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Programa Cooperación al Desarrollo 2018 Convocatoria de ayudas a la realización de TFM y TFG vinculados a Tres plazos para entrega de solicitudes: 5 de marzo; 25 de abril; 5 de octubre

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Programa Cooperación al Desarrollo 2018 Convocatoria de ayudas a la realización de TFM y TFG vinculados a

Tres plazos para entrega de solicitudes: 5 de marzo; 25 de abril; 5 de octubre

Àrea de Cooperació al Desenvolupament Universitat Politècnica de València Edifici 6G. Camí de Vera, s/n, 46022 València Tel. +34 96 387 78 98, ext. 77898 • Fax +34 96 387 78 99, ext. 77899 [email protected]

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CONVOCATORIA DE BECAS DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO 2018

1. ¿Qué es el programa de cooperación al desarrollo (PCD)?

2. Objetivos

3. Personas destinatarias y requisitos para participar en el programa

4. Dotación económica

5. Formalización y presentación de solicitudes

6. Resolución y notificación

7. Obligaciones

8. Recursos procedentes contra la resolución

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Resolución del 08/01/2018, del Rector de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan las becas del

Programa Cooperación al Desarrollo, destinadas a fomentar la participación del alumnado en programas y proyectos de

cooperación al desarrollo en otros países.

1. ¿Qué es el programa de cooperación al desarrollo (PCD)?

Programa de ayudas del Centro de Cooperación al Desarrollo (CCD) para fomentar la participación del alumnado en programas y

proyectos de cooperación al desarrollo, cuyo objetivo sea contribuir a la mejora de las condiciones de vida en países con un Índice

de Desarrollo Humano medio-bajo, o al proceso de desarrollo de las poblaciones más vulnerables de otros estados con

desigualdades internas: http://hdr.undp.org/es/countries.

Al alumnado que así lo solicite se le reconocerán hasta 6 ECTS por la participación en este programa. Adicionalmente, la estancia

se podrá reconocer como prácticas externas en el extranjero (Solicitud de acuerdo previo de reconocimiento de prácticas externas),

en el caso de que se cumplan los requisitos estipulados en el Reglamento sobre prácticas en empresas e instituciones de los

estudiantes de la UPV.

2. Objetivos del programa

Promover la participación del alumnado en programas y proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo en instituciones

vinculadas al sistema de cooperación internacional (ONGD, Organismos internacionales, universidades, etc.). Para ello, se

concederán ayudas para la realización de TFG, TFM o prácticas curriculares en el ámbito de la cooperación internacional en países

con un Índice de Desarrollo Humano medio-bajo, o en regiones desfavorecidas de otros estados. Las actividades deben estar

directamente relacionadas con los estudios en curso del alumnado solicitante.

3. Personas destinatarias y requisitos para participar en el programa

Podrá participar en este programa el alumnado matriculado en una titulación de la UPV de grado o de máster oficial durante el

periodo en el que se solicita y en el que se disfruta la ayuda.

Las ayudas están destinadas a facilitar la realización de trabajos o proyectos final de grado, trabajos o proyectos final de carrera,

tesinas final de máster, o prácticas curriculares de las titulaciones oficiales UPV (siempre que las prácticas estén contempladas en

el plan de estudios correspondiente). Queda excluido el alumnado de doctorado, de títulos propios (matrículas del CFP) y de

intercambio académico (Erasmus, Séneca, etc.).

Las solicitudes irán acompañadas de un plan de trabajo que tenga en cuenta los siguientes aspectos:

Debe tener relación directa con los estudios en curso en la UPV y acorde con los principios del desarrollo humano y la

cooperación internacional al desarrollo.

La persona solicitante deberá contar con el respaldo de un tutor o tutora (profesor o profesora de la UPV), así como de

una invitación/aceptación de la Universidad, ONGD u organismo internacional donde vaya a realizar su estancia.

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Se valorará que la actividad cuente con aportaciones económicas de la institución de destino o de otras entidades.

La estancia deberá finalizar antes del 30 de junio de 2019.

La estancia mínima deberá ser de dos meses.

Tendrá preferencia el alumnado de últimos cursos, reservando como máximo un 50% de las ayudas para alumnado de Máster

oficial. Este porcentaje se podrá incrementar cuando las solicitudes de alumnado de grado baremadas con una puntuación superior

a 5 puntos según los criterios recogidos en el apartado 6 de esta convocatoria, no alcancen el 50% de los fondos disponibles.

Cada persona podrá presentar una única solicitud. Las solicitudes serán individuales, no pudiéndose presentar proyectos conjuntos.

La percepción de la ayuda es incompatible con las otras ayudas de la Universitat Politècnica de València que cubran gastos para la

misma finalidad.

No podrán presentarse las personas que ya hayan disfrutado de una ayuda de este programa o de programas de movilidad del

Centro de Cooperación al Desarrollo en convocatorias anteriores.

4. Dotación económica

El Centro de Cooperación al Desarrollo destina para esta convocatoria hasta un máximo de 30.000 euros de la aplicación

presupuestaria 00802000042240000. En caso de no agotar los fondos, el CCD se reserva la potestad de abrir una nueva

convocatoria del Programa mediante la correspondiente publicación en el DOGV.

La ayuda económica bajo el programa es la siguiente:

Bolsa de viaje (billetes de transporte, vacunas y visados): 1000 euros

Ayuda para alojamiento y manutención: 400 euros al mes

Seguro médico

Se abonará el 80% de la ayuda al inicio de la actividad tras la recepción del justificante de incorporación a la entidad de acogida

(según modelo entregado a las personas seleccionadas). El 20% restante estará supeditado a la entrega de los documentos

recogidos en el punto 7 (Obligaciones) de la presente convocatoria, y a los informes del tutor sobre la valoración de la actividad

desarrollada.

5. Formalización y presentación de solicitudes

La solicitud se cumplimentará desde la plataforma AIRE, habilitada para aquellas convocatorias ofertadas por las áreas de

relaciones internacionales y cooperación al desarrollo de la UPV, accesible a través de la intranet personal (ver manual de uso de la

plataforma en el anexo I). Además, se deberá presentar a través de la plataforma la siguiente documentación:

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Plan de trabajo (Anexo II).

Carta firmada por un profesor o profesora avalando la propuesta y comprometiéndose a tutorizar el trabajo en el

marco de alguna de las modalidades contempladas en la convocatoria (Trabajo Final de Grado, Tesina Final de

Máster o prácticas curriculares).

Currículum Vitae.

Fotocopias de los méritos: aquello especificado en el CV que no se acredite no será tenido en cuenta. Todos los

certificados se deben presentar a través de la plataforma AIRE en un único archivo .PDF, .ZIP o .RAR.

Expediente académico actualizado.

Documento escaneado (por ambas caras) del DNI para alumnos españoles o NIE para alumnos extranjeros.

Carta de motivación.

Carta de invitación de la entidad colaboradora.

Una vez que la persona aspirante haya cumplimentado todos los apartados y haya enviado su candidatura a través de AIRE

(“enviar solicitud”), deberá imprimir el documento de solicitud que genera automáticamente la plataforma, firmarlo, escanear lo y

adjuntarlo en el espacio habilitado para tal efecto en AIRE. Además, deberá entregar dicha solicitud en el Registro General de la

Universitat Politécnica de Valencia, Camino de Vera s/n, código postal 46022 - Valencia; en el Registro de la Escuela Politécnica

Superior de Alcoy sito en la Plaza Ferrándiz y Carbonell s/n, código postal 03801 - Alcoy (Alicante); o en el Registro de la Escuela

Politécnica Superior de Gandía, sito en la calle Paraninfo, 1, código postal 46730 - Grao de Gandía (Valencia). Este será el único

documento que deberá entregarse en papel.

Existen tres plazos de entrega de solicitudes: el primer plazo finaliza el 5 de marzo de 2018 a las 14:00 horas; el segundo plazo

concluye el 25 de abril de 2018 a las 14:00 horas; y el tercer plazo finaliza el 5 de octubre de 2018 a las 14:00 horas. La

comisión de selección asignará un máximo del 60% del total de los fondos de la convocatoria para las solicitudes presentadas en el

primer plazo. Además, se reservará un mínimo del 10% del total de los fondos de la convocatoria para las solicitudes presentadas

en el tercer plazo.

No se podrá presentar ningún justificante una vez finalice el plazo. Todo aquello especificado en el CV que no sea acreditado con

certificados no será tenido en consideración por el comité de selección.

Los datos de carácter personal facilitados o a los que la Universitat Politècnica de València tenga acceso en el marco de la presente

convocatoria, tendrán la protección derivada de la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal.

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6. Resolución y notificación

6.1. El Órgano instructor es el CCD y la comisión de selección estará compuesta por:

presidenta: Vicerrectora de Responsabilidad Social y Cooperación;

tres vocales: dos miembros del Comité Asesor de Cooperación y un técnico del CCD;

secretario: un técnico del CCD, designado por la presidenta, con voz pero sin voto.

6.2. Una vez recibidas las propuestas, la comisión de selección del CCD las evaluará atendiendo a los criterios generales de esta

convocatoria.

La evaluación y selección de las propuestas se realizará teniendo el siguiente baremo:

Méritos Puntos

Plan de trabajo y adecuación a los objetivos de la convocatoria 4

Expediente académico 4*

Formación en cooperación al desarrollo y voluntariado 1

Experiencia en cooperación al desarrollo y voluntariado 1

TOTAL 10

* Para equilibrar la diferencia entre titulaciones, la puntuación obtenida en el expediente académico se calcula mediante la

siguiente fórmula:

𝑁𝑜𝑡𝑎 𝑚𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑎𝑐𝑡𝑢𝑎𝑙 𝑑𝑒𝑙 𝑎𝑙𝑢𝑚𝑛𝑜

𝑁𝑜𝑡𝑎 𝑚𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑝𝑟𝑜𝑚𝑜𝑐𝑖ó𝑛 𝑎𝑛𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜𝑟 𝑑𝑒 𝑠𝑢 𝑡𝑖𝑡𝑢𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑥

4

1,5

La puntuación mínima para obtener una beca será de 5 puntos.

En caso de que la comisión de selección lo considere oportuno podrá solicitar aclaraciones a los candidatos preseleccionados

sobre los méritos aportados.

6.3. El CCD se encarga de recibir las solicitudes y verificar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria. Si advirtiese

defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, requerirá a la persona solicitante que subsane la falta o

acompañe los documentos perceptivos en el plazo de diez días hábiles, apercibiéndose que, de no hacerlo, se entenderá que

desiste de su solicitud, previa resolución dictada en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

6.4. En el plazo de treinta días hábiles, el CCD publicará en la plataforma AIRE y en su página Web (www.accd.upv.es) la lista

provisional de ayudas concedidas y denegadas. A partir de este momento las personas interesadas dispondrán de diez días

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para reclamar ante dicho órgano. Transcurrido este plazo y resueltas las reclamaciones, la propuesta se elevará al Rector para

su resolución definitiva.

7. Obligaciones

Las personas seleccionadas deberán presentar en el CCD, en el plazo de 5 días hábiles desde la fecha de notificación de

resolución de la convocatoria, una carta firmada donde conste la aceptación de la ayuda. El modelo de carta de aceptación será

entregado a las personas seleccionadas en el momento de la notificación.

La aceptación de la ayuda implica la aceptación de las normas fijadas en la presente convocatoria. En atención a la importancia de

las mismas se enumeran las siguientes obligaciones:

Como obligación principal de la persona beneficiaria, la realización de la actividad para la que se le concede la ayuda, en

el plazo de tiempo que se determine.

La estancia debe finalizar antes del 30 de junio de 2019.

Las personas seleccionadas deberán participar en un programa formativo impartido por el CCD los días 10 y 11 de

mayo de 2018.

Los pósteres de experiencias se expondrán en el “XI Encuentro de PFC y prácticas de cooperación al desarrollo”, a

celebrar en mayo de 2019. En el caso de que las personas seleccionadas no puedan asistir a dicho Encuentro por

motivos laborales, académicos o personales, deberán notificarlo lo antes posible al Centro de Cooperación al Desarrollo.

En el plazo de un mes después de finalizar la beca financiada por el CCD, se deberán presentar a través de la plataforma

de gestión AIRE los siguientes documentos:

o memoria explicativa de las actividades realizadas (Anexo III- entregado a las personas seleccionadas). En la

memoria deberán constar al menos las actividades realizadas, los objetivos conseguidos y las conclusiones

o póster explicativo que resuma la memoria de manera gráfica (Anexo IV- entregado a las personas

seleccionadas)

o fotocopias de las tarjetas de embarque del vuelo o billete electrónico

o entre 3 y 10 fotografías en formato electrónico del trabajo realizado

o encuesta de valoración de las prácticas o proyecto realizado (Anexo V- entregado a las personas

seleccionadas).

En el caso de no entregar los documentos anteriormente citados, no se procederá al abono del 20% de la ayuda

concedida.

En la difusión de los resultados (jornadas, congresos, publicaciones, etc.) se deberá hacer constar que la actividad ha

sido realizada con el apoyo del Centro de Cooperación al Desarrollo de la UPV. Para ello, se deberán poner en

contacto con el CCD para obtener los logos en formato electrónico.

En caso de variar alguna de las condiciones de la acción deberá notificarlo a la mayor brevedad al CCD. Si la variación es

presupuestaria, se deberá rehacer el presupuesto y presentarlo con las modificaciones aplicadas.

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El CCD se encargará de solicitar al profesor o profesora que haya tutorizado las actividades un informe donde se valore el trabajo

desempeñado por el alumnado.

La solicitud supone la aceptación de las bases, así como las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y

subvenciones, y someterse a las actuaciones de comprobación que se puedan realizar por los órganos competentes quedando

obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto.

El incumplimiento de las bases de esta convocatoria supondrá la pérdida de la ayuda y, en su caso, la devolución de las cantidades

ya percibidas.

La falta de presentación de la documentación justificativa correspondiente, supondrá la devolución de las cantidades percibidas.

8. Recursos procedentes contra la resolución

Contra la resolución de la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de

reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, contado desde su publicación, de acuerdo con lo previsto en los

artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, o directamente

recurso contencioso administrativo ante el órgano competente, en el plazo de dos meses desde la publicación de la presente

resolución.

Valencia, a 08 de enero de 2018

Francisco J. Mora Mas

Rector Universitat Politècnica de València