Propuesta - Pólizas Tesorerías

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  • 8/7/2019 Propuesta - Plizas Tesoreras

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    PROPUESTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO

    POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIN SOBRE LAS PLIZAS DE TESORERACONCERTADAS POR EL AYUNTAMIENTO

    Desde el ao 2007 el Ayuntamiento de Aranjuez viene concertando operaciones de

    crdito a corto plazo con distintas entidades de crdito, amparndose en el artculo 51 del

    R.D.L. 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el

    cual establece que para atender necesidades transitorias de tesorera, las entidades

    locales podrn concertar operaciones de crdito a corto plazo, que no exceda de un ao,

    siempre que en su conjunto no superen el 30 % de sus ingresos liquidados por

    operaciones corrientes en el ejercicio anterior, salvo que la operacin haya de realizarse

    en el primer semestre del ao sin que se haya producido la liquidacin del presupuesto

    de tal ejercicio, en cuyo caso se tomar en consideracin la liquidacin del ejercicio

    anterior a este ltimo. El art. 49.5 c-a) establece que el pago de las obligaciones

    derivadas de las operaciones de crdito podr ser garantizado, entre otras formas, con la

    afectacin de ingresos procedentes de contribuciones especiales, tasas y precios

    pblicos.

    La cantidad concertada en operaciones de crdito del Ayuntamiento de Aranjuez ha ido

    aumentando, llegando a alcanzar un importe de 12.940.000 a mediados del ejercicio

    2010, es decir, al lmite del 30% de los recursos liquidados en el ejercicio 2009 que

    ascendieron a 12.971.654,07 .

    Las operaciones de crdito a corto plazo, como hemos dicho anteriormente, son

    operaciones para atender necesidades de liquidez transitorias, y es por eso que se

    garantizan con los recursos que provienen de tasas y contribuciones especiales. Las

    operaciones de crdito que tiene concertadas el Ayuntamiento de Aranjuez estn

    totalmente dispuestas, por lo que cada vez se hace ms difcil proceder a su cancelacin,

    es decir, a su devolucin, ocasionando un enorme gasto financiero, adems del

    empeoramiento en las condiciones de concertacin a medida que pasa el tiempo.

    El R.D.L. 8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reduccin del

    dficit pblico establece que las operaciones de crdito a corto plazo concertadas por las

    entidades locales deben ser canceladas a 31 de diciembre de 2010. En esa fecha el

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    Ayuntamiento de Aranjuez soportaba una deuda por esas operaciones de crdito queascenda a 10.940.000 .

    En la Junta de Gobierno de 4 de enero de 2011 se aprueban las propuestas de

    cancelacin ... y posterior concertacin de las operaciones de crdito por importe de

    8.000.000 y 940.000 que el Ayuntamiento de Aranjuez tiene concertadas con Caja

    Castilla la Mancha y Caixa Peneds respectivamente. La cancelacin de esas

    operaciones llevara consigo la devolucin del principal de esas deudas y lo que se

    produjo realmente no fue esa devolucin sino la renovacin de esas operaciones decrdito, ya que en ese momento las arcas municipales carecen de liquidez necesaria para

    proceder a la devolucin de 8.940.000 , y el Ayuntamiento de Aranjuez no tiene

    posibilidad de concertar operaciones de crdito a largo plazo por esa cantidad, lo cual

    lleva consigo una vulneracin de la ley ya que no se produce la cancelacin que se

    establece en el R.D.L. 8/2010, sino una renovacin de dichas operaciones de crdito. En

    cuanto a la otra operacin de crdito concertada con Caixa Catalunya por importe de 2

    millones de euros, la cancelacin se produce el 4 de enero de 2011, es decir, despus

    de la fecha establecida en el R.D.L. 8/2010, por lo que se habra hecho violando loestablecido en dicho Real Decreto Ley.

    Las renovaciones de las operaciones de crdito expuestas anteriormente no son ms que

    una forma de convertir operaciones de crdito a corto plazo en operaciones a largo plazo,

    las cuales el Ayuntamiento de Aranjuez no puede concertar sin antes obtener el permiso

    de los organismos competentes del Ministerio de Hacienda, segn establece el art. 53.1 y

    2 de la Ley de Haciendas Locales , ya que de los estados financieros resultantes de la

    liquidacin del presupuesto se ha obtenido un ahorro neto negativo, adems de tener un

    endeudamiento con entidades de crdito a corto y largo plazo superior al 125% de los

    recursos liquidados , por lo que supondra llevar a cabo operaciones de crdito en contra

    de la legislacin vigente.

    Adems de lo expuesto anteriormente, cabe resaltar el importante esfuerzo econmico

    que va a suponer la renovacin de las operaciones de crdito anteriormente expuestas,

    ya que las condiciones econmicas se han endurecido, llevando consigo un aumento

    considerable de los tipos de inters, adems de las devoluciones que se han de realizar

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    durante este ejercicio, que ascendern a un total de 2.875.000 , lo cual supondr unduro golpe a las ya muy daadas arcas municipales.

    Todo lo anterior no es ms que una consecuencia de la psima poltica econmica y

    financiera del gobierno socialista, la cual se ha basado en el despilfarro de los recursos

    econmicos en los tiempos de bonanza econmica y en aplazar las obligaciones a

    ejercicios venideros, las cuales estn surgiendo en el peor momento econmico,

    ocasionando un aumento en el gasto financiero adems de serias dificultades para

    asumirlas.

    Por todo lo expuesto el Grupo de Concejales del Partido Popular somete a laconsideracin del Pleno la aprobacin de la siguiente PROPUESTA:

    Instar a la Direccin General de Coordinacin Financiera con las

    Comunidades Autnomas y con las entidades locales para que proceda a

    analizar y evaluar las prcticas que en materia de operaciones de crdito a

    corto plazo viene realizando el gobierno municipal y, en su caso, depure las

    responsabilidades oportunas.

    Aranjuez 8 de marzo de 2011

    Mara Jos Martnez de la FuentePORTAVOZ GRUPO DE CONCEJALES

    PARTIDO POPULAR

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