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PROTECCION A LA SALUD Y DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS. Instituciones de protección a la infancia México Las instituciones del Estado que se encargan de proteger los derechos de la infancia y que, en concreto, tienen que ver con el cuidado de los adolescentes migrantes no acompañados es, a nivel federal, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y, a nivel estatal, los DIF de cada estado, más aquellas sedes existentes de esta institución en cada municipio. Para el cumplimiento de sus funciones, el DIF ha desarrollado un programa de infancia y adolescencia a través del cual promueve políticas públicas que protejan a esta población, sobre todo en beneficio de aquella que se encuentra en una situación vulnerable. En el ámbito migratorio, se encuentra el Programa de atención a niños, niñas y adolescentes fronterizos. Su aplicación se realiza en la frontera norte y sur, la forma de trabajo interinstitucional es mediante un acuerdo de colaboración celebrado con el Instituto Nacional de Migración (INM) el 11 de junio de 2007, en el cual se establecen como objetivos principales18: • Garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los niños que les confieren las leyes mexicanas. • Brindarles atención integral y humanitaria. • Albergar a los niños migrantes menores de 12 años en la red de albergues públicos o privados. • Albergar a los niños migrantes mayores de 12 años en las estaciones migratorias. • Colaboración en la atención de problemáticas determinadas como la explotación sexual y comer- cio infantil. • Localización de los familiares o representantes legales de los niños. • Capacitar al personal del INM en materia de derechos de la niñez. Este acuerdo también contempló la especial situación del niño y niña refugiada o solicitante de asilo. Así, el 12 de julio de 2007, se firmó un convenio específico para su protección entre el INM, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) y el DIF de Chiapas. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) es la agencia de Naciones Unidas que trabaja por la ninez. Por mas de 50 años, su misisn ha sido la de promover y proteger los derechos y necesidades de los niños y niñas del mundo, ayudar a satisfacer sus necesidades bssicas y aumentar las

Proteccion a La Salud y Derechos Humanos de Los Niños

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Page 1: Proteccion a La Salud y Derechos Humanos de Los Niños

PROTECCION A LA SALUD Y DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS.

Instituciones de protección a la infancia

México

Las instituciones del Estado que se encargan de proteger los derechos de la infancia y que, en concreto, tienen que ver con el cuidado de los adolescentes migrantes no acompañados es, a nivel federal, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y, a nivel estatal, los DIF de cada estado, más aquellas sedes existentes de esta institución en cada municipio. Para el cumplimiento de sus funciones, el DIF ha desarrollado un programa de infancia y adolescencia a través del cual promueve políticas públicas que protejan a esta población, sobre todo en beneficio de aquella que se encuentra en una situación vulnerable. En el ámbito migratorio, se encuentra el Programa de atención a niños, niñas y adolescentes fronterizos. Su aplicación se realiza en la frontera norte y sur, la forma de trabajo interinstitucional es mediante un acuerdo de colaboración celebrado con el Instituto Nacional de Migración (INM) el 11 de junio de 2007, en el cual se establecen como objetivos principales18: • Garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los niños que les confieren las leyes mexicanas. • Brindarles atención integral y humanitaria. • Albergar a los niños migrantes menores de 12 años en la red de albergues públicos o privados. • Albergar a los niños migrantes mayores de 12 años en las estaciones migratorias. • Colaboración en la atención de problemáticas determinadas como la explotación sexual y comer- cio infantil. • Localización de los familiares o representantes legales de los niños. • Capacitar al personal del INM en materia de derechos de la niñez. Este acuerdo también contempló la especial situación del niño y niña refugiada o solicitante de asilo. Así, el 12 de julio de 2007, se firmó un convenio específico para su protección entre el INM, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) y el DIF de Chiapas.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) es la agencia de Naciones Unidas que trabaja por la ninez. Por mas de 50 años, su misisn ha sido la de promover y proteger los derechos y necesidades de los niños y niñas del mundo, ayudar a satisfacer sus necesidades bssicas y aumentar las oportunidades que se les ofrecen, para que alcancen plenamente su desarrollo.

El trabajo de UNICEF se orienta según la Convencion sobre los Derechos de la Niñez, instrumento legal y universal que establece los compromisos y obligaciones de los gobiernos y familias, para proteger y garantizar el pleno cumplimiento de los derechos de la niñez.

Desde 1954, UNICEF trabaja en Mexico con organismos gubernamentales, con instituciones no lucrativas de la sociedad civil y con organismos no gubernamentales, apoyando programas en beneficio de la niñez mexicana en materia de proteccion de derechos, salud, nutricion, educacion, agua y saneamiento basico.

Algunos de los proyectos de UNICEF Mexico son dirigidos, especaficamente a los niños y niñas en situaciones de gran vulnerabilidad, como son los niños de la calle, niños indigenas, los que viven en las fronteras y los que trabajan en areas rurales y urbanas.

LEYES QUE PROTEGEN A LA NIÑEZ EN MEXICO

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Un entorno protector para la niñez en México

Para UNICEF, “protección de la infancia” se refiere a las labores de prevención y respuesta a la violencia, la explotación y el abuso contra niños y niñas, como por ejemplo la explotación sexual, la trata, el trabajo infantil y la migración. Los programas de protección de la infancia de UNICEF también están dirigidos a los niños y niñas especialmente vulnerables a esos abusos, como los que no reciben la supervisión de sus progenitores, están en conflicto con la ley o viven en conflictos armados. Los niños y niñas sometidos a la violencia, la explotación, el abuso y el abandono corren peligro de muerte, de sufrir deficiencias físicas y mentales, de contraer el VIH/SIDA, de tener problemas educativos, de carecer de vivienda y empleo, y de no poder disfrutar del pleno ejercicio de sus derechos.

DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS

La infancia, es decir los niños, debe tener los mismos derechos que el adulto, pero al ser menores de edad y estar más indefensos, necesitan protección especial. Por ello la Asamblea General aprobó en 1989 la "Convención de los Derechos del Niño".

Los derechos humanos de los niños incluyen:

El derecho a la vida

El derecho a poseer nombre y nacionalidad

El derecho a vivir con plenitud, libres de hambre, miseria, abandono y malos tratos

El derecho a un ambiente seguro

El derecho a la educación

El derecho a tiempo de ocio

El derecho a asistencia sanitaria

La posibilidad de participar, a su nivel, en la vida social, económica cultural y política de su país

NORMA Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.

ROBERTO TAPIA CONYER, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; XVI, 28 fracciones I y VII, y 47 fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación de la resolución por la que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.

CONSIDERANDO

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Que con fecha 22 de septiembre de 1999, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Coordinación de Vigilancia Epidemiológica presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, el anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana.

Que con fecha 9 de junio de 2000, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización, de Prevención y Control de Enfermedades.

Las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, fueron publicadas previamente a la expedición de esta Norma en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 47, fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización, de Prevención y Control de Enfermedades, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-031-SSA2-1999, PARA LA ATENCION A LA SALUD DEL NIÑOEn la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes instituciones, asociaciones y organismos:

SECRETARIA DE SALUD.Subsecretaría de Prevención y Control de Enfermedades.Centro de Vigilancia Epidemiológica.Consejo Nacional de Vacunación.Coordinación de Institutos Nacionales de Salud.Dirección General de Enseñanza en Salud.Dirección General de Estadística e Informática.Dirección General de Extensión de Cobertura.Dirección General de Promoción de la Salud.Dirección General de Regulación de los Servicios de Salud.Dirección General de Salud Reproductiva.Dirección General Adjunta de Epidemiología.Biológicos y Reactivos de México.Consejo Nacional para la Prevención y Control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.Consejo Nacional Contra las Adicciones.Hospital Infantil de México.Instituto Nacional de Ciencias Médicas y de la Nutrición "Dr. Salvador Zubirán".Instituto Nacional de Perinatología.Instituto Nacional de Pediatría.Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos.Laboratorio Nacional de Salud Pública.