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PRESENTACIÓN La constitución política de Colombia de 1991 establece como principio fundamental la democracia participativa. Con base en este principio la Ley general de Educación (Ley 155/94) abre espacios de participación para democratizar la institución Educativa. Es su articulo 87 exige el Manual de convivencia como propuesta cultural de la organización, de la vida escolar en el conocimiento, las relaciones, la formación efectiva, la ética, la administración y demás circunstancias educativas. El manual de convivencia posee como marco legal de la constitución política de 1991, la ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994 Decreto 1850 de agosto 2 del 2002, Decreto 020 de febrero 11 del 2002. Decreto 2737 de 1989 (Código del Menor y Ley de la juventud). La convivencia, es un elemento fundamental en la formación y concertación. Por consiguiente, es imprescindible la existencia de un pacto de convivencia en la Institución. El colegio NUESTRA SEÑOR DE GUADALUPE posibilita a través de este documento un espacio para la socialización, la libertad, la autonomía y la democracia como procesos permanentes y progresivos en la formación humana que facilitan el desarrollo del conocimiento, la formación de competencias fundamentadas en la crítica, el cuestionamiento y el debate, aspectos estos que sirven como base para la preparación académica, ética y valorativa. La anterior Base legal Busca que el manual de convivencia de la institución, tenga caracteres organizativos, normativos, legales y funcionales, mostrando el quehacer de los distintos estamentos para llegar a establecer acuerdos y propuestas concretas y concertadas. Los conflictos entre los distintos estamentos, se abordaran bajo los parámetros de la convivencia pacífica, mediante el diálogo y la concertación a través del proceso de conciliación. Esto no quita la seguridad de la institución, la búsqueda de integración, participación y la centralización de los procesos en el niño de manera personalizarte y no lesiva para él.

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PRESENTACIÓN

La constitución política de Colombia de 1991 establece como principio fundamental la democracia

participativa. Con base en este principio la Ley general de Educación (Ley 155/94) abre espacios de

participación para democratizar la institución Educativa.

Es su articulo 87 exige el Manual de convivencia como propuesta cultural de la organización, de la vida

escolar en el conocimiento, las relaciones, la formación efectiva, la ética, la administración y demás

circunstancias educativas. El manual de convivencia posee como marco legal de la constitución política de

1991, la ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994 Decreto 1850 de agosto 2 del 2002, Decreto 020 de febrero

11 del 2002. Decreto 2737 de 1989 (Código del Menor y Ley de la juventud).

La convivencia, es un elemento fundamental en la formación y concertación. Por consiguiente, es imprescindible la existencia de un pacto de convivencia en la Institución.

El colegio NUESTRA SEÑOR DE GUADALUPE posibilita a través de este documento un espacio para la

socialización, la libertad, la autonomía y la democracia como procesos permanentes y progresivos en la

formación humana que facilitan el desarrollo del conocimiento, la formación de competencias fundamentadas

en la crítica, el cuestionamiento y el debate, aspectos estos que sirven como base para la preparación

académica, ética y valorativa.

La anterior Base legal Busca que el manual de convivencia de la institución, tenga caracteres organizativos,

normativos, legales y funcionales, mostrando el quehacer de los distintos estamentos para llegar a establecer

acuerdos y propuestas concretas y concertadas.

Los conflictos entre los distintos estamentos, se abordaran bajo los parámetros de la convivencia pacífica,

mediante el diálogo y la concertación a través del proceso de conciliación.

Esto no quita la seguridad de la institución, la búsqueda de integración, participación y la centralización de los

procesos en el niño de manera personalizarte y no lesiva para él.

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RESOLUCION RECTORAL

Por la cual se reforma y adopta el manual de convivencia para los alumnos(as) del colegio NUESTRA

SEÑORA DE GUADALUPE.

La rectora del colegio Nuestra Señora de Guadalupe considera que:

De acuerdo al artículo 73 de la ley 115 de 1994, en el código del menor, el Decreto 1860 de 1994 que

establece la obligatoriedad y requisitos del reglamento del manual de convivencia para todos centros

educativos.

Que el artículo 144 de la ley 115 de 1994 que en literal C, Señala como función del consejo directivo adoptar el reglamento de la institución educativa lo cual se encuentra reglamentado por el artículo 23 del Decreto

1860 de 1994.

Qué después de la aprobación dada al reglamento o Manual de convivencia del colegio Nuestra Señora de

Guadalupe de Girardot, con las normas citadas precedentemente.

Art. 1 adoptar el reglamento o Manual de Convivencia del colegio Nuestra Señora de Guadalupe, después de

un amplio estudio, deliberaciones y consenso de los diferentes estamentos de la comunidad Educativa.

Art.2 Este reglamento o Manual de Convivencia rige a partir del 4 de febrero de 2013

Publíquese y cúmplase

NINA MAHECHA CONDE

Rectora

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Preámbulo

1. La constitución política en el artículo 41 fomenta la práctica democrática en los establecimientos educativos, mediante el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana.

2. La ley 115 de 1994 y las normas que la reglamentan son instrumento de carácter jurídico que tienen como

propósito proveer las condiciones objetivas para lograr formación integral de la persona humana, de su

dignidad, de sus derechos y de sus deberes.

3. Entre los fines educativos e institucionales están:

a. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los

demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual,

moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

b. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos a la paz a los principios

democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de

la tolerancia y de la libertad.

c. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional a la historia

colombiana y a los símbolos patrios.

d. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos mediante la apropiación de hábitos

intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

PENSION

La pensión se cancelara por adelantado, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, durante la

duración del calendario escolar. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95 de la ley 115, la institución

renovará los costos de la matrícula, pensión y otros cobros de los estudiantes para cada año lectivo mediante contrato que se regirá por las reglas del derecho privado. El colegio nuestra señora de Guadalupe entregará

informes escritos, constancias y certificados solamente a los estudiantes que estén a paz y salvo por todo

concepto.

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CAPITULO I. COMITÉ DE CONVIVENCIA

Es un espacio de participación democrática, conformada por representantes de todos los estamentos que conforman la comunidad educativa. Entre ellos:

Rectora

Representante del consejo de padres

Un docente

Personero Escolar

Sus principales funciones son:

Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.

Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y

las garantías que amparan a la comunidad educativa

Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y resolución

pacífica de conflictos que adelantan las diferentes entidades municipales.

Evaluar y mediar los conflictos que se presentan entre los estudiantes, sugiriendo soluciones.

CAPITULO II. ESTIMULOS Y DISTINCIONES A LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 3. ESTIMULOS

Los estímulos serán otorgados por estudio y consenso del Consejo Directivo en los siguientes aspectos:

Los estudiantes que sobresalgan en cada uno de los periodos académicos por su buen rendimiento académico

se premiaran con el estímulo de figurar en el cuadro de Honor e izar Bandera. Además podrán ser

seleccionados para representar a la Institución en eventos académicos y culturales, conseguirán ser nombrados

como monitores de grupo y podrán participar de cursos de liderazgo.

Los estudiantes que se clasifiquen por su colaboración y cumplimiento serán merecedores de una mención de

Honor.

CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y SUS RELACIONES CON

LOS DIFERENTES ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

Los estudiantes del Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE tienen derecho a:

Conocer el contenido del Manual de convivencia y así mismo el deber de aplicarlo en el momento oportuno.

Este manual es aceptado libremente al momento de firmar el acto de matrícula.

Recibir un buen trato de sus compañeros, personal docente, administrativo y de servicios generales;

igualmente de padres de familia y otros miembros de la comunidad educativa, con la consideración de aprecio

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y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes; así mismo, los estudiantes tienen el deber de dar un

buen trato a todos los miembros de la comunidad educativa

Ser aceptados y acogidos en La Institución sin discriminación de raza, color, religión, origen social, regional,

nacional o extranjero u otra condición de familia. Pero también tienen el mismo deber de aceptar y acoger a

sus congéneres tal y como son.

Una Institución donde se profese el respeto por la verdad, la sinceridad y la confianza como ejes para la convivencia. Tienen derecho a ser escuchados. Igualmente tienen el deber de profesar la verdad y la

sinceridad en todas las situaciones presentadas, así como el de escuchar al otro como interlocutor válido.

La compañía de los maestros, a que éstos los conozcan; a su familia, a su entorno, a que sepan de su vida

personal (Cuando la situación lo amerite) y académica. A que se lleven un registro o anecdotario de cada uno

de ellos. A que estén cerca de ellos en todos los ámbitos del colegio, como lo son: las izadas de bandera,

formaciones, actos culturales, salidas pedagógicas, torneos deportivos, descansos y todos los eventos propios

de la actividad académica; pero también tienen el deber de acatar las sugerencias y recomendaciones que

sobre su comportamiento les sugiera u orienten sus maestros.

Cometer errores; pero tienen el deber de reconocerlos, de ofrecer disculpas, de enmendarlos y de tratar en lo posible de no volverlos a cometer.

Presentar peticiones, reclamos o sugerencias, en cualquier momento, de manera respetuosa y sincera, ante

cualquier maestro o directivo del Colegio. El tiempo para solucionar la situación o dar respuesta a la

sugerencia, será el que se requiera para dar una respuesta correcta, oportuna y efectiva, es decir, tres (3) días

hábiles. Los reclamos o peticiones de acuerdo serán verbales; sin embargo, los estudiantes podrán escoger la

palabra escrita si así lo estimaran.

Recibir ejemplos de actitud positiva y cumplimiento, sensatez, orden y pulcritud por parte del personal

docente y administración de la institución Educativa. Igualmente tiene el deber de colocar en práctica dichos

ejemplos.

Recibir estímulos y reconocimientos a los que se haga acreedor, ya sea por su rendimiento académico,

excelente comportamiento, participación en deportes o expresión artística. Tiene el deber de representar a la

institución cuando ésta la requiera.

Participar con solemnidad en las izadas de Bandera, eucaristías, desfiles o días especiales del Colegio. En el

mismo sentido tienen el deber de representar a la institución con el sentido de pertenencia y respeto que ésta

amerita.

Salir de la institución educativa a citas médicas u otras de carácter personal, se deben seguir los

procedimientos establecidos para la obtención de permisos, como son los de contar con la autorización de sus

padres y/o acudientes y la de algún directivo docente. Igualmente se debe acatar los horarios en los que se puede salir del Colegio.

El estudiante tiene el deber de cumplir con los horarios que la institución programe

El horario establecido para los estudiantes es

NIVEL INGRESO AL

COLEGIO

INICO DE

CLASES

DESCANSO SALIDA DEL

COLEGIO

Preescolar

7: 00 a.m

7:05 a.m

9:00 – 9:30 a.m

12:00 a.m

Primero

6:40 a.m

6:45 a.m

9:25 – 10:00 a.m

12:30 p.m

Segundo

6:40 a.m

6:45 a.m

9:25 – 10:00 a.m

12:30 p.m

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Tercero

6:40 a.m

6:45 a.m

8:30 a.m – 8:50 a.m

10:40 a.m – 10:55 a.m

12:45 p.m

Cuarto

6:40 a.m

6:45 a.m

8:30 a.m – 8:50 a.m

10:40 a.m – 10:55 a.m

12:45 p.m

Quinto

6:40 a.m

6:45 a.m

8:30 a.m – 8:50 a.m

10:40 a.m – 10:55 a.m

12:45 p.m

Sexto a

Once

6:40 a.m

6:45 a.m

8:30 a.m – 8:50 a.m

10:40 a.m – 10:55 a.m

01:00 p.m

Se considera retardado después de Diez (10) Minutos de haber iniciado clases. Después de Treinta (30) Minutos de haber Iniciado clases No se permitirá el ingreso a estudiantes a la Institución; salvo la

presentación de un certificado y/o excusa médica; así como por problemas en el estado del clima (Lluvia).

Las inasistencias a la institución deben estar justificadas para que los estudiantes tengan el derecho a las

actividades de refuerzo y superación, previo acuerdo con el docente. El plazo para la entrega de la excusa es

de tres (3) días hábiles

CAPITULO IV. DERECHOS Y DEBERES FRENTE A LA PRESENTACION PERSONAL DE LOS

ESTUDIANTES.

Los estudiantes del Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE tienen el derecho, en desarrollo de su

libertad, a vestirse de acuerdo con sus propios gustos. Este derecho a tener una apariencia propia implica el

deber de respetar la apariencia de los demás. Y esta libertad, tiene como excepción que los gustos de los

estudiantes se traten de lucir con los uniformes de la institución, esto quiere decir que, mientras se portes los

uniformes, debe hacerse de acuerdo con los criterios establecidos.

Uniforme de diario: (Niños) de preescolar, básica primaria y bachillerato

Pantalón color azul bota recta (no entubado 4cm de vuelo), vestido a la cintura

Camisa Guayabera Blanca con embone) con el escudo del Colegio, estilo guayabera

Camiseta blanca

Cinturón negro

Zapatos negro (lustrados)

Medias azul oscuro (no tobillera)

Cabello con corte clásico, bien peinado.

Uniforme de diario: (Niñas)- de preescolar y básica primaria

Jardinera con tres prenses delanteros y traseros incluye un prense chato adelante y atrás con su

respectivo escudo

Camisa blanca con Mangas y cuello, con el escudo del Colegio, con pulcritud

Zapatos negros de amarrar o con hebilla (lustrados)

Medias blancas (Media – media)

No utilizar maquillaje, ni accesorios de algún tipo; Las uñas sin pintar

El Cabello debe recogerse con moñas de color azul oscuro

Short o lycra color azul oscuro

Los aretes deben ser de tamaño pequeño y de color azul oscuro o Blanco.

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Uniforme de diario: (Niñas)-de secundaria

Falda con tres prenses delanteros y traseros incluye un prense chato adelante y atrás

Camisa blanca con Mangas y cuello, con el escudo del Colegio y embone en el bolsillo, portarlo con

pulcritud

Zapatos negros de amarrar o de hebilla (lustrados)

Medias blancas (Media – media)

No utilizar maquillaje, ni accesorios de algún tipo; Las uñas sin pintar

El Cabello debe recogerse con moñas de color azul oscuro

Short o lycra color azul oscuro

Los aretes deben ser de tamaño pequeño y de color azul oscuro o Blanco.

Uniforme de educación Física: preescolar, básica primaria y secundaria

Camibuso con cuello y embone azul oscuro y blanco con el escudo del colegio.

Camiseta Blanca

Pantaloneta azul oscuro (debe portarse debajo de la sudadera)

Sudadera azul oscuro, sin entubar ( Según modelo adidas)

Tenis totalmente Blanco de amarrar

Medias Blancas (media-media, no tobillera)

Cachucha o gorra institucional según el modelo (opcional)

Recomendaciones generales para niños y niñas

La Camisa deberá ir vestido siempre por dentro de la jardinera o sudadera.(para niñas)

La camisa de los niños va vestida por fuera del pantalón

El porte del uniforme debe ser limpio y planchado diariamente

Si se utiliza camiseta debajo de la camisa, ésta debe ser de color blanco y en buen estado.

Los estudiantes deben utilizar los uniformes completos y no combinar el uniforme de diario con el de

educación física.

El uso o porte de la cachucha o gorra institucional deberá hacerse en los escenarios deportivos y

momentos adecuados y establecidos. No deberá usarse en el salón de clase.

El estudiante que no porte el uniforme correspondiente al día, deberá traer una justificación por escrito

(firmado por el acudiente).

El estudiante debe mantener un buen aseo personal de manera continua

No usar accesorios como: piercing, expansiones, caracoles, extensiones de cabello con color y joyas.

El uso de aparatos electrónicos y elementos distractores está prohibido en la institución, la comunidad

educativa no se hace responsable de daños o pérdida del mismo.

Para suministrar medicamentos al estudiante el padre de familia o acudiente debe autorizar por escrito a

las directivas del plantel educativo.

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Las faltas se clasifican en SITUACIONES UNO (1) DOS (2) TRES (3), Teniendo en cuenta sus afectos, las

circunstancias y los motivos que produjeron el hecho.

SITUACIÓN UNO (1)

Se consideran aquellas que afectan en alguna medida la convivencia para el desarrollo óptimo del ambiente educativo. Se consideran como tales:

Incumplimiento en el horario de entrada a la institución

Incumplimiento del deber académico (trabajos, tareas, talleres).

Porte inadecuado del uniforme, según indicación de la institución, de acuerdo con el grado y horario

establecido para los mismos.

Utilizar vocabulario vulgar y descortés

Tirar objetos de cualquier tipo sin contar con la precaución para evitar daños a personas u objetos

dentro y/o fuera de la institución

Abstenerse de traer los elementos mínimos para participación del proceso académico y formativo del

mismo.

Realizar ventas y rifas sin autorización previa.

Descuidar la presentación personal

Hacer caso omiso en la entrega de las citaciones enviadas por la institución a padres de familia y/o acudientes, por primera vez.

Acciones de indisciplina que afecten las actividades culturales, pedagógicas y comunitarias.

Porta accesorios (pulseras, collares, maquillaje, brillantes, cachuchas, gorros u otros).

Consumir chicle o cualquier tipo de comestible dentro del salón o actos protocolarios. Se exceptúan

los estudiantes que presenten la debida excusa médica.

Llegar tarde a clase dentro de los horarios habituales.

De los estudiantes. SITUACIÓN DOS (2)

Se consideran aquella falta en la que el estudiante ha reincidido y que afecta sustancialmente la convivencia

para el desarrollo óptimo del proceso educativo. Se consideran como tales:

Reincidencia frecuente (Más de dos veces) en las faltas leves

Usar permanente y progresivamente un vocabulario vulgar y descortés

Tirar constantemente objetos de cualquier tipo sin contar con la precaución para evitar daños a

personas u objetos dentro y/o fuera de la institución

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Portar el uniforme en sitios públicos que desacrediten o atentan contra el buen nombre de la

institución.

Descuidar permanentemente la presentación personal, corte de cabello y aseo personal.

Hacer fraude en las evaluaciones y/o trabajos.

Portar o consumir cualquier sustancia psicoactivo cigarrillos dentro de la Institución, en las salidas

pedagógicas, eventos deportivos u otra representación.

Hacer comentarios que atentan contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

Dañar intencional y consecutivamente materiales, bienes y elementos de la institución.

Grafitear y pintar letreros en paredes, baños, pupitres u otras áreas de la institución.

Incitar a la práctica de reuniones satánicas o mágicas.

Suplantar al padre de Familia y/o acudiente.

Agredir física o psicológicamente a compañeros y/o compañeras de manera escrita, verbal y virtual

(ciber bullying)

Evadir clase estando dentro de la institución.

Portar el uniforme de diario o educación Física del día que no corresponda.

Utilización el nombre de la institución sin la previa autorización.

Manifestar situaciones amorosas dentro y fuera del aula de clases.

Todas aquellas que por su efecto se consideren graves.

SITUACIÓN TRES (3)

Se considera falta gravísimas, aquellas que lesione notoriamente a las personas, los bienes o los principios del

establecimiento educativo y cuando incumplan los compromisos adquiridos. Se consideran como tales:

Reincidir tres veces en una falta grave.

Falsificar documentos públicos o privados y/o utilizarlos para su beneficio o el de terceros dentro de

la institución

Agredir físicamente a un compañero ocasionándole una lesión personal.

Agredir verbalmente con injuria a cualquier miembro de la comunidad Educativa.

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Portar arma blanca o de cualquier otro tipo dentro y/o fuera de la institución.

Demostrando un comportamiento delictivo dentro y/o fuera de la institución

Irrespetar y agredir de manera física y verbal a Directivos, Profesores y compañeros con

vocabulario soez, altanería, burla, desobediencia, calumnia, infamia y difamación.

Realizar todo tipo de vandalismo contra la planta física, material de la biblioteca y enseres de la

institución.

Todas aquellas faltas graves que afecten de manera sustancial y que lesionan gravemente el normal

funcionamiento de la institución educativa.

CAPITULO V. DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES FRENTE AL PROCESO

EDUCATIVO

Art. 4. Al firmar la matricula los alumnos aceptan la filosofía normas, planes, y programas que rigen el colegio y por consiguiente las responsabilidades correspondientes para el cumplimiento de los siguientes

deberes con la institución.

Conocer, respetar y cumplir la filosofía de la institución del presente reglamento y manual de

convivencia.

Participar de las actividades académicas y de carácter extractase, programadas por la institución,

siempre y cuando asista puntualmente dentro de los horarios establecidos para tal fin.

Participar activamente en el proceso de enseñanza – aprendizaje y demás actividades culturales,

deportivas, ambientales y religiosa; igualmente, tiene el deber de cumplir con los trabajos, tareas y

lecciones señalados por los profesores dentro de los términos establecidos en el calendario académico, sin recurrir al fraude por ningún motivo.

Mantener una relación cordial y respetuosa con los miembros de la comunidad educativa

Abstenerse de portar, distribuir o usar juguetes bélicos o artefactos que inciten, induzcan o generen

violencia.

No agredir ni de palabra o de obra a sus compañeros, docentes y personal administrativo.

Respetar y obedecer a las docentes y personal administrativo de la institución

Mantener un excelente comportamiento dentro y fuera de la institución, de acuerdo con los

principios éticos y morales.

Facilitar los procesos de formación y de contenido de las áreas

Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios

Respetar el aula de clases evitando desorden, algarabía y comportamientos indecentes.

Responder en forma cortes a los docentes, padres de familia y personal administrativo de las

instituciones

Asistir y permanecer en el lugar asignado durante el tiempo previsto para las diferentes actividades

programadas.

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No utilizar términos, acciones o representaciones obscenas.

Facilitar la investigación, solución y ejecución de los procesos disciplinarios ya sean académicos y

administrativos

Cumplir con la programación institucional, horario de clase y el de educación física cunado le sea

requerido.

Respetar y hacer respetar el nombre del colegio y velar por el prestigio dentro y fuera de esta.

Asistir puntualmente al colegio y cumplir con exactitud el horario escolar.

Ingresar al colegio 15 minutos antes de la hora establecida para iniciar clases (6:40 a.m. hora de

entrada)

No salir de la institución en horas de clase sin el permiso respectivo

CAPITULO VI. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 40. DEBERES DE

LOS ESTUDIANTES RESPECTO A LA PROPIEDAD.

Los estudiantes del Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, tienen derecho a:

Que se les brindan hasta donde sea posible una adecuada planta física (aulas y baños); así mismo, tiene el

deber de hacer un buen uso de cada una de las instalaciones del Colegio, es decir, no deteriorar los elementos.

Adquirir y/o portar los elementos necesarios para cada clase o actividad propuesta, ya sea individual

o grupal; igualmente, tiene el deber de cuidar y respetar los bienes y/o elementos escolares propios y

los de sus compañeros.

La asignación de un pupitre que el colegio le Brinda; así mismo, tiene el deber de hacer un uso

adecuado, manteniéndolo en condiciones optima durante el año escolar.

El estudiante deber responder por los daños causados a dependencias.

La comunicaron, utilizando las nuevas tecnologías (celular); pero tiene el deber de usarlo únicamente

en las horas del descanso. Está restringido su uso (ya sea para comunicación o juegos) dentro de las

clases; el celular podrá ser decomisado y entregado al acudiente y/o padre de Familia.

El colegio no se hace responsable por la pérdida de celulares, ni por el mal uso o daño de los

mismos. Tampoco se hace responsable por objetos y/o aparatos que no sean necesarios para e proceso educativo.

Los desechos de comestibles arrojados en los respectivos recipientes de la basura

No salir del aula de clase sin autorización del docente

Abstenerse de fijar compromisos sociales dentro de las horas académicas del colegio, asi como

ausentarse temporalmente en el periodo del año lectivo para gozar de periodos extras de vacaciones

que puedan perjudicar la disciplina y el rendimiento académico del alumno

El alumno que falte al colegio sin excusa, por lo menos el 15% del total de los días del año lectivo, no será promovido al curso siguiente.

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CAPITULO VII. DERECHOS Y DEBERES RELACIONADOS CON LA SALUD DE LOS

ESTUDIANTES.

Los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa, tiene derecho a:

Que sus padres de Familia y/o acudientes sean enterados de manera oportuna y periódicamente de cualquier

información relevante sobre la salud de su hijo; sin embargo, éstos tienen el deber de informar de manera precisa, oportuna y adecuada todo lo relacionado con la salud de sus hijos, a fin de tomar las precauciones

necesarias.

Participar en charlas, talleres, convivencias o conferencias, etc. Que el Colegio, a través de la orientadora

escolar u otra instancia, programe. Así mismo los estudiantes tienen el deber de participar activamente de

estas actividades y sobre todo de vivenciarlas en práctica.

CAPITULO VIII. DERECHOS Y DEBERES RELACIONADOS CON LA REPRESENTACION Y

PARTICIPACION DE LOS ESTUDIANTES

Consejo Directivo: es el máximo estamento decisorio de la institución, sesiona una vez al mes, tiene origen y

competencias legales, se elige de manera democrática, y está integrada por representantes de cada uno de los

sectores que conforma la institución: estudiantes, padres de familia, profesores.

Consejo estudiantil: es el máximo órgano colegiado que asigna y garantiza el continuo ejercicio de la

participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos

por el establecimiento.

El personero de Estudiantes.

Los estudiantes del Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE tienen derecho a elegir un personero en

el tiempo y con las funciones que exige la ley. La elección seguirá los mismos requisitos estipulados en el

artículo 27 del decreto 1860 de 1994.

Perfil sugerido del personero

Se elegirá el alumno(a) del ultimo grado que ofrece la institución-Grado séptimo de la Básica

Secundaria

Es un(a) estudiante que haya presentada durante el último año, un buen desempeño académico y/o

disciplinario.

Que con su ejemplo permanente demuestre buen comportamiento

Que promueva el liderazgo y desarrolle buenas relaciones sociales

Que presente una propuesta realizable y alcanzable

El personero podrá ser revocado de su cargo por los estudiantes cuando incumpla sus deberes, obligaciones

y/o propuestas de gobierno

CAITULO IX. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES FRENTE A LAS SITUACIONES

DISCIPLINARIAS, ACADEMICAS Y SUS PROCEDIMIENTOS.

Todos los estudiantes del colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE tienen derecho a:

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Equivocarse. Todos los estudiantes, cuando se equivoquen, tienen el deber de reconocer su error.

Tienen el deber de presentar disculpas, reparar el daño y tratar de no volver a equivocarse de la

misma forma.

Todos los estudiantes tienen derecho, cuando se equivoquen es su actuación, a que los profesores del

Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE les señalen que lo hicieron. Los profesores, frente

a los errores de sus estudiantes, tiene la potestad de imponer correctivos; pero su potestad, estará

sujeta en cualquier caso a que la sanción cumpla con cuatro criterios esenciales: que sea un correctivo que respete la dignidad del estudiante; que sea beneficiosa, que sea proporcional, y que

sea oportuna.

Suspensión de una hora de clase por parte del docente

Suspensión de clase por el docente o el coordinador

Colocar una nota de (1.0), por no alcanzar los logros, por el docente de cada asignatura

Matricula en observación por el rector

No aceptado (a) en el próximo año en la institución, por el consejo directivo

Restitución de los materiales de trabajo de la institución, de los compañeros y docentes que

haya deteriorado o destruido, por la coordinación.

Responder económicamente por los daños causados a sus compañeros o docentes Suspensión temporal de la jornada deportiva por el docente

Suspensión de las actividades extra clase que se han programado, por la coordinación

CONDUCTO REGULAR

Para todo aporte o reclamación, se debe seguir un conducto regular que facilitará el proceso de orientación y

respuesta a inquietudes o problemas, hasta agotar todas las instancias, así:

ARTÍCULO 5. Para la solución de problemas de disciplinarios

1. Con el Docente respectivo.

2. Con el Director de Grupo.

3. Con el Coordinador de disciplina.

4. Con el Rector (a)

5. Con el Consejo Directivo

PARÁGRAFO: Las sanciones se establecen según las normas del manual de convivencia, en el Capítulo

IV. Derechos y deberes frente a la presentación personal de los estudiantes. Faltas leves, graves y gravísimas.

ARTÍCULO 6. Para la solución de conflictos académicos o contravenciones a los derechos de los

estudiantes en sus evaluaciones y desempeños.

1. Con el Docente de la asignatura.

2. Con el Director de Curso.

4. Con el Coordinador académico.

5. Con Orientador

6. Con el rector (a)

PARÁGRAFO: Las reclamaciones, revisiones y solicitudes de carácter académico, deben hacerse por

escrito y, en lo posible, aportando pruebas siguiendo siempre el conducto regular. Los aportes y sugerencias

de los estudiantes deberán hacerse por intermedio del comité de curso, el personero de estudiantes y/o el

representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

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CAPITULO X. DEFINICION DE LAS SANCIONES CON QUE CUENTA LA INSTITUCION PARA

ENCAUSAR LA CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES.

Un comportamiento inadecuado o una conducta inapropiada de un estudiante se pueden sancionar como se

describe a continuación. De cualquier modo, éstas no son más que herramientas que con que cuenta el

Colegio para formar a sus estudiantes, y podrá hacerse uso de ellas de manera indistinta sin que exista un orden entre ellas.

Llamado de Atención Verbal

El docente que observe que un estudiante esté fallando a uno de los deberes contemplados este manual podrá

hacer llamado de atención verbal, utilizando siempre el diálogo como un Correctivo. Consignado en el diario

de campo del docente.

Llamado de Atención Escrito

El docente o directivo que observe que un estudiante esté faltando de forma reiterativa a uno de los deberes

contemplados en este manual, podrá hacer llamado de atención escrito en el observador u hoja de vida, se

seguirá utilizando el diálogo como mecanismo para cambio de actitud.

Citación al Acudiente y/o Padre de Familia

Cuando la situación lo amerite se citará al acudiente, se le informará de la falta (s) cometidas por el estudiante

y se dejará constancia en la hoja de vida u observador, firmando un compromiso de cambio de actitud.

Boletín

En cada periodo se evaluará la convivencia del estudiante, que por derecho propio será de excelencia, siempre

y cuando no presente situaciones en los ítems anteriormente descritos. Se dejará constancia de los deberes

incumplidos en el informe que se entrega a los padres de Familia en cada periodo la Observación es de tipo

conceptual.

Acta de compromiso

El uso de este mecanismo depende de la recomendación del comité de Convivencia. Es un documento que

contiene un compromiso que el estudiante adquiere con el Colegio NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE

y lleva consigo un proceso de reconocimiento y reflexión de aspectos para mejorar y puede incluso general

acciones de reparación. El compromiso puede recaer sobre un aspecto actitudinal, académico o disciplinario y

deben suscribirlo el estudiante, sus padres y el rector del Colegio.

Salida del colegio

Cuando hubiesen agotado todas las posibilidades para lograr un cambio de actitud en el estudiante, en su forma de relacionarse con el Colegio, cuando la equivocación del estudiante hubiese sido de gravedad o se

hubiera presentado de manera reiterada, el comité de convivencia y el consejo de padres recomendarán al

Consejo Directivo, la dedición de que el estudiante deje de formar parte del Colegio NUESTRA SEÑORA

DE GUADALUPE

La decisión descrita anteriormente, podrá tomarse en cualquier época del año lectivo. La salida del Colegio o

la negación de un cupo escolar a un estudiante, para el próximo año lectivo, será establecida mediante

resolución expedida por la rectoría, previa aprobación del consejo Directivo.

CAPITULO XI. PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICON DE SANCIONES.

Conversación con el estudiante. El primer paso ante una situación de mala conducta es siempre la de

conversar con el estudiante. La conversación debe utilizarse como un Instrumento de reflexión y aprendizaje.

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Cuando la situación requiere de elementos adicionales al simple diálogo con el estudiante, el Director de

curso con asesoría del Coordinador de convivencia puede optar por participaciones que encontrará

pertinentes, incluso recurriendo a las sanciones descritas en el presente Manual, especialmente los llamados

de atención verbal, la observación escrita en la hoja de vida, el Boletín o la suspensión temporal.

DERECHO A LA DEFENSA

El estudiante tiene derecho a la defensa y cuento con tres mecanismos para la misma:

Él mismo, si así lo decide

El personero, para situaciones que puedan acarrear Actas de compromiso, matrícula condicional o

salida de la Institución.

El acudiente o padre de Familia.

CIRCUNSTANCIA ATENUANTES

Edad, desarrollo psicoactivo, mental, volitivo, personal, familiar, y social.

El haber orado por motivos nobles o altruistas.

El haber observado buena conducta anteriormente.

Procurar enmendar la falta en forma voluntaria.

El haber sido inducido, presionado u obligado a cometer la falta por otra persona (mayor de edad u

otro estudiante).

CIRCUNSTANCIA AGRAVANTES

Edad, desarrollo pos-afectivo, mental, volitivo, personal, familiar y social.

Se reincidente

Cometer una falta para ocultas o ejecutar otra.

Abuso de confianza

Aprovechar las condiciones de inferioridad de otras personas.

Haber preparado el hecho o la comisión de la falta con antelación y/o en complicidad de otra (s)

persona (s).

CAPITULO XII. CLASIFIACIÓN, IDENTIFICACION Y PROCEDIMIENTOS DE SITUACIONES

Se entiende por disciplina la posibilidad institucional de crear estrategias que favorezcan la buena marcha y la

aplicabilidad de los principios fundamentales establecidos en la constitución, la filosofía que se pretende

construir dentro del Proyecto Educativo Institucional y que toda la comunidad educativa debe asimila, respetar y aplicar por haber sido construido, modificado y aprobada por la misma.

PRINCIPIOS

Toda dificultad que se presente en el colegio con un educando debe regirse por su carácter pedagógico y

formativo, aplicando la capacidad de escucha para lograr la concertación y conciliación de cualquier acción y

respetando fundamentalmente el derecho al debido proceso.

Toda falta y todo correctivo deberá expresamente consignado en éste Manual de convivencia.

Este manual se rige por las normas constitucionales y todas las que se deriven de ella.

De las garantías

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Art. 7. El alumno tiene derecho a la defensa y a su debido proceso, en todas aquellas circunstanciasen las

cuales se les pueda sancionar. Este deberá ser escuchado por los educadores y las directivas del colegio de

acuerdo con el conducto regular, establecido por el reglamento o manual de convivencia.

Art. 8 se garantizara la mediación entre los educadores, directivas y el alumno, siempre y cuando las faltas no

ameriten suspensión o expulsión de la institución.

Estímulos de los alumnos(as)

Art. 9 la institución premiara a los alumnos sobresalientes por su comportamiento, rendimiento académico y

su colaboración así:

Izada de bandera, elogios públicos y condecoraciones

Participar en eventos y actividades especiales

Información del padre de familia sobre el alumno excelente.

Premiación en la clausura de fin de año con de ½ matrícula de honor

Mención de honor

Registrarlo en el cuadro de honor trimestral

Relaciones al interior de la comunidad

Los alumnos(as) deben prestar atención permanente en las clases a sus docentes en las

diversas orientaciones y actividades que se les ofrezcan

Los alumnos deben mantener como base de sus relaciones un trato familiar, amable y

cordial, evitando la agresión física verbal u otras manifestaciones que vayan en contra de la

dignidad humana

Por razones de seguridad en ningún caso será permitido el ingreso a padres de familia y

personas ajenas a los salones de clase de las instalaciones del colegio, en el tiempo de

permanencia de los niños en la misma.

Definición: se entiende por académico todas las actividades, procesos y acciones pedagógicas, educativas que

conllevan a un desarrollo integral de los educandos, estas se encuentran desarrolladas en el plan de estudios

La evaluación de dichos procesos tendrá como parámetros los indicadores de logros generales a los que se

refiere la resolución 2343 de 1996 y los específicos diseñados por el colegio Nuestra Señora de Guadalupe.

Evaluación

El capítulo VI del decreto número 1860 del 3 de agosto de 1994 por el cual se reglamenta parcialmente la ley

115 de 1994(ley general de educación), en los aspectos pedagógicos y organizativos generales y establece el nuevo sistema de evaluación del rendimiento escolar y la promoción de los estudiantes; plantea la siguiente

concepción de evaluación:

La evaluación será continua, integral, cualitativa y se expresara en informes descriptivos que correspondan a

estas características.

Lo anterior significa que la evaluación debe hacerse durante todo el proceso pedagógico de aprendizaje y

desarrollo humano, reconociendo los caracteres o diferencias individuales que distinguen a las personas.

El espíritu que contiene los nuevos parámetros de la evaluación y la promoción están orientados

fundamentalmente a la potenciación de las capacidades de los educandos y a su formación integral.

Los informes descriptivos deben presentarse en forma clara, para que los padres de familia, los docentes y los

estudiantes puedan apreciar los avances en su formación.

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Son finalidades de la evaluación las siguientes:

Determinar la obtención de los logros definidos en el proyecto educativo institucional.

Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.

Estimular el afianzamiento de valores y actitudes

Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus capacidades y habilidades

Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje

Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para consolidar los logros del proceso

formativo

Ofrecer al alumno oportunidades para aprender del acierto, del error y en general, de la experiencia.

Proporciona al docente información para orientar o consolidar sus prácticas pedagógicas.

El sistema de evaluación y promoción del colegio Nuestra señora de Guadalupe de Girardot es el

siguiente.

De acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1860 y las consideraciones del consejo Académico del colegio

Nuestra señora de Guadalupe, los alumnos se evaluaran cualitativamente por medio de la siguientes

escala

NOTAS VALORATIVAS

SUPERIOR 4.5 – 5.0

ALTO 3.5 – 4.4

BASICO 3.0 – 3.4

BAJO 0.0 – 2.9

Superior: cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros.

Alto: cumplimientos de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de

logros. En un nivel superior al nivel medio del logro.

Básico: cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de

logros. En un nivel medio o aceptable.

Bajo: incumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de

logros.

La evaluación es continua, integral y cualitativa para lo cual deberá tener en cuenta los procesos de

observación análisis y construcción ello se expresara en informes descriptivos periódicamente.

En caso de presentarse deficiencias académicas el estudiante deberá someterse a actividades de nivelación,

preparación para una nueva evaluación.

El año escolar consta de cuatro periodos académicos y al finalizar cada periodo se entregaran un informe oral

y escrito.

De conformidad con lo prescrito en el artículo 49 del decreto 1860, terminado el último periodo de

evaluación de un determinado grado, se analizaran los informes periódicos del estudiante para emitir un

concepto evaluativo de carácter formativo.

La promoción de un grado a otro será sometida a condición de que el estudiante haya alcanzado todos los

logros propuestos para cada dimensión del año escolar.

Si el alumno ha tenido bajo rendimiento académico durante gran parte del año escolar y es promovido al

siguiente grado, con preocupación por parte del colegio, el alumno, sus padres, acudientes, tutores firmaran

un acta de compromiso académico. En este unos y otros se comprometen a mejorar su rendimiento escolar.

Comisiones de Evaluación y Promoción

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ART. 10 Integración: estas comisiones estarán integradas por la directora, la coordinadora académica y las

docentes del grado correspondiente.

ART. 11. Reuniones: Las comisiones de evaluación se reunirán de ordinario, al terminar cada periodo

académico y determinaran las actividades pedagógicas de recuperación necesarias, para que el estudiante

alcance los logros previstos. La comisión de reunirá, al final del año escolar.

Alcance de logros Resultados del Alumno

Para determinar la promoción de alumnos al grado siguiente se debe tener en cuenta, el alcance de logros y la

aprobación del grado que este cursando.

El grado se aprueba cuando se alcanza en un 100% los logros mínimos de aprendizaje en cada una de las

áreas y asignaturas.

Un logro se alcanza cuando demuestra el alumno que conoce, interpreta y da respuesta en un 90% a los

temerarios dados.

Art 12. Si el alumno no alcana los logros de las asignaturas deberán realizar procesos trimestrales de nivelación los que se programaran en el cronograma institucional y los presentaran de la siguiente manera: El

docente informara al padre o acudiente de los logros no alcanzados por el alumno.

En una fecha indicada se reunirá el docente con el alumno y se reforzara nuevamente el logro, aclarando

dudas.

El estudiante desarrollara una actividad de refuerzo en clase programa por el docente.

El estudiante a través de pruebas evaluativas demostraran que aprobó el logros.

El profesor emitirá un acta de nivelación que indique el logro que ha recuperado el alumno.

El docente informara al comité de evaluación al final del periodo académico, los alumnos y sus logros nos alcanzados, el comité programa las nivelaciones.

Si persiste la insuficiencia al finalizar el año lectivo, el comité de evaluación traslada la situación al comité de

promoción para que este estudie el caso y defina la situación del alumno.

El comité de promoción podrá, aplazar o aprobar el año cursado por el alumno de acuerdo al informe

presentado por el comité de evaluación.

El comité de promoción aplazara los estudios cursados por el estudiante, cuando se pierde una área en el

segundo semestre, teniendo plazo para recuperar estos logros hasta la matricula del año siguiente, si a la fecha

indicada no ha aprobado el área, inmediatamente será reprobado en sus estudios.

El estudiante es reprobado cuando al finalizar el cuarto periodo no alcanza el logro de dos áreas básicas o que

acumule la inasistencia que representa un 25% de intensidad total de la asignatura desarrollada, siempre y

cuando no haya excusa justificada.

El alumno que no pueda presentar las pruebas evaluativas de alcance de logros por excusa justificada, se

tendrá en cuenta para posponer su prueba.

La promoción

Art 13. La promoción se basa en la aceptación entre los alumnos del ritmo en la consecución de los logros es

diferente para cada uno, según sus capacidades. En atención a que cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular, adoptar y poner en

práctica su propio proyecto Educativo institucional sin más limitaciones que las definidas por la ley 115, el

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Decreto reglamentario 1860 y el reglamento o Manual de Convivencia, este último establecerá las

condiciones de permanencia del estudiante en el plantel, en todos los grados son promocionales.

La promoción será definida por la comisión de promoción al finalizar el año escolar. De la misma manera,

todas las dimensiones del plan de estudios del Colegio Nuestra Señora de Guadalupe sean obligatorias u

optativas, son promocionales.

Art 14. La causas por las cuales pueden ser reprobado un alumno son:

Por la inasistencia superior al (25%) del total de las actividades académicas programadas dentro del plan de

Estudio del Colegio, obligatorias u optativas.

Por insuficiencia en la obtención de los logros, en cualquier asignatura.

Art 15. De acuerdo al examen de Admisión el al alumno se ubicara en el grado, teniendo en cuenta sus

capacidades cognitivas, físicas, psico-emocionales, y sus notas del informe Académico anterior. El alumno

que repruebe el examen se ubicara en un grado menos del que fue evaluado.

Art 16. Estrategias de apoyo para superar situaciones académicas pendientes de los alumnos. Cuando un estudiante obtenga desempleo bajo en la definitiva de una asignatura, al finalizar cada periodo, deberá

aplicarse el siguiente procedimiento para que el estudiante supere las debilidades académicas presentadas:

Presentación para aprobación por la comisión de evaluación del grado, del plan de superación y mejora cada

estudiante, por parte de los docentes de asignaturas.

Convocatoria de carácter obligatoria al padre de Familia y/o acudiente junto con el estudiante por parte del

docente titular para entregar el plan de superación.

Implementación del plan.

Verificación por parte de la comisión, del cumplimiento y resultados del plan de superación presentados por

cada docente.

Registro del concepto Desempeño Básico en sistemas de notas del estudiante. Una vez que el estudiante

cumpla eficazmente con el plan de superación y mejora señalado por el docente, obtendrá una valoración no mayor a “Desempeño básico”, teniendo en cuenta su esfuerzo en el periodo no fue lo esperado por lo que

requirió de más tiempo para superar los logros.

Art 17. Promoción anticipada de grado. El Colegio comprende dos perfiles de estudiantes para promoción

anticipada: los estudiantes con desempeños excepcionales que año y tras año evidencia desarrollos superiores

en todas las asignaturas y los estudiantes que habiendo periodo el año escolar anterior, al inicio del año

demuestran desempeños superiores en todas las asignaturas.

Durante el primer periodo del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de

familia, recomendara ante el consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que

demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las

competencia básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y si es

positiva en el registro escolar.

Causas de No Renovación del contrato

Art 18. Son causas para la no renovación del contrato de matrícula las siguientes:

Incumpliendo por parte del educando del compromiso académico.

Cuando el educando haya alcanzado todos los logros del año lectivo, pero su comportamiento ético,

social y disciplinario no esté acorde con los principios del Colegio Nuestra Señora de Guadalupe

expresado en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia, por tanto, perderá el derecho a

matricularse al año siguiente.

Cuando el educando después de haber realizado el programa de actividades académicas continúe con

insuficiencias en algunas asignaturas.

No estar a Paz y Salvo con el Colegio al Finalizar el año escolar.

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Haber estado en mora durante la vigencia del presente contrato en el pago de los costos educativos

obligatorios y/o opcionales durante tres (3) o más mensualidades con independencia de que la mora

se represente en periodos continuos o discontinuos.

Por actos de irrespeto, injurias, maltrato de palabra u obra por parte de los padres de familia o sus

dependientes en contra de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.

No asistir a una o varia reuniones, convivencias y talleres de padres de familia programadas durante

el año escolar.

No hacer la reservación del cupo en las fechas señaladas por el Colegio.

El incumplimiento de las obligaciones por parte de los padres de familia y los educandos contenidas

en el presento Manual de Convivencia.

Perdida de La Calidad de Estudiante

Art 19. La calidad de estudiantes del colegio Nuestra Señora de Guadalupe de Girardot se pierde por:

Expiración de término de contrato de matrícula.

Por haber sido sancionado por falta gravísima.

Mutuo consentimiento entre las parte que se obligan por el contrato de servicio educativo.

Fuerza mayor debidamente comprobada

Por las casuales determinadas en el Plan de Estudios Institucionales (PEI), en el contrato de

matrícula y en el presente Reglamento o Manual de Convivencia.

De los Padres de Familia

Derechos Art. 20. Los padres de familia o acudientes de los alumnos de la institución tienen los siguientes

derechos:

Informarse acerca del proceso de formación que siguen sus hijos en el colegio.

Conocer en cada periodo escolar, el resultado del rendimiento y logros alcanzados por sus hijos.

Que sus hijos sean aceptados por el Colegio cuando tengan la edad reglamentaria y cumplan con

los requisitos para ellos.

Solicitar con antelación, entrevistas con los directivos y/o docentes.

Que sean oídos en sus reclamos y sus opiniones siempre y cuando se haga con el debido respeto.

Elegir y ser elegido como representantes de la asociación de padres de familia o comités para el

bienestar y funcionamiento adecuado de la institución escolar.

A ser respetados y escuchados por los demás miembros de la comunidad educativa.

A participar en todas las actividades recreativas, culturales y deportivas que se programen en el

Colegio.

Considerarse miembro activo de la comunidad educativa o de la familia Nuestra Señora de

Guadalupe.

Art. 20.1 FALTAS DE LOS PADRES DE FAMILIA

La deslealtad para con el colegio, entendida como: manifestar desprecio por la filosofía y

políticas educativas de la institución, con sus palabras, actitudes o hechos lesionando la

buena imagen y nombre de la institución.

El irrespeto a las directivas, maestros, personal administrativo y de servicios, entendiendo

como tal uso de palabras soeces e irreverentes con dichas personas o amenazas físicas.

Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Cuando sin razón justificada, se niegue proporcionar a su hijo(a) los recursos necesarios

para su estudio y desarrollo integral.

Desatender observaciones o compromisos firmados, junto con su hijo(a), realizado por directivas, coordinadores, maestros, consejo directivo, consejo disciplinario, comisión de

evaluación y promoción.

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Desconocer de cualquier manera las disposiciones contenidas en el manual de convivencia

del colegio.

Incitar a la violencia, el desorden o al desacato de ordenes emanadas por las directivas del

colegio.

Utilizar el nombre del colegio para actividades o eventos no autorizados por las directivas

de la institución.

El hecho de no responder por los daños causados por sus hijos(as), en enseres, muebles e inmuebles del colegio y en general en su planta física, así como en las lesiones físicas

contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que requieran de atención médica o

algún medicamento.

Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

Portar y/o hacer uso de armas de cualquier clase dentro de la institución.

Incumplimiento en el pago de pensiones y otros fijados por la administración del colegio

(los diez primeros días de cada mes).

Inasistencia a reuniones generales o en grupo, citaciones personales convocadas por las

directivas del colegio.

No apoyar la realización de actividades y eventos que programe el colegio, faltando así a

compromisos firmados al inicio del año escolar y en desacuerdo con la filosofía institucional.

Enviar a su hijo(a) al colegio sin haber cumplido los requisitos de matricula

Uso inadecuado de medios virtuales como correos electrónicos. Messenger, blogs y otros

medios de comunicación en los cuales manifieste vocabulario soez y agresivo, publicación

de fotografías o videos sin permiso de los afectados, afirmaciones que conlleven a

calumnias y al detrimento de la fama y la moral de los miembros de la comunidad educativa

y la imagen del colegio nuestra señora de Guadalupe.

PARÁGRAFO 1: El colegio se reserva el derecho de admisión de un estudiante para el año siguiente, cuando

el año escolar, los padres de familia o acudientes han desconocido las obligaciones expresadas en este Manual

de convivencia y en el momento de firmar la matrícula

PARÁGRAFO 2: PROCEDIMIENTO PARA LOS PADRES MOROSOS La institución educativa aplicará procedimientos de ley para recuperar la cartera morosa vencida. En caso de

que no se cancele la totalidad de la deuda al finalizar el año escolar; el colegio, NO RENOVARÁ el contrato

de matrícula para el año siguiente.

NINA MAHECHA CONDE Rectora

JOSE RUBERT ALDANA MAHECHA

Coordinador

MARIA DE LOS ANGELES GIL

Secretaria

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