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PROPUESTA DE LEY DE AGROBIODIVERSIDAD, SEMILLAS Y AGROECOLOGÍA QUITO – ECUADOR 2 011 ÍNDICE GENERAL PÁGINAS PRELIMINARES Págs.

Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

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Page 1: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

PROPUESTA DE LEY DE

AGROBIODIVERSIDAD, SEMILLAS Y AGROECOLOGÍA

QUITO – ECUADOR

2 011

Page 2: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

ÍNDICE GENERAL

PÁGINAS PRELIMINARES Págs.

Portada.......………………………………………………………….................................. i

Autoría………………………………………………………………….................................ii

Índice General……………………………………………………………………………………….iii

ÍNDICE DE CONTENIDOS

I. INTRODUCCIÓN.…………………….……………………………………1

II. FINALIDAD Y OBJETIVOS.…………..………….……………………..2

2.1. Finalidad………………………………………………………………. 22.2. Objetivos………………………………………………………………. 22.3. Carácter y ámbito de aplicación…………………………………. 3

III. METODOLOGÍA................................................…………………….. 3

IV. MARCO LEGAL.............................................................................4

4.1. Principios……………………………………………………………… 44.2. Constitución de la República del Ecuador 2008……………… 44.3. Ley Orgánica del Régimen de Soberanía Alimentaria 2009.. 8

V. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS.....................................................12

5.1. Agrobiodiversidad………………………………………………….. 125.2. Semilla Campesina, Tradicional o Nativa……………………… 155.3. Agroecología…………………………………………………………… 17

VI. PREGUNTAS GENERADORAS.......................................................20

VII. PROPUESTA DE LEY………………………………………………………. 21

7.1. Conservación y multiplicación de la Agrobiodiversidad y Semillas……………………………………………………………… 21

7.2. Promoción, uso y consumo de la Agrobiodiversidad…….22

7.3. Investigación, Formación y Educación……………………….22

7.4. Intercambio, libre circulación y comercialización de la

Page 3: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

agrobiodiversidad y semillas…………………………………..23

7.5. Semillas tradicionales o nativas………………………………24

7.6. Control de semillas importadas……………………………….24

7.7. Control y Regulación de semillas y cultivos transgénicos24

7.8. Fomento de la Agroecología…………………………………….25

7.9. Control de Agrotóxicos…………………………………………..26

7.10. Derecho de los agricultores…………………………………….26

7.11. Institucionalidad………………………………………………….27

Page 4: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

1Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

LINEAMIENTOS Y CRITERIOS PARA FORMULAR UNA PROPUESTA

DE LEY DE AGROBIODIVERSIDAD, SEMILLAS Y AGROECOLOGÍA

I. INTRODUCCIÓN

La Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y

Negras del Ecuador FENOCIN, como una organización defensora de los derechos

de los campesinos/as, conjuntamente con otras organizaciones nacionales, se han

convertido en los actores más importantes en el proceso de consolidación de la

Soberanía Alimentaria en nuestro país, defensa que radica en la lucha por el

cambio del Modelo Agrario en el Ecuador, para el mejoramiento de vida de las

familias rurales; por lo tanto, sus constantes acciones a nivel local, regional y

nacional se orientan a la consecución de una vida digna en el campo ó Sumak

kawsay, tal como lo señala la nueva constitución.

En ese marco, una vez aprobada la LORSA, tipifica que en forma participativa se

construyan las leyes conexas del Régimen de Soberanía Alimentaria, desde las

organizaciones campesinas y diversos espacios de debates y discusiones, se han

planteado propuestas coherentes a la realidad campesina; de tal manera que en

la Ley de Tierras y Territorios, han sido incorporados aportes importantes desde

la visión de los pequeños y medianos productores quienes actualmente, a pesar

del desigual acceso a los recursos productivos frente a las grandes empresas de

agro negocios, siguen siendo la fuente principal de suministro de alimentos para

la población en general.

Las experiencias legadas de años de lucha por un modelo alternativo de

producción, ha permitido consolidar procesos de agroecología dentro de las

organizaciones de base, mediante eventos de ferias, intercambios, giras y ciclos

de formación, se ha constatado la diversidad de especies, conocimientos y

culturas existentes en las comunidades campesinas, indígenas afrodescendientes

y montubias; sin embargo, el modelo de la Revolución Verde que se impone y se

apoya en nuestro país, ha generado dependencia, contaminación y

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 5: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

2Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINesencialmente la pérdida de nuestras semillas, sus conocimientos y saberes

ancestrales.

Frente a esta realidad, apoyados en el Marco Legal existente, se plantea la

necesidad de formular una ley de Agrobiodiversidad, Semillas y Agroecología que

verdaderamente defienda a la pequeña y mediana agricultura familiar; en el

presente documento se han recogido los fundamentos, criterios y sugerencias

desde las organizaciones campesinas, instituciones estatales y privadas, Redes

de Semillas, Redes agroecológicas, profesionales afines y consumidores.

II. FINALIDAD Y OBJETIVOS

II.1. Finalidad

La presente Ley, conjuntamente con las otras leyes conexas de

Soberanía Alimentaria, tiene la finalidad de promover un cambio profundo en la

estructura del modelo agrario en el Ecuador, utilizando los conocimientos y

tecnologías ancestrales, como base de un desarrollo sostenible, y a la vez

complementando con los conocimientos científicos modernos de cuidado y

protección a la naturaleza, se plantea a las instancias de gobierno su intervención

para la promoción, uso y consumo sostenibles y, la conservación de la

agrobiodiversidad y de sus semillas, mediante un enfoque agroecológico que nos

lleve a garantizar la Soberanía Alimentaria.

II.2. Objetivos

Evitar la pérdida tanto de la diversidad genética y de las especies de la

agrobiodiversidad, esencialmente de plantas, pies de crías y

microorganismos del suelo.

Promover el uso y consumo sostenible de la agrobiodiversidad nativa y de sus

semillas, mediante adecuadas formas de libre circulación, intercambio y

comercialización de productos de origen agroecológico.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 6: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

3Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

Valorar nuestra agrobiodiversidad y semillas, mediante la investigación

participativa, formación integral, educación y acompañamiento técnico,

utilizando la metodología de Campesino a Campesino con enfoque

agroecológico.

II.3. Carácter y ámbito de aplicación

La presente Ley hace referencia al cuidado, manejo y conservación de

la diversidad de especies de plantas, animales y microorganismos presentes en

un agro ecosistema, utilizados por las personas para la alimentación y la

agricultura.

Las políticas generales y específicas que se emitan en esta Ley, garantizarán el

respeto a los derechos de la naturaleza y el manejo racional de los recursos

naturales, en concordancia con los principios de sostenibilidad ambiental, equidad

social y las prácticas agroecológicas en la producción, distribución y consumo de

alimentos.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público, interés social y carácter

integral e intersectorial. Regularán el ejercicio de los derechos del buen vivir ó

Sumak Kawsay, referentes a la Soberanía Alimentaria, la Agrobiodiversidad y la

conversión del modelo agrario actual, hacia la Agroecología.

III. METODOLOGÍA

Para llevar a cabo el presente trabajo, se realizaron talleres y reuniones de

trabajo con el Equipo de Soberanía Alimentaria de la FENOCIN, con las

organizaciones filiales a FENOCIN, con los miembros de la Red de Semillas

Agroecológicas del Austro, con miembros de la Red Agroecológica Loja, técnicos

del PRONALEG-INIAP, técnicos del departamento de Permacultura de la

Universidad Nacional de Loja y agricultores en general.

Además para alimentar estos contenidos, se recurrió a la información secundaria

existente en temas de semillas, agrobiodiversidad y Agroecología, la Constitución

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 7: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

4Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINdel Ecuador 2008 y la LORSA 2009; así como consultas a profesionales expertos

en el tema y la revisión bibliográfica de textos e información electrónica; revisión

de publicaciones y memorias de este proceso de la FENOCIN y de eventos de

intercambios de semillas.

IV. MARCO LEGAL

IV.1. Principios

Desde nuestra visión organizativa y campesina, una ley de

agrobiodiversidad, semillas y agroecología debe regirse bajo los siguientes

principios:

Equidad de género y generacional

Solidaridad entre productores rúales y consumidores urbanos

Sustentabilidad social y ambiental

Inclusión de los grupos vulnerables y marginados

Complementariedad entre productores de diferentes pisos ecológicos

Autosuficiencia alimentaria orientada al consumo local

Respeto a la diversidad de especies y culturas

Valoración y rescate de semillas, conocimientos y saberes ancestrales

Conservación de la biodiversidad nativa

Participación de la sociedad en forma equitativa

IV.2. Constitución de la República del Ecuador 2008

El constante esfuerzo y la movilización permanente de los sectores

campesinos organizados, han logrado importantes avances en la Nueva

Constitución Política aprobada en el 2008, de esta manera sobre la biodiversidad

tenemos los siguientes artículos relacionados:

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 8: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

5Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINArt. 14 señala que “Se declara de interés público la preservación…y

conservación…de la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del

país…”, de la misma manera el Art. 281 numeral 6, indica que es responsabilidad

del Estado “Promover la preservación y recuperación de la agrobiodiversidad y de

los saberes ancestrales vinculados a ella; así como el uso, la conservación e

intercambio libre de semillas”, es decir que es obligación del Estado a través de

sus instancias, la recuperación y preservación de la biodiversidad y

agrobiodiversidad, así como fomentar el libre intercambio de semillas nativas.

Como medidas de protección para nuestras semillas nativas el Art. 15 señala que

“Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, importación, transporte,

almacenamiento y uso….de organismos genéticamente modificados perjudiciales

a la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria….”,

Art. 57. 7. Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y

nacionalidades indígenas…. La consulta previa, libre e informada, dentro de un

plazo razonable, sobre planes y programas de prospección, explotación y

comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y

que puedan afectarles ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que

esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones por los perjuicios sociales,

culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las

autoridades competentes será obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el

consentimiento de la comunidad consultada, se procederá conforme a la

Constitución y la ley.

Art. 57.8 Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de

su entorno natural. El Estado establecerá y ejecutará programas, con la

participación de la comunidad, para asegurar la conservación y utilización

sustentable de la biodiversidad.

En cuanto a los conocimientos ancestrales que son bases para desarrollar la

agroecología, el Art. 385 señala que “El sistema nacional de ciencia, tecnología,

innovación y saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 9: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

6Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINnaturaleza, la vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad: 2).

Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales”, de la misma manera el

Art. 387 numeral 2 señala que será responsabilidad del Estado “Promover la

generación y producción de conocimiento, fomentar la investigación científica y

tecnológica, y potenciar los saberes ancestrales, para así contribuir a la

realización del buen vivir, al sumak kawsay”, por lo que es evidente la

responsabilidad del Estado ecuatoriano valorar y potenciar los conocimientos,

técnicas y tecnologías ancestrales ligados a la agricultura y al manejo de la

biodiversidad (Art. 57 numeral 8), de la misma manera hace hincapié a la

protección y desarrollo de los conocimientos colectivos y los recursos genéticos

(Art. 57 numeral 12).

Art. 57 12. Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus

ciencias, tecnologías y saberes ancestrales; los recursos genéticos que contienen

la diversidad biológica y la agrobiodiversidad; … Se prohíbe toda forma de

apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas.

Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las

actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de

ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la

introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar

de manera definitiva el patrimonio genético nacional.

281.3. Fortalecer la diversificación y la introducción de tecnologías ecológicas y

orgánicas en la producción agropecuaria.

281. 6. Promover la preservación y recuperación de la agrobiodiversidad y de los

saberes ancestrales vinculados a ella; así como el uso, la conservación e

intercambio libre de semillas.

284. 9. Impulsar un consumo social y ambientalmente responsable.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 10: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

7Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN304.6. Evitar las prácticas monopólicas y oligopólicas, particularmente en el

sector privado, y otras que afecten el funcionamiento de los mercados.

Art. 322.-. Se prohíbe toda forma de apropiación de conocimientos colectivos, en

el ámbito de las ciencias, tecnologías y saberes ancestrales. Se prohíbe también

la apropiación sobre los recursos genéticos y la agro-biodiversidad.

334. 4. Desarrollar políticas de fomento a la producción nacional en todos los

sectores, en especial para garantizar la soberanía alimentaria…

Art. 385.- El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y saberes

ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las

culturas y la soberanía, tendrá como finalidad:

2). Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales.

Art. 387.- Será responsabilidad del Estado:

2). Promover la generación y producción de conocimiento, fomentar la

investigación científica y tecnológica, y potenciar los saberes ancestrales, para

así contribuir a la realización del buen vivir, al sumak kawsay.

Art. 395. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las

personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación,

ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.

4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia

ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la

naturaleza.

Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya

administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se

declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 11: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

8Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINcomponentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio

genético del país.

En un sentido más amplio, el Art. 401.- Declara al Ecuador libre de cultivos y

semillas transgénicas. Excepcionalmente, y sólo en caso de interés nacional

debidamente fundamentado por la Presidencia de la República y aprobado por la

Asamblea Nacional, se podrán introducir semillas y cultivos genéticamente

modificados. El Estado regulará bajo estrictas normas de bioseguridad, el uso y el

desarrollo de la biotecnología moderna y sus productos, así como su

experimentación, uso y comercialización. Se prohíbe la aplicación de

biotecnologías riesgosas o experimentales.

Art. 402.- Se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de propiedad

intelectual, sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del

conocimiento colectivo asociado a la biodiversidad nacional.

Art. 403.- El Estado no se comprometerá en convenios o acuerdos de cooperación

que incluyan cláusulas que menoscaben la conservación y el manejo sustentable

de la biodiversidad, la salud humana y los derechos colectivos y de la naturaleza.

Para impulsar y promover los sistemas de producción agroecológica, es

obligación del Estado “Fortalecer la diversificación y la introducción de

tecnologías ecológicas y orgánicas en la producción agropecuaria” (Art. 281

numeral 3). Como se entiende dentro de la producción limpia, el cuidado del

suelo es un factor esencial, según el Art. 409 “Es de interés público y prioridad

nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un

marco normativo para su protección y uso sustentable que prevenga su

degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y

la erosión”.

En áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado

desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación

que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 12: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

9Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINadaptadas a la zona.

IV.3. Ley Orgánica del Régimen de Soberanía Alimentaria 2009

La inclusión del tema de Soberanía Alimentaria en la Nueva

Constitución y la aprobación de la LORSA, son avances fundamentales para el

desarrollo del tema agrario, en ese sentido, ésta última ley dentro de sus

finalidades, señala establecer los mecanismos para que el Estado cumpla con sus

obligaciones, además el establecimiento de políticas públicas para fomentar las

cadenas productivas a nivel individual o de microempresas que protejan y

conserven la agrobiodiversidad, los conocimientos y formas de producción

tradicionales y ancestrales para alcanzar el Sumak Kawsay.

Artículo 1. Finalidad.- Esta Ley tiene por objeto establecer los mecanismos

mediante los cuales el Estado cumpla con su obligación y objetivo estratégico de

garantizar a las personas, comunidades y pueblos la autosuficiencia de alimentos

sanos, nutritivos y culturalmente apropiados de forma permanente.

El régimen de la soberanía alimentaria se constituye por el conjunto de normas

conexas, destinadas a establecer en forma soberana las políticas públicas

agroalimentarias para fomentar la producción suficiente y la adecuada

conservación, intercambio, transformación, comercialización y consumo de

alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la pequeña, la

micro, pequeña y mediana producción campesina, de las organizaciones

económicas populares y de la pesca artesanal así como microempresa y

artesanía; respetando y protegiendo la agrobiodiversidad, los conocimientos y

formas de producción tradicionales y ancestrales, bajo los principios de equidad,

solidaridad, inclusión, sustentabilidad social y ambiental.

Artículo 2. Carácter y ámbito de aplicación.- Las disposiciones de esta Ley son de

orden público, interés social y carácter integral e intersectorial. Regularán el

ejercicio de los derechos del buen vivir -sumak kawsay- concernientes a la

soberanía alimentaria, en sus múltiples dimensiones.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 13: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

10Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

…. Las normas y políticas que emanen de esta Ley garantizarán el respeto

irrestricto a los derechos de la naturaleza y el manejo de los recursos naturales,

en concordancia con los principios de sostenibilidad ambiental y las buenas

prácticas de producción.

Art. 3, literal d: Es obligación del Estado: “Incentivar el consumo de alimentos

sanos, nutritivos de origen agroecológico y orgánico, evitando en lo posible la

expansión del monocultivo y la utilización de cultivos agroalimentarios en la

producción de biocombustibles, priorizando siempre el consumo alimenticio

nacional”.

Es obligación del Estado garantizar el consumo de alimentos sanos y nutritivos,

por ello el Art. 3, literal d: promulga “Incentivar el consumo de alimentos sanos,

nutritivos de origen agroecológico y orgánico, evitando en lo posible la expansión

del monocultivo y la utilización de cultivos agroalimentarios en la producción de

biocombustibles, priorizando siempre el consumo alimenticio nacional”; en el

mismo sentido, el Art. 27 propone dotar de incentivos al consumo de alimentos

nutritivos y señala que “Con el fin de disminuir y erradicar la desnutrición y

malnutrición, el Estado incentivará el consumo de alimentos nutritivos

preferentemente de origen agroecológico y orgánico, mediante el apoyo a su

comercialización, la realización de programas de promoción y educación

nutricional para el consumo sano, la identificación y el etiquetado de los

contenidos nutricionales de los alimentos, y la coordinación de las políticas

públicas”.

En relación a la protección de la agro biodiversidad, el Art. 7 señala que “El

Estado así como las personas y las colectividades protegerán, conservarán los

ecosistemas y promoverán la recuperación, uso, conservación y desarrollo de la

agrobiodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados a ella. Las leyes que

regulen el desarrollo agropecuario y la agrobiodiversidad crearán las medidas

legales e institucionales necesarias para asegurar la agrobiodiversidad, mediante

la asociatividad de cultivos, la investigación y sostenimiento de especies, la

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 14: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

11Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINcreación de bancos de semillas y plantas y otras medidas similares así como el

apoyo mediante incentivos financieros a quienes promuevan y protejan la

agrobiodiversidad”.

Por otro lado, esta ley es clara en relación a las semillas nativas, en el Artículo 8

señala que “El Estado así como las personas y las colectividades promoverán y

protegerán el uso, conservación, calificación e intercambio libre de toda semilla

nativa. Las actividades de producción, certificación, procesamiento y

comercialización de semillas para el fomento de la agrobiodiversidad se regularán

en la ley correspondiente”. En el mismo artículo, párrafo 2, se refiere a la

protección de la propiedad intelectual indicando que “El germoplasma, las

semillas, plantas nativas y los conocimientos ancestrales asociados a éstas

constituyen patrimonio del pueblo ecuatoriano, consecuentemente no serán

objeto de apropiación bajo la forma de patentes u otras modalidades de

propiedad intelectual, de conformidad con el Art. 402 de la Constitución de la

República”. En el mismo sentido en el Art. 9 párrafo 4, señala que “Se prohíbe

cualquier forma de apropiación del conocimiento colectivo y saberes ancestrales

asociados a la biodiversidad nacional”.

Para impulsar la investigación, el diálogo de saberes, la extensión participativa,

proteger y desarrollar los conocimientos colectivos del nuevo modelo agrario,

esta ley, en su Artículo 9 establece que para garantizar la “Investigación y

extensión para la soberanía alimentaria, El Estado asegurará y desarrollará la

investigación científica y tecnológica en materia agroalimentaria, que tendrá por

objeto mejorar la calidad nutricional de los alimentos, la productividad, la sanidad

alimentaria, así como proteger y enriquecer la agrobiodiversidad”. Es decir que la

investigación, la generación de conocimientos científicos, técnicas y tecnologías,

se desarrollarán a partir de los conocimientos ancestrales en beneficio de los

pequeños y medianos productores.

Para fomentar la producción agroecológica de los micro, pequeños y medianos

productores, el Art. 13 y en el literal d, señalan que “Para fomentar a los

microempresarios, microempresa o micro, pequeña y mediana producción

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 15: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

12Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINagroalimentaria, de acuerdo con los derechos de la naturaleza, el Estado:

Promoverá la reconversión sustentable de procesos productivos convencionales a

modelos agroecológicos y la diversificación productiva para el aseguramiento de

la soberanía alimentaria”.

De la misma manera en el Art. 14 señala que para el “Fomento de la producción

agroecológica y orgánica.- El Estado estimulará la producción agroecológica,

orgánica y sustentable, a través de mecanismos de fomento, programas de

capacitación, líneas especiales de crédito y mecanismos de comercialización en el

mercado interno y externo, entre otros”.

Para incentivar la producción agroecológica, el Estado también se responsabiliza

de promover las compras públicas de preferencia a la pequeña producción, de tal

manera que en el Art. 14 párrafo 2, señala que “En sus programas de compras

públicas dará preferencia a las asociaciones de los microempresarios,

microempresa o micro, pequeños y medianos productores y a productores

agroecológicos”. También el Art. 30 hace referencia a la promoción del consumo

nacional indicando que “El Estado incentivará y establecerá convenios de

adquisición de productos alimenticios con los microempresarios, microempresa o

micro, pequeños y medianos productores agroalimentarios para atender las

necesidades de los programas de protección alimentaria y nutricional dirigidos a

poblaciones de atención prioritaria. Además implementará campañas de

información y educación a favor del consumo de productos alimenticios

nacionales principalmente de aquellos vinculados a las dietas tradicionales de las

localidades”.

V. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS

V.1. Agrobiodiversidad

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 16: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

13Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

La agrobiodiversidad constituye todas las especies y variedades de

organismos y microorganismos vivos existentes en un ecosistema, utilizados por

la humanidad para la supervivencia y continuidad de la vida, hace referencia a la

diversidad de plantas y animales útiles para la alimentación, obtención de fibra,

madera y demás usos asociados a la agricultura, su vivencia cultural, los

conocimientos ancestrales y a las necesidades básicas. La agrobiodiversidad que

hoy conocemos es el resultado de miles de años de domesticación, mejoramiento

y conservación de las distintas especies.

La agrobiodiversidad al ser parte de los ecosistemas, se constituye en su

capacidad regenerativa, por lo tanto, su uso debe ser limitado puesto que causan

la degradación y pérdida de especies, además tiene una articulación directa con

las comunidades locales convirtiéndose en la fuente de suministro de alimentos

para la población; dada su importancia fundamental, debe ser considerada

patrimonio de las comunidades.

En un sentido más amplio, la agrobiodiversidad es parte de la biodiversidad

genética, de especies y de ecosistemas, entendiéndose como tal, la diversidad de

especies que conviven en cercana armonía con el hombre, ofreciendo los

servicios necesarios para la supervivencia del mismo.

Hay que diferenciar entre la agrobiodiversidad nativa con la introducida, la

primera son aquellas que han sido manejadas y conservadas por las comunidades

indígenas desde sus inicios, y las otras son introducidas a través del tiempo

desde la conquista española hasta la actualidad, pero que se han convertido en el

conjunto de especies que hoy conocemos.

La agrobiodiversidad se sustenta en las siguientes dimensiones:

Dimensión ecológica

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 17: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

14Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN La agrobiodiversidad constituye la capacidad regenerativa de los

ecosistemas.

La agrobiodiversidad evoluciona, se conserva y se multiplica en su entorno.

La agrobiodiversidad depende de especies silvestres asociadas a los sistemas

agropecuarios.

La variabilidad genética tiene capacidad de adaptarse a los cambios que

ocurren en su entorno, incluyendo variaciones genotípicas y fenotípicas,

ocurridos por efectos del ambiente.

La agrobiodiversidad, incluyendo los microorganismos como la micro, meso y

macro fauna, contribuyen a la restitución y manejo ecológico del suelo, por

ello a mantener su fertilidad.

La agrobiodiversidad facilita y contribuye a la producción agroecológica.

Dimensión cultural

La agrobiodiversidad se usa y se consume racionalmente para conservar su

existencia.

La agrobiodiversidad evoluciona junto con las prácticas productivas de los

agricultores.

La mayor parte de la agrobiodiversidad está conservada en las tierras,

territorios y comunidades indígenas, campesinas, afrodescendientes y

montubias.

La agrobiodiversidad es parte intrínseca de la cosmovisión de los pueblos y

comunidades indígenas, campesinas, afrodescendientes y montubias.

La agrobiodiversidad forman parte del sistema de conocimientos y

tecnologías tradicionales que tienen los pueblos y comunidades indígenas,

campesinas, afrodescendientes y montubias.

Existe una cultura milenaria asociada a la agrobiodiversidad nativa, presente

en cada pueblo originario y organizaciones campesinas.

Dimensión económica

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 18: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

15Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN La agrobiodiversidad es incompatible con los grandes monocultivos y con la

producción de agrocombustibles.

La agrobiodiversidad permite enfrentar riesgos agrícolas por factores

ambientales.

El uso de la agrobiodiversidad garantiza la soberanía alimentaria de las

familias campesinas y de los consumidores urbanos.

La agrobiodiversidad genera empleo familiar debido a la mano de obra

utilizada para los trabajos agropecuarios.

El uso de la agrobiodiversidad reduce la dependencia del paquete tecnológico

externo, los conocimientos occidentales, los agrotóxicos y los fertilizantes

inorgánicos.

La agrobiodiversidad constituye una fuente permanente de provisión de

alimentos y semillas, lo que les permite ahorrar en la compra para la

sobrevivencia.

La agrobiodiversidad es una alternativa a la economía extractivista y

consumista, impulsando la economía social y solidaria.

Permite la creación de nichos de mercado para los productos agroecológicos y

diversos.

Exige que el INIAP debe compartir las semillas que se encuentran en sus

bancos de germoplasma con los campesinos a través de sus organizaciones.

Fomenta la cultura de intercambio de semillas y productos entre

organizaciones campesinas y entre habitantes campo-ciudad.

Dimensión política

Permite movilizarse a los campesinos, indígenas, afrodescendientes y

montubias en defensa de nuestra agrobiodiversidad.

Exige la intervención de los GADs para la conservación y cuidado de la

agrobiodiversidad.

El libre intercambio de semillas agrodiversas es un elemento esencial para su

conservación.

Reduce la dependencia a insumos externos, revalorizando nuestros propios

productos.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 19: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

16Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN A través de la agrobiodiversidad se consolidan redes agroecológicas y de

intercambio de semillas y conocimientos asociados.

Permite hacer incidencia para que se promocione el uso y consumo más

amplio de la agrobiodiversidad a nivel de gobiernos locales y nacional, así

como en la población en general

Los gobiernos locales deben implementar políticas de promoción de la

agrobiodiversidad, sobre todo las Juntas Parroquiales por tener mayor

incidencia en los territorios rurales.

Dimensión social

La agrobiodiversidad local refuerza los lazos familiares y comunitarios

mediante el intercambio y diversas formas de circulación.

La agrobiodiversidad permite al agricultor enfrentar los cambios que se dan

en los sistemas agrícolas por causas externas e internas.

La agrobiodiversidad garantiza una alimentación sana, variada y nutritiva y

fortalece la cultura alimenticia tradicional.

Estimula la creación de bancos de semillas locales, controlados por los

campesinos.

La agrobiodiversidad garantiza la relación solidaria entre familias y

comunidades (randi randi, minka).

Estimula la conservación de las especies, mediante el uso y consumo de la

diversidad genética y de especies.

La agrobiodiversidad fortalece la economía de la familia campesina.

V.2. Semilla Campesina, Tradicional o Nativa

La semilla es el material reproductivo de la diversidad de especies de

plantas, animales y microorganismos para la continuidad de la vida, su

reproducción puede ser en forma sexual o asexual, se multiplican dependiendo

de los factores climatológicos y de acuerdo a las condiciones culturales de cada

región del país. La semilla nativa para las comunidades campesinas, indígenas,

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 20: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

17Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINafrodescendientes y montubias constituye su patrimonio, siendo considerada

parte esencial para la reproducción de la vida.

La semilla tiene una alta variabilidad y diversidad genéticas, que le permiten

adaptarse a distintos rangos altitudinales, tipos de climas, suelo y agro

ecosistemas para renovarse continuamente.

Las dimensiones que implican en el concepto de semilla tradicional, campesina o

nativa, son las siguientes:

Dimensiones Ecológicas

Tienen alta diversidad y variabilidad genéticas, que le facilita evolucionar y

renovarse continuamente.

Se adapta a las diversas condiciones de clima, suelos y de los ecosistemas

locales.

Resiste mejor a la presencia de plagas y enfermedades y a otras condiciones

ambientales adversas como sequías, exceso de lluvias, heladas, vientos, etc.

Muchas semillas nativas tienen muchos años de viabilidad, lo que permite

conservarse por mayor tiempo.

Dimensión socio-cultural

Evoluciona por acción del agricultor y su alta diversidad genética necesita ser

renovada continuamente.

Garantiza la salud y nutrición de la población local y nacional.

Es esencial para la soberanía alimentaria, pues su cuidado está en manos de

los propios campesinos, indígenas, afrodescendientes y montubias.

Las semillas nativas tienen relación directa con la cultura de los pueblos

originarios.

La conservación de las semillas ha sido fruto de la labor continua de selección

y multiplicación de sus cuidadores y guardianes.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 21: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

18Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN Incorpora el rol esencial de las mujeres como cuidadoras de las semillas

nativas.

Está presente en las manifestaciones culturales de los pueblos campesinos,

indígenas, afrodescendientes y montubias.

Dimensión económica

Permite el sustento alimenticio de las familias agricultoras.

No requieren de un paquete tecnológico externo.

Genera ingresos por la venta de excedentes del autoconsumo.

Genera ahorro por que se utiliza continuamente en los campos de cultivos.

Dimensión política

No genera dependencia a las empresas productoras de semillas industriales.

Garantiza el libre intercambio y circulación de semillas y conocimientos

asociados.

Permite movilizarse en defensa de nuestras semillas nativas.

Exige políticas públicas para el cuidado, uso, consumo y promoción de

nuestras semillas tradicionales.

V.3. Agroecología

La Agroecología es una ciencia, se basa en principios ecológicos

aplicados a la agricultura; conjuga los conocimientos ancestrales con los

conocimientos científicos modernos para mantener la sostenibilidad del agro

ecosistema, permitiendo una convivencia armónica entre el hombre y la

naturaleza. La agroecología vista como un modelo de producción, persigue

objetivos fundamentales de conservación de los sistemas productivos, puesto que

garantiza la fertilidad del suelo, la conservación de la biodiversidad, el

aprovechamiento adecuado de los recursos naturales renovables, el uso eficiente

de la energía y de los ciclos naturales.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 22: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

19Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

A la agroecología se considera como un sistema integrado, donde la familia

campesina cumple el rol protagónico de la producción alimentaria, por la tanto

esta propuesta es económicamente viable, socialmente justo, ecológicamente

equilibrado, culturalmente apropiado y políticamente participativo,

fundamentalmente para los pequeños y medianos productores.

La propuesta agroecológica se sustenta en las siguientes dimensiones:

Dimensión Económica

Es una propuesta económicamente viable para los pequeños y medianos

productores.

Basa su economía en una producción diversificada y multifuncional, para

lograr una rentabilidad estable y con menos riesgos.

Cubre las principales necesidades de la familia y la comunidad mediante el

autoabastecimiento, generando suficientes excedentes para el mercado.

Planifica y asegura la sostenibilidad de los recursos productivos de la parcela

y promueve el autoabastecimiento de insumos básicos en la finca.

Incrementa el valor económico de la finca, al aumentar la fertilidad y

capacidad productiva de la misma, así como la disponibilidad de agua y

biodiversidad.

Promueve el micro financiamiento asociativo y solidario.

Posibilita el ahorro familiar, al reducir los costos productivos.

Reduce costos en la distribución, priorizando circuitos productivos cortos.

Se orienta hacia el intercambio y comercialización solidaria, con énfasis en los

mercados locales y regionales.

Promueve las cadenas productivas cortas con un ahorro de energía.

Dimensión Social

Promueve una sociedad justa, equitativa y solidaria, con equidad de género y

generacional.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 23: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

20Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN Se basa en prácticas, tecnologías e insumos que no causan daños a la salud

humana ni al ambiente.

Garantiza una alimentación sana, tanto para los seres humanos como para los

animales y vegetales implicados en la producción.

Fortalece el tejido social vinculando a productores y consumidores.

Ofrece un trato digno y justo a los trabajadores, sin ningún tipo de

discriminación.

Genera empleo rural y promueve el uso de la mano de obra familiar,

disminuyendo la migración.

Dimensión Ecológica y Modelo Productivo

Preserva los ecosistemas, mejora la calidad de los suelos, aumenta la

disponibilidad de agua, incrementa la biomasa y biodiversidad.

Imita ciclos, funciones y relaciones de los ecosistemas naturales.

Planifica y organiza la producción de forma sostenible, para construir

agroecosistemas integrales, donde los diferentes elementos productivos y

naturales se apoyan mutuamente y utilizan los recursos generados de manera

eficiente.

Favorece el uso de tecnologías apropiadas, de bajo costo, producido y

reparable localmente.

Promueve la producción e intercambio de semillas campesinas; no admite el

uso de semillas y productos transgénicos.

Promueve la diversidad de cultivos y crianzas de animales.

Construye control autónomo de plagas y enfermedades, evitando usar

productos tóxicos.

Incorpora el manejo de refugios y corredores silvestres, para lograr el

equilibrio ecológico en la finca, mejorar el uso de recursos silvestres, así como

la conservación del agua y la biodiversidad.

Promueve el uso eficiente, la cosecha, la siembra y el almacenamiento de

agua.

Hace un uso eficiente de la energía.

Reduce el uso de combustibles fósiles y de productos derivados del petróleo.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 24: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

21Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN Desarrolla adaptabilidad y resiliencia al cambio climático.

Dimensión Cultural

Respeta y fortalece la cosmovisión de las comunidades, pueblos y

nacionalidades.

Recupera la interacción con el cosmos y los ciclos naturales.

Mantiene una relación armónica con la Pachamama.

Fortalece el modo de vida y el arraigo familiar y comunitario.

Recupera, actualiza y utiliza los saberes y prácticas tradicionales y

ancestrales.

Revalora la cultura alimenticia local.

Dimensión Política

Es un sistema productivo autónomo que promueve relaciones sociales y

económicas justas y solidarias.

Defiende el derecho a la naturaleza, a la tierra, agua y semillas.

Fomenta la participación democrática y la auto gestión comunitaria.

Fortalece a las organizaciones sociales vinculadas a la Soberanía Alimentaria,

en el campo y en la ciudad.

Promueve redes sociales orientadas a la reflexión, generación de propuestas e

incidencia política en apoyo a la agroecología.

Concientiza a la sociedad sobre los beneficios de la agroecología.

Teje lazos entre el Estado y la sociedad para fomentar políticas favorables a la

agroecología.

Demanda apoyo e incentivos del Estado en etapas claves del proceso

productivo y de distribución, sin generar dependencia.

Disminuye sustancialmente la dependencia externa.

Empodera a productores y consumidores.

Denuncia a la biopiratería, la introducción de transgénicos, y el uso de

agrotóxicos.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 25: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

22Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCINVI. PREGUNTAS GENERADORAS

Agrobiodiversidad y semillas nativas

Cómo conservar, usar y multiplicar la agrobiodiversidad nativa?

Cuál debe ser el papel de las organizaciones campesinas en el cuidado y

promoción de la agrobiodiversidad nativa?

Que rol deben desempeñar las instituciones del Estado como el MAGAP e

INIAP en el uso de las semillas nativas y tradicionales?

Semillas transgénicas

Cómo mantener al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas?

Qué mecanismos deben implementarse para evitar el avance de los cultivos

y semillas transgénicas, híbridas e industriales en nuestros campos?

Cómo debemos evitar el monopolio de las semillas industriales en el país?

Fomento de la Agroecología

¿Qué incentivos deben existir para fomentar la agroecología?

¿Cuál debe ser el rol de las organizaciones sociales, de las instituciones

públicas y de los gobiernos locales para el fomento de la Agroecología?

¿Cómo desarrollar la Formación, capacitación y profesionalización en la

Agroecología?

¿Cómo deben desarrollarse los sistemas participativos de garantía local para

los productos Agroecológicos?

¿Qué políticas y acciones deben realizarse para fomentar y garantizar la

existencia de mercados agroecológicos locales?

Derechos de los agricultores

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 26: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

23Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN ¿Cuáles debe ser los derechos fundamentales de los agricultores para

garantizar una vida digna en el campo?

VII. PROPUESTA DE LEY

VII.1. Conservación y multiplicación de la Agrobiodiversidad y

Semillas

Implementación de programas estatales de recuperación y conservación de

todo el material genético.

Conservación in situ de las especies, es decir en las chakras y fincas de

nuestras comunidades mediante bancos vivos.

Implementar programas de manejo sostenible de recursos fitogenéticos, es decir cada

unidad productiva debe tener su capacidad regenerativa.

Control y regulación de la agrobiodiversidad en función de aspectos tecnológicos y sus

efectos que afectan al planeta.

Creación de zonas de reserva para la conservación de la agrobiodiversidad dentro de

los territorios rurales, impulsados por los GADs y las organizaciones campesinas.

Los Municipios deben limitar la expansión urbana mediante un adecuado

Ordenamiento Territorial definida en el COOTAD.

Los GADs en articulación con las organizaciones campesinas presentes en un

territorio, deben limitar la expansión de monocultivos en general y de los

agrocombustibles.

VII.2. Promoción, uso y consumo de la Agrobiodiversidad

Potencialidades de uso en función de sus propiedades nutricionales, medicinales,

nutraceúticos y de mercado.

Promocionar el uso y consumo a la agrobiodiversidad con sus respectivos límites.

Difusión en los medios de comunicación sobre el uso y consumo de nuestra

biodiversidad nativa.

El Estado debe promover el uso y consumo de la agrobiodiversidad mediante compras

públicas para sus programas de alimentación y las instituciones estatales como las

fuerzas armadas, Policía, cárceles, etc.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 27: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

24Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

VII.3. Investigación, Formación y Educación

Fortalecer las redes de guardianes de semillas a nivel nacional para la

investigación en fitomejoramiento de nuestras especies nativas

Fomentar la investigación en varios componentes: determinar el estado de

conservación de la agrobiodiversidad (riesgos, peligro de extinción); profundizar

estudios en caracterización química, molecular y taxonómica; identidad y pertinencia

de recursos fitogenéticos endémicos y nativos.

Estudios comparativos entre la racionalidad alimenticia de las comunidades (etnias) vs

la racionalidad alimenticia de las zonas urbanas con el factor de dependencia

(alienación cultural)

Investigación para validar dietas alimenticias en base a especies nativas para

promocionar su consumo local y nacional.

Investigación de las dietas alimenticias de las distintas etnias y comunidades

campesinas con relación a las dietas que se consume en la ciudad.

Programas de educación para el uso y consumo de la agrobiodiversidad.

Capacitación para la producción de semilla certificada de la

agrobiodiversidad nativa

Mejoramiento de semillas mediante la investigación y validación de

conocimientos y tecnologías sostenibles.

Inclusión en las mallas curriculares de la educación básica y media el estudio

de la Soberanía Alimentaria.

Cambiar el enfoque de las mallas curriculares de las Facultades de

Agronomía, Agropecuaria y Medicina Veterinaria, hacia la agroecología que

garantice la Soberanía Alimentaria.

Creación de un Instituto Nacional de Agroecología de tercer y cuarto nivel,

con preferencia para los campesinos/as, indígenas, afrodescencientes y

montubias.

Insertar en el diseño curricular de los institutos superiores agrícolas la enseñanza de la

Agroecología y el estudio de los conocimientos ancestrales.

Creación de carreras especializadas de tercer y cuarto nivel con orientación hacia un

nuevo modelo productivo y la Soberanía Alimentaria en las Universidades y Escuelas

Politécnicas.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 28: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

25Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

VII.4. Intercambio, libre circulación y comercialización de la

agrobiodiversidad y semillas

Promover espacios de ferias e intercambios de semillas a nivel comunitario,

regional y nacional, impulsados por las organizaciones campesinas.

Fomentar la libre circulación de las semillas nativas, propias, tradicionales,

campesinas y de calidad.

Exigir al gobierno central y a los GADs la compra de nuestra

agrobiodiversidad para sus programas de alimentación.

Los GADs deben promover espacios de ferias e intercambios de la

producción agroecológica.

Creación de un Sistema de Garantía en forma participativa, a nivel local y

nacional, con mecanismos accesibles para los pequeños y medianos

productores y puedan tener acceso a las compras públicas.

Reconocimiento estatal de la certificación local, es decir potenciar el sistema de

garantía participativa.

VII.5. Semillas tradicionales o nativas

Conservación de nuestras semillas en centros de almacenamiento in situ a

nivel de fincas y a nivel comunitario y ex situ a mediano y a largo plazo.

Implementar diversas formas de conservación, multiplicación y distribución de nuestras

semillas, incluyendo las formas ancestrales de manejo.

Protección a nuestras semillas nativas mediante un control estricto y regulación de las

importaciones de semillas externas, transgénicas e híbridas.

Articulación con el INIAP para la capacitación sobre el manejo y

mejoramiento de las semillas con las organizaciones campesinas, indígenas,

afrodescendientes y montubias.

Plantear mecanismos de liberación de semillas al INIAP, puesto que en sus

bancos de germoplasma existen miles de accesiones recolectados en

diversos sitios del país.

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 29: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

26Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

VII.6. Control de semillas importadas

Romper la dependencia de semillas mediante un control y regulación de

importaciones de semillas híbridas e industriales que atenten contra la

biodiversidad nativa.

Diseñar mecanismos de vigilancia, control y sanción por contaminación e

incumplimiento de las normativas de importaciones de semillas.

Evitar el saqueo transnacional disminuyendo la compra de semillas

importadas y potencializando la circulación de nuestras semillas.

Crear mecanismos de sanciones a las transnacionales que irrespeten

nuestra Soberanía Alimentaria vigentes en las leyes, normas y reglamentos

de nuestro país.

VII.7. Control y Regulación de semillas y cultivos transgénicos

Para que el Ecuador sea libre de semillas transgénicas en la práctica

debemos eliminar el carácter excepcional del Art. 401 de la Constitución

Política, mediante una reforma.

Control estricto sobre todo en las dos fronteras de las importaciones de

semillas transgénicas.

Crear veedurías campesinas para el monitoreo y control de las semillas y

cultivos transgénicos.

Diseñar mecanismos de sanción para quienes ingresen semilla transgénica.

Diseñar mecanismos de erradicación total en caso de comprobar la

implementación de cultivos transgénicos.

Que no se destinen fondos públicos para la implementación de cultivos

transgénicos en el país.

Los GADs pueden declarar sus territorios geográficos libre de los cultivos transgénicos.

VII.8. Fomento de la Agroecología

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 30: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

27Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN Implementar un nuevo modelo agrario mediante la difusión y socialización

de técnicas agroecológicas en las comunidades campesinas a través del

MAGAP

Financiamiento para impulsar el modelo agroecológico desde las

instituciones del Estado

Investigación, valoración y validación de tecnologías, saberes, conocimientos y

prácticas ancestrales.

Capacitación y formación en técnicas agroecológicas mediantes escuelas de

formación de líderes agroecólogos.

Capacitación en las chacras propias con intercambios de conocimientos

mediante la metodología de Campesino a Campesino.

Estrategias de aplicación de las tecnologías agroecológicas frente a la producción

química.

Recuperación de la fertilidad del suelo con prácticas de incorporación de materia

orgánica.

Incentivos para la producción agroecológica mediante compras públicas de la

producción, espacios de comercialización, crédito preferencial y subsidios.

Implementación de fincas integrales agroecológicas como unidades de producción

sostenibles.

Financiamiento para la transición de la producción convencional a la agroecológica con

la dotación de insumos orgánicos.

Implementación de plantas procesadoras de abonos líquidos y sólidos de origen

orgánico.

VII.9. Control de Agrotóxicos

Control estricto de la importación, distribución y manejo de agrotóxicos.

Implementar mecanismos de erradicación de pesticidas altamente tóxicos.

Diseñar normativas para romper el nexo entre el Estado y las

transnacionales fabricantes de agrotóxicos

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 31: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

28Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN En las Universidades e instituciones educativas agrarias, se debe romper el

nexo entre la academia y los agrotóxicos, fomentando el aprendizaje de la

Agricultura Sostenible.

Control de impactos de los programas de apoyo agrarios.

Prohibición y control de fumigaciones aéreas en monocultivos por que

contaminan las fincas de los vecinos.

Los GADs en articulación con las organizaciones sociales, pueden declarar

sus territorios libre de agrotóxicos y pesticidas.

VII.10. Derecho de los agricultores

A más de los derechos reconocidos dentro de los derechos humanos y

en la nueva Constitución, el agricultor debe gozar de ciertos derechos específicos

por cuanto su labor es de alimentar a la población.

Derecho a ejercer la Soberanía Alimentaria

Derecho a una vida digna en el campo mediante la dotación de los servicios

e infraestructura rural.

Derecho al acceso equitativo de los recursos productivos.

Derecho a tener incentivos agrícolas como subsidios, seguros, bonos e

indemnizaciones.

Derecho a ser consultado en caso de la implementación de grandes obras de

infraestructura y servicios.

Derecho a que se respeten su cultura y sus modos de producción.

Derecho a la asociatividad para impulsar la Soberanía Alimentaria.

Derecho a educarse y formarse en Agricultura Sostenible para garantizar el

manejo eficiente de los recursos productivos.

Derecho a ser beneficiario de todos los programas estatales para alcanzar el

Sumak kawsay.

Los agricultores deben tener derecho a la protección de sus territorios para

la conservación de la agrobiodiversidad y sus semillas.

VII.11. Institucionalidad

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA

Page 32: Propuesta de Ley de Agrobiodiversidad

29Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras - FENOCIN

Institúyase mediante esta Ley, un Organismo Central y sus

dependencias locales, para la promoción, uso, manejo, conservación y

multiplicación de la agrobiodiversidad, semillas y fomento de la agroecología,

adscrito al Ministerio de Soberanía Alimentaria.

Esta instancia denominará el Instituto Nacional de Agrobiodiversidad y Semillas

que estará conformada por los siguientes miembros:

Representante de Organizaciones campesinas, indígenas y agricultores

Representante de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía

Alimentaria

Representante de los GAD´s

Representante del INIAP

Representante de MAGAP

Representante universidades, centros de investigación y ONG

AGROBIODIVERSIDAD – SEMILLAS - AGROECOLOGÍA