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1 La inteligencia civil para la Seguridad y Defensa del Estado, un enfoque crítico a su dependencia de las doctrinas militar y policial en Colombia. Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a: Doctora Luz Alejandra Cerón Rincón Director: Jorge Isaza Facultad de Relaciones Internacionales, Estrategia y Seguridad Especialización en Alta Gerencia de Seguridad y Defensa Bogotá D.C., noviembre de 2020

Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a

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La inteligencia civil para la Seguridad y Defensa del Estado, un enfoque crítico a su dependencia

de las doctrinas militar y policial en Colombia.

Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa

Presentado a:

Doctora Luz Alejandra Cerón Rincón

Director: Jorge Isaza

Facultad de Relaciones Internacionales, Estrategia y Seguridad

Especialización en Alta Gerencia de Seguridad y Defensa

Bogotá D.C., noviembre de 2020

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Resumen

La inteligencia como proceso sistemático para la Seguridad y la Defensa del Estado, en el

ámbito de las instituciones civiles de Colombia, ha tenido a lo largo de su historia una innegable

influencia doctrinal desde las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Resulta necesario, por

tanto, realizar un despliegue analítico que permita observar las implicaciones que tiene la

consolidación de la institucionalidad civil de inteligencia bajo los paradigmas de estas doctrinas,

y demostrar desde este análisis y bajo la cubierta de la teoría crítica de Theodor Adorno y la

teoría crítica de la seguridad, la necesidad de la consolidación de una doctrina civil de

inteligencia, y así ofrecer el ingreso del concepto de la Inteligencia Crítica como una herramienta

de construcción de conocimiento sensible y privilegiado, que erija una cultura de inteligencia

independiente, fácilmente adaptable a los cambios continuos y vertiginosos de las amenazas que

ponen en riesgo a la Seguridad y la Defensa Nacionales.

Palabras clave: Inteligencia de Estado, doctrina militar, doctrina policial, inteligencia

civil, cultura de la Inteligencia, teoría crítica, inteligencia critica.

Abstrac

Intelligence as a systematic process for security and defense of the state in the scope of

Colombian civil institutions, have had throughout its history an undeniable doctrine influence

from its military and police forces. It turns necessary so as to carry out an analytical deployment

that allows to observe the implications that has the consolidation of the civil constitutionally of

intelligence under the paradigms of their doctrines and show from this analysis and under the

cover of and critical security theory and Theodor Adorno's critical theory of consolidation of one

civil doctrine of intelligence and therefore offer the entry of the critical intelligence concept as a

tool of construction of sensitive and privileged knowledge that erect a culture of independence

easily adapted to continuous changes and vertiginous of threads that put national defense and

security at risk.

Key words: State’s intelligence, military doctrine, civil intelligence, intelligence’s

culture, critical theory, critical intelligence.

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Résumé

Le renseignement en tant que processus systématique pour la sécurité et la défense de

l’État, dans le cadre des institutions civiles de la Colombie, a eu tout au long de son histoire une

influence doctrinale indéniable de la part des forces militaires et de la police nationale. Il est

donc nécessaire de procéder à un déploiement analytique permettant d’observer les implications

de la consolidation des institutions civiles de renseignement sous les paradigmes de ces

doctrines, et de démontrer de cette analyse et sous la couverture de la théorie critique de Theodor

Adorno et la théorie critique de la sécurité, la nécessité de la consolidation d’une doctrine civile

du renseignement, et ainsi offrir l’entrée du concept de l’intelligence crit ique comme un outil de

construction de connaissances sensibles et privilégiées, qui érige une culture de l’intelligence

indépendante, facilement adaptable aux changements continus et vertigineux des menaces qui

mettent en danger la sécurité et la défense nationales.

Mots clé: Renseignement d’État, doctrine militaire, intelligence civil, culture du

renseignement, théorie critique, intelligence critique.

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La Inteligencia Civil para la Seguridad y Defensa del Estado, un Enfoque Crítico a su

Dependencia de las Doctrinas Militar y Policial en Colombia.

El presente documento hace un despliegue analítico en la construcción de la Inteligencia

Civil en Colombia, como un elemento indispensable en la consolidación de la Inteligencia de

Estado, herramienta sine qua non para la Seguridad y Defensa de la Nación.

De esta manera el escrito presenta y define el concepto de inteligencia, con sus

acepciones en el campo de la Seguridad y Defensa para Colombia, permitiendo establecer con

claridad la existencia de un tipo de inteligencia de carácter civil, que visiblemente se diferencia

de la Inteligencia Militar y de la Inteligencia Criminal y Policial, estableciendo su necesaria

relación simbiótica para la consolidación de la Inteligencia de Estado.

Igualmente, hace una exposición histórica de la evolución de las agencias a cargo de la

inteligencia en el ámbito civil y la clara influencia ejercida desde la Fuerza Pública en su

creación y administración, procurando establecer la desviación doctrinal que este dominio ha

ejercido en la caracterización de la civilidad de estas agencias. Presenta así la imperante

necesidad de crear y consolidar una inteligencia civil independiente, con dogmas y principios

propios y diferenciadores.

Asimismo, y como fin académico del documento, éste ofrece una posición crítica a los

modelos doctrinales que influyen en la Inteligencia Civil colombiana, y propone la

desvinculación paulatina del modelo doctrinal tradicional, propendiendo por el rediseño y

fortalecimiento de la doctrina civil a partir de la propuesta de una inteligencia con postura crítica.

El Concepto de Inteligencia para la Seguridad y Defensa Nacionales.

Pero, ¿qué es la inteligencia en los aspectos relacionados a la Defensa y la Seguridad? En

este sentido se deben tomar cuatro principios funcionales que enmarcan su propósito, como lo

señala Jordán (2015) al referirse en la necesidad de neutralizar la incertidumbre y las acciones de

los enemigos del Estado, con herramientas de asesoramiento político permanente y con el

resguardo de métodos y medios (p.p. 1 y 2), para Colombia expresada en el artículo 2 de la Ley

1621 de abril de 2013.

La función de inteligencia y contrainteligencia es aquella que desarrollan los

organismos especializados del Estado del orden nacional, utilizando medios humanos

o técnicos para la recolección, procesamiento, análisis y difusión de información, con

el objetivo de proteger los derechos humanos, prevenir y combatir amenazas internas

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o externas contra la vigencia del régimen democrático, el régimen constitucional y

legal, la seguridad y la defensa nacional, y cumplir los demás fines enunciados en

esta Ley. (Art. 2, Ley 1621 de 2013).

Lo anterior expresa el fundamento utilitario de los servicios de inteligencia como

organismos de la administración pública. En esta línea, Sherman Kent define a la inteligencia

como “… el conocimiento que nuestros hombres, civiles y militares, que ocupan cargos

elevados, deben poseer para salvaguardar el bienestar nacional.” (Kent, S., 1948, p.2),

entendiéndose al conocimiento, parafraseando a Davenport y Prusak (1998), como la sinergia

entre la experiencia, valores, contexto y la percepción de los expertos, donde a su vez se vinculan

elementos estructurales de las organizaciones como rutinas, procesos y normas, (Segarra, M., &

Bou, J., 2004, p.179).

Para las necesidades de la seguridad y la defensa, el conocimiento debe ser útil y práctico,

pues las complejidades generan ambigüedades en la toma de decisiones.

Es importante destacar en este punto que la construcción de los agentes de inteligencia es

un proceso prolongado y exhaustivo que trasciende a los tiempos de permanencia en la

administración de lo público de los gobiernos de turno, “… muchos de esos altos cargos poseen

un background limitado o inexistente en cuestiones de seguridad nacional, por lo que los

servicios de inteligencia… suponen una valiosa fuente de conocimientos y experiencia.” (Jordán,

J., 2015, p. 2), resaltando el principio fundamental de continuidad de la inteligencia.

Una vez definido el concepto de “inteligencia” aplicado a la seguridad y a la defensa

nacional de manera general, y bajo el propósito académico del presente documento, es

fundamental hacer la diferenciación entre los tipos de inteligencia, que en su conjunto conforman

la conocida como Inteligencia de Estado. No obstante, antes de esto, es necesario adaptar el

concepto de “información privilegiada” al campo de la seguridad y la defensa, cuyo uso y

aplicabilidad suele darse en el mundo del mercado bursátil. De esta manera Prado (2003) lo

define como aquella información que por su relevancia e impacto en la divulgación es sólo

accesible a un grupo privilegiado de individuos, comprendiendo que este acceso se ofrece por las

funciones que cumplen. (p. 239).

Aclarado lo anterior, la Inteligencia de Estado se puede entender como aquel proceso de

la información privilegiada en el que se busca formar conocimiento con el objetivo de aportar a

la estrategia nacional, que también tiene el propósito de lograr la “… situación en la cual los

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intereses de la Nación se hallan a cubierto de interferencias y perturbaciones substanciales.”

(Comando General de las F.F. M.M., 1996, p.2), es decir, la Seguridad Nacional. En la

Inteligencia de Estado debe reposar una perfecta visualización del Poder Nacional, descrito

como:

… la suma de las energías, capacidades y recursos de todo orden

debidamente organizados para la acción, que la nación posee para alcanzar los fines

de la seguridad y defensa nacional y la convivencia ciudadana. Se expresa en todos

los elementos de orden político, económico, social y militar. Es el conjunto de las

condiciones que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos y

libertades, dentro de un marco coherente de valores y principios… potencial para

responder ante situaciones que pongan en peligro el ejercicio de los derechos y

libertades, y para mantener la independencia, la integridad, autonomía y la

soberanía nacional. (F.A.C., 2020).

Es así como en la Inteligencia de Estado participan los tipos de inteligencia que se

diferencian por su misionalidad, su propósito, alcance y por las instituciones que la desempeñan:

la inteligencia militar, la inteligencia policial o criminal y la inteligencia civil.

La inteligencia Militar, entendida como “… el producto resultante de recolectar, evaluar e

interpretar la información disponible que ofrece valor inmediato o potencial para el planeamiento

y conducción de operaciones militares. La inteligencia militar abarca, inteligencia de combate,

inteligencia básica, inteligencia estratégica y la Contrainteligencia.” (F.A.C., 2020), cabe anotar

que esta definición permite ver el límite de su accionar, restringido a las operaciones militares.

La inteligencia criminal y policial, según Guevara (2009) se explica como una

herramienta que permite observar la construcción de los fenómenos criminales tanto internos

como transnacionales (p. 33), de esta manera y como lo expone Ugarte J. M., está guiada

exclusivamente para la toma de decisiones en la investigación criminal y para la comprensión del

comportamental criminal (Guevara, D., 2009, p. 36). Esta herramienta de búsqueda de

conocimiento apoya la necesidad de obtención de acervo probatorio en aspectos que le competen

a la jurisdicción penal, y es la única que está orientada con ese fin.

La investigación penal supone una sucesión de actos procesales dirigidos al

recaudo de elementos probatorios útiles para esclarecer conductas punibles, cuyo

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acopio corresponde a la policía judicial quien debe actuar bajo las directrices de un

fiscal mediante un programa metodológico preciso. (C.S.J., 2015).

No obstante lo anterior, a este tipo de inteligencia también le corresponde ampliar su

percepción para entender la dinámica criminal y anticipar los efectos de sus fenómenos

asociados. Siempre en el entorno delictivo y de la seguridad y la convivencia ciudadana. En

Colombia estas funciones son ejercidas tanto por el Cuerpo Técnico de Investigación -C.T.I.- de

la Fiscalía General de la Nación, como por la Policía Nacional.

En atención a la anterior definición surge un gran dilema institucional de cara a la

práctica de la inteligencia ejercida por la Dirección Nacional de Inteligencia y la Policía

Nacional, pues esta última traspasa los límites del aspecto criminal y de seguridad ciudadana al

plantear que:

La Dirección de Inteligencia Policial, tiene como Misión generar

inteligencia estratégica, operacional y para el servicio, con el objetivo de anticipar y

prevenir amenazas y desafíos que atenten contra la convivencia y seguridad

ciudadana, las personas y el Estado, así como la seguridad personal, las

instalaciones, los documentos y las comunicaciones de la Policía Nacional. Así

mismo apoyar el servicio de policía en los ámbitos que requiera el mando

institucional. (Policía Nacional, 2020).

Como se observó, la Policía Nacional plantea en su misionalidad de inteligencia una de

carácter estratégico para la seguridad del Estado, asumiendo innegablemente una competencia de

la D.N.I.

Es importante resaltar este aspecto como potencial escenario de conflictos misionales y

de ejercicio de las capacidades institucionales para ejecutar actividades de inteligencia, así como

su acaparamiento, teniendo en cuenta que más adelante se desarrolla el tema de la influencia

militar y policial en el ámbito de la inteligencia civil. Es así que la Policía Nacional plantea las

siguientes funciones en inteligencia:

Dirigir y coordinar a nivel Nacional, la ejecución del proceso lógico-

racional a que debe ser sometida la información para convertirla como instrumento

útil en la toma de decisiones del Mando Institucional y el Gobierno Nacional…

Ejercer las funciones que dispongan las normas legales como organismo rector del

Servicio de inteligencia de la Policía Nacional y como integrante de la comunidad

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de inteligencia… Proponer la suscripción de convenios y acuerdos que faciliten la

cooperación con los organismos de seguridad y servicios de inteligencia de otros

países, para el desarrollo de operaciones de inteligencia en contra de la delincuencia

transnacional, así como la prevención de los riesgos y amenazas que afecten la

seguridad hemisférica o global. (Policía Nacional, 2020).

En la cita anterior se deben observar con atención que no se expresa un tipo de

inteligencia que se restringe al aspecto criminal y policial, sino que puede trascender a elementos

que estarían bajo el amparo de políticas superiores y serían resorte de la D.N.I.; de la “Junta de

Inteligencia Conjunta -JIC-”, órgano máximo de inteligencia declarado en la Ley 1621 de 2013

en su artículo 12; y del gobierno nacional mediante el Consejo de Seguridad Nacional (Decreto

4748 de 2010).

Ya aclarados los conceptos de inteligencia militar e inteligencia criminal y policial, es

necesario incorporar el concepto de inteligencia civil, pues éste se ve expresado en el análisis de

los Artículos 1 y 2 del Decreto 4179 de 2011, de la siguiente forma:

Articulo 1°. Creación. Créase un Departamento Administrativo que se

denominará Dirección Nacional de Inteligencia, como un organismo civil de

seguridad… Artículo 2°. Objeto… desarrollar actividades de inteligencia

estratégica y contrainteligencia para proteger los derechos y libertades de los

ciudadanos y de las personas residentes en Colombia, prevenir y contrarrestar

amenazas internas o externas contra la vigencia del régimen democrático, el orden

constitucional y legal, la seguridad y la defensa nacional, así como cumplir con los

requerimientos que en materia de inteligencia le hagan el Presidente de la

República y el Alto Gobierno para el logro de los fines esenciales del Estado, de

conformidad con la ley. (Decreto 4179 de 2011.)

Se puede entender, sin manto de duda, que el objeto del Decreto es la creación de un

organismo civil de inteligencia que cumple funciones en el ámbito estratégico y de

contrainteligencia, bajo un escenario amplio de aplicación que se suma, pero se diferencia, a las

operaciones militares y al contexto criminal y policial, desde una perspectiva enteramente civil y

en los ámbitos que domina el concepto de seguridad multidimensional, que entiende que las “…

amenazas, preocupaciones y otros desafíos a la seguridad en el Hemisferio son de naturaleza

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diversa y alcance multidimensional y que el concepto y enfoque tradicionales deben ampliarse

para abarcar amenazas nuevas y no tradicionales, que incluyen aspectos políticos, económicos,

sociales, de salud y ambientales” (O.E.A., 2002).

Se suma a las anteriores la inteligencia financiera, ejercida en Colombia por la Unidad de

Información y Análisis Financiero -U.I.A.F.- que se rige bajo la Ley 526 de 1999, que realiza el

recaudo y análisis de información financiera y tiene como propósito:

… la prevención y detección de operaciones que puedan ser utilizadas como

instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en

cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o

destinados a su financiación, o para dar apariencia de legalidad a las actividades

delictivas o a las transacciones y fondos vinculados con las mismas,

prioritariamente el lavado de activos y la financiación del terrorismo. (Decreto 1068

de 2015).

Teniendo claros los anteriores conceptos es momento de hacer un recorrido histórico por

la construcción de la inteligencia civil en Colombia.

Desarrollo Histórico de la Inteligencia Civil Colombiana

Con motivo de los fenómenos sociales que afectaron la estabilidad del Estado

colombiano durante la primera mitad del siglo XX, con una espiral intensificada de meta-

conflicto, entendido como la expresión extrema de la violencia en los conflictos (Calderón, P.,

2009, p. 16), sufrida a partir del año 1948 hasta el año 1953, y con la experiencia obtenida en el

desarrollo de la Guerra de Corea, durante el gobierno del General Rojas Pinilla se opta por la

creación de la primera agencia de inteligencia de carácter civil, “El nuevo organismo fue erigido

bajo el decreto 2872 del 31 de octubre de 1953 y se designó como director al Mayor Thelmo

Acevedo Ardila. Su objetivo principal fue el de velar y preservar la seguridad interna y externa

de la nación, así como defender las instituciones legítimas del Estado colombiano.” (Cortés, D.,

2012, p.25). La naciente agencia de inteligencia se crea inicialmente con servidores que

desempeñaban su labor pública en el Departamento de Investigación Criminal de la Policía

Nacional (Cátedra D.A.S., 2005), que para la década de los años 40 no pertenecía al Ministerio

de Defensa: “Artículo 5° El Cuerpo de Policía Nacional depende directamente del Ministerio de

Gobierno…” (Decreto 1775 de 1926), pero tenía un importante antecedente en la doctrina militar

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cuando a finales del siglo XIX dependió del Ministerio de Guerra, manteniendo sus dogmas

durante la primera mitad del siglo XX, siendo parte del Ministerio de Gobierno.

Al iniciarse la guerra de los mil días la policía se adscribió al ministerio de

guerra “durante el tiempo que el orden público permanezca turbado en la Nación”

(decreto 512 de 24 de octubre de 1899). Esta situación duró hasta el 6 de

septiembre de 1901 (decreto 1604) cuando la policía regresó al ministerio de

gobierno. Aquí tenemos el antecedente de la actual dependencia de la policía del

ministerio de defensa. Como lo anota el mayor de la policía, Amadeo Rodríguez,

quedó una tendencia hacia lo castrense porque el director de la policía podía

desempeñar funciones de jefe militar de plaza gozando de un aumento de sueldo.

Esta tendencia se acentuó cuando el General Rojas Pinilla decidió por decreto de

estado de sitio convertir a la policía en parte de las Fuerzas Armadas. (Galvis, F.,

1997, p.125).

Esta evidencia demuestra que desde el nacimiento de la agencia civil de inteligencia, son

las doctrinas desde lo militar y lo policial las que le ofrecen su influencia, y construye en ella sus

cimientos dogmáticos, sus valores y principios, expresado por Cortés (2012), con el enfoque de

la protección frente a las amenazas de rebelión y golpes de Estado, desde la dirección del

Gobierno Nacional, (p.25).

La necesidad de mejorar y ampliar las funciones de la agencia de inteligencia llevó en

1960 a la creación del Departamento Administrativo de Seguridad -del que se popularizaría el

nombre a partir de sus siglas “D.A.S.”-, a través del Decreto 1717, que establecía en su artículo

primero: “Créase el Departamento Administrativo de Seguridad, el cual sustituye al

Departamento Administrativo del Servicio de Inteligencia Colombiano, creado por el Decreto

número 2872 de 1953.” (Decreto 1717 de 1960). Es importante anotar que como director de este

nuevo Departamento Administrativo es posesionado el Teniente Coronel Alfonso Rojas

Martínez. (Cátedra D.A.S., 2005).

Los cambios históricos del conflicto colombiano desde la década de los años 60

influenciaron de manera determinante el contexto administrativo de la inteligencia desarrollada

por el D.A.S., agregándole a la nueva institución, a parte de las funciones de inteligencia,

contrainteligencia y de Policía Judicial, las de “… llevar el registro de extranjeros en el territorio

nacional y vigilar el cumplimiento de las disposiciones sobre extranjería… al D.A.S. le fueron

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conferidas, además, las funciones de Seguridad Rural y Protección a Personas.” (Cátedra D.A.S.,

2005). Aún con estas nuevas funciones, el modelo doctrinal de inteligencia permaneció bajo el

dominio de la línea militar que se soportó en fundamentos estadounidenses. Romero (2016) lo

expone de la siguiente forma:

… el 2 de febrero de 1962 un grupo de oficiales del ejército nacional, entre

ellos el Teniente Coronel Ricardo Charry Solano, fueron enviados a los Estados

Unidos para llevar a cabo un curso de inteligencia en Fort Halabird (Quinn, 2013,

pág. sin). Al regreso de éstos primeros oficiales, entre el 24 de Octubre de 1962 y el

16 de Enero de 1963, se lleva a cabo el primer curso de inteligencia y

contrainteligencia para oficiales de las fuerzas militares. Posteriormente, el 15 de

marzo de 1963 se da inicio al primer curso de inteligencia para suboficiales. (p. 3)

La década de los años 70 llega con nuevos retos para la inteligencia civil, que se

mantiene con la base doctrinal militar y policial en su administración.

En 1974, con el General Jorge Ordoñez en la dirección, fue fortalecida y

reorganizada la estructura del DAS bajo el decreto 625… El tema de bienestar

social fue atendido y se dieron nuevos privilegios a los funcionarios; también se

organizó el régimen de clasificación de cargos de detectives y se expidieron otras

normas de regulación de inmigrantes, delitos, cancelación de antecedentes y

expedición de certificados judiciales. (Cortés, D., 2012, p.29)

En ese mismo año de 1974 se dio uno de los nombramientos más reconocidos en la

Dirección del D.A.S., quedando en manos del histórico Mayor General José Joaquín Matallana

Bermúdez (Cátedra D.A.S., 2005), quien orientó su misión, descrita en Cortés (2012), en la

persecución de la guerrilla del M-19, por considerarse más que cualquier otro grupo armado, el

que mayor amenaza representaba para el Estado colombiano. (p.29).

De esta manera y orientada la institución de inteligencia contra la importante amenaza

que representaron las guerrillas para la estabilidad del Estado y la permanencia del régimen

democrático, a finales de los años 70 y principios de los 80, en la presidencia de Julio Cesar

Turbay Ayala se emite el Estatuto de Seguridad, siendo el D.A.S., y como lo expresa Cortés

(2012), una pieza clave contra la subversión y para la ejecución de lo tipificado en mencionada

ordenanza. (p.32).

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Durante las dos siguientes administraciones de carácter civil, ejercidas por abogados, se

mantuvo la presencia de la Fuerza Pública en niveles administrativos inferiores, como la del

señor Mayor retirado del Ejército Carlos Gustavo Monroy Arenas, asesinado al inicio de la

guerra contra el narcotráfico en la década de los 80, siendo director de la Seccional Antioquia.

“Monroy había ordenado un auto de detención contra el capo del narcotráfico Pablo Escobar en

1976. La guerra estaba en marcha, y el mismo DAS (junto a investigaciones de jueces) sabía

quién había sido el homicida.” (Cortés, D., 2012, p.35).

Tras el paso de las direcciones civiles, en 1982 la línea militar y policial retoma las

riendas de la institución a través del señor General retirado del Ejército Álvaro Arenas Suárez, y

posteriormente en 1984, con el Coronel de la Policía Miguel Alfredo Maza Márquez, ratificado

en 1986 (Cátedra D.A.S., 2005).

Es importante resaltar en este punto que los directores nombrados anteriormente son sólo

los más destacados en la historia del D.A.S., sin embargo, fueron 12 de 25 los miembros de la

Fuerza Pública que ostentaron el cargo de directores de la agencia civil de inteligencia: Cr (r)

Luis E. Ordóñez desde octubre de 1953 a mayo de 1957; TC (r) Luis Felipe Acosta Andrade

desde mayo de 1957 a febrero de 1958; TC (r) Alejandro Londoño García desde febrero de 1958

hasta enero de 1959; Cr (r) Willy Hollman Restrepo desde enero de 1959 a julio de 1959; TC (r)

Alfonso Rojas Martínez desde julio de 1959 a septiembre de 1966; BG (r) Luis Etilio Leyva

González desde Septiembre de 1966 hasta agosto de 1970; Gr (r) Jorge Ordoñez Valderrama

desde agosto de 1970 hasta agosto de 1974; MG (r) José Joaquín Matallana Bermúdez desde

agosto de 1974 hasta mayo de 1976; BG (r) Álvaro Arenas Suárez desde noviembre de 1982

hasta mayo de 1985; ingresando en el grado de Coronel y terminando su gestión como Mayor

General Miguel Alfredo Maza Márquez desde mayo de 1985 hasta septiembre de 1991; MG

Luis Enrique Montenegro Rinco desde enero de 1997 a agosto de 1998 y el TC Germán Gustavo

Jaramillo Piedrahita desde agosto de 1998 hasta agosto de 2002, (Cátedra D.A.S., 2005), además

de los muchos que asumieron cargos directivos dentro de la institución, que no se mencionan en

este documento por lo corto del mismo.

Como se ha expuesto, la influencia de lo militar y policial se ha dado a lo largo de toda la

historia de la inteligencia civil, momento en el que es oportuno resaltar que desde el año 2002,

finalizada la administración del T.C. Jaramillo, hasta el 2012, año en el que es suprimido el

D.A.S., la dirección de la agencia de inteligencia estuvo bajo la administración civil.

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 13

Una vez puesta al servicio la nueva agencia de inteligencia civil, Departamento

Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia -D.N.I.-, creada a través del Decreto 4179 del

3 de noviembre de 2011, retorna la administración de línea militar, en este caso, de la Armada

Nacional. El Almirante Álvaro Echandía Durán cumplió esta función desde la creación de la

nueva agencia hasta el año 2017, siendo reemplazado por el Dr. Juan Carlos Rincón Arenas

mediante el Decreto 2040 del 6 de diciembre de 2017, hasta la emisión del Decreto 1520 del 9

de agosto de 2018, que posesionó en ese cargo al señor Vicealmirante de la Reserva Activa

Rodolfo Enrique Amaya Kerquelen.

Se da por cierto que el nuevo servicio de la nueva DNI ha seleccionado un

personal para tareas de inteligencia ajenas a lo exclusivamente administrativo: […]

el cual corresponde en un gran porcentaje, quizás la mayoría, a miembros activos y

en retiro de las fuerzas militares y de policía, convirtiéndose esto en un retroceso

serio cuando se trata de crear una agencia de inteligencia de carácter civil.

(Romero, 2016, p. 32).

Influencia de las Doctrinas Militar y Policial en la Inteligencia Civil

Esta marcada participación de lo militar y policial a lo largo de la historia de las agencias

de inteligencia, obliga a introducir el concepto de “cultura de la inteligencia”, que como lo

explica Torrijos (2009), comprende todos los elementos estructurales del comportamiento:

prácticas, hábitos y paradigmas que construyen el diario vivir de los que él identifica como

“operadores de inteligencia”. (p. 278).

De esta manera, Torrijos (2009) formula que la cultura de inteligencia se construye desde

cuatro elementos básicos: “Factores históricos… Factores idiosincrásicos… Factores

institucionales… Factores sociales…” (p. 279), lo que permite establecer que la creación y

administración hasta nuestros días de las agencias civiles de inteligencia en Colombia, bajo el

marco doctrinal militar y policial, necesariamente soportan las bases de su comportamiento, entre

ellos los que menciona la Corte Constitucional:

La disciplina, la obediencia y la sumisión, son las bases fundamentales de

las fuerzas militares, sin las cuales no es posible garantizar el cumplimiento de su

misión constitucional consistente en la defensa de la soberanía, la independencia, la

integridad del territorio nacional y el orden constitucional… (Sentencia C-578,

1995).

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Es imprescindible entonces tener en cuenta la historia del derecho militar y policial

disciplinario, resaltando los apartes conductuales deterministas en la Fuerza Pública, que para el

hecho analizado en el presente documento se observarán en: la Ley 1862 del 4 de agosto de

2017, la Ley 1015 de 2006, la Ley 836 de 2003, el Decreto 1797 de 2000 y el Decreto 085 de

1989.

De las normas anteriormente citadas, y teniendo en cuenta lo mencionado por la

Sentencia C-578 de 1995, existen varios elementos estandarizados en la conducta militar y

policial, de los cuales se destacan, para el presente trabajo, la disciplina y la obediencia,

esenciales en estas doctrinas, que se describen en la Ley 1862 de la siguiente manera.

Ley 1862 de 2017: “Por la cual se establecen las normas de conducta del militar

colombiano y se expide el código disciplinario militar.”, establece preceptos del comportamiento

militar que se señalan en su Libro Primero “Normas de conducta y actuación militar, medios para

mantener y encauzar la disciplina”, Título Primero “Conducta y Actuación del Militar”, Capítulo

I “Normas de Conducta de Militar”, en su Artículo primero: “Es deber fundamental del militar

por su honor, la disposición permanente para defender a Colombia, incluso con la entrega de la

propia vida cuando sea necesario, cumpliendo la Constitución Política, las leyes y los

reglamentos, respetando los preceptos, principios, valores y virtudes inherentes a la carrera

militar.” (Ley 1862, 2017), donde se puede inferir de manera objetiva que en Colombia existe un

componente específico de herramientas sociales y psicológicas que enmarcan y fundamentan el

comportamiento militar. En este sentido, en su artículo segundo “Comportamiento Militar”,

menciona que “El militar ajustará su comportamiento a la ética, disciplina, condición, principios,

valores y virtudes característicos de las Fuerzas Militares.” (Ley 1862, 2017), expresa así, con

total claridad, la existencia de un comportamiento específico, separado de la conducta tradicional

civil, como un inamovible en las doctrinas militar y policial.

Concomitante con lo anterior y como soporte teórico del presente documento, el Artículo

tercero de la misma Ley permite observar la clara interpretación que estas doctrinas tienen del

concepto “disciplina militar”.

Es el conjunto de normas de conducta que el militar debe observar en el

ejercicio de su carrera, condición esencial para la existencia de las Fuerzas

Militares. Es el factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a

obedecer lo mandado, será practicada y exigida en las Fuerzas Militares como regla

Page 15: Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a

DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 15

de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento a la Constitución y su

manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas; contrarresta

los efectos disolventes de la lucha, crea íntima cohesión y permite al superior exigir

y obtener del subalterno que las órdenes sean ejecutadas con exactitud y sin

vacilación. Implica la observancia de las normas y órdenes que consagra el deber

profesional. (Ley 1862, 2017).

Como complemento al concepto de la “disciplina militar”, la Ley 1862 en su Capítulo III

“Normas de actuación frente a la disciplina”, Artículo 15 “Actuaciones frente a la disciplina.”, se

establecen pautas comportamentales de los militares donde se resalta que el cumplimiento de las

órdenes es “… en forma adecuada y dentro de las atribuciones que le correspondan, para que

lleve a cabo u omita una actuación concreta. También deberá atender los requerimientos que

reciba de un militar superior referentes a las disposiciones y normas generales de orden y

comportamiento.” (Ley 1862, 2017), de igual forma es importante destacar el numeral tercero

que establece la responsabilidad en la obediencia así: “En el cumplimiento de las órdenes debe

esforzarse en ser fiel a los propósitos del mando, con responsabilidad y espíritu de iniciativa.

Ante lo imprevisto, tomará una decisión coherente con aquellos propósitos y con la doctrina

militar.” (Ley 1862, 2017), del que surge una exposición relevante frente al cumplimiento de las

órdenes, “Límites de la obediencia. Si las órdenes entrañan la ejecución de actos constitutivos de

delito, el militar no estará obligado a obedecerlas. En todo caso asumirá la grave responsabilidad

de su acción u omisión.” (Ley 1862, 2017).

La misma Ley señala en su artículo sexto los denominados “Valores militares” a través

de una lista donde, para efectos del presente escrito, se resaltarán los numerales: diez, que

distingue el concepto de la obediencia así: “Cumplir la voluntad de quien manda.” (Ley 1862,

2017); el numeral doce, que presenta el concepto de “Disciplina” como “Cumplir con las normas

y órdenes establecidas, reconociendo la autoridad.” (Ley 1862, 2017); el numeral décimo sexto

que define la “Abnegación” como la “Renuncia voluntaria a todas las pasiones, comodidades y

gustos, cuando quiera que ellas se interpongan al cumplimiento del deber.” (Ley 1862, 2017); el

numeral décimo octavo describe al “Espíritu Militar”, así: “Convencimiento sobre la nobleza de

la profesión de las armas; decisión irrevocable de servir en ella consagradamente con entusiasmo

y sano orgullo; renuncia a toda actividad que pueda perjudicar los asuntos del servicio.” (Ley

1862, 2017); el numeral décimo noveno que desarrolla el concepto de “Lealtad” como “… la

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 16

firmeza de sentimiento, no traicionando la confianza depositada por superiores, compañeros y

subalternos.” (Ley 1862, 2017).

Con relación a lo mencionado, el artículo noveno revela la conceptualización de la “orden

militar” como “… la manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer,

observar y ejecutar. La orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa, concisa y

relacionada con el servicio o función.” (Ley 1862, 2017).

Si bien el análisis desarrollado recae sobre una Ley publicada en el año 2017, se debe

valorar como una evolución del Derecho frente a la doctrina militar y los nuevos escenarios

sociales, no obstante lo anterior y teniendo en cuenta que el Derecho admite principios que

trascienden en el tiempo, la descripción del comportamiento militar ha tenido características

permanentes. En este sentido es deber destacar el ya visto artículo tercero de la Ley 1862, que

guarda gran similitud con el artículo tercero del Decreto 85 de 1989.

La disciplina, condición esencial para la existencia de toda Fuerza Militar,

consiste en mandar y obedecer dentro de las atribuciones del Superior y

obligaciones del Subalterno; contrarresta los efectos disolventes de la lucha, crea

íntima cohesión y permite al superior exigir y obtener del subalterno que las

órdenes sean ejecutadas con exactitud y sin vacilación. Implica la observancia de

las normas y órdenes que consagran el deber profesional. (Decreto 85, 1989).

Como medio practico, se presenta a continuación un cuadro con las respectivas

definiciones de disciplina y obediencia según cada una de las leyes expuestas con anterioridad.

Tabla 1.

Cuadro comparativo de normas disciplinarias militar y policial.

Decreto 85 de

1989 F.F. M.M.

Decreto 1797 de

2000

F.F. M.M.

Ley 836 de 2003

F.F. M.M.

Ley 1015 de 2006

Policía Nacional

Ley 1862 4 ago

2017

F.F. M.M.

Disciplina

Artículo 3º. La disciplina,

condición

esencial para la

existencia de

toda Fuerza

Militar, consiste

en mandar y

obedecer dentro

de las

atribuciones del

Superior y

ARTÍCULO 16. LA DISCIPLINA.

La disciplina,

condición esencial

para la

existencia de toda

fuerza militar,

consiste en mandar

y obedecer dentro

de las

atribuciones del

superior y las

Artículo 17. La disciplina. La

disciplina,

condición esencial

para la existencia

de toda fuerza

militar, consiste en

mandar y obedecer

dentro de las

atribuciones del

superior y las

obligaciones y

Artículo 25. Alcance e

importancia. La

disciplina es una

de las condiciones

esenciales para el

funcionamiento de

la Institución

Policial...

Artículo 26.

Mantenimiento de

la disciplina. ... La

Disciplina militar. Es el conjunto de

normas de

conducta que el

militar debe

observar en el

ejercicio de su

carrera, condición

esencial para la

existencia de las

Fuerzas Militares.

Es el factor de

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 17

Decreto 85 de

1989 F.F. M.M.

Decreto 1797 de

2000

F.F. M.M.

Ley 836 de 2003

F.F. M.M.

Ley 1015 de 2006

Policía Nacional

Ley 1862 4 ago

2017

F.F. M.M.

obligaciones del

Subalterno;

contrarresta los

efectos

disolventes de la

lucha, crea íntima

cohesión y

permite

al superior exigir y obtener del

subalterno que

las órdenes sean

ejecutadas con

exactitud y sin

vacilación.

Implica la

observancia de

las

normas y órdenes

que consagran el deber

profesional.

obligaciones y

deberes del

subalterno;

contrarresta

los efectos

disolventes de la

lucha, crea íntima

cohesión y permite

al superior exigir y obtener

del subalterno que

las órdenes sean

ejecutadas con

exactitud y

sin vacilación.

Implica la

observancia de las

normas y órdenes

que consagra el

deber profesional.

deberes del

subalterno;

contrarresta los

efectos disolventes

de la lucha,

crea íntima

cohesión y permite

al superior exigir y

obtener del subalterno que las

órdenes sean

ejecutadas con

exactitud y sin

vacilación. Implica

la observancia de

las normas y

órdenes que

consagra el deber

profesional.

disciplina se

mantiene mediante

el ejercicio de los

derechos y el

cumplimiento de

los deberes,

coadyuvando con

los demás a

conservarla. Artículo 27. ... Los

medios para

encauzar la

disciplina son

preventivos y

correctivos.

Los medios

preventivos hacen

referencia al

ejercicio del

mando con el fin de orientar el

comportamiento de

los subalternos...

Los medios

correctivos hacen

referencia a la

aplicación del

procedimiento

disciplinario...

cohesión que

obliga a mandar

con

responsabilidad y

a obedecer lo

mandado, será

practicada y

exigida en las

Fuerzas Militares como regla de

actuación. Tiene

su expresión

colectiva en el

acatamiento a la

Constitución y su

manifestación

individual en el

cumplimiento de

las órdenes

recibidas; contrarresta los

efectos

disolventes de la

lucha, crea íntima

cohesión y

permite al

superior exigir y

obtener del

subalterno que las

órdenes sean

ejecutadas con

exactitud y sin vacilación.

Implica la

observancia de las

normas y órdenes

que consagra el

deber profesional.

Page 18: Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a

DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 18

Decreto 85 de

1989 F.F. M.M.

Decreto 1797 de

2000

F.F. M.M.

Ley 836 de 2003

F.F. M.M.

Ley 1015 de 2006

Policía Nacional

Ley 1862 4 ago

2017

F.F. M.M.

Obediencia

Artículo 21. La

obediencia a los

superiores y el

respeto mutuo

entre éstos y

subalternos son obligaciones para

todo el personal

de Las

Fuerzas

Militares,

cualquiera que

sea la repartición

a la cual

pertenezcan, el

sitio donde se

encuentren y el

vestido que porten.

ARTÍCULO 23.

VALORES

MILITARES. La

carrera militar

exige depurado

patriotismo, clara

concepción del

cumplimiento del

deber, acendrado espíritu militar,

firmeza de

carácter, sentido de

la responsabilidad,

veracidad, valor,

obediencia,

subordinación,

compañerismo y

preocupación por

cultivar y

desarrollar, en el más alto grado, las

virtudes y deberes

antes

mencionados.

Artículo 24.

Valores militares.

La carrera militar

exige depurado

patriotismo, clara

concepción del

cumplimiento del

deber, acendrado espíritu militar,

firmeza de

carácter, sentido de

la responsabilidad,

veracidad, valor,

obediencia,

subordinación,

compañerismo y

preocupación por

cultivar y

desarrollar, en el

más alto grado, las virtudes y deberes

antes

mencionados.

No presente

definición de

obediencia, pero

expresa frente a la

orden:

Artículo 28. Noción. Orden es

la manifestación

externa del

superior con

autoridad que se

debe obedecer,

observar y

ejecutar. La orden

debe ser legítima,

lógica, oportuna,

clara, precisa y relacionada con el

servicio o función.

Artículo 6. Valores

militares…

10. Obediencia:

Cumplir la

voluntad de quien

manda.

Nota. Recuperado de: Decreto 85 de 1989, Decreto 1797 de 2000, Ley 836 de 2003, Ley 1015 de 2006, Ley N°

1862 de 2017.

Una vez visto lo anterior, resulta ineludible distinguir la particular cualidad que la

formación militar entrega a todo aquel que se vincula a ella, por su carácter doctrinal definido.

En este punto del documento es posible visibilizar la condición rígida desprendida de la

doctrina, que condiciona de forma permanente el comportamiento de los militares y policías

colombianos, como es posible observar hasta ahora desde el carácter legal, y que indudablemente

trasciende en el ámbito del retiro, pues son características inmersas en su formación, desde lo

que ellos mismos han denominado principios y valores. Hernández (2008) lo expone de manera

muy clara al mencionar a la disciplina como un elemento primordial e imperceptible de los

militares por su valor funcional frente a la misionalidad y que trasciende a ámbitos más allá de

los laborales y misionales, entre ellos los familiares. (p. 4).

Ante lo expresado, se observa la importante influencia que las doctrinas militar y policial

dejan en el comportamiento de quienes hacen o han hecho parte de las filas de esas instituciones

de Colombia, mismas características que prevalecen en el comportamiento de los retirados de las

Page 19: Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a

DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 19

filas. Estas particularidades bien las describe Foucault, citando la ordenanza del 20 de marzo de

1764, en su libro Vigilar y Castigar.

… el soldado se ha convertido en algo que se fabrica; de una pasta informe,

de un cuerpo inepto, se ha hecho la máquina que se necesitaba; se han corregido

poco a poco las posturas; lentamente, una coacción calculada recorre cada parte del

cuerpo, lo domina, pliega el conjunto, lo vuelve perpetuamente disponible, y se

prolonga, en silencio, en el automatismo de los hábitos; en suma, se ha "expulsado

al campesino" y se le ha dado el "aire del soldado" (Foucault, M., 1976, pp. 132).

No se trata de interpretar estas palabras apartando la individualidad propia del ser

humano en cada uno de las personas formadas en la vida de las armas, sino de comprender que

es un hecho evidente la transformación comportamental de aquel que se forma bajo las premisas

de estas doctrinas, que elaboran detalladamente las características útiles para estas instituciones y

el Estado. Tampoco se trata de negar la disciplina ejercida en otros aspectos de las sociedades,

sino de destacar aquellos que recaen en las doctrinas militar y policial, y su influencia en la

formación de quienes se vinculan a ella, y que terminan afectando lo que atañe a este documento,

las instituciones de inteligencia civil. Foucault (1976) también lo expresó al describir los

procedimientos disciplinarios y cómo, en particular el militar, aumentó las fuerzas del cuerpo en

tanto de su utilidad y disminuyó las mismas en términos políticos, es decir, de decisión de poder

individual (pp. 134 y 135).

Es fundamental comprender que la doctrina en Colombia, ya sea la vinculada a la

formación de militares o de policías, está sujeta directamente a su propósito constitucional. En

este sentido “Las fuerzas militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía,

la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.” (C.P., 1991,

Art.216), y la Policía Nacional cuyo propósito “… es el mantenimiento de las condiciones

necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los

habitantes de Colombia convivan en paz.” (C.P., 1991, Art.217), por tanto, no contempla en su

formación y estructuración de principios, valores y dogmas, todos aquellos aspectos que orbitan

en la escena civil y que son fundamentales para la consecución de los fines esenciales del Estado,

declarados en el artículo segundo de la Constitución Política de Colombia.

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 20

Construcción de una Inteligencia Crítica

Una vez establecida la influencia que las doctrinas militar y policial ejercen sobre las

personas vinculadas a este régimen, y para los efectos buscados por el presente escrito, es

necesario incorporar la teoría crítica como base del ejercicio académico, desde la perspectiva de

Theodor Adorno y de la Teoría Crítica de la Seguridad.

No sólo se dispone el espíritu a su propio tráfico y compraventa en el

mercado, reproduciendo así, él mismo, las categorías sociales dominantes, sino que

además, se va asemejando objetivamente a lo dominante incluso en los casos en

que, subjetivamente, no llega a convertirse en mercancía. Las mallas del todo van

enlazándose cada vez más estrechamente, según el modelo del acto de trueque. La

conciencia individual tiene un ámbito cada vez más reducido, cada vez más

profundamente preformado, y la posibilidad de la diferencia va quedando limitada a

priori hasta convertirse en mero matiz en la uniformidad de la oferta. (Adorno, T.,

1962, pp.12).

Desde esta representación es posible comprender miradas distintas de comportamiento

por la influencia social a la que se somete un individuo, y hallar en su medio, necesariamente, las

bases que fundamentan su comportamiento, estableciendo con esto y con las parametrizaciones

conductuales ya vistas, de la vida militar y policial colombiana, que si las agencias de

inteligencia civil se someten a los dogmas de esa doctrina, no se hallan perspectivas culturales de

inteligencia enteramente civiles en estas instituciones, obligando a la sociedad a reconocer en

ellas la ausencia absoluta de la naturaleza civil y por tanto, perdiendo su esencia y su espíritu,

desde lo dogmático hasta lo técnico operacional y lo jurídico.

Se debe considerar entonces que existe la necesidad de una doctrina de inteligencia que

fundamente sus métodos en la flexibilidad, con facilidad en la adaptación a las dinámicas de un

mundo con permanentes cambios, que no se limitan a los tecnológicos, y que se asocia más a la

vida civil que a la naturaleza militar y policial, ampliando el universo receptor de insumos

informativos con potencial de convertirse en conocimiento útil para la Seguridad y Defensa de

los Estados; en este sentido reforzar a la comunidad de inteligencia, entendida como la describe

Pascual (2006), como la agrupación de agencias cuya misionalidad gira en torno de aspectos

estratégicos para el Estado, con característica jerarquizada (p.4), apartando el determinismo de la

seguridad y la defensa en los aspectos relacionados con la inteligencia. De esta manera vincular

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 21

el término de Comunidad Inteligencia Ampliada como “colaboradores externos… de diversas

instituciones (públicas, semipúblicas y privadas) que, mediante sus servicios de estudios, están

efectuando análisis estratégicos en función de sus intereses y motivaciones particulares.” (Arcos,

R. & Antón, J., 2010, p. 32), que permite un mayor margen de análisis y procesamiento de

información.

Los servicios de inteligencia centran su atención en el nivel estratégico, con

una perspectiva de 360º en lo que a la seguridad nacional se refiere. Se distinguen

así de los organismos productores de inteligencia de otras ramas de la

Administración del Estado como, por ejemplo, las Fuerzas Armadas… o las

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que incluyen unidades de inteligencia

en sus respectivos servicios de información, pero cuya atención se focaliza en

sectores más específicos de la seguridad nacional. Esa orientación tous azimuts de

los servicios de inteligencia implica que su estructura orgánica deba ser

particularmente flexible con el fin de atender las demandas de un entorno

estratégico cambiante… y a que la formación y procedencia de sus miembros

responda también a la diversidad de funciones a desempeñar y de ámbitos a

analizar. (Jordán, J., 2015, p.3).

Es importante entonces comprender la necesidad de flexibilizar las relaciones de poder

que enmarcan las conductas típicas, promoviendo su evolución de acuerdo a los cambios

sociales, políticos y económicos que afectan la seguridad de un Estado, dicho por Claval (1978)

“… que pretende constituirse en conocimientos liberados y, en esa medida, se puede situar en el

ámbito de la ciencia social crítica.” (Cairo, H., 1993, p.206).

Es en este momento que se puede incorporar el concepto de “inteligencia crítica”, pues

“Es un hecho que… los sistemas nacionales de inteligencia se encuentran en un proceso de

revisión y adaptación de estructuras, procedimientos, formación e incluso de su propia cultura a

un nuevo contexto… para la seguridad y la convivencia democrática” (Arcos, R. & Antón, J.,

2010, p. 13); para ello, en anteriores páginas ya se ha identificado la influencia de los paradigmas

clásicos de la seguridad, idealista y realista, donde su ejercicio se despliega, parafraseando a

Sánchez, R. & Rodríguez, F., en el Estado como eje central de análisis (2006, p. 126). En este

sentido, la evolución de la seguridad se amplió en Colombia.

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 22

La aparición de la versión liberal centrada en la protección de los derechos

humanos no puede explicarse solo como una derivación de la relevancia que fue

adquiriendo el espíritu liberal después de la Segunda Guerra Mundial; tampoco

como una simple consecuencia de la importancia que fueron adquiriendo los

actores sociales y de la manifestación de un sinnúmero de amenazas en el sistema

internacional. En realidad, el concepto liberal de la seguridad es el resultado de una

relación constitutiva entre ambos fenómenos. (Sánchez, R. & Rodríguez, F., 2006,

p. 148).

Lo anterior hizo que la perspectiva de seguridad de las Fuerzas Militares y la Policía

Nacional tomara un rumbo que contempla a los diferentes actores sociales y las dinámicas

internacionales de éstos, como elementos constitutivos de la seguridad que van más allá de la

expectativa del Estado en términos clásicos, se considera así la interacción de actores y

relaciones multicausales y multidimensionales (Sánchez, R. & Rodríguez, F., 2006, p. 150).

Existe entonces un reconocimiento de actores en el campo de la seguridad por parte de las

instituciones que en este documento son objeto de crítica, pero no de las metodologías en el

ejercicio de la inteligencia que abarquen las necesidades de seguridad de estos mismos actores.

Se limita, y como ha quedado claro en las definiciones de inteligencia expuestas al principio de

este documento, a sus objetivos trazados en el orden constitucional.

La Inteligencia Crítica, entonces, se anima bajo preceptos del paradigma crítico de la

seguridad, entendiéndose:

… en el sentido de que se distancia del orden imperante del mundo y

cuestiona cómo surgió este orden. La teoría crítica… no toma las instituciones y las

relaciones sociales y de poder como dadas, sino que las pone en cuestión

preguntándose si están en proceso de cambio y cómo… La teoría crítica está

dirigida al complejo social y político como conjunto, en vez de hacia partes

separadas. Como principio práctico, la teoría crítica… toma como su punto de

partida algún aspecto o esfera política de la actividad humana. Sin embargo… el

enfoque crítico lleva hacia la construcción de una imagen más amplia del conjunto

en el que la parte inicialmente contemplada es sólo un componente, y busca

entender los procesos de cambio en los cuales las partes y el todo están

involucrados. (Cox, R., 2013, p. 133).

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 23

Esta perspectiva obliga a dar una mirada al aspecto humano predicado por el paradigma

liberal de la seguridad y confrontar éste con la limitación de las agencias de inteligencia que

siguen soportando su causa en él, pues no se ha definido con exactitud el concepto de seguridad

humana, impidiendo la elaboración práctica de actividades de inteligencia que dominen este

aspecto en tanto, y como lo menciona Keith Krause (2004), que se atiendan desde las perspectiva

de la “libertad de temores” o de la “libertad de necesidades” (p. 23). Si no se establece el aspecto

en el que se han de accionar las actividades de inteligencia para una seguridad definida, no se

podrán aportar las herramientas propias para su ejecución, tomando como referencia a Daniel H.

Deudney, no se puede afirmar que todo lo que afecta al bienestar humano es una amenaza a la

seguridad, pues pierde su utilidad analítica (Krause, K., 2004, p. 23), manteniendo así su control

sólo bajo paradigmas clásicos.

Esta construcción paradigmática que lleva a la permanencia del hegemón teórico de la

seguridad en el neorrealismo aunque “El propio concepto de seguridad se ha vuelto mucho más

complejo y multifacético integrando, entre otras, a la economía, los cambios migratorios, la

información y a la seguridad energética como dimensiones de la seguridad nacional.” (Arcos, R.

& Antón, J., 2010, p. 13), mantiene fuertes dogmas clásicos. Es importante comprender en

aspectos de seguridad, y como lo presenta Cardona (2004) que los conflictos no se reducen a

diferencia de intereses de poder, sino que se amplían a elementos de percepción individual y

social, a sus creencias (p. 18).

Así, la inteligencia crítica debe entenderse como aquella que no está condicionada a

preceptos inamovibles, que es dinámica y flexible como el ambiente en el que se desarrolla, se

alimenta de él. Conserva las características de la sociedad en que se despliega y puede llegar a

ser promotora de cambios estructurales, pues su capacidad de inmersión en lo más profundo de

los grupos sociales le permite un gran campo de acción.

Cuando se es consciente de la fricción de la distancia, de la dificultad de

establecer comunicaciones y de obtener el acuerdo de las conciencias en un espacio

extenso, el problema cambia de naturaleza: no es ya del bien o del mal, el del

cambio total, o del estancamiento indefinido; no hay solución perfecta en un

universo imperfecto: o bien los hombres continuarán sacrificando la organización

de la sociedad por la búsqueda de un ideal imposible, o bien aceptarán, por el

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 24

interés de todos, el juego de una autoridad sin la cual no hay construcción política

viable. (Cairo, H., 1993, p. 206)

Frente al estadio de la crítica, resulta fundamental conectar el ejercicio cultural del agente

de inteligencia en el mercado de la inteligencia y su calidad de transmisor de información para

los tomadores de decisiones, rol ineludible para esta unidad operativa que bajo este contexto

debe entrenar una perspectiva flexible y adaptable al escenario observado o planteado. Adorno

(1962) lo explicaba afirmando que los críticos eran esencialmente informadores, y que para ello

comprendía el escenario contextual del hecho del que informaban (p.10).

En el evento propio de perder esta habilidad práctica comunicativa y abandonar la esfera

del conocimiento del área trabajada, el agente de inteligencia pasa a servir como una herramienta

técnica que rebasa su objetividad y transmite información sin contenido sensible, “… los críticos

llegan a no entender una palabra de lo que juzgan y se rebajan gustosamente de nuevo a la

categoría de propagandistas o censores, se consuma en ellos la inicial insinceridad de su

industria.” (Adorno, T., 1962, p.10), este escenario de pampa comunicativa puede ofrecer como

resultado el abandono del principio de continuidad de los agentes de inteligencia, además de ser

un mercado de insumos vacíos para los tomadores de decisiones, ayudando a tejer un velo

desinformativo.

Es fundamental, de esta manera, formar agentes gravados con dogmas civiles que

amplíen su percepción del riesgo más allá de las condiciones militares y policiales, pues éstas

pueden estar contaminadas del sesgo arrollador de una perspectiva institucional limitada a su

otrora función constitucional. El mero hecho de ofrecerse como un agente retirado de la Fuerza

Pública, no ofrece la garantía doctrinal de la civilidad, en este sentido y parafraseando a Adorno

la libertad, en los términos de militares y policías en retiro, es difusa y puede reforzar la

dependencia moral por aquellos elementos de opresión que soportara su espíritu en tiempos de su

ejercicio activo (1962, p.12).

Existe una importante contradicción en el contexto de la libertad del agente de

inteligencia, pues si está atado a conceptos preconcebidos de la seguridad y la defensa, sin

examinar las variables en estas, es cercenada la posibilidad de neutralización de innumerables

amenazas. Escena que obliga al agente de inteligencia a convertirse en uno de perspectiva crítica,

que le permite abarcar una mirada profunda y amplia sobre los fenómenos que implican riesgos o

amenazas.

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 25

Cuando los fascistas alemanes excomulgaron la palabra "crítica" y la

sustituyeron por el aguado concepto de "consideración del arte", lo hicieron sin

duda exclusivamente movidos por el tangible interés del estado autoritario,

temeroso del pathos del Marqués de Posas incluso en la burda petulancia de los

críticos y colaboradores periodísticos. (Adorno, T., 1962, p.12).

Existe entonces una relación permanente de la cultura y la crítica, y es aquí donde

aplicado el concepto de “cultura de inteligencia”, ya visto en anteriores apartes del presente

escrito, expone su mejor expresión frente a la efectividad de su funcionalidad, pues es entonces

la Inteligencia Crítica un contenedor cultural del agente de inteligencia que construye una

percepción amplia, flexible y adaptable, cercana a los elementos desestabilizadores de la

seguridad y la defensa del Estado. Adorno (1962) lo dice afirmando sobre la relación implícita

que existe entre crítica y la cultura, y su contradictoria interacción (p.13).

Como se mencionó, el agente de inteligencia debe optar por la construcción de una

cultura crítica que le permita sacar el mayor provecho al insumo informativo obtenido y

analizado, y que lo lleve a la obtención de los elementos sensibles y privilegiados de la

información que sean realmente útiles para la seguridad y la defensa del Estado, “La crítica de la

cultura recuerda siempre el gesto del que regatea, o el del especialista que discute la autenticidad

de una pintura o la coloca entre las obras menores del maestro. Hay que discutir la mercancía,

para conseguir más por lo mismo.” (Adorno, T., 1962, p.14).

La Inteligencia Crítica es entonces el contexto cultural donde el agente de inteligencia se

anima a la búsqueda contextual de la información para la construcción de conocimiento

suficiente que le brinde a los tomadores de decisiones un escenario viable. Este contexto no se

examina en la elementalidad de lo evaluado, sino que se profundiza frente a las necesidades de

seguridad y defensa del Estado.

Conclusiones

Se puede concluir a partir del documento que la inteligencia civil existe y debe existir

como una actividad fundamental para la seguridad y la defensa del Estado, con elementos

diferenciadores de la inteligencia militar y de la inteligencia policial y criminal, que en conjunto

consolidan la Inteligencia de Estado.

De igual forma, históricamente la inteligencia civil en Colombia ha estado influenciada

por las doctrinas militar y policial, y éstas han determinado la vida administrativa y operativa de

Page 26: Presentado por Óscar Iván Beltrán Espinosa Presentado a

DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 26

las agencias de inteligencia civil, afectando el desarrollo de una inteligencia con dogmas y

principios propios de la civilidad.

Lo anterior se soporta, como se vio en el documento, en que la formación militar y

policial deja profundas raíces en quienes se vinculan a ellas, y éstas permanecen en la persona

como valores y principios que se expresan en su comportamiento y en el desarrollo de sus vidas,

incluso fuera de estas instituciones.

Aquí es necesario enfatizar también, que la disciplina y la obediencia, y demás valores y

principios arraigados en las doctrinas militar y policial, son elementos indispensables para el

cumplimiento de la misión constitucional de esas instituciones, y son factores positivos para

ello, pero se deben reformular frente a la amplitud de fenómenos que deben ser del resorte civil,

como los aspectos políticos, económicos, culturales y sociales que son esenciales para la

seguridad de un Estado, y que pueden surgir como amenazas, pero que no están representados a

través de agresiones externas o vinculadas a la criminalidad o a la convivencia ciudadana en su

totalidad.

Se debe concluir también que la inteligencia crítica se basa en una metodología flexible

que se desprende del tradicionalismo técnico y permite al agente de inteligencia adaptarse a las

condiciones que presenta el problema. Aprovecha los contextos tradicionales y sus metodologías,

y hace uso de los elementos cambiantes expuestos por el ambiente dinámico.

La anterior conclusión va de la mano de una importante afirmación axiomática soportada

en la construcción de una cultura de inteligencia con características civiles, que reafirme el

comportamiento del agente de inteligencia.

Recomendaciones

Se recomienda para las agencias civiles de inteligencia la desvinculación paulatina de los

elementos constitutivos de las doctrinas militar y policial, tanto en su campo administrativo

como operativo. En este sentido es importante realizar un análisis en la caracterización operativa

de la agencia, que permita establecer qué aspectos de estas líneas dogmáticas son útiles para su

deber funcional, diferenciando la misionalidad constitucional y legal que los Servidores Públicos

traídos de esas instituciones puedan mantener con arraigo en su comportamiento laboral.

Para lo anterior se hace necesaria la creación, consolidación y el fortalecimiento de un

entorno académico civil de formación en inteligencia, que construya en los aspirantes a un cargo

de la agencia una doctrina fundada en aspectos civiles, caracterizada por la crítica, la

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DOCTRINA MILITAR Y POLICIAL EN LA INTELIGENCIA CIVIL DE COLOMBIA 27

flexibilidad, la adaptabilidad y la visualización de 360° en lo referente a la seguridad y la defensa

del Estado.

Debe así fortalecer el principio de continuidad de los agentes de inteligencia,

propendiendo por condiciones morales y contractuales que ofrezcan estabilidad laboral y lealtad

institucional.

Se recomienda también, aumentar la participación de expertos civiles, según las

necesidades del organismo, fortaleciendo la comunidad de inteligencia ampliada, e impulsando

el reclutamiento de estos expertos para el fortalecimiento de la agencia.

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