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EL FUTURO DE LA MOVILIDAD COLECTIVA
REGLAMENTACIÓN: PRESENTE Y FUTURO DEL AUTOBUS Y DEL AUTOCAR
Año 2016
3.657
Producción
Año 2016
520.500.000
Facturación
2.683
Año 2016
Empleo
Galicia Asturias La Rioja País Vasco Navarra Cataluña
Mercado Nacional
1.955
Internacional
1.702
≤ 5 Tn
+ 8
> 5 Tn
+ 8
Clase I: Vehículos provistos de zonas destinadas a viajeros de piepara permitir el desplazamiento frecuente de estos.
URBANOS
Clase II: Vehículos previstos principalmente para viajeros sentados ydiseñados para permitir el transporte de viajeros de pie en el pasilloó en una zona que no sobrepase el espacio previsto para dosasientos dobles.
SUBURBANOS
Clase III: Vehículos diseñados exclusivamente para viajeros sentados.(Prohibidos los viajeros de pie)
INTERURBANOS
Clase A: Vehículos diseñados para el transporte de viajeros de pie,los vehículos pertenecientes a esta clase están provistos de asientosy deben de estar acondicionados para el transporte de viajeros depie.
URBANOS
Clase B: Vehículos que no han sido diseñados para el transporte deviajeros de pie, los vehículos pertenecientes a esta clase no estánacondicionados para el transporte de viajeros de pie.
INTERURBANOS
Conductor y mas de 22 viajeros
Conductor, mas de 8 viajeros y
hasta 22 viajeros
Nuevas Matriculaciones desde 01/07/2016 (*)Suplemento 1 10/06/2014
Suplemento 2 15/06/2015
Suplemento 3 08/10/2015
Suplemento 4 18/06/2016
Suplemento 5 08/10/2016
Suplemento 6 22/06/2017
Entrada en vigor 26/07/2012Nuevos Tipos desde 10/06/2018Nuevas Matriculaciones 10/06/2019Suplemento 1 15/06/2015
Suplementos 2/3 08/10/2015
Suplemento 4 18/06/2016
Suplemento 5 08/10/2016
Suplemento 6 22/06/2017
Entrada en vigor 08/10/2016Nuevos Tipos desde 01/09/2020Nuevas Matriculaciones 01/09/2021
Suplemento 1 22/06/2017
650
650
620
650
Línea
Coj
ín
650
Clase I / A
Clase II / III / B
Línea
Coj
ín
680
620
680
680
680
Gálibo para comprobar el espacio necesario entre asientos“Suplemento 6 a R-107.05” / “Suplemento 6 a R-107.06”
“Suplemento 01 a R-107.07”
650 (Clase I y A)
400
680 (Clase II, III y B)
Frente
Número de Viajeros Nº de trampillas DimensionesMenor o Igual de 50 1 700 x 500 mm
400.000 mm2Mas de 50 2R-107-05
R-107-06Número de Viajeros Nº de trampillas DimensionesMenor o Igual de 30 1 700 x 600 mm
450.000 mm2Mas de 30 2
Vehículos clases II / III / B
Trampillas de evacuación
7.6.1.12 Las trampillas de evacuación en vehículos de las Clases I y A no podrán instalarse si están instaladoscomponentes técnicos que puedan representar riesgos potenciales para los pasajeros que las utilizan (p .e.,sistemas de alta tensión, sistemas que contengan líquidos peligrosos y/o gases, etc.). (Suplemento. 2- 03)
7.6.2.4 ….si se aplica el párrafo 7.6.1.12, una salida adicional prescrita en el párrafo 7.6.1 se instalará a cadalado del vehículo. Para los vehículos de dos pisos, esta prescripción sólo se aplicará al nivel superior.
Trampillas de evacuación
Botellas de Gas / Baterías …
Clases I y A
7.6.1.12 Las trampillas de evacuación no podrán instalarse si están instalados componentes técnicos quepuedan representar riesgos potenciales para los pasajeros que las utilizan (p. e., sistemas de alta tensión,sistemas que contengan líquidos peligrosos y/o gases, etc.). (Serie 06)
7.6.2.4 ….si se aplica el párrafo 7.6.1.12, una salida adicional prescrita en el párrafo 7.6.1 se instalará a cadalado del vehículo. Para los vehículos de dos pisos, esta prescripción sólo se aplicará al nivel superior.
Trampillas de evacuación
Botellas de Gas / Baterías …
Clases I / II / III / A / B
PROTECCIÓN HUECOS DE ESCALERA Y ASIENTOS EXPUESTOS:7.12.1 En las zonas en que un viajero sentado pueda ser proyectado hacia adelante hacia una caja deescalera, como consecuencia de un fuerte frenado, se instalará un mamparo de protección o, en el caso devehículos de las Clases A o B, un cinturón de seguridad. La protección debe tener una altura mínima de 800mm por encima del suelo sobre el cual reposan los pies del viajero y se extenderá hacia el interior delvehículo a partir de la pared, como mínimo 100 mm más allá del eje medio longitudinal de cualquierasiento en el cual un viajero esté expuesto a este riesgo, o hasta la contrahuella del peldaño superior deescalera si esta distancia es más corta
800
Min. 100
Escalera
CLASESA / B
R-107.05
7.7.13.1Protección conductor
MAMPARAS DE PROTECCIÓN
EN R-107.05
PROTECCIÓN HUECOS DE ESCALERA Y ASIENTOS EXPUESTOS:7.12.1 En las zonas en que un viajero sentado pueda ser proyectado hacia adelante hacia una caja deescalera, espacio de silla de ruedas, espacio de carrito de bebés, zona de viajeros de pie, como consecuenciade un fuerte frenado, se instalará un mamparo de protección o, en el caso de vehículos de las Clases A o B, uncinturón de seguridad. La protección debe tener una altura mínima de 800 mm por encimadel suelo sobre el cual reposan los pies del viajero y se extenderá hacia el interior del vehículo a partir de lapared, como mínimo 100 mm más allá del eje medio longitudinal de cualquier asiento en el cual un viajeroesté expuesto a este riesgo, o hasta la contrahuella del peldaño superior de escalera si esta distancia es máscorta
CLASESA / B
R-107.06
7.7.13.1Protección conductor
800
Min. 100
Escalera
MAMPARAS DE PROTECCIÓN
EN R-107.06Sup.05
PROTECCIÓN HUECOS DE ESCALERA Y ASIENTOS EXPUESTOS (Exclusión):7.12.2 El apartado 7.12.1. no se aplicarán a los asientos orientados hacia los laterales, un asiento que tienesu eje central dentro de la proyección longitudinal de una pasillo, un asiento frente a la cual se encuentrauna estructura del vehículo (por ejemplo, mesas fijas o un portaequipaje) que ofrece niveles comparablesde protección como los requisitos del apartado 7.12.1. o asientos enfrentados, entre los que la distanciamáxima entre las caras frontales de los respaldos de los asientos enfrentados no exceda de 1,800 mmcuando se mide de acuerdo con el apartado 7.7.8.4.3
Butaca central trasera (eje medio del asiento coincide con la proyección longitudinal de un pasillo)
Asientos orientados transversalmente (Clase I y A) (*)
Asientos enfrentados con separación menor de 1800 mm.
CLASESA / B
Exclusiones
Asientos con mesas de juego
800
Min. 100
Escalera
MAMPARAS DE PROTECCIÓN
EN R-107.06Sup.05
En vehículos rígidos se permite compartir
ese espacio
5.2 Los vehículos de la Clase I deben ser accesibles para las personas de movilidad reducida, incluido almenos un usuario de silla de ruedas y un carrito de niño o una silla de mano desplegada, según lasdisposiciones técnicas establecidas en el Anexo 8. En los vehículos rígidos de la Clase I la zona deacomodación de una silla de ruedas puede estar combinada con la zona de acomodación de un carrito deniño o una silla de mano desplegada.
R-107.05 Suplemento 1
Vehículos clase I
3.1 ( Anexo 8) EscalonesLa altura de los escalones en las vías de acceso de las puertas mencionadas y en la totalidad del pasillo nosuperará 200 mm en los vehículos de las clases I y A ni los 250 mm en los vehículos de las clases II, III y B.
La transición de un pasillo rebajado auna zona de asientos no se consideraescalón (Altura ≤ 350 mm)
Altura Escalones pasillos
Clase I y A 200 mm
Clases II / III / B 250 mm
7.6.11 Símbolos de seguridadLa información suministrada debe tener la forma de pictogramas, no obstante, palabras, letras y númerospueden suplementar el pictograma en continuación con el mismo símbolo. Cada símbolo debe situarse yorientarse de manera que sea fácilmente comprensible
Conductordelante
Motor de combustión interna detrásdel conductor
Nuevos Tipos 11/06/2018
(1) Suplemento 4 a R-107.06: Adicionalmente al sistema de alarma, los vehículos clase III,estarán equipados con un sistema de extinción automática e incendios en el compartimentomotor y en donde se sitúe un calefactor de combustión.
Señal SonoraSeñal Visual Luces de Emergencia
Motor
PrecalentadorDetector de humos
Sist
ema
de li
bera
ción
indi
rect
a
Sistema de Extinción
Automática de incendios
Sist
ema
de li
bera
ción
dire
cta
Vehículos clase IIINuevos Tipos 11/06/2018
Matriculaciones 11/06/2019
Vehículos clase I / IINuevos Tipos 01/09/2020
Matriculaciones 01/09/2021
Entrada en vigor 09/12/2010Nuevos Tipos desde 09/12/2012Nuevas Matriculaciones desde 01/07/2016 (*)
Suplemento 1 03/11/2013
Nuevos tipos “componentes” desde 26/07/2016
Nuevos tipos de “vehículo” desde 26/07/2017
Nuevas matriculaciones desde 26/07/2020
Entrada en vigor 26/07/2012
Aplica a los Autobuses
de las clases II y III
Combustión Vertical: Anexo 8 - Materiales y materiales composite en posición vertical del habitáculo pasajeros situados a menos de 13 mm del interior.
- Materiales de aislamiento instalados en posición vertical de la zona motor y compartimento separado de calefacción.Vp < 100 mm/min
Impermeabilidad : Anexo 9 - Materiales de aislamiento instalados en la zona motor y en el compartimento separado de calefacción.
- Se ensayan muestras de 140 mm x 140 mmAumento peso de la muestra < 1 g
Cables: ISO 6722:2006 Párrafo 12 - Todos los cables eléctricos deben someterse a una prueba de propagación de la llama según ISO 6722:2006.
Fusión de los Materiales: Anexo 7 - Incluye los Materiales y materiales composite a una altura de mas de 500 mm del cojín del asiento y en el techo del vehículo.
- Materiales de aislamiento de la zona motor y compartimento separado de calefacción.No se forman gotas inflamables
Combustión Horizontal: Anexo 6 - Materiales y materiales composite en posición horizontal del habitáculo pasajeros situados a menos de 13 mm del interior.
- Materiales y materiales composite en posición horizontal de la zona motor y compartimento separado de calefacción.Vp < 100 mm/min
Suplemento 2 Se permiten realizar homologaciones por este suplemento desde el 18/06/2016
Nuevos tipos componente desde el 26/07/2013
Nuevos tipos instalación desde el 26/03/2014Suplemento 1 18/11/2012
Suplemento 2 03/11/2013
Suplemento 3 09/10/2014
Nuevos tipos desde el 30/06/2014Suplemento 1 09/10/2014
Suplemento 2 18/06/2016
Suplemento 3 08/10/2016
El R-46 no aplica a los dispositivos de video vigilancia y grabación montados en el interior o exterior del vehículo.
Permite montar DVI de Cámara y Monitor como alternativa a los espejos
retrovisores de todas las clases.
(*) Para homologaciones nacionales y regionales, pueden seguir Autorizándose, homologaciones y extensiones utilizando el R-51.02 y además también pueden seguir realizándose extensiones de
homologación de la directiva 70/157*2007/34 hasta el 01/07/2027, fecha en que es derogada por el R(UE) 540/2014
Entrada en vigor 18/04/1995(*) Nuevos Tipos desde 01/10/1995Hay 10 suplementos del R-51.02
Fase 1: Nuevos Tipos desde 01/07/2016
Fase 2: Nuevos Tipos desde 01/07/2020
Fase 3 Nuevos Tipos (M2) 01/07/2024
Fase 3 Nuevos Tipos (M3) 01/07/2026
Entrada en vigor 20/01/2016
Para homologaciones nacionales, pueden seguir realizándose homologaciones y extensiones de R-51.02
Valores de Nivel Sonoro Exterior R-51.02 y R-51.03
Categoría Vehículo
Vehículos para transporte de Viajeros
R-51.02 dB (A)
R-51.03 Valores Límite dB (A)Fase 1 Fase 2 Fase 3
M2(+ de 8 viajeros
≤ 5 Ton)
M ≤ 2,5 t 72 72 70 692,5 t < M ≤ 3,5 t 74 74 72 71M > 3,5 t y Pn ≤ 135 kW 78 75 73 72M > 3,5 t y Pn > 135 kW 80 75 74 72
M3(+ de 8 viajeros
> 5 Ton)
Pn ≤ 150 kW 78 76 74 73150 kW < Pn ≤ 250 kW 80 78 77 76Pn > 250 kW 80 80 78 77
(1) Fase 1: Nuevos Tipos desde 20/01/2016 – Matriculaciones 01/07/2022(2) Fase 2: Nuevos Tipos desde 01/07/2020 – Matriculaciones (M2) 01/07/2026 / (M3) 01/07/2027(3) Fase 3: Nuevos Tipos (M2) 01/07/2024 / (M3) 01/07/2026
Masas Máximas Autorizadas en España para la modificación del Anexo IX del reglamento General de vehículos, R.D. 2822/1988 según orden PRA/ 499/2017
Total Eje Motor Eje no motor
Autobuses de 2 Ejes.Clase A y B 18.800 Kg. 11.500 Kg. 10.000 Kg.Clase I 20.000 Kg. 13.000 Kg. 10.000 Kg.Clase II y III 19.500 Kg. 12.600 Kg. 10.000 Kg.
Autobuses de 3 ejes rígidos.Clase I 25.000 Kg.(2)
(1) 26.000 Kg.(2) 13.000 Kg. 10.000 Kg.
Clase II y III 25.000 Kg.(2)(1) 26.000 Kg.(2) 12.600 Kg. 10.000 Kg.
Autobuses ArticuladosClase I 28.000 Kg.(2) 13.000 Kg. 10.000 Kg.Clase II y III 28.000 Kg.(2) 12.600 Kg. 10.000 Kg.
(1) Cuando el eje motor esté equipado con neumáticos dobles y suspensión neumática osuspensión reconocida como equivalente en la Comunidad, con arreglo a la definicióndel Anexo II, o cuando cada eje motor esté equipado de neumáticos dobles y el pesomáximo de cada eje no exceda de 9,5 toneladas.
(2) Si se utiliza un combustible alternativo tal como se define en el artículo 2 de la nuevadirectiva 2015/719, se podrá incrementar el peso máximo autorizado en una tonelada.
Eje Motor:13.000 Kg
Página Web: www.ascabus.es
email: [email protected]
Dirección Postal:C/ Orense 34 Planta 9Edificio Iberia Mart II28020 Madrid