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Reconocimiento a las buenas prácticas Reconocimiento a las Buenas Prácticas Reglamento

Reconocimiento a las Buenas Prácticas Reglamento · Algunos ejemplos son: ASADAS, grupos organizados de reciclaje, grupos de protección ... factores de la producción para generar

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Reconocimiento a las buenas prácticas

Reconocimiento a las Buenas Prácticas

Reglamento

Reconocimiento a las Buenas Prácticas

Reglamento

El presente reglamento especifica las reglas y condiciones que rigen tanto para participar en el “Reconocimiento a las Buenas Prácticas Juntos Somos Coopesantos”, como de la selección de sus ganadores. Toda persona, física o jurídica que decida participar de dicho Reconocimiento, se somete al presente reglamento, y lo acepta en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del organizador.

Capítulo IDel objetivo y alcance del Reconocimiento

Objetivo

Este reconocimiento busca crear una distinción anual para enaltecer las buenas prácticas que realizan nuestros asociados y usuarios en diferentes campos, cuyos resultados generan un impacto positivo en el desarrollo sostenible de la región y que podrían servir de inspiración para otros. En consonancia con nuestra misión y visión socialmente responsable, nuestras categorías están inspiradas en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Alcance

Podrán participar los asociados y usuarios del servicio eléctrico, tanto físicos como jurídicos que cumplan con los requisitos establecidos por la organización y conforme al Capítulo segundo de este reglamento.

Las buenas prácticas que se postulen, deberá desarrollarse por completo dentro del área servida por COOPESANTOS R.L. y deberán haber iniciado su implementación antes del 11 de setiembre del 2017, de manera que al momento de recibirse su postulación no tengan menos de un año de estar en marcha. El Reconocimiento a las buenas prácticas, posee una periodicidad anual. La convocatoria de propuestas de buenas prácticas se realizará el mes de setiembre. El anuncio de los ganadores por cada categoría se efectuará en diciembre de cada año.

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Capítulo IIDefiniciones

Objetivos de Desarrollo Sostenible: Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), también conocidos como Objetivos Mundiales, son un llamado universal a la adopción de medidas para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad.

Estos 17 Objetivos se basan en los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, aunque incluyen nuevas esferas como el cambio climático, la desigualdad económica, la innovación, el consumo sostenible, la paz y la justicia, entre otras prioridades. Los Objetivos están interrelacionados, con frecuencia la clave del éxito de uno involucrará las cuestiones más frecuentemente vinculadas con otro.

Buena práctica: Una buena práctica no es tan sólo una práctica que se define buena en sí misma, sino que es una práctica que se ha demostrado que funciona bien y produce buenos resultados, y, por lo tanto, se recomienda como modelo. Se trata de una experiencia exitosa, que ha sido probada y validada, en un sentido amplio, que se ha repetido y que merece ser compartida con el fin de ser adoptada por el mayor número posible de personas (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, 2013).

Postulantes: Son aquellas personas que cumpliendo los requisitos establecidos por la organización pueden participar para obtener el reconocimiento a las buenas prácticas Juntos Somos COOPESANTOS:

• Asociados: La persona que hace uso del servicio eléctrico en calidad de propietario de uno o varios medidores eléctricos y que además aporta capital social a la Cooperativa.

• Usuarios: La persona que hace uso del servicio eléctrico brindado por la Cooperativa.

• Persona física: Las personas con capacidad para adquirir y ejercer derechos, para contraer y cumplir obligaciones y responder por sus actos.

• Persona jurídica: Ente que, no siendo persona natural, puede contraer derechos y obligaciones, debidamente registrada. Empresas, Asociaciones, etc.

http://www.cr.undp.org/content/costarica/es/home/sustainable-development-goals.html

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La organización u organizadores del Reconocimiento: El organizador es la Cooperativa de Electrificación Rural Los Santos (COOPESANTOS R.L.) la cual es una asociación cooperativa de responsabilidad limitada que brinda a sus asociados y clientes, bienes y servicios de energía e infocomunicaciones.

Capítulo IIICategorías

El reconocimiento estará integrado por cuatro categorías, según se indica en el siguiente cuadro.

1. AmbientePodrán participar en esta categoría proyectos, acciones o iniciativas cuyo objetivo primordial sea generar un impacto positivo en la conservación ambiental y que contribuyan al cumplimiento de los siguientes ODS: (Agua Limpia y Saneamiento, Energía Asequible y No Contaminante, Acción por el Clima, Vida de Ecosistemas Terrestres, Ciudades y Comunidades Sostenibles)

Algunos ejemplos son: ASADAS, grupos organizados de reciclaje, grupos de protección ambiental, iniciativas de educación y sensibilización ambiental, conservación de la biodiversidad (reforestación, etc.) producción y consumo sostenible, ideas de negocios verdes y otros proyectos relacionados.

2. Desarrollo Comunal (Iniciativas de interés social, cultural, recreativo o comunitario)Podrán participar en esta categoría proyectos, acciones o iniciativas cuyo objetivo primordial sea generar un impacto positivo en la conservación ambiental y que contribuyan con el cumplimiento de los siguientes ODS: (Industria, Innovación e Infraestructura, Comunidades Sostenibles, Paz, Justica e Instituciones Sólidas).

Algunos ejemplos: asociaciones comunales y culturales, iniciativas de alfabetización tecnológica, grupos en pro de la calidad de vida de las personas (niños, adultos y adultos mayores), entre otras.

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3. Emprendimiento (Iniciativas empresariales) Mediante esta categoría se busca reconocer los esfuerzos empresariales de las personas con un enfoque sostenible (económico, social y ambiental) y que realicen un aporte a los siguientes objetivos de desarrollo sostenible: Industria, Innovación e Infraestructura, Comunidades Sostenibles, Paz, Justica e Instituciones Sólidas)

Se consideran las iniciativas como, por ejemplo: emprendimientos alimentarios, industriales, agrícolas, salud, educación y transportes, entre otros.

4. Gente innovadoraCon esta categoría se pretende recocer las iniciativas innovadoras del talento humano de COOPESANTOS y que generan un impacto positivo en la cadena de valor.

Dicha categoría favorece al alcance de los siguientes ODS: (Igualdad de Género, Energía Asequible y No Contaminante, Trabajo Decente y Crecimiento Económico, Industria, Innovación e Infraestructura)

Al momento de registrar una iniciativa, el postulante deberá indicar en qué categoría se ubica la misma.   

Capítulo IVDe los criterios de evaluación

Los organizadores del Reconocimiento, conjuntamente con los miembros del jurado, definirá una métrica para la evaluación de las buenas prácticas postuladas por las personas físicas o jurídicas con base en los siguientes criterios:

1. Permanencia en el tiempo: la iniciativa debe mostrar que es el resultado de un esfuerzo sostenido en el tiempo y no un proyecto aislado o momentáneo.

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2. Innovación: Se considera la siguiente definición: “Innovación es la aplicación de nuevas ideas, conceptos, productos, servicios y prácticas, con la intención de ser útiles para el incremento de la productividad y la competitividad. Un elemento esencial de la innovación es su aplicación exitosa de forma comercial. No solo hay que inventar algo, sino también, introducirlo en el mercado”.

3. Potencial de inclusión: la buena práctica facilita la inclusión de las poblaciones vulnerables al mundo del trabajo en condiciones de formalidad; o satisface su carestía de un determinado servicio (agua potable, electricidad, transporte, tecnología, educación, entre otros) o bien (alimentación, suministros agrícolas, etc.).

4. Innovación: Para Martínez (1991) innovar contempla introducir nuevas combinaciones entre factores de la producción para generar un producto mejor, nuevo o diferente, que impacte positivamente en el mercado y en el medio ambiente, y conlleve tanto beneficios económicos como sociales.

5. Alcance: Se considera el número de beneficiarios que ha sido impactado directamente por la iniciativa o buena práctica.

6. Pertinencia y adaptación al contexto: la iniciativa germina como respuesta a las necesidades y problemáticas que han sido reconocidas como importantes por parte de los grupos de interés vinculados.

Dicha iniciativa surge en el marco del dialogo y la reflexión de las organizaciones y grupos organizados con la comunidad.

6. Replicabilidad: Toma en cuenta la capacidad de la iniciativa a que pueda ser implementada en otros contextos, de cara a las problemáticas y dinámicas similares a las que le dieron origen.

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Capítulo VDel proceso de postulación

El proceso de postulación para el Reconocimiento a las Buenas Prácticas Juntos Somos COOPESANTOS iniciará con el evento de lanzamiento, a realizarse en el mes de setiembre de 2018, y con la comunicación pública en los medios de comunicación oficiales de la Cooperativa tales como: Facebook y Canal Alta Visión.

La publicación indicará las bases del proceso para el reconocimiento, los criterios con base en los cuales se evaluarán las buenas prácticas, el material de apoyo que se recibirá como prueba o evidencia, así como la hora y fecha límite del cierre de recepción de documentos.

El plazo para la presentación de postulaciones comprende entre el 12 de setiembre de 2018 y 02 de noviembre de 2018. Los postulantes únicamente podrán proponer una iniciativa por categoría. Sin que ello, limite su posibilidad de participación en las demás categorías.

Las postulaciones se recibirán a través del siguiente sitio web: www.coopesantos.com habilitado para tal propósito a partir de la fecha de apertura de la convocatoria. En este sitio web, además del formulario para la postulación, que deberá ser completado en línea estará disponible este reglamento e información de contactos para evacuar dudas.

En caso de que el postulante no cuente con acceso a internet o computadora, pueden ponerse en contacto con los organizadores para que se le facilite la versión impresa del formulario, que además estará disponible en las plataformas de servicio en las sucursales de COOPESANTOS localizadas en San Marcos de Tarrazú, Río Conejo de Corralillo de Cartago, San Ignacio de Acosta y Guayabo de Mora.

El organizador, a solicitud del postulante, brindará apoyo para evacuar las dudas que puedansurgir durante este proceso, para lo que se habilitan los teléfonos: 2546 2525 extensiones: 301, 322, 348. Y los correos [email protected] y [email protected]

Con la finalidad de verificar el impacto y resultados atribuibles a la buena práctica, los postulantes podrán hacer uso de registros escritos, estadísticas, fotografías, videos, etc.

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La organización se reserva el derecho de implementar distintos mecanismos de verificación de la información consignada en los formularios, así como la evidencia presentada como respaldo.

La consignación de información falsa sobre la buena práctica y los resultados por esta generados, implicará la descalificación del postulante.

La organización realizará un proceso de filtrado de las postulaciones, en el cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de postulación. Los postulantes que incumplan los requisitos para optar por el reconocimiento que no provean toda la información requerida quedarán automáticamente excluidas de participar.

Posterior al proceso de filtrado de postulaciones, la organización trasladará todas las propuestas de buenas prácticas validadas al jurado, para su análisis y calificación. Como parte del proceso de análisis de las buenas prácticas, el jurado realizará una entrevista a un representante de cada iniciativa, en el lugar y hora que oportunamente se comunicará.

No se aceptará la postulación de aquella persona jurídica con la cual algún miembro del jurado mantenga relación de directivo, fundador, representante, asesore, o cualquier otro puesto con capacidad de decisión.

Capítulo VIJurado

El jurado a cargo de analizar las postulaciones estará integrado por siete personas con amplia trayectoria, honorabilidad comprobada y representantes de los distintos órganos sociales de COOPESANTOS R.L.

Se procurará que el jurado se integre paritariamente por razón de sexo. De su seno el jurado nombrará una Presidencia, la cual tendrá voto de calidad.

Los acuerdos del jurado se tomarán por mayoría simple y sus fallos serán inapelables. El jurado podrá sesionar válidamente con al menos cinco de sus miembros.

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Para la realización de sus sesiones, el jurado contará con el apoyo de una secretaría técnica, nombrada por la organización para tal propósito. La secretaría técnica asistirá al jurado en cualquier actividad administrativa o de soporte que este le demande.

Capítulo VII

Para la premiación de cada categoría indicada en el capítulo III del presente reglamento, se seleccionará tres finalistas y se premiará a UNO de ellos con el reconocimiento principal.

Se declarará como ganadora a la iniciativa que obtenga la máxima calificación en su categoría, de acuerdo con la rúbrica establecida. En caso de resultar un empate entre dos o más buenas iniciativas, la presidencia del jurado ejercerá su voto de calidad.

El premio a otorgar consiste en una serie de capacitaciones o formación en diversos ámbitos que potencialice las iniciativas ganadoras. Además de cualquier otra disposición del organizador que favorezca al ganador. Los términos específicos de la capacitación, tales como cantidad exacta de participantes, fecha, lugar y temática, serán pactados entre la organización y las iniciativas ganadoras en función de sus necesidades e intereses particulares.

Capítulo VIIIConsideraciones finales

La responsabilidad la Cooperativa de Electrificación Rural Los Santos R.L. Organizador del Reconocimiento, finaliza con la entrega de los premios, dentro de los límites acordados en el Capítulo VII.

Con el fin de dar promoción y publicidad al Reconocimiento, los organizadores podrán tomar imágenes o videos por medio de cualquier tipo de artefactos y/o tecnología, con el único fin de tener registros visuales del mismo, por lo que toda persona que decida postularse y

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resultara ganadora, cuya imagen haya sido captada para efectos publicitarios, declara conocer y aceptar que la misma podrá ser utilizada por parte del organizador, sin que su uso implique remuneración o compensación a cambio, ni reclamos por derechos de imagen.

Igualmente ocurre con la utilización de cualquier marca, nombre comercial o derechos de propiedad intelectual e industrial que represente a la empresa participante.

La utilización de nombres, marcas, signos, logotipos u otros distintivos de propiedad de los participantes, en ningún caso se entenderá como licencia o cesión de uso, constitución de derecho alguno a favor de nadie más que de sus dueños originales, más allá que el derecho de uso que se permite derivado de la aceptación del presente reglamento.

La organización del reconocimiento garantiza a los participantes, que las marcas, logos y demás signos distintivos que solicitara, no constituye acción infractora de patente, signo distintivo, derecho de autor o cualesquiera otros derechos de Propiedad Industrial Intelectual de un tercero.

Los postulantes garantizan poseer los derechos para la explotación de cualquier signo distintivo aportado al organizador y en ese tanto le liberan de toda responsabilidad por la utilización que se realice de los mismos.

En caso de que alguna de las estipulaciones del presente reglamento o la aplicación de cualquiera de los términos del mismo sean invalidados, sea ilegal o ineficaz, no significa que elimina la validez y eficacia de las restantes estipulaciones o términos, por lo que estos permanecerán en plena fuerza y vigor.

Todas las controversias, diferencias o reclamos que se deriven o se relacionen con el presente reglamento, su ejecución, incumplimiento, interpretación o validez, se resolverán mediante acuerdo de partes y si no hubiere acuerdo, se resolverá definitivamente por medio de arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional.

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