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SUBSECRETARIA DE GES,TIÓN IPA.RA 'LA PRO-TECClÓN·AMBIEt,JTAL DIR'ECGIÓN GENERAL DE

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Sbom'TJ\JU.~ E MllDlO A:ltllJJ:m.;,E ,. KI: 01'.SO.S N. ... TTJR.',U'll IMPACTO Y RIESGO AMm'ENTAL

S.G.I? .A./D·GIRA.DE[Ó454.04 (

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M:éx.100 O:F. a 3 1 MAR 2.00.4 /

,. ING. GUSTAVO A. MDRIEL ARMENDÁRtZ \ otRECTO.R GENERAL q:EL CENTRO SCT ZACATEG.AS ., CALZADA HÉROES. DÉ CHAPULTE1PEC 1ESQ .. 2·0 OE NOViEMB!RE SIN 1 /

COL. ÚRSULO GAlV ÁN1 C.P •. '9·80:51 ' 1 1

MUNICIPIO ZACATECA$, .zACATECAS \ ·-TELJFAX. (01 492) m 59';5:g,

En aca .amtento, a lo q4e ~lspone la l e Genera'I de~ Equil!brio Ecológico y la Protección al Ambla, e (LGE PA en su artfoulo 28, p:nmer parr-aro que establee que la evaluación del impac o ambíen al es el ·i, · cedtmlent-o a través del cu I la Secr~taría de Medio Ambie ~te y Recursos 1\ at~!3les (:SEMARNAT) . stabíe;~Jas 1 cond1ciot1es a g~e se suseta á ta reaU2ac1on de 1 obras y actividades gue / pueden causa.r desegulUbrto eco bmco...,o, rie:basar los UmUes Y. condiciones

· establecidos en las, disposiciones apHcab.les para proteger el ambiente y · pre. erv~r y l restaurar 1los ecosistemas a fin de ,evitaf..o reducir at miniimo sus efectos negativos sobra el ambiente y gue en relacior('·a ello quienes pretendan llevar a cabo alguna de las obras y ac i 'da~es que dicho lineamiento enllsta, requerirán previamente la, autorización n materia de impacto ambiental de,. la SEMARNAT. - . · 1 '1

Que la misma LGEEPA en. su Articu o 30, pñf1!er párrafo establece que para obtener_Ja autorización a que, se refiere-el Amcuto 28, de. dicha Ley, [os interesados deberán 1e esentar a la SEMARNAT una manif~stac!'{>n de impacto ambiental . ..._ ,--

( - ..,-- --Qué entÍe alrasiu~ciooes, en la ·racdón II del ArUc;, lo .27 del Reglamento Interior de la. SEMARNA'l\ se es_tab!ece la a. riibución de 11.a Dirección General de 1mpactb y Riesgo Ambi.§n al(DG1RA para e lfaluar y .resol er ]as maniíestacióñes de;-imP.acto· . Y· ,,.. - . •

ambiental 1/ tos_ estudios de riesgo de las obras y activjdades 99mpetencia dei-'~ª · -.. · -:; - ~-l ~ Federación .y-expedlr,- ¡;:.uando proceda, la~ autorízacio_aes-para sú reáliza9ión. .,. , •. -· · , ,

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SU-BSECRETARÍA DE_ GESTIÓN , ~!f , PARA LA PROTECCION AMBIENTAL ,1,t ,. DIRECCIÓN GENERAL DE _ l· -..

' IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL . -,.~~.

\ S.G.P_A.JDGIRADEl.0454.04

l Que en cumplimiento a las_ disposiciones de los Artlculos 28, primer párrafo y 30, · primer párrafo de''la LGEEPA antes invocados, él Centro SCT Zacatecas sometió a la evaluación de la SEMARI..JAT a través de la DGIRA, la Manifestación de Impacto Ambiental, \ Modalidad i:\~gional (MIA-R), para el proyecto "Modernización cte los caminos ,rura les existentes a tipo "C": Nieves­Mazapll-Concepción del Oro del Km. 74+400 al Km. 88+400 ~n el Municipio de Gral. Feo. R. Mu~guia; del camino Chaparrosa-Noria~ de Sa'n Juan del Krq. 0+000 al Km. 13+250 en el Municipio de Villa de Cos; del camino Col.

" González Ortega-Col. Hidalgd del Km. 6+000 a) Km. 21 +700 en el Municipio · .... de Río Grande y del camino San Jerónimo-Ábrego del Km. 27+500 al Km. (

36+480 en el Municipio de Fresnillo, dentro d~I Estado de Zacatecas", a ' desarrollarse en los Municipios de General Francisco R. Murguia, Villa de Cos, Rlo Grande y Fresnillo, respectivamente, dentro del Estado de Zacatecas. r'

\ ' Que atendiendo a lo dispuesto por la misma LGEEPA en· su Articulo 35, párrafo p1i mero. que eslablece que una yez: presentada la Manifestación de Impacto Ambiental, la DGIRA íniciara el Procedimiento de Evaluación, para lo cual revisará que.Jf! solicitud se ajuste a las formalidades previstas en dicha Ley, su Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto An)bienlal (REIA) y las normas oficiales mexicanas aplicabl,és y que, una vez a\ialuada la Máhifestación de Impacto Ambiental, la SEMARNAT a través de su DGIRA emitira, debidamente fundacta·y motivada, la resolución correspondiente. /

' '· 1 . De otra . parte, toda vez. que este procedimiento se ajusta a lo· que dispone el Articulo 3 de la Ley Federal_ de Procedimiento Administrativo en lo/ relativo a que es expedido Pº f -el órgano administrativo competente, lo cual queda en ~videncia considerando las disposiciones ¡;!el Articulo 19/ deiJReglame~io. Interior de la ¡

-- SEMARNAT a través del cual se establecen das atribuciones genéricas_,de lo_§· Direct9.res Generales de la Secretaria y en lo particular la fracción XXIWdel mismo ·

/, que, dispone que los Directores Genera les podrarj suscribir los documentos< j relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que les seai:,' señalados por

delegación, encomienda \o les correspondan por suplencia. Que .én el . mismo ·· sentido el Artículo·27 del Realamento en comento. establece las atribuciones de la DGIRA y que en su fracció~ ll_dispqne la alribución 'para\ elialuar y resolvér° las

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(. Juan kl f." 0 1 000 nJJ;!!h.1+250 e11 el Municipio de Villa de Ca.<; del camino Col. G,1nzález Ortega-Col. · • · ~~ Hidalgo del h11 6+1100 al ki11 21 + 700 •r. el }.fu,1/cipio de /lío Grandi: .• del r:aminu Swi JerJnimo-Ábregó d,•/ -:

· kndl + 500 al km 36+4SO en e{ Municipio de Fre..'71illo, d"11/J"O del Estado de Zacatixas' º , \ ~\ -, ;. . . . . )¡ -·~ . , Cenfm-it:T Z<lcu1ecas , b •.• ' J ¿q>-: , / J ' Página2dd8 l ,- f

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SUBSECRETARÍA DE GESTtlÓN PARA LA PROTECCIÓN lMBIENT.AL DIRECCIÓN GENERAL DE IMPACT0 .Y AIESG© AMBIENTAL

' S.G.P.A./DGJRA .. DEl.0454.04

.. ·: ·, ' '

Con los lineamientos antes citados y una vez analizada y evaluada la· MIA-R, -¡5or parte de la DGIRA del 9royecto -"Modernización ·de\ los caminos rurales

,existentes a tipo "C": Nieves-M~zapil.Concepclón del Oro del Km. 74+400 al J Km. 88+400 en el Municipio de Gral. Feo. R. Murguia; del camino Chaparrosa­

Norias de ¡san Juan d~f Km. 0+000 al Km. 13+250 en el Municipio de Y/lfa de Cos; del camino Col. González Ortega-Col. fiidalgo del Km. 6+000 al Km. 21+700 en el Municipio de Río Grande y del camino San Jerónimo-Ábrego del Km. 27+500 al Km: '36+480 ~n ,el Municipio de Fresnillo, dentro del IEstapo de Zacatecas", promovido par el Centro SCT Zacatecas que para los-efect'os del presente resolutivo, /serán identificados como el proyecto y el promovente '

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, respectivamente, y / .._,. , ., 1,

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RE S U L TAN DO:

Que el 2·1 de octubre de 2003, la Deleaación Federal óe esta Secretarla en el • . V /

Estado de Zacatecas ingresó ante e l Centro Integral de Servicios (CIS) de \ esta DGIRA,. el oficio número DEFMARNAT/SGPN0884/2003 del 10 del ' mismo mes y año, mediante el cual, remitió el oficio número CSCT-731-2-03· 210/03 del 6 del mismb mes y año, a través del cual fa promovente presentó la MIA-R del proyecto, para su correspondiente análisis y dic1aminación en materia de Impacto Ambiental, misma que quedó con clave 32ZA2003VD058.

/ -.. ¡ . ,

Que en cumplimiento a lo establecido en la fracción I del Artic:'uio 34 d.e la LGEEPA que dispone que la SEMARNAT publicará la \ solicitud de autorización en Materia de lmp_aclo Ambiental en su Gaceta Ecológica y en acatamiento a.Jo...que establece.el Articulo 37 del REIA, el 25 de séptlembre · de 2003, la SEMARNAT publicó a través de la Separata núm. DGIRA/43de, --_, ·--~u Gaceta Ecológica " Y.. en la pá.gin_a electrónica d1 su Portail '.~·. ''J wi;vvv.semarnat.gob.mx, el listado del ingreso de proyectos , s91netidos'' ál' • '• Procedimiento de EvaluaciolY ·de Impacto y Riesgo Ambientai ;üúrante eÍ. período del,j6 al 22 de octubre de 2003, dentro de los cuales ¡¡'e incluyó fa: ') . / ) ···:

'· ( , _. .... ., ,,, , / "Modernización de los t"'c.1minus ntra/B.( exlste11tcs a tipo ·~e": Nü:vcs-Mu:.upi/.Cnncepdón del Oro dP.l km \ . .ir " ' ¡" 1 7 4-+400-al km 88+400 en el Mu11icipio áJ Gral. Feo. R. Murguia; del c,;1mi1r¿ OwpamM.a-Norias de San . , \ ',-••

J uan del km 0+0(1() u/ km ,J3+250 'e,¡ <il Munf.Jpio d&'Vi/la deCos: dRJ camino Cu/: ·González:Ot1cga-Col. ':·. · j 1 '

. Hída/xu dei J:m 6- 000 u/ km 2J ~ 700 en el Municipio d"Rio Grande l' riel camino San Jminimo-Ábrcgo de/i"~ '

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,. ! km 27+ .1po a! km 36, 480 01 ef•.',f¡u,fcrpin de Frcst!Í/ÍÓ, úe,;trn dpJ .&rado dl'zt!'ater.n.<" ~- f ~ 1

. ~ Cemro SCTZ.O.:atecas 1 n ~ Página 3 de/& , _ . ·Y-~ ,~. @~ , . . r . , , .;•

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SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PRO)"ECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE

Sl!CRE'fARL\ OllMED:OA.'\1BIE.NTE Y KECUKSOS NA'nJRALES IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

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S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04 ·-'\ 1 1

solicitud\ que presentó la promovente, el cual quedó registrad6 como "Modernización de los C<tmlnos rurales existente~ a tipo C, Nieves Concepción ·del Oro, camino La Chaparrosa-Norias ,•de San Juan, camino Cól. González Ortega-Col. Hidalgo, y del camino San Jerónim·o­Abrego en el Estado de Za ca tecas, para. que esta DGIRA diera Inicio al , ~rocedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto.

\..

3. Que el 30 de octubre de 2003, con fundamento en lo dispuesto en los Articulos 34, párrafo primero de la LGEEPA y 21 de su REIA, esta DGIRA

\ Integró al expediente del proyecto, mismo que puso a disposición del públic-.o err el Centro Documental, ubi~do en Av. Revolución Núm. 1425, Mezanlne Planta Baja, Col. Tlacopac, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F.

4 . Que e1,..'\14 de noviembre de 2003 a través del ' oficio ¡número S.G.P.A./DGIRA.OEl.0813.03 esta DGIRA solicitó a la proínovente, con

5.

basvi en lo establecido· en los Artículos 35 Bis de la LGEEPA y 22 de su REIA, información adicional de la MIA-R del proyecto, suspendiéni;losele el plazo para la Evaluación del mismo hasta que esta DGIRA contara con dicha información, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 3:i.,Bls de la LGEEPA.

' . . Asiniísmd, se le indicó que, con fundarrientc;i en el Artículo 60 párrafo primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se le concedía un plazo

,- de- tres· méses contados a partir d1 la re<Ápción de dicho documento, para que exhibiera la infonnación adic:ional requerida .

Que el 16 de febrero de 2004, la promovente ingresó en el CtS ,de la DGIRA ~I oficio número CSCT-731-2-03-01W2004 del 9 del misrnó mes y año, mediante el cual presentó la información adicional solicitada en el oficio número S.G.P.A./DGIRA.DEl.0813.03, señalado· en el resultando inmediato

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SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN . -<:,

' RF:CRE:TARlf. l)li,\ l l:OIO / \f.',61Et,;'JO /

PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAl..-¡ / DIRECCIÓN GENERAL DE

Y Rl!éUP.SOS NAT'y1V.LES IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAi.. i

S.G.P .A./DGIRA.DEl.0454.04' .. -

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C O N S I D E .R A N D·O: _)

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Que esta DGIRA es competente para revisar, ~valuar y reso lv~r la MIA-R del proyecto, de co~formidad con lo dispuesto en los Artículos 4, 5 fracciórj II y X'¡ 22, primer y tercer párrafos, '28, primer párrafo, fracción J, 29, 30, pdmer parrafo, 35, párrafos primec_o, segundo1 y último de la LGEEPA, 2 , 3, fracciones XII, XIII, XIV, XVI y· xv11, 4, fracciones 1, 11 y VII, 5, lncíso B), 6, penúltimo párrafo~ 10, fracción 1, 11 , fracción 1, 13. 17, 37, 38, 411; 46, fracción 1, 47 , primer párrafo y 49 del REIA, 14, primer párrafo, 26 y 32-bis, fracciones 1, lll 'Zy XI ~e la Ley Orgánica Pública Federal y 27 fracción II del Reglamento lnteriór de la SEMARNAT, publicado en el Diario O ficial de la Federación el martes 21 de enero de 2003 .

/

Conforme a lo anterior, esta autoridad evaluó el proyecto presentado por el promovente bajo la consideración de que el mismo debe sujetars,~ a Tas disposiciones pr.evistas en los preceptos transcritos, para dar cumplln,iento a lo establecido en los Artículos 4, párrafo cuarto, 25, párrafo se~o, 1 y 27·, párrafo tercero, de la Consti1ución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refieren al derecho que tiene toda persona a un ambiente adecuado parq su . desarrollo y bienestar; bajo los criterios de equidad . social y

1/ protluctívidad para que las emprS5?.s del sector privado usen en beneficio ~ genera¡ los recursos productivos, c<íldando su conservación y el ambiente y

que sé cumplan las disposiciones que...-se han emitido para regular, en beneficio social, el,aproverchamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, eón objeto de cuidar su conservación, el desarrollo eq~ilibradd, del pals y el m§joramienio¡dE! las condiciones de vida, en todo lo , que·se refiere a la presef\/ación y res¡aGración del e·quilibrio ecológico, para· evitar la destrucción· de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. ,.

• 1

Lo. ant¡;rior, se íundamenta e~ 1d dispuesto en IOS· Artículos, f. s : fracc!~~-1: . 28 primer párrafo, fracción I y 35, primer párrafo de la LGEER~: ·. "'

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''/l1od~n1i2aciún de loJ:: caminos nwales cxisrentes" tipa ' 'C ": ,._'ie-.. "eS-,Hazapil-C.oncepcüfo de! Oro dt'l km 74+400 11/ km 88+400 en el Municipio di! Gral. Feo. R . /rf¡,rguia; del cnm/110 C!,aparrosa-Norias de S(1!7 Juar. dPl km o~ooo al km l 3+250 en 21 Municipio de r,-fi1a de Cu,·; del camina· Col. Goi:zález_.Orl'fl!-"·CoZ.: •·

.¡{idulgo del •w 6+000 al km 21+700 en eJ M1micipio tic Río GraJtde y del camino &m J""5hi/llO'Abrego ilel 1 - 1.m 27+ 5UO ·al km 36+480 en el Mum·,·;p/o d~ Fri;snillo. demru del F.staifo DI! Záca:i'cas'' lr.

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SE!CRJ!l" • .\RIA U6MEl)l0A?ltotE.VfE · Y Rl!CútlSOS NATIIRM.~

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SUBSECRETARIA DE GESTÍÓN PARA LA PROTECCIÓÑAMBIENTAL DIRECCIÓN f EN ERAL DE IMPACTO Y RIESGO ~MBIENTAL

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1 ' S.G.P .A./DGIRADEl.0454.04

Que 'runa vez rntegrado el expediente de la M IA-R del proY.ecto, fue puesto a disposición del público conforme a lo índicado en el resultando 3 del presente( resolutivo, con el fin de garantizar el éferecho de la participación social de9tro del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido en los Articulas 34 de la LGEEPA y(4Q de su REIA al momento de elaborar la presente resolución, esta DGIRA no ha recibido solici tudes de consulla pública, reu.nión de información, quejas. denuncias o manifestación alguna por parle de algún miembro d1:1 la sociedad, dependencia de gobierno

' u organismo no gubernamenlal referentes al proyecto. _.,, \. ',

' Que de acuerdo lfíl lo manifestado por la promovente, el objetivo del proyecto es ,el me¡oramien1o de las condiciones actuales de cuatro céiminos de lerracería a caminos especificas tipo "C", lo cual beneficiará a las poblaciones de los Municipios de General Fr~mcisco R. Murguía. Villa de' Cos, Río Grande y Fresnillo, dentro del ,Estad6 de Zacatecas, al reducir los tiempos._ de 1.aslado (de personas, productos agrlcolas y el comercio en general): brindar seguridad)' confort a los usuarios. Estos caminos fueron construidos hace 20 años, sin re·querir con una autefrización en materia de Impacto Ambientali'en vid:ud de que la LGEEPA fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988. ,

• ..._ • . t

Los camind's cuentan en la actualidad ·-con·-un derecho de vía de 30 m, así ' ' como can un ancho de camino de 6 m. La ampliación éorresponde a 2.75 !m

dentro del derecho de vía, para contar con un acho total de 8.751:1·

De ~anera particular los cami?ios cuentan con la~ .... ~iguíentes c':raqerísticas: / /

~ 1 • ,_, Camino Nieves-Mazapil-Concepción del Oro.- f:;:I tramo por modernizar ·,

dél camino inicia en el Km. 74+400!.:y termina~n el Km. 88+400, co~tándo .

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con una longitud de 14 Km., cuya trayectoria incide en las localidades de Las Bocas, Oran, San Gil, Alotonilco de los Martínez, Maravillas, Manuel . \. ... ~

A., Norias. Matias Romero, Norias, Cañada' Blanca, Estación Camacho, La Palmilla, Ejido Hidalgo, Coapas, Tanqué de Guad~lupe, El Jazmín, Tecolotes, Cedros, Cerro ·Gordo, Santa 1tosa, Salaverna y Aranzazu, '

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Sf.CIUiTARIA DE MilJIO AMtllh.N'JE Y HF .. Cl 1RSO~ ~ATilJlALES

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ..

PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE

IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

.. ,·

S. G.P .A./DGIRA.DEl.0454.04

dentro del Municipio de General Francisco R. Murguia, en el Estado de Zacatecas, por, lo que p ara la ampliación de esle camino se requeri rán de 3.85 ha.

Asimismo, las especificaciones con las que conlará el camino después de \ la ampliación serán 1a·s siguientes:

Camino Nlnvos4LU.J pil.COnc1:incl6n del Oro Concceto Unidad

:;ho de G'Or).!OU 7.00m

L

cho rlo c.¿inil 350m dlO de c.llzad• 6.00m

anucrlo 0.50m rJoaodo~, 70 ,.rnp

·!tMenla. 9:otmm.'ldoro 1..50 ,,,.. ./

----;l,-------2~§ • Camino Chaparrosa-Norias de San Juat1.- El tramo por modernizar del

camino inicia en el Km. 0+000 y termina en el Km. 13+252.134, contando con una longilud de 13.252134 Km., cuya trayectoria inci9e en las localidades de Chaparrosa, La Lomita, Maravillas del Sagraóó Corazón, Maravillas, Manuel Núñez y San Juan, dentro del Municipio de de Villa de Cos, en el Estado de Zacatecas, por lo que para la ampliación de este camino se requerirán de 3.644 ha.

.. ..._ Por otra parte, las especificaciones con las después de la ampliación serán l.as siguientes: -,

' C!amino Char,iMrosa:-Ncri¡¡s de San Juan 1 Concepto Unidad

que contará el camino - \

Ancho de coron.: Ancho de carril

7.00m ' ,150 m 1 Ancho de ca1zada

1 6.00m

.e.col2mfe.,10 o.som-. Vt:.iocióad de Opé,,?.ción it"J.kmp PenOien:c .::;;bem2dora 1.50% P endlrui:e má.xima 3%

, Grodu ma:;:imo dé C(h--.•atura 6' 1 De-r;o;thc de •:is 3-0m

J

· ''AfodF.r11/sndó11 de /r.tx caminos rurales tD.i.wc-:-,ul!.s a ripo "C": Nie\.-es-Mazapil-Concepcfón d ..... ¡ Oro del km 74 - 400 al 1111 8S+400 en ,1 M,midpio de Gral. fro. R. M1111t11ia; del C.i:;mi11,, Chuparr,,.m-Non'ns de S<:n

JrmJI del km O I O/JO al J:m 11 < ?5U ,,., d Mumc,pio de Vil/e, de CuY;.t!fl Cílmino Col. Gu,uiÍif.Z 011cga-Col. 1 lidaigu ele/ hn 6 •000 al km '1 ?(IU ,,11 el M11nici¡11n dé Rio tkunde y del camino San Jerórww,-;Íbrcgo del

\ 1 - km 27+50() al k11116+4SO e11 el Munií.:i¡,in df" Fr~millo, demro del Estado de Zucaiec:a.;"

. _ _{_~. '11', ', C.-n~r~!r7z.::~t'"ª·' ,.--· J¿- ~ 1/

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SUBSECRETARÍA DE, GESTléN PARA LA PROTECCION AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE

:;t,\'.:kJrrMt IA DI: MEDIO A.M 0,(F,;t-JTR Y Rl:J:tfR.\ US NA'J Uk..".LES IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

S.G.P .A./DGIRA.DEl.0454.04 ' \

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Camii\o Col. González Ortega-Col. Hidalgo.- El Lramo por modernizar del camino inicia en el 'Km. 10+000. terminando en el Km., 21+540, contando' una longitud de 11.540 Km. , cuya trayectoria incide en las localidades de Colonia González Ortega. Flores Garcla. Pedro Zúñiga, José S~nlos Bañuelos. Espíritu Santo. P-uerta Blanca. Gachupines y Colonia 'Hidalgo, dentro del Municipio de Rio Grande, en el Estado de Zacatecas, por lo que para la ampliación de este camino se requerirá¡, de 3.174 11a. \

Por otra parte. las especificaciones con las. que contará el camino después de la ampliación serán las siguienles:

Comino Col. GonaO!czOrto••·Col. Hodoloo Conc.ento Unidad _

Ancho da ca-rima 7.00m A.ncho de caml 3...50 m

' /\ncho de c.atud'a 6.00m Aoouuntenlo O.SO m

Velocidad de cee:adón ' 70kmD Pcn-iJ1t'flto-bemalkra 1.50%

1~a'ic-nto mñ>lma , 3 'Y, Gr.4do máximo óa Q.lfVQIU!a 1r Derecho de \/la 30m -

• Camino San Jerónimo-Ábrego .- El tramo por modernizar del camino inicia en el Km. 27+500, terminando en el Km. 36+511.877, en una longitud dé 9.0 11877 Km., cuya trayectoria incide en las localidades'ae Melchor Ocampo (San Jerónimo), Buena Vista de Trujillo, Benito Juárez (El Refugi© de Ábrego), Vicente-Guerrero (Ábrego). dentro del Municipio de de Fresnillo, e·n el Estado de Zac..::i.tecas, por lo que para la ampliación

·de este camlno se requerirán de 2.478 ha. ( . l/

·,....Por otra parte, las e~eclficaciones con las después de la ampliaóión s~ran las siguientes:

que contara el camino

.\ •. /

Cam-inoSan Jecrónimo-Abrego 1 Conce-pto I Unidad 1

An,:Jlo de ccrona 1 7.00- m 1 Ancho de ro~it 1 3.50. m 1

'·· "A1oderulz(lcióu dí! (os camilin:; n,ra!es f!Xist~mes n Jipo .. e··: Nieves Afazapil-Ctil!c."epciOn del Oru del km .. · 74- 40(} nJ km íi,~ 14()0 ,.,,1-.,.i M tmit:Jpín dP. Gral Fr.o. R Mt,rg_uia; dPI cnmi110 Cl1t:pmrosa:Norias ele &111

Juan del •w (!+{)00 ni Jan 13 + 250 ~./1 el Mun1C1p1u de Villa de 'Ca.,; del cami~n Coi. r.nnzález Orti,ga-Col ... Hüiuigo ,le.l km <i +OOf> a; Jr.m 1 J + 71)0 tc·n ,.,.¡ Mtmicipzu ,lt: R,O G,;andc y del c:wnino San .!erlmimo-Abrego del ' - .

\

km 2i+)OO u! km 3fi·r-J80 en el ."dunic(uio iie Frl!5mYlo. dentro del E.'irudu d.: Zacmecas " ~ - C.?.IIIT-7 S(.-J' 7.nca!iXüX

1 C--r~ ,J ,.., ... "",, -- ;:__ )

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Y RCCURSOS NATGR.,,'t.Lts IMPACTO Y RIESGO AMBIENJAL S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04

An<.hn ee c..,lzodo 6.00m -Acolamlanto 0.50m Veloódad de oruv:oca\n 70kmo Pendianlc <:tobemadora

i--Pf'lf'ldiento m.ix.10'!l1 1.50% 3 ',4

Grado ma'.dmo de euo,,Qtura 11· Dc~edlo de •,'la 30m

IV. Que de acuerdo con la información adicional presentada por la promovente, cuando se construyeron los caminos de terraceria en cuestión, se realizó ek desmonte del ancho total del derecho de vía (30 m). por lo que eri\ la actualidad se distribuyen algunos e¡ernplares de vegetación secundaria en forma aleatoria. por lo que no forma rnanchones de vegetación representativa que surgieron con los años.

El tipo de · ·flora qLJe sustenta la zona de cada camino se describe a continuación:

Camino Nieves-Ma:zapll-Concepción del Oro.- La vegetación es escasa, y se localiza a partir del km 74+400 al km 79+100, la cual esta formada por especies como gobernadora (Larrea tridentata), tasajillo (Opunlia sp.). ' gordolobo (Guaphalíum sp.) , coyonoxtle (Opuntia imbricata) , nopal cuijo (Opuntia ,:;;antabrigensis), sangre grado (Jalhropha dioica), nopal rastrero (op.unli_a rastrera), nopal duraznillo (Opvntia leucottichaJ, escobilla (Jurine'a sp), quelite (Chenopodium sp.), algodoncillo (Luehea sp.), entre otros.

Algunos de los arbustos de mezqu ite (Prosopis juliflora) miden aproximadamente de 1 a 3 m de allura con diámetros de 5 a 15 cm, los cuales se encuentran distribuidos de forma aleatoria, localizándose en los limites del derecho de via. mismos que no se verán afectados.

Camino Chaparrosa-Norias de San Juan.· Va del km 0+000 al km 13+252. t 34 y en ambos lados del camíno de terracería se localizan tierras d$ uso agrícola, por lo que en este trazo no existe vegetación nativa que pulier~ ser afectada. • , __

"Afnderm"zad6n de lu.f t·a.minos rurnh."s e:rirr1"1t/CS a tipo "C": Nit?\'\"'.S-J\.Ja3apil-Co11ceµciOn del Oro dei km ) 74-1 ,mo al /011 88+400 en el Munir.ipio di' Gral. F,•o: R. Murguia; del comino Chaparruw -Noril<r de San · Juan del ~111 O 000 al k/1/ I 3+1SO ,m el Municipio,{¿. Villa cit.' Cos; d"ei ,:nmflw u,/ Gonzále; Orlega-Coi.

Hidalga di!! km ó 1 (100 al jrm 11 + 700 en el A{zmirJpio tlt! Ria (}ro.,1ci.u y1 úel camilu> Snn .l,:•rónbno.A'bregv dd lm, 17 ·, rno al J.,,, 36 - 480 er. el Mw,icipin de Frvsni/lQ, d,·,rJro del fatado de 'L.rcmecas ..

Cemrn ser ü,ca,ecas Pú!!inn 9 de 18

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IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.AJDGIRA.DEl.0454.04

)¡ Camino Col. González Ortega-Col. Hidalgo.- A lo largo del camino de lerraceria y on ambos lados do este. se localÍzan terrenos de uso agrícola temporal y de riego, así como terrenos de uso pecuario, por lo \'.lU8 este camino se encuP.ntra libre de vegetación naliva. J

Camino San Jerónimo-Ábrego.- Los terrenos adyacentes al cam0

ino en cuestión son de uso agrícola temporal y pecuario, por lo que éste se encuentra libre de vegetación nativa.

De lo anterior, esta OGIRA determina que no se incorporará a la evaluación del proyecto los Impactos ambientales derivados del cambio de uso. '·

v. Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1 de la Ley de Caminos, Puentes y Aulotransporte Federal, los caminos cdnslituyen una vía general de comunicación, definiendo como caminos (Articulo 2, inciso e) de la Ley antes mencionada), aquellos que en su totalidad o en su mayor parte sean construidos por la Federación: con fondos íederales o mediante concesión federal por partlculams, estados o municipios, tal es el caso que nos ocupa

\ \

ya que la promovente del proyecto es la Secretaria de Comunicaciones y ,, Transportes, a través de su Centro en Zacatecas.

·--

VI. Que de acuerdo con lo maniíestado en los Considerandos 11 1 y V del presente / oficio, esta Unidad Administrativa 'determinó que el proyecto, es

competencia de la Feoeración por tratarse de la realización d@Jobras y/o actividades definidas como Vias "Generales de Comunicación, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 28 primer párrafo, fracción I de

\ii1.

la LGEEPA y 5, inciso B) del REIA. - . '

Que con base en la infonnación presentada por la promovente, en la zona donde se desarrollará el proyecto, no se eliminarán especies de flora ni se afectarán individuos de fauna que se encuentren incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 , que establece la "Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de rie_sgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de

-'Yode,·nlza,dún dP. los cwninli; ntralt.!l· exitltnl._'> a upo "C ··: l1lfr!'r~.s~Afa;.a11il-Conc.·t'J)CliW del Oro di'/ lr:,n 7'1+ 400 al km E,8+4W ,,,, <'i Mur.icipio de Grt:I. Feo. R. l,-furg11ia. del r11minu Chnpnn-os<J-No,ias de Snn

J11m1 do/ km 111 /100 ul km JJ+2SO en el M11niápw,le Villa d, Cos; del camino Col Gonzale:s 0,1<"ga-Col HilÍ/1/go del km 6+0/)() al km 7 J.,. 100 c,n el .'.funk,pio ~ Ri<> Grande.,• áel rami110 Sun .lertmimo-Ábri!gO del

\

i<m .n .. . HI() al J-.m J6-i 480 c11 d Mw1lcJplo de Fresnílfo. du.tro del F.w1do de ZcN1J.«<4" ~~ Cc!JJro ser Z<iruur.ns .... ~ l'ógir.a JO ,Je 1/J

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Sl:00. l'ARI.', r-F MEDIOAh'.tm:,, •" Y tll::t:UR.SOS NA.1 l.lUI FS IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

S.G.P.A/DGIRA.DEl.0454.04

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1

especies en riesgo" publicada en e l Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2002. y en vigor a los sesenta dias naturales posteriores a su publicación.

VII I. Que el ~ilio donde se pretende ubicar el proyecto, no se encuentra dentrt de algún Area Natural Protegida de carácter federal o estatal. Asimismo, télmpoco afecta áreas de atención prioritaria, que puedan verse afectadas por el desarrollo del mismo.

IX. Que Articulo 29 ta LGEEPA, señala que los efectos negativos que sobre el ambiente, los recursos naturales, lél flora y la fauna sllveslre y demás recursos a que se rl:!fiere esla Ley, pudieran causar las obras o actividades de competencia federal que no requieran someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, estarán sujetas en lo conducente a las disposiciones de la misma. sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas en materia ambiental, la leg1stación sobre recursos naturales que resulte aplicable, así como a través de los permisos, licencias, autorizaciones y concesiones que conforme a drcha normatlvldad se requiera.

X. Que el Art iculo 6 del REIA. penúltimo párrafo establece que las ampliaciones, modificaciones, suslituci6n de infraestructura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionadas con obras y actividades señaladas en el Artículo 5, pueden realizarse sin contar con la autorización que emite esta DGIRA, cuando se demuestre que su ejecución no causará desequilibrios ecológicos que rebasen los limites y condi,ciones establecidos

XI.

_ en las disposiciones jurídicas referidas en la preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente. ,.

Que de acuerdo con las especificaciones del proyecto incluidas en la MIA-R presentada y en vincUfación con el Articulo 6 del REIA, penúltimo párrafo, se tiene lo siguiente:

a) Las características reíeridas en el Considerando III del presente oficio, así como lo manifestado en el Considerando IV del mismo. no habrá afectación de vegetación natural en la zona del proyecto.

·'"Moderm;oci6n dt! lo.,· l'f1mincs rd!'nles e...i)ter.le; a n'¡x) 'C"'· "'1if!'."t!S·.'rftrapif.Conr:epdim del Oro illl km 74 400 ul J.111 811-4(!() er. t?l .~fu,i:c;ptn OC' Gral. Feo. fL .'dilf'gUÍa,· del camfnn C.hap,1r:ru.,·a.Norin.r efe: San

Jmm del k•11 O+OrJ// ni J,m /3 1 250 ,.,, e/ Mu11!cip1'i.1 ele l'Ula d~ Cvs: ~/ carn1110 Col Go,iuiltc 011ega-Cv!. Hüla/gn del /a11 6"'0(iQ al l.,,: !I 700 en d ',.fusicipio de Río Glande Y1~1 camina S/111 Jc,ómmo-Ábffgn del

, km 27+500 ni /:'m 36+480 en e/ M11111cipio ele Fuml/lo, IÍenlrn del Es1udn d~ Zac,llt<:l«"

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IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04

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b} Aún y cuando no habrá la afectación a vegetación natural en las zonas de . _, ampliación del proyecto, la promovente pretende llevar' a cabo Llíl

\

Programa de Reforestación (página 196 de la MIA-R y páginas 12-23 de la información adicional), como a continuación se indica:

\

Camino o modernlz.a r Suporficio por Ubicació n def ára;i a rororostnr rafore1t:ar h.a

Nlov<!$-~l azo~J~Concepc16o ool Oro.--,--~ ~ ='2,,.....~-i En omboo ludos d•I c:amlno, en ol Km, 81-1500,

\ i.Jtr.u:·11adon tzqu~ o 160 111 , se llevara oola 0011 ... ,dod 1'n 1uu WJ)Cffioc de 13 he y nntre eJ Km, 83.+tiOO 'J e,,+000, ócs.laoóo doro~ entro 350 o 450 m, ••

Chopgrro~e-Nonas <ln S,1n JUM Col, Gonz¡\Joz 0 1 lcgo.Coi, Hldal¡¡o

rc.t.orest11n\n 6 h..1 adiclorn:i!ro. 19 ~ luu l><-500 aJ IO•SOO'", '.:ides=-v1=ooó=n"'tJo=r=od:;:,a:-:-a "1ÓO m

l- -~17;;.-- -¡..:¡AJ~Sur~c- d-o los C..erros denominado, El Cuervo, parn llega, ul •lllo, • • p.•ne d6 lo .Col , GorlZále~ Ort•a• a Col. Httfalg.c 2 Km., dosvi;)Qón 1::quleritA, flOS,:terro,mcn1c por

=~-----t-- - ......-::--+"7'ri:o":b;:'l\."""1'cc' qw t,-ane una 10,1:a!lud d~ ti Kll1. San Jer6nlmo,Abre,go 21 A la allura del Km J2+500, de$Vla.lón l?qufcrda a J ,400

m.

Derivado de lo anterior, las actividades de re forestación que llevara a cabo la promovente, conllevarfin beneficios! ambientales al área del proyecto en , zonas perturbadas, con la finalidad de promover la restauración de la vegetación natura l característica de la zona, así como evitará los procesos de erosión.-

e} En la información adicional preSentada, la promovente señaló que los bancos de material propuestos, han sido explotados con anterioridad, por lo que la vegetación que se encuentra en los alredfgdore,s de ~tos es .. escasa, por lo que no habrá afectación de vegetación-/naturai. ·

d) No será necesario de la construcción de nuevo~·éarninos de acceso. 1 /

e) La construcción de las obras de drenaje que se proyectarán, permitirán mantener los patrones de hidrología superficial de la zona. ,,-

De lo anterior, y con-'base en el análisis técnico y jurídico expuesto en los , .Considerandos que integran la presente resolución, la valoración de las ! caracterislicas que en su ·,conjunto forman Has condiciones ambientales ·-",\1udernización d~ los camm.ns n1ral1:cs c.n's1entes a Up o uc .. 4· Nievcs-!tfazapil-Cnnce¡;ción del Oro del lor. 74+4.00 u/ !.1n 88~401)@ el Municipio de Gm/. Fu,. R Mvrguia; ,;'e/ <'w11úw ClraptJrrO..<(l ·Norias de Sun

Juan d1:l 1'm 0+000 ni lt1u i..1-2)0 en ef M1micf..r.1iod1.• l' illu de Co,'i; d1;1J camiJ,v Cu/. Gnnzález C>rr;ga-Col. flidn fgo dtd ~ 6+00() t:1 ,w l J-riO(J en el Muni,."(o !o de Rfr.1 Grande y del camino San Jerónfnuh4brego del

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Centro SCT Ztlcat<!'cas P<l¡pna 12 de IS

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.secireTAm,. ne. MP.n!O ,'\MRISNTP. IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.A/DGIRA.DEl.0454.04

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Y !tECC:RSO$NATUR".I.C:S ' '

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particulares de los sitios seleccion ados y por _J,U ubicación, dimensiones, cara~teristicas y alcances, según la información establecida en la MIA-R e lnfo~nación adicional. la realización del proyecto no implicará un incremento en el nivel de Impacto ambJental, por. lo que no se prevén impactos ,. significativos, que puedan c-.ausar desequilibrios e;::ológicos o rebasar los

' límites y condiciones establecidas en las disposiciones jurídicas referentes a-, la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, por lo que esta DGIRA emite el presente oficio de manera fundada y motivada, bajo los elementos Jurídicos aplicables vigentes en la zona. de carácter federal, a los - .• cuales debe sujetarse él prp.yecto, considerando factible su realización, toda vez que la promovente aplique de manera oportuna y mediata, las medidas de prevención, mWgación y compensación señáladas en la documentación presenlada, minimizando así las posibles afectaciones de tipo ambiental qL1e pudiera ocasionar.

Con base en lo expuesto y con fundamento en el Articulo 4, cuarto. párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, Articulo 8, párrafo segundo, indica que toda-petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a {lUlen se hayé!' dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve tém1ino al pelicfonario; primer párrafo del Articulo 16, el cual establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio,

( papeles o posesiones. sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad --,, ( competente, que funde y·molive la causa legal del procedimiento; los Artículos de·la ' Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Arn-blente que se citan a continuación: Articulo 4. que'establece i;iue la Federación ejercerá sus atribuciones

' en mateña de preservación y restauraGión del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, de conformidad con la distribución de competencias previstas en dicho instrumento juridiccfy en otros ordenamientos legales; Artículo 5 fracción 11,

_ el cual dispone que es facultad de la Federación la aplicación de los instrumentos-­de política 1ambiental previstos ,en djcha Ley, en· los términos en ella ~stablecidos, asi como la regulación de las" acciones para la preservación y restauración .del equilibrio-ecológico y la protección al ambiente que se realicen en bienes y zonas de jurisdicción federal: en fa fracción X del mismo Articulo 5 que dispone que es

''/1.fodermzacirin d,~ los c.ami11os n!fale: .. f:t~!.emfe-s a t:po ··e·~: Nfeve;-Afft::apií-Cv,1ceµcidn d,?l Oro del km 74+400 al km 88+4(i0 en td A-t,,;_idpit> tfe ( i;·a/ F<·o. Jt }.fúrgufo. Je} c:,m:fna C:ltar,(ln·osa-N.odcs de Scm

J1ia11 dd km 0~ 01)0 u/ km l.l-+ 2.50 e11·d Af1111ir.ipio d ,• Villru/p Cos: del camino Col. Gnn:.ltlez 01'1cg«-Col. • Hidalgo d{',/ kn, 6+000 al hit 2/ - i.{)0 <;n t:I Municipio de Ria Grande y dt,Ú cnmt'no s~m Jeróml1tn-..fb;·1.~go .l'cl

km 17 + 500 al lnn 36+48b <!11 ,.'! ,\111.m'cipiú de Fre:,uillo. df:lltro del f.:Swdo de Zucalecas "

~1 ., ClTJl/ro SC7 Zacate,:os

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-. '· SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN

PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE

tFi'l{F'r"'JHA fli:. Ml:[)l(i ~MMP~TF Y P.OC'.Ut.Súl: r,A. i..KAJ.LS IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

S.G.P.A.IDGIRA.DEl.0454.04 1

facultad de Ja" Federación la evaluación del impacto ambiental de las bbras y activitlades a que se refiere el Articulo 28 de esla Ley y, en su caso, la expedición de las autorizaciones correspondientes; a lo establecido en el primer párrafo del Articulo 28 que dispone que la Evaluación del Impacto Ambiental es e l procedimiento a través del cual la Secretaria establece las condicione.s a que se sujetará la realización de obras y activ idades que puedan causar désequilibrio ecológico o rebasar los limites y condiciones establecidos en las disposiciones aplica~)les, fmcción 1, del mismo art iculo 28, que establece que las vlas generales de comunicación requieren previamente de la autorización en materia de impacto amblental; en el Arliculo.-29. que señala que los efeclos negativos que sobre el ambiente, los recursos naturales, la nora y la fauna síl vestre y demás recursos a que se refiere esta Ley, pudieran causar las obras o actividades de competencia federal que no requieran someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, estarán sujetas en lo conducenle a las disposiciones de la misma, sus reglamentos, las normas oftciales mexicanas en materia ambiental, la legislac:ión sobre recursos naturales que resulte aplicable, así como a través de los pennlsos, licencias, autorizaciones y concesiones que conforme a dicha normaLividad se requiera, en el primer párrafo del Articulo 35 que dispone que una vez.presentada la maniíestación de Impacto ambiental, la Secretaria iniciará el procedimiento de . evaluación, para Jo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades , previstas en esta Ley, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, e integrará el expediente respectivo en un plazo no mayor de diez días; , en el úl1imo párrafo del mismo Articulo 35 que dispone que la resolución que emita \ la Secretaria sólo se referirá a los aspectos ambientales de las obras y actlvfdades de que se trnte. en el Articulo 35 BIS primer y segundo oárrafo, que establece que la Secretaría t;Jentro de un plazo de sesenta días contados a partir de la recepción de la manÍfes1ación de impaclo• ambiental deberá emitir la resolución correspondiente, asimisl)To, podrá soliciiar aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido de la manifestación de impacto ambiental que le sé;!a presentada, suspendiéndose el término qrue restare para concluir el procedimiento. por otra parte, en ningún caso la suspensión podrá-'exceder el plazo di:l sesenta días, contados a partir de que ésta sea declarada p-or la Secretaria, siempre y cuando le sea entregada la inform¡ición requerida; de lo dispuesio en los Artículos del Reglarne·nto de lá Ley Genera l del Equil ibrio Ecológico y la Protección a l

"A1ode,·nf:ación de los cmni1;os rurales exislemes a l{oo "C' ... 1Vie•les-A-fazapil-C<Jn .. ":f!..pción del Oro del 1.m 74+400 al J..m 8S+4DO e.n 1.'I ,Hum'ci'pio dt· Gral Feo. R. J.furguia: del camino Cíwparrn.ra-lVorias di! Sau

.l11nn df.'I Áw 0+00() ul ~w J 3 1 2 JO en l!Í Jfimil'ip]o de Vil/e dP (.Os; d~/ ctutti.tw Cu!. Gun:d/P.:: Oneg<1.-Col. Hidalgo._ tlel lm, ,1 - 00V al km 11 1 700 oo ,,_,¡ A1unicipiu rltrRl.t, Gran.de y tle/ camino San Jt!Tánimo-.4~reg.; del

-km 2 7+50(iai km 36+4.VO "'' el M1micipio de Fre,r.il/o, d"'1uo de{ Estado de Z,u:mecm" Centro ¡:jCT Z-ücuff.Y:as

f'ágiM f4 d~ / S

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SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE ',,

IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.A. /DGIRA.DEl.0454.04

Ambiente en ¡'Mater ia de Evaluación del ln:1pacto Ambie ntal que se citan a conlinuación: Articulo 2: que establece que la aplicación de este Reglamento compete al ''Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. en las fracciones·x11, XII I, XIV, XVI y XVII del Articula 3 del mismo Reglamento a través de las cuales se definen diversos conceptos que aplicrron en e·ste caso y para este proyecto; en la fracción I del Artic.ulo 4 que c.tispone que compete a la Secretari,a evaluar el impacto ambiento! y emitir las resoluciones\ correspondientes para la realización de proyectos de obras o actividades a que se refiere el presente reglamento y la fracción VII del mismo Artículo 4 del Reglamento que generaliza las competencias de la Secretaria; en el inciso 8) clel Articulo 5 del Reglamento que establece que la construcción de carreteras se constituyen como vías generales de comunicación, que requieren la evaluación previa en materia de impacto ambiental; en él penúltimo pári-afo del Articulo 6 del mismo Reglamento, i;¡ue establece que las ampliaciones, modificaciones, sustitución de infraestí\1clura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionadas con obras y actividades ' señaladas en' el Artículú 5, podrán ser exentas/de la presentación de la Manifestación de Impacto Amb_iental, cuando no causara desequilibrios ecológicos que rebasen los limites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas re feridas en la preservación del equilibrio ecológico y proiección al ambiente. en el primer párrafo del Artículo 9 del mismo Reglamento._que dispone la obligación de los particulares para presentar ante la Secretaria uña manifestación de impacto ambierytal, en la modalidad que corresponda, para que ésta , realice la evaluación del proyecto de la obra o

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actividad respecto de la que solicJta auto rización y- el, Artículo 11. fracción I del ,. mismo Reglamento, esta'blece que la presentación de una manírestáción de impacto ambiental en su modalidad reglonal, será en los cr sos de eprreteras, como en el caso-del proyecto; en los Artículos 44. 46. 47. 48 y 49 del mismo Reglamento a través de los cuales se establece el procedimiento que debe seguir

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la Secretaría para emiLir la resolución sobre la evaluación del impacto ambiental d$1 -proyecto sometido a la consideración de esa, au toridad· por palie del_ ( promovente, en el A1i iculo 18 de la Ley Orgánica de ta Administración Pública ' Federal que dispone que en·· el Reglamento Interior de cad, una de las Secretarias de Estado, que será expedido por el Presidente de la Repúbliéa, se determinarán las atribuciones de sus unidades administrativas, en el Artículo 26 de

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. ·- ... ·,~foderniza, .. ló11 de los e-amir.os turalcr exLm.!l!lf!S o upo ··( .. ': liiew!s-J..fnzt,pil-ConcP.pcidn del Orn d(,J kJn

74+400 n( km 0'8+4(10 t.m ~f lvJrmid {Jio dP Oral. f.Co. F?. .\.fucy.uía.· a'el cami11n Cf:ar,arrn:m-Nur il.ls de Sun .Juan del km o+ono al km J 3-2SO en d Municipio d~ Vil/u de C<1s: del C<Jmiru, Col. Go11zúlcz Ortega-Col.

Hid<1l¡¡v ,le/ km 6+00(] u/ l<m 21 + iOI) en el ,\{1u1icipio "" Río G,imd c y del camfr,o San kr-0.f'ímo-_;Íbrcgo dfl-

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- km 17-500 al km 36+¡lb'O (Vt e! A/unic-ip;o tfP. F,·e.~mJJo, a'e.r.trt> tlP.I Esuufo de Z.:c.aJP.r.a-." . Centro SCT Zac,:1/ec(lj

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SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ~. 1 ,

PARA LA PROTECCION AMBIENTAL

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DIRECCIÓN GENERAL DE ' .

IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04

la misma Ley que dispone que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales es una dependencia del Poder IEjecuLi vo de la Unión y del Artículo 32 bis de la misma Ley que establece los asuntos que son competencia de la Secretaria de Medio Amblenle y Recursos r..Ja turales dentro de las cuales destaca en su fracción XI la relatíva a la evaluación y dictaminación de las manifestaciones de impacto arnbienlal; el Artícu lo 2. de la Ley Federal de Procedim¡ento Adminis trativo que señala que esta ley se aplicará supletoriamente a las diversas leyes administrativas reguladas por la misma, la fracción X del Art iculo 16 que dispone que la Administración Pública Federal en sus re laciones con los particulares, tendrá la obligación de dictar resolución expresa sobre la petición que le formulen y que en este caso ta l petición se refiere a la evaluación del impacto ambiental del proyecto; del Articulo 19, d el Reglamento Interno de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que establece y define las facultades genéricas que tienen los Directores Generales de la SEMARNA T, y cuyas .) fracciones XXIII y XXV, establecen la facu ltad de suscribir los documentos y resolver los asuntos sobre autorizaciones relQtivos a sus atribL1ciones; respecl ivamente; asimismo en la fracción XXVIII del mencionado Art iculo 19 del Reglamento. se estable1,:en las disposiciones jurldicas aplicables y SLJS superiores )erarquicos· en el ámbito de sus alribuc iones, en el Art iculo 27, fracción II del mismo Reglamento que establece que esta Dirección General d1;1 Impacto y Riesgo Ambiental l iene la atribución de evaluar y resolver las mani festaciones de impacto ambiental de las obras y actividades competencia de la Federasión y expedir, las autorizaciones para su realización.

\ RESUELVE:

PRIMERO.- Dar por concluida la atención del proyecto, presentado por la ·' promovente a través del oficio número CSCT-731-2-03-21 0/03 del 6 de octubre._ de 2003, ingres?do en esta OGIRA el 21 d el mismo mes y año .

''l11udernizucirin de lm: r:nmir.as rur(l/~s ei.ís!-f...,ntes a lípo \'C": ,Wew::s-.\.fu;api!-Concepciún del Oro de! km, 74·- 400 u/ lm S8+400 en el /1,funicipin de (;rnl. Pw. R.. ,Hurg;da; di!!! cami,u, Cftaparrosa-Nori:is de San Juan (/,1/ l.m 0+000 "J km I 3- 2511 en d M1m1d pio tft!. l'il/a d~ Cc,;,·; de! m;;ii110 Col. vonzálo'Z Onega-Co!.

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Jiidalgo d,..,f km 6+000 CII km ) 1- 700 en p/ AfwU.-.·4.,;ri de i?io Urtmd~ y d1."'l camino Sen .A"'1·m1imo-Abr'-~º d<!I km 17- 500 u/ km .M+-18(} J,n el l1,fur.ic1j,in de Frt!Srrillo. Ót!mn, dC'I Eswáu d1:. Ztu:at1.."t.."<,s"

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IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04

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--· SEGUNDO.- Confom,e a lo establecido en los Considerandos 111, IV, VII, VIII, IX, X

' . y XI del presente oficio, esla DGIRA notifica al Centro CST Zacatecas que no requiere }a autorización en materia de Impacto Ambiental par¡¡ la realización del proyecto "Modernización de los caminos rurales exis tentes a tipo "C": Nieves-Mazapil-Concepción del Oro del km 74+400 al km 88+400 en el Municipio de Gral. Feo. R. Murguia; del cam ino Ch~arrosa-Norias de San··· Juan del km 0+000 al km 13+250 en el. Municipio de Villa de Cos; del camino Col. 'González Ortega-Col. Hidalgo del km 6+0.00 al km 21+700 en el Municipio de Río Grande y del camino San Jerónimo-Ábrego del km 27+500··al km 36+480 en el Municipio de Fresnillo, dentro dél Estado de Zacatecas", por cons¡cterar que dichas acciones no Implicarán un Incremento en 10~1 niveles de impacto y riesgo ambienlal, de acuerdo con el Artículo 6. penúltimo párrafo del REIA, el cual fue refP.rido en el Considerando X deJ,1:>resente oficio.

) '

TERCERO.- De Cónfom1idad con lo establecido en los f\Jticulos 35, último párraío ,. •• • ., 1 ••

de la LGEEPA y .49 del REJA, la presente solo se refiere a los aspectos ambientales de las· actividades del proyecto, citado en los Considerando 11 1, IV, VII, VIII y XI del presente oficio, por lo que es obligación de la promovente, tramitar y obtener las autorizaciones. concesiones, licencias, permisos y similares que sean requisito para la realización del mismo·. '

/

CUARTO.- Se comunica a la promoven te que el desarrollo de las obras y/o aclividades referidas al proyecto deberán é_lPegarse a lo dispuesto por los Articulos 29 de la LGEEPA y 47, primer párrafo, de su REIA, dado que su incumplimiento la hará acreedora a fas sanciones previsias en la'ley antes mencionada, así como de las disposiciones que resulten aplicables.

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QUINTO.- En caso de que se pretenda la realización de obras y/o actividades . . . diferentes a las manifestadas, f<1' promovente deberá notificarlo a esta DGIRA. . ' quien determinará lo procedenl~ en I<} materia. /

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·~\·foden,izaciún tle fo:;; C(lmino:, n1raÍe'} ..n·is1e11tt."S u tipo '1C": Nie-.,•es-.lt-fazitpfl-Co11ct.pdón d;,J O,·o del h111 74-400 (1/ km 88+400 en el !.J1midpiu el.:: <7rnl. F'co. R. A{urguia: del camim1 Clrapaffosa-.Nun'as dP. San

Jswn del l.11: 0+000 u/ Jmt / J -1 25U en,,¡ M1mü:ipin de Vj{/a de Cos; del C<mdno CoL Gnn:á/c, Ortega-Col. liida(«o del km ó·I 000 cr! km 21-700 1:11 el .UtmÍcipin dP Río Grar.de y d2J r.tmtino ·S<.mJerOnimo .,,il;r<:go del

km 2 f ·!...JOO al km J6+4SO c11 t1.I ,\{unicipfo de Fresr.i/Jn, rfe,uro del Est(Jdo,d,: Zucafecas ··

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S.G.P.A./DGIRA.DEl.0454.04

·~. SEXTO.- Hacer del conocimiento de la Delegación de la Procuraduri.a Federal de Protección aJ'Ambiente (PROFEPA) en el Estado de Zacatecas, el contenido de la presente resolucLón.

• J

SÉPTIMO.- NoHficar al lng. Gustavo A. Muriel Armendáriz, en su carácter de Director General del Centro SCT Zacate,cas, el presente oficio por alguno de los meclios previstos en los Artículos 35 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Administ rativo.

·' A TE TAMENTE SU A O EFECTIVO,:NO REELECCIÓN EL IRE OR GENEIV>.L

BIÓL. N RICARDO,JUÁREZ P.

c.c.p. uc:· FRANCISCO GINER DE LOS RÍOS.- Subsecretario de Gestión para la Proleccí6n Ambiental, SEMARNAT.- [email protected] x LIC. RICARDO MONREAL AVllA- Gobernador del Estado de [email protected] C. MANUEL LORENZO CAMPA MARES.- Presidente Municipal de General Francisco R. Murguia- Presidencia Municipal, Calle Progreso núm. 1, C.P. 98350, Gral. Feo. R. Murgula, Estallo de Z~1:::.tecas. - -· C. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ GARCÍA.· Presidente Municip2I de Villa de Cos.- Presidencia Mw)icipal, Av. Hidalgo nüm. 5, C.P. 98470, Villa de Cos. Esíade de Zacatecas. .. C.

1 JOSÉ MANUEL PEl~A BADILLO.- Presidente -'M11nicipal de Río Grandc.-i,

presidenci::i_rio_granóe@y¡;hoo.com.mx C. GONZ/\LO LEDESMA BRETAOO.- Presidente Municipal de Fresnil!o.- Presidencia ,. Municip2I, Calle Juan de Tolose núm. 10. C.P. 99000, Fresnmo. Estcdo de Zacatecas ,. , /

Copias restantes al reverso ... \ .4.

'~Afoderni?a.cil.m d'-"' lcs caminos rm·al~\ e;t'i.;te1111:s a ti}JQ ''C": N7e'w~s-Ma=a_ni.l-Couc(!pcfón d,. .. ¡ Oro del km i4+400"á7 km 88 1100 en ,_ .. ¡ l-1,mr.¿·1)7io de Gral Feo«/& _4fu,..guia; :ie! camino <..ñana1Tnsn-.f\'orfas de San

Jum, del km ()+000 al km 1 J-25Q en t.·i Jfunic:(oin di! 11ilin de '-c,as~ del i:umitw Col Gordilez ·o ,1~gn-Co!.

)

Hi.dalgo dr!I krn 6+000 al km 21 + 7()(1,:,n el ,\11micipio de Rin (~rtmde ,v dr:f cau:inu Sun Jerüni'mo-Ahrego del

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km 27+500 al km 36 1 •f80 en~! A1unit:ipi"'.Úe. Fresnillo, dP.mro dd Es1ado de Zm,·utec<tY" . '\ Ce11fro sc:r UJc:.iteca.-.:. ' , ~ ) rf.,l) J'6ginal~' dcl,~

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ING. LEONEL GERARDO CORDERO LER/,IIA.- Delegado de la SEMARNAT en el Estado de Zac.atecas.- [email protected] ING. GILBERTO ZAPATA FRAYRE.- Delegado de la PROFEPA en el Estado de Zacatec:,s.- ·· dele¡:¡ado _ zac@c~rreo.profepa.gob.mx • ·-

1 DR. JAIME JESUS SANROMAN SIERRA.- ,Dir~ or de Impacto Amfflenlal en PROFEPA.­jsanro,[email protected] ING. ANDRES CHACÓN HERNÁNDEZ.- Directór de Evaluar;ión lnlcgral.- MinlMñÓ. Expediente de la Dirección General de lmpaclo y Riesgo Ambiental. ' Exped itmte 32ZA2003VD058.

_ SAT : ~~41400

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