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Reforma al
SEGURO DE CESANTÍA
Ley N° 20.440
Flexibiliza los requisitos de acceso para obtener beneficios del Seguro de Cesantía de la Ley
N°19.728, producto de la catástrofe del 27 de febrero de 2010.
Despliegue TerritorialSubsecretaría de Previsión Social
www.previsionsocial.gob.cl
Temas a tratar
1.- ¿Qué es el Seguro de Cesantía?
2.- ¿En qué consiste la Ley 20.440?
3.- ¿Qué beneficios incorpora esta ley?
4.- Cronología
5.- ¿Cómo funciona?Trabajadores Contrato Indefinido/ Plazo Fijo
6.- Tablas Comparativas
7.- Conclusión
¿Qué es el Seguro de Cesantía?
Es un instrumento de protección social destinado a proteger a los afiliados que quedan cesantes, ya sea por causas voluntarias o involuntarias.
Este Seguro fue creado mediante la Ley N°19.728 y está vigente desde octubre de 2002.
A raíz del terremoto que afectó al país en febrero pasado, el Congreso aprobó el 8 de Mayo del 2010 la Ley N° 20.440 que disminuye los requisitos y amplía los beneficios de este Seguro.
Esto permitirá que cerca de 93 mil personas que trabajan en las regiones más afectadas por el terremoto puedan acceder a los beneficios de este Seguro.
¿En qué consiste la Ley 20.440?
Es una modificación que incluye normas temporales al Seguro de Cesantía (Ley 19.728).
Se creó a raíz de la catástrofe del 27 de febrero pasado y su objetivo es aumentar la cobertura de este Seguro en las regiones más afectadas por el terremoto.
¿Qué beneficios incorpora esta Ley?
1. Disminuye requisitos(Fin de contrato entre febrero y julio de 2010)Rebaja de 12 a 8 las cotizaciones necesarias, en los últimos 24 meses, para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Rige en las regiones V,VI,VII,VIII,IX y Metropolitana.
2. Se agregan dos giros al Fondo de Cesantía Solidario (Último giro entre enero y julio de 2010) Los afiliados cesantes con beneficios financiados por el FCS,
cuyo último pago sea entre enero y julio de 2010, tienen derecho a recibir dos giros adicionales. Rige para las regiones V, VI,VII,VIII,IX y Metropolitana.
33. Crea un Permiso de Reconstrucción (Entre marzo y agosto de 2010. Suscripción hasta el 31 de
julio)Se aplica en los casos en que la empresa, a causa del terremoto, no pueda producir; o bien, cuando continuar con la actividad sea riesgoso para los trabajadores. Rige en las regiones VI, VII y VIII.
Cronología
Creación Seguro de Cesantía
Ley N° 19.728
1era Modificación Ley N° 20.328
2 da Modificación Ley N° 20.440
08 DE MAYO 2010
08 DE MAYO 2010
01 DE MAYO 2009
01 DE MAYO 2009
2 DE OCTUBRE 2002
2 DE OCTUBRE 2002
2002
VOLUNTARIO OBLIGATORIO
¿Cómo funciona?A) Trabajadores con Contrato Indefinido
¿Cómo funciona?B) Trabajadores con Contrato a Plazo Fijo o Faena
Tabla Comparativa1.- Disminuye requisitos
Regiones V, VI, VII, VIII, IX y Metropolitana
Ley N° 19.728
Ley N° 20.440
Requisitos para acceder a la Cuenta
Individual de Cesantía (CCI)
Trabajadores Contrato Trabajadores Contrato Indefinido Indefinido Requieren 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Trabajadores Contrato a Trabajadores Contrato a Plazo Fijo o por ObraPlazo Fijo o por ObraRequieren 6 cotizaciones en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Trabajadores Contrato Trabajadores Contrato Indefinido Indefinido Requieren 8 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Trabajadores Contrato a Trabajadores Contrato a Plazo Fijo o por Obra Plazo Fijo o por Obra Requieren 6 cotizaciones en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Tabla Comparativa1.- Disminuye
requisitos Regiones V, VI, VII, VIII, IX y
Metropolitana
Requisitos para acceder al FCS.(Trabajadores con contrato indefinido y plazo fijo)
Requieren 12 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Requieren 88 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
Ley N° 19.728
Ley N° 20.440
Tabla Comparativa2.- Se agregan dos giros extras al FCS
Regiones V, VI, VII, VIII, IX y Metropolitana
Ley N° 19.728
Ley N° 20.440Requisitos para acceder
al FCS(Trabajadores con contrato
indefinido y plazo fijo)
2 Giros 2 Giros para Trabajadores para Trabajadores Plazo FijoPlazo Fijo
5 Giros 5 Giros para Trabajadores para Trabajadores Contrato IndefinidoContrato Indefinido
2 Giros adicionales 2 Giros adicionales para beneficios del FCS que reciban último giro entre enero y julio de 2010. (sin requisito de tasa de desempleo), es decir:4 Giros 4 Giros para Trabajadores para Trabajadores Plazo FijoPlazo Fijo7 Giros 7 Giros para Trabajadores para Trabajadores Contrato Indefinido. Contrato Indefinido.
.
Tabla Comparativa3.- Crea un Permiso de Reconstrucción
Regiones VI, VII y VIII
Requisitos para acceder a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Ley N° 19.728
Ley N° 20.440
Trabajador debe presentarse ante AFC acreditando Cese de Actividad Cese de Actividad LaboralLaboral, mediante-Finiquito ratificado por las partes,-Comunicación del despido,-Acta de conciliación o avenimiento o Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo,-Sentencia judicial ejecutoriada,-Carta de renuncia ratificada por el trabajador.
Trabajador NONO cesante puede acercarse ante la AFC y solicitar los beneficios tanto de su CIC como del FSC (con sus Requisitos Flexibilizados), sólo cuando la empresa en que trabaje esté en las empresa en que trabaje esté en las regiones VI, VII u VIII regiones VI, VII u VIII y presentando el Permiso de Reconstrucción Permiso de Reconstrucción previamente Pactado con su previamente Pactado con su empleadorempleador.
Tabla Comparativa3.- Crea un Permiso de Reconstrucción
Regiones VI, VII y VIII
Beneficios del Fondo Solidario
Ley N° 19.728Ley N° 20.440
NO EXISTE BENEFICIO NO EXISTE BENEFICIO PARA TRABAJADOR SIN CESE DE ACTIVIDAD LABORAL.
Asignaciones familiares, salud a través de FONASA, pago de cotizaciones obligatorias de pensiones (con cargo al FCS, según el monto pagado por el mismo)
Empleador puede complementar la prestación para mejorar el beneficio hasta: 50% Contrato Indefinido.35% Plazo fijo
Cuando exista complemento el trabajador puede asistir a capacitación. El Empleador debe cotizar Ley N°16.744 accidente del trabajo
Conclusiones
La LEY 20.440La LEY 20.440, tiene como objetivo apoyar a Trabajadores y Empleadores de las zonas más afectadas por el terremoto, brindado con ello mayor cobertura y flexibilización en el acceso a los beneficios del Seguro de Cesantía.
Muchas gracias!
Para más información visite:www.previsionsocial.gob.clwww.afcchile.cl
O llame gratis al:800 800 232 (AFC)