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    INDICE DE VERSIONES

    Versión Fecha de Revisión Modificaciones0 01/02/2013 Creación del Procedimiento1 01/07/2015 Revisión de todo el documento y actualización en las actividades

    relacionadas a la documentación necesaria por temas de descansosmédicos y subsidios.

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    ObjetivoEstablecer las normas y procedimientos que permitan a Minera Chi nalc o Perú S.A, en adelante elempleador, y a sus trabajadores   actuar en caso de presentarse un descanso médico con laconsecuente ausencia de estos  al centro de trabajo.Alcance

    Inicio:Desde que ocurre un accidente (de trabajo ocomún) que afecta la salud del trabajador ocuando éste   presenta una   enfermedad que le  impide la asistencia a sus labores, por lo cual se

    genera un des cans o médic o. 

    Fin: Hasta el término del descanso médico y   altamédica, con la consecuente reincorporaciónlaboral del trabajado r. 

    Dueño de ProcesoGerente de Recursos Humanos y Servic iosGenerales

    Participantes  Asistenta Social.  Supervisor  de Administración de Personal.  Analista de Administración de Personal.  Jefe o Supervisor Directo.  Trabajador involucrado.  Super intendencia de Salud Ocupacional

    Responsabilidades  La Asistenta Social es responsable de liderar y promover el desarrol lo, difusión y

    cump l imiento del procedimiento.

      La Gerencia de Recursos Humanos y Servic ios Generales es resp onsable de con tro lar elcump l imiento del presente procedimiento, en sus equipos d e trabajo, asícomo ident i f icarlas necesidades d e actual ización o mod if icación d el docum ento. 

    Definiciones  Accidente: Toda lesión co rporal producida po r acción imprevista, for tu i ta u o casional de una

    fuerza externa repentina y violenta que obra súbitamente sobre las personas,independ ientemente de su v olun tad y qu e puede ser determin ada por los médico s de un amaner a c iert a. (R.G. G. N°1311-GG-Es salu d-2014, Dir ect iv a N°015-GG-Es sal ud -2014).

      Accidente o Enfermedad Común: Todo accidente que no sea cal i f icado c omo accidente detrabajo con arreglo a las norm as del Decreto Supremo N°003-98-SA, así com o tod aenfermedad qu e no merezca la cali f icación de enfermedad p rofesion al; serán tratados c om oaccidente o enfermedad com unes sujetos al régim en general del Seguro Social de Salud y elsis tema pens ion ario al q ue se enc uen tra afiliad o el trab ajado r. (R.G. G. N°1311-GG-Essalud - 2014, Dir ect iv a N°015-GG-Es sal ud -2014).

      Accidente de Trabajo: Suceso repent ino qu e sobreviene por causa o co n oc asión del trabajoy qu e prod uce pérdid as tales c om o les ion es pers on ales, daños m ateriales, derro ch es y/oimpacto al m edio ambiente; con respecto al trabajador le puede oc asionar una lesiónorgánica, un a perturb ación fu ncio nal, invalidez o la m uerte. (Ley 29783 – DS-005-2012-TR.)

      Descan so Médic o: Es el perio do de d escan so físic o p resc rito po r un médic o espec ialist a,necesario para que en combinación con el tratamiento , el paciente logre una recuperaciónfísica y mental q ue le perm ita retornar a s u labo r habitu al.

      Enfermedades Comu nes Simples: Se consideran a tod as aquel las enfermedades atendidaspor médico s gen erales de primer n ivel po r infecc iones res pirator ias e inf eccion esdigestivas.

      Enfermedades Mayores: Se cons ideran a to das aquel las enfermedades cuy as condic ionesmédic as hay an requ erid o evalu ación y t ratam iento co n médic os espec ialis tas entraumato logía, car di ol ogía, neumología, of talm o logía, neu ro logía y ot ras , de ci enc ias

    especial izadas no co ntempladas en el grupo de enfermedades comu nes simp les.  Incapacidad No tempor al: Cuando existe evidencia indub itable que la enfermedad o lesión

    no po drá ser res uelta en un perio do igu al o m eno r a 340 días.

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      Incapacidad Temporal : Es la si tuación del paciente, que como consecuencia de suenfermedad o accidente, presenta limitacion es funcion ales, presum iblemente reversibles,que le im piden ejecutar las tareas pro pias d e su profesión y /o que el d esempeño d e talestareas reperc uti ría negativ amen te en la evolu ción fav o rable de su pato logía; sus cept ible d eser tratad a y rec uperada en u n period o ig ual o men or a 340 días (11 meses con 10 días)con secutiv os o n o co nsecu tivos . Su cert i f icación es la con secuenc ia de un acto médico ypor tanto es con siderada como una presc ripc ión médica. Es decir, cons ideramos laIncapacidad Temporal c om o p arte del tratamiento que recib e el trabajador de su médicotratante.

      Subsid io p or Incapacidad Tempo ral : Es el monto en dinero qu e ESSALUD otorg a a losasegurados regulares en actividad, agrarios y d e regímenes especiales, con el f in d ecom pensar la pérdida económic a derivada d e la incapacid ad para el trabajo , ocasion ada por

    el deterioro de la salud.Abreviaturas  CITT: Cert i f icado d e Incapacidad Temp oral para el Trabajo.  COMECI: Com isión Médic a Calific ador a de Incap acid ades.  ESSALUD: Seguro Social de Salud d el Perú.   IMECI: Inform e Médic o d e Calific ación d e Incap acid ad. Lineamientos y/o Consideraciones  El empleador   de acuerdo al TUO de la Ley de Produ ct iv idad y Com pet i t iv idad Laboral

    (Decreto Supremo No. 003-97-TR), el   Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa, lasnormas   de seguridad social vigentes y la jur isprudencia laboral emit ida hasta la fecha ,considera just i f icada  la inasistencia de sus trabajadores  al centro de labores por enfermedad y/oaccidente comprobado, siendo los únicos documentos probatorios de dicha condic ión   elDescanso  Médico emit ido  en el formulario de cer tif ic ado médico  del Colegio Médico del Perú y/o

    el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) expedido por ESSALUD. Sinperjuicio de lo anterior, debe tenerse presente que sólo los CITT legitiman al trabajador a obtenerlos subsidios por incapacidad temporal dispuestos por ley; los certificados médicos particulares, no.Es responsabilidad del trabajador realizar en ESSALUD el canje de certificados médicosparticulares por los CITT.

      Es responsabilidad de todo  trabajador comunicar inmediatamente a su Jefe o Supervisor Directo yal área de Bienestar Social sobre la ocurrencia de alguna enfermedad y/o accidente que genere undescanso médico, y presentarlo a la empres a   dentro de los plazos que señala el presentedocumento.

      El incumplimiento de las directivas señaladas en el presente documento, dará lugar a considerar laausencia del (la) trabajador (a) como falta injustificada con el correspondiente descuento en laplanilla de pagos e inclusive la extinción del contrato de trabajo como consecuencia del abandonode su puesto de trabajo,

    conform e a ley .

      Cualquier situación no prevista en el presente procedimiento, deberá ser resuelta por la Gerenciade Recursos Humanos y Servicios Generales. 

      Todo trabajador pod rá presentar desc ansos médico s co nsecu tivos o no con secutiv os q uese exti end an hasta 340 días (11 meses co n 10 días). Pasado es te tiem po de in capac idadtempo ral para trabajar, será con siderado com o in capacidad NO temp oral y se pro cederá areferir el caso a la COMECI en ESSALUD, qu ienes se enc argaran de em it ir el IMECI (Ley26790). Este procedimiento se aplica sin perjuicio de los procedimientos especialesdispuestos p or ley para los casos de Incapacidad Temporal Prolongada (es decir , cuando eltrab ajador acumule más de 150 días de inc apac idad con sec ut ivo s , o más de 90 días deincapacid ad no con secut ivos en un period o d e 365 días), en cuyo caso el trabajador d eberáserá deriv ado a la COMECI para que ésta determ ine s i se tr ata de un a inc apacid ad tem po ral( lo que perm it iría extender nu evos CITT) o si se trata d e una inc apacidad n o temporal. 

    Documentos a Consultar  Directiva 015-GG-ESSALUD-2014: “Normas y Procedimientos para la Emisión, Registro y

    Contro l de las Cert i f icaciones Médicas por Incapacidad y Maternid ad en ESSA LUD(Resolu ción d e Gerenc ia General Nº 1311-GG-ESSALUD-2014). 

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      Acu erdo Nº 58-14-ESSALUD-2011: Reglamento de Pago d e Prestaciones Económicas  Directiva Nº 08-GG-ESSALUD-2012: Normas Com plementarias al Reglam ento d e Pago d e

    Prestaciones Económ icas (Resolu ción de Gerenc ia General Nº 619-GG-ESSALUD-2012)

      Ley 29783: Ley de Segurid ad y Salud en el Trabajo  DS-005-2012-TR: Reglamento de la Ley d e Seguridad y Salud en el Trabajo  Ley 26790: Ley de Mod ernización de la Segurid ad Social en Salud  Decreto Suprem o No. 009-97-SA: Reglamento de la Ley d e Modernización de la Seguridad

    Social en Salud

      POL-RSG-009 – Polític a de Adm inis traci ón de Perso nal  FormatosNo Aplica. 

    Desarrollo N° Actividades Responsables

    Formatos /Referencias

    Comunicación

    1

    Comunicar Enfermedad o Accidente.En caso de enfermedad o accidente de cualquier índole que le genere unaincapacidad para  asistir a sus labores normales, el (la) trabajador (a), deberádar aviso dentro de las 24 horas de la ocu rrencia , a su jefe o supervisordirecto y al área d e Bien estar Soci al .La comu nic ación d el trab ajado r deb erá realizars e vía telefónica oalternativamente vía correo electrónico d e no s er pos ible lo p rimero. Si eltrabajador se encontr ase inhabil i tado para realizar la com unicación, unfamil iar directo declarado en s u ficha p erson al deberá encargarse d e darel aviso. 

    Trabajador  

    Presentación de Documentos

    2

    Preparar  Documentos.

    Para justificar su ausencia por descanso médico, el (la) trabajador(a) deberápresentar únicamente al área de bienestar social, cualquiera de los siguientesdocumentos en original:  Si la atención médica se realizó en ESSALUD : “Certificado de

    Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT)”   Si la atención médica se realizó en una Clíni ca o c on un médic o

    part icular : “Certificado Médico expedido por el médico tratante enformulario de especie valorada del Colegio de Médicos del Perú.

      Si la atención médica s e da en los tópicos de la op eración min era se presenta la “Papeleta de descanso médico”. 

    No se acep tarán co ns tanc ias médic as exten did as en rec etas u o tro sdocum entos No mencionados en el presente procedimiento.

    Trabajador

    Certi f icado deIncapacidadTemporal /Cert i f icadoMédicoExpedido por elMédi co Tra tan teen Particular /Papeleta deDescansoMédico

    3

    Presentar Documentos par a Descan so Médi co .Para todos los caso s, los trabajadores deb erán remit ir los d ocu mento sreferidos en el pun to anterior via electrónica en un plazo no m ayor a 24

    horas d e expedido el descanso medic o o s imilar al área de BienestarSocial y p resentarlo en físico (original) dentro de los tres (03) diassiguientes en la misma dependencia, bien sea en forma p ersonal o atrav s de u n famil iar, según sea factible.

    Trabajador

    4

    Solicitar Adicionalmente Documentos de Sustento .La Gerencia de Recursos Humanos y Servicios Generales y/o la AsistentaSocial podrán solicitar adicionalmente al trabajador documentos de sustento  de su condición médica, como son: (i) informe médico, (ii) análisis clínicos, (iii)análisis de laboratorio, (iv) placas radiográficas, y otros, bajo los cr i ter ios desalud ocup acional y segur idad laboral , que sean emit idos para el casoconcreto . Asimismo, en coordinación con el Medico Ocupacional podránsolicitar que el (la) trabajador(a) se someta a exámenes médicoscomplementarios para corroborar el diagnostico que presenta.

    Gerente deRecursosHumanos / Asistenta Social

    5

    Iniciar Trámites de Subsidio.Todo descanso médico particular que supere los 20 días (continuos oacumulados en un año calendario) gen erará el derec ho a o bten er el

    sub sidio por enfermedad de cargo de ESSALUD hasta la alta médica;siendo r espon sabil idad y ob ligación, del (la) trabajador(a) presentar elCert i f icado d e Incapacidad Temp oral para el Trabajo (CITT), cop ia de suDNI y firm ar el formu lario 8001 de ESSALUD, para acceder y rec ibir elrefer ido Sub sidio. 

    Trabajador

    Cert i f icado de

    IncapacidadTemporal  

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    Realizar Trámites del Subsidio.Es responsabilidad del Área de Bienestar Social realizar los trámites dereembolso de los subsidios pagados a los trabajadores correspondiente anteESSALUD, para lo cual el (la) trabajador(a) previamente debe haber cumplidocon realizar las diligencias precisadas en el punto 5 .

    AsistentaSocial

    7

    Canjear Certi f icado Particular por el CITT.Para el can je de u n Certi ficad o Médic o Parti cul ar, po r el CITT, el (la)trabajador (a), deberá presentar s u so licitud en el centro asistencial en elque se encuentre acredi tado y cump l i r los requis i tos establecidos porESSALUD en los plazo s q ue éste es tablec e.De con tar co n d escanso s médicos prolo ngado s m ayores a 30 días en unaño, el trab ajado r tend rá qu e canj ear men su almen te el certifi cadomédi co p arti cu lar exped ido po r su médi co .Es responsabil idad del trabajador efectuar el canje del Certi f icadoMédi co Part ic ula r p or el CITT. El área d e B ien est ar So cia l, a tr avés d e las

    Asisten tas Sociales brindará sop orte inform ativo sob re los requisito s apresentar ante ESSALUD para el canje respectivo.  

    TrabajadorCert i f icado deIncapacidadTemporal  

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    Entreg ar CITT.El (la) trabajad or (a) tend rá 5 días c alend ario para la en treg a del CITT al área de B ienes ta r So cia l, contad os des de la emis ión de es te do cumen to .El incum plimien to de la entrega del CITT implicará el descuen to po rPlanil la del subsid io que hubiere pagado el empleador.El empleador po drá sus pender el pago d e subsid ios en caso eltrabajador no cumpliere persistentemente con realizar la entregaopo rtun a de los CITT.La pérdida d el derecho de reembo lso d e subs idios que pu diereper judicar al empleador, por hechos u omisiones atr ibuibles altrabajador, s erá respo nsabil idad de este últ imo . En tales c asos, elempleador p odrá desco ntar al trabajador respectivo lo s impo rtes desubsidios cuyo reembolso hubiere sido desest imado o deviniere enimposible por no cumpl i r los requis i tos legales para tales efectos.

    TrabajadorCert i f icado deIncapacidadTemporal  

    9

    Asegurar Recuperación del Subsidio.La Asistenta Social envía las cartas para cob ro del su bsid io recup eradoen ESSALUD al área de Servic ios G enerales L im a qui enes g estio narán elcobro y depósi to en las cuentas del empleador. 

    AsistentaSocial

    Cartas paraCobro deSubsidio

    10Realizar Depósito y Comunicar.El área de Servicios Generales Lima comunicará al Departamento deContabilidad y a Bienestar Social respecto al depósito efectuado. 

    Servic iosGenerales Lima

    11Registrar Recuperación del Subsidio.El Anal ista   de Contabilidad es encargado de registrar la recuperación delsubsidio y archivar los documentos de sustento. 

    Anal ista  deContabilidad 

    Reportes Sobre la Condición de Salud

    12

    Informar Sob re Estado de Salud.Para todo s los casos , el Área de Bienestar Social, inform ará a la jefaturade área que cor respon da al trabajador co n desc anso m edico, acerca desu estado de salud y p eríodo de con tingenc ia hasta su alta yreincor poración laboral.

    AsistentaSocial

    13

    Bloquear Fotocheck.Para todo s los casos , el Área de Bienestar Social, reportará al Área deProtección Empresar ia l y Salud Ocupacional , los casos de descansomédico para la in habil i tación d el foto check del trabajado r (a), hasta lacon formid ad d e alta médic a.

    ProtecciónEmpresarial

    14

    Realizar Visi tas.En coordinación con la Gerencia de Recursos Humanos y Servic iosGenerales, las Asisten tas Sociales efectu arán v isitas d omic i l iarias y/uhospi ta lar ias d e seguimiento y soporte al t rabajador.

    AsistentaSocial

    15

    Env iar Repo rte d e Descan so s Médic os .El Área de Bienes tar Soc ial env iará los r epo rtes d e desc ans os médic osmen su almen te al área de Admin istr ación d e Person al, quien r ealizará elregistro del descan so médico en el Sistema de Planil las y de este m odoman tend rá actu alizado el réco rd del trab ajado r.

    AsistentaSocial

    Reporte deDescansosMédic os

    Reincorporación al Centro de Trabajo

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    Si se trata de trabajadores q ue laboran en las s edes Lim a, Callao y

    Huancayo p asar al punto 16.1.Si se trata de trabajadores que laboran en cam pamento p asar al pun to17. 

    16.1 Remitir Docum entación para Reincorpo ración. Trabajador

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    Para el caso de trabajadores que laboren en sede Lima, Callao yHuan cayo : para rein tegr arse a sus l abo res, deb erán rem itir víaelectrón ica u n día antes d e su r einc orp orac ión al área de Salu dOcupacional los siguientes docu mentos s egún correspon da:

    ( i ) Por diagnóst ico de enfermedades com unes simp les:

      Cop ia de Descan so (s) Médic o(s)( i i) Por diagnóst ico de enfermedades mayores qu e hayan requer idoevaluación y tratamiento con médico s especial istas:

      Cop ia de A lta médic a del es peciali sta tr atante  Cop ia de Descan so (s) Médic o(s)  Cop ia de Anális is c líni co s,  Copia d e inform e de exámenes d e imagen  Otros q ue el área de Salud Ocu pacion al cons idere necesario

    para la condición de APTO que permita su reincorpo ración alabores

    Pasar al punto 18.

    17

    Presentar Documento s para Reincorp oración.Para el caso de trabajadores que laboren en el campamento: parareint egrar se a sus lab ores , deberán pr esent arse pr eviam ente al área deSalud Ocupacional de su sede de trabajo, con los siguientesdocum entos según correspon da:

    ( i ) Por diagnóst ico de enfermedades com unes simp les:

      Orig inal y Copi a de Desc anso (s) Médic o(s)( i i) Por diagnóst ico de enfermedades mayores q ue hayan requer idoevaluación y tratamiento con médico s especial istas:

      Cop ia de A lta médic a del es peciali sta tr atante  Cop ia de Descan so (s) Médic o(s)  Cop ia de Anális is c líni co s,  Copia d e inform e de exámenes d e imagen  Otros q ue el área de Salud Ocu pacion al con sidere necesario

    para la condición de APTO que permita su reincorpo ración a

    labores

    Trabajador

    18

    Evaluar y Comun icar la Condición de APTO.Para tod os los caso s, el Médic o d e Turn o d el área de salu d, encoordinación con la Super intendencia de Salud Ocupacional ,com un icarán vía co rreo electrón ico al área de Bien estar So cial, s ob re elalta médica y con dición de APTO para la r eincor poración a labores del(la) trabaj ado r (a).En caso que el (la) trabajador (a), no se encuentre APTO parareinc orp orar se, el médic o en tu rno del área de Salud Ocup acio nalinfo rm ará al área de B ienes tar Soc ial, a la jefatura in med iata deltrabajador y al (a) mismo (a) Trabajador (a) para su referencia alespecial ista.

    Médic o d eTurno

    19 El procedimiento finaliza en este punto.