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PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (PSST)
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral Junio 2011
ÍNDICE
Ítem Pág.
I INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………………5-6
II PROPÓSITO………………………………………………………………………………………………………………..7
III JUSTIFICACION…………………………………………………………………………………………………………..7
Capitulo 1.- Objetivos
1.1.- General…………………………………………………………………………………………......................8
1.2.- Específicos……………………………………………………………………………………...…………………8
Capitulo 2.- Campo de aplicación
2.1.- Alcance………………………………………………………………………………………………………………9
2.2.- Campo de aplicación………………………………………………………………………………………….9
2.3.- Responsabilidades………………………………………………………………………………………10-15
Capitulo 3.- Definiciones…………………………………………………………………………………..............16-28
Capitulo 4.- Contenido
4.1. Descripción de proceso……………………………………………………………………………..............29
4.1.1. Caracterización del proceso de trabajo………………………………………………………..30
4.1.2. Identificación, evaluación de los Riesgos y Procesos
Peligrosos existentes…………………………………………………………………………………….31
4.1.3. Diagrama del proceso………………………………………………………………………………….31
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
4.2. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo……………………………………………………........32
4.3. Política de seguridad y salud en el trabajo (ASIP, C.A.)…………………………………………33
4.4. Planes de Trabajo para abordar los diferentes Riesgos
y Procesos Peligrosos……………………………………………………………………………………….36-40
4.4.1. Educación e Información
4.4.1.1. Inducción a Nuevos Ingresos y
Cambio/modificaciones de tareas
4.4.1.2. Formación Periódica a los trabajadores
4.4.2. Procesos de Inspección…………………………………………………………………………..41-42
4.4.3. Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de las condiciones y medio
ambiente de trabajo………………………………………………………………………………….43-44
4.4.4. Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de la Salud de los Trabajadores
y Trabajadoras……………………………………………………………………………………………44-47
4.4.5. Monitoreo y Vigilancia de la utilización del tiempo libre
de los trabajadores y trabajadoras……………………………………………………………47-48
4.4.6. Reglas, Normas y Procedimientos de trabajo
seguro y saludable……………………………………………………………………………………48-49
4.4.7. Dotación de Equipos de Protección
Personal y Colectiva…………………………………………………………………………..…………49
4.4.8. Atención Preventiva en Salud de los
Trabajadores y Trabajadoras……………................................................................50
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4.4.9. Planes de Contingencia y
Atención Emergencias….......................................…………………………………………….51
4.4.10. Recursos Económicos precisos para la consecución de
los objetivos propuesto……………………………………………………………………………………51
4.4.11. Ingeniería y Ergonomía…………………………………………………………………………………52
4.4.12. Investigaciones de Accidentes de Trabajo y Origen de Enfermedades
Ocupacionales……………………………………………………………………………………………53-54
4.5. Identificación del Patrono/a y compromiso de hacer
cumplir los planes establecidos………………………………………………………………………….55-56
4.6. De las empresas Contratistas y Cooperativas……………………………………………………56-57
4.7. De la participación protagónica de los trabajadores y las trabajadoras y la
Contraloría Social…………………………………………………………………………………………………..57
4.8. De la evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo………………………………………………………………………………………………………………58-61
4.9. Constancias de Participación y aprobación……………………………………………………………62
ANEXOS……………………………………………………………………………………………………………………………….63
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INTRODUCCIÓN
ASIP, C.A. Es una joven empresa sucrense, creada por profesionales de dilatada trayectoria
que decidieron independizarse y sumar esfuerzos y experiencias en este ambiente, con una
visión íntegramente comprometida con el desarrollo de soluciones que en materia de
seguridad requieran sus clientes.
ASIP, C.A. está comprometida en proporcionar a todos los trabajadores y trabajadoras un
ambiente con óptimas condiciones de seguridad, salud y bienestar laboral. Para ello se han
desarrollado un conjunto de lineamientos contenidos en el Programa de Seguridad y Salud
en el Trabajo (PSST) el cual posee pilares fundamentales que establecen los mecanismos
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para el estudio y control de aquellas condiciones que dentro de las facultades laborales de
los trabajadores y trabajadoras puedan afectar la seguridad y salud de los mismos.
Con el contexto de este ejemplar se pretende servir de una guía para normalizar el
compromiso de la empresa y así identificar, evaluar y controlar los riesgos asociados a las
actividades que en ella se desarrollan y de esta manera regular el cumplimiento de las leyes
y normas vigentes, conduciendo a la cultura preventiva y a los principios de seguridad y
salud en el trabajo.
La implementación de un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional contribuirá en
el marco interno de esta organización el camino más propicio para garantizar en los
trabajadores y trabajadoras una aptitud preventiva y lograr minimizar de esta manera los
riesgos más relevantes a la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras.
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PROPÓSITO
Este documento tiene como propósito establecer los lineamientos relativos a las actividades
de Seguridad, Higiene y Salud ocupacional a ser desarrolladas por la empresa durante la
ejecución de los proyectos y servicios derivados, plenamente alineados con las premisas y
legislación nacional vigente que rige la materia.
JUSTIFICACIÓN
Para ASIP, C.A. es importante lograr adoptar, en sus trabajadores y trabajadoras, los
principios fundamentales de la Seguridad y Salud Laboral, a fin de garantizar el más alto
grado posible de bienestar; además de Identificar, evaluar y controlar los procesos que
generan riesgo alguno, procesos peligrosos, condiciones y medio ambiente de trabajo y así
lograr el cumplimiento en lo establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela, en el
artículo 61 de la Ley Orgánica de Prevención, Condición y Medio Ambiente de Trabajo
(LOPCYMAT), además en los artículos 80, 81 y 82 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica
de Prevención, Condición y Medio Ambiente de Trabajo (RPLOPCYMAT), y la Norma Técnica
N.T. 01-08 “Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo”.
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CAPITULO 1. - OBJETIVOS.
OBJETIVO GENERAL:
Elaborar un “Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo” que establezca criterios,
pautas y lineamientos fundamentales para prevenir y controlar los riesgos y procesos
peligrosos asociados a los diferentes puestos de trabajo y que puedan generar algún
accidente o incidente y/o enfermedad ocupacional de conformidad con lo
establecido en la normativa que rige la Seguridad Industrial en Venezuela.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
Identificar las Condiciones Inseguras presentes en el ambiente de trabajo.
Evaluar los Riesgos Asociados presentes en el ambiente de trabajo.
Desarrollar las acciones preventivas y de control a los Riesgos y Condiciones
Inseguras.
Promover y mantener la participación activa y protagónica de los trabajadores y
trabajadoras en la prevención y control de los riesgos en el trabajo.
Desarrollar los planes de capacitación a los trabajadores y trabajadoras y al personal
supervisor.
Definir una política de Seguridad, que ofrecerá a plenitud, el cumplimiento de leyes y
normas por todas las personas que hacen vida laboral, para así optimizar la salud e
integridad física y psicológica de todos y del mismo modo proteger las instalaciones
evitando así daños a terceros y al medio ambiente.
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Desarrollar, implementar y mantener un sistema de vigilancia epidemiológica de los
riesgos asociados, accidentes laborales, enfermedades ocupacional y utilización del
tiempo libre.
CAPITULO 2. - CAMPO DE APLICACIÓN
ALCANCE:
Este programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece los requerimientos mínimos de
diseño que se deberán cumplir, a fin de garantizar un nivel razonable de protección para la
salud del personal, instalaciones y medio ambiente de trabajo, frente a los riesgos
potenciales existentes en las operaciones asociadas a las actividades de la empresa ASIP,
C.A., así como también se establecen los mecanismos para el seguimiento o evaluación de
la implementación del mismo; Por lo tanto, el presente documento será administrado por la
Gerencia de Seguridad y Salud y deberá ser cumplido por:
Todos los trabajadores de ASIP, C.A.
Todos los trabajadores de las contratistas y/o cooperativas sub-contratadas.
Todos los visitantes y/o proveedores.
CAMPO DE APLICACIÓN:
El Campo de Aplicación de este Programa es de carácter obligatorio y se extiende en general
a todas las actividades desarrolladas por los trabajadores y trabajadoras de la empresa,
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desde la Dirección General o Ejecutiva hasta los servicios tercerizados o servicios de
Outsourcing.
RESPONSABILIDADES:
Presidencia y Vicepresidencia:
Revisar, aprobar y familiarizarse con el presente Programa de Seguridad y Salud en el
trabajo.
Serán los responsables de asegurar la elaboración, puesta en práctica y
funcionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobar los recursos necesarios para la correcta implantación del Programa.
Verificar que el personal bajo su responsabilidad conozca y aplique el programa.
Realizar al menos una (01) revisión o inspección mensual documentada al área o sitio
de trabajo para constatar la efectividad y cumplimiento del programa.
Gerencia General:
Familiarizarse con el presente Programa de Seguridad y Salud.
Es responsable ante el presidente ejecutivo o junta directiva por el cumplimiento de
este programa.
Disponer y asignar los recursos necesarios para asegurar la correcta implantación y
cumplimiento del presente programa.
Es responsable de liderar el compromiso a la Política de Salud, Seguridad y Ambiente
de la empresa.
Verificar que el personal bajo su responsabilidad conozca y aplique el Programa.
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Identificar cualquier requerimiento legal y de seguridad específico que pueda aplicar
en las actividades de trabajo.
Reportar al presidente ejecutivo o junta directiva, todos los informes emitidos por el
Servicio de Seguridad y Salud Laboral sobre los incidentes y accidentes que afecten la
cultura de seguridad.
Gerencia de Legal, Administración y Recursos Humanos:
Familiarizarse con el presente Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Diseñar procedimientos de ingreso de personal.
Diseñar el plan de adiestramiento debidamente revisado y probado por INCE.
Verificar que el personal bajo su responsabilidad conozca y aplique el programa de
seguridad y salud.
Es responsable de revisar toda la documentación de la empresa en términos legales,
laborales y de seguridad, a fin de darle vigencia y registro ante los órganos
competentes del estado Venezolano.
Es el departamento encargado de Asesorar, en materia legal, a la Junta Directiva,
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral, Comité de Seguridad y trabajadores y
trabajadoras de la empresa.
Suministrar antes de los tres primeros días hábiles de cada mes. Información al
Servicio de Seguridad y Salud Laboral, sobre horas hombres trabajadas y días
perdidos por reposo a causa de accidentes de trabajo.
Gerencias de Operaciones, Gerencia de Desarrollo y Gerencia de Proyectos Técnicos.
Familiarizarse con el presente Programa.
Es responsable ante el gerente general por el cumplimiento del programa.
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Identificar cualquier requerimiento legal de seguridad específico que pueda aplicar
en las actividades de trabajo.
Implementar los procedimientos necesarios para cumplir y hacer respetar todas las
reglas de Seguridad.
Verificar que el personal bajo su responsabilidad conozca y aplique este programa.
Participar en las investigaciones de incidentes / accidentes.
Prestar el apoyo para la realización exhaustiva de todo los eventos no deseados
ocurridos en las instalaciones de la empresa.
Mantener constante motivación hacia la investigación de los eventos no deseados
Identificar los riesgos adyacentes al área que pudieran afectar los trabajos.
Coordinar la efectiva eliminación, control, y/o reducción de los riesgos hasta niveles
aceptables de trabajo.
Empresas contratistas y adjuntas.
Cumplir con las regulaciones y normas de seguridad legal y vigente de ASIP, C.A.
Hacer uso de equipos de protección personal dentro de las instalaciones de la
empresa ASIP, C.A.
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral:
Es el responsable de la implementación de los requerimientos de seguridad y Salud
del proyecto.
Verificar el cumplimiento de todas las normas y procedimientos.
Evaluar los riesgos del lugar de trabajo y dar las recomendaciones específicas en
cuanto a los métodos, técnicas y procedimientos seguros, apropiados y necesarios
para realizar el trabajo.
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Evaluar la eficiencia del personal de campo con respecto a la cultura de seguridad.
Identificar las áreas en las cuales el trabajo que está siendo realizado no está
alineado con la cultura de seguridad.
Definir la agenda de las charlas de seguridad semanal basada en las necesidades del
área de trabajo.
Mantener un registro de la gestión de seguridad.
Investigar y evaluar cualquier accidente serio o inusual y proveer las
recomendaciones para prevenir tales accidentes en el futuro.
Documentar y/o hacer seguimiento a todos los incidentes, acto inseguro, condición
insegura, accidentes y enfermedad ocupacional e informar a las gerencias.
Conducir y mantener los registros de inspección de los extintores de incendio.
Inspeccionar los equipos eléctricos y el apropiado aterramiento.
Inspeccionar el orden y la limpieza en todas las áreas.
Mantener el inventario de los equipos apropiados de protección personal requeridos
según el alcance de la obra.
Coordinar el mantenimiento en condiciones satisfactorias de las unidades de
primeros auxilios.
Mantener bajo observación todos los riesgos adyacentes que afecten la Seguridad de
los trabajadores.
Asigna tareas a otros miembros del equipo con la finalidad de asegurar que los
requerimientos de seguridad sean adecuadamente implementados.
Coordina con los entes gubernamentales y tiene la responsabilidad última por las
actividades de Seguridad y Salud del proyecto.
Asesor Médico:
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Es responsable de asesorar a la gerencia de Seguridad y Salud, diseñar, implementar,
supervisar y actualizar el programa de Salud e Higiene Ocupacional, así mismo,
asegurar las coordinaciones en caso de solicitud de apoyo, evacuación médica de
emergencia.
Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL):
Familiarizarse con el presente Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Participara activamente en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y
evaluación del programa en referencia.
Procesar las denuncias, sugerencias y recomendaciones hechas por los miembros del
comité ó por los trabajadores.
Discutir las denuncias o recomendaciones para su aceptación, modificación o
rechazo.
Elaborar su reglamento interno.
Efectuar seguimiento a la ejecución de las recomendaciones.
Efectuar reuniones periódicas para discutir métodos de prevención de accidentes,
promoción de la seguridad, adiestramiento, Entre otras cosas.
Realizar inspecciones a los lugares o áreas de trabajo.
Conformar los comités de investigación de accidentes y recomendar medidas
correctivas.
Desarrollar y proporcionar prácticas y métodos seguros de trabajo.
Colaborar, asesorar y asistir con el desarrollo de los programas y planes intensivos de
educación en lo concerniente a la higiene y seguridad industrial.
Trabajadores y Trabajadoras:
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Familiarizarse con el presente programa de seguridad y salud en el trabajo.
Es responsable ante el supervisor por el cumplimiento de este programa.
Ejercer las funciones específicas derivadas de su contrato de trabajo en relación a los
riesgos vinculados con el mismo, no sólo en defensa de su propia salud y seguridad,
sino también con respecto a los otros trabajadores.
Dar cuenta inmediatamente a su supervisor jerárquico, de cualquier situación que
constituya una condición insegura que amenazare la integridad física o la salud de los
trabajadores.
Reclamar, aceptar, usar obligatoriamente, y mantener en buenas condiciones los
implementos de seguridad personal, dando cuenta inmediata al responsable de su
suministro de la pérdida o vencimiento de los mismos.
Acatar las instrucciones, advertencias y enseñanzas que se le impartiera en materia
de seguridad y salud.
Participar activamente en la escogencia de sus representantes al comité de higiene y
seguridad laboral.
Participar en los adiestramientos para los cuales fueron seleccionados, que en
materia de seguridad y/u operacionales se impartan.
Notificar las condiciones de riesgo detectadas en los puestos y/o áreas de trabajos.
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de Seguridad y Salud.
Participar en la prevención de riesgos profesionales y cumplir con el tratamiento
médico y de rehabilitación que se le prescriba.
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CAPITULO 3. - DEFINICIONES
A efecto del presente Programa de Seguridad, se establecen las siguientes definiciones:
Actividad económica: Combinación de acciones, cuyo resultado es un determinado conjunto
de productos, donde se combinan recursos tales como mano de obra, equipos, técnicas de
fabricación, para obtener determinados bienes y servicios. Esta se clasificará, a los efectos de
esta Norma Técnica, en continua y no continua.
Actividades económicas continuas: Combinación de acciones cuyo resultado es un
determinado conjunto de productos, donde se combinan recursos tales como mano de obra,
equipos, técnicas de fabricación, para obtener determinados bienes y servicios, en un centro
de trabajo de manera ininterrumpida por turnos de trabajo.
Actividades Económicas no continuas: Combinación de acciones cuyo resultado es un
determinado conjunto de productos, donde se combinan recursos tales como mano de obra,
equipos, técnicas de fabricación, para obtener determinados bienes y servicios, en un centro
de trabajo de manera interrumpida por turnos de trabajo.
Accidente: es todo hecho imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo
normal de una actividad o proceso y que puede tener como consecuencias lesiones
personales y/o daños materiales, y/o daños ambientales y que probablemente es procedido
por un acto inseguro o condición insegura o combinación de ambos.
Accidentabilidad: Frecuencia o índice de accidentes
Accidente de Trabajo: Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el
trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal,
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inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o
sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. Son igualmente
accidentes de trabajo:
a- La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición
a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones
meteorológicas sobrevenidas en las mismas circunstancias.
b- Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga,
cuando tengan relación con el trabajo.
c- Los accidentes que sufra el trabajador o trabajadora en el trayecto hacia y desde su
centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya
sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al
trabajador o trabajadora y exista concordancia cronológica y topográfica en el
recorrido.
d- Los accidentes que sufra el trabajador o trabajadora, con ocasión del desempeño
de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver
del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que ocurran
los requisitos de concordancia cronológica y topográficas en el literal anterior.
Acto Inseguro: acción u omisión que conlleva a la violación de una ley, reglamento, norma,
procedimiento o práctica segura, capaz de originar un accidente, incidente o enfermedad
profesional.
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Análisis: proceso sistemático, usado con el propósito de identificar la o las causas raíces que
dieron origen al accidente o incidente, las cuales al ser corregidas, evitarán, la recurrencia de
estos accidentes o incidentes o la ocurrencia de accidentes o incidentes similares.
Ausentismo Laboral: conjunto de ausencias por parte de los trabajadores de un
determinado centro de trabajo, justificadas o no.
Brigada de Emergencia: Conjunto de trabajadores voluntarios, capacitados y entrenados
para prevenir o actuar ante una emergencia con el fin de minimizar sus efectos. Estas
personas serán entrenadas en extinción de incendios, rescate y salvamentos. Para lograr los
objetivos de una brigada de emergencia son necesarios los siguientes elementos:
Creatividad, productividad, resolución de problemas, trabajo en equipo y capacidades.
Centros de Trabajo: Se entenderá por centros de trabajo aquellos lugares de donde partan o
a donde converjan las actividades de un número considerable de trabajadores y que estén
ubicados fuera del lugar donde normalmente la mayoría de ellos tengan su habitación, sin
exceptuar campamentos especialmente construidos para alojarlos.
Capacitación: Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al trabajador los
conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar su labor asegurando la prevención
de accidentes, protección de la salud e integridad física y emocional.
Causa Inmediata: son los síntomas, son los actos y condiciones inseguras, las circunstancias
que ocurren antes del accidente y que generalmente son observables a primera vista.
Causa Raíz: es la causa más básica, que se manifiestan detrás de las causas de los actos y
condiciones inseguras, y para llegar a ellas se requiere de una investigación mucho más
profunda, debido a que las más evidentes son las causas inmediatas.
Condiciones Inseguras e Insalubres: según el artículo 12 del Reglamento Parcial de la Ley
Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, se define como:
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“………todas aquellas condiciones, en las cuales el patrono o patrona:
1. No garantice a los trabajadores y las trabajadoras todos los elementos de
saneamiento básico, incluidas el agua potable, baños, sanitarios, vestuarios y
condiciones necesarias para la alimentación.
2. No asegure a los trabajadores y a las trabajadoras toda la protección y seguridad a la
salud y a la vida contra todos los riesgos y procesos peligrosos que puedan afectar su
salud física mental y social.
3. No asegure protección a la maternidad, a los y las adolescentes que trabajan o
aprendices y a las personas naturales sujetas a protección especial.
4. No asegure el auxilio inmediato y la atención médica necesaria para el trabajador o la
trabajadora, que padezcan lesiones o daños a la salud.
5. No cumplan con los límites máximos establecidos en la constitución, leyes y
reglamentos en materia de jornada de trabajo o no asegure el disfrute efectivo de los
descansos y vacaciones que correspondan a los trabajadores y las trabajadoras.
6. No cumpla con los trabajadores y las trabajadoras, las obligaciones en materia de
información, formación y capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
7. No cumpla con algunas de las disposiciones establecidas en el Reglamento de las
normas técnicas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
8. No cumpla con los informes, observaciones o mandamientos (ordenamientos)
emitidos por las autoridades competentes, para la corrección de fallas, daños,
accidentes o cualquier situación que afecte la seguridad y salud de los trabajadores y
las trabajadoras”.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Contingencia: Es un evento donde existe la probabilidad de causar daños a personas, el
ambiente y/o los bienes, considerándose una perturbación de las actividades normales, en
todo centro de trabajo, establecimiento, unidad de explotación, empresas, instituciones
públicas o privadas y que demanda una acción inmediata.
Contratista: Persona u organización que presta servicios a un empleador o empleadora, en
el lugar de trabajo del empleador o empleadora o donde este o esta disponga, de
conformidad con especificaciones, plazos y condiciones convenidos.
Comité de Análisis: es el equipo de personas formado para el análisis del accidente o
incidente.
Comité de Seguridad y Salud en el trabajo: Es un órgano paritario (formado por
representantes de la empresa y delegados de prevención a partes iguales) y colegiado de
participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en
materia de prevención de riesgos. Se trata de un órgano consultivo, cuya única función
ejecutiva es la de actuar en casos de riesgo grave e inminente.
Condición Insegura: cualquier situación en el ambiente de trabajo, tal como: características
físicas de equipos y herramientas, agentes químicos y biológicos, condiciones ergonómicas y
meteorológicas y factores psicológicos y emocionales que se desvían de los estándares
establecidos, capaces de originar un accidente, incidente o enfermedad profesional.
Condición Psico-Física: alude tanto a los aspectos orgánicos y somáticos, como a los
relacionados con la condición mental del trabajador.
Condición: razón que explica por qué o en qué circunstancias un evento o secuencia de
eventos ocurrió de una forma en particular.
Contaminación Ambiental: deterioro del ambiente, sea que esté presente o no algún riesgo
para la salud pública y que sea originado por escapes de sustancias provenientes de las
instalaciones o equipos del proceso.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Cultura: Es el conjunto de todas las formas de vida y expresiones de una sociedad
determinada. Como tal incluye costumbres, prácticas, códigos, normas y reglas de la manera
de ser, vestirse, religión, rituales, normas de comportamiento y sistemas de creencias.
Cultura de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el conjunto de valores, actitudes,
percepciones, conocimientos y pautas de comportamiento, tanto individuales como de
grupo, que determinan las acciones con respecto a la gestión de seguridad y salud en el
trabajo de una organización y que contribuyen a la prevención de accidentes y
enfermedades de origen ocupacional.
Daño Material: daño sufrido por las instalaciones o equipos propiedad de la empresa que
amerita el desembolso de dinero para recuperar las condiciones originales del mismo o para
la restitución total del equipo o instalación.
Delegado o Delegada de Prevención es el representante de los trabajadores en materia de
seguridad y salud en el trabajo. Es una nueva figura legal con funciones y competencias
específicas en asuntos relacionados con la prevención de riesgos, que hasta ahora quedaban
en manos del empresario. El número de delegados en la empresa viene determinado por el
número de trabajadores.
Empleador o empleadora: Se entiende por empleador o empleadora, la persona natural o
jurídica que en nombre propio, ya sea, por cuenta propia o ajena, tiene a su cargo una
empresa, establecimiento, explotación o faena, de cualquier naturaleza o importancia, que
ocupe trabajadores o trabajadoras, sea cual fuere su número.
Evaluación Médica Pre- empleo: Tendiente a conocer el estado de salud de los trabajadores
o trabajadoras, al momento de ingresar a la empresa o centro de trabajo en cada institución,
empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, persigan o no fines de lucro,
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sean públicas o privadas, por parte de los empleadores y empleadoras, asociados y
asociadas.
Evaluación Médica Pre-Vacacional: Tendiente a conocer el estado de salud de los
trabajadores o trabajadoras al momento de iniciar el disfrute de su periodo vacacional.
Evaluación Médica Post-Vacacional: Tendiente a conocer el estado de salud de los
trabajadores o trabajadoras al momento de su reingreso a la empresa o centro de trabajo
una vez finalizado su periodo vacacional.
Evaluación Médica Post- Empleo: Tendiente a conocer el estado de salud de los
trabajadores o trabajadoras al momento de su egreso de la empresa o centro de trabajo.
Evaluación Médica Especial: Cuya frecuencia, es propia de los riesgos inherentes a cada
actividad y debe regirse por los Protocolos de Enfermedades Ocupacionales de INPSASEL.
Evaluación Médica Periódica: Deben obedecer a las características de las actividades que los
trabajadores o trabajadoras, han de ejecutar durante el ejercicio de las funciones inherentes
a su puesto de trabajo y los riesgos asociados a los procesos peligrosos que de ellos se
derivan.
Enfermedad no ocupacional (enfermedad común): es toda alteración de la salud cuyo
diagnóstico y confirmación sea efectuada por un médico y que ha sido originada por factores
no relacionados con el entorno laboral.
Enfermedad Ocupacional (Profesional): Se entiende por enfermedad ocupacional, los
estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en
el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los
imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,
meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se
manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos
funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Enfermedad Ocupacional: enfermedad que nace de y en el curso del trabajo, como
resultado de una exposición a agentes agresores o riesgos ocupacionales. Enfermedad:
alteración o desviación del estado fisiológico en una o varias partes del cuerpo, por causas
en general conocidas, manifestada por síntomas y signos característicos, y cuya evolución es
más o menos previsible.
Equipos de Protección Personal: es "cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por
el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad
o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin".
Evaluación de Riesgo y Proceso Peligroso: Es el proceso encaminado a identificar o
reconocer los riesgos y procesos peligrosos existentes en los centros de trabajo, para valorar
su gravedad y establecer las medidas preventivas, en función de los resultados obtenidos,
para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y las trabajadoras, controlando su
evolución.
Evento: son todas aquellas acciones o actividades ejecutadas o hechos ocurridos durante la
secuencia de sucesos que estuvieron relacionados con un accidente o incidente; antes,
durante y después del mismo y que son importantes para determinar las causas raíces que
dieron origen al accidente o incidente.
Factor Causal: es aquella condición que, si se elimina, hubiera ayudado a prevenir el
accidente o incidente, o hubiera contribuido a minimizar las consecuencias de éste.
Incapacidad de Trabajo: Es la imposibilidad física o mental en que queda la persona para
continuar con sus labores habituales como resultado de una lesión de trabajo o enfermedad
ocupacional (profesional), la cual puede ser de tipo parcial o total, temporal o permanente.
Incidente: es todo hecho imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo
normal de una actividad pero que no genera ninguna de las siguientes consecuencias: lesión
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de trabajo, daño material, contaminación ambiental ni pérdida económica, pero que sin
embargo tiene el potencial de ocasionarlas en circunstancias diferentes.
Instalación: área ó infraestructura donde se realizan actividades de tipo administrativas,
industrial ó de procesos.
Lesión de Trabajo: es toda lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o
posterior, o la muerte, resultante de la acción de un agente externo que pueda ser
determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.
También se considera como lesión de trabajo, toda lesión interna determinada por un
esfuerzo violento, sobrevenida en las mismas circunstancias. Las lesiones de trabajo incluyen
las lesiones incapacitantes (lesión con tiempo perdido) y las lesiones sin tiempo perdido
(primeros auxilios).
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de trabajo: instrumento de la
legislación venezolana que regula todo lo concerniente a las condiciones asociadas a la
prevención de accidentes, higiene ocupacional y protección del ambiente.
1. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga,
cuando tengan relación con el trabajo.
2. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño
de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver
del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que
concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el
numeral anterior.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su
centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya
sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al
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trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el
recorrido.
Medida Preventiva: es toda acción dirigida a evitar la ocurrencia de eventos adversos para la
integridad del trabajador y de las instalaciones.
Medio Ambiente de Trabajo: Se entiende por medio ambiente de trabajo:
1. Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas presten
servicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faena y establecimientos,
cualquiera sea el sector de actividad económica; así como otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio; o de cualquier otra
naturaleza, sean públicas o privadas, con las excepciones que establece la Ley.
2. Las situaciones de orden socio-cultural, de organización del trabajo y de
infraestructura física que de forma inmediata rodean la relación hombre y mujer–
trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores o trabajadoras y la
de sus familias.
3. Los espacios aéreos, acuáticos y terrestres situados alrededor de la empresa,
centro de trabajo, explotación, faena, establecimiento; así como de otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio y que formen parte
de las mismas.
Mejora Continua: Perfeccionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
Trabajo, para incrementar la eficiencia y permanente efectividad, de los planes, acciones y
las actividades del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su conjunto.
Peligro: Situación determinada con capacidad de causar lesiones o daños a la salud de las
personas.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Plan para el Control de Contingencias: Es un conjunto de Procedimientos preestablecidos,
acciones y estrategias para la, coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la
ocurrencia de una contingencia.
Política Preventiva: Son los principios y valores sobre los que la prevención se fundamenta
para desarrollar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, que expresa la voluntad
pública y documentada del empleador o empleadora.
Procedimiento Preventivo: Es un documento que describe el método seguro y saludable, de
hacer las cosas, es decir, el modo ordenado, anticipado, secuencial y completo para evitar
daños a la salud de los trabajadores y las trabajadoras en la ejecución de sus actividades.
Proceso Peligroso: Es todo aquello que en el trabajo pueda afectar la salud de los
trabajadores y las trabajadoras, sea que surjan de los objetos y medios de trabajo, de la
interacción entre estos y la actividad, de la organización y división del trabajo o de otras
dimensiones del trabajo, como el entorno y los medios de protección.
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo: acciones planteadas en términos de tiempo y
recursos orientados a la preservación del estado de salud total de los trabajadores. Es el
conjunto de objetivos, acciones y metodologías establecidas para prevenir y controlar
aquellos factores o condiciones de riesgo potenciales o presentes en el ambiente de trabajo
que puedan generar incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Riesgo Ocupacional: probabilidad de que un objeto, material, sustancia o fenómeno
presente en el área de trabajo, pueda potencialmente desencadenar alguna perturbación en
la salud o integridad del trabajador.
Riesgo: Es la probabilidad de que ocurra un daño a la salud, materiales y/o ambiente.
Salud Ocupacional: Campo de conocimientos de la Salud Pública orientada hacia la
promoción, prevención y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y
social de los trabajadores y las trabajadoras en todas las ocupaciones, integrando los
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recursos de la Medicina del Trabajo, la Higiene Ocupacional, Seguridad Laboral y Psicología
Ocupacional entre otros, con la finalidad de controlar los diversos riesgos y procesos
peligrosos.
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Estructura organizacional y operativa de los
empleadores o empleadoras, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de
carácter productivo o de servicios, que tiene como objetivos exclusivos la promoción,
prevención y atención de los daños a la salud en ocasión al trabajo y activar vigilancia en
materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los
derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y las
trabajadoras.
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunado (SM): Estructura organizacional
dedicada de manera exclusiva a un grupo de patronos, patronas, cooperativas y otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que formen parte de este de
manera simultánea, la cual, tiene como objetivos la promoción, prevención atención de los
daños a la salud en ocasión al trabajo y activar la vigilancia en materia de seguridad, salud,
condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la
salud e integridad personal de los trabajadores y las trabajadoras.
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Propio (SP): Estructura organizacional que
dedica su actividad de manera exclusiva a una empresa, cooperativa u otra forma asociativa
comunitaria de carácter productivo o de servicios, el cual, tiene como objetivos la
promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio
ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad
personal de los trabajadores y las trabajadoras.
Sistema de vigilancia de la salud en el trabajo:
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Es un sistema dotado de capacidad funcional para la recopilación, análisis y difusión de
datos, vinculado a los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo. Abarca todas las
actividades realizadas en el plano de la persona, grupo, empresa, comunidad, región o país
para detectar y evaluar toda alteración significativa de la salud causada por las condiciones
de trabajo y para supervisar el estado general de salud de los trabajadores o trabajadoras.
Los programas de vigilancia de la salud en el trabajo registran los casos de muerte,
enfermedad, accidente, lesión o exposición a riesgos relacionados con el trabajo y evalúan la
frecuencia con la que se producen en las diversas categorías de actividades económicas, en
un período o zona geográfica determinados.
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: Conjunto de elementos
conformados por: la política, organización, planificación y aplicación, evaluación y acciones,
relacionadas con la seguridad y salud en trabajo, interrelacionados o interactivos que tienen
por objeto describir en la estructura organizativa, responsabilidades funcionales a nivel
individual o de departamento, normas, procedimientos preventivos y recursos necesarios,
para la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
Salud Integral: comprende el estado de la salud total, abarcando el conjunto de todas las
condiciones que promuevan el bienestar y armonía Psico-física y social del trabajador.
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Se definen a los Servicios de Seguridad y Salud
en el Trabajo como la estructura organizacional de los patrones, patronas, cooperativas y
otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que tiene como
objetivos la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad , salud, condiciones
y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e
integridad personal de los trabajadores y trabajadoras.
Tipos de riesgos ocupacionales: los riesgos se pueden clasificar en: riesgos físicos, riesgos
químicos, riesgos biológicos, riesgos ergonómicos y riesgos psico-sociales.
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Trabajador o trabajadora: Es toda persona natural, que realiza una actividad física y mental,
para la producción de bienes y servicios, donde potencia sus capacidades, destrezas y logra
su crecimiento personal.
Trabajo: Es la actividad física y mental que desarrollan los trabajadores y las trabajadoras,
potenciando así sus capacidades, crecimiento y desarrollo. Así el trabajo, no solo transforma
la naturaleza para la producción de bienes y servicios, sino que además, el hombre y la mujer
son transformados, permitiendo su autorrealización.
Vigilancia Epidemiológica: Es el proceso regular y continuo de observación, registro y
análisis de la frecuencia y distribución de la morbilidad y mortalidad de un grupo humano
(comunidad, colectivo de trabajadores o trabajadoras), evaluando los riesgos que
determinan su ocurrencia, para la formulación de medidas de control.
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CAPITULO 4. - CONTENIDO.
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRABAJO
Para describir el proceso de trabajo es necesario comprende los distintos turnos de
trabajo, la nomina de la empresa y el formato que se implementara para lograr caracterizar
el proceso de trabajo. El ANEXO 01 nos ayudara a identificar, evaluar y valorar el proceso de
trabajo de ASIP, C.A.
Actualmente cuenta con un solo turno de trabajo descrito de la siguiente forma:
TURNO DE TRABAJO.
Lunes a Viernes.
Turno: 8:00am a 12:00m y 2:00pm a 6:00pm
La empresa cuenta con una nomina de ocho (08) personas, distribuidas de la siguiente
manera:
PUESTO DE TRABAJON° DE TRABAJADOR QUE
OCUPA EL PUESTO O AREATIPO DE NOMINA
PRESIDENCIA 01 MENSUAL
GERENCIA GENERAL 01 MENSUAL
GERENCIA ADMON Y RRHH 01 MENSUAL
GERENCIA DE OPERACIONES 02 MENSUAL
COORDINACION DE
OPERACIONES02 MENSUAL
OPERADORES 01 MENSUAL
El ANEXO 02 representa el organigrama general de ASIP, C.A.
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Caracterización del proceso de trabajo.
El proceso de trabajo de ASIP, C.A., esta caracterizado por dos etapas:
La descripción del proceso de trabajo administrativo.
La descripción del proceso de trabajo productivo u operacional, donde resultan dos
(02) sub-etapas, las cuales son:
La descripción del proceso productivo de investigación.
La descripción del proceso productivo tecnológico.
La primera sub-etapa se refiere a todo lo relacionado con la represión de lícitos de
falsificación, rótulos y marcas y todo lo concerniente a la investigación y seguimiento civil,
jurídico (comercial-laboral) criminal.
La segunda comprende la instalación y mantenimiento de paquetes de Protección
Tecnológica, tales como:
1. Sistemas CCTV.
2. Alarmas.
3. Control de Acceso.
4. Control de Activos.
5. Cercos Eléctricos.
6. Detectores de Metal.
7. Control de visitantes.
8. Control de activos.
9. Precintos de seguridad.
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10. Sistemas de Intercomunicación vía GSM, sistemas de automatización y GPS en
distintas modalidades, incluyendo la relacionada con embarcaciones marinas.
Diagrama del Proceso
Para describir paso a paso el Proceso de Trabajo de ASIP, C.A. el ANEXO 03 demuestra un
flujograma contentivo de las actividades asociadas al servicio.
Una estimación de los elementos que contempla cada proceso es la siguiente:
Materiales y Herramientas de trabajo: Juego de Destornilladores, Juego de Destornilladores
Milimétricos (Pequeños), Pinza de Corte Lateral, Pinza Punta Larga, Pinza Pela Cable, Pinza
Para Conectores RJ11 y RJ45 (Conector Telefónico y Para Internet), Alicate Para Electricidad,
Medidor de Continuidad Inalámbrico Para Cableado Telefónico e Internet, Multímetro Digital
(Tester), Martillo, Cinta Métrica, Pistola y Barra de Silicón, Linterna, Cautín, Exacto, Rollo de
Tirro, Rollo de Teipe, Paquete de Tirras, Gualla para Cableado, SQ Limpiador Electrónico,
Bolsita de Ramplus Azul y Verde, Cajita de Tornillos Tira Fondo para Ramplus Azul y Verde,
Extensión, Taladro, Juego de Mecha para Pared y para Metal, Juego de Dados con Rache,
Escalera, Arnés, Maleta de Herramientas, cámaras con visor nocturno, filmadora con visor
nocturno, grabadora portátil.
Equipos de Oficina: computadoras de mesa y portátiles, fotocopiadoras, fax, impresoras,
teléfonos fijos y móviles, materiales de oficinas etc.
Desechos: papel.
Identificación, Evaluación de los Riesgos y Procesos Peligrosos Existentes
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Para identificar y evaluar los riesgos en el sitio donde ASIP, C.A. se encuentre prestando sus
servicios de ingeniería, se utilizará la herramienta conocida como el Análisis de Riesgo
Preliminar (ARP) Anexo 04, el cual será aplicado para identificar los peligros, evaluar los
riesgos de los procesos peligrosos de trabajo, también se establecerán los detalles de las
medidas de prevención de los mismos. El ANEXO 05 contempla el formato utilizado para el
(ART) con el que se realizaran Análisis de Riesgo de Trabajo (ART) a las herramientas,
equipos y maquinarias y así contribuir a identificar y evaluar los riesgos de los procesos
peligrosos asociados a las actividades de los puestos de trabajo. Se procederá a realizar los
Análisis de Riesgo por Oficio (ARO) y su respectiva notificación a cada trabajador y
trabajadora según sus cargos y funciones Ver ANEXO 06. También contaremos con el
Cuestionario de Grupos Homogéneos Ver ANEXO 07, en las que se recolectaran la
información solicitada, con la participación del Comité de Seguridad y Salud Laboral.
SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
El Servicio de Seguridad y Salud Laboral de ASIP, C.A. se denomina “Gerencia de Seguridad y
Salud Laboral” y está conformado por un Gerente o Coordinador de Seguridad y Salud
Laboral, un Supervisor de Seguridad y Salud Laboral y el Comité de Seguridad y Salud
Laboral. Ver ANEXO 08.
El Servicio de Salud actualmente es prestado por la Clínica Josefina de Figuera en donde se
realiza el servicio de medicina preventiva (exámenes pre y post empleo, pre y post
vacacionales), además se atiende la medicina curativa y está adscrita a la Gerencia
Corporativa de Salud de MAPFRE LA SEGURIDAD (Agencia de Seguro). También se cuenta
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con el servicio de Atención de Lesionados y Traslado de Emergencias. Este servicio es
prestado por VENESALUD (servicio ambulancia 24 horas) y está disponible las 24 horas los
365 días del año dentro del perímetro de la ciudad de Cumaná Estado Sucre.
POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La empresa ASIP, C.A., dedicada al seguimiento e investigación de casos privados, declara su
Política en Seguridad y Salud Laboral, la cual tiene un alcance de responsabilidad entre todos
sus integrantes, contratista y visitantes, con la finalidad de cumplir con la legislación vigente,
normas y procedimientos.
Esta política está basada en los siguientes principios:
Garantizar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables en materia de
seguridad y salud laboral.
Identificar y evaluar los riesgos de Seguridad y Salud Laboral dentro de nuestras
actividades, al igual que aquellos que surjan de cambios y modificaciones en las
mismas, e intentar eliminarlos o al menos controlarlos.
Facilitar a todo el personal los equipos de trabajo y medios de seguridad personal y
colectiva, necesarios para realizar el trabajo en condiciones seguras.
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Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 34 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Mantener la adecuada formación y capacitación de las personas empleadas para el
desarrollo de las actividades asociadas a su puesto de trabajo en función de los
riesgos laborales.
Promover y ser coparticipe en el desarrollo de actividades relacionadas con el
ambiente.
Erradicar las conductas y actos inseguros, promoviendo prácticas de trabajo seguras,
convencidos de que con el esfuerzo de todos, cualquier accidente puede ser evitado.
Promover el grado de sensibilización y conciencia por la seguridad y salud
ocupacional, aplicando programas de entrenamiento y capacitación.
Nuestras grandes metas son: lograr una cultura preventiva, minimizar los accidentes
y responder apropiadamente ante eventualidades no deseadas.
Se dará fiel cumplimiento de este compromiso siguiendo la línea organizacional de la
empresa.
Presidente
Delegado de Prevención
Junio 2011
Delegado de Prevención
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 35 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
POLÍTICA SOBRE CONSUMO DE ALCOHOL Y/O DROGAS
ASIP, C.A., establece los siguientes lineamientos como política sobre el consumo de alcohol y
drogas:
1. El uso, posesión, distribución, venta o estar bajo la influencia del alcohol o sustancias
controladas (drogas) dentro de las instalaciones de la empresa, esta absolutamente
prohibida.
2. La violación u omisión del punto anterior por parte de los trabajadores o
trabajadoras, será considerado como causa para la terminación de la relación de
trabajo inmediatamente.
3. Los trabajadores y trabajadoras serán capacitados sobre los peligros relacionados con
el consumo ilegal de drogas y abuso de sustancias; además se les enseñará a
reconocer los síntomas asociados al abuso de alcohol y drogas.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 36 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
4. Los trabajadores, contratistas y visitantes en general, que presenten síntomas de
estar bajo influencia alcohólica o drogas, será retirado inmediatamente del las
instalaciones de la empresa.
5. Todos los trabajadores y trabajadoras, deben estar en buenas condiciones, para
realizar sus labores diarias al momento de entrar a las instalaciones de la empresa.
Presidente
PLANES DE TRABAJO PARA ABORDAR LOS DIFERENTES
RIESGOS Y PROCESOS PELIGROSOS
Educación e Información
Inducción a Nuevos Ingresos y cambio/modificaciones de tareas.
a) Inducción de Seguridad y Salud Laboral a Nuevos Ingresos.
Esta inducción se impartirá a todo aquel personal que vaya a ingresar a ASIP, C.A antes
de comenzar con sus actividades laborales. El material que se dictara, tanto verbal como
escrito, estará contemplado por los siguientes puntos:
Bienvenida al Trabajador.
Presentación de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Notificación de Riesgos Presentes por puesto de Trabajo.
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Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 37 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Entrega de los Principios de Prevención de las Condiciones Inseguras e
Insalubres.
Proyección de videos de sensibilización alusivos a la prevención de
Accidentes.
Entrega de Guías de Seguridad y Ambiente.
Registros de Información de Ruta Habitual.
Entrega de los equipos de protección personal de acuerdo a los riesgos a los
cuales se expondrá el trabajador.
Se informara al nuevo trabajador de la ubicación de los equipos de protección
colectivas (botiquines de primeros auxilios, extintores, estaciones manuales
de alarma, puestos de primeros auxilios, números telefónicos claves en casos
de emergencias).
La charla de Inducción, Carta de Notificación de riesgos y constancia de
entrega de equipos de protección personal son anexadas al expediente del
trabajador.
El supervisor inmediato del trabajador notificará a la Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
1. Cambio del Cargo Ocupado Temporal o Permanente
2. Cambio del Área de Trabajo.
3. Modificación del Puesto de Trabajo.
4. Accidente o Incidente generado.
5. Enfermedad del Trabajador o Trabajadora.
b) Inducción de Formación.
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Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 38 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Todo trabajador y trabajadora de nuevo ingreso, deberá recibir de su supervisor
Inmediato, capacitación de formación, a fin de desarrollar habilidades y
conocimientos que le garanticen la segura ejecución de las tareas asignadas.
Para garantizar el cumplimiento de esta fase se ha diseñado el siguiente esquema de
rutina sin que este sea de carácter limitante ni excluyente:
1. El supervisor inmediato presentará al nuevo trabajador ante sus nuevos
compañeros de trabajo y lo llevará al recorrido por el área, esto con el fin de
familiarizar al trabajador en su nueva función laboral.
2. El supervisor inmediato explica de forma clara y sencilla en qué consiste las
actividades asignadas en cada puesto de trabajo.
3. El supervisor inmediato realizará una demostración de las tareas que realizará
el trabajador y/o trabajadora en su puesto de trabajo.
4. El supervisor inmediato mantendrá en observancia continua al trabajador y/o
trabajadora de forma temporal a fin de verificar la ejecución del trabajo
correctamente y de forma segura.
5. El supervisor inmediato, en conjunto con el trabajador y/o trabajadora,
dejaran por escrito constancia de la participación en el proceso de Inducción
de Formación.
Cada vez que se produzcan cambio en el puesto de trabajo, inclusive cambio en la
tecnología, el trabajador y/o trabajadora será notificado, preparado y ambientado
para el desempeño de nuevas funciones.
c) Formación Periódica de los Trabajadores y Trabajadoras.
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Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
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Código Documento:
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 39 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
La empresa ASIP, C.A., a través de la Gerencia de Seguridad y Salud Laboral, ha diseñado un
plan para la educación periódica de los trabajadores y trabajadoras, que contemplan los
siguientes aspectos:
Planificación de cronograma de actividades de formación, que establece
como mínimo de 16 horas trimestrales de formación y educación por cada
trabajador y trabajadora que participe en el proceso productivo,
independientemente de su condición.
Se impartirá información y educación periódica y actualizada, que garantice la
permanencia de los conocimientos y la cultura de seguridad y salud en el
trabajo, en función de las necesidades y demandas.
Se realizará en función de las necesidades detectadas; determinando la fecha,
el lugar, temática, facilitador, recursos humanos, físicos y financieros.
Información teórica-practica de los procedimientos inherentes a su actividad
y considerando las condiciones inseguras de la acción de agentes físicos,
químicos, biológicos, condiciones disergonómicas o psicosociales que pueden
causar daños a la salud, reforzando los principios de la prevención.
La gerencia de seguridad y salud laboral de la empresa, suministrará
información a los trabajadores y trabajadoras, cada vez que se produzcan
cambios o modificaciones de las condiciones presentes en el centro y/o
puesto de trabajo, considerando la adaptación de nuevas tecnologías.
Entre los cursos sugeridos en la educación periódica de los trabajadores y trabajadoras
tenemos:
Legislación en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Inducción a las Normas y Procedimientos de Seguridad Física.
Identificación de Riesgos y Procesos Peligrosos.
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Revisado por:
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Aprobado por:
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Código Documento:
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 40 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Sensibilización.
Relación Salud y Trabajo.
Prevención de Accidentes.
Primeros Auxilios o Medicina Pre-Hospitalaria.
Prevención, Extinción y Control de Incendio.
Crecimiento Personal.
Estrés Laboral.
Prevención en el Consumo de Sustancias Psicotrópicas.
Salud e Higiene Ocupacional.
Manejo de Montacargas.
Capacitación de Seguridad, Orden y Limpieza.
Uso y mantenimiento de Equipos de Protección Personal (EPP).
Higiene Postural y Ergonomía.
Agentes Ambientales Contaminantes.
Seguridad Personal.
Formación al Comité de Seguridad y Salud Laboral (participación de delegados de
prevención)
Casca de Emergencia.
Crisis vs Emergencia.
Estrategias y Medidas para el manejo de Crisis.
Presentación sobre la Política Manejo de Crisis.
El personal con deberes de supervisión, recibirá adiestramiento sobre:
Análisis seguro de trabajo.
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Código Documento:
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 41 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Solicitud de permisología de trabajos. (Donde corresponda).
Manejo defensivo.
Seguridad básica.
Reporte e investigación de accidentes.
Formación al Equipo para el Manejo y Control de Emergencias (EMCE) y el Comité
de Gestión de Situaciones Críticas (CGSC)
Cascada de Emergencia y Cascada de Crisis
Capacitación Crisis vs Emergencia
Estrategias y Medidas para el manejo de Crisis y Emergencias
Presentación sobre la Política Manejo de Crisis y Emergencias
Rescates y sobrevivencia
Primeros Auxilios o Medicina Pre-Hospitalaria
Prevención, Extinción y Control de Incendio
Formación de Facilitadores
PROCESOS DE INSPECCIÓN
La realización de inspecciones, de seguridad, higiene y ambiente busca detectar las causas
potenciales de accidentes donde laboran los trabajadores, para eliminarlas o minimizarlas y
serán realizadas por el personal de la Gerencia de Seguridad y Salud Laboral y el Comité de
Seguridad y Salud Laboral.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
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Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
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Código Documento:
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 42 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Se propondrá un cronograma para cada ejercicio aprobado por el comité de seguridad y
salud laboral el cual contemple elementos a inspeccionar, área o departamento, frecuencia,
fecha, responsables y cualquier otra información necesaria para detectar los riesgos
existentes en las distintas áreas y se elaborará un informe de Inspección en el cual se
identifiquen y describan las oportunidades de mejoras existentes en las áreas de trabajo
inspeccionadas, las cuales serán analizadas en el seno del comité, igualmente este
documento señalará las recomendaciones respectivas para cada caso. Cabe destacar que la
frecuencia de estas inspecciones será determinada por el tipo de inspección y con un criterio
de clasificación de la siguiente manera:
Inspecciones Programadas:
Son las realizadas según cronograma elaborado de acuerdo a las necesidades de la empresa
y riesgos de equipos e instalaciones. Estas pueden ser mensuales u otro intervalo de tiempo
adecuado.
Inspecciones No Programadas:
Son realizadas según las necesidades del momento y se dividen en:
Aleatorias: La inspección más corriente es la que se hace a intervalos irregulares.
Busca que el personal este atento a detectar y corregir las condiciones inseguras,
Puede participar, la gerencia de seguridad laboral, Supervisores del área, delegados
de prevención.
Inspecciones continúas: Se realizaran continuamente en herramientas, maquinarias,
y equipos, Ningún elemento entrara en servicio regular sin verificarlos antes para
comprobar sus posibles riesgos, estudiar su funcionamiento instalar protecciones
adicionales necesarias y procedimientos de seguridad pertinente.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
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Aprobado por:
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 43 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Inspecciones Especiales: Estas son necesarias a veces como resultado de la
instalación de nuevos elementos, la construcción o remodelación de nuevos edificios
y de la aparición de nuevos riesgos.
Inspecciones de las prácticas de trabajos: Es necesaria una observación continua
que permite comprobar que la tarea que se realiza esta siendo ejecutada de la
manera más segura y que los trabajadores cumplen con los procedimientos
establecidos.
Las inspecciones contemplarán los siguientes elementos:
Seguridad, Orden y Limpieza en áreas Operativas, maquinarias y herramientas, vehículos,
alarmas de extinción de incendios, baños y vestuarios, iluminación, ventilación y
temperatura de las áreas administrativas, salidas de emergencias, señalizaciones de
seguridad, equipos de protección personal e instalaciones civiles y eléctricas.
MONITOREO Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LAS CONDICIONES Y MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
El objetivo fundamental de este plan es implementar un mecanismo de seguimiento sobre
los factores de riesgos y procesos peligrosos presentes en el área del trabajo, a fin de
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Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 44 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
establecer medidas específicas de prevención y control sobre aquellas condiciones y medio
ambiente de trabajo que afecten la salud de los trabajadores.
Para optimizar los diversos ambientes de trabajo se tomaran en cuenta los resultados
obtenidos de las evaluaciones de riesgos y procesos peligrosos los cuales serán cuantificados
cualitativamente o cuantitativamente según las normas y procedimientos establecidos en
legislación nacional vigente, Normas COVENIN.
Se realizaran mediciones y monitoreo ambiental a efectos de conservar los niveles
permitidos de exposición a condiciones físicas, mecánicas, químicas, biológicas, psicosociales
y ergonómicas. Los resultados serán clasificados según su nivel de tolerancia e intolerancia.
Este diseño se mantendrá en vigencia hasta tanto el INPSASEL diseñe los lineamientos y
Normas técnicas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la finalidad de adoptar
las medidas preventivas necesarias para el control de los procesos productivos. Una vez
identificado los factores de riesgos y los procesos peligrosos que se describen en el capitulo
4 de este programa, se realiza lo siguiente:
1. Clasificar los grupos de exposición homogéneos y/o las áreas o lugares donde se
presentan los peligros.
2. Seleccionar por métodos aleatorios una muestra estadísticamente representativa de
trabajadores a ser monitoreados (muestreo personal) o áreas (caracterización de
áreas).
3. Simultáneamente, conociendo el peligro y los agentes involucrados se seleccionan
los equipos de medición y/o muestreos, así como las técnicas que nos ayudarán a
hacer el análisis de las muestras.
4. Se ejecuta el muestreo o medición, usando la metodología contenida en la norma
COVENIN establecida especifica, según el factor de riesgo a medir, y se procede a
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
analizar los resultados para establecer el grado de aceptabilidad del riesgo a
comparar con los niveles de referencias (limites de exposición).
5. Con esta información se procede a establecer las intervenciones en los diferentes
puestos de trabajo (fase de control) con el fin de minimizar la exposición, siempre
actuando en primer lugar sobre la fuente de generación de los agentes de riesgo.
MONITOREO Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LA SALUD DE LOS
TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) y los Delegados de Prevención serán los
encargados de llevar a cabo la vigilancia Epidemiológica de la Salud de los trabajadores y
trabajadoras y deberán registrar reportes según el siguiente lineamiento:
Registro, análisis e interpretación sistemática derivada de las evaluaciones
individuales y colectivas de la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
Registros, análisis e interpretación de los datos derivados del registro de incidentes,
accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Registros de reportes de Morbilidad, Accidentabilidad y Ausentismo Laboral del
personal en general.
Entre los elementos básicos que se deben registrar en el sistema están:
Variables de persona:
Nombre y Apellido del Trabajador o Trabajadora.
Edad trabajador o trabajadora afectado o afectada
Sexo del trabajador o trabajadora.Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Dirección de habitación.
Nivel de instrucción.
Variables de trabajo:
Accidentes Comunes.
Accidentes de Trabajo.
Enfermedades Comunes.
Enfermedades Ocupacionales.
Resultados de los Exámenes de Salud practicados a los trabajadores y
trabajadoras.
Puesto de trabajo.
Turno de trabajo.
Antecedentes laborales.
Antigüedad laboral y tiempo en el puesto de trabajo.
Condición de trabajo: (trabajador o trabajadora fijo o fija, contratado o
contratada).
Riesgos y procesos peligrosos detectados en el puesto de trabajo.
Entrenamiento en el desempeño seguro de sus tareas.
En caso de accidente de trabajo: Descripción de la naturaleza, agente de la
lesión, causas que lo originaron, número de horas continúas de trabajo para el
momento del accidente y todos los datos exigidos en la Planilla de Declaración
de Accidentes de Trabajo.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Enfermedades de origen ocupacional o enfermedades comunes agravadas por
el puesto de trabajo.
A través del desarrollo de este programa de vigilancia epidemiológica se logrará lo
siguiente:
Llevar un registro de todas las atenciones médicas por accidentes, enfermedades
ocupacionales, enfermedades comunes, reposos por accidentes o no, las cuales serán
publicadas mensualmente y entregadas al INPSASEL cada trimestre.
Cada puesto de trabajo conocerá y aplicará los aspectos fundamentales del programa
de vigilancia médica.
Los exámenes médicos serán realizado a través de servicios médicos propio y/o
contratado, según las necesidades y características de las instalaciones.
Cuando existan los casos de trabajadores con cualquier tipo de historial médico, se
hará seguimiento a éstos con la finalidad de que se cumplan las prescripciones
médicas.
El servicio de seguridad y salud laboral, específicamente el área de servicios médicos,
elaborara la programación para realizar exámenes médicos preventivos, con la
finalidad de detectar cualquier tipo de enfermedad profesional que se este gestando
en la fuerza laboral actual.
Se prohíbe la automedicación o ingestión de medicamentos dentro del área de
trabajo, excepto las prescripciones de médicos contratados por la empresa o médicos
particulares.
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Página: 48 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Los botiquines de primeros auxilios, serán inspeccionados periódicamente, con el fin
de asegurar que su contenido sea reemplazado a medida que se vaya consumiendo
y/o venciendo los medicamentos.
MONITOREO Y VIGILANCIA DE LA UTILIZACIÓN DEL TIEMPO LIBRE DE LOS
TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
ASIP, C.A. a través de su servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Gerencia de
Recursos Humanos, adecuaran el Sistema de Vigilancia Epidemiológica permanente y
sistemático que garantice la utilización del tiempo libre de los trabajadores y trabajadoras a
fin de dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
Jornada de Trabajo.
Horas Extras Laborales.
Bonos nocturnos.
Horas de Descanso Obligatorio.
Días de Descanso Obligatorio.
Días de Descanso Obligatorio Disfrutados efectivamente.
Días de Descanso Convencionales.
Días de Descanso Convencionales disfrutados efectivamente.
Días de Vacaciones.
Días de vacaciones disfrutados efectivamente.
Beneficios Sociales en materia de descanso y utilización del tiempo libre,
especialmente en materia de turismo social:
a. Juegos Deportivos Intergremiales.
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
b. Fines de semana sociales.
c. Talleres de formación profesional.
d. Fiestas Infantiles.
e. Cena Navideñas.
f. Las demás que se establezcan en las Normas Técnicas.
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá presentar al INPSASEL informes
trimestrales de la vigilancia de la utilización del tiempo libre.
REGLAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO SEGURO
ASIP, C.A., cuenta con Reglas, Normas y Procedimientos por escrito compresible, clara y
precisa a fin de ser impartida a todo el personal, permitiendo de esta manera mantenerlos
informados y adiestrados sobre la identificación de los Riesgos Laborales, así como las
medidas de prevención y protección que deben de adoptar para su seguridad. Actualmente
se está llevando un proceso de Divulgación de las Normas y Procedimientos de Trabajo
Seguro a todo el personal de la empresa, adicional se implementó un procedimiento por
escrito para la realización de las actividades específicas relacionadas con las operaciones que
se desarrollan día a día.
Para agregar valor a nuestra Política de Seguridad y Salud en el Trabajo hemos difundido
entre los trabajadores y trabajadoras los 5 Minutos de Seguridad, como charla diaria para
crear Cultura Preventiva que garantice “100 % Trabajo Seguro”, sensibilizar e involucrar al
personal en la ejecución segura de sus operaciones de trabajo.
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DOTACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) Y COLECTIVA
La entrega de EPP para los nuevos ingresos y para el personal regular de la empresa se
realiza considerando las condiciones inseguras o insalubres en el trabajo. La dotación se
controla mediante un registro por escrito de la entrega y recepción de los equipos ver
ANEXO 09.
Los equipos de protección personal y colectiva se entregaran según en el estado en que se
encuentre los que estén en uso, siendo que el trabajador o trabajadora notifique a su
supervisor inmediato, para que este gestione ante la Gerencia de Seguridad y Salud el
cambio de dicho equipo.
La empresa suministrara gratuitamente, los equipos de protección personal (EPP) según el
cargo a ocupar, la naturaleza del trabajo a ejecutar y el área en donde se realice la actividad,
estos EPP reunirán las siguientes condiciones:
Dar adecuada protección particular para lo cual fue diseñado.
Ajustarse adecuadamente sin interferir en los movimientos naturales del usuario.
Serán resistentes.
Serán de fácil aplicación de las medidas antisépticas que no les deterioren y de fácil
limpieza dependiendo de sus características.
Llevar la marca de fábrica a fin de identificar su fabricante, sus descripciones y sus
especificaciones técnicas.
ATENCIÓN PREVENTIVA EN SALUD DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Se establece un programa de Vigilancia Médica que contempla lo siguientes:
Evaluación Médica pre-empleo y post-empleo: se realizará con la finalidad de
conocer el estado de la salud del trabajador y/o trabajadora al momento de ingresar
o egresar de la empresa.
Evaluación Médica pre-vacacional y post-vacacional: se realizará con la finalidad de
conocer el estado de la salud del trabajador y/o trabajadora al momento de salir al
disfrute de su periodo vacacional al igual que cuando regrese a ocupar su puesto de
trabajo.
Evaluación Médica Ocupacional Periódica: se realizará considerando el tipo, la
magnitud del riesgo y el proceso peligroso presente en el medio ambiente de trabajo.
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo informará mensualmente a los trabajadores y
trabajadoras sobre las estadísticas de Accidentabilidad, enfermedades comunes y
ocupacionales, así como las políticas diseñadas para abordar las condiciones que puedan
originar estados patológicos y planes de acción.
PLANES DE CONTINGENCIA Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
ASIP, C.A., cuenta con un Plan de Contingencia y Atención de Emergencias que permitirá
garantizar los mecanismos para la atención de cualquier eventualidad no deseada y así dar
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Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
respuesta rápida y efectiva, involucrando a todo el personal de la empresa inclusive a
Presidencia, brigada EMCE (equipo para el manejo y control de emergencias) y CGSC (comité
de gestión de situaciones críticas), para la toma de decisiones oportunas que contribuyan a:
reconocer, evaluar, cuantificar, controlar y mitigar el evento presente.
Los documentos relacionados con los Planes de Contingencia y Atención de Emergencias,
serán revisados trimestralmente por el Servicio de Seguridad y Salud en el trabajo, Comité
de Seguridad Laboral, Delegados y Delegadas de Prevención, Brigadas y Comité, a fin de
familiarizarse con los métodos a emplear y realizar cualquier corrección según la
implementación de nuevas tecnologías, nuevos métodos o procedimientos de trabajo,
nuevas leyes o nuevas normas técnicas.
RECURSOS ECONÓMICOS PRECISOS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS
OBJETIVOS PROPUESTOS
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de ASIP, C.A., participa en las reuniones de
planificación para la ejecución de los diversos planes de la empresa, cada nuevo ejercicio
económico, allí el Gerente/Coordinador de Seguridad y Salud, previa planificación para la
ejecución de sus estrategias, propone plan de acción y solicita el presupuesto del año
necesario para la consecución de los objetivos planteados en el Programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Para la claridad de este proyecto la Gerencia de Seguridad y Salud presenta destinación de
recursos según sea la necesidad, como ejemplo de ello están: Cuentas para Equipos de
Protección Laboral, Gestión de Seguridad Integral, Gastos Médicos y Medicinas, Vestuarios y
artículos, honorarios profesionales, entre otras.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 53 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
INGENIERÍA Y ERGONOMÍA
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo realizará un cronograma para la evaluación de
los puestos de trabajo bajo sus condiciones actuales y cada vez que se introduzca nueva
tecnología, maquinaria o método de organización, se deberá realizar, previamente, la
evaluación respectiva.
Cada Gerencia deberá notificar a la Gerencia de Seguridad y Salud y al Comité de Seguridad y
Salud Laboral, sobre las características fundamentales de los proyectos con nuevos equipos,
maquinarias o herramientas y sobre la remodelación de los puestos de trabajo y
dependiendo de la Peligrosidad se deberá notificar al INPSASEL.
Cada Gerencia deberá presentar a la Gerencia de Seguridad y Salud y al Comité de Seguridad
y Salud Laboral, los cronogramas de mantenimiento preventivo y correctivos de maquinas,
equipos y herramientas del centro de trabajo.
En el aspecto ergonómico la empresa ASIP, C.A., a través de la gerencia de seguridad y salud
laboral, diseñara su programa ergonómico, priorizando sus acciones para aplicar las
estrategias de prevención en los riesgos disergonómicos, según la información relacionada
con:
La identificación del peligro por puesto de trabajo.
Las condiciones de salud de la población trabajadora en el aspecto osteo-musculo-
articular (morbilidad).
Tareas que tengan requerimientos del uso de herramientas manuales.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 54 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Tareas con requerimiento de manejo manual de cargas que involucren:
levantamiento, transporte y descenso de cargas.
Condiciones de micro-clima de los puestos de trabajo que puedan afectar la salud del
trabajador en el desarrollo de sus tareas y actividades.
Tareas que requieran posturas por fuera del rango del confort.
Factores organizacionales relacionados con horarios, turnos, pausas en los puestos
de trabajo.
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ORIGEN DE ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
La investigación de los accidentes e incidentes en el trabajo, se llevará a cabo por la Gerencia
de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Comité de Seguridad y Salud Laboral, Delegados y
Delegadas de Prevención y cualquier trabajador y trabajadora que tenga experiencia en el
área, y deberá realizarse cuando haya ocurrido algún evento no deseado con potencial de
ocasionar daños al personal propio de la empresa, a las instalaciones, al medio ambiente de
trabajo y a algún agente externo a la empresa, sin importar las características de los mismos
ni la magnitud de las consecuencias que estos arrojen o pudieran arrojar.
Las investigaciones de Accidentes de Trabajo se realizan con la finalidad de: evaluar la
situación acaecida (¿qué paso?, ¿dónde paso?), identificar las causas raíces (¿Cómo paso?,
¿Por qué paso?, ¿a quién le paso?) e implementar las acciones correctivas con el propósito
de evitar su recurrencia, eventos similares y disminuir sus consecuencias, asegurando para
esto la divulgación oportuna de las recomendaciones emitidas a todo el personal expuesto o
involucrado. Ver ANEXO 10.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 55 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
La empresa, a través del Servicio de Seguridad y Salud Laboral (SSSL), notificara al Instituto
de Nacional Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), todos los accidentes de
trabajo, haya o no pérdida de tiempo y las enfermedades ocupacionales que ocurra en sus
instalaciones según los artículos 40 numeral 10, 56 numeral 11 y 73 de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) y los artículos 83 y 84
del Reglamento Parcial de la LOPCYMAT a través de los requerimientos de INPSASEL.
METODOLOGIA PARA LA INVESTIGACION DE ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
Después del diagnóstico dado por el servicio de salud de la Empresa ASIP, C.A., la misma
declarará obligatoriamente ante el INPSASEL las enfermedades ocupacionales que dieran
lugar en su puesto de trabajo, tal como lo señala el artículo 73 de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y el artículo 84 del Reglamento
Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Esta declaración se hará formalmente dentro de las veinticuatro (24) siguientes después del
diagnostico, la patología del presunto origen ocupacional, así como consignar el informe de
investigación de origen de la enfermedad realizado por el Servicio de Seguridad y Salud
Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
IDENTIFICACION DEL PATRONO/A Y COMPROMISO DE HACER CUMPLIR LOS
PLANES ESTABLECIDOS.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 56 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Posterior a la culminación de la elaboración, evaluación y validación del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo, la Empresa a través de la Presidencia, elaborará una carta
de intención (ANEXO IV del anteproyecto de la norma del INPSASEL) dirigida al Comité de
Seguridad Laboral y al INPSASEL para su aprobación, delegando compromisos para cumplir y
hacer cumplir lo establecido en el mismo.
También acuerda el cumplimiento de:
Adoptar y desarrollar nuevas tecnologías compatibles con el respecto al medio
ambiente y la mejora continua de las condiciones de trabajo.
Proporcionar información y formación teórica y práctica, suficiente, adecuada y en
forma periódica a todos los trabajadores y las trabajadoras en materia de seguridad y
salud en el trabajo.
Medir, controlar y perfeccionar de modo continuo los procesos productivos en los
aspectos relacionados con el medio ambiente y la salud de los trabajadores y las
trabajadoras.
Promover sistemas de comunicación interna sobre la eficacia de la política, normas y
resultados en los aspectos de prevención, facilitando y fomentando la coordinación y
participación de todos los trabajadores y las trabajadoras.
Revisar de forma periódica los puestos de trabajo en los aspectos que afectan a la
seguridad, higiene, ergonomía y psicología, utilizando los registros sobre morbilidad y
Accidentabilidad, a fin y efecto de mejorar los métodos de trabajo y la eficacia de las
medidas preventivas.
Garantizar a las empresas contratista o intermediaria u otra forma asociativa
condiciones óptimas de seguridad y salud en el trabajo.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 57 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Establecer programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y
turismo social para el disfrute de los trabajadores y las trabajadoras.
Acatar los ordenamientos impartidos por el Instituto Nacional de Prevención Salud y
Seguridad Laborales.
Respetar las acciones y actividades desarrolladas por los Delegados y Delegadas de
Prevención.
DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS Y COOPERATIVAS
ASIP, C.A., realizará una identificación de Peligros Significativos y Análisis de Riesgos de la
Obra o actividad a realizar, considerando el impacto según lo estipulado en el “Análisis de
Riesgos de los Procesos”, que involucre las áreas, equipos y trabajos a realizarse.
Si llegase a presentarse la situación de Sub Contratación (contratista), esta deberá, según la
complejidad de la obra a ejecutar, promover la elección de Delegados y Delegadas de
Prevención dentro del seno de su Empresa, adicional e igual según la complejidad de la obra
a ejecutar, deberá consignar a la Gerencia de Seguridad y Salud Laboral de ASIP, C.A., el
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para su revisión y someterlo a cualquier
consideración al Comité de Seguridad Laboral de la Contratista.
La Gerencia de Seguridad y Salud de ASIP, C.A. informará al Comité de Seguridad y Salud
Laboral sobre cualquier obra o servicio que se vaya a ejecutar en las instalaciones.
La empresa contratista será responsable de velar por el cumplimiento, por parte de sus
trabajadores y trabajadoras, del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo durante el
tiempo de ejecución de la obra y duración del servicio. La Gerencia de Seguridad y Salud de
ASIP, C.A. realizará auditorias para garantizar dicho cumplimiento.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 58 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Para garantizar el cumplimiento de este lineamiento se establecen los siguientes
parámetros:
Si se llegase a presentar la situación de Sub Contratación, el sub contratado deberá
considerar desde que inicia la planificación de la obra o servicio a ejecutar, el impacto
en la seguridad y salud en el trabajo que implican estas obras o servicios a ser
realizados, no solo para los trabajadores y trabajadoras bajo su dependencia y
subordinación, sino también tomando en cuenta la información recopilada para la
construcción de sus planes de trabajo para el abordaje de los diferentes riesgos y
procesos peligrosos, el servicio de seguridad y salud en el trabajo, debe elaborar un
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, que será puesto a la disposición de
ASIP, C.A. para la ejecución de las obras o servicios; adaptados a las características de
lo contratado.
El sub contratado y/o cooperativa (si fuese el caso), deben propiciar y ayudar para la
elección de los Delegados y Delegadas de Prevención, así como la constitución del
Comité de Seguridad y Salud Laboral en un lapso no superior a diez (10) días hábiles,
a partir del inicio de la obra o servicio.
ASIP, C.A. deberá vigilar por el cumplimiento del programa de seguridad y salud en el
trabajo del sub contratista y/o cooperativa, prestadores de obras y servicios.
En los casos que las obras o servicios contratados, sean menores a quince días
continuos, ASIP, C.A., debe establecer las acciones mínimas a ser realizadas por la
contratista y/o cooperativa, en conjunto con el servicio de seguridad de las mismas,
previos al inicio de las actividades.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 59 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
DE LA PARTICIPACION PROTAGÓNICA DE LOS TRABAJADORES Y
TRABAJADORAS Y LA CONTRALORIA SOCIAL
ASIP, C.A. está comprometida en darles participación protagónica a todos sus trabajadores y
trabajadoras, delegados y delegadas de prevención que estén incorporados en el Comité de
Seguridad y Salud Laboral, en este sentido tendrán derecho a ser consultados, informados y
capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo; razón por la cual el
empleador o empleadora deberá asegurar el cumplimiento de este aspecto.
DE LA EVALUACION DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Para la Evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, ASIP, C.A. otorgará
tiempo y recursos para que los trabajadores y trabajadoras, delegados y delegadas de
prevención participen activamente en los procesos de organización, planificación y ejecución
del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, también dispondrá de importante
protagonismo en las evaluaciones periódicas y constantes de la ejecución del Programa con
el fin de proponer acciones de perfeccionamiento.
Para agregar valor a la evaluación del programa se consideran factores cuantitativos y
cualitativos.
Evaluación cuantitativa: es la resultante del cumplimiento de las metas establecidas en cada
uno de los diferentes planes de trabajo, para el abordaje de los diferentes riesgos y procesos
peligrosos, considerándose para la evaluación los siguientes criterios, como mínimo:
La evaluación se realizara por cada plan de trabajo.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 60 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Se considerará un porcentaje aceptable, el cumplimiento de por lo menos el noventa
por ciento (90%), de las metas previstas.
Dentro del margen de cumplimiento de las metas del plan deben estar incluidas
aquellas que durante el proceso de identificación, evaluación de los riesgos y
procesos peligrosos, cuyo grado de peligrosidad se corresponda con los riesgos y
procesos peligrosos graves y muy graves, de conformidad con el anexo III.
El servicio de seguridad y salud en el trabajo deberá trimestralmente facilitar al
Comité de Seguridad y Salud Laboral, la información necesaria para que sea realizada
la evaluación correspondiente.
La evaluación cualitativa: es la resultante de la aplicación de encuestas colectivas,
considerándose para la evaluación los siguientes criterios, como mínimo:
El conocimiento de los trabajadores y las trabajadoras, sobre la aplicación de la
política de seguridad y salud y los planes de trabajo para el abordaje de los diferentes
riesgos y procesos peligrosos, del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, sus
resultados y beneficios.
La percepción de los trabajadores y las trabajadoras sobre su seguridad y salud, como
producto de la política de seguridad y los planes de trabajo para el abordaje de los
diferentes riesgos y procesos peligrosos, del Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá semestralmente facilitar a los
Delegados y Delegadas de Prevención y al Comité de Seguridad y Salud de la
Empresa, la información necesaria para que sea realizada la evaluación
correspondiente.
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 61 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
CONSTANCIA DE PARTICIPACIÓN Y APROBACIÓN
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 62 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
Según lo establecido en los artículos 46, 48 y 56 numeral 6 y 61 de la Ley Orgánica de
Prevención, Condición y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), nosotros los abajo
firmantes y todos integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral de la empresa ASIP,
C.A., hacemos constar nuestra participación activa en la elaboración, adecuación y revisión
del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) de la empresa, con el cual
pretendemos establecer mecanismos y lineamientos que nos sirvan para garantizar la
seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras en la diversas estaciones de trabajo de
la empresa, en este sentido manifestamos nuestro compromiso en divulgar y hacer que se
cumpla la Política de Seguridad que identifica a esta empresa y a todos sus trabajadores y
trabajadoras.
En Cumaná a los tres ( ) días del mes de del año
NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA DE IDENTIDAD FUNCION FIRMA
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 63 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.
ANEXOS
Plan: PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Vigencia: JUNIO 2011Elaborado por:
Gerencia de Seguridad y Salud Laboral
Revisado por:
Comité de Seguridad y Salud Laboral
Aprobado por:
Presidencia
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Código Documento:
SC/00-02/NORVersión:1.1.1
Fecha Emisión:Junio 2011
Página: 64 de 64
Toda la información contenida en el presente documento es confidencial y de propiedad de ASIP, C.A. estando prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa de la empresa.