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Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social

Ecuador Mamallaktapak Runa Tantanakuymanta

Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy

Uunt Iruntrar,

Aents Kawen Takatmainia iímia

RESOLUCIÓN 005-340-CPCCS-2015

EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL

SOCIAL

Considerando:

QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 207 establece que el

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e incentivará el ejercicio de

los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos

de control social en los asuntos de interés público, y designará a las autoridades que le

corresponda de acuerdo con la Constitución y la Ley;

QUE, el artículo 278 de la Constitución señala que para la consecución del buen vivir, a las

personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas les corresponde

participar en todas las fases y espacios de la gestión pública y de la planificación del

desarrollo nacional y local, y en la ejecución y control del cumplimiento de los planes de

desarrollo en todos sus niveles;

QUE, el artículo 388 de la Constitución de la República señala que el Estado destinará los

recursos necesarios para la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la

innovación, la formación científica, la recuperación y desarrollo de saberes ancestrales y la

difusión del conocimiento. Un porcentaje de estos recursos se destinará a financiar

proyectos mediante fondos concursables. Las organizaciones que reciban fondos públicos

estarán sujetas a la rendición de cuentas y al control estatal respectivo;

QUE, el artículo 43 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece que el Estado

fomentará la participación ciudadana a través de sus instituciones, en todos los niveles de

gobierno, mediante la asignación de fondos concursables;

QUE, el numeral 1 del artículo 7 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación

Ciudadana, determina que el Consejo debe establecer y reglamentar mecanismos de

apoyo financiero, jurídico y técnico, a través de modalidades de fondos concursables

dirigidos hacia los espacios de participación ciudadana que lo soliciten, para fomentar la

participación ciudadana, el control social, la transparencia y la lucha contra la corrupción;

QUE, el nuevo Reglamento de Fondos Concursables se conoció y aprobó en sesión

ordinaria No. 289 del Pleno del CPCCS, celebrada el 01 de abril del 2014, y;

QUE, el numeral 3 del artículo 4 del Reglamento Ibídem, establece entre las atribucX íesdel Pleno del CPCCS, la aprobación de las bases del concurso y realizar la convocatorias

Sede Quito: Santa Prisco 425, entre Vargas y Pasaje Ibarra. Edificio Centenario. PBX (593-2) 3957210

Delegaciones provinciales

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Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social

Ecuador Mamallaktapak Runa TantanakuymantaNawinchinamantapash Hatun TantanakuyUunt Iruntrar,

Aents Kawen Takatmainia iímia

En sesión ordinaria No. 340 celebrada el 04 de marzo del 2015, al conocer el terce

del orden del día, con seis votos a favor, y la ausencia de la Consejera Mónica Banet

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales:

RESUELVE:

ARTÍCULO UNO.- Aprobar la primera convocatoria 2015 del Programa deFondos Concursabas, a realizarse el lunes 23 de marzo del 2015, de acuerdo alsiguiente texto:

PRIMERA CONVOCATORIA 2015

DEL PROGRAMA DE FONDOS CONCURSABLES

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social con base en el Art. 95 dela Constitución de la República del Ecuador; Art. 43 de la Ley Orgánica deParticipación Ciudadana; Art. 7 de la Ley Orgánica del Consejo de ParticipaciónCiudadana y Control Social; y Art. 12 del Reglamento de Incentivos a IniciativasParticipativas a través de Fondos Concursables, convoca a las asambleasciudadanas locales y a las organizaciones sociales a participar en el:

PROGRAMA DE FONDOS CONCURSABLES

Por medio de la elaboración y presentación de un proyecto de iniciativa ciudadana,dirigido a promover el fortalecimiento de las asambleas ciudadanas locales queson formas de organización de la sociedad creadas para la deliberación pública yel ejercicio del poder ciudadano.

Podrán postular:

1) Asambleas Ciudadanas con personería jurídica, y

2) Organizaciones sociales con personería jurídica, que generen espacios departicipación social, asociadas con una Asamblea Ciudadana (de hecho o dederecho).

Se entregará un monto de: diez mil dólares (10.000) con carácter de noreembolsable, a cada una de las dieciocho (18) propuestas ganadoras.

Requisitos:

A) Las asambleas ciudadanas con personería jurídica deberán demostrar/

1. Existencia continua de la asamblea, mínimo dos años;

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Ciudadana y Control Social

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Uunt Iruntrar,

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2. Altemabilidad íntegra de su dirigencia;

3. Participación en la asamblea de actoras, actores y sectores de la sociedad"4. Equidad de género y generacional de las y los integrantes, así como de lasdirectivas;

5. Interculturalidad y diversidad territorial; y,

6. Prácticas de transparencia y rendición de cuentas.

por el organismo

Además, deberán presentar:

7. Copia certificada de los estatutos de la organización;8. Certificado actualizado de la directiva, emitidacorrespondiente;

9. Copia del RUC actualizado a la fecha de presentación de la propuesta-10. Certificado de no adeudar al SRI;

11. Certificado de no constar como contratista incumplido y adjudicatario fallidootorgado por la SERCOP.

B) Las Organizaciones Sociales jurídicas asociadas con una AsambleaCiudadana, deberán presentar:

En el caso de que postulen organizaciones sociales éstas necesariamentedeberán asociarse con una Asamblea Ciudadana de hecho o derecho.

Además de lo establecido en los numerales 7 a 11, deberán añadir a ladocumentación:

1. Una Acta compromiso con reconocimiento de firmas ante Notario Públicosuscrita entre el o la representante de la organización social con personeríajurídica y el o la presidenta de la directiva o representante de la Asamblea.

2. En el caso de que la asociación se realice con una Asamblea Ciudadana sinpersonería jurídica, se deberá agregar a la documentación una DeclaraciónJuramentada de su representante, quien deberá justificar su condición y laveracidad de la información, a través de los siguientes documentos:

a) Documento constitutivo de la organización;

b) Designación de directorio y/o representantes; y,

c) Pruebas testimoniales: fotografías, videos, certificaciones, actas de sesionesetc.

Prohibiciones:

No podrán postular aquellas organizaciones sociales cuyo representante legal seacónyuge, tenga unión de hecho, o sea pariente dentro del cuarto grado de

consanguinidad o segundo de afinidad de las Consejeras o Consejeros delCPCCS, o de las y los integrantes del Comité Técnico.

Forma de presentación:

Sede Quito: Santa Prisco 425, entre Vargas y Pasaje Ibarra. Edificio Centenario. PBX (593-2) 3957210Delegaciones provinciales

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Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social

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Uunt Iruntrar,Aents Kawen Takatmainia iímia

La organización participante deberá hacer entrega física de la documentación, sinperjuicio de hacerlo también en formato digital.

• Entrega física: se realizará en las oficinas provinciales del CPCCS en todo elpaís.

• Entrega en formato digital: se podrá realizar al correo [email protected]

Lugar, fecha y hora de postulaciones:

Las postulaciones se recibirán a partir del martes 24 de marzo hasta el martes 21de abril de 2015, de 08:30 a 17:00, y en la misma hora dentro del huso horariocorrespondiente en el exterior y en la provincia de Galápagos.

• Oficinas del CPCCS en Quito, en la calle Santa Prisca 425 y Vargas, EdificioCentenario;

• Oficinas provinciales del CPCCS en todo el país (que se pueden encontrar enwww.cpccs.gob.ee);

• Oficinas y consulados del Ecuador en el exterior.

Fernando Cedeño Rivadeneira

Presidente del CPCCSLucía Rosero Araujo

Secretaría General del CPCCS

DISPOSICIÓN FINAL.- La Secretaría General notificará con el contenido de lapresente Resolución a la Coordinación General de Comunicación, a la

Coordinación General de Relaciones Internacionales y al Comité Técnico deFondos Concursables.

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a los cuatro días del mes de marzo del dos milquince.- Fernando Cedeño Rivadeneira.- Presidente

ALo Certifico.- En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los cuatro días del mesde marzo del dos mil quince.-

Lucía Rosero Araujo i consejo dí participación ~f

Secretaria General \S^

Sede Quito: Santa Prisca 425, entre Vargas y Pasaje Ibarra. Edificio Centenario. PBX (593-2) 3957210Delegaciones provinciales

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