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Reglamento de Convivencia Escolar 1

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

COLEGIO CONCEPCION SAN PEDRO FUNDAMENTACION

El Colegio Concepción San Pedro, es una comunidad educativa que se sustenta en un marco ético – valórico establecido en su Proyecto Educativo, que orienta y forma a sus integrantes. Como miembros de esta comunidad todos tenemos deberes que cumplir y derechos que ejercer. Juntos aprendemos a respetarnos a nosotros mismos y a los demás, aprendemos a convivir en paz y armonía, aprendemos a ser amigos, fraternos, tolerantes y solidarios, con la finalidad de crear un ambiente de convivencia fraterna entre todos los que conforman la comunidad educativa. En consecuencia, asumimos la Convivencia Escolar como la interrelación entre los diferentes actores del Colegio, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de los Estudiantes.

El presente reglamento señala los deberes que debemos cumplir y los derechos que debemos respetar. Por eso es necesario que conozcamos las normas que contiene para identificarnos con su esencia y espíritu, para guiar así nuestras relaciones y acciones de cada día.

Por otra parte, tomando en cuenta los principios rectores y orientadores establecidos por: La Constitución Política de la República de Chile, La Declaración Universal de los Derechos Humanos, La Convención sobre los Derechos del Niño, La Ley General de Educación(LEGE), Las Políticas de Convivencia Escolar del MINEDUC, Los Aprendizajes Fundamentales Transversales, La UNESCO, el Modelo Educativo COEMCO, El Proyecto Educativo Institucional, los aportes de los Profesores, Administrativos, Apoderados y Estudiantes, así como también las directrices de Rectoría y equipo técnico, son considerados en la normativa del presente Reglamento de Convivencia Escolar.

Es deber y compromiso de toda la Comunidad Escolar velar por su cumplimiento, en forma especial los Padres y Apoderados al momento de ratificar la matrícula de su pupilo(a) y al firmar el Contrato de Servicios Educacionales que presta el Colegio, teniendo presente, que no cuenta con Programa de Integración Escolar (PIE), comprometiéndose así a respetarlo y hacerlo cumplir por él o los Estudiantes que estén a su cargo, de acuerdo a sus etapas de desarrollo biopsicosocial.

En síntesis, el Reglamento de Convivencia, contribuirá a “aprender a vivir juntos y a fortalecer la convivencia ciudadana”.

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CARACTERÍSTICAS QUE EL COLEGIO ASPIRA VER REALIZADAS O EN PROCESO DE FORMACIÓN EN EL ESTUDIANTE QUE EGRESA

Teniendo en cuenta la visión humanista y laica sobre la realidad del ser humano en sus relaciones fundamentales para con los demás, las características o dimensiones generales de la educación del Colegio son las siguientes: Dimensión ético-valórica: Es capaz de tomar decisiones libres, responsables y autónomas. Asume que el ejercicio de la libertad debe basarse en la conciencia, en los valores y en la pertenencia a una comunidad. Se da cuenta de que es responsable de sus propias decisiones y co-responsable de la sociedad que forma parte. Es capaz de captar la presencia de antivalores y oponerse a ellos a través de la denuncia y de la acción. Dimensión social: Es capaz de defender la independencia del hombre y de la sociedad de toda influencia dogmática, ayudando con ello, a la construcción de una sociedad progresista, justa, fraternal, tolerante y solidaria, inspirada en el humanismo y el laicismo. Respetuoso con la naturaleza y su entorno, comprometiéndose con su protección y defensa del medio ambiente. Dimensión cognitiva: Es capaz de aprender a aprender para la construcción de su Proyecto de Vida y de poner sus conocimientos al servicio de los demás. Comprende que todo aprendizaje es activo y permite perfeccionar y potenciar el desarrollo de sus capacidades. Dimensión afectiva: Es capaz de amarse a sí mismo y a los demás. Se conoce y acepta sus cualidades y limitaciones; está abierto a la amistad y a brindar su colaboración y su solidaridad sin distinción de personas, en una relación de fraternidad y respeto mutuo. Dimensión psicomotriz Es capaz de coordinar adecuadamente sus actividades psicomotrices, cultivando su capacidad física en orden a la plenitud humana. Armoniza el trabajo intelectual con el ejercicio físico y el deporte, como fuente de salud y de seguridad en sí mismo. Estas dimensiones sólo podrán hacerse realidad, si las hacemos nuestras y si todos los que integramos la comunidad educativa, Estudiantes, profesores, personal administrativo y padres de familia, trabajamos juntos para avanzar en el logro de los objetivos y metas establecidas en el Proyecto Educativo Institucional.

CAPITULO I

DERECHOS Y DEBERES INDIVIDUALES:

El estudiante del Colegio Concepción San Pedro es el principal actor de su proceso educativo, integra la comunidad educativa y la representa en todo momento y lugar.

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Por eso, el estudiante tiene derecho a:

1. Ser educado de acuerdo a las Políticas Educacionales vigentes, Planes y Programas aprobados y Proyecto Educativo del Colegio.

2. Recibir una formación intelectual, personal, social y humana que responda a las necesidades actuales del país.

3. Ser respetado por todos los que conforman la Comunidad Educativa como persona, con su propio nombre e historia, y a no ser objeto de humillación o burla.

4. Ser escuchado y atendido cuando tiene una opinión o un problema de tipo académico, disciplinario o personal.

5. Contar con un ambiente que favorezca el trabajo y asegure el descanso necesario. 6. Ser informado oportunamente del Reglamento de Convivencia y normas del Colegio,

de la organización de los estudios, contenidos y bibliografía, de los requisitos, condiciones y resultados de evaluación.

7. Ser evaluado en forma integral, sistemática, justa y permanente, en concordancia con lo establecido en el reglamento de evaluación.

Tiene el deber de:

8. Conocer el Proyecto Educativo del Colegio, comprometerse con él y actuar en consecuencia en el quehacer diario.

9. Respetarse a sí mismo, cuidar su vida, su cuerpo y su salud, comportándose con dignidad en todo momento y lugar, evitando atentar contra su integridad física a través de juegos violentos que puedan causarle lesiones de cualquier índole, poniendo en riesgo su integridad física y la de otros. Además, deberá respetar la dignidad de su compañero (a), evitando el uso de un lenguaje soez e insultos de carácter sexual o ademanes que sugieran prácticas sexuales o tocamiento de connotación sexual.

10. Respetar a los demás miembros de la comunidad escolar, evitando insultos y apodos humillantes, abuso, discriminación, actitudes racistas, chismes, prepotencia, agresión física y expresiones verbales o a través de medios escritos, gráficos u electrónicos (Fotolog, Mail, Chat, Messenger, Twitter, Blog, Whatsapp, Youtube, Facebook, Instagram u otra red social) publicados dentro o fuera del Colegio que afecten la dignidad de las personas. Asimismo será fraterno, tolerante, cortés y colaborador; apoyará al que lo necesita, respetando las diferentes opiniones, usando un lenguaje respetuoso, tanto dentro como fuera del Colegio.

11. Estudiar con rigurosidad y constancia, realizando los trabajos y tareas estudiantiles y estar siempre preparado para participar activamente en clases y en las evaluaciones.

12. Ser veraz y cumplir con los compromisos adquiridos con sus compañeros, Profesores, Padres y Apoderados y todos los actores de la comunidad educativa.

13. Ser honesto(a) y honrado(a), cuidando lo que le pertenece y la propiedad de los otros, así como la propiedad del Colegio que está al servicio de todos.

14. Traer a clases los textos y materiales de trabajo que se necesiten, responsabilizándose de ellos.

15. Asistir diariamente al Colegio con su uniforme oficial completo y a toda actividad que lo represente, según lo estipulado en el artículo 65 del reglamento.

16. Abstenerse de consumir, portar y/o vender alcohol, cigarrillos y drogas o cualquier otra sustancia o elemento reñido con la moral y las buenas costumbres dentro del

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Establecimiento y en actividades externas programadas y/o representando al Colegio, como también vender artículos o especies en beneficio propio.

17. Asistir obligatoriamente a todas las actividades del Colegio para las cuales fuese designado, represente o se inscriba voluntariamente, con su uniforme oficial. Estas incluyen actos cívicos, deportivos, artísticos - culturales u otros, manteniendo un adecuado comportamiento que prestigie al Establecimiento.

18. Abstenerse de expresiones afectivas efusivas con compañeros y/o pololos que atenten contra la moral y las buenas costumbres, ante cualquier integrante de la Comunidad Escolar.

19. No portar ni traer al Colegio todos aquellos elementos que involucren riesgo a la integridad física de cualquier integrante de la Comunidad Escolar (armas de fuego o blancas, elementos cortos punzantes u otros).

20. Cumplir con las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar, de Evaluación y Manuales de Procedimientos del Colegio.

ACADÉMICOS:

El crecimiento en madurez e independencia, necesario para el crecimiento en libertad, depende de la participación activa en el proceso de aprendizaje. El camino hacia esta participación activa incluye estudio personal, oportunidades para el descubrimiento y la creatividad personal y una actitud de reflexión.

Por ello el alumno(a) tiene derecho a:

21. Contar con el acompañamiento, la orientación y el apoyo de los educadores del Colegio.

22. Disponer de un buen sistema de convivencia escolar, que lo oriente hacia la autodisciplina, manifestada en el rigor intelectual, en la aplicación perseverante a un estudio serio, en el comportamiento respecto de los demás, reconociendo la dignidad humana de cada persona.

23. Efectuar preguntas en clases, pedir aclaración, dar su opinión en un debate, de acuerdo a las normas de respeto establecidas.

24. Que las actividades y clases comiencen a la hora prevista y no sean interrumpidas, a no ser en casos especiales, debidamente justificados.

25. Conocer y respetar las fechas de trabajos escritos, orales, prácticos y pruebas acordadas con a lo menos 7 días sucesivos de anticipación a la fecha de su aplicación. Si hubiere lugar a modificaciones, que éstas sean comunicadas con la debida anticipación, (con un mínimo de 48 horas) así como a ser retroalimentados respecto de las mismas.

26. Conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. 27. Que se le entreguen las pruebas y trabajos corregidos con las indicaciones oportunas,

dentro de un plazo de 10 días hábiles y ser atendidas todas sus dudas acerca de ellas, como también a que sean publicadas oportunamente en Schoolnet los Programas de Estudios, calendarios de pruebas, temarios y resultados de las evaluaciones.

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28. Rendir como máximo 2 pruebas parciales en un día. 29. Participar en un máximo de 2 actividades extraescolares, siempre cuando no se vea

afectado su rendimiento escolar.

Tiene el deber de:

30. Mantener en clases un ambiente favorable a la actividad académica y formativa, lo que exige silencio, para cuando se trata de atender una explicación o escuchar una intervención o estudiar en privado y tener una participación activa y ordenada en las diferentes acciones educativas, evitando interrupciones, ruidos y todo lo que perturbe el desarrollo normal de la clase.

31. Asistir puntualmente a clases, evaluaciones, actividades y actuaciones en que participe o se comprometa y no salir de clases o del Colegio, sin la autorización correspondiente. Siendo, en caso de inasistencia, responsabilidad del alumno recuperar los contenidos y/o materias tratados en clases.

32. Cumplir puntualmente con la entrega de tareas y trabajos que deben ser presentados de acuerdo a las indicaciones y pautas de evaluación dadas por el profesor.

33. Mantener un trato respetuoso con los profesores, compañeros y cualquier integrante de la comunidad escolar, contribuyendo en todo momento a un buen clima escolar.

34. Participar, de quinto básico a cuarto año medio, en un taller deportivo como parte del subsector de Educación Física, que se realizan los días lunes, miércoles, jueves y viernes, según corresponda al nivel, de 15:30 a 17:00 hrs., y su asistencia tiene carácter obligatorio y es evaluado.

35. Los Apoderados deberán informar por escrito al profesor respectivo cuando por razones justificadas un estudiante se retire de una actividad extraescolar o coprogramática.

36. Presentar autorización por escrito y firmada por el apoderado cada vez que salga el estudiante del establecimiento, teniendo conocimiento que no son aceptadas las autorizaciones telefónicas, la no presentación con la debida firma, faculta al colegio para exigir que el estudiante permanezca en él.

DE LA PARTICIPACIÓN:

La participación del estudiante en la vida institucional, constituye un componente esencial de su propia formación integral. Los canales institucionales de participación, principalmente los organismos estudiantiles, promoverán las acciones que estimulen la autodisciplina personal y grupal, la solidaridad, la comunicación entre todos los miembros de la comunidad educativa y participación responsable.

Por eso, el estudiante tiene derecho a:

37. Participar, conforme a su edad, en las actividades académicas, culturales, sociales y deportivas promovidas por el Colegio.

38. Participar en la elaboración del manual de convivencia y de los estatutos, normas y procedimientos que rigen a los organismos estudiantiles del Colegio:

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39. Organizar y promover actividades culturales, de proyección a la comunidad, sociales y deportivas, de acuerdo al espíritu del Colegio, previo conocimiento y autorización de las autoridades del Establecimiento, según corresponda.

40. Elegir y/o ser elegido en los organismos estudiantiles del Colegio de acuerdo a las normas establecidas.

41. Planificar y organizar, dentro de las posibilidades y normas del Colegio, las acciones de dichos organismos.

42. Tener acceso al uso de instalaciones y equipamiento del Colegio, de acuerdo a las disposiciones de la Rectoría.

43. Que se respete la privacidad de las comunicaciones entre el Colegio y la familia.

Tiene el deber de:

44. Traer diariamente la agenda, NEXO OFICIAL de comunicación entre el hogar y el Colegio. Conservarla en perfecto estado, sin inscripciones ajenas a su finalidad, haciéndola firmar por sus padres y profesores, y de hacer llegar a su familia o al Colegio, las comunicaciones que ellos remitan.

45. Traer firmadas por sus padres o apoderado, en la fecha señalada, las notas, pruebas, circulares u otros documentos que se le indiquen.

46. Responder junto a su Apoderado y/o Padres, a toda citación que le efectúen funcionarios del Colegio, confirmando por escrito, vía agenda, la toma de conocimiento de estas citaciones.

EN RELACIÓN A LOS BIENES:

La infraestructura, instalaciones, equipamiento y mobiliario que ofrece el Colegio son fruto del esfuerzo y apoyo de la Corporación Educacional Masónica de Concepción y constituyen un patrimonio del que se benefician los Estudiantes actuales y los que estudiarán en los próximos años.

Por eso, el estudiante tiene derecho a:

47. Usar los ambientes adecuados a su edad y nivel escolar, y a la actividad que en ellos debe realizar.

48. Disponer del mobiliario suficiente, en buen estado y adecuado a su finalidad. 49. Que sean respetados sus bienes y aquellos asignados para su uso. 50. Usar las instalaciones y equipos del Colegio, de acuerdo a las disposiciones

establecidas. 51. Contar con normas de seguridad e higiene que permiten un aprovechamiento adecuado

de las facilidades que el Colegio ofrece.

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Tiene el deber de:

52. Mantener el Colegio limpio tanto las aulas como los patios, baños, jardines, laboratorios, casino, biblioteca y demás instalaciones que están al servicio de todos. Cuidar su Colegio y velar por su buena conservación, usando las instalaciones de manera adecuada, responsable y conforme a las normas de Seguridad e Higiene.

53. Conservar en buen estado los artículos deportivos, de laboratorio, material didáctico, bibliográficos, tecnológicos, aula y cualquier otro que ha recibido a principio de año o durante el proceso escolar para uso personal y colectivo.

54. Responsabilizarse de los bienes dañados o perdidos, asumiendo los costos económicos respectivos.

55. Devolver los bienes que le fueron asignados en las mismas condiciones en que le fueron entregados.

56. Abstenerse de traer al Colegio dinero, joyas, juguetes, equipos electrónicos u otros objetos de valor distintos a los útiles escolares, sin la autorización expresa del profesor, teniendo presente que es de su responsabilidad la pérdida o daño de éstos.

57. Respetar el no uso de celulares o cualquier otro dispositivo electrónico en las salas de clases o cualquier otra dependencia del establecimiento en actividades formales u oficiales del Colegio, salvo autorización expresa de quien corresponda y su uso será restringido a actividades de carácter pedagógico.

58. Respetar las normas establecidos en los respectivos Manuales de Procedimientos en el uso de: biblioteca, casino, gimnasios, laboratorios, pizarras digitales, talleres de artes, enfermería y servicio de movilización, así como las normas referidas al uso de canchas, equipamiento deportivo e instalaciones en general.

59. Todo estudiante que usa la movilización del Colegio declara conocer el Reglamento de deberes y derechos de los Estudiantes que regulan el servicio de Movilización, donde se destacan las siguientes disposiciones: a. Esperar y subir al bus en el paradero que le corresponda, según los recorridos

establecidos. b. De regreso al hogar, abordar el bus solamente en el interior del establecimiento. c. Comunicar oportunamente cambio de domicilio a Inspectores, y Profesor Jefe

respectivo e informar situaciones como atrasos, cambios de recorridos, cambios de conductores o buses, etc.,

d. En los buses tienen preferencia a viajar sentados los Estudiantes más pequeños (as). e. Se prohíbe fumar, consumir alcohol y/o cualquier sustancia nocivas para la salud. f. Vestir correctamente el uniforme del Colegio, ciñéndose a las normas que rigen la

actividad en que participa. g. Mantener una conducta adecuada que favorezca una sana convivencia. h. Conocer y respetar el Manual de Movilización.

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CAPÍTULO II

ESTÍMULOS, MEDIDAS EDUCATIVAS Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES

Todo grupo humano estimula o reconoce de alguna manera las conductas positivas de sus miembros. Al mismo tiempo, toma medidas o sanciones que ayuden a la modificación de las conductas que van en contra de las normas establecidas, para el bien de todos. El estudiante tiene el derecho de recibir los estímulos y las sanciones que su comportamiento amerite como también de solicitar las reconsideraciones que crea justificadas adjuntando pruebas que las sustentan.

60. Son estímulos las acciones que se realizan para reconocer, reforzar y motivar las conductas positivas propuestas en el perfil del estudiante, por participación en actividades relevantes y acciones destacadas individuales, grupales y en representación del Colegio.

61. El Colegio tiene los siguientes estímulos: a. Reconocimiento y felicitación verbal individual o grupal. b. Reconocimiento y felicitación escrita individual o grupal. c. Reconocimiento y felicitación pública. d. Premios y distinciones especiales.

62. Son medidas educativas, las acciones que tienen como finalidad el cambio de conductas por medio de la persuasión y el diálogo, para ayudar al estudiante a crecer con responsabilidad, a respetarse y respetar los derechos de los demás, y a aprender a vivir en comunidad.

El Colegio tiene las siguientes medidas educativas, según se requiera:

a. Diálogo personal con el estudiante. b. Ejecución de tareas o trabajos especiales que ayuden a modificar comportamientos. c. Conversación con los padres de familia, apoderado y/o tutor. d. Seguimiento y apoyo de orientación al alumno. e. Tratamiento del problema mediante acciones de tutoría. f. Cambio de curso por razones pedagógicas y/o conductuales.

63. Las faltas se clasifican de acuerdo a su gravedad y reiteración, en Leves, Graves y

Gravísimas.

1. Faltas Leves: Son aquellas actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje, que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad.

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Se consideran faltas leves:

a. Cometer acciones que interrumpan o distraigan la atención del curso afectando el desarrollo de la clase.

b. Incumplimiento de sus tareas y/o carencia de útiles de trabajo. c. Acumular tres atrasos al inicio o durante la jornada de clases. d. Asistir a clases sin agenda escolar, con duplicidad, alteración o intercambio de ésta. e. Alteración o modificación del uniforme escolar. f. Uso de aparatos tecnológicos, sin la autorización del Profesor.

2. Faltas Graves: Son las actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así mismo se incluyen en esta clasificación la reiteración de faltas leves.

Se consideran faltas graves:

a) Situaciones que signifiquen la expulsión de la sala de clases. b) Mal comportamiento en los buses. c) Faltar a la honradez en su trabajo escolar. d) Inasistencia sin la justificación pertinente a: evaluaciones, citaciones u otras

instancias convocadas por Docentes Técnicos y/o Directivos. e) Hacer uso indebido de cualquier dependencia del Colegio. f) Incumplimiento reiterado de las disposiciones relativas al uniforme escolar y

presentación personal, entre otras. g) Complicidad o encubrimiento de actos deshonestos. h) Provocar daños o destrucción por negligencia en el mobiliario o útiles escolares del

colegio o de sus compañeros.

3. Faltas gravísimas: Son las actitudes y comportamientos que atentan gravemente contra la integridad física o psíquica a terceros, así como las acciones deshonestas que alteren el normal proceso de enseñanza – aprendizaje, como también la reiteración de faltas graves; así como aquellas que escapan a las normas de sana convivencia, a la moral y las buenas costumbres.

Se consideran faltas gravísimas:

a) Agredir física o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar. b) Incumplimiento de una orden emanada de la Rectoría. c) Confabular para cometer actos contrarios a la moral y las buenas costumbres. d) Ausentarse de clases o del Colegio, durante la jornada escolar, sin la autorización

correspondiente. e) Sustraer con participación directa o indirecta cualquier especie ajena (hurtar y/o

robar). f) Falsificar o adulterar evaluaciones, documentos o comunicaciones entre Colegio -

Familia, causar destrucción o deterioro a la infraestructura o equipamiento del Establecimiento como también provocar daño a terceras personas. Debiendo asumir el costo de los deterioros causados.

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g) Portar objetos cortopunzantes o cualquier otro material bajo cualquiera de sus formas, que pudiese ser utilizado para atentar contra la integridad física y psíquica de terceras personas. Así como dar uso inapropiado a cualquier material escolar, ajeno al propósito para el cual fue diseñado.

h) Portar, consumir o vender drogas, bebidas alcohólicas o fumar al interior del Colegio o fuera de él vistiendo uniforme, además de artículos como cigarrillos electrónicos u otros dispositivos con evidente intención de simular fumar.

i) Participación directa o indirecta en situaciones de bullying y/o ciberbullying, grooming u otras situaciones que afecten la convivencia escolar y/o dignidad de los Estudiantes o funcionarios del Colegio.

j) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa.

k) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defecto físico, o cualquier otra circunstancia.

l) Abandonar la sala de clases sin autorización del Profesor.

64. Las sanciones son las acciones remediales que el Colegio aplica a los Estudiantes que cometieren faltas con la finalidad de cambiar su comportamiento y cautelar el orden necesario para el cumplimiento de sus fines educativos y la sana Convivencia Escolar. Para la aplicación de sanciones se analizarán las atenuantes, agravantes y eximientes, y se atenderán los protocolos correspondientes a cada situación, ya sea por parte del Consejo de Profesores y/o Consejo de Coordinación Directiva y comunicadas oportunamente, al alumno (a) y a su Apoderado o Apoderada.

El Colegio establece la aplicación de sanciones de acuerdo al nivel de gravedad y/o persistencia de las faltas, siendo estas las siguientes:

Para las faltas leves:

a) Amonestación verbal. b) Amonestación escrita en el libro digital de clases y comunicada mediante agenda

escolar al apoderado. c) Asistencia a permanencias educacionales en el Colegio, en jornada de la tarde o día

que el establecimiento considere pertinente. d) Suspensión de una clase determinada, durante la jornada escolar. e) Si es reiterada la falta y en la misma asignatura, Inspectoría General citará al

Apoderado junto al alumno o alumna, con información al Profesor (a) Jefe, dejando constancia en hoja de entrevista.

Para las faltas graves:

1. Registro de la falta en la hoja de vida y citación al Apoderado. 2. Suspensión de una clase determinada, durante la jornada escolar. 3. Suspensión condicionada hasta la presencia del Apoderado y/o de los Padres de

Familia.

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4. Suspensión de Clases:

• Hasta 2 días, por el Inspector General • 3 días, por el Inspector General, previo autorización de Rectoría. • Más de 3 días, por el Inspector General previa consulta al Consejo de Coordinación Directiva.

5. Carta Compromiso: Medida propuesta por el Consejo de Profesores y/o Consejo de Coordinación Directiva, compromete al estudiante y su apoderado a un cambio positivo que favorezca una sana convivencia escolar.

6. Falta reiterada: condicionalidad de matrícula.

Para las faltas gravísimas:

a) Registro de la falta en la hoja de vida y citación al Apoderado, suspensión , condicionalidad de Matrícula y/o Condicionalidad Extrema durante el año escolar: Medida propuesta por el Consejo de Profesores y/o Consejo de Coordinación Directiva y la correspondiente resolución de Rectoría. Esta medida implica que el estudiante no podrá representar al Colegio en ninguna actividad externa ni integrar el Centro de Estudiantes.

b) Suspensión de clases y rendición de evaluaciones en jornada de la tarde, por acuerdo del Consejo de Profesores y ratificación del Consejo de Coordinación Directiva.

c) Expulsión inmediata. d) No renovación del Contrato de Servicios Educacionales, si se presentan alguna de

las siguientes situaciones: ! Problemas Conductuales que afecten la convivencia interna y prestigio del

Colegio, que atenten contra la seguridad e integridad física y/o psíquica de alumnos, profesores o terceros. Así como el uso o manejo de imágenes pornográficas y/o publicación de fotografías o imágenes que denigren o afecten la honra y dignidad de algún miembro de la comunidad educativa, según lo establecido en los respectivos protocolos de actuación que complementan el presente Reglamento. Esta medida se aplicará a proposición del Consejo de Profesores y/o Consejo de Coordinación Directiva y la correspondiente resolución de Rectoría.

• En situaciones de Bullying, Ciberbullying, Grooming u otras situaciones que afecten la convivencia escolar y/o dignidad de Estudiantes o funcionarios del Colegio. Esta medida se aplicará a proposición del Consejo de Profesores y/o Consejo de Coordinación Directiva y la correspondiente resolución de Rectoría.

! Repetir curso y tener Condicionalidad de matrícula vigente al término de año escolar.

! Por conducta reiterativa que afecte la convivencia escolar, actos que transgredan las normas legales vigentes o que dañen el prestigio del Colegio.

! Repetir curso y no existan vacantes en el nivel.

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! Por disposición del Directorio de la Corporación Educacional Masónica de Concepción, en lo relativo al no cumplimiento del contrato de servicios educacionales suscrito para el año escolar en curso.

Criterios para la aplicación de faltas gravísimas:

a) En situaciones que afecten la convivencia escolar y que ameriten la apertura de protocolo de investigación, ésta será realizada por el Comité de la Buena Convivencia para comprobar los hechos y determinar plan de acción a seguir.

b) Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta, al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

c) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

d) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

e) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. • El carácter vejatorio o humillante del maltrato. • Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. • Haber agredido a un Profesor o funcionario del Establecimiento. • La conducta anterior del responsable.

f) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 7. La discapacidad o indefensión del afectado. 8. Si el responsable fuere un funcionario del Establecimiento, se aplicará las medidas

contempladas en normas internas, así como la legislación pertinente. 9. Si el responsable fuere el padre, madre o Apoderado de un Estudiante, en casos

graves se podrán disponer medidas como la obligación de asignar a un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al Establecimiento.

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PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE RECLAMOS, EVALUACIÓN DE FALTAS Y APLICACIÓN DE SANCIONES. a) Reclamos. Todo reclamo por conductas que afecten la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante Profesor Jefe, Inspectoría General, Coordinación del Campus Huertos o a Rectoría según corresponda, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se adopten las medidas que corresponda de acuerdo al presente Reglamento, resguardándose la identidad del reclamante. No se podrá imponer una sanción disciplinaria en contra de la persona acusada basada únicamente en el mérito del reclamo, sin previa investigación. b) Protocolo de actuación. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias para la aplicación de las medidas correspondientes, todos los involucrados serán escuchados y no se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos al proceso. De cada actuación y resolución quedará constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. c) Deber de protección. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. Si el afectado fuere un Profesor o funcionario del Establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. d) Notificación a los Apoderados. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o Apoderados quedando constancia escrita de ella. e) Investigación. El o la encargado (a) o algún integrante del Comité de la Buena Convivencia Escolar llevará adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento (si es necesario se usará el registro de grabación de las cámaras de seguridad como medios de prueba). Una vez recopilados los antecedentes correspondientes u/o agotada la indagación, el investigador presentará un informe a Rectoría según gravedad de la falta, para la aplicación de una medida o sanción si procediere.

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f) Resolución y citación a entrevista. El Docente Directivo o integrante del Departamento de Orientación, citará a entrevista cada uno de los padres del o los estudiantes involucrados para informarles los resultados de la investigación y la aplicación de las sanciones correspondientes o si el reclamo fue desestimado dejándose constancia escrita de ambas circunstancias. En la resolución se especificarán las medidas reparatorias adoptadas en favor del afectado, así como la forma en que se llevará a cabo su efectivo cumplimiento: disculpas privadas o públicas, restitución de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine. g) Normas de apelación a sanciones Todo integrante de la Comunidad Educativa tiene derecho a una apelación, frente a cualquier sanción derivada de una trasgresión a las normas contenidas en el presente Reglamento. Dicha apelación se presentará por escrito a la misma instancia que haya determinado la sanción dentro de un plazo 5 días, la cual resolverá en virtud a los nuevos antecedentes que se hayan recibido. En situaciones especiales, luego de haber apelado en esa primera instancia, podrá solicitar audiencia con la instancia inmediatamente superior. La Rectoría se considera la última instancia luego de haber acudido a las anteriores. En caso de no renovación del contrato de prestación de servicios educacionales, el Apoderado podrá apelar al Rector a través de una solicitud por escrito y en un plazo no superior a 48 hrs. desde la notificación de la medida. El Rector podrá convocar a un Consejo de Coordinación Directiva Especial de Apelación, en la medida que la solicitud aporte nuevos antecedentes relevantes no conocidos o considerados por el Consejo de Profesores y/o del Consejo Coordinación Directiva que tomó la decisión. La resolución adoptada, en esta instancia, será informada por escrito al apoderado. La resolución de Rectoría tiene carácter inapelable.

CAPÍTULO III

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

Del uniforme:

65. El uniforme oficial del Colegio consta de las siguientes prendas:

Enseñanza Prebásica:

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Buzo deportivo y polera blanca con logo del Colegio Concepción San Pedro, zapatillas blancascon planta non marking y velcro, delantal cuadrillé azul. En caso de días fríos o lluviosos se permitirá el uso de la casaca oficial del Colegio.

1° a 4° Año Básico: Buzo deportivo y polera blanca con logo del colegio del Colegio Concepción San Pedro, zapatillas blancas con planta non marking y velcro. En caso de días fríos o lluviosos se permitirá el uso de la casaca oficial del Colegio. 5° Año Básico a 4° Año Medio Damas

- Casaca azulina de tela softshell con insignia del Colegio Concepción San Pedro. - Calcetas grises. - Blusa blanca, camisa con cuello redondo. - Suéter gris con rayas azulinas y escote en “V”, y/o polar de color gris con insignia

del Colegio. - Zapatos negros. - Falda escocesa gris con azulino (largo mínimo 10 cm. sobre la rodilla). - Corbata del Colegio Concepción San Pedro. - De 5º básico a 4º año medio uso obligatorio de delantal blanco, para laboratorios

y/o talleres.

En las estaciones de primavera y verano, la camisa y corbata puede ser reemplazada, salvo en ceremonias oficiales y/o actividades de representación del Colegio por el uso de la polera blanca cuello “V” oficial del Colegio. En caso de días fríos o lluviosos sólo se permitirá el uso de la casaca oficial del Colegio, balerina gris o pantalón de tela gris corte recto.

Varones

- Casaca azulina de tela softshell con insignia del Colegio Concepción San Pedro. - Camisa blanca. - Corbata del Colegio Concepción San Pedro. - Suéter con rayas azulinas y escote en “V” o polar de color gris con insignia del Colegio. - Calcetines grises. - Zapatos negros. - Pantalón gris de corte recto, el cual debe ser usado formalmente. - De 5º básico a 4º año medio uso obligatorio de delantal blanco, para laboratorios y/o talleres.

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En las estaciones de primavera y verano, la camisa y corbata puede ser reemplazada, salvo en las ceremonias oficiales, por el uso de polera blanca cuello “V” oficial del Colegio. En caso de días fríos o lluviosos sólo se permitirá el uso de la casaca oficial del Colegio.

66. Las damas deben presentarse con peinado sencillo, sin maquillaje, con traba azul, amarilla, gris o blanca si la necesita, sin cosméticos, uñas sin pintar, sin adornos llamativos y sin joyas de valor. Los Varones deben presentarse con pelo ordenado y bien afeitados. El uso de aros y/o piercing en los varones y damas, no podrán ser usados mientras porte su uniforme escolar. Se permite el uso de aros sobrios en las damas ubicados sólo en el lóbulo de su oreja.

67. Podrán asistir a clases con buzo oficial del Colegio, exclusivamente el día que le corresponda clases de Educación Física (deporte) en la jornada de la tarde o cuando la autoridad escolar lo permita.

Uniforme Oficial para Educación Física, 5° Año Básico a 4° Año Medio. Damas

- Calzas azules para usar exclusivamente durante la clase. - Dos poleras blancas, sin alterar su confección, con insignia del Colegio Concepción San Pedro. - Buzo deportivo oficial del Colegio Concepción San Pedro (pantalón azulino corte

recto, sin alterar su confección y polerón cerrado con cierre desde el canesú al cuello).

- Zapatillas deportivas con planta non Marking. - Calcetas blancas. - Útiles de aseo: toalla, jabón, pantinas y/o hawaianas.

Varones

- Short azul para usar exclusivamente durante el desarrollo de la clase. - Dos poleras blancas, sin alterar su confección con la insignia del Colegio Concepción San Pedro. - Buzo deportivo oficial del Colegio Concepción San Pedro (pantalón azulino corte recto, sin alterar su confección y polerón cerrado con cierre desde el canesú al cuello) - Zapatillas deportivas sin plataforma con planta non marking. - Calcetas blancas. - Útiles de aseo: toalla, jabón y pantinas y/o hawaianas.

68. El uso diario del uniforme escolar es obligatorio, exceptuando los días señalados expresamente por la Rectoría del Colegio. Se pierde el derecho a ingresar a las aulas, si no se está correctamente uniformado.

69. El uniforme debe llevarse adecuadamente, con orden y limpieza. Están prohibidos los aditamentos, dibujos o rayas, sustituciones y mutilaciones. Se considera falta el uso de

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poleras de colores debajo de la camisa y de accesorios (brazaletes, muñequeras, collares, aretes, gorros, etc.).

70. Las prendas de los uniformes, deberán llevar marcado el nombre y apellido del estudiante propietario.

De la Agenda:

71. La agenda es un documento oficial del Colegio, una ayuda para el trabajo escolar del alumno, y un instrumento de comunicación con los padres de familia.

72. El estudiante deberá traer todos los días la agenda al Colegio. La presentará firmada por el Padre o Apoderado, cuando el Profesor, inspector o Jefe de Unidad la solicite.

73. La agenda debe:

a) Tener todos los datos generales completos, incluido fotografía y firma del apoderado.

b) Estar sin inscripciones, estampas, dibujos o anotaciones ajenas a su finalidad.

c) Estar firmada sólo por los padres de familia o Apoderados, cuyas firmas se encuentren registradas en la Agenda y en el Colegio.

d) Tener consignados los méritos y deméritos anotados en el registro del Libro de Clases.

e) El Apoderado debe reponer la agenda en caso de extravío o evidente deterioro.

74. La agenda no debe firmarse por adelantado.

CAPITULO IV

DE LOS ORGANISMOS ESTUDIANTILES

Participación estudiantil

En un enfoque pedagógico centrado en el estudiante, como principal agente de su propio desarrollo, la participación en las decisiones que le afectan directamente, así como en las diversas actividades de la vida institucional, constituye un componente esencial. Por ello, en la Comunidad Escolar, se fomenta la comunicación, se cautelan los derechos de las personas y se favorece la gestión directa del estudiante en aquellos trámites que le afectan individual o grupalmente.

Esta participación se institucionaliza también a través de los organismos estudiantiles. Éstos tienen la finalidad de facilitar su formación como personas activas en la vida comunitaria, contribuyendo a buscar soluciones creativas y eficaces a los problemas que viven, canalizando la participación estudiantil dentro de la comunidad educativa, con respeto a la dignidad y derecho de las personas y propiciando la solidaridad, el

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compañerismo y apoyo mutuo entre los Estudiantes del Colegio. Se debe contar con la autorización de las autoridades del Colegio para la implementación de las diversas actividades.

Organismos Estudiantiles:

75. Los objetivos de los Organismos Estudiantiles son los siguientes:

a) Promover en el cuerpo estudiantil los ideales y espíritu de la educación humanista y laica, así como el ideario del Colegio.

b) Ser portadores de las inquietudes, sugerencias y opiniones de los Estudiantes ante la Rectoría y otras instancias de la organización del Colegio.

c) Fomentar la integración entre los estudiantes en cada clase, en el consejo de curso y entre todo el Colegio, así como también con los demás miembros de la comunidad educativa (profesores, personal administrativo, auxiliares, Apoderados y las familias de los Estudiantes).

d) Promover la proyección social, la participación, la autodisciplina, el estudio, el deporte, la cultura, el arte, la ciencia y la sana recreación.

e) Elaborar y ejecutar planes de trabajo que aseguren la presencia y aporte de los Estudiantes en la vida del Colegio.

76. Los organismos estudiantiles del Colegio son: El Consejo de Curso, las Asambleas Infantiles y el Centro de Estudiantes (CEES). El número de miembros de cada organismo, las funciones de cada cargo y la forma de elegirlos son normados por el Reglamento del Centro de Estudiantes y normativa de Rectoría.

77. El Consejo de Curso, tiene como finalidad la organización e integración de los miembros de cada curso, promoviendo su participación a través de actividades que fomenten la autodisciplina, el trabajo formativo y académico, así como acciones de servicio a la comunidad y las de carácter cultural, social y deportivo; se regirán por una estructura organizacional que coordinará el Departamento de Orientación.

78. Las Asambleas Infantiles, estarán constituidas por un representante de cada curso, subdivididos en dos niveles (Nivel 1, de 1º a 4º año básico y Nivel 2, de 5º y 6º año básico). Se reunirán una vez al mes con el Rector.

79. El Centro de Alumnos, constituye el canal de participación más alto de los Estudiantes en la vida institucional del Colegio, para lo cual tiene reuniones periódicas con el Rector. Asimismo, promueve la integración, participación y organización de todos los Estudiantes como miembros de la Comunidad Educativa.

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CAPITULO V

NORMAS DE CONVIVENCIA DE LOS PADRES Y APODERADOS

80. Los Padres como primeros agentes en la formación de sus hijos, se transforman en los principales responsables de la labor formadora en que el Colegio les colabora. Ellos están obligados a prestar una constante atención a todo lo relacionado con la vida escolar de su pupilo/a.

81. Todo apoderado deberá respetar el compromiso ético de los Padres y Apoderados establecidos en la agenda escolar y ante cualquier situación que pueda afectar a su pupilo (a) deberá comunicarse con las autoridades del Colegio por escrito vía agenda o por carta. En ningún caso, serán válidas las comunicaciones enviadas por correo electrónico o cualquier otro medio no indicado en esta normativa del mismo modo deberá proceder, si desea hacer llegar alguna inquietud, reclamo o sugerencia.

82. Las familias deben colaborar y participar en la creación de un ambiente de convivencia armónico, valorando el diálogo directo en las instancias que correspondan para la búsqueda de soluciones.

83. Los Padres deberán establecer relaciones de respeto y colaboración, promoviendo la unidad, solidaridad y comunicación armónica entre ellos, con el Personal del Colegio y con los Estudiantes. Deben tener presente que su actitud y/o conducta es un ejemplo importante de educación para sus hijos y los demás integrantes de la comunidad escolar.

84. Los Padres deben cumplir las indicaciones y/o exigencias específicas del Colegio orientadas a la superación de las dificultades del Estudiantes. Cuando corresponda será mediante una carta compromiso que deberá ser firmada por los Padres del estudiante y, si es necesario, por el propio estudiante. No asumir este compromiso se considerará falta grave o gravísima y, según el caso, se revisará la renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educativos.

Son deberes de los Padres:

85. Conocer, participar y apoyar el Proyecto Educativo Institucional con su reglamentación interna.

86. Dirigirse de manera verbal o escrita con respeto y cordialidad a todas las personas o estamentos del Colegio.

87. Cautelar que su hijo/a comprenda, respete y cumpla con las obligaciones y deberes que le impone especialmente este Reglamento de Convivencia.

88. Durante el horario de clases, solo podrá retirar personalmente a su hijo/a en casos debidamente justificados, dejando registro de la salida en el libro correspondiente.

89. Revisar diariamente la Agenda Escolar, firmando las comunicaciones o citaciones que realice el Colegio, tomando conocimiento de tareas, deberes y evaluaciones que deba cumplir su hijo/a.

90. Asistir en forma oportuna a las entrevistas cuando sean citados y justificar por escrito su inasistencia, solicitando una nueva fecha para tal efecto.

91. Asistir a las reuniones de padres de curso, talleres, jornadas y estar dispuestos a colaborar y aceptar cargos de responsabilidad que se encomienden por el Microcentro.

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92. Respetar el conducto regular establecido, cada vez que requiera comunicarse con el Colegio.

93. Abstenerse de intervenir en aspectos técnico pedagógicos o administrativos, los que son de exclusiva responsabilidad del Colegio.

94. Cancelar el costo de las reparaciones o adquisiciones de elementos que el Colegio haya realizado debido a destrozos intencionales o que por descuido realice su hijo/a.

95. Firmar las autorizaciones solicitadas para actividades que se realizarán fuera del establecimiento, ya que el estudiante no puede salir sin la firma del apoderado, en caso contrario quedará con actividades en biblioteca del Colegio.

96. Acoger con prontitud las indicaciones del Colegio referentes a evaluaciones de profesionales externos (Neurólogo, Psicólogo, Psiquiatra, Fonoaudiólogo, etc.) presentando los informes de atención en los plazos establecidos.

97. Responsabilizarse por las opiniones que emitan respecto a problemas institucionales y del Personal vinculado al Colegio y que provoquen un perjuicio a su imagen privada, pública y/o a su prestigio, debiendo retractarse en forma verbal y escrita. Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio o la persona afectada podrá seguir las acciones legales que la ley establece con el objetivo de reparar el mal causado.

Son conductas que afectan a la Convivencia Escolar de los Padres:

98. Falta de respeto entre Apoderados, hacia el personal del Colegio y/o los Estudiantes. 99. Incumplimiento de responsabilidades con el Colegio (control de tareas, higiene,

conducta, útiles escolares, otros). 100. Incumplimiento de las indicaciones y/o exigencias específicas para la superación académica y/o conductual del hijo/a tanto las dadas por el Colegio (Docente, Profesor Jefe, Orientación, Psicóloga, Psicopedagoga, Jefe UTP, Inspector General, Coordinación Campus Huertos) como por los profesionales especialistas (Neurólogo, Psicólogo, Psiquiatra, Fonoaudiólogo, Psicopedagoga Educadora Diferencial, entre otros).

101. Hacer uso indebido de elementos informáticos para referirse con o sin intención de perjudicar a personas o a la Institución, atentando contra su dignidad personal y/o profesional (WhatsApp, Blog, You Tube, Fotolog, Mail, Chat, Facebook, Messenger, Twitter, Instagram u otra red social).

102. Crear, publicar y/o difundir material tanto digital como impreso sobre temas que atentan contra la dignidad de la persona o al Proyecto Educativo Institucional del Colegio.

103. Inasistencia a las actividades definidas como obligatorias por el Colegio: Charlas de Formación Familiar, Reuniones y actividades de Microcentro, entrevistas y otras.

104. Consumir alcohol, fumar o traficar drogas en el interior del Colegio o llegar en estado de ebriedad al Establecimiento o a cualquier actividad que se realice al interior de él.

105. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante, apoderado y/o funcionario del Colegio.

De las medidas y sanciones:

106. Los Apoderados son miembros del Centro de Padres rigiéndose por sus estatutos y normativas internas. No obstante lo anterior, en cuanto a los integrantes de la Comunidad Educativa del Colegio, también se rigen por las normas de convivencia del

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presente reglamento y lo establecido en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. La transgresión de esta normativa será evaluada por el Comité de Buena Convivencia o por el Consejo de Coordinación Directiva, según corresponda y las consecuencias serán determinadas de acuerdo a la gravedad de la falta y en consideración a los antecedentes.

Las consecuencias posibles son: 1. Amonestación Verbal: Representación verbal en entrevista personal, dejando constancia escrita. 2. Entrevista Personal: Conversación con los Padres en la instancia correspondiente acerca de la situación ocurrida a fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida estableciendo compromisos escritos. 3. Amonestación Escrita: Carta escrita, enviada por la instancia correspondiente, ante la presencia de una falta grave o la reiteración de una falta leve. 4. Suspensión Temporal: Suspensión temporal del Colegio como Apoderado. En tal situación, deberá nombrar un apoderado reemplazante. 5. Cancelación de Matrícula: No renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. Los Padres y Apoderados tendrán derecho de apelar a la medida por escrito al Rector en un plazo de 48 horas. 6. Denuncia a Tribunales por delitos. Si se configura un delito entre los cuales pueden estar: agresión física a un integrante de la Comunidad Educativa, abuso sexual, consumo o tráfico de drogas, etc. el Colegio hará la denuncia a la autoridad competente a quien le corresponde realizar la investigación. Si los Tribunales de Justicia comprueban el delito el Apoderado perderá su calidad de tal, teniendo que nombrar a un reemplazante.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES GENERALES:

107. En caso de accidente o enfermedad de un estudiante en el Colegio, la enfermera se comunicará con el apoderado para que, en conjunto, determinen a qué centro asistencial se derivará y la forma de traslado. Si la situación fuera de suma urgencia y/o no se ubicase al Apoderado o algún familiar, se trasladará al Hospital Clínico Regional haciendo uso del Seguro Escolar.

108. Si el Apoderado no pudiese asistir cuando sea citado a retirar los informes de notas de su pupilo(a), tendrá un plazo de diez días para hacerlo. En caso contrario, su pupilo (a) no podrá ingresar a clases.

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109. Ante disminuciones de cursos, se procederá a redistribuir alumnos de acuerdo a decisiones de carácter administrativas o pedagógicas.

110. El Apoderado que necesite entrevistarse con el Profesor Jefe o Profesores de asignatura, deberá hacerlo en el horario establecido para tal efecto o en otro que haya acordado previa solicitud escrita vía agenda.

111. Respecto de los Estudiantes que asistan a actividades coprogramáticas, es res-ponsabilidad de los padres retirarlos del Colegio o recibirlos en el paradero que corresponda, al término de dicha actividad. El Colegio Concepción San Pedro no se responsabiliza de los Estudiantes que permanezcan en el establecimiento después de las 18:30 horas.

112. Si los Estudiantes de 3° y 4° Años Medios, durante el año, incurren en actos que afecten la normalidad de la convivencia escolar como: Publicación de listas negras, guerras de agua u otras acciones, así como el ingresos no autorizados a dependencias del Colegio que impidan el normal desarrollo del proceso educativo, que atenten contra la integridad física o psicológica de cualquier integrante de la Comunidad Educativa o dañen la imagen del Colegio, se aplicarán sanciones que podrían llegar a la cancelación de la Gira de Estudios o Ceremonia de Licenciatura, según la gravedad del hecho.

113. Ante cualquier situación que ocurra entre Estudiantes del Colegio y que afecte la convivencia escolar, el apoderado deberá informar por escrito inmediatamente de lo ocurrido a las autoridades del Colegio, quienes previa evaluación, adoptarán las medidas pertinentes según lo establecido en los Protocolos de detección y actuación de problemas escolares y de prevención de maltrato infantil y violencia escolar. En ningún caso, el Apoderado (a) deberá incurrir en conducta y actitudes que menoscaben a los Etudiante (s) y sus familias, porque contradice las normativas legales vigentes y afecta las buenas relaciones humanas y la sana convivencia escolar.

114. Los Estudiantes, por motivos justificados, que soliciten cierre anticipado del Año Escolar, no podrá asistir al Colegio, después de la fecha de resolución, emanada de Rectoría. Todo Estudiante en Práctica Profesional o Pasantía, debe cumplir con lo establecido en el Reglamento Interno, Reglamento de Convivencia escolar y el Protocolo de Actuación respectivo.

115. El Colegio cuenta con Protocolos de Actuación ante el maltrato infantil y violencia escolar, los cuales se adjuntan y son parte del presente reglamento. Los Protocolos se rigen por las siguientes leyes:

Ley Nº 20.084 Responsabilidad Penal Adolescente. Ley Nº 20.000 Consumo y Tráfico Ilícito de Drogas. Ley N° 20.536 Violencia Escolar (Bullying, Ciberbullying, Grooming) que sanciona

cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante o integrante de la comunidad educativa.

Ley Nº 19.927 Abuso Sexual. Ley Nº 20.066 Violencia Intrafamiliar. Ley N°20.370 Ley General de Educación (Decreto 2). Ley N° 20.501 Calidad y Equidad de la Educación. Ley Nº 20.609 Ley Zamudio o Antidiscriminación.

Este conjunto de leyes establecen los delitos en la que pudieran incurrir nuestros

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Estudiantes y que se encuentran descritos en el Código Procesal Penal y en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Se incurre en un delito cuando existe una violación a la ley penal e incluye acciones contra la propiedad como por ejemplo: robos, hurtos, destrucción de mobiliario, daño a la infraestructura del colegio, entre otros, y/o contra las personas: agresiones, lesiones, amenazas, intimidación con armas, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de drogas, abuso sexual, así como situaciones de explotación sexual, maltrato y otros que afecten a los y las Estudiantes. Frente a la existencia de un delito que afecte o involucre a un miembro de la comunidad educativa, dada su responsabilidad social, le corresponde al Rector, Directivo o Profesor que recibió la información, el deber de denunciarlo a las autoridades correspondientes según lo establecido en los Artículos 175º y 176º del Código Procesal Penal, la denuncia ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho. Según la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal y los atienden los Tribunales de Familia, los que pueden aplicar medidas de protección si es necesario. Los Protocolos de Actuación que se incluyen son: 1.- Violencia Escolar 2.- Abuso Sexual 3.- Maltrato a Funcionarios del Colegio 4.- Violencia Intrafamiliar 5.- Maltrato entre Adultos de la Comunidad Educativa 6.- Consumo y Tráfico de Drogas 7.- Responsabilidad Penal Adolescente 8.- Trato Discriminatorio 9. Embarazo, maternidad y paternidad adolescente 10. Accidentes Escolares 11. Prácticas y pasantías profesionales.

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Asimismo, el presente Reglamento, se complementa con los siguientes Manuales de Procedimientos y Planes de Acción:

a) Manual de Procedimientos del Alumno b) Manual de Procedimientos del Apoderado c) Manual de Procedimientos de Movilización d) Manual de Procedimientos Biblioteca e) Manual de Procedimientos de Enfermería f) Manual de Laboratorios g) Plan Integral de Seguridad Escolar h) Plan de Gestión de la Convivencia Escolar i) Salidas Culturales y Educacionales j) Reglamento de Giras de Giras de Estudio

116. Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será resuelto por el Consejo de Coordinación Directiva del Colegio.

ROBERTO MORA MELLA

RECTOR

San Pedro de la Paz, Enero 2018.