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7/23/2019 Ref_Mantenimiento Rutinario y Periódico http://slidepdf.com/reader/full/refmantenimiento-rutinario-y-periodico 1/3 contra to d e  o sto n de la Carretera Longitudinal de l aS ierra Tramo 2 - ./ x · a) Limpi eza de superficie de rodadura y berma s respetando e l Ar e a de la Concesi6n. b) Limpi ez ad ec unetas. c) Limpi eza y Mantenimiento de alc antarillas. d) Cons ervacion de puent es y obras d ea rt es iguiend o l os procedimi entos y normas aplicabl e s vigentes. e) Limpiez a, reposicion, Conservaci6 n, u blcacion y reublcaci on d e la seriallzaci on ho rizontal y vertical adecuada, d e c onformidad normatividad aplicable. EI CONC ESIONARIO efectuara , d e mane ra p ermanente y desde la T oma d e Pos e sion las siguientes activid ades de Conservaci6n Rutinaria a 1 la rgo de tod a la via: Conservaci6n Vial Rutinaria 8. CONDICION E S GENERAL E S PARA LA CONSE R VACION VIAL RUTINARIA, PE RIODICA Y DE EMERGENCIA VIAL. Incumplimie ntos y Penalidades Sin perjuicio de 1 anterior, el REGULADOR, podra efectuar las mediciones adicionales necesarias, a efectos de determinar las causas del incremento del TEC. Si se concluye ra qu e tal incr eme nto ob edece a circunst ancia s n o imputables a l CON C ESIONARIO, est a no est a ra obli gada a modificar el S istema de Atencio n, n ia ejec utar la Construcclo n d e nuevo sc arriles, y por tant o , no s era pasible de la aplica cion d e penalidad. 7.12 Si en cualquier momento se registrara una medici6n de congesti6n aislada de un TEC superior a cinco 5) minutos, corresponde la aplicacion de una penalidad de acuerdo a la Tabla  del ANEXO IX del Contrato, y el CONCESIONARIO procedera inmediatamente a la apertura del Peaje al transite hasta que el tiempo de congestion este por debajo de los tres 3) minutos. 7.11 7.10 Si la modificaci6n del sistema de atencion irnplica la Construcci6n  instalaci6n de nuevos carriles para la estaci6n, el CONCESIONARIO dispondra de un plazo de hasta seis 6) meses para concluir las obras indicadas, plazo contado desde el memento en que se efedu6 una medici6n superior a tres 3) minutos. 7.9 Cuando en cualquier rnedicion de congestion se hubiere determinado un TEe superior a tres 3) minutos, se etec tuar a una segunda medlcion antes de transcurrldos treinta 30) Dlas de la primera. La segunda medicion abarcara como mlnimo tres 3) horas, durante las horas de mayor trafico de la semana en que se efectua la medicion. Si en esa segunda mediclon tam bien se determina un TEC superior a tres 3) minutos, el CONCESIONARIO debera modificar el Sistema de Atencion en dicha estacion, para  cual tendra un plazo de cinco 5) Dias. Caso contrario se tendra la primera medida como correspondiente a un fenomeno particular sin necesidad de efectuar ninguna intervencion.  J _- . _ \~~ 8.1 [~  ~.1 3 E I no cumplimient o de la modifl cac lon del Sistema de At enclon  d e la k \ Construccicn  instalacion de nuevos carriles e n los pla zos mencionados , d ara orige n a la apllcacio n de un a penalida d d ea cuerdo a la T a bla N ° 5d e l An ex o IX del Contrato.

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contrato de  o n  sto n de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2

-   - ./   -  

x I   · . ·

a) Limpieza de superficie de rodadura

y

bermas respetando el Area de la

Concesi6n.

b) Limpieza de cunetas.

c) Limpieza

y

Mantenimiento de alcantarillas.

d) Conservacion de puentes

y

obras de arte siguiendo los procedimientos

y

normas aplicables vigentes.

e) Limpieza, reposicion, Conservaci6n, ublcacion

y

reublcacion de la

seriallzacion horizontal

y

vertical adecuada, de conformidad

normatividad aplicable.

EI CONCESIONARIO efectuara, de manera permanente

y

desde la Toma de

Posesion

las siguientes actividades de Conservaci6n

Rutinar ia

a

1

largo de toda

la via:

Conservaci6n Vial Rutinaria

8. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONSERVACION VIAL RUTINARIA,

PERIODICA Y DE EMERGENCIA VIAL.

Incumplimientos y Penalidades

Sin perjuicio de

1

anterior, el REGULADOR, podra efectuar las mediciones

adicionales necesarias, a efectos de determinar las causas del incremento del

TEC. Si se concluyera que tal incremento obedece a circunstancias no

imputables al CONCESIONARIO, esta no estara obligada a modificar el Sistema

de Atencion, ni a ejecutar la Construcclon de nuevos carriles, y por tanto, no sera

pasible de la aplicacion de penalidad.

7.12

Si en cualquier momento se registrara una medici6n de congesti6n aislada de un

TEC superior a cinco 5) minutos, corresponde la aplicacion de una penalidad de

acuerdo a la Tabla N°   del ANEXO IX del Contrato, y el CONCESIONARIO

procedera inmediatamente a la apertura del Peaje al transite hasta que el tiempo

de congestion este por debajo de los tres 3) minutos.

7.11

7.10 Si la modificaci6n del sistema de atencion irnplica la Construcci6n   instalaci6n

de nuevos carriles para la estaci6n, el CONCESIONARIO dispondra de un plazo

de hasta seis 6) meses para concluir las obras indicadas, plazo contado desde

el memento en que se efedu6 una medici6n superior a tres 3) minutos.

7.9 Cuando en cualquier rnedicion de congestion se hubiere determinado un

TEe

superior a tres 3) minutos,

se etectuara

una segunda medlcion antes de

transcurrldos treinta 30) Dlas de la primera. La segunda medicion abarcara

como mlnimo tres 3) horas, durante las horas de mayor trafico de la semana en

que se efectua la medicion. Si en esa segunda

mediclon

tam bien se determina

un TEC superior a tres 3) minutos, el CONCESIONARIO debera modificar el

Sistema de Atencion en dicha estacion, para   cual tendra un plazo de cinco 5)

Dias. Caso contrario se tendra la primera medida como correspondiente a un

fenomeno particular sin necesidad de efectuar ninguna intervencion.

 ~ 

J _- . _

\~~ 8.1

[~

 

~.13 EI no cumplimiento de la modiflcaclon del Sistema de Atenclon

 

de la

k \

Construccicn   instalacion de nuevos carriles en los plazos mencionados, dara

origen a la apllcacion de una penalidad de acuerdo a la Tabla N° 5 del Anexo IX

del Contrato.

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b Para efeetos del presente contrato, la atencion de los Derrumbes de

magnitud igual   inferior a 200m3 esta a cargo del CONCESIONARIO

dentro de las actividades de Mantenimiento Rutinario

c  Los Derrumbes de magnitud superior a los 200 m3 por evento, seran

cubiertos por el CONCEDENTE.

Derrumbe

a Es el desprendimiento

y

precipltacion de masas de tierra

y

piedra,

obstaculizando ellibre transito de vehiculos por la carretera.

EI objeto de estas acciones de conservacion es garantizar los Niveles de

Servicio exigidos en el presente Anexo, con la finalidad de brindar un servicio

optimo al Usuario.

a  Colocacion de capas de refuerzo

 

recapados en pavimentos asfalticos.

b Reposicion de afirmados y la reconformacion de la plataforma existente en

vias afirmadas.

c Recubrimiento de vias no pavimentadas con tratamiento bituminoso.

d  Reparaciones de los diferentes elementos fisicos del camino.

e Actividades socio-ambientales

f Atenclon de emergencias viales

g  Cuidado y vigilancia de la via.

EI CONCESIONARIO efectuara cuando se requiera la Conservacion Vial

Periodica a   largo de toda la v y que basicamente comprende entre otras las

siguientes tareas:

  nserv  lon Vial Peri6dica

EI objeto de estas acciones de

co nservaclon

es garantizar los niveles de servicio

exigidos en el presente anexo, con la finalidad de brindar un servicio optimo al

usuario.

f Limpieza, reposicion y Conservacion de las guardavias, cuidando que

estas cumplan los requisitos tecnicos previstos en la normatividad

vigente que permitan el cumplimiento de su fin  altura, ubicacion

necesaria, Conservacion del punta de gravedad, etc. .

g Pintado y repintado de las marcas y senales del pavimento, para dotar

de la seguridad vial necesaria en

funcion

a

la

zona  sea urbana

 

no

urbana . Este pintado se realizara las veces que sea necesario a

efectos de mantener los limites admisibles sefialados en el Contrato.

h Replantado, arreglo

y

Conservacion de las areas verdes

y

demas

componentes paisajfsticos, ornamentales y ambientales integrantes de

la Via.

i Los excedentes de corte de cada una de las etapas constructivas,

deberan ser eliminados en botaderos especialmente acondicionados e

indicados en el Estudio de Impacto Ambiental 

Recontormacion, control de la erosion, peinado

y

limpieza de los taludes

laterales tanto en corte como en re lleno sl como su estabil izacion

k

Control

y

manejo de los sedimentos.

I  Retiro

y

limpieza de la

v

de los derrumbes de magnitud igual

 

inferior

a 200m3 por evento

~82

~

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EI CONCESIONARIO efectuara la Construcclon y/o instalacion de los elementos

de seguridad vial necesarios a fin de asegurar el nivel se servicio d e evaluaclon

de seguridad vial. Con esta informacion se debera lIenar la planilia para el

calculo del nivel de servicio de evaluaci6n de seguridad vial  referido en el

Apendice 5 del Anexo I del Contrato.

Enel caso de zonas urbanas por las cuales atraviese la via se debera tener en

cuenta 10dispuesto en los acapites de la Conservaclon Rutinaria en 10que

resulte aplicable. De ser el caso y de manera alternativa el CONCESIONARIO

en coordinaci6n con los gobiernos locales podra adoptar otro tipo de medidas

que contribuyan a dotar de la seguridad vial necesaria a la zona evitando el

cruce de la via por parte de peatones 0 vehiculos automotores. En este ultimo

caso el CONCEDENTE se obliga a interceder ante los gobiernos locales para

el logrode este objetivo.

c

Los paneles publicitarioss610se coloquen cuando se cumpia con fa

normatividadvigente debiendose erradicar los paneles existentesque

no cumplan con dichas normas. Para tal efecto el CONCESIONARIO

debera identificar y comunicar al CONCEDENTE la existenciade estos

paneles a los efectos de que el CONCEDENTE realice las gestiones

que sean necesarias para la erradicaci6n de dichos paneles.

Cuando se soliclte la autorizaci6n de instalaci6n de alqun panel

publicitario EL CONCESIONARIO debera expresar su opinion tecnlca

sobre las caracteristicas y ubicaci6n del panel por tener

responsabilidad en la seguridad de los usuaries de la via.

No permitir la acumulaci6n de desmonte y basura dentro del Area de la

Concesi6n y realizar la limpiezacorrespondiente.

No se realicen construcciones temporales ni la instalaci6n de servicios

publicos centro del Area de la Conceslon salvo que estas hayan side

autorizadas por el CONCEDENTE. En caso de verificar la ejecucion de

este tipo de construcciones e instalaciones dsbera ejercer la defensa

posesoria correspondientey comunicar el hecho al CONCEDENTE para

los fines del caso.

a