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La EMB está comprometida con el medio ambiente; no imprima este documento. Si este documento se encuentra impreso se considera “Copia no Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en aplicativo oficial de la Entidad. Página 1 de 138 GD-FR-032_V2 PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05 Fecha de elaboración: 07/05/2021 423011604507519 Diseño, construcción y puesta en operación de la Primera Línea del Metro de Bogotá Tramo 1, incluidas sus obras complementarias. 2. Dependencia Ordenadora del Gasto: Dependencia Ejecutora: Gerencia General Subgerencia de Gestión del Suelo 3. Modalidad de Selección: Licitación: X Concurso de Méritos: N/A Selección Abreviada: N/A Contratación Directa: N/A Mínima Cuantía: N/A 4. Tipo de Contrato: Consultoría: N/A Obra Pública: X Suministro: N/A Prestación de Servicios: N/A Seguros: N/A Compraventa: N/A Concesión: N/A Otro. Cuál: N/A Aplica: X No Aplica 6.1 Antecedentes La empresa Metro de Bogotá S.A., es una sociedad por acciones del orden Distrital, descentralizada, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y presupuestal, patrimonio propio, vinculada a la Secretaría Distrital de Movilidad, con régimen jurídico de empresa industrial y comercial del Estado, vinculada al sector movilidad, cuyo objeto principal se encuentra definido en el artículo 2º del Acuerdo Distrital No. 642 del 12 de mayo de 2016, "Por el cual se autoriza al Alcalde Mayor en representación del Distrito Capital para participar, conjuntamente con otras entidades descentralizadas del orden Distrital, en la constitución de la Empresa Metro de Bogotá S.A., se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 118 de 2003 y 257 de 2006, se autorizan compromisos presupuestales y se dictan otras disposiciones en relación con el Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá" modificado por el artículo 96 del Acuerdo Distrital 761 del 11 de junio de 2020, así: 1. Nombre del Proyecto: 5. Aviso de Convocatoria 6. Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación:

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Fecha de elaboración: 07/05/2021

423011604507519 Diseño, construcción y puesta en operación de la Primera Línea del Metro de Bogotá Tramo 1, incluidas sus obras complementarias.

2. Dependencia Ordenadora del Gasto: Dependencia Ejecutora:

Gerencia General Subgerencia de Gestión del Suelo

3. Modalidad de Selección:

Licitación: X Concurso de

Méritos: N/A Selección Abreviada: N/A

Contratación Directa: N/A

Mínima Cuantía: N/A

4. Tipo de Contrato:

Consultoría: N/A Obra Pública: X

Suministro: N/A Prestación de Servicios: N/A Seguros: N/A

Compraventa: N/A Concesión: N/A Otro. Cuál: N/A

Aplica: X No Aplica

6.1 Antecedentes

La empresa Metro de Bogotá S.A., es una sociedad por acciones del orden Distrital, descentralizada, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y presupuestal, patrimonio propio, vinculada a la Secretaría Distrital de Movilidad, con régimen jurídico de empresa industrial y comercial del Estado, vinculada al sector movilidad, cuyo objeto principal se encuentra definido en el artículo 2º del Acuerdo Distrital No. 642 del 12 de mayo de 2016, "Por el cual se autoriza al Alcalde Mayor en representación del Distrito Capital para participar, conjuntamente con otras entidades descentralizadas del orden Distrital, en la constitución de la Empresa Metro de Bogotá S.A., se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 118 de 2003 y 257 de 2006, se autorizan compromisos presupuestales y se dictan otras disposiciones en relación con el Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá" modificado por el artículo 96 del Acuerdo Distrital 761 del 11 de junio de 2020, así:

1. Nombre del Proyecto:

5. Aviso de Convocatoria

6. Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación:

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“ARTÍCULO 2. OBJETO. Corresponde a la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A. realizar la planeación, estructuración, construcción, operación, explotación y mantenimiento de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como la adquisición, operación, explotación, mantenimiento y administración del material rodante.

También hace parte del objeto social de la entidad, liderar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos urbanísticos, en especial de renovación urbana, así como la construcción y el mejoramiento del espacio público en las áreas de influencia de las líneas de metro, con criterios de sostenibilidad.

Todo lo anterior, en las condiciones que señalen las normas vigentes, autoridades competentes y sus propios estatutos.”

La PLMB es de interés del Gobierno Nacional desde su consagración en el documento CONPES 3677 del 19 de julio de 2010 “Movilidad Integral para la Región Capital Bogotá – Cundinamarca”, y cuyo Capítulo denominado Resumen describe la política de la Nación para participar en el desarrollo integral de la movilidad de la Región Capital Bogotá Cundinamarca, tal como se muestar a continuación:

“El presente documento describe la política del Gobierno Nacional para participar en el desarrollo integral de la movilidad de la Región Capital Bogotá Cundinamarca, a través de la participación en la financiación de los proyectos, con el propósito de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida, productividad y competitividad.

Este documento describe los avances de la Política Nacional de Transporte Urbano con relación a las intervenciones que ha venido apoyando la Nación en el Distrito Capital, presenta un diagnóstico de las condiciones actuales y evolución reciente de la movilidad en la Región Capital, y señala los retos de los sistemas de movilidad de la zona en términos de un desarrollo urbano sostenible. En este contexto, se define el Programa Integral de Movilidad de la Región Capital, el cual integra un conjunto de políticas, programas y proyectos del Distrito Capital y la Gobernación de Cundinamarca.

El documento recopila y evalúa los avances de las propuestas para el Sistema Integrado de Transporte Público—SITP, TransMilenio, Primera Línea de Metro de Bogotá, y Tren de Cercanías para Bogotá y la Sabana, y establece las condiciones técnicas, financieras e institucionales para implementar cada proyecto como parte de la solución integral a los problemas de movilidad del Distrito y la Región Capital.

A su vez, presenta y oficializa los compromisos en recursos de la Nación para la financiación del Programa Integral de Movilidad. Estos recursos conformarán una bolsa con aportes de capital por parte de la Nación, los cuales se complementarán, para la financiación de proyectos, con fuentes propias de los entes territoriales, así como otras fuentes de fondos. De la misma manera, el documento recomienda evaluar mecanismos financieros innovadores como instrumentos de gestión del uso suelo y otras fuentes alternativas asociadas a la reducción de emisiones de gases efecto invernadero, los cuales contribuirán a la sostenibilidad ambiental, económica y social del sistema.”

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Así mismo, en el documento CONPES 3900 de 2017 “Apoyo del gobierno nacional al sistema de transporte público de Bogotá y declaratoria de importancia estratégica del proyecto Primera Línea de Metro-Tramo 1”, y cuyo Capítulo denominado Resumen describe lo siguiente:

“Las condiciones de movilidad de la ciudad de Bogotá se caracterizan por una oferta pública de transporte insuficiente para responder las necesidades de desplazamiento de sus habitantes. En respuesta a esta situación, el Gobierno nacional ha manifestado su apoyo a la implementación de proyectos destinados a mejorar las condiciones de movilidad en la Región Capital. El presente documento se plantea continuar con el apoyo de la política de movilidad de la región y así contribuir a mejorar las condiciones del servicio de transporte público de pasajeros.

Para cumplir con este objetivo, la nación participará en la cofinanciación del tramo 1 de la Primera Línea del Metro de Bogotá. Adicionalmente, reitera el apoyo al SITP de Bogotá e identifica corredores troncales que facilitan la consolidación del sistema de transporte público de pasajeros, como complemento al corredor férreo.

Para esto, en el presente documento se declara de importancia estratégica la primera línea de metro (PLMB) tramo 1, debido a la necesidad de vigencias futuras excepcionales, de conformidad con la Ley 1753 de 2015, Ley 819 de 2003 y el Decreto 1068 de 2015 y se define las condiciones de participación de la nación en este proyecto.

La acción a seguir que permitirá el cumplimiento del objetivo planteado, corresponde a la suscripción del convenio de cofinanciación por parte del Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las autoridades territoriales, documento que definirá los términos y perfiles de aportes por parte del Gobierno nacional y distrital.”

Adicionalmente, la PLMB hace parte integral del convenio de cofinanciación firmado el 9 de noviembre de 2017 entre la Nacion y el Distrito y que tiene por objeto definir los montos, términos y condiciones bajo los cuales la Nación y el Distrito concurrirán a la cofinanciación del sistema de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros de Bogotá para el desarrollo del proyecto PLMB - Tramo 1. Para tales efectos, se considera que la demolición de predios requeridos para el proyecto está contemplados como elegibles según el anexo del mencionado convenio.

Ahora bien, para dicha solución se establecen estrategias dentro de la estructura del actual Plan Distrital de Desarrollo, Acuerdo Distrital 761 de 2020 por el cual se adoptó el Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 “Un Nuevo Contrato social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, donde uno de sus pilares incluido en el Título II Propósitos, Logros de Ciudad y Programas, - Capítulo I Propósitos y Logros de Ciudad al 2030 - Artículo 9 Propósitos y Logros de Ciudad, se denomina “Propósito 4 Hacer de Bogotá – Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible”1, y cuyo objetivo es: “(…)La promoción de modos sostenibles de transporte, el mejoramiento de los tiempos y de la experiencia del desplazamiento, teniendo a la red de metro regional, de buses, y a la red de ciclorutas, como ejes articuladores de la movilidad tanto de la ciudad como de la región.

1 Título II Propósitos, Logros de Ciudad y Programas, - Capítulo I Propósitos y Logros de Ciudad al 2030 - Artículo 9 Propósitos y Logros de Ciudad, del Acuerdo Distrital 761 de 2020 por el cual se adoptó el Plan Distrital

de Desarrollo 2020-2024 “Un Nuevo Contrato social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”

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La estrategia del mencionado Propósito es: “Para alcanzar este propósito se formulan estrategias y proyectos para mejorar la experiencia de los tiempos de desplazamiento en Bogotá – Región, teniendo un sistema de transporte masivo multimodal, regional, sostenible, limpio y que cumple con todos los parámetros en materia de bioseguridad, complementado con el mejoramiento integral de la red de ciclorrutas de la ciudad que mejoren las condiciones de accesibilidad y seguridad de la red, aumentando así el número de personas que utilizan la bicicleta para transportarse”. Así mismo, el logro de ciudad que se pretende alcanzar es: “Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional y la red de ciclorutas.”

Adicionalmente, dentro de “El plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024”, en su Capítulo IV Definición de Programas y Cumplimiento de ODS – Artículo 15 Definición de Programas, se destaca el “Programa 50. Red de metros. Definir la red de metros como el eje estructurador de la movilidad y de transporte de pasajeros en la ciudad, mediante el avance del ciclo de vida del proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá PLMB – Tramo 1 y realizar las actividades, estudios técnicos y contratar la ejecución de la Fase 2 de la PLMB. Realizar las intervenciones en espacio público para la conexión del Regiotram de Occidente con el sistema de transporte público de la ciudad. Apoyar con recursos técnicos, financieros y administrativos la estructuración de todos los proyectos férreos que permiten la integración regional, entre estos los proyectos Regiotram del Norte y Regiotram del sur.”

De conformidad con las competencias funcionales asignadas en el artículo 3º del Acuerdo Distrital 642 de 2016 mencionado, la Empresa Metro de Bogotá S.A. cuenta con la competencia para:

“(...)3. Celebrar los contratos de derecho público o privado necesarios para la ejecución de su objeto, incluyendo contrato de asociación público-privada, contratos de concesión, contratos de arriendo, contratos de fiducia, contratos de obra pública, contratos de empréstito, entre otros que tiendan al desarrollo de su objeto.”

Ahora bien, considerando como antecedentes que:

i) el mencionado Proyecto hace parte del Plan Maestro de Movilidad y permitirá dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 19 del Decreto Distrital No. 309 de 2009 numeral cuarto, a saber: “Fase 4 SITP. Integración con los modos férreos. Esta fase corresponde a la integración al sistema de los otros modos previstos en el Plan Maestro de Movilidad como integrantes del SITP, en particular el Metro y se concretará una vez inicie la operación de dicho modo férreo…”

ii) que la PLMB es de interés del Gobierno Nacional desde su consagración en el documento CONPES 3677 de 2010 “Movilidad Integral para la Región Capital Bogotá – Cundinamarca”, y el documento CONPES 3900 de 2017 “Apoyo del gobierno nacional al sistema de transporte público de Bogotá y declaratoria de importancia estratégica del proyecto Primera Línea de Metro-Tramo 1” ;

Como se mencionó con anterioridad, el 9 de noviembre del año 2017, se suscribió el Convenio de Cofinanciación para el sistema de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros de Bogotá, entre la Nación (representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Ministro de

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Transporte), el Distrito Capital de Bogotá (representado por el Alcalde Mayor del Distrito Capital de Bogotá, la Secretaria de Hacienda y el Secretario de Movilidad) y la Empresa Metro de Bogotá S.A. El Convenio tiene por objeto “definir los montos, términos y condiciones bajo los cuales la Nación y el Distrito concurrirán a la cofinanciación del sistema de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros de Bogotá para el desarrollo e implementación del proyecto del Tramo 1 de la Primera Línea del Metro de Bogotá (en adelante “PLMB” o el “Proyecto”). Para efectos del presente Convenio, los aportes de la Nación y el Distrito solamente podrán ser utilizados para aquellos componentes elegibles determinados en la Ley 1753 de 2015, en los documentos CONPES 3882, 3899 y 3900 de 2017 y en la Resolución 1023 del 2017 expedida por el Ministerio de Transporte (los “Componentes Elegibles”), de acuerdo con lo previsto en el Anexo No. 1 de este documento”.

El documento CONPES 3899 de 14 de septiembre de 2017, “Actualización del documento CONPES 3882 Apoyo del Gobierno Nacional a la Política de Movilidad de la Región Capital Bogotá – Cundinamarca y declaratoria de Importancia Estratégica del Proyecto Sistema Integrado de Transporte Masivo – Soacha Fases II y III”, establece que: “(…) Se consideran elementos elegibles de cofinanciación por parte de la nación, aquellos elementos esenciales para desarrollar un sistema de transporte con altos estándares funcionales y operativos, y que presentan alta conexidad con el sistema, tales como los que se listan a continuación: … Predios y su plan de reasentamientos y compensaciones respectivo…”. Dentro del Anexo B de dicho CONPES se establece que:

“…Dentro del rubro de predios serán considerados aquellos indispensables para el sistema. Lo anterior supone el máximo esfuerzo por parte de los entes territoriales, para que, en los casos en donde se requieran predios, se utilicen los mecanismos de los cuales dispone la Ley 388 de 1997 y 1682 de 2013, con el fin de disminuir el costo de los mismos. Para el caso de aspectos relacionados con la gestión predial, se consideran elegibles para el proyecto los costos asociados a la adquisición predial que cumplan los siguientes requisitos:

• Debe tratarse de predios relacionados directamente con la construcción y operación del proyecto, en los componentes: vías indispensables, patios, talleres y estaciones. Se considerará que están relacionados directamente con la construcción y operación del proyecto, los predios situados a una distancia no mayor a los 10 metros, medidos desde el borde de la placa del viaducto (para el caso de la PLMB), vía férrea, carril exclusivo o del andén de la estación, hasta el punto más cercano del predio. • Los predios presentados para reconocimiento, deberán estar identificados en el trazado contenido en los estudios y diseños del proyecto, los cuales deberán estar como mínimo en condición de factibilidad. (…)” (Subrayado fuera de texto original).

El marco legal señalado resalta que los predios relacionados directamente con la construcción y operación del proyecto, en los componentes: vías indispensables, patios, talleres y estaciones, son elementos elegibles de cofinanciación por parte de la nación.

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En concordancia con lo expuesto, el Anexo 1 del Convenio de Cofinanciación hace referencia a las inversiones esenciales que se harán con los recursos del Convenio, las cuales se podrán considerar dentro del marco del desarrollo del Proyecto y enlista, define y describe las actividades asociadas a los grupos de componentes cofinanciables descritos en la Resolución 1023 de 2017, dentro de los cuales se encuentra la Gestión Social y Predial (grupo 4).

Tabla 1. Grupo 4 Componentes elegibles: Gestión Social y Predial

COMPONENTE DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN ACTIVIDADES QUE

COMPRENDE

Predios y su plan de reasentamientos y reconocimientos respectivo, de acuerdo con los criterios establecidos en la Resolución 1023 de 2017.

Son el costo de los terrenos e inmuebles necesarios, así como la gestión social y predial para la liberación de los espacios requeridos para la implementación de la infraestructura del sistema, cuando estos no se financien en un esquema de concesión donde este componente se remunere a través de la tarifa. Incluye los costos respectivos de diagnóstico, elaboración e implementación de los planes de reasentamientos y compensaciones requeridas para la ejecución del proyecto.

Conjunto de actividades para gestionar la adquisición de predios y liberación de espacios ocupados que sean requeridos para la implementación del Sistema

La elaboración, ejecución y seguimiento de los Planes de Reasentamiento, así como los de Ocupantes de Espacio Público, que incluyen: Adquisición de los predios necesarios (enajenación voluntaria y expropiación) Estudios técnicos de franjas y predios a adquirir. Incluye registros topográficos. Estudio de títulos. Avalúos de predios y ajustes. Compensaciones y/o Reconocimientos económicos. Demoliciones, transporte y disposición de escombros. Cerramiento y vigilancia de los lotes.

Ahora bien, el Ministerio de Transporte, mediante Resolución 1023 del 26 de abril de 2017, definió los elementos cofinanciables al procedimiento que debe surtirse para el reconocimiento de los componentes aprobados como elementos cofinanciables por parte de la Nación y de los aportes en especie, de conformidad con los lineamientos planteados en el Documento CONPES 3882 de 2017, dentro de los cuales se encuentran los insumos para la gestión predial, teniendo en cuenta que la contratación que se pretende celebrar hace parte de dichos insumos, es pertinente considerarlos como elemento cofinanciable por parte de la Nación.

De acuerdo con lo previsto en el documento CONPES 3900 de 2017, una vez el Distrito Capital cumpla con los requisitos a nivel de factibilidad de las troncales alimentadoras de la PLMB (en adelante las “Troncales”), las Partes adelantarán los trámites pertinentes para la declaratoria de importancia

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estratégica de este componente del sistema con el fin de optar por los recursos de la Nación para la cofinanciación de las Troncales, en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Para estos efectos, las Partes podrán suscribir las modificaciones respectivas al presente Convenio.

6.2 Gestión predial PLMB – Tramo 1

Mediante el Decreto 318 del 16 de julio de 2017 “Por medio del cual se modifican los Decretos Distritales 577 de 2013, 425 de 2014 de Anuncio del Proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá D.C., se deroga el Decreto Distrital 136 de 2015, se declara la existencia de especiales condiciones de urgencia por motivos de utilidad pública e interés social para la adquisición de los predios necesarios para la ejecución del proyecto, y se dictan otras disposiciones”, modificado mediante el Decreto 634 del 21 de noviembre de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 318 de 2017, con el objeto de integrar al anuncio del Proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá, la implementación del Ramal Técnico de Conexión y la localización del Patio Taller.” La Empresa Metro de Bogotá cuenta con anuncio del proyecto lo que le permite realizar ofertas de compra de los inmuebles necesarios para la construcción de las Estaciones de la Primera Línea del Metro de Bogotá.

Gracias a los esfuerzos de la FDN y el Distrito en cabeza del IDU, plasmados en el convenio interadministrativo 1880 de 2014 suscrito con el objeto de aunar esfuerzos para el desarrollo de las actividades relacionadas con la estructuración integral del proyecto “Primera Línea del Metro de Bogotá en dos fases a saber; Diseño de la transacción y de estructuración integral”, se plasma un proyecto integral, en el Marco del Contrato No. 002 de 2017 celebrado entre la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN) y el Consorcio METROBOG para el desarrollo de los estudios de factibilidad del proyecto. Dentro de estos se encuentra el Estudio de Impacto Ambiental y Social (EIAS) para la construcción y operación de la PLMB, estaciones, patio taller y demás infraestructura asociada al proyecto, así mismo se definió el trazado del proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá – Tramo 1, que irá desde el Portal Américas hasta la avenida Caracas, a lo largo de la avenida Villavicencio, la avenida Primero de Mayo, la calle 8 Sur y la calle 1, por donde girará hacia el norte por la avenida Caracas hasta la calle 78. Los casi 24 kilómetros de trazado incluyen un ramal técnico, entre el patio taller y la primera estación, y un tramo de maniobras de retorno en la avenida Caracas entre calles 74 y 78. Como se muestra en la figura a continuación, donde se presenta el trazado descrito, a lo largo del viaducto habrá 16 estaciones, 4 de estas con una tipología tipo mezanine (E1, E2, E6 y E8) y las 12 estaciones restantes con una tipología descentralizada con edificios de acceso laterales.

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Figura 1. Trazado PLMB-Tramo 1.

Una vez definido el trazado del proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá – Tramo 1 y la ubicación y tipología de las estaciones, se identificó que para construcción de este proyecto se requiere de un total de 1443 inmuebles2 distribuidos a lo largo del trazado. Los predios se dividen en 3 grupos principales de acuerdo con la función que cumplirán en el proyecto, es decir el destino para el que serán adquiridos. En la siguiente tabla resume se muestra esta distribución.

Tabla 2. Distribución de los predios PLMB- Tramo 1 de acuerdo con su destino o utilidad.

Destino No. Predios

Patio Taller y Ramal Técnico 93

Viaducto 204

Edificios de acceso a estaciones y urbanismo 1146

Total 1443

Adicionalmente, una vez identificados los predios requeridos, se estableció que parte de los inmuebles serían gestionados directamente por la EMB y otra parte sería gestionada por el IDU bajo el marco del Convenio 1021 de 2017 suscrito entre las dos entidades cuyo objeto es “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros, para ejecutar el proyecto de Gestión Predial Integral, requerido para adquirir los predios necesarios para la infraestructura de la Primera Línea de Metro de Bogotá (PLMB) en los componentes: vías indispensables, patios, talleres y estaciones”. De acuerdo con este convenio, los

2 El número de inmuebles está sujeto a variaciones en el tiempo debido a posibles mutaciones prediales. La cifra de 1443 corresponde al número actualizado con corte a 1 de marzo de 2021.

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predios a cargo del IDU deben legalizarse mediante Anexos Técnicos que especifiquen los predios que el IDU gestionará de manera integral. Como parte de la distribución, se definió que el Instituto de Desarrollo Urbano gestionaría principalmente los predios ubicados en el viaducto y los predios de la estación E-12; el patio taller, ramal técnico y demás estaciones quedarían a cargo de la EMB. La siguiente tabla presenta la manera en que quedó distribuida la gestión de los predios del proyecto.

Tabla 3. Distribución de predios de acuerdo con la entidad encargada de su gestión.

Entidad encargada de la gestión

No. Predios

EMB 1018

IDU (Anexo Técnico 1) 119

IDU (Anexo Técnico 2) 306

Total 1443

Por la naturaleza de este tipo de procesos, a la fecha, 109 predios del Anexo Técnico 1, cuya gestión inició en 2017 culminaron el proceso de adquisición predial y reasentamiento en su totalidad. Los predios restantes, a cargo tanto del IDU como de la EMB se encuentran en etapas anteriores del proceso de gestión predial integral. En la Figura 2 se muestra de manera simplificada el proceso de adquisición predial y las etapas más relevantes de este.

Figura 2. Etapas del proceso de adquisición predial

Conforme a lo anterior, y en desarrollo de la gestión predial por la entidad, se deben realizar las actividades necesarias para la demolición, limpieza y cerramiento de las estructuras ubicadas en las Estaciones e Interestaciones, a fin de despejar el corredor del proyecto PLMB Tramo 1.

La planeación y cronograma de la Subgerencia de Gestión del Suelo responde a lo estipulado en el Apéndice Técnico 123 del Contrato de Concesión (Contrato 163 de 2019) el cual contiene las fechas máximas en las cuales la EMB, el Interventor y el Concesionario deberán suscribir un acta de puesta a disposición sobre cada predio requerido o espacio público.

6.3 Afectación al Monumento a los Héroes

3

Apéndice Técnico 12 – Predios: Contiene las fechas máximas en las cuales la EMB, el Interventor y el Concesionario deberán suscribir un Acta de Puesta a

Disposición sobre cada predio requerido o espacio público.

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Dentro de la formulación del proyecto de la PLMB, el Consorcio METROBOG y la EMB, identificaron las implicaciones ambientales, urbanas, sociales y económicas, como es el caso de la relación de la PLMB con los Bienes de Interés Cultural de Ámbito Nacional y Distrital, así como los Sectores de Interés Cultural. Gracias a estos análisis, dentro de los Estudios de Impacto Ambiental y Social se concluyó que la PLMB afecta de manera directa al Bien de Interés Cultural Nacional y Distrital “Monumento a Los Héroes”, ubicado en la Autopista Norte, calle 79 y 80 colindante a la estación de Transmilenio los Héroes.

Adicionalmente, y en concordancia con lo anteriormente expuesto, los procesos relacionados con la afectación del monumento a los héroes hacen parte de los componentes cofinanciables de la PLMB en el grupo de gestión social y predial dentro de la actividad “Restitución de los bienes durante las obras de construcción”, en atención a que se requiere la restitución de este bien por las obras asociadas a la PLMB.

El Bolívar Ecuestre ubicado en el conjunto denominado Monumento a los Héroes, de la localidad de Chapinero, tiene doble declaratoria como Bien de Interés Cultural:

• Está declarado como Bien de Interés Cultural de Ámbito Distrital mediante Resolución Nº 263 del 29 de mayo de 2019, “Por la cual se aclara la declaratoria del Monumento a los Héroes, localizado en la Autopista Norte con Calle 80, Bogotá D.C. que hace parte del listado de bienes de interés cultural del ámbito distrital, según la Resolución 035 de 2006” en la cual se precisa en el Art. 3: Ordenar al IDPC elaborar la Ficha de Valoración Individual para el Monumento a Los Héroes, ubicado en la Autopista Norte con Calle 80 indicando que la declaratoria como BIC corresponde a la Escultura Ecuestre a Simón Bolívar que lo corona, dentro de los próximos seis (6) meses siguientes a la expedición del presente acto administrativo.

• Adicionalmente, el Monumento4 está compuesto por la estatua ecuestre de Bolívar5 (en adelante “Bolívar Ecuestre”), declarada Bien Mueble de Interés Cultural de Ámbito Nacional mediante Resolución 0395 de 2006 “Por la cual se declaran como Bienes de Interés Cultural de Carácter Nacional categorías de bienes muebles ubicados en el territorio Colombiano”, expedida por el Ministerio de Cultura, la cual descansa en una edificación exenta con núcleo básico cuadrangular (pedestal), diseñada por Vico Consorti y J. Vásquez Carrizosa.

El resto de los elementos que conforman el conjunto denominado Monumento a los Héroes no posee valores patrimoniales, por lo que, en ese orden de ideas, una vez se traslade el Bolívar Ecuestre, se procederá a la demolición del conjunto.

La necesidad de la afectación directa del Monumento a los Héroes es resultado de los requerimientos técnicos y operativos para despejar el corredor del Proyecto PLMB Tramo 1, y permitir técnicamente la continuación hacia el norte del tramo 2 de la PLMB. Desde el punto de vista operativo, la necesidad de mantener el recorrido del viaducto en un trazo rectilíneo implica la inserción de un tramo de 650 metros hacia el norte desde la última estación, la cual se ubica sobre la carrera 14 (Avenida Caracas), entre las calles 72 y 75; en este tramo se llevará a cabo la maniobra de retorno de los trenes del sistema Metro de Bogotá (llamado cola de maniobras).

4 “conmemora las fechas de las principales batallas, y los batallones militares que participaron en la empresa emancipadora de los países libertados por Simón

Bolívar” Sierra & Jean Carlo, 2019. 5 Diseñada por Emmanuel Frémient en 1909 por la conmemoración del primer centenario del grito de la independencia (Ley 39 de 1907).

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Durante la etapa de factibilidad del proyecto, los estructuradores técnicos a cargo de los diseños realizaron un estudio de alternativas de trazado para la localización de la cola de maniobras en el entorno del monumento. Se evaluaron inicialmente 5 alternativas. El resultado del análisis multicriterio calificó la alternativa - 5. Costado Oriental como la más apropiada. No obstante, esta alternativa implica que el viaducto quede muy próximo al Monumento.

Dado lo anterior, el Instituto Distrital de Patrimonio y Cultura (IDPC) y el Ministerio de Cultura (entidades competentes en lo referente al Monumento dada su declaratoria de Bien de Interés Cultural), argumentaron que la afectación al Monumento de los Héroes resulta muy importante y, por tanto, recomendaron trasladar el Monumento (Bolívar Ecuestre) para dejar que el trazado de la PLMB pueda continuar lo más recto posible por el eje de la Autopista Norte.

Con esta nueva alternativa, se evaluaron 2 alternativas considerando el traslado previo de la escultura “Bolívar Ecuestre” y la liberación del conjunto. El resultado del análisis multicriterio calificó la alternativa oriental con desplazamiento del monumento como la más apropiada según los criterios evaluados. Así las cosas y teniendo en cuenta las implicaciones urbanísticas y paisajísticas que estas opciones conllevan, se tomó la decisión del traslado de la Escultura “Bolívar Ecuestre” y la liberación del conjunto que será demolido y deberá ser compensado por el Proyecto Metro.

Ahora bien, desde el componente patrimonial, se evidencia que la localización actual del Monumento a los Héroes por los corredores de transporte masivo y el entramado vial altera su valor simbólico y cultural, dificulta su acceso y no permite una apropiación directa del mismo por parte de la ciudadanía; por lo anterior, la EMB y las entidades del sector cultura, evidenciaron que ésta es la oportunidad de devolverle el monumento a los ciudadanos, por lo que se planteó el desarrollo de un espacio conmemorativo en el marco del bicentenario de la independencia.

En ese orden de ideas, el Ministerio de Cultura en comunicación 417 del 12 de agosto de 2019 dirigida a la Empresa Metro de Bogotá indicó que: “(…) Por otra parte, como se ha conocido a través de la investigación histórica que se realizó de la escultura “Bolívar Ecuestre” que hoy en día hace parte del Monumento, ésta fue instalada inicialmente en el Parque de la Independencia, como parte de la celebración del centenario de la Independencia. Sin embargo, una vez se inició el proyecto de construcción de la calle 26, la escultura tuvo que ser trasladada a los viveros del Campín, en donde permaneció hasta que en 1963 fue rescatada e instalada para ser parte del “Monumento a los Héroes”.

Teniendo este antecedente en cuenta, la Dirección de Patrimonio y Memoria recomienda instalar esta escultura al Parque de la Independencia o el Parque Bicentenario, construyendo el pedestal que fue concebido originalmente para su exhibición y cuya ubicación permitirá el acceso que ha perdido. (…)”

Siguiendo estas determinantes, se realizaron mesas de trabajo con el IDPC en donde se definió que la EMB deberá compensar la afectación directa del edificio, con un nuevo equipamiento que permita el desarrollo de las actividades que se venían realizando en el edificio por parte del IDPC en el actual Monumento a los Héroes. Asimismo, se definiría la ubicación del “Bolívar Ecuestre” según los lineamientos de las entidades competentes.

En el marco de lo anterior, la EMB realizó las siguientes actividades:

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Solicitud de aclaración de la resolución 035 de 2006

Con el fin de adelantar el proceso anteriormente descrito, la EMB mediante oficio EXTS19-0000933 del 16 de abril de 2019 en conjunto con el IDPC, solicitaron ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SDCRD) la aclaración de la Resolución 035 de 2006 “por medio de la cual se declaran unos Bienes de Interés Cultural en Bogotá D.C y se dictan otras disposiciones”, a razón de que el elemento que cuenta con valores históricos, simbólicos y estéticos es la escultura Ecuestre del Libertador. Por lo anterior, se presentó un documento en donde se expusieron las razones de la solicitud, en particular sustentado en los valores y criterios de valoración establecidos en el Artículo 6° del Decreto Nacional 763 de 2009 que se atribuyen al Bien, acompañado de una valoración patrimonial y un levantamiento del inmueble.

Dicha solicitud fue presentada ante el Consejo Distrital de Patrimonio Cultural en sesión extraordinaria del 26 de abril de 2019 (Acta No.04 de 2019 sesión extraordinaria) en la cual fue aprobada la Aclaración a la declaratoria solicitada por la EMB, emitiendo el Concejo la Resolución 263 del 29 de mayo de 2019, que señaló:

Artículo Primero: Aclarar el artículo primero de la Resolución 035 del 13 de enero de 2006 en lo relacionado con el Monumento a los Héroes de conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo, la cual quedará así:

Artículo 1°. Declarar Bienes de Interés Cultural los siguientes monumentos conmemorativos y objetos artísticos localizados en el espacio público del Distrito Capital:

MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

No. Titulo Ubicación

2

Monumento a los Héroes. La declaratoria como Bien de Interés Cultural del ámbito distrital corresponde a la Escultura Ecuestre a Simón Bolívar que lo corona, a la cual le aplican los criterios de clasificación 1,2,3,4,5 definidos en la resolución 035 de 2006 y que, a su vez hacen parte del artículo 312 del Decreto 190 de 2004.

Autopista Norte con Calle 80

Solicitud de traslado del Bolívar Ecuestre

Por otra parte, el 25 de julio de 2019 la EMB realizó una mesa de trabajo con el Ministerio de Cultura, específicamente con la Dirección de Patrimonio y Memoria, con el fin de exponer los avances en la estructuración del proyecto y establecer los lineamientos con relación al desmonte del Monumento a los Héroes, la concepción de un Nuevo Monumento a los Héroes, y el traslado de la escultura “Bolívar Ecuestre”.

En esta mesa de trabajo la Dirección de Patrimonio y Memoria del Ministerio de Cultura menciono que “el traslado del monumento representa un impacto significativo en la memoria de la ciudad debido a su importancia y valor simbólico” por lo que recomendó “instalar esta escultura en el Parque de la Independencia o Parque del Bicentenario, construyendo el pedestal que fue concebido originalmente para su exhibición, y cuya ubicación permitirá el acceso que ha perdido.”

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Lo anterior, fue ratificado por la comunicación oficial EXT19-0002043 del 20 de agosto de 2019, en donde adicionalmente, se identificó lo siguiente:

“Por otra parte, como se ha conocido a través de la investigación histórica que se realizó de La escultura "Bolívar Ecuestre" que hoy en día hace parte del Monumento, ésta fue instalada inicialmente en el Parque de La Independencia, como parte de La celebración del centenario de La independencia. Sin embargo, una vez se inició el proyecto de construcción de La calle 26, la escultura tuvo que ser trasladada a Los viveros del Campin, en donde permaneció hasta que en 1963 fue rescatada e instalada para ser parte del "Monumento a Los Héroes".

Teniendo este antecedente en cuenta, la Dirección de Patrimonio y Memoria recomienda instalar esta escultura al Parque de La Independencia o el Parque Bicentenario, construyendo el pedestal que fue concebido originalmente para su exhibición, y cuya ubicación permitirá el acceso que ha perdido. El traslado de esta escultura, por estar incluida dentro de Las categorías de bienes declarados como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional por La Resolución 0395 de 2006, deberá ser autorizada por el Ministerio de Cultura, previa remisión de los documentos jurídicos y estudios preliminares para realizar el proyecto.”

Adicionalmente, se mencionaron tres aspectos que hacen parte de la intervención al actual monumento a los héroes, como sigue: “(…)

1. Dejar en evidencia visual del lugar que por tantos años ocupó el “Monumento a los Héroes” como hito urbano y referente de la ciudad. 2. Instalar en el Parque de Independencia o en el Parque del Bicentenario la escultura “Bolívar Ecuestre”, acompañado de su pedestal original, para recuperar su entorno y lectura inicial. 3. Desarrollar conceptualmente la propuesta del “Museo del Bicentenario (Centro de Interpretación)” para definir su objetivo dentro de la oferta cultural de la ciudad. (…)”

Lo anterior se traduce en tres procesos diferentes que debe surtir la EMB en el marco de la afectación al Monumento a los Héroes, a saber:

1. Proyecto de tratamiento del espacio público en el que se encuentra actualmente el Bolívar Ecuestre y el conjunto denominado Monumento a los Héroes, en donde se implantará la cola de retorno de la PLMB. 2. Traslado del Bolívar Ecuestre al Parque de la Independencia o al Parque Bicentenario. 3. Proyecto del Museo Bicentenario (Centro de interpretación) para compensar la afectación al edificio que actualmente es utilizado por el Instituto Distrital de Patrimonio IDPC como extensión del Museo de Bogotá. (Contrato 165 de 2019).

Entendiendo que el Ministerio de Cultura es la entidad competente para definir el lugar a reubicar la estatua (Bolívar Ecuestre), después de varias mesas de trabajo en conjunto con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SDCRD, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC y el Ministerio de Cultura que la ubicación del Bolívar Ecuestre se daría en el Parque del Centenario (en adelante Parque de la Independencia), para lo cual la EMB deberá adelantar los estudios y trámites correspondientes.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Expuesto lo anterior, y en desarrollo de los tres (3) hitos definidos por la entidad, se continuó con las actividades necesarias para trasladar e instalar en el Parque de la Independencia de Bogotá, la Escultura “Bolívar Ecuestre”, para recuperar su entorno y lectura inicial, a fin de satisfacer la necesidad de dar cumplimiento a las directrices impartidas por el Ministerio de Cultura y de despejar el corredor del proyecto PLMB Tramo 1.

Es preciso aclarar que el pedestal que actualmente sostiene el Bolívar Ecuestre en el conjunto denominado Monumento de los Héroes, ubicado en la Autopista Norte # 80 - 01 de la ciudad de Bogotá no es el original de la escultura inaugurada en 1910 en el Parque de la Independencia. En consecuencia, siendo que el actual pedestal no cuenta con valores patrimoniales y que no requiere mediar autorización del Ministerio de Cultura o del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC, este será demolido y se construirá uno nuevo en el Jardín de las Hortensias del parque de la Independencia con características que sigan las líneas compositivas del pedestal original, cuyas condiciones se precisarán en el ANEXO TÉCNICO del presente proceso, de conformidad con lo dispuesto por el Ministerio de Cultura en comunicación EXT19-0002043 del 19 de agosto de 2019 y la descripción realizada en la Valoración Bolívar Ecuestre, dirigida a la Empresa Metro de Bogotá.

6.4 Contexto y justificación de la contratación

La EMB es la responsable de entregarle los predios al concesionario para que este pueda iniciar la construcción del proyecto PLMB – Tramo 1. El cronograma de entrega de estos predios quedó establecido en el Apéndice Técnico 12 del contrato de concesión No. 163 de 2019 y de acuerdo con lo acordado en este apéndice los predios deberán ser entregados con cerramiento, sin ocupantes y demolidos a nivel de andén. De lo anterior, nace la necesidad de la contratación presentada en este documento.

En consecuencia, la presente sección se enfocará en 2 aspectos a saber:

I. En la intervención de los 1018 predios a cargo de la EMB, teniendo en cuenta que, bajo el marco del

Convenio 1021 de 2017, la demolición y cerramiento de los predios a cargo del IDU es responsabilidad de esta entidad. En este sentido, las cifras se enmarcan únicamente en los 1.018 predios que están siendo gestionados por la EMB.

II. La demolición denominada actualmente Monumento a los Héroes.

6.4.1 Predios de Gestión Predial Tramo 1

En primer lugar, es preciso dividir el universo de predios entre aquellos sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal (Predios tipo PH) y aquellos que no están sometidos a este régimen (predios tipo NPH). La importancia de esta distinción radica en que los predios tipo PH se encuentran típicamente en edificios, es decir que en una sola estructura hay más de un predio. Por otro lado, en los predios NPH la relación predio estructura es normalmente de 1:1. Lo anterior, tiene implicaciones directas sobre el número de estructuras a demoler y por lo tanto define las cantidades de la necesidad en cuestión. De los 1.018 predios en cuestión, 434 corresponden a predios tipo PH y 584 a predios tipo NPH. En la siguiente tabla se expone de manera detallada como se distribuyen estos predios a lo largo de la PLMB.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Tabla 4. Distribución de los predios de acuerdo con su ubicación en el trazado (Nota: La letra E corresponde a Estación y las letras IE a Inter-Estación, que se refiere a predios que se encuentran entre dos estaciones).

Destinación en el trazado

NPH PH Total

Patio Taller 80 0 80

Ramal Técnico 13 0 13

E3 96 0 96

E4 46 32 78

E5 79 20 99

E7 45 0 45

IE7 2 0 2

E9 34 3 37

E10 32 6 38

IE10 4 0 4

E11 37 19 56

E13 28 61 89

E14 18 128 146

E15 30 77 107

IE15 0 13 13

E16 40 75 115

Total 584 434 1018

Por otro lado, se debe tener en cuenta que 92 de los 93 predios ubicados en el patio taller y ramal técnico (NPH) corresponden a lotes vacíos sin ningún tipo de estructura, por lo que no deberán ser tenidos en cuenta en este contrato. De manera similar, 21 predios (8 NPH; 13 PH) ubicados en la estación E-13 del trazado, que fueron gestionados previamente por la ERU, cumplen con la misma condición y por lo tanto tampoco forman parte del análisis para el presente proceso. En la tabla a continuación, se presenta un resumen de los predios de acuerdo con la tipología propuesta y la necesidad de demolición.

Tabla 5. Predios objeto de demolición y cerramiento

Tipo de predio Requiere

demolición No Requiere demolición

Total

NPH 484 100 584

PH 421 13 434

Total 905 113 1018

Como se mencionó previamente, la relación predio: estructura en los predios tipo PH no es 1:1, en este caso, el número de estructuras corresponde al número de edificios donde se distribuyen estos predios. Los 421 predios tipo PH a demoler se distribuyen en 36 edificios de alturas entre 2 a 7 pisos como se muestra a continuación.

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Tabla 6. Distribución predios tipo PH por edificio.

Ubicación en el trazado Edificio No. Predios

E4 PASTRANA 1 16

PASTRANA 2 16

E5 LKB 20

E9 AMAYA VASQUEZ 3

E10 SAN JORGE 3

VELASQUEZ 3

E11 ESPERANZA 6

TOPF 13

E13

SUCRE 21

CALLE 24 12

EL MARANTIAL 11

VICTORIA 17

E14

CLINICA VETERINARIA 8

PADUA 47

SANTA ANA 39

TERRAZINO 29

LOS OLIVOS 5

E15

CAP 10

EL ASCENSOR 7

GABBAI 5

LOS ROSALES 13

MURAL 4

BARRANQUILLA 4

CAPACITACIÓN 2000 5

CARACAS 12

CHAUSTRE 1 6

CLL 62 13 A 31 3

DARIEN 4

ESPINOSA 4

IE15 CLL 66 13

E16

E16

ALTAMIRA 4

INVERSIONES PROMETEO

6

OXXO 4

SANTIAGO DE CHILE 44

GALICIA 6

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Ubicación en el trazado Edificio No. Predios PILAR 11

Total 36 434

A partir de este análisis es posible determinar el número de estructuras que se deberán demoler para asegurar la disponibilidad del suelo para la construcción del proyecto. Como se muestra en la tabla a continuación, se estima que el total de estructuras a demoler será alrededor de 520. Este número será el insumo inicial para calcular las cantidades que soportan el presupuesto del contrato de demoliciones. Este cálculo se presenta en la sección Valor proyectado de la contratación de este documento.

Tabla 7. Estructuras estimadas a lo largo del trazado (La localización y cartografía de las estructuras a demoler se presenta en el Anexo

de este documento).

Destinación en el trazado

Estructuras NPH

Estructuras PH

Total

Patio Taller 1 0 1

E3 96 0 96

E4 46 2 48

E5 79 1 80

E7 45 0 45

IE7 2 0 2 E9 34 1 35

E10 32 2 34

IE10 4 0 4

E11 37 2 39

E13 20 4 24

E14 18 5 23

E15 30 12 42

IE15 0 1 1

E16 40 6 46

Total 484 36 520

La localización y cartografía de las estructuras a demoler se presenta en el ANEXO TÉCNICO, donde están la localización de las Estaciones.

6.4.2 Monumento a los Héroes

Para las obras que se deben ejecutar en el sitio denominado “Monumento a los Héroes”, la Gerencia de Desarrollo Inmobiliario tiene a cargo las gestiones asociadas al traslado del “Bolívar Ecuestre”.

Posterior al traslado del Bolívar Ecuestre, se realizará la demolición del denominado Monumento a los Héroes. Por lo tanto, la Gerencia de Desarrollo Inmobiliario debe realizar las acciones de supervisión de los contratos de construcción e infraestructura que ejecute la empresa, y de las interventorías que deba contratar para el efecto, lo

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

anterior en el marco de las actividades relacionadas a la afectación directa del Monumento a los Héroes, por lo que al desarrollar las actividades necesarias para su traslado e instalación en el Parque de la Independencia de Bogotá, la Escultura “Bolívar Ecuestre”, recuperará su entorno y lectura inicial, a fin de cumplir con las directrices impartidas por el Ministerio de Cultura, y así despejar el corredor del proyecto PLMB Tramo 1 y permitir posteriormente la ampliación del Tramo 2.

Por lo anterior, y conforme con las metas del proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá PLMB, se hace necesario trasladar la estatua del Bolívar Ecuestre al Parque de la Independencia, incluyendo la nueva implantación, y demoler el actual Conjunto Monumento de los Héroes, para entrega al concesionario en las fechas y acuerdos pactados en el Apéndice Técnico 12 del Contrato de Concesión No. 163 de 2019.

Ahora bien, la Empresa Metro de Bogotá S.A. en su Acuerdo No. 002 del 24 de enero de 2019, “por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A., establecida mediante el Acuerdo de Junta Directiva No. 02 de 2016, modificada con los Acuerdos 02 y 06 de 2017”, dispone en sus artículos 15 y 16, las funciones de la Gerencia de Desarrollo Inmobiliario y de la Subgerencia de Gestión del Suelo, donde se destaca entre otras (…):

Gerencia de Desarrollo Inmobiliario

a) Dirigir las actividades de planificación y gestión urbana necesarias para el desarrollo del proyecto,

especialmente los edificios de acceso a las estaciones, acorde con la normatividad y parámetros establecidos.

c) Dirigir las actividades de gestión predial, social y de reasentamiento, necesarias para la adquisición del suelo requerido en la construcción de las líneas de metro, para la generación de nuevo espacio público conexo al metro, y para la construcción de los edificios de acceso a las estaciones, de acuerdo con los estudios y lineamientos establecidos. (…)”

Subgerencia de Gestión del Suelo

“… c) Planear, procedimentar, desarrollar y controlar las actividades necesarias para la adquisición del suelo requerido en la construcción de las líneas del metro, para la generación de nuevo espacio público conexo al metro, y para la construcción de los edificios de acceso a las estaciones, de acuerdo con los estudios y lineamientos establecidos

e) Planear las acciones necesarias para que el proceso de gestión socio predial se desarrolle en los tiempos requeridos y programados y así garantizar el desarrollo de las obras tanto pata la PLMB como para los proyectos urbanísticos futuros de iniciativa de la EMB

l) Planear junto con la Gerencia Técnica, las acciones necesarias para garantizar que el proceso de gestión predial se desarrolle en los tiempos requeridos para garantizar el desarrollo de las obras (…)”.

En cumplimiento de las funciones mencionadas, corresponde a la Gerencia De Desarrollo Inmobiliario a través de la Subgerencia de Gestión del Suelo, estructurar los procesos de selección relacionados con la adquisición del suelo además de las actividades derivadas de la afectación directa del Monumento a los Héroes en concordancia

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con las actividades concernientes a los procesos de gestión y planeación urbana, ambas requeridos para la construcción y operación del proyecto Primera Línea de Metro de Bogotá, de acuerdo con las necesidades presentadas en el Plan Anual de Adquisiciones de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

a) Objeto:

Demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento, de los predios adquiridos por la Empresa Metro de Bogotá S.A., requeridos para la ejecución del proyecto PLMB - Tramo 1.

b) Alcance del Objeto:

Contratar a precios unitarios fijos a monto agotable la demolición, retiro de RCD, limpieza, cerramiento y mantenimiento, de los predios adquiridos por la Empresa Metro de Bogotá S.A., requeridos para la construcción de las estaciones de la Primera Línea del Metro de Bogotá.

El proceso incluye realizar la demolición del conjunto denominado Monumento a los Héroes en que actualmente

reposa el Bolívar Ecuestre, necesarios para despejar los predios del corredor de la Primera Línea del Metro de Bogotá – Tramo 1, de acuerdo con los anexos establecidos para tal fin.

c) Características técnicas del objeto a contratar:

Como parte integral del presente proceso se tienen los documentos:

• ANEXO TÉCNICO

• ANEXO AMBIENTAL Y SST

• ANEXO SOCIAL

• ANEXO PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO

• ANEXO PERSONAL Y EQUIPO REQUERIDO

• PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD COVID

En cada uno de los Anexos se describen claramente las características y especificaciones técnicas del servicio a contratar.

d) Clasificador de bienes o servicios:

NIVEL CÓDIGO CONCEPTO

GRUPO F Servicios

SEGMENTO 72000000 Servicios de edificación, construcción de instalaciones y mantenimiento

FAMILIA 72140000 Servicios de construcción pesada

CLASES 72141500 Servicios de preparación de tierras

PRODUCTOS 72141510 Servicios de demolición

SEGMENTO 81000000 Servicios basados en Ingeniería, Investigación y tecnología

7. Objeto a contratar:

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NIVEL CÓDIGO CONCEPTO

FAMILIA 81100000 Servicios profesionalesde ingeniería y arquitectura

CLASES 81101500 Ingeniería Civil y Arquitectura

PRODUCTOS 81101514 Ingeniería geotécnica o Geosísmica

GRUPO G Terrenos, Edificaciones, Estructuras y Vías

SEGMENTO 95000000 Terrenos, Edificaciones, Estructuras y Vías

FAMILIA 95120000 Estructura y Edificaciones permanentes

CLASES 95121700 Edificios y Estructuras públicos

e) Código de identificación de la necesidad en el PAA: 218

Para todos los efectos legales y fiscales, el valor estimado del contrato es la suma indicada como PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL PARA LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN, RECOLECCIÓN DE RCD, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO, COMPONENTES SST-MA, SOCIAL, PMT, AIU Y AJUSTES POR CAMBIO DE VIGENCIA, es el valor estimado del proyecto y se divide de la siguiente manera:

1. - PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL PARA LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PREDIOS Y DEL MONUMENTO A LOS HÉROES, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO, MANEJO AMBIENTAL Y SST, ELEMENTOS DE BIOSEGURIDAD, PLAN DE GESTIÓN SOCIAL, PLAN DE MANEJO DE TRÁFICO – PMT, AIU Y AJUSTES POR CAMBIO DE VIGENCIA: Es la suma de hasta VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TREINTA Y UN PESOS M/CTE ($27.910.648.031,00). (Incluidos todos los impuestos nacionales y locales a que haya lugar).

1.A - VALOR ESTIMADO COSTO DIRECTO PARA LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PREDIOS Y DEL MONUMENTO A LOS HÉROES, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO: Es la suma de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($19.584.109.633).

1.B - VALOR ESTIMADO DEL A.I.U. PARA LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PREDIOS Y DEL MONUMENTO A LOS HÉROES, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO: Es la suma de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($6.157.244.068).

1.C - PRESUPUESTO ESTIMADO TOTAL PARA EL MANEJO AMBIENTAL, SST (ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS, MANEJO INTEGRAL DE CUERPOS DE AGUA Y OTROS, GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SEÑALIZACIÓN MAO) Y ELEMENTOS DE BIOSEGURIDAD: Es la suma de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.396.388.464). (El valor propuesto para el aspecto GLOBAL AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD debe incluir lo especificado en el ANEXO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD).

8. Valor:

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

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1.D - VALOR ESTIMADO DEL A.I.U. PARA EL MANEJO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD, PLAN DE GESTIÓN SOCIAL Y PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO - PMT: Es la suma de TRESCIENTOS TRES MILLONES SETESCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($303.714.491).

1.E (1.A+1.B+1.C+1.D) - VALOR ESTIMADO PARA LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PREDIOS Y DEL MONUMENTO A LOS HÉROES, CERRAMIENTO, LIMPIEZA, Y MANTENIMIENTO, MANEJO AMBIENTAL, SST Y AMBIENTAL, PLAN DE GESTIÓN SOCIAL, PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO - PMT y AIU: Es la suma de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($27.441.456.656).

1.F - Valor estimado correspondiente a ajustes por cambio de vigencia: Es la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($469.191.375), que se liquidarán para la vigencia 2022 y 2023.

LOS VALORES POR LOS COMPONENTES DE MANEJO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD, PLAN DE GESTIÓN SOCIAL, PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO – PMT, SU A.I.U. Y FONDO DE AJUSTES POR CAMBIO DE VIGENCIA, SON VALORES FIJOS Y POR TANTO NO SON OFERTABLES.

El Valor Oficial del Porcentaje total de A.I.U. de los costos directos para las obras de demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento es del 31.44%, el cual se desagrega así: Administración: 23.44%. Imprevistos: 1.00% y Utilidad: 7.00 %.

El Valor Oficial del Porcentaje total de A.I.U. de los costos fijos e insumos para los componentes de manejo

ambiental, sst y bioseguridad, plan de gestión social, plan de manejo de tránsito – PMT es del 21.75%, el cual se desagrega así: Administración: 13.75 %. Imprevistos: 1.00 % y Utilidad: 7.00 %.

Nota 1: Este proceso es a monto agotable, cuyo valor del contrato se irá agotando de acuerdo con los servicios efectivamente prestados y aprobados por el interventor, para lo cual se tendrá en cuenta los precios unitarios ofertados por el contratista.

Nota 2: El valor de los componentes de gestión ambiental, gestión social, plan de manejo de tránsito, plan de manejo ambiental y demás componentes que se necesiten serán a cargo del contratista y se encuentran dentro del presupuesto oficial estimado. Así mismo, incluye los Elementos de Protección Personal y elementos de bioseguridad para el personal requerido.

Nota 3: El valor total del presupuesto estimado oficial se encuentra estructurado a precios unitarios del año 2021 del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, considerando que es una entidad distrital con experiencia y buenas prácticas para este tipo de obras en proyectos de infraestructura vial, de transporte y espacio público. En consecuencia, los ítems de las actividades a ejecutar podrán ser consultados en la base oficial de “Precios

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Unitarios de Referencia vigente” del IDU del año 2021, que se encuentran en el siguiente enlace: https://www.idu.gov.co/page/siipviales/economico/portafolio.

Nota 4: El presupuesto estimado oficial del presente proceso se fija en las sumas anteriormente indicadas, las cuales, en la parte de la obra, se encuentra excluida de IVA por ser la Empresa Metro de Bogotá una entidad descentralizada del nivel territorial (Ley 17 de 1992, Artículo 15 y Ley 21 de 1992, Artículo 100).

Nota 5: El valor total del presupuesto estimado oficial incluye el valor de ajustes por cambio de vigencia.

Nota 6: El valor estimado establecido en los valores máximos fijos correspondientes (PMT, MANEJO AMBIENTAL, SST, BIOSEGURIDAD, SGA, PGS) del contrato para la fase de ejecución, no podrán ser modificados en la ejecución de la obra. En caso tal de presentarse mayores gastos, deberán ser asumidos por el contratista de obra, lo anterior teniendo en cuenta que este valor máximo establece esta condición.

Nota 7: El contrato se adjudicará hasta por la suma del presupuesto estimado oficial, dado que el valor de adjudicación puede ser menor al valor del presupuesto oficial estimado, los pagos se realizarán según la minuta del contrato y dependiendo de las cantidades efectivamente realizadas y recibidas satisfactoriamente.

8.1 Valores fijos no ofertables

• Costo Actividades Ambientales, SST y Bioseguridad.

• Costo Plan de Manejo de Tránsito.

• Ajustes por Cambio de Vigencia para Obras-AIU-PMA-PGS-PMT.

8.2 Valor a ejecutar por vigencias

Para todos los efectos legales y fiscales, el valor del contrato es de hasta VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TREINTA Y UN PESOS M/CTE ($27.910.648.031), incluidos todos los impuestos nacionales y locales, tasas y contribuciones a que haya lugar, discriminados de la siguiente forma:

a) Para la vigencia fiscal 2021, corresponderá la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS

MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($ 13.676.217.536), incluidos todos los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.

b) Para la vigencia fiscal 2022, corresponderá la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES

MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 11.443.365.692), incluidos todos los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.

c) Para la vigencia fiscal 2023 corresponderá la suma de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES

SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TRES PESOS M/CTE ($ 2.791.064.803), incluidos todos los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.

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La presente contratación se encuentra respaldada según lo indicado en el numeral de “Información Certificado Disponibilidad Presupuestal – CDP” del presente estudio previo.

Nota : Para las vigencias 2022 y 2023 corresponde la suma de CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($ 14.234.430.495), incluido los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar. Esta cifra se encuentra soportada presupuestalmente en la autorización de vigencias futuras para los años 2022 y 2023 del presupuesto de Gastos de Inversión de LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, aprobado por el Consejo Superior de Política Económica y Fiscal Distrital – CONFIS, aprobadas en sesión 02 celebrada el 24 de febrero de 2021 y comunicada a la Entidad mediante oficio con radicado de la Secretaría Distrital de Planeación No. 1-2021-11565 / 1-2021- 14759, de fecha 25/02/2021.

La EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB- pagará el valor del contrato en mensualidades vencidas de acuerdo con los servicios efectivamente prestados por el contratista previo recibo a satisfacción por la interventoría del contrato, de conformidad con los valores de la oferta seleccionada. Los pagos se realizarán al contratista dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la radicación de la factura, con los respectivos soportes, a saber:

a) Factura original debidamente diligenciada de conformidad con la política de pagos de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB.

b) Actas de pago con los soportes de medición avalados por la Interventoría. c) Certificación por medio de la cual acredite que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales

relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de compensación familiar, cuando corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la ley 1150 de 2007.

d) Certificación de cumplimiento de las obligaciones laborales y de pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, de conformidad con lo señalado por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 (Si es Persona Jurídica), la Ley 828 de 2003 y el Decreto 1703 de 2002 (Si es Persona Natural).

e) Certificación del revisor fiscal si está obligado o Contador Público, en relación con el cumplimiento del pago de la Contribución al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC), en la cual se indique el valor base, número de trabajadores y la contribución pagada; acorde con lo establecido en el Decreto 2375 de 1984, Decreto 083 de 1976, Decreto 1047de 1983 y Resoluciones 662 de 1986, 945 de 2002 y 2370 de 2008 expedidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y demás normatividad vigente.

f) Certificación de cuenta bancaria, si hay algún cambio en la información registrada al momento de la firma del contrato.

Para efectos de la autorización del pago, el contratista debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ejecución de las obras pactadas en desarrollo de la ejecución del contrato. b) Recibo a satisfacción por parte de la interventoría asignado por la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB.

9. Forma de pago:

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c) Para el último pago se requerirá adicionalmente la suscripción del acta de recibo final de obra y el acta de liquidación (con los paz y salvos de SENA, FIC, y aportes, avalados por la Interventoría) suscrita por las partes.

Para realizar los pagos pactados, el contratista se compromete a abrir una cuenta en un Banco o Corporación legalmente constituida. Si el Contratista, ya tiene una cuenta en un banco o corporación, bastará qué presente la certificación respectiva.

Los pagos que efectúe EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., en virtud del presente contrato estarán sujetos a la programación de recursos del Programa Anual de Caja (P.A.C.)

La EMB pagará al Contratista las sumas a que se refiere el valor del contrato, de la siguiente manera:

a) Forma de pago del valor estimado de las obras de demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento

Para los ítems contemplados en el presupuesto estimado de obra por precios unitarios, el contratista facturará mensualmente el 100 % de la obra ejecutada en el respectivo período, soportada en las actas mensuales de recibo parcial de obra ejecutada, revisada, aceptada y recibida a satisfacción por parte de la Interventoría y la EMB. El contratista podrá facturar la obra ejecutada hasta alcanzar el 100 % del valor de las obras a precios unitarios.

% DEL VALOR TOTAL

NÚMEROS DE PAGO

REQUISITOS

100 %

Mediante actas mensuales de recibo parcial de obras

Precios unitarios mediante actas mensuales de recibo parcial de obra ejecutada, revisada, aceptada y recibida a satisfacción por parte de la Interventoría y/o la EMB.

Retención en Garantía: De cada pago se realizará una retención en garantía del 10% del valor facturado, el cual se reintegrará al contratista así:

• El 50% del valor de esta retención se cancelará una vez se suscriba el Acta de Recibo Final de Obra a satisfacción.

• El 50% restante del valor de la retención en garantía, se cancelará una vez se suscriba el Acta de Liquidación del Contrato.

Nota: No obstante, lo anterior las actas de pago deberán ser suscritas de conformidad con lo estipulado en el documento GC-MN-003 Manual de Supervisión e Interventoria EMB_V.01 vigente durante la ejecución del contrato.

b) Gastos a cargo del contratista

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Serán por cuenta exclusiva del Contratista, y sin pago de costos fijos por parte de la EMB (maquinaria, herramientas), todos los costos, directos e indirectos, que demande la ejecución del presente Contrato, tales como los gastos de administración, sueldos, horas extras, jornales, honorarios, prestaciones sociales y aportes parafiscales del personal que vincule, costos asociados al programa de seguridad industrial y al control de calidad interno de la contratista, costos asociados al desarrollo de actividades de soporte y apoyo a la EMB, incluyendo aquellos necesarios para dar respuesta a derechos de petición, requerimientos de organismos de control o de otras entidades del Estado y acompañamiento a reuniones cuando ello sea necesario.

El Contratista se obliga para con la Entidad a ejecutar, a los precios cotizados en la propuesta y con sus propios medios (materiales, maquinaria, equipos y personal), en forma independiente y con plena autonomía técnica y administrativa, hasta su total terminación y aceptación final, las cantidades de obra que se detallan en su propuesta económica, conforme lo señaló en el Formulario de Presupuesto Oficial.

c) Valores por cancelar para los Componentes Ambiental, SST, Bioseguridad, Social y PMT

i. Valor a cancelar para el componente de gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo (SST) y bioseguridad

Por este concepto, la EMB pagará a precio global. El pago al CONTRATISTA por la gestión ambiental, SST y de bioseguridad se pagará proporcionalmente al valor facturado mensualmente, según avance de las obras y será proporcional a la valoración el desempeño de las labores establecidas en el componente obtenido en el proyecto.

El cumplimento de las labores ambientales (ambiental, SST y bioseguridad) y de gestión social será evaluado en forma independiente para cada una de ellas.

El CONTRATISTA recibirá las sumas asignadas del Contrato de obra pública, como montos globales independientes.

Para obtener el valor que reconocerá la EMB al CONTRATISTA por la gestión se aplicará la siguiente fórmula:

VA= (VMGA) X (VDA) X (VFO)

Donde:

VA= Valor Ambiental a Cancelar VMGA= Valor Monto Global Ambiental Contractual VDA= Valoración del Desempeño Ambiental VFO= Avance de Obra en el Mes Certificado por la EMB

Lo anterior, sin perjuicio de las multas que le puedan ser impuestas al Contratista por incumplimiento de las obligaciones asumidas por este concepto, de conformidad con lo establecido

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en la cláusula de multas. Si durante la fase de ejecución no se desarrollan algunos de los ítems contenidos en las fichas de seguimiento de labores ambientales, por tratarse de actividades no aplicables para tal momento, se entenderá que, para efectos del pago y valoraciones de las labores A&SST desarrolladas por el contratista, tales ítems no se incluirán dentro de la ponderación. En tal caso, el valor asignado será distribuido proporcionalmente dentro de los ítems del componente.

ii. Valor a cancelar para el componente social

Por este concepto, la EMB pagará a precio global. El pago de las labores de gestión social

desarrolladas por el CONTRATISTA se fundamentará en un sistema de calificación del cumplimiento de las obligaciones de gestión social. El sistema aplica una matriz que valorará el cumplimiento de cada una de las actividades predeterminadas. Como consecuencia de la aplicación de tal matriz, la Interventoría determinará si el CONTRATISTA ha cumplido el 0% o 100% de cada una de las labores de gestión social que deberá haber cumplido para el momento de la suscripción del acta mensual de obra. El mecanismo por emplear para el respectivo pago, son listas de chequeo elaboradas para el componente de gestión social y cada uno de sus programas en las que se detallan las actividades y los criterios de evaluación del cumplimiento de dicha actividad. Estas actividades hacen parte integral del contrato y están contenidas en el ANEXO TECNICO del pliego de condiciones, y el ANEXO SOCIAL.

El CONTRATISTA podrá solicitar un ajuste en las listas de chequeo, y la solicitud será evaluada por el comité, conformado por la Subgerente de Gestión del Suelo, o la persona que delegue, el Director de Obra del Contratista de Obra y el director de la Interventoría. El ajuste no procederá si este busca eliminar un ítem que es calificable. Este proceso solo será aceptado una vez durante la vigencia del contrato de obra.

Teniendo en cuenta que existen actividades del programa de gestión social que sólo tienen aplicaciones en ciertos meses de ejecución, la gestión calificada sólo aplicará para las actividades que verdaderamente se ejecuten de acuerdo con la programación y a los parámetros establecidos en los respectivos proyectos. Tal situación se hace evidente en los ítems correspondientes de las listas de chequeo. En tal caso, el valor asignado será distribuido proporcionalmente dentro de los ítems del componente.

iii. Valor a cancelar para el Plan de Manejo de Tráfico

Por este concepto la Empresa Metro, pagarán a Precio Global. Este valor será cancelado mediante pagos mensuales proporcionales al porcentaje de obra ejecutada del mes correspondiente en las etapas de construcción y de recibo final, y se pagará una parte en cada Acta mensual, previa valoración del cumplimiento del contratista, la cual será efectuada por la interventoría.

El mecanismo por emplear son listas de chequeo elaboradas para el componente de gestión de tráfico, señalización y desvíos y cada uno de sus programas en las que se detallan las actividades y los criterios de evaluación del cumplimiento de dicha actividad. Las listas de chequeo podrán ser ajustadas conjuntamente por el Contratista y el Interventor para cada periodo, conforme a los

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lineamientos establecidos en el ANEXO PMT-PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO, SEÑALIZACIÓN Y DESVÍOS.

Nota 1: Sin perjuicio de lo anterior, queda entendido que la forma de pago que trata este numeral, corresponde a la ejecución real del objeto contractual. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la ejecución en los términos indicados en este numeral, las partes acordarán el pago proporcional a los servicios efectivamente prestados.

d) Otros aspectos

• Mayores Cantidades de Obra

Para las actividades cuyo pago se reconoce a precios unitarios, cuando surja la necesidad, el Contratista deberá elevar la solicitud de gestión de aprobación de mayores cantidades de obra ante la Interventoría. Dichas cantidades de obra deben verificarse y ajustarse con los ítems establecidos tanto en los pliegos como en los Anexos Técnico y de APU, y los precios unitarios establecidos del año 2021 del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, cuya base oficial de “Precios Unitarios de Referencia vigente” del año 2021 se encuentran en el siguiente enlace: https://www.idu.gov.co/page/siipviales/economico/portafolio.

El interventor deberá evaluar técnica, legal y económicamente la solicitud y recomendar mediante comunicación al ordenador del gasto la adopción de cualquier decisión sobre el particular. De encontrarlo pertinente, el ordenador del gasto aprobará las mayores cantidades de obra, de acuerdo a los documentos que indique la EMB. Estas mayores cantidades de obra deben ajustarse a los ítems y precios que para cada uno de ellos se encuentren previstos en la oferta.

Una vez suscrita el acta de aprobación, el contratista deberá actualizar la garantía única de cumplimiento que deberá ser aprobada por la EMB.

El interventor deberá verificar, antes de realizar el trámite descrito, que con la aprobación de mayores cantidades de obra no se supere el valor total del contrato. Si ello ocurre, deberá adelantarse el trámite de apropiación presupuestal necesario de manera previa a la aprobación y ejecución de mayores cantidades de obra.

• Ítems No Previstos

Los ítems no previstos corresponden a actividades o recursos no contemplados en los documentos del proceso de contratación. La interventoría debe justificar por escrito ante el ordenador del gasto, la necesidad y justificación de la utilización del ítem dentro del proyecto. Los valores de referencia para los ítems no previstos serán tomados de los precios unitarios establecidos en el año 2021 del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, cuya base oficial de “Precios Unitarios de Referencia vigente” se encuentran en el siguiente enlace: https://www.idu.gov.co/page/siipviales/economico/portafolio.

La aprobación de los ítems no previstos se realizará de acuerdo a los documentos que indique la EMB.

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Para aprobar los ítems no previstos se deberá tramitar la modificación contractual correspondiente. Cuando la inclusión de los nuevos ítems supere el valor del contrato, se deberá tramitar la adición correspondiente, para la cual deberá atenderse el límite previsto en el parágrafo del artículo 40° de la Ley 80 de 1993 y en los manuales de la EMB.

Una vez suscrita la modificación, el contratista deberá actualizar la garantía única de cumplimiento que deberá ser aprobada por la EMB.

e) Notas generales para forma de pago

Para proceder al pago, el Contratista deberá anexar los documentos o certificaciones descritos en la minuta del contrato, los cuales deberán ser aprobados por el Interventor y avalados por la EMB, de conformidad con el procedimiento correspondiente.

El Contratista deberá cargar en el módulo de “Plan de Pagos” de la plataforma de SECOP II de su contrato electrónico, las cuentas de cobro o facturas una vez se encuentren radicadas en la EMB. Esta actividad debe realizarse dentro del día hábil siguiente a la radicación, so pena de retrasos en el pago o devolución de este.

El trámite de pago se adelantará conforme a lo establecido en los Procedimientos de Gestión Financiera GF-PR- 016 y GF-PR-018 o aquellos que los modifiquen o deroguen. En todo caso, la Empresa Metro de Bogotá S.A., efectuará los pagos, dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de la respectiva factura y/o cuenta de cobro, con el cumplimiento de todos requisitos exigidos, siempre y cuando, la misma sea aceptada y se autorice su pago por parte del Interventor y/o Supervisor respectivo.

Para que el trámite de pago sea gestionado, el Interventor del contrato deberá elaborar el informe de supervisión conforme al cumplimiento de las obligaciones a cargo, tramitar y suscribir la autorización del respectivo pago (GF-FR-026).

Además de los requisitos señalados anteriormente, para el último pago EL CONTRATISTA deberá, junto con los documentos ya relacionados, presentar el respectivo paz y salvo y acta final de entrega y recibo a satisfacción de acuerdo con el formato establecido para tal fin.

La EMPRESA METRO DE BOGOTÁ ajustó para los años 2022 y 2023 el valor del contrato de acuerdo a la proyección que se encuentra descrita en el numeral 14. “Análisis que soporta el valor estimado del contrato.”- “Ajustes para los años 2022 Y 20236”. Este ejercicio se calculó de acuerdo con lo siguiente:

• Para la vigencia del año 2022, se calculó proyectando un ajuste estimado del 2.86% sobre el valor de la tarifa de la vigencia anterior.

6 Sin que esto signifique que no se requiera apropiar más recursos para la vigencia del año 2022 y 2023 para el pago de las actividades ejecutadas, conforme a los ajustes del Gobierno nacional a partir del 01 de enero del 2022 y 1 de enero del 2023, toda vez que, la bolsa de recursos aquí proyectada es solo un estimado bajo una proyección de posibles incrementos.

9.1. Ajustes:

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• Para la vigencia del año 2023, se calculó proyectando un ajuste estimado del 2.86% sobre el valor de la tarifa de la vigencia anterior.

Nota 1: El valor de los ajustes aplicará a partir del inicio de la vigencia correspondiente, 1 de enero del 2022 y 1 de enero del 2023.

Los ajustes serán reconocidos cuando el contratista cumpla a cabalidad el Cronograma propuesto por la EMB, con el aval de la Interventoría. Al realizar actividades por fuera del cronograma de obra por causas imputables al Contratista de obra, será motivo para excluir el pago de los ajustes correspondiente al mes en que se ejecutaron dichas actividades.

Nota 2: En caso de que el ajuste proyectado por la EMB para las vigencias 2022 y 2023 sea inferior al IPC establecido por el DANE, el interventor analizará la posibilidad de adicionar el contrato o no de acuerdo con la necesidad de la EMB.

a) OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO:

Radicar ante la EMB para su aprobación, las garantías y pólizas expedidas por una Compañía de seguros constituida en Colombia, cuyo tomador y/o afianzado será el contratista y el asegurado y beneficiario será la EMB S.A., en un término no mayor a CINCO (5) DÍAS HÁBILES, contados a partir de la firma del contrato.

b) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA además de las obligaciones derivadas de la esencia y naturaleza del contrato de obra, las de la Ley, tiene en particular las siguientes:

OBLIGACIONES PREVIAS A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

Obligaciones del componente técnico:

1. Recibir, revisar, estudiar y complementar si es necesario los documentos suministrados por la interventoría y/o, descargarlos de la página web de la EMB, con el propósito de que estén de acuerdo con las normas, especificaciones, permisos y resoluciones vigentes.

2. Efectuar una visita al sitio donde se ejecutarán las obras, con la asistencia de la interventoría y la EMB, el Director de Obra y especialistas, dentro de los 10 días calendario siguientes a la suscripción del Acta de inicio para hacer un reconocimiento de la zona.

3. Recibir de la Interventoría todos los predios disponibles y que se relacionan en el ANEXO TÉCNICO, previo al inicio de las obras de demolición para la ejecución de las obras y suscribir un acta de recibo de predios para su vigilancia y demolición.

4. Entregar al Interventor del contrato un registro fotográfico en medio físico y magnético de los predios a demoler, antes de iniciar las obras respectivas y otro registro después de ejecutadas las obras mencionadas.

10. Obligaciones de las partes en el marco del contrato y otros:

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5. Presentar a la Interventoría para su aprobación el Alcance y Metodología de los trabajos a ejecutar, el cronograma de Ejecución de las obras, el flujo de caja y el Plan Anual de Caja (PAC), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato.

6. Remitir a la Interventoría el desglose del AIU ofertado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato.

7. Elaborar y presentar para aprobación de la Interventoría los Análisis de Precios Unitarios de todas las actividades incluidos en la oferta, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato. La información detallada de los análisis de precios unitarios (APU), será la base para nuevos análisis de precios unitarios que se requieran en el desarrollo del contrato para cada área, respectivamente.

8. Radicar a la Interventoría, las hojas de vida del recurso humano requerido para el inicio de la fase de ejecución, dentro de los cinco (5) primeros días calendario posteriores a la firma del contrato.

9. Elaborar, presentar y haber obtenido la aprobación, por parte de la Interventoría, del Programa Detallado de Trabajo (cronograma del proyecto), de acuerdo con el ANEXO TÉCNICO incluido en los pliegos de condiciones y según los demás requisitos vigente al momento de su presentación.

10. Asegurando el cumplimiento de los requisitos para inicio de obra y durante todo el plazo de la fase de ejecución de manera independiente con su maquinaria, materiales, personal y demás insumos y recursos necesarios para la ejecución de cada uno de los frentes simultáneos del proyecto.

11. Realizar cualquier gestión, incluyendo el suministro de equipo, maquinaria, personal e infraestructura adecuados, tramitación de permisos y licencias, etc., para ejecutar a cabalidad el objeto del Contrato. Toda la información que resulte de la tramitación de permisos y licencias, debe radicarlo a la Interventoría dentro de los tres (3) primeros días calendario posterior al inicio de los trámites pertinentes.

12. El Contratista se obliga para con la Entidad a ejecutar, a los precios cotizados en la propuesta y con sus propios medios – materiales, maquinaria, equipos y personal - en forma independiente y con plena autonomía técnica y administrativa, hasta su total terminación y aceptación final, las cantidades de obra que se detallan en su propuesta económica, conforme lo señaló en el Formulario de Presupuesto Oficial.

Nota: La aprobación de cada uno de los numerales del presente componente por parte de la Interventoría es condición precedente para el inicio de la etapa de ejecución del contrato.

Obligaciones del componente social:

1. Presentar a la Interventoría el Plan de Gestión Social, de acuerdo con lo establecido en el contrato, en el cual se incluye la metodología a utilizar, actividades a ejecutar, contenido y cronograma.

2. Elaborar una presentación para la reunión informativa de inicio con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto y entregarla a la Interventoría para su revisión y aprobación.

3. Convocar a la comunidad, a la Interventoría, a la EMB y las partes interesadas a asistir y participar en lo exigido en el contrato. Recibir las inquietudes presentadas en las reuniones con la comunidad y dar trámite a las mismas.

4. Levantar las actas de vecindad correspondientes a la zona de influencia del proyecto, de acuerdo con las exigencias y necesidades de la EMB establecidas en el contrato.

Nota: La aprobación de cada uno de los numerales del presente componente por parte de la Interventoría es condición precedente para el inicio de la etapa de ejecución del contrato.

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Obligaciones del Plan de Manejo de Tránsito:

El Contratista elaborará e implementará el PMT (y las prórrogas necesarias durante el desarrollo del proyecto) de acuerdo con lo establecido en los manuales de la SDM, el Ministerio de Transporte, y teniendo en cuenta las características y sistemas constructivos de las obras a acometer y los tiempos de ejecución previstos. (En los casos que se requiera).

Nota: La aprobación de cada uno de los numerales del presente componente por parte de la Interventoría es condición precedente para el inicio de la etapa de ejecución del contrato.

Obligaciones del componente ambiental, seguridad y salud ocupacional:

1. Cumplir con las obligaciones y lineamientos establecidos en el ANEXO OBLIGACIONES AMBIENTALES Y DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

2. Implementar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. El contratista debe presentar a la Interventoría en los informes mensuales de la Gestión Ambiental y SST

las certificaciones de recibo por parte de la escombrera, así como las certificaciones mensuales del

material depositado al interventor, debidamente autorizadas, las cuales pueden ser consultadas en la

WEB de la SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE.

4. El contratista no podrá remover especies vegetales, ni realizar tratamientos silviculturales sin los debidos

permisos de la SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE.

5. Presentar las afiliaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral del recurso humano exigido contractualmente al contratista y remitirlos a la EMB.

6. Presentar el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema General de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF, Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.

Nota: La aprobación de cada uno de los numerales del presente componente por parte de la Interventoría es condición precedente para el inicio de la etapa de ejecución del contrato.

OBLIGACIONES DE LA FASE DE EJECUCIÓN

Obligaciones del componente técnico:

1. Realizar la planeación necesaria para cumplir con la programación propuesta por la EMB y el flujo de inversión en la ejecución de las obras para la demolición de predios y el Monumento a los Héroes, para lo cual deberá contar con el número de frentes de obra simultáneos necesarios de acuerdo con el cronograma de entrega de predios para cumplir los tiempos pactados, y de este modo cubrir las necesidades de la entidad a lo largo de toda la ejecución del contrato.

2. Llevar a cabo todas las labores necesarias para alcanzar el objeto de este proyecto relacionado con las obras, ciñéndose a las normas técnicas vigentes y a rehacer a sus expensas cualquier obra que resulte mal ejecutada.

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3. Poner en práctica los procedimientos adecuados previniendo cualquier daño o deterioro que pueda afectar la calidad, estabilidad y acabado de la obra, inclusive en aquellos que durante la obra permanezcan prestando un servicio público. Así mismo, deberá tener las debidas precauciones a fin de conservar en perfecto estado los inmuebles aledaños, las estructuras e instalaciones y redes de servicio superficiales o subterráneas existentes dentro del área de trabajo o adyacentes a ella, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier daño que pudiere ocasionar a tales inmuebles, estructuras e instalaciones.

4. La EMB le entrega los predios a la Interventoría, y esta a su vez lo entregan al Contratista mediante acta para la ejecución de los trabajos, sin necesidad de haber adelantado el pago de alguna de las actas de obra ejecutada.

5. Dar estricto cumplimiento al cronograma de obra. 6. En caso de presentarse retrasos con respecto al cronograma, entregar a la Interventoría las medidas de

contingencia tendientes al cumplimiento del objeto del contrato dentro del plazo previsto. En caso de que la Interventoría lo devuelva, el contratista tiene dos (2) días hábiles para entregar los ajustes con las justificaciones necesarias para la ejecución del contrato.

7. Revisar oportunamente con la Interventoría el Pliego de condiciones y sus anexos, con el fin de establecer los requerimientos del estudio de impacto ambiental, el diagnóstico socioeconómico y cultural del entorno del proyecto, el censo de la población afectada, el plan de reubicación o reasentamiento.

8. Demoler, remover, cargar, transportar y depositar los RCD en los lugares autorizados por la SDA. 9. Realizar el desmonte, manejo, embalaje y transporte de equipos especiales (ascensores, equipos de

presión, etc.) en los sitios de disposición final autorizados por la EMB, previo visto bueno por parte de la interventoría. Ahora bien, si la conclusión con respecto al avalúo es que el equipo aún es un bien servible no utilizable, la obligación del Contratista es apropiarse de dichos bienes, dejando a su consideración su finalidad de tipo operativa, económica, etc. Al finalizar dicha gestión, la EMB realizará el descuento económico del bien de acuerdo a la estimación del valor del elemento objeto de apropiación por parte del Contratista, cuyo procedimiento se realizará en las pre-actas de cobro, con la verificación de la Interventoría.

10. Entregar al interventor un registro fotográfico de los predios a intervenir antes de iniciar las obras respectivas, otro registro fotográfico durante la ejecución de actividades, y luego otro registro fotográfico después de ejecutadas.

11. Dar estricto cumplimiento a ley aplicable, además de los programas consignados en el Plan de Manejo Ambiental y Social en el manejo de RCD y el transporte de los mismos.

12. Realizar el Cerramiento de los lotes de acuerdo al programa de trabajo de obra pactado. 13. Realizar el mantenimiento de los predios (limpieza, poda, siembra, tala, fumigación, etc.). 14. Emplear, por su cuenta y riesgo, el personal especializado, idóneo y necesario para la ejecución del objeto

del contrato. 15. Proporcionar los equipos, la maquinaria y herramientas necesarias para la ejecución del objeto del

contrato, atendiendo todos los predios entregados por la Interventoría durante el plazo del mismo. 16. Los daños causados a terceros como consecuencia de la demolición serán de cuenta y riesgo del

contratista (el Interventor solicitará al contratista, cuando sea necesario, elaborar actas de vecindad adicionales en los predios que se requieran).

17. La vigilancia de los predios, desde la fecha en que la Interventoría los entregue al contratista para iniciar los trabajos, hasta la fecha de terminación de los mismos, y hasta que se suscriba el acta de recibo a satisfacción por parte del Interventor, será por cuenta del contratista. El mismo será responsable única y

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exclusivamente por la seguridad de los predios desde el momento de su entrega por parte de la Interventoría, hasta que la entidad contratante los reciba a entera satisfacción. Por tal evento, si durante la tenencia del inmueble por parte del contratista, se presentan acciones por parte de terceros, será de su responsabilidad la interposición o inicio de las actuaciones legales a que hubiere lugar.

18. Dar estricto cumplimiento a todas las obligaciones establecidas en el Anexo- Obligaciones Ambientales y SST, lo contenido en el PMAS y Plan Integral de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición RCD , aprobado por la SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE, con el fin de que no se afecten las personas, los bienes y el tráfico del sector. Estos documentos serán entregados por el contratista al interventor, quien deberá reclamarlos si aquél no lo hace.

19. Coordinar y verificar la desconexión de los servicios públicos instalados en cada uno de los inmuebles, así como elaborar el acta de recibo y entrega de los inmuebles. Además, deberá elaborar el acta de recibo y entrega del inmueble la cual debe suscribir el contratista, el interventor y la EMB, al terminar la demolición de cada inmueble.

20. Coordinar la demolición del monumento a los héroes, e iniciarla una vez desmontada la escultura del Bolívar Ecuestre, teniendo en cuenta las disposiciones del ANEXO TÉCNICO, las condiciones establecidas para la entrega de los predios contenidos en el Apendice Técnico 12 – Predios del Contrato de Concesión No. 163 de 2019.

21. Realizar la planeación necesaria para cumplir con el cronograma propuesto por la EMB y flujo de inversión en la ejecución de las obras. Debe contar con el número de frentes de obra simultáneos necesarios de acuerdo al cronograma de entrega de predios para cumplir los tiempos pactados, y de este modo cubrir las necesidades de la entidad a lo largo de toda la ejecución del contrato. Lo anterior, asegurando el cumplimiento de los requisitos para inicio de obra y durante todo el plazo de la fase de ejecución de manera independiente con su maquinaria, materiales, personal y demás insumos y recursos necesarios para la ejecución de cada uno de los frentes simultáneos del proyecto.

22. Intervenir y demoler inmediatamente una vez la Empresa Metro de Bogotá los haya entregado, previa comunicación y aprobación por parte de la interventoría el o los predios a cargo de la EMB que por la naturaleza del proceso de gestión predial en algunas estaciones o interestaciones que hacen parte de la PLMB, solo haya uno o varios predios a cargo de la EMB.

23. Serán a cargo del contratista los consumos de servicios públicos en los predios entregados durante del tiempo que dure la demolición, cerramiento, limpieza y mantenimiento.

24. El contratista se compromete a iniciar las obras de demolición, cerramiento, limpieza y mantenimiento de cada predio, previa suscripción de la correspondiente acta de inicio de labores de cada inmueble.

25. El contratista junto con el interventor y la EMB, antes de dar inicio a los trabajos de demolición, cerramiento, limpieza y mantenimiento, establecerán el tiempo de intervención de las labores a realizar en cada uno de los predios entregados, y de este modo cumplir con el cronograma entregado por la EMB para la intervención en cada una de las estaciones, y honrar los tiempos de entrega en el marco del Apéndice Técnico 12 - Predial del contrato de concesión.

26. El contratista con el apoyo del especialista de estructuras, en los predios que cuenten con semisótano, previamente deberá ser evaluada la conveniencia de la demolición, con el fin de no poner en riesgo las edificaciones colindantes.

27. El contratista no podrá realizar en los predios objeto del contrato actividades que no sean propias de las obras de demolición, cerramiento, limpieza y mantenimiento. Por lo tanto, es su responsabilidad velar que el inmueble no sea ocupado por ninguna persona diferente a aquellos que laboran en la zona de obra.

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28. En los precios unitarios de retiro de escombros está incluido el cargue, descargue, y la disposición en el sitio autorizado.

29. En los predios que requieran limpieza de retiro de escombros el Interventor elaborará un acta de autorización al contratista para que inicie los trabajos, determinando la cantidad de obra a ejecutar. Posteriormente, el contratista deberá hacerle entrega de los trabajos terminados al interventor para que este determine si los trabajos se reciben a satisfacción, caso en el cual procederán a suscribir el acta de recibo.

30. Al suscribir el acta de inicio de trabajos en cada predio se tendrá que especificar las condiciones como: actividades a realizar, cantidades de obra, ejecución y plazo, conforme a los planos.

31. En los predios en que se encuentren demoliciones parciales a la fecha, se tomarán medidas físicas en el predio con el ánimo de estimar las cantidades en el sitio y aprobarlas con anticipación por parte del interventor.

32. Realizar los trámites y gestiones pertinentes para obtener las aprobaciones requeridas en el desarrollo de las obras por parte de la EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS y otras entidades Distritales.

33. En los predios en que se encuentre solo retiro de escombros, se tomarán medidas físicas en el predio con el ánimo de estimar las cantidades en el sitio, previo al inicio del retiro. Dichos retiros, serán aprobados con anticipación por parte del interventor.

34. El contratista deberá presentar al Interventor la relación de la cuadrilla o grupo de personas que ejecutarán los trabajos; de igual manera los mismos deberán contar con los correspondientes seguros contra riesgos en caso de cualquier accidente en los diferentes sitios de trabajo.

35. Entregar al Interventor del contrato un registro fotográfico en medio físico y magnético de los predios a demoler, antes de iniciar las obras respectivas y otro registro después de ejecutadas las obras mencionadas.

36. Entregar a la Interventoría los Análisis de Precios Unitarios de los ítems no previstos para su revisión y envío a la EMB. Para aquellos ítems cuyo valor en costo directo supere el precio tope establecido por la EMB, enviar a la Interventoría para su aprobación los formatos y los documentos soporte del valor pactado.

Obligaciones Componente de Coordinación Interinstitucional:

Realizar los trámites y gestiones pertinentes para obtener las aprobaciones requeridas en el desarrollo de las obras por parte de las Empresas de Servicio Público y otras entidades distritales.

Obligaciones en materia ambiental, social, seguridad industrial, bioseguridad y salud ocupacional:

1. Dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Pliego de condiciones en materia ambiental y social y lo indicado en el ANEXO - MANEJO AMBIENTAL Y SST.

2. Implementar medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria aguda causada por el COVID-19, a las cuales el contratista debe dar cumplimiento en las diferentes etapas del contrato, indicadas en el ANEXO PROTOCOLO COVID.

3. Cumplir durante la ejecución del contrato, con las disposiciones, normas, protocolos y condiciones de Bioseguridad, que se exijan o lleguen a exigir por parte del Gobierno Nacional, Distrital y en especial las

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señaladas en el Resolución 666 de 2020 en concordancia con resolución 679 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

4. Dar estricto cumplimiento a la normatividad sobre la materia y a los lineamientos para salud ocupacional y seguridad industrial de la EMB, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones, y en el ANEXO -MANEJO AMBIENTAL Y SST.

5. Asumir, hasta la entrega final de las obras, las obligaciones y gastos que se generen por concepto de vigilancia, construcción, dotación, mantenimiento y desmonte de campamentos y otras instalaciones provisionales que fueren necesarias para la obra y el manejo de tráfico.

Obligaciones en materia de documentos:

1. Presentar mensualmente al Interventor un reporte o planilla sobre los Residuos de Construcción y

Demolición-RCD generados y depositados, así como una certificación original del volumen del material dispuesto durante el mes, expedido por el responsable del sitio de disposición final autorizados.

2. Presentar informes sobre su gestión técnica, ambiental y social con la periocidad y contenido que le exija el pliego, la interventoría y la EMB.

3. Elaborar y entregar las Memorias Técnicas de la Obra, debidamente empastadas con tapa dura y con sus páginas foliadas.

Obligaciones en materia de elementos, equipos y materiales:

El Contratista, por su cuenta y riesgo, se obliga a suministrar, instalar, mantener y utilizar toda la maquinaria, equipos y todos los demás elementos, de cualquier orden, necesarios para la ejecución de este contrato, sea en forma temporal o permanente, hasta la fecha de terminación del mismo. Así mismo, el Contratista será responsable de disponer de los vehículos u otros medios de transporte utilizados para la movilización del personal y los equipos, y de contar con todos los permisos, autorizaciones, controles, dispositivos, medidas preventivas y requisitos exigidos por el Ministerio de Transporte y demás autoridades competentes.

También será responsabilidad del Contratista disponer de la totalidad de los programas de computador y demás bienes intangibles protegidos por normas de propiedad intelectual, debidamente licenciados, para la ejecución del contrato.

Los funcionarios autorizados por la EMB, el Interventor y toda persona designada por ellos, deberán tener libre acceso a todos los lugares, equipos y sistemas utilizados para la ejecución del contrato, y el Contratista deberá proporcionar todas las facilidades y toda la ayuda qué corresponda para hacer efectivo dicho derecho de inspección y vigilancia.

En todo momento, los equipos, elementos, insumos y materiales que utilice el Contratista, sus agentes y subcontratistas estarán bajo su entera responsabilidad durante el plazo de vigencia de este contrato.

OBLIGACIONES DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN

Obligaciones del Componente Técnico:

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1. Proporcionar la información completa, requerida por la Interventoría para la presentación del Informe final de Interventoría, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la suscripción del acta de recibo final de obra.

2. Suministrar oportunamente la información requerida por la Interventoría para la realización de la devolución de garantías, cuando aplique.

3. Suministrar oportunamente a la Interventoría, la información requerida para la elaboración del acta de liquidación del contrato de Interventoría.

4. Suscribir el acta de liquidación del contrato de obra en donde se certifica que la responsabilidad por la calidad de las obras recibidas, la verificación de las cantidades de obra y el cumplimiento de las especificaciones particulares y generales es total responsabilidad del CONTRATISTA y de la Interventoría garantizar el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones contractuales de acuerdo con la normatividad vigente.

5. Efectuar la actualización de las pólizas, una vez liquidado el contrato. 6. Elaborar y entregar a la interventoría un informe final Ambiental y SST, el cual hace parte del informe

final de interventoría, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes al recibo final de obra.

Obligaciones del Componente Social:

1. Elaborar y entregar a la interventoría el informe final social, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la suscripción del Acta de Recibo Final de Obra.

2. Entregar el Informe social mensual a la Interventoría para su revisión y aprobación. 3. Suscribir el Acta de Cierre Social de Obra, una vez se haya aprobado el informe final de gestión social de

interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra. 4. Cumplir con las demás obligaciones y requerimientos establecidos en el ANEXO SOCIAL. 5. Levantar las Actas de Vecindad de cierre, en igual número a las Actas de Vecindad levantadas antes de la

ejecución de las obras, al finalizar las obras de construcción.

Obligaciones del Componente Coordinación Interinstitucional:

1. Entregar a la Interventoría las obras de redes de infraestructura de servicio públicos (cuando aplique) y demás entidades distritales competentes, y planos de obra terminada “As-built”, durante los treinta (30) días calendario siguientes a la terminación del plazo contractual.

2. Asistir a las inspecciones y recorridos de obra convocados por la Interventoría, con el fin de confirmar el estado de las obras de redes de servicios públicos, semaforización y señalización, con el fin de hacer entrega de las mismas.

3. Realizar las correcciones necesarias en obra y los ajustes a los documentos durante los treinta (30) días calendario siguientes a la terminación de la obra, tendiente a la obtención del recibo por parte de las Empresas de Servicio Público.

4. Gestionar ante las Empresas el Acta de Recibo de obra o emisión del respectivo Paz y Salvo por parte de la Empresas de Servicios.

5. Realizar el pago de los daños y robos causados a la infraestructura de las Empresas de Servicios Públicos, que le sean imputables.

6. Suscribir en conjunto con la Interventoría y el delegado de la EMB si es del caso, el Acta de Recibo.

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OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

1. Actuar con suma diligencia, responsabilidad e idoneidad en la ejecución de las actividades contratadas. 2. Proyectar los informes que le sean solicitados para atender requerimientos de las diferentes entidades

públicas y órganos de control en general. 3. Cumplir durante la ejecución del contrato con todas las condiciones ofertadas que lo hicieron acreedor

del puntaje en los factores de evaluación del proceso de licitación. 4. Obrar con lealtad y buena fe en todo momento. 5. Responder por sus actuaciones y omisiones, derivadas de la suscripción del contrato y ejecución de este. 6. Vincular conforme lo señala el ANEXO TÉCNICO y ANEXO PERSONAL Y EQUIPO MÍNIMO del presente

proceso trabajadores(as) que corresponden a población vulnerable, según la información suministrada por la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito, para dar cumplimiento a lo ordenado en el Decreto Distrital Nro. 380 de 2015 “Por el cual se formula la Política de Trabajo Decente y Digno de Bogotá, D.C, y se dictan otras disposiciones”.

7. Vincular conforme lo señala el ANEXO PERSONAL Y EQUIPO MÍNIMO del presente proceso al personal femenino de conformidad con el Decreto Distrital No.332 del 29/12/2020, con respecto a la Vinculación de Mujeres en la ejecución del Contrato o Convenio.

8. Proyectar los informes que le sean solicitados para atender requerimientos de las diferentes entidades públicas y órganos de control en general.

9. Hacer uso adecuado, exclusivo y confidencial de la información suministrada por la Empresa Metro de Bogotá, además de todas las demás entidades vinculadas al proyecto, a la cual tenga acceso en virtud del presente contrato, como insumo para adelantar las labores que le sean encomendadas.

10. Cumplir con las obligaciones de seguridad social integral contenidas en las normas legales vigentes. 11. Dar cumplimiento en el desarrollo de sus obligaciones contractuales a la Política para la Gestión

Documental de la Empresa Metro de Bogotá S.A., adoptada a través de la Resolución Interna vigente. 12. Conocer y acatar lo dispuesto en los procedimientos o manuales internos de la Empresa Metro de Bogotá

S.A. 13. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda

obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses de la empresa. 14. Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato y seis (6) meses más y presentarse a

la Empresa en el momento en que sea requerido por la misma para la suscripción de la correspondiente acta de liquidación, en caso de que aplique.

15. Adelantar oportunamente los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución del contrato. 16. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., y obrar con

lealtad y buena fe en todas las etapas contractuales. 17. Informar oportunamente cualquier anomalía o dificultad que advierta en el desarrollo del contrato y

proponer alternativas de solución a las mismas. 18. Devolver al finalizar el contrato, todos los elementos entregados por el contratante para su ejecución,

soportando por escrito dicha entrega. 19. Suscribir la Declaración de Intereses Privados en el formato entregado por la Empresa Metro de Bogotá

S.A. 20. Suscribir la Autorización de Tratamiento de Datos Personales en el formato entregado por la Empresa

Metro de Bogotá S.A.

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21. Dar cumplimiento en el desarrollo de sus obligaciones contractuales a la Política de Integridad y Ética y al Código de Integridad de la Empresa Metro de Bogotá S.A., adoptado a través de la Resolución Interna No. 100 de 2018, la que la modifique o derogue.

22. Suscribir la carta de adhesión al Código y a la Política de Integridad y Ética en el formato entregado por la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A.

23. Asistir a las reuniones que le sean solicitadas por el Interventor del Contrato. 24. Cumplir con las responsabilidades establecidas dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el

Trabajo, de acuerdo con la normatividad vigente. 25. Cumplir con sus obligaciones de publicación y actualización de la Declaración de bienes y rentas,

conflictos de interés y Declaración de Impuesto sobre la renta derivadas de la Ley 2013 de 2019 cuando aplique.

26. Las demás que le asigne el interventor del contrato y que tengan relación con el objeto contractual.

c) OBLIGACIONES DE LA EMB

En desarrollo del objeto del contrato, EL CONTRATANTE deberá atender las siguientes obligaciones:

1. Realizar los pagos correspondientes de conformidad a lo señalado en este contrato. 2. Suministrar la información necesaria y oportuna para el desarrollo del objeto del contrato. 3. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del CONTRATISTA. 4. Ejercer la Coordinación de la ejecución contractual del presente contrato. 5. Dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el artículo 2.2.4.6.28 del Decreto 1072 de 2015 en

materia de normas de seguridad y salud.

El contrato se terminará cuando se venza el plazo establecido o cuando se agote el valor total del mismo lo que ocurra primero, el cual será igual al valor total del presupuesto oficial establecido. El contrato podrá también terminarse, aunque no se haya agotado su valor total, cuando las necesidades de la Empresa Metro de Bogotá queden completamente satisfechas. No obstante, para los efectos contractuales de su vigencia, constitución de garantías, etc. se estima en VEINTICUATRO (24) MESES y se inicia a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución establecidos en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y los demás que se señale al efecto en el pliego de condiciones y en la minuta.

La estimación de la duración del contrato de demoliciones parte de lo estipulado en el Apéndice Técnico 12 del Contrato de Concesión No. 163 de 2019, que establece los tiempos en que deberán entregarse los predios demolidos, cerrados y sin ocupantes al concesionario. Con la firma del acta de inicio del contrato de concesión el día 20 de octubre de 2020, y proyectando los días máximos establecidos en el Apéndice Técnico 12 se evidencia que se estarán entregando predios entre noviembre del 2021 y enero del 2023 (Tabla 8). De igual manera, como parte del ejercicio de planeación, se debe tener en cuenta que, por la naturaleza del proceso de gestión predial, es posible que algunos de los predios se intervengan con poca holgura frente a su fecha límite de entrega, por lo que el proceso debe estar activo por lo menos hasta marzo de 2023. De este análisis se determinó que el contrato debe durar al menos 22 meses y se adicionan dos meses por posibles imprevistos que se puedan presentar,

11. Plazo:

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estableciendo de esta manera que el contrato deberá tener una duración de VEINTICUATRO (24) MESES una vez firmada el acta de inicio.

Tabla 8. Fechas proyectadas para la entrega de predios al concesionario. (Nota: los días máximos de entrega según AT12 se cuentan con

fecha de acta de inicio del contrato de concesión del 20 de octubre del 2020.)

Destinación en el Trazado

Días máximos de entrega según

AT12

Fecha máxima proyectada de entrega

al Concesionario

E10 390 nov 2021

E3 450 ene 2022

E4 450 ene 2022

E5 450 ene 2022

E9 450 ene 2022

IE15 450 ene 2022

E11 480 feb 2022

E13 480 feb 2022

E14 480 feb 2022

ANTENA 540 abr 2022

E16 570 may 2022

IE10 720 oct 2022

E15 810 ene 2023

E7 810 ene 2023

IE7 810 ene 2023

Así las cosas, con el fin de evitar que la EMB incurra en algún tipo de responsabilidad contractual frente al concesionario a quien se le debe entregar para su disponibilidad los predios7 con cerramiento, sin ocupantes y demolidos, en cualquier momento, posterior a la fecha de inicio del contrato de concesión y hasta las fechas máximas señaladas en el Apéndice Técnico 12 “Predios Primera Línea del Metro de Bogotá” del Contrato de Concesión, se hace necesario que el contratista de demolición realice toda la planeación y metodología para el cumplimiento del cronograma propuesto por la EMB en aras de entregar los predios demolidos al Concesionario, y que están destinados para la construcción de la Primera Línea del Metro de Bogotá. Conforme a lo anterior, a continuación, se relaciona las fechas estimadas para el inicio de las actividades de demolición en cada una de las estaciones e interestaciones de la PLMB.

7 DISPONIBILIDAD DE PREDIOS: Los Predios deberán estar libres de ocupaciones de personas, así como de cualquier elemento físico que impida realizar las

obras y/o actividades previstas para esos Predios en el Proyecto. Adicionalmente, los Predios deberán estar libes de cualquier tipo de orden vinculante emitida por una Autoridad Gubernamental que impida el desarrollo de las obras del Proyecto. Lo anterior conforme lo indica CAPITULO IV. CONDICIONES NECESARIAS PARA PROCEDER A LA SUSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS DE PUESTA A DISPOSICIÓN del Apéndice Técnico 12 “Predios Primera Línea del Metro de Bogotá” del

Contrato de Concesión.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

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Ahora bien, y con respecto a la demolición del conjunto Monumento a los Héroes, el contratista deberá entregar las obras de demolición el 30 de diciembre de 2021, para dar cumplimiento a la entrega del predio al Concesionario de acuerdo con el Apendice Técnico 12 – Predios del contrato de Concesión No. 163 de 2019.

El proceso de demolición deberá iniciarse una vez desmontada la escultura del Bolívar Ecuestre, y deberá tener en cuenta las disposiciones de los ANEXOS TÉCNICO y las condiciones establecidas para la entrega de los predios contenidas en el Apendice Técnico 12 – Predios del contrato de Concesión No. 163 de 2019. A continuación, se relaciona las fechas estimadas para el inicio de las actividades de demolición del Monumento a los Héroes.

El acta de inicio deberá suscribirse a más tardar dentro de los DIEZ (10) DÍAS HÁBILES siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. El término aquí fijado para la suscripción del acta de inicio del contrato de obra deberá sujetarse a la iniciación del contrato de interventoría, sin que ello conlleve suma alguna a favor del CONTRATISTA.

El presente contrato se ejecutará en la ciudad de Bogotá D.C.

12. Lugar de ejecución:

13. Modalidad de Selección y su justificación:

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

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Sea lo primero aclarar que la naturaleza jurídica de la Empresa Metro de Bogotá, conforme a lo establecido en el Acuerdo Distrital 642 de 2016, así como en la Escritura Pública de Constitución de la Notaría Primera del Círculo de Bogotá No. 5.291 de 14 de diciembre de 2016, corresponde a la de una sociedad por acciones del orden distrital, con participación exclusiva de entidades públicas.

Bajo esa claridad, se debe tener en cuenta el régimen de contratación aplicable a la Empresa Metro de Bogotá S.A., se encuentra establecido en el numeral 4 del Manual de Contratación en el siguiente sentido:

“El presente Manual de Contratación está enmarcado en la normativa del Sistema de Compra Pública, el cual incluye el Estatuto General de Contratación y sus normas complementarias y modificatorias, los manuales, guías y documentos estándar expedidos por Colombia Compra Eficiente – CCE y está regido por los principios de planeación, responsabilidad y rendición de cuentas, eficacia, eficiencia, economía, sostenibilidad e innovación, competencia, igualdad e integridad y transparencia y demás principios que rigen la función administrativa.

La contratación estatal está regulada por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y 1882 de 2018, así como por el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 y demás normas relacionadas en la parte inicial del presente Manual; el Código Civil y el Código de Comercio; también le son aplicables las normas presupuestales del orden distrital y en subsidio las del orden nacional; y las demás disposiciones legales que regulen de manera particular el negocio jurídico a celebrar.”

También tendrán aplicación las normas legales que se dicten sobre la materia durante el desarrollo de esta contratación y que deban empezar a regir durante la vigencia de esta, con las excepciones que al respecto se determinen y las que se desprendan de las normas que regulen expresamente la materia.

Igualmente, dispone el Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 que: “La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:

(…)1.- Licitación Pública: La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo. (…)”.

En concordancia con lo anterior, teniendo en cuenta el objeto contractual y la cuantía del mismo, se concluye que la modalidad de selección es la LICITACIÓN PÚBLICA, la cual se encuentra reglamentada en la Subsección 1, Sección 1, Capitulo 2, Titulo 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto No. 1082 de 2015, la cual será adelantada por la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ.

El valor estimado del contrato se estima hasta por la suma hasta de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TREINTA Y UN PESOS ($27.910.648.031) M/CTE Incluidos impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.

14. Análisis que soporta el valor estimado del contrato:

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Para definir los costos de la presente contratación se realizó una verificación de los históricos de precios y las bases de datos del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), para la ejecución de este tipo de obras.

14.1. Análisis técnico para calcular el presupuesto estimado oficial

Para definir los costos estimados de la presente contratación se tuvo en cuenta:

1. Los valores de la contratación de la demolición8 de los predios de la EMB, se estructuraron con fundamento en los Precios Unitarios de Referencia II para el desarrollo de proyectos de Infraestructura Vial y Espacio Público publicados por el IDU en la vigencia 2021 y mano de obra actualizada a febrero de 2021.

2. Para la demolición del Monumento de los héroes, se realizaron solicitudes de cotización entre noviembre y diciembre de 2020 mediante la plataforma SECOP II, valores que fueron cotizados para la vigencia 2021, toda vez que, las actividades a realizar son atípicas de acuerdo con su naturaleza de Bien de Interés Cultural y por lo tanto los valores de estas actividades no están contemplados en los precios de referencia del IDU.

En este sentido, se recibieron cotizaciones de 7 empresas de construcción: OJCTM SAS, GHERSES LEON, 385 SAS, CAB INGENIEROS, VOLADURAS CONTROLADAS DE COLOMBIA, NARANJO CONSTRUCCIONES SAS, Y ABECOL DEMOLICIONES. Con las cotizaciones entregadas, se promediaron los precios unitarios de cada ítem para calcular el valor estimado para la demolición del Monumento a los Héroes (Ver Anexo valores cotización demolición monumento a los héroes).

3. Para el caso de los precios de Plan de Manejo de Tráfico-PMT, GESTIÓN AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD, GESTION SOCIAL, se calculó con las bases de datos del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) del año 2021, por lo cual se pagará de manera global, sin ajustes ni reconocimientos adicionales. (Ver valores y notas en el Anexo Precios-Unitarios-de-Referencia-Mano-de-Obra-2021 y del Anexo Técnico).

Considerando lo anterior, el valor estimado del contrato corresponderá a una tasación de los posibles costos para el proyecto a desarrollar, de forma tal que las cifras deben considerarse de carácter informativo, ya que el valor final corresponde al que resulte de la sumatoria del producto de las cantidades realmente ejecutadas y recibidas por la interventoría y el valor unitario ofertado.

El presupuesto oficial se estimó teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) La satisfacción de la necesidad proyectada. b) La cuantía que obedece en este caso a la Licitación Pública, en relación con las cuantías existentes para esta entidad. c) Los costos directos e indirectos en que debe incurrir el ejecutor del contrato, tales como la constitución de una póliza de garantía, el pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y aportes parafiscales, y los descuentos correspondientes la Contribución Especial Artículo 11 decreto 399 de 2011, a la retención en la fuente, al Rete-ICA, Estampillas Universidad Distrital, Procultura, Propersonas Mayores y Unipedagógica, y demás impuestos que se realizan en cada pago al ejecutor.

8 Se aclara que, para la estructuración del presupuesto oficial, los valores que se utilizaron de los precios de referencia del Instituto de

Desarrollo Urbano-IDU, se tomaron para los componentes diferentes a las actividades a realizar en el Monumento a los Héroes.

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d) El Estudio del Sector.

El contratista debe tomar las previsiones necesarias al elaborar su cronograma de ejecución de obras para atender varios frentes de trabajo simultáneos que contempla el presente proceso licitatorio.

14.2 Análisis Económico

Una vez más se indica que la contratación se realizará a precios unitarios considerando las buenas prácticas y la experiencia que tiene el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU. En consecuencia, los ítems de las actividades a ejecutar podrán ser consultados en la base oficial de “Precios Unitarios de Referencia vigente” del IDU del año 2021, que se encuentran en el siguiente enlace:

https://www.idu.gov.co/page/siipviales/economico/portafolio

En este sentido, la Subgerencia de Gestión de Suelo realizó el cálculo de las cantidades de obra tomando las buenas prácticas del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU con base en las actividades realizadas para este tipo de proyectos.

Para el cálculo del presupuesto estimado oficial, se formuló de acuerdo a las cantidades descritas en el numeral 14.3 del presente Estudio Previo y que se identifican en cada uno de los ítems que se requieren para las actividades de demolición, limpieza y mantenimiento de predios, aclarando que estas podrán aumentar, disminuir o suprimirse durante la ejecución del contrato, y esto no será objeto de futuras reclamaciones. Para tales efectos, se utilizan los APUs de referencia que fija el IDU para los diferentes ítems que aplican para las diferentes obras de infraestructura que realiza para la construcción de Troncales de Transmilenio, puentes vehiculares y peatonales, espacio público, etc.

Otra variable importante en la estructuración del presupuesto es la elaboración del A.I.U., el cual se realiza teniendo en cuenta las tarifas de referencia establecidas por el IDU, y que se actualizan para cada vigencia, y con base en los cálculos y porcentajes establecidos por la legislación laboral colombiana en cuanto al factor prestacional, incluyéndole al mismo las diferentes etapas del desarrollo de la obra, como también las tarifas y vigencias de las pólizas e impuestos vigentes a las tasas y porcentajes actuales.

Para el análisis económico de las actividades a realizar en el Monumento a los Héroes, los valores se formularon de acuerdo a las actividades y cantidades de obra tomadas en el sitio, y con los precios unitarios promediados de cada ítem que resultaron de las cotizaciones enviadas por las diferentes empresas de construcción mencionadas con anterioridad, se calculó el valor promedio para las actividades requeridas por la EMB, cuyos valores se identifican en el numeral 14.3.5 del presente documento, y de los cuales se anexa al presente estudio el cuadro comparativo de dichas cotizaciones.

A continuación, se presenta el análisis de manera desagregada y al final de este ejercicio se consolida el presupuesto, el cual corresponderá al valor estimado del contrato.

14.3 Descripción de las actividades a ejecutar

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14.3.1 Demolición de predios

Para la realización de la DEMOLICIÓN de cada inmueble, el contratista deberá proponer la metodología adecuada para llevar a cabo la misma.

Como se muestra en la tabla a continuación, se agruparon las estructuras a demoler a partir de sus características estructurales y de acuerdo con la información consignada en los planos de cada estructura se calcularon las cantidades de obra, obteniendo de este este modo 5 ítems. Se debe tener en cuenta que los precios unitarios de estos ítems incluyen el retiro de escombros, cargue, descargue y transporte de los mismos hasta las escombreras autorizadas.

En caso de presentarse predios en estado de ruina, se determinará en sitio el área y las características de los elementos que aún permanecen en pie, los cuales se liquidarán a los precios unitarios que se relacionan a continuación.

Tabla 9. Ítems asociados a las actividades de demolición

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

1. DEMOLICIÓN

$ 16,425,990,749.00

6141

1.001

DEMOLICIÓN CONSTRUCCIONES DE 1 PISO TEJA. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

M2

2902.00

$ 39,464.00

$ 114,524,528.00

6142

1.002

DEMOLICIÓN CONSTRUCCIONES DE 1 PISO PLACA. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

M2

11272.00

$ 41,188.00

$ 464,271,136.00

6143

1.003

DEMOLICIÓN CONSTRUCCIONES DE 2 HASTA 3 PISOS. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE

M2

95703.00

$ 69,083.00

$ 6,611,450,349.00

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Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

6144

1.004

DEMOLICIÓN CONSTRUCCIONES DE 4 HASTA 6 PISOS. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

M2

104875.00

$ 78,615.00

$ 8,244,748,125.00

6145

1.005

DEMOLICIÓN DE BODEGAS CON DOBLE ALTURA. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

M2

15621.00

$ 52,390.00

$ 818,384,190.00

6146

1.006

DEMOLICIÓN MEZANINE EN MADERA Y/O PREFABRICADO. INCLUYEN EL CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM.). INCLUYE MUROS INTERNOS, EXTERNOS, PLACAS Y CUBIERTAS, ADEMÁS DE LOS ELEMENTOS INTERNOS QUE SE ENCUENTREN EN LOS MISMOS.

M2

3511.00

$ 34,892.00

$ 122,505,812.00

4289 1.007 DEMOLICIÓN MUROS e=0.15m (Incluye cargue)

M2 1603.00 $ 18,235.00 $ 29,230,705.00

3022

1.008

DEMOLICIÓN PISOS DE CONCRETO (INCLUYE CARGUE). NO INCLUYE TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE SOBRANTES.

M3

448.00

$ 46,598.00

$ 20,875,904.00

14.3.2 Cerramiento

A continuación, se muestran las cantidades y precios de los trabajos de CERRAMIENTO.

Tabla 10 Ítems asociados a las actividades de cerramiento

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

2. CERRAMIENTO

1,071,873,041.00

6148

2.001

CERRAMIENTO (8 HILERAS DE ALAMBRE DE PÚAS CALIBRE 12.5, CON POSTE DE MADERA ROLLIZA DE 8 CM DE DIÁMETRO Y 2.00 M DE ALTURA, ENTERRADO COMO MIN. 0.40, CON 2.00 M., ENTRE POSTES)

ML

7249.000

$ 43,498.00

$ 315,317,002.00

6565

2.002

DESMONTE Y RETIRO DE REJA DE CERRAMIENTO. INCLUYE DEMOLICIÓN DE CIMENTACIÓN, BASE Y REJA. INCLUYE TRANSPORTE A 21 KM Y DISPOSICIÓN DE MATERIALES EN SITIO AUTORIZADO.

ML

475.000

$ 40,925.00

$ 19,439,375.00

7874

2.003

CERRAMIENTO NYLOFOR 3D PRO ALTURA 2.00 M FABRICADA EN ALAMBRE DE ACERO GALVANIZADO DE 5MM, RECUBIERTO CON PINTURA DE POLIÉSTER VERDE, DE 4.75 MM DE DIÁMETRO.CONCRETO DE 3000 PSI. INCLUYE MANO DE OBRA PARA CERRAMIENTO NYLOFOR 3D PRO ALTURA 2.00 M. INCLUYE EXCAVACIÓN PARA BASE, FUNDIDA EN CONCRETO HECHO EN OBRA, ARMADO DE LA ESTRUCTURA, HUECOS DE 200 X 50 MM, NIVELACIÓN E INSTALACIÓN.

ML

2494.000

$ 295,556.00

$ 737,116,664.00

14.3.3 Excavación, Limpieza y Relleno.

A continuación, se muestran las cantidades y precios de los trabajos de EXCAVACIÓN, LIMPIEZA Y RELLENO. .

Tabla 11. Ítems asociados a las actividades de excavación, limpieza y relleno.

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

3. EXCAVACIÓN, RELLENO Y LIMPIEZA

$ 1,013,496,426.85

4613

3.001

TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 28 KM)

M3

3052.00

$ 44,972.00

$ 137,254,544.00

6152

3.002 LIMPIEZA Y ACOPIO MANUAL DE BASURAS

M2

307469.82

$ 227.00

$ 69,795,649.25

3710

3.003

EXCAVACIÓN MECÁNICA EN MATERIAL COMÚN (INCLUYE CARGUE)

M3

672.00

$ 4,522.00

$ 3,038,784.00

3443

3.004

SUBBASE GRANULAR B-200 (SUMINISTRO, EXTENDIDO, NIVELACIÓN, HUMEDECIMIENTO Y COMPACTACIÓN CON VIBROCOMPACTADOR)

M3

1120.00

$ 69,217.00

$ 77,523,040.00

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

12028

3.005

DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS PELIGROSOS (MATERIALES CON CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD TÓXICA, CORROSIVO, INFLAMABLES, EXPLOSIVOS Y/O ESPECIALES (RESIDUOS APROVECHABLES MEZCLADOS, ETC)

KG

470400.00

$ 1,500.00

$ 705,600,000.00

3017

3.006

TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS EN SITIO AUTORIZADO (DISTANCIA DE TRANSPORTE 21 KM). A DISTANCIA MAYOR DEL ACARREO LIBRE (90 M) EN SITIO AUTORIZADO POR LA ENTIDAD AMBIENTAL COMPETENTE.

M3

582.40

$ 34,829.00

$ 20,284,409.60

14.3.4 Mantenimiento

A continuación, se muestran las cantidades y precios de los trabajos de MANTENIMIENTO.

Tabla 12. Ítems asociados a las actividades de mantenimiento

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

4. MANTENIMIENTO

271,344,794.00

6154

4.001

MATA MALEZA (UNA APLICACIÓN)

M2

114829.000

$ 352.00

$ 40,419,808.00

6156

4.002 FUMIGACIÓN CONTRA ROEDORES (RATICIDA - UNA APLICACIÓN)

M2

114829.000

$ 305.00

$ 35,022,845.00

6157

4.003

FUMIGACIÓN CONTRA INSECTOS (INSECTICIDAS- INCLUYE LEVANTAMIENTO DE ANIMALES Y BASURAS, DESINFECTACIÓN CONTRA VIRUS, BACTERIAS Y HONGOS)

M2

114829.000

$ 629.00

$ 72,227,441.00

3699

4.004

TALA DE ARBOLES CLASE I (H<5M. INCLUYE DESENRAÍCE, RETIRO Y DISPOSICIÓN FINAL)

UN

35.000

$ 141,708.00

$ 4,959,780.00

4101

4.005

TALA DE ARBOLES CLASE II (5M < H < 10M. INCLUYE DESENRAÍCE, RETIRO Y DISPOSICIÓN FINAL)

UN

25.000

$ 244,790.00

$ 6,119,750.00

3698

4.006 TALA DE ARBOLES CLASE III (10M < H < 20 M. INCLUYE DESENRAÍCE, RETIRO Y DISPOSICIÓN FINAL)

UN

15.000

$ 253,714.00

$ 3,805,710.00

4100

4.007

TALA DE ARBOLES CLASE V (H>30M. INCLUYE DESENRAÍCE, CARGUE, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL)

UN

15.000

$ 717,652.00

$ 10,764,780.00

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

6103

4.008

CUNETA DE DRENAJE ANCHO= 0.50M EN CONCRETO PREMEZCLADO DE 3000 PSI FUNDIDO EN SITIO. PROFUNDIDAD VARIABLE (ENTRE 0.10M Y 0.50M). (INCLUYE CONSTRUCCIÓN DE PLACA DE FONDO Y MUROS EN CONCRETO IMPERMEABILIZADO, MEDIACAÑAS Y MORTERO DE NIVELACIÓN, ÁNGULOS METÁLICOS PARA SOPORTE DE REJILLAS PREFABRICADAS).

ML

300.000

$ 101,399.00

$ 30,419,700.00

5180

4.009

FILTRO DE DRENAJE DE 0.6M X 1.0M. SUMINISTRO E INSTALACION. (INCLUYE TUBERIA PERFORADA D=4", GRAVA COMUN 1/2" Y GEOTEXTIL NT 4000 O SIMILAR).

ML

300.000

$ 173,434.00

$ 52,030,200.00

7436

4.010 MOTOBOMBA SUMERGIBLE Ø 2" O 3" - INCLUYE COMBUSTIBLE

DIA

260.000

$ 59,903.00

$ 15,574,780.00

14.3.5 Demolición MONUMENTO A LOS HÉROES

A continuación, se muestran las cantidades y precios de los trabajos de Demolición Monumento Los Héroes

Tabla 13. Ítems asociados a las actividades de demolición del Monumento a los Héroes

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

5. DEMOLICIÓN MONUMENTO A LOS HÉROES

801,404,621.75

N/A

5.001

CERRAMIENTO EN LÁMINA GALVANIZADA H=2.70 M INSTALACIÓN PERFIL METÁLICO BASE EN CONCRETO 3000 PSI. INSTALACIÓN LÁMINAS ENTRE PARALES CADA 3,00 M, H=2,7M. FUNDIDA INTERNA TOTAL DEL PERFIL METÁLICO CON REFUERZO VARILLA DE 1/2". PINTURA ANTICORROSIVO Y CON ESMALTE POR UNA SOLA CARA. CONTRAVIENTOS INTERNOS EN PERFIL METÁLICO 2" X 1" CADA 6,00. MODULOS REINSTALABLES DE 3 Ó 6 METROS.

ML

243.46

$ 793,880.00

$ 193,278,024.80

N/A

5.002

PUERTA VEHICULAR, ANCHO 6 M. INCLUYE INSTALACIÓN TUBOS REDONDOS DE 4" FUNDIDA BASE EN CONCRETO 3000 PSI. MARCOS EN LÁMINA COLD ROLLED, CALIBRE 18 Y LÁMINA GALVANIZADA. DOS PASADORES METÁLICOS PORTA CANDADOS. GUAYAS PARA TEMPLETES.

UN

3.00

$ 3,817,855.00

$ 11,453,565.00

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

PINTURA ANTICORROSIVO Y CON ESMALTE POR UNA CARA.

N/A

5.003

PUERTA PEATONAL, ANCHO 1 M. INCLUYE INSTALACIÓN PERFIL METÁLICO FUNDIDO BASE EN CONCRETO 3000 PSI. MARCOS EN LÁMINA COLD ROLLED, CALIBRE 18 Y LÁMINA GALVANIZADA. UN PASADOR METÁLICO PORTA CANDADOS. VENTANILLA 0,15 X 0,15 CON BISAGRA Y PASADOR. CERRADURA SEGURIDAD MARCA SLAGGE. GUAYAS PARA TEMPLETE. PINTURA ANTICORROSIVO Y CON ESMALTE, UNA SOLA CARA

UN

2.00

$ 808,276.00

$ 1,616,552.00

N/A 5.004 PROTECCIÓN PALMAS Y ÁRBOLES DEL LUGAR

UN 9.00 $ 187,265.00 $ 1,685,385.00

N/A

5.005

DESMONTE Y RETIRO ASTAS

UN

6.00

$ 1,452,754.00

$ 8,716,524.00

N/A

5.006 DESMONTE Y RETIRO BARANDA EXTERIOR

ML

24.63

$ 27,525.00

$ 677,940.75

N/A 5.007 DESMONTE Y RETIRO LETRAS FACHADA OCCIDENTE

UN 456.00 $ 40,742.00 $ 18,578,352.00

N/A

5.008 DESMONTE Y RETIRO LETRAS FACHADA ORIENTAL

UN

461.00

$ 40,742.00

$ 18,782,062.00

N/A

5.009 DESMONTE Y RETIRO LETRAS FACHADA NORTE

UN

216.00

$ 40,742.00

$ 8,800,272.00

N/A 5.010 DESMONTE Y RETIRO LETRAS FACHADA SUR

UN 259.00 $ 36,028.00 $ 9,331,252.00

N/A

5.011

DESMONTE Y RETIRO DE DUCTO

GL

1.00

$ 2,673,566.00

$ 2,673,566.00

N/A

5.012 DESMONTE BARANDAS INTERIORES

ML

103.40

$ 28,954.00

$ 2,993,843.60

N/A 5.013 DESMONTE VIDRIERA CUBIERTA GL 1.00 $ 367,973.00 $ 367,973.00

N/A

5.014

DESMONTE POLICARBONATO

GL

1.00

$ 432,219.00

$ 432,219.00

N/A

5.015 DESMONTE REDES ELÉCTRICAS Y HIDROSANITARIAS

GL

1.00

$ 1,792,026.00

$ 1,792,026.00

N/A

5.016

DEMOLICIÓN CONCRETO (INCLUYE PLACAS, ESCALERAS Y RAMPAS EXTERIORES, Y ESCALERAS INNTERIORES). INCLUYE RETIROS

M3

1121.59

$ 292,289.00

$ 327,828,419.51

N/A 5.017 DEMOLICIÓN Y RETIRO ADOQUIN PLAZOLETA

M2 1282.21 $ 37,657.00 $ 48,284,181.97

N/A

5.018

DEMOLICIÓN ANTEPECHOS

ML

130.76

$ 26,903.00

$ 3,517,836.28

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cod. IDU

ITEM

DESCRIPCION

UNIDAD

CANT

VALOR

VALOR PARCIAL

N/A

5.019 DEMOLICIÓN MAMPOSTERÍA FACHADAS

M2

969.76

$ 30,809.00

$ 29,877,335.84

N/A

5.020

DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE APUNTALAMIENTO DE MUROS PERIMETRALES DE CONTENCIÓN (CONCRETO)

ML

100.00

$ 927,498.00

$ 92,749,800.00

N/A

5.021

ASEO OBRA

GB

1.00

$ 5,244,400.00

$ 5,244,400.00

N/A

5.022 ELABORACIÓN ACTAS DE VECINDAD VECINOS

GB

1.00

$ 12,723,091.00

$ 12,723,091.00

14.3.6 Plan de Manejo Ambiental, SST, Bioseguridad, Gestión Social

El valor establecido en los valores máximos fijos correspondientes (PMT, SST, SGA, PMAS Y LA IMPLEMENTACIÓN MEDIDAS BIOSEGURIDAD) del contrato para la fase de ejecución, se estimaron siguiendo los lineamientos estipulados en las Salvaguardas y compromisos sociales de la EMB ante la banca multilateral, y no podrán ser modificados en la ejecución de la obra. En caso tal de presentarse mayores gastos deberán ser asumidos por el contratista de obra. Lo anterior teniendo en cuenta que este valor máximo establece esta condición.

Tabla 14. Valor asociado para las actividades ambientales, SST, social, bioseguridad y PMT.

CAPITULO DESCRIPCIÓN UNIDAD VALOR TOTAL

6 MANEJO AMBIENTAL, SST Y

BIOSEGURIDAD GB $ 1,112,387,312.00

7 GESTION SOCIAL GB $ 148,999,889.00

8 SEÑALIZACION Y PMT GB $ 135,001,263.00

A partir del análisis presentado en los puntos anteriores se calcula el costo estimado total para el contrato por un valor de $ 27,910,648,031 pesos M/CTE. A continuación, se presenta un consolidado:

COSTOS DIRECTOS DE OBRA-DEMOLICIÓN DE PREDIOS, EXCAVACIÓN, LIMPIEZA Y RELLENO, MANTENIMIENTO Y

DEMOLICIÓN MONUMENTO A LOS HÉROES

$ 19,584,109,633*

A.I.U. DE COSTOS DIRECTOS DE OBRA 31.44 % $ 6,157,244,068

SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS CON A.I.U (A) $ 25,741,353,701

COSTOS DIRECTOS DE INSUMOS Y ACTIVIDADES PARA MANEJO AMBIENTAL-GESTIÓN SOCIAL-BIOSEGURIDAD-

MANEJO DE TRÁNSITO

$ 1,396,388,464

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A.I.U - PMA-SST-BIOSEGURIDAD-PGS-PMT 21.75% $ 303,714,491

SUBTOTAL COSTOS MANEJO AMBIENTAL-BIOSEGURIDAD- GESTIÓN SOCIAL-MANEJO DE TRÁFICO CON A.I.U. (B)

$ 1,700,102,955

COSTOS ESTIMADOS DE OBRAS LICITACIÓN (A+ B) $ 27,441,456,656

AJUSTES POR CAMBIO DE VIGENCIA -2022-2023 PARA OBRAS (C)

$ 469,191,375

COSTOS ESTIMADOS DE OBRAS LICITACIÓN (A+B+C) $ 27,910,648,031

*Nota: Los valores contenidos para el cálculo del valor del costo directo de los capítulos 1, 2, 3, 4 y 5, presentan más decimales en la hoja de trabajo donde fueron calculados. Para tomar cifras enteras, se redondeó a $19,584,109,633.

Cálculo de valores estimados para los años 2021 2022 y 2023

De acuerdo con lo expuesto con anterioridad, la EMB deberá asegurar que se demuelan alrededor de 520 estructuras durante las vigencias 2021, 2022 y 2023. Por tal motivo, el cálculo de los valores estimados está coordinado de acuerdo al cronograma estipulado con las fechas de entrega de los predios demolidos al concesionario establecidas en el Apéndice Técnico 12 del contrato de concesión No. 163 de 2019, se estima que alrededor de 255 estructuras deberá demolerse en la vigencia 2021, 213 estructuras deberán demolerse en la vigencia 2022, y 52 estructuras restantes en la vigencia 2023. Para tales efectos, a continuación, se muestra el valor correspondiente que se deberá cancelar en cada vigencia de acuerdo al cálculo de cantidades estimadas correspondiente a las estructuras a demoler:

Tabla 15. Estimación de la ejecución del contrato

Año Vigencia No. Estructuras a

demoler Vr. Total, de Demolición por

Vigencia** 2021 255* $ 13,676,217,536 2022 213 $ 11.125.185.390

2023 52 $ 2.640.053.730

Total 520 $ 27.441.456.656

Nota*: Dentro de las estructuras a demoler en el año 2021, están incluidos los trabajos de demolición del monumento a los Héroes.

Nota**: El valor final de la tabla anterior, corresponde a un valor total estimado para la ejecución del contrato vigencias 2021, 2022 y 2023, sin tomar los ajustes de los incrementos anuales; por lo tanto, más adelante se muestra el ejercicio realizado para determinar el valor estimado de los servicios de las vigencias 2022 y 2023, con los incrementos proyectados.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Cálculo para el valor estimado para el año 2021

De acuerdo con el cronograma de entregas al Concesionario en el marco del Apéndice Técnico 12 - Predios, del Contrato de Concesión No. 163 de 2019, se estima que durante el año 2021 se requieren demoler 255 estructuras (incluyendo la demolición del Monumento a los Héroes). Teniendo la anterior información, se estableció que los valores de demolición a ejecutar en el año 2021 son los siguientes:

Tabla 16. Valores estimados a ejecutar Año 2021

ÍTEM DESCRIPCIÓN VALOR TOTAL

1 DEMOLICIÓN DE PREDIOS $ 7,780,848,905

2 CERRAMIENTO $ 525,168,928

3 LIMPIEZA $ 536,043,960

4 MANTENIMIENTO $ 132,512,286

5 DEMOLICIÓN MONUMENTO A LOS HÉROES $ 801,404,622

6 MANEJO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD $ 542,118,327

7 GESTION SOCIAL $ 71,406,753

8 SEÑALIZACION Y PMT $ 65,465,583

COSTOS DIRECTOS DE OBRA AÑO 2021

(1+2+3+4+5)

$ 9,775,978,701

A.I.U. DE COSTOS DIRECTOS DE OBRA (31.44%) $ 3,073,567,703

SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS CON A.I.U (A) $ 12,849,546,403

COSTOS DIRECTOS DE INSUMOS Y ACTIVIDADES PARA MANEJO AMBIENTAL-GESTIÓN SOCIAL- BIOSEGURIDAD-MANEJO DE TRAFICO (6+7+8)

$ 678,990,663

A.I.U - PMA-SST-BIOSEGURIDAD-PGS-PMT (21.75%)

$ 147,680,469

SUBTOTAL COSTOS MANEJO AMBIENTAL-

BIOSEGURIDAD-GESTIÓN SOCIAL-MANEJO DE TRÁFICO CON A.I.U. (B)

$ 826,671,132

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COSTOS ESTIMADOS DE OBRAS AÑO 2021 (A+ B) $ 13,676,217,536

Cálculo para el valor estimado para el año 2022

De acuerdo con el cronograma de entregas al Concesionario en el marco del Apéndice Técnico 12 - Predios, se estima que durante el año 2022 se requieren demoler 213 estructuras. Teniendo la anterior información, se estableció que los valores de demolición a ejecutar en el año 2022 son los siguientes:

Tabla 17. Valores estimados a ejecutar Año 2022

ÍTEM DESCRIPCIÓN VALOR TOTAL

1 DEMOLICIÓN DE PREDIOS $ 7,004,686,174

2 CERRAMIENTO $ 439,610,219

3 LIMPIEZA $ 379,205,503

4 MANTENIMIENTO $ 111,018,968

5 DEMOLICIÓN MONUMENTO A LOS HÉROES $ 0

6 MANEJO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD $ 456,287,470

7 GESTION SOCIAL $ 59,989,594

8 SEÑALIZACION Y PMT $ 55,428,207

COSTOS DIRECTOS DE OBRA AÑO 2022 (1+2+3+4+5)

$ 7,934,520,864

A.I.U. DE COSTOS DIRECTOS DE OBRA (31.44%) $ 2,494,613,359

SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS CON A.I.U (A) $ 10,429,134,223

COSTOS DIRECTOS DE INSUMOS Y ACTIVIDADES PARA MANEJO AMBIENTAL-GESTIÓN SOCIAL- BIOSEGURIDAD-MANEJO DE TRAFICO (6+7+8)

$ 571,705,271

A.I.U - PMA-SST-BIOSEGURIDAD-PGS-PMT (21.75%)

$ 124,345,896

SUBTOTAL COSTOS MANEJO AMBIENTAL-

BIOSEGURIDAD-GESTIÓN SOCIAL-MANEJO DE TRÁFICO CON A.I.U. (B)

$ 696,051,167

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

COSTOS ESTIMADOS DE OBRAS AÑO 2022 (A+ B) $ 11,125,185,390

Cálculo para el valor estimado para el año 2023

De acuerdo al cronograma de entregas al Concesionario en el marco del Apéndice Técnico 12 - Predios, se estima que durante el año 2023 se requieren demoler 52 estructuras. Teniendo la anterior información, se estableció que los valores de demolición a ejecutar en el año 2023 son los siguientes:

Tabla 18. Valores estimados a ejecutar Año 2023

ÍTEM DESCRIPCIÓN VALOR TOTAL

1 DEMOLICIÓN DE PREDIOS $ 1,640,455,671

2 CERRAMIENTO $ 107,093,894

3 LIMPIEZA $ 98,246,964

4 MANTENIMIENTO $ 27,813,540

5 DEMOLICIÓN MONUMENTO A LOS HÉROES $ 0

6 MANEJO AMBIENTAL, SST Y BIOSEGURIDAD $ 113,981,515

7 GESTION SOCIAL $ 17,603,542

8 SEÑALIZACION Y PMT $ 14,107,473

COSTOS DIRECTOS DE OBRA AÑO 2023

(1+2+3+4+5)

$ 1,873,610,069

A.I.U. DE COSTOS DIRECTOS DE OBRA (31.44%) $ 589,063,006

SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS CON A.I.U (A) $ 2,462,673,075

COSTOS DIRECTOS DE INSUMOS Y ACTIVIDADES PARA MANEJO AMBIENTAL-GESTIÓN SOCIAL- BIOSEGURIDAD-MANEJO DE TRAFICO (6+7+8)

$ 145,692,530

A.I.U - PMA-SST-BIOSEGURIDAD-PGS-PMT (21.75%)

$ 31,688,125

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

SUBTOTAL COSTOS MANEJO AMBIENTAL-

BIOSEGURIDAD-GESTIÓN SOCIAL-MANEJO DE TRÁFICO CON A.I.U. (B)

$ 177,380,655

COSTOS ESTIMADOS DE OBRAS AÑO 2023 (A+ B) $ 2,640,053,730

Cálculo de los ajustes estimados para los años 2022 y 2023

El cálculo del ajuste por cambio de vigencia de los valores proyectados para los años 2022 y 2023 está basado en un histórico del IPC en los últimos 3 años (datos tomados del DANE), como se muestra en la tabla a continuación.

AÑO TASA IPC

2018 3.18%

2019 3.80%

2020 1.61%

Estimado 2021 2.86%

Estimado 2022 2.86%

De acuerdo con la tendencia presentada en los años del 2018 al 2020, se tomó como tasa de incremento para el año 2022 y 2023 un valor estimado del 2.86% (promedio de los años 2018, 2019 y 2020). Para tales efectos, la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ estimó los ajustes correspondientes a los años 2022 y 2023 con respecto a las actividades de demolición que se realizarán durante esas vigencias.

Bajo este concepto, a continuación, se describe la forma de calcular el valor de los ajustes correspondientes a los años 2022 y 2023:

Tabla 19. Ajuste Estimado para el Año 2022

Año Vigencia

Cantidad de Estructuras a

Demoler

Valor estimado a pagar año 2022

Tasa de incremento del 2.86% estimado para el año 20229

Valor Estimado Total

2022

213

$ 11.125.185.390

$ 318.180.302

$ 11.443.365.692

9 El 2,86% para el año 2022 es el resultado del promedio del IPC de los años 2018, 2019 y 2020(3,18%+3,80%+1,61%= 8,59%/3 = 2,86%)

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Tabla 20. Ajuste Estimado para el Año 2023

Año Vigencia

Cantidad de Estructuras a

Demoler

Valor estimado a pagar año 2023

Tasa de incremento del 5.72% estimado para el año 202310

Valor Estimado Total

2023

52

$ 2.640.053.730

$ 151.011.073

$ 2.791.064.803

Tabla 21. Total Valor Ajustes Estimado para los Años 2022 y 2023

Valor ajustes año 2022

Valor ajustes año 2023

Valor total estimado

$ 318.180.302

$ 151.011.073

$ 469.191.375

De acuerdo a lo anterior, y conforme a los ajustes estimados para los años 2022 y 2023, se establece un estimado de recursos para los ajustes por valor de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($ 469.191.375), para el pago conforme a los ajustes del Gobierno nacional a partir del 01 de enero del 2022 y 2023.

Tabla resumen valor estimado del contrato discriminado por vigencias (2021, 2022,2023) incluyendo ajustes

A partir del costo estimado y las proyecciones de ejecución física del contrato, se establecieron los montos a ejecutar durante la vigencia total del contrato. En el cuadro a continuación se presenta la proyección para la ejecución financiera en las vigencias 2021, 2022 y 2023, incluyendo sus correspondientes ajustes.

AÑO VIGENCIA VR. ESTIMADO COSTOS

DE DEMOLICIÓN VR. ESTIMADO

AJUSTES VR. TOTAL

2021 $ 13,676,217,536 N/A $ 13,676,217,536

2022 con ajuste $ 11.125.185.390 $ 318.180.302 $ 11.443.365.692

2023 con ajuste $ 2.640.053.730 $ 151.011.073 $ 2.791.064.803

COSTO ESTIMADO TOTAL CONTRATO DE DEMOLICIÓN $ 27.910.648.031

15. Recursos:

Propios: Transferencia Ordinaria:

Banca Multilateral: Cofinanciación: X

10 El 5,72% es el resultado de la sumatoria del porcentaje del 2,86% de incremento para el año 2022, y un 2,86% de incremento estimado para el año 2023; es decir que para el 2023 se estima un 5,72%. (2,86%+2,86%= 5,72%)

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Otros: Cuál:

16. Información Certificado Disponibilidad Presupuestal - CDP:

Requiere CDP: SI X NO Otro X (Vigencia futura*)

Número: 001616

Fecha de expedición: 04/03/2021

Valor: $13.676.217.536

Compromiso que respalda: 423011604507519 - Diseño, construcción y puesta en operación de la Primera Línea del Metro de Bogotá Tramo 1, incluidas sus obras complementarias.

Nota*: Para las vigencias 2022 y 2023 corresponde la suma de CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($ 14.234.430.495), incluido los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar. Esta cifra se encuentra soportada presupuestalmente en la autorización de vigencias futuras para los años 2022 y 2023 del presupuesto de Gastos de Inversión de LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, aprobado por el Consejo Superior de Política Económica y Fiscal Distrital – CONFIS, aprobadas en sesión 02 celebrada el 24 de febrero de 2021 y comunicada a la Entidad mediante oficio con radicado de la Secretaría Distrital de Planeación No. 1-2021-11565 / 1-2021- 14759, de fecha 25/02/2021.

En lo que respecta a la determinación de la oferta más favorable para la entidad, el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, señala:

"Ofrecimiento más favorable. La entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del proponente (...)".

A su vez, el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 señala:

"(...) La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, con excepción de lo previsto en el numeral 4 del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. La verificación documental de las condiciones antes señaladas será efectuada por las Cámaras de Comercio de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la presente Ley, de acuerdo con lo cual se expedirá la respectiva certificación (...)"

En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 se deberán verificar los requisitos habilitantes.

17. Criterios para seleccionar la oferta más favorable:

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17.1 REQUISITOS HABILITANTES

Los requisitos habilitantes miden la aptitud del proponente para participar en un Proceso de Contratación como oferente y están referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional, y sus condiciones de experiencia y técnica. El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes de tal manera que la Entidad Estatal sólo evalúe las ofertas de aquellos que están en condiciones de cumplir con el objeto del Proceso de Contratación.

En el caso de proponentes plurales, los requisitos habilitantes serán acreditados por cada uno de los integrantes de la figura asociativa, salvo que se dé a entender algo distinto y, en todo caso, se realizará de acuerdo con las reglas del pliego de condiciones.

Todos los proponentes que presenten propuesta a través de una figura asociativa deberán designar un LIDER11 con el pleno cumplimiento de los requisitos aquí descritos. La designación indicada se deberá realizar en el documento de constitución de la figura asociativa.

En caso de que el LIDER de una figura asociativa sea una persona natural, este deberá ser designado como representante legal de la misma.

LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015.

La verificación de requisitos adicionales a los contenidos en el RUP se realizará en forma directa por la Entidad con la documentación que sea requerida para cada caso.

Igualmente, se establecen los requisitos habilitantes bajo el criterio de CUMPLE/ NO CUMPLE en estricto apego de lo contemplado en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y el Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, exigiendo la verificación de acreditación de los aspectos indicados a continuación.

REQUISITOS HABILITANTES CALIFICACIÓN

CAPACIDAD JURÍDICA CUMPLE / NO CUMPLE

CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL CUMPLE / NO CUMPLE

CONDICIONES DE EXPERIENCIA CUMPLE / NO CUMPLE

La capacidad jurídica, Ia capacidad financiera, la capacidad organizacional y las condiciones de experiencia del proponente no darán lugar a puntaje, pero habilitan o inhabilitan la propuesta para su posterior calificación.

Para tal fin, el Comité Evaluador de LA EMPRESA MET. RO D. E BOGOTÁ-EMB ·entregará el análisis efectuado con base en el estudio pormenorizado y la evaluación detallada de las propuestas habilitadas, ajustándose a los criterios establecidos por la Entidad.

11 LIDER. Es aquel integrante de la figura asociativa del oferente; esté o no obligado a inscribirse en el RUP, que tendrá bajo su responsabilidad la

designación del representante legal de la figura asociativa, es decir, si el líder es una persona jurídica, debe tener vinculado a su empresa a dicho

representante legal.

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17.1.1 CAPACIDAD JURÍDICA (CUMPLE / NO CUMPLE)

Con el fin de verificar la capacidad jurídica proponente deberá adjuntar a su propuesta los siguientes documentos:

La capacidad jurídica será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de LICITACIÓN, es decir, permitirá determinar si la propuesta cumple o no cumple con las condiciones para participar, lo cual permitirá habilitar, no habilitar o rechazar la propuesta y, en caso de habilitarse proceder a la verificación de los demás requisitos habilitantes y la aplicación de criterios o factores de ponderación.

Para este Proceso de Contratación, podrán participar personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios, uniones, temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más (art. 6 Ley 80 de 1993). LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, ·incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el Contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarlos, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.

El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente Cumple o No Cumple, con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o RECHAZA, según sea el caso, para las propuestas para su evaluación.

Por otra parte, se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento. Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:

a. Carta de presentación de la propuesta debidamente suscrita por la persona facultada.

La Carta de Presentación de la propuesta debe ser presentada debidamente diligenciada y suscrita por el representante del proponente persona jurídica ó proponente persona natural, indicando su nombre, documento de identidad, así como el nombre, número de cédula y número de Tarjeta Profesional de quien la avala técnicamente, así mismo deberá anexar la certificación de vigencia de la misma.

Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.

Para facilitar este trámite, el pliego de condiciones dispondrá del Formato - Carta de presentación de la propuesta para tal fin.

APODERADOS

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Los proponentes podrán presentar propuestas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar con la propuesta el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato.

El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al proponente y a todos los integrantes del proponente plural.

b. Certificado de Existencia y Representación Legal.

Cuando el Proponente sea una persona jurídica (colombiana o extranjera), deberá anexar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la autoridad competente. Para el caso de proponentes extranjeros se debe dar aplicación a lo establecido en el pliego de condiciones.

Este certificado debe cumplir con lo siguiente:

• Fecha de expedición: deberá haber sido expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir esta condición. Cuando se prorrogue dicha fecha, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre.

• Vigencia: el término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica deberá cumplir individualmente con estas reglas.

• Objeto social: El Objeto Social de la persona jurídica y/o actividad comercial de la persona natural PROPONENTE, y de cada uno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal, deben permitir ejecutar las actividades descritas en el objeto del presente proceso de selección.

• Cuando el representante legal de las personas jurídicas nacionales o de las sucursales en Colombia tenga limitaciones estatutarias para presentar propuesta, para suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la propuesta, la participación en el proceso de selección y/o para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar junto con la propuesta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice la presentación de propuesta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicatario.

• En los casos en que el vencimiento del período de duración de la persona jurídica sea inferior al plazo exigido, se admitirá un acta proveniente del órgano social con capacidad jurídica para tomar esa clase de determinaciones, en la cual se exprese el compromiso de prorrogar la

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duración de la persona jurídica para alcanzar los plazos aquí previstos, en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del contrato.

• Representante legal y Facultades para contratar: Debe permitir comprometer al participante, en especial por la cuantía a contratar, establecida en el pliego de condiciones. En el caso que aparezcan restricciones al representante legal de la persona jurídica proponente (colombiana o Extranjera), para contraer obligaciones en nombre de la misma, se deberá adjuntar a la propuesta el documento de autorización del órgano social competente, en el cual conste que está debidamente facultado para presentar la propuesta y para firmar el contrato por el valor total de la propuesta. Este documento deberá ser presentado, sin excepción, por todos los proponentes, nacionales y extranjeros, individuales, consorcios o uniones temporales y los integrantes de los mismos, que de acuerdo con sus estatutos lo requieran.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren deberá contar con dicha autorización por el valor total de la propuesta y no sólo por el monto de su participación.

Cada uno de los integrantes del proponente plural deberá acreditar los requisitos señalados anteriormente.

c. Inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de intereses

Quienes participen en este proceso de selección, no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refieren la Constitución Política, el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, el artículo 113 de la Ley 489 de 1998, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, la Ley 842 de 2003, la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes. El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la Propuesta que no se encuentra incurso dentro de ninguna causal de inhabilidades e incompatibilidad.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, ninguno de sus integrantes podrá estar incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad o prohibiciones para contratar con el Estado, establecidas en la Constitución Política y en la Ley.

En ningún caso una misma persona (natural o jurídica, nacional o extranjera) podrá presentar más de una Propuesta y/o hacer parte de más de un Proponente. Se entenderá que una misma persona ha presentado más de una Propuesta cuando diferentes Propuestas sean presentadas por: i) varias sociedades controladas por una misma matriz –directa o indirectamente-, ii) una sociedad y su matriz –directa o indirectamente.

Para los casos de acumulación de experiencia previstos en la ley y en este pliego de condiciones, la entidad verificará que no se presenten inhabilidades en las sociedades que aportan la experiencia.

d. Documento de identidad

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Tanto el proponente persona natural como el representante legal de la persona jurídica o representantes legales de cada uno de los miembros que conforman el proponente plural deberán aportar copia de su documento de identidad válido en el territorio colombiano.

e. Registro Único de Proponentes - RUP

El Proponente singular o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, deberán presentar el Registro Único de Proponentes - RUP, con fecha de expedición máxima de treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección, cumpliendo con lo establecido en los artículos 2.2.1.1.1.5.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes.

El artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, señala que la persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento.

El proponente o todos los miembros del consorcio o unión temporal, que vayan a proveer los servicios objeto del presente proceso de selección, deberán encontrarse inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.5.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015.

De conformidad con el numeral 1º del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el cual señala: “1. La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes, serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje (…)”.

Nota: A la fecha de cierre del Proceso de Contratación el RUP debe encontrarse vigente, es decir, haber sido renovado en el término legal establecido.

La información contenida en el RUP debe adquirir firmeza dentro del término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección.

Además, se verificará en el RUP que el proponente no tenga sanciones inscritas que lo inhabiliten a contratar con el estado en los términos del artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

f. Conformación de consorcio o unión temporal

• En caso de consorcios o uniones temporales, deberá anexarse a la propuesta el documento de constitución suscrito por sus miembros, quienes responderán en los términos señalados en el artículo 7 de Ia Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes, en el cual deberán señalar lo siguiente:

1. Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal, y las reglas básicas que regulen las relaciones entre sus integrantes. Si se trata de unión temporal deberán indicarse además los términos y extensión (actividades y porcentaje) de la participación en la propuesta, y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.

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2. La persona que los representará, quien deberá estar facultado para presentar Ia propuesta y suscribir el contrato correspondiente en el evento de resultar adjudicatarios del presente proceso, y las reglas básicas que regule las relaciones entre los integrantes del respectivo consorcio o unión temporal y su responsabilidad.

3. Indicar la duración del consorcio o de la unión temporal, que deberá ser como mínimo por el lapso de ejecución del contrato y un (1) año más.

4. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o unión temporal, salvo autorización expresa de la EMB.

5. Si en el documento de conformación del consorcio o unión temporal se le imponen limitaciones al representante legal de la misma para formular la propuesta y éste las excede la propuesta será rechazada.

Con este documento se verificará el porcentaje de participación de los miembros de los proponentes plurales en la propuesta. En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.

• El porcentaje de participación y responsabilidades de los integrantes de la Unión Temporal, en la sumatoria deberá corresponder al 100% de las obligaciones generales, específicas y, productos.

g. Garantía de seriedad de la oferta:

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pliego de condiciones, para la propuesta y la suscripción y legalización del contrato, el proponente debe constituir una garantía de seriedad, la cual podrá consistir en un contrato de seguros contenido en una póliza, patrimonio autónomo o Garantía Bancaria, de conformidad con lo establecido en artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015.

Cuando la fecha de cierre del proceso de LICITACIÓN se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. La garantía de seriedad deberá contener:

Tabla 22. Características de la Garantía de Seriedad

ASEGURADO/BENEFICIARIO: EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A. identificada con NIT No. 901.038.962-3

AFIANZADO Y TOMADOR:

El afianzado es el proponente. En este aspecto se debe tener en cuenta lo siguiente:

1. El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio

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respectiva, (persona jurídica) o en el documento de

identidad (persona natural).

2. Si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de Comercio respectiva y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente por un proponente plural, la póliza deberá tomarse a nombre de dicho proponente plural, con la respectiva discriminación de cada uno de sus integrantes (nombre, NIT y el respectivo porcentaje de participación, dentro del proponente plural, conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015).

3. En caso de que el proponente tenga establecimiento de comercio, en la garantía debe figurar como afianzado la persona natural.

VIGENCIA:

Igual o superior a noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del presente proceso. En caso de prorrogarse el plazo del Proceso, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale la EMB.

VALOR ASEGURADO: Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.

OBJETO: Amparar la seriedad de los ofrecimientos hechos por el proponente en el presente proceso de LICITACIÓN.

FIRMAS: Suscrita por la aseguradora y el proponente tomador.

Nota: La póliza de seriedad se hará efectiva cuando se den los supuestos establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.

El proponente acepta que la EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A, le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.

El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando esta se haga exigible, tiene el carácter indemnizatoria, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a la EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar.

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NOTA 1: De conformidad con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo·5 de la ley 1882 de 2018, la no entrega de garantía de seriedad de la oferta junto con la propuesta, no será subsanable y será causal de rechazo de esta.

h. Acreditación de aportes a la seguridad social y aportes parafiscales – Persona Jurídica:

Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá diligenciar el formato solicitado por la EMB firmado por el revisor fiscal, o por el representante legal de acuerdo con los requerimientos de ley cuando no se requiera revisor fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, en los términos que trata el Art. 50 de la Ley 789 de 2002.

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el respectivo formato aquí exigido.

En caso de que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en el mencionado formato. La misma regla se aplica a los extranjeros que no estén obligados a dichos pagos.

i. Acreditación de aportes a la seguridad social y aportes parafiscales – Persona natural:

La persona natural proponente, deberá diligenciar el formato solicitado por la EMB, donde se certifique el pago de sus aportes y el de sus empleados a los sistemas de salud, Riesgos Laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, en los términos que trata el Art. 50 de la Ley 789 de 2002.

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el respectivo formato aquí exigido.

En caso de que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal, debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en el mencionado formato. La misma regla se aplica a los extranjeros que no estén obligados a dichos pagos.

j. Verificación de antecedentes Personería Distrital, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la Republica y Policía Nacional antecedentes penales.

Ni el proponente ni ninguno de sus integrantes en caso de ser plural, podrán estar reportados, para el momento del cierre del proceso y para la suscripción del contrato, en el boletín de responsables fiscales, antecedentes disciplinarios de la Procuraduría y Personería Distrital. Tampoco podrán tener antecedentes de Policía Nacional, respecto de aquellos delitos que lo inhabilitan para contratar con el Estado.

Conforme a lo anterior, la EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A consultará en la página web de la Personería, de la Procuraduría General de la Nación los antecedentes disciplinarios del proponente y su representante legal; y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales del proponente y su

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representante legal, así como los antecedentes penales en la página web de la Policía Nacional del representante legal y cuyo certificados deben tener fecha de expedición no mayor a 30 días calendario a la presentación de la propuesta.

k. Consulta en el sistema registro nacional de medidas correctivas -RNMC

Para el momento del cierre del proceso y para la suscripción del contrato, el proponente y sus integrantes, en caso de ser proponente plural, deberán encontrarse al día en el pago de multas por infracciones al Código Nacional De Policía y convivencia, en el Registro Nacional de Medidas Correctivas - RNMC de la Policía Nacional de Colombia.

Por lo anterior en cumplimiento del artículo 183 de la Ley 1801 de 2016, LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB consultará en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas -RNMC, el estado del proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica, así como uno de los de los integrantes del proponente asociativo para verificar que no tengan multas pendientes, con morosidad superior a los seis (6) meses. Sin embargo, y a efectos de la suscripción del contrato, el proponente adjudicatario (persona natural o representante legal, según sea el caso) deberá estar al día en el pago de las multas señaladas en la citada Ley y en los términos dispuestos en esta.

l. Personas jurídicas privadas extranjeras y personas naturales extranjeras

En el caso de las personas jurídicas privadas extranjeras sin sucursal en Colombia, deben tener en cuenta que, de resultar adjudicatarias del presente proceso, deberán proceder de conformidad con lo establecido en el Título VIII del Libro Segundo del Código de Comercio Arts. 469 y ss. Dicha sucursal deberá constituirse, a más tardar, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la notificación de la adjudicación. Las mismas reglas aplican para la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia que fuere integrante de un proponente plural. En todo caso, el proponente al momento de establecer la sucursal en Colombia deberá registrar como actividad (es) comercial (es), ante las entidades respectivas, la (s) actividad (es) descritas en el Formato CLASIFICACIÓN UNSPSC EXTRANJEROS.

Las personas jurídicas privadas extranjeras que ya tengan establecida sucursal en Colombia deberán concurrir al presente proceso a través de dicha sucursal y en todo caso, el proponente será siempre la persona jurídica extranjera.

Las personas naturales extranjeras sin residencia en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras sin sucursal en Colombia, que no desarrollen actividades permanentes en Colombia, deberán, en todos los casos, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente. Dichas personas deberán adjuntar a la propuesta los documentos con los cuales acreditan la constitución del apoderado.

Dicho apoderado podrá ser el mismo para el caso de personas extranjeras que participen en consorcios o uniones temporales y en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado en el acto de constitución de la figura asociativa por todos los integrantes de ésta el cual debe cumplir con los requisitos de consularización y apostille.

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Así mismo deberán declarar bajo la gravedad de juramento en el Formato - Carta de presentación de la propuesta que actualmente no se encuentran obligados a constituir sucursal en Colombia por no desarrollar actividades permanentes en el país, de conformidad con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.

m. Acta de Junta de Socios o Junta Directiva.

Cuando el representante, legal del proponente tenga restricciones para contratar o participar en procesos de contratación, el proponente deberá presentar, junto con su propuesta, copia del acta de la sesión del órgano social competente, o extracto de la misma, en la cual se autoriza al representante legal o la persona designada para el efecto, a presentar propuesta en el presente proceso de licitación y a suscribir el contrato que se derive de él, en caso de resultar adjudicatario del mismo, o certificación expedida por el dignatario correspondiente de la respectiva sociedad, en la que conste la decisión adoptada por el respectivo órgano social.

En el caso en que la propuesta sea presentada por un proponente plural, cada uno de sus miembros debe estar debidamente autorizado para presentar la propuesta y para autorizar al represente de la respectiva estructura plural para suscribir el contrato a que haya lugar en el evento de resultar adjudicatarios, por lo tanto, cada miembro deberá acreditar lo solicitado en el presente numeral.

17.1.2 CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL (CUMPLE/NO CUMPLE)

La capacidad financiera busca establecer unas mínimas condiciones que reflejan la situación financiera de los oferentes a través de su liquidez y endeudamiento. Estás condiciones muestran la aptitud del OFERENTE para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato.

Cuando se trate de ofertas presentadas en consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe aportar en forma individual los documentos exigidos en este numeral. La no presentación de los documentos o el incumplimiento de los requisitos financieros y las aclaraciones solicitadas dentro de los términos estipulados ocasionarán que la oferta no sea habilitada.

17.1.2.1 CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

La Capacidad Residual para el proceso de contratación de obra, será calculada acorde con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.4. del Decreto 1082 de 2015, expedido por el Departamento Nacional de Planeación y la guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del proponente, emitida por Colombia Compra Eficiente.

La Capacidad Residual de un proponente plural corresponderá a la sumatoria de la Capacidad Residual de cada uno de sus integrantes. En caso de que el proponente no cumpla con la Capacidad Residual solicitada la Oferta será considerada NO HÁBIL en la evaluación.

En todo caso, ninguno de los integrantes del proponente plural, podrá presentar una Capacidad Residual negativa.

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En virtud del artículo 6º de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren inscripción en el Registro Único de Proponentes. Consecuencialmente, la EMB verificará directamente la información de dichas personas para determinar su Capacidad Residual de Contratación, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones.

Para el cálculo de la CRPC, como el plazo estimado del contrato es mayor a 12 meses el cálculo de la CRPC se realiza el siguiente procedimiento:

Donde: CRPC = Capacidad residual del proceso de contratación POE = Presupuesto Oficial Estimado

Aplicando la fórmula:

CRPC= (($27.910.648.031 - $0 (no hay anticipo)) / (24 meses)) * 12 CRPC= $ 13.955.324.015,5

Para el presente proceso el proponente deberá acreditar a la fecha de cierre una Capacidad Residual mayor o igual a $ 13.955.324.015,5.

17.1.2.1.1 FORMATO - SALDO CONTRATOS CALCULO K

a. Formato - Saldo contratos calculo K b. Formato - Certificación acredita experiencia para K

Lo anterior de acuerdo a las condiciones que se establecen a continuación:

A.1. DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN APORTAR LOS PROPONENTES NACIONALES O EXTRANJEROS CON SUCURSAL O DOMICILIO EN COLOMBIA PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL

A.1.1. INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS DE OBRA CON ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL

Todos los proponentes, sea proponente singular o todos los integrantes de los proponentes plurales, deberán presentar el Formato - Saldo contratos calculo K CERTIFICACIÓN SOBRE CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN CON ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS NACIONALES E INTERNACIONALES INCLUYENDO LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN Y LOS CONTRATOS DE OBRA SUSCRITOS CON CONCESIONARIOS, PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL, suscrito por su representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el representante legal y su contador o por el representante legal y su auditor independiente, si no está obligado a tener revisor fiscal, el cual deberá relacionar todos

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los contratos de obras civiles en ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, a la fecha de cierre del presente proceso de contratación.

En el caso de que el proponente singular o los integrantes del proponente plural que a la fecha de cierre del proceso no tengan contratos de obra, deberá manifestar EXPRESAMENTE tal situación.

En el evento de presentar los valores de los contratos en moneda extranjera para efectos de calcular la Capacidad Residual, estos serán objeto de conversión a pesos colombianos de acuerdo con los siguientes parámetros:

• Cuando el valor esté dado en dólares de los Estados Unidos de América (USD$) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esta conversión la tabla Serie de datos promedio anual de la Serie empalmada de la tasa de cambio del peso colombiano frente al dólar (TRM y Certificado de cambio) correspondiente al año de ejecución o facturación, para lo cual el proponente debe tomar la publicada por el Banco de la República para el año correspondiente en el siguiente “link”. https://www.superfinanciera.gov.co/publicacion/60819

• Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados Unidos de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses tomando como referencia el año de terminación del proyecto o el año facturado o el año de ejecución, de acuerdo con la tasa de cambio estadística publicada por el Banco de la República u organismo oficial del país de origen correspondiente al último día de ese año, luego se realizará su conversión a pesos colombianos, de conformidad con lo indicado en la viñeta anterior.

A.1.2. FACTOR DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL - ESTADO DE RESULTADOS AUDITADO

El interesado en celebrar contratos de obra con Entidades Estatales debe presentar el estado de resultados auditado que contenga el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años suscrito por el proponente persona natural o su representante legal, el contador público que los elaboró y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador independiente si no está obligado a tener revisor fiscal. Este documento deberá estar acompañado del dictamen emitido por el auditor o contador o revisor fiscal. Lo anterior de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 222 de 1995.

Si el proponente o integrantes de proponentes plurales con domicilio o sucursal en Colombia aportan los Estados de Resultados emitidos con base en la normatividad del país de origen, acompañados de la conversión a pesos colombianos, se tomará la información allí contenida. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en el pliego de condiciones.

A.1.3. FACTOR DE EXPERIENCIA

El proponente o integrante del proponente plural deberá presentar el Formato - Certificación acredita experiencia para K, suscrito por el representante legal y revisor fiscal o contador del proponente. La verificación del factor de experiencia se realizará con base en la información contenida en el RUP, para

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los contratos inscritos en el segmento 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento” del clasificador de Bienes y servicios.

A.1.4. FACTOR DE CAPACIDAD FINANCIERA

El Factor de Capacidad Financiera se determinará con base en el ÍNDICE DE LIQUIDEZ del proponente o de cada uno de los integrantes del proponente plural, contenido en el RUP.

A.1.5. DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN APORTAR LOS PROPONENTES O INTEGRANTES DE PROPONENTES PLURALES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL O DOMICILIO EN COLOMBIA PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL

Para el caso de los oferentes que de acuerdo con las excepciones legales no están obligados a inscribirse en el Registro Único de Proponentes, las entidades contratantes estatales determinarán la forma de verificación para los requisitos habilitantes. Por lo anterior el proponente deberá aportar la siguiente información.

A.1.6.1. INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS DE OBRA CON ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL (Formato - Saldo contratos calculo K):

Todos los proponentes, sea proponente singular o todos los integrantes de los proponentes plurales, persona natural extranjera sin domicilio y la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberán presentar el CERTIFICACIÓN SOBRE CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL INCLUYENDO LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN Y LOS CONTRATOS DE OBRA SUSCRITOS CON CONCESIONARIOS, PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL (Formato - Saldo contratos calculo K), suscrito por su representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el representante legal y su contador o por el representante legal y su auditor independiente, si no está obligado a tener revisor fiscal, el cual deberá relacionar todos los contratos de obras civiles en ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, a la fecha de cierre del presente proceso de contratación con entidades públicas o privadas.

En el evento de presentar los valores de los contratos en moneda extranjera para efectos de calcular la Capacidad Residual, estos serán objeto de conversión a pesos colombianos de acuerdo con los parámetros establecidos en este pliego de condiciones.

En el caso de que el proponente singular o los integrantes del proponente plural que a la fecha de cierre del proceso no tengan contratos de obra, deberán manifestar EXPRESAMENTE tal situación.

A.1.6.2. FACTOR CAPACIDAD - ESTADO DE RESULTADOS AUDITADO O SU EQUIVALENTE:

El interesado en celebrar contratos de obra con Entidades Estatales debe aportar el estado de resultados o su equivalente de acuerdo a la normatividad del país de origen, debidamente

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auditado que contenga el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años acorde con la normatividad vigente y en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y además en pesos colombianos.

Los proponentes extranjeros que de acuerdo con las normas aplicables aprueben sus estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre de 2020, pueden presentar sus estados financieros a 31 de diciembre de 2020 suscritos por el representante legal junto con un pre- informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros.

A.1.6.3. FACTOR DE EXPERIENCIA

El proponente o integrante del proponente plural deberá presentar el Formato - Certificación acredita experiencia para K, suscrito por el representante legal y revisor fiscal o contador del proponente. El proponente o integrante. Al igual debe aportar copia de los contratos ejecutados o certificaciones de terceros que hubieran recibido los servicios de construcción de obras civiles con terceros, bien sea públicos o privados.

Nota: Se debe tener en cuenta que los documentos otorgados en el exterior deben cumplir con el procedimiento para apostillar y/o legalizar los documentos.

A.1.6.5. FACTOR DE CAPACIDAD FINANCIERA – ÍNDICE DE LIQUIDEZ

El índice de liquidez del proponente o de cada uno de los integrantes del proponente plural se verificará con base en la información contenida en el Formato - CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL.

17.1.2.2 DOCUMENTOS FINANCIEROS

La verificación de la capacidad financiera y organizacional se llevará a cabo por la Entidad de la información que refleje el RUP actualizado, vigente y en firme para el año 2021, con información financiera con corte a 31 de diciembre de 2020, con fecha de expedición máxima de (30) días calendario, anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de licitación.

Todos los proponentes, sea proponente singular o todos los integrantes del proponente plural, persona natural extranjera sin domicilio y la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberán diligenciar el Formato – CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL, el cual deberá estar soportado en el último balance de acuerdo con el cierre fiscal en el país de origen o en el balance de apertura si son sociedades nuevas, para lo cual aportarán certificación de un contador público con inscripción profesional vigente ante la Junta Central de Contadores de Colombia en la que certifique la fecha del cierre en el país de origen y avale dicha información, acompañada de fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes

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disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del presente proceso y no deberá tener sanciones durante el periodo certificado.

Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, el Formato – CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL deberá presentarse firmado por el Representante Legal y contador público con inscripción profesional vigente ante la Junta Central de Contadores de Colombia, acompañado de traducción simple al idioma español, con los valores expresados en la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio representativa del mercado de la fecha de corte de la información financiera, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil y con el artículo 480 del Código de Comercio.

En el caso de las Uniones Temporales y los Consorcios, los indicadores se calcularán con base en la suma aritmética de las partidas contables de cada uno de los integrantes.

En caso de no cumplir con la Capacidad financiera y/u organizacional, la propuesta se considerará NO CUMPLE.

Nota 1: En caso de consorcios o uniones temporales, se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.

Nota 2: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2020, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportado en el Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio.

17.1.2.3 INDICADORES FINANCIEROS

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015 y para medir la fortaleza

financiera los interesados en presentar oferta en el presente proceso de selección deberán acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros que se describen a continuación.

Criterios de Indicadores Financieros

INDICADOR CRITERIO

a. INDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual a 1 b. INDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual al 70%

c. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERES Mayor o igual a 1

d. CAPITAL DE TRABAJO Mayor o igual al 30% del

Presupuesto Oficial

En caso de no cumplir con la Capacidad financiera, la propuesta se considerará NO CUMPLE

a) INDICE DE LIQUIDEZ

Con base en el análisis del sector realizado por la entidad y de conformidad con lo establecido en la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02), los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de liquidez, así:

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Todos los aspectos fueron alimentados de acuerdo con la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02)

Proponente Singular - Personas Jurídicas

Activo corriente/ pasivo corriente: el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. Conforme a lo anterior, el proponente deberá acreditar su Índice de Liquidez sea mayor o igual a 1,00.

El Oferente que no tiene pasivos corrientes CUMPLE con respecto del índice de liquidez.

Consorcios y Uniones Temporales

Para el caso de los Consorcios o las Uniones Temporales la verificación del Índice de Liquidez se realizará así:

Se tomará el método de ponderación de los componentes de los indicadores, en este método cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural (Consorcio o Unión temporal).

Donde n es el número de integrantes del oferente plural (Unión Temporal o Consorcio). Esta opción incentiva que el integrante del Proponente plural con los mejores indicadores tenga una mayor participación en dicho proponente plural.

El resultado de esta medición deberá ser mayor o igual a 1.

El Oferente que no tiene pasivos corrientes CUMPLE con respecto del índice de liquidez.

b) ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO

Con base en el análisis del sector realizado por la entidad y de conformidad con lo establecido en la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02), los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de endeudamiento, así:

Proponente Singular – Personas Jurídicas

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Pasivo Total / Activo Total: el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos.

Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato que se pretende suscribir, forma de pago, plazo y condiciones, el proponente deberá tener un índice de endeudamiento menor o igual al 70%

Consorcios y Uniones Temporales

Para el caso de los Consorcios o las Uniones Temporales la verificación del Índice de Endeudamiento se realizará así:

Se tomará el método de ponderación de los componentes de los indicadores, en este método cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural (Consorcio o Unión temporal).

Donde n es el número de integrantes del oferente plural (Unión Temporal o Consorcio). Esta opción incentiva que el integrante del Proponente plural con los mejores indicadores tenga una mayor participación en dicho proponente plural.

El resultado de esta medición de endeudamiento deberá ser menor o igual al 70%

c) RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES

Con base en el análisis del sector realizado por la entidad y de conformidad con lo establecido en la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02), los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de razón de cobertura de intereses, así:

Proponente Singular Personas Jurídicas

Utilidad Operacional / Gastos de Intereses: el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.

El proponente deberá acreditar una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1.

El Oferente que no tiene gastos de intereses CUMPLE respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0).

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Consorcios y Uniones Temporales

Para el caso de los Consorcios o las Uniones Temporales la verificación de la Razón de cobertura de intereses se realizará así:

Se tomará el método de ponderación de los componentes de los indicadores, en este método cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural (Consorcio o Unión temporal).

Donde n es el número de integrantes del oferente plural (Unión Temporal o Consorcio). Esta opción incentiva que el integrante del Proponente plural con los mejores indicadores tenga una mayor participación en dicho proponente plural.

El resultado de la razón de cobertura de intereses deberá ser mayor o igual a 1.

El Oferente que no tiene gastos de intereses CUMPLE respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0).

d) CAPITAL DE TRABAJO

Con base en el análisis del sector realizado por la entidad y de conformidad con lo establecido en la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02), los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección, deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de Capital de Trabajo, así:

Donde:

FORMULA GENERAL: CT = AC - PC ≥ CTd CT = Capital de trabajo AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente CTd = Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta.

El capital de trabajo (CT) del oferente deberá ser mayor o igual al capital de trabajo demandado (CTd):

CT ≥ CTd

El Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta (CTd) se calcula así:

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Presupuesto oficial Fórmula

≤$10.000.000.000 CTd = 10% x (PO)

Entre $10.000.000.001 y $20.000.000.000

CTd = 20 %x (PO)

≥$20.000.000.001 CTd = 30% x (PO)

PRESUPUESTO OFICIAL

CAPITAL DE TRABAJO

DEMANDADO

$27.910.648.031,00 $ 8.373.194.409,3

Donde:

CTd = Capital de Trabajo demandado del proceso al cual presenta propuesta PO = Presupuesto oficial del Proceso al cual presenta propuesta.

Si el Proponente es plural el indicador debe calcularse así: n

CTProponente plural = ∑ CTi

i=1

Donde 𝑛 es el número de integrantes del Proponente Plural (unión temporal o consorcio).

Proponente Singular Personas Jurídicas

Activo Corriente – Pasivo Corriente: Representa la liquidez operativa del Proponente, es decir remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar la liquidez en términos absolutos.

El proponente deberá acreditar un Capital De Trabajo del 30% del presupuesto oficial.

➢ Formato Cupo de crédito específico:

En caso de que el proponente o alguno de los integrantes de un proponente plural no cuente con el Capital de Trabajo exigido, podrá presentar una Certificación de Aprobación de Cupo de Crédito específico que complete el capital de trabajo faltante, para lo cual debe diligenciar el Formato Cupo de Crédito. En todo caso, ningún proponente, ni integrante de figura plural, podrá tener un Capital de Trabajo negativo.

El cupo de crédito debe cumplir con las siguientes condiciones mínimas:

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i) Debe estar suscrito por un representante legal de una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera, o en caso de tratarse de una entidad financiera extranjera, debe estar registrada ante el Banco de la República para realizar operaciones de crédito en Colombia. ii) La vigencia del cupo de crédito debe ser, cuando menos, hasta la finalización del plazo proyectado de ejecución del contrato más seis meses, es decir no inferior a 31 de enero del año 2024. iii) Solo se acepta un (1) cupo de crédito por cada integrante de proponente plural o máximo dos (2) por proponente individual. iv) La fecha de expedición no puede ser mayor a sesenta (60) días calendario antes de la fecha de cierre inicial del proceso de selección. v) No se aceptará la presentación de cupos de sobregiro, ni tarjeta de crédito, ni CDT, ni créditos rotativos, ni cuentas de ahorro, ni bonos, ni títulos valores, ni documentos representativos de valores. vi) En el evento de presentar el cupo de crédito en moneda extranjera, esta será objeto de conversión a pesos colombianos con el valor de la TRM vigente a la fecha inicial de cierre del presente proceso de selección. vii) No serán aceptables certificaciones de intención, ni pre-aprobaciones, ni cartas sujetas a condiciones suspensivas o resolutorias para su aprobación. viii) La(s) certificación(es) deberá(n) estar acompañada(s) de un documento donde se demuestre que la persona que suscribe la certificación dirigida a la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, es representante legal de la entidad financiera, que para las entidades colombianas será el certificado emitido por la Superintendencia Financiera, para el caso de bancos extranjeros su equivalente de acuerdo con la legislación del país de origen.

17.1.2.4 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y para medir el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado, quienes aspiren a presentar oferta en el presente proceso de selección, deberán acreditar el cumplimiento de los indicadores que se describen a continuación.

a) Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional/ patrimonio. b) Rentabilidad del activo: utilidad operacional /activo total.

Criterios de Indicador de capacidad Organizacional

INDICADOR DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL CRITERIO

a. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO Mayor o igual al 0,0

b. RENTABILIDAD DEL ACTIVO Mayor o igual al 0,0

Proponente Singular – Personas Jurídicas

Con base en el análisis del sector realizado por la entidad y de conformidad lo establecido en la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02), los, los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de ROE, así:

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Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio = superior o igual al 0,0

Todos los indicadores exigidos para verificar la capacidad organizacional deben ser cumplidos sin excepción por todos los proponentes so pena de rechazo.

Consorcios y Uniones Temporales

Para determinar la capacidad organizacional del proponente plural se tomará el método de ponderación de los componentes de los indicadores, en este método cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural (Consorcio o Unión temporal).

Donde n es el número de integrantes del oferente plural (Unión Temporal o Consorcio). Esta opción incentiva que el integrante del Proponente plural con los mejores indicadores tenga una mayor participación en dicho proponente plural.

El resultado debe ser igual o superior a 0,0 en el caso de la Rentabilidad sobre Patrimonio y de 0,0 en el caso de la rentabilidad sobre Activo.

Para el caso de consorcios o uniones temporales: cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente certificado de Registro Único de Proponentes para cumplir con las condiciones antes señaladas.

NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea NO HABILITADA.

17.1.3 CONDICIONES DE EXPERIENCIA (CUMPLE / NO CUMPLE)

La experiencia habilitante del proponente no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con lo requerido por la Entidad y para ello se verificará lo siguiente:

El proponente deberá acreditar experiencia entre uno (1) a seis (6) contratos ejecutados con anterioridad a la

fecha de cierre del presente proceso, que hayan sido suscritos con entidades públicas o privadas, que registren

las siguientes características:

Los contratos a acreditar deben estar inscritos en el RUP en el siguiente código del Clasificador de Bienes y

Servicios:

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Clase Nombre

72141500 Servicios de demolición

81101514 Ingeniería Geotécnica o

Geosísmica

95121700 Edificaciones y Estructuras

Públicas

Para el presente proceso de selección, la entidad requiere además verificar que las actividades ejecutadas en los

contratos a acreditar por el proponente para el presente proceso correspondan a:

• OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PROYECTOS DE ESPACIO PÚBLICO, y/o

• OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PREDIOS.

Nota 1: La experiencia que se pretende acreditar debe haber sido ejecutada dentro del perímetro urbano.

Nota 2: Se aceptará la experiencia de las actividades de demolición relacionadas en los contratos de obra para

proyectos de espacio público y aquellos contratos que sus actividades no sean exclusivas en Demolición de

Predios. Para los casos señalados previamente, se validará el porcentaje correspondiente a la actividad de

demolición del valor total del contrato acreditado en el RUP, siempre y cuando se encuentren incluidas y

certificadas las actividades de DEMOLICIÓN. El valor de los contratos a acreditar será tenido en cuenta de la

siguiente manera:

Número de contratos con los

cuales el Proponente cumple

la experiencia acreditada

Valor mínimo a certificar

(como % del Presupuesto Oficial del

proceso expresado en SMMLV)

De 1 hasta 2 50%

De 3 hasta 4 70%

De 5 hasta 6 90%

La verificación se hará con base en la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA) en SMMLV de los

contratos que cumplan con los requisitos establecidos por la Entidad.

El proponente cumple el requisito de experiencia si la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA)

de los contratos expresados en SMMLV es mayor o igual al valor mínimo a certificar establecido en la tabla

anterior.

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En caso de que el número de contratos con los cuales el proponente acredita la experiencia no satisfaga el

porcentaje mínimo a certificar establecido en la tabla anterior, se calificará la propuesta como no hábil y el

proponente podrá subsanarla en los términos establecidos en los pliegos de condiciones

17.1.3.1 Acreditación de la experiencia del proponente

(i) Proponentes con domicilio en Colombia obligados a estar inscritos en el RUP a. RUP b. Formato – Experiencia proponentes con domicilio en Colombia obligados a estar inscritos en el RUP c. Documentos válidos señalados en el numeral 17.1.3.5 Documentos válidos para la acreditación de la

experiencia requerida, para la información no contenida en el RUP.

Ahora bien, para los proponentes que estén obligados a estar inscritos en el RUP solo serán tenidos en cuenta para la acreditación de la experiencia los contratos inscritos en dicho registro.

(ii) Oferentes Extranjeros Sin Domicilio En Colombia a. Formato – Experiencia proponentes extranjeros sin domicilio en Colombia b. Documentos válidos señalados en el numeral 17.1.3.5 Documentos válidos para la acreditación de la

experiencia requerida.

El proponente solo puede acreditar la experiencia que ha obtenido y no la experiencia de su matriz, subsidiarias

o integrantes del mismo grupo empresarial

17.1.3.2 Características de los contratos presentados para acreditar la experiencia del proponente

Los contratos a relacionar para acreditar la experiencia del proponente deberán estar diligenciados en el Formato

de Experiencia con el número consecutivo del contrato en el RUP. Los proponentes plurales deben indicar qué

integrante aporta cada uno de los contratos señalados en el Formato de Experiencia. En caso de proponente

plural deberá presentarlo el Proponente Plural. El hecho de que el proponente no aporte el “Formato -

Experiencia” en ningún caso será motivo para rechazar la oferta. La subsanación de este requisito podrá

realizarse en los términos establecidos en la normatividad vigente y en los pliegos de condiciones respecto a las

reglas de subsanabilidad. Mientras esté pendiente la subsanación del requisito, y en caso de que este no se

subsane, la entidad tendrá en cuenta para la evaluación los seis (6) contratos aportados de mayor valor o en caso

de haber aportado menos de seis (6), se tendrán en cuenta aquellos aportados.

Los contratos para acreditar la experiencia exigida deberán cumplir las siguientes características:

A. El proponente podrá acreditar la experiencia con mínimo uno (1) y máximo seis (6) contratos, los cuales serán

evaluados teniendo en cuenta la tabla establecida en el numeral 17.1.3 CONDICIONES DE EXPERIENCIA, en la

tabla de relación de los contratos frente al presupuesto oficial.

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B. Los contratos acreditados deben haber terminado antes de la fecha de cierre del presente proceso de

contratación

C. La entidad tendrá en cuenta la experiencia individual de los accionistas, socios o constituyentes de las

sociedades con menos de tres (3) años de constituidas.

D. La experiencia a la que se refiere este numeral deberá acreditarse mediante los documentos establecidos en

el pliego de condiciones señalados en el numeral 17.1.3.5 Documentos válidos para la acreditación de la

experiencia requerida.

17.1.3.3 Consideraciones para la validez de la experiencia del proponente

La Entidad tendrá en cuenta los siguientes aspectos para analizar la experiencia acreditada y que la misma sea

válida como experiencia del proponente:

A. Si el proponente relaciona o anexa más de seis (6) contratos en el Formato - Experiencia, para efectos de

verificación de la experiencia se tendrán en cuenta cómo máximo los seis (6) contratos aportados de mayor

valor.

B. El proponente solo puede acreditar la experiencia que ha obtenido y no la experiencia de su matriz,

subsidiarias o integrantes del mismo grupo empresarial.

C. Tratándose de proponentes plurales se tendrá en cuenta lo siguiente: i) uno de los integrantes debe aportar

como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de la experiencia exigida; ii) los demás integrantes deben

acreditar al menos el cinco por ciento (5%) de la experiencia requerida; y iii) sin perjuicio de lo anterior, solo

uno de los integrantes, si así lo considera pertinente, podrá no acreditar experiencia. En este último caso, el

porcentaje de participación del integrante que no aporta experiencia en la estructura plural no podrá superar

el cinco por ciento (5%).

D. Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia haya sido ejecutado en consorcio o unión

temporal, el porcentaje de participación del integrante será el registrado en el RUP de este o en alguno de

los documentos válidos para la acreditación de experiencia en caso de que el integrante no esté obligado a

tener RUP.

E. Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia haya sido ejecutado en consorcio o unión

Temporal, el valor a considerar será el registrado en el RUP o en los documentos válidos para la acreditación

de la experiencia requerda, en caso de que el integrante no esté obligado a tener RUP. En estos casos la

experiencia se multiplicará por el porcentaje de participación que tuvo el integrante o los integrantes.

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F. Por su parte, si el contrato fue ejecutado como unión temporal la acreditación de la experiencia se afectará

de acuerdo con la distribución de actividades y lo materialmente ejecutado, para lo cual se deberá allegar el

documento de conformación de proponente plural que discrimine el valor de las actividades a cargo de cada

uno de los integrantes o que de los documentos aportados para acreditar la experiencia se pueda determinar

qué valor ejecutó cada uno de los integrantes. En caso de que lo anterior no se logre determinar, la

evaluación se realizará de conformidad con lo señalado en el párrafo precedente, respecto a los consorcios.

G. Cuando el contrato que se aporte para la experiencia haya sido ejecutado por un consorcio o unión temporal,

y dos (2) o más de sus integrantes conformen un proponente plural para participar en el presente proceso,

dicho contrato se entenderá aportado como un (1) solo contrato y se tendrá en cuenta para el aporte de la

experiencia la sumatoria de los porcentajes de los integrantes del consorcio o unión temporal que ejecutaron

el contrato y que están participando en el presente proceso, siempre y cuando en el formato de experiencia

que corresponda se indique qué integrantes y porcentajes de participación se ofrecen como experiencia.

17.1.3.4 Acreditación de la experiencia requerida

Los proponentes acreditarán para cada uno de los contratos aportados la siguiente información mediante alguno

de los documentos señalados en el numeral 17.1.3.5. del presente estudio previo:

A. Contratante

B. Objeto del contrato

C. Principales actividades ejecutadas

D. La fecha de iniciación de la ejecución del contrato: esta fecha es diferente a la de suscripción del contrato,

salvo que de los documentos del numeral 17.1.3.5 Documentos válidos para la acreditación de la experiencia

requerida, de forma expresa así lo determine.

E. Si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia fecha (mes,

año) de suscripción y/o inicio del contrato: se tendrá en cuenta el último día del mes que se encuentre

señalado en la certificación.

F. La fecha de terminación de la ejecución del contrato: Esta fecha de terminación es la fecha de entrega y/o

recibo final de obra, no es la fecha de la liquidación, salvo que de los documentos del numeral 17.1.3.5

Documentos válidos para la acreditación de la experiencia requerida, de forma expresa así lo determine.

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Si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia fecha (mes,

año) de terminación del contrato: se tendrá en cuenta el primer día del mes que se encuentre señalado en

la certificación.

G. Nombre y cargo de la persona competente que expide el documento.

H. El porcentaje de participación del integrante del contratista plural, el cual corresponderá con el registrado

en el RUP, o en alguno de los documentos válidos para la acreditación de experiencia en caso de que el

integrante no esté obligado a tener RUP.

I. Valor total ejecutado. Tratándose de personas obligadas a tener RUP el valor ejecutado o facturado se tomará del valor registrado en el RUP.

17.1.3.5 Documentos válidos para la acreditación de la experiencia requerida

En aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera verificar información adicional

a la contenida en el RUP, o tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en

Colombia el proponente podrá aportar uno o algunos de los documentos que se establecen a continuación, para

que la entidad realice la verificación en forma directa. Los mismos deberán estar debidamente diligenciados y

suscritos por quienes intervinieron en la elaboración del documento. En caso de existir discrepancias entre dos

(2) o más documentos aportados por el proponente para la acreditación de experiencia, se tendrá en cuenta el

orden de prevalencia establecido a continuación:

A. Acta de liquidación y/o recibo final del contrato de demoliciones.

B. Acta de entrega y/o, recibo final en las cuales se puedan verificar las actividades ejecutadas y el alcance de

las mismas, así como la participación del proponente.

C. Certificación de experiencia. Expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato en la que

conste el recibo a satisfacción de la obra contratada debidamente suscrita por quien esté en capacidad u

obligación de hacerlo en la entidad contratante.

D. Acta de inicio o la orden de inicio. La misma sólo será válida para efectos de acreditar la fecha de inicio.

E. Para los contratos que hayan sido objeto de cesión, el contrato deberá encontrarse debidamente inscrito y

clasificado en el RUP o en uno o alguno de los documentos considerados como válidos para la acreditación

de experiencia de la empresa cesionaria, según aplique. La experiencia se admitirá para el cesionario y no se

reconocerá experiencia alguna al cedente.

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Para efectos de acreditación de experiencia entre particulares, el proponente deberá aportar adicionalmente

alguno de los documentos que se describen a continuación:

A. Certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato emitida por

el revisor fiscal o contador público del proponente que acredita la experiencia, según corresponda con la

copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta

Central de Contadores, o los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el

documento del profesional.

17.1.3.6 Para subcontratos

Para la acreditación de experiencia de subcontratos, cuyo contrato principal fue suscrito con particulares, se

aplicarán las disposiciones establecidas en el numeral anterior.

Para la acreditación de experiencia de los contratos derivados de contratos suscritos con entidades estatales el

proponente deberá aportar los documentos que se describen a continuación:

A. Certificación del subcontrato. Certificación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del

subcontrato, la cual debe estar suscrita por el representante legal del subcontratante. Así mismo, debe

contener la información requerida en el numeral 17.1.3.4 Acreditación de la experiencia requerida del

presente estudio, para efectos de acreditación de la experiencia.

B. Certificación expedida por la entidad estatal del contrato principal del cual se derivó el subcontrato.

Dicha certificación debe contener la información requerida para acreditar experiencia y la siguiente:

I. Alcance de las obras ejecutadas en el contrato, en las que se pueda evidenciar las obras subcontratadas

que pretendan ser acreditadas para efectos de validación de experiencia, en el presente proceso de

selección.

II. Autorización de la entidad estatal a cargo de la infraestructura por medio de la cual se autoriza el

subcontrato. En caso de que no requiera autorización, el Proponente podrá aportar con su propuesta

alguno de los siguientes documentos que den cuenta de esa circunstancia: (i) copia del contrato o (ii)

certificación emitida por la entidad concedente, donde acredite que para subcontratar no se requería

autorización.

Para los subcontratos, las actividades subcontratadas solo serán válidas para el subcontratista cuando el

contratista principal y el subcontratista se presenten de manera separada al proceso de contratación; es decir,

dichas actividades no serán tenidas en cuenta para efectos de acreditación de experiencia del contratista

principal.

En todo caso, la experiencia será válida para quien efectivamente haya ejecutado las actividades exigidas.

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Los proponentes deberán advertir a la entidad cuando en otros procesos, el contratista original haya certificado

que, dentro de su contrato, se llevó a cabo la subcontratación, por cuanto tales actividades no serán tenidas en

cuenta para efectos de acreditación de experiencia del contratista original. Para tal fin, deberán informar a la

entidad, mediante comunicación escrita, indicando el proceso en el cual el contratista certificó la respectiva

subcontratación.

La obligación de informar las situaciones de subcontratación estará en cabeza de los proponentes y de ninguna

manera dicha obligación será de la entidad. En aquellos casos en los que el proponente no advierta tal situación,

la entidad no tendrá responsabilidad alguna por cuanto no fue advertida. En ese caso, el contrato se contabilizará

como un todo y no se tendrá en cuenta lo relacionado con la subcontratación.

17.1.4 CONDICIONES TECNICAS - EQUIPOS (CUMPLE / NO CUMPLE)

El proponente deberá diligenciar el formato EQUIPOS A OFERTAR, los cuales deben estar dentro del rango de 0 a 20 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, indicando: cantidad, descripción, marca, modelo y serie, capacidad, y fecha en que el equipo estará completamente disponible para ser trasladado al proyecto, propietario, y condiciones de mantenimiento. En todo caso, el proponente deberá indicar que oferta los equipos mínimos solicitados para habilitarlo en el presente proceso, de conformidad con la siguiente tabla:

17.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

De conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.2.2., del Decreto 1082 de 2015 la Entidad escogerá la oferta más favorable teniendo en cuenta la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntales o fórmulas.

En caso de que se presente una sola propuesta y esta cumpla con todos los requerimientos del pliego de condiciones, el contrato será adjudicado al único proponente.

Los Proponentes que obtengan en cada uno de los requisitos habilitantes establecidos en las normas legales pertinentes, y en el pliego de condiciones el criterio de HÁBIL, serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje, de conformidad con los criterios de selección y adjudicación que se establecen a continuación, los cuales determinarán el ORDEN DE ELEGIBILIDAD de las PROPUESTAS:

Asignar al proyecto la maquinaria y/o el equipo que se lista a continuación, con modelos que estén dentro de los 0 – 20 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta: 1. DIEZ (10) RETROEXCAVADORAS CON MARTILLO Y LINEA HUMEDA – 12 TONELADAS DE PESO OPERACIONAL 2. TRES (3) RETROEXCAVADORAS CON BALDE – 7 TONELADAS DE PESO OPERACIONAL 3. TREINTA (30) VOLQUETAS DE 14 METROS CUBICOS DE CAPACIDAD

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Tabla 23. Criterios para Evaluación de Ofertas

CRITERIO PUNTAJE

1. PROPUESTA ECONÓMICA 750 PUNTOS 2. FACTOR DE CALIDAD 140 PUNTOS

3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 PUNTOS

4. VINCULACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 10 PUNTOS

PUNTAJE TOTAL 1000 PUNTOS

La evaluación se realizará de conformidad con las siguientes reglas:

l. PROPUESTA ECONÓMICA (750 PUNTOS)

Para la presentación de la propuesta económica el proponente deberá diligenciar correctamente el formato de Oferta Económica y anexarlo en el Sobre No. 2 del Secop II. Deberá registrar en el cuestionario del SECOP II Sobre 2- Económico, la cifra ofertada en el formato de Oferta Económica: (COSTO ESTIMADO DE OBRAS LICITACIÓN (A + B + C)).

Para calificar este factor se tendrá en cuenta el valor total indicado en el formato de Oferta Económica o el obtenido de la corrección aritmética. La propuesta económica deberá ser allegada en el Sobre No. 2.

El valor de la propuesta económica debe presentarse en pesos colombianos y contemplar todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de la obra del presente proceso, los riesgos y la administración de estos.

Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades.

Los estimativos técnicos que hagan los proponentes para la presentación de sus ofertas deben tener en cuenta que la ejecución del contrato se regirá íntegramente por lo previsto en los documentos del proceso y que en sus cálculos económicos deben incluir todos los aspectos y requerimientos necesarios para cumplir con todas las obligaciones contractuales y asumir los riesgos previstos en dichos documentos.

El desglose de los Análisis de Precios Unitarios publicados por la entidad es únicamente de referencia, constituye una guía para la preparación de la oferta. Si existe alguna duda o interrogante sobre la presentación de estos Análisis de Precios Unitarios y el precio de estudios publicados por la entidad, es deber del Proponente hacerlos conocer dentro del plazo establecido en el ANEXO TÉCNICO para la presentación de observaciones al proyecto de pliego de condiciones para que la Entidad los pueda estudiar.

La Oferta Económica corresponderá al valor total diligenciado correctamente en el formato de Oferta Económica (COSTO ESTIMADO DE OBRAS LICITACIÓN (A + B + C)).

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Los valores por los componentes de manejo ambiental, sst y bioseguridad, plan de gestión social, plan de manejo de tránsito – PMT, su A.I.U. y valor de ajustes por cambio de vigencia, son valores fijos, por tanto, deberán corresponder a los valores del presupuesto de cada uno de estos componentes establecidos por la EMB.

A. AIU

El Proponente debe calcular un AIU que contenga todos los costos en los que incurre la organización del constructor para poder desarrollar la administración, los imprevistos y la utilidad o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución del contrato.

El valor del AIU debe expresarse en un porcentaje (%) y debe consignarlo y discriminarlo en la propuesta económica.

Cuando el proponente exprese el AIU en porcentaje (%) y en pesos, prevalece el valor expresado en porcentaje (%).

El porcentaje del A.I.U. que presenten los Proponentes no debe ser superior al porcentaje total del A.I.U establecido en el Formulario – Formulario de Presupuesto Oficial. En consecuencia, el Proponente puede configurar libremente el porcentaje individual de la A, de la I y de la U, siempre que la sumatoria de ellos no exceda el porcentaje total definido por la Entidad en el Formulario – Formulario de Presupuesto Oficial.

Los componentes internos de la administración (A) deberán ser presentados por el adjudicatario del presente proceso de contratación en la oportunidad establecida de acuerdo al ANEXO TÉCNICO Y ANEXO PERSONAL Y EQUIPO REQUERIDOS.

B. CORRECCIONES ARITMÉTICAS

La entidad solo efectuará correcciones aritméticas originadas por:

I. Todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en la propuesta económica, cuando exista un error

que surja de un cálculo meramente aritmético cuando la operación ha sido erróneamente realizada.

II. El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a punto cinco (0.5) se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a punto cinco (0.5) se aproximará por defecto al número entero.

La entidad a partir del valor total corregido de las propuestas asignará el puntaje de conformidad con el presente documento en el literal D del numeral l. PROPUESTA ECONÓMICA.

En caso de existir diferencia entre el formato de Excel de Oferta Económica y el valor que se registra en la plataforma del SECOP, la Entidad procederá a corregir el valor señalado en la plataforma en caso de que dicho oferente resulte adjudicatario del contrato.

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C. DETERMINACIÓN DEL MÉTODO PARA LA PONDERACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La entidad seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con las siguientes alternativas:

NÚMERO ALTERNATIVA DE EVALUACIÓN

1 MEDIANA CON VALOR ABSOLUTO

2 MEDIA GEOMÉTRICA

3 MEDIA ARITMÉTICA BAJA

4 MENOR VALOR

Para determinar el método de ponderación, la entidad tomará los centavos de la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM), certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia (en su sitio web: https://www.superfinanciera.gov.co/publicacion/60819)

El día de la audiencia efectiva de adjudicación, la entidad iniciará respondiendo y resolviendo las observaciones presentadas al informe de evaluación, de conformidad con la Audiencia de Adjudicación. Acto seguido, la entidad iniciará la apertura de los sobres de las ofertas económicas y definirá el método de ponderación de las propuestas de acuerdo con la TRM que rija al día hábil siguiente; sin embargo, la entidad debe finalizar la apertura de los sobres económicos hasta antes de las 3:00 pm. De conformidad con lo anterior, la entidad no podrá abrir los sobres económicos teniendo conocimiento de la TRM que regirá al día hábil siguiente. En este sentido, atendiendo a las circunstancias anteriores y las particularidades de cada caso, la entidad podrá optar por suspender la audiencia y reiniciarla cuando lo considere conveniente, de manera que inicie y finalice la apertura de los sobres antes de las 3:00 pm del día respectivo.

En el evento que la entidad deba suspender la audiencia por cualquier motivo, se tendrá como método de ponderación el que rija el día hábil siguiente del día en que efectivamente realice la apertura del segundo sobre.

En cualquiera de los supuestos señalados, la entidad debe iniciar y agotar la apertura de los sobres económicos y la definición del método de ponderación en un mismo día hasta antes de las 3:00 pm. Igualmente, el método definido el día de la apertura del sobre económico seguirá rigiendo aun cuando la entidad deba suspender la audiencia.

Para mayor claridad y, de acuerdo con lo indicado, la TRM que la entidad utilizará para determinar el método de ponderación será la que rija el día hábil siguiente del día en que efectivamente sea la apertura del segundo sobre. Esto es, la que la Superintendencia Financiera publique en horas de la tarde el día de la apertura del segundo sobre. Por ejemplo, si la audiencia de adjudicación se realiza el 10 de junio de 2021 y ese mismo día se abre el segundo sobre, la TRM que se usará para determinar el método de evaluación será la del 11 de junio de 2021, que se publica en la tarde del 10 de junio de 2021.

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El método de ponderación se determinará de acuerdo con los rangos del siguiente cuadro:

RANGO (INCLUSIVE)

NÚMERO ALTERNATIVA DE EVALUACIÓN

DE 0,00 A 0,24 1 MEDIANA CON VALOR ABSOLUTO

DE 0,25 A 0,49 2 MEDIA GEOMÉTRICA

DE 0,50 A 0,74 3 MEDIA ARITMÉTICA BAJA

DE 0,75 A 0,99 4

MENOR VALOR

En todos los casos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje y las fórmulas se aplicarán con las propuestas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas.

Las propuestas que al aplicar las fórmulas obtengan puntajes negativos obtienen cero (0) puntos en la oferta económica.

ASIGNACIÓN DE PUNTAJE

Alternativa 1 (Mediana con valor absoluto):

La entidad calculará el valor de la mediana con los valores de las propuestas hábiles. En esta alternativa se entenderá por mediana de un grupo de valores el resultado del cálculo que se obtiene mediante la aplicación del siguiente proceso: la Entidad ordena los valores de las propuestas hábiles de manera descendente. Si el número de valores es impar, la mediana corresponde al valor central, si el número de valores es par, la mediana corresponde al promedio de los dos valores centrales.

Donde:

Vi: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”. m: Es el número total de propuestas económicas válidas recibidas por la EMB. Me: Es la mediana calculada con los valores de los factores de evaluación económicas válidas.

Para el respectivo factor de calificación se asignarán el puntaje así:

- Si el número de valores de las propuestas hábiles es impar, el máximo puntaje será asignado a la propuesta que se encuentre en el valor de la mediana. Para las otras propuestas, se utiliza la siguiente fórmula:

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𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = [{1 − |𝑀𝑒 − 𝑉𝑖

|} ∗ 750] 𝑀𝑒

Donde:

• Me: Es la mediana calculada con los valores de las propuestas económicas válidas. • 𝑉𝑖: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

- Si el número de valores de las propuestas hábiles es par, se asignará el máximo puntaje para el respectivo factor de calificación, al valor de la propuesta que se encuentre inmediatamente por debajo del valor de la mediana. Las otras propuestas obtendrán la puntuación de acuerdo a la siguiente fórmula:

𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = [{1 − |𝑉𝑀𝑒 − 𝑉𝑖

|} ∗ 750] 𝑉𝑀𝑒

Donde:

• 𝑉𝑀𝑒: Es el valor de la propuesta económica válida inmediatamente por debajo de la mediana.

• 𝑉𝑖: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

Alternativa 2 (Media Geométrica):

Para calcular la Media Geométrica se tomará el valor de las propuestas hábiles para el respectivo factor de calificación para asignar el puntaje de conformidad con el siguiente procedimiento:

𝑀𝐺 = 𝑛√𝑉1 ∗ 𝑉2 ∗ 𝑉3 ∗ … ∗ 𝑉𝑛

Donde: • MG: Es la media geométrica de todas las ofertas habilitadas. • V1: Es el valor de una propuesta habilitada. • Vn: Es el valor de la propuesta n habilitada. • n: La cantidad total de propuestas habilitadas.

Para efectos de la asignación de puntaje se tendrá en cuenta lo siguiente: se asignará el máximo puntaje al valor de la propuesta que se encuentre más cerca (por exceso o por defecto) al valor de la media geométrica calculada para el factor correspondiente.

Las demás propuestas recibirán puntaje de acuerdo con la siguiente ecuación:

Donde:

𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = 750 ∗ (1 − ( |𝑀𝐺 − 𝑉𝑖|

𝑀𝐺 ))

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• MG: Es la media geométrica de todas las ofertas habilitadas.

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𝐵

• 𝑉𝑖: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

Nota: Cuando el resultado de la formula anterior sea un número negativo, se asignará 0,0 puntos.

Alternativa 3 (Media Aritmética Baja):

Consiste en determinar el promedio aritmético entre la propuesta válida más baja y el promedio simple de las ofertas hábiles para calificación económica.

�� = (𝑉𝑚𝑖𝑛 + ��)

Donde:

𝐵 2

• 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja.

• ��: Es el promedio aritmético simple de las propuestas económicas válidas.

• 𝑋��: Es la media aritmética baja.

La entidad procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula:

) − 1) ∗ 750ل𝑋�� − 𝑉𝑖

)) 𝑃𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 ��1

I 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =

I 𝗅

����

| ���� − 𝑉𝑖 |

750 ∗ (1 − ( �� )

𝐵

I

) 𝑃𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 ���� I 𝖩

Donde: •

𝑋��: Es la media aritmética baja.

• 𝑉𝑖: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

Alternativa 4. Menor Valor

La entidad otorgará el máximo puntaje a la oferta económica hábil para calificación económica de menor

valor.

Vmin = Mínimo (V1; V2..;...Vm)

Donde:

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Vi: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

m: Es el número total de propuestas económicas válidas recibidas por la entidad estatal.

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La EMB está comprometida con el medio ambiente; no imprima este documento. Si este documento se encuentra impreso se considera “Copia no Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en aplicativo oficial de la Entidad.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Vmin: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja.

La entidad procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde:

Puntaje = (Pmax * Vmin) / Vi

PMAX = Puntaje máximo para el respectivo factor de calificación.

Vmin: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja.

Vi: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.

II. CALIDAD (140 PUNTOS)

A. Disponibilidad de los Equipos por utilizar en las Obras (140 puntos)

Para puntuar en este factor, el proponente deberá responder afirmativamente la casilla del Formato - FACTORES PONDERABLES, en la que se compromete a asignar al proyecto la maquinaria y el equipo mínimo requerido en el presente proceso con modelos que, de acuerdo con las condiciones establecidas en el mencionado formato, se encuentren dentro de los 0 a 20 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, indicando: cantidad, descripción, marca, modelo y serie, capacidad, y fecha en que el equipo estará completamente disponible para ser trasladado al proyecto, propietario, y condiciones de mantenimiento; todo lo anterior buscando que el proponente indique la vida útil operativa de la maquinaria a emplear, pues EMB busca mayor rendimiento, productividad y seguridad en obra, disminuyendo la parálisis de las obras (y los costos extras que esto supone), por equipos dañados o en mantenimiento. En todo caso, si el proponente decide ofrecer, maquinaria y equipo en las condiciones establecidas en el Formato - FACTORES PONDERABLES, se otorgará un máximo de 140 puntos por este concepto de conformidad con la siguiente tabla:

SI

Asignar al proyecto la maquinaria y/o el equipo que se lista a continuación, con modelos que estén dentro de los 0 – 20 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta: 1. DIEZ (10) RETROEXCAVADORAS CON MARTILLO Y LINEA HUMEDA – 12 TONELADAS DE PESO OPERACIONAL 2. TRES (3) RETROEXCAVADORAS CON BALDE – 7 TONELADAS DE PESO OPERACIONAL 3. TREINTA (30) VOLQUETAS 14 METROS CUBICOS DE CAPACIDAD

El proponente podrá ofrecer como mínimo un total de 43 maquinarias y/o equipos. Sin embargo, la EMB seleccionara 43 maquinarias y/o equipos que tengan la menor antigüedad y que calificará de acuerdo con la siguiente tabla, en caso de que el proponente oferte efectivamente la maquinaria y/o equipo solicitado por la EMB, y en consecuencia obtendrá el puntaje diligenciando el Formato de equipo a ofertar.12

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

12 El proponente suscribe el formato de Equipo a proponer para la gravedad de juramento, por lo cual la EMB presume que la información allí consignada coincide con la realidad.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Rango de antigüedad Puntaje Total por rango (Pi)

0 – a menos de 2 años 140

2 – a menos de 4 años 126

4 – a menos de 6 años 112

6 – a menos de 8 años 98

8 – a menos de 10 años 84

10 – a menos de 12 años 70

12 - a menos de 14 años 56

14 - a menos de 16 años 42

16 - a menos de 18 años 28

18 – a menos de 20 años 14

20 años o más 0

El proponente que haya respondido afirmativamente y que haya presentado como mínimo 43 equipos, obtendrá una calificación que se sujetará a la siguiente fórmula:

𝟏𝟎 𝑵𝒊

∑ ∑ 𝑵

∙ 𝑷𝒊

𝟏

En donde: Ni corresponde al número de equipos correspondiente al rango de antigüedad del equipo. Pi corresponde al puntaje asignado a cada rango de antigüedad de equipo.

B. Obras Inconclusas

Las entidades estatales deben consultar y analizar las anotaciones vigentes que reposen en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, de que trata la Ley 2020 de 2020. En el evento que las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, o integrantes de proponentes plurales, cuenten con alguna anotación vigente de obra civil inconclusa, en el mencionado registro, se descontará diez (10) puntos de la sumatoria obtenida en relación con el factor de calidad.

III. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS).

Los proponentes pueden obtener puntaje de apoyo a la industria nacional por: (i) servicios nacionales o con trato nacional o por (ii) la incorporación de servicios colombianos. La entidad en ningún caso otorgará simultáneamente el puntaje por (i) servicio nacional o con trato nacional y por (ii) incorporación de servicios colombianos.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

El objeto contractual es el servicio de obra, por lo cual la entidad no asignará puntaje por bienes nacionales. Los puntajes para estimular a la industria nacional se relacionan en la siguiente tabla:

Concepto Puntaje

Promocion de Servicios Nacionales o con

Trato Nacional 100

Incorporacion de componente nacional en

servicios extranjeros 40

PROMOCIÓN DE SERVICIOS NACIONALES O CON TRATO NACIONAL

La EMB asignará hasta diez (100) puntos a la oferta de: (i) Servicios Nacionales o (ii) con Trato Nacional. Para que el proponente obtenga puntaje por Servicios Nacionales debe presentar:

A. Persona natural colombiana: La cédula de ciudadanía del proponente. B. Persona natural extranjera residente en Colombia: La visa de residencia que le permita la

ejecución del objeto contractual de conformidad con la ley. C. Persona jurídica constituida en Colombia: el Certificado de existencia y representación legal

emitido por las Cámaras de Comercio.

Para que el proponente extranjero obtenga puntaje por trato nacional debe acreditar que los servicios son originarios de los Estados mencionados en la sección de acuerdos comerciales aplicables al presente proceso de contratación, información que se acreditará con los documentos que aporte el proponente extranjero para acreditar su domicilio.

Para asignar el puntaje por Servicios Nacionales o por Trato Nacional el proponente nacional o extranjero con trato nacional no deben presentar el Formato – Puntaje de Industria Nacional. Únicamente deberá presentar los documentos señalados en esta sección.

El proponente podrá subsanar la falta de presentación de la cédula de ciudadanía, la falta de certificado de existencia y representación legal para acreditar el requisito habilitante de capacidad jurídica; no obstante, no podrá subsanar esta circunstancia para la asignación del puntaje por Servicios Nacionales o con Trato Nacional.

La entidad asignará cien (100) puntos a un proponente plural cuando todos sus integrantes cumplan con las anteriores condiciones. Cuando uno de sus integrantes no cumpla con las condiciones descritas no obtendrá puntaje por Servicios Nacionales o Trato Nacional.

INCORPORACIÓN DE COMPONENTE NACIONAL

La entidad asignará CUARENTA (40) PUNTOS a los proponentes extranjeros sin derecho a Trato Nacional que incorporen a la ejecución del contrato más del 90% del personal calificado de origen colombiano.

Por personal calificado se entiende aquel que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Para recibir el puntaje por incorporación de componente colombiano, el representante legal o apoderado del proponente debe diligenciar el Formato – Puntaje de Industria Nacional en el cual manifieste bajo la gravedad de juramento el porcentaje de personal ofrecido y su compromiso de vincularlo en caso de resultar adjudicatario del proceso.

La entidad únicamente otorgará el puntaje por promoción de la incorporación de componente nacional cuando el proponente que presente el Formato – Puntaje de Industria Nacional no haya recibido puntaje alguno por promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional.

El Formato – Puntaje de Industria Nacional únicamente debe ser aportado por los proponentes extranjeros sin derecho a trato nacional que opten por incorporar personal calificado colombiano. En el evento que un proponente nacional o extranjero con trato nacional lo presente, no será una razón para no otorgar el puntaje de promoción de servicios nacionales o con trato nacional.

Los proponentes plurales conformados por integrantes nacionales o extranjeros con derecho a trato nacional e integrantes extranjeros sin derecho a trato nacional podrán optar por la Incorporación de componente nacional en servicios extranjeros de acuerdo con las reglas definidas en este numeral.

En caso de no efectuar ningún ofrecimiento, el puntaje por este factor será de cero (0).

IV. VINCULACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (10 PUNTOS)

El oferente que acredite la vinculación de trabajadores en condición de discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los requisitos que se señalaran en este documento (Decreto 392 de 2018).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.2.6 del Decreto 392 de 2018, se asignarán DIEZ (10) PUNTOS a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:

1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección en el Formato – VINCULACIÓN TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD.

2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.

Verificados los anteriores requisitos, se asignarán DIEZ (10) PUNTOS a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:

Tabla 24. Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Número total de trabajadores de

la planta de personal del proponente

Número mínimo de trabajadores con

discapacidad exigido

Entre 1 y 30 1

Entre 31 y 100 2

Entre 101 y 150 3

Entre 151 y 200 4

Más de 200 5

Para efectos de lo señalado en el presente numeral, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida.

Nota: Señor proponente tenga en cuenta que, para la asignación de este puntaje, usted debe allegar la certificación definida en el Decreto 392 de 2018, en ningún caso para efectos de asignación de puntaje por discapacidad, se tendrá en cuenta la certificación allegada para el factor de desempate definido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015.

El análisis de riesgos y forma de mitigarlos se debe observar en el documento anexo denominado "ANÁLISIS DE RIEGOS Y FORMA DE MITIGARLOS”.

De conformidad con los artículos 2.2.1.2.3.1.1 y 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, las garantías en la contratación deben cubrir el cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las Entidades Estatales con ocasión de: (i) la presentación de las ofertas; (ii) los contratos y su liquidación; y (iii) los riesgos a los que se encuentran expuestas las Entidades Estatales, derivados de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir por las actuaciones, hechos u omisiones de sus proponentes y sus proponentes.

Las garantías que el contratista debe otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:

1. Contrato de seguro contenido en una póliza. 2. Patrimonio autónomo. 3. Garantía Bancaria.

De conformidad con este estudio, para la presente contratación se exigirá el cubrimiento de los siguientes riesgos, con una cualquiera de las garantías antes señaladas con los siguientes amparos, cubrimientos y vigencias:

18. Análisis de Riesgos:

19. Garantías que la entidad estatal contemple exigir en el Proceso de Contratación.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

AMPARO VALOR AMPARADO VIGENCIA

Cumplimiento

20% del valor del contrato

Plazo de ejecución del contrato y 6 meses más. La vigencia de la póliza debe ser computada a partir de la fecha de suscripción del contrato

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales

10% del valor del contrato

Plazo de ejecución del contrato y 3 años más. La vigencia de la póliza debe ser computada a partir de la fecha de suscripción del contrato.

Calidad del Servicio

20% del valor del contrato

12 meses contados a partir de la fecha de suscripción de cada acta de recibo parcial de las obras por parte de la Entidad

❖ Las vigencias de todos los amparos deberán ajustarse a las fechas del Acta de Inicio y del Acta de Liquidación del contrato; así como a las modificaciones a que haya lugar.

❖ Responsabilidad Civil Extracontractual

Esta póliza deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.2.9. del Decreto 1082 de 2015, por un plazo igual al de ejecución del contrato, como prórroga si las hubiera y por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato.

No obstante, se aclara que en el cuerpo de la póliza deberán quedar consignados los amparos que se requieren a partir del artículo 2.2.1.2.3.2.9. el Decreto 1082 de 2015, los cuales citan a continuación:

“Artículo 2.2.1.2.3.2.9. Requisitos del seguro de responsabilidad civil extracontractual. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe cumplir los siguientes requisitos: 1. Modalidad de ocurrencia. La compañía de seguros debe expedir el amparo en la modalidad de ocurrencia. En consecuencia, el contrato de seguro no puede establecer términos para presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente. 2. Intervinientes. La Entidad Estatal y el contratista deben tener la calidad de asegurado respecto de los daños producidos por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto la Entidad Estatal como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad del contratista o sus subcontratistas. 3. Amparos. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos: 3.1. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante. 3.2. Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. 3.3. Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. 3.4. Cobertura expresa de amparo patronal.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

3.5. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.”

PARÁGRAFO PRIMERO; Las pólizas deberán ser expedidas por una Compañía de seguros constituida en Colombia

y aceptable para la EMB, cuyo tomador y/o afianzado será el contratista y el asegurado y beneficiario será la EMB

S.A.

PARÁGRAFO SEGUNDO: En el evento de que se produzca una prórroga y/o adición del contrato, será obligación

del contratista efectuar la actualización de las garantías.

Acuerdo Comercial

Entidad Estatal

Cubierta

Valor del Proceso de Contratación

superior al umbral del Acuerdo Comercial

Excepción Aplicable al Proceso de

Contratación

Proceso Contratación Cubierto por

Acuerdo Comercial

Alianza Pacífico

México NO NO NO NO

Chile NO NO NO NO

Perú NO NO NO NO

Canadá NO NO NO NO

Chile SI NO SI (33, 47) NO

Corea NO NO NO NO

Costa Rica NO NO NO NO Estados Unidos NO NO NO NO

Estados AELC NO NO NO NO

México NO NO NO NO

Triángulo Norte

Honduras NO NO NO NO

El Salvador SI SI SI (38, 49) NO

Guatemala SI SI NO SI Unión Europea SI NO NO NO

Comunidad Andina SI SI NO SI

21.1 Criterios ambientales:

Las obligaciones relacionadas con los componentes ambientales se incluyeron en el ANEXO MANEJO AMBIENTAL, SST Y SOCIAL; siendo el Anexo parte integral del contrato.

21.2 Criterios de Seguridad y Salud en Trabajo (SST)

20. Acuerdos Comerciales:

21. Criterios ambientales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Las obligaciones relacionadas con los componentes SST, se incluyeron en el ANEXO MANEJO AMBIENTAL, SST Y SOCIAL; siendo el Anexo parte integral del contrato.

Por la modalidad del presente proceso de selección, se hace obligatoria la contratación de la interventoría del Contrato de obra, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del Artículo 32 de la Ley 80 de 1993, que reza: "En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación o concursos públicos, la Interventoría deberá ser contratada con una persona Independiente de la entidad contratante y del contratista, que responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto”, la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, en procura de asegurar la vigilancia del desarrollo, ejecución y cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del Contrato de Obra y con el propósito de hacer cumplir las disposiciones de la EMB y demás normas legales, de acuerdo con las especificaciones técnicas del contrato, se considera necesaria realizar la contratación externa de la interventoría de obra correspondiente, sin que releve al CONTRATISTA de su responsabilidad frente a la ejecución, calidad y estabilidad de las obras.

De otro lado, con base en lo establecido en el Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, y una vez revisada la naturaleza y complejidad del contrato de obra, y teniendo en cuenta que la EMB no cuenta con el recurso humano ni infraestructura para realizar el seguimiento al contrato de obra, se requiere contratar una lnterventoría externa para que realice el seguimiento TECNICO, ADMINISTRATIVO, FINANCIERO, LEGAL, SOCIAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD EN El TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE, entre otros, para el contrato de obra pública, objeto de la presente licitación. Por consiguiente, la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ contratará una lnterventoria, que será ejercida por la firma o empresa a la cual le sea adjudicada, mediante concurso de méritos abierto.

La Interventoría tendrá por objeto:

"EJERCER LA INTERVENTORÍA, TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, LEGAL, SOCIAL Y SST-SGA A MONTO AGOTABLE PARA LA DEMOLICIÓN, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO, DE LOS PREDIOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., REQUERIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS ESTACIONES DE LA PRIMERA LÍNEA DEL METRO DE BOGOTÁ.”

Teniendo en cuenta que el contrato requiere de liquidación, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 o la norma que la modifique o adicione, la liquidación del Contrato se realizará en el término de los seis (6) meses siguientes a la expiración del plazo previsto para la ejecución del mismo, o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.

En atención a que, para la ejecución del contrato la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ-EMB no entregará información confidencial al Contratista, no se considera pertinente la suscripción del Acuerdo de Confidencialidad de la Empresa.

22. Supervisión o Interventoría Contractual:

23. Liquidación

24. Acuerdo de Confidencialidad para Contratistas.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Conforme a lo señalado en la Ley 2013 de 2019 Parágrafo 1, Artículo 2, para este contrato no aplica la obligación de publicar la Declaración de bienes y rentas y, Conflictos de Interés en atención a que su ámbito de aplicación incluye solo aquellos particulares que ejercen función pública, presten servicios públicos o administren bienes o servicios públicos y para el contrato a suscribir, el contratista no está inmerso en ninguna de estas tres condiciones.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.1. del Decreto 1082 de 2015, la Empresa Metro de Bogotá S.A., mediante el presente documento deja constancia sobre el contenido del Estudio del Sector desde la perspectiva Financiera y Organizacional, para el proceso de contratación “DEMOLICIÓN, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO, DE LOS PREDIOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., REQUERIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS ESTACIONES DE LA PRIMERA LÍNEA DEL METRO DE BOGOTÁ“.

El objeto a contratar por parte de LA EMPRESA METRO DE BOGOTA, se enmarca dentro del sector de la construcción, subsector de obras civiles; en virtud de esto, se realizará un análisis del contexto económico y sectorial, con el propósito de conocer el comportamiento de la demanda, lo que abarca aspectos y condiciones que se han venido desarrollando en los proyectos de infraestructura por las diferentes entidades vinculadas al sector; adicionalmente, se estudiará la oferta identificando aspectos claves; entre estos, empresas que desarrollan proyectos de infraestructura y que por su experiencia y capacidad podrían participar en el proceso de contratación.

Todos los aspectos fueron alimentados de acuerdo con la Guía de Colombia Compra para la Elaboración de Estudios de Sector (G-EES-02):

http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/cce_guia_estudio_sector_web.pdf

En consecuencia, LA EMPRESA METRO DE BOGOTA, verificó:

I. INTRODUCCIÓN

El análisis de la relación en obras civiles y servicios de infraestructura y crecimiento son de antigua data en la literatura económica. De hecho, en el enfoque keynesiano la inversión pública en la infraestructura constituye una poderosa herramienta de política pública que permite a los gobiernos incidir sobre el comportamiento de la demanda agregada cuando alguno de sus componentes registra una contracción significativa o un estancamiento prolongado, lo que incide directamente sobre la expansión del ingreso y del producto en una economía13.

13 Recuperado de: Desarrollo de Infraestructura y Crecimiento Económico: revisión conceptual CEPAL.

25. Ley 2013 de 2019 / Decreto 189 de 2020

26. Análisis Económico del Sector:

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Por diversas razones, los países requieren ampliar y modernizar su infraestructura física de acuerdo con estándares tecnológicos internacionales, lograr niveles máximos de cobertura del territorio nacional y satisfacer con eficacia las necesidades de servicios de infraestructura de los agentes económicos y las personas.

Por otra parte, la adecuada disponibilidad de obras de infraestructura, así como la prestación eficiente de servicios conexos, contribuyen a que un país o región pueda desarrollar ventajas competitivas y alcanzar un mayor grado de especialización productiva.

El presente estudio partió de la consulta a diferentes fuentes secundarias para describir el entorno macroeconómico en el que las actividades de construcción se vienen desarrollando, así como la importancia que tiene para el país.

II. ASPECTOS GENERALES ECONÓMICOS RELACIONADOS CON EL OBJETO A CONTRATAR.

a. Mercado económico colombiano

La economía internacional ha sufrido una fuerte contracción en el desarrollo de sus actividades debido a la propagación del virus SARS CoV-2, lo cual ha provocado una reducción de la producción a nivel mundial. Colombia no ha sido ajena a dicha situación: en el segundo trimestre de 2020 presenta una contracción de 15,8% en su producto interno bruto lo que implica una reducción de 18,9 puntos porcentuales (p.p.) respecto al mismo periodo del año anterior. A pesar de las caídas tan drásticas en sectores económicos como comercio, transporte, manufactura y construcción, la economía empieza a mostrar señales de recuperación a partir del segundo semestre de 2020 en indicadores como la confianza de los consumidores, la confianza industrial y una leve mejoría en la tasa de desempleo.

Es así como la reactivación completa de la economía colombiana dependerá de la evolución de la pandemia en el país, la reactivación económica tanto por el lado de la oferta como de la demanda y el comportamiento de las variables macroeconómicas14.

En Colombia, el producto interno bruto presentó un decrecimiento anual de -9% en el tercer trimestre de 2020. Los sectores económicos que presentan una mayor contracción son entretenimiento (-29,7%), construcción (- 26,2%) y comercio (-20,1%).

a. Sector de la Construcción

El análisis del contexto general muestra que el sector de la Construcción tiene una importante participación dentro de la actividad económica del país.

La construcción de infraestructura más que un fin se constituye en un medio a través del cual las demás actividades económicas crecen y se desarrollan. En este sentido Fedesarrollo afirma que, por cada peso de valor

14 Fedesarrollo (2020). Prospectiva económica-tercer trimestre de 2020. Bogotá D.C. Tomado de: https://www.repository.fedesarrollo.org.co/bitstream/handle/11445/4027/Prospectiva_Octubre_2020_Cap_1.pdf?sequence=1&isAllowed=y www.camacol.co

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

agregado en obras civiles, se impulsa 1,4 pesos de producción de la economía por la utilización de la infraestructura como insumo15.

Al analizar la participación del sector de la construcción en el total de la economía, se evidencia que ha disminuido de forma significativa a lo largo del año 2020. Lo anterior se sustenta en que en periodos anteriores tenía una participación promedio de 7% mientras que en lo corrido del año 2020 no supera un nivel de 5,4%, lo cual refleja el decrecimiento más marcado del sector construcción comparado con el agregado de la economía nacional16.

El pobre desempeño económico de este sector de la economía durante la vigencia 2019 se explica principalmente, según el DANE por un decrecimiento de 7,7% en Construcción de edificaciones residenciales y no residenciales, disminución de 2,0% en actividades especializadas para la construcción de edificaciones y obras de ingeniería civil, y crecimiento de 10,7% en construcción de carreteras y vías de ferrocarril, de proyectos de servicio público y otras obras de ingeniería civil17.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) inició el cálculo del indicador de Inversión en Obras Civiles (IIOC) en 1998, el cual es de gran utilidad para determinar la evolución trimestral de la inversión real en obras de ingeniería civil a través de los pagos y sirve de insumo para el cálculo del valor agregado de este subsector.

Los resultados del Indicador de Inversión en Obras Civiles para el II trimestre de 2020 están influenciados por el aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 457 de 2020, a partir del día 25 de marzo de 2020. El día 14 de abril, el Gobierno nacional anunció los lineamientos para que el personal que ejecuta proyectos de infraestructura regresara a los frentes de obra, bajo estrictas medidas de bioseguridad establecidas en la resolución 666 del 24 de abril de 2020.

15 PMI. Análisis del Sector de Infraestructura en Colombia. Pág.5. 16 CAMACOL Informe Económico 109. 30 de noviembre de 2020. Tomado de: https://camacol.co/sites/default/files/info- sectorial/Informe%20Econ%C3%B3mico%20109%20VF_%20Formato%202.pdf 17 DANE, Boletín Técnico – PIB IV Trimestre 2019. Tomado de: https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/pib/bol_PIB_IVtrim19_producion_y_gasto.pdf.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Durante el tercer trimestre de 2020, los pagos en obras civiles registraron una disminución de 25,1%, frente al mismo trimestre de 2019, como se evidencia en la tabla que figura a continuación:

Durante el tercer trimestre de 2020, el grupo de carreteras, calles, caminos, puentes, carreteras sobreelevadas, túneles y construcción de subterráneos presentó una disminución en los pagos de 6,4% frente al mismo trimestre de 2019 y aportó 2,6 puntos porcentuales negativos a la variación anual. Este resultado está explicado principalmente por el decrecimiento de los pagos destinados a la construcción, mantenimiento, reparación y adecuación de vías interurbanas.

En el tercer trimestre de 2020, el grupo de vías férreas, pistas de aterrizaje y sistemas de transporte masivo presentó una disminución de 29,0% y aportó -1,1 puntos porcentuales a la variación anual. La categoría que más incidió en este resultado fue la construcción, mantenimiento, reparación y adecuación de sistemas de transporte masivo e infraestructura aeroportuaria.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Durante el tercer trimestre de 2020, el grupo de otras obras de ingeniería18 presentó una disminución de 39,4% en sus pagos y restó 4,7 puntos porcentuales a la variación anual. Las categorías que más incidieron en este resultado fueron la construcción, mantenimiento, reparación y adecuación de obras ambientales, parques y escenarios deportivos.

18 Incluye Estadios y otras instalaciones deportivas para el juego al aire libre, parques, obras de protección ambiental, plazas de mercado etc.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

El Indicador de Seguimiento a la Economía (ISE) permite proporcionar una medida de evolución de la actividad real de la economía en el corto plazo. En ese orden de ideas, la disminución de la actividad económica del país obedece a una caída sustancial del valor agregado presentado especialmente en el mes de abril (-20,5%), sin embargo, a pesar de los desfavorables resultados obtenidos, las cifras mensuales tienen un comportamiento menos crítico en el mes de septiembre de 2020 al ubicarse en – 7,3%, y sirve como señal de la reactivación de la economía colombiana19.

Al desagregar el ISE por sectores económicos, las actividades primarias se contraen -9,1% para el mes de septiembre, es decir, las relacionadas con agricultura, ganadería, silvicultura y actividades de minería. En el caso de las actividades secundarias, se observa que a pesar de la contracción dada en abril (-43,6%) tiene un comportamiento favorable al alcanzar un nivel en septiembre de -12,9% y se espera continuar con una senda positiva en lo corrido del año. Por último, las actividades terciarias muestran señales de mejoría leves, al ubicarse en - 5,4% en el mes de septiembre después de alcanzar niveles de deterioro de -16,1% en el mes de abril.

19 DANE (2020). Indicador de Seguimiento a la Economía. Bogotá D.C. Tomado de: https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/cuentas- nacionales/indicadorde-seguimiento-a-la-economia

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Indicador de Seguimiento a la Economía por Actividades Económicas (valores en Porcentaje):

La baja productividad de la economía colombiana ha afectado de forma directa el comportamiento el mercado laboral del país, mostrando signos de deterioro significativo en la tasa de desempleo que se mantiene en niveles históricamente altos. En este sentido, en el mes de septiembre la tasa de desempleo alcanzó un nivel de 15,8%, es decir, 5,5 p.p. superior a la tasa registrada en el mismo periodo del año anterior (10,2%), esto implica la pérdida de 1´998 mil empleos, lo que se traduce en un fuerte deterioro de los ingresos de diferentes hogares colombianos.

En un análisis detallado de la generación o la destrucción de empleo por sectores económicos, acorde a los datos obtenidos para el trimestre móvil con corte a septiembre, se observa que únicamente minería y servicios han logrado generar empleo, mientras que la crisis se acentúa en los sectores de comercio, actividades artísticas y administración pública.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

De acuerdo con lo señalado por el Director del DANE Juan Daniel Oviedo, por cada dos hombres que salen del mercado laboral, se retiran tres mujeres, la brecha de género en el mercado laboral sigue ampliándose pues el desempleo en mujeres en agosto se ubicó en 21,7%, mientras que en hombres fue de 13,7%. Según el director del Dane, Juan Daniel Ovideo, el promedio histórico de la brecha laboral en Colombia es de cinco puntos porcentuales, pero en agosto esa brecha superó los siete puntos porcentuales20.

Oviedo añadió que la población ocupada en agosto de este año fue de 19,6 millones, 2,4 millones menos que en el mismo mes del 2019.

La mayor contracción en la población ocupada se dio en las principales 13 ciudades y áreas metropolitanas del país al bajar de 10,6 millones a 9,2 millones.

Los sectores en los que la ocupación disminuyó más profundamente fueron comercio y reparación de vehículos, actividades artísticas, alojamiento y servicios de comida y administración pública y defensa. Las cifras del Dane revelaron que el 69% de la contracción de la población ocupada (1,3 millones) se dio en empleados particulares, mientras que el 16% (644.000) se presentó en los trabajadores por cuenta propia.

Por su parte, la población desocupada aumentó desde 2,6 millones en el octavo mes del 2019, a 3,9 millones en agosto del presente año. En cuanto a la población inactiva, esta aumentó 1,6 millones al pasar de 14,6 millones a 16,2 millones.

Neiva sigue siendo la ciudad con mayor desempleo al registrar una tasa de 34% en el trimestre movil entre junio y agosto, con una tasa global de participación de 57,7% y una tasa de ocupación de 38,1%. A la capital del Huila le siguen Ibagué con un desempleo de 32,7% y Popayán con 28,2%.

20 Recuperado de: https://www.dinero.com/economia/articulo/cifra-de-desempleo-en-colombia-en-agosto-de-2020/301915

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

De otro lado, las ciudades con menor desempleo fueron Barranquilla con 13,2%, Cartagena con 18,9%, Pasto con 19,6% y Quibdó con 20,6%. El promedio de desempleo en las principales 13 ciduades y áreas metropolitanas fue de 23%.

Por su parte, el sector de la construcción es uno de los grandes dinamizadores de la economía colombiana, ya que sus encadenamientos productivos jalonan cerca de 36 sectores21 , es así, como tiene gran importancia en la generación de empleo. Sin embargo, producto de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 ha desacelerado su ritmo de creación de puestos de trabajo, especialmente en el periodo abril-junio, cuando gran parte de las obras de construcción entraron en estado paralizado y un gran número de empleados cesaron sus actividades laborales. La reactivación del sector ha sido moderada, pero muestra señales positivas en el corto plazo. Es así como para el trimestre móvil con corte a septiembre de 2020 el número de ocupados en el sector de la construcción se situó en 1,3 millones de trabajadores, 9,1% menos que el mismo periodo del 2019 pero 4,6% más que el periodo inmediatamente anterior.

21 Tomado de: Camacol (2019). La importancia de los encadenamientos productivos en el sector de la construcción. Informe económico 106. Bogotá D.C.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

FUENTE: DANE – Elaboración Camacol.

De igual manera, teniendo en cuenta la importancia de las decisiones de los consumidores, se analiza el comportamiento del Índice de Confianza del Consumidor elaborado por Fedesarrollo. En ese sentido, para el mes de octubre de 2020 fue de - 18,6%, cifra que se ubica 8,8 p.p. por debajo del reportado en el mismo mes de 2019 (-9,8%). y 3 p.p. por encima del nivel observado en el mes anterior (-21,6%).

“El año 2020 había iniciado con perspectivas favorables para Colombia, en el que se esperaba que continuara consolidándose la tendencia de recuperación económica observada en 2018-2019. Sin embargo, el panorama macroeconómico ha cambiado radicalmente por cuenta de los choques generados por la propagación del SARS- Cov2 y los menores precios del petróleo con lo que ANIF proyecta un crecimiento inferior al 3,4%.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Bajo este panorama, el desempeño de la construcción seguramente se deteriorará al igual que el resto de la economía colombiana. En el caso del PIB de edificaciones, la dinámica dependerá de: (i) la velocidad con la que se esté reactivando la economía hacia el segundo semestre y, con esto, los ingresos de los hogares; y (ii) la moderación en el crecimiento de los precios de la vivienda, siendo clave para disminuir la sobreoferta de existencias en el comercio, las oficinas y los estratos altos residenciales.

En ese sentido, es necesario que se diseñen nuevas políticas de vivienda para que se reactive la dinámica del sector y la demanda de mano de obra. Recordemos que el país, hace unos años, basó una buena parte de su crecimiento económico y generación de empleo en el sector de la construcción”22.

a. Contexto Local

En el tercer trimestre de 2020pr, el Producto Interno Bruto, en su serie original, decrece 9,1% respecto al mismo periodo de 2019pr. Las actividades económicas que más contribuyen a la dinámica del valor agregado son:

• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; Transporte y almacenamiento; Alojamiento y servicios de comida decrece 20,4% (contribuye -4,7 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

• Construcción decrece 28,4% (contribuye -1,3 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

• Industrias manufactureras decrece 14,5% (contribuye -1,3 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

Durante el año corrido de 2020pr, respecto al mismo periodo del año anterior, el Producto Interno Bruto presenta un decrecimiento de 8,2%. Esta variación se explica principalmente por:

• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; Transporte y almacenamiento; Alojamiento y servicios de comida decrece 18,4% (contribuye -4,2 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

• Industrias manufactureras decrece 17,7% (contribuye -1,6 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

• Construcción decrece 28,7 (contribuye -1,3 puntos porcentuales a la variación anual del valor agregado).

Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto en su serie corregida de efecto estacional y calendario crece 8,6%. Esta variación se explica principalmente por la siguiente dinámica:

• Industrias manufactureras crece 28,9%.

• Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación y otras actividades de servicios; Actividades de los hogares individuales en calidad de empleadores crece 25,1%.

22 Tomado de: https://www.larepublica.co/analisis/mauricio-santa-maria---anif-2941063/desempeno-del-sector-construccion-y-perspectivas-2020-2991939

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; Transporte y almacenamiento; Alojamiento y servicios de comida crece 23,5%.

Para el trimestre móvil febrero – abril de 2020, Bogotá registró una de las tasas de desempleo más altas de la última década, 14,5%, superior en 2,6 puntos porcentuales (p.p.), frente a la cifra reportada en el mismo trimestre del año anterior, la cual fue de 11,9%.

Tasa de Desempleo en Bogotá, Trimestres móviles 2019 – 2020.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Según cifras reportadas por el DANE el número de ocupados se redujo en 514.550 personas que dejaron de realizar sus actividades laborales a causa del confinamiento producto de la cuarentena. Una situación preocupante porque el 18,3% de los empleados del país se ubican en Bogotá.

Por actividad económica para el trimestre móvil febrero – abril de 2020 solo dos de los 14 sectores registraron una variación positiva en el número de ocupados: “Suministro de electricidad, gas y agua”; con el 115,2% y “Actividades profesionales, científicas, técnicas y servicios administrativos” con 2,1%. Para esta última actividad, el aumento se debe a su composición como sector, en donde se ubican organizaciones o grupos esenciales los cuales cumplen con roles que en medio de la pandemia son necesarios para el funcionamiento y/o desarrollo adecuado de las dinámicas económicas de la capital.

Para el resto de los sectores económicos la afectación en el desempleo se ha marcado en mayor proporción en: “Comercio y reparación de vehículos” con 152.884 empleos menos; “Actividades artísticas, entretenimiento, recreación y otras actividades de servicios “con 115.059 empleos menos; “industria manufacturera” con 91.283 empleos menos; “Alojamiento y servicios de comida” con 78-189 empleos menos; “Actividades financieras y de seguros” con 31.287 empleos menos; “Administración pública y defensa, educación y atención de la salud humana” con 23.169 empleos menos y; “Transporte y almacenamiento” con 20.405 empleos menos.

Otros sectores que disminuyeron en una menor proporción su número se ocupados fueron: “Construcción”; “Actividades inmobiliarias”; “Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca”; “Información y comunicaciones”; y “Explotación de minas y canteras” con un total de 46.876 empleos menos.23

Por posición ocupacional, para el periodo de análisis la disminución en el número de ocupados resalta en las categorías: “Empleado particular”, “Trabajador por cuenta propia “, “Empleado doméstico” y “Patrón o empleador”, que en total disminuyeron 504.623 empleos.

23 Tomado de: http://observatorio.desarrolloeconomico.gov.co/mercado-laboral-mercado-laboral-general/aumenta-el-desempleo-en-bogota.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Productos del sector de construcción

Según Camacol, el subsector de edificaciones agrupa edificaciones residenciales tanto a nivel urbano como rural, edificios no residenciales, reparación de edificios, mantenimientos, y alquiler de equipos de construcción; mientras que el subsector de obras civiles agrupa los trabajos asociados con la ingeniería civil, como la construcción de carreteras, vías férreas, puertos y tuberías. En la construcción de obras civiles de infraestructura, la inversión se determina principalmente por proyectos infraestructura vial y transporte, además de los sectores de comunicación y energía.

- Agentes del sector

Ministerio de transporte Instituto Nacional de Vías- INVIAS Agencia Nacional de Infraestructura – ANI Entidades públicas departamentales y municipales (Gobernaciones, Alcaldías) Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC Departamento Nacional De Planeación – DNP Aeronáutica Civil – AEROCIVIL

- Gremios y asociaciones

Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol) Cámara Colombiana de la Infraestructura Asociación De Productores De Concreto – ASOCRETO ACIES, la Asociación Colombiana de Ingeniería Estructural Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA Sociedad Colombiana de Arquitectos Sociedad Colombiana de Ingenieros Asociación Colombiana de Ingenieros Constructores Asociación Colombiana de Constructores Asociación Nacional de Industriales

III. ANÁLISIS TÉCNICO

Se deberá realizar la oferta bajo el cumplimiento en su totalidad de las especificaciones técnicas que se relacionan en el ANEXO TÉCNICO del presente proceso.

El oferente debe asumir todos los costos directos e indirectos; los costos fijos y variables, incluidos impuestos referentes a la actividad y retenciones de ley. Los precios de la oferta deben mantenerse en firme a partir de la presentación de la misma y durante el tiempo de ejecución del contrato y deberá tener en cuenta y asumir, en caso de ser necesario, los riesgos financieros que deriven de las variaciones del dólar antes, durante y después de la suscripción del contrato y durante la ejecución de éste.

a. Análisis Técnico Específico del Proyecto

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

OBJETO DEMOLICIÓN, LIMPIEZA, CERRAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE PREDIOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A. REQUERIDOS PARA LA CONSTRUCCIIÓN DE LAS ESTACIONES DE LA PRIMERA LÍNEA DEL METRO DE BOGOTÁ.

PLAZO El plazo para la ejecución del contrato es de VEINTICUATRO (24) MESES contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio del contrato.

PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto corresponde al indicado en el numeral 13.4 de los Estudios Previos, documento que hace parte integral de los documentos del proceso.

b. Cambios Tecnológicos

El país ha tenido importantes avances en la definición de la política pública respecto al desarrollo sostenible. El 16 de marzo de 2018 se aprobó el Conpes 3918, el cual establece la hoja de ruta para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 2030.

Los proyectos de infraestructura deben caracterizarse por ir más allá de un cierre financiero. Si bien el componente económico es indispensable, las demás variables tienen un papel relevante, pues pueden poner en riesgo la sostenibilidad de la infraestructura en el futuro, ya sea por temas de seguridad para la población o por fenómenos como el cambio climático, grave problema ambiental al que nos enfrentamos en la actualidad.

Indudablemente, se ha avanzado en establecer criterios de sostenibilidad promoviendo el uso de nuevos materiales, especificaciones técnicas de diseño más eficiente y nuevas tecnologías de iluminación, entre otros.

Por ejemplo, desde la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Ambiente, el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), se impulsó el uso de mezcla asfáltica modificada con gránulo de caucho reciclado (GCR) en la pavimentación de los corredores viales denominados 4G.

Esta directriz permite que un problema ambiental, como es el almacenamiento de llantas usadas, se convierta en una solución para la mezcla asfáltica que se aplica en los pavimentos en vías nacionales y secundarias. Adicionalmente, se ha incentivado a los constructores que participen en licitaciones a hacer uso de esta alternativa dando puntajes adicionales que ofrezcan su aplicación en la contrucción de la vía.

Otro ejemplo notable de sostenibilidad es la construcción del viaducto de la Ciénaga de la Virgen, en Cartagena, una obra que incorporó tecnologías de última generación que permitieron reducir al mínimo la interferencia con las coberturas de manglar, e igualmente en varios sectores de la capa de rodadura se aplicaron mezclas modificadas con caucho para reducir el impacto sonoro por la fricción de las llantas, y de esta manera proteger las zonas de cría y reproducción de las aves migratorias presentes en la ciénaga.

Lo anterior es un buen ejemplo de una obra exitosa, realizada con calidad y con un decidido enfoque de respeto al ambiente y a las comunidades donde fue desarrollada.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

En este sector existe una importante conciencia en desarrollar obras de calidad, pensadas en la sostenibilidad de largo plazo y bajo criterios de eficiencia ambiental y social, pero se requiere un desarrollo técnico y normativo que permita difundir estas prácticas y las convierta en actividades habituales en el ciclo de los proyectos24.

IV. ANÁLISIS LEGAL

Dando estricto cumplimiento a los fines y principios establecidos en la contratación estatal, los procesos de selección de contratistas, y las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal, deben desarrollarse con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad, acorde con los principios que rigen la función administrativa, consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política.

El régimen jurídico aplicable al presente proceso de selección, el cual comprende las etapas precontractual, contractual y poscontractual, es el previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007), el Decreto Reglamentario 1082 del 26 de mayo de 2015, las Leyes civiles, comerciales y demás normas que adicionen, complementen o regulen la materia, así como la Ley 1474 de 2011 y los Decretos 019 ,053 de 2012, Decreto 342 de 2019 y la resolución 1798 de 2019.

También hay que tener en cuenta la Ley 842 de 2003, Ley 435 de 1998, Ley 1682 de 2013, Ley 99 de 1993 y su Decreto reglamentario 2041 de 2014, Ley 105 de 1993, Ley 388 de 1997; Ley 1182 de 2008, Ley 1228 de 2008.

En atención al presupuesto oficial del proceso de contratación de la Entidad, se tiene que la modalidad de contratación corresponde a Licitación Pública, para lo cual se aplicará lo establecido en el artículo 30º de la Ley 80 de 1993, el numeral 1º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.2.1.1.1. y siguientes del Decreto 1082 de 2015, y lo estipulado en las demás atinentes a la modalidad de selección.

V. ANALISIS INTERNACIONAL

De conformidad con lo señalado por la Agencia de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en el manual correspondiente (M – MACPC – 14), todas las entidades descentralizadas del nivel municipal (incluidas las entidades descentralizadas indirectas) y los esquemas asociativos integrados por Entidades Estatales del nivel municipal están obligados a los Acuerdos Comerciales con el CAN por la decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN.

Por lo anterior, y de acuerdo con lo señalado en el Manual para el manejo de acuerdos comerciales en procesos de contratación, al presente proceso de selección es aplicable

24 Tomado de: https://www.eltiempo.com/contenido-comercial/avances-de-la-ingenieria-en-colombia-331224.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

de conformidad con la siguiente tabla:

Acuerdo Comercial

Entidad Estatal Cubierta

Valor del Proceso de Contratación

superior al umbral del Acuerdo Comercial

Excepción

Aplicable al Proceso de

Contratación

Proceso Contratació n Cubierto

por Acuerdo

Comercial

Alianza Pacífico

México NO NO NO NO

Chile NO NO NO NO Perú NO NO NO NO

Canadá NO NO NO NO

Chile SI NO SI (33, 47) NO

Corea NO NO NO NO

Costa Rica NO NO NO NO

Estados Unidos NO NO NO NO

Estados AELC NO NO NO NO

México NO NO NO NO

Triángulo Norte

Honduras NO NO NO NO

El Salvador SI SI SI (38, 49) NO Guatemala SI SI NO SI

Unión Europea SI NO NO NO

Comunidad Andina SI SI NO SI

Por lo anterior al presente proceso de contratación le cobija los acuerdos con TRIANGULO NORTE (Salvador y Guatemala) y COMUNIDAD ANDINA.

El Acuerdo Comercial con el Triángulo Norte (únicamente con Salvador y Guatemala) es aplicable a los procesos de Contratación a partir del límite inferior de la menor cuantía.

La decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN es aplicable a todos los procesos de contratación de las Entidades Estatales de nivel municipal obligadas, independientemente del valor del proceso de Contratación.

VI. ANÁLISIS SOCIAL

Durante el desarrollo del proyecto, tanto el contratista, como la interventoría y los profesionales sociales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., tiene un contacto permanente con la comunidad con el propósito de mantenerla informada sobre el proceso de la intervención de la obra, conocer sus inquietudes y darles una respuesta oportuna.

Finalmente, es importante tener en cuenta que la Gestión Social en Obra se da en el marco de la Ley 850 y el Acuerdo 142 de 2005, que reglamentan las Veedurías Ciudadanas como un mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.

VII. ESTUDIO DE LA DEMANDA

a. Indicadores de Demanda

- Despachos de cemento gris

En el décimo mes de 2020 se despacharon al mercado nacional 1.169,1 miles de toneladas de cemento gris, lo que significó un aumento del 5,2% frente a octubre de 2019.

Los despachos de cemento gris al mercado nacional alcanzaron los 11.220,4 miles de toneladas, presentando una variación de -9,4% en comparación a lo registrado en el periodo noviembre 2018 – octubre 2019.

La demanda de obra aumenta en el país, un claro indicio de las necesidades de crecimiento y mejora de las empresas; así mismo, el interés de empresas del exterior por entrar al mercado colombiano, así como de empresas locales por ampliar sus fronteras.

b. Análisis de compras o adquisiciones de otras Entidades

Para realizar el análisis de las condiciones del mercado para este proceso se consultó la página web de contratación pública www.colombiacompra.gov.co revisando contratos iguales o similares realizados por Entidades Estatales en vigencias 2018, 2019, 2020 y 2021 con el objeto igual o similar al requerido en el presente estudio.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

De lo anterior se observa acerca de procesos similares adelantados por diferentes Entidades, que:

1. La Modalidad de contratación fue para este tipo de procesos licitación pública. 2. El valor de los contratos varía de acuerdo a las cantidades ejecutadas. 3. El Plazo de los contratos está sujeto a cronograma de actividades según las cantidades a ejecutar, el plazo mínimo estimado es de 40 días y el máximo de 16 meses, dependiendo del tipo de intervención a realizar. 4. Existe un número reducido de procesos relacionados con demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento de predios.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

La EMB adoptó los indicadores financieros y de capacidad organizacional dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 1 del decreto 342 del 5 de marzo

de 2019, en el presente proceso de selección como una buena práctica en contratación, transparencia, pluralidad de oferentes y mayor concurrencia.

De otra parte, la Cámara Colombiana de la Infraestructura propone para el sector de la construcción los siguientes indicadores financieros y de capacidad Organizacional, de estos se puede observar que se encuentran dentro del parámetro exigido por la normativa señalada.

VIII. ANALISIS DE LA OFERTA

a. Gremios

En el contexto gremial, a nivel de profesionales, la Sociedad Colombiana de Ingenieros es la asociación profesional de mayor tradición y reconocimiento a nivel nacional. Desde el punto de vista empresarial, la Cámara Colombiana de la Infraestructura - CCI agremia a las empresas que se dedican a las actividades de consultoría, construcción, concesión y proveedores. La CCI se ha consolidado, desde su creación en el año 2005 como uno de los gremios de mayor relevancia en el sector de la infraestructura.

Los afiliados a la Cámara Colombiana de la Infraestructura son empresas y empresarios activos, que están participando en el desarrollo de proyectos en mayor envergadura en el país.

b. Dinámica de oferta

Fuente: Modelo Requisitos Habilitantes sugeridos para Sector Construcción - Observatorio de la Contratación CCI -2019

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

El factor que influye en el poder de compra son las variables de los precios de los materiales, insumos y servicios, sobre el cual se calculan los gastos de las cantidades de obras a ejecutar mediante precios unitarios incluidos materiales de construcción, salarios, prestaciones, dotaciones, retenciones, entre otras; por lo que los cambios en los ciclos de producción, la inflación, devaluación y otros índices económicos son de mediana ocurrencia para el objeto de contratación, lo que genera variaciones de los costos de ejecución de las obras, que no afectan directamente a la entidad sino al contratista cuando se escoge el sistema de pago a precios unitarios.

Al tratarse de un servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónicas, contenidas en los documentos del proceso de contratación en razón a la cuantía, el comportamiento del mercado de la zona y de la región es de oferta, no depende de precios internacionales y/o bienes y servicios que no puedan adquirirse en el país, la importación y/o exportación son opcionales del contratista dependiendo del volumen de utilidades que pretenda obtener de la ejecución del contrato y las tasas de cambio serán asumidas por el contratista, sin que afecten el valor estimado a contratar.

Al contratarse mediante el sistema de precios unitarios a monto agotable la demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento, se toma como referencia los precios unitarios del mercado, los cuales incluyen las variables que conforman cada una de las actividades para la ejecución de un proyecto, tales como: materiales, equipos y herramientas, mano de obra (cuadrilla conformada por oficiales y ayudantes), costo de transporte de materiales de acuerdo con la ubicación de canteras y/o materiales de las subregiones y demás fuentes de aprovisionamiento o de disposición de escombros; además, de los rendimientos basados tanto en la experiencia propia como en los datos del mercado.

Para la ejecución de las obras referidas, se cuenta en el mercado del Distrito Capital, Departamental y Nacional, con la participación de las personas naturales o jurídicas, en unión temporal o consorcio, nacionales o extranjeras debidamente acreditadas, con experiencia en la ejecución de proyectos de Demolición, limpieza, cerramiento y mantenimiento de los predios adquiridos por las diferentes obras de infraestructura pública, con la capacidad de cumplir con las condiciones y especificaciones técnicas referidas en el pliego, que cuentan con la infraestructura, tecnología y el recurso humano acorde con las exigencias de la Empresa Metro de Bogotá, además de cumplir con los requerimientos de orden jurídico y económicos determinados en los documentos y criterios de verificación del presente estudio.

c. Indicadores de Oferta

- Producción de cemento gris y concreto

En octubre de 2020, la producción de cemento gris a nivel nacional fue de 1.190,4 miles de toneladas, lo que representó un crecimiento del 4,8% con relación al mismo mes de 2019.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

En el período enero - octubre 2020 la producción de cemento gris alcanzó los 9.458,3 miles de toneladas, generando una disminución de 11,7% con relación al mismo periodo del año anterior. Los despachos al mercado nacional acumularon 9.057,7 miles de toneladas dando como resultado una variación negativa de 12,5% con respecto al periodo enero - octubre 2019.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

- Licencias de construcción y Censo de Edificaciones

Las licencias de construcción forman parte de un conjunto de instrumentos de control administrativo público, cuyo propósito es controlar coordinadamente el crecimiento y desarrollo de las ciudades, municipios o territorios, así como propender por el mantenimiento de las normas adoptadas en materia de la estructura de una construcción, las áreas de reserva, embellecimiento y la construcción de vías.

En septiembre de 2020 se licenciaron 1.858.656 m² para construcción, 176.079 m² más que en el mismo mes del año anterior (1.682.577 m²), lo que significó un aumento de 10,5% en el área licenciada. Este resultado se explica por el incremento de 12,0% en el área aprobada para vivienda y de 6,0% para los destinos no habitacionales.

En el periodo de análisis se aprobaron 1.395.407 m² para vivienda, lo que significó un aumento de 149.681 m² frente al mismo mes de 2019. Por otra parte, se aprobaron 463.249 m² para la construcción de destinos no habitacionales, lo que representó un aumento de 26.398 m² en comparación con septiembre del año anterior.

- Indices de precios al productor

El IPP de la producción nacional, en noviembre de 2020 presentó una variación de 0,02% respecto a octubre de 2020.

En noviembre de 2020, los sectores de Explotación de minas y canteras (1,78%) y Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca (0,31%) presentaron variaciones superiores a la media (0,02%), mientras que el sector de Industrias manufactureras (-0,39%) fue el único que registró una variación negativa.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

- Insumos

Los insumos para la construcción son numerosos y diversos. La cadena de valor comienza desde los servicios asociados a los proveedores de insumos, considerando el primer eslabón la explotación y extracción de minerales destinados a sectores de cementos, concretos y la industria maderera. En cuanto a transformación, las actividades se relacionan con fábricas de tuberías, perfiles, resinas, servicios de transporte de materiales, estudios técnicos. Así mismo la transformación y elaboración de materiales para el sector como sanitarios, ladrillo, carpintería y vidrios. Finalmente, los productos obtenidos, entre otros, están vías, viviendas, obras de infraestructura, edificaciones y bodegas.

IX. ANALISIS DE RIESGOS

En el desarrollo del contrato deben considerarse como riesgos potenciales los imprevistos y los demás aspectos relacionados en la matriz de riesgos que se encuentra en los estudios previos del presente proceso contractual.

X. DEFINICIÓN DE INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES:

De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, la EMB realizó el respectivo análisis del sector

desde la perspectiva Financiera y Organizacional para el presente proceso de contratación.

Para la verificación de los requisitos Financieros habilitantes La EMB adoptó la Matriz 2 de los Pliegos tipo en el presente proceso de selección como una buena práctica en contratación, transparencia, pluralidad de oferentes y mayor concurrencia.

En virtud de lo anterior, los indicadores requeridos para el presente proceso son:

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Indicador Requerido Valor concertado

Índice de liquidez Mayor o igual a 1

Índice de endeudamiento Menor o igual a 70%

Razón de cobertura de intereses Mayor o igual a 1

Capital de trabajo Definido en los Pliegos

Tipo 30% del P.O.

Rentabilidad del patrimonio Mayor o igual a 0

Rentabilidad del activo Mayor o igual a 0

Fuente: Matriz 2 – Indicadores Financieros y Organizacionales para Obras de infraestructura de Transporte – Colombia Compra Eficiente.

Índice de Liquidez: Activo corriente/ pasivo corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo.

Índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos.

Razón de cobertura de intereses: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, El cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.

Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, El cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.

Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional/ Activo Total, El cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.

Capital de trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente: Representa la liquidez operativa del Proponente, es decir remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar la liquidez en términos absolutos.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

XI. ANÁLISIS FINANCIERO SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

Se realiza estudio del comportamiento financiero de los sectores de las empresas que ofrecen los bienes objeto del contrato, se realizó un análisis financiero de los proveedores del sector, donde se consultaron empresa de base del Sistema de Información y Reporte Empresarial con corte a 31 de diciembre de 2019 – SIREM, las cuales ejecutan actividades relacionadas con el objeto de este proceso. El mercado de Empresas que se filtró fue teniendo en cuenta la CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, Revisión 4 adaptada para Colombia Rev. 4ª. C:

Código CIIU por Actividad:

Código Sector

F4290 Construcción de obras de ingeniería civil

F4311 Demolición

F4312 Preparación del terreno

F4330 Terminación y acabado de edificios

F4390 Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil.

F4329 Otras instalaciones especializadas

Para determinar el comportamiento del sector se tomaron las 774 empresas filtradas por la base del Sistema de información y Reporte Empresarial – SIREM, las cuales realizan actividades relacionadas con este proceso. A estas empresas se les calcularon los indicadores de Capital de Trabajo, Índice de Liquidez, Endeudamiento, y Cobertura de Interés. A este grupo de empresas se determinaron los estadísticos muestrales: valor máximo, valor mínimo, valor promedio y desviación estándar; los cuales se relacionan en las siguientes tablas:

Indicadores Promedio del Sector de obra 2019:

La información anterior evidencia que el comportamiento del sector, con respecto a los indicadores financieros presenta gran variedad de acuerdo a la desviación estándar calculada, haciendo necesario establecer un nicho de mercado de las empresas del sector, en pro de brindar una mayor solidez y eficiencia al momento de la ejecución del futuro contrato. Para esta selección se tuvieron en cuenta las empresas que presentaron menor

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

F4290 - Construcción de otras obras de ingeniería civil

Muestra Nicho de empresas: 316 Indicadores Financieros y Capacidad

Descripción Liquidez Endeudamiento Cobertura Capital d

riesgo financiero para la ejecución del contrato, de las cuales se destacaron 425 empresas para el nicho del sector.

A continuación, se evidencia los estadísticos muestrales calculados:

De lo anterior, se concluye que la información financiera de los oferentes es dispersa, tal como se observa en las estadísticas muestrales calculadas de las empresas de este sector (ver desviación estándar); por lo tanto, se determinan nuevos cálculos estadísticos por el método de datos acotados (30% de la muestra); se descuenta la desviación.

Se realiza un análisis por código de actividad del comportamiento de los indicadores, para lo cual se calcularon los estadígrafos muestrales; se tuvo en cuenta el promedio del nicho del sector; así como, la desviación estándar de los datos y la media podada, como se observa a continuación:

de Intereses Máximo 2460,51 1,00

Mínimo 1,00

Promedio 16,6

Desviación estándar

Promedio Podad

Fuent

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

F4312 - Preparación del terreno

Muestra Nicho de empresas: 17 Indicadores Financieros y Capacidad

Descripción Liquidez Endeudamiento Cobertura de Capital d

Fuent

Intereses

Máximo 399,26 0,98

Mínimo 1,36

Promedio 27,

Desviación estándar

Media podada

Fuent

F4311 - Demolición

Muestra Nicho de empresas: Indicadores Financieros y Capacida

Descripción Liquidez Endeudamiento Cobertura

de Interese

Capita

Máximo

Mínimo

Promedio

Desviación estánd

9,85

1,23

0,80

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

F4329 - Otras instalaciones especializadas

Muestra Nicho de empresas: Indicadores Financieros y Capacidad

Descripción Liquidez Endeudamiento Cobertura de Capital d

Intereses

Máximo 5,48 0,80

Mínimo 1,18

Promedio 2,

Desviación estándar

Media podada

Fuent

.

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FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Análisis Específico de los Indicadores Establecidos y del Comportamiento Financiero del Sector

- El índice de Liquidez establecido es de ≥ 1, teniendo en cuenta que el promedio del sector para este indicador es de 14,71 y el promedio podado del nicho de mercado corresponde a 3,52. El valor del indicador establecido no supera el promedio podado del nicho de mercado y garantiza la pluralidad en el proceso; además considerando el análisis realizado de la demanda por la Entidad, en donde se evidencia que para el mismo sector, otras entidades públicas (antes de la entrada en vigencia del Decreto 342 de 2019), han requerido un indicador de Liquidez en promedio o superior a 1,50, en procesos similares; además, los indicadores sugeridos por la Cámara Colombiana de la Infraestructura para el sector construcción una liquidez del 1,31.

- El nivel de Endeudamiento ≤ 0,70 se establece como máximo nivel de riesgo permitido, se puede

observar que el promedio del sector es de 0,50 y el nivel máximo de endeudamiento es de 0,72, con el nivel requerido para este indicador se garantiza la pluralidad de oferentes.

- El indicador de Cobertura de intereses mayor o igual a ≥ 1,00, se fija como el valor máximo de riesgo, en

el estudio se observó un gran nivel de dispersión, el promedio del sector y la media podada son muy elevadas, el indicador requerido permite la máxima participación del mercado y a su vez garantiza el cubrimiento del riesgo financiero para la Entidad.

Además, a los anteriores indicadores los oferentes individuales y/o integrantes de consorcios o uniones temporales o promesa de sociedad futura deberán cumplir con el índice de Capital de trabajo, según las condiciones establecidas en el punto de INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA, de los estudios previos, el cual corresponde a:

VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL

CAPITAL DE TRABAJO 30%

$ 27.910.648.031 $ 8.373.194.409,30

El capital de trabajo requerido se analiza desde el punto de vista de la solvencia requerida para iniciar la ejecución del contrato; lo cual, busca garantizar que los contratistas seleccionados tengan el respaldo económico para poder soportar la operación 3 meses como mínimo, de conformidad con la forma de pago y el tiempo estimado para que se dé cumplimiento al primer entregable; dicho indicador requiere al menos el 30% del presupuesto oficial. Esta es la solvencia necesaria que tiene que aportar el contratista para iniciar el contrato, pues como se estableció en los estudios previos se realizarán pagos mensuales según avances de las actividades realizadas durante el mes, mediante la presentación de actas parciales de obra de conformidad con el cronograma aprobado por el interventor del contrato, hasta alcanzar un noventa por ciento (90%) del valor total del contrato, las actas deben estar firmadas por la interventoría y el supervisor de la E.M.B. de acuerdo con las especificaciones definidas en el contrato.

La E.M.B. realizará los pagos de acuerdo a lo estipulado en el (numeral 8 Forma de Pago) el cual se establece en los Estudios Previos, previo cumplimiento de los requisitos documentales y la aprobación de la Supervisión.

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

- los indicadores de capacidad organizacional los cuales deben presentar un valor positivo o igual a cero (≥0), tanto para el índice de Rentabilidad de Patrimonio, como para el índice de Rentabilidad del Activo.

Cumplimiento de Indicadores Empresas del Sector

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CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

En general el comportamiento de los indicadores de las empresas del sector objeto del estudio evidencia a la gran mayoría de empresas se encuentran en capacidad de acreditar el cumplimiento de los de los indicadores establecidos de Capacidad Organizacional y de capacidad Financiera.

Cumplimiento de Indicadores por Tamaño de Empresa

(Ver GRAFICO 2) Indice de

Liquidez

Nivel de

Endeudamie

Razón

Cobertura

Capital de

Trabajo

Rentabilidad

sobre

Rentabilida

d sobre CANTIDAD

MICRO EMPRESA 50 100% 64% 96% 10% 100% 100%

PEQUEÑA EMPRESA 102 100% 83% 100% 11% 100% 100%

MEDIANA EMPRESA 160 100% 86% 97% 15% 100% 100%

GRAN EMPRESA 113 100% 88% 99% 53% 100% 100%

TOTAL EMPRESAS 425 425 360 353 100 402 425

Fuente: Elaboración propia

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En el estudio se observa el cumplimiento del 100% de la muestra en todos los tamaños empresariales para los índices de Liquidez, Rentabilidad sobre el Patrimonio y Rentabilidad sobre Activos; en cuanto al nivel de endeudamiento el 64% de las Microempresas cumplen, el 83% de las pequeñas empresas, el 86% de las Medianas Empresas y el 88% las grandes empresas.

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ANEXO. ESTUDIO DEL SECTOR

FUENTE: SIREM - REPORTE DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 2019 - NIIF PYMES INDIVIDUALES

Nit

CÓDIGO CIUU

INDICE DE

LIQUIDEZ

ENDEUDAMIENTO

RAZÓN DE COBERTURA

DE INTERESES

CAPITAL DE

TRABAJO

RENTABILIDAD

SOBRE PATRIMONIO

RENTABILIDAD

SOBRE ACTIVOS

900428109 F4312 - Prep 399,26 0,06 14,80 $ 2.341.386 0,02 0,02

860500507 F4290 - Cons 1,11 0,56 2,86 $ 741.348 0,04 0,02

829000966 F4290 - Cons 4,31 0,46 10,38 $ 82.770 0,01 0,01

800092019 F4312 - Prep 2,90 0,45 1,67 $ 9.022.723 0,18 0,10

890301107 F4390 - Otras 9,05 0,24 157,04 $ 15.841.392 0,16 0,12

900467904 F4290 - Cons 1,51 0,55 15,76 $ 1.683.157 0,39 0,18

800208210 F4290 - Cons 8,49 0,47 10,29 $ 23.981.435 0,11 0,06

900133288 F4290 - Cons 2,07 0,73 2,39 $ 6.684.095 0,47 0,13

900391805 F4390 - Otras 1,09 0,78 17,27 $ 4.763.917 0,83 0,18

900331420 F4290 - Cons 7,17 0,58 1,88 $ 7.813.617 0,46 0,20

900187524 F4290 - Cons 25,31 0,58 2,59 $ 12.215.887 0,34 0,14

900341635 F4312 - Prep 2,09 0,35 5,31 $ 697.609 0,17 0,11

900348808 F4290 - Cons 8,59 0,11 45,74 $ 2.196.201 0,19 0,17

900987701 F4290 - Cons 1,31 0,74 33,00 $ 1.004.453 1,06 0,27

800147021 F4290 - Cons 1,43 0,40 2,81 $ 849.168 0,11 0,07

900477591 F4290 - Cons 12,25 0,09 18,62 $ 736.369 0,16 0,14

900107754 F4290 - Cons 6,72 0,46 1,09 $ 16.865.326 0,07 0,04

900438654 F4290 - Cons 2,82 0,36 3,88 $ 4.338.648 0,10 0,06

900658494 F4330 - Term 1,50 0,51 23,46 $ 563.699 0,23 0,11

830509932 F4290 - Cons 8,15 0,49 5,19 $ 121.232.388 0,01 0,00

900584975 F4390 - Otras 3,00 0,42 1,89 $ 4.947.953 0,13 0,08

800079482 F4290 - Cons 4,62 0,31 3,21 $ 16.177.517 0,33 0,23

890400122 F4290 - Cons 2,63 0,38 77,25 $ 3.117.928 0,47 0,29

900297644 F4290 - Cons 4,30 0,57 9,50 $ 287.755 0,00 0,00

900508837 F4290 - Cons 8,21 0,11 374,08 $ 2.317.068 0,33 0,30

800042119 F4290 - Cons 1,51 0,44 1,29 $ 8.159.219 0,09 0,05

830097622 F4330 - Term 7,89 0,18 45,44 $ 42.872.118 0,04 0,03

900572026 F4290 - Cons 5,68 0,50 9,99 $ 208.775 0,03 0,02

900965410 F4290 - Cons 4,65 0,18 360,54 $ 356.575 0,66 0,54

900195606 F4390 - Otras 41,13 0,07 1358,56 $ 42.542.310 0,34 0,32

900089149 F4290 - Cons 2,48 0,39 13,76 $ 2.287.916 0,32 0,20

900023512 F4290 - Cons 5,80 0,27 1,48 $ 10.942.784 0,04 0,03

830079395 F4290 - Cons 10,02 0,12 18,25 $ 2.078.404 0,11 0,09

900197016 F4290 - Cons 3,27 0,29 4,09 $ 1.146.349 0,28 0,20

900409401 F4290 - Cons 4,74 0,50 14,98 $ 825.122 0,30 0,15

900488165 F4330 - Term 1,04 0,54 5,90 $ 26.844 0,26 0,12

901158864 F4290 - Cons 2,61 0,83 5,51 $ 6.678.564 1,01 0,17

830023630 F4290 - Cons 1,75 0,72 15,64 $ 1.160.574 0,22 0,06

830038225 F4290 - Cons 19,77 0,50 6,30 $ 1.843.155 0,10 0,05

900586312 F4329 - Otras 1,53 0,74 10,77 $ 320.039 0,13 0,03 830037203 F4290 - Cons 2,26 0,38 6,55 $ 7.324.273 0,18 0,11

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Nit

CÓDIGO

CIUU

INDICE DE

LIQUIDEZ

ENDEUDAMIENTO

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

CAPITAL DE

TRABAJO

RENTABILIDAD

SOBRE

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

SOBRE

ACTIVOS

900965410 F4290 - Cons 4,65 0,18 360,54 $ 356.575 0,66 0,54

900195606 F4390 - Otras 41,13 0,07 1358,56 $ 42.542.310 0,34 0,32

900089149 F4290 - Cons 2,48 0,39 13,76 $ 2.287.916 0,32 0,20

900023512 F4290 - Cons 5,80 0,27 1,48 $ 10.942.784 0,04 0,03

830079395 F4290 - Cons 10,02 0,12 18,25 $ 2.078.404 0,11 0,09

900197016 F4290 - Cons 3,27 0,29 4,09 $ 1.146.349 0,28 0,20

900409401 F4290 - Cons 4,74 0,50 14,98 $ 825.122 0,30 0,15

900488165 F4330 - Term 1,04 0,54 5,90 $ 26.844 0,26 0,12

901158864 F4290 - Cons 2,61 0,83 5,51 $ 6.678.564 1,01 0,17

830023630 F4290 - Cons 1,75 0,72 15,64 $ 1.160.574 0,22 0,06

830038225 F4290 - Cons 19,77 0,50 6,30 $ 1.843.155 0,10 0,05

900586312 F4329 - Otras 1,53 0,74 10,77 $ 320.039 0,13 0,03

830037203 F4290 - Cons 2,26 0,38 6,55 $ 7.324.273 0,18 0,11

800247459 F4290 - Cons 1,01 0,56 1,31 $ 16.131 0,09 0,04

800177012 F4290 - Cons 22,22 0,49 3,89 $ 12.852.457 0,26 0,13

800226833 F4290 - Cons 4,00 0,20 19,98 $ 35.292.064 0,40 0,32

890913356 F4290 - Cons 1,78 0,57 2,36 $ 5.042.549 0,20 0,09

860510315 F4290 - Cons 2,03 0,47 5,52 $ 1.851.306 0,17 0,09

900423204 F4290 - Cons 27,66 0,01 8,11 $ 552.167 0,17 0,17

800211049 F4312 - Prep 1,36 0,60 7,37 $ 2.869.995 0,49 0,20

900443284 F4390 - Otras 2,12 0,41 30,04 $ 90.235 0,02 0,01

810000991 F4290 - Cons 2,47 0,36 3025,38 $ 901.885 0,19 0,12

900126522 F4290 - Cons 3,58 0,37 21,49 $ 4.865.936 0,37 0,23

800203342 F4290 - Cons 5,43 0,23 14,49 $ 4.665.788 0,52 0,41

800122620 F4390 - Otras 2,63 0,54 1,49 $ 1.341.462 0,12 0,06

900549515 F4390 - Otras 1,89 0,57 4,13 $ 814.055 0,45 0,19

900109886 F4290 - Cons 2,28 0,41 4,49 $ 3.459.811 0,24 0,14

800153419 F4330 - Term 1,22 0,77 5,14 $ 1.370.442 0,37 0,09

900579995 F4290 - Cons 120,32 0,05 91,38 $ 3.157.126 0,35 0,33

800196467 F4290 - Cons 3,40 0,50 83,56 $ 15.467.673 0,30 0,15

800143610 F4290 - Cons 3,22 0,50 3,11 $ 9.025.204 0,34 0,17

900351238 F4290 - Cons 1,47 0,33 347,89 $ 539.446 0,12 0,08

802010733 F4290 - Cons 1,77 0,41 3,27 $ 3.805.204 0,05 0,03

900356101 F4290 - Cons 3,11 0,52 7,13 $ 1.446.780 0,39 0,18

800233401 F4290 - Cons 5,59 0,28 11,19 $ 5.868.557 0,41 0,29

900447786 F4329 - Otras 2,57 0,72 5,55 $ 4.658.008 0,56 0,16

891201840 F4290 - Cons 1,75 0,61 8,30 $ 2.708.923 0,08 0,03

890938749 F4330 - Term 2,21 0,38 14,60 $ 2.008.661 0,11 0,07

900623036 F4290 - Cons 6,76 0,31 1,60 $ 705.801 0,20 0,14

900569201 F4290 - Cons 4,26 0,91 154,25 $ 5.007.548 1,17 0,10

900431414 F4290 - Cons 2,32 0,52 9,42 $ 897.887 0,05 0,02

811006648 F4312 - Prep 1,76 0,49 3,26 $ 721.155 0,40 0,21

800253103 F4390 - Otras 1,45 0,35 1,50 $ 1.166.355 0,10 0,06

891856576 F4290 - Cons 8,91 0,16 3,63 $ 4.353.530 0,08 0,07

811015828 F4290 - Cons 4,58 0,22 23,83 $ 4.721.817 0,44 0,34

900315952 F4290 - Cons 5,23 0,19 2,52 $ 3.123.584 0,11 0,09

890205820 F4290 - Cons 1,72 0,48 2,68 $ 4.052.277 0,20 0,11

900037384 F4290 - Cons 3,71 0,62 21,37 $ 14.722.247 0,28 0,11

830079101 F4290 - Cons 20,56 0,10 2,84 $ 1.352.101 0,07 0,06

890328123 F4329 - Otras 4,87 0,17 17,62 $ 921.144 0,34 0,29

900760997 F4290 - Cons 5,17 0,37 9,87 $ 2.302.086 0,39 0,25

800253479 F4290 - Cons 2,16 0,11 11,32 $ 949.837 0,12 0,11

800147022 F4290 - Cons 2,90 0,39 6,00 $ 1.736.349 0,01 0,01

830038515 F4290 - Cons 1,83 0,59 9,67 $ 4.848.440 0,32 0,13

900180945 F4329 - Otras 1,37 0,70 10,01 $ 341.198 0,34 0,10

900372007 F4290 - Cons 6,37 0,33 11,64 $ 1.384.481 0,17 0,11

900222779 F4290 - Cons 4,59 0,28 3,78 $ 9.335.377 0,12 0,09

900439169 F4290 - Cons 201,86 0,11 123,78 $ 3.006.252 0,14 0,13

900419042 F4390 - Otras 2,44 0,55 4,23 $ 2.987.929 0,25 0,11

900356821 F4390 - Otras 5,15 0,90 2,16 $ 7.179.703 0,01 0,00

900034779 F4290 - Cons 110,11 0,89 2,64 $ 166.177.132 0,08 0,01

900485933 F4290 - Cons 3,73 0,46 6,53 $ 10.134.101 0,28 0,15

900375992 F4390 - Otras 1,23 0,81 7,92 $ 464.300 0,03 0,01

811009579 F4290 - Cons 1,98 0,43 61,41 $ 2.906.583 0,33 0,19

805017838 F4290 - Cons 1,87 0,53 17,51 $ 6.695.320 0,04 0,02

900199516 F4290 - Cons 2,55 0,32 16,51 $ 1.657.677 0,22 0,15

900378719 F4290 - Cons 1,09 0,71 3,08 $ 612.033 0,58 0,17

900740404 F4390 - Otras 2,94 0,25 7,54 $ 1.244.308 0,15 0,11

800110302 F4390 - Otras 1,59 0,69 1,26 $ 8.729.137 0,10 0,03 900188750 F4290 - Cons 1,23 0,57 4,50 $ 2.386.744 0,26 0,11

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La EMB está comprometida con el medio ambiente; no imprima este documento. Si este documento se encuentra impreso se considera “Copia no Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en aplicativo oficial de la Entidad.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Nit

CÓDIGO

CIUU

INDICE DE

LIQUIDEZ

ENDEUDAMIENTO

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

CAPITAL DE

TRABAJO

RENTABILIDAD

SOBRE

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

SOBRE

ACTIVOS

830082401 F4290 - Cons 1,66 0,69 0,96 $ 9.581.637 0,08 0,02

900241305 F4290 - Cons 2,69 0,61 1,32 $ 3.784.288 0,15 0,06

860090819 F4290 - Cons 2,40 0,58 6,82 $ 29.664.238 0,19 0,08

802013139 F4329 - Otras 5,48 0,16 1,97 $ 2.022.413 0,34 0,28

811021610 F4390 - Otras 7,20 0,73 1,61 $ 5.059.055 0,26 0,07

900339752 F4290 - Cons 12,46 0,27 24,51 $ 2.096.172 0,21 0,15

806013308 F4290 - Cons 4,18 0,49 2,63 $ 3.495.451 0,12 0,06

900910405 F4290 - Cons 4,18 0,43 144,12 $ 3.969.722 0,21 0,12

900320511 F4290 - Cons 2,16 0,76 3,78 $ 2.331.563 0,37 0,09

900535903 F4290 - Cons 202,06 0,46 24,80 $ 6.879.511 0,08 0,04

900849507 F4290 - Cons 3,17 0,36 482,33 $ 8.598.834 0,58 0,37

800146310 F4290 - Cons 4,66 0,79 11,51 $ 3.505.446 0,13 0,03

830139109 F4290 - Cons 1,03 0,87 97,92 $ 170.597 0,19 0,02

900459826 F4330 - Term 1,29 0,55 5,74 $ 965.715 0,24 0,11

830013054 F4290 - Cons 5,20 0,19 331,63 $ 6.145.966 0,21 0,17

830041411 F4290 - Cons 2,06 0,64 6,18 $ 14.039.173 0,38 0,14

900678010 F4390 - Otras 1,05 0,77 2,59 $ 52.479 0,67 0,15

900383711 F4330 - Term 3,04 0,53 40,13 $ 4.063.874 0,26 0,12

900443968 F4290 - Cons 8,10 0,16 52,11 $ 2.098.513 0,19 0,16

891501427 F4390 - Otras 1,20 0,69 9,77 $ 1.520.686 0,17 0,05

900386131 F4290 - Cons 1,23 0,34 6,05 $ 267.428 0,21 0,14

900088206 F4390 - Otras 5,11 0,27 35,69 $ 1.075.388 0,46 0,34

900767009 F4290 - Cons 2,03 0,53 4,75 $ 1.035.990 0,03 0,01

800055393 F4290 - Cons 3,46 0,54 1,95 $ 10.111.834 0,08 0,04

830135333 F4390 - Otras 15,06 0,64 9,22 $ 1.927.140 0,17 0,06

900243322 F4290 - Cons 2,79 0,27 11,82 $ 8.144.318 0,26 0,19

800119086 F4330 - Term 5,50 0,32 5,88 $ 14.410.099 0,26 0,17

811006779 F4290 - Cons 2,19 0,34 3,95 $ 14.282.281 0,07 0,04

900277615 F4290 - Cons 5,92 0,69 2,72 $ 21.023.436 0,16 0,05

860502417 F4290 - Cons 2,67 0,15 2,46 $ 2.344.447 0,03 0,02

900456618 F4290 - Cons 1,49 0,53 22,68 $ 219.215 0,04 0,02

804006097 F4290 - Cons 17,86 1,00 5,14 $ 2.407.426 27,02 0,03

810002618 F4290 - Cons 1,58 0,54 11,75 $ 2.506.075 0,60 0,28

900915939 F4290 - Cons 5,11 0,88 15,57 $ 784.206 0,07 0,01

830141725 F4290 - Cons 26,13 0,39 4,35 $ 5.491.161 0,17 0,10

830113525 F4290 - Cons 4,46 0,65 1,62 $ 16.209.316 0,11 0,04

900469424 F4330 - Term 4,06 0,25 4,61 $ 575.105 0,14 0,10

900914319 F4390 - Otras 1,00 0,99 1,06 $ 80.073 0,38 0,00

900135121 F4290 - Cons 11,30 0,32 23,17 $ 7.939.509 0,07 0,05

800252523 F4311 - Dem 9,85 0,80 3,83 $ 11.668.088 0,27 0,05

844000023 F4290 - Cons 1,24 0,81 185,68 $ 4.019.954 0,58 0,11

900244818 F4290 - Cons 1,16 0,40 1,94 $ 503.568 0,00 0,00

900163434 F4290 - Cons 6,57 0,56 1,51 $ 1.631.976 0,12 0,05

822005333 F4290 - Cons 7,04 0,21 1,01 $ 10.149.447 0,03 0,03

900321513 F4290 - Cons 2,39 0,55 9,17 $ 23.491.596 0,08 0,03

800007367 F4390 - Otras 1,52 0,56 13,04 $ 3.522.244 0,24 0,11

830073841 F4290 - Cons 3,09 0,59 1,39 $ 21.680.944 0,04 0,02

822000138 F4290 - Cons 14,09 0,20 17,36 $ 52.753.050 0,18 0,14

830073933 F4290 - Cons 15,71 0,57 88,62 $ 1.328.244 0,04 0,02

830512329 F4390 - Otras 1,22 0,41 4,11 $ 179.950 0,37 0,22

900571524 F4290 - Cons 1,05 0,74 4,35 $ 177.746 0,84 0,21

805014934 F4290 - Cons 1,88 0,64 7,03 $ 1.290.439 0,63 0,23

900292810 F4329 - Otras 2,74 0,80 2,64 $ 4.048.690 0,07 0,01

900768685 F4330 - Term 89,99 0,91 8,42 $ 6.886.947 0,51 0,05

800206723 F4290 - Cons 1,52 0,45 2,71 $ 3.730.612 0,22 0,12

900390725 F4390 - Otras 6,30 0,10 1,32 $ 3.071.233 0,05 0,04

900951225 F4290 - Cons 3,02 0,75 16,63 $ 80.499.674 0,88 0,22

860528324 F4290 - Cons 11,98 0,31 2,62 $ 3.047.960 0,06 0,04

802023626 F4290 - Cons 3,61 0,49 3,00 $ 10.462.413 0,05 0,03

900651125 F4290 - Cons 73,81 0,01 165,16 $ 1.941.234 0,10 0,10

800209530 F4290 - Cons 8,43 0,54 4,82 $ 30.329.499 0,22 0,10

901059647 F4290 - Cons 45,01 0,32 7,05 $ 5.879.552 0,07 0,05

830082545 F4290 - Cons 2,21 0,60 1,73 $ 2.783.860 0,26 0,10

900298032 F4330 - Term 1,67 0,67 3,04 $ 4.825.100 0,39 0,13

900171033 F4290 - Cons 2,68 0,65 2,07 $ 1.620.516 0,10 0,03

817000639 F4290 - Cons 1,48 0,65 2,01 $ 5.812.662 0,20 0,07

900769048 F4290 - Cons 14,95 0,23 21,81 $ 5.838.272 0,30 0,23

900440546 F4290 - Cons 4,57 0,78 2,55 $ 9.063.569 0,30 0,07

804012551 F4290 - Cons 2,56 0,56 6,62 $ 6.497.830 0,46 0,20

900397741 F4290 - Cons 1,00 0,90 6,59 $ 19.844 0,04 0,00

900066226 F4330 - Term 10,59 0,08 4,00 $ 1.480.097 0,14 0,13

900686537 F4290 - Cons 5,11 0,71 3,06 $ 1.159.414 0,30 0,09

900088145 F4290 - Cons 31,41 0,03 1,20 $ 2.363.496 0,24 0,23

900878133 F4290 - Cons 3,46 0,23 7,32 $ 2.101.980 0,53 0,40

832011532 F4290 - Cons 1,30 0,74 2,92 $ 1.398.858 0,27 0,07

829002331 F4312 - Prep 10,21 0,37 17,96 $ 2.497.722 0,01 0,01

800141734 F4390 - Otras 1,08 0,66 6,35 $ 3.053.837 0,78 0,26

900928741 F4290 - Cons 1,25 0,78 6,21 $ 258.878 3,91 0,85

900688241 F4290 - Cons 20,91 0,05 236,79 $ 2.261.565 0,01 0,01

900955041 F4390 - Otras 23,71 0,95 2,26 $ 18.155.185 0,59 0,03

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Nit

CÓDIGO

CIUU

INDICE DE

LIQUIDEZ

ENDEUDAMIENTO

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

CAPITAL DE

TRABAJO

RENTABILIDAD

SOBRE

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

SOBRE

ACTIVOS

900569690 F4290 - Cons 3,76 0,60 7,31 $ 1.839.684 0,36 0,15

900552490 F4290 - Cons 2,40 0,54 11,03 $ 2.725.639 0,41 0,19

830071191 F4290 - Cons 31,56 0,41 9,00 $ 7.267.609 0,01 0,00

830084347 F4290 - Cons 53,91 0,05 14,07 $ 24.245.618 0,01 0,01

800198573 F4290 - Cons 6,31 0,58 4,64 $ 14.550.481 0,13 0,05

830067146 F4290 - Cons 1,55 0,57 6,41 $ 1.096.845 0,12 0,05

900749040 F4290 - Cons 6,75 0,38 22,79 $ 8.705.450 0,10 0,06

805018839 F4290 - Cons 3,07 0,46 3,07 $ 6.237.456 0,20 0,11

900351236 F4290 - Cons 25,76 0,54 17,49 $ 12.987.169 0,38 0,17

900475438 F4290 - Cons 2,52 0,90 0,98 $ 3.925.890 0,06 0,01

811024145 F4330 - Term 1,24 0,80 6,54 $ 1.045.070 0,43 0,09

811037236 F4390 - Otras 1,23 0,75 1,69 $ 1.225.953 0,46 0,11

830040332 F4290 - Cons 2,01 0,58 4,48 $ 19.404.297 0,11 0,04

802011046 F4390 - Otras 1,54 0,58 2,47 $ 1.199.275 0,25 0,11

901006746 F4290 - Cons 6,53 0,78 1,41 $ 6.780.931 0,03 0,01

900191742 F4290 - Cons 1,01 0,34 1,51 $ 22.553 0,09 0,06

900110043 F4290 - Cons 1,36 0,68 14,43 $ 4.519.886 0,56 0,18

900079753 F4290 - Cons 8,34 0,68 6,06 $ 13.919.461 0,06 0,02

830003733 F4290 - Cons 1,94 0,49 3,64 $ 16.811.686 0,22 0,11

802018747 F4290 - Cons 1,35 0,57 2,44 $ 2.596.446 0,20 0,08

830021846 F4290 - Cons 1,25 0,45 3,62 $ 1.791.732 0,01 0,01

900070744 F4290 - Cons 2,45 0,91 4,11 $ 8.855.827 0,11 0,01

860503143 F4290 - Cons 15,79 0,43 232,05 $ 8.490.263 0,14 0,08

900474142 F4290 - Cons 2,45 0,74 4,81 $ 6.920.320 0,36 0,09

813002544 F4290 - Cons 11,00 0,67 30,97 $ 3.835.170 0,68 0,23

900590459 F4290 - Cons 2,10 0,38 13,27 $ 3.195.519 0,17 0,11

900007303 F4290 - Cons 1,17 0,63 10,98 $ 24.426 1,01 0,38

900204637 F4290 - Cons 2,07 0,12 6,30 $ 1.087.598 0,01 0,01

860350277 F4290 - Cons 2,28 0,39 38,07 $ 37.433.466 0,18 0,11

900315095 F4312 - Prep 3,56 0,52 7,83 $ 4.475.836 0,25 0,12

830036351 F4290 - Cons 8,53 0,09 10,93 $ 8.053.128 0,02 0,02

800204751 F4329 - Otras 1,18 0,51 2,45 $ 620.199 0,08 0,04

800125980 F4290 - Cons 2,40 0,49 2,20 $ 5.972.561 0,06 0,03

891100670 F4290 - Cons 3,98 0,67 12,03 $ 12.913.144 0,55 0,18

800177854 F4290 - Cons 1,56 0,62 6,14 $ 14.490.409 0,75 0,29

800193117 F4390 - Otras 2,84 0,56 1,73 $ 6.228.144 0,17 0,08

800247622 F4290 - Cons 10,13 0,95 3,06 $ 911.228 0,89 0,04

804000752 F4290 - Cons 4,21 0,42 0,11 $ 32.669.740 0,01 0,01

900308353 F4312 - Prep 2,02 0,96 1,10 $ 6.692.558 0,64 0,03

901101752 F4390 - Otras 5,31 0,61 14,87 $ 7.329.257 0,25 0,10

800196961 F4390 - Otras 3,43 0,25 4,75 $ 2.221.628 0,21 0,16

900423263 F4290 - Cons 1,90 0,46 1,21 $ 1.131.012 0,08 0,04

900145050 F4290 - Cons 8,00 0,47 2,25 $ 6.732.595 0,25 0,13

900051349 F4312 - Prep 3,05 0,23 30,74 $ 2.043.285 0,32 0,25

800045458 F4390 - Otras 3,02 0,54 2,48 $ 5.877.250 0,11 0,05

844002854 F4290 - Cons 1,29 0,69 19,18 $ 4.398.874 0,21 0,07

890901156 F4390 - Otras 1,79 0,21 0,91 $ 2.734.437 0,00 0,00

900864655 F4290 - Cons 1,72 0,68 2,61 $ 1.751.401 0,45 0,14

830009651 F4290 - Cons 2,56 0,49 3,07 $ 12.393.698 0,03 0,02 900336649 F4290 - Cons 2,36 0,42 18,66 $ 4.306.736 0,41 0,24

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La EMB está comprometida con el medio ambiente; no imprima este documento. Si este documento se encuentra impreso se considera “Copia no Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en aplicativo oficial de la Entidad.

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

FUENTE: SIREM - REPORTE DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 2019 - NIIF PLENAS

INDIVIDUALES - SECCIÓN F. CONSTRUCCIÓN.

Nit

CÓDIGO

CIUU

INDICE DE

LIQUIDEZ

ENDEUDAMIENTO

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

CAPITAL DE

TRABAJO

RENTABILIDAD

SOBRE

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

SOBRE

ACTIVOS

800183149 F4290 - Cons 1,33 0,72 32,36 $ 1.838.851 0,67 0,19

800085861 F4290 - Cons 1,28 0,53 1,30 $ 1.796.142 0,06 0,03

901178054 F4290 - Cons 1,98 0,69 158753,46 $ 7.833.176 1,43 0,44

900709965 F4290 - Cons 5,17 0,70 4,49 $ 6.085.807 0,38 0,12

900586894 F4390 - Otras 1,01 0,99 4,18 $ 14.603 13,24 0,07

890313269 F4390 - Otras 2,05 0,42 1,07 $ 18.802.111 0,06 0,03

830046267 F4330 - Term 1,18 0,82 2,99 $ 1.434.822 0,22 0,04

900521357 F4290 - Cons 5,05 0,43 22,91 $ 83.686.794 0,67 0,38

900238486 F4390 - Otras 2,52 0,82 182,34 $ 2.458.091 0,29 0,05

800140959 F4290 - Cons 1,80 0,64 7,63 $ 33.149.212 0,29 0,11

800071658 F4290 - Cons 1,01 0,55 2,22 $ 126.321 0,04 0,02

900651359 F4290 - Cons 229,01 0,00 1128,71 $ 4.990.143 0,21 0,20

900324561 F4390 - Otras 1,42 0,58 19,90 $ 360.568 0,39 0,16

807008957 F4290 - Cons 2,60 0,32 14,74 $ 4.637.786 0,17 0,12

900030373 F4290 - Cons 1,03 0,82 1,91 $ 221.171 0,49 0,09

800206456 F4330 - Term 1,49 0,67 48,61 $ 2.563.541 0,40 0,14

900014867 F4290 - Cons 1,98 0,32 20,10 $ 3.853.611 0,21 0,15

800195564 F4290 - Cons 2,59 0,53 5,12 $ 2.018.460 0,15 0,07

900398983 F4290 - Cons 10,76 0,39 16,57 $ 2.606.430 0,28 0,17

860044466 F4290 - Cons 1,54 0,46 14,03 $ 9.250.248 0,09 0,05

900154904 F4290 - Cons 10,33 0,27 8,09 $ 2.520.543 0,03 0,02

802019963 F4290 - Cons 34,01 0,63 2197,46 $ 16.491.420 0,09 0,03

900919077 F4290 - Cons 2,54 0,81 1,61 $ 3.016.469 0,56 0,11

800186250 F4290 - Cons 1,18 0,75 6,60 $ 4.510.476 0,35 0,09

811045062 F4290 - Cons 3,91 0,30 8,55 $ 779.045 0,10 0,07

800205166 F4290 - Cons 3,34 0,37 1,95 $ 8.191.008 0,08 0,05

900166460 F4290 - Cons 1,09 0,87 6,07 $ 760.368 0,44 0,06

800043769 F4290 - Cons 5,66 0,69 7,62 $ 5.577.008 0,20 0,06

900317964 F4290 - Cons 2,25 0,37 5,31 $ 4.367.646 0,25 0,16

900102268 F4290 - Cons 2,56 0,57 2,67 $ 6.504.485 0,20 0,09

806013065 F4312 - Prep 1,74 0,44 1,31 $ 4.495.768 0,10 0,06

806006970 F4290 - Cons 6,13 0,26 10,84 $ 2.179.882 0,32 0,23

900206662 F4390 - Otras 1,76 0,45 2,39 $ 3.679.138 0,29 0,16

800093266 F4290 - Cons 1,12 0,64 0,62 $ 314.070 0,04 0,01

806008768 F4312 - Prep 2,07 0,25 4,66 $ 5.039.207 0,20 0,15

810006670 F4290 - Cons 1,57 0,49 25,19 $ 654.765 0,61 0,31

807000269 F4290 - Cons 6,03 0,68 3,78 $ 13.478.641 0,22 0,07

890937165 F4290 - Cons 3,22 0,27 16,84 $ 11.837.856 0,27 0,19

811008076 F4390 - Otras 3,55 0,62 12,97 $ 2.430.302 0,37 0,14

900337549 F4290 - Cons 1,47 0,65 7,57 $ 3.493.530 0,57 0,20

800112169 F4290 - Cons 1,82 0,67 1,65 $ 797.408 0,76 0,25

900419471 F4290 - Cons 1,09 0,56 37,21 $ 735.641 0,35 0,15

900195471 F4290 - Cons 1,68 0,86 48,99 $ 30.256.280 0,51 0,07

830510471 F4290 - Cons 4,06 0,19 4,89 $ 2.425.485 0,09 0,07

900032966 F4290 - Cons 9,53 0,39 2,18 $ 5.695.025 0,09 0,05

900032370 F4290 - Cons indetermina 0,54 2,74 $ 19.280.865 0,13 0,06

802002267 F4330 - Term 2,91 0,26 3,16 $ 3.371.534 0,14 0,11

900545031 F4290 - Cons 2,07 0,70 1,78 $ 907.932 0,41 0,12

860080392 F4290 - Cons 2,77 0,27 1,65 $ 5.250.944 0,02 0,01

890927276 F4290 - Cons 3,90 0,31 9,57 $ 10.593.871 0,23 0,16

900156781 F4290 - Cons 32,71 0,34 6,87 $ 4.856.555 0,53 0,35

900086677 F4330 - Term 1,05 0,38 4,86 $ 23.869 0,16 0,10

900590078 F4390 - Otras 1,15 0,73 11,09 $ 2.183.510 0,37 0,10

860351162 F4290 - Cons 1,20 0,69 8,59 $ 461.414 0,95 0,29

900074158 F4311 - Dem 1,23 0,79 10,91 $ 2.586.811 0,08 0,02

900349462 F4290 - Cons 4,22 0,42 4,79 $ 1.436.084 0,75 0,44

900080076 F4290 - Cons 1,26 0,74 3,43 $ 569.952 0,09 0,02

830509690 F4290 - Cons 2,02 0,34 20,48 $ 3.008.536 0,10 0,06

900196576 F4290 - Cons 3,04 0,64 1,41 $ 3.045.938 0,12 0,04 900542792 F4290 - Cons 1,68 0,45 7,17 $ 5.979.781 0,11 0,06

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PROCESO: GESTIÓN CONTRACTUAL

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS

CÓDIGO: GC-FR-001 VERSIÓN: 05

Bibliografía

• http://www.secop.gov.co

• SIREM. Superintendencia de Sociedades

• http://www.dane.com.co

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• Informe Junta Directiva Banco de la República al congreso-julio-2020 cifras macroeconómicas.

• Documento Conpes 3521.

• Fedesarrollo – Cuadernos No. 65

JORGE HERNANDEZ RIVERA

Gerente Desarrollo Inmobiliario Gerencia Desarrollo Inmobiliario

Proyectó: Vo. Bo Natalia Trujillo Angulo/ Subgerencia de Gestión del Suelo – Profesional 02

Vo. Bo Sandra Consuelo Camelo/ Gerencia de Desarrollo Inmobiliario – Contratista Revisó: Vo.Bo Adriana Barragán López / Subgerente de Gestión del Suelo.

Vo. Bo Juan Sebastián Sánchez Dederlé / Subgerencia Gestión del Suelo – Contratista Vo. Bo Zulma Andrea León Núñez / Gerencia de Desarrollo Inmobiliario – Contratista