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Ministerio del Poder Popular Para la Educación Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA EL DISEÑO DE EDIFICACIONES EDUCATIVAS Caracas, 2007.

Preliminar Normas FEDE

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Ministerio del Poder Popular Para la Educación Fundación de Edificaciones y Dotaciones EducativasNORMAS Y RECOMENDACIONES PARA EL DISEÑO DE EDIFICACIONES EDUCATIVASCriterios de evaluación construcciónMinisterio del Poder Popular Para la Educación.

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Page 1: Preliminar Normas FEDE

Ministerio del Poder Popular Para la Educación

Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas

NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA EL DISEÑO

DE EDIFICACIONES EDUCATIVAS

Caracas, 2007.

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Page 3: Preliminar Normas FEDE

Ministerio del Poder Popular Para la Educación.

Contribuyeron con sus

observaciones y sugerencias:

Profesionales y Técnicos de la Gerencia de

Proyecto, Gerencia de Conservación y

Mantenimiento de la Fundación de Edificaciones

y Dotaciones Educativas (FEDE), y de las

Direcciones Educativas

del Ministerio del Poder Popular

Para la Educación.

Caracas, 2007.

Arq. Manuel A. Troconis Briceño.Coordinador General.Asesor Técnico de Proyecto.

T.S.U. Nelson J. Fernández Castillo.Asistente.

Colaboradores:Arq. Claret Gil.Arq. Maria Eugenia Prieto.

Elaboración:Gerencia de Proyecto de la Fundación deEdificaciones y Dotaciones Educativas(FEDE).

Consejo Directivo:May. (GN) Wilmer Alarcón CasanovaMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA

Lic. Mary Carmen López EspinozaMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

Dr. Guido Jorge ZuletaMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACION Y DESARROLLO

Arq. Hendrik O. CaballeroMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA INFRAESTRUCTURA

Presidente:Ing. William A. Araque Ramírez

Director General:Ing. Gilberto Durán Linares

Gerente General de Obras y Proyectos:Ing. Miguel Vielma Montes

Gerente General de Administración:Lic. Geraldo A. Cabezas

Gerente de Planificación y Presupuesto:Lic. Norma Delgado

Gerente de Recursos Humanos:Lic. Raúl Guaterama

Gerente de Administración:Lic. Gustavo Gonzalez

Gerente de Administración de Obras:Ing. Arnoldo Ortiz

Gerencia de Proyectos:Ing. José Luis Quintero

Gerencia de Conservación y Mantenimiento:Arq. Claudio Santi

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Page 5: Preliminar Normas FEDE

ASPECTOS GENERALES

1. Basamento legal.2. Objeto y ámbito de aplicación.3. Obligaciones en relación con las construcciones educativas.4. Referencias normativas.5. Glosario de términos.6. Mantenimiento, remitirse a los manuales de mantenimiento de

la Fundación de Edificaciones Educativas (FEDE).

• CAPITULO 1. CALCULO POBLACION ESCOLAR

1.1. Edad escolar obligatoria.1.2. Régimen de funcionamiento.

• CAPITULO 2. REQUISITOS URBANOS, PLANIFICACIONY DISEÑO DEL CONJUNTO ESCOLAR

2.1. Requisitos urbanos2.1.1. Locales escolares dentro del contexto urbano. 2.1.2. Relieve y grado de desarrollo del sector.2.1.3. Viviendas unifamiliares y multifamiliares en conjunto.2.1.4. Etapas de construcción, sectorización y capacidades

operativas óptimas.2.1.5. Relación vivienda plantel, distancias y recorridos.2.1.6. Incompatibilidades.2.1.7. Relación numero de habitantes, número alumnos.2.1.8. Condiciones y superficies necesarias para los terrenos.

2.2. Planificación del conjunto escolar2.2.1. El contexto.

2.2.1.1. Definición

2.2.2. El terreno2.2.2.1. Definición2.2.2.2. Levantamiento topográfico.2.2.1.2. Tipos de levantamientos

2.2.2.3.1. Levantamiento planimétrico2.2.2.3.2 Levantamiento planialtimétrico2.2.2.3.3 Levantamiento catastral y semicatastral

2.2.3. El diseño.2.2.3.1. Programación (educación inicial, básica y media diversificada y profesional.

2.2.3.1.1. Programación del nivel de educación inicial

INDICE GENERAL

INDICE GENERAL

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2.2.3.1.1. Programación del nivel de educación inicial2.2.3.1.1.1. Maternal

2.2.3.1.1.1.1. Sector docente2.2.3.1.1.1.2. Sector administrativo2.2.3.1.1.1.3. Sector servicios2.2.3.1.1.1.4. Sector áreas exteriores

2.2.3.1.1.2. Pre-escolar2.2.3.1.1.2.1. Sector docente2.2.3.1.1.2.2. Sector administrativo2.2.3.1.1.2.3. Sector servicios2.2.3.1.1.2.4. Sector áreas exteriores

2.2.3.1.2. Programación del nivel de educación básica

2.2.3.1.2.1. Escuela Básica2.2.3.1.2.1.1. Sector docente2.2.3.1.2.1.2. Sector administrativo2.2.3.1.2.1.3. Sector servicios2.2.3.1.2.1.4. Sector áreas exteriores

2.2.3.1.3. Programación del nivel de educación media y diversificada

2.2.3.1.3.1. Escuela media diversificada y profesional2.2.3.1.3.1.1. Sector docente2.2.3.1.3.1.2. Sector administrativo2.2.3.1.3.1.3. Sector servicios2.2.3.1.3.1.4 Sector áreas exteriores

2.2.4. Criterios del conjunto escolar.

2.2.5. Criterios del edificio escolar.

2.2.5.1. Criterios y especificaciones técnicas para edificios docentes de educación inicial y maternal

2.2.6. Asignación presupuestaria.

• CAPITULO 3. CONSIDERACIONES SOBRE EL CLIMADE VENEZUELA3.1. Regiones y tipos de clima

3.1.1. Región costera.3.1.2. Región de los llanos.3.1.3. Región montañosa.3.1.4. Región de Guayana.

3.2. Efectos del clima sobre el edificio escolar

3.3. Orientación asoleamiento3.3.1. En climas semi cálidos con pocas precipitaciones

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INDICE GENERAL

3.2.2. En climas cálidos húmedos con precipitaciones3.2.3. En climas fríos

3.4. Arquitectura regionalizada

3.5. Materiales y técnicas de construcción

• CAPITULO 4. VENTILACION, ILUMINACION NATURAL,CONFORT ACUSTICO, CONFORT TERMICO

4.1. VENTILACION.4.1.1. Entradas de aire libre.4.1.2. Salidas de aire libre.4.1.3. Circulación de aire.4.1.4. Ventilación natural.

4.2. ILUMINACION NATURAL.4.2.1. Control de radiación solar.4.2.2. Reglas generales para una buena iluminación natural.

4.3. CONFORT ACUSTICO.4.3.1. Protección contra ruidos externos4.3.2. Recomendaciones

4.4. CONFORT TERMICO.

• CAPITULO 5. ACCESOS Y CIRCULACIONES

5.1. Acceso para peatones

5.2. Acceso de vehículos y estacionamientos

5.3. Acceso y estacionamiento interno

5.4. Circulaciones horizontales y verticales5.4.1. Recomendaciones5.4.2. Observaciones para proyectar circulaciones pasillos, escaleras y rampas

5.4.2.1. Pasillos5.4.2.2. Escaleras5.4.2.3. Rampas

5.5. Ascensores (Discapacitados)

5.5. Puertas en áreas de circulación

5.6. Circulación en los espacios

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INDICE GENERAL

• CAPITULO 6. ESTRUCTURA, INSTALACIONES ELECTRICAS E INCENDIO, INSTALACIONES SANITARIAS

6.1. Estructura6.1.1. Clasificación de las estructuras, según su regularidad.

6.1.1.1 Geometrías verticales asimétricas

6.1.2. Elementos no estructurales6.1.3. Fundaciones.

6.1.3.1. Fundaciones profundas6.1.3.2. Fundaciones superficiales

6.1.4. Estructura de techos.6.1.5. Recubrimientos de techos

6.2. Instalaciones eléctricas6.2.1. Instalaciones interiores de las unidades funcionales.

(espacios)6.2.2. Sistema de iluminación.6.2.3. Sistema de tomacorriente.

6.2.3.1. Recomendaciones

6.2.4. Sistema de sonido, señales, teléfonos y data.6.2.5. Unidades organizativas tipo (edificio).6.2.6. Recomendaciones generales para el diseño

de instalaciones eléctricas interiores.6.2.7. Instalaciones exteriores del conjunto.6.2.8. Criterios generales para instalaciones exteriores.6.2.9. Alimentadores.6.2.10. Acometidas.6.2.11. Iluminación exterior.6.2.12. Recomendaciones generales para el diseño

de instalaciones eléctricas exteriores.

6.3. Instalaciones contra incendio6.3.1. Diseño del sistema de incendio para edificaciones educativas.6.3.2. Recomendaciones generales para el diseño del sistema de incendio.

6.3. Instalaciones sanitarias6.4.1. Información preliminar a recavar.

6.4.2. Sistemas de distribución y recolección más utilizados.6.4.2.1. Sistema de distribución de aguas blancas6.4.2.2. Sistema de recolección y disposición de aguas

negras6.4.2.3. Sistema de recolección de aguas de lluvia

6.4.3. Materiales.

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Page 9: Preliminar Normas FEDE

INDICE GENERAL

6.4.3.1. Materiales para aguas blancas6.4.3.2. Materiales para aguas negras6.4.3.3. Materiales para aguas de lluvias

6.4.4. Equipos y número de piezas sanitarias por niveles educativos y número de estudiantes.

• CAPITULO 7. DATOS ANTROPOMETRICOS,EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO

7.1. Datos antropométricos.

7.2. Relaciones antropométricas.

7.3. Accesibilidad de personas con deficiencia físicas ymotoras

7.4. Medidas del cuerpo humano.

7.5. Espacio, alcances y movimientos.7.5.1. Espacio entre paredes

7.5.2. Movimiento en silla de ruedas7.5.2.1. Alcance visual en silla de ruedas7.5.2.2. Alcance con los brazos en silla de ruedas7.5.2.3. Área de rotación sin deslizarse en la silla de

ruedas7.5.2.4. Area de rotación deslizándose en silla de

ruedas7.5.2.5. Alcances y movimientos7.5.2.6. Equipamiento sanitario especial

7.6. Mobiliarios y equipos.7.6.1. Mostradores de atención al público7.6.2. Mesones de laboratorio7.6.3. Estantería fija7.6.4. Armarios y depósitos

• CAPITULO 8. ERGONOMÍA EN AMBIENTES SIMULADOS

8.1. Docentes8.1.1. Aulas

8.1.1.1. Posibles usos8.1.1.1.2. Para proyección y exposición8.1.1.1.3. Para debate y grupos de trabajo8.1.1.1.4. Para informática y telemática8.1.1.1.5. Para video

8.2. Administrativos8.2.1. Sala de profesores y reuniones

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8.2.2. Oficina administrativa y apoyo8.2.3. Sala de espera

8.3. Servicios8.3.1. Depósitos8.3.2. Cubículo sanitario para discapacitados8.3.3. Vestuarios (cambio de ropa)8.3.4. Servicios generales. Cuarto de basura8.3.5. Cocina y despensa8.3.6. Dormitorios (Discapacitados)

8.4. Exteriores8.4.1. Patio de juegos y equipamiento8.4.2. Patio de formación8.4.3. Cancha deportiva (Fútbol de salón)8.4.4. Cancha deportiva (Baloncesto)8.4.5. Cancha deportiva (Voleibol)

• CAPITULO 9. MATERIALES ACABADOS Y OBRAS EXTERIORES

9.1. Clasificación de pisos9.1.1. Materiales compactos9.1.2. Materiales no compactos

9.2. Pisos y pavimentos para exteriores9.2.1. Interiores y exteriores

9.3. Paredes y techos9.3.1. Paredes externas9.3.2. Paredes internas9.3.3. Techos

9.4. Puertas y ventanas9.4.1. Puertas

9.4.1.1. Puertas con barras (Discapacitados)9.4.1.2. Señalización en puerta9.4.1.3. Puerta con visor

9.4.2. Ventanas9.4.2.1. Tipos

9.4.2.1.1. Aberturas simples 9.4.2.1.2. Pivotantes horizontales9.4.2.1.3. Recomendaciones

9.5. Vidrios

9.6. Revestimientos9.6.1. Revestimientos impermeables9.6.2. Revestimientos semi-impermeables

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Page 11: Preliminar Normas FEDE

9.7 Señalización, color y textura9.7.1. Recomendaciones9.7.2. Placas y elementos gráficos de señalización9.7.3. Escogencia correcta de los colores

9.7.3.1. Colores fríos9.7.3.2. Colores cálidos9.7.3.3. Colores neutros9.7.3.4. Colores dominantes

9.7.4. Color de los ambientes interiores9.7.4.1. Factor de reflexión según tipo de acabado9.7.4.2. Textura de los materiales9.7.4.3. Dosificación de los tonos

INDICE GENERAL

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Page 12: Preliminar Normas FEDE

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Page 13: Preliminar Normas FEDE

El presente documento, ha sido dividido siguiendo el proceso lógico que garan-

tiza la eficiencia del edificio escolar y el orden natural del diseño arquitectónico,

partiendo de la premisa de que el inicio de este proceso es la planificación, seguido

por la programación de áreas que lo conforman, el diseño del proyecto, culminado

con la construcción de la edificación escolar. Para cumplir con este proceso se ha

recopilado un conjunto de informaciones suministradas y avaladas por técnicos

especialistas en el área educativa y de las diferentes disciplinas (Arquitectura,

Estructura, Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Sanitarias), pertenecientes a la

Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas, FEDE, así como de las

diferentes direcciones educativas del Ministerio del Poder Popular Para la Educación,

en el área de planificación escolar.

Todas las partes o componentes fueron tratados y divididos en capítulos

separados para una mejor compresión, de los cuales, los capítulos 1, 2, 5, 6 y 9 son

de basamentos normativos y los capítulos 3, 4, 7 y 8 informativos y referenciales

todos ellos incluidos en un índice que expresa al lado del capitulo y de los compo-

nentes que lo conforma él numero de página donde comienza.

La principal ventaja de este documento estriba, en que en él se encuentran paso

a paso todos los componentes necesarios para, el diseño y construcción de un

edificio escolar o conjunto educativo, y sustituye las “Normas y Especificaciones

Para Edificaciones y Dotaciones Educativas” del año 1.985 pertenecientes al

Ministerio de Educación de la República Bolivariana de Venezuela.

PREFACIO

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Page 14: Preliminar Normas FEDE

Articulo 111º: Las personas que se ocupen por cuenta propia del parcelamiento de

terrenos o de la construcción de barrios o urbanizaciones de viviendas unifamiliares

o multifamiliares, que tengan la magnitud y destino señalado por el reglamento,

tendrán la obligación de construir, en la oportunidad y de acuerdo con las especifica-

ciones que establezca el “Ministerio del Poder Popular Para la Educación”, locales

suficientes y adecuados para que la Nación pueda prestar los servicios de educación

maternal, preescolar , básica y media diversificada y profesional.

Las viviendas multifamiliares construidas sin formar parte de conjuntos de edificios y

cuya magnitud, localización y destino determine el reglamento, deberán contar con

los locales apropiados para el funcionamiento de un plantel de educación preesco-

lar, los cuales formarán parte de los bienes comunes del inmueble y serán ofrecidos

al “Ministerio del Poder Popular Para la Educación” para dicho uso.

Los propietarios, fuera del horario escolar, podrán utilizarlos para actividades

compatibles con el fin señalado.

Las disposiciones de este artículo están referidas a las necesidades previsibles de los

habitantes del barrio, urbanización o edificio, según el caso.

Artículo 112º: Los planes de construcción, remodelación o acondicionamiento de

los locales destinados al funcionamiento de planteles educativo deberán llenar las

exigencias que establezca el “Ministerio del Poder Popular Para la Educación”.

Articulo 113º: Los municipios cuidaran de la observancia de las disposiciones

anteriores con estricta ejecución a las mismas. Los funcionarios correspondientes

remitirán al “Ministerio del Poder Popular Para la Educación” dentro de los 30 días

siguientes de la aprobación, copia de los planos y permisos de urbanización y

construcción, así como de las cedulas de habitabilidad que otorguen a las personas

sujetas a las obligaciones establecidas en los artículos anteriores, a fin de que el

despacho verifique y exija, según el caso, el cumplimiento de las mismas.

Nota: en referencia a las disposiciones legales, de los mencionados artículos (111º,

112º y 113º) de la Ley de Educación Vigente o de cualquier modificación de las

Normas actuales, esta deberá ser ajustadas a la Nueva Ley de Educación, al ser

debidamente aprobada.

1. Basamento legal*

* Ley Orgánica de Educación (Gaceta Oficial No 2.635 Extraordinario) de fecha 28 de julio de 1980.

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Page 15: Preliminar Normas FEDE

2. Objeto y ámbito de aplicación

La presente normativa establece las disposiciones básicas y complementarias nece-

sarias para el proceso de planificación, programación, proyecto y construcción de las

edificaciones escolares en Venezuela basadas y reglamentadas en los artículos

111º, 112º, y 113º de la Ley Orgánica de Educación Vigente garantizando así la

Educación Bolivariana.

En ella se propone recoger en un solo instrumento el conjunto de Normas y

Recomendaciones Técnicas, a ser cumplidas por las empresas y organismos de

carácter público o privado, que se ocupen de la elaboración y construcción de

proyectos de edificaciones educativas. Así como para personas naturales o jurídicas

sean de carácter público o privado que se encarguen de construir conjuntos de

viviendas, sean estas unifamiliares, multifamiliares que formen o no conjuntos, incor-

porando las normas Covenin a las construcciones de edificaciones y dotaciones

educativas.

En los artículos específicos de la referida ley se establecen dos tipologías de

viviendas según su respuesta urbana, que determinaran la obligatoriedad de las

construcciones para uso educativo.

1. Construcciones de viviendas tanto unifamiliares como multifamiliares que formen

conjuntos.

a. Parcelamiéntos urbanizaciones o barrios ubicados en áreas sujetas a

desarrollo.

b. Desarrollos de viviendas multifamiliares que conformen conjuntos en áreas

urbanas consolidadas.

Para ambos casos la obligación a construir se refiere a locales para los niveles

educativos (Maternal, preescolar, básica y media diversificada y profesional).

2. Construcción de viviendas multifamiliares que no forman parte de conjuntos ubi-

cadas en áreas desarrolladas, están sujetas a la obligación de construir un espacio

pedagógico para maternal y un aula de preescolar, siempre y cuando la población

no sea superior a 1.000 habitantes, referidos en la ley, como población demandante

y residente de un sector que genere servicios escolares en los niveles educativos.

En relación con lo anteriormente expuesto a continuación se resumen un conjunto

de disposiciones, de carácter obligatorio para cumplir con los artículos de la ley.

11

Page 16: Preliminar Normas FEDE

3. Obligaciones en relación con las construccionespara la educación en los niveles de maternal,preescolar básica y media diversificada y profesional.

• Las personas naturales o jurídicas de derecho público o derecho privado que

realicen parcelamiéntos unifamiliares o multifamiliares, deberán construir locales para

los niveles de maternal, preescolar, básica y media diversificada y profesional,

considerando la demanda potencial de la población en edad escolar, según las

estimaciones estadísticas que se establecen en las normas y recomendaciones, así

como los índices de cálculo de terreno y construcción.

• Los rangos de población a partir de los cuales se genera el servicio educativo, se

establecen por unidades operativas mínimas y en forma escalonada, a partir de 441

hasta 1.000 habitantes un aula*1 de maternal y uno de preescolar, para cada 1.583

habitantes de una escuela básica de 6 años y para 3.619 habitantes de un liceo.

• Los entes que se ocupen de construcciones de viviendas multifamiliares que no

formen parte de conjuntos de edificios, deberán proyectar y construir los espacios

educativos necesarios dentro de los bienes comunes del inmueble, garantizando la

accesibilidad directa desde el área exterior, siguiendo las especificaciones y

recomendaciones que dicten las normas.

• Cuando sean urbanizaciones concebidas para ser desarrolladas por etapas se

realizará el proyecto completo, y la construcción se hará en función de los grupos de

población correspondientes a cada etapa de construcción.

• Los entes que se ocupen de forma exclusiva del parcelamiento de terrenos o cons-

trucción de urbanizaciones para que promotores privados construyan edificaciones

unifamiliares o multifamiliares, deberán cumplir con la obligación establecidas en él

articulo 111º de La Ley de Educación, reservando las áreas de terreno para uso

educativo de acuerdo con la demanda prevista y con las condiciones mínimas de

uso y de servicios básicos, para la elaboración del proyecto de arquitectura e inge-

niería que las normas y recomendaciones establecen.

• Los constructores tendrán la posibilidad de construirlas directamente o de dar en

depósito la suma de dinero requerida para la construcción, así como, para el proyec-

to de arquitectura a nombre del organismo competente que el “Ministerio del Poder

Popular Para la Educación” designe para la realización de la construcción correspon-

diente con cargo a la cantidad consignada en la oportunidad que lo justifique el

* Espacio Pedagógico.

12

Page 17: Preliminar Normas FEDE

proceso de ocupación de las viviendas. Para el cálculo del costo de la o las edifica-

ciones escolares, exteriores y servicios requeridos y especificados en el proyecto, se

deberán utilizar los índices, programas de áreas y especificaciones por nivel educati-

vo establecidos en la presente norma, utilizando los índices de costo del mercado

nacional referidos por los entes gubernamentales vigentes en el territorio nacional.

• En los casos de rezonificación, renovación o remodelación en áreas urbanas, será

requisito prever la disponibilidad de áreas para el servicio educativo y su crecimiento

en función del aumento del número de habitantes que se propongan.

Covenin. 810-74. Medida de escape.

Covenin. 823-74. Guía instructiva sobre el sistema de detección, alarmas

y extinción de incendio.

Covenin. 1320-78 Artefactos sanitarios de losa vitrificada. Especificaciones.

Covenin. 200-81. Código eléctrico nacional.

Covenin. 389-80. Lámparas de filamentos de tungsteno para alumbrado

general.

Covenin. 551-71. Lámparas tubulares fluorescentes. Dimensiones y

características eléctricas.

Covenin. 734-76. Código nacional de seguridad en instalaciones de suministro

de energía eléctrica y comunicaciones.

Covenin. 1650-80. Mobiliario escolar. Pupitre integrado mesa y sillas.

Parte 1, características generales. Requisitos dimensiónales.

4. Referencia normativas.

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Page 18: Preliminar Normas FEDE

Covenin. 1753-81. Estructura de concreto para edificios. Análisis y diseños.

Covenin. 1756-82. Estructura de acero para edificaciones, proyecto, fabricación

y construcción.

Covenin. 2002-83. Acciones mínimas para el proyecto de edificaciones.

Covenin. 187-2003. Colores, símbolos y dimensiones de señales de seguridad.

Covenin. 3296-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Símbolo de

sordera e hipoacusia o dificultad de comunicación.

Covenin. 3297-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Símbolo de

ceguera y ambliopía.

Covenin. 3298-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios,

espacios urbanos y rurales. Señalización.

Covenin. 3330-1997 (ISO 7239). Elaboración y principios para la aplicación de

los pictogramas destinados a la información al público.

Covenin. 3655-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios,

pasillos y galerías. Características generales.

Covenin. 3656-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios y

rampas fijas.

Covenin. 3657-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios y

escaleras.

Covenin. 3658-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios,

equipamientos, bordillos, pasamanos y agarraderas.

UNIT 1020-2001. Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios, servicios

sanitarios y accesibles.

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Page 19: Preliminar Normas FEDE

5. Glosarios de términos.

• Accesibilidad: es la condición de las edificaciones y su entorno que garantiza y/o

facilita a las personas el recorrido, su utilización y el ingreso de las mismas en forma

segura, autónoma y cómoda.

• Aula: espacio dentro del conjunto educativo donde se imparte la enseñanza

teórica.

• Ámbito: área geográfica delimitada por: la división político-administrativa (país, enti-

dad federal, municipio y parroquia), elementos naturales (ríos, quebradas, canales,

cerros, etc.), ó elementos creados (vías de circulación para tráfico de paso, grandes

parques, equipamientos urbanos, etc.).

• Amenaza: eventos naturales, tecnológicos y sociales que de ocurrir representan

un riesgo para el conjunto educativo y por ende para los usuarios del mismo (estu-

diantes, representantes, personal docente, administrativo y de servicio).

• Amenaza tecnológica: son las situaciones de riesgo para el conjunto educativo,

que pueden representar eventos donde interactúan grupos sociales.

• Amenaza natural: son las situaciones de riesgo para el conjunto educativo, que

pueden representar eventos de la naturaleza (fenómeno natural).

• Año escolar: es el tiempo de duración de las actividades docentes del plantel, las

cuales estarán comprendidas, entre el primer día hábil de la segunda quincena del

mes de septiembre y el último día hábil del mes de julio del año siguiente.

• Barrera física: todos aquellos obstáculos, que limitan o impidan el desen-

volvimiento y uso de los bienes y servicios.

• Barrera arquitectónica: son los obstáculos presentes en las edificaciones que

dificulten, limiten e impidan el desenvolvimiento y uso seguro, autónomo, normal y

cómodo de las personas en ellos.

• Centro para el aprendizaje: espacio dentro del conjunto educativo donde se

imparte la enseñanza que sirve para la investigación y la lectura.

• Conjunto educativo (edificio educativo): unidad constituida por un edificio o

conjunto de edificios ubicados, en un mismo terreno en los que funciona uno ó

varios planteles ó parte de ellos.

15

Page 20: Preliminar Normas FEDE

• Creación: es el nuevo conjunto educativo que se construye cuando la localidad no

cuenta con una instalación que atienda la demanda de cupos escolares.

• Cancha múltiple: área deportiva con posibilidades de varios usos.

• Crujía simple o abierta: se entiende por crujía simple cuando el pasillo conector

de los espacios es abierto y da acceso a un solo lado de los ambientes.

• Crujía doble: se entiende por crujía doble cuando, el pasillo conector de los espa-

cios está conformado por muros laterales y da acceso a los ambientes en ambos

lados.

• Capacidad operativa óptima del plantel: es la matrícula dividida en un número

determinado de secciones, calculadas sobre la base de 19, 30, 38 y 35 estudiantes

para cada sección de: maternal, preescolar, básica y media diversificada y

profesional, según el nivel educativo del plantel, de manera tal, que se garantice la

prosecución escolar.

• Centro poblado: lugar ó sitio delimitado del territorio venezolano identificado con

un nombre particular, que este integrado por tres ó más viviendas, cuya separación

máxima sea quinientos metros. Se consideran centros poblados a las ciudades,

aldeas, caseríos, vecindarios, barrios, urbanizaciones, haciendas, fundos, estancias,

campamentos mineros, hatos, centrales azucareros, colonias y cooperativas agríco-

las.

• Capacidad del conjunto educativo: es la cantidad de estudiantes que pueden

albergar un conjunto educativo para un momento específico, en función de la super-

ficie de sus aulas y el índice de área por estudiante, según el nivel educativo que se

le imparte.

• Componentes: grupos de elementos con características y funciones comple-

mentarias.

• Elementos: es cada una de las partes del conjunto educativo.

• Edificio educativo: construcción cubierta que alberga alguna actividad relaciona-

da con la función educativa del plantel.

• Frecuencia de uso: es el número de horas por semana que se utiliza efectiva-

mente un espacio docente, según la carga horaria por asignatura. Esta información

permite aumentar o disminuir la intensidad de la frecuencia de uso de los espacios,

ya que a mayor intensidad de uso se requerirá una menor cantidad de espacios

docentes.

16

Page 21: Preliminar Normas FEDE

• Grado de estudio: es cada una de las divisiones del nivel de básica en función de

los programas de estudio y manuales del docente, las cuales son las siguientes:

1) 1ra etapa: 1ro, 2do, y 3er grado.

2) 2da etapa: 4to, 5to y 6to grado.

• Laboratorio: espacio docente destinado para las prácticas específicas de biología,

química, física y ciencias de la tierra.

• Matricula: población atendida por el sistema educativo, constituida por la cantidad

de estudiantes que están inscritos en él (y/o) los planteles, de un ámbito considera-

do para un momento específico. Es la capacidad de atención de niños en edad

escolarizable de acuerdo con el nivel para el cual ha sido programado, diseñado y

construido el conjunto educativo.

• Nivel maternal: el objeto de este nivel es favorecer una educación de calidad,

oportuna y con pertenencia sociocultural, que propicie en los niños entre la

gestación y los 3 años aprendizaje relevante y significativo en función del desa-

rrollo integral, el bienestar y la protección del niño y la niña que sé norma en la políti-

ca del estado venezolano y en el marco de los derechos del niño.

• Nivel preescolar: se orienta a niños (as) desde los tres años y un mes hasta

cumplir los seis años o hasta su ingreso al primer grado de la educación básica.

Ofrece atención en instituciones educativas, en las escuelas y en la comunidad, en

el área de pedagogía ejecutada por distintos sectores educativos o personas signi-

ficativas, que promueven experiencias de aprendizaje que faciliten el desarrollo pleno

de sus potencialidades, para que puedan encarar con éxito la escolarización de la

educación básica. El aspecto de atención integral se refiere al cuidado, educación,

protección de sus derechos, higiene, recreación y salud infantil, bajo la correspon-

sabilidad de la familia, el estado y la sociedad.

• Nivel educación básica: tiene como finalidad contribuir a la formación integral del

educando mediante el desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica,

humanista y artística. Cumplir funciones de exploración, de orientación educativa y

vocacional para iniciarlos en el aprendizaje de disciplinas y técnicas que le permitan

el ejercicio de una función socialmente útil; estimulando así el deseo de saber y

desarrollar la capacidad de ser de cada individuo de acuerdo de sus aptitudes.

Tendrá una duración no menor de seis (6) años organizados en dos (2) etapas de la

siguiente forma : A la 1ra etapa le corresponde el primero, segundo y tercer

grado para los niños de 7, 8 y 9 años de edad respectivamente. A la 2da etapa le

corresponde el cuarto, quinto y sexto grado, para los niños de 10, 11 y 12 años

de edad respectivamente.

17

Page 22: Preliminar Normas FEDE

• Nivel educación media diversificada y profesional: tiene como objetivo con-

tinuar el proceso formativo del estudiante iniciando en los niveles precedentes, ampli-

ar el desarrollo integral del educando y su formación cultural. Ofrecerle oportu-

nidades para que definan su campo de estudio y de trabajo, brindarles una

capacitación científica y técnica que le permita incorporarse al trabajo productivo y

orientarlo para la prosecución de estudios en el nivel de educación superior. Tendrá

una duración no menor de 5 años organizados de la forma siguiente: primero,

segundo y tercer año, para jóvenes de 12 a 15 años de edad respectivamente y

dos años del nivel diversificado.

• Nivel educación especial: tiene como objeto atender en forma diferenciada, por

métodos y recursos especializados, a aquellas personas cuyas características físicas,

intelectuales o emocionales comprobadas sean de tal naturaleza y grado, que les

impida adaptarse y progresar a través de los programas diseñados por los diferentes

niveles del sistema educativo. Igualmente deberá prestar atención especializada a

aquellas personas que posean aptitudes superiores y sean capaces de destacarse

en una o más áreas de desenvolvimiento humano.

• Nivel educativo: se refiere a la estructura del sistema educativo formal, la cual es

la siguiente: maternal, preescolar, básica, media diversificada y profesional.

• Nuevo desarrollo habitacional: se entenderá como proyecto urbanístico a ser

ejecutado para uso residencial, la estimación de la población en edad escolar depen-

derá del número de dormitorios que conforman el nuevo desarrollo y la estructura de

la población para el municipio en el cual se localizará.

• Personas con discapacidad físico-motora: son aquellos que tienen alteración

en las funciones neuro-músculo esqueléticas y en las estructuras del sistema

nervioso, relacionadas con el movimiento, que lo limitan principalmente en su movili-

dad y desplazamiento.

• Personas ambulantes: es aquel grupo de personas que ejecutan determinado

número de movimientos con dificultad, con la ayuda o no de aparatos ortopédicos,

bastones, muletas entre otros.

• Personas no ambulantes: son personas que precisan de una silla de ruedas

para llevar a cabo sus actividades, bien sea de forma autónoma o con ayuda de ter-

ceras personas.

• Personas ciegas: son aquellas personas que no tienen percepción luminosa por

ningún ojo y que se comunican de manera escrita a través del sistema braille o inter-

actúan con la tecnología, mediante programas de síntesis de voz.

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Page 23: Preliminar Normas FEDE

• Personas con baja visión: son aquellas que tiene deterioro de la función visual,

aun después de un tratamiento o corrección óptica, con una agudeza visual de

menos 20/50, hasta percepción luminosa, y que su funcionalidad visual le permite

desplazarse, en algunos casos, sin bastón y realizar algunas tareas de lacto-escritu-

ra.

• Personas sordas: son aquellas que presentan una pérdida auditiva que les

impiden adquirir el lenguaje oral en forma adecuada y que se comunican con señas.

• Plantel ó escuela: es una institución estructurada como unidad destinada a

impartir un nivel determinado de enseñaza o parte de ella.

• Planta física educativa: edificación ó conjunto de edificaciones que albergan

todas las actividades docentes, administrativas y de servicios requeridos para el

funcionamiento de uno ó varios niveles educativos.

• Prosecución escolar: es la relación del número de estudiantes inscritos en

cualquier grado ó año de estudio, con el número de los que aparecen inscritos en los

grados ó años de estudios siguientes y en años escolares sucesivos.

• Programación: es el proceso que se realiza en la creación ó situación de conjun-

to educativos para determinar el tipo, cantidad y dimensiones de los espacios

requeridos en el mismo, a fin de cumplir con las actividades previstas en los planes

de estudio vigentes.

• Población: es la cantidad de personas que residen en un territorio determinado,

para un momento específico.

• Población en edad escolar (demanda educativa): es la cantidad de personas

de la población que demanda el servicio educativo cuyas edades están comprendi-

das entre los cero (0) y dieciocho (18) años de edad, ambos inclusive. El reglamen-

to de la Ley Orgánica de Educación establece los siguientes grupos de edades

por nivel educativo:

1) 0 a 3 años de edad para el nivel de maternal.

2) 3 años y un mes, 4.5 años y 6 años de edad para el nivel de preescolar.

3) 7, 8 y 9 años de edad para 1era. etapa del nivel de Básica.

4) 10, 11 y 12 años de edad para 2da. etapa del nivel de Básica.

5) 13, 14 y 15 años de edad para 1°, 2° y 3° año.

6) 16, 17 y 18 años de edad para el nivel diversificada y profesional.

• Parcelas: se define como el conjunto de tierra zonificada como uso residencial,

con diferentes propietarios. Tienen las características de estar provista de servicios

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Page 24: Preliminar Normas FEDE

en grados satisfactorios, no pueden ser fraccionadas o reparceladas y además se

permite construir de acuerdo a las reglamentaciones vigentes1. La estimación de la

población en edad escolar vendrá dada por la densidad población permitida, según

la ordenanza vigente para el momento de la aprobación del proyecto de parce-

lamiento por parte de la Alcaldía correspondiente, así como también de la estructura

de la población por edades en el municipio que corresponde.

• Patio cívico: área recreativa y de formación para honores a la Bandera y El

Himno Nacional.

• Régimen de turno: es una opción administrativa, potestativa del estado vene-

zolano en función del déficit de edificaciones escolares en una zona determinada. Se

dice que una edificación escolar trabaja en dos turnos cuando los estudiantes que

asisten por la mañana son distintos a los que asisten por la tarde, así como el perso-

nal docente.

• Reprogramación: es el proceso de programación realizado en un conjunto

educativo existente, a fin de definir las necesidades espaciales que implicará el

aumento de la matrícula en el mismo.

• Sistemas educativos: es un conjunto orgánico integrador de la política y servicios

que garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extraescolar y

continuidad de la vida de la persona mediante un proceso de educación perma-

nente, comprende niveles y modalidades. Son niveles educativos, la educación

maternal, preescolar, la educación básica, la educación media diversificada y profe-

sional y la educación superior. Son modalidades del sistema educativo: la educación

especial, la educación para las artes, la educación militar, la educación para la

formación de ministro de cultos y la educación extraescolar.

• Sustitución: es el nuevo conjunto educativo que se realiza cuando el que existe

presenta un deterioro físico tan alto que económicamente resulta más rentable

construir uno nuevo que rehabilitarlo.

• Sector servicio: esta conformado por los espacios auxiliares que sirven de apoyo

a los otros sectores del plantel: sanitarios, cafetín, depósitos, vestuarios, cuarto de

electricidad, de equipo hidroneumático, de basura y depósitos.

• Sector áreas de circulación: esta conformado por las áreas de circulación hori-

zontales y verticales del plantel: pasillo, rampas y escaleras. Estas áreas se estiman

de manera global en un 30% de construcción para la educación regular y 35% para

especial.

1 Si el terreno no cumple con estas características, estamos ante la presencia de “Lote” que es el suelo bruto,es decir, sin vialidad ni servicios.

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Page 25: Preliminar Normas FEDE

• Sector áreas exteriores: esta conformado por las áreas no edificadas desti-

nadas a la recreación activa y pasiva, además de otras actividades complementarias:

patio cívico, áreas verdes, caminarías, estacionamiento y plazas.

• Sección: es la organización por grupos de la matricula escolar. Según la normati-

va vigente la cantidad máxima de estudiantes por sección deberá ser la siguiente: 3

y 4 años, 25 alumnos, 5 y 6 años, 30 alumnos para los niveles de preescolar, 38

estudiantes para el nivel de básica y media diversificada y 35 para profesional.

• Sectores educativos: son los grupos de espacios que conforman el conjunto

educativo, en los cuales se realizan actividades con objetivos semejantes, estos son:

el sector docente, el sector administrativo, el sector servicio y el sector de áreas

exteriores.

• Sector docente: está conformado por las áreas donde se desarrolla el proceso

enseñanza aprendizaje, bien sea teórico ó práctico: aulas, laboratorios, talleres,

biblioteca, gimnasio y cancha deportiva que es un espacio exterior se incluye en este

sector por la carga horaria correspondiente a la asignatura de educación física.

• Sector administrativo: esta conformado por las áreas donde se desarrollan las

actividades de dirección y control del plantel:

1. Dirección.

2. Subdirección.

3. Secretaria.

4. Archivo.

5. Control de estudio.

6. Sala de profesores (C. Curricular).

7. Comunidad educativa.

8. Centro de estudiante.

9. Departamentos.

• Taller: espacio docente destinado a la formación para el trabajo (agropecuaria,

comercio, deportiva, estética, hogar e industria) entre otros.

• Terreno: área delimitada donde está ó estará ubicado él(los) edificio(s)

educativo(s).

• Transitabilidad: característica de las vías de circulación de las edificaciones y en

los espacios urbanos, que permiten el libre tránsito de las personas con seguridad y

comodidad.

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Page 26: Preliminar Normas FEDE

• Usos de los suelos: se refiere a las distintas actividades que se realizan en

terrenos y edificaciones de los centros poblados, para un momento específico.

• Vulnerabilidad: características de diseño del conjunto educativo que disminuyen

su capacidad de resistir en un evento natural.

6. Mantenimiento.

Remitirse a los manuales de mantenimiento de la Fundación de

Edificaciones y Dotaciones Educativas (FEDE).

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Page 27: Preliminar Normas FEDE

1CAPITULO