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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y ASISTENCIA INTEGRAL A PRESUNTAS VÍCTIMAS Y VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS

Presentación de PowerPoint · 2018-09-26 · presuntas víctimas de trata de personas localizadas en exterior, en un plazo de veinticuatro (24) horas posterior a su conocimiento

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Page 1: Presentación de PowerPoint · 2018-09-26 · presuntas víctimas de trata de personas localizadas en exterior, en un plazo de veinticuatro (24) horas posterior a su conocimiento

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y

ASISTENCIA INTEGRAL A PRESUNTAS VÍCTIMAS Y VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS

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• OBJETIVO:

Garantizar una respuesta articulada y de coordinación para la asistenciay protección integral a las presuntas víctimas o víctimas de trata depersonas, así como la restitución de derechos a las víctimas de estedelito, de acuerdo a las competencias de cada institución integrante del“Comité Interinstitucional de Coordinación para la Prevención de Tratade Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, y Protección a sus Víctimas”,otras instituciones del Estado, Gobiernos Autónomos Descentralizados,Organismos Intergubernamententales y Organizaciones de la SociedadCivil.

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RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN DEL PROTOCOLO:• Las instituciones responsables de la ejecución del protocolo, son las siguientes:

• Ministerio del Interior - MDI;

• Ministerio de Educación - MINEDUC;

• Ministerio de Inclusión Económica y Social - MIES;

• Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos - MJDHC;

• Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana - MREMH;

• Ministerio del Trabajo - MDT;

• Ministerio de Salud Pública - MSP;

• Ministerio de Turismo - MT;

• Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación - SENESCYT;

• Secretaría Nacional de Comunicación - SECOM;

• Consejo de la Judicatura - CJ;

• Fiscalía General del Estado - FGE;

• Defensoría del Pueblo – DPE; y,

• Organizaciones de la Sociedad Civil que tengan convenio con las instituciones del Estado.

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Roles y funciones de las Instituciones IntegrantesMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana – MREMH:Coordinar el retorno seguro de las presuntas víctimas de trata de personasque se encuentren en el exterior, así como coordinar el retorno de lasvíctimas de trata de personas extranjeras que se encuentren en el Ecuador,de acuerdo a las siguientes funciones:• Informar a la Dirección de Prevención de Trata de Personas del MDI sobre

presuntas víctimas de trata de personas localizadas en exterior, en un plazode veinticuatro (24) horas posterior a su conocimiento.

• Coordinar la repatriación segura de personas ecuatorianas que hayan sidovíctimas de trata de personas en otros países, con mayor énfasis en niñas,niños y adolescentes.

• Otorgar visas de excepción a las víctimas de trata de personas, previorequerimiento del Ministerio del Interior.

• Coordinar el retorno seguro de las víctimas extranjeras de trata depersonas que se encuentren en Ecuador, con mayor énfasis en niñas, niñosy adolescentes.

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DESCRIPCIÓN DEL PROTOCOLO

• Con el fin de operativizar de forma eficaz la asistencia y protección a presuntas víctimas o víctimas de trata de personas, se desarrolla a continuación los procedimientos diferenciados para cada fase del proceso y con especificidad en la actuación frente a personas adultas y niños, niñas y adolescentes tanto nacionales como extranjeras.

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Fase de Identificación, Rescate, Atención y Protección EmergenteE

stad

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Soc

ieda

d C

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Denunciar ante

la Fiscalía

Min

iste

rio d

el In

terio

r

Activar el Equipo de

Casos para el análisis

técnico y coordinaciones

pertinentes

PERSONAS RESCATADAS EN EL ECUADOR

Remitir la información del

presunto caso a la Unidad

Especializada de la PN

Solicitar a la DSM la

condición migratoria

y registro de ingreso

en caso de tenerlo

Pol

icía

Nac

iona

l

Informar el caso a

la DPTPTM del

MDI

Ejecutar procedimiento policial

para el rescate de la o las

presuntas víctimas o víctimas

de trata de personas y

elaboración del parte policial

Vía correo

electrónico o por

cualquier otro

medio adjuntando

la documentación

correspondiente

SI

NOSolicitar cupo para

acogimiento

Niñas, niños y

adolescentes

Adultos

SI

Poner a orden de

la Fiscalía para

su judicialización

En el caso de

NNA solicitará

a la unidad

judicial

competente

las medidas de

protección

Vía correo

electrónico o por

cualquier otro

medio

NO

¿Se trata de un

Delito Flagrante?SI

ON

¿La presunta víctima es extranjera?

Min

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rio

de

Incl

usió

n E

conó

mic

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Soc

ial

SI

NO

Min

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ro

de

Just

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erec

hos

Hum

anos

y

Cul

tos

Otorgar el cupo en

la casa de acogida

Niñas, niños y

adolescentes

ingresan a la casa

de acogída

Adultos ingresan a la

casa de acogída

Otorgar el cupo en

la casa de acogida

Trasladar a las

víctimas a las

casas de acogida

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Personas ecuatorianas rescatadas en el exterior

• El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a través de sus delegaciones en el exterior garantizarán la protección (alojamiento, alimentación, vestimenta, pasajes, entre otros servicios) a las presuntas víctimas o víctimas de trata de personas ecuatorianas rescatadas en el exterior, resguardando su integridad y evitando su revictimización; e informarán de manera inmediata al Viceministerio de Movilidad Humana del presunto caso de trata de personas identificado, quien informará a las zonales de donde es originaria la presunta víctima o víctima, para que tomen contacto con los familiares haciéndoles conocer las acciones que se realizarán.

• El Viceministerio de Movilidad Humana del MREMH a través de sus zonales informará de manera inmediata el caso vía correo electrónico o por cualquier otro medio, adjuntando la documentación correspondiente a la Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del Ministerio del Interior. (ver formato anexo 9.1).

• El Viceministerio de Movilidad Humana del MREMH a través de sus zonales, comunicará a la Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del MDI con 24 horas de anticipación al retorno de la presunta víctima o víctima de trata de personas, los siguientes datos: nombres y apellidos de la persona que retorna, medio de transporte, aerolínea, número de vuelo, hora y lugar de llegada y otros datos necesarios para un adecuado recibimiento.

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Min

iste

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el In

terio

r

Activar el Equipo de

Casos para el análisis

técnico y

coordinaciones

pertinentes

PERSONAS ECUATORIANAS RESCATADAS EN EL EXTERIOR

SI

NO

Remitir la información del

presunto caso a la Unidad

Especializada de la PN

Solicitar a la DSM del MDI

que gestione el ingreso de

servidores públicos y

garantice procedimientos

agiles de control migratorio

para la víctima

Min

iste

rio d

e R

elac

ione

s E

xter

iore

s y

Mov

ilida

d H

uman

aLa zonales

informan el caso

a la DPTPTM del

MDI

Conocen del caso a

través de sus

delegaciones en el

exterior

Garantizan la

protección,

alojamiento,

alimentación,

vestimenta,

pasajes, etc

Solicitar cupo

para acogimiento

Min

iste

ro d

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stic

ia,

Der

echo

s H

uman

os y

C

ulto

s

El Consulado

informa al

Viceministerio de

Movilidad Humana

del presunto caso

El Viceministerio

informar a las

zonales de

donde es la

presunta víctima

Con 24 horas

de anticipación

al retorno de la

víctima

Para el recibimiento

de la víctima y

elaboración del parte

para la judicialización

del caso en la FGE

En el caso de nna

solicitará a la unidad

judicial competente las

medidas de protección

Pol

icía

N

acio

nal

Recibir a la víctima y

brindar contención

en crisis

Recibir a la

víctima

Trasladar a la

casa de acogída

En el caso de

personas adultas

esto se realiza previo

a su consentimiento

Niñas, niños y

adolescentes

Adultos

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Atención y protección integral a las presuntas víctimas y víctimas de trata de personas niñas,

niños o adolescentes.

• La Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del MDI informará del caso a las Dirección de Inclusión a la Comunidad Extranjera del MREMH, misma que coordinará con la Embajada o Consulado del país de origen de la presunta víctima o víctima de trata de personas para su retorno seguro o para la obtención de los documentos necesarios para la regularización de su estatus migratorio. El retorno seguro se desarrollará si la víctima no corre riesgo en el lugar de origen y se aplicará el principio de no devolución, para lo cual se tomará en cuenta el informe de la autoridad competente.

• En caso de que la víctima extranjera desee permanecer en el Ecuador, la Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del MDI previo a la recomendación del Equipo de Casos, solicitará al Viceministerio de Movilidad Humana del MREMH la visa de residencia temporal de excepción.

• El Viceministerio de Movilidad Humana del MREMH, otorgará visa de residencia temporal de excepción a las víctimas extranjeras de trata de personas.

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Min

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Edu

caci

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ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS PRESUNTAS VÍCTIMAS Y

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

SI

NO

Min

iste

rio d

e In

clus

ión

Eco

nóm

ica

y S

ocia

l A través de la casa de acogida

realiza un informe psicosocial

para conocer las necesidades

de la víctima

SI

NO

Gestionar la insercción

o reinsercción escolar

Proveer atención médica,

psicológica, psiquíatrica,

etc. en casas y centros

de salud

Coordinar con las

instituciones de:

Salud, Educación,

Senescyt y Trabajo

Sec

reta

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Edu

caci

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Tec

nolo

gía

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nova

ción

Otorgar becas a

las víctimas de

trata

Min

iste

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del T

raba

jo

Procurar que las

víctimas ingresen

al sistema laboral

A través de la casa de

acogida solicita a la

Unidad Judicial

Competente la Resolución

para salida del lugar de

acogida y reinserción

Con

sejo

de

la J

udic

atur

a

NO

Emitir resolución de

salida de la casa de

acogida y de reinserción

de la víctima

SI

Realizar el

proceso de

reinsercción de la

víctima

¿La víctima es extranjera? SI

Esta actividad se

realizará una vez

culminado el

proceso en la

casa de acogida

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Inte

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Mo

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ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS PRESUNTAS VÍCTIMAS Y

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

SI

NO

Min

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rio d

e

Incl

usió

n E

conó

mic

a y

So

cial

Informar a la DPTPTM

del MDI si la víctima

es extranjera

SI

NO

Coordinar con la

embajada o consulado

del país de origen de la

víctima para retorno

seguro o regularización

del estatus migratorio

Informar a la DICE del

MREMH el estado del caso

SI

Solicitar a la Unidad

Judicial Competente la

Resolución para salida

del lugar de acogida y

retorno seguro

Co

nse

jo

de

la

Jud

icat

ura

Emitir resolución de

salida de la casa de

acogida

Para coordinación

de retorno seguro

o regularización

de estatus

migratorio

El retorno seguro

se desarrollará si la

víctima no corre

riesgo en el lugar

de origen

Informar a la PN para el

traslado de la víctima hasta

el puerto, aeropuerto o paso

fronterizo según la

resolución del Juez

¿La víctima desea

permanecer en Ecuador? NO

Solicitar al VMH la

visa de resdencia

temporal de excepción

IS

Otorgar la la visa de

resdencia temporal de

excepción para que

permanezca en el

Ecuador y se realice el

proceso de reinserción

de la víctima

Po

licía

N

acio

nal

Trasladar al puerto,

aeropuerto o pasos

fronterizos oficiales para

que pueda salir del país

Informar al MDI que la

víctima desea

permanecer en el

Ecuador y emitir la salida

del lugar de acogida

Continuación...

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Atención y protección integral a las presuntas víctimas y víctimas de trata de personas adultas.

• La Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del MDI informará del caso a las Dirección de Inclusión a la Comunidad Extranjera del MREMH, misma que coordinará con la Embajada o Consulado del país de origen de la presunta víctima o víctima de trata de personas para su retorno seguro o para la obtención de los documentos necesarios para la regularización de su estatus migratorio. El retorno seguro se desarrollará si la víctima no corre riesgo en el lugar de origen y se aplicará el principio de no devolución, para lo cual se tomará en cuenta el informe de la autoridad competente.

• La Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes del MDI previo a la recomendación del Equipo de Casos, solicitará al Viceministerio de Movilidad Humana la visa de residencia temporal de excepción.

• El Viceministerio de Movilidad Humana, otorgará visa de residencia temporal de excepción a las víctimas extranjeras de trata de personas.

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Púb

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ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS PRESUNTAS VÍCTIMAS Y

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS ADULTAS

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NO

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Culto

sA través de la casa de

acogida realiza un informe

psicosocial para conocer las

necesidades de la víctima

SI

NO

Gestionar la insercción

o reinsercción escolar

Proveer atención médica,

psicológica, psiquíatrica,

etc. en casas y centros

de salud

Coordinar con las

instituciones de:

Salud, Educación,

Senescyt y Trabajo

Se

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Otorgar becas a

las víctimas de

trata

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Procurar que las

víctimas ingresen

al sistema laboral

SI

Realizar el

proceso de

reinsercción de la

víctima

¿La víctima es extranjera? SI

NO

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ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS PRESUNTAS VÍCTIMAS Y

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS ADULTAS

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Cul

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Informar a la DPTPTM

del MDI si la víctima

es extranjera

SINO

Coordinar con la

embajada o consulado

del país de origen de la

víctima para retorno

seguro o regularización

del estatus migratorio

Informar a la DICE del

MREMH el estado del caso

SI

Emitir la salida del lugar

de acogida y retorno

seguro

Para coordinación

de retorno seguro

o regularización

de estatus

migratorio

El retorno seguro

se desarrollará si la

víctima no corre

riesgo en el lugar

de origen

Informar a la PN para el

traslado de la víctima hasta el

puerto, aeropuerto o paso

fronterizo

¿La víctima desea

permanecer en Ecuador? NO

Solicitar al VMH la

visa de resdencia

temporal de excepción

SI

Otorgar la la visa de

resdencia temporal de

excepción para que

permanezca en el

Ecuador

Po

licía

N

acio

nal Trasladar al

puerto,

aeropuerto o

pasos fronterizos

oficiales para que

pueda salir del

país

Informar al MDI que la

víctima desea

permanecer en el

Ecuador y emitir la salida

del lugar de acogida

Continuación...

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FASE DE SEGUIMIENTO

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Inclu

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Eco

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a y

So

cia

l

Remitir a la DPTPTM del MDI

informes trimestrales sobre la

situación de las víctimas de

trata que se encuentran en

acogimiento

Ingresar al Sistema de Registro de

Víctimas de Trata de Personas y

Tráfico Ilícito de Migrantes los

números de informes remitidos por el

MIES y el MJDHC

Los SEPE del MJDHC realizarán el

seguimiento de la situación de las

sobrevivientes de trata de personas,

por el lapso de un año en los ejes

psicológico y de trabajo social

La SDHC del MJDHC

elaborará el informe

condensado semestral

y lo remitirá a la

DPTPTM del MDI

Conjuntamente con la

víctima ayudará a planificar

su proyecto de vida

Niñas, niños y

adolescentes

Adultos

Identificado sus expectativas

y necesidades que le permita

la restitución integral de sus

derechos humanos y su

inclusión social

Informe trimestral