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III CONGRESO NACIONAL DEL AGUA. UNMSM, LIMA -PERÚ, MARZO 2011. PROBLEMÁTICA DEL USO DE AGUA EN EL DESARROLLO SOCIAL, CULTURAL Y PRODUCTIVO, EPOCA ACTUAL, MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD DEL AGUA Amarildo Fernández Estela CALLE 17 Nº 355- URB. EL PAOMAR SAN ISIDRO – LIMA – PERÚ, [email protected] RESUMEN La desigual distribución espacial del agua y su variabilidad estacional, determinan diferencias significativas en la disponibilidad del recurso: extrema aridez en la vertiente del Pacífico sur; estrés moderado en el Pacífico norte y abundancia en la vertiente del Atlántico. Esto determina que la vertiente del Pacífico, posea grandes limitaciones en la disponibilidad del recurso hídrico, por lo que, en esta vertiente, se generan la mayor cantidad de conflictos por el acceso al agua Los conflictos entre usuarios que compiten por el agua se hacen cada vez más frecuentes, conforme se incrementan las demandas en los sectores productivos correspondientes. El derroche de los recursos hídricos y su conflictiva gestión viene estimulando el agotamiento de las disponibilidades. La contaminación del agua, causada por las actividades humanas, se hace cada vez más frecuente y generalizada, provocando la disminución del volumen de agua utilizable. En el contexto anterior es fundamental la incorporación de la dimensión social resaltando la necesidad de una gestión renovada y eficiente de los recursos hídricos, incidiendo en el cabal conocimiento del ciclo hidrológico para evaluar mejor los recursos hídricos a fin de tener una mayor certeza en la toma de decisiones. PALABRA CLAVE GESTIÓN INTEGRADA PARA LA PROTECCIÓN

Problematica Del Uso de Agua Amarildo Articulo 2011

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  • III CONGRESO NACIONAL DEL AGUA.

    UNMSM, LIMA -PER, MARZO 2011.

    PROBLEMTICA DEL USO DE AGUA EN EL DESARROLLO SOCIAL, CULTURAL Y PRODUCTIVO, EPOCA ACTUAL, MEDIO AMBIENTE Y

    CALIDAD DEL AGUA

    Amarildo Fernndez Estela CALLE 17 N 355- URB. EL PAOMAR SAN ISIDRO LIMA PER, [email protected]

    RESUMEN La desigual distribucin espacial del agua y su variabilidad estacional, determinan diferencias significativas en la disponibilidad del recurso: extrema aridez en la vertiente del Pacfico sur; estrs moderado en el Pacfico norte y abundancia en la vertiente del Atlntico. Esto determina que la vertiente del Pacfico, posea grandes limitaciones en la disponibilidad del recurso hdrico, por lo que, en esta vertiente, se generan la mayor cantidad de conflictos por el acceso al agua Los conflictos entre usuarios que compiten por el agua se hacen cada vez ms frecuentes, conforme se incrementan las demandas en los sectores productivos correspondientes. El derroche de los recursos hdricos y su conflictiva gestin viene estimulando el agotamiento de las disponibilidades. La contaminacin del agua, causada por las actividades humanas, se hace cada vez ms frecuente y generalizada, provocando la disminucin del volumen de agua utilizable. En el contexto anterior es fundamental la incorporacin de la dimensin social resaltando la necesidad de una gestin renovada y eficiente de los recursos hdricos, incidiendo en el cabal conocimiento del ciclo hidrolgico para evaluar mejor los recursos hdricos a fin de tener una mayor certeza en la toma de decisiones.

    PALABRA CLAVE

    GESTIN INTEGRADA PARA LA PROTECCIN

  • 1. INTRODUCCIN

    La gestin ambiental, la proteccin de la salud, la tecnologa y la productividad son aspectos que el Per viene desarrollando progresivamente a fin de dar un enfoque sistmico al tratamiento y adecuacin de factores ambientales como son las descargas de aguas residuales generadas por las actividades humanas. La necesidad de implementar sistemas de manejo acordes, tcnica y econmicamente, responden a la realidad de pas y a la demanda cada vez ms grande, en vista que la poblacin es consciente del cuidado del ambiente; as tambin, la aplicacin del concepto de inversin y no de gasto para implementar medidas de control ambiental y sanitario es un tema que cada vez los inversionistas o la actividad privada comprende ms y viene incorporando dentro de sus proyectos productivos estas medidas de control. La oferta ambiental provee a las actividades socio-econmicas la materia prima e insumos para transformarlos en un bien o producto capaz de satisfacer las necesidades humanas; la presin que se ejerce al ambiente, por estas actividades, se manifiesta por los niveles de extraccin y la magnitud de los residuos que retornan al ambiente, situaciones que pueden minimizarse haciendo ms eficiente los procesos de transformacin y minimizando la generacin de residuo, entre ellos las descargas de aguas residuales industriales. As tambin, en tanto no haya posibilidades de seguir mejorando la eficiencia de produccin, son necesarias las medidas de adecuacin y manejo razonable de estos sub productos. En el Per las actividades poblacionales e industriales se han incrementado considerablemente, las nuevas tendencias econmicas globales hacen que el sector industrial sea preponderante para elevar el estatus del pas y mejorar la calidad de vida de la poblacin, siempre que se desarrollen conjuntamente estrategias de mejora de los mecanismos para el buen tratamiento de los residuos.

    2. ANTECEDENTES 2.1 Aspectos Generales

    El Per se ubica en el sector central occidental de Amrica del Sur, debajo de la lnea ecuatorial. Se sita entre los meridianos 683927 y 87195; y entre los paralelos 00148 y 182103. Limita al Norte con Ecuador y Colombia, al Este con Brasil, al Sureste con Bolivia, al Sur con Chile y al Oeste con el Ocano Pacfico.

    La superficie territorial del Per es de 1 285 215,60 km2, incluyendo las islas del mar Pacfico Peruano, la parte peruana del Lago Titicaca y sus islas. Adems, el Per posee soberana y jurisdiccin sobre una franja de 200 millas en el Ocano Pacfico, adyacente al litoral marino que alcanza una longitud aproximada de 3 079,5 km entre los departamentos de Tumbes y Tacna. Por su extensin, es el vigsimo pas del mundo, y se ubica en el cuarto lugar entre los pases de Latinoamrica y el Caribe, luego de Brasil, Argentina y Mxico. El territorio antrtico peruano tiene una extensin de 9 km2, y est comprendido entre los meridianos 84 y 90 Longitud Oeste y hasta el Polo Sur, a los 90 Latitud Sur (INEI, 2000). Si bien a nivel planetario el volumen del agua en sus diversos estados: gaseoso, slido y lquido (salada y dulce) se mantiene constante su distribucin y caractersticas son desiguales. El 97%

  • est constituido por agua salada en los ocanos, el resto de agua (3%) constituyen las aguas continentales que se distribuyen en los casquetes polares y glaciares (79%), en aguas subterrneas (20%) y en aguas superficiales constituidas por ros y lagos (1%) de fcil accesibilidad, lo cual es nfimo si los comparamos con el total de agua existente. En el Per, pas de gran variabilidad geogrfica y ecolgica, el agua como recurso hdrico se distribuye en tres vertientes hidrogrficas; Pacfico, Amazonas y Titicaca, producto de la presencia de la Cordillera de los Andes que constituye rasgo ms conspicuo del territorio peruano. La Vertiente del Pacfico se enmarca desde el espacio comprendido entre la lnea de cumbres de la Cordillera Occidental Andina hasta el Ocano Pacfico al oeste. Presenta una configuracin alargada y estrecha donde se distribuyen 62 cuencas no navegables, dentro de un patrn de cursos paralelos, abarcando una superficie de aproximadamente 280 000 Km2. Representa la vertiente seca del pas con un rgimen de escurrimiento irregular. En esta regin se concentra ms del 50% de la poblacin del Per estimada en 29 millones de habitantes (2010), asentados en los referidos oasis fluviales. Hacia el este, se distribuye la extensa vertiente del Amazonas, conformada por 84 cuencas hidrogrficas, con aproximadamente 956 mil Km, donde discurren cuatro ros principales dentro de un notable complejo patrn de drenaje dendrtico, con ms de 1000 ros afluentes. Representa la vertiente hmeda y con excedentes significativos de agua involucrando a las regiones de sierra y selva del pas. El curso de estos ros es sinuoso, drenando en dos direcciones principales, hacia el norte los ros Maran, Huallaga y Ucayali, originando en su confluencia al ro Amazonas y hacia el este al Madre de Dos. Finalmente, la vertiente del Titicaca, conformada por 13 cuencas hidrogrficas, con menos de 50 000 Km2 conforma una cuenca cerrada, de configuracin elipsoidal formando un conjunto de 12 ros que discurren radialmente hacia el Lago Titicaca situado a 3 812 msnm.

    Fuente: MINAM, MINEM, SERNANP

    rea Total del Per: 128 millones de hectreas

    (100%)

    reas Naturales Protegidas:

    19.04 millones de hectreas

    (14.80%)

    reas concedidas a la actividad minera:

    13`455,080.35 hectreas (10.51.%)

    reas en explotacin:

    715,384.99 hectreas (0.56 %)

    reas en exploracin: 857,678.46 hectreas (0.67 %)

  • 2.2 Disponibilidad de Agua La variada orografa del territorio peruano caracterizada por la Cordillera de los Andes que se extiende longitudinalmente de Norte a Sur, da origen a la conformacin de cuencas hidrogrficas con caractersticas distintas, destacndose tres grandes vertientes denominadas: Pacfico con 62 cuencas, Amazonas con 84 cuencas y Titicaca con 13 cuencas. El Per, pas privilegiado por su oferta hdrica, dispone de un volumen anual promedio de 2046,287 MMC de agua, ubicndose entre los 20 pases ms ricos del mundo con 72,510 metros cbicos/habitante/ao; no obstante, su orografa define tres vertientes hidrogrficas que desequilibran su distribucin espacial, concentrando el 97.7% del volumen en la vertiente del Amazonas, en donde se asienta el 30% de la poblacin que produce el 17.6% del PBI; el 0.5% se encuentra en la vertiente del Titicaca, en donde se asienta el 5% de la poblacin y produce el 2% del PBI y; el 1.8% restante se encuentra en la vertiente del Pacfico, en donde paradjicamente se concentra el 65% de la poblacin que produce el 80.4% del PBI. A nivel nacional, los sectores que intervienen en la gestin del agua a travs de sus correspondientes Ministerios son: Agricultura (aprovechamiento agrcola); Vivienda Construccin y Saneamiento (aprovechamiento domestico); Salud (calidad del agua); Comercio Exterior y Turismo (aguas termales); Energa y Minas (aprovechamiento energtico y operaciones minero-metalrgicos); Produccin (aprovechamiento industrial y acucola); Ambiente (poltica ambiental, regulacin e informacin hidrometeorolgica). El agua es considerada como uno de los recursos ms importantes para el desarrollo de la sociedad por lo que su uso racional es muy importante para lograr un completo bienestar. Por ello, la cuantificacin en la disponibilidad del agua es bsica para orientar las estrategias y polticas pblicas de este recurso. En el Per es primordial fomentar el uso eficiente del agua garantizando su acceso de manera sostenible. En el ao 2004, se reporta la disponibilidad natural del agua en el Per en 77 534 m3/hab/ao (Comisin Tcnica Multisectorial, 2004). Esta cifra es bastante relativa si tomamos en cuenta que el recurso hdrico se concentra mayormente en la vertiente del Atlntico, donde la disponibilidad de agua es de 291 703 m3/hab/ao. Por el contrario, en la vertiente del Pacfico, donde se concentra el mayor nmero de poblacin del pas, la disponibilidad total de los recursos hdricos llega slo a 2 027 m3/hab/ao y en la vertiente del Titicaca es de 9 175 m3/hab/ao.

  • 2.3 Caractersticas de la Poblacin del Per De conformidad con el ltimo censo realizado en el Per en el ao 2007, el pas tiene una poblacin de 27 412 157 habitantes (censada), cuya distribucin destaca que el 76 % corresponde al medio urbano y el 24 % al rural, existiendo casi una paridad a nivel de genero.

    2.4 Delimitacin de Unidades Geogrficas del Per La adecuacin y manejo de las descargas de aguas residuales generadas por las actividades mineras e industrias, est estrictamente vinculada a la gestin de las aguas del pas, de all que resulta necesario conocer la delimitacin de las Unidades hidrogrficas del Per y toda accin que se tome al respecto debe analizarse de manera armnica e integral.

    El Per cuenta con tres vertientes importantes: La del Pacfico que involucra la zona costera caracterizada por el conjunto de ros que vierten sus aguas al Ocano Pacfico; la del Amazonas, que abarca las zonas andinas y amaznicas cuyos ros descargan al Ocano Atlntico a travs del ro Amazonas, y la del Titicaca que considera a aquellos ros que llegan al Lago del mismo nombre en la zona alto-andina.

    En la dcada de los aos ochenta la Oficina de Evaluacin de Recursos Naturales ONERN, desarroll una primera propuesta de delimitacin de cuencas hidrogrficas a escala nacional, donde se determinaron 106 cuencas hidrogrficas referida a ros de primer orden o principales, propuesta que adquiri relevante importancia ya que se convirti en el marco referencial para diferentes instituciones pblicas.

    Desde el ao 2003, la Intendencia de Recursos Hdricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales, hoy Autoridad Nacional del Agua ANA, del Ministerio de Agricultura, adaptando y aplicando la metodologa Pfastertter, la realidad de las condiciones y caractersticas geogrficas del territorio peruano, inicia la elaboracin del Mapa de Unidades Hidrogrficas del Per, donde se han delimitado, identificado y clasificado cada una de las principales cuencas, inter-cuencas y cuencas cerradas del pas, hasta las unidades ms pequeas all donde se encuentran las fuentes de aguas. En cuanto a los temas de calidad de las aguas, la contaminacin de los cursos de agua y ecosistemas acuticos, estn regidos a partir del ao 2008 con la publicacin del Decreto Supremo N 002-2008-MINAM, por valores de concentracin considerados como Estndares de Calidad Ambiental, de all que los aspectos de conservacin relacionados con el uso y aprovechamiento estn en el mismo nivel de los de preservacin asociados a la calidad de los recursos hdricos.

  • En el mapa, se puede apreciar la distribucin de los ros principales por cuenca, a los cuales tributan otros de menor grado, estando en las nacientes de ellos y parte de su recorrido, diversas actividades productivas que ven a estos recursos hdricos como fuente de abastecimiento y receptores de sus aguas residuales:

    2.5 Actividades Mineras y Produccin a) Minera

    En el Per la minera es uno de los sectores ms importantes de la economa peruana y representa normalmente ms del 50% de las exportaciones peruanas con cifras alrededor de los 4 mil millones de dlares al ao. Por su propia naturaleza la gran minera constituye un sector que genera grandes movimientos de capital ms no de mano de obra, as el ao 2003 aport el 4,7% del PBI, sin embargo ocup slo al 0,7% de la PEA. La minera se ha vuelto tan importante que desde el ao 1993 el Per ha duplicado su produccin de minerales. Los principales minerales que exporta nuestro pas son: cobre, oro, hierro, plata, zinc y plomo entre otros. Actualmente todos ellos son fuertemente demandados como insumos para procesos industriales de alto nivel tecnolgico. El Per es un pas de tradicin minera. Durante la poca de la colonia se explotaron las minas de plata de Potos (Hoy Bolivia) y las minas de azogue de Santa Brbara (Huancavelica). El azogue es conocido hoy como el mercurio y fue en su momento indispensable para la separacin de la plata. Diversas fuentes coinciden que los minerales provenientes de estas minas permitieron la supervivencia y el desarrollo de Europa. La privatizacin de la gran minera nacional, emprendida por el gobierno peruano en 1991, ha atrado a ms de cien empresas extranjeras. El 40% de estas inversiones procede de Canad, y el resto, de Australia, estados Unidos, Mxico, Sudfrica, China, Suiza, Reino Unido, Luxemburgo e Italia. Las empresas estatales como CENTROMIN y Minero Per fueron prcticamente desactivadas y sus activos liquidados. Su entrada en el 2002 representa la tercera parte del crecimiento del sector para el perodo 2000-2005, estimado en un 9%. An as se han hecho esfuerzos grandes para implementar medidas de control ambiental orientadas a la proteccin de los ecosistemas y la salud pblica e individual. Entre 1994 y 1996, el sector Minera implement los instrumentos de gestin como los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMA), as tambin en el ao 1994 y 1996 se promulgan los Lmites Mximos Permisibles para efluentes mineros y en el 2006 se formaliza la gestin de pasivos ambientales, todos estos vinculados con la adecuacin y manejo de las descargas mineras.

  • b) Produccin Las principales actividades industriales que se desarrollan en el pas, nmbrese a la Industrias Pesqueras ubicadas en el litoral Peruano, Siderrgica, industrias de alimentos, produccin agropecuaria y la manufactura de productos metlicos; actividades cuyas disposicin de aguas residuales vienen generando alteraciones en la calidad de las aguas receptoras de dichos efluentes. En el caso de la Industria Pesquera, el desembarque de pescado en los muelles o chatas mediante bombeo hidrulico, la sangre, escamas, trozos de pescado o pescado entero, de los cuales una parte vierten al mar. En la Planta de Enlatado, los desechos del lavado y las escamas se vierten al desage para luego descargar al mar. Los residuos de detergentes y soda custica que se utilizan en la limpieza tambin vierten al desage y luego al mar. Las aguas condensadas calientes, proveniente del esterilizado, igualmente descargan al mar.

    3. MARCO INSTITUCIONAL Y NORMATIVO 3.1 Marco Institucional

    En el Per la gestin de las descargas de aguas residuales mineras e industriales est sectorizada, se tiene al Ministerio de Energa y Minas y el Ministerio de la Produccin, respectivamente. Sin embargo, como ya se mencion, cuando esta agua residuales, tratadas o no, son dispuestas al ambiente se introduce en el escenario transectorial en donde a fin de preservar la calidad ambiental y sanitaria de los recursos hdricos que sirven de receptores, intervienen el Ministerio del Ambiente y la Direccin General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; en cuanto a la fiscalizacin se involucran el Congreso de la Repblica y el ente Fiscalizador OSINERGMIN para el sector Minera, mientras que por el proceso de descentralizacin participan los Gobiernos regionales y Locales, finalmente, bajo los criterios participativo y de responsabilidad social la poblacin organizada y la misma inversin privada. Es importante destacar la jerarqua a tomar en cuenta durante la gestin de las descargas mineras e industriales: Congreso de la Repblica: Instrumentos para legislar en armona con el Poder Ejecutivo. Poder Ejecutivo: Vigilancia, control y fiscalizacin de actividades correspondiente a sectores

    del Estado. Validacin de instrumentos. Gobierno Regional: Participacin de los intereses regionales en armona con los Poderes

    Ejecutivo y Legislativo. Gobierno Local: Promocin del desarrollo local y armonizacin de las intervenciones con los

    niveles nacional y regional. Temas operativos.

  • Organizaciones de la Sociedad Civil: Actor preponderante para la definicin de acciones y el desarrollo de los programas de adecuacin y manejo de las aguas residuales.

    El siguiente cuadro resume el marco institucional vinculado a la gestin de las descargas mineras e industriales en el Per, segn criterios de alcance e intervencin:

    Institucin/Organismo

    Dependencia Alcance Funcin

    Responsabilidad Actor

    Ministerio del Ambiente OEFA

    Transectorial 1,2,3,4

    Autoridad Ambiental

    Estado

    Ministerio de Agricultura ANA

    Transectorial 1,2,3,4,5

    Autoridad Nacional de Aguas

    Ministerio de Energa y Minas

    DGM Sectorial

    1,3 Autoridad Sectorial DGAAM 1,3 DGH 1,3

    Ministerio de la Produccin

    DGAAI Sectorial 1,2,3 Autoridad Sectorial DGAAP 1,2,3 OSINERGMIN Sectorial 4,5 Fiscalizador Ministerio de Defensa DICAPI

    Transectorial 1,2,4,5

    Autoridad Martima

    Congreso de la Repblica

    Transectorial 1,4,5

    Poder Legislativo

    Gobierno Local

    ---

    1,2,3

    Participacin Ciudadana

    Sociedad Civil

    Gobierno Regional 1,2,3

    Sociedad Civil --- ONGs --- Defensora del Pueblo

    Transectorial Fiscalizador ---

    Inversiones Minera

    --- ---

    Inversin Privada

    Inversiones Industriales ---

    Cooperacin Tcnica y/o Fin. Internacional

    --- Cooperante Donador ---

    1: Normativa 2: Vigilancia 3: Control 4: Fiscalizacin 5: Sancionador DIGESA: Direccin General de Salud Ambiental ANA: Autoridad nacional del Agua DGM: Direccin General de Minera DGAAM: Direccin General de asuntos Ambientales Mineros.

  • DGH: Direccin general de Hidrocarburos. DNA-Industria: Direccin Nacional Ambiental de Industria. DINAMA Pesquera: Direccin Nacional Ambiental de Pesquera. MINAM: Ministerio del Ambiente VM: Vice Ministerio. DICAPI: Direccin de Capitanas y Puertos.

    3.2 Marco Normativo El marco normativo para la gestin de las descargas de aguas residuales, tratadas o no, en el Per, no slo est orientado al control de la calidad y manejo de los efluentes, sino tambin, a cumplir con los objetivos ambientales y sanitarios en los cuerpos receptores de estas descargas. Es as como en el Per se advierten diversas normas de carcter transectorial y sectoriales que permiten la intervencin de diversas instituciones del Estado en su gestin, asignndole competencias exclusivas y compartidas para la regulacin de descargas mineras e industriales y las aguas del pas. Basados en esta clasificacin se han identificado las siguientes: 3.2.1 Transectoriales. Aquellas que por su alcance estn regulando aspectos que tienen que ver

    con las funciones de dos o ms instituciones del Poder Ejecutivo: Constitucin Poltica del Per, ao 1993. Ley N 26842 Ley General de Salud Ley N 28611 Ley General del Ambiente, del 15.10.2005 Decreto Ley N 29338 Ley de Recursos Hdricos Decreto Legislativo N 635 Cdigo Penal. Ley N 757 Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada, del 13.11.1991. Ley N 28245 Ley del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, del 08.06.2004. Ley N 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental, del

    23.04.2001. Aprueban los Estndares de Calidad Nacionales de Calidad Ambiental para Agua,

    Decreto Supremo N 002-2008-MINAM del 31-07-2008. Ley N 26793 - Ley de creacin del Fondo Nacional del Ambiente Decreto Legislativo N 1013- Aprueba la ley de creacin, organizacin y funciones del

    ministerio del ambiente. D.S. N 016-2009-MINAM Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin

    del Impacto Ambiental, del 25.09.2009. Decreto Supremo N 012-2009-MINAM, Poltica Nacional del Ambiente (23 de mayo

    de 2009) Decreto Supremo N 010-99-AG, Plan Director de las reas Naturales Protegidas (07 de

    marzo de 1999). D. Ley. 997- Crea la Autoridad Nacional del Agua, como organismo pblico adscrito al

    Ministerio de Agricultura. Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - LEY N 29325.

  • 3.2.2 Sectoriales: Existe normatividad especfica de cada sector, entre ellos en el Ministerio de Salud, Ministerio de Energa y Minas, Ministerio de la Produccin, Ministerio del Ambiente, y la Autoridad Nacional del Agua. Tienen que ver con los instrumentos de gestin como los EIA, PAMA y LMP. Minera Texto nico Ordenado de la Ley general de Minera, Decreto Supremo N 014-92-EM. Reglamento para la Proteccin Ambiental en la Actividad Minero Metalrgica (D.S.N

    016-93-EM) (modif. por DS 059-93-EM, DS 029-99-EM, DS 058-99-EM, DS 022-2002-EM, DS 047-2002-EM).

    Reglamento de Proteccin Ambiental para las Actividades Mineras, aprobado a travs del D.S. 016-93-EM modificado por D.S. 059-93-EM.

    Modificacin del Reglamento para la Proteccin Ambiental en las actividades Minero Metalrgicas aprobado por Decreto Supremo N 058-99-EM.

    Resolucin Ministerial N 011-96-EM/VMM, aprueba los Niveles Mximos Permisibles de Emisin de efluentes lquidos para las actividades minero metalrgico.

    Resolucin Ministerial N 315-96-EM/VMM, aprueba los Niveles Mximos Permisibles de Emisiones de gases y partculas para las actividades minero metalrgico.

    Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera: Ley N 28271 Decreto Supremo N 033-2005-EM, Reglamento para el cierre de minas, aprobado el 15

    de agosto del 2005. Decreto Supremo N 059-2005-EM, Aprueban Reglamento de Pasivos Ambientales de

    la Actividad Minera. Ley N 28526, Ley que modifica los artculos 5, 6, 7 y 8, la primera disposicin

    complementara y final de la Ley N 28271, ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera, y le aade una tercera disposicin complementaria y final.

    Resolucin Ministerial N 471-2007-MEM/DM .- Modifica Resolucin Ministerial n 395-2007-MEM/DM sobre aprobacin de lineamientos aplicables al concurso privado por difusin pblica para la construccin de la planta de tratamiento de aguas cidas del Tnel Kingsmill.

    D.S N 020-2008-EM.- Aprueban Reglamento Ambiental para las actividades de exploracin Minera.

    R. M N 167-2008-MEM/DM.- Trminos de referencia comunes para las actividades de exploracin categora I y II.

    D.S N 028-2008-EM.- Aprueban el Reglamento de Participacin Ciudadana en el Subsector Minero.

    Decreto Supremo N 003-2009-EM Modificacin del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera aprobado por D.S. N-059-2005-EM.

    Produccin Reglamento de Proteccin Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria

    Manufacturera (DS N 019-97-ITINCI) (modif. por D.S. 059-93-EM, D.S. 029-99-EM, D.S. 058-99-EM, D.S. 022-2002-EM, D.S. 047-2002-EM).

  • Decreto Supremo N 025-2001-ITINCI, Rgimen de Sanciones e Incentivos del Reglamento de Proteccin Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera, pub. 18/07/2001.

    Decreto Supremo N 002-2002-PRODUCE Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin, pub. 27/09/2002.

    Decreto Supremo N 003-2002-PRODUCE, Aprueban lmites mximos permisibles y valores referenciales para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre y papel, pub. 04/10/2002.

    Resolucin Ministerial N 026-2000-ITINCI/DM, Protocolos de Monitoreo de Efluentes Lquidos y Emisiones Atmosfricas, pub. 28/02/2000.

    Reglamento de Proteccin Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera (DS N 019-97-ITINCI) (modif. por D.S. 059-93-EM, D.S. 029-99-EM, D.S. 058-99-EM, D.S. 022-2002-EM, D.S. 047-2002-EM).

    D.S. N 020-2007- PRODUCE Del 28.10.2007, se establece El Plan Ambiental Complementrio Pesquero (PACPE).

    D.S. N 010-2008-PRODUCE, Limites Mximos Permisibles para La Industria de Harina y Aceite de Pesacdo y Normas Complementarias.

    4. MARCO CONCEPTUAL

    Las definiciones y criterios tcnicos resultan ser de suma importancia para la gestin y control de las descargas mineras e industriales; es ms, la gestin ambiental en el Per por estar dispersa requiere de uniformidad en la aplicacin de estrategias, en los procedimientos y metodologas a aplicar. La existencia de competencias compartidas entre las instituciones del Poder Ejecutivo, Justifica an ms la necesidad de propiciar el uso compartido de los conceptos e instrumentos de gestin. En el Per se tiene grandes avances al respecto considerndose: El impacto sobre el cuerpo receptor est en funcin al carcter contaminante de las descargas, en

    trminos de caudal (volumen descargado por unidad de tiempo) y la concentracin de parmetros en las aguas residuales. Estas dos variables constituyen bsicamente lo indispensable para cuantificar el grado de contaminacin y justificar la implementacin de medidas de adecuacin y manejo de las descargas, sea cual fuere su origen. El siguiente esquema nos muestra los diversos orgenes de las aguas residuales que se descargan a los recursos hdricos, se puede apreciar que entre ellos se encuentran los que corresponde a descargas mineras e industrias:

    Desages Efluentes de Efluentes dedomsticos granjas y camales industrias

    AGUAS CONTINENTALES

    Defecacin acampo abierto+ escorrentas,letrinas sobre

    acequias

    Efluentes deminera

    Animales silvestresque habitan en las

    orillas

    Productosagroqumicos

    ResiduosSlidos

    Movimiento de Tierras

    AGUA

    S M

    ARIN

    AS

    Efluentes deIndustria, poblacional

  • El balance de materia es la metodologa que permite estimar las concentraciones de cierto parmetro en el cuerpo receptor despus de ocurrida la descarga de aguas residuales. Es as como el resultado de esta operacin contribuye a la toma de decisiones para identificar las medidas de adecuacin y manejo de descargas, una de ellas el tipo y nivel de tratamiento previo del vertimiento.

    La Ley n 28611 Ley General del Ambiente ha definido dos instrumentos que permiten

    identificar de manera categrica y diferenciada las concentraciones de ciertos parmetros en la descarga antes de la mezcla con el cuerpo de agua receptor de dicha descarga y, en el mismo cuerpo de agua una vez se haya mezclado la descarga. El siguiente esquema muestra esta diferencia: ESTNDAR DE CALIDAD AMBIENTAL - ECA Concentracin o grado de elementos, sustancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, en el aire, agua o suelo en su condicin de cuerpo receptor, que no representan riesgos significativos para la salud de las personas ni del ambiente. LMITE MAXIMO PERMISIBLE LMP Concentracin o grado de elementos, sustancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, que caracterizan a un efluente o a una emisin, que al ser excedido causa o puede causar daos a la salud, bienestar humano y al ambiente.

    5. GESTIN DE DESCARGAS EN EL PER La gestin para el control de las descargas de efluentes lquidos mineros e industriales en el Per, se realiza a travs de las direcciones ambientales de los Ministerios de Energa y Minas y de la Produccin, con la aplicacin de los lmites mximos permisibles (LMP).

    DESCARGA MINERA, INDUSTRIAL

    CAUDAL (Q)

    COMPOSICION

    FsicaQumicaBiolgica

    ECA

    LMPLMP

  • As mismo la vigilancia, control y fiscalizacin de la calidad del recurso hdrico continental y marino, a partir del 1 de abril del 2009 es de competencia de la Autoridad Nacional del Agua ANA, del Ministerio de Agricultura, con la aplicacin de los Estndares de Calidad Ambiental para Agua. El cumplimiento de los compromisos ambientales de las actividades mineras, son fiscalizadas por el Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera OSINERGMIN. Adems, el Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental del Ministerio del Ambiente - OEFA, es el encargado de la evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y sancin en materia ambiental. Realizar la supervisin de las otras entidades que cuenten con funciones de fiscalizacin ambiental. 5.1 Visin de Estado

    La gestin de descargas de aguas residuales mineras e industriales, se autorizan previamente en cumplimiento de la Ley 29338 Ley de Recursos Hdricos norma que tiene los siguientes instrumentos para la gestin: Clasificacin y Calificacin de los Recursos Hdricos de pas Estndares de Calidad Ambiental para agua Autorizacin de Vertimiento de Agua Residual Tratada Autorizacin de Reuso de Agua Residual Tratada Retribucin econmica por vertimiento Procedimiento Sancionador

    LMP

    ECA Agua

    Industria Minera

  • Autoridad Nacional del Agua A partir del 01 de abril del 2009, entr en vigencia la Ley N 29338 - Ley de Recursos Hdricos, quedando derogado el D.L. N 17752 Ley General de Aguas, siendo la Autoridad Nacional del Agua - ANA, la responsable de la proteccin del agua como recurso natural. En este marco La Autoridad Nacional del Agua ANA, en su condicin de ente rector y mxima autoridad tcnica normativa del Sistema Nacional de Recursos Hdricosde y en cumplimiento al mandato establecido en dicha Ley es responsable de la vigilancia y fiscalizacin de la calidad del agua en los recursos hdricos continentales y marino del pas; as como tambin del control de aguas residuales tratadas que se descargan previa autorizacin a los recursos hdricos. La Autoridad Nacional del Agua es la encargada de elaborar la Poltica y Estrategia Nacional de Recursos Hdricos y el Plan Nacional de Recursos Hdricos, ejerciendo potestad sancionadora en materia de su competencia, aplicando las sanciones de amonestacin, multa, inmovilizacin, clausura o suspensin por las infracciones que sern determinadas por Decreto Supremo y de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto, ejerciendo en caso corresponda la facultad de ejecucin coactiva. La Ley de Recursos Hdricos, en su artculo 79, establece que la Autoridad Nacional del Agua autoriza el vertimiento del agua residual tratada a un cuerpo natural de agua continental o marino, previa opinin tcnica favorable de las Autoridades Ambiental y de Salud sobre el cumplimiento de los Estndares de Calidad Ambiental del Agua (ECA-agua) y Lmites Mximos Permisibles (LMP). La Ley N 29338 Ley de Recursos Hdricos, establece en el artculo 82 Reutilizacin de Agua Residual, que el titular de una licencia de uso de agua est facultado para reutilizar el agua residual que genere siempre que se trate de los mismos fines para los cuales fue otorgada la licencia. Para actividades distintas, se requiere autorizacin

    La estructura orgnica de la Autoridad Nacional del Agua ANA es:

  • Las funciones de la Autoridad Nacional del Agua son las siguientes: a) Elaborar la poltica y estrategia nacional de los recursos hdricos y el plan nacional de

    gestin de los recursos hdricos, conduciendo, supervisando y evaluando su ejecucin, los que debern ser aprobados por decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros;

    b) Establecer los lineamientos para la formulacin y actualizacin de los planes de gestin de los recursos hdricos de las cuencas, aprobados y supervisar su implementacin;

    c) Proponer normas legales en materia de su competencia, as como dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestin integral y sostenible de los recursos hdricos;

    d) Elaborar el mtodo y determinar el valor de las retribuciones econmicas por el derecho de uso de agua y por el vertimiento de aguas residuales en fuentes naturales, valores que deben ser aprobados por decreto supremo; as como aprobar las tarifas por uso de la infraestructura hidrulica, propuestas por los operadores hidrulicos;

    e) Declarar previo estudio tcnico, el agotamiento de las fuentes naturales de agua, zonas de veda y zonas de proteccin, as como los estados de emergencia por escasez, superavit hdrico, contaminacin de las fuentes naturales de agua o cualquier conflicto relacionado con la gestin sostenible de los recursos hdricos, dictando las medidas pertinentes;

    f) Ejercer jurisdiccin administrativa exclusiva en materia de aguas, desarrollando acciones de administracin, fiscalizacin, control y vigilancia, para asegurar la preservacin y conservacin de las fuentes naturales de agua, de los bienes naturales asociados a estas y de la infraestructura hidrulica, ejerciendo para tal efecto, la facultad sancionadora y coactiva.

    Ministerio del Ambiente Es el ente Rector del Sector Ambiental Nacional, que coordina en los niveles de gobierno local, regional y nacional. Naci como una respuesta poltica a las obligaciones ambientales internacionales del Per en materia ambiental; constituyndose a nivel interno como en el motor de la coordinacin y sistematizacin de la gestin ambiental del pas, el replanteamiento de la importancia de la conservacin ambiental, aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, entre otros. Segn su Ley de Creacin, el objeto del Ministerio del Ambiente es la conservacin del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y tico de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, econmico y cultural de la persona humana, en permanente armona con su entorno, y as asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; de conformidad con lo sealado en la Constitucin Poltica, la Ley General del Ambiente y dems normas relacionadas. La misin del Ministerio del Ambiente (MINAM) es conservar la calidad del ambiente y asegurar a las generaciones presentes y futuras el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Con este fin propicia y asegura el uso sostenible, responsable, racional y tico de los recursos naturales y del medio que los sustenta, y contribuye al desarrollo integral social, econmico y cultural de la persona humana, en permanente armona con su entorno.

  • El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservacin del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y tico de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, econmico y cultural de la persona humana, en permanente armona con su entorno, y as asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Ministerio de Energa y Minas Es el organismo central y rector del Sector Energa y Minas, y forma parte integrante del Poder Ejecutivo. El Ministerio de Energa y Minas tiene como finalidad formular y evaluar, en armona con la poltica general y los planes del Gobierno, las polticas de alcance nacional en materia del desarrollo sostenible de las actividades minero - energticas. As mismo, es la autoridad competente en los asuntos ambientales referidos a las actividades minero - energticas. El Ministerio de Energa y Minas tiene como objetivo promover el desarrollo integral de las actividades minero - energticas, normando, fiscalizando y/o supervisando, segn sea el caso, su cumplimiento; cautelando el uso racional de los recursos naturales en armona con el medio ambiente. Respecto a la gestin ambiental minera, la Direccin General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) es el rgano tcnico normativo encargado de proponer y evaluar la poltica ambiental del Sector Minera, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, as como promover la ejecucin de actividades orientadas a la conservacin y proteccin de los medio ambientes referidos al desarrollo de las actividades mineras. Depende jerrquicamente del Vice Ministro de Minas. La DGAAM tiene las siguientes funciones y atribuciones: g) Proponer la poltica de conservacin y proteccin del medio ambiente en el desarrollo

    sostenible de las actividades mineras, en concordancia con las polticas de desarrollo sostenible sectorial y nacional;

    h) Formular, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas tcnicas y legales relacionadas con la conservacin y proteccin del medio ambiente;

    i) Normar la evaluacin de impactos ambientales derivados de las actividades del Sector; j) Atender, evaluar y emitir opinin sobre las denuncias referidas a las funciones a cargo de la

    Direccin General; k) Calificar y autorizar a instituciones pblicas y privadas para que elaboren estudios

    ambientales sobre las actividades mineras; l) Promover estudios e investigaciones de carcter ambiental; m) Evaluar y aprobar los estudios ambientales y sociales; n) Promover reas de conservacin ambiental minera y la remediacin de reas con pasivos

    ambientales mineros; o) Aprobar guas tcnicas ambientales y sociales; p) Participar y dirigir talleres y audiencias pblicas relacionadas con los estudios ambientales

    del Sector Minera presentados al Ministerio de Energa y Minas;

  • q) Elaborar y promover programas de proteccin ambiental y de desarrollo sostenible en coordinacin con la Direccin General de Minera, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, empresas del Sector y otras instituciones pblicas y privadas;

    r) Asesorar a la Alta Direccin en asuntos ambientales referidos con las actividades del Sector Minera;

    s) Promover los proyectos y analizar las solicitudes de Cooperacin Internacional vinculada con los asuntos ambientales mineros, en coordinacin con la Agencia Peruana de Cooperacin Internacional (APCI);

    t) Promover programas de entrenamiento y capacitacin sobre temas ambientales, en el pas o en el extranjero, tanto en el Sector Pblico como en el Privado;

    u) Participar en el procesamiento y anlisis de la informacin sobre las acciones de conservacin y proteccin del medio ambiente en el mbito de la actividad minera;

    v) Participar en el seguimiento de los compromisos ambientales que asumen las empresas mineras con las poblaciones involucradas en su accionar, considerados en sus estudios ambientales;

    w) Expedir resoluciones directorales en el mbito de su competencia; x) Informar y opinar sobre asuntos de su competencia; Lmites Mximos Permisibles para efluentes lquidos minero metalrgicos-RM-011-96-EM Establece los valores lmite que deben cumplir los parmetros regulados en los vertimientos de efluentes procedentes de las operaciones minero-metalrgicas. Los valores estn dados como concentraciones mxima permisible para los metales (plomo, cobre, zinc, hierro, arsnico), los slidos suspendidos totales, pH y el cianuro total; y como valores mximo y mnimo para pH. La concentracin de metales se refiere a la fraccin disuelta. Establece dichos lmites para el Valor en cualquier momento (Instantneo) y para el Valor Promedio Anual.

    Niveles Mximos Permisibles de Emisin para las Unidades Minero-Metalrgicas

    PARAMETRO

    VALOR EN CUALQUIER MOMENTO

    VALOR PROMEDIO ANUAL

    ph Mayor que 6 y Menor

    que 9Mayor que 6 y Menor

    que 9Slidos suspendidos (mg/l) 50 25Plomo (mg/l) 0.4 0.2Cobre (mg/l) 1 0.3Zinc (mg/l) 3 1Fierro (mg/l) 2 1Arsnico (mg/l) 1 0.5Cianuro total (mg/l) * 1 1

    *CIANURO TOTAL, equivalente a 0.1 mg/l de Cianuro Libre y 0.2 mg/ l de Cianuro fcilmente disociable en cido.

    Valore Mximos de Emisin para las Unidades Mineras en Operacin o que Reinician Operaciones

    PARAMETRO VALOR EN CUALQUIER

    MOMENTOVALOR PROMEDIO

    ANUAL

    ph Mayor que 5.5 y Menor

    que 10.5Mayor que 5.5 y Menor

    que 10.5Slidos suspendidos (mg/l) 100 50Plomo (mg/l) 1 0.5Cobre (mg/l) 2 1Zinc (mg/l) 6 3Fierro (mg/l) 5 2Arsnico (mg/l) 1 0.5Cianuro total (mg/l) 2 1

  • Frecuencia de Muestreo y Presentacin de Reporte

    Frecuencia de Anlisis Qumico

    Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera - OSINERGMIN La Gerencia de Fiscalizacin Minera tiene las siguientes funciones: a) Formular y proponer a la Gerencia General, los lineamientos de poltica y las estrategias

    para la supervisin y fiscalizacin en el mbito de su competencia. b) Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de seguridad e higiene

    minera, as como de conservacin y proteccin del medio ambiente. c) Proponer a la Gerencia General, la actualizacin y/o modificacin de las normas legales y

    tcnicas que rigen a las actividades desarrolladas en el mbito de su competencia. d) Proponer a la Gerencia General, las infracciones y la escala de multas y sanciones, para su

    aprobacin ante el Consejo Directivo. e) Ejecutar las labores de fiscalizacin en el mbito de su competencia y cuando corresponda

    imponer las sanciones respectivas. f) Formular el Plan Operativo y Presupuesto de la Gerencia de Fiscalizacin Minera,

    disponiendo las acciones necesarias para la ejecucin de los mismos sujetndose a los niveles de aprobacin establecidos en la institucin.

    g) Conducir los procesos de seleccin y contratacin de las empresas supervisoras en el rea de su competencia.

    h) Conducir la investigacin de accidentes e incidentes ocurridos durante el desarrollo de actividades en el mbito de su competencia.

    i) Cumplir con las normas y procedimientos establecidos por OSINERGMIN. j) Mantener informada a la Gerencia General sobre la marcha de la Gerencia de Fiscalizacin

    Minera, as como las ocurrencias ms importantes en el mbito de su competencia.

    VOLUMEN TOTAL DE EFLUENTE

    FRECUENCIA DE MUESTREO

    FRECUENCIA DE PRESENTACIN DE

    REPORTEMayor que 300 m3/da Semanal Trimestral (1) y

    50 a 300 m3/da Trimestral Semestral (2)Menor que 50 m3/da Semestral Anual (3)

    Nota : (1) Ultimo da hbil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre(2) Ultimo da hbil de los meses de junio y diciembre(3) Ultimo da hbil del mes de junioLos reportes del mes de junio estarn contenidos en el Anexo 1 del Decreto Supremo N 016-93-EM.

    PARAMETRO EFLUENTE MAYOR QUE 300 m3/daEFLUENTE DE 50 A

    300 m3/daEFLUENTE MENOR

    QUE 50 m3/daPH Semanal Trimestral SemestralSlidos suspendidos Semanal Trimestral SemestralPb, Cu, Zn, Fe, As Mensual Trimestral SemestralCN total Semestral Quincenal Trimestral

  • k) Informar a las Direcciones Regionales de Energa y Minera de los Gobiernos Regionales, respecto de todas las acciones de fiscalizacin minera que se ejecuten en el mbito de su competencia.

    l) Realizar otras funciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo, por el Presidente o por el Gerente General, dentro del mbito de su competencia.

    Ministerio de la Produccin El Ministerio de la Produccin es el organismo rector de los sub sectores Industria y Pesquera, integrante del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal con autonoma administrativa y econmica, encargado de formular, aprobar, ejecutar y supervisar las polticas de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas, productivas y de transformacin de los sub sectores Industria y Pesquera, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccin, as como el uso racional de los recursos y la proteccin del medio ambiente. A tal efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento. Las funciones generales del Ministerio de la Produccin son las siguientes: a. Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar, la poltica nacional de

    promocin de los subsectores bajo el mbito de su competencia, de manera concertada en la medida de lo posible;

    b. Formular los planes nacionales sectoriales de desarrollo; c. Establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades extractivas y productivas

    materia de su competencia dentro del marco de la promocin de la libre competencia y la economa social de mercado; fiscalizando y supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida; incluyendo las actividades productivas que se desarrollen en las zonas francas, zonas de tratamiento especial comercial y zonas especiales de desarrollo en coordinacin con los organismos competentes en esta materia.

    d. Proponer polticas y normas de proteccin del medio ambiente y recursos naturales en el mbito nacional, supervisando, monitoreando y controlando su explotacin nacional y desarrollo sostenible, en lo que refiere a los subsectores de su competencia;

    e. Cumplir con las polticas de competitividad del pas para el desarrollo de os bienes y servicios con miras a mejorar el posicionamiento de los mismos para su comercializacin y adecuada promocin.

    f. Identificar oportunidades, difundir y promover el crecimiento de las inversiones, acorde a la poltica nacional, propiciando la descentralizacin productiva, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento de las ventajas competitivas y comparativas.

    g. Fomentar el acercamiento y la colaboracin entre la poblacin directamente relacionada y las empresas o entidades cuyas actividades podran tener alguna influencia sobre la zona en donde se desenvuelven o desenvolveran, con el fin de lograr un crecimiento armnico y de beneficio para todos,

    h. Orientar y coordinar en el mbito de su competencia el funcionamiento de los Organismos Pblicos Descentralizados (OPDs), Comisiones Sectoriales y Multisectoriales, y de sus Proyectos de ser el caso;

    i. Realizar actividades que contribuyan al desarrollo sostenible de la pequea y mediana empresa, en armona con la poltica general a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo;

  • j. Expedir y administrar la documentacin tcnica, de gestin y normatividad correspondiente al Sector, adems de resolver las reclamaciones interpuestas contra las mismas;

    k. Establecer mecanismos formales y funcionales de comunicacin y coordinacin con las diferentes Entidades Pblicas y Privadas para una accin articulada y eficiente en el logro de sus objetivos:

    l. Realizar tareas ejecutivas en cualquier lugar del pas directamente o a travs de los organismos descentralizados competentes, respecto a las actividades del sector; y

    m. Las dems funciones que le corresponden conforme a la legislacin vigente. 5.2 Instrumentos de gestin de descarga de Aguas Residuales

    a) Aquellos que se mantienen de manera sostenible

    Programa Nacional de Vigilancia de Calidad del Agua en los recursos hdricos

    superficiales y marinos; Programa Nacional de Control de Vertimientos, Fiscalizacin e identificacin de fuentes

    de contaminacin; Diagnstico de sistemas de descargas; Programas de fiscalizacin Minera e Industrial; Planes de Cierre; Pasivos Ambientales.

    a) Aquellos de carcter estrictamente tcnico, cuya aplicacin resulta ser ms operativa y se requieren para la ejecucin de los instrumentos del segmento anterior. Estudios de Impacto Ambiental (EIAs); Planes de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMAs); Estndares de Calidad Ambiental (ECA); Lmite Mximo Permisible (LMP); Autorizaciones de Vertimiento (AV); Autorizaciones de Reuso (AR); Registro Nacional de Vertimiento y Reuso; Protocolo Nacional de Vigilancia de la Calidad del Agua. Protocolos de Intervencin en Contingencias.

    a) Aquellos complementarios de carcter tcnico y econmico-financiero: Cadenas de custodia para toma de muestras; Registros de Informacin de campo; Actas de Inspeccin; Ensayos e informes de laboratorio; Retribucin Econmica por Vertimiento; Sanciones y multas; Impuestos, regalas, canon, fondos privados.

  • En el sector minero los diversos permisos que el titular minero debe obtener previamente al inicio de sus actividades (ya sea de exploracin o explotacin), se encuentran dos que son de especial importancia: La certificacin ambiental.

    Es la Resolucin Directoral que aprueba el estudio ambiental (en el caso de la minera, puede ser Declaracin de Impacto Ambiental DIA, Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado EIAsd, o Estudio de Impacto Ambiental EIA). El estudio de impacto ambiental es un documento tcnico elaborado por profesionales competentes, en el cual el titular minero expone fundamentndose en diversas investigaciones: cmo es el rea donde pretende operar; que actividad desarrollar; cuales seran los impactos ambientales negativos o positivos que ocasionar su operacin; cmo afrontar esos impactos; cmo rehabilitar el sitio y que acciones desarrollar para dejarlo finalmente remediado. El estudio ambiental adems aborda las cuestiones sociales en torno al proyecto, como el desarrollo de un plan de relaciones comunitarias con la propuesta de proyectos de inversin social, segn la magnitud de la actividad. Todos los requisitos, obligaciones y condiciones que se exigen al inversionista en minera estn regulados en las normas ambientales vigentes, las cuales pueden consultarlas en la pgina Web del Ministerio del Ambiente o del propio Ministerio de Energa y Minas. En el procedimiento de evaluacin siempre se ha contado con la opinin tcnica de otras autoridades del Estado, como el SERNANP, ANA. Adems, en el procedimiento de evaluacin de un estudio ambiental se desarrollan mecanismos de participacin ciudadana, los cuales garantizan el ejercicio del derecho a la participacin en la gestin ambiental que tiene todo peruano. El Ministerio de Energa y Minas ha actualizado recientemente el reglamento para la participacin ciudadana, siendo el que se aplica para el desarrollo de actividades mineras, tal vez el mejor que existe en la legislacin nacional. Ustedes pueden acceder a ese reglamento a travs de la pgina web del Ministerio (ver Decreto Supremo N 028-2008-EM y Resolucin Ministerial N 304-2008-EM/DM).

    b. El permiso de quien tiene derecho sobre el terreno superficial a la concesin minera. Las normas vigentes, desde la Constitucin Poltica de Per hasta las normas reglamentarias del sector minera garantizan el derecho a la propiedad de toda persona natural o jurdica, comunidad campesina o nativa. En este sentido, es indispensable la existencia de un acuerdo previo entre el titular minero y el titular del terreno superficial a la concesin minera, antes del inicio de las operaciones, sean stas de exploracin o explotacin. Excepcionalmente, el Estado podra imponer una servidumbre forzosa, pero para ello se tiene que seguir un procedimiento administrativo y cumplir con determinados requisitos, adems de indemnizar adecuadamente al titular del terreno superficial.

  • En el sector pesquera, se han emitido dos normas para la Adecuacin de los actuales vertimientos de aguas residuales de la industria de harina de pescado, con la finalidad de establecer plazos, tratamientos y disposicin final de dichas aguas a zonas de menor impacto. Ejemplo, caso de la Baha El Ferrol en Chimbote, Regin Ancash. De igual manera se han establecido nuevos Lmites Mximos Permisibles para la Industria de Harina de pescado y consideraciones para el establecimiento de la lnea de Proteccin Ambiental a travs del desarrollo de estudios tcnicos entre el Ministerio de la Produccin y Ministerio de Defensa. Los Decretos Supremos son los siguientes: D.S. N 020-2007- PRODUCE Del 28.10.2007, se establece El Plan Ambiental

    Complementario Pesquero (PACPE). D.S. N 010-2008-PRODUCE, Limites Mximos Permisibles para La Industria de Harina y

    Aceite de Pescado y Normas Complementarias.

    6. PROBLEMTICA DE LAS DESCARGAS Pasivos Ambientales Mineros, minera informal, descargas de aguas residuales sin autorizacin

    de actividades legales. Descargas de efluentes lquidos sin tratamiento generados por poblaciones, industrias, drenajes de

    uso agrcola, actividad minero metalrgica formal e informal, actividad pesquera y petroqumica e hidroenergtica.

    Residuos slidos arrojados a los recursos hdricos o depositados en sus mrgenes y desmontes. Cobro de la Tarifa de Uso del Agua que no contemplaba la Gestin Operativa y Vigilancia para la

    preservacin y control de los Recursos Hdricos. Deficiencias en la coordinacin con las autoridades ambientales sectoriales en lo referente a la

    exigencia de la Autorizacin de Vertimiento previo a los inicios de operacin de actividades industriales.

    Las acciones de Control a nivel regional, local y nacional se limitan a la disponibilidad de Recursos asignados para esta accin.

    Debilidad en las instituciones del Poder Ejecutivo para efectuar la vigilancia, control y fiscalizacin armonizada del cumplimiento de los compromisos ambientales y sanitarios de las actividades productivas.

    No se ha incorporado el enfoque preventivo dentro de los instrumentos de gestin. No se incorporan los avances tecnolgicos en la medida necesaria, acorde con los avances

    mundiales. Los mecanismos de generacin, sistematizacin y socializacin de la informacin an son lentos,

    complicados e inseguros. Conflictos con la poblacin ocasionados por una percepcin real o no de los impactos

    ocasionados por las actividades mineras e industrial al ambiente y la salud de las poblaciones. Problemas en el manejo de cuencas. Insipiente uso de la tecnologa moderna para la vigilancia y control de descargas.

  • Calidad del agua en los recursos hdricos con valores crticos de contaminantes fsicos, qumicos y microbiolgicos, llegando en algunos casos al grado de contaminacin en tanto se superan los Valores Lmite establecidos en la Resolucin Jefatural N 291-2009-ANA.

    Impactos negativos de tipo social entre las poblaciones, de continuar puede provocar adems del dao a la salud de las personas y animales, el colapso de las actividades econmicas, como la agraria, pisccola, ganadera y turstica, otras

    7. AVANCES EN LA GESTIN

    7.1 Calidad del agua en los recursos hdricos superficiales continentales y marino

    El Ministerio de Salud, en cumplimiento al derogado Decreto Ley N 17752, desarroll desde

    el ao 1999, el Programa Nacional de Vigilancia de la Calidad de los Recursos Hdricos, cuyo objetivo fundamental es de minimizar riesgos y prevenir daos a la salud de la poblacin por la contaminacin generada por diversos factores contaminantes. El siguiente cuadro muestra el resultado cronolgico del programa de vigilancia al ao 2008, de los recursos hdricos continentales y marinos evaluados:

    RECURSOS HDRICOS MONITOREADOS DESDE 1999 AL 2008 EN EL PER

    Ao Ros Lagos y Lagunas Bahas y Esteros Represas

    Total R.H. Playas

    1999 11 3 3 0 17 161 2000 172 20 5 1 198 209 2001 214 34 5 2 255 230 2002 247 42 9 2 300 234 2003 228 28 9 2 267 245 2004 255 20 10 3 288 251 2005 233 37 26 5 301 267 2006 299 42 17 3 361 272 2007 437 50 24 3 514 272 2008 471 43 29 2 545 266

    FUENTE: Base de Datos Ministerio de Salud-DIGESA

    7.2 Vigilacia, y Fiscalizacin para la proteccin del agua 7.2.1 En el marco del derogado D.L. N 17752 - Ley General de Aguas, el Ministerio de

    Salud, a travs de su Direccin General de Salud Ambiental, otorg en el ao 2008, 251 Resoluciones Directorales por Autorizacin Sanitaria de Vertimiento y/o Reuso, de las cuales 178 corresponden a vertimiento a cuerpo de agua superficial continental o marino, 49 a vertimiento cero (reuso en el proceso industrial) y 24 a reuso con fines de riego. El volumen anual otorgado asciende a 552 533 373,85 m3. Del total de vertimientos autorizados el mayor volumen de agua residual corresponde al sector minera, seguido de Industria, Energa y Pesquera. En el Cuadro N 01, se muestra el consolidado de Vertimientos Autorizados por la DIGESA en el ao 2008.

  • CUADRO N 01

    EMPRESAS AUTORIZADAS POR ACTIVIDAD ECONMICA SEGN TIPO DE DISPOSICIN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES Y

    VOLUMEN GENERADO, A NIVEL NACIONAL VIGENTES - 2008

    Empresas Autorizadas por

    Actividad Econmica

    Tipo de Disposicin Final Volumen de Vertimiento

    (m3/ao) Total Vertimiento

    Vertimiento Cero Reuso

    Total 251 178 49 24 552,533,373.85Minera 111 64 42 5 365,578,256.85Pesquera 76 74 -- 2 33,758,388.12Hidrocarburos 24 20 2 2 47,483,378.72Industria 31 16 3 12 10,134,628.56Pecuario 4 1 -- 3 601,196.00Energa 1 1 -- -- 94,608,000.00Construccin 4 2 2 -- 369,525.60

    FUENTE: Base de Datos Ministerio de Salud-DIGESA En el ao 2009, la DIGESA ha emitido 67 resoluciones directorales, de las cuales 61 se otorgaron por autorizacin sanitaria de vertimiento y/o reuso y 06 se denegaron. De las 61 autorizaciones, 50 corresponden a vertimiento a cuerpo de agua superficial continental o marino costero, 09 a vertimiento cero (reuso en el proceso industrial) y 08 a reuso con fines de riego. El volumen anual otorgado para vertimiento es de 46969,224 m3 y para reuso es de 2,065 m3, haciendo un total de 49034,224 m3. Del total de vertimientos autorizados 26 corresponden al sector minera, 21 sector pesquera, 07 industria, 03 hidrocarburos, 02 energa y 01 al sector construccin. Las autorizaciones vigentes otorgadas por el Ministerio de Salud a travs de su Direccin General de Salud Ambiental - DIGESA, existen un total de 251; esta cifra no representa el universo de vertimiento y/o reuso existente en el Per, lo cual necesita ser fortalecido por la nueva Autoridad Nacional de Aguas en el marco de la Gestin Integrada de los Recursos Hdricos. Finalmente resulta pertinente incluir en el anlisis aquellas actividades que, por su ubicacin, descargan a las redes de alcantarillado pblico, que al no estar comprendidas en la Ley General de Aguas responden a la normatividad de saneamiento correspondiente.

    7.2.2 En el nuevo marco establecido en la Ley 29338 Ley de Recursos Hdricos, establece

    que es competencia de la Autoridad Nacional del Agua, autorizar un vertimiento de agua residual con la aprobacin del instrumento ambiental pertinente y las opiniones tcnicas favorables de las Autoridades Ambiental y de Salud. Para el caso de un vertimiento que no cumpla con los ECA-agua y los LMP, dicho instrumento ambiental deber ser un PAMA aprobado por la autoridad ambiental respectiva, refrendado por la Autoridad Ambiental y cuyo cumplimiento ser materia de fiscalizacin y sancin por parte del Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental (OEFA) segn lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental (SINEFA). Por su

  • parte, la Autoridad de Salud de acuerdo a sus competencias deber emitir opinin tcnica favorable sobre aquellos indicadores que representen un riesgo para la salud de las personas. En lo que corresponde al rgimen econmico por el uso del agua, el artculo 92 indica que la retribucin por el vertimiento de agua residual es el pago que el titular del derecho efecta por verter agua residual en un cuerpo de agua receptor. Este pago debe realizarse en funcin a la calidad y volumen del vertimiento y no sustituye el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley y en otras normas referidas a la proteccin y conservacin del agua. Respecto al control de vertimientos, se ha considerado el Programa de Control de Vertimientos, que involucra la ejecucin de inspecciones inopinadas a travs de sus Administraciones Locales de Agua, en cumplimiento a la Fiscalizacin por la Autorizacin otorgada y aquellas a realizar durante la Vigilancia de la Calidad del Agua en los recursos hdricos; para esto se establecern los presupuestos para la vigilancia y control en la zona de vertimiento autorizado, mejorando de esta manera el accionar de la ANA en la proteccin del agua. Sin embargo, teniendo en cuenta el principio de valoracin y gestin integrada de los recursos hdricos, de equilibrio entre el valor sociocultural, econmico y ambiental, que rigen el uso y gestin integrada de los recursos hdricos, y conscientes que el tratamiento de las aguas residuales requiere contar con un financiamiento y presupuesto, para la presentacin del Programa de Adecuacin y Manejo Ambiental, PAMA; as como para la implementacin de sistemas de tratamiento, estudios e inversin que no habiendo sido planificados, pudieran demorar un tiempo en ejecutarse, la Autoridad Nacional del Agua propondr la siguiente estrategia, cuya finalidad es lograr el mejoramiento de la calidad de los cuerpos de agua: 1. La Autoridad Nacional del Agua ANA, mediante R. J. N 274-2010-ANA, de fecha

    30 de abril de 2010, resuelve: Artculo 1.- Finalidad del Programa de Adecuacin de Vertimientos y Reso de Agua Residual - PAVER 1.1 El PAVER tiene como finalidad la adecuacin a las disposiciones de la Ley de

    Recursos Hdricos de los vertimientos y resos de aguas residuales en curso que a la fecha de entrada en vigencia del Reglamento de la citada ley no cuenten con las autorizaciones correspondientes.

    1.2 El proceso de adecuacin concluye con el otorgamiento de la autorizacin a los vertimientos o resos de aguas residuales tratadas que cumplan con las disposiciones del Ttulo V de la Ley de Recursos Hdricos.

    2. Identificacin de las fuentes de contaminacin a los recursos hdricos: causada por diversas fuentes predominantemente de origen antropognico (vertimientos de aguas residuales, residuos slidos y actividades informales, adems de las condiciones deficitarias en la que se encuentra la disponibilidad hdrica en nuestro pas),

  • 3. Programa de Modernizacin de la Gestin de los Recursos Hdricos Este proyecto se viene ejecutando desde el ao 2010, pretende mejorar la gestin de los recursos hdricos a nivel nacional y se enmarca en los lineamientos de la Estrategia Nacional de Recursos Hdricos y en la Ley N 29338 de Recursos Hdricos. El proyecto se ejecutar prioritariamente en seis cuencas piloto: Santa (ncash), Locumba-Sama-Caplina (Tacna), Chira-Piura (Piura), Chancay-Lambayeque (Lambayeque), Ica-Alto Pampas (Ica) y Chili (Arequipa), las tres primeras se desarrollarn con apoyo del BID y las restantes con apoyo del Banco Mundial (BM). Adicionalmente, se est elaborando la propuesta para otras cuencas. Como una de sus principales acciones, el proyecto plantea mejorar la gestin integrada de los recursos hdricos en las cuencas piloto elegidas, esperando como resultados el fortalecimiento de la institucionalidad regional y local, la creacin de los Consejos de Cuenca y la implementacin de planes de gestin.