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Xavier Beteta
Memorandum de Entendimiento(MOU) El MOU es un convenio bilateral entre Estados Unidos
y Guatemala que impone restricciones de importacióna bienes culturales.
El MOU compromete a las aduanas de Estados Unidosa ayudar a interceptar la importación ilegal de artefactos a los Estados Unidos y require que el gobierno de Guatemala facilite las solicitudes de préstamos de los mismos a los museosestadounidenses.
1991 Acción de Emergencia Se firma el primer documento entre EEUU y
Guatemala de acuerdo a la Convención de la UNESCO (1970)
Imponía restricciones sobre artefactos arqueológicosMayas de la región del Petén
1997 MOU 29 de Septiembre de 1997 se firma el primer MOU
como acuerdo bilateral
Impone restricciones de importación de artefactosarqueológicos precolumbinos de toda Guatemala
La lista designada incluía solo objetos mayas: vasijas, alfarería, platos, objetos de jade, esculturas, etc
2002 September 29, 2002 el MOU fue renovado por un
período de 5 años más
2007 Se renueva por 5 años más, pero hay una enmienda en el
artículo II, ya que el lenguage del convenio de 1997 era un poco ambiguo y daba lugar a incluir otros tipos de bienesque no eran necesariamente de orígen maya.
En 2007 el MOU hace énfasis en que solo se incluíamateriales arqueológicos precolombinos.
En lugar de “cultural resource management” se usa“archaeological heritage management” (gestión de patrimonio arqueológico)
“cultural patrimony” sustituído por “archaeological sites”
“cultural resources” sustituído por “archaeological material”
La convención de la UNESCO es implementada en los Estados Unidos bajo la Ley de Implementación de la Convención sobre Propiedad Cultural (Convention on Cultural Property Implementation act, CPIA)
Bajo la CPIA el Presidente de los EEUU tiene autoridadpara entrar en convenios con otros países para imponerrestricciones de importación de materiales arqueológicos o etnológicos.
a) que el patrimonio cultural del Estado está en peligro yaque existe el saqueo de materiales arqueológicos o etnológicos
La definición de “material etnológico” se encuentra en la sección 302(2) ii de la CPIA:
“Ningún objecto puede ser considerado un objeto de interésetnológico a menos que ese objeto sea 1) producto de unasociedad tribal o no industrial, e 2) importante para el patrimonio cultural de un pueblo por sus característicasdistintivas, su rareza comparativa, o su contribución al conocimiento de los orígenes, desarrollo o historia de esepueblo.”
La interpretación de “etnológico” es bastante estricta. Un reportedel Senado (U.S. Senate Report) describe como la ley de EEUU interpreta el término material etnológico: “el comité tiene la intención de interpretar esta definición como solamente lo quees arte “primitivo” o “tribal” como máscaras, idolos o totems producto de sociedades tribales en Africa y Sur América.”
Esta interpretación sugería que el arte colonial no esetnológico ya que representa el arte occidental y no el de una sociedad primitiva o tribal. Por otro lado el arte maya si cumple todas las características.
Aquí hay un conflicto de identidad: significa que el arte del período colonial es español y no guatemalteco?
Sigue siendo un arte europeo y por ende no tienesignificancia para el guatemalteco?
Testimonio de Juan Antonio Valdés “Las autoridades de EE.UU. rechazaron el punto de
Guatemala que la protección debía ser extendida a los objetos producidos en Guatemala durante el períodocolonial (1524-1821). Se dijo que estos objetos no erande interés etnológico porque las pinturas y esculturasde la escuela de Antigua fueron hechos por variosartistas, en algunos casos españoles nacidos en Guatemala y no por mestizos. Aunque el tema se discutió no hubo forma de persuadir a las autoridadesestadounidenses.”
MOU 2012 En la renovación del 2012 se hace una enmienda al
artículo II y se incluye cierto arte del período colonial
La “lista designada” fue enmendada para incluir arte colonial. Esto es referido como “certain ecclesiastical ethnological material” (cierto material etnológicoeclesiástico) del período colonial (1524-1821)
Lista Designada Aparte del arte maya ahora se incluye:
Esculturas religiosas
Esculturas en relieve (como medallas)
Figuras de madera religiosas
Figuras de madera de tamaño natural religiosas
Pinturas de atril
Pinturas murales
Objetos de metal: crucifijos, candelabros, cálices, coronas, etc.
Material no incluído1) Arte secular del período colonial
2) Arte del período republicano (después de 1821)
3) Libros y documentos históricos como los del ArchivoGeneral de Centro América
4) Partituras musicales como el repertorio de la catedral
5) Objetos usados en el período colonial (monedas, armaduras, espadas, armas, platos, etc)
Conclusión El MOU a lo largo de sus renovaciones no incluía arte
del período colonial por no considerarsele “etnológico”
Es hasta el 2012 cuando se enmienda la lista designadapara incluirlo
Aunque esto representa un avance, todavía exístenotros bienes importantes para el patrimonioguatemalteco que no están protegidos bajo esteconvenio.
Se podría hacer una recomendación para ampliar la lista designada.