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PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO:
ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE PALMA
Fecha de elaboración: mayo de 2017
Fecha de aprobación por el Consejo Escolar: 30/06/2017
Índice PEC1. Descripción del centro
1.1 Titularidad del centro1.2 Historia del centro1.3 Oferta educativa
2. Análisis del contexto sociocultural del centro i relación con el entorno2.1 Situación geográfica (localización y área de influencia)2.2 Marco socioeconómico2.3 Características físicas del centro (edificios: sede central i ampliaciones de aulas)2.4 Servicios del centro2.5 Alumnado2.5.1. Evolución de la matrícula2.5.2. Procedencia del alumnado2.5.3. Distribución del alumnado por edad2.5.4 Distribución del alumnado por sexo2.6 Coordinación con otras instituciones
3. Rasgos de identidad del centro3.1. Valores definidores3.2. Línea metodológica3.3 Concreción del currículum3.3.1. Adecuación de la enseñanza a los nuevos decretos de currículum3.3.2. Programaciones didácticas3.4. Evaluación del aprendizaje y de la práctica docente3.4.1. Evaluación del aprendizaje3.4.1.1. Introducción3.4.1.2. Cursos de evaluación continua3.4.1.3. Cursos de certificación de nivel3.4.1.3.1. Pruebas de certificación de nivel3.4.1.3.2. Comisión de elaboración de las pruebas de certificación3.4.1.4. Asignación de porcentajes para la calificación de cada una de las destrezasen los diferentes cursos y niveles de los idiomas3.4.2. Evaluación de la práctica docent
4. Reglamento de organización y funcionamiento4. 1. Regulación de la convivencia4.1.1. Derechos y deberes del alumnado4.1.1.1 Derechos del alumnado4.1.1.2 Deberes del alumnado4.1.2. Normas de convivencia para toda la comunidad escolar4.1.3. Conductas contrarias a las normas de convivencia4.1.4. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia4.1.5. Correcciones i sanciones4.2. Normas generales del centro4.2.1. Acceso al centro
2
4.2.2. Entradas, salidas y descansos4.2.3. Asistencia del alumnado4.2.3.1 Alumnado menor de edad4.2.3.2 Mínimo de asistencia del alumnado para la evaluación continua4.2.3.3 Mínimo de asistencia para no perder la oficialidad4.2.3.4 Permanencia extraordinaria en un nivel4.2.4 Matriculación4.2.5 Renuncia de matrícula4.2.6 Traslado de expediente4.2.7 Cambios de grupo4.2.8 Procedimiento de reclamación de notas4.2.8.1. Procedimiento de reclamación en el centre4.2.8.2. Procedimiento de reclamación ante la Consejería de Educación4.2.9. Organización de los espacios e instalaciones y normas para hacer un usocorrecto de los mismos para su conservación4.2.9.1 Utilización del material informático de las aulas4.2.9.2 Alumnado: aulas, zonas comunes, ascensor4.2.9.3 Gestión y uso de la biblioteca-aula multimedia4.2.9.3.1 Normativa de préstamo de material4.2.9.4 Normativa del estacionament de coches en el parking de la sede central4.3. Actividades culturales4.3.1 Definición y sentido4.3.2 Tipos de actividades culturales4.3.2.1 Actividades complementarias4.3.2.2 Actividades extraescolares4.3.2.3 Salidas escolares ortides escolars4.4. Estructura organizativa de la E.O.I. de Palma4.4.1 Órganos unipersonales de gobierno: el equipo directivo4.4.2. Órganos colegiados de participación y gestión4.4.3. Órganos de coordinación docente4.4.3.1 Departamentos4.4.3.2 Comisión de coordinación pedagógica4.4.3.3 Coordinadores de departamento o nivel4.4.3.4 Otras coordinaciones4.4.4 Personal de administración y servicios (P.A.S.)4.4.5 Personal del programa de inglés a distancia “That’s English”4.4.6 Personal de limpieza4.4.7 Auxiliares de conversación4.5 Normativa del uso de los dispositivos móviles4.5.1 Uso de dispositivos electrónicos en el aula4.5.2 Uso de dispositivos electrónicos fuera del aula
5. Plan de emergencia y evacuación5.1. Sede central en la c/Aragón5.2. Ampliación de aules en el I.E.S. Arxiduc Lluís Salvador5.3. Ampliación de aules en el I.E.S. Ses Estacions5.4. Ampliación de aules en el I.E.S. Joan Maria Thomàs5.5. Ampliación de aules en el I.E.S. Guillem Sagrera
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6. Proyecto lingüístico de la E.O.I. de Palma6.1 Introducción: ¿Qué es el proyecto lingüístico?6.2 Principios generalos de elaboración del proyecto6.3 Principios generales en la E.O.I. de Palma6.4 Actuaciones específicas6.4.1 En el ámbito institucional6.4.2 En el ámbito pedagógico6.5 Fundamentos legales
7. Plan de calidad de la E.O.I. de Palma7.1 Fundamentos legales7.2 Nuevo profesorado. Actuaciones incluidas en este plan de calidad educativa7.2.1 Programación de aula7.2.2 Práctica de observación de aula7.3 Estandarización de la corrección de pruebas7.4 Seguimiento del plan de calidad
8. Proyecto de convivència del centro8.1 Diagnóstico actual de la convivencia en el centre8.2 Respuestas que el centro da a las situaciones problemáticas8.3 Relación con las familias y con los servicios y recursos de nuestro entorno8.4 Composición de la comisión de convivencia
9. Canales de difusión, seguimiento, evaluación y modificación del P.E.C.10 . Normativa10.1. Marco normativo estatal10.2. Marco normativo autonómico
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1. Descripción del centro
1.1. Titularidad del centro
La Escuela Oficial de Idioma (de aquí en adelante E.O.I.) de Palma es un centro público de
régimen especial dependiente de la Consejería de Educación i Universidad del Gobierno de las
Islas Baleares
1.2 Historia del centro
La E.O.I. de Palma se creó el año 1986 y su primera sede estuvo donde se halla el actual C.E.P.
de Palma (c/Gregorio Marañón s/n). El curso siguiente, 1987-1987, se trasladó al actual I.E.S.
Emili Darder (c/Salvador Dalí, 3). La E.O.I. de Palma se trasladó al actual edificio de la calle
Aragón el año 1992. Les EOI de Maó i d’Eivissa varen ser extensions de l’EOI de Palma des del
1994 fins que es varen independitzar el 1999. L’EOI de Manacor va ser extensió de l’EOI de
Palma des de 1998 fins al 2002. L’EOI d’Inca va ser extensió de l’EOI de Palma des de 1999 fins
al 2002 i l’EOI Calvià des del 2001 fins al 2005.
1.3 Oferta educativa
En la E.O.I. de Palma se imparten los siguientes idiomas:
Idioma Año de implantación
Alemany 1987
Árabe 1999
Catalán 1987
Chino 2010
Español (lengua extranjera) 1992
Francès 1986
Inglés 1986
Italiano 1999
Ruso 1999
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Con la implantación del último plan de estudios el curso 2007-2008, las enseñanzas en todas
las EE.OO.II. de Baleares se organizan en los siguientes niveles:
Para los idiomas: alemán, catalán, español,
francès, inglés e italiano
Nivel Curso
Nivel Básico Básico 1
Básico 2
Nivel Intermedio Intermedio 1
Intermedio 2
Nivel Avanzado Avanzado 1
Avanzado 2
Nivel C1 C1
Nivel C2 C2
Para los idiomas tipológicamentedistintos: árabe, chino y ruso
Nivel Curso
Nivel Básico Básico 1.1
Básico 1.2
Básico 2
Nivel Intermedio Intermedio 1
Intermedio 2
Nivel Avanzado Avanzado 1
Avanzado 2
Nivel C1 C1
Nivel C2 C2
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Si una persona accede al actual plan de estudios desde el plan de estudios antiguo (extinguido
el curso 2008-2009), éstas son las equivalencias:
Situación Accede al
curso
Si estuvo matriculada de primero y no
aprobó
Básico 1
Si tiene aprobado primero Básico 2
Si estuvo matriculada de segundo y no
aprobó
Básico 2
Si tiene aprobado segundo Intermedio 1
Si estuvo matriculada de tercero y no aprobó Intermedio 2
Si tiene aprobado tercero (ciclo elemental) Avanzado 1
Si estuvo matriculada de cuarto y no aprobó Avanzado 1
Si tiene aprobado cuarto Avanzado 2
Si estuvo matriculada de quinto (ciclo
superior) y no aprobó
Avanzado 2
Si tiene aprobado quinto (ciclo superior) C1
Tal como establece la Orden de 8 de enero de 2008, por la cual se regulan los aspectos
generales de la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Islas
Baleares, los estudios de las EE.OO.II. han de tener como referencia las competencias propias
de los niveles A2, B1 y B2 del Marco Europeo Común de Referencia (M.E.C.R) para las lenguas:
Hasta el curso 2016-2017.
Nivel Cursos MCER Certificado
Básico Básico 1Básico 2
A1A2
Certificado de Nivel Básico
Intermedio Intermedio 1Intermedio 2
B1B1+
Certificado de NivelIntermedio
Avanzado Avanzado 1Avanzado 2
B2B2+
Certificado de NivelAvanzado
C1 C1 C1 Certificado de Nivel C1
C2 C2 C2 Certificado de Nivel C2
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A partir del curso 2017-2018Nota: para obtener los niveles B1 o B2 del MCER, se tiene que haver aprobado el B1.2 y elB2.2 respectivamente.
Nivel Cursos MCER Certificado
Básico Básico 1Básico 2
A1A2
Certificado deNivel Básico
Intermedio Intermedio 1Intermedio 2
B1.1B1.2
Certificado deNivel Intermedio
Avanzado Avanzado 1Avanzado 2
B2.1B2.2
Certificado deNivel Avanzado
C1 C1 C1 Certificado deNivel C1
C2 C2 C2 Certificado deNivel C2
En el momento de la redacción de este documento, se está llevando a cabo una revisión de
los niveles de las EE.OO.II., tanto a nivel autonómico como a nivel estatal. L’EOI de Palma
oferta cursos de diferents tipus (no tots els idiomes ofereixen tots els nivells):
- Cursos oficiales presenciales
- Cursos de inglés a distancia (cursos del programa That’s English en el marco del
convenio entre la comunidad autónoma y el M.E.C.)
- Cursos específicos
- Cursos de inglés para profesorado de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
La oferta educativa de la E.O.I. de Palma se elabora en función del alumnado matriculado
y de las persones preinscritas y, al ser un centro público, viene determinada por la
Consejería de Educación y Universidad.
Existe también una modalidad libre: el alumnado se matricula exclusivamente de las pruebas
de certificación o “libres” para obtener una titulación de las EE.OO.II..
Existe también el programa EE.OO.II.EE.S.S.. con los centros de secundaria públicos y
concertados de las Islas Baleares en el caso de los idiomas alemán, francès i inglés.
Curso 2016-2017
La oferta educativa en la modalidad oficial presencial es la siguiente:
Idioma Básico
1
Básico
2
Intermedio
1
Intermedio
2
Avanzado
1
Avanzado
2
C1 C2
Alemán x x x x x x x
Catalán x x x x x x x x
8
Español x x x x x x x
Francés x x x x x x
Inglés x x x x x x x x
Italiano x x x x x x
Idioma Básico
1.1
Básico
1.2
Básico 2 Intermedio
1
Intermedio
2
Avanzado
1
Avanzado
2
Árabe x x x x x x
Chino x x x x x x
Ruso x x x x x x x
La oferta educativa de la modalidad de inglés a distancia es la siguiente:
Idioma Básico
1
Básico
2
Intermedio
1
Intermedio
2
Avanzado
1
Avanzado
2
Inglés
(That’s
English)
x x x x x x
Se oferta un curso específico de italiano de pràctica oral de C1.
Se ofertan 7 cursos de inglés específicos para el profesorado de la C.A.I.B. (4 cursos de
Avanzado 2 y 3 cursos de C1).
2. Anàlisis del contexto sociocultural del centro y relación con el entorno
2.1. Situación geográfica (localización y área de influencia)
La E.O.I. de Palma se ubica en la Ciudad de Palma, capital de la isla de Mallorca y de las Islas
Baleares.
La isla de Mallorca cuenta con tres partidos judiciales. El área de influencia de la E.O.I. de
Palma es el partido judicial de Palma, que comprende los municipios de:
Algaida, Andratx, Banyalbufar, Bunyola, Calvià, Deia, Esporles, Estellencs, Fornalutx,
Llucmajor, Marratxí, Palma de Mallorca, Puigpunyent, Santa Eugènia, Santa Maria del Camí,
Sóller i Valldemossa.
Se exceptúan los alumnos procedentes de los términos municipales de Calvià y Andratx, en el
caso que puedan cursar los estudios de alemán, catalán e inglés en la E.O.I. de Calvià.
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En el àrea de influencia se incluyen las persones que viven, trabajan o estudian en un
municipio de los partidos judiciales de Inca o de Manacor y que quieran cursar estudios de los
idiomas y cursos no implantados en las EE.OO.II. de ambas localidades.
Según el I.N.E. (2016), los municipios del partido judicial de Palma tienen una población
censada de:
Municipio Población
Algaida 5394
Andratx 10873
Banyalbufar 522
Bunyola 6669
Calvià 49580
Deia 642
Esporles 4959
Estellencs 323
Fornalutx 687
Llucmajor 35057
Marratxí 36001
Palma de Mallorca 402949
Puigpunyent 2021
Santa Eugènia 1636
Santa Maria del Camí 6832
Sóller 13791
Valldemossa 2003
TOTAL ZONA INFLUENCIA 579939
Se ha de tener en cuenta que ésta es la población censada, pero a la E.O.I. de Palma pueden
acceder personas que, a pesar de no estar censades en uno de estos municipios, trabajan o
estudian en un municipio de la zona de influencia, por lo cual la zona de influencia de la E.O.I.
de Palma es mayor que la población censada que aquí consta. También pueden acceder
persones de otros partidos judiciales donde no se imparten algunos estudios que sí oferta la
E.O.I. de Palma..
2.2. Marco socioeconómico
El sector terciario o de servicios es el principal motor de la economía de la isla de Mallorca y
de su capital, Palma, y del resto del partido judicial que le pertenece. El turismo, sobre todo
en la bahía de la ciudad, es fundamental. Esto provoca que gran parte del alumnado de la
E.O.I. de Palma trabaje en el mundo del turismo (aeropuerto, hoteles, restaurants...).
El comercio y los servicios públicos (sanidad, educación, universidad y Administración en
general) también tienen gran importancia al ser Palma la capital de la comunidad autónonma
de las Islas Baleares.
2.3 Características físicas del centro (edificios: sede central y ampliaciones de aulas)
En el curso 2016-2017 la E.O.I. de Palma está ubicada en 5 edificios: 1 sede central y 4
ampliaciones de aulas en 4 institutos de educación secundaria:
Edificio Dirección Númerode aulas
Horario de laE.O.I. dePalma
Sede central C/Aragó 59, 07005-Palma 14 9 a 21 h
Ampliación de aulas en elI.E.S. Arxiduc Lluís Salvador
C/Gilabert de Centelles 12,07005-Palma
18 16 a 21h
10
Ampliación de aulas en elI.E.S. Ses Estacions
C/Marquès de la Fontsanta10, 07005-Palma
9 16 a 21h
Ampliación de aulas en elI.E.S. Joan Maria Thomàs
C/Pablo Iglesias 93,07004-Palma
17 16 a 21h
Ampliación de aules en elI.E.S. Guillem Sagrera
C/Salvador Dalí 5, 07011-Palma
9 16 a 21h
11
12
Los 5 edificios se hallan en el ensanche de Palma. La sede central y las ampliaciones de aulas
de los II.EE.SS. Arxiduc Lluís Salvador i Ses Estacions se encuentran muy cerca de la Plaza de
España, centro neurálgico de la ciudad.
Espacios de la sede central de la E.O.I. de Palma (C/Aragó 59)
Planta baja Conserjería, secretaría, despacho de “That’s English”, departamentos decatalán y de español, despachos del equipo directivo, aula 1.
Primer piso Biblioteca-aula multimédia, departamentos de alemán, de francès y de inglés,aulas 2,4,5 y 6.
Segundo piso Aulas 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, sala de profesorado.
Tercer piso Departament de árabe, chino, italiano y ruso.
13
Espacios en las ampliaciones de aulas
IES Arxiduc Lluís Salvador Sala de profesorado y 18 aulas
IES Ses Estacions Sala de profesorado y 9 aulas
IES Joan Maria Thomàs Sala de profesorado y 17 aulas
IES Guillem Sagrera Sala de profesorado y 9 aulas
2.4 Servicios del centro
Biblioteca y aula multimedia (http://bibliotecaiaulamultimedia.eoipalma.com/)
Página web (http://www.eoipalma.com)
2.5 Alumnado
2.5.1 Evolución de la matrícula
Por modalidad de estudios
Año
académico
Alumnado
oficial
Alumnado
de las
pruebas de
certificación
o “libre”
Alumnado
programa
That’s
English
Alumnado
convenio
EOIES
Alumnado
cursos
específicos
y otros
cursos
TOTAL
2016-2017 6494 1478 605 902 7 9484
2015-2016 8297 1602 649 994 80 11622
2014-2015 9659 1424 712 847 212 12854
2013-2014 8300 1514 858 562 296 11530
2012-2013 5168 1868 774 285 501 8596
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Por idioma (alumnado oficial)
Año académico Alemán Inglés Árabe Catalán Español Francés Italiano Ruso Chino
2016-2017 707 4503 86 169 264 259 198 191 117
2015-2016 759 6013 116 178 280 321 217 269 144
2014-2015 765 7375 101 125 241 345 224 310 173
2013-2014 880 5796 115 101 249 405 235 335 184
2012-2013 823 2724 114 162 244 402 254 233 212
Por idioma y nivel (alumnado oficial)
T o d o s l o s i d i o m e s ( e x c e p t o á r a b e , r u s o y c h i n o
2 0 1 6 - 2 0 1 7 Básico 1 Básico 2 Intermedio1
Intermedi o2
Avanzado1
Avanzado2
C 1 C 2 T ot a l
A l e m á n 298 137 116 68 27 40 21 - 707
I n g l é s 620 694 726 861 626 584 310 81 4502
C a t a l á n 49 15 20 22 21 20 22 - 169
E s p a ñ o l 48 35 35 31 55 31 29 264
F r a n c é s 125 56 37 20 8 13 - - 259
I t a l i a n o 74 40 24 28 14 18 - - 198
Árabe, ruso y chino
2 0 1 6 - 2 0 1 7 Básico 1..1 Básico 1.2 Básico 2 Intermedioi 1 Intermedio 2 Avanzado 1 Avanzado 2 T ot a l
Árabe 26 21 12 11 8 - 8 86
Ruso 48 40 41 28 13 10 10 190
Chino 36 26 19 10 13 13 - 117
2.5.2 Procedencia del alumnado
2.5.3 El 13% del alumnado, en total 887 alumnos, es extranjero y de muy diversa
procedencia, como se puede observar en el siguiente desglose que contempla las
nacionalidades que tienen más alumnado:
País Alumnado
Argentina 58
cquador 45
Bulgaria 61
Colombia 51
Italia 59
15
País Alumnado
Alemania 50
Francia 17
China 42
Polonia 27
Rusia 47
Ucrania 27
Marruecos 32
Perú 26
Venezuela 18
Boiívia 49
Brasil 30
Chile 30
Otros 218
TOTAL 887
De estos alumnos extranjeros, hay 320 alumnos de paises hispanoamericanos, de llengua
materna española, según el desglose siguiente:
País Alumnado
Argentina 58
Ecuador 45
Colombia 51
Boiívia 49
Chile 30
Cuba 10
México 8
Paraguay 4
Perú 26
República Dom. 7
El Salvador 3
Uruguay 11
Venezuela 18
TOTAL 320
16
El alumnado extranjero que estudia catalán en la E.O.I. de Palma es ciudadano de los
siguientes paises:
País Alumnado
Alemania 3
Argentina 2
Austria 1
Brasil 1
Bulgaria 1
Ecuador 1
Francia 2
Marruecos 1
México 1
Moldavia 1
Perú 2
Polonia 2
Rumanía 5
Boiívia 3
Colombia 1
Guinea Ecuatorial 1
Japón 1
Suecia 1
Venezuela 2
TOTAL 32
2.5.3. Distribución del alumnado por edad
En lo concerniente a la edad, el desglose sería el siguiente:
Franjas de edad Cifras de alumnado
Entre 15 y 17 317
Entre 18 y 24 1093
Entre 25 y 30 982
Entre 31 y 40 1859
Entre 41yi 50 1356
17
Franjas de edad Cifras de alumnado
Entre 51 y 65 823
A partir de 65 64
TOTAL 6494
2.5.4. Distribución del alumnado por sexo
En relación al sexo del alumnado en nuestro centro, podemos observar que:
Sexo Cifras de alumnado
Hombres 2106
Mujeres 4388
TOTAL 6494
2.6. Coordinación con otras instituciones
Centro de Professorado de Palma (C.E.P.) Jaume Cañellas Mut
Uno de los jefes de estudios adjunto es el representante de formación en el claustro. Hace de
enlace entre el C.E.P. y el profesorado del centro en lo referente a las necesidades de
formación específicas del claustro.
Otras EE.OO.II.
Las EE.OO.II. de las Baleares, y en especial las de la isla de Mallorca, están en contacto
frecuente a través de la comisión de pruebas unificadas y la comisión de elaboración del
currículum, entre otras. También hay contacto para la participación conjunta en actividades
de formación que organiza el C.E.P..
También hay contacto con las EE.OO.II de otras autonomies para la participación en los
congresos estatales de EE.OO.II., que tienen lugar cada 2 años, y para el pilotaje de pruebas.
Ayuntamiento de Palma
La representante del Ayuntamiento de Palma en el Consejo Escolar hace de enlace con esta
institución.
ProgramAs internacionales
La E.O.I. de Palma está en contacto con diverses Instituciones extranjeras debido a su
participación en proyectos Internacionales de diferentes tipus desde 2007 y también participa
en la acogida de ayudantes lingüísticos con el soporte del Servicio de Proyectos Lingüísticos
de la Consejería de Educación y Universidad y del S.E.P.I.E. (Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación del M.E.C.D. (Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte).
18
Otros centros educativos (primaria y secundaria)
La E.O.I. de Palma oferta cursos de inglés para profesorado de la Comunidad Autónoma de las
Islas Baleares, tanto para centro públicos de primaria, secundaria y bachillerato como para
centros concertados.
3. Rasgos de identidad del centro
Al ser un centro educativo público, nuestros valores definidores forman parte de nuestra
esencia como centro educativo. La educación es para nosotros un proceso que permite
desarrollar el potencial humano que permite e incrementa la libertad y la responsabilidad de
las personas. Así mismo, es un proceso de socialización y adquisición de conocimientos que
está encaminado a nuestro desarrollo intelectual y ético.
3.1. Valores definidores
Nuestra escuela defiende un modelo de enseñanza basado en los siguientes valores:
Pluralismo ideológico y valores democráticos: estamos convencidos de que la pluralidad de
nuestra sociedad es enriquecedora y pretendemos que nuestra escuela sea un centro en el
que se respeten, se escuchen, estén en diálogo todas las procedencias, etnias e ideologías,
niveles económicos y opciones políticas no violentas ni totalitarias y se fomenten valores
democráticos y las formas de actuar que de todo ello derivan. Consideramos que el estudio
de lenguas extranjeras es una herramienta de gran valor para conocer otras culturas y para
potenciar, de esta forma, las habilidades interculturales y la tolerancia para con los demás.
Coeducación: la E.O.I. de Palma se incluye en el marco de la coeducación y trabaja con el fin
de superar esos hábitos, comportamientos, actitudes y tabús que impliquen discriminación o
desigualdad en los roles del hombre y de la mujer. Este principio tiene que estar presente en
la vida colectiva del centro a fin de potenciar un ambiente educativo seguro, estable y
equilibrado para el desarrollo satisfactorio del alumno.
Aconfesionalidad: la E.O.I. de Palma se manifesta aconfesional, en la medida en que no se ha
de excluir a nadie por razón de su religión ni intentar difundir, de manera directa o indirecta,
ninguna creencia religiosa.
3.2. Línea metodológica
La E.O.I. de Palma considera tan importante la adquisición de conocimientos como el
desarrollo integral de la persona. La línea metodològica de nuestra escuela ha de ajustarse,
consecuentemente, a esta idea y tiene que caracterizarse por un estilo de trabajo flexible en
relación a nuestros alumnos, profesores y diferentes idiomas que conforman la realidad de
nuestra escuela. Nuestra línea metodológica puede ser definida con los siguientes rasgos:
Deseamos hacer uso de una metodologia ecléctica y abierta sin nigún lazo con un método
concreto.
19
El modelo de lengua que pretendemos transmitir a nuestros alumnos es el que se dirige a la
acción, al uso. Es por lo tanto un modelo comunicativo en el cual se han de tenir en cuenta las
estrategias que utilizan los hablantes para activar las diferentes competencias que comprende
la competencia comunicativa, sin olvidar que también es importante que el alumno conozca
las estructures formales de la llengua de estudio.
Pensamos que es ssencial que el alumno reciba el máximo de exposición possible a la
lengua de estudio y que los textos orales y escritos que se le ofrezcan sean rico, reales y
de calidad.
Consideramos el aprendizaje autónomo y la motivación del alumno elementos
fundamentales para que su proceso de aprendizaje tanga exito.
Creemos que el proceso de aprendizaje se ha de centrar en el alumno, en sus capacidades
y cualidades, en sus formas de actuar y de aprender y, sobretodo, en sus necesidades.
Han de ser estas necesidades del alumno, en cada momento, las que aconsejen diferentes
recursos, diferentes estrategias, aunque esto suponga la conjunción de diferentes
enfoques metodológicos por parte del profesorado.
Consideramos que el alumno tiene derecho a recibir una enseñanza coordinada. Es por
esta razón que es fundamental el diálogo y el consenso entre los profesores. Cada
profesor tiene que entender que la escuela es una organización en la cual las actuaciones
individuales se han de complementar. Todo el profesorado ha de tener una visión general
de la escuela y no únicamente la visión parcelada e incompleta del paso de los alumnos
por el curso o idioma que imparte puntualmente..
Si bien la tarea del profesorado en el proceso de aprendizaje es muy importante, es
fundamental que nuestra escuela fomente en el alumno un pensamiento reflexivo y de
responsabilidad para con su aprendizaje. Tenemos que despertar en el alumno una
actitud curiosa, crítica e investigadora en todas las tareas de aprendizage que lleve acabo,
tanto a nivel individual como en equipo, haciéndolos conscientes de su propio proceso de
aprendizage.
En lo referente a los proceso de evaluación de los alumnos, creemos que han de
caracterizarse por su estricta objetividad, transparencia, calidad y fiabilidad.
3.3 Concreción del currículum
3.3.1. Adecuación de la enseñanza a los nuevos decretos de currículum
La enseñanza de idiomas en la E.O.I. se basa en el Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
a partir del cual se regulan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomes
de régimen especial
Por otro lado, en la Orden de 8 de enero de 2008 se establecen las características y la
organización de las enseñanzas de idiomes de régimen especial regulades por la Ley orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Islas Baleares. Según esta misma Orden, se
autoriza a las escuelas oficiales de idiomes a organizar e impartir cursos especializados para el
perfeccionamiento de competencias en idiomes y para cursos de nivel C1 y C2 del Consejo de
Europa.
20
Los aspectos básicos del currículum de los niveles básico, intermedio, avanzado, C1 y C2 de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial tienen como referencia las competencias propias
de los niveles A-2, B-1, B-2, C1 y C2, respectivamente, del Consejo de Europa, según están
definidos estos niveles en el Marco Europeo Común de Referencia para las lenguas.
La enseñanza de idiomas en el nivel básico tiene como finalidad principal capacitar el
alumnado para el uso del idioma de manera suficiente, receptiva y productiva, tanto de forma
hablada como escrita, como también para hacer de mediador entre hablantes de diferentes
lenguas, en situaciones cotidianas y de necesidad inmediata que requieran comprender y
producir textos breves, en lengua estándar, que aborden aspectos básicos concretos de temas
generales y que contengan expresiones, estructuras y léxico de uso frecuente.
La enseñanza de idiomas en el nivel intermedio tiene como finalidad principal capacitar al
alumno para el uso del idioma con cierta seguridad y flexibilidad, receptiva y productivamente,
tanto de forma hablada como escrita, así como hacer de mediador entre hablantes de
diferentes lenguas, en situaciones cotidianas y menos habituales que requieran comprender
y producir textos en una variedad de lengua estándar, con estructuras habituales y un
repertorio léxico común no muy idiomático, y que traten sobre temas generales, cotidianos y
en los que uno tenga un interés personal
La enseñanza de idiomas en el nivel avanzado tiene como finalidad principal capacitar al
alumno par el uso del idioma de forma fluida y con eficacia en situaciones habituales y más
específicas que requieran comprender, producir y abordar textos orales y escritos
conceptualemente y lingüìsticamente complejos, en una variedad de llengua estandar, con un
repertorio léxico amplio aunque todavía no muy idiomático y que aborden temas generales,
actuales o propios del campo de especialización del hablante
La enseñanza de idiomas en el nivel C1 tiene como finalidad principal capacitar al alumno para
utilitzar el idioma con flexibilidad, eficacia y precisión en todo tipo de situaciones, en los
ámbitos personal, público, académico y profesional, que requieran comprender y procesar
textos orales y escritos extensos y complejos, en diversas variedades estándars de la lengua,
con un repertorio de estructuras y de léxico amplio y que aborden temas tanto abstractos
como concretos, aunque el alumno no esté familiarizado con ellos
La enseñanza de idiomas en el nivel C2 tiene como finalidad principal capacitar al alumno par
expresar matices sutiles de significado con precisión y utilizar con gran corrección un
repertorio amplio de recursos de modificación; tener un buen dominio de expresiones
idiomáticas y coloquiales y ser consciente del nivel connotativo del significado; volver atrás y
reestructurar el discurso cuando encuentra una dificuldad, y hacerlo de una manera tan hàbil
que el interlocutor no se dé cuenta. El alumnado de este nivel tiene que consolidar el nivel de
conciencia referente a la relación que exite entre la llengua y la cultura, y, por lo tanto,
expandir su conocimiento cultural. Los aprendices han de poder manejar todo tipo de textos
(generales y de ficción). Tienen que adaptarse a las situaciones sociales que puedan darse y
mostrar un alto grado de flexibilidad para expresar opiniones, interactuar de forma oral y
escrita, y adecuar y hacer servir los registros sin que ello suponga ningún tipo de problema.
21
3.3.2. Programaciones didácticas
Cada departamento didáctico, a principios de curso, elabora su programación de acuerdo con
las directrices generales que figuran en las instrucciones de organización y funcionamiento de
las escuelas oficlales de idiomas
Criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas
Los criterios generales para su elaboración, que todos los departamentos didácticos
comparten, independientemente de sus peculiaridades son:
Ofrecer una información clara y precisa al alumnado de:
- Los objetivos y contenidos, generales y específicos que se han de alcanzar para cada uno de
los cursos y para cada uno de los niveles, con especial referencia a los mínimos exigibles.
- La secuenciación y distribución temporal de los contenidos en niveles i cursos.
- La metodología didáctica que se ha de aplicar incluyendo las diferentes estrategias de
aprendizaje.
- Los procedimientos, los criterios y los instrumentos de evaluación del aprendizaje del
alumnado.
- Los procedimientos, los criterios y los instrumentos de calificación para la superación de
cada curso y de cada nivel.
- Los libros de texto, material y recurso didácticos que se vaya a utilizar
- Las actividades complementarias y extraexcolares que se pretendan realitzar de acuerdo con
el programa de actividades extraescolares y complementarias del centro.
Contar con un documento público accessible a la comunidad educativa en el cual el
profesorado basará su actividad docente.
2. Disponer de un documento que puedan cotejar los diferentes departamentos
didácticos, para poner en común y homogeneizar los distintos aspectos de las
programaciones hasta donde lo permitan las particularidades de cada lengua.
3. Ofrecer una estructura clara e inteligible de la organización de la docencia y facilitar la
evaluación y autoevaluación de las programaciones que serán revisables anualment,
después de la memoria final y el análisis de los resultados académicos anuales.
4. Poder hacer extensible y asequible a todos los miembros del Consejo Escolar los
documentos didácticos de cada departamento
5. Si un profesor decide incluir en la programación de la actividad docente alguna
variación respecto a la programación conjunta del departamento, esta variación y su
justiflcación han de ser incluidas en la programación del departamento. Si els
departaments o algun dels seus membres fa cap variació en la programació didàctica
anual, aquesta variació i la seva justificació s’han d’incloure en la memòria final de
curs que elaboren els Departaments.
22
3.4. Evaluación del aprendizaje y de la práctica docente
3.4.1. Evaluación del aprendizaje
3.4.1.1 Introducción
La evaluación consiste en la recogida sistemática de datos que permite tomar decisions
referentes a los aspectos que se someten a seguimiento. Los objetivos que se persiguen
determinan el tipo de evaluación que se lleva acabo en cada momento (de clasificación, de
diagnóstico, de progreso, de aprovechamiento o de certificación). En cualquier caso, sin
embargo, todos los procesos de evaluación compartirán el objetivo de constituir un
instrumento válido, homologable y útil para los alumnos, que les impulse en su progreso de
desarrollo personal y que facilite la mobilidad y la igualdad de oportunidades que intenta
promover el M.E.C.R.. Por ello, se intentará que las pruebas cumplan los requisitos de validez,
fiabilidad, equidad, viabilidad, transparència y homogeneidad.
De acuerdo con el Decret 120/2002, de 27 de septiembre, y con la Orden de 8 de enero de
2008, en las escuelas oficiales de idioma, los alumnos han de ser informados del progreso y
las calificaciones en cada una de las destrezas por lo menos en tres momentos durante el
curso académico. En los cursos cuatrimestrales, se informará en un momento del curso,
además de la correspondiente evaluación para la promoción o cetificación.
3.4.1.2 Cursos de evaluación continua
En los cursos Básico 1, Intermedio 1 y Avanzado 1 se lleva a cabo la evaluación continua. En
los meses de diciembre, marzo y mayo, el alumnado realiza una prueba de progreso con la
finalidad de obtenir datos sobre su proceso de aprendizaje. Se hará, por otra parte, la
evaluación final para la promoción
El profesorado dispone de una hora semanal dedicada a atención al alumnado, en la que
puede hacer unes sesiones de tutorización más individualizadas y enfocades a orientar al
alumno en los aspectos en los que más lo necesita.
Cada una de las notes trimestrales de estos grupos tendrá la siguiente ponderación para
calcular la nota final en cada destreza: el 1er. Trimestre el 25% de la nota final, el 2º trimestre
el 25% de la nota final y el 3er. Trimestre el 50% de la nota final. Para aprobar y poder aplicar
la ponderación, además, se tendrá que obtenir por lo menos un 5 en cada destreza en el 3er.
Trimestre. Si el alumno no aprueba por evaluación continua según estos criterio, tendrá que
presentarse a la convocatòria ordinaria (mayo-junio).
En una enseñanza presencial el intercambio de información entre el alumnado y el
profesorado, esto solo es factible si la asistencia es regular. Según la resolución del Consejo
Escolar, el alumnado, para poder ser evaluado por evaluación continua, tiene que haver
asistido por lo menos a un 70% de las clases
Si un alumno no llega a este porcentage del 70% no podrá ser evaluado de esta forma, pero
podrá presentarse a la prueba de final de curso y mantenir el derecho a participar en todas las
pruebas que se lleven a cabo (aunque no se tenga en cuenta la nota).
23
3.4.1.3. Cursos de certificación de nivel
3.4.1.3.1 Pruebas de certificación de nivel
Se establecen cinco pruebas de Certificado de nivel: Básico, Intermedio, Avanzado, C1 y C2, las
cuales se adaptan a los estándares europeos del M.E.C.R.. La prueba final será obligatòria a
lafinalización de los nivels Básico 2, Intermedio 2, Avanzado 2, C1 y C2
Les directrices generales que establecen las instruccions de organización y funcionamiento de
las Escuelas Oficiales de Idiomas de las Islas Baleares para el curso 2016-17 exponen: “Tanto
el alumnado presencial, a distancia y libre ha de superar una prueba unificada para la
obtención de la certificación de los diferentes niveles, prueba que acredita que el alumno ha
alcanzado el nivel y ha adquirido las competencias establecidas en el currículum de las
enseñanzas de idiomes de las Islas Baleares”.
La evaluación de los cursos de certificación tiene como objetivo último la expedición de un
certificado. Esta certificación se llevarà a cabo mediante pruebas de dominio, es decir,
pruebas diseñadas para medir el grado de competència comunicativa lingüística general que
el alumnado tiene en la llengua objeto de evaluación. Estas pruebas tienen como referencia
los niveles establecidos en el currículum y están dirigides a las persones aspirantes de
cualquier modalidad, para cualquier idioma y en todos los centros autorizados. Comprenden
dos convocatorias, la ordinaria (mayo-junio) y la extraordinaria (septiembre
La normativa establece: “Cada una de las partes de la prueba ha de ser superada con un 60%
de la puntuación parcial. Igualmente la globalidad de la prueba también ha de ser superada con
un 60% de la puntuación total.
Los alumnos oficiales y libres se pueden examinar de todas las partes orales y escritas de la
prueba en la convocatoria de mayo/junio. Si a un alumno le queda alguna de estas parte
suspensa, en la convocatoria de septiembre únicamente se ha de examinar de la parte o delas
partes suspenses, tanto si son de la prueba escrita como de la prueba oral”.
El alumnado será evaluado de forma numérica del 1 al 10. Cada una de las partes también ha
de ser superada con un 60% de la puntuación parcial. Igualmente, la globalidad de la prueba
24
también ha de ser superada con un 60% de lapuntuación totla. La nota de aprobado se
establece en 5 puntos y equivale a un 60%.
Características de las pruebas de certificado de nivel:
• Las pruebas de certificado son un instrumento de evaluación, de estandarización, reglado
y objetivo, que tienen la finalidad de medir la competencia comunicativa.
• Las pruebas de certificado han de incorporar los principios de validez, fiabilidad, impacto
positivo, viabilidad y equidad, principios que han detallado los expertos del Consejo de Europa.
3.4.1.3.2 Comisión de elaboración de las pruebas de certificación
Las pruebas serán creadas por la Comisión de elaboración de las pruebas de certificación
dependiente de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Islas Baleares
siguiendo las instruccions para la elaboración de las pruebas de certificación para el alumnado
oficial y libre de las Escuelas Oficiales de las Islas Baleares para el curso 2016-17.
Las funciones de los profesores que sean miembros de las comisiones de pruebas unificadas
están incluidas en las instruccions para la elaboración de las pruebas de certificación
unificadas para el alumnado oficial y libre de las escuelas oficiales de idiomas de Baleares para
el curso 2016-17.
Destacan las siguientes:
a. reunirse con los jefes de departamento de los idiomes implicados de las escuelas de las
Islas Baleares a principios de curso para analitzar conjuntamente el funcionamiento de
las pruebas anteriores y proponer la mejoras adecuadas.
b. seleccionar, elaborar i editar los materiales para cada prueba.
c. someter a pilotaje les pruebas elaboradas durante el curs académico.
d. hacer una revisión de la versión definitiva de las pruebas antes de tramitarlas para
garantizar la corrección de las mismas en la edición.
Las comisiones de elaboración de laspruebas de certificación proponent anualmente los
cambios necesarios como resutado de la evaluación de las pruebas del curso anterior, por lo
tanto la información, especificaciones, formato y muestras de las pruebas de certificación de
cada uno de los niveles se publicant en la web de la Consejería de Educación y Universidad.
25
3.4.1.4 Asignación de porcentajes para la calificación de cada una de las destrezas en los
diferentes cursos y niveles de los idiomes
Según la resolución del director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente
de 31 de enero de 2011 (B.O.I.B. nº 24 de 17/02/2011), se asignan los siguientes porcentajes
para la calificación de cada una de las destrezas en los diferentes cursos y niveles de los
idiomes
Cursos:
Básico 1 y Básico 2, Básico 1.1 y Básico 1.2
La puntuación de las actividades de evaluación sobre el uso de la llengua se ha de incluir en la puntuación
correspondiente a la comprensión lectora.
Comprensión lectora 25%
Comprensión auditiva 25%
Expresión escrita 25%
Expresión oral 25%
Cursos:
Intermedio 1, Intermedio 2, Avanzado 1, Avanzado 2, C1, C2
Comprensión lectora 20%
Comprensión auditiva 20%
Expressión escrita 20%
Expresión oral 20%
Uso de la lengua 20%
3.4.2. Evaluación de la práctica docente
El profesorado evalúa y revisa sistemàticament su própia práctica docente mediante
reuniones de coordinación de nivel, las reuniones de departamento y las reuniones de
coordinación pedagógica y esto se refleja en las memorias de final de curso.
Las tres fases que nos dan información son aquelles que concretan el desarrollo de la pràctica
docente: preparación, desarrollo y evaluación.
A final de curso, los departamentos didácticos analizan los resultados académicos de los
alumnos y toman las decisiones pertinentes con el fin de revisar las programaciones, las
metodologías y los aspectos organizativos, entre otros, relacionados con estos resultados y
se procurará establecer la coordinación necesaria entre centros y departamentos, a fin de
actuar con criterios y processos de evaluación comunes.
26
4. Reglamento de organización y funcionamiento
4. 1. Regulación de la convivencia
4.1.1. Derechos y deberes del alumnado
[Concreción de los derechos y deberes del alumnado expresados en el Decreto 121/2010, de
10 de diciembre dels drets i deures de l’alumnat expressats en el Decret 121/2010 de 10 de
diciembre (B.O.I.B. nº 187, de 23 de diciembre de 2010) por el cual se establecen los derechos
y los deberes de los alumnos. ]
Todos los alumnos de la E.O.I. de Palma tienen los mismos derechos y deberes básicos.
La administración educativa y los órganos de gobierno del centro velarán por el correcto
ejercicio de los deberes y derechos de los alumnos y adoptarán las medidas de prevención
necesarias para garantizar los derechos y deberes de los alumnos y para impedir la comisión
de hechos contrarios a las normas de convivencia de este centro.
4.1.1.1 Derechos del alumnado
El alumnado de la E.O.I. de Palma tiene los siguientes derechos:
a) Derecho a recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su
personalidad.
b) Derecho a no sufrir descriminaciones por razón de su lugar de nacimiento, raza, sexo,
capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas,
discapacidad física, sensorial o psíquica, o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
c) Derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.
d) Derecho a la orientación educativa y profesional para conseguir el máximo desarrollo
personal, social y profesional.
e) Derecho a que se respete su identidad, intimidad y dignidad personal así como libertad
de conciencia, convicciones religiosas, morales o ideológicas.
f) Derecho a que el centro custodie y no difunda la información sobre las circunstancias
personales y familiares del alumnado. Dret a la informació i a la llibertat d’expressió.
g) Derecho a la manifestación colectiva de discrepancias.
h) Derecho de asociación en los temas previstos por la legislación vigente y crear
asociaciones y federaciones.
i) Derecho al uso de las instalaciones del centro con las limitaciones derivadas de la
programación de otras actividades autorizadas.
j) Derecho de reunión en su centro para desarrollar actividades de carácter escolar o
extraescolar que estén incluidas en el proyecto educativo del centro.
4.1.1.2 Deberes del alumnado
El alumnado de la E.O.I. de Palma tiene los siguientes deberes:
a) El estudio como deber básico: asistir a clase con puntualidad y participar en aquellas
acitividades orientadas al desarrollo de los currículums; cumplir y respetar los horarios
aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.
b) Deber de respetar al profesorado.
27
c) Deber de respeto y solidaridad para con los compañeros.
d) Deber de participar en el centro y de respetar los miembros de la comunidad
educativa.
e) Deber de cumplir con las normas de convivencia.
4.1.2. Norma de convivencia para toda la comunidad escolar
- Conocer estas normas y cumplir sus preceptos.
- Conocer y respetar el carácter propio y la normativa del centro, recogidos en el
Proyecto Educativo del Centro.
- Respetar la integridad física i moral de todos los miembros de la comunidad educativa,
así como sus pertenencias.
- Tener un trato respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa.
- Mantener un espíritu de buena convivencia, participación activa y cooperación en
todas las actividades que se llevan a cabo en el centro.
- Respetar las instalaciones, el mobiliario, el material y los bienes del centro.
- Mantener limpias y ordenadas todas las dependencias de las que cada miembro de la
comunidanetes haga uso.
- Llegar a clase con puntualidad con el fin de evitar interrupciones molestas para los
compañeros y para el profesorado.
- Respetar las indicaciones e instrucciones.
- Tener el teléfono móvil desconectado dentro del aula
- En lo referente a piezas de ropa que puedan cubrir parcialmente la cabeza o el rostro,
el alumno ha de ser identificable en todo momento.
- No asistir a clase bajo los efectos de las drogas o el alcohol.
- No hacer ruido.
4.1.3. Conductas contrarias al las normas de convivencia
Tienen la consideración de conducta contraria a les normas de convivencia los hechos
siguientes:
a) Expresar el desconocimiento de las normas de convivencia o no cumplir con sus
preceptos.
b) No respetar el carácter propio y la normativa del centro, expresados en el Proyecto
Educativo del Centro.
c) No respetar la integridad física o moral de todos los miembros de la comunidad
educativa o sus pertenencias.
d) Mostrar conductas irrespectuosas hacia algún miembro de la comunidad educativa.
e) Mostrar comportaments que distorsionin la bona convivència.
f) Hacer uso de las instalaciones, del mobiliario y del material del centro de forma
inadecuada.
g) No contribuir al hecho de que las instalaciones y dependencias del centro se matengan
en orden y limpios.
h) Fumar dentro del centro y en el recinto educativo.
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i) No respetar las indicaciones e instrucciones.
j) Hacer uso del teléfono móvil dentro del aula.
k) Mostrar una actitud negativa o que perjudique la realización de las actividades del
centro, sean lectivas o culturales.
l) Actuar de manera fraudulenta en la realización de exámenes.
m) Comportarse de manera incívica a la hora de respetar les plazas de estacionamento
del resto de miembro de la comunidad educativa.
4.1.4. Conductas gravemente perjudiciales para la conviencia
Tienen la consideración de conducta gravemente perjudicial los hechos siguientes:
a) Los actos de indisciplina, agresión física o moral, injuria u ofensas graves contra
cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
b) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de
convivencia.
c) La discriminación hacia algún miembro de la comunidad educativa por razones de raza,
sexo, nacionalidad, religión, situación económica o social o discapacidad física,
sensorial o psíquica.
d) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o
sustracción de documentos académicos.
e) El plagio y/o actuación fraudulenta en la realización de exámenes, tareas o trabajos.
f) El incumplimiento de las sanciones impuestas.
g) Los daños graves causados por un uso inadecuado o de manera intencionada en las
instalaciones de material o de documentos del centro o en los bienes de los miembros
de la Comunidad Educativa.
h) Los actos injustificados que perturben gravemente el desarrollo adecuado de las
actividades del centro.
i) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembro de
la comunidad escolar, así como el hecho de incitar a cometer esas actuaciones.
j) El hecho de fumar dentro del recinto del centro.
k) El hecho de asistir a clase bajo los efectos de las drogas o el alcohol.
4.1.5. Correcciones i sanciones
El incuplimiento de las normas de convivencia se ha de valorar en función de la situación y las
condiciones personales de cada alumno/a.
Les correcciones que se tengan que aplicar tendrán un carácter educativo y recuperador;
tendrán que garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado e intentarán
conseguir que las relaciones de los miembros de la Comunidad Educativa mejoren
El alumnado que, de manera individual o colectiva, cause desperfectos en las instalaciones del
centro o a su material (sea de manera intencionada o por negligencia) tendrá que hacerse
cargo de los gastos.
A la hora de decidir las correcciones, el hecho de reconocer espontáneamente la conducta
incorrecta y/o la falta de intencionalidad se podrán considerar circunstancias paliativas. En
29
contra, la premeditación, reiteración, el hecho de causar daño, injuria u ofensa a otros
miembros de la Comunidad Educativa se podrán considerar circunstancias agravantes.
Las conductas contrarias a las normas de convivencia se corregirán mediante una
amonestación verbal por parte del profesorado, el cual, dependiendo de la gravedad, podrá
expulsar el alumno e informará de ello a la jefatura de estudios. En el caso de que el alumno
se reitere en estas conductas o muestre conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia, tendrá que comparecer ante la dirección, que será quien decida la corrección a
aplicar. Llegado el caso, el Consejo Escolar será el encargado de supervisar el cumplimiento
de las correciones en los térmnos acordados.
Cuando se trate de una corrección o sanción a un alumno menor de edad, la jefatura de
estudios también tendrá que informar a los padres o tutores.
Las conductas contrarias a las normas de convivencia y las gravementes perjudiciales para la
convivencia por parte del alumnado serán corregidas según los artículos 54 y 59 (corresponde
al profesorado y al director del centro imponer las medidas correctoras en los términos
establecidos del Decreto 121/2010, de 10 de diciembre (B.O.I.B. nº 187 de 23 de diciembre de
2010).
4.2. Normas generales del centro
4.2.1. Acceso al centro
La sede central de la E.O.I. de Palma (C/Aragón 59) permanece abierta al público de lunes a
viernes de 9.00h a s1.00h, horario en el cual se imparten las clases.
Por motivos de seguridad, la entrada al centro queda restringida exclusivamente a las
personas que forman parte de la comunidad educativa de la E.O.I. de Palma. El acceso a la
zona de aulas del centro queda restringida a las personas matricualdas en la E.O.I..
El aparcamiento de la sede central tiene plazas reservadas para el personal del centro. Las
plazas restantes están a la disposición del alumnado y del público que desee informarse sobre
los procesos para formar parte de la comunidad educativa de la E.O.I. como, por ejemplo, los
procesos de solicitud de plaza o preinscripción.
Las ampliaciones de aulas situadas en los II.EE.SS Arxiduc Lluís Salvador, Ses Estacions, Joan
Maria Thomàs i Guillem Sagrera están a disposición de la comunidad educativa de la E.O.I. de
Palma en horario de 16 a 21 horas.
4.2.2. Entradas, salidas i descansos
Les clases han de durar dos períodos de un mínimo de 55 minutos cada uno. El profesorado
comunicará pa principios de curso a la jefatura de estudios cómo distribuirá los 10 minutos
restantes
En cualquier caso, cuando el alumnado salga de las aulas ha de evitar hacer ruido en los
pasillos.
Els profesorado se hará responsable de cerrar con llave sus aulas al terminar la jornada.
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4.2.3. Asistencia del alumnado
La asistencia continuada a clase y la puntualida por parte del alumnado es muy imortanes para
el correcto seguimiento y aprovechamiento del curso y para que el profesor pueda evaluar el
alumnado
Todo el profesorado llevará un registro de asistencia de todos sus grupos. La asistencia de los
viernes lectivos, de los días de exament y de los días en que se hagan actividades
complementarias también se contabilizarán.
Cada trimestre el profesorado hará llegar la información sobre la asistencia de su alumnado a
la jefatura de estudios.
El control de asistencia del profesorado, así como los permisos y licencias, se regulan a través
de las instrucciones de organización y funcionamiento de la Escuelas Oficiales de Idiomas,
según las resoluciones anuales de la Consejería de Educación y Universidad.
4.2.3.1 Alumnado menor de edad
Si lo solicitan a la dirección del centro, los padres, las madres o los tutores legales de los
alumnos menores de edad recibirán el resument de lasasistencias de sus hijos.
4.2.3.2 Mínimo de asistencia del alumnado para la evaluación continua
Para poder superar el curso mediante la aplicación de la evaluación contiua, la asistencia del
alumno tendrá que superar el 70%. En caso contrario, el alumno tendrá dos convocatorias (la
ordinaria en mayo-junio y la extraordinaria en septiembre) para superar el curso, en las cuales
no se tendrán en cuenta las notas que el alumno haya podido obtener durante el curso.
Aunqe la aplicación de la evaluación continua a los alumnos que deseen obtener una
certificación o certificado de superación de un ciclo no es definitora, ya que el alumno tiene
que superar la prueba unificada y homologada por la Consejeria de Educación y Universidad
la asistencia continuada es igualmente importante.
Aunque el alumno pueda justificar su ausencia el día de una prueba, en ningún caso se podrá
realizar esta prueba otro día y se calificar´el alumno como “No presentado”.
4.2.3.3 Mínimo de asistencia para no perder la oficialidad
Es un deber del alumnado asistir a clase regularmente y justificar debidamente las faltas de
asistencia.
La falta de asistencia injustificada a un 35% de las clases en un mismo curso escolar comporta
la pérdida de la oficialidad.
La perdida de la oficialidad implica que el alumno, en el curso escolar siguiente, será
considerado alumno de nuevo ingreso. Así pues, no se podrá matricular en la E.O.I. de Palma
el curso siguiente como antiguo alumno y tendrá que volver a hacer la preinscripción o
matricularse en las últimas vacantes.
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4.2.3.4 Permanencia extraordinaria en un nivel
La permanencia extraordinaria en un nive está regulada por la resolución del director general
de Formación y Aprendizaje Permanentemente de 3 de febrero de 2009. El procedimiento
administrativo que ha de seguir la persona interesada es el siguiente:
a) La persona interesada ha de hacer la solicitud por escrito y la ha de dirigir al director o
a la directora de la E.O.I. de Palma. En esa solicitud ha de hacer constar los motivos
por los cuales solicita la permanencia extraordinaria en un nivel.
b) La persona interesada ha de aportar la documentación que justifique feacientementei
las circunstancias alegadas
El resto del procedimiento está detallado en la resolución arriba mencionada.
Los motivos por los cuales se solicita la permanencia extraordianra y que documentación que
se tiene que adjuntar pueden hacer referencia a una enfermedad o alguna causa grave que
hayan sucedido entro de cualquiera de los cuatro años en los que la persona ha estado en el
nivel
Sólo pueden solicitar la permanencia extraordinaria en un nivel aquellas personar que han
agotado el plazo máximo prvisto para modalidad presencial en un nivel.
4.2.4 Matriculación
Para matricularse el alumnado tiene que realizar tres pasos dentro de los plazos establecidos:
1) registrar sus datos de matrícula online (en el caso de español presencialmente) y escoger
curso,
2) realizar el pago de las tasas y de la cuota escolar de 8€,
3) entregar en la E.O.I. de Palma los resguardos de matrícula, los justificantes del pago de las
tasas y la documentación justificativa.
El incumplimiento de los tres pasos arriba señalados invalida la matrícula y puede comportar
la pérdida de la plaza.
En ningún caso se aceptará una matrícula que no tenga toda la documentación necesaria.
La matriculación del alumnado no se considerará definitiva hasta que la secretaria de la E.O.I.
de Palma, una vez hechas las comprobaciones pertinentes, la dé por correcta. Un alumno
oficial no puede ser alumno de cualquier otra modalidad (pruebas de certificación,
EE.OO.II.EE,SS, cursos específicos y That’s English) del mismo curso e idioma.
4.2.5 Renuncia de matrícula
La regulación de la renuncia de matrícula está recogida en las instrucciones de organización y
funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2016-2017.
El alumnado de modalidad presencia podrá solicitar por escrito a la dirección del centro, en
cualquier momento del curso y no más tarde del mes de marzo (o con una antelación mínima
de quinze días naturales en los casos de los cursos cuatrimestrales), la renuncia de la matrícula
con el fin de no agotar las convocatorias previstas en la normativa vigente. La dirección de la
32
E.O.I. de Palma resolverá la solicitud en un plazo máximo de 10 días naturales. Sólo se podrá
solicitar la renuncia de matrícula de un curso global de un idioma y un nivel una sola vez. El
alumno no podrá continuar asistiendo a clase ni podrá ser evaluado. Esta renuncia no dará
derecho a la devolución de tasas, y, en el caso de querer continuar los estudios en otro
momento, el alumnado tendrá que volver a participar en el proceso de admisión. La renuncia
constará en su expediente académico, pero no computará a efectos de permanencia ni en el
curso ni en el nivel correspondiente.
4.2.6 Traslado de expediente
La regulación de los traslados de expediente está recogida en las instrucciones de organización
y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2016-2017.
Si un alumno una alumna desea hacer un traslado de expediente a otra E.O.I., tendrá que
solicitarlo por escrito a la E.O.I. en la que desea proseguir las enseñanzas, como muy tarde
antes del final del mes de abril. Los traslados de expediente sólo se aceptarán en el caso de
que haya plazas vacantes en el curso solicitadoy se justifique el traslado por cambio de
domicilio o de lugar de trabajo. En el caso de ser aceptado, el alumno tendrá que abonar la
tasa por traslado de expediente en la E.O.I. desde la que se traslada sólo si se traslada a una
EO.I. de fuera de las islas Baleares, y el centro hará llegar un informe de evaluación
individualizado con la información necesaria para poder continuar el proceso de aprendizaje.
Este informe lo elaborará el profesor correspondiente.
En la E.O.I. de llegada de las Islas Baleares únicamente se tendrá que abonar la tasa de
apertura de expediente.
Los traslados de expediente solicitados a partir del día 1 de julio se tendrán que resolver, si
hay plazas vacantes, antes de la adjudicación de las últimas vacantes antes de la adjudicaicón
de la últimas vacantes en el mes de septiembre, priorizado los traslados entre islas.
4.2.7 Cambios de grupo
En la E.O.I. de Palma el procedimiento de cambio de grupo se hace online el mes de octubre.
Las fechas exactas se comunican el mes de septiembre a la comunidad educativa.
Fuera de este plazo, la E.O.I. de Palma puede realizar cambios de grupo excepcionalelmente
por motivos justificados (mediante una solicitud dirigida a la jefatura de estudios con una
justificación de la solicitud y aportando, si es necesario, documentamción justificativa) si hay
plazas libres en el grupo en el desea ir el alumno.
4.2.8 Procedimiento de reclamación de notas
La regulación del procedimiento de reclamación de notas está recogida en las instrucciones
de organizació y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2016-2017.
El alumnado (en el caso de menores de edad sus padres, madres o tutores legales) pueden
hacer reclamaciones sobre sus calificaciones siguiendo las Orientaciones para la aplicación del
Decreto 121/2010 por el cual se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las
normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos
33
públicos de las islas Baleares, solicitando las aclaraciones que consideren necesarias sobre las
valoraciones que se realicen en cuanto a su proceso de aprendizaje y en cuanto a las
calificaciones o decisiones que se adopten como resultado de este proceso
4.2.8.1. Procedimiento de reclamación en el centro
En lo referente a las calificaciones finales, el alumnado tiene derecho a acceder a las pruebas
y exámenes que determinen su calificación. En caso de disconformidad con la calificación final
obtenida, puede solicitar por escrito la revisión de esta calificación, en un plazo de dos días
lectivos a partir de la sesión de revisión
El alumnado puede encontrar el impreso de solicitud de revisión en la conserjería de la sede
central de la E.O.I. de Palma. En la solicitud han de constar las alegaciones que junstifiquen la
disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada, y ha de ser tramitada a
través de la jefatura de Estudios, que la ha de trasladas al jefe de departamento. El
departamento, en un plazo máximo de tres días lectivos, tiene que elaborar un informe que
ha de recoger la descripción de los hechos y las actuaciones previas que han tenido lugar, el
análisis realizado y la decisión adoptada de modificación o ratificación de la calificación final
objeto de revisión.
El jefe de departamento correspondiente ha de trasladar el informe elaborado a la jefatura de
Estudios, la cual tiene que comunicar por escrito la decisión razonada de ratificación o
modificación de la calificación revisada al alumno i, si procede, a los padres, madres o tutores;
también ha de informar sobre esta modificación al profesorado y le ha de facilitar una copia
del escrito cursado
4.2.8.2. Procedimiento de reclamación ante la Consejería de Educación
En el caso de que, después del proceso de revisión en el centro, persistiera el desacuerdo con
la calificación final, el interesado o interesada puede solicitar por escrito a la dirección de la
escuela, en el plazo de tres días lectivos a partir de la última comunicación en el centro, que
eleve la reclamación a la dirección general de Planificación, Ordenación i Centros. Ésta ha de
ser tramitada siguiendo el siguiente proceso:
La dirección de la escuela, en un plazo no superior a tres días hábiles, ha de remitir el
expediente de la reclamación a la dirección general antes señalada. Este expediente ha de
contener los informes elaborados en el centro, los instrumentos de evaluación que justifiquen
las informaciones referentes al proceso de evaluación del alumnado, y las nuevas alegaciones
del reclamante y el informe, si es pertinente, del director o directora, en relación a estas
informaciones
En el plazo de cinco días a partir de la recepción del expediente, teniendo en cuenta la
propuesta incluida en el informe que elabore el Departamento de Inspección Educativa
conforme a lo establecido, la dirección general antes señalada ha de adoptar la resolución
pertinente, que ha de estar en todo caso motivada, y que se ha de comunicar inmediatamente
a la dirección del centro para la aplicación y notificación a la persona interesada. La resolución
de la dirección general pone fin a la vía administrativa.
34
4.2.9. Organización de los espacios e instalaciones y normas para hacer un uso correcto de
los mismos para su conservación
Las instalaciones están al servicio de todos los miembros de la comunidad escolar, y, por lo
tanto, han de mantenerse en perfecto estado de conservación y que cualquier deterioro
supone un perjuicio para todos.
Para conseguir este objetivo, así como para potenciar en el alumnado un sentido de la
responsabilidad, el respeto hacia los bienes colectivos y unos hábitos de orden y limpieza que
faciliten y hagan agradable la convivencia, creemos conveniente establecer las normas que se
detallan a continuación.
4.2.9.1 Utilización del material informático de las aulas
Todas las aulas de la E.O.I. de Palma (tanto la sede central como ampliaciones de aulas en los
II.EE.SS) cuentan con equipamiento informático. El uso de este material es exclusivo del
profesorado.
4.2.9.2 Alumnado: aulas, zonas comunes, ascensor
Todo el alumnado colaborará para que el centro mantenga el máximo nivel posible de
orden y limpieza.
El estado de las aulas es responsabilidad directa del grupo que las ocupa en el horario
en el que las ocupa. Cuando el alumnado, al ocupar una aula, observe cualquier
deficiencia o anomalía la tendrá que comunicar al profesorado al principio de la clase
con el fin de dilucidar responsabilidades. El profesorado lo comunicará a la jefatura de
Estudios.
De los desperfectos causados de forma intencionada o por negligencia será
responsable quien los cause, haciendose cargo de la sanción que se determine así
como del pago de los gastos que se puedan originar.
Se considerará falta ensuciar intencionadamente el suelo, pared, mobiliario o
cualquier otro elemento, tanto dentro del recinto como en la zona exterior. Esta
infracción será sancionada con la limpieza de lo que haya sido ensuciado, bajo la
supervisción del profesor o de la profesora que haya detectado la comisión de la
infracción. Cuando el profesorado observe la comisión de una infracción de este tipo
actuará, siempre que sea posible, directamente y en el mismo momento. En el caso
de que no pueda hacerlo así, lo pondrá en conocimiento de la jefatura de Estudios.
El ascensor sólo será utilizado por el personal de la escuela y por aquellas personas
que tengan dificultades para hacer uso de la escalera con normalidad.
4.2.9.3 Gestión y uso de la biblioteca-aula multimedia
El centro pone a disposición del alumnado una biblioteca-aula multimedia situada en el
edificio de la calle Aragón con una página web, un catálogo virtual y un calendario de
actividades (http://...)
35
Reglas de uso y funcionamiento
- Hay que respetar y hacer un buen uso de las dependencias y del material de la biblioteca.
No está permitido consumir ningún tipo de bebida o comer en la biblioteca.
- No está permitido hablar en voz alta ni molestar el resto de usuarios.
- No se puede escribir en los libros.
- Los teléfonos móviles se tendrán que silenciar antes de entrar a la biblioteca.
Horario:
MAÑANA: lunes y miércoles de 11.15 a 12.50
martes y Jueves de 11.15 a 14.00
TARDE: lunes y miércoles de 16.30 a 20.45
martes y jueves de 16.30 a 18.45
Los viernes permanecerá cerrada.
El aula multimedia puede ser cerrada en caso de reuniones, jornadas y actividades
culturales, y una vez empezados los exámenes finales de mayo-junio. El horario arriba
mencionado es lo del curso 2016-2017 y puede variar en función de los recursos humanos de
la E.O.I. de Palma.
AULA MULTIMEDIA
Es el aula de autoaprendizaje multimedia de la E.O.I. de Palma. Podrán hacer uso de este
servicio gratuito todos los alumnos oficiales, alumnos de That’s English y alumnos libres
matriculados a la E.O.I. que tengan el carné de estudiante actualizado. Los usuarios pueden
usar los ordenadores con las restricciones y las limitaciones establecidas por el centro.
Un manual de usuarios explica como utilizar el ordenador y como acceder al material que
está preparado.
A las personas que hagan un mal uso de los ordenadores y que no respeten las reglas de
funcionamiento del aula, se les prohibirá el acceso y su caso será presentado al Consejo
Escolar del centro.
4.2.9.3.1 Normativa de préstamo de material
Material sólo de consulta: enciclopedias, diccionarios, gramáticas y libros de texto.
Disponibilidad de los documentos
• Libros de lectura
• Material audiovisual
• Revistas
Queda prohibida la reproducción total o parcial de los documentos prestados.
Usuarios del servicio de préstamo
El servicio de préstamo está abierto a los alumnos oficiales presenciales y alumnos de That’s
English matriculados en la Escuela Oficial de Idiomas de Palma de Mallorca que tengan el
carné del centro actualizado con su código de barras. El carné del centro es intransferible, es
decir, sólo dará derecho al préstamo a la persona que sea titular.
El alumnado libre, de los cursos específicos y del programa E.O.I.E.S. podrá tener acceso al
aula multimedia y a la consulta de materiales in situ.
36
Plazo y horario de préstamos
Del 10 de octubre al 31 de mayo en el horario de la biblioteca.
Este horario puede variar en función de cada curso académico. Se informará a la comunidad
educativa de los horarios de la biblioteca-aula multimedia a principio de curso.
Duración y condiciones del préstamo
Máximo dos documentos en préstamo.
La duración y las condiciones del préstamo estarán en función del tipo de material prestado:
• Por los libros de lectura: 15 días naturales, con posibilidad de prórroga de 14 días
• Por el material audiovisual: 7 días naturales con prórroga de 7 días.
• Revistas: 14 días naturales, con posibilidad de prórroga de 14 días.
- La duración del préstamo incluye los fines de semana y festivos y excluye las vacaciones de
Navidad y Pascua.
- Los libros con CD, las revistas con CD y las películas con guía se entienden como una
unidad.
* (la prórroga se tiene que solicitar antes de que acabe el periodo de préstamo por teléfono,
mediante otra persona o por Internet)
Retraso en la devolución de los documentos, pérdida o mal uso
Hay que devolver el documento en la fecha establecida.
Protocolo en caso de no-devolución y deterioro del material:
- Primer aviso por correo electrónico pasados 10 días hábiles.
- Segundo aviso por correo electrónico pasados 7 días hábiles después del primer aviso.
- Tercer aviso por teléfono
- Cuarto aviso mediante correo ordinario: carta del director.
- En caso de que no se haya recibido ninguna respuesta: sanción del director de la cual se
informará al Consejo Escolar.
Los libros no se pueden emborronar, subrayar, marcar ni malograr. Correrá a cargo del
usuario la reposición del material defectuoso o extraviado mediante la compra de un nuevo
ejemplar igual o muy parecido al original.
4.2.9.4 Normativa del estacionamiento de coches en el parking de la sede central
Hay un estacionamiento en el edificio de la calle Aragón abierto de 8:30 a 21:00 los días
lectivos; los viernes no lectivos sólo está abierto por la mañana. Hay plazas reservadas con
pilones abatibles para el personal del centro. El resto de plazas son de uso libre.
Teniendo en cuenta que no hay plazas suficientes para todo el alumnado y personas
interesadas en cursar estudios en la E.O.I., a veces ocurre que hay alumnos que estacionan
mal, bloqueando el paso o los estacionamientos, o aparcan en el lugar reservado a
discapacitados. En estos casos, los ordenanzas ponen en el parabrisas del vehículo en
cuestión un aviso que dice que han estacionado mal y que no lo tienen que volver a hacer. La
dirección de la escuela se reserva el derecho de llevar a Consejo Escolar los casos más graves
y/o reincidentes, para que el director tome las medidas correspondientes, de las cuales
informará al Consejo Escolar del E.O.I. de Palma.
A todas las extensiones hay estacionamientos reservados para el profesorado.
37
4.3. Actividades culturales
4.3.1 Definición y sentido
El objetivo de las actividades culturales y extracurriculares es principalmente ofrecer
actividades de interés cultural con las cuales el alumnado pueda ampliar sus conocimientos
de los idiomas que estudian en la escuela y que faciliten el acercamiento de la comunidad
educativa y de la ciudadanía en general a la riqueza cultural y lingüística del mundo. Estos
acontecimientos tratan de cubrir una parte de los contenidos del currículum que no se
imparten en el aula.
Las actividades complementarias y extraescolares forman parte de la vida de la escuela y a
través de ellas se pretende ampliar el campo de acción de la E.O.I. de Palma, tanto mediante
propuestas culturales en el centro como a nivel externo. Dentro del proceso de aprendizaje
del idioma, el desarrollo de las habilidades socioculturales requiere de un conocimiento de
las culturas asociadas a los idiomas objeto de estudio a través de la programación de
actividades auténticas que permita al alumnado un contacto directo con las características
particulares de las culturas que estudia. Hay muchas actividades que comportan una
interacción diferente del habitual al aula y que pueden contribuir a fomentar la cohesión
entre los miembros de la comunidad escolar y la motivación propicia para aprender lenguas
extranjeras con éxito.
Se intentará que las actividades sean variadas y alcancen la diversidad más amplia posible
del mundo de la cultura y que los alumnos cooperen activamente con la comunidad
educativa y participen en todas las propuestas que hace el profesorado, tanto dentro del
aula como en las actividades culturales y extraescolares. Es tarea del profesor fomentar la
participación de todo el alumnado y hacer que los alumnos aprecien el valor de estas
actividades tanto para la mejora de su aprendizaje y para un entendimiento más profundo
de la lengua objeto de estudio como para mejorar la convivencia de toda la comunidad
educativa.
Teniendo en cuenta que el alumnado de la E.O.I. es un grupo muy heterogéneo, donde
encontramos personas de diferentes edades, gustos, opiniones, profesiones, intereses, etc.,
proponer actividades para un alumnado tan diverso entraña bastante dificultad. Sin
embargo, esto no será obstáculo para invitar al alumnado a todos los actos que se organicen
a lo largo del curso que supongan un complemento a las actividades lectivas. Un centro con
un número tan elevado de alumnos matriculados como el E.O.I. de Palma tiene la ventaja de
contar con un gran potencial humano para la realización de actividades paralelas a las clases,
que ayuden a fomentar el uso del idioma que se está aprendiendo.
A tal efecto, cada departamento programa sus propias actividades extraescolares, que
comprenden desde conferencias, concursos o fiestas típicas hasta viajes de estudios. La
biblioteca también promueve iniciativas comunes a todos los idiomas, como por ejemplo
concursos de narraciones.
4.3.2 Tipo de actividades culturales
4.3.2.1 Actividades complementarias
Según el marco del reglamento orgánico, Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, B.O.I.B.
núm. 120 de 5 de octubre de 2002:
“Tienen carácter de actividades complementarias aquellas actividades didácticas que se
realizan con el alumnado en horario lectivo y que, a pesar de formar parte de las
programaciones de los departamentos, tienen carácter diferenciado por el momento, el
38
espacio o los recursos que utilizan. Son actividades de carácter obligatorio para todo el
alumnado. Así hay que considerar las visitas, los trabajos de campo, las conmemoraciones y
otras semejantes.”
Se establecen las siguientes directrices:
a) En la medida de la disponibilidad económica de la escuela, los departamentos pueden
hacer actividades complementarias.
b) Se secuenciarán las actividades a fin de que no coincidan en un solo trimestre.
c) Preferentemente estas actividades se incluirán en las programaciones didácticas.
d) Si se organizan con posterioridad a la confección de las programaciones, se harán constar
en la memoria del departamento de final de curso.
e) Por su carácter obligatorio para todo el alumnado, los departamentos organizarán las
actividades en horarios que coincidan con el horario lectivo de los alumnos.
f) Preferiblemente las actividades se llevarán a cabo dentro del centro.
g) Las actividades tendrán que contar con la autorización de la dirección.
h) El jefe de departamento tendrá que comunicar a la jefatura de estudios y al secretario en
caso de pago la realización de la actividad con antelación.
y) La organización de la actividad correrá a cargo del departamento y contará con la
colaboración de la jefatura de estudios.
j) Cuando la actividad se realice fuera del centro el profesor responsable del grupo será el
encargado de obtener el permiso de los padres o tutores legales del alumnado menor de
edad.
k) Un profesor no podrá formar parte de una actividad complementaria si esta actividad no
está dirigida a su alumnado.
l) Estas actividades no coincidirán en periodos de exámenes.
4.3.2.2 Actividades extraescolares
En la E.O.I. de Palma, al ser un centro de régimen especial, no hay actividades
extraescolares.
4.3.2.3 Salidas escolares
Según el marco del reglamento orgánico, Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, B.O.I.B.
núm. 120 de 5 de octubre de 2002:
“Se entenderán como salidas escolares las de duración superior a un día y que se realicen
fuera del centro. Por ejemplo, los viajes de estudio, intercambios culturales y otros similares.
La participación en éstas es también voluntaria. Para el desarrollo de estas salidas, se tendrá
que contar con autorización del Consejo Escolar y de la administración educativa.”
a) El equipo directivo, según las propuestas de la C.C.P., podrá programar salidas escolares.
b) Estas salidas se incluirán a la P.G.A..
c) Si se organizan con posterioridad a la confección de la P.G.A., se harán constar en la
memoria de final de curso.
d) Las salidas tendrán que contar con el visto bueno de la dirección, del Consejo Escolar y de
la Administración.
e) La organización de la salida correrá a cargo del departamento que la proponga y contará
con la colaboración de jefatura de estudios.
f) El jefe del departamento en colaboración con el profesorado implicado será el encargado
de obtener el permiso de los padres o tutores legales del alumnado menor de edad.
39
g) Las salidas no coincidirán en periodos de exámenes y se organizarán a fin de que el
alumno pierda los menos días de clase posibles.
4.4. Estructura organizativa de la E.O.I. de Palma
La estructura organizativa del centro se basa en el principio de participación y colaboración
de los diferentes sectores de la comunidad escolar y se orienta hacia el capítulo III de la
L.O.E. con las modificiacions introducidas por la Ley Orgánica 8/2013, de diciembre, por la
mejora de la calidad educativa (L.O.M.C.E.) , el R.O.C., Decreto 120/2002, de 27 de
septiembre y las instrucciones de organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de
idiomas (las últimas son del curso 2016-2017).
4.4.1 Órganos unipersonales de gobierno: el equipo directivo
El equipo directivo de la E.O.I. de Palma lo constituyen el director, los 2 jefes de estudios, el
secretario, los jefes de estudios adjuntos asignados a la jefatura de estudios y los jefes de
estudios adjuntos asignado a las ampliaciones de aulas o extensiones (puesto que su
actividad forma parte de la tarea directiva de la escuela).
En cuanto a las funciones y características de los órganos de los cargos de director, jefe de
estudios y secretario, son las que se establecen al artículo 132 de la L.O.E. con las
modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, por la mejora de
la calidad educativa (L.O.M.C.E.) y las competencias atribuidas por R.O.C., Decreto 120/2002,
de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de
educación secundaria (B.O.I.B. núm. 120, de 5 de octubre), que no se opongan a las
establecidas a la L.O.E..
Hay que tener en cuenta también lo que prevé la Orden de 18 de febrero de 2010 (B.O.I.B.
del 23), por la cual se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y el cese de los
órganos de gobierno de los centros docentes públicos; todos ellos con las competencias que
se establecen al artículo 132 de la L.O.E. con las modificaciones introducidas por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, por la mejora de la calidad educativa (L.O.M.C.E.) y las
competencias atribuidas por el R.O.C. que no se opongan a las establecidas a la L.O.E..
4.4.2. Órganos colegiados de participación y gestión
Los órganos colegiados de gobierno son el consejo escolar y el claustro de profesores con las
competencias establecidas por los artículos 127 y 129 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de
mayo de educación (L.O.E.) con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013,
de 9 de diciembre, por la mejora de la calidad educativa (L.O.M.C.E.) y las competencias
atribuidas por el R.O.C. que no se opongan a las establecidas a la L.O.E..
El funcionamiento del consejo escolar, y el funcionamiento y la composición del claustro de
profesores son los establecidos en el capítulo II del título II del R.O.C..
La composición y la elección del consejo escolar de las EE.OO.II. se regulan por la Orden del
consejero de Educación y Cultura del 18 de octubre de 2002.
El consejo escolar es el órgano de gobierno colegiado del centro, integrado por
representantes de todos los sectores de la comunidad elegidos de manera democrática.
El consejo escolar del E.O.I. de Palma está formado actualmente por: el director, 1 jefe de
estudios, el secretario, el representante del Ayuntamiento de Palma, 5 profesores y 2
alumnos (si bien es cierto que su composición puede ser de 6 profesores, 6 alumnos y 1
miembro del P.A.S.).
El claustro de profesores es el órgano donde el profesorado debate y toma decisiones
40
relativas a la gestión de las actividades educativas del centro. Está integrado por todo el
profesorado y lo preside el director del centro.
4.4.3. Órganos de coordinación docente
Los órganos de coordinación docente tienen como objetivo establecer la coherencia de las
actividades académicas y culturales del centro para que se consigan los objetivos
formativos. La dirección del centro es la responsable del nombramiento de los cargos del
centro: jefes de departamento, de coordinaciones, etc.
Los órganos de coordinación docente de las E.O.I. son los siguientes:
4.4.3.1 Departamentos
Los departamentos son los órganos encargados de organizar, coordinar y desarrollar las
enseñanzas de cada idioma. Cada departamento tiene que estar formato por todo el
profesorado que imparte un mismo idioma, presidido por un jefe de departamento.
Los departamentos garantizarán que en un mismo nivel el profesorado se coordine
convocando reuniones de coordinación.
4.4.3.2 Comisión de coordinación pedagógica
La comisión de coordinación pedagógica (C.C.P.) es el órgano de coordinación del equipo
directivo y la totalidad de los departamentos. Está integrada por el director, un jefe de
estudios, y todos los jefes de departamento, y la preside el director de la escuela.
4.4.3.3 Coordinadores de departamento o nivel
Los coordinadores de departamento o nivel coordinan actividades del departamento y
dirigen las reuniones de nivel para garantizar la coherencia entre la práctica docente y la
programación.
4.4.3.4 Otras coordinaciones
Hay otras coordinaciones, como por ejemplo, coordinador del aula multimedia, de T.I.C.
(tecnologías de la información y de la comunicación), de la biblioteca, del programa E.O.I.E.S.
(convenio de colaboración entre las EE.OO.II. y los II.EE.SS. y C.C.) y el coordinador de
normalización lingüística.
4.4.4 Personal de administración y servicios
El personal de administración y servicios engloba al personal de la secretaría y de la
conserjería del centro. En el momento de la redacción de este documento la secretaría
cuenta con 4 personas: una jefa de secretaría y 3 auxiliares administrativos y la conserjería
con 4 personas: dos conserjes por la mañana y dos por la tarde.
4.4.5 Personal del programa de inglés a distancia “That’s English”
La E.O.I. de Palma cuenta con una auxiliar administrativa para el programa de inglés a
distancia “That’s English”.
4.4.6 Personal de limpieza
La E.O.I. de Palma cuenta con dos limpiadoras en el edificio de la sede central.
4.4.7 Auxiliares de conversación
En el momento de la redacción de este documento, la E.O.I. de Palma cuenta con 4 auxiliares
de conversación asignados al centro por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes: dos
para el departamento de inglés, uno para el departamento de alemán y otro para el
departamento de francés.
4.5 Normativa del uso de los dispositivos móviles
4.5.1 Uso de dispositivos electrónicos en el aula
Los móviles u otros dispositivos electrónicos no se podrán utilizar como mecanismos de
41
comunicación durante los periodos lectivos.Se podrán utilitzar en el aula como herramienta
pedagógica y siempre con la autorización del profesorado, y siempre que el sonido esté
desconectado; la consulta tiene que estar vinculada directamente con las actividades de
aprendizaje: búsqueda de vocabulario, etc.
No se permitirá ninguna grabación y/o reproducción sonora o visual sin el permiso del
profesor/a.
Durante los exámenes y revisiones todos los dispositivos electrónicos tendrán que
permanecer desconectados y guardados.
4.5.2 Uso de dispositivos electrónicos fuera del aula
Fuera del aula el uso de dispositivos electrónicos no tiene que suponer una molestia para el
resto de la comunidad educativa.
Si se tratara de una emergencia, el alumno/a o profesor/a tendrá que bajar a la entrada o
salir del edificio para no interferir con el normal funcionamiento de las actividades de la
escuela.
5. Pla de emergencia y evacuación
5.1. Sede central en la c/Aragón
A principio de cada curso escolar el equipo directivo informará al profesorado y personal no
docente a fin de que se conozcan el emplazamiento de las salidas de emergencia y las rutas
de evacuación. Así mismo se dará la información relativa al plan de emergencia y las
recomendaciones para el profesorado y el alumnado en caso de evacuación. El profesorado,
al inicio del curso, explicará al alumnado de sus grupos las instrucciones orientativas para el
alumnado en el caso de una emergencia.
Cada curso escolar se realizará 2 simulacros como mínimo de evacuación del alumnado y del
personal del centro programado por el equipo directivo de la E.O.I. de Palma. La dirección
del centro comunicará los resultados de los simulacros a la Consejería de Educación y
Universidad y al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
Todos los miembros de la comunidad escolar están obligados a participar en el plan de
emergencia del centro.
GRUPO DE EMERGENCIA DE LA E.O.I. DE PALMA
JEFE DE EMERGENCIA Director Telf. 971 42 13 14
EQUIPO DE EMERGENCIA Jefes de Esudios
Jefe de Estudios
Adjunta
Secretario
Telf. 971 42 13 14
Telf. 971 42 13 14
Telf. 971 42 13 14
CENTRO DE CONTROL
CONSERJERÍA Conserjes Telf. 971 42 13 14
EQUIPO DE INTERVENCIÓN Y/O EVACUACIÓN
SALA DE PROFESORES Profesores Telf. 971 42 13 14
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ADMINISTRACIÓN Auxiliares
administrativos
Telf. 971 42 13 14
Señal de evacuación: sirena de alarma.
Lugar de reunión: jardín de l´escuela
Al sentir el aviso de evacuación se actuará de la forma siguiente:
• Seguirá las indicaciones de su profesor o del personal del centro y en ningún caso tomará
iniciativas propias.
• Dejará sus objetos personales ordenados en el aula.
• Si al sonar la señal de alarma se encontrara en los servicios o en otras dependencias del
centro, seguirá las instrucciones del personal del centro y se incorporará para la evacuación
al grupo más próximo que se encuentre en movimiento de salida.
• Se evacuará la segunda planta donde se imparten las clases, por grupos. Los grupos más
próximos a las escaleras serán los que saldrán primero.
• Al haber salido un grupo saldrá el siguiente y así sucesivamente hasta el último grupo del
pasillo.
• Todos los movimientos se tienen que realizar lo más rápido posible, pero sin correr, sin
atropellar, ni empujar a los otros.
• Los alumnos no se pararán hasta llegar a su punto de reunión: el jardín de la escuela.
• Los alumnos tienen que realizar este ejercicio en silencio y con sentido de orden y ayuda
mutua, para evitar atropellos y lesiones, ayudando los que tengan dificultades o sufran
caídas.
Los alumnos tienen que realizar esta práctica de evacuación respetando el mobiliario y el
equipamiento escolar.
• En el supuesto de que en las vías de evacuación exista cualquier obstáculo que pueda
dificultar la salida, será apartado, si fuera posible, para que no provoque caídas o deterioro
del objeto.
• En ningún caso, el alumno volverá atrás.
• El alumno permanecerá siempre unido en su grupo de clase, incluso cuando se encuentre
en el lugar exterior de concentración, con objeto de facilitar el recuento de su grupo.
• Si al sonar la señal de alarma se encontrara en los servicios o en otras dependencias del
centro, al llegar al lugar de reunión el alumno se incorporaría a su grupo, si fuera posible.
Rutas de salidas de emergencia:
• En cada aula hay expuestas en un tablón las normas de evacuación del edificio (ver hojas
adjuntas).
• En todos los pasillos hay un plan de la planta correspondiente con el camino a seguir en
43
caso de evacuación (ver hojas adjuntas).
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45
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5.2. Ampliación de aulas en el I.E.S. Archiduque Lluís Salvador
A comienzo de curso el coordinador de autoprotección del instituto explicará al profesorado de la
E.O.I. destinado allá el plan de evacuación del instituto para que el profesorado lo transmita al
alumnado. Detrás de la Puerta de cada aula se encuentra el plano y las instruccions generales para la
evacuación del centro
5.3. Ampliación de aulas en el I.E.S. Ses Estacions
A comienzo de curso el jefe de estudios adjunto responsable de la ampliación de aulas en cada
instituto explicará al profesorado de la E.O.I. destinado allá el plan de evacuación de cada instituto
para que el profesorado lo transmita al alumnado.
En todos los pasillos de los institutos hay un plan en la planta correspondiente con el camino a seguir
en caso de evacuación.
5.4. Ampliación de aulas en el I.E.S. Joan Maria Thomàs
A comienzo de curso el jefe de estudios adjunto responsable de la ampliación de aulas en cada
instituto explicará al profesorado de la E.O.I .destinado allá el plan de evacuación de cada instituto
para que el profesorado lo transmita al alumnado.
En todos los pasillos de los institutos hay un plan en la planta correspondiente con el camino a seguir
en caso de evacuación.
5.5. Ampliación de aulas en el I.E.S. Guillem Sagrera
A comienzo de curso el jefe de estudios adjunto responsable de la ampliación de aulas en cada
instituto explicará al profesorado de la E.O.I .destinado allá el plan de evacuación de cada instituto
para que el profesorado lo transmita al alumnado.
En todos los pasillos de los institutos hay un plan en la planta correspondiente con el camino a seguir
en caso de evacuación.
6. Proyecto lingüístico de la E.O.I. de Palma
6.1 Introducción: ¿Qué es el proyecto lingüístico?
El proyecto lingüístico de centro es el documento marco que sirve porque un centro educativo de las
Islas Baleares sostenido con fondos públicos establezca el tratamiento de las lenguas de enseñanza.
Este tratamiento de las lenguas alcanza desde el enfoque curricular de las lenguas que se enseñan
hasta el uso institucional y de relación interna y externa que se establece como comunidad educativa
y como parte de la Administración pública de las Islas Baleares.
El proyecto lingüístico de centro se basa en las disposiciones legales y normativas que se mencionan
en el Anexo I del presente documento. Según esta normativa, el proyecto lingüístico forma parte de
la programación general anual y, con las aportaciones que pueda hacer el claustro de profesores y
teniendo presente que el consejo escolar tiene competencia para evaluarlo, lo tiene que aprobar el
director del centro. El proyecto lingüístico respeta la autonomía del centro y, por eso, se basa en la
realidad educativa y sociolingüística de cada comunidad educativa.
Las escuelas oficiales de idiomas (E.O.I.), como centros educativos públicos, también tienen que
contar con un proyecto lingüístico, adaptado a su especificidad educativa en cuanto que centros de
régimen especial especializados en la enseñanza de lenguas.
La E.O.I. de Palma tiene un proyecto lingüístico elaborado en 2007, que, en este momento se ha
revisado y actualizado, según la normativa.
6.2 Principios generales de elaboración del proyecto lingüístico
La Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas
Baleares, aplicando el régimen de oficialidad lingüística establecido en la Constitución Española,
establece que el catalán es la lengua propia de las Islas Baleares; que es cooficial, junto con el
castellano, y que los poderes públicos tienen el deber de tomar medidas para asegurar su
conocimiento y promocionar su uso.
La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística, modificada por la Ley 1/2016, de 3 de
febrero, dedicado el Título II a la enseñanza y al artículo 17 establece: “El catalán, como lengua
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propia de las Islas Baleares, es oficial a todos los niveles educativos.”
El Decreto 92/1997, de 4 de julio, que regula el uso y enseñanza de y en la lengua catalana, propia de
las Islas Baleares (B.O.C.A.I.B., núm. 89, 17-07-1997), establece:
Artículo 20. “La Administración educativa y los centros de enseñanza no universitaria usarán
progresivamente la lengua propia de esta Comunidad en las relaciones mutuas, en las que
mantengan con las administraciones territoriales y con las otras entidades públicas y privadas de las
Islas Baleares.”
Artículo 21. “Se fomentará el uso de la lengua catalana en los actos culturales que el centro organice
y en las actividades complementarias que se ofrezcan a los alumnos.”
Artículo 22. “Las actuaciones administrativas de régimen interno de los centros docentes, públicos y
concertados, como por ejemplo actos, comunicados y anuncios, se redactarán en lengua catalana. En
los procedimientos administrativos se utilizará la lengua catalana o la castellana de acuerdo con la
legislación vigente.”
Por su parte, la Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes, de 12 de mayo de 1998, por la
cual se regulan los usos de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, como lengua de enseñanza
en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, hace referencia específica a las
escuelas oficiales de idiomas:
“En la Escuela oficial de Idiomas se utilizará normalmente la lengua catalana en el ámbito
administrativo y en las comunicaciones. El proyecto lingüístico de centro tendrá que atender, en este
sentido, a los artículos 20 a 22 del Decreto 92/1997, de 4 de julio, y a la vez, a las orientaciones del
artículo 15 de la misma disposición.”
El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento orgánico de los
institutos de educación secundaria (de aplicación supletoria para las escuelas oficiales de idiomas de
las Islas Baleares), al Anexo, Título III, al establecer los órganos de coordinación docente, en el
Capítulo VII, determina la existencia de la comisión de normalización lingüística del centro, con estos
términos:
Artículo 59. “Con el fin de llegar al uso lleno de la lengua catalana como lengua vehicular y de
aprendizaje, en los centros se constituirá una comisión de normalización lingüística que asesorará el
equipo directivo en las funciones de coordinación, impulso y mantenimiento de las actividades
encaminadas a incentivar el uso de la lengua catalana y a conseguir los objetivos que la normativa
vigente señala.
Esta comisión estará formada por un miembro del equipo directivo, y entre tres y seis miembros del
claustro, designados por el director, uno de los cuales será el coordinador.
La dirección del centro, oído el claustro, establecerá cada curso las líneas prioritarias de actuación de
las contenidas en el proyecto lingüístico de centro y las incorporará en la programación general
anual”. Artículo 60. “Son competencias básicas de la comisión de normalización lingüística:
1. Presentar propuestas al equipo directivo para la elaboración y la modificación del proyecto
lingüístico de centro.
2. Elaborar un plan anual de actividades para la consecución de los objetivos incluidos en el proyecto
lingüístico de centro, y para la formación y la actualización lingüística del profesorado, que formará
parte de la programación general anual.
3. Los encargos asignados por la dirección o por el consejo escolar relacionados con la normalización
lingüística.
4. Otras funciones que la Consejería de Educación y Universidad determine reglamentariamente.”
El mismo Decreto, define el proyecto lingüístico de centro al artículo 71 con los términos siguientes:
“1. El proyecto lingüístico, como parte del proyecto educativo de centro, será elaborado por el
equipo directivo a partir de la normativa vigente y con las aportaciones que haya podido recibir tanto
del claustro como de la comisión de normalización lingüística.
2. El proyecto lingüístico tendrá como objetivo fundamental conseguir que todo el alumnado logre, al
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acabar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en catalán y en castellano
y, al menos, en una lengua extranjera. En el proyecto lingüístico quedará definido:
a) El tratamiento de la lengua catalana, como vertebradora de la enseñanza, como lengua vehicular y
de aprendizaje, y como lengua del ámbito administrativo y de comunicación del centro.
b) El tratamiento global de las lenguas curriculares (catalana, castellana, extranjeras y clásicas) en los
procesos de enseñanza y aprendizaje con el objetivo de propiciar la coordinación y la integración
para mejorar los resultados, tanto en el conjunto como en relación a cada una.
c) Los criterios generales para las adecuaciones del proceso de enseñanza de las lenguas a la realidad
sociolingüística del centro con el objetivo de lograr el cumplimiento de la normativa referida a la
normalización lingüística.
d) Los criterios para la atención específica de alumnos de incorporación tardía con déficit de
conocimiento de lengua catalana y, si también fuera el caso, de lengua castellana.”
Las Instrucciones de organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el curso
2016-2017, de la Consejería de Educación, también hacen mención de la necesidad de incluir el
proyecto lingüístico como uno de los proyectos institucionales del centro.
6.3 Principios generales en el E.O.I. de Palma
Así, pues, de acuerdo con este marco legal y normativo, el proyecto lingüístico del E.O.I. de Palma
tiene que atender los principios siguientes:
1. Usar el catalán como lengua de uso normal y preferente de la comunidad educativa, del ámbito
administrativo y de comunicación interna y externa del centro, siempre de acuerdo con las
situaciones comunicativas.
2. Promover el uso de catalán, compatible con el castellano, como lengua de referencia y de apoyo
para el estudio de los idiomas que se imparten en el centro, siempre de acuerdo con las
características curriculares y la programación de la enseñanza de lenguas.
3. Respetar y asegurar los derechos lingüísticos del alumnado y de toda la comunidad educativa.
4. Fomentar el respecto al plurilingüismo y a la diversidad de expresiones lingüísticas en un clima de
convivencia.
6. 6.4 Actuaciones específicas
6.4.1 En el ámbito institucional
a) Usar la lengua catalana en todas las actuaciones institucionales de la escuela de manera
preferente y con la adecuación oportuna al contexto y al interlocutor: documentación
interna y externa, comunicaciones públicas a través de cualquier medio, rotulación y
comunicación interpersonal.
b) Atender a los usuarios preferentemente en catalán, tanto de forma oral como escrita, y, si
procede e ineludiblemente si así lo solicitan, en la lengua oficial que pidan.
c) Usar por norma general el catalán en las comunicaciones orales de las reuniones y
sesiones de la comunidad educativa (claustros, consejo escolar, comisión de coordinación
pedagógica), respetando la elección lingüística personal de cada cual.
d) Constituir la comisión de seguimiento del proyecto lingüístico, tal como establece el
reglamento orgánico del centro.
e) Evaluar periódicamente el proyecto lingüístico del centro y modificarlo, si procede.
f) Sustituir la denominación E.O.I. de Palma de Mallorca por la de E.O.I. de Palma, de acuerdo
con la normativa general de toponimia de las Islas Baleares.
6.4.2 En el ámbito pedagógico
a) Fomentar el uso de la lengua catalana como lengua auxiliar y de referencia en la práctica
docente cuando proceda.
b) Disponer de material que facilite el uso del catalán como lengua auxiliar y de referencia:
diccionarios, manuales, enlaces y softwares informáticos...
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c) Continuar con el uso del catalán en la documentación escrita inherente a la actuación
curricular y didáctica del centro: proyecto educativo del centro, programación general anual,
programaciones didácticas.
d) Hacer compatible el uso del catalán con otros idiomas en documentación escrita más
específica de cada departamento: informaciones e instrucciones, material didáctico, redes
sociales...
e) Establecer medidas y canales internos de asesoramiento lingüístico en catalán, cuando
sean necesarias.
6.5 Fundamento legales
-Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas
Baleares.
-Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de
9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
-Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística, modificada por la Ley 1/2016, de 3
de febrero. Artículo 17 y siguientes.
-Decreto 100/1990, de 29 de noviembre, que regula el uso de las lenguas oficiales de la
Administración de la C.A.I.B..
-Orden del consejero de Cultura, Educación y Deportes, de día 12 de agosto de 1994, sobre el
uso de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, como lengua vehicular en la enseñanza
no universitaria.
–Decreto 92/1997, de 4 de julio, que regula el uso y la enseñanza de y en lengua catalana,
propia de las Islas Baleares, en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.
–Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes, de día 12 de mayo de 1998, por la
cual se regulan los usos de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, como lengua de
enseñanza en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.
–Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el cual se regula la exigencia de conocimiento
de las lenguas oficiales al personal docente.
-Decreto 120/ 2002, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento orgánico de
los institutos de educación secundaria.
-Decreto 45/2016, para el desarrollo de la competencia comunicativa en lenguas extranjeras
en los centros educativos sostenidos con fondos públicos en las Islas Baleares.
- Instrucciones de organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el
curso 2016-2017.
7. Plan de calidad de la E.O.I. de Palma
7.1 Fundamentos legales
- Artículo 122 bis de la L.O.M.C.E..
- Artículo 132 de la L.O.M.C.E..
7.2 Nuevo profesorado. Actuaciones incluidas dentro de este plan de calidad educativa
7.2.1 Programación de aula
Preparación de la primera programación de aula del curso. Se convocarán dos reuniones de un
máximo de 30 minutos entre cada profesor nuevo en el centro y un responsable del departamento
(jefe de departamento o coordinador).
a) En la primera reunión se tratará de la programación específica de aula concreta de un día de clase
de uno de los niveles/cursos que imparte el profesor.
El profesorado nuevo convocado tendrá que presentar y explicar su programación de aula del día de
clase elegido. El jefe de departamento/coordinador contribuirá con sus puntos de vista y su
experiencia al respeto.
Esta reunión tendrá lugar un viernes no lectivo del primer trimestre.
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b) En la segunda reunión se analizará por parte del profesor y del jefe de departamento/coordinador
el resultado de la aplicación efectiva dentro del aula de la programación de aula. Esta reunión tendrá
lugar un viernes no lectivo del primer trimestre.
7.2.2 Práctica de observación de aula.
a) Para aprovechar los diversos enfoques de metodología dentro del aula, se facilitará la observación
de aula dentro de cada departamento y, si hace falta, la observación de aula interdepartamental a lo
largo de todo el curso.
b) En cuanto a la planificación del calendario, el profesorado nuevo, como se hace en otros muchos
países europeos hace años, empezará haciendo observaciones de aula del profesorado con
experiencia docente. La dirección del centro comunicará al profesorado un calendario de
observaciones de aula. Después, será el profesorado con experiencia docente el que hará su
observación de aula de manera recíproca.
c) Es esencial que después de cada reunión se haga un intercambio de ideas sobre la observación de
aula (feed-*back) entre los dos profesores participantes.
d) La jefatura de estudios del centro organizará y facilitará la puesta en marcha de estas
observaciones en cuanto al horario del profesorado.
7. 3 Estandarización de la corrección de pruebas
a) Los jefes de departamento establecerán un calendario de los viernes no lectivos para organizar
sesiones de estandarización de corrección de pruebas dentro de sus departamentos.
b) Las cabezas de departamento entregarán un calendario de esta actividad a la jefatura de estudios
del centro.
c) Dentro a cada departamento, la jefatura de departamento podrá designar un número de
profesores (preferentemente coordinadores) para coordinar la corrección de pruebas. Este
profesorado supervisará los resultados de las pruebas de evaluación continua y de certificación para
asegurar el cumplimiento de los criterios de corrección establecidos a cada departamento.
d) Se podrán organizar encuestas de satisfacción de alumnado y de profesorado sobre los aspectos
académicos y administrativos.
7. 4 Seguimiento del plan de calidad
La comisión de coordinación pedagógica del centro, como órgano de coordinación del equipo
directivo y la totalidad de los departamentos, será informada del plan de calidad educativa y hará el
seguimiento. Este plan de calidad estará incluido al Proyecto Educativo del Centro.
8. Proyecto de convivencia del centro
8.1 Diagnóstico actual de la convivencia del centro.
Actualmente no hay ningún tipo de conflicto, principalmente debido de al perfil del alumnado de
escuelas oficiales de idiomas: más del 95 % de nuestro alumnado es mayor de 18 años; se trata de
una enseñanza no obligatoria por lo cual nuestros alumnos acceden voluntariamente a este tipo de
enseñanza; los alumnos tienen dos días de clase semanales dos horas cada día (más un viernes al
mes dos horas también) lo cual implica que, generalmente, viene a clase y después se va. Además, la
gran mayoría de las personas matriculadas tienen tareas profesionales, académicas y familiares.
8.2 Respuestas que el centro da a las situaciones problemáticas
a) Basarse en el Decreto 121/2010, de 10 de diciembre, por el cual se establecen los derechos y los
deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios
sostenidos con fondos públicos de las Islas Baleares (B.O.I.B. Núm. 187 de 23-12-2010).
b) En el supuesto de que hubiera un conflicto se nombraría un instructor, se escucharían las partes
en conflicto, se reuniría la comisión de convivencia, el director tomaría una decisión y, después,
informaría a las partes en conflicto y al Consejo Escolar del centro.
8.3 Relación con las familias y con los servicios y recursos de nuestro entorno.
a) Normalmente no hay que contactar con padres de alumnos menores de edades y cuando se ha
hecho han sido casos puntuales y sin mucha importancia; en lo referente a los servicios sociales y
51
sanitarios de nuestro entorno no nos hemos visto en la necesidad de contactarlos.
b) Siempre ha habido en esta escuela un buen clima de convivencia y la voluntad de la dirección, de
su Consejo Escolar y de su claustro es mantenerlo cómo hasta ahora. En cuanto a procedimientos
específicos de actuación para prevenir casos de violencia y de acoso escolar, contaremos con la
opinión de la comisión de convivencia del centro, del Consejo Escolar y del equipo directivo.
Resumiendo, sólo se puede pedir que la convivencia en esta escuela continúe siendo tanto buena
cómo ha sido hasta ahora. De todos modos, la comisión de convivencia se reunirá para analizar las
incidencias producidas, en el supuesto de que haya, como también para elaborar y elevar a la
consideración del Consejo Escolar nuevas propuestas para la posible mejora de la convivencia.
8.4 Composición de la comisión de convivencia.
a) El director del centro;
b) Un jefe de estudios;
c) Un representante del profesorado;
d) Un representante del personal de Administración y Servicios;
e) Un representante del alumnado.
9. Canales de difusión, seguimiento, evaluación y modificación del P.E.C.
Tal y como recogen las Instrucciones, el P.E.C. estará al alcance de todo el que lo quiera consultar en
la página web de la escuela. El profesorado tendrá que informar a su alumnado de la existencia del
mismo. Las modificaciones que, si se tercia, se hagan anualmente, se recogerán a la P.G.A. y en la
memoria de final de curso. Anualmente se podrá hacer una valoración del grado de logro del P.E.C. y
hacer propuestas de mejora o modificación que se recogerán en la memoria final.
10. Normativa
10.1. Marco normativo estatal
• Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (con las
modificaciones expuestas en la disposición primera de la L.O.E.).
• Real decreto 1837/1986, de 22 de agosto por el cual se crea la Escuela Oficial d´Idiomas de
Palma de Mallorca.
• Orden del 17 de septiembre de 1986 por la cual se autoriza a la Escuela Oficial de Palma de
Mallorca a impartir los idiomas de francés y de inglés.
• Orden del 10 de junio de 1987 por la cual se autoriza a la Escuela Oficial de Palma de Mallorca a
impartir los idiomas de alemán y de catalán.
• Orden del 2 de junio de 1992 por la cual se autoriza a la Escuela Oficial de Palma de Mallorca a
impartir español lengua extranjera.
• Real decreto 944/2003, de 18 de julio, por el cual se establece la estructura de las enseñanzas
de idiomas de régimen especial regulados por la ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de
calidad de la educación (L.O.C.E.) (B.O.E. de 31 de julio de 2003).
• Real decreto 423/2005, de 18 de abril, por el cual se fijan las enseñanzas comunes del nivel
básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, regulados por la Ley orgánica 10/2002,
de 23 de diciembre, de calidad de la enseñanza (L.O.C.E.) (B.O.E. 30 de abril de 2005).
• Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (B.O.E. nº 106, de 4 de mayo de 2006)
(Artículos 59, 60 y 61 del capítulo VII "Enseñanzas de idiomas")
• Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del
currículum de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E. nº4, de 4 de enero de 2007)
• Orden ESD/1742/2008, de 17 de junio, por la cual se regulan las características y se establecen
la estructura, el currículum y las pruebas correspondientes para el nivel Básico e Intermedio de
las enseñanzas de régimen especial de inglés adaptadas a la modalidad de educación a distancia.
(B.O.E. 19/06/2008 núm. 148).
• Orden EDU/3377/2009, de 7 de diciembre, por la que se establecen los currículos y las pruebas
52
correspondientes a los cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en
idiomas de niveles C1 y C2 del Consejo de Europa impartidos en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
• ORDEN ECD/1211/2014, de 8 de julio, por la que se regulan las características y se establecen la
estructura, el currículo y las pruebas correspondientes al nivel avanzado de las enseñanzas de
régimen especial de inglés, adaptadas a la modalidad de educación a distancia en el ámbito
territorial de gestión del Ministerio de Educación Cultura y Deporte (B.O.E. 14/07/2014 núm.
170)
10.2 Marco normativo autonómico
• Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
• Orden del consejero de Educación y Cultura, de 2 de marzo de 1992, por la cual se autoriza a la
Escuela Oficial de Palma de Mallorca a impartir los idiomas de árabe, italiano y ruso.
• Decreto 92/1997, de 4 de julio, que regula el uso y la enseñanza de y en lengua catalana, propia
de las Islas Baleares, en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.
• Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes, de día 12 de mayo de 1998, por la cual
se regulan los usos de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, como lengua de enseñanza
en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.
• Decreto 120/2002, del 27 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento orgánico de los
institutos de educación secundaria (R.O.C.).
• Orden del consejero de Educación y Cultura, de 18 de octubre de 2002, por la cual se regula la
composición y la elección de los consejos escolares de los centros públicos de enseñanza de
régimen especial.
• Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la C.A.I.B..
• Orden de 8 de enero de 2008 por la cual se regulan los aspectos generales de la organización
de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Islas Baleares (B.O.I.B. núm. 12 de 24 de
enero de 2008).
• Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 16 de abril de 2008, por la cual se regula el
proceso de admisión y de matriculación de los alumnos a las enseñanzas de régimen especial y a
las enseñanzas de personas adultas a los centros sostenidos con fondos públicos de la
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el curso 2008-2009.
• Resolución del Director General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de 3 de
febrero de 2009 para regular la permanencia extraordinaria en un nivel de las enseñanzas de
idiomas de régimen especial (B.O.I.B. Núm. 22 de 12 de febrero de 2009).
• Decreto 6/2010, de 22 de enero, de currículum de las enseñanzas del nivel básico de idiomas
en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares(B.O.I.B. Núm. 16 de 2 de febrero de 2010).
• Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 28 de mayo de 2010 de corrección de errores
materiales en el Anexo al Decreto 6/2010, de 22 de enero, de currículum de las enseñanzas del
nivel básico de idiomas en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares(B.O.I.B. Núm. 91 de 17
de junio de 2010).
• Resolución del director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de 31 de
enero de 2011 por la cual se asignan los porcentajes para la calificación de cada una de las
destrezas en los diferentes cursos y niveles de idiomas en las escuelas oficiales de idiomas de las
islas Baleares (B.O.I.B. 17/02/2011 núm.24).
• Resolución del consejero de Educación y Cultura de 7 de junio de 2010 por la cual se autoriza la
implantación de los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa, según se definen en el Marco europeo
común de referencia para las lenguas, en todas las escuelas oficiales de idiomas de las islas
Baleares (B.O.I.B. 24/06/2010 núm. 95).
• Decreto 121/2010, de 10 de diciembre, por el cual se establecen los derechos y los deberes de
los alumnos y las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con
fondos públicos de las Islas Baleares.
53
• Resoluciones del consejero de Educación y Cultura de 4 de junio de 2010 por la cual se implanta
chino en la Escuela Oficial de Idiomas de Palma de Mallorca.
• Resoluciones anuales del consejero de Educación y Cultura, por las cuales se aprueban las
instrucciones de organización y funcionamiento de las Escuelas Oficiales de Idiomas de las Islas
Baleares.
• Resolución del director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de día 2
de marzo de 2011 por la cual se dictan instrucciones para regular los cursos cuatrimestrales de
los niveles intermedio y avanzado de las enseñanzas de catalán de las escuelas oficiales de
idiomas de las Islas Baleares en la modalidad presencial.
• B.O.I.B. núm. 69 de 10 de mayo de 2011: Organización y funcionamiento de los niveles C1 y C2.
• Resoluciones anuales del director general de Planificación, Inspección e Infraestructuras
Educativas por las cuales se dictan las instrucciones para la elaboración de las pruebas de
capacitación para el alumnado oficial y libre de las escuelas oficiales de idiomas de las Islas
Baleares.
• Resoluciones anuales del director general de Planificación, Inspección e Infraestructuras
Educativas por las cuales se establece el calendario del proceso de admisión y matriculación de
los alumnos en las enseñanzas artísticas profesionales y en las enseñanzas de idiomas en los
centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
• Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 1 de septiembre de 2016 por la
cual se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de de las escuelas
oficiales de Idiomas de las Islas Baleares para el curso 2016-17.
• Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros, por la cual se convocan
las pruebas de determinados idiomas de las escuelas oficiales de idiomas para el alumnado
participando en el programa E.O.I.E.S. el curso 2016-17.
• Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros por la cual se dictan
instrucciones para la elaboración de las pruebas de certificación unificadas para el alumnado
oficial y libre de las Escuelas Oficiales de Idiomas de las Islas Baleares para el curso 2016-17.
• Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros por la cual se dictan las
instrucciones sobre la organización de los niveles básico, intermedio y avanzado de las
enseñanzas de régimen especial de inglés en la modalidad de educación a distancia, That's
English!, para el curso 2016-2017.
• Resolución del director general de Planificación Ordenación y Centros de 10 de enero de 2017
por la cual se convocan las pruebas libres de certificación de nivel de determinados idiomas de
las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares para el año 2017.