11
~((\Q"do ~U¡{f~ i&rcfcc ~=-b( orljlnal c:q>t1em"",,e Q 12OOó" ( C\'1 ho )Q.:I:). / " ()¡ ~ \ SUBSECRETARíA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION GENERAL DE IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL / SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES S.G.P.A./DGlRA.DG.2561.08 México, D.F. a 21 AGO.2008 PORUNUSORESPONSABJDEL PAPEL, LA~COPIAS DECONOCIMIENTO DEESTEASUNTO SONREMITIDAS V/ÁELECTRÓNICA ~ "2008, AñodelaEducación FísicayelDeporte" ) / REPRESENTANTELEGALDELA EMPRESA CERVECERIA MODELO DE TORREÓN, S.A. DE C. V~ CALLE 37 NÚM. 300 NORTE COL. SAN MARCOS, C.P---27040,TORREÓN, COAHUILA TEL.: 01(871) 729-99-00 /~ - A consecuencia de analizar y evaluar la ll'í8hifestación de impacto ambiental, modalidad particular (MIA-P), correspondientes al proyecto denominado "Planta de GeneraciÓn de Energía Eléctrica", al que en lo sucesivo se designará como proyecto, promovido por la empresa Cervecería Modelo de Torreón, S.A; de C. V., subsecuentemente se denominará promovente, con pretendida ubicación en el municif'io de Torreón, estado de Coahuila, y \ ( \. RESULTANDO: \ \ "- lo Que el 05 de junio del 2008, fue recibido en esta Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) el escrito número CMT-SEMARNAT-08-14 del 19 del mismo mes y año, a través del cual la promovente ingresó, para su evaluación ( y dictaminación en materia de impacto ambiental, la MIA-P correspondiente al I proyecto, mismo que quedo registrado con la clave 05C02008E0002. \ ~ ( AENOR ~ ~ - IG!Net .:... Emp,.,""'~JJ Registrada ~ ER.l383/2002 \ ISO 9001:2000 \ "Planta de Generación de Energía Eléctrica." Cervecería Modelo qe Torreón, S.A. de C. V. ./ PáginN de 11 \ --- - -- -- Protección datos personales LFTAIPG

Protección datos personales LFTAIPGsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/coah/...) metros de los generadores eléctricos. "-En cua~to a equipo adicional. cada generador contará

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SUBSECRETARíA DE GESTiÓNPARA LA PROTECCiÓN AMBIENTALDIRECCION GENERAL DE

IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL

/

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

S.G.P.A./DGlRA.DG.2561.08

México, D.F. a 21 AGO.2008PORUNUSORESPONSABJDELPAPEL,LA~COPIASDECONOCIMIENTO

DEESTEASUNTOSONREMITIDASV/ÁELECTRÓNICA

~

"2008, AñodelaEducaciónFísicay el Deporte"

)

/ REPRESENTANTELEGALDE LA EMPRESACERVECERIA MODELO DE TORREÓN, S.A. DE C. V~CALLE 37 NÚM. 300 NORTECOL. SAN MARCOS, C.P---27040,TORREÓN, COAHUILATEL.: 01(871) 729-99-00

/~ - A consecuencia de analizar y evaluar la ll'í8hifestación de impacto ambiental,modalidad particular (MIA-P), correspondientes al proyecto denominado "Plantade GeneraciÓn de Energía Eléctrica", al que en lo sucesivo se designará comoproyecto, promovido por la empresa Cervecería Modelo de Torreón, S.A; de C.V., subsecuentemente se denominará promovente, con pretendida ubicación enel municif'io de Torreón, estado de Coahuila, y

\

(

\.RESULTANDO:

\

\ "-

lo Que el 05 de junio del 2008, fue recibido en esta Dirección General de Impacto yRiesgo Ambiental (DGIRA) el escrito número CMT-SEMARNAT-08-14 del 19 delmismo mes y año, a través del cual la promovente ingresó, para su evaluación (

y dictaminación en materia de impacto ambiental, la MIA-P correspondiente alI proyecto, mismo que quedo registrado con la clave 05C02008E0002.\ ~

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AENOR ~~ - IG!Net .:...Emp,.,""'~JJRegistrada~

ER.l383/2002\ISO 9001:2000

\"Planta de Generación de Energía Eléctrica."Cervecería Modelo qe Torreón, S.A. de C. V.

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SUBSECRETARíA DE GESTiÓNPARA LA PROTECCiÓN AMBIENTALDIRECCION GENERAL DEIMPACTOY RIESGO AMBIENTAL

1.. SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

)

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S.G.P .A./DGIRA.DG.2561.08"""\

11. Que el 12 de junio del 2008, fue publicado,{en la separata númeroDGIRA/026/08 de la gaceta ecológica y en la página electrónicawww.semarnat.QOb.mx.elingresodelaMIA-p.correspon~enteal~royecto.de.

\ conformidadcOf lo establecido en los Artículos34, fracción1,de la LeyGeneraldel Equilibrio t=cológico y la Protección al~mbiente (LGEEPA) y 37 de suReglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental (REIA).

111.Que con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 35 de la LGEEPAy 21 desu REIA,esta DGIRAintegró el expediente del proyecto, mismo que fue puestoa disposición del público, en el Centro Documental, ubicado en Av. RevoluciónNúmero 1425, Mezanine Planta Baja, Delegación ÁIVaro Obregón, Ciudad deMéxico, Distrito Federal. /---

/

IV. Que el 06 de agosto del 2008, fue recibido en esta DGIRA, vía correo electrónico,un ¡anexo fotográfico de la visita técnica, realizada el 01 del mismo mes y año por

el personal fdscrito a la Subdelegación de Gestión para la Protección Ambientalde la Deleg~cióJt- Federal de esta Secretaría en el estado de Coahuila, al sitio

donde se pretende _realizar el proyecto, con el fin de que esta ~GIRAdeterminara lo conduCente, con respecto al Procedimiento de Evaluacfón deImpacto Ambiental (PElA) del proyecto, y conforme a los medios de pruebanecesa~as, de acuerdo a lo señalado en el segundo párrafo del Artículo 50 de laLey Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), y

I

CONSIDERANDO:

1. Que esta DGIRA puso a disposición del público la documentación señaladaen los resultandos números 11y 11I,con ~I fin de garantizar el derecho de laparticipación social dentro del Procedimiento de Evaluación de Impacto"-

Ambiental, que se establece en los Artículos 34 de la LGEEPA.:z 40 de suREIA.

En virtud de lo anterior, esta DGIRA procedió a determinar lo conducente, deconformidad con lo establecido en la legislación ambiental vigente y a lasatribuciones que le son conferidas en las disposiciones jurídicas que leresulten aplicables al caso. "

""Planta de Generación de Energía Eléctrica."Cervecería Modelo de Torredn, S.A. de C. V.

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"SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

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SUBSECRETARíA DE GESTiÓNPARA LA PROTECCiÓN AMBIENTALDIRECCION GENERAL DEIMPACTOY RIESGO AMBIENTAL

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I

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S.G.P.A.lDGIRA.DG.2561.08

2.\

Descripción del proyecto / \ '\Que del analisis de la documentación citada en los resultandos números I yIV, se identificó lo siguiente: ~

El proyecto consiste en la instalación, dos generadores de energía eléctrica,tipo paquete, uso industrial, trifásicos, de corriente alterna y armazón tipohorizontal, la turbina se accionará por sistema de combustión interna, basediese!. Su accionamiento será directo e independientes entre sí, cada uno Qeello contará con un regulador automático. La potencia nominal será de 2 MWcada uno, a 60 heJtz, operando al 80% máximo de potencia nominál,contando además con regulación de tensión y corte a partir de interruptorlocalizado en el tablero de control que se instalará aproximadamente a 5

) metros de los generadores eléctricos. "-

En cua~to a equipo adicional. cada generador contará con un tanque de (,almacenamiento de 25 m3 de capacidad y un tanque de díCt paraalmacenamiento de diesel con capacidad de 2 m3, y todo el sistema degeneración, los generadores y las bombas de transferencia, estaránprot'kgidos de acumulación de electricidad estática mediante tierras físicasdirectas que se integrara a la red existente de las Instalaciones actuales de laempresa, la superficie destinada para el proyecto será de 390 m2

aproximadame~te que corresponde al área de ubicación de los tanques dediesel y para la instalación de los generad,oreseléctricos. '-

Fundamento legal(

a) En materia de impacto ambiental.

Las obras y/o activiqades correspondientes al proy"ecto, soncompetencia de la federación por tratarse de la instalación de unaplanta de generación de energía eléctrica, de conformidad con Loestablecido en los artículos 28, fracción 11,de la LGEEPA y 5, inciso K),fracción 1,de su REIA.

\

"Planta de Generación de En~rgía Eléctrica."Cervecería Modelo d~ Torreón, S.A. de C. V.

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\'\

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... SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

)

\\

/

S.G.P.A./D~.DG.2561.08

3. Que derivado del análisis y evaluación de la documentación descrita en losresultandos números I y IV,s,e identificólo siguiente: \

"Derivj='dode lo anterior los capítulos números V "Identificación, descripción yevaluación de los impactos ambientales", VI "Medidas preventivas y de mitigaciQnde los impactos ambientales" y VII "Pronósticos ambientales y, en su caso,evaluación de alternativas", no corresponden con las condiciones ambientalesactuales del sitio del proyecto, al momento de estar siendo sometidQ al PElA,mismas que ya han sido modificadas, debido a que la' promovente inicióyconcluyó en su totalidad las obras y/o actividades correspondientes y, por lo tanto,

\rpj

/

I

a) En I~ MIA-P, la promovente/señaló lo siguiente:\

~

"(sic)

11.2.2. Preparación del sitio

Principales actividades que integran esta etapa del proyecto.

Para la preparación del sitio donde se instalarán los 2 generadores eléctricos en una secciQn del Patio\de

Maniobras, se requerirá efectuar lo siguiente: ~ /

Acondicionamiento del área

La colocación de los 2 equipos paquete de los generadores eléctricos y la construcción de un dique de.-..

contención, requerirán bases de concreto armado en una superficie aproximada de 120 m2 por lo que'será

necesaria 'va demolición del piso existente y por este motivo se generarán durante la etapa de acondicionamientoI ~

del proyecto aproximadamente 70 toneladas de escombro de concreto, al cual se le dará el manejo correcto.

("\

Que en el anexo fotográfico incluido en la MIA-P, la promoventeindicó que el sitio en donde se realizará el proyecto no se hanejecutado acciones inherentes al proyecto.

c) Que de acuerdo con las fotografías señaladas en el Reporte de la

visita té~nica, descrita en el resultando número IV del presente,realizada el 01 de agosto del 2Q08, por la Delegación Federal deSEMARNA T en el estado de Coahuila, se identificó que lapromovente ya concluyó las obras ylo actividades en su totalidad, sincontar con la autorización que en 'materia de impacto ambiental emiteesta Secretaría.

b)

'\

"Planta de Generación de Erl~rgía Eléctrica."Cervecería Modelo de Torreón, S.A. de C. V.

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SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

yl~ECURSOS NATURALES

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S.G. P.A./DGtRA. DG.2561.08

)

la información contenida en dichos capítulos carece de total validez, ya que los\ impactos ambientales identificados, así como las medidas de Rrevención y/emitigación señ~ladas en la MIA-P Ipresentada, se describen I como si lapromovente fuera a dar inicio a las obras___y/oactividades de las etapas depreparación del sitio y construcción del proyecto, lo cual es incierto, confo?11ealinciso c) antes citado, por lo cual se concluye que la promovente incurrió enfalsedad de información respecto a los impactos ambientales identificados para el

/ proyecto, toda vez que debióhaberllevadoa cabo unadiferenciaciónclarade lasetapas ya concluidas o en proceso, y las faltantes pouealizar, para que de estamanera se identificaran los impactos ambientales y se definieran las medidas ~eprevención y/o mitigación~í como las medidas de compensación aplicables paracada una de las etapas resultantes o faltantes del proyecto.

I

En este orden de ideas, esta DGIRA deterrnirua que la promovente ha reba~doel carácter ~eventivo que establecen los preceptos descritos en el considerandonúmero 2 del presente documento, lo anterior, en virtud de que el objetivo depresentar y evaluar LLQ,estudio de impacto ambiental para la realizacióry de unproyecto, es el de prevenir los posibles impactos ambientales que se p'udierangenerar en el medio ambiente donde se pretende llevar a cabo las obras y/oactividades del mismo y, en su caso, determinar las condiciones a que sesujetarán la realización de las obras y/o actividades que lo conforman y quepuedan causar desequilibrios ecológicos o rebasar los límites y condicionesestablecidos en la normativa aplicable para proteger el ambiente y preservar yrestaurar los ecosistemas, más no para la regularización de dichas obras y/oactividades, ya que esta figura no se encuentra jurídicamente establecida enmateria de Impacto Ambiental en la citada Ley.

No obstante lo anterior, y considerando lo establecido en los Artículos 57, del'\ REIA y 118 al 140 del Reglamento Interior de la SEMARNAT, le corr~ponde a la

Procuraduría Federal de Protec~ión al Ambiente (PROFEPA) determinar loconducente en el ámbito de su competencia y, en su caso, establecer las medidascorrectivas o de urgente aplicación con fundamento en lo dispuesto en el Tít~oSexto de la LGEEPA, lo anterior, sin prejuicio de las sanciones administrativas ydel ejercicio de las acciones civiles y penales que resulten aplicables a lapromovente por haber llevado a cabo obras y/o actividades que" requierensometerse al PElA, sin contar con la autorización correspondiente, así com~ de la

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Ji "Planta de Generación de inergía Eléctrica." \Cervecería Modelo II/e Torreón, S.A. de C. v.

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imposición de r11edidas de seguridad que en términos del Títttlo antes señaladoprocedan.

)

Con base en lo expuesto y con fundamento en lo que qispone el Artículo 8.seQundopárrafo,de la Constituci~n Política de los Estados Unidos Mexicanos '

en relación a que a toda petición deberá!recaer un acuerdo escrito de la autoridad\ a quien se haya dirigido, la cual tiene obligaciónde hacerlo conocer en breve

término al peticionario...; el Artículo 16. primer párrafo que establece que nadiepuede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sinoen virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive

/ la causa legal del procedimiento; el Artículo 25. primer párrafo, establece quecorresponde al estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que és~esea integral y sustentable... Bajo criterios de equidad social y productividad s~apoyará e impulsará a las--empresas de los sectores social y privado de laeconomía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, enbeneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y elmed10ambiente y el Artículo 27. párrafo aui1ífb establece que corresponde ajaNación el do~inio directo de todos los recursos naturales... el petróleo y todos loscárburos de l1idrágeno sólidos, líquidos o gaseosos; los artículos de la LGEEPAque se citan a continuación: Artículo 1, que establece que la presente Itey esreglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados

Unidos ~exicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrioI ecológico, así como a la protección al ambiente... sus disposiciones son de orden

público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable...Entodo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidasen otras leyes rela90nadas con las materias que regula este ordenamiento;Artículo 4, que establece que la Federación ejercerá sus atribuciones en materiade preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente,de conformidad con la distribución de competencias previstas en dichoinstrumento jurídico y en otros ordenamientos legales; Artículo 5. fracción 11,el

/ cualdisponeque es facultadde la Federaciónla aplicaciónde los instrumentosde\ política ambiental previstos en dicha Ley, en los términos en ella establecidos, así

como, la regulación de las acciones para la preservación y restauración delequilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realicen en bienes y zonasde jurisdicción federal; en la fracción VI del mismo Artículo 5 que establece que laregulación y el control de las actividades consideradas como altamente riesgosas,y de la generación, manejo y disposición final de materiales y residuos peligrosos,

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"Plantade GeneracióndeEnergiaEléctrica...Cervecería Modelo de Torreón, S.A. de C. V.

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para el ambiente o Ips ecosistemas, así como para la p~eservaciónde los recursosnaturales, de conformidad con esta Ley, otros ordenamientos aplicables y susdisposiciones reglamentarias; en la fracción X del mismo A ículo 5 que disponeque es facultad de la Federación la evaluación del Impacto A biental de las obras~y actividades a que se refiere el Artículo 28 de esta Ley y, en su caso, la\expedición de las autorizaciones correspondientes; Artículo 6 se refiere a lasatribuciones que esta Ley otorga a la Federación serán ejercidas por el p9derejecutivo federal a través de la Secretaría,... Las dependencias y entidades de laadministración pública federal que ejerzan atribuciones que les confie.ren otros

/ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con objeto de la presente Ley,ajustarán su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológicC>.¡aprovechar sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente, asícomo las disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas,programas de ordenamiento ecológico y demás normatividad que de la misma sederive; conforme a lo establecido en el Artículo 15 en el cual se refiere a laformulación y conducción de la política ambiental, la expedición de las normasoficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia depréServacióny de restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, elejecutivo federal observará lo siguiente: ...fracción XII. Toda persona ¡tienederecho a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud ybienestar. Las autoridades en los términos de ésta y otras, tomarán las medidas

I para gararttizar ese derecho; a lo establecido en el primer párrafo del Artículo 28que dispone que la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a travésdel cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización deobras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar loslímites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables, fracción.ll. delmismo Artículo 28, que dispone que para la realización de obras de industria delpetróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento yeléctrica; requieren previamente de la autorización en materia de impactoambiental de la Secretaría; Artículo 30, establece que para obtener la autorización

\a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán pre~ntar a laSecretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, porlo me~os, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas quepudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando elconjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como lasmedidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para ,evitar yreducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente..:.; Artículo 35. primer

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Cervecería Modelo de Torreó~ S.A. de C. V.Página 7 de 11

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IMPACTO Y RIESGO AMBIENTALSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Y~CURSOSNATURALES

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S.G.P.A.lDGlRA.DG.2561.08\

párrafo que dispone que una vez presentada la MIA-P, la Secretaría iniciará elprocedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la sblicitud ~e ajuste a las'formalidades pr~vistas en esta Ley, su Reglamento y las Normas OficialesMexicanas aplicables, e integrará el expedie~ respectivo en un plazo no mayorde diez días; en el Artículo 35. fracción 111.- negar la autorización negada cUjindo;inciso a se contravenga con lo establecido en esta Ley, sus reglamentos, normasoficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables; en el último párrafo del

/ mismo Artículo 35 que dispone que la resolución que emita la Secretaría sólo sereferirá a los aspectos ambientales de las obras y activ19ades de que se trate; q~epuedan causar graves equilibrios ecológicos; de lo dispuesto en los artículos delREIA de la LGEEPA que$ citan a continuación: Artículo 2 que establece que 18'aplicación de este Reglamento compete al Ejecutivo Federal por conducto de laSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del Artículo 3 del mismo

Reglamento a través del cual se define diversos conceptos que aplicaron en ~stecaso y par~ este proyecto; en la fracción I del Artículo 4 que dispone quecempete a 1$ Secretaría evaluar el impacto ambiental y emitir las resolucionescorrespondientes para la realización de proyectos de obras o actividades a ~ue serefiere el presente regTamento; en el inciso k. fracción I del Artículo 5, del (mismoReglamento el cual señala que para la realización de obras o actividades

I correspondientes a la Industria eléctrica, construcción de plantas nucleoeléctricashidroelectricas, goetermoeléctricas, eoloeléctricas o termoeléctricas,convencionales, de ciclo combinado o de unidad turbugás, con excepción de lasplantas de generación con una capacidad menor o igual a medio MW, utilizadaspara respaldo en residencias, oficinas y unidades habitacionales;, requieren laevaluación previa en materia de impacto ambiental; en el primer párrafo delArtículo 9, que dispone la obligación de los particulares para presentar ante laSecretaria una MIA, en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la ~evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que soth;:ita

A\ autorización, en el Artículo 10. fracción 11,que señala que las manife~ciones deimpacto ambiental deberán presentarse en la modalidad particular, para el casoI

de este proyecto; en el Artículo 12 que define el contenido de la información de

una MIA-P en su modalidad particular; en el Artículo 37, que señala que ~Secretaría publicará semanalmente en la Gaceta Ecológica un listado de lassolicitudes de autorización, de los Informes Preventivos y de las Manifestacionesde Impacto Ambiental que recib~; en el Artículo 44, a través del cual se'establece

el procedimiento que debe seguir la Secretaría para emitir la resolución so~re laevaluación del impacto ambiental del proyecto sometido a la consideracion de

~ I \

W"Planta de Generación de Energía Eléctrica."Cf!JVecería Modelo d~ Torreón, S.A. de C. V. \

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S.G.P .A./DGtRA.DG.2561.08

esa autoridad por parte del promovente; en el Artículo 45. fracción 111,que señalanegar la autorización en los térp,inos de la fracción 111Q,el Arti~ulo 35; de ~'dispuesto en lo~ artículos de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal que se citan a continuación: Artículo 2 fracción 1,que dispone que en elejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del ordenadministrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrádepartamentos administrativos; Artículo 18, señala que en el Reglamento Interior

/ de cadauna de las Secretaríasde Estado,queseráexpedidopor el Presidentedela República, se determinarán las atribuciones de sus unidades administrativas; enel Artículo 26, que dispone que la Secretaría de Medio Ambiente V RecursbsNaturales es una depend~cia del Poder Ejecutivo de la Unión y del Artículo 32bis, que establece los asuntos que son competencia de la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales dentro de las cuales destaca en .su fracción XI larela)iva a la evaluación y dictaminaciónc!e--.las manifestaciones de impactoambiental, qe lo dispuesto en los artículos del Reglamento Interior d~ laSEMARNAT,)Articulo 19, fracción XXV, establece que los directores generalestendrán las facultades genéricas de resolver los asuntos sobre autoriza9iones,licencias, permisos, cesión de derechos y obligaciones, registros y demás actosrelativos a sus atribuciones; fracción XXVIII del mismo Artículo 19 que dispone las

( demás (fIJe les confiera expresamente el titular de la Secretaria, y las que lesseñalen las disposiciones jurídicas aplicables y sus superiores jerárquicos enámbito de sus atribuciones; Artículo 27, en su fracción 111señala que la DirecciónGeneral de Impacto y Riesgo Ambiental tendrá las atribuciones de, evaluar yresolver las manifestaciones de impacto ambiental de las obras 'O actividadescompetencia de la Federación y expedir, cuanao proceda, las autorizaciones parala realización, así como analizar y resolver los informes preventivos, fracción VII.del mismo artículo señala que, la DGIRA emitirá observaciones y ~recomendaciones sobre los estudios de riesgo ambiental que se incluyan, el\ su

~ caso, las manifestaciones de impacto ambiental; en el Artículo 2,)

de la LeyFederal de Procedimiento Admif!istrativo se dispone que salvo por o que tocaal tífulo tercero A, esta Ley, se aplicará supletoriamente a las diversas leyesadministrativas; la Administración Pública Federal en sus relaciones con I~sparticulares; Artículos 3 v 4, referentes a los elementos y requisitos de que debencumplir los actos administrativos; el Artículo 16 de la misma ley en su fracción Xestablece dictar resolución expresa sobre cuantas peticiones le formulen, asícomo en los procedimientos iniciados de oficio, cuya instrucción y resQ)ución

afe~e a terceros, debiendo dictarla dentro. del plazo fijado por la ley y en el

J?/"Planta de Generación de E~ergia Eléctrica." \Cervecería Modelo ~ Torreón, S.A. de C. V. ~

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SUBSECRETARíA DE GESTiÓNPARA LA PROTECCiÓN AMBIENTALDIRECCION GENERAL DE

.-/IMPACTOY RIESGO AMBIENTALSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Y\~ECURSOS NATURALES

/ \

S.G.P.A.lDG(AA.DG.2561.08\

Artículo 57 en su fracción I hace referencia a la terminación del procedimiento

~dministrativo de la resolución deliproyecto. (~ ~

Por todo lo ante~ expuesto, con sustento en las disposiciones invocadas y dada\ su aplicación en este caso y para este proyeCto, esta DGIRA en el ejercicio de

sus atribuciones J

RESUELVE:/

I

PRIMERO.- Tener por atendido el comunicado número CMT-SEMARNAT-08-14del 19 junio del 2008, mediante el cual la empresa Cervecería Modelo ~Torreón,S.A.de C.V. remitióla MIA-P, correspondiente al proyecto denominado"Planta de Generación de Energía Eléctrica".

) -----

SEGUNDO.\ NEGAR la solicitud de autorización solicitada para el proy~todenominado )"PI~ta de Generación de Energía Eléctrica", presentado por laempresa Cervecería Modelo de Torreón, S.A. de C. V., toda vez 9ue lapromovente incurrióen falsedad de información respecto a los inipactosambientales identificados para el desarrollo del proyecto, lo anterior, comoresultad~ del análisis y evaluación de la MIA-P, motivado en los argumentosdescritos en el considerando número 3 y fundamentado en los preceptos legalescitados en el último párrafo de dicho considerando.

)

TERCERO.- Archivar el expediente correspondiente como asunto totalmenteconcluido. '\

CUART0.- La presente resolución no exime a la promovente de las sanciones \

y/o condiciones que determine o haya determinado la Procuraduría FederaJ de,{ Protección al Ambiente en el ámbito de su competencia, por haber realizado 1as\ obras y/o actividades correspondientes al proyecto, sin contar con la autorización

que en materia de impacto y riesgc(ambiental emite esta DGIRA.

QUINTO.- La presente resolución se acompaña de un ejemplar de la MIA~presentada para el proyecto.

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"Planta de Generación de Ehergia Eléctrica."Cervecería Modelo d(JTorreón, S.A. de C. v.

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Page 11: Protección datos personales LFTAIPGsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/coah/...) metros de los generadores eléctricos. "-En cua~to a equipo adicional. cada generador contará

/ (

\ I (

'\SUBSECRETARíA DE GESTiÓNPARA LA PROTECCiÓN AMBIENTALDIRECCION GENERAL DEIMPACTOY RIESGO AMBIENTALSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Y~CURSOSNATURALES

\I

/ \S.G.P.A./DGIRA.DG.2561.08

)

I \SEXTO.- Se hace del conocimiento de la promovente que la presente resoluciónemitida, con motivo de la aplicación de la LGEEPA, su REIA y las demás previstasen otras disposiciones legales y reglamentarias en la materia, podrá ser

,impugnada, mediante el recurso 'de revisión, dentro de los(quinc~ días hábileS'siguientes a la \fecha de su notificación ante esta DGIRA, quien en su caso,acordará su admisión, y el otorgamiento o denegación de la suspensión del actorecurrido, conforme a lo establecido en los Artículos 176 de la LGEEPAj y 3,fracción,XV, de la LFPA.

/ SÉPTIMO.- Notifíquese la presente resolución a la Procuraduría Federal deProtecciónal Ambienteparala determinaciónque corr~onda. ~

OCTAVO.- Notifíquese al interesado de conformidadArtículo 35 y demás relativos y aplicables de la LFPA.

~ \)~'DOs Att-.

Sin¡otro particular, reciba un cordia~C\ATENTAME~TE ~StJFRAGIO EFEG=rIVO,NO REE~

con lo dispuesto por-ef

/

(

\MauricioLimónAguirre.Subsecretariode Gestiónpara la ProtecciónAmbientalde la Secretaríade Medio Ambiel\te y Recursos Naturales. "-Humberto Moreira Valdés.- Gobernador Constitucional del estado de Coahuila.Lic. José Angel Pérez Hernándes.- H. Presidente municipal de Torreón, estado de Coahuila.Lic. Fernando Simón Gutiérrez Pérez .- Delegado federal de la SEMARNAT en el estado deG;oahuila. I \Ing. Anastasio Carranza García.- Delegado federal de la PROFEPA en el estado de Coahuil\3.Lic. Raymundo Raziel Villegas Núñez.- Director General de Impacto Ambiental y ZOFEMAT'cIe laPROFEPAExpediente de I

~irección General de Impacto y Riesgo Ambiental.

Minutar.

~'o de la rección Evaluaciór1de Sectores Energia e Industria.

Expedie e. 05C 2008E0002, 05CÓ2008E0002-2

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c.c.e.p.:

,\. \ "Planta de Generación de Energía Eléctrica."

Cervecería Modelo de To~ón, S.A. de C. V.Página 11 de 11

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