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PROYECTO FORMACIÓN DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA COMPONENTES DEL PROCESO ELECTORAL VENEZOLANO PODER ELECTORAL CON VENTAJA 09 de octubre de 2021 Cuarto Taller: Procesos Electorales Ing. Félix Arroyo, MSc.

PROYECTO FORMACIÓN DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA

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Page 1: PROYECTO FORMACIÓN DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA

PROYECTO FORMACIÓNDEFENSORES DE LA DEMOCRACIA

COMPONENTES DEL PROCESO ELECTORAL VENEZOLANO

PODER ELECTORAL CON VENTAJA

09 de octubre de 2021

Cuarto Taller: Procesos Electorales

Ing. Félix Arroyo, MSc.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

OBJETIVOS DEL TALLER

Describir los diferentes componentes del procesoelectoral venezolano

Analizar los aspectos fundamentales de dichoscomponentes

Capacitar a la militancia ciudadana, de manera de poderllevar a cabo una contraloría permanente de losprocesos electorales y por lo tanto defender lademocracia

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

AUTORIDADES ELECTORALES

ORGANIZACIONES POLÍTICAS

SISTEMA AUTOMATIZADO DE

VOTACIÓN

CANDIDATOS

POBLACIÓN

REGISTRO ELECTORAL

SISTEMA DE POSTULACIÓN

CRONOGRAMA ELECTORAL

COMPONENTES ELECTORALES FUNDAMENTALES

CAMPAÑA ELECTORAL

TESTIGOS

CONSTITUCIÓNLEYES

REGLAMENTOS

NORMAS

ORGANIZACIONES POLÍTICAS

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL AUTORIDADES ELECTORALES

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

JUNTA NACIONAL ELECTORALCOMISIÓN DE REGISTRO CIVIL

Y ELECTORALCOMISIÓN DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO

Órganos Subordinados

OFICINAS REGIONALES ELECTORALES

PRESIDENCIA

VICEPRESIDENCIA

SECRETARÍA GENERAL

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELETORAL AUTORIDADES ELECTORALES

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

CINCO RECTORES PRINCIPALES DIEZ RECTORES SUPLENTES

TRES RECTORES PRINCIPALES CADA UNO CON DOS RECTORES SUPLENTES

POSTULADOS POR LA SOCIEDAD CIVIL:

UN RECTOR PRINCIPAL CON DOS RECTORES SUPLENTES

POSTULADOS POR EL PODER CIUDADANO:

UN RECTOR PRINCIPAL CON DOS RECTORES SUPLENTES

POSTULADOS POR LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS CON FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS:

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

Es un Órgano Subordinado del Consejo Nacional

Electoral. Se encarga de la dirección, supervisión

y control de todos los actos relativos al

desarrollo de los procesos electorales y de

referendos, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

PODER ELECTORAL

Planificar y ejecutar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los

poderes públicos, referendos y otras consultas de su competencia.

Proponer las circunscripciones electorales.

Establecer el número y ubicación de los centros de votación y de mesas electorales.

Junta Nacional Electoral

Fijar la fecha de la instalación de las juntas y las mesas electorales

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL Junta Nacional Electoral

Elaborar la lista de elegibles a cumplir con el servicio electoral.

Totalizar, adjudicar y proclamar a los candidatos que resulten elegidos en elecciones regionales,

metropolitanas, municipales y parroquiales cuando las juntas correspondientes no hayan proclamado en el

tiempo previsto en la ley.

Totalizar, adjudicar, proclamar y entregar credenciales, con base a las actas de escrutinio del Presidente de la

República y de los Diputados a la Asamblea Nacional

Es un Órgano Subordinado del Consejo Nacional

Electoral. Se encarga de la dirección, supervisión

y control de todos los actos relativos al

desarrollo de los procesos electorales y de

referendos, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL Junta Nacional Electoral

La Oficina Nacional de Operaciones Electorales.

La Oficina Nacional de Infraestructura Electoral.

La Oficina Nacional de Organismos Electorales Subalternos.

OFICINAS NACIONALES NO CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER ELECTORAL

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

Organismos Electorales Subalternos

Juntas Regionales Electorales

Juntas Municipales Electorales.

Mesas Electorales.

Juntas Metropolitanas Electorales

Juntas Parroquiales Electorales

PRESIDENTE Y SECRETARIO

JUNTAS MESAS

MIEMBROSMIEMBROS

Junta Nacional Electoral

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

Servicio Electoral

El Servicio Electoral es un deber constitucional, por el cual los electores prestan servicio en funciones electorales durante el período de un (1) año contado a partir del momento en que son seleccionados.

Se entiende por función electoral aquella actividad relacionada con la administración y participación electoral y de referendo.

El Servicio Electoral funcionará de acuerdo con lo establecido en esta ley y con los procedimientos que a tal fin dicte el Consejo Nacional Electoral.

Junta Nacional Electoral

ARTÍCULO 50 LEY ORGANICA DEL PODER ELECTORAL:

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

Funciones de los elegidos para prestar el Servicio Electoral

Participar, a través de los Organismos Electorales Subalternos, en los procesos electorales para cargos de representación popular y de referendo.

Participar en los programas de educación electoral de acuerdo con lo estipulado por la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

Asistir a los programas de instrucción y adiestramiento.

Junta Nacional Electoral

Participar en cualquier otra actividad que defina el Consejo Nacional Electoral.

Las instituciones públicas y las privadas están obligadas a conceder permiso remunerado a las personas que laboren en ellas y hayan sido seleccionadas para prestar Servicio Electoral

ARTÍCULO 51 LEY ORGANICA DEL PODER ELECTORAL:

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

Excepciones o impedimentos de prestar el Servicio Electoral

Son causales de excepción para el cumplimento del Servicio Electoral, ser mayor de sesenta y cinco años de edad, prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio.

Junta Nacional Electoral

Son causales de impedimento para cumplir con el servicio electoral, tener alguna limitación física, mental de salud o legal, que así lo determine; ser candidato a cargo de elección popular o ejercer un cargo de dirección en una organización con fines políticos.

ARTÍCULO 52 LEY ORGANICA DEL PODER ELECTORAL:

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

Sanción por incumplimiento del Servicio Electoral

Las personas seleccionadas para cumplir con el Servicio Electoral que no se presenten ante las instituciones que correspondan, dentro del plazo establecido y sin causa justificada, serán sancionadas con el pago de una cantidad que oscile entre diez (10) y cincuenta (50) unidades tributarias, en la forma que prevea el reglamento.

Junta Nacional Electoral

El conocimiento y la decisión sobre la comisión del ilícito administrativo previsto en la presente Ley corresponderá al Consejo Nacional Electoral, quien impondrá las sanciones pecuniarias que fueren procedentes, las que deberán ser liquidadas al Fisco Nacional.

ARTÍCULO 53 LEY ORGANICA DEL PODER ELECTORAL:

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL

Es un Órgano Subordinado del Consejo Nacional

Electoral. Se encarga de la formación,

organización, supervisión y actualización del Registro Civil y del Registro Electoral.

Planificar, coordinar, supervisar y controlar el registro civil y

electoral, así como conservar los libros, actas y demás

documentos concernientes..

Depurar continua y efectiva del Registro Electoral y publicar en los términos establecidos en la ley, para su

posterior remisión a la Junta Nacional Electoral..

Recibir de la Junta Nacional Electoral, para su revisión y depuración, las listas de los elegibles para cumplir con

el servicio electoral, de conformidad con lo establecido en la ley, y devolverlas a dicha Junta..

Girar instrucciones previa aprobación del Consejo Nacional Electoral, los alcaldes y otros funcionarios para la

inscripción y levantamiento de las actas de registro del estado civil de los ciudadanos

Page 15: PROYECTO FORMACIÓN DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL

La Oficina Nacional de Registro Civil.

Trabajar en coordinación con las alcaldías, ministerios de Relaciones

Interiores, Exteriores y de Salud para la inclusión de todos los

venezolanos y venezolanas en el Registro Civil, para el pleno disfrute

de sus derechos constitucionales.

Planificar, coordinar y controlar el Registro Civil de las personas

naturales en todo el territorio nacional.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

RE

PODER ELECTORAL COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL

La Oficina Nacional de Registro Electoral.

Ocuparse de que todos los ciudadanos y ciudadanas se inscriban en el

Registro Electoral.

Planificar, coordinar y controlar las actividades inherentes a la formación y

elaboración del Registro Electoral.

Actualizar, conservar y mantener el registro Electoral.

Presentar a la Comisión de Registro Civil y Electoral el Registro Electoral

definitivo a los fines de su publicación.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL

La Oficina de Supervisión de Registro Civil e Identificación.

Vigilar que el Consejo Nacional Electoral sea informado oportunamente

sobre la expedición de cedulas de identidad y pasaportes.

Supervisar y fiscalizar que el proceso de tramitación de los

documentos de identidad se realicen correctamente.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

Es un Órgano Subordinado del Consejo

Nacional Electoral que promueve la

participación ciudadana en los asuntos

públicos, procesos electorales,

referendos y otras consultas populares.

Está integrada por dos rectores

principales y un rector suplente

incorporado..

PODER ELECTORAL COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN

POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO

Controlar, regular e investigar los fondos de

financiamiento de las organizaciones con fines políticos y el financiamiento de las campañas electorales.

La formación, organización y actualización

del registro de inscripciones de las organizaciones con fines políticos.

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

La Oficina Nacional de Participación Política.

Organizar y mantener actualizado el registro de las

organizaciones con fines políticos, grupos de electores y

electoras, agrupaciones de ciudadanas y ciudadanos.

Tramitar las solicitudes de constitución, renovación y

cancelación de las organizaciones con fines políticos.

Promover programas educativos e informativos que incentiven la

participación ciudadana.

Dirigir las actividades de los centros de adiestramiento electoral.

COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN

POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

La Oficina Nacional de Financiamiento.

Recibir los recaudos sobre el origen de los fondos y el financiamiento

de las organizaciones con fines políticos, grupos de electores,

asociaciones de ciudadanos y ciudadanas y de los candidatos o

candidatas por iniciativa propia

Complementar las investigaciones sobre el origen y destinos de los

recursos económicos de las campañas electorales y sobre los gastos

de los fondos de financiamiento.

COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN

POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO

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Ing. Félix Arroyo, MSc.

PODER ELECTORAL

La Oficina Nacional de Participación Ciudadana.

COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN

POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO

La Oficina Nacional de Gremios y Sindicatos.

OFICINAS NACIONALES NO CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER ELECTORAL

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Ing. Félix Arroyo, MSc.Ing. Félix Arroyo, MSc.