – Porta flores 21. Alquiler de local para velatorio. 22. Servicio de cargadores. 23. Alquiler de Capilla. 24. Alquiler de Servicios Higiénicos. 25. Alquiler de carpas, sillas y otros.

CAPITULO III DEL ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES, TERRENOS, Y SERVICIO DE COCHERA

Artículo 7°.- Los inmuebles y terrenos disponibles para arrendar son las siguientes:

INMUEBLES PARA ALQUILER (SANEADOS)

Nº UBICACIÓN AREA m2 AREA

ACUPADA m2 USO

MONTO DE LA RENTA

DISTRITO DE HUANCAYO 1 Jr. Piura N° 1090 3,178.50 Ninguna COCHERA SEGÚN TASACION

Page 9: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

9

2 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 1 38.44 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

3 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 2 37.33 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

4 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 3 37.36 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

5 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 4 31.65 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

6 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 5 31.65 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

7 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 6 37.36 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

8 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 7 56.12 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

9 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 8 56.12 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

10 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 9 38.44 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

11 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 10 37.33 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

12 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 11 37.36 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

13 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 12 31.65 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

14 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 13 31.65 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

15 C.H. Villa Mercedes Tienda N° 14 37.36 Ninguna TIENDA COMERCIAL SEGÚN TASACION

16 Jr. Puno N° 998 3,329.51 Ninguna COCHERA SEGÚN TASACION

DISTRITO DE EL TAMBO

17 Tahuantinsuyo s/n 1,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

DISTRITO DE CHILCA

18 Terreno de Ancala 3,409.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

PREDIOS RUSTICOS

DISTRITO DE SAN JUAN DE JARPA 19 Jarpa 3,324.90 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

DISTRITO DE SANTO DOMINGO DE ACOBAMBA 20 Cedro Pata 12,095.00 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

21 Shucshu Puquio 2,500.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

22 San Cristóbal 10,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

23 Higos de Pampa 2,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

24 Palta UCLA 3,006.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

25 Tarapampa 4,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

26 Cóndor Sinja y Lanla UCLA 120,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

27 Asto 400,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

28 Hualipata 600,000.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

DISTRITO DE SICAYA 29 Jr. Real N° 865 221.25 Ninguna CASA HABITACION SEGÚN TASACION

30 Calle Buena Muerte y Huancayo s/n

173.88 Ninguna CASA HABITACION SEGÚN TASACION

31 Puquio pata 1,427.43 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

32 Aco Chico 101.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

Page 10: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

10

33 Carretera Sicaya Aco 4,476.78 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

34 Aco Grande 740.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

35 Huasamanya 490.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

36 Auquisoquia 5,600.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

37 Puquio pata 684.00

Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

PROVINCIA DE LIMA

DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO 38 MZ 110A, LOTE 3, GRUPO 2, SECTOR C

PUEBLO JOVEN UPIS HUASCAR Ninguna CASA HABITACION SEGÚN TASACION

RELACION DE INMUEBLES PARA ALQUILER (EN PROCESO DE SANEAMIENTO)

Nº UBICACIÓN AREA

m2 AREA ACUPADA

m2 USO

MONTO DE LA RENTA

PROVINCIA DE HUANCAYO 1 Hualahoyo 90,132.00 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

DISTRITO DE SICAYA 2 Pamparca 975.15 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

3 Pachas – Aspina 1,135.87 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

4 Sincola 784.46 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

5 Colpas 3 502.86 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

6 Ausquispuquio 547.11 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

7 Colipuquio 521.66 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

8 Omacoto 218.40 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

DISTRITO DE HUACRAPUQUIO 9 Ulum Pampa 3,858.30 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

10 Hushño Pampa 799.40 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

11 Aho Pampa 3,265.30 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

12 Ayno Tuna 7,147.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

13 Hushño Huata 1,275.79 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

14 Ochatana Grande 7,361.48 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

Page 11: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

11

15 Suito Lumi 6,355.21 Ninguna TERRENO USO

AGRICOLA SEGÚN TASACION

16 Ahuiña Pampa II 2,498.77 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

17 Oyllomiro 2,433.46 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

18 Santa Cruz de Huanta 3,423.76 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

19 Ahuiña Pampa I 4,159.36 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

20 Hushño II Casa Solar 1,361.75 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

21 Casa Plaza la Breña 1,218.15 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

DISTRITO DE SAN JERONIMO 22 Jr. Huallaga Nº 350 384.00 Ninguna CASA HABITACION SEGÚN TASACION

23 Las Animas o Mishironco 804.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

24 Pumap Huasin 6,800.00 Ninguna TERRENO USO AGRICOLA

SEGÚN TASACION

Artículo 8°.- Los arrendamientos se realizan al amparo de la normatividad aplicable a los bienes del Estado estipulados en los artículos 92º al 96º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; así, como a las condiciones y términos de sus contratos y/o convenios. Artículo 9°.- Se arrendarán los bienes inmuebles por Subasta Pública cuando la Renta Anual a devengarse supere las 20 UIT ( artículos 92º al 96º, D.S. N° 007-2008-VIVIENDA); para lo cual, las bases contendrán las condiciones y características de los inmuebles y terrenos materia de la transacción, sujetándose a las normas y disposiciones legales vigentes; asimismo, el precio base no debe ser inferior al 80 % de la tasación del valor de mercado de las rentas de predios del lugar en que se encuentra ubicado. Artículo 10º.- Se arrendarán los bienes inmuebles de manera directa, cuando la Renta Anual a devengarse sea inferior a 20 UIT (artículos 92º al 96º, D.S. N° 007-2008-VIVIENDA), de acuerdo a las condiciones y características de los inmuebles y terrenos materia de la transacción, sujetándose a las normas y disposiciones legales vigentes; asimismo, el precio base no debe ser inferior al 80 % de la tasación del valor de mercado de las rentas de predios del lugar en que se encuentra ubicado. Artículo 11º.- El servicio de cochera se brinda en el local ubicado en el Jr. Piura Nº 1090 – Huancayo. Otros que establezca la Institución.

CAPÍTULO IV DE LA VENTA DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE FARMACIA, BOTICA Y CENTRO MÉDICO

Artículo 12°.- Para la venta de medicinas, productos afines, y otros donde se considere pertinente, previo estudio de mercado; como también para la prestación de servicios de Farmacia, Botica y Centro Médico, se cuenta con locales ubicados en: Calle Real N° 1198, Jr. Loreto N° 162, y Jr. Mantaro N° 164 del distrito y provincia de Huancayo.

Page 12: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

12

Artículo 13º.- La venta de bienes y prestación de servicios de Farmacia, Botica y Centro Médico son:

1. Venta de medicinas (básicas, esenciales y comerciales) y productos afines (Línea de perfumería, regalos, productos de bazar y confitería).

2. Atención médica, en las especialidades de: Medicina General, Odontología, Fisioterapia, Pediatría, Psicología, Obstetricia, Ginecología, Cardiología, Oftalmología, Otorrinolaringología, Medicina Interna, servicio de Tópico, Laboratorio, .Radiología, etc.

3. Otros de acuerdo a las necesidades del mercado.

CAPÍTULO V DE LOS JUEGOS DE LOTERÍA Y SIMILARES

Artículo 14°.- La Sociedad de Beneficencia de Huancayo, de conformidad con la Quinta Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley N° 26918, y la Directiva N° 001-2002/INABIF-GDPR “Directiva que establece los Lineamientos para la Organización de Juegos de Loterías y similares, por las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social”, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 140 de fecha 07 de Junio del 2002; puede organizar Juegos de Loterías y similares. Pudiendo hacerlo por sí, o previo concurso, contratando con personas privadas, nacionales o extranjeras.

CAPÍTULO VI DE LA VENTA DE BIENES Y SERVICIOS VARIOS

Artículo 15°.- Dentro de este grupo tenemos:

Panadería y Pastelería,

Feria Ganadera de Coto Coto,

Remate de bienes dados de baja,

Crianza de animales menores,

CETPRO,

Industria del calzado,

Venta de productos agrícolas,

Alquiler de espacios publicitarios,

Albergadas pagantes,

Venta de artículos elaborados por los Albergados, y

Otros que se aperturen con el acuerdo del Directorio de la sociedad de Beneficencia de Huancayo.

CAPITULO VII DE LA CASA DE PRÉSTAMO

Artículo 16º.- La Casa de Préstamo de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, es una actividad comercial que estará vigente hasta que se recupere en su totalidad el capital de los préstamos otorgados.

CAPÍTULO VIII DE LA MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL

Artículo 17°.- La Actividad Comercial, se ejecutará de acuerdo a las siguientes modalidades:

Page 13: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

13

Administración directa.- Cuando las actividades económicas y financieras son ejecutadas directamente por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo. Concesión.- Cuando la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, otorga a personas jurídicas y personas naturales nacionales o extranjeras la ejecución y explotación de determinados servicios públicos o la explotación comercial de sus bienes, servicios u obras, por un plazo establecido. Contrato de Asociación en Participación.- Esta modalidad de contratación se aplica a negocios que requieran gran volumen de inversión y la utilización de tecnología de punta, tal es el caso de los Juegos de Lotería y similares, que se organizó de acuerdo a la Directiva N° 001-2002/INABIF-GPR “Lineamientos para organización de Juegos de Lotería y similares por las SBP y JPS”, aprobada con Resolución Presidencial N° 140 de fecha 07 de Junio del 2002. Artículo 18°.- Cualquier Actividad Comercial que realice o pretenda realizar la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, deberá contar con un informe técnico económico de sus ventajas de rentabilidad y costo beneficio.

CAPÍTULO IX

DE LAS AREAS RESPONSABLES

Artículo 19°.- La Gerencia de Negocios es la responsable de la ejecución y la rentabilidad de las actividades comerciales de: Cementerio y Servicios Funerarios, Farmacia, Centro Médico, y Lotería. Artículo 20°.- La Oficina General de Administración es la responsable de la ejecución y la rentabilidad de las actividades comerciales de Alquileres de predios, Ingresos por la Feria de Coto Coto, el servicio de Cochera y los Ingresos por el remate de los bienes dados de baja y otros. Artículo 21°.- La Gerencia de Desarrollo Humano es la responsable de la ejecución y la rentabilidad de las actividades comerciales de venta de animales menores, venta de productos agrícolas, CETPRO, Residentes pagantes, y la venta de los artículos elaborados por los albergados residentes. Artículo 22°.- Cada Gerencia a cargo de quien se encuentre las unidades productivas o de negocios, deberán de presentar un Informe Técnico – Económico en forma periódica que demuestre las ventajas económicas por cada tipo de Actividad Comercial; así mismo, efectuarán convenios con las diferentes Instituciones Pública ó Privadas para el cumplimiento de las metas, planes, y objetivos planteados.

CAPÍTULO X

DE LAS TARIFAS Artículo 23°.- Las Tarifas de Precios de los bienes y servicios, dependerá de las condiciones del mercado local, será establecido y/o modificado periódicamente de acuerdo a los indicadores inflacionarios y/o de acuerdo a un estudio de mercado. Artículo 24.- Las Tarifas de Precios estarán publicadas en cada Unidad de Producción o de Negocios.

Page 14: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

14

CAPÍTULO XI

DE LA AMPLIACIÓN O IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES

Artículo 25°.- Toda ampliación, cambio de giro o implementación de la actividad comercial se sustentará en un estudio económico y de rentabilidad, debiendo ser aprobado por el Directorio. El estudio será remitido a la Municipalidad Provincial de Huancayo para conocimiento o aprobación.

CAPÍTULO XII

DEL CONTROL DE LOS INGRESOS GENERADOS Y GASTOS ASUMIDOS POR CADA UNIDAD PRODUCTIVA O DE NEGOCIO

Artículo 26º.- Todas las actividades comerciales que se ejecuten se sustentarán con los respectivos Comprobantes de Ingresos o Gastos, las mismas que serán registradas presupuestal, financiera y contablemente. Artículo 27º.- Todas las actividades comerciales que desarrollan las Unidades Productivas o de Negocios (Centro Médico, Farmacia, Cementerio y Servicios Funerarios, Juegos de Lotería), la Oficina General de Administración (Alquileres de predios, Ingresos por la Feria de Coto Coto, el servicio de Cochera, y los Ingresos por el remate de los bienes dados de baja y otros); y, la Gerencia de Desarrollo Humano (venta de animales menores, venta de productos agrícolas, CETPRO, Albergadas pagantes, y otros.), estarán debidamente registradas y/o controladas contable, financiera y presupuestalmente, con la finalidad de determinar por separado la situación económico financiero (rentabilidad) de cada unidad de producción o de negocio; y, para una adecuada toma de decisiones por parte de la Alta Dirección. Artículo 28°.- La política de ventas de bienes y servicios de la actividad comercial, así como las formas de pago, serán aprobados por la Gerencia General a propuesta de la Gerencia responsable. Artículo 29°.- La Gerencia de Negocios elevará a la Gerencia General los resultados adjuntando un estudio técnico – estadístico de los negocios en forma semestral, y ésta a su vez informará al Directorio para su conocimiento. Artículo 30°.- El monto resultante de las depreciaciones que se efectúen a los Activos de las Unidades de Producción o de Negocios servirán para renovar dichos Activos. Artículo 31°.- Cada Unidad Productiva o de Negocio, financiará sus gastos con los montos captados por la venta de bienes o prestación de servicios, destinando el setenta por ciento (70 %) para gastos operativos y de funcionamiento de la actividad comercial, el treinta por ciento (30 %) se destina para gastos de capital de reposición de maquinaria y equipos, y para actividades de apoyo social. Artículo 32°.- Las exoneraciones de pago, las donaciones de bienes por la atención gratuita a personas en situación de extrema pobreza o indigentes, por parte de las Unidades Productivas o de Negocios, el pago o financiamiento serán asumidas por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

Page 15: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

15

TÍTULO III

DEL FINANCIAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE APOYO SOCIAL Artículo 33°.- El Plan Operativo de cada área de la Gerencia de Desarrollo Humano deberá de contener las actividades pormenorizadas a ejecutar, de acuerdo a la Directiva N° 007-2002/INABIF-GPR, considerando el techo presupuestal asignado. Artículo 34°.- La Oficina General de Planeamiento a través de Presupuesto o quien haga las veces, destinará el monto Presupuestal para los Programas de Apoyo Social considerando el 30 % del total del Presupuesto Inicial Aprobado, (PIA)

Artículo 35°.- De los Ingresos y Proyectos Productivos para la generación de mayores ingresos a la entidad (Juegos de Lotería en convenio u otra unidad de negocio en concesión o contrato de asociación en participación), se destinarán un porcentaje no menor del treinta por ciento (30 %) para financiar presupuestal y financieramente las actividades de apoyo social. Artículo 36°.- De las Utilidades obtenidas por cada Unidad Productiva o de Negocio por administración directa, el 30 % será destinado para financiar las actividades de apoyo social. Artículo 37°.- En el caso de los Ingresos captados por el Cementerio y Servicio Funerario, el 30% será destinado a las Actividades de Apoyo Social. El cálculo se efectuará deduciendo previamente la Utilidad Neta, el Fondo de Mantenimiento del Campo Santo. Artículo 38°.- El cálculo de los montos a transferirse para financiar las actividades de apoyo social, lo efectuará la Oficina de Contabilidad, en base a las utilidades resultantes de los Estados de Costos de las unidades productivas o de negocio; que será elevado a la Oficina General de Administración, quien a su vez ordenará a la Oficina de Tesorería, para su ejecución.

TÍTULO IV DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Artículo 39°.- El presente Reglamento de Actividad Comercial, será aprobado por Resolución de Presidencia de Directorio, el mismo que será ratificado por Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Huancayo, Artículo 40°.- El ajuste o modificación del presente Reglamento de la Actividad Comercial, será a solicitud de la Gerencia de Negocios o cuando cambien la Normativa que genera el Presente. Artículo 41º.- La Modificación del presente Reglamento será efectuado por la Oficina General de Planeamiento, a través de Racionalización o quien haga sus veces.

Page 16: REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE

REGLAMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

______________________________________________________________________________________

FE : ABRIL 2013 RACIONALIZACION

16

ANEXOS

RELACION DEL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

N° UBICACIÓN AREA

OCUPADA m2 USO

AV. JR. DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 01 Loreto N° 162 Huancayo Huancayo Junín 203.00 Farmacia

02 Mantaro N° 164 Huancayo Huancayo Junín 203.00 Centro Médico

03 Tarapacá N° 294 Huancayo Huancayo Junín 250.80 Desocupado

04 Real N° 1198 Huancayo Huancayo Junín 250.80 Botica

05 San Martín de Porres N° 350

Huancayo Huancayo Junín 31,990.00 Cementerio

06 Jr. Cuzco N° 1576 Huancayo Huancayo Junín 3,459.01 Sede Institucional

RELACION DE JUEGOS DE LOTERIAS Y SIMILARES ORGANIZADAS POR LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO CON INTERVENCION DE TERCEROS (*)

N° DESCRIPCION DEL JUEGO PLAZO DE DURACION DEL

CONTRATO EMPRESA

ADJUDICATARIA

01 Tinka Plazo indefinido INTRALOT DE PERU S.A.C.

02 Tinka Megagol Plazo indefinido INTRALOT DE PERU S.A.C.

03 Rapitinkas Plazo indefinido INTRALOT DE PERU S.A.C.

04 Clic – Gana Plazo indefinido INTRALOT DE PERU S.A.C.

(*) La modalidad de la organización de los Juegos de Lotería es por “Convenio de Colaboración Empresarial”.