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PROTECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS
MIGRANTES Y REFUGIADAS EN EL SISTEMA JURÍDICO INTERNACIONAL
JANET TELLO GILARDIJueza Suprema Titular
Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la
Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y
Justicia en tu Comunidad Poder Judicial del Perú
INFORME SOBRE LAS MIGRACIONES EN EL MUNDO 2020
Migrantes internacional
es
Migrantes venezolan
os272 millones
de
personas
Más de 1
millón en
Factores de
movilidad Humana• Crisis Económica y Política
• Crisis Social y Ambiental
• Pandemia y Salud
Isla Male, capital de Maldivas próxima a desaparecer por
cambio climático
DEFINICIONES
Migración internacional:
Movimiento de personas que dejan su país de origen para establecerse temporal o permanentemente en otropaís.
Situación migratoria:
Se ubica una persona extranjera en función del cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias en un país.
Definiciones
Refugiad
o
Convención sobre el Estatuto de losRefugiados
1951
Declaración deCartagena
1984
Persona que debido a fundados temores de persecución por motivos de raza,
religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y que no quiera acogerse a la protección de su país.
La vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada,
la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos
humanos.
“Refugiados sur place”, persona que no es refugiada al abandonar su país de origen
pero que adquiere tal condición posteriormente a raíz de hechos ocurridos
en su país durante su ausencia.
Protección
Internacional
Frente a cualquier acto de discriminación y/o violencia esnecesario la aplicación de estándares internacionales deDerechos Humanos.
Son titulares de derecho los migrantes, solicitantes deasilo, sujetos de protección complementaria, refugiados yapátridas.
Obligación de los Estados: Respetar y garantizar derechos,independientemente de su situación migratoria.
El abordaje desde un enfoque de derechos humanos,requiere de la acción coordinada entre los paísesinvolucrados, dado el carácter pluridimensional de lamigración.
El término “migrante ilegal” atenta contra la dignidadhumana y el principio de igualdad.
MARCO JURÍDICO Artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
Artículo 27 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948)
Convenio sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo (1967)
Declaración de Cartagena sobre los Refugiados (1984)
Artículo 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969)
Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954)
Convención para Reducir los casos de Apátridia (1961)
Igualdad y nodiscriminaciónOpinión Consultiva
N°4/1984, la noción de igualdad se desprende
directamente de la naturaleza humana y es
inseparable de la dignidad
Opinión Consultiva N°18/2003, sostiene que la
igualdad y no discriminación pertenecen al dominio del
jus cogens
Personas migrantes se encuentran en una situación de vulnerabilidad debido a desigualdades de jure (en
las mismas leyes) y de facto (estructurales)
No puede privársele auna persona del goce de sus derechos por
una calidad migratoria
ArgentinaTribunal Superior de Justicia de
Buenos Aires, expediente N°6925/09 del 11 de agosto de
2010
Igualdad y nodiscriminación
EcuadorCorte Constitucional de Ecuador
en el caso N°0014-19-IN del 27 de marzo de 2019
PerúTribunal Constitucional en la
sentencia N°04729-2015- PHC/TC del 26 de febrero de 2019
Condición devulnerabilidad
Opinión Consultiva N°18/2003
Existen prejuicios culturales acerca de los migrantes, que
permiten la reproducción de las condiciones de vulnerabilidad,
tales como los prejuicios étnicos, la xenofobia y el racismo, que dificultan la
integración de los migrantes a la sociedad y llevan la
impunidad de las violaciones de derechos humanos
Condición devulnerabilidad
El desplazamiento fuera del territorio del Estado de su
nacionalidad puede constituir una causa de vulnerabilidad, especialmente para aquellas
personas en condición migratoria irregular
La condición migratoria de una persona no puede ser un obstáculo
en el acceso a la justicia para la defensa de sus derechos humanos
Regla de Brasilia13
Condición devulnerabilidad
• Caso Nadege Dorzema y otros vs. República Dominicana del 24 de octubre de 2012
• Caso Familia Pacheco Tineo vs. Bolivia del 25 de noviembre de 2013
Corte Interamericana de Derechos Humanos:
• Sentencia N°10080-08 . Recurso de Amparo interpuesto por J.H.M.R., contra el Instituto Nacional de Seguros, Banco de Costa Rica y la Dirección General de Migración y Extranjería
Corte Suprema de Costa Rica
Aplicar la normamás
amplia
Reconocerderechoshumanos
Interpretaciónmásextensiva
Principio propersona
ChileCorte Suprema de Chile en la
sentencia N°10897-2013 del 14 de enero de 2014
Principio propersona
ColombiaCorte Constitucional de Colombia en la sentencia T-023/18 del 5 de
febrero de 2018
ColombiaCorte Constitucional de Colombia en la sentencia T-006/20 del 17 de
enero de 2020
Persecución
y peligro
Prohibiciónde devolver
a la persona a su país de
origen
Amenazaa la vida
y libertad
Principio de nodevolución
Corte IDHCaso Wong Ho Wing vs. Perú en lasentencia de 30 de junio de2015
Principio de nodevolución
Costa RicaCorte Suprema de Justicia deCosta Rica en el expedienteN°10-015719- 0007 del 21 dediciembre de 2010
ColombiaCorte Constitucional de Colombia en la sentencia T956 del 19 de
diciembre de 2013
PerúTribunal Constitucional enla
sentencia N°2744-2015-PA/TC
Noseparaci
ón
Derechosy garantíasde niñas,niños yadolescentes
Protección
integral
Principio de unidadfamiliar
Corte IDHOpinión Consultiva OC-21/14 de
19 deagosto de 2014
Principio de unidadfamiliar
Corte IDHCaso de las niñas Yean y Bosico
vs.República Dominicana en la
sentenciade 8 de septiembre de 2005
Corte IDHCaso Familia Pacheco Tineo vs.
Estadoplurinacional de Bolivia
Costa RicaTribunal de Casación Penal de San Ramón en Costa Rica a
través del expedienteN°15617-09
ChileCorte de Apelaciones de Punta
Arenas, en la sentencia N°8-2017del 28 de junio de 2017
Principio de unidadfamiliar
ArgentinaJuzgado Contencioso
Administrativo Federal 8, en el Caso 2728/2012 del 2 de mayo
de 2016
ArgentinaCámara Contencioso
Administrativo Federal, Sala IV, en el expediente N°89675/2017
del 17 de marzo 2020
ColombiaCorte Constitucional de Colombia en la sentencia T- 530 de 12 de
noviembre de 2019
Acceso a la justicia
Personas migrantes y sujetas de protección internacional enfrentan barreras y obstáculos de facto
Barreras culturales como el idioma, religión y desconocimiento de la legislación, así como barreras económicas como la carencia de recursos para contratar servicios de defensa o costear gastos de juicio
Derecho humano de acceso a la justicia derivado de los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos
Acceso sin discriminación a los recursos judiciales que permitan amparar sus derechos
Corte IDH Caso Vélez Loor vs.
Panamá
Acceso a la justicia
Corte IDH Personas dominicanas y haitianas expulsadas vs. República Dominicana
ArgentinaCorte Suprema de Justicia en el expediente N°38158/2013 del 6
de noviembre de 2018
ChileTribunal Constitucional en la
Resolución N°2273-12 del 4 de julio de 2013
Pla
n N
acio
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Acceso
ala
Ju
sti
cia
de
Pers
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as e
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on
dic
ión
d
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uln
era
bilid
ad
2016-
2021
Adhesión del Poder Judicial ante las Reglas de Brasilia de la Cumbre
Judicial Iberoamericana en el 2020
Corte IDH, Opinión Consultiva N°18/2003, sobre las obligaciones
estatales en la determinación de las políticas migratorias
Meta 10.7 de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el
Desarrollo Sostenible
Políticas públicas
Políticamigratoria
Ante la Secretaría Ejecutiva de la
Comisión Especial para los Refugiado
Ante las Oficinas Descentralizadas del
Ministerio deRelaciones Exteriores
Trámite gratuito y virtual. Se otorga un
documento provisional mientras dure elprocedimiento.
Ley de Migraciones, Decreto Legislativo N°1350 con el propósito de mejorar la gestión de los flujos migratorios de extranjeros en el país
Solicitud para otorgar el estatus de refugiado:
Solicitud de Estatus de refugiado en Perú
• Debe formularse en la frontera o dentro del territorio peruano.
• Debe ser presentada por escrito y consignar los datos de la persona y su grupo
familiar, las razones por la cuales solicita la condición de refugiado, así como los
datos de contacto en el país.
• Por la pandemia, las solicitudes son virtuales. Enlace
portal.rree.gob.pe/refugiados.
Nota: Presentada la solicitud de la condición de refugiado, se expedirá un
documento provisional al solicitante (carné de solicitante de refugio).
Carnet de solicitante de Refugio
Documento provisional que permite permanecer en el país mientras dure el procedimiento, alojarse en un hotel o pensión, transitar legalmente dentro del país, fijar su domicilio y autorización de trabajo.
Vigencia: 60 días, puede ser renovado hasta resolución de trámite.
Actividades del PoderJudicial
El Poder Judicial a través de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia ha desarrollado diversas actividades con la finalidad de capacitar y sensibilizar a operadores de justicia como a la sociedad civil respecto a esta Temática.
Encuentros:
• I, II, III, IV Encuentro Binacional de operadores de Justica sobre el tema de trata de personas, Perú- Ecuador. Del año 2017 al 2020.
• Encuentro Trinacional “Las 100 Reglas de Brasilia contra la trata de Personas, Perú, Bolivia y Brasil . 2019.
Congresos:
• Primer Congreso sobre Acceso a la Justicia para Migrantes en Condición de Vulnerabilidad-2019
• Segundo Congreso sobre Acceso a la Justicia para Migrantes en Condición de Vulnerabilidad- programado para setiembre 2021.
I-II-III y IV Encuentros Binacionales de operadores de Justicia sobre Trata personas Perú- Ecuador
Encuentros y Congresos
Principales Cursos - seminarios - talleres
• Curso virtual “Migración, Trata de Personas y Reglas de Brasilia – septiembre a octubre de 2019
• Curso virtual “Acceso a la Justicia de Migrantes en Condición de Vulnerabilidad – de mayo a junio de 2019
• Taller Rutas de Violencia Sexual Basada en Género (SGVB) y la Protección Internacional –Tumbes, junio de 2020
Se deben destacar las actividades Coorganizadas con ACNUR y/o IDEHPUCP
• Capacitación Virtual: Protección Infantil en Situación de Movilidad Humana – Tumbes, agosto de 2020
• Curso – Taller de capacitación sobre personas refugiadas y migrantes para la esfera judicial, noviembre a diciembre de 2020.
• Seminario virtual Retos y Desafíos para responder a la violencia basada en género en contexto de movilidad humana, diciembre de 2020.
• Curso sobre Protección internacional sobre refugio y migración dirigido a Orientadoras Judiciales, enero de 2021.
Cursos- Seminarios- Talleres
Cursos- Seminarios- Talleres
Cuaderno de sentenciasemblemáticas para la protección de los derechos de las personas migrantes y refugiados
Los migrantes son miembros esenciales de la sociedad que contribuyen a la comprensión mutua y
al desarrollo sostenible en las comunidades de origen y de destino […] Todos los migrantes tienen derecho a igual protección de todos sus derechos
humanos
Antonio Guterres
Secretario General de las Naciones Unidas
Muchas
gracias