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Página | 1 PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ESCUELA “ESTRELLA DEL SUR” POZO ALMONTE

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ... - Comunidad Escolar · COORDINADOR/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR ... Octavo, con 8 salas por lo cual los estudiantes debían asistir en media jornada

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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ESCUELA “ESTRELLA DEL SUR” POZO

ALMONTE

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Índice ANTECEDENTES GENERALES ..............................................................................................................6

DATOS DE LA ESCUELA ...................................................................................................................6

PRESENTACIÓN...............................................................................................................................7

RESEÑA HISTÓRICA.........................................................................................................................8

ANTECEDENTES DEL ENTORNO ......................................................................................................8

IDEARIO ............................................................................................................................................10

SELLOS EDUCATIVOS ....................................................................................................................10

SANA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ....................................10

VALORACIÓN DEL ENTORNO NATURAL Y CULTURAL. ..............................................................10

DIVERSIDAD PARA EL APRENDIZAJE INTEGRAL DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ..........11

VISIÓN ..........................................................................................................................................11

MISIÓN .........................................................................................................................................11

DEFINICIONES Y SENTIDOS INSTITUCIONALES .................................................................................12

PRINCIPIOS Y ENFOQUES EDUCATIVOS ........................................................................................12

VALORES .......................................................................................................................................13

PERFILES DE COMPETENCIA .............................................................................................................14

EQUIPO DIRECTIVO ......................................................................................................................14

DIRECTOR/A .............................................................................................................................14

INSPECTOR/A GENERAL ............................................................................................................15

APOYO A INSPECTORÍA.............................................................................................................16

ENCARGADO/A EXTRAESCOLAR ...............................................................................................16

JEFE/A DE UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA (UTP) ....................................................................17

COORDINADOR/A PEDAGÓGICO ..............................................................................................17

COORDINADOR/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR .........................................................................18

COORDINADOR/A PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE) ............................................18

PROFESIONALES ...........................................................................................................................19

DOCENTE Y EDUCADOR/A DE PARVULOS .................................................................................19

DOCENTE DIFERENCIAL ............................................................................................................19

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KINESIOLOGO/A .......................................................................................................................20

FONOAUDIOLOGO/A ................................................................................................................20

PSICOPEDAGOGO/A .................................................................................................................20

PSICÓLOGO/A (PIE) ..................................................................................................................21

PSICÓLOGO/A (CONVES) ..........................................................................................................21

TRABAJADOR/A SOCIAL ............................................................................................................21

APOYO INFORMÁTICO ..............................................................................................................22

ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN ....................................................................................................23

TÉCNICO EN PÁRVULOS ............................................................................................................23

TENS .........................................................................................................................................23

SECRETARIA/O ..........................................................................................................................23

ASISTENTE DE AULA .................................................................................................................24

TUTOR/A ..................................................................................................................................24

PORTERO/A ..............................................................................................................................25

INSPECTOR/A DE PATIO ............................................................................................................25

AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES DE ASEO Y SERVICIOS MENORES DE MANTENIMIENTO....25

ESTUDIANTE .................................................................................................................................26

APODERADO .................................................................................................................................26

PROYECCIONES DEL PEI ....................................................................................................................28

SEGUIMIENTO ..............................................................................................................................28

METAS ..............................................................................................................................................29

GESTIÓN PEDAGÓGICA. ................................................................................................................29

LIDERAZGO ...................................................................................................................................30

CONVIVENCIA ESCOLAR ...............................................................................................................31

ÁMBITOS EDUCATIVOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:................................................................32

GESTIÓN DE RECURSOS ................................................................................................................33

AREA DE RESULTADOS..................................................................................................................34

ANEXO 1: REGLAMENTO CONSEJO DE PROFESORES ........................................................................36

I. ORIENTACIONES ....................................................................................................................37

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II. PARTICIPACIÓN.....................................................................................................................37

III. ORGANIZACIÓN ...................................................................................................................38

IV. FUNCIONES .........................................................................................................................39

V. VIGENCIA ..............................................................................................................................40

ANEXO 2: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLA DE TRABAJO DE CENTRO DE ESTUDIANTES 41

PRESENTACIÓN .........................................................................................................................42

TÍTULO I DE LA DIRECTIVA Y LOS CARGOS ................................................................................43

TÍTULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUTOS DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA ..............43

TÍTULO III DE LAS NORMAS COMUNES A LA DIRECTIVA ...........................................................45

TITULO IV REQUISITOS DE POSTULACION ................................................................................46

TITULO V ELECCIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES. ............................................................47

TÍTULO VI DE LAS SANCIONES Y EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.

.................................................................................................................................................48

TÍTULO VII DE LAS REUNIONES DE LA DIRECTIVA .....................................................................48

PLAN DE TRABAJO 2019 ...............................................................................................................49

ANEXO 3: REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR ........................50

PRESENTACIÓN .........................................................................................................................51

TITULO I DEL CONSEJO .............................................................................................................52

TITULO II DE LAS SESIONES .......................................................................................................52

TITULO III DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO ............................................................................53

TITULO IV DEL SECRETARIO GENERAL ......................................................................................53

TITULO V DE LAS ACTAS............................................................................................................53

TITULO VI DE LA COMUNICACIÓN ............................................................................................53

TITULO VII DE LOS ACUERDOS ..................................................................................................54

TITULO VIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS ............................................................54

TITULO IX DE LAS ACTAS ...........................................................................................................54

ANEXO 4: REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CENTRO GENERAL DE

PADRES Y APODERADOS ..................................................................................................................55

PRESENTACIÓN .........................................................................................................................56

TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES .....................................................................................57

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TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ............................................................57

TÍTULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL .....................................................................................59

ASAMBLEA DE SUB-CENTROS DE PADRES Y APODERADOS ......................................................60

ASAMBLEA DE CURSOS DE PADRES Y APODERADOS ................................................................61

DIRECTORIO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS ............................................................63

TITULO V DE LOS CARGOS ........................................................................................................66

TÍTULO VI DEL PATRIMONIO SOCIAL ........................................................................................69

TITULO VII DE LAS SANCIONES .................................................................................................70

TITULO VIII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS..............................................................70

TITULO IX DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO Y DE LA DISOLUCIÓN DEL CENTRO GENERAL .71

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ANTECEDENTES GENERALES

DATOS DE LA ESCUELA

Dirección Calle Estación # 551

Comuna Pozo Almonte

Provincia Del Tamarugal

Región Tarapacá

Teléfono

RBD 12617-9

Dependencia Municipal

Área Educación

Nivel de Enseñanza Pre-básica y Básica

Matrícula 921

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PRESENTACIÓN

La escuela "Estrella del Sur” es de dependencia municipal, ubicada en el sur

poniente de la comuna, atiende a una población de 921 estudiantes, repartidos en

28 cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de

vulnerabilidad el cual asciende a un 85,38%, atiende a 171 estudiantes que

pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017 ha experimentado un repunte de

5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros.

El 33% de la población estudiantil es de ascendencia aymara razón por la cual se

imparte como lo dicta la normativa del MINEDUC 4 horas de clases de lengua

materna de la etnia mencionada.

Nuestra institución ha experimentado un gran crecimiento estudiantil lo que ha

traído como consecuencia tener que ampliar la construcción del establecimiento

dotándolo de un nuevo pabellón con salas modulares para acoger y atender

adecuadamente a los educandos que han optado por nuestro Proyecto Educativo

En la actualidad se trabaja arduamente para lograr calidad académica, para lo cual

cuenta con laboratorio de idiomas, de ciencias, enlaces, BIBLIOCRA, estructura que

complementa la labor docente para ir consolidando las áreas de trabajo que

permitirán paulatinamente ir generando mejores aprendizajes.

El propósito final es ubicar a los estudiantes en niveles Elemental y Adecuado

propuestos en los estándares de aprendizaje planteados por el Ministerio de

educación, en los próximos ciclos de mejora basado en el trabajo colaborativo,

desarrollo entre pares y centrado en lo pedagógico.

El Protocolo de Atención a Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales,

tanto de carácter transitorio como permanente es otro de los focos de atención

prioritaria en la escuela, para lo cual se implementan estrategias y procedimientos

y se entregan los medios y recursos necesarios para el logro de aprendizaje de

nuestros estudiantes, con un enfoque integrador en comunidad escolar.

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La escuela "Estrella del Sur" aspira a convertirse en un centro educativo en donde

sus estudiantes reciban educación de calidad para formarse como personas

integrales, con posibilidades de acceder al bienestar cultural y social y así poder

enfrentar los desafíos futuros, principios declarados en nuestra Misión.

RESEÑA HISTÓRICA

La Escuela “Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la

Escuela Básica Pozo Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación

surge de la necesidad de dar respuesta al crecimiento poblacional de ese sector,

por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana.

En sus comienzos funcionó con 2 cursos por nivel de Educación Parvularia a

Octavo, con 8 salas por lo cual los estudiantes debían asistir en media jornada.

Entre los años 2007 y 2008, se produce un aumento de matrícula, y cuatro cursos

deben funcionar en salas- conteiner. El año 2012 se construye la segunda etapa

con nuevas dependencias que albergan 9 cursos y una sala para profesores.

En la actualidad por el creciente aumento de matrícula, (la cual asciende a 921

estudiantes), cuenta con 8 nuevas salas modulares entregadas en mayo del 2018,

las cuales cubren las necesidades de atención de la población estudiantil.

El nombre "Estrella del Sur" se inspira en el astro que aparece en el punto cardinal

austral del pueblo, y que ilumina no sólo de luz sino también de esperanza en la

formación de los hombres y mujeres del futuro que acuden a sus aulas en el

presente.

ANTECEDENTES DEL ENTORNO

Las tomas de terreno del sector sur del Pozo Almonte, se van transformando con el

tiempo en poblaciones vastamente habitadas, y dan origen a la Villa 2000, Villa

Milenio, y Las Quintas (sector de plantaciones de flores y hortalizas). Esto sobre

lleva a que una nueva dotación de ciudadanos se sume y arraigue en la comunidad

pozo almontina, la mayoría de ascendencia aymara.

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Se suma además la población flotante de empresas constructoras que emplea a

trabajadores para faenas, principalmente mineras y los inmigrantes que llegan a la

comuna en busca de mejores expectativas de vida, los que en su mayoría son de

origen boliviano y peruano.

Lo anterior trae como consecuencia un inminente crecimiento de la población

estudiantil que acude a solicitar admisión a la escuela más cercana, en este caso

“Estrella del Sur”.

Reiterando que el IVE es de un 85,38% es que a los estudiantes se entrega

beneficio de alimentación, atención dental, de oftalmología y otorrinolaringología, y

asistencialidad de JUNAEB.

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IDEARIO

SELLOS EDUCATIVOS

DESARROLLO DE HABILIDADES POR MEDIO DE LA EXPLORACIÓN EN EL ÁREA ARTÍSTICA,

DEPORTIVA, CULTURA Y CIENTÍFICA-TECNOLÓGICA.

Según lo declarado en nuestra Misión- Visión, es importante desarrollar habilidades

en nuestros estudiantes, para ello se pondrán en práctica estrategias que apunten

al desarrollo de destrezas para aprender, es decir captar y procesar información,

guardarla en la memoria y utilizarla para razonar y resolver problemas. El

aprendizaje por tanto recurrirá al lograr que los estudiantes aprendan

Conocimientos, Habilidades y Actitudes (CHA) en forma gradual, diversificando

estrategias, consolidando habilidades TIC para el aprendizaje, habilidades sociales,

habilidades para expresar y reconocer emociones.

SANA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

Nuestra escuela quiere establecer relaciones sociales y humanas de calidad,

fundadas en la tolerancia y el respeto a los demás, generando así un buen trato que

se refleje en la debida escucha, reconocidos y comprendidos por nuestros

semejantes, y valorados en lo que somos o podemos llegar a ser.

VALORACIÓN DEL ENTORNO NATURAL Y CULTURAL.

Relevamos la importancia de desarrollar en los estudiantes y comunidad educativa,

competencias cognitivas afectivas y sociales, para interactuar con y en su entorno

natural y cultural, cuidándolo respetándolo y aprendiendo a valorarlo y disfrutarlo,

con el objetivo de contribuir con ciudadanos conscientes.

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DIVERSIDAD PARA EL APRENDIZAJE INTEGRAL DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

En la actualidad la diversidad se debe entender como la capacidad para

comprender, aceptar e integrar aquello que se aleja a mi propia normalidad, es por

eso que se requiere una visión amplia que permita gestionar en nuestros

estudiantes el desarrollo de sus propios aprendizajes, de acuerdo a sus

particularidades en el más amplio de los sentidos, con esto garantizamos la

existencia de una flexibilidad y adaptabilidad necesaria en una sociedad de

permanente cambio.

VISIÓN

La Escuela Básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educacional

que sustenta su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia,

potenciando las habilidades cognitivas y competencias individuales, formando

personas integrales en lo cultural, artístico, científico tecnológico y/o deportivo, que

les permitirá un desarrollo integral para enfrentar los desafíos futuros.

MISIÓN

“La Escuela Básica Estrella del Sur entrega educación integral de NT1 a Octavo

Básico, a estudiantes de la Provincia del Tamarugal, fomentando la sana

convivencia en un ambiente de actitud inclusiva, potenciando el desarrollo de

habilidades y adquisición de conocimientos para generar competencias en las áreas

científica tecnológica, deportiva, artística y socio-cultural, respetando la diversidad,

formando personas que valoren su entorno, con identidad cultural y desarrollando

herramientas que contribuyan a la continuidad de sus estudios.

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DEFINICIONES Y SENTIDOS INSTITUCIONALES

PRINCIPIOS Y ENFOQUES EDUCATIVOS

Nuestro PEI está enfocado en lograr aprendizajes de calidad, para ello se diseñan

estrategias para estimular el desarrollo de habilidades de orden superior en los

estudiantes y lograr la movilidad de menor desempeño a un nivel elemental o

superior.

Teniendo en cuenta estas premisas es que el equipo de gestión y técnico

pedagógico se enfoca en la tarea de consolidar el acompañamiento docente

fortaleciendo la retroalimentación, potenciando el trabajo colaborativo y la reflexión

entre pares como uno de los ejes centrales del proceso, garantizando la permanente

mirada de lo que ocurre en el aula y con los estudiantes.

Se espera que en el nuevo ciclo de mejora 2019 - 2022 el avance en el desarrollo

de habilidades cognitivas de orden superior en los estudiantes sea significativo. Se

compartirán experiencias, conocimientos y habilidades entre docentes a través del

diálogo pedagógico para construir una visión compartida de la cultura escolar. El

desafío es instalar en el quehacer pedagógico, clases colaborativas, diversificación

de estrategias pedagógicas, conocer estrategias del equipo PIE y fortalecer la co-

docencia y la co- enseñanza.

Se podrán los énfasis necesarios para cumplir con la premisa de que “todos los

estudiantes aprenden”.

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VALORES

Respeto: Es aceptar a la otra persona y no pretender cambiarla, no juzgarla por sus

pensamientos.

Diversidad: Comprender y aceptar las diferencias en el más amplio sentido, como

parte esencial de la riqueza humana.

Honestidad: Valor moral apoyado en la verdad y la justicia, fundamental para

entablar relaciones interpersonales basadas en la confianza, la sinceridad y el

respeto mutuo.

Empatía: Capacidad de percibir, compartir y comprender lo que otro puede sentir,

favorece las relaciones interpersonales basadas en la tolerancia y favorece el

compañerismo y la solidaridad.

Disciplina: Es la templanza de una persona basada en la convicción de que el

trabajo, la regularidad y perseverancia, son el camino para desarrollarse en

cualquier ámbito.

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PERFILES DE COMPETENCIA

EQUIPO DIRECTIVO

DIRECTOR/A

El Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar los procesos y

desafíos que exigen los procesos educativos actuales, entre ellos están definir y

difundir el PEI y la Planificación Estratégica del Establecimiento, liderar los procesos

de gestión pedagógica, proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la

implementación curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros

del aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de enseñanza

aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de y entre los docentes y

el equipo directivo.

El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la comunidad

escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las relaciones humanas con el

fin de generar un clima escolar basado en relaciones de confianza y respeto, la

habilidad de comunicarse de manera efectiva, abierta, clara y congruente.

El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva,

equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes

y desempeño de todos los miembros del establecimiento.

Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que permitan realizar

en forma adecuada los procesos de selección, evaluación y desarrollo del personal

del establecimiento, establecer condiciones de trabajo que permitan a los docentes

y asistentes de la educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades,

gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las condiciones de

calidad de vida dentro del establecimiento, el director debe hacer frente a

situaciones complejas resolviendo conflictos con estrategia, método y decisión.

Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el logro de las

metas y prioridades del establecimiento asegurando que la administración y control

financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento.

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Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos, rigurosidad y disciplina

en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus dirigidos.

INSPECTOR/A GENERAL

El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en la cultura del

establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto

Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente.

Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas.

Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de

trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.

Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva incide

directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz de adaptar el nivel

comunicativo a las diferentes edades de sus interlocutores. Es un canal de

comunicación válido entre el director (a) y los profesores y estudiantes.

Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que

permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva

operativa

Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y

anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos en el

estudiantado, ocurrencia de accidentes. Aplica un correcto criterio al momento de

intervenir en la resolución de conflictos.

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APOYO A INSPECTORÍA

Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en todo momento

actuar en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional,

como con los principios éticos de la profesión docente.

Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas.

Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de

trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.

Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que

permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva

operativa

Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y

anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos,

ocurrencia de accidentes. Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la

resolución de conflictos.

ENCARGADO/A EXTRAESCOLAR

Cumple el rol contribuir al desarrollo integral del proceso educativo mediante la

asesoría y acompañamiento en materias de educación extraescolar, ya sea a través

del diseño y ejecución de programas, proyectos y/o la incorporación de este ámbito

en la formación de los estudiantes.

Motiva, sensibiliza y acompaña a la comunidad educativa, en torno al área de

Educación Extra-escolar en la elaboración y ejecución de proyectos, coordinando

los distintos recursos existentes para ello.

Elabora, propone y coordina programas y proyectos en torno a las necesidades del

área, previamente diagnosticadas, a fin de gestionar recursos tanto propio, como

adicionales, mediante la postulación a distintos fondos concursables.

Gestiona alianzas estratégicas con instituciones afines con el objetivo de desarrollar

actividades que contribuyan al fortalecimiento de la Educación Extraescolar.

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Cumple con otras tareas que le asigne el Jefe y/o el Director para el mejor logro de

los objetivos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.

JEFE/A DE UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA (UTP)

El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el proceso

académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que demandan los

actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo con foco pedagógico, y

demostrar capacidad para organizar las actividades técnico-pedagógicas,

determinando objetivos y metas claras alineadas con las de la institución.

El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico e interactuar

con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el proceso de aprender a

mejorar su práctica la cual debe estar vinculada a los objetivos del proceso técnico

pedagógico del Establecimiento

Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso adecuado,

implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el desempeño y los

procesos de aprendizaje.

COORDINADOR/A PEDAGÓGICO

El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a los maestros para

fortalecer el desempeño del docente y mejorar su práctica en el aula, es el docente

que por su trayectoria está validado para ejercer liderazgo educativo de gestión

junto al equipo pedagógico, acompaña, retroalimenta, promueve el diálogo y la

reflexión entre pares para mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los

docentes y reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático,

responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios declarados

en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances y mejoras en el

aprendizaje de los estudiantes.

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COORDINADOR/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad se centra en

la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es una persona que genera

actitudes de escucha, respeto y tolerancia, acompaña constantemente en la

resolución de conflictos, crea conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y

padres de familia, los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela

además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores aprendizajes

en los estudiantes.

Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones de

convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y sistemática las

habilidades sociales afectivas y cognitivas en los estudiantes y comunidad escolar.

COORDINADOR/A PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE)

El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la normativa vigente

(Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se

cumpla dentro del establecimiento educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un

clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar

integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias que favorezca

la equidad de oportunidades en todos los estudiantes y erradique las barreras del

establecimiento.

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PROFESIONALES

DOCENTE Y EDUCADOR/A DE PARVULOS

El docente de aula es el profesional capaz de ejercer un liderazgo pedagógico que

comprometa activamente a sus estudiantes con su proceso de aprendizaje, el

docente debe mostrar un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer

sus tareas con eficiencia y calidad, , mostrar habilidad para buscar, trabajar

colaborativamente y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo

personal y profesional, Debe tener capacidad de influir en la cultura del

establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto

Educativo Institucional y como con los principios declarados en el Estatuto Docente.

Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener disposición para acceder al

perfeccionamiento y a nuevos aprendizajes, y de esta forma adquirir las

competencias para desarrollar en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden

superior, para el logro de mejores aprendizajes.

DOCENTE DIFERENCIAL

El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y

atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales,

favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo

a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de

estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,

asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.

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KINESIOLOGO/A

El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender

a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo

un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,

formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias

diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la

educación, equipo directivo y apoderados.

FONOAUDIOLOGO/A

El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá detectar,

diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas

Especiales a nivel de sus competencias comunicativas y de lenguaje, favoreciendo

un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,

formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias

diversificadas creadas colaborativamente con Profesores de aula, Asistentes de la

Educación, equipo Directivo y Apoderados.

PSICOPEDAGOGO/A

El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y

atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales,

favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo

a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de

estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,

asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.

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PSICÓLOGO/A (PIE)

El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender

a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo

un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,

formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias

diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la

educación, equipo directivo y apoderados.

PSICÓLOGO/A (CONVES)

El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al

proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del

trabajo con los estudiantes que presenten esta necesidad, derivada de su desarrollo

emocional o social, procurando en su salud mental.

TRABAJADOR/A SOCIAL

El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir

al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del

trabajo con os estudiantes que presenten la necesidad de ser asistidos en el área

social, procurando propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro,

adecuado y socialmente equitativo en su desarrollo como persona.

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APOYO INFORMÁTICO

El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el Profesional que

deberá velar por el normal funcionamiento de las redes de internet en las distintas

dependencias del establecimiento, además de mantener en óptimas condiciones el

material tecnológico utilizado tanto por los docentes, estudiantes y demás

funcionarios del área administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene

una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la

educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el área de

Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de distintas tareas que se

le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y

respetuoso hacia sus superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus

deberes.

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ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

TÉCNICO EN PÁRVULOS

La Técnico en párvulos es la persona que acompaña en la labor educativa a la

Educadora, para propiciar un ambiente grato de trabajo, cálido y agradable para

establecer una relación de confianza entre el adulto y el párvulo, debe ser proactiva

en todos los espacios educativos en que se desenvuelve, debe mantener una

actitud atenta y afable al requerimiento de los niños, atenta y cordial con los

apoderados, muestra empatía frente a sus pares y estudiantes, rigurosidad y

disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es

responsable en el cumplimiento de sus deberes.

TENS

La o él Tens es la persona encargada de la Enfermería del establecimiento, por lo

tanto, es quién realiza las prestaciones de Primeros Auxilios a los estudiantes luego

de ocurrido un accidente escolar o por complicaciones por alguna patología o

enfermedad que los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial.

La o él Tens es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento

de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.

SECRETARIA/O

Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el secretario para

desarrollar de manera eficiente su labor profesional en la oficina, esencialmente,

son el buen trato, brindar un servicio de calidad y calidez humana a los jefes,

compañeros de trabajo, docentes y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la

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imagen primera que tiene la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a

los visitantes.

Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene habilidades

de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es autónoma, es consciente

de su rol y los lineamientos del PEI, con los cuales se logra un alto rendimiento

institucional para conseguir mejores aprendizajes en los estudiantes.

ASISTENTE DE AULA

El o la Asistente de aula es la persona que asume actividades complementarias a

la labor educativa del profesor, apoya el proceso formativo de los estudiantes es

preactiva (o) en todas las actividades, mantiene una actitud atenta al requerimiento

de los estudiantes dentro y fuera del aula, tiene un trato atento y cordial con los

apoderados, tiene una actitud de colaboración en la generación un ambiente cálido

y propicio para que los estudiantes puedan aprender. Es responsable en el

cumplimiento de sus deberes

TUTOR/A

El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o más

estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes,

favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo

a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de

estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,

profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el

cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático.

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PORTERO/A

El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena conducta de

estudiantes a la entrada y salida del establecimiento, estimular las habilidades

sociales de los estudiantes mediante el saludo correcto. Mostrar un trato cordial

frente a sus superiores, docentes, padres y apoderados y sus pares.

Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los integrantes,

mediante la recepción empático y acogedora.

Es responsable en el cumplimiento de sus deberes.

INSPECTOR/A DE PATIO

Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien colabora en la

orientación de los estudiantes en su conducta y actitud, buenos hábitos y

costumbres, es la persona que controla las inasistencias atrasos presentación

personal, lo cual incide en los índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios

y vela por que el entorno estudiantil se mantenga aseado.

La inspectora es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento

de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.

AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES DE ASEO Y SERVICIOS MENORES DE MANTENIMIENTO

El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante función en las

dependencias interiores y exteriores de la escuela, son quienes exteriorizan con su

ejemplo y sencillez un clima de respeto hacia las personas con quienes comparten

el día a día, deben ser honestos, responsables y disciplinados al momento de

acatar las normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en

especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del entorno,

contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del proyecto educativo

Institucional.

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ESTUDIANTE

Nuestros estudiantes deben ser personas capaces de abrirse a la diversidad y a las

diferencias culturales, excluyendo la discriminación y propiciando la apertura de la

cultura escolar para vincularse de manera positiva con su entorno, cuidándolo y

disfrutando de él. El estudiante de la “Estrella del Sur” debe ser capaz de convivir

en un ambiente de respeto mutuo, honesto, empático y disciplinado, para lograr

así desarrollo de habilidades en lo cognitivo, emocional y social, convirtiéndose en

un ciudadano que reconozca y respete sus raíces, cumpla con sus deberes

escolares y sea un estudiante que pueda formular su proyecto de vida en la sólida

base de principios que lo forjen como un ciudadano capaz de cumplir con las

normas, buscar el bien común, opinando, aportando y exigiendo, cimentando así

oportunidades verdaderas para surgir en los diferentes ámbitos que le depare la

vida.

APODERADO

Nuestra escuela tiene como principal desafío la integración de la familia al proceso

educativo a través de su Proyecto Educativo Institucional. Por tanto, la participación

de este estamento debe generar una relación de colaboración mutua, en la relación

escuela-familia-comunidad. Se debe establecer un vínculo en donde confluyan

variadas dinámicas y estrategias en la cual la comunicación debe ser un factor

prioritario.

A su vez las familias deben colaborar con instancias que promuevan el aprendizaje

desde el hogar, tales como tareas y deberes, inculcar el hábito de estudio, valores

como el respeto, la honestidad y la disciplina. Las familias que integran la Escuela

“Estrella del Sur” deben manifestar su compromiso y responsabilidad con el proceso

educativo de sus hijos asistiendo a las convocatorias tales como reuniones de

padres, talleres, encuentros, etc.

Deben además colaborar activamente en las actividades que organiza el Centro

General de Padres., mantener una buena relación con los integrantes de la

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comunidad educativa, ser respetuosos y cordiales y además respetar la

organización interna que las escuelas presenta.

En el contexto actual, la escuela debe ser un agente crucial y mediador para con las

familias buscando estrategias para entregarles contenido cultural y cognitivo y

generar así condiciones institucionales que hagan posible integrarlos a una

educación inclusiva y de respeto a la diversidad.

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PROYECCIONES DEL PEI

Dicho proceso estará a cargo de Equipo de Gestión, quienes verificarán el

cumplimiento de lo estipulado en el Proyecto Educativo Institucional.

El Equipo de Gestión Directiva deberá elaborar informes anuales de estado de

avance y presentarlos a la comunidad educativa y al Consejo Escolar de acuerdo a

indicaciones previamente señaladas.

Los respectivos encargados de áreas (Liderazgo, Convivencia y Gestión

Pedagógica) serán responsables de la puesta en marcha, ejecución y evaluación

de cada uno de los proyectos generados en el PME en concordancia con el PEI.

SEGUIMIENTO

El Proyecto Educativo Institucional, será revisado anualmente y si es necesario será

sometido a ajustes, de los cuales se derivarán lineamientos estratégicos que

implementará la escuela para el nuevo periodo.

Este proceso se realizará con la participación de los distintos actores de la

comunidad educativa, preferentemente al término de cada año.

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METAS

GESTIÓN PEDAGÓGICA.

OBJETIVO: Consolidar estrategias de desarrollo profesional a través del trabajo

colaborativo e inter disciplinario para desarrollar habilidades cognitivas de orden

superior en los estudiantes.

Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas

1. Mediciones de Implementación curricular en las asignaturas de Lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales e Historia.

2. Resultados SIMCE

emitidos por MINEDUC.

Reporte de resultados emitidos por UTP.

Reportes de socialización de resultados con los docentes.

Acta de acuerdos con remediales a implementar.

Incrementar en un 10% anual los resultados de las pruebas de cobertura curricular de los estudiantes.

Subir 12 puntos en las evaluaciones SIMCE, tomando como base la medición del 2018.

3. Desarrollo de habilidades en los estudiantes vinculadas al currículum

Reportes por habilidades

Que el 50% de cada curso tenga un desarrollo elemental de las habilidades trabajadas.

4. Disminuir el porcentaje de estudiantes ubicados en el nivel insuficiente en Lenguaje. Matemáticas, Ciencias e Historia.

Reportes de resultados de pruebas de cobertura curricular.

Reporte de resultados SIMCE entregados por el Ministerio de Educación

Disminuir de un 51% a 30% la ubicación de los estudiantes en el nivel insuficiente

Aumentar de un 34% a un 44% la ubicación de los estudiantes en el nivel elemental.

Aumentar de un 15% a un 26% la ubicación de los estudiantes en el nivel adecuado

5. Implementación de las acciones PME en el

Plan de mejoramiento educativo

Lograr al término del periodo de 4 años el

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área de gestión pedagógica

95% de cumplimiento de las acciones

6. Mejorar los índices de promoción escolar en todos los niveles

Resultados de promoción termino año escolar

Alcanzar a lo menos 89 % de promoción de los estudiantes en cada uno de los niveles

LIDERAZGO

OBJETIVO: Liderar y gestionar el PEI y PME del establecimiento con una visión de

mejoramiento continuo y ejecutar un liderazgo efectivo técnico y pedagógico.

Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas

Subir el rendimiento de los estudiantes en los estándares de aprendizaje y en su desarrollo personal y social.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

Aumentar en un 10 puntos el desarrollo de los IDPS, tomado como base la medición 2018.

Mejorar los índices de eficiencia interna de la institución referidos a retención escolar

Resultados de promoción termino año escolar.

Aumentar los resultados de índices de retención escolar de un 80% a un 95% en 4 años del ciclo de mejora.

Mejorar los índices de eficiencia interna de la institución escolar referidas a asistencia.

Resultados de asistencia escolar

Aumentar los resultados de índices de asistencia escolar en 6 puntos porcentuales en relación al período 2018 en un lapso de 4 años.

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CONVIVENCIA ESCOLAR

OBJETIVO: Mejorar el clima de aprendizaje y la convivencia escolar en el establecimiento consolidando un apropiado clima escolar a través de la vinculación de acciones de convivencia con el currículo e impactar en el desarrollo integral de los estudiantes

Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas

1. Difundir y aplicar el manual de convivencia vigente, utilizando criterios para implementar

Informe descriptivo del manual de convivencia.

100% de la comunidad educativa conoce y acepta el manual de convivencia.

El 75% de los apoderados manifiesta conformidad en la aplicación de los protocolos establecidos.

2. Formalización y funciones de la norma y acciones preventivas de violencia

Manual de convivencia , estadísticas e informes evaluaciones de casos atendidos.

El 100% de los estudiantes del establecimiento trabajan formalmente con el manual de convivencia.

3. Funcionamiento de instancias y estrategias de integración y participación de la comunidad escolar

Acta de reuniones de las organizaciones que componen la comunidad escolar.

El 80% de los miembros de la comunidad educativa participa de los espacios dados.

80% de la comunidad educativa vincula las acciones de convivencia con el currículum.

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ÁMBITOS EDUCATIVOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

Indicadores Medios de Verificación Metas estratégicas

1. Autoestima académica y motivación escolar.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

Incrementar los resultados en el IDPS, donde sean iguales o superior a 80 puntos.

2. Clima de convivencia escolar.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

Incrementar los resultados en el IDPS, donde sean iguales o superior a 80 puntos.

3. Participación y formación ciudadana.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

El 90% de los estudiantes participa en los talleres de formación ciudadana.

El 95% de los estudiantes habilitados para sufragar participa del proceso.

El 95% de los estudiantes, participa de las acciones en favor de la diversidad social y cultural.

4. Hábitos de vida saludable.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

Vincular 3 asignaturas con el plan de desarrollo de los IDPS.

El 90% de los estudiantes participa en los eventos.

El 80% de los estudiantes adquieren hábitos sobre consumo y cuidado del agua.

5. Equidad de género.

Reporte de agencia de la calidad de la educación

El 85% de los estudiantes participa en los talleres de vida afectiva, sexual y social.

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El 100% de los cursos o niveles participan de taller de temática de género e igualdad de condiciones.

GESTIÓN DE RECURSOS

OBJETIVO: Administrar eficientemente los recursos humanos y materiales que se

disponen para impulsar y fortalecer la actividad educativa y lograr mejores

resultados de aprendizaje.

Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas

1. Dotación docente y asistentes de la educación según las necesidades del establecimiento

Contrato y planes de trabajo de RRHH, según necesidades.

El 100% del RRHH cumple con las funciones de acuerdo al perfil de cargo.

2. Disponer de los recursos educativos y materiales tecnológicos para optimizar los procesos de aprendizaje

3. .

Listado de materiales inventario, fotografías, informes periódicos de su uso.

Disponer del 100% de los recursos necesarios para apoyar y optimizar el proceso de enseñanza.

4. Optimizar los procesos de aprendizaje con el uso de los recursos adquiridos

Reporte estadístico comparativo de los procesos.

A lo menos el 90% del uso de los recursos impactan en la mejora de los aprendizajes.

5. Gestionar los recursos que entregan los programas de apoyo a la educación PME, PIE, SEP y FAEP

Reporte estadístico de cada programa

A lo menos el 95 % de los recursos se gestiona vinculada a la gestión pedagógica.

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AREA DE RESULTADOS

OBJETIVO: Establecer resultados institucionales en todas las dimensiones

triangulando información contenida en los planes de gestión, PEI y PME, para lograr

institucionalizar estrategias que permitan obtener mejores resultados de aprendizaje

y alcanzar la media nacional.

Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas

1. Aumento de porcentaje de estándares de aprendizaje en nivel elemental y adecuado en todas las asignaturas

Informe de la agencia de la calidad , SIMCE

Subir 12 puntos en las evaluaciones SIMCE, tomando como base la medición del 2018.

2. Cambio de categoría de desempeño agencia de la calidad.

Reporte ministerio de educación, avance año a año

Subir a la categoría de desempeño de medio-bajo a medio.

3. Desarrollo de habilidades en los estudiantes vinculadas al currículum

Reportes por habilidades

Que el 50% de cada curso tenga un desarrollo elemental de las habilidades trabajadas.

4. Disminuir el porcentaje de estudiantes ubicados en el nivel insuficiente en Lenguaje. Matemáticas, Ciencias e Historia

Reportes de resultados de pruebas de cobertura curricular

Reporte de resultados SIMCE entregados por el Ministerio de Educación

Disminuir de un 51% a 30% la ubicación de los estudiantes en el nivel insuficiente.

Aumentar de un 34% a un 44% la ubicación de los estudiantes en el nivel elemental.

Aumentar de un 15% a un 26% la ubicación de los estudiantes en el nivel adecuado.

5. Disminuir la deserción escolar creando condiciones favorables para

Estadísticas de subvención SIGE

Aumentar los resultados de índices de retención escolar de un 80% a un 95% en 4

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subir los índices de retención y asistencia

años del ciclo de mejora.

Aumentar los resultados de índices de asistencia escolar en 6 puntos porcentuales, en relación al período 2018 en un lapso de 4 años.

6. Difundir el MCE, en la comunidad educativa gestionando el cumplimiento de sus acciones.

Informe evaluativo del MCE.

100% de la comunidad educativa conoce y acepta el manual de convivencia.

El 75% de los apoderados manifiesta conformidad en la aplicación de los protocolos establecidos.

7. Lograr la categorización Medio según los estándares de la Agencia de Calidad.

Informe de la Agencia de calidad

La escuela logra cambiar

categorización agencia de la calidad de medio bajo a medio.

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ANEXO 1: REGLAMENTO CONSEJO DE PROFESORES

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I. ORIENTACIONES

Art. 1

El Consejo de Profesores es un Organismo de Carácter Consultivo integrado por el

personal Docente Directivo, el personal Técnico Pedagógico y por todo el cuerpo

docente del establecimiento.

Art. 2

El Consejo de Profesores tendrá carácter resolutivo cuando la Dirección del

Establecimiento así lo explicite y la materia tratada no escape al ámbito técnico

pedagógico y de formación que establece el Proyecto Educativo del

establecimiento, el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y el Reglamento

Interno de Orden Higiene y Seguridad.

Art.3

El consejo de profesores es una instancia fundamental para el logro de los objetivos

educativos de la escuela. Es el núcleo central de la toma de decisiones en los

ámbitos de la organización del currículum, evaluación y análisis del diseño de

enseñanza y necesidades de los estudiantes, organización, implementación y

adecuación de planes pedagógicos y todo lo referente a los procesos evaluativos

de los estudiantes.

II. PARTICIPACIÓN

Art. 4

Las reuniones profesionales docentes se realizan a lo menos una vez a la semana

y son obligatorias para todos los miembros del cuerpo docente. La Dirección del

colegio es quien convoca y establece horarios de tiempos no lectivos, priorizando

una metodología activa-participativa que fomente el desarrollo del trabajo

colaborativo entre pares en coherencia con las necesidades del establecimiento y

el cumplimiento de las metas institucionales.

Art. 5

Todo docente, tiene la responsabilidad de asistir con puntualidad a todos los

Consejos de Profesores. La asistencia quedará registrada con nombre y firma de

cada integrante. Las ausencias deben ser justificadas personalmente ante la

dirección o UTP de ciclo correspondiente.

Art. 6

Es fundamental la participación activa de cada uno de los miembros del consejo,

cuidando: apagar celulares, no revisar libros de clases, no corregir pruebas o

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realizar otros trabajos. Las salidas durante esta reunión deben evitarse. Es

importante participar en comisiones, estar atentos a los temas que se trabajen y dar

opiniones cuando así se requiera.

Art. 7

Los profesores autorizados para ausentarse o con licencia médica, tienen la

responsabilidad de informarse de los temas tratados y los acuerdos tomados en

esta instancia, a través del acta que consigna el trabajo realizado.

Art.8

La temática de trabajos si así lo requiera se solicitará la participación de los

asistentes de la educación que les permita informarse de todos los temas tratados

y participar activamente en la toma de decisiones.

Art. 9

Cada integrante del Consejo de Profesores tiene el derecho de expresar libre y

responsablemente su opinión profesional y pudiendo ser consultado sobre materias

atingentes al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de las actividades

propias de la escuela, ya sea en los ámbitos de convivencia escolar o del programa

de integración que están para apoyar la gestión de aula y potenciar a los

estudiantes.

III. ORGANIZACIÓN

Art. 10

El Consejo de Profesores lo preside el/la director/a del establecimiento o quien

designe, en coherencia a la temática tratada.

Art. 11

El Consejo General de Profesores elegirá al profesional docente que representa a

los profesores en el Consejo Escolar. Quien recogerá las inquietudes y necesidades

presentadas por el cuerpo docente para lo cual tendrá un tiempo exclusivo dentro

de la sesión si lo requiere. En cada sesión de consejo de profesores, existirá una

Secretaria de Actas que tomará nota y redactará está considerando los acuerdos

tomados, los que serán revisados y monitoreados al inicio de la sesión siguiente.

Art. 12

Cada sesión de Consejo de Profesores tendrá una tabla que responderá como

mínimo a la siguiente estructura:

A- Revisión y monitoreo de acuerdos sesión anterior

B- Informaciones generales de la comunidad.

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C- Abordaje de temáticas establecidas y/o consensuadas con los propios

docentes y que respondan al cumplimiento de metas institucionales.

D- Conclusiones y acuerdos.

E- Espacio docente y/o varios.

Art. 12

El Consejo de Profesores aborda aspectos formativos de los siguientes tipos:

reflexión-discusión sobre temas pedagógicos, disciplinarios, de convivencia escolar,

orientación; aspectos informativos y de programación de actividades dentro del

período lectivo; organización de actividades solidarias y recreativas; entre otras

acciones referidas a la labor formativa y pedagógica que establece el Proyecto

Educativo.

Art. 14

El Consejo de Profesores se puede desarrollar en las siguientes modalidades:

Consejo General de Profesores, Consejo de Nivel, Consejo de Ciclo, Consejo

Específico de un curso, Reuniones de Departamento de Asignatura, Consejos de

Articulación de ciclos, Consejos de Subciclos, Consejo de Profesores Jefes, entre

otros.

IV. FUNCIONES

Art. 15

Proponer e impulsar acciones tendientes a mejorar el proceso educativo,

enfatizando la formación de valores, personales y sociales, según lo promueve el

Proyecto Educativo de la escuela.

Art. 16

Revisar los resultados obtenidos por los estudiantes en todos los ámbitos de

formación general y específica y, de acuerdo a ello, proponer las estrategias,

recursos y momentos de premiación y estímulo positivo a quienes destacan por sus

méritos y logros.

Art. 17

Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación

interna y externa, y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de

refuerzo tendientes al mejoramiento de los logros alcanzados.

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Art. 18

Estudiar y analizar situaciones que afecten la sana convivencia escolar,

procediendo según lo establece el Reglamento Interno de Convivencia Escolar de

la escuela para acordar las medidas pedagógicas formativas, reparatorias y/o de

sanción apropiadas a cada caso.

Art. 19

Colaborar activamente en la ejecución y evaluación de los planes de gestión para

contribuir al cumplimiento de las metas establecidas en cada uno de ellos.

Art. 20

Analizar, promover y desarrollar iniciativas destinadas a fortalecer la comunidad

educativa y su relación con redes de apoyo.

V. VIGENCIA

Art. 21

El presente Reglamento tendrá una vigencia de un año, desde la fecha en que sea

revisado y puesto en conocimiento de los docentes, pero se entenderá

automáticamente prorrogado por períodos iguales si no se presentan observaciones

para su revisión por parte de cualquier miembro del cuerpo docente, la Dirección de

la escuela Estrella del Sur.

Art. 22

La solicitud y sugerencia de revisión del presente reglamento debe ser presentada

por escrito ante el/la director/a del establecimiento señalando con precisión el

ajuste, actualización o complemento solicitado. El/la Director/a resolverá con

consulta al representante de los docentes ante el Consejo Escolar y a al equipo de

gestión del establecimiento.

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ANEXO 2: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLA DE TRABAJO

DE CENTRO DE ESTUDIANTES

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PRESENTACIÓN

El Reglamento Interno del Centro de Estudiantes de La Escuela Estrella del Sur,

tiene la misión de garantizar la participación del alumnado en los ámbitos que les

corresponda para bien de toda la Comunidad Educativo. Son una invitación para

generar espacios de mejores compromisos y colaborar así al cumplimiento de las

metas institucionales.

Queda normado así una forma de participación y, al mismo tiempo, la posibilidad

de crear otras formas que permitan, especialmente al alumnado, nuevas instancias

en las que se pueda expresar la vida.

Estos Estatutos son, además, una invitación para quienes tienen el talento del

“liderazgo”, de la “conducción”, para ponerlo al servicio de los demás en la tarea de

la animación de personas.

Como toda comunidad viva, este Reglamento dibuja nuestro presente, pero debe

proyectarnos hacia el futuro y, por ello, debe estar abierto a la revisión constante y

así poder expresar mejor su meta, que es el fortalecimiento de la comunidad

estudiantil.

Animados a seguir colaborando en la construcción de nuestra Comunidad

Educativa, para que en la excelencia que busca, sea mejor “casa, patio y escuela

que educa para la vida”.

LA DIRECCIÓN

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TÍTULO I DE LA DIRECTIVA Y LOS CARGOS

ART. 1: La Directiva del Centro de Estudiantes de la Escuela Estrella del Sur, en

conformidad a lo estipulado en el Decreto Núm. 524 de 1990, modificado por

Decreto Núm. 50 de 2006 y el Título II, Artículo 10 de los Estatutos de los Centros

de Estudiantes y basados en la formación del ciudadano(a) solidarios y

comprometidos con su sociedad. Estará conformada por:

1. Presidente

3. Secretario

4. Tesorero

4. Delegado de Deportes

5. Delegado de Cultura

6. Delegado de Medio Ambiente

ART. 2: Para efectos de subrogación de la presidencia, se procede según el orden

jerárquico anterior.

ART. 3: En caso de ausencia de los primeros tres integrantes de la directiva, se

permite que los restantes integrantes presentes elijan quien subrogará al

presidente.

TÍTULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUTOS DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA

ART. 3: Son atribuciones del Presidente(a) del Centro de Estudiantes (CEES):

1. Liderar y representar al alumnado, como un líder, a objeto de animar,

conducir, representar las ideas y planteamientos de los estudiantes, creando

las condiciones para la consecución de sus objetivos colectivos coordinando

como primer responsable la discusión y ejecución de los proyectos.

2. Representar como única voz a los Estudiantes ante la Dirección y el Consejo

de Profesores, en todas aquellas ocasiones en que las necesidades y

acontecimientos de la vida escolar lo requieran, sin perjuicio de las

atribuciones que le corresponden a la Directiva.

3. Presidir el Consejo de Presidentes, del que es miembro y en el que podrá

tomar parte de los debates y votar.

4. Convocar al Consejo de Presidentes a sesión extraordinaria, cuando lo

estimase conveniente con Acuerdo de la Directiva de Centro de Estudiantes.

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5. Convocar a los Comités Generales del Centro de Estudiantes a sesión

extraordinaria, cuando lo estimase conveniente con Acuerdo de la Directiva

de Centro de Estudiantes. En tal caso, presidirá la reunión.

6. Integrar el Consejo Escolar, representando el sentir y voluntad de los

estudiantes.

7. Emitir informe fundado para solicitar la destitución del Asesor del Centro de

Estudiantes, informando previamente a la Dirección y al Consejo de

Presidentes.

8. Sobre el incumplimiento de las funciones del Asesor; Convocar la elección

del Tribunal Calificador de Elecciones y de los vocales de mesa, de la manera

prevista por este Estatuto y el Reglamento Interno de cada Centro de

Estudiantes, e instituirlo con la facultades y autonomía que el cargo requiere;

y Responsabilizarse, junto con el Asesor del Centro de Estudiantes.

9. Las reuniones del CEES son presididas por el Presidente(a) o quien le

reemplace. Sin embargo, todas las decisiones se toman de común acuerdo

mediante votación a mano alzada. Por lo tanto, son todos corresponsables

de las decisiones tomadas y nadie puede desvincularse de esta

responsabilidad.

ART. 4: Son funciones del Secretario:

1. Ser testigo fiel y tomar acta de toda reunión del Consejo de Presidentes y de

los Comités Generales del Centro de Estudiantes, presididas por el

Presidente de Centro de Estudiantes, por el Presidente Subrogante, o por el

Delegado correspondiente.

2. Ser testigo fiel y tomar acta de las reuniones de la Directiva de Centro de

Estudiantes.

3. Difundir los acuerdos tomados por el Consejo de Presidentes y los Comités

Generales del Centro de Estudiantes, a través del Diario Mural y de la Página

Web del Centro de Estudiantes, si la hubiere.

4. Hacer cumplir y recordar a los miembros de la Directiva los acuerdos

válidamente tomados.

5. Redactar y enviar citaciones, circulares y respuesta de cartas.

ART. 5: Son funciones del Tesorero:

1. Crear, en conjunto con la Directiva, el Presupuesto Anual de Centro de

Estudiantes, en conformidad a lo que este Reglamento establece;

2. Organizar las actividades que estimare conveniente, con el objetivo de

conseguir los fondos que el Proyecto Anual demande, de acuerdo a las

determinaciones que adopte el Consejo de Presidentes;

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3. Entregar un informe mensual sobre los Fondos de Centro de Estudiantes, al

Consejo de Presidentes y al Director cuando así lo solicite;

4. Dar cuenta sobre la contabilidad de los Fondos, a la Asamblea General,

durante la sesión ordinaria de ésta y Entregar balance final de egresos e

ingresos en la Cuenta Pública final antes del cambio de Directiva.

ART.6: Delegados:

I. Los delegados forman parte del equipo de trabajo del centro de estudiantes, su función está orientada a recibir y gestionar diversas actividades de acuerdo a lo que les ha sido designado, además son los encargados de mantener un diálogo fluido y cercano con los delegados de cada curso frente al área en la cual ellos están a cargo. Cada uno de los delegados debe tener presente lo siguiente:

a) Deportes: Fomentar el deporte dentro del establecimiento ayudando a entablar mejores redes de amistad dentro del establecimiento.

b) Cultura: Informa del papel del estudiante, reconoce y estimula fortalezas. Enfatiza el aporte y ayuda mutua de elementos culturales entre los propios estudiantes. En una estrecha relación con él o la coordinador/a de extraescolar del establecimiento.

c) Medio Ambiente: Fomentar la conciencia Ecológica velar por el desarrollo de actividades en un ambiente limpio, preservando y mejorando el entorno. De los cual se desprende el cuidado del interior de sus salas de clases, el patio del establecimiento, así como otras dependencias de la escuela.

ART.7: Delegado de Deportes.

El cargo tiene como rol crear espacios e instancias para la práctica participativa de

variados deportes dentro de la gestión del CEES.

1. Presentar un proyecto anual a la directiva los estudiantes que representen al

colegio deportivamente.

2. Apoyar las actividades deportivas del colegio cuando se solicite.

3. Mantener y velar por el buen estado de los implementos deportivos que se

adquiera para desarrollar las actividades que organice.

TÍTULO III DE LAS NORMAS COMUNES A LA DIRECTIVA

ART.8: Son funciones y atribuciones de la directiva en su conjunto las siguientes:

1. Debe asistir a todos los actos oficiales de la escuela.

2. En el caso de producirse vacancia de algún cargo, será la directiva quien

determinará los nombres que serán presentados en la terna al Consejo de

Presidentes.

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3. En cuanto la directiva del CEES asuman su cargo, el(la) Director(a) del

establecimiento junto con el Equipo de liderazgo presentarán una terna de

nombres de los posibles candidatos a Profesor Asesor del CEES, la directiva

elegirá de entre la terna a su Profesor Asesor.

4. Solicitar salas y dependencias de la escuela, a través de su Asesor, para

realizar actividades, reuniones o asambleas.

5. Al momento de solicitar salas, espacios, materiales o medios a otro

estamento de la escuela, lo debe canalizar a través del Asesor, quien es el

único autorizado para realizar dicho trámite.

6. Ser consultados por dificultades, necesidades y aspiraciones, actividades

extracurriculares, uso de tiempo de libre disposición, actividades que

promuevan los OAT, PEI, actividades extraescolares en las puedan participar

ART.9: De la Junta electoral:

La Junta Electoral estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno de los

cuales podrá formar parte de la Directiva o de los organismos y comisiones creados

por éste. Le corresponde organizar, supervigilar y calificar todos los procesos

eleccionarios que se lleven a cabo en los organismos del Centro, de acuerdo con

las disposiciones que sobre elecciones se establecen en la normativa legal vigente,

los cuales serán asesorados por un profesor designado por Dirección.

ART.10: La forma de seleccionar a los miembros de la Junta electoral será por

sorteo, público e informado entre todos los estudiantes matriculados en el período

lectivo comprendidos entre 5° año y 8° año básico respectivamente, exceptuando a

los estudiantes que se encuentren en postulación a algún cargo.

TITULO IV REQUISITOS DE POSTULACION

ART. 11: Para optar a cargos en la Directiva del Centro de Estudiantes, el postulante

deberá cumplir los siguientes requisitos:

1) Tener a lo menos un año de permanencia en el establecimiento al momento de

postular.

2) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Estudiantes por infracción

a sus reglamentos.

3) Poseer rendimiento y conducta deseable al cargo que postula. Entendiendo por

rendimiento una nota mínima de postulación de 5.0 y por conducta el cumplimiento

de los siguientes requisitos: no poseer en su hoja de vida anotaciones de carácter

grave, gravísimo o cartas de condicionalidad durante el año en que se postule como

en el año anterior a su postulación.

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ART.12: Para optar a cargos específicos del Centro de Estudiantes, el estudiante

debe poseer los siguientes requisitos.

• PRESIDENTE/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.

• SECRETARIO/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.

• TESORERO/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.

• DELEGADOS/AS: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.

TITULO V ELECCIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.

DE CARÁCTER GENERAL.

1. Las elecciones se deben realizar de manera anual 45 días antes de finalizar el año escolar o dentro de los 45 días iniciado el año escolar. 2. La votación debe ser universal, informada y secreta. 3. Cada lista poseerá un tiempo determinado en el cual podrá entregar a la comunidad escolar sus propuestas. DE CARÁCTER ESPECÍFICO.

1. Junta Electoral es el organismo encargado de organizar, supervigilar y calificar todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo en el Centro de Estudiantes. Esta estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno de los cuales podrá formar parte de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso o de los organismos y comisiones creados por éste. 2. La Junta Electoral poseerá una lista donde figure el universo de votantes (estudiantes de 3° a 8° básico), la que deberá ser firmada por los electores al momento de sufragar. 3. Los votos serán elaborados y numerados por la Junta Electoral y Profesor Asesor. 4. Al momento de producirse la votación los estudiantes encargados del proceso eleccionario cortaran la parte numerada del voto para un mejor control, del número de votantes y los votos emitidos. 5. La lista que logre el 50% + 1 de los votos o más de 10 puntos de diferencia con la lista siguiente, será la lista ganadora. 6. Si ninguna de las listas logra obtener el 50% +1 de los votos o la diferencia de más de 10 puntos en los mismos, se procederá a una segunda vuelta entre las dos listas que obtuvieron mayor cantidad de votos. 7. La segunda vuelta se llevará a cabo después de una semana de realizada la primera vuelta. Durante esta semana se realizarán las actividades de propaganda por parte de cada una de las listas que pasaron a la segunda vuelta. 8. Levantar un acta al finalizar el proceso eleccionario en el cual se indique de manera clara: Hora de inicio del proceso eleccionario y la hora de finalización, cantidad de estudiantes participantes, número de votos obtenidos por cada una de las listas participantes, conformación del Centro de Estudiantes señalando quienes

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son sus integrantes para finalizar el acta debe registrar si se ha producido alguna situación irregular dentro del proceso eleccionario. 9. Finalizado el proceso eleccionario se presentará el acta respectiva Director(a) e Inspector(a) General del establecimiento y se coordinará el acto de entrega de mando de la directiva saliente. 10. Los votos, actas y listas con los nombres de los participantes serán entregadas

al profesor Asesor quien las conservará.

TÍTULO VI DE LAS SANCIONES Y EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO DE

ESTUDIANTES.

ART.13: Ningún estudiante integrante del CEES tiene fuero especial. Es decir,

deben regirse como cualquier estudiante por las normas de convivencia. Por lo

tanto, en caso de incurrir en una falta grave, el Asesor deberá resolver en conjunto

con el resto del CEES si procede la expulsión del estudiante del CEES.

ART14: El CEES junto al Asesor tendrán la facultad de aplicar sanciones de carácter

interno a sus integrantes cuando el caso lo amerite.

ART.15: En caso que uno o más de un estudiante de la Directiva del CEES bajen

su rendimiento académico, el asesor resolverá según su criterio podrá decidir un

tipo de sanción basado en las normas de convivencia y el reglamento interno en

conjunto con el Director (a).

TÍTULO VII DE LAS REUNIONES DE LA DIRECTIVA

ART.16: El CEES realizará una reunión mensual obligatoria y/o semanal, si el caso

lo amerita. Reunión que se realizará al interior de la escuela y en la cual deberán

estar presentes todos los integrantes de la Directiva y el Profesor Asesor.

ART.17: En caso de ausencia de uno de los integrantes, este deberá justificar su

inasistencia con el Presidente o con el Asesor, previo a la reunión y, por lo tanto,

estará obligado a acatar las decisiones que en dicha reunión se tomen.

ART.18: El presidente no tiene derecho a imponer su parecer al resto de la directiva,

pues al interior del CEES todos tienen igualdad de voz y voto. En caso de empate,

el Asesor debe dirimir, previa argumentación por las partes.

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PLAN DE TRABAJO 2019

El trabajo del centro de estudiantes estará centrado en canalizar sus necesidades

y aspiraciones en el consejo escolar, de manera de promover el derecho de los

estudiantes. De lo anterior es que para su organización se realizaran las

siguientes acciones.

Sesionar periódicamente para:

Coordinar su participación activa en celebraciones tales como día del estudiante,

día del profesor, entre otras.

Trabajar y generar un reglamento de uso para de Kiosco saludable.

Participar activamente en actividades que promuevan el cuidado del medio

ambiente.

Coordinar con la dirección del establecimiento, un espacio físico para el trabajo del

CEES.

Participar de acciones que puedan organizar el centro de padres.

Promover en el estudiantado de manera permanente a la participación en la

actividades que se generen

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ANEXO 3: REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL

CONSEJO ESCOLAR

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PRESENTACIÓN

La Escuela Básica Estrella del Sur en su quehacer Educativo, siempre ha integrado

a los estudiantes, educadores, padres de familia y Personal Asistente de la

Educación; quienes conforman la Comunidad Educativa. A ellos, se les considera

en las diversas actividades relacionadas con la formación integral de los

estudiantes.

Considerando el objetivo de los Consejos Escolares: “Integrar a los distintos actores

que componen una Comunidad Educativa a través de la participación efectiva, de

manera que puedan informarse, participar, opinar y proponer sobre materias

relevantes del quehacer educativo, con el propósito de colaborar con la gestión

escolar de su establecimiento.

“Nuestro esfuerzo se centra en fortalecer en el clima de cercanía cálida, basado en

un diálogo e interacciones positivas entre los miembros de la Comunidad Educativa

para generar la corresponsabilidad y compromiso con el Proyecto Educativo.

Por ello, lo estipulado en la Ley 19.979, promulgada el 28 de octubre de 2004, donde

se estipula como obligatorio la creación de los Consejos Escolares, nos motiva, a

superarnos especialmente, si consideramos que los distintos actores de la

Comunidad contribuyen al logro de una Educación de Calidad.

LA DIRECCIÓN

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TITULO I DEL CONSEJO

De acuerdo a lo señalado en el artículo Nº 10 del Decreto que reglamenta el

funcionamiento de los Consejos Escolares y a las facultades que este mismo

entrega, Laura Elizabeth Bravo Godoy, en su calidad de directora del

establecimiento y presidente del consejo; Carlos Emilio Páez Contreras en

representación de los docentes; Pamela Garrido en representación del Centro

General de Padres y Apoderados; Rayen Valentina Riquelme en representación

del Centro de Estudiantes: Wilma Castillo Plaza en representación del Personal

Asistente de la Educación; y en representación de los Directivos Docentes. Todos

los anteriores, miembros del consejo Escolar de la Escuela ESTRELLA DEL SUR,

Comuna Pozo Almonte, constituidos con fecha 28 de marzo de 2019, han

consensuado el siguiente Reglamento Interno de funcionamiento.

OBJETIVO GENERAL:

¿Qué es el consejo Escolar?

Es un organismo creado por Ley Nº 19.979 del 28 de octubre de 2004, donde

participan los miembros de la Comunidad Educativo Pastoral, con el propósito de

dar respuesta a las necesidades del Colegio, para mejorar la gestión educativa.

Coadyuvar con la Unidad Educativa con el Proceso Educativo y en lo particular lo

relativo a programación anual y actividades extracurriculares, metas y proyecto de

mejoramiento propuestos, PEI, PME, elaboración y/o modificaciones a los

reglamentos y planes de gestión del establecimiento, evaluación del cumplimiento

de compromisos educativos.

¿Cuál será su método de trabajo?

Participación en reuniones sistemáticas de trabajo, con la asistencia de la mayoría

de los integrantes.

TITULO II DE LAS SESIONES

a) ORDINARIAS: Estas se realizarán cuatro anuales.

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b) EXTRAORDINARIAS: Cuando una situación o problemática emergente así lo

amerite.

c) DE LAS CITACIONES: Estas se cursarán por escrito, recordando las fechas.

TITULO III DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO

a) QUIENES FORMAN PARTE:

Aquéllos que permite y/o sugiere el artículo tercero del Decreto Nº 24 del 27 de

enero de 2005 del Ministerio de Educación.

b) QUIENES PODRAN FORMAR PARTE:

Todo representante de un sector significativo de la Comunidad Educativa.

c) CONDICIONES PARA PERTENECER AL CONSEJO:

Aquéllas que otorga el Decreto Nº 24 del 27 de enero de 2005, artículo tercero del

Ministerio de Educación y tener la aprobación de la Dirección del Colegio.

d) PERÍODO QUE PERMANECEN:

Está determinado por la permanencia que tengan en el cargo.

e) CUANDO DEJA DE PERTENER UN MIEMBRO AL CONSEJO:

- Por desvinculación de la Comunidad Educativa.

- Por reiteradas faltas injustificadas a las reuniones.

- Por determinación de la Dirección del establecimiento educacional.

TITULO IV DEL SECRETARIO GENERAL

Será elegido por la Asamblea y deberá tomar nota de Acta.

TITULO V DE LAS ACTAS

Estas podrán archivarse o registrarse en un Libro de Actas, las que deberán ser

firmadas por todos los miembros del Consejo.

TITULO VI DE LA COMUNICACIÓN

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Cada miembro debe informar los acuerdos a sus representados, lo más

objetivamente.

Una copia de la comunicación debe ser remitida al Secretario del Consejo.

TITULO VII DE LOS ACUERDOS

Se consensuará por mayoría. Se elegirá a un miembro para que gestione y/o

informe los acuerdos.

TITULO VIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS

Asistir a las reuniones citadas. Guardar la reserva necesaria cuando la situación lo

amerite.

TITULO IX DE LAS ACTAS

Presentar objetivamente las peticiones y/o sugerencias de sus representados.

Ser escuchado respetuosamente.

Solicitar que los acuerdos se cumplan y las gestiones derivadas de ellos, se

realicen.

El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Escolar, podrá ser

modificado cuando un integrante lo solicite, fundamentando debida y cabalmente su

petición y con la aprobación de la mayoría.

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ANEXO 4: REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS

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PRESENTACIÓN

La tarea principal y fundamental de la Familia es colaborar en la formación y

educación de sus hijos, a través de un proceso que comienza con la

corresponsabilidad de la familia en la

comunidad educativa de la escuela y su organización con su acompañamiento,

formación y

apoyo permanente.

“En el propósito educativo que anhelamos, resulta fundamental la

corresponsabilidad de la

Familia en la Educación de las y los estudiantes, en sintonía con el Proyecto

Educativo, para aunar y complementar esfuerzos, logrando su desarrollo integral y

armónico”.

En esta línea se genera la necesidad del liderazgo de quienes tienen la

responsabilidad de llevar a cabo los procedimientos para fortalecer la dinámica entre

todos los padres y/o apoderados de nuestra Unidad Educativa. Labor que

desempeña el Centro General de

Padres y Apoderados.

LA DIRECCIÓN

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TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES

ART. 1

En Asamblea General de sub. -Centro de Padres y Apoderados de la Escuela

Estrella del Sur fue aprobado el Reglamento Interno de Organización y

Funcionamiento del Centro de Padres y Apoderados en conformidad a lo dispuesto

por el Decreto Nº 565, de 6 de junio de 1990, del Ministerio de Educación y

modificado por Decreto Nº 828, de 19 de enero de

1996.

ART. 2

El Centro de Padres y Apoderados de la Escuela Estrella del Sur, en adelante,

orientará su acción con plena observancia del desarrollo integral de los estudiantes,

que constituye una de las bases del establecimiento y de las atribuciones técnico-

pedagógicas

que competen exclusivamente a la escuela Estrella del Sur que le sirve de

plataforma; promoverá la unidad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyará

organizadamente las labores educativas de la escuela y estimulará el desarrollo y

progreso del conjunto de la comunidad escolar.

TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

ART. 3

El Centro de Padres y Apoderados, para llevar a cabo su misión, deberá:

a. Apoyar la labor formativa de la Escuela Estrella del Sur, interesándose por su

crecimiento moral y prosperidad material, teniendo como meta la formación integral

de sus estudiantes.

b. Estimular la cooperación y participación de la comunidad educativa, a través del

proyecto educativo de la Escuela Estrella del Sur, en las actividades escolares y

extraprogramáticas de ésta.

c. Mantener un vínculo permanente con la Dirección de Escuela Estrella del Sur,

para el cumplimiento de los objetivos del Centro General de Padres y Apoderados.

d. Proponer y patrocinar ante las autoridades de Escuela Estrella del Sur, iniciativas

en beneficio de la educación de los estudiantes.

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e. Interesar a sus miembros en la mejor formación de sus hijos e hijas o pupilos y

capacitarlos para ello mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los

aspectos moral, educacional y cívico social.

f. Orientar sus recursos, preferentemente para apoyar mutuamente a la Escuela

Estrella del Sur de la infraestructura necesaria para mejorar la calidad de la

educación - tanto en el aspecto material como formativo y, en general, todo aquello

que contribuya a una formación integral de los estudiantes.

g. Comunicar a la Dirección de la Escuela Estrella de las inquietudes, sugerencias

y proyectos emanados de un curso o de las directivas del sub. - centro.

ART. 4

DEFINICIONES

Padres y Apoderados:

Persona que representa al estudiante en su curso, definido en el momento de

matricular al estudiante.

Directiva de curso:

Padre o Apoderado elegido en reunión de curso para desempeñarse en algún cargo.

Definido en el presente reglamento.

El Centro de Padres y Apoderados se encuentra formado por las siguientes

categorías de miembros:

a.- Los Padres y Apoderados de los estudiantes.

b.- El Director de la escuela, a quien se le reconoce y otorga la calidad de miembro

activo del Centro de Padres y Apoderados o a quién él estime para su

representación.

ART. 5

Los integrantes del Centro General de Padres y Apoderados tendrán los siguientes

derechos:

a.- Elegir y ser elegidos para los cargos directivos del Directorio del Centro General

de Padres y apoderados y sub. -centros.

b.- Presentar cualquier proyecto o proposición al estudio del Directorio por

intermedio de los sub. -centro de cada curso, el que decidirá su rechazo o inclusión

en la tabla de la Asamblea del sub. -centro.

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Todo proyecto o proposición patrocinada por el 50% de los integrantes del sub. -

centro, será sometido a la consideración de éste, no pudiendo ser rechazado por el

Directorio del Centro de Padres y Apoderados.

c.- Participar con voz y voto en las asambleas generales para elegir el C.G.P.A. y

en las reuniones de curso.

ART.6

La calidad de miembro del Centro de Padres y Apoderados se perderá al momento

de dejar de pertenecer el estudiante a la escuela.

ART. 7

El Centro de Padres y Apoderados tendrá la siguiente estructura de funcionamiento:

a.- Asamblea General

b.- Asamblea de sub-centro

c.- Asamblea de cursos

TÍTULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL

ART.8

La Asamblea General del Centro de Padres y Apoderados se encuentra formada

por los padres y apoderados, de los estudiantes de la escuela que deseen participar

y, en ausencia de cualquiera de ellos, por quienes debidamente las representen, en

la forma indicada en este Reglamento.

ART. 9

Las asambleas generales podrán ser Ordinarias o Extraordinarias.

ART.10

Las Asambleas Ordinarias se celebrarán de acuerdo al cronograma anual de

actividades elaborado por el Colegio, y en ellas se tratarán las siguientes materias:

a.- Proceder a la elección de los miembros del Directorio del Centro General de

Padres y Apoderados, si corresponde.

b.- Informar sobre los avances de metas y presentación de proyectos.

ART.11

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Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán en las oportunidades que

el/ la presidente/a ó el/la directora/a acuerde convocar a ellas por estimarlas

necesarias para la buena marcha de la organización, o cada vez que se lo solicite.

En estas Asambleas Extraordinarias únicamente podrán tratarse las materias

indicadas en la convocatoria. Cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias,

será nulo.

ASAMBLEA DE SUB-CENTROS DE PADRES Y APODERADOS

ART. 12

Serán materias propias de las Asambleas de sub-centro, las siguientes:

a.- Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones.

b.- La reforma de los estatutos del Centro de Padres y Apoderados.

c.- La disolución del Centro de Padres y Apoderados.

d.- Elegir los integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas

e.- Las reclamaciones contra el Directorio del Centro de Padres y Apoderados

para hacer efectivas las responsabilidades que conforme a los estatutos les

correspondan.

Las asambleas generales del año serán calendarizadas al inicio del año y

aprobadas con la mayoría simple de los asistentes. Las reuniones extraordinarias

serán citadas por el directorio del centro general de padres y apoderados ante casos

excepcionales y debidamente de urgencia.

Las citaciones a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de sub-

centro se notificarán a los padres y apoderados por medio de sus hijos (a) o

pupilos(a).

La citación deberá hacerse, a lo menos, con dos días anticipación y, en el caso de

las Asambleas Extraordinarias, deberá contener la tabla de la materia que se va a

tratar.

Dirección de la escuela colaborará con la máxima diligencia, a fin de que las

citaciones sean despachadas oportunamente y los padres y apoderados tomen

debido conocimiento de ellas.

ART.13

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Para los efectos de las votaciones que se practiquen en las Asamblea General de

sub-centro, sea en reunión Ordinaria o Extraordinaria, cada curso será representado

sólo por una persona que podrá ser el presidente o quien le subrogue.

ART.14

Los acuerdos de asamblea general de sub-centro se adoptarán con el voto

conforme de la mayoría absoluta de los representantes de cada curso, salvo que la

ley, los estatutos del Centro de Padres y Apoderados o este Reglamento exijan un

quórum especial.

Cada curso tendrá derecho a un voto. De las deliberaciones y acuerdos se dejará

constancia en el Libro de Actas que llevará el Secretario. Las actas serán firmadas

por el Presidente, el Secretario o quien lo reemplace. En la cual se adjuntará las

planillas correspondientes con la votación de cada curso.

ART.15

Las Asambleas Generales de sub-centro serán presididas por el Presidente del

Centro de Padres y Apoderados, actuando como Secretario el que lo sea del

Directorio o la persona que lo reemplace. En caso de ausencia del Presidente, lo

reemplazará el Vice-Presidente y, en caso de faltar ambos, se estará al siguiente

orden de prelación:

a.- Tesorero

b.- Secretario

ASAMBLEA DE CURSOS DE PADRES Y APODERADOS

ART.16

La asamblea de los Sub-centros se encuentra constituida por todos los padres y

apoderados del curso que, guiados por un interés común, se han unido y, como

integrantes de una Comunidad Educativa velan por el desarrollo integral de todos

los educandos. Por tanto, cada uno de sus integrantes, juega un rol importante en

el logro de metas y programas a cumplir, tanto a nivel curso como a nivel de escuela.

ART.17

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En las deliberaciones del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, los Sub-

centros se encuentran representados por sus respectivos sub-centros, teniendo

derecho a voto el Presidente o quien lo represente de cada curso.

ART.18

Las asambleas de los Sub-centros pueden delegar en sus representantes ante el

Directorio del Centro de Padres y Apoderados con derecho a voto, esto es, el

Presidente de cada curso, las facultades que este reglamento les otorgan, tales

como aprobar las reformas que se introduzcan a los estatutos, conocer y aprobar el

presupuesto y balances anuales, etc.

ART.19

Los Directivas de cursos de Padres y Apoderados son organismos intermedios de

colaboración de la Comunidad Educativa, integrados por los padres y apoderados

que conforman cada curso, con las siguientes finalidades:

a.- Interesar y fomentar la responsabilidad de los padres y apoderados en la

formación integral de sus hijos e hijas.

b.- Apoyar, en todo sentido, la labor y actividades de la escuela.

c.- Patrocinar, ante la Dirección de la escuela y el Directorio del Centro de Padres y

Apoderados, iniciativas de carácter general y que sirven a un mayor logro de los

objetivos de la Comunidad Educativa, especialmente aquellos que guarden relación

con la formación integral de los educandos.

ART.20

Las Directivas de cursos, se elegirán en la primera reunión del año escolar. Sólo

podrán postularse las personas que cumplan con los requisitos del artículo 25 de

este reglamento.

ART.21

Una vez elegidas las directivas se remitirá la nómina de sus integrantes con sus

datos personales a la Dirección de la escuela y al Directorio del Centro de Padres y

Apoderados.

ART.22

Las directivas podrán sesionar cuando lo estimen necesario o lo solicite la Profesor

(a) Jefe. Tanto para las reuniones de sub-centros como para las reuniones de

Padres y Apoderados de curso, se notificará con anticipación a la Dirección de la

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escuela, a objeto de no interferir con las actividades que se programan a nivel de

toda la escuela o de Centro de Padres y Apoderados.

ART.23

Las directivas, son las encargadas de organizar y dirigir la participación de los

padres de familia de su curso, en el cumplimiento de los objetivos del Centro de

Padres y Apoderados, teniendo presente en todo momento la labor asesora de la

Profesor (a) Jefe del curso.

Les corresponderá, asimismo, vincular a sus respectivos cursos con el Directorio

del Centro de Padres y Apoderados. Durarán un año en sus cargos y podrán ser

reelegidos indefinidamente.

DIRECTORIO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

ART.24

El Centro de Padres y Apoderados será dirigido por un Directorio conformado de la

siguiente manera:

1.- Director de la escuela

2.- Presidente

3.- Vicepresidente

4.- Secretario

5.- Tesorero

6.- Director

Podrá incorporar adicionalmente:

1.- Delegado de Relaciones Publicas

2.- Delegado de Deportes

3.- Delegado de Cultura

Podrán ser reelegidos en un periodo seguido y cada periodo tendrá la duración de

3 años.

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ART.25

Para poder optar a un cargo del Directorio, se requiere cumplir con los siguientes

requisitos:

a.- Ser mayor de 21 años.

b.- Tener, a lo menos, un año de pertenencia a la directiva de curso y como mínimo

2 años en la escuela.

c.- Tener cualidades sociales y morales que lo habiliten para ejercer el cargo de

directivo en un establecimiento educacional.

d.- No estar procesado ni haber sido condenado por crimen o simple delito que

merezca pena aflictiva.

ART.26

La elección del Directorio deberá efectuarse durante el mes de abril y comenzará

sus funciones a los 15 días de la elección. La votación será universal, secreta e

informada. El Directorio se elegirá de entre la nómina de postulantes que

confeccione el Centro de Padres y Apoderados y la Dirección de la escuela. Dicha

nómina se formará de la siguiente manera:

a.- Cada curso de la escuela podrá presentar 1 candidato, acompañando de una

breve reseña de sus antecedentes personales confeccionado por los respectivos

profesores jefes tales como: años de permanencia en la escuela, cargos

desempeñados, número de hijos en la escuela y aquellos que se estimen

adecuados para su mejor conocimiento y postulación. Motivos que inspiran su

postulación.

b.- El listado de precandidatos se remitirá al Directorio del Centro de Padres y

Apoderados durante el mes de noviembre, quien, en forma conjunta con la dirección

de la escuela, realizaran la confección de los votos con la lista oficial de candidatos

a Directivos.

ART 27

Serán electas las 9 personas que obtuvieren las más altas mayorías relativas. En

caso de producirse empate, decidirá la Dirección de la escuela.

Los directivos electos asumirán sus funciones a los 15 días de la elección y se

reunirán a fin de efectuar la repartición de los cargos.

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ART.29

El Directorio sesionará ordinariamente, a lo menos, una vez por semestre y

extraordinariamente cada vez que el Presidente lo determine o lo pidan a éste la

mayoría de sus integrantes indicando el objeto de la reunión. Las citaciones a

reunión ya sea ordinaria o extraordinaria, se efectuarán por comunicación escrita, o

mensaje de texto o bien vía telefónica.

El quórum para sesionar será el 50% de los Directivos. Los acuerdos se adoptarán

con el voto conforme de la mayoría absoluta de los Directivos presentes. Los

empates que se produzcan se dirimirán por votación; en el evento de repetirse,

decidirá el voto del Presidente o quien haga sus veces.

ART.30

En caso de fallecimiento, ausencia, renuncia o imposibilidad definitiva de un

directivo para el desempeño de su cargo, el Directorio le nombrará un reemplazante,

que durará en sus funciones sólo el tiempo que falte para que éste cumpla su

período.

Se entenderá por ausencia o imposibilidad definitivas, la inasistencia de un directivo

por un período de dos meses consecutivos.

ART. 31

Las atribuciones y los deberes del Directorio serán las siguientes:

a.- Dirigir el Centro de Padres y Apoderados y administrar sus bienes.

b.- Convocar las asambleas Ordinarias y Extraordinarias, en conformidad a los

estatutos.

c.- Someter a la aprobación de la asamblea los reglamentos que proceda dictar para

el buen funcionamiento del Centro de Padres y Apoderados.

d.- Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales de sub. -centro.

e.- Dar cuenta de la inversión de los fondos del Centro, mediante la presentación a

la asamblea de sub. -centro, del balance, inventario.

f.- Resolver, en forma conjunta con la Dirección de la escuela, las dudas y

controversias que surjan con motivo de la aplicación de estatutos y reglamentos. g.-

Ser considerado para la evaluación del PEI, definición de mecanismos para el actuar

coordinado, generar alianzas para el involucramiento de la familia en el PEI y apoyo

a los aprendizajes, mantener una buena comunicación con los distintos estamentos

del establecimiento, garantizando canales de comunicación expeditos.

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h.- Elaborar el plan de trabajo anual, en conformidad al Proyecto Educativo de la

escuela y darlo a conocer a los sub. -centro de padres y apoderados.

i.- Designar reemplazante de los Directivos, de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 31 del presente reglamento. El cual será sometido a votación en reunión de

sub-centro.

ART.32

De las deliberaciones y acuerdos del Directorio del Centro de Padres y Apoderados,

se dejará constancia en un Libro de Actas llevado por el Secretario y que será

firmado por todos los Directivos que hubieren concurrido a la sesión. El Directivo

que quisiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo, deberá exigir que

se deje constancia de su opinión en el acta.

TITULO V DE LOS CARGOS

DEL PRESIDENTE

ART. 35

El Presidente del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, lo representará de

las siguientes atribuciones:

a.- Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de Sub. - centro

de Padres y Apoderados.

b.- Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los

estatutos encomiendan al resto de los integrantes.

c.- Proponer al Directorio el plan general de actividades anuales estando facultado

para organizarlo y establecer prioridades en su ejecución.

d.- Velar por el cumplimiento de los Estatutos, reglamentos y acuerdos que adopte

el Directorio y el Sub. -Centro de Padres y Apoderados.

e.- Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes

f.- Firmar la documentación propia de su cargo.

g.- Dar cuenta, en la Asamblea General Ordinaria de Sub-Centro de padres y

apoderados que corresponda, en nombre del Directorio, de la marcha de la

institución y del estado financiero de la misma.

h.- Las demás atribuciones que señale este Reglamento.

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DEL VICEPRESIDENTE

ART. 36

a.- El Control de la constitución y funcionamiento de las comisiones de trabajo.

b.- Subrogar al Presidente en caso de enfermedad, permiso, ausencia o

imposibilidad temporales, renuncia o fallecimiento. En los casos de renuncia

aceptada o fallecimiento, el Vicepresidente ejercerá las funciones de Presidente

hasta la terminación del respectivo período, sin perjuicio del nombramiento de otro

Directivo para completar el número que establece este reglamento por el período

que falte. Según el artículo 31 del presente reglamento.

DEL SECRETARIO, TESORERO Y DELEGADOS

ART. 37

Corresponderá al Secretario:

a.- Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones en las que le

corresponda intervenir y certificar como tal la autenticidad de las resoluciones o

acuerdos del Directorio y de la Asamblea General de Sub. -Centro.

b.- Redactar y despachar, bajo su firma y la del presidente, toda la correspondencia

relacionada con el Centro de Padres y Apoderados.

c.- Contestar personalmente y dar curso a la correspondencia de mero trámite.

d.- Tomar las actas de las sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales del

sub-centro; redactarlas e incorporarlas antes de que se pronuncien sobre ellas, en

los libros respectivos, bajo su firma.

e.- Informar a la Asamblea conforme al contenido del archivo sobre las inhabilidades

que afecten a los candidatos a Directivos, cuando procediere.

f.- Despachar las citaciones a asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

g.- Formar la tabla de sesiones del Directorio y de Asambleas Generales de Sub. -

Centro, de acuerdo con el Presidente.

h.- Autorizar con su firma las copias de las actas que solicite algún miembro del

Centro de Padres y Apoderados.

i.- En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, el

Presidente, los Estatutos y el reglamento, relacionados con sus funciones.

j. - Llevar al día el archivo de toda la documentación del Centro de Padres y

Apoderados.

ART. 38

Corresponderá al Tesorero:

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Son deberes y obligaciones del Tesorero como encargado y responsable de la

custodia de los bienes y valores del Centro:

a.- Llevar al día los libros de contabilidad, en la forma establecida por el Centro de

Padres y Apoderados.

b.- Efectuar, conjuntamente con el Presidente, todos los pagos o cancelaciones

relacionadas con las Actividades del Centro de Padres y Apoderados, debiendo al

efecto firmar los documentos necesarios.

c.- Exhibir, a la asamblea del directorio, todos los libros y documentos de la

Tesorería que le sean Solicitados para su revisión y control.

d.- Presentar en forma extraordinaria un estado de tesorería, en cada reunión de

Directorio y a la Asamblea General de Sub-Centro el balance general de todo el

movimiento contable del respectivo período.

e.- Llevar y mantener al día los inventarios de todos los bienes del Centro de Padres

y Apoderados.

ART. 39

Serán funciones del Delegado de Deportes:

a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el directorio.

b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la

Directiva del Centro de Padres

c.- Realizar reuniones de coordinación con los delegados de los respectivos cursos

de la escuela, cuando corresponda.

d.-. Presentar al directorio un ante proyecto de actividades deportivas al finalizar el

año para ser incluido en el plan de trabajo del año siguiente.

ART. 40

Serán funciones del Delegado de Cultura:

a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el directorio.

b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la

Directiva del Centro de Padres

c.- Realizar reuniones de coordinación con los delegados de los respectivos cursos

de la escuela, cuando corresponda.

d.- Participar en todas las actividades que le encomiende la Dirección de la escuela.

e.- Presentar al directorio un ante proyecto de actividades culturales al finalizar el

año para ser incluido en el plan de trabajo del año siguiente.

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ART. 43

Serán funciones del Director:

a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el Directorio.

b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la

Directiva del Centro de Padres.

DE LOS CARGOS DEL SUB-CENTRO

ART. 44

a.- Presidente: Es quien dirige las reuniones y, juntamente con la Profesora (o) Jefe,

vela porque estas reuniones se ciñan a lo eminentemente educativo y, por lo tanto,

a una tabla programada con antelación.

Será responsable del inicio y término de las reuniones en los horarios establecidos.

Velará por el cumplimiento puntual de los acuerdos. Le corresponderá presentar y

plantear situaciones especiales o de urgencia ante el Directorio del Centro de

Padres y Apoderados y será el responsable de las votaciones de los cursos ante

del directorio del centro de apoderados.

b.- Vicepresidente: Subrogar al presidente en ausencia de éste y cooperar con el

Centro de Padres y Apoderados a nivel general y de curso.

c.- Secretario: Es labor del Secretario llevar un cuaderno de actas donde consten

los acuerdos tomados en las reuniones del sub. -centro o de asamblea de curso,

rendición de cuentas del Tesorero e información de los delegados de Pastoral,

Relaciones Publicas, Deportes y de la Profesora Jefe.

d.- Tesorero: Llevará a cabo la recaudación de dinero en las reuniones de padres y

apoderados, El dinero recolectado quedará en custodia del Tesorero, quien llevará

estricta cuenta de los ingresos y egresos. Dará cuenta del balance en cada reunión

de curso, efectuará las compras necesarias que se tomen en acuerdo en las

reuniones de curso.

TÍTULO VI DEL PATRIMONIO SOCIAL

ART. 45

El patrimonio del Centro de Padres y Apoderados se formará por:

a.- Las cuotas ordinarias y extraordinarias, debidamente fijadas y autorizadas por la

Asamblea General de sub. -centro.

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b.- El producto de los bienes y actividades sociales, debidamente contempladas en

el programa anual de la escuela.

ART.46

Las cuotas extraordinarias serán fijadas por las asambleas generales de sub. -

centros,

en casos calificados, y cuando sean precisas para el cumplimiento de los fines del

Centro de Padres y Apoderados, debiendo destinarse los fondos recaudados

solamente al objeto para el cual fueron solicitados.

TITULO VII DE LAS SANCIONES

ART.47

Los Directivos de los cursos, ante el Directorio del Centro de Padres y Apoderados,

son los canales por donde fluyen las orientaciones y decisiones, tanto de la

Dirección de la escuela como del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, por

lo que su asistencia a las reuniones del Sub. -Centro son esenciales para la buena

marcha de sus respectivos cursos, en cuya consideración la inasistencia, sin causa

justificada a tres reuniones, se sancionará con la pérdida de su calidad de Directivo

ante el curso.

El incumplimiento grave y notorio de los deberes inherentes al cargo que ocupen,

debidamente comprobado, harán asimismo perder de inmediato la calidad de

Directivo, siendo reemplazado por el tiempo que falte, por otro apoderado que

designe la asamblea-curso.

TITULO VIII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS

ART.48

La Comisión Revisora de cuentas estará integrada por tres Directivos, que serán

elegidos mediante votación, en asamblea de Sub. -Centro. Para ser miembros de la

Comisión Revisora de Cuentas será necesario cumplir con los requisitos

establecidos en el ART. Nº 25 de este reglamento.

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ART.49

Los miembros de la comisión Revisora Cuentas durarán solo el tiempo que lleve

este proceso el cual no podrá durar más de 15 días posterior a la elección del nuevo

directorio.

La conclusión a que llegue esta comisión la entregara tanto a la directiva elegida

como a la dirección del colegio. A fin de tomar razón.

TITULO IX DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO Y DE LA DISOLUCIÓN DEL CENTRO GENERAL

ART.50

La reforma del Reglamento vigente sólo podrá ser acordada con el voto conforme

de los dos tercios del total de los cursos representados exclusivamente por su

presidente, y citados exclusivamente con el objeto de pronunciarse sobre el

proyecto de reforma que deberá presentar el Directorio, por propia iniciativa o por

acuerdo de la Asamblea de Sub. -Centro. La asamblea de reforma deberá

celebrarse con la asistencia de un Representante de la dirección del Colegio, quien

deberá certificar que se han cumplido todas las formalidades que el estatuto exige

para acordar la modificación del o la disolución del Centro, según corresponda.

ART.51

La disolución voluntaria del Centro de Padres y Apoderados sólo podrá ser

acordada por dos tercios del total de los cursos del colegio reunidos en una

Asamblea de Sub- Centro Extraordinaria citada, solamente, para pronunciarse

sobre la proposición de disolución acordada por el Directorio, sobre la base

exclusiva de no disponer de medios para cumplir las finalidades de la institución.

ART. 52

Aprobada por la autoridad que corresponda, la disolución voluntaria o decretada su

disolución forzada, sus bienes pasarán al Dirección de la escuela.