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PROTOCOLO #1 TEORÍA PURA DEL DERECHO Hans Kelsen Nombre: Briggitte Mariana Márquez Parra Código: 201411556 PROBLEMA: dada la iniciativa de separar la ciencia jurídica de la política, se hizo menester para el autor realizar una teoría general del derecho, ésta se ha de llamar: teoría pura del derecho, y tiene por objeto al derecho positivo, y su principio es eliminar de ésta todos aquellos elementos que la hacen ver como una interpretación, mas no como una ciencia. A raíz de esto el autor se propone responder: ¿Qué es el derecho? ¿Cómo se forma? HIPOTESIS: para empezar, se hace hincapié en que en este contexto, se exenta el principio de causalidad y se resalta el principio de imputación, por lo cual se generan reglas de derecho las cuales establecen una relación entre dos hechos: acto ilícito y sanción. Debido a esto, el derecho tiene ciertos elementos como lo son la fuerza, la imputación, por medio de las cuales se pueden regular las conductas de los seres humanos a raíz de las normas jurídicas. ARGUMENTACION: Teniendo en cuenta que la teoría pura del derecho tiene como objeto el derecho positivo, es menester dar a conocer que la intención de ésta, es determinar qué es y cómo se forma el derecho, partiendo de que tiene un carácter anti ideológico y anti metafísico. De igual forma, aclara que ésta, a diferencia de la sociología jurídica, conforme a su ardua búsqueda por ser una ciencia específica del derecho, no se ocupa en un hecho, sino en la medida en que éste está determinado por una norma jurídica. Ésta teoría busca describir el objeto de forma objetiva, universal a la vez que realista y relativa, puesto que está condicionado por las circunstancias de tiempo y lugar. En primera instancia, el derecho se ha de estudiar desde dos puntos de vista, dados así desde la teoría estática y la dinámica: la estática consiste en que el derecho aparece como un conjunto de normas determinadas de las conductas humanas; y desde el punto de vista dinámico, consiste en un conjunto de conductas humanas determinadas por las normas. Ambas teorías indican que la ciencia del derecho tiene por objeto las normas creadas por individuos que poseen la calidad de sujetos en un orden jurídico. Dado lo anterior se han formado ciertas discrepancias, debido a una confusión que hay entre norma jurídica y regla de derecho. Hay que aclarar entonces que la regla de derecho son aquellas proposiciones por las cuales la ciencia jurídica describe su objeto, constituido éste por normas jurídicas creadas mediante actos jurídicos. Se vale del esquema: si A es; entonces B deber ser, hay por lo tanto imputación. La regla derecho de igual forma es un acto de conocimiento, verdadero o falso y al mismo tiempo un juicio hipotético, mientras que la norma jurídica es un acto de voluntad, que ha de ser justo de injusto y por lo tanto es un imperativo. Dicho lo anterior, la regla de derecho sirve como instrumento para describir el derecho positivo que está constituido por una causa y una consecuencia; y que por ende determina el deber ser de las conductas de los seres humanos. Éstas son dadas bajo el pronunciamiento de que un juicio moral está por encima de un juicio jurídico que define las conductas. En cuanto a lo que es justo e injusto, se tiene en cuenta que la idea de justicia es un valor

PROTOCOLO 2 Teoria Juridica

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Hans Kelsen y su teoria pura del derecho.

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Page 1: PROTOCOLO 2 Teoria Juridica

PROTOCOLO #1

TEORÍA PURA DEL DERECHO

Hans Kelsen

Nombre: Briggitte Mariana Márquez Parra Código: 201411556

PROBLEMA: dada la iniciativa de separar la ciencia jurídica de la política, se hizo menester para el autor realizar una teoría general del derecho, ésta se ha de llamar: teoría pura del derecho, y tiene por objeto al derecho positivo, y su principio es eliminar de ésta todos aquellos elementos que la hacen ver como una interpretación, mas no como una ciencia. A raíz de esto el autor se propone responder: ¿Qué es el derecho? ¿Cómo se forma?

HIPOTESIS: para empezar, se hace hincapié en que en este contexto, se exenta el principio de causalidad y se resalta el principio de imputación, por lo cual se generan reglas de derecho las cuales establecen una relación entre dos hechos: acto ilícito y sanción. Debido a esto, el derecho tiene ciertos elementos como lo son la fuerza, la imputación, por medio de las cuales se pueden regular las conductas de los seres humanos a raíz de las normas jurídicas.

ARGUMENTACION:

Teniendo en cuenta que la teoría pura del derecho tiene como objeto el derecho positivo, es menester dar a conocer que la intención de ésta, es determinar qué es y cómo se forma el derecho, partiendo de que tiene un carácter anti ideológico y anti metafísico. De igual forma, aclara que ésta, a diferencia de la sociología jurídica, conforme a su ardua búsqueda por ser una ciencia específica del derecho, no se ocupa en un hecho, sino en la medida en que éste está determinado por una norma jurídica. Ésta teoría busca describir el objeto de forma objetiva, universal a la vez que realista y relativa, puesto que está condicionado por las circunstancias de tiempo y lugar.

En primera instancia, el derecho se ha de estudiar desde dos puntos de vista, dados así desde la teoría estática y la dinámica: la estática consiste en que el derecho aparece como un conjunto de normas determinadas de las conductas humanas; y desde el punto de vista dinámico, consiste en un conjunto de conductas humanas determinadas por las normas. Ambas teorías indican que la ciencia del derecho tiene por objeto las normas creadas por individuos que poseen la calidad de sujetos en un orden jurídico.

Dado lo anterior se han formado ciertas discrepancias, debido a una confusión que hay entre norma jurídica y regla de derecho. Hay que aclarar entonces que la regla de derecho son aquellas proposiciones por las cuales la ciencia jurídica describe su objeto, constituido éste por normas jurídicas creadas mediante actos jurídicos. Se vale del esquema: si A es; entonces B deber ser, hay por lo tanto imputación. La regla derecho de igual forma es un acto de conocimiento, verdadero o falso y al mismo tiempo un juicio hipotético, mientras que la norma jurídica es un acto de voluntad, que ha de ser justo de injusto y por lo tanto es un imperativo.

Dicho lo anterior, la regla de derecho sirve como instrumento para describir el derecho positivo que está constituido por una causa y una consecuencia; y que por ende determina el deber ser de las conductas de los seres humanos. Éstas son dadas bajo el pronunciamiento de que un juicio moral está por encima de un juicio jurídico que define las conductas. En cuanto a lo que es justo e injusto, se tiene en cuenta que la idea de justicia es un valor absoluto, un principio que pretende ser válido en absoluto independientemente del factor tiempo y espacio.

A raíz de que la regla de derecho tiene una causa y una sanción, se considera que en cuanto al fin, el derecho aparece como un método específico que permite inducir a los hombres a conducirse de una manera determinada: sanciona con un acto coactivo la conducta contraria a la deseada. Este fin se logra por medio de la fuerza.

Dicho esto se puede considerar que el derecho no es un fin, sino un medio para lograr una conducta deseada. Y por lo tanto es una técnica de coacción social estrechamente ligada a un orden social que tiene como finalidad mantener. Esta función, se puede regular mediante la sistematización de un sistema jerárquico en el cual prima la constitución, la cual tiene intrínseca la norma fundamental que tiene como base la regla de derecho. Todo esto fundamentado en el derecho material, el cual se refiere a que la sociedad tiene la potestad para poder crear la norma jurídica.

CONCLUSIÓN: el derecho en cierta forma determina el deber ser de las conductas humanas y las plasma a través de normas jurídicas dadas a raíz de reglas de derecho y plasmadas por medio de una jerarquización. Éste, verbigracia, actúa al momento de realizarse un acto ilícito por medio de una sanción, garantizando su legitimidad por medio de la fuerza, y de igual forma generando una obligación frente al derecho.

BIBLIOGRAFÍA: “el derecho consiste en un sistema jerárquico y coactivo cuyo contenido dice cómo debe ser la realidad de las personas que viven bajo un sistema normativo, cuyas exigencias son cumplidas en virtud de

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aceptación general (…)” / Sobre la teoría pura del derecho y la verdadera pirámide planteada por Hans Kelsen, Muñoz, Laura, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicos de la Unam.