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INTRODUCCIÓN La práctica Social Comunitaria es elaborada para ayudar a la población de determinado lugar o institución, en la primera fase se elabora un Diagnostico o investigación de campo y se determinan sus Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas; se analizan sus debilidades y se proponen diferentes posibles soluciones o propuestas y es la entidad la que decide cual es la más idónea para su área, posteriormente el estudiante universitario ejecuta la propuesta dirigiéndose al área donde fue encontrada la debilidad dentro de la entidad, dándoles capacitación y apoyo para convertir la debilidad en oportunidad. En esta ocasión fue dirigida al Escuela Oficial Rural Mixta “Licenciado Armando Alfonso Sobalvarro Conde”, la cual está ubicada en la Aldea Boca del Monte, municipio de Villa Canales, dicha institución es pública, por lo que funciona con fondos del estado, se encarga de la educación del área en la rama del nivel primario mixto, involucra activamente a los padres y madres de familia de alumnos legalmente inscritos. Actualmente imparten clases a un aproximado de 580 alumnos y alumnas, de nivel pre-preprimaria y primaria, como lo son: sección única de Párvulos, Sección “A” y “B” de Preparatoria; secciones “A”, “B” y “C” de Primer grado, secciones “A” y “B” de Segundo grado, secciones “A” y “B” de Tercer grado, secciones “A” y “B” de Cuarto grado, secciones “A” y “B” de Quinto grado y secciones “A” 1

Practica comunitaria 1

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Page 1: Practica comunitaria 1

INTRODUCCIÓN

La práctica Social Comunitaria es elaborada para ayudar a la población de determinado lugar o institución, en la primera fase se elabora un Diagnostico o investigación de campo y se determinan sus Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas; se analizan sus debilidades y se proponen diferentes posibles soluciones o propuestas y es la entidad la que decide cual es la más idónea para su área, posteriormente el estudiante universitario ejecuta la propuesta dirigiéndose al área donde fue encontrada la debilidad dentro de la entidad, dándoles capacitación y apoyo para convertir la debilidad en oportunidad.

En esta ocasión fue dirigida al Escuela Oficial Rural Mixta “Licenciado Armando Alfonso Sobalvarro Conde”, la cual está ubicada en la Aldea Boca del Monte, municipio de Villa Canales, dicha institución es pública, por lo que funciona con fondos del estado, se encarga de la educación del área en la rama del nivel primario mixto, involucra activamente a los padres y madres de familia de alumnos legalmente inscritos.

Actualmente imparten clases a un aproximado de 580 alumnos y alumnas, de nivel pre-preprimaria y primaria, como lo son: sección única de Párvulos, Sección “A” y “B” de Preparatoria; secciones “A”, “B” y “C” de Primer grado, secciones “A” y “B” de Segundo grado, secciones “A” y “B” de Tercer grado, secciones “A” y “B” de Cuarto grado, secciones “A” y “B” de Quinto grado y secciones “A” y “B” de Sexto grado, todos de nivel Primara, sumando un total de 16, incluyendo a la Directora de dicho Establecimiento.

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Capítulo I Diagnóstico

1. DIAGNOSTICO INSTITUCIONAL.

1.1. Datos Generales de la Institución

1.1.1. Nombre o razón social de la institución

Escuela Oficial Rural Mixta “Licenciado Armando Alfonso Sobalvarro Conde”

1.1.2. Ubicación geográfica

6ª. Calle 0-20, Boca del Monte, zona 3, Villa Canales, Guatemala.

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1.1.3. Visión

“Ser un centro educativo, el cual puede crear jóvenes emprendedores Y preparados a

nivel intelectual, con la finalidad de dirigirlos en la cona finalidad de dirigirlos en la

superación personal y poder aportar susconocimientos a la sociedad o en el ámbito en

el que mejor se desarrollen, así como orientarlos para nuevas metas en la vida.

Aplicando metodologías innovadoras, dando como resultado jóvenes críticos,

competentes y hábiles para desempeñarse eficientemente y responder a las

necesidades que la sociedad guatemalteca les ofrezca en el transcurso de la vida”.

1.1.4. Misión

.”Ser un centro de enseñanza-aprendizaje, líder en la formación integral de niños y

niñas y adolescentes, utilizando como base ,a responsabilidad, respeto, ética, valores

morales, aplicando metodologías innovadora, teniendo como mentores a personas

profesionales y capaces para la mejor enseñanza de los alumnos de nuestra institución

estudiantil”.

1.1.5. Objetivo Institucional General

Formar alumnos libres y críticos pensantes con capacidad de analizar frente a los cambios y retos que le presente la sociedad.

Fomentar el amor, la formación moral, oportuna e integral para descubrir la belleza del valor humano

Aplicar las leyes y reglamentos para que se cumplan según lo requiera las autoridades.

Brindar al educando un ambiente agradable propio para entablar relaciones interpersonales armónicas que contribuyan a su realización personal y comunitaria.

1.1.5.1 Específicos

Despertar en el educando el interés por conocer el espacio social y natural por medio de visitas y entrevistas.

Preparar al estudiante en la formación de valores, responsabilidades y creatividad

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en el campo laboral. Motivar al alumno a que participe en toda actividad moral, cultural, cívica y

espiritual. Instruir a los alumnos para que cooperen con iniciativa propia para mejorar el

rendimiento escolar.

1.1.6. Metas

Fomentaremos, en la comunidad educativa, la educación en valores y el compromiso con el medio ambiente, la interculturalidad y la paz.

Potenciaremos las relaciones entre iguales, con respeto y solidaridad hacia los compañeros, trabajando en la superación de los conflictos.

Promoveremos la participación y colaboración  de los padres y madres en la educación de sus hijos y en la vida del centro.

Pretendemos, como equipo docente, fomentar una planificación, organización y sistematización  de actividades claras y realistas.

1.1.7. Políticas

Formar en el alumno valores morales, culturales y cívicos, creando en ellos una consciencia humanista para cultivar la paz por medio de los derechos individuales

1.1.8. Estructura Organizacional

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MINISTERIO DE EDUCACION

SUPERVISION EDUCATIVA 01-16-01

DIRECCIÓN

ALUMNOS

DOCENTES

DIRECCION DEPARTAMENTAL GUATEMALA ORIENTE

PADRES DE FAMILIA

Page 5: Practica comunitaria 1

PERSONAL:

Administrativo:

Nombre Cargo

Delmy Gabriela Ayala Tello Directora Técnica Administrativa

Docente:

Nombre Cargo

Olga Maritza Avila de Olaverri Maestra de primero primaria

Miriam Gladis Leonor Meza Juárez Maestra de primero primaria

Patricia Carlota Hernández Maestra de segundo primaria

Karla Gabriela Hernández Maestra de segundo primaria

María Alejandra Ambrosio Maestra de tercero primaria

Jonhy Alexander García Vega Maestro de tercero primaria

Eduardo Arturo Salazar Ruíz Maestro de cuarto primaria

Liliana Marina Santos Vásquez Maestra de cuarto primaria

Velveth Johana Ramírez Maestra de quinto primaria

Dora Isaura Pineda Vargas Maestra de quinto primaria

Rita Fabiola Vásquez Palencia Maestra de sexto primaria

Miriam Carlota Marroquín Corado Maestra de sexto primaria

Lidia Argentina Salay Aquino Maestra de aula recurso

Carmen Dominga Ochoa Maestra de educación física

Fausto Omar Tucubal Martín Maestro de inglés

Técnico:

Nombre Cargo

Flor de María Muñoz Gómez Encargada de limpieza

Blanca Menéndez Villanueva Cocinera

Julia Margarita Pec Guardiana

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1.1.8. 2 Organigrama

1. 2.CONTEXTO INSTITUCIONAL1.2.1. Aspecto histórico.Razón de la fundación de la escuela oficial rural mixta Licenciado Armando Sobalvarro Conde Fecha de fundación 1984Debido a la super población en la comunidad la escuela Gaudencio MartínezEra la única en su momento no era capaz de atender a toda la población Estudiantil y cuatro maestros tuveron la iniciativa de iniciar dando clases al Aire libre y después el licenciado Armando Sobalvarro Conde construyo Dos aulas para dar clases por eso lleva la escuela su nombre.El profesor Erwin Morales sembró una ceiba que está actualmente allí hoy cuenta con 16 aulas y su dirección cocina y baños atiende a 660 alumnos de pre-primaria y primaria

1.2.2. Aspecto geográfico.

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MINISTERIO DE EDUCACION

SUPERVISION EDUCATIVA 01-01-34

DIRECCIÓN

ALUMNOS

DOCENTES

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1.2.3. Aspecto social.

Según el cuestionario realizado, existen muchas familias en las que el padre a

migrado a Estados Unidos, y también se observa gran cantidad de familias

desintegradas donde solo la madre queda a cargo de los hijos, por lo que durante el

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día los niños quedan al cuidado de los abuelos o de niñeras, vecinos e incluso varios

se quedan solos toda la tarde hasta que llega la mamá por la noche

1.2.4. Aspecto Económico

La Institución se sostiene con fondos del Ministerio de Educación de Guatemal los maestros cuentan con contratos 021,, 031 y presupuestados 011 del gobierno, reciben anualmente un fondo de gratuidad que consisten en Q100.00 por alumno legalmente inscrito, el cual sirve para la compra de material didáctico y reparaciones mínimas del plantel. Estos fondos son administrados por la dirección de la institución.

El plantel cuenta con canchas de básquetbol y futbol para la recreación de los alumnos. Y por las mañanas estas mismas instalaciones son utilizadas como escuela de nivel primario.

1.2.5. Aspecto político

FORTALEZAS OPORTUNIDADES DEBILIDADES AMENAZAS

Cuenta con docentes especializados para el dominio de las materias.

Cuenta con instalaciones amplias con cancha polideportiva.

Es el único establecimiento de nivel primario en un radio de 5 kilómetros.

Instalaciones amplias para albergar a más alumnos de los existentes.

Vecinos de otras comunidades tiene la oportunidad de que sus hijos estudien en la institución.

El establecimiento es accesible para todos los alumnos de las diferentes áreas.

No cuenta con instalaciones completamente seguras.

La directora también funge como docente del establecimiento.

No hay un presupuesto designado para remozamiento en las instalaciones.

Por la modalidad de educación, no se cuenta con suficientes docentes para cubrir las necesidades de todos los alumnos.

Por no contar con suficientes docentes muchos alumnos emigran a otras instituciones lejanas de la colonia.

1.3. Contexto Comunitario

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1.3.1. Origen del nombre

Según pobladores de la Aldea, su nombre se debe a que cuando la Ciudad Capital se comenzó a sobre poblar, uno de los puntos más inmediatos para irse a vivir era ésta aldea y dado que aquí iniciaba la Montaña la cual estaba llena de monte y de animales como Micos, Loros, Ardillas, etc. le dieron el nombre de Boca del Monte. También se dice que se encontraron vestigios de la civilización Pocomán, los cuales se comprobaron por los muros encontrados en los terrenos que hoy ocupa una fábrica de cigarrillos , y también unos túneles en el barranco contiguo al cementerio de la Aldea, lo cual fue verificado por el Instituto Indigenista

1.3.2. Aspecto histórico

Boca del Monte es una aldea guatemalteca situada a pocos minutos de Ciudad de Guatemala. Esta aldea es una de las más grandes del Departamento de Guatemala y del Municipio de Villa Canales. Se formó cuando el General Justo Rufino Barrios, en agradecimiento, regaló a los soldados que pelearon con él para lograr la Unión Centroamericana, dándole a cada soldado cuatro manzanas esto sucedió más o menos en los años 1,875 al 1,880. Según pobladores de la Aldea, su nombre se debe a que cuando la Ciudad Capital se comenzó a sobre poblar, uno de los puntos más inmediatos para irse a vivir era ésta aldea y dado que aquí iniciaba la Montaña la cual estaba llena de monte y de animales como Micos, Loros, Ardillas, etc. le dieron el nombre de Boca del Monte. También se dice que se encontraron vestigios de la civilización Pocomán, los cuales se comprobaron por los muros encontrados en los terrenos que hoy ocupa una fábrica de cigarrillos , y también unos túneles en el barranco contiguo al cementerio de la Aldea, lo cual fue verificado por el Instituto Indigenista

1.3.3. Aspecto Geográfico

Boca Del Monte es una aldea ubicada justa al lado de la zona 13 de la ciudad de Guatemala, es decir es colindante con esa parte de la ciudad. Se tiene acceso a ella a

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tráves de la Avenida Hincapié. En esta aldea se úbica en el kilometro 12 aproximadamente, es la vía de acceso hacia las poblaciones de Villa Canales, Colonia Villa Hermosa. Por ser una área de paso, tiene mucho comercio sobre la calle principal, concentrándose en ella, varios bancos del sistema, farmacia de renombre, restaurantes de comida rápida, supermercados con horario amplio, tiendas de barrios, clínicas de varias especialidades, pastelerías, tortillerías, entre otros también.

.

1.3.3. 1.Recursos Naturales

Existe dentro la comunidad un basurero clandestino que se encuentra ubicado

a unos 50 metros de la EORM “Lic. Armando Alfonso Sovalbarro Conde”.

1.3.4. Aspectos Social

En la aldea BOCA DEL MONTE cuenta con un Centro de Salud con amplias clínicas y ventilación, administrado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social prestando los servicios de profilaxis sexual, vacunación, consulta general, odontología, laboratorio, planificación familiar y saneamiento del medio También cuenta con una iglesia católica, como varias protestantes, una estación de bomberos voluntarios, una estación de policía, una alcaldía auxiliar. Varios colegios, la tabacalera Centroamericana, existen dos cementerios, algunas barberías y salones de belleza.

1.3.5. Aspecto Económico

La situación económica de la aldea es de tipo popular, y cuenta con todos losservicios básicos como los son: electricidad, agua, teléfono y cable para señal de canales internacionales. Un porcentaje muy bajo cuenta con motocicleta propia y otro más bajo con automóvil para transportarse a sus labores y otros usos. En su mayoría se transportan en el servicio público de buses del lugar.

1.3.6. Aspecto Político

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En lo político se afilian a los partidos que les ofrecen ayudas y mejoras para la aldea, les apoyan en la afiliación de otros vecinos previo convencerles de los beneficios que obtendrán la aldea al llegar estos partidos al poder.Todos se acoplan a las disposiciones de los entes políticos de turno en el poder.Todos los vecinos arraigados a las costumbres y culturas ladinas.

. Los vecinos están organizados por medio de una asociación, la cual es respaldada Por las familias del lugar.

1.3.7. Aspecto Cultural

La aldea está constituida por familias de diferentes religiones y grupos sociales, sus tradiciones son mas apegadas a lo católico, sus celebraciones son las acostumbradas por las familias católicas durante el año.

Sus comidas son las típicas de las temporadas por ejemplo para semana santa el pescado, las torrejas y tamales blancos. Para Noviembre, el delicioso fiambre. Para la navidad, los tamales, pierna horneada, el ponche, las uvas, las manzanas, etc.

Entre sus costumbres en semana santa asistir a las procesiones de las diferentes iglesias, visitar a sus familiares en el interior de la república, asistir a las playas

Y balneario reconocidos para verano antes y otros asisten a cultos evangélicos, retiros espirituales, etc.

.

. 1.4. Metodología aplicada

1.4.1. Observación Guiada

Se Utilizó el método Investigación – acción, ya que, este permite analizar acciones humanas y efectúa un excelente diagnóstico.Técnicas utilizadas: Guía de Análisis contextual e institucional, FODA, observación,

entrevista y análisis documental, todo esto realizado con instrumentos como fichas de

observación, cuestionarios.

1.4..2. ENTREVISTA:

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Page 12: Practica comunitaria 1

Se puedo conversar con los docentes y alumnos de la, escuela así como con algunos,

padres de familia teniendo información precisa para poder elaborar un excelente

diagnóstico y así poder analizar los derechos de los niños.

1.4.3. ANÁLISIS FODA:

Con este análisis se logro determinar las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y

Amenazas que hay dentro de la escuela, todo esto se da a conocer mediante

conversaciones que se tiene con los alumnos y docentes del establecimiento.

1.4.1.4 .Análisis y consulta documental

No fue posible encontrar documentación de la institución para la consulta.El recurso humano para la información fue proporcionado por la Directora, Docentes y Alumnos de la escuela y parte de la población.

Cuenta con los servicios básicos comunes, sus calles aun son de tierra con zanjas donadas por la lluvia y casas a media construcción, lotes disponibles en los tres sectores.

1.5 Planteamiento del Problemas.

Falta de conocimientos de los derechos humanos; asi como la prevención del uso de drogas de los niños y niñas de 5to primaria de la ESCUELA OFICIAL RURAL MIXTA “LIC ARMANDO SOBALVARRO CONDE. DEL AÑO 2014

1.5.1 Análisis de problemas y solución

1.5.1 ANÁLISIS DEL PROBLEMA:

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Page 13: Practica comunitaria 1

Principales problemas Factores que originan el

problema

Solución

1. Poca información

sobre los derechos del

niño

No existe plática sobre

los derechos del niño

Capacitaciones sobre los

derechos humanos y en

especial de los niños y

dar a conocer las

reacciones si alguno de

estos derechos son

violados.

1. Falta de principios

y valores

inculcados por

padres de familia.

Desesperación, Falta de

conocimiento de los

derechos del niño,

desintegración familiar,

alcoholismo, drogadicción

Creación de charlas para

convivencia familiar.

Concientizar a los padres

para la enseñanza y

aplicación de valores

morales.

3. Equipo en mal estado Escaso presupuesto Realizar donaciones

1.5.2 ANÁLISIS DE VIABILIDAD:

1. Pláticas para las familias sobre los derechos de niño y los resultados si son violados.

2. Dar a conocer las consecuencias al violar los derechos de las demás personas con

Trifoliares.

PRIORIZACIÓN DE OPCIONES No. 1   No. 2  

  SI NO SI NO

¿Se cuenta con recursos humanos para

elaborarlo? X   X  

¿La comunidad se verá satisfecha ante

estos objetivos? X   X  

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Page 14: Practica comunitaria 1

¿Se tendrá el apoyo comunitario? X     X

¿Tiene experiencia para financiar el

proyecto?   X X  

¿Beneficiará el proyecto a los estudiantes

del establecimiento? X   X  

¿Está establecido dentro del

establecimiento?   X   X

¿Se cuenta con suficiente recurso

económico para realizarlo?   X   X

¿Los beneficiarios están de acuerdo? X   X  

¿Existe facilidad para poder realizar el

proyecto? X    X

.5.3 ANÁLISIS DE FACTIBILIDAD:

Información Nula sobre los Derechos del Adulto Mayor

1. Pláticas para las familias sobre los derechos del niñoy los resultados si son violados.

2. Dar a conocer las consecuencias al violar los derechos de las demás personas con

Trifoliares.

INDICADORES DE ANÁLISIS No. 1 No. 2

FINANCIERO SI NO SI NO

¿Existe suficiente recurso económico?  X   X

¿Hay fondos extras?  X X 

¿Se puede solicitar ayuda externa? X   X  

TÉCNICO        

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Page 15: Practica comunitaria 1

¿Se cuenta insumos necesarios para la realización del

proyecto?  X   X

POBLACIÓN        

¿El proyecto es aceptado por los habitantes de la aldea boca

del monte? X   X  

¿Beneficiaría en algo a la comunidad este proyecto? X   X  

¿Existen proyectos de ayuda comunitaria? X   X  

¿Se tiene autorización para realizar este proyecto? X   X  

CULTURAL Y SOCIAL        

¿Sería de ayuda para la población, el proyecto? X   X  

¿Está diseñado acorde al entendimiento de los habitantes? X   X  

¿Existe la equidad de género? X   X  

¿Toma a las personas por igual, no importando nivel social,

económico o académico? X   X  

¿Se dirige a un grupo social específico?   X   X

RELIGIOSO        

¿Se respeta las creencias de cada habitante? X   X  

Factibilidad Viabilidad

Las propuestas de solución son factibles pues para el efecto es necesario, el trabajo no requiere de altos fondos económicos y se encuentra dentro de las posibilidades realizarlo.

Se cuenta con la posibilidad de afianzarse de lo necesario para la propuesta, por lo que su logros es viable, tanto humano como de equipo.

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Page 16: Practica comunitaria 1

Capítulo II Fundamentación Teórica

2.1 Antecedentes

Historia de los Derechos Humanos“El ser humano tiene unas características que lo determinan a ser racional y diferéncialo de brutales bestias o de los seres irracionales; lo cual ha olvidado el hombre al transcurrir los tiempos hasta la actualidad, pues se recargara los hechos monstruosos realizados por el hombre.Lo cual nos ha llevado a replantear el conocimiento humano por que ya no somos capaces de respetar la misma especie humana; como afirman muchos "el hombre es depredador de sí mismo".Por lo cual en este trabajo se tratara como la humanidad al pasar los tiempos ha tenido que establecer normas para establecer que el hombre tiene tanto derechos como deberes, que son inherentes a él, pero al no estar establecidos se hicieron horrores con el hombre sin por dar su dignidad.

Se dieron también al inicio de los años 60, acciones importantes con las presentaciones

de recursos de habeas corpus, a favor de personas desaparecidas a consecuencia de la

represión vivida durante el gobierno de Miguel Idígoras Fuentes, que forman parte de las

primeras manifestaciones de defensa de los derechos humanos en Guatemala.

Posteriormente durante la década de los años 70, se comenzaron a formar los primeros

comités de familias desaparecidas y en el año de 1979 se formó la Asociación por

Defensa de los Derechos Humanos.

Ciertamente esta incapacidad de respecto ha llevado a dar unos parámetros o normas de comportamiento mundiales llamados los DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE; el principal punto de conocimiento para el hombre son estos derechos; que son primordiales en la actual sociedad que vivimos por su falta de valores.

La declaración universal de los derechos humanos es uno de los documentos más citados en todo el mundo, pero a la vez es de los textos menos conocidos en su contenido real. Dada la importancia que para el sujeto contemporáneo tiene el conocimiento y la práctica de los derechos humanos en todas sus manifestaciones; por medio de este

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trabajo ofrezco una información sobre las organizaciones y oficinas internacionales de derechos humanos de mayor reconocimiento por su labor.

Si revisamos nuestra vida o hacemos una reflexión sobre ella nos encontraremos con circunstancias de maltrato a otras personas, tal vez nosotros lo hemos hecho o vemos que otros lo hacen; nos preguntamos ¿por qué no hacemos algo para ayudar? ó ¿que debemos hacer?

Por eso, al escribir estas páginas pienso en la situación actual tanto del país como mundialmente sé está viviendo, porque todavía hay esclavitud aunque muchos no quieren creerlo.

Quiero mostrar y contribuir haciendo algo sobre esta catástrofe mundial no solamente con palabras sino también con hechos reales y tangibles para la humanidad; esto va para todos aquellos que quieren transformar a este mundo de resentimientos a algo libre para cualquier ser.

Orígenes

Los derechos humanos no son un invento del derecho positivo, los cuales anuncian los valores que las antiguas culturas nos dieron; la mayoría de los pueblos civilizados han guardado como patrimonio moral e históricos las experiencias que obtuvieron a través de su vida comunitaria, pero es indudable que los derechos han sido reconocidos través de convenciones y protocolos, en el ámbito internacional y de constituciones políticas en el ámbito de cada estado.

La teoría de los derechos humanos tiene una tradición bimilenaria en occidente, desde los antiguos pensadores griegos hasta nuestros días; contrariamente la positividad de esos derechos pertenece a la edad moderna cuando se pasa paulatinamente de la sociedad teocentrista y estamental a la sociedad antropocentrista e individual por la ola del renacimiento, le reforma protestante, el humanismo, la ilustración, sucesos magnos de pensamiento burgués Europeo.

Antigua Grecia

En las antigua Grecia se desarrollaban los primeros elementos constitutivos de la democracia tanto en el medio social, cultural, político como económico; en que surgieron los primeros conceptos sobre Democracia, Derechos, y quienes eran sus protagonistas. Los ideales de la democracia antigua son:Democracia: Definida como el gobierno del pueblo se baso en igualdad política, igualdad social, y gobierno del pueblo.

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La libertad: para los griegos ser libre es no ser esclavo de nadie, esta libertad se fue logrando sucesivamente así la libertad civil se alcanzo al abolirse la prisión por deudas, la libertad jurídica al proteger al ciudadano con el habeas corpus, y la libertad política con el derecho de obedecer la ley.

La ley: su importancia en la vida de los griegos de la cual nos habla el profesor Touchard:‘’Todos le deben obediencia porque, entre otras razones toda ley es una invención y un don de los dioses al mismo tiempo que una descripción del hombre sabio, el contrato de una sociedad al que todos sus habitantes deben adaptar su manera de vivir’’.

Cabe anotar que no todas las personas en la antigua Grecia eran consideradas ciudadanas, era un privilegio para personas nacidas y educadas en la Ciudad -Estado.

En la antigua Roma se crea el derecho romano.

Edad Media

Los conflictos generados por las guerras llevan a una nueva era de la organización del poder, con base en lazos de dependencia personal de los campesinos o los siervos hacia los señores Barones y Reyes, esta situación fue conformando un nuevo centro de decisión de poder en la corte, encabezada por el Rey, conformada por Barones y campesinos súbditos donde en ultima quien defendía los conflictos entre las personas era el Rey.

Con esta concentración del poder junto con la situación de conflictos que vivió Inglaterra hacia los siglos XI, XII y XIII llevo a plantear una nueva relación entre las personas pues con ello se creó la CARTA MAGNA, Otorgada por Juan Sin Tierra e 17 de Julio de 1215 la cual dice:‘Juan, Rey de Inglaterra por la gracia de Dios, Sor de Irlanda,... todos sus funcionarios y leal súbditos salud. Sabed que ante Dios, por el bien de nuestra alma y la de nuestros antepasados y sucesores, para honor de Dios y saltación de la iglesia y para mejor organización de nuestro reino‘.

Originada en Inglaterra buscaba la autoridad de Rey en beneficio de las libertades es decir de los privilegios de la Iglesia y los Barones y al asociar las ciudades a estas nuevas garantías se obligaban al Rey a no colocar impuestos sin el consejo de reino. La Carta abrió la puerta para el desarrollo de la constitución y la democracia.

Algunas concesiones hechas por el Rey a cada grupo social:A la Iglesia: el Rey concede que la iglesia Anglicana sea libre, tenga todos los derechos enteros y la libertad de ser inviolables.

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A los Condes y Barones: Obtienen que el derecho antiguo sea respetado en cuanto servicio militar se refieren, así como a sucesión feudal, guarda, matrimonio, deudas, patronato, etc.

A la clase media rural: No se puede obligar a las cargas militares indebidas o al derecho de guarda obtienen garantías.

A la Burguesía mercantil: Que la ciudad de Londres tenga todas sus antiguas libertades y libres costumbres, tanto por la tierra como por el agua.

Fundamentos

Como antes mencionada los derechos tienen una positividad, se refiere a la consagración oficial de los derechos humanos en normas jurídicas en cuya validez y eficacia la garantizan los aparatos institucionales del Estado moderno; la posibilidad imperativa lograda gracias a las luchas sociales y a las ideas renovadoras de modernidad.Fue la lucha de las clases que posibilitadas por su incorporación como reacción contra el estado absolutista; esto se ha visto desde el siglo de las luces hasta nuestros días, dando una conformación en si de lo que son los DERECHOS HUMANOS para el hombre.

Revolución Francesa

El siglo XVIII fue llamado el siglo de las luces (lumieres) así aluden al movimiento cultural que se desarrollo en Europa entre 1715 y 1789 que propuso disipar las tinieblas de la humanidad mediante las luces de la razón. En Francia se integraron los intelectuales del ilusionismo en torno al Enciclopedismo, y el movimiento se conoció con el nombre de Ilustración. En Inglaterra se llamó Enlihtenment y sus seguidores organizaron clubes.Las ideas de esta época están inflamadas de optimismo al futuro se renueva la fe mediante la razón, se confía en la posibilidad de instalar la felicidad en la tierra y de mejorar al hombre, esta ansiedad por realizar una nueva sociedad forjo una experiencia política reformista, el de positivismo ilustrado consistió en utilizar el poder de la monarquía absoluta para llevar a cabo el programa renovador de la Ilustración desde el estado. La Ilustración fue especialmente fecunda en cuanto se refiere al pensamiento político las cuales contribuyeron con el pensamiento de Montesquieu con Bentham, Voltaire y Rousseau.

Con la teoría renovadora del liberalismo de Locke por obra de Montesquieu y Bentham a tiempo con Rousseau formulan la doctrina de la democracia.

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En la práctica la conjunción del Liberalismo y democracia comienza a producirse con la revolución norte americana y el sistema de gobierno organizado por la constitución de Filadelfia las cuales influyeron determinante mente en las doctrinas del siglo XVIII en la Revolución Francesa.

La revolución se origino por la incapacidad del despotismo ilustrado para superar las contradicciones existentes y agudizadas por el antiguo régimen (secases y miseria tanto en el campo como en la ciudad). La burguesía puso en marcha un proyecto revolucionario para solucionar la crisis de esta manera las ideas que durante todo un siglo se agitaron en pro de un cambio profundo de la sociedad, a partir de una transformación del hombre bajo los principios de la igualdad, fraternidad y libertad.

La revolución que se inicio en 1789 la cual libera gran diversidad de fuerzas sociales y deja al descubierto un hervidero de ideas y tendencias, la burguesía accede al poder y se inicia con la declaración de los derechos del hombre lo que sé llamado el tercer estado.Soboul nos relata las condiciones en que surgió esta revolución: "A finales del siglo SXIII la estructura social de Francia seguía siendo esencialmente aristocracia: conservaba el carácter de su origen, de la época en que la tierra constituía la única forma de riqueza social y, por tanto, confería a quienes la poseían al poder sobre de quienes la cultivadaLa declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), es una declaración compuesta de 17 artículos y precedida de un preámbulo, cuyo texto fue aprobado por los miembros de la asamblea constituyente francesa del 17 al 26 de agosto de 1789. Influyo en ella la declaración de independencia de los E.U.A. (4 de julio 1776) y de los otros seis estados americanos de 1777 a 1784, así como el pensamiento filosófico de Rousseau, Mosquieu, Condorcet y entre otros del S. XVIII.

Sé precedía hacer una declaración de principio de validez universal. Sin embargo, era, en gran parte, una obra redactada por y para la burguesía.

En el preámbulo, introducía a la problemática de la importancia de los derechos humanos, de la siguiente manera:"Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido y eldesprecio por los Derechos del Hombre son las únicas causas de las desgracias publicas y de la corrupción de los gobiernos..."

Se definía los derechos naturales del hombre que, según el art. 2, eran imprescindibles. Entre ellos se admitían solo derechos civiles; en primer lugar, la libertad (art. 1 y art. 2), en sus diversas formas: individual (art. 7, art.8 y art. 9), de pensamiento (art. 10 y art. 11), de prensa (art. 11) y de credo (art. 10). Sé fijada como límite de esta

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libertad el ejercicio de derechos análogos por los otros miembros de la sociedad (art. 4 y art. 5); sé reforzado el carácter intangible de la propiedad (art. 2 y art. 17), y se instituía una fuerza pública que velara por la seguridad de los ciudadanos y de sus bienes.

Segunda Guerra Mundial

La Declaración UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS fue proclamada el 10 de diciembre de 1948, tras la segunda guerra mundial y la derrota del nazifacismo.

En la asamblea general de la ONU compuesta entonces por cincuenta y ocho estados, aprobó por cuarenta y ocho a favor y ocho abstenciones un histórico documento La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERCHOS HUMANOS. Se abstuvieron de votar la Unión Sudafricana, Arabia Saudita, Bielorrusa, Polonia, Checoslovaquia, Ucrania, La Unión Soviética, y Yugoslavia. No hubo un solo voto en contra.

En el preámbulo DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERCHOS HUMANOS nos muestra un contexto del porque de su importancia estos derechos inherentes e intransmisibles del ser humano:"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales inalienables de todos los miembros de la familia humana"

Siglo XX

Este año se celebra el cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se cumple después de dos siglos de su de la primera declaración oficial de los derechos de hombre; los Norteamericanos de 1776 y las Francesas 1789- 1793 a poco menos de cinco meses de fin de siglo y cierre del milenio han transcurrido un largo tramo histórico donde han evolucionado y hablamos de tres generaciones de estos derechos.

La aldea boca del monte de sus problemas principales tiene a sus adolescentes los cuales se encuentran dentro de la etapa de experimentación de lo bueno y lo malo, esto es aprovechado por adultos con malas intensiones, miembros de maras y vendedores de drogas, quienes les engañan con falsas promesas de cambio y adquisición fácil de bienes y efectivo.Estos adolescentes por falta de conocimiento de sus derechos y obligaciones como miembros de una sociedad, caen fácilmente en los engaños y posteriormente en el mundo de las drogas, integrándose a grupos de drogadictos y delincuentes quienes son de poca aceptación por la sociedad y sus familias” (Monografias.com S.A.)

Breve reseña histórica de los Derechos Humanos..http://andragogos.blogspot.com/2010/04/ensayo-breve-resena-historica-sobre-los.html

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Page 22: Practica comunitaria 1

2.2 Marco Legal

Marcos legales para la protección de los derechos humanos

“El punto de partida del marco jurídico de los derechos humanos, lo constituye el momento en que son incorporados en la Declaración de la Independencia de los Estados Unidos (1776), y en la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789).

Sin embargo, la proclamación de la Declaración de los Derechos Humanos en 1948, por parte de la Organización de Naciones Unidas marcó un hito e instituyó los mecanismos de observación y seguimiento de la situación de los derechos a nivel mundial.

En 1966, la ONU promulga el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y el Pacto Internacional de derechos Económicos, Sociales y Culturales. Ese mismo año mediante la ratificación del primero de los pactos, se facultó al Comité de los Derechos Humanos para recibir denuncias de ciudadanos particulares de los estados miembros. El conjunto de estas instancias es lo que se ha denominado el Sistema Universal de protección de los derechos humanos.

El sistema interamericano de protección de los derechos humanos surge del seno de la Organización de Estados Americanos OEA y tiene como punto de partida y base legal la Convención Interamericana de Derechos Humanos (1969), también conocido como Pacto de San José. El Sistema está compuesto por una Comisión y una Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son definitivas e inapelables.

Posteriormente, se han proclamado declaraciones, y suscrito pactos y convenciones sobre temas específicos. Por ejemplo, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, promulgada por la Asamblea General de la ONU en 1979 y en vigor desde 1981 y la Convención sobre los derechos de la Niñez y la Juventud (1989)” (Gente de Medios, Holanda

2.2.1 Definiciones de Derechos Humanos

“La expresión “derechos humanos” (también citada con frecuencia como DD.HH.) hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana. Esto significa que son derechos de carácter inalienable (ya que nadie, de ninguna manera, puede quitarle estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico que esté establecido) y de perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión,

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Page 23: Practica comunitaria 1

sexo, etc.).

Los derechos humanos también se caracterizan por ser irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un individuo no puede “ceder” sus derechos a otro sujeto) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos). Aún cuando se encuentran amparados y contemplados por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos implican bases morales y éticas que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas.

La DUDH señala que, al nacer, todos los hombres y mujeres son libres e idénticos en materia de derechos y dignidad y deja clara su postura de rechazo hacia la esclavitud, la servidumbre, las torturas y los tratos que puedan ser considerados como inhumanos, degradantes o crueles.

. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico,

color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Los derechos humanos universales

están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados,

el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del

derecho internacional.1

Los Derechos Humanos nacen como derechos naturales universales, se desarrollan

como derechos positivos particulares, para encontrar al fin su plena realización como

derechos positivos universales. Se considera esencial que los Derechos Humanos sean

protegidos por un régimen de derecho a fin de que el hombre no se vea compelido al

supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.2

Los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los

seres humanos. Los derechos humanos rigen la forma en que los individuos viven en

sociedad, así como su relación con los gobiernos y las obligaciones que los gobiernos

tienen para con ellos. La ley de derechos humanos obliga a los gobiernos a tomar una

serie de medidas, y les impide tomar otras. Los individuos tienen también

responsabilidades: al hacer uso de sus derechos humanos, deben respetar los derechos

de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo

1 Definición de Derechos Humanos. Disponible en: http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx2 Carta Internacional de los Derechos Humanos. Guatemala, 1991.

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Page 24: Practica comunitaria 1

ningún acto que vulnere los derechos de los demás.3

:

Tautológicas: No aportan ningún elemento nuevo que permita caracterizar tales

derechos. Una definición tautológica muy repetida en la doctrina es la que afirma que "los

derechos del hombre son los que le corresponden al hombre por el hecho de ser hombre".

Formales: No especifican el contenido de los derechos, limitándose a alguna indicación

sobre su estatuto deseado o propuesto. Una definición formal es la que afirma que "los

derechos del hombre son aquellos que pertenecen o deben pertenecer a todos los

hombres, y de los que ningún hombre puede ser privado".

Teleológicas: En ellas se apela a ciertos valores últimos, susceptibles de diversas

interpretaciones. Una definición teleológica es la que dice que "los derechos del hombre

son aquellos que son imprescindibles para el perfeccionamiento de la persona humana,

para el progreso social, o para el desarrollo de la civilización”.4

Los Derechos Humanos responden a las necesidades de las personas, grupos y

sociedades y garantizarlos promueve el ejercicio de la dignidad.

El concepto de Derechos Humanos es integral, ya que son interdependientes, es decir

que no hay un derecho más importante que otro, lo que implica que la violación a uno solo

de ellos, repercute en múltiples violaciones, además que la realización de un derecho

posibilita la realización de otros.5

. La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos

humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos

negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad o a no sufrir tortura, se

definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos

positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de

manera exclusiva– el Estado, la realización de determinadas actividades positivas.6

3 Definición de Derechos HumanosDisponible en: http://www.unicef.org/spanish/crc/index_30196.html

4 Derechos Humanos..Disponible en: http://www.iepala.es/curso_ddhh/ddhh32.htm5 Derechos Humanos..http://www.revistafuturos.info/futuros18/der_humano.htm6 Derechos Humanos. Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos

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Page 25: Practica comunitaria 1

2.2.2. PRINCIPALES FUNDAMENTOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

2.2.2.1. NATURALISMO

Es una escuela de pensamiento para la que, por sobre el Derecho Positivo, es decir, el

derecho creado por los seres humanos mediante normas jurídicas que producen a través

de las diversas fuentes del derecho reconocidas, existe un derecho superior (El Derecho

Natural), compuesto por un conjunto de valores que actúan como inspiración de sus

contenidos y como guía de la actuación y decisiones de los agentes del derecho.

El efecto que el Jusnaturalismo asigna al derecho natural en referencia al derecho

positivo, por lo tanto es doble.

- De un lado el derecho positivo debe inspirar sus contenidos en los valores que contiene

el derecho natural, si este requisito no se cumple nos encontraremos no ante normas

jurídicas sino ante imposiciones arbitrarias emanadas por una autoridad que ejerce el

poder de manera ilegítima.

- De otro lado, el agente aplicador del Derecho deberá tomar en cuenta en sus actos los

dictados de los valores contenidos en el derecho natural para ajustar a ellos su conducta

cotidiana. En caso de no hacerlo, está utilizando antojadizamente al derecho.

El reconocimiento de la existencia del derecho natural y la aspiración a realizarlo, no

excluye la realidad de un derecho positivo, sino más bien, deriva de éste. La mutabilidad

de las normas a través del tiempo, y sus cambios en las distintas áreas culturales, llevan a

los hombres a investigar sobre los últimos fundamentos y sobre la razón de su

obligatoriedad, y a preguntarse por las mejores leyes y por la mejor forma de estado.

En todas las doctrinas aparece como elemento común el "iusnaturalismo pateista, de

signo cosmológico" que fue también tema de grandes clásicos, ejemplo la obra Antigona

un clásico Griego.

Aristóteles fue llamado el padre del derecho natural, por otra parte recordemos que existió

lo que se denominó, El Jusnaturalismo Cristiano, la Filosofía Cristiana se inspiró en el

pensamiento Griego y en la jurisprudencia romana para crear un sistema de derecho

natural con sentido teolológico.

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Page 26: Practica comunitaria 1

2.2.2.2. POSITIVISMO

Inicia su ruta en el siglo XIX, y la adquiere en los primeros decenios del siglo XX con Hans

Kelsen, a la cabeza, quien plantea que para estructurar una ciencia autónoma del

Derecho hay que separar todo lo que pertenece a otras ciencias sean valores, conductas

etc. que resultan más propios de la moral, la religión, la sociología o la política. Así lo

propio del Derecho, la Teoría Pura del Derecho consistirá en su esencia normativa, la

norma jurídica. Válida y el sistema eficaz que regulan efectivamente las conductas de los

sujetos y la sociedad en su conjunto. Está norma no es un texto legislativo ni nada

semejante, es más bien, una hipótesis sobre su eficacia: si el orden de la sociedad

correspondiente, entonces es su orden jurídico. Y en caso contrario no lo es: es

fundamental porque, así definida, lo sustenta. El orden jurídico acatado tiene un conjunto

de normas esenciales. Las que establecen las reglas de juego de dicha sociedad. La

inmensa mayoría de los Estados contemporáneos tienen estas disposiciones en la

Constitución Política. Este constituye el primer nivel de las normas positivas dentro del

derecho y, allí, se establecen cuando menos dos cosas:

- Quién gobierna y como lo hace; y

- Cómo se elaboran las normas jurídicas de inferior categoría

El mérito del positivismo jurídico. Consiste precisamente, en haber consolidado una Teoría

del Estado y una Teoría del Derecho interrelacionada y apoyada entre sí.

Su obra Teoría Pura del Derecho es denominada así porque comprende sólo el derecho

eliminando de ese conocimiento todo lo que sea moral, político psicológico, teleológico

etc. Para considerar su objeto como es y no como debe ser, sin incursionar en ninguna

ideología ni tampoco en el problema de la justicia que constituye una idea racional.

La escuela histórica es hoy recordada no fundamentalmente por el importe trabajo que

hizo sobre las fuentes consuetudinarias alemanas, sino por su grandiosa sistematización

y recreación del Derecho Romano.7

7 Iusnaturalismo y Positivismo en Derechos Humanos. Disponible en: http://www.monografias.com/trabajos71/iusnaturalismo-positivismo/iusnaturalismo-positivismo.shtml

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Page 27: Practica comunitaria 1

a). Historicismo Absoluto. La idea se desarrolla y determina a través de la historia que es

más que manifestaciones pasajeras integradas en el infinito devenir universal. Toda la

realidad es histórica, y en especial el hombre que es un ser esencialmente histórico, ya

por su movilidad y temporalidad, o ya porque es el único ser que llega a la conciencia del

devenir dialéctico de la idea.

b). Historicismo Relativista. Se fija más en la contraposición entre la naturaleza y espíritu

planteando varias ciencias entre las cuales atribuye a la historia un lugar preferente.

Reacciona también contra el positivismo, pero conserva su principio de que sólo existe lo

particular y concreto. Por ello no puede darse ningún sistema filosófico absoluto, porque la

historia nos atestigua el hecho de una pluralidad de sistemas, que sólo tiene un valor en

cuanto expresión de una conciencia en determinado momento del desarrollo histórico,

pues la historia misma está por encima de todo.

Se consagra a estudiar el "Derecho", que es el porqué de su existencia y de sus diversas

modalidades a través de los tiempos y a lo largo de las naciones, considerándolo como

condicionado al clima, a la geografía y a otros factores similares, o bien como producto

del espíritu objetivo o del espíritu del pueblo.8

2.2.3. ASPECTOS FILOSÓFICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

2.2.3.1. ONTOLÓGICO

El proceso de gestación de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” en 1948

encuentra su raíz en lo medular, como lo tenemos dicho, en el pensamiento cristiano que

pone al descubierto la libertad en que consiste el ser humano. Frente a los intentos del

mundo antiguo pro esclarecer la noción e persona, Mounier afirma, con acierto, que frente

a ellos “el cristianismo aporta de golpe, frente a aquellos tanteos, una visión decisiva de la

persona”. Comprueba, además, que “hoy en día no se aprecia en toda su magnitud el

escándalo total que significa esa noción para la sensibilidad y el pensamiento de los

griegos”.

Los filósofos del siglo XX, tal vez el siglo más densamente filosófico de la historia,

8 Historicismo Cultural en los Derechos Humanos. http://www.monografias.com/trabajos71/historisismo-juridico/historisismo-juridico3.shtml

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Page 28: Practica comunitaria 1

comprendieron la importancia de la admonición de Sócrates, el famoso y olvidado

“conócete a ti mismo” que, al decir de Mounier, “es la primera gran revolución personalista

conocida”. Había necesidad de proteger más adecuadamente al ser humano de las

crecientes agresiones que lo lesionaban y dañaban. La primera reflexión de dichos

pensadores les condujo a formular una simultánea pregunta. Ella se plantea sobre

¿Cómo proteger lo que no se conoce o se conoce insuficientemente?. Frente a lo poco

que hasta entonces se sabía sobre el ser humano, se hacía indispensable ampliar los

conocimientos antropológicos-filosóficos para determina, hasta donde ellos fuese

realmente posible, cuál es la calidad ontológica de este peculiar ente.9

2.2.3.2. AXIOLÓGICO

“La axiología es el sistema formal para identificar y medir los valores. Es la estructura de

valores de una persona la que le brinda su personalidad, sus percepciones y decisiones.”

Fuente: Robert S. Hartman Institute, University of Tennessee. Las personas somos

diferentes, todos pensamos de manera distinta el uno del otro. La axiología es la ciencia

que estudia como pensamos. En específico, la axiología estudia como las personas

determinan el valor de las cosas.

Durante un tiempo ha sido común plantear el problema de si los valores tienen

características propias:

1. el valer: no pueden caracterizarse por el ser, como los objetos reales y los ideales. Se

dice, que valen y, por lo tanto, que no tienen ser sino valer. Los valores son intemporales

y por eso han sido confundidos a veces con los entes ideales, pero su forma de realidad

no es el ser ideal ni el ser real, sino el ser valioso. La realidad del valor es el valer.

2. Objetividad: Los valores son objetivos, es decir, no dependen de las preferencias

individuales, sino que mantienen su forma de realidad más allá de toda apreciación.10

Se designa con el término de Axiología a aquella rama de la Filosofía que se ocupa y

centra en el estudio de la naturaleza de los valores y los juicios valorativos. Aunque por

supuesto la filosofía y todo lo que esta disciplina estudia datan de muchísimos siglos

atrás, la denominación de esta parte de estudio es relativamente nueva, ya que fue

9 Antológico en los Derechos Humanoshttp://dike.pucp.edu.pe/bibliotecadeautor_carlos_fernandez_cesareo/articulos/ba_fs_5.PDF10 La Axiología de los Derechos Humanos. http://www.buenastareas.com/ensayos/Fundamentacion-Axiologica-De-Los-Derechos-Humanos/4139549.html

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Page 29: Practica comunitaria 1

utilizada por primera vez recién en los comienzos del siglo pasado.

Por otro lado, la axiología junto con la deontología será el principal fundamento y pilar con

el cual contará la Ética.11

2.2.3.3. TELEOLÓGICO

En ellas se apela a ciertos valores últimos, susceptibles de diversas interpretaciones. Una

definición teleológica es la que dice que "los derechos del hombre son aquellos que son

imprescindibles para el perfeccionamiento de la persona humana, para el progreso social,

o para el desarrollo de la civilización".

Una definición que pretende ser descriptiva, aunque tiene una fuerte carga teleológica, y

que ha sido generalmente aceptada, es la que propone Pérez Luño, quien entiende que

los Derechos Humanos son "un conjunto de facultades e instituciones que, en cada

momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad

humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos

a nivel nacional e internacional”.12

El término teleología proviene de los dos términos griegos Télos (fin, meta, propósito) y

Lógos (razón, explicación). Así pues, teleología puede ser traducido como «razón de algo

en función de su fin», o «la explicación que se sirve de propósitos o fines». Decir de un

suceso, proceso, estructura o totalidad que es un suceso o un proceso teleológico

significa dos cosas fundamentalmente: a) que no se trata de un suceso o proceso

aleatorio, o que la forma actual de una totalidad o estructura no es (o ha sido) el resultado

de sucesos o procesos aleatorios; b) que existe una meta, fin o propósito, inmanente o

trascendente al propio suceso, que constituye su /razón, explicación o sentido. En

términos de cierta tradición filosófica, esto equivaldría a decir que dicha meta o sentido

son la razón de ser del suceso mismo, lo que le justifica en su ser. Como se ve, el

carácter teleológico de un suceso se opone a su carácter aleatorio. Sin embargo, de ahí

no podemos deducir que teleológico y necesario (en su acepción epistemológica de

legaliforme), sean coincidentes. Un suceso es necesario relativamente a un cierto marco

11 Definición Axiología. http://www.definicionabc.com/general/axiologia.php12 Teleológico de los Derechos Humanos. http://plesiologos.blogspot.com/2008/02/definicin-de-los-derechos-humanos-segn.html

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Page 30: Practica comunitaria 1

de referencia si, dadas ciertas condiciones, es lógicamente imposible que dicho suceso no

tenga lugar en la estructura ontológica de dicho marco. No obstante, decir de un suceso

que es teleológico relativamente a un marco de referencia, significa que existe una

tendencia, propensión, etc. en tal marco a desarrollar ciertas formas o estructuras que

ceteris paribus (i.e., manteniendo ciertas variables constantes) tendrán lugar, y respecto a

las cuales tal suceso es una fase, etapa o momento de su desarrollo.

Obsérvese, finalmente, que mientras lo necesario es lógicamente incompatible con la

indeterminación, lo teleológico es compatible en cierto grado con la indeterminación,

aunque un suceso o proceso teleológico no es, en sí mismo y en relación a su fin,

indeterminado. De ahí que en ocasiones se haya hablado de distinguir dos tipos de

necesidad: la necesidad física y la necesidad teleológica.

Fuera del ámbito ontológico, la teleología se dice de la acción humana y, así, de los

denominados proyectos, planes, decisiones futuras, objetivos globales vitales, etc. En

este caso, el carácter teleológico de un suceso o acontecimiento (la acción humana)

cumple las notas anteriormente mencionadas: la acción teleológica no es la acción

arbitraria, la que responde a intenciones momentáneas, a caprichos o deseos del

momento sin ninguna articulación superior; por el contrario, responde a una

intencionalidad (fin), conscientemente explicitada, del agente y articulada generalmente

dentro de un sistema teleológico (fines últimos e intermedios) que constituyen su proyecto

vital. Ahora bien, para que una acción sea teleológica no es suficiente con que responda a

un fin consciente del agente; es preciso también que dicho fin haya sido asumido

consciente y críticamente. De otro modo, la estructura teleológica de un proyecto vital

personal se opone, en tal caso, a las formas de vidas miméticas, inerciales, irreflexivas y

alienadas.13

2.2.4. ASPECTOS SOCIOLÓGICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

Puede resultar problemático hacer una definición extensional de la sociología de los

derechos humanos. En realidad, es relativamente escaso lo que se publica bajo ese

rótulo. No hay esfuerzos por lograr una perspectiva unificada, por plantear cuál debería

13 Teleología. http://mercaba.org/DicPC/T/teleologia.htm

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Page 31: Practica comunitaria 1

ser el modo de abordar sistemáticamente este conjunto disperso de cuestiones como

casos particulares de un único objeto de investigación. Así pues, no es que no haya

consenso en la comunidad científica acerca de tal definición, es que hay poco debate.

Resulta más lógico, por tanto, intentar una definición intencional. La sociología de los

derechos humanos es una parte del conocimiento científico, y las ciencias se definen por

su objeto y por su método. Aunque el objeto parece obvio no lo es tanto, porque existe un

matiz diferencial importante entre los derechos humanos desde un punto de vista

normativo o desde un punto de vista fáctico. A la sociología jurídica no le interesa la

descripción que las normas hacen acerca de cómo deberían actuar las personas, sino el

modo en que actúan de hecho. Lo que no significa que el hecho de que exista una

formulación normativa sea irrelevante.14

La Sociología de los Derechos Humanos es una subespecialidad de la Sociología del

Derecho (de Marinis, 2008:7), también llamada Sociología Jurídica. La aproximación

sociológica de análisis intenta dar cuenta del desarrollo socio-histórico de los DH, así

como los problemas que acarrea llevarlos a la práctica, buscando las causas y las

circunstancias por las cuales se protegen unos determinados derechos y explicando los

contenidos ideológicos que implican. La Sociología de los Derechos Humanos en

particular, problematiza desde una visión crítica, las complejidades y los conflictos que se

encuentran tras los conceptos universales y las categorías abstractas basadas en los

principios del individualismo y del subjetivismo, con los cuales se han construido, hasta

ahora la Filosofía del Derecho (Fariñas, 1998:688). La SDH ni justifica, ni eleva a valor

normativo los hechos como sucede con la Filosofía del Derecho; además de criticar y

desmitificar las fundamentaciones universales, abstractas, supra históricas, metafísicas y

absolutas que simplifican los problemas y tensiones que existen al pretender

fundamentarlos (Fariñas, 1998:689). En la juridificación del proceso de especificación, los

DH, han ganado terreno en el reconocimiento jurídico de situaciones y necesidades

fácticas diferentes y plurales desde el punto de vista cultural, social y biológico; la SDH

analiza y reflexiona sobre los efectos controvertidos y paradójicos que el proceso de

especificación implica (Fariñas, 1998:690). La idea de los DH ha representado el código

de justicia del mundo moderno, pero es innegable la gran carga ideológica que existe

14 Sociología de los Derechos Humanos. http://diccionario.pradpi.org/inicio/index.php/terminos_pub/view/122

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Page 32: Practica comunitaria 1

detrás de esa idea; la SDH critica y profundiza en el análisis de la concepción general de

la sociedad y del ser humano que prescribe ese código de justicia (Fariñas, 1998:693). La

construcción universalista, abstracta, eurocentrista y descontextualizada de los DH es,

actualmente insuficiente para dar respuesta a las controversias planteadas por la crisis del

paradigma de la modernidad (Fariñas, 1998:695); rota la racionalidad jurídica salen a flote

la complejidad de las situaciones reales encarnadas en el pluralismo cultural. Apoyados

en la SDH, es hora de contextualizar y reinterpretar los DH según las específicas

identidades culturales y sociales que se han mantenido encubiertas por este modelo

moderno que rechaza cualquier diferencia.15

La Antigua Guatemala, constituye uno de los principales centros turísticos del país.

Desde el punto de vista cultural, deben destacarse dos aspectos importantes de atracción

turística: los sitios arqueológicos, principalmente los monumentos coloniales, y lo

referente a la cultura popular tradicional, o sea el folclor. En los alrededores de la ciudad

de La Antigua Guatemala hay varios sitios de interés para el turismo, porque en ellos se

encuentran monumentos, iglesias, imágenes o manifestaciones de la cultura popular

tradicional.

Debe recordarse que ésta es una cultura mestiza en la cual se fusionan los elementos de

las culturas indígenas prehispánicas, de la cultura española y de la africana. Lógicamente

en La Antigua Guatemala (y por extensión en todo el departamento) por haber sido la

capital del Reyno, durante muchos años de la época colonial, aún conserva muchas

tradiciones.

El sistema educativo dentro del Municipio de La Antigua Guatemala, se ve que existen

diferentes alternativas para la población, ya que, hay centro educativos públicos y

privados, aunque en su mayoría son privados. También se da el ámbito universitario con

secciones departamentales y limitación en las carreras.

2.2.5. DESARROLLO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS

15 Sociología de los Derechos Humanos. http://milibretanegra.blogspot.com/2008/11/sociologa-de-los-derechos-humanos-1.html

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Page 33: Practica comunitaria 1

Desde Babilonia, la idea de los derechos humanos se difundió rápidamente por la India,

Grecia y por último a Roma. Ahí nació el concepto de “ley natural”, en la observación del

hecho de que las personas tendían a seguir, en el transcurso de la vida, ciertas leyes que

no estaban escritas, y la ley romana se basaba en ideas racionales derivadas de la

naturaleza de las cosas.

Los documentos que afirman los derechos individuales, como la Carta Magna (1215), la

Petición del Derecho (1628), la Constitución de Estados Unidos (1787), la Declaración

Francesa de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos (1789), y la Carta de

Derechos de Estados Unidos (1791) son los precursores escritos de muchos de los

documentos de los derechos humanos de la actualidad.

Podría decirse que la Carta Magna o la “Gran Carta”, fue la influencia primitiva más

significativa en el extenso proceso histórico que condujo a la ley constitucional actual en el

mundo de habla inglesa. En 1215, después de que el rey Juan de Inglaterra violara un

número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra, sus

súbditos lo forzaron a firmar la Carta Magna, la cual enumera lo que después vino a ser

considerado como los derechos humanos. Entre ellos estaba el derecho de la iglesia a

estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a

poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció

el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y

establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía

disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.

En 1628 el Parlamento Inglés envió esta declaración de libertades civiles al Rey Carlos I.

El siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos fue la Petición del

Derecho, elaborada en 1628 por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una

declaración de libertades civiles. El rechazo del Parlamento para financiar la impopular

política externa del rey, causó que su gobierno exigiera préstamos forzosos y que tuvieran

que acuartelar las tropas en las casas de los súbditos como una medida económica. El 4

de julio de 1776, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Declaración de

Independencia. Su autor principal, Thomas Jefferson, escribió la Declaración como una

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Page 34: Practica comunitaria 1

explicación formal de por qué el Congreso había votado el 2 de julio para declarar la

Independencia respecto a Gran Bretaña, más de un año después del estallido de la

Guerra de la Revolución de Estados Unidos, y cómo la declaración anunciaba que las

trece Colonias Americanas ya no eran parte del Imperio Británico. El Congreso publicó la

Declaración de Independencia de varias formas. Inicialmente se publicó como un impreso

en gran formato que fue distribuido ampliamente y leído al público.

Las primeras diez enmiendas a la Constitución (la Carta de Derechos), entraron en vigor

el 15 de diciembre de 1791, limitando los poderes del gobierno federal de Estados Unidos

y protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, residentes y visitantes en territorio

estadounidense.

La Carta de Derechos protege la libertad de expresión, la libertad religiosa, el derecho de

tener y portar armas, el derecho de reunirse y la libertad de petición. También prohíbe la

búsqueda e incautación irrazonable, el castigo cruel e inusual y la autoincriminación

obligada. Entre las protecciones legales que brinda, la Declaración de Derechos le

prohíbe al Congreso pasar ninguna ley respecto al establecimiento de religión y le prohíbe

al gobierno federal privar a cualquier persona de la vida, libertad o propiedad sin el debido

proceso legal. En casos criminales federales se requiere de una acusación por un gran

jurado, por cualquier delito capital, o crimen reprobable, garantiza un juicio público rápido

con un jurado imparcial en el distrito en el cual ocurrió el crimen y prohíbe el doble

enjuiciamiento.

La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos

de “libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”. Argumenta que la

necesidad de la ley se deriva del hecho de que “…el ejercicio de los derechos naturales

de cada hombre, tiene sólo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la

misma sociedad el goce de estos mismos derechos”. Por lo tanto, la Declaración ve a la

ley como “una expresión de la voluntad general”, destinada a promocionar esta equidad

de derechos y prohibir “sólo acciones dañinas para la sociedad”.

En 1864, dieciséis países europeos y varios países de América asistieron a una

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Page 35: Practica comunitaria 1

conferencia en Ginebra, por la invitación del Consejo Federal Suizo, y por la iniciativa de

la Comisión de Ginebra. La conferencia diplomática se llevó a cabo con el propósito de

adoptar un convenio para el tratamiento de soldados heridos en combate.

Los principios más importantes establecidos en la Convención y mantenidos por las

últimas Convenciones de Ginebra estipulan la obligación de proveer atención médica sin

discriminación a personal militar herido o enfermo y de respetar el transporte y el equipo

del personal médico con el signo distintivo de la cruz roja sobre fondo blanco.

Cincuenta naciones se reunieron en San Francisco en 1945 y fundaron la Organización

de las Naciones Unidas para proteger y promocionar la paz.

La Segunda Guerra Mundial se había librado violentamente de 1939 a 1945, y al

aproximarse el fin, las ciudades de toda Europa y Asia yacían en ruinas humeantes.

Millones de personas murieron, millones más quedaron sin hogar o morían de hambre.

Las fuerzas rusas se acercaban, rodeando los restos de la resistencia alemana en la

bombardeada capital de Alemania, Berlín. En el Pacífico, los infantes de Marina de

Estados Unidos todavía estaban luchando con las fuerzas japonesas atrincheradas en

islas como Okinawa.

En abril de 1945, delegados de cincuenta naciones se reunieron en San Francisco, llenos

de optimismo y esperanza. La meta de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y

evitar guerras futuras. Los ideales de la organización se establecieron en el preámbulo al

Acta Constitutiva que propusieron: “Nosotros, la gente de las Naciones Unidas, estamos

decididos a proteger a las generaciones venideras del azote de la guerra, la cual dos

veces en nuestra vida ha producido un sufrimiento incalculable a la humanidad”.

El Acta Constitutiva de la nueva organización de las Naciones Unidas entró en vigencia el

24 de octubre de 1945, fecha que se celebra cada año como Día de las Naciones Unidas.

La Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado a muchas otras leyes sobre

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Page 36: Practica comunitaria 1

los derechos humanos y a tratados por todo el mundo.

Para 1948, la nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se había

apoderado de la atención del mundo. Bajo la presidencia dinámica de Eleanor Roosevelt

(viuda del presidente Franklin Roosevelt, defensora de los derechos humanos por

derecho propio y delegada de Estados Unidos ante la ONU), la Comisión se dispuso a

redactar el documento que se convirtió en la Declaración Universal de Derechos

Humanos. Roosevelt, a quien se atribuyó la inspiración del documento, se refirió a la

Declaración como la Carta Magna internacional para toda la humanidad. Fue adoptada

por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.

En su preámbulo y en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones,

los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los

derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la

humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de

expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más

alta aspiración de la gente común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en

dignidad y derechos”.

Los países miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a trabajar juntos para

promover los 30 Artículos de los derechos humanos que, por primera vez en la historia, se

habían reunido y sistematizado en un solo documento. En consecuencia, muchos de

estos derechos, en diferentes formas, en la actualidad son parte de las leyes

constitucionales de las naciones democráticas.16

Derechos civiles, que son aquellos que le corresponden a la persona como individuo,

independientemente de su rol social, y que hacen a su vida y a su libertad personal. Son

exigibles contra cualquiera, que ose perturbarlos. Así, son derechos civiles el derecho a la

vida, a la libertad personal, a ejercer libremente su culto, a reunirse, a asociarse con fines

útiles, a la dignidad, al honor, al nombre, etcétera.

Derechos sociales, son los que le corresponden a las personas por su rol en un

16 Breve historia de los Derechos Humanos. http://www.humanrights.com/es/what-are-human-rights/brief-history/cyrus-cylinder.html

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Page 37: Practica comunitaria 1

determinado contexto social, por hallarse desprotegidos frente a una situación desigual

con respecto a otros que podrían abusar de tal circunstancia. Así son derechos sociales

fundamentalmente los referidos al trabajo, ya que la situación de necesidad en que se

halla el trabajador, lo coloca en una posición susceptible de ser objeto de abusos, tal

como había sucedido durante la revolución industrial, que fue una muestra más que

elocuente de lo que pueden hacer los empleadores con sus empleados si no existen leyes

que limiten su accionar. Es por ello que la ley toma posición para lograr equidad,

estableciendo por ejemplo que las condiciones de trabajo deben ser dignas, que deben

respetarse horarios de trabajo, impide o regula el trabajo de menores, concede

vacaciones pagas, un salario mínimo vital, el derecho de agremiarse, el derecho de los

gremios a la huelga, a concertar convenios colectivos de trabajo, a recurrir a la

conciliación y al arbitraje, etcétera. En otros casos el estado interviene para proteger a

aquellos miembros del cuerpo social que se hallan en situación de inferioridad y necesitan

mayor atención por su estado de salud o por su edad avanzada, concediéndoles seguro

social, pensiones y jubilaciones.

Derechos patrimoniales son aquellos que tienen un contenido económico, como por

ejemplo, el derecho a contratar, el derecho de propiedad, el de comerciar, etcétera.

Derechos culturales, son los que tienen un contenido que hace a la capacitación del ser

humano, con vistas a su perfeccionamiento, y es compatible con los derechos sociales:

Por ejemplo, el derecho de enseñar y aprender.

Derechos políticos, son los que le corresponden al ciudadano para participar como

miembro activo del poder político en un gobierno democrático, por sí o a través de sus

representantes. El derecho de sufragio, a afiliarse a un partido político, a ser elegido para

un cargo de gobierno, a participar en la presentación de un proyecto de ley, en un

plebiscito, o en una consulta popular.17

2.2.6 Clasificación de los Derechos Humanos

Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos17 Clasificación de los Derechos Humanos. http://derecho.laguia2000.com/parte-general/clasificacion-de-los-derechos-humanos

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Page 38: Practica comunitaria 1

Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. 

Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y CulturalesLos derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. 

Derechos de Tercera generación o Derechos de Los PueblosLos Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano

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Page 39: Practica comunitaria 1

Derecho a la Libertad

Libertad: la libre decisión que tiene el ser humano, para obrar según su propia voluntad.

Declaración Universal de Derechos Humanos, Articulo No. 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. (Derechos de Primera Generación, Derechos civiles e individuales)

Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo No. 04, Libertad e igualdad: En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.

Trabajar en Condiciones Dignas

Trabajo digno: es un derecho y una obligación social, que de todas sus modalidades, con la especial protección del Estado, esto quiere decir que dicho trabajo se realice en forma libre, igualitaria, segura y humanamente digna.

Declaración Universal de Derechos Humanos, Articulo No. 231. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. (Derechos de Segunda Generación, Derechos económicas y sociales)

Constitución Política de la República de Guatemala, (sección octava) Articulo No. 101, Derecho al trabajo: El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de justicia social.

Constitución Política de la República de Guatemala, (sección octava) Articulo No. 102, Derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo: Son derechos sociales mínimos que fundamentan la legislación del trabajo y la actividad de los tribunales y autoridades:

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- a. Derecho a la libre elección de trabajo y a condiciones económicas satisfactorias que garanticen el trabajador y a su familia una existencia digna; - b. Todo trabajo será equitativamente remunerado, salvo lo que al respecto determine la ley; - c. Igualdad de salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad;

- d. Obligación de pagar al trabajador en moneda de curso legal. Sin embargo, el trabajador del campo puede recibir, a su voluntad, productos alimenticios hasta en un treinta por ciento de su salario. En este caso el empleador suministrará esos productos a un precio no mayor de su costo; - e. Inembargabilidad del salario en los casos determinados por la ley. Los implementos personales de trabajo no podrán ser embargados por ningún motivo. No obstante, para protección de la familia del trabajador y por orden judicial, sí podrá retenerse y entregarse parte del salario a quien corresponda; - f. Fijación periódica del salario mínimo de conformidad con la ley; - g. La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno no puede exceder de ocho horas diarias de trabajo, ni de cuarenta y cuatro horas a la semana, equivalente a cuarenta y ocho horas para los efectos exclusivos del pago del salario. La jornada ordinaria de trabajo efectivo nocturno no puede exceder de seis horas diarias, ni de treinta y seis a la semana. La jornada ordinaria de trabajo efectivo mixto no puede exceder de siete horas diarias, ni de cuarenta y dos a la semana. Todo trabajo efectivamente realizado fuera de las jornadas ordinarias, constituye jornada extraordinaria y debe ser remunerada como tal. La ley determinará las situaciones de excepción muy calificadas en las que no son aplicables las disposiciones relativas a las jornadas de trabajo. Quienes por disposición de la ley por la costumbre o por acuerdo con los empleadores laboren menos de cuarenta y cuatro horas semanales en jornada diurna, treinta y seis en jornada nocturna, o cuarenta y dos en jornada mixta, tendrán derecho a percibir íntegro el salario semanal.Se entiende por trabajo efectivo todo el tiempo que el trabajador permanezca a las órdenes o a disposición del empleador; h. Derecho del trabajador a un día de descanso remunerado por cada semana ordinaria de trabajo o por cada seis días consecutivos de labores. Los días de asueto reconocidos por la ley también serán remunerados;- i. Derecho del trabajador a quince días hábiles de vacaciones anuales pagadas después de cada año de servicios continuos, a excepción de los trabajadores de empresas agropecuarias, quienes tendrán derecho de diez días hábiles. Las vacaciones deberán ser efectivas y no podrá el empleador compensar este derecho en forma distinta, salvo cuando ya adquirido cesare la relación del trabajo;- j. Obligación del empleador de otorgar cada año un aguinaldo no menor del ciento por ciento del salario mensual, o el que ya estuviere establecido sí fuere mayor, a los trabajadores que hubieren laborado durante un año ininterrumpido y anterior a la fecha del otorgamiento. La ley regulará su forma de pago. A los trabajadores que tuvieren menos del año de servicios, tal aguinaldo les será cubierto proporcionalmente al tiempo laborado;- k. Protección a la mujer trabajadora y regulación de las condiciones en que debe

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Page 41: Practica comunitaria 1

prestar sus servicios. No deben establecerse diferencias entre casadas y solteras en materia de trabajo. La ley regulará la protección a la maternidad de la mujer trabajadora, a quien no se le debe exigir ningún trabajo que requiera esfuerzo que ponga en peligro su gravidez. La madre trabajadora gozará de un descanso forzoso retribuido con el cinto por ciento de su salario, durante los treinta días que precedan al parto y los cuarenta y cinco días siguientes. En la época de la lactancia tendrá derecho a dos períodos de descanso extraordinarios, dentro de la jornada. Los descansos pre y postnatal serán ampliados según sus condiciones físicas, por prescripción médica;

- l. Los menores de catorce años no podrán ser ocupados en ninguna clase de trabajo, salvo las excepciones establecidas en la ley. Es prohibido ocupar a menores en trabajos incompatibles con su capacidad física o que pongan en peligro su formación moral. Los trabajadores mayores de sesenta años serán objeto de trato adecuado a su edad;- m. Protección y fomento al trabajo de los ciegos, minusválidos y personas con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales;- n. Preferencia a los trabajadores guatemaltecos sobre los extranjeros en igualdad de condiciones y en los porcentajes determinados por la ley. En paridad de circunstancias, ningún trabajador guatemalteco podrá ganar menor salario que un extranjero, esta r sujeto a condiciones inferiores de trabajo, ni obtener menores ventajas económicas u otras prestaciones;- o. Fijación de las normas de cumplimiento obligatorio para empleadores y trabajadores en los contratos individuales y colectivos de trabajo. Empleadores y trabajadores procurarán el desarrollo económico de la empresa para beneficio común;- p. Obligación del empleador de indemnizar con un mes de salario por cada año de servicios continuos cuando despida injustificadamente o en forma indirecta a un trabajador, en tanto la ley no establezca otro sistema más conveniente que le otorgue mejores prestaciones. Para los efectos del cómputo de servicios continuos se tomarán en cuenta la fecha en que se haya iniciado la relación de trabajo, cualquiera que ésta sea;- q. Es obligación del empleador otorgar al cónyuge o conviviente, hijos menores o incapacitados de un trabajador que fallezca estando a su servicio, una prestación equivalente a un mes de salario por cada año laborado. Esta prestación se cubrirá por mensualidades vencidas y su monto no será menor del último salario recibido por el trabajador. Si la muerte ocurre por causa cuyo riesgo esté cubierto totalmente por el régimen de seguridad social, cesa esta obligación del empleador. En caso de que este régimen no cubra íntegramente la prestación, el empleador deberá pagar la diferencia;- r. Derecho de sindicalización libre de los trabajadores. Este derecho lo podrán ejercer sin discriminación alguna y sin estar sujetos a autorización previa, debiendo únicamente cumplir con llenar los requisitos que establezca la ley. Los trabajadores no podrán ser despedidos por participar en la formación de un sindicato, debiendo gozar de este derecho a partir del momento en que den aviso a la Inspección General de Trabajo.Sólo los guatemaltecos por nacimientos podrán intervenir en la organización, dirección y asesoría de las entidades sindicales. Se exceptúan los casos de

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Page 42: Practica comunitaria 1

asistencia técnica gubernamental y lo dispuesto en tratos internacionales o en convenios intersindical es autorizado por el Organismo Ejecutivo;-s. El establecimiento de instituciones económicas y de previsión social que, en beneficio de los trabajadores, otorguen prestaciones de todo orden especialmente por invalidez, jubilación y sobrevivencia;- t. Si el empleador no probare la justa causa del despido, debe pagar al trabajador a título de daños y perjuicios un mes de salario si el juicio se ventila en una instancia, dos meses de salario en caso de apelación de la sentencia, y si el proceso durar e en su trámite más de dos meses, deberá pagar el cincuenta por ciento del salario del trabajador, por cada mes que excediere el trámite de ese plazo, hasta un máximo, en este caso, de seis meses; yu. El Estado participará en convenios y tratados internacionales o regionales que se refieran a asuntos de trabajo y que concedan a los trabajadores mejores protecciones o condiciones.En tales casos, lo establecido en dichos convenios y tratados se considerará como parte de los derechos mínimos de que gozan los trabajadores es de la República de Guatemala.

Derecho a la Paz

La paz: es un estado de tranquilidad y quietud; la paz es la ausencia de guerra o violencia.

Declaración Universal de Derechos Humanos, Articulo No. 26: 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. (Derechos de Tercera Generación, Derechos de Solidaridad).

Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo No. 02, Deberes del Estado: Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

Derecho a la Vida

La Vida: la duración de las cosas o a su proceso de evolución.

Declaración Universal de Derechos Humanos, Articulo No. 03: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. (Derechos de Primera Generación, Derechos civiles e individuales).

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Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo No. 03, Derecho a la Vida: estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.

Derecho a la educación y cultura

Educación: El proceso multidireccional mediante el cual se transmiten conocimientos, valores, costumbres y formas de actuar.

Declaración Universal de Derechos Humanos, Articulo No. 27:

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. (Derechos de Segunda Generación, Derechos económicos y sociales).

Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo No. 57, Derecho a la Cultura: Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, así como a beneficiarse del progreso científico y tecnológico de la Nación.

¿Qué son los Derechos Humanos?

“Son las facultades, prerrogativas y libertades fundamentales de que goza una persona y que se derivan de su dignidad, por lo que no pueden ser vulnerados y por ello los Estados y las leyes que los rigen tienen la obligación de reconocerlos, difundirlos, protegerlos y garantizarlos. Todas las personas, sin importar su edad, religión, sexo o condición social, gozan de estos derechos, los cuales son indispensables para el desarrollo integral del individuo.

La vigencia de los Derechos Humanos es un medio para la construcción de una sociedad democrática que debe surgir de un Estado Constitucional de Derecho, con el propósito que la sociedad pueda dinamizar el desarrollo de nuevos contenidos para la democracia y la paz.

Aunque se dice que todos estamos obligados a respetar los derechos humanos de las demás personas, existe la diferencia en que los ciudadanos y ciudadanas podemos hacer todo aquello que la ley no prohíba en tanto que los servidores públicos, como parte del Estado, pueden hacer aquello que la ley expresamente les faculta.

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En materia de derechos humanos, el Estado no sólo tiene el deber de reconocer los derechos humanos, sino también respetarlos y defenderlos actuando dentro de los límites que le impone la ley.

La defensa o la protección de los derechos humanos tiene la función de:Contribuir al desarrollo integral de la persona.

Imponer límites al accionar de los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o la institución gubernamental, a efecto de prevenir los abusos de poder, la negligencia o el accionar por desconocimiento de la función.

Facilitar los canales y mecanismos de participación ciudadana que facilite la participación activa en los asuntos públicos y la adopción de decisiones comunitarias.Fijar un ámbito de autonomía en el que las personas puedan actuar libremente, protegidas contra los abusos de las autoridades, servidores públicos y de particulares.

Características de los Derechos Humanos

Universales: Pertenecen a todas las personas, que se extienden a todo el género humano, sin ningún tipo de distingo por sexo, edad, religión, posición social, o creencias religiosas o políticas.

Incondicionales: Porque están supeditados sólo a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos. La histórica frase de Benito Juárez: "El respeto al derecho ajeno es la paz", resume muy bien esta característica, porque nuestros derechos llegan hasta donde comienzan los de los demás o los justos intereses de la comunidad.

Inalienables: No pueden perderse ni trasladarse por propia voluntad: son inherentes a la idea de dignidad del hombre. No se pueden quitar ni enajenar.

Inherentes o innatos: Todos los seres poseen los derechos humanos, pues se generan a partir de la misma naturaleza humana.

Inviolables: No se pueden o no se deben transgredir o quebrantar. En caso que ello ocurra, el ciudadano o ciudadana víctima puede exigir, a través de los tribunales de justicia, una reparación o compensación por el daño causado” (Procurador de los Derechos Humanos, Guatemala).

Derechos constitucionales

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“Los derechos constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación. Como bien diría Antonius Francus en la V Asamblea de Derechos Fundamentales {Son un bien que debemos preservar...no podemos permitir que en algún momento se lleguen a mangonear y hacer mistos estos derechos}.”(Wiki medía Project)

Sujeto de derechos.

El niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específica. Deben cumplir las obligaciones consagradas en esta norma.Igualdad de oportunidades.

Para la interpretación y aplicación de este Código se deberá considerar la igualdad de oportunidades y la no discriminación a que tiene derecho todo niño y adolescente sin distinción de sexo.

Capacidad.

Además de los derechos inherentes a la persona humana, el niño y el adolescente gozan de los derechos específicos relacionados con su proceso de desarrollo. Tienen capacidad especial para la realización de los actos civiles autorizados por este Código y demás leyes.

La Ley establece las circunstancias en que el ejercicio de esos actos requiere de un régimen de asistencia y determina responsabilidades.

En caso de infracción a la ley penal, el niño será sujeto de medidas de protección y el adolescente de medidas socio-educativas.

Obligatoriedad de la ejecución.

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Es deber del Estado, la familia, las instituciones públicas y privadas y las organizaciones de base, promover la correcta aplicación de los principios, derechos y normas establecidos en el presente Código y en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Interés superior del niño y adolescente.

En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos.

Proceso como problema humano.

El Estado garantiza un sistema de administración de justicia especializada para los niños y adolescentes. Los casos sujetos a resolución judicial o administrativa en los que estén involucrados niños o adolescentes serán tratados como problemas humanos.

2.5 Definiciones de Drogadicción

El concepto de drogadicción surge, de acuerdo al diccionario de la Real Academia Española (RAE), de la noción inglesa drug addiction. Se trata de la adicción a las drogas (el hábito de una persona que se deja dominar por el impulso al consumo).

La dependencia a la droga implica ciertos comportamientos que generar un deterioro físico, psicológico y social. El adicto, por ejemplo, desea reducir o suspender el consumo pero no puede hacerlo. Al contrario, es habitual que la cantidad consumida crezca cada día ya que se incrementa el nivel de tolerancia del organismo (y, por lo tanto, para conseguir los efectos deseados hay que aumentar la dosis).

El drogadicto también suele abandonar poco a poco sus relaciones sociales habituales y reducir las actividades cotidianas, ya que la ingesta de la droga ocupa su tiempo y su interés. En el caso que, por una razón u otra, suspenda el consumo, sufrirá el síndrome de abstinencia (una reacción física y psicológica ante la falta de droga).

La drogadicción genera una intoxicación en la persona, con cambios fisiológicos y emocionales. Dichos cambios dependerán de la droga en cuestión, ya que existen

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sustancias más dañinas que otras.

Es importante tener en cuenta que no existe una única causa que explique el comienzo de una adicción a las drogas. Problemas personales, familiares y laborales pueden causar depresión, ansiedad u otro tipo de patología mental, llevando a que la persona busque una forma de evadirse a través de las drogas. Algunos expertos creen que las drogas blandas (como la marihuana) constituyen el primer paso hacia una drogadicción más grave con drogas pesadas (como la cocaína)” (Wiki Media Project).

2.6 Marco Legal

DECRETO NUMERO 90- 97, EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:“Que la Constitución Política de la República organiza el Estado para proteger a la

persona y a la familia, para alcanzar el fin supremo en la realización del bien común y leasigna, los deberes de garantizarles a los habitantes de la República, la vida, la seguridad y el desarrollo integral de la persona.

Que la misma Constitución Política de la República reconoce que el goce de la salud esderecho fundamental del ser humano sin discriminación alguna, y obliga al Estado a velar por la misma, desarrollando a través de sus instituciones acciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación, a fin de procurarles a los habitantes el máscompleto bienestar físico, mental y social, reconociendo, asimismo, que la salud de loshabitantes de la Nación es un bien público.

POR TANTO:En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171 literal a) de la

Constitución Política de Guatemala.DECRETA:

El siguiente: CODIGO DE SALUD, LIBRO I, DISPOSICIONES GENERALES TITULO UNICO.CAPITULO IPRINCIPIOS FUNDAMENTALES

ARTICULO 1. DEL DERECHO A LA SALUD. Todos los habitantes de la Repúblicatienen derecho a la prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación alguna.

ARTICULO 2. DEFINICION. La salud es un producto social resultante de la interacciónentre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las poblaciones y laparticipación social, a nivel individual y colectivo, a fin de procurar a los habitantes

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Page 48: Practica comunitaria 1

delpaís el más completo bienestar físico, mental y social.

ARTICULO 3. RESPONSABILIDAD DE LOS CIUDADANOS. Todos los habitantes dela República están obligados a velar, mejorar y conservar su salud personal, familiar ycomunitaria, así como las condiciones de salubridad del medio en que viven ydesarrollan sus actividades.

ARTICULO 5. PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD. El Estado garantizará el ejercicio del derecho y el cumplimiento del deber de la comunidad de participar en la administración parcial o total de los programas y servicios de salud. Para fines de este Código, en lo sucesivo la administración comprenderá la planificación, organización, dirección, ejecución, control y fiscalización social.

ARTICULO 6. INFORMACIÓN SOBRE SALUD Y SERVICIOS. Todos los habitantes tienen, en relación con su salud, derecho al respeto a su persona, dignidad humana e intimidad, secreto profesional y a ser informados en términos comprensibles sobre los riesgos relacionados con la pérdida de la salud y la enfermedad y los servicios a los cuales tienen derecho.

ARTICULO 49. (Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 50-2000 del Congreso de la República).LAPUBLICIDAD Y CONSUMO PERJUDICIAL.

a) Toda publicidad relacionada con tabaco, bebidas alcohólicas, vinos, cervezasbebidas fermentadas, que se realice por medio escrito, gráfico, radial, televisivo, eléctrico o electrónico y unidades móviles, deberá contar con la autorización del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, antes de ser difundida en dichosmedios de comunicación. Es obligación de los fabricantes, importadores y anunciantes de cigarrillos y otros productos derivados del tabaco, indicar en los espacios de su publicidad, y coloquen el empaque o envoltorio, y en la cajetilla del producto mismo, alternativamente una de las siguientes advertencias:

FUMAR TABACO PRODUCE CANCER. EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO PRODUCE ENFERMEDADES

CARDIOVASCULARES. EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO PRODUCE CANCER DE LA BOCA

Y DE LA FARINGE. EN LA MUJER EMBARAZADA EL FUMAR TABACO PRODUCE ABORTO

Y MALFORMACION FETAL. EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO PRODUCE CANCER PULMONAR.

Las leyendas de advertencia, cuando se trate de la cajetilla del producto deberán ser visibles, escritas en idioma español, con letra ARIAL BLACK MAYUSCULA NUMERO 12.

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ARTICULO 47. SUSTANCIAS DAÑINAS PARA LA SALUD. Se promoverán programas para informar sobre los riesgos del consumo de sustancias dañinas para la salud, especialmente aquellas que producen adicción.

ARTICULO 48. SUSTANCIAS PROHIBIDAS POR LA LEY.Se promoverán programas para erradicar el consumo de sustancias nocivas para la salud cuyo consumo producción y comercialización son consideradas en este Código y otras leyes como prohibidas, especialmente las drogas en cualquiera de sus formas y las bebidas alcohólicas clandestinas de cualquier naturaleza.

ARTICULO 50. PROHIBICION DE VENTA Y CONSUMO A LOS MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD. Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y tabaco en cualquiera desus formas, a los menores de 18 años de edad, así como su consumo en cualquier establecimiento y vía pública” (Arabella Castro Quiñones, Presidenta).

ORGANISMO LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALADECRETO NÚMERO 48-92El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO“Que la Constitución Política de la República de Guatemala, garantiza la vida, la integridad y el desarrollode la persona humana; considera la salud de los habitantes como un bien público y declara de interés sociallas acciones contra la drogadicción;

CONSIDERANDOQue el Estado de Guatemala ha aceptado, suscrito- y ratificado diversos tratados internacionales que lacomprometen a luchar contra el narcotráfico y toda actividad relacionada con la producción fabricación,uso, tenencia, tráfico y comercialización de los estupefacientes psicotrópicos y drogas;

CONSIDERANDOQue en los últimos años nuestro país ha sido víctima de la acción delictiva del narcotráfico en general, sinque a la fecha exista una legislación adecuada que enfrente de manera general y profunda este problemaque causa daño no solo a los ciudadanos sino al propio régimen de derecho y la institucionalidad del país,

POR TANTOEn el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, inciso a) de la Constitución Política de laRepública de Guatemala,DECRETALa siguiente:

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LEY CONTRA LA NARCOACTIVIDAD

Artículo l. Interés Público. En protección de la salud, se declara de interés público la adopción por partedel estado de las medidas necesarias para prevenir controlar, investigar, evitar y sancionar toda actividadrelacionada con la producción, fabricación, uso, tenencia, tráfico Y comercialización de los estupefacientespsicotrópicos y las demás drogas y fármacos susceptibles de producir alteraciones o transformaciones delsistema nervioso central y cuyo uso es capaz de provocar dependencia física o psíquica, incluidos en losconvenios y tratados internacionales al respecto, ratificados por Guatemala y en cualquier otroinstrumento jurídico internacional que sobre ésta materia se apruebe.

Artículo 2. Definiciones. Para los efectos de la presente ley, se entiende por:

a) Drogas: Toda sustancia o agente farmacológico que, introducido el organismo de una persona vivamodifique sus funciones fisiológicas y transforma los estados de conciencia;También se consideran drogas las semillas, florescencias, plantas o parte de ellas y cualquier otrasustancia de donde puedan ser extraídas aquellas.A las bebidas alcohólicas y el tabaco, y no le son aplicables las disposiciones de esta ley;

b) Estupefacientes y sustancias psicotrópicas: Cualquier droga natural o sintética, así considerada entratados o convenios Internacionales de observancia obligatoria en la República de Guatemala, elCódigo de Salud y demás disposiciones que se emitan para determinar las drogas de uso prohibido aque se refiere la siguiente ley;

c) Adicción: Dependencia física o psíquica entendida la primera como sujeción que obliga a la persona aconsumir drogas, y que al suspender su administración, provoca perturbaciones físicas y/o corporales, yla segunda como el impulso que exige la administración periódica y continua de drogas para suprimirun malestar psíquico;

d) Tráfico ilícito: Cualquier acto de producción, fabricación, extracción preparación, oferta, distribucióndepósito, almacenamiento, transporte venta, suministro, tránsito, posesión, adquisición o tenencia decualquier droga, estupefaciente o sustancia psicotrópica sin autorización legal;

e) Consumo: Uso ocasional, periódico habitual o permanente de la sustancia a que se refiere la presenteley;

f) Tránsito internacional: Cuando el sujeto activo del delito por cualquier medio importe, exporte, faciliteo traslade estupefacientes o sustancias psicotrópicas de un país a otro;

g) Precursores: Es la materia prima o cualquier otra sustancia no elaborada, semielaborada o elaborada,que sirve para la preparación de estupefacientes o sustancias

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psicotrópicas.

h) Bienes: Los activos de cualquier tipo, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles ointangibles, y los documentos o instrumentos legales acrediten la propiedad u otros derechos sobredichos activos;

i) Instrumentos y objetos del delito: Los instrumentos son las herramientas utilizadas para la comisión delos delitos que establece la presente ley. Los objetos del delito son las drogas, estupefacientespsicotrópicos y percusores que provengan de los delitos a que se refiere esta ley;

j) Comisión: Comisión Nacional Contra las Adicciones y el Tráfico Ilícito de Drogas.

CAPITULO IIDe la Participación en el Delito

Artículo 9.Autoría - personas físicas -. Serán considerados como autores de los delitos a que se refierenesta ley las personas físicas que tomaren parte en la ejecución del hecho; prestaren auxilio o una ayudaanterior o posterior, COA un acto sin el cual no se hubiera podido cometer; emitieren promesas anteriores ala perpetración o instigaren su realización o determinación.

También se considera autor a quien valiéndose de su superioridad jerárquica, determine a uno de sussubordinados mediante órdenes genéricas de contenido prohibido por esta ley.

Artículo 10. Autoría - personas jurídicas -. Serán imputables a las personas jurídicas, independientede la responsabilidad penal de sus representantes, los delitos previstos en esta ley, cuando se tratare deactosrealizados' por sus órganos regulares, siempre que se hallaren dentro del giro u objeto normal o aparentede sus negocios.

Artículo 11. Complicidad. Serán considerados cómplices, quienes voluntariamente auxiliaren decualquier modo a la realización del hecho o quienes prestaren una ayuda posterior al mismo, en virtud depromesas anteriores a su perpetración, sin que esos auxilios tuviesen las características previstas para losautores.

CAPITULO XIComisión Contra las Adicciones y el TráficoIlícito de Drogas

Artículo 70. Creación. Se crea la COMISION CONTRA LAS ADICCIONES Y EL TRAFICO ILICITO DEDROGAS, adscrita a la Vicepresidencia de la República, con plena capacidad para percibir recursos acualquier título y realizar todos los actos que aseguren el cumplimiento de sus fines.

51

Page 52: Practica comunitaria 1

Artículo 71. Competencia. La comisión estudiará y decidirá las políticas nacionales para la prevención ytratamientos de las adicciones así como para la prevención de las acciones ilícitas vinculadas con el tráficode drogas en todas sus formas y actividades conexas.

Artículo 72. Atribuciones. Son atribuciones específicas de la comisión.

a) Planificar, diseñar y coordinar la ejecución de políticas y estrategias de prevención y tratamiento de lasadiciones y el alcoholismo.

b) Dictar programas de investigación, estudios epidemiológicos científicos y pedagógicos, divulgativos y decapacitación técnica para combatir el problema nacional de las adicciones en todos sus aspectos eimplicaciones.

c) Coordinar todas las actividades encaminadas al efectivo tratamiento de aquellas personas que decualquier manera hubieren caído en el uso indebido de las drogas a que se refiere esta ley.

d) Adoptar recomendaciones sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente que surgierenconclusiones de congresos realizados por organismos nacionales e internacionales, especialmente deeventos científicos, relacionados con el objeto de esta ley.

e) Tomar decisiones, formular recomendaciones y elaborar planes de control y previsión que debencumplirse a nivel administrativo y ejecutarse por las diferentes policías del país y demás fuerzas deseguridad, para prevenir y perseguir cualquier actividad ilícita relacionada con el tráfico ilícito dedrogas en cualquiera de sus formas y actividades conexas.

f) Dictar en coordinación con el Ministerio de Finanzas Públicas, las medidas adecuadas para controlarlas operaciones aduaneras de importación o exportación de estupefacientes y sustancias psicotrópicas,así como de las demás drogas a que se refiere esta ley, precursores y sustancias químicas esencialespara su elaboración.

g) Coordinar las campañas y acciones que cada ministerio y entidad que forman la comisión debe ejecutaren el ámbito de su Competencia.

h) Impulsar el perfeccionamiento del marco jurídico existente relativo a los delitos de drogas.

i) Dictaminar sobre la firma y ratificación de los distintos convenios internacionales

52

Page 53: Practica comunitaria 1

referente aestupefacientes y psicotrópicos.

j) Dar seguimiento a los acuerdos firmados por Guatemala en, la materia.

k) Proponer la participación de Guatemala en aquellos eventos que por su Importancia y su relación conla materia así lo ameriten.

l) Mantener contactos con los gobiernos extranjeros y entidades internacionales y adelantar gestionespara coordinar- la acción nacional con la de otros estados y obtener la asistencia que fuera del caso.

m) Administrar los fondos específicos que le sean asignados según partida presupuestaria, así comoaquellos recursos que perciba a cualquier título, con sujeción a las leyes de la República, vinculadas conlo relativo al manejo de activos y pasivos del Estado.

n) Cualesquiera otras que fueren necesarias para la consecución de sus fines.

Articulo 73. Integración. La Comisión Contra Adicciones y el Tráfico ilícito de Drogas, se integra de lasiguiente forma:

a) El Vicepresidente de la República, quien lo presidirá.b) El Ministro de Gobernación, quien actuará como vicepresidente de la comisión.c) El Ministro de la Defensa Nacional.d) El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.e) El Ministro de Educación.f) El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación.g) El Ministro de Relaciones Exteriores.h) El Ministro de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas.i) El Jefe del Ministerio Publico.

Los Ministros podrán delegar sus representaciones únicamente en los viceministros. El Jefe del MinisterioPúblico, podrá delegar su representación únicamente en el jefe de la Sección de Fiscalía.

Articulo 74. Secretario. La comisión nombrará un secretario ejecutivo, que tendrá a su cargo la ejecuciónlas políticas diseñadas para la prevención y tratamiento de las adicciones, debiendo nombrar además elpersonal necesario para su funcionamiento. El secretario ejecutivo de la comisión, deberá reunir lasmismas calidades que se requieran para ser secretario privado de la Presidencia de la República y gozaráde iguales prerrogativas e inmunidades. El secretario ejecutivo deberá, además, asesorar en formaespecífica al Ministerio de Gobernación, en la materia de drogas.

53

Page 54: Practica comunitaria 1

El Ministerio de Gobernación, con la colaboración del Ministerio de la Defensa Nacional, serán losresponsables de ejecutar las políticas de prevención persecución de todas aquellas actividades ilícitasrelacionadas con el tráfico de drogas en todas sus formas y actividades conexas.

Artículo 75. Junta Asesora. En materia de prevención y tratamiento de las adicciones dichas Juntaasesora estará conformada por el actual Consejo Nacional para la Prevención del Alcoholismo y laDrogadicción.

Artículo 76. Cooperación. Las entidades y dependencias del Estado, podrán coadyuvar con la Comisión,en lo que les fuere solicitado. Las entidades cuya actividad tenga por objeto la prevención y el tratamientode las adicciones deberán orientarse por las políticas que en esta materia establezca la Comisión.

Artículo 77. Subcomisiones. La Comisión podrá nombrar subcomisiones de su propio seno o integradaspor personas que no sean miembros de la misma. Al menos deberá nombrar una subcomisión de políticaspreventivas y otras necesarias, cuya función será desarrollar y vigilar la ejecución de las estrategias ymedidas adoptadas por la comisión y buscar la cooperación entre las autoridades investigadoras y de lasociedad en el marco de los programas decididos.

El Organismo Ejecutivo emitirá los reglamentos necesarios para el adecuado funcionamiento de estaComisión.

CAPITULO XIIDisposiciones Finales

Artículo 78. Supletoriedad. Son leyes supletorias especiales de la presente ley, el Código Penal, elCódigo de Salud,' el Código Procesal Penal, la Ley del Organismo Judicial y la Ley del OrganismoEjecutivo.

Artículo 79. Derogatorias. Quedan derogadas todas las leyes o disposiciones que se opongan a lapresente ley.

Articulo 80. Vigencia. La presente ley entrará en vigencia quince días después de su publicación en eldiario oficial” (Edmond Mulet, Presidente).Capítulo III Diseño de la Investigación (Planificación)

2.2.7. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

54

Page 55: Practica comunitaria 1

La Constitución Política de la República de Guatemala es la ley suprema de la República

de Guatemala, en la cual se rige todo el Estado y sus demás leyes. La Constitución

Política de la República de Guatemala actual fue creada por una Asamblea Nacional

Constituyente, el 31 de mayo de 1985, la cual lo hizo en representación del pueblo con el

objeto de organizar jurídicamente y políticamente al Estado, así como, también contiene

los Derechos Fundamentales de los miembros de su población. También es llamada

``Carta Magna´´. Para conocer la Constitución Política de la República actual es

necesario conocer su historia, la cual es la siguiente:

1824 : se decreta el 22 de noviembre de 1824, la Constitución de la República

Federal de Centro América por la Asamblea Nacional Constituyente, siendo la

primera de Centro América.

1825 : se promulga el 11 de octubre de 1825, la primera Constitución Política del

Estado de Guatemala, entrando también en vigencia el mismo año.

1879 : se promulga el 11 de diciembre de 1879, la Ley Constitutiva de la República

de Guatemala, siendo la segunda de Guatemala y la primera de la República,

teniendo también varias reformas a lo largo de su vigencia.

1921 : se promulga el 9 de septiembre de 1921 la Constitución Política de la

República Federal de Centro América (la cual incluye los Estados de Guatemala, El

Salvador y Honduras) y entra en vigor el 1° de octubre de 1921 la Constitución de

1921, siendo esta la segunda de Centro América.

1945 : se aprueba el 11 de marzo de 1945 y entra en vigor el 15 de marzo de 1945

la Constitución de 1945.

1956 : se aprueba el 2 de febrero de 1956 y entra en vigor el 1° de marzo de 1956

la Constitución de 1956.

1965 : se aprueba el 15 de septiembre de 1965 y entra en vigor el 5 de mayo de

1966 la Constitución de 1965.

1985 : se aprueba el 31 de mayo de 1985 y entra en vigor el 14 de enero de 1986,

la actual Constitución Política de la República de Guatemala por la Asamblea

Nacional Constituyente.

1993 : se reforma la Constitución el 17 de noviembre del mismo año, tras el

derrocamiento del entonces Presidente de la República de Guatemala Jorge

Antonio Serrano Elías.

55

Page 56: Practica comunitaria 1

1999 : se realiza una consulta popular para reformar nuevamente la Constitución,

siendo dicho proyecto de reforma no aprobado mediante dicha consulta.

2.2.7.1. PARTES DE LA CONSTITUCIÓN

La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985, jurídicamente se divide

en tres partes, las cuales son:

Parte Dogmática

Está parte comienza desde el art. 1 al art. 139, en la cual se encuentran los derechos y

libertades fundamentales.

Parte Orgánica

Está parte comienza desde el art. 140 al art. 262, en la cual se establece la Organización

del Estado y del los Organismo del Estado, los cuales son:

Organismo Legislativo (art. 157 al art. 181);

Organismo Ejecutivo (art. 182 al art. 202); y

Organismo Judicial (art. 203 al art 222).

Así como de las entidades autónomas y descentralizadas del Estado.

Parte Procesal, Pragmática o Práctica

En ésta se establecen las garantías y los mecanismos para hacer valer los derechos

establecidos en la Constitución, con el objeto de defender el orden constitucional. La

encontramos contenida en los títulos VI y VII y comprende los Artículos 263 al 281.

2.2.7.2. CLASES DE DERECHOS HUMANOS

1. Derechos de la Primera Generación

Individuales (Civiles): Arts. 3-46.

Cívicos y Políticos: Arts. 135-139.

2. Derechos de la Segunda Generación

Sociales y Culturales: Arts. 47-134.

3. Derechos de la Tercera Generación

Derechos de Medio Ambiente

Derechos de Información: Art. 44.

Tratados Internacionales.18

18 Constitución Política de la República de Guatemala. http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Guatemala

56

Page 57: Practica comunitaria 1

2.2.7.3 SISTEMA DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Gobierno de Guatemala y la ONU firmaron un convenio por medio del cual el Alto

Comisionado de Derechos Humanos de la ONU contará con una oficina de

representación en nuestro país, que se ocupará principalmente de asesorar a las

autoridades guatemaltecas en la formulación y aplicación de políticas para proteger los

derechos humanos. Además, el Alto Comisionado de Derechos Humanos, a través de

dicha representación, asesorará en la materia a organizaciones no gubernamentales. Está

previsto que dicha oficina tenga un mandato de tres años.

La presencia del Alto Comisionado de Derechos Humanos en Guatemala coincide con el

cierre de operaciones de la Misión de Verificación de Naciones Unidas en Guatemala

(Minugua) que, por espacio de diez años, comprobó el cumplimiento de los Acuerdos de

Paz suscritos por el gobierno guatemalteco y la ex guerrilla, y verificó la situación de los

derechos humanos en Guatemala.

De conformidad con nuestra Constitución, la Procuraduría de los Derechos Humanos

(PDH) es la institución oficial a cargo de velar por la protección y defensa de los derechos

humanos en Guatemala. Sus funciones principales son: promover el buen funcionamiento

y la agilización de la gestión administrativa gubernamental en materia de derechos

humanos; investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses

de las personas; investigar toda clase de denuncias de violaciones a los derechos

humanos de las que tenga conocimiento o noticia; y promover acciones o recursos,

judiciales o administrativos, para proteger y defender los derechos humanos.

En consecuencia, la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos debe apoyar

especialmente a la PDH, toda vez que éste es el que ha asumido toda la responsabilidad,

desde la partida de la Minugua, en el ámbito de protección y defensa de los derechos

humanos en el país.

Por cierto, el presupuesto asignado a la PDH siempre ha sido insuficiente, debido a que

juega éste un papel de contrapoder dentro del Estado, lo que causa malestar y recelo en

quienes ejercen el poder político temporalmente.19

19

57

Page 58: Practica comunitaria 1

CAPITULO III

DISEÑO DE PLAN DE ACCION

3.1 Nombre del Proyecto

“Información sobre derechos y obligaciones de los niños y niñas enfocados en los Derechos Humanos y prevención sobre el uso de drogas “

3.1.1 Lista y Análisis del problema

Desconocimiento sobre los derechos humanos de los niños y niñas. Desconocimiento sobre las obligaciones de niños y niñas. Falta de valores morales y ética, inculcados por los padres de familia. Falta de atención y comunicación entre padres e hijos. Falta de información y enseñanza sobre el consumo de drogas.

Desintegración familiar. Violencia intrafamiliar. Dependencia de algún tipo de sustancia adictiva de algún familiar. Bullying escolar. Falta de conocimiento de los Derechos Humanos por parte de docentes.

En un gran porcentaje de familias guatemaltecas, de manera directa o indirecta existe en los hogares algún tipo de problema familiar, en la cual los niños y niñas, por ser más vulnerables, son los más afectados en estas vivencias, en muchas de esas ocasiones pasan de ser víctimas a victimarios, esto conlleva a que los niños y niñas, empiecen a comportarse y realizar acciones indebidas.

3.1.2 FACTORES QUE LO ORIGINAN

Violencia intrafamiliar. Abuso de algún tipo de sustancia adictiva. Agresión física, verbal, psicológica, económica hacia algún integrante de la

familia. Falta de comunicación entre padre e hijos. Desintegración familiar. Falta de la enseñanza sobre los buenos modales y valores morales. Falta de orientación o atención por parte del personal docente del las

institución es educativas

58

Page 59: Practica comunitaria 1

3.1.3 FACTORES QUE SOLUCIONAN EL PROBLEMA

Charlas Talleres Capacitaciones Actividades deportivas y culturales Atención y terapias psicológicas Escuela para padres. Actualizaciones sobre derechos y drogas.

Todo esto enfocado con los Derechos Humanos de los niños y niñas.

3.1.4 PROBLEMAS A RESOLVER

Violencia intrafamiliar. Abuso de algún tipo de sustancia adictiva. Agresión física, verbal, psicológica, económica hacia algún integrante de la

familia. Falta de comunicación entre padre e hijos. Desintegración familiar. Falta de la enseñanza sobre los buenos modales y valores morales. Falta de orientación o atención por parte del personal docente del las

institución es educativas

3.1.5 UNIDAD EJECUTORA

. Facultad de Humanidades.

3.1.6 TIPO DE PROYECTO

Charlas informativas, actividades deportivas y culturales, talleres, capacitaciones sobre los Derechos Humanos de niños y niñas, asi como la prevención del u so de drogas.

59

Page 60: Practica comunitaria 1

3.1.7 ANTECEDENTES DEL TEMA.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, fue ratificada el 10 de diciembre de 1948, en la cual 48 de los 58 países de las Naciones Unidas votaron a favor, entre ellos Guatemala, además Nuestro país firmó los Acuerdos de Paz el 29 de diciembre de 1996 luego de haber padecido por 36 años el conflicto armado interno, que tuvo lugar especialmente en las áreas rurales del país y en el que se se observaron grandes abusos mayoritariamente al pueblo Maya.

Luego de la firma de los Acuerdos de Paz, Guatemala inició un sistema de reforma educativa, en el cual se buscaba cumplir el Acuerdo de Identidad de los Pueblos Indígenas, para la promoción equitativa de los derechos humanos a todos los pueblos de nuestro país.

Como parte de esta reforma se crea un programa de educación cívica nacional que promueva la defensa de los derechos humanos en el año

de 1997, este programa fue dirigido para docentes y padres de familia.

En el año 2002 fue aprobado el Nuevo Paradigma Curricular el cual buscada la promoción, respeto y la defensa de los derechos humanos, éste contenía el eje de Vida Ciudadana, en el que se establecieron entre otros componentes, el de Educación en Derechos Humanos, Democracia y cultura de paz, orientado hacia la formación para el reconocimiento, respeto y promoción de los derechos humanos, de los Pueblos.

La Procuraduría de los Derechos Humanos creo diplomados para la implementación de los derechos humanos en distintos contextos, dirigidos al público en general, durante la gestión de Procurador Sergio Morales.

Sin embargo actualmente no existe en los centros educativos tanto del

60

Page 61: Practica comunitaria 1

sector oficial, como por cooperativa y privados, un programa destinado a la promoción y respeto de los derechos humanos, únicamente la información que forma parte del pensum del curso de Formación Ciudadana para niños del nivel primario, y Ciencias Sociales y Formación Ciudadana para el nivel medio.

3.1.8 METODOLOGIA INVESTIGACIÓN – ACCIÓN - REFLEXIÓN

A través del análisis dentro del establecimiento, se pudo detectar que existe una gran des

actualización sobre el conocimiento de los Derechos Humanos, en especial en los

Derechos del niño y adolescente,

Problema Hipótesis

Falta de conocimiento y actualización

sobre los Derechos Humanos, por parte

De la escuela Lic Armando sobalvarro

conde

Si se da a conocer las necesidades del

la escuela, probablemente reciban más

donaciones y esto ayudará para que el

personal se pueda capacitar y dar una

mejor atención a los alumnos y sobre

todo poder hablar con los familiares y

darles pláticas sobre los Derechos.

61

Page 62: Practica comunitaria 1

3.1.9 JUSTIFICACION

El interés por impartir talleres y charlas de Derechos Humanos y Drogadicción surge después de la investigación realizada en la institución y la comunidad Las Conchas, pues se detecto la poca información sobre sus derechos y obligaciones y los problemas de salud con la drogadicción, pues muchos de ellos tiene amistad con pandilleros y personas que consumen drogas y se puede derivar el consumo de estupefacientes fácilmente.

La violencia por pandillas y la drogadicción es un mal de nuestra sociedad tanto en las instituciones como en toda la ciudad y los niños y jóvenes de los diferentes hogares se encuentra en un alto riesgo, pues están siendo asechados por delincuentes con malas intensiones.

En respuesta a esta problemática se elaboro la propuesta y se le presento a la directora de la institución, quien se noto preocupada al verificar los resultados de la investigación, dando el visto bueno de inmediato para la realización del proyecto.

3.1.10 OBJETIVOS GENERALES

Fortalecer en los adolescentes la importancia de conocer sus derechos humanos así como las obligaciones como ciudadanos y lograr que comprendanlo importante que es, el no dañar su salud con el consumo de drogas.

3.1.11 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Educar específicamente a los niños y adolescentes sobre el tema de lasDrogas y el conocimiento de su Derechos Humanos, derivado de esto esnecesario que cuenten con la herramienta disponible por lo que se entrego a la dirección del plantel una Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Constitución de la República de Guatemala. Teniendo como consultar sus dudas sobre Derechos Humanos y Constitucionales.

62

Page 63: Practica comunitaria 1

3.1.12 PROPUESTAEste proyecto se llevara en la Escuela Oficial Rural Mixta Lincenciado Armando Sobalvarro Conde ubicada en para dar talleres de derechos humanos que se dan Talleres, charlas.

CAPITULO IV

63

Page 64: Practica comunitaria 1

CAPÍTULO IV

1. EJECUCIÓN DE LA PROPUESTA

“Información sobre derechos y obligaciones de los niños y niñas enfocados en los Derechos Humanos y prevención sobre el uso de drogas “

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Page 65: Practica comunitaria 1

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS

FACULTAD DE HUMANIDADES

DEPARTAMENTO DE PEDAGOGÍA

PRÁCTICA SOCIAL COMUNITARIA

LICDA. NIRMA DELFINA RAMIREZ OVALLE

TEMA“Información sobre derechos y obligaciones de los niños y niñas enfocados en los Derechos Humanos y prevención sobre el uso de drogas “

65

Page 66: Practica comunitaria 1

ALUMNA PRACTICANTE: Carmy Sucely Arrivillaga

CARNÉ: 200815700

GUATEMALA, MAYO DE 2014

ÍNDICE

Introducción

Taller No. 1 1

Contenidos taller 1 2

Evaluación taller 1 9

Taller No. 2 10

Contenidos taller 2 11

Evaluación taller 2 19

Taller No. 3 20

Contenido taller 3 21

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Page 67: Practica comunitaria 1

Introducción

El conocimiento de nuestros derechos y obligaciones es de suma importancia para nuestro diario vivir, pero más aun de los niños, niñas y adolescentes; ya que ellos son más vulnerables por el desconocimiento de nuestras leyes; esto nos obligación como padres de familia, tutores o maestros, el enseñarles que es lo bueno y lo malo de nuestras acciones, por lo tanto es deber nuestro implementar formas adecuadas según su edad y capacidades de aprendizaje para cada uno de ellos y así estar informados de las prohibiciones y acciones que podemos realizar.

Siendo Guatemala un país el cual se basa en la reacción y no en la prevención, se debe de dar la importancia que merece este tipo de talleres, el cual promueve a muy temprana la convivencia familiar, y así realizar el bien común, tanto en el entorno del hogar, escolar, en las calle y todas las aéreas en donde nos veamos relacionados.

67

Page 68: Practica comunitaria 1

98

TALLER No. 1

LUGAR: Escuela Oficial Rural Mixta “Lic. Armando Alfonso Sobalvarro Conde”,

Boca

del Monte, zona 3 de Villa Canales, Guatemala.

FECHA: 12 marzo de 2014

No. DE ALUMNOS: 49 niños, 24 masculino y 25femenino

1. TEMA: Definición de Derechos Humanos, Antecedentes y Clasificación

2. COMPETENCIA :Define los Derechos Humanos y describe cómo se surgieron a

través del tiempo

3. TÉCNICA: Elaboración en grupo, de carteles del tema y exposición de los

mismos. Ver video alusivo a los derechos humanos y describir las sensaciones que

tuvieron, compartirlas a sus compañeros.

4. RECURSOS:

Niños

Computadora

Hojas,cartulina

Marcadores

Lápices

Lapiceros

Fotocopias

5. EVALUACIÓN: Resuelve hoja de trabajo.

________________________________ ________________________________

Carmy Sucely Arrivillaga Delmi Gabriela Ayala Tello

Alumna Practicante Directora Técnica Administrativa

Page 69: Practica comunitaria 1

98CONTENIDO PARA EL TALLER No. 1

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico,

color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos

derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados,

interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y

garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional

consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El

derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que

tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse

de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos

humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del

derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se

destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha

reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de

derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en

Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber,

independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover

Page 70: Practica comunitaria 1

98

y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o

más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el

consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se

comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión

concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección

universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las

fronteras y civilizaciones.

Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en

determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se

puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una

persona es culpable de haber cometido un delito.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el

derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos

económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la

educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre

determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e

interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma

manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Iguales y no discriminatorios

Page 71: Practica comunitaria 1

98La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de

derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos

humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como

la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y

las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de

categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no

discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el

artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres

humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Derechos y obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados

asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de

respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos

significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos

humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan

los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de

realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el

disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos

hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos

humanos de los demás.

Page 72: Practica comunitaria 1

98

Antecedentes

“Con relación a los derechos humanos, la población cree que en nuestro país éstos

únicamente se aplican en beneficio para las personas que cometen actos al margen

de la ley y que las instituciones defensoras de los derechos humanos, actúan para

protegerlos y dejan en el desamparo total a las víctimas de la violencia cometida por

estos transgresores, ya en algunas ocasiones así se ve reflejado en los medios

informativos.

Sin embargo la historia de los derechos humanos en Guatemala, se puede remitir a

los años de 1944 a 1954, cuando al haber firmado el gobierno progresista del Doctor

Juan José Arévalo Bermejo, la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración

Universal de Derechos Humanos y la Convención Para la Prevención y Sanción del

Delito de Genocidio, le dio un avance primordial en Guatemala a los derechos

humanos, y además durante el gobierno de Jacobo Árbenz Guzmán se firmaron los

Convenios de Ginebra.

También cabe mencionar que al inicio de los años 60, se tomaron acciones de suma

importancia con las presentaciones de recursos de habeas corpus, a favor de

personas desaparecidas a consecuencia de la represión vivida durante el gobierno

de Miguel Idígoras Fuentes, que forman parte de las primeras manifestaciones de

defensa de los derechos humanos en Guatemala. Consecutivamente durante la

década de los años 70, se comenzaron a formar los primeros comités de familias

desaparecidas y en el año de 1979 se formó la Asociación por Defensa de los

Derechos Humanos.

Page 73: Practica comunitaria 1

98

Es importante entonces considerar la década de los años 80 y principios de los 90,

cómo la época de la conformación, por así decirlo, de la defensa de los derechos

humanos en gran escala, con la formación de diversos grupos, que fueron relevantes

en este sentido.

“Originalmente, los individuos tenían derechos sólo por pertenecer a un grupo, como

una familia o clase social. Entonces, en el año 539 a. C., Ciro el grande, tras

conquistar la ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los

esclavos y les permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a

escoger su propia religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas

proclamaciones inscritas, se considera la primera declaración de derechos humanos

en la historia.

La idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y

finalmente Roma. Los hitos más importantes incluyeron:

1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey

estuviera sujeto a la ley.

1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente.

1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba

el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.

1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un

documento de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la

ley.

Page 74: Practica comunitaria 1

98

1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que proclama los

30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho

Clasificación de los Derechos Humanos

Existen diversas formas de clasificar los derechos humanos; la más conocida es la

llamada tres generaciones. Se entiende por generación el aporte cultural en cada

época de la historia de la humanidad, como resultado de intereses y necesidades de

la sociedad.

Primera Generación: Enunciados en 1789 con la Declaración de los Derechos del

Hombre y del Ciudadano durante la Revolución Francesa, cuyo principal objetivo fue

el de reconocer los Derechos sagrados e inalienables del hombre. Buscan garantizar

que el Estado no abuse del control que tienen de la fuerza y la justicia, garantizando

el Derecho a la vida, a la igualdad y a la seguridad; son denominados Derechos

civiles y políticos.

Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de

raza, color, idioma, posición social o económica.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o

degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.

Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar,

domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

Page 75: Practica comunitaria 1

98

En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a

disfrutar de él, en cualquier país.

Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de

hijos que desean.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.

Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.

Segunda Generación: Estos derechos no consideran en sí a la persona en particular;

se fundamentan en que pertenecen a la sociedad y la protege colectivamente, por lo

que se denominan Derechos económicos, sociales y culturales, los cuales buscan el

bienestar común, mejorar la calidad de vida de todas las personas y una igualdad

garantizada de los servicios del Estado.

Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción

de los derechos económicos, sociales y culturales.

Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y

satisfactorias.

Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus

intereses.

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella

y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los

servicios sociales necesarios.

Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

Page 76: Practica comunitaria 1

98

Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y

asistencia especiales.

Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.

La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

Tercera Generación: Conocidos como Derechos de solidaridad. Se consolidan

después de la Segunda Guerra mundial, tras considerase que este tipo de

hostilidades colocaban en peligro a la humanidad causándole hambre, miseria y

desolación, ya que la violencia causa la destrucción de hogares, medios de

existencia, recursos naturales, etc.

La autodeterminación.

La independencia económica y política.

La identidad nacional y cultural.

La paz.

La coexistencia pacífica.

El entendimiento y confianza.

La cooperación internacional y regional.

La justicia internacional.

El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y

ecológicos.

El medio ambiente.

El patrimonio común de la humanidad.

Page 77: Practica comunitaria 1

98

El desarrollo que permita una vida digna.

Page 78: Practica comunitaria 1

98

TALLER No. 2

LUGAR: Escuela Oficial Rural Mixta “Lic. Armando Alfonso Sobalvarro Conde”,

Boca

del Monte, zona 3 de Villa Canales, Guatemala.

FECHA: 12 marzo de 2014

No. DE ALUMNOS: 49 niños, 24 masculino y 25femenino

6. TEMA: Derechos del niño

COMPETENCIA : Se enfocara en brindar información sobre el conocimiento y poner

en práctica los valores, deberes y derechos inherentes de todos los niños, niñas y

adolescentes sin distinción de ninguna.

TÉCNICA:.

Explicación de tema Cuadro Comparativo

RECURSOS:

Niños

Papel manila

Marcadores

Lápices

Lapiceros

Fotocopias

7. EVALUACIÓN: Resuelve hoja de trabajo.

________________________________ ________________________________

Carmy Sucely Arrivillaga Delmi Gabriela Ayala Tello

Page 79: Practica comunitaria 1

98

Alumna Practicante Directora Técnica Administrativa

CONTENIDO PARA EL TALLER No. 2

De conformidad con los artículos 4, 5, 6, 8, 76 y 108,  de la Ley   de Protección

Integral de la Niñez y Adolescencia, decreto No. 27-2003 del Congreso de la

República , es deber del Estado promover y adoptar las medidas necesarias para

proteger a la familia, jurídica y socialmente, así como concienciar a los padres y

tutores sobre el cumplimiento de sus obligaciones en lo relativo a la vida,  libertad,

seguridad, paz, integridad personal, salud, alimentación, educación, cultura, deporte,

recreación y convivencia familiar y comunitaria de todos los niños, niñas y

adolescentes.

 Asimismo, es deber del Estado garantizar que la aplicación de la ley en mención

esté a cargo de órganos especializados, cuyo personal tenga la formación

profesional y moral que exige el desarrollo integral de la niñez y adolescencia.  El

interés superior del niño constituye el fin axiológico que debe aplicarse en toda

decisión que se adopte con relación a la niñez y la adolescencia, para asegurar el

ejercicio y disfrute de sus derechos respetando los vínculos familiares, por lo que

deberá  entenderse como interés de la familia, todas aquellas acciones que

favorezcan la unidad e integridad de la misma.

 El Estado también debe velar porque las instituciones públicas y privadas que

atiendan a niños, niñas y adolescentes respeten sus derechos, en especial el

derecho a la vida, seguridad, identidad cultural; entiéndase, costumbres y

tradiciones, a efecto de brindarles un trato integral y digno. Asimismo, coordinar

acciones con dichas instituciones, así como con organismos internacionales, para

impulsar programas que fomenten la unidad y estabilidad familiar, civismo, identidad

nacional, valores morales, respeto a los derechos humanos y liderazgo para el

desarrollo de la comunidad. Por otra parte, debe diseñar políticas y ejecutar

programas de salud integral con la participación de instituciones dedicadas a esta

actividad, brindando los insumos necesarios para el logro de este cometido; además,

Page 80: Practica comunitaria 1

98

promover otros aspectos de orden social,  laboral, deportivo y de educación integral,

que vayan orientados, siempre, en beneficio de los niños, niñas y adolescentes.

 El Estado debe también, hacer su mayor esfuerzo para representar legalmente a

niños, niñas y adolescentes que se encuentren en estado de indefensión y en mayor

riesgo de vulnerabilidad, con el objeto de  realizar la investigación y diligenciamiento

de medios de prueba necesarios para la restitución de sus derechos amenazados o

violados, en los procesos de familia, penal, civil y labora.

Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño,

«el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado

especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del

nacimiento»,

Recordando lo dispuesto en la Declaración sobre los principios sociales y jurídicos

relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la

adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos nacional e

internacional; las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de

la justicia de menores (Reglas de Beijing); y la Declaración sobre la protección de la

mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado, Reconociendo que

en todos los países del mundo hay niños que viven en condiciones excepcionalmente

difíciles y que esos niños necesitan especial consideración, Teniendo debidamente

en cada pueblo para la protección y el desarrollo armonioso del niño, Reconociendo

la importancia de la cooperación internacional para el mejoramiento de las

condiciones de vida de los niños en todos los países, en particular en los países en

desarrollo, Han convenido en lo siguiente:

Declaración de los Derechos del Niño

Principio 1El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 2

Page 81: Practica comunitaria 1

98

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Principio 4El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Principio 6El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus

Page 82: Practica comunitaria 1

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aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe,en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Principio 9El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

Antecedentes de los derechos del niño.

A finales del Siglo XVII Finlandia dispuso que todas las parroquias del país

registraran los nacimientos y las muertes, con el fin de medir los niveles de vida de

su población, lo cual provocó que fuera uno de los países con la tasa de mortalidad

más baja y tuviera la población infantil más sana del mundo. Al paso del tiempo

la percepción de la niñez se humanizó gracias a los estudios de psicólogos y

psiquiatras, como Sigmund Freud, quienes evidenciaron que las vivencias familiares

y por tanto las relaciones de los adultos con los niños, constituían y formaban

básicamente la personalidad futura de los mismos.

Algunas de las fases de la actual Declaración Universal de los Derechos del Niño

Page 83: Practica comunitaria 1

98

son: La Magna Carta del Niño, y en 1922, escrita por una de las primeras

defensoras de los derechos de los niños, Englantina Jebb quien, a raíz de la Primera

Guerra Mundial, la redactó y fue adoptada por la Unión Internacional para el socorro

de la infancia. - En 1924, por la Sociedad de Naciones, se presento con el

nombre de Declaración de Ginebra o Tabla de los Derechos del Niño-, en ella se

hace especial referencia al compromiso de la humanidad para con el niño,

excluyendo toda consideración de raza, nacionalidad y creencia religiosa.

- La Carta de la Infancia elaborada después de la Segunda

Guerra Mundial por la Liga

Internacionalpara la Educación Nueva en Londres; además de distintas

modificaciones a la Declaración de Ginebra.

- En diciembre de 1948 la Declaración Universal de los

Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que

incluía implícitamente las libertades y derechos de los niños.

- Luego de las modificaciones llego la Declaración

Universal de los Derechos del Niño, adoptada en 1959

por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Los

principios de esa declaración fueron desarrollados por la Convención de las

Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, lo

cual da valor normativo internacional a lo que era solo una proclamación de

derechos.

La Convención fue adoptada por unanimidad por la Asamblea General de las

Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y fue abierta a la firma el 26 de enero

de 1990, ese mismo día firmaron el documento 61 países.

Page 84: Practica comunitaria 1

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TALLER No. 3

LUGAR: Escuela Oficial Rural Mixta “Lic. Armando Alfonso Sobalvarro Conde”,

Boca

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del Monte, zona 3 de Villa Canales, Guatemala.

FECHA: 12 marzo de 2014

No. DE ALUMNOS: 49 niños, 24 masculino y 25femenino

TEMA: deportes, recreación, cultura para la convivencia familiar

COMPETENCIA : Se familiariza en defender los derechos de los ciudadanos

expresándose libremente y pone en práctica los valores, deberes y derechos

inherentes a todas las personas sin distinción de ninguna clase.

TÉCNICA:. Juegos

Actividades para la convivencia

RECURSOS:

Niños

Pelota,

Hula hula ,Marcadores

Lápices

Lapiceros

Fotocopias

EVALUACIÓN: salir a la cancha a realizar juegos y preguntas orales.

________________________________ ________________________________

Carmy Sucely Arrivillaga Delmi Gabriela Ayala Tello

Alumna Practicante Directora Técnica Administrativa

CONTENIDO PARA EL TALLER No. 3

Page 87: Practica comunitaria 1

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El Programa Niñez

El Ministerio de Cultura y Deportes a través del Viceministerio del Deporte y la

Recreación, por medio de su Programa Sustantivo Niñez, atiende a nivel nacional, a

niños y niñas de 0 a 11 años, donde promueve la práctica de la Actividad Física, el

Deporte y la Recreación como medio para el desarrollo motriz y la educación del

movimiento, la convivencia social a través de la promoción de juegos autóctonos y

tradicionales. Su objetivo principal es identificar líderes positivos que generen

cambios dentro de su entorno familiar. Deporte y Recreación Diálogo de Culturas.

Dirección de Desarrollo Cultural

La Dirección General de Desarrollo Cultural y Fortalecimiento de las Culturas, se

identifica dentro de la estructura programática del Estado como Programa de Gestión

del Desarrollo Cultural. Fue creado en enero del año 2008, mediante la aprobación

del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes (Decreto

No.27-2008) con el propósito de generar y desarrollar propuestas institucionales que

se orienten a la aplicación de las Políticas Culturales y Deportivas Nacionales y el

Plan Nacional de Desarrollo Cultural a Largo Plazo del Ministerio de Cultura y

Deportes, en procesos de desarrollo humano integral, promoviendo la participación

ciudadana en la gestión del desarrollo cultural; la inclusión de la dimensión cultural

en el quehacer de las instituciones públicas y de la sociedad civil; la promoción y

valoración de la diversidad cultural; el fortalecimiento de las relaciones

interculturales; el turismo comunitario, la identidad cultural, el aprovechamiento social

y económico de la cultura (industrias culturales). No se visibiliza el rol de

Participación ciudadana y vinculación institucional

OBJETIVO ESTRATEGICO DEL PROGRAMA

Fortalecer la identidad nacional, la cultura de paz y el desarrollo cultural, mediante

programas, proyectos y actividades que promuevan el reconocimiento y respeto de la

Page 88: Practica comunitaria 1

98

diversidad cultural de la nación, las industrias culturales, la descentralización y el

Plan Nacional de Desarrollo Cultural a Largo Plazo, facilitando la participación

ciudadana y la vinculación institucional. Aquí se visibilizan las dos direcciones

técnicas.

NATURALEZA DEL PROGRAMA

La Dirección General de Desarrollo Cultural y Fortalecimiento de las Culturas es el

órgano al que le corresponde generar propuestas y acciones institucionales que se

orienten a la implementación de las políticas culturales y deportivas nacionales, así

como crear estrategias y mecanismos para incorporar la dimensión cultural en las

políticas públicas y fortalecer la participación de la sociedad civil y las comunidades

lingüísticas para garantizar la sostenibilidad de las políticas, planes y proyectos del

desarrollo, reconociendo y fortaleciendo la diversidad cultural.

PRINCIPALES FUNCIONES

• Promover la valoración de la diversidad como estímulo y riqueza social desde el

reconocimiento de la equidad de etnia, género, edad y capacidades especiales y

propiciar la inclusión.

• Fomentar el pleno respeto, la comprensión y la interrelación entre los valores y

costumbres de las diferentes culturas, fortaleciendo la identidad nacional y el derecho

a la libre expresión.

• Contribuir a la comunicación permanente entre sociedad civil y Estado, resaltando

el nivel local y municipal.

• Contribuir a que en los diferentes niveles institucionales del gobierno central y local,

la dimensión cultural esté considerada como esencial para el desarrollo y que exista

un alto nivel de interrelación, entre los diferentes niveles e instituciones para que la

dimensión cultural incida en todas las políticas públicas.

• Apoyar la creación y desarrollo de organizaciones sociales dedicadas a la industria

y al desarrollo cultural.

Page 89: Practica comunitaria 1

98

• Efectuar estudios para conocer y difundir los rasgos socioculturales de las

comunidades que forman parte de su respectiva cobertura geográfica.

• Implementar, fortalecer y monitorear las Unidades de Desarrollo Cultural local de la

Dirección General de Desarrollo Cultural y Fortalecimiento de las Culturas, como

parte de la estrategia de desconcentración y descentralización.

Pre-Congreso de Revisión de las Políticas Culturales y Deportivas Nacionales

Los días 17 y 18 de julio se llevó a cabo el Pre-Congreso para la revisión de las

Políticas Culturales y Deportivas Nacionales, en el Centro de Formación y

Capacitación de la Cooperación Española, Antigua Guatemala, con el objetivo de

presentar los resultados del análisis y revisión de las políticas por parte de las

comisiones establecidas, así como establecer avances y limitaciones en su

implementación, la coordinación del evento estuvo a cargo del Comité Técnico de

Coordinación del Congreso de Revisión de las Políticas Culturales y Deportivas

Nacionales, cuyo coordinador es el Lic. Leandro Yax Zelada, Viceministro de Cultura.

En el evento se contó con la participación del Señor Ministro Lic. Carlos Batzín, el

Viceministro de Cultura, Lic. Leandro Yax Zelada, la Viceministra del Deporte y la

Recreación Licda. María Dolores Molina, la Viceministra de Patrimonio Cultural y

Natural Licda. Rosa María Chan y los cuatro directores generales. Asimismo se

recibieron las conferencias por parte del Dr. Edgar Montiel, representante de la

UNESCO en Guatemala, quien compartió el enfoque de las políticas en el ámbito

internacional, declaraciones sobre cultura, diversidad, pueblos indígenas y la Dra.

Linda Asturias quien compartió parte de los antecedentes y formulación de las

políticas culturales y deportivas, desafíos para su implementación.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Es la encargada de impulsar proyectos culturales para incentivar a la población en

general sobre la importancia del Desarrollo Humano Sostenible y la Cultura de Paz.

Promueve acciones en las que permite impulsar el Plan Nacional de Desarrollo

Cultural a través del nivel local, municipal y departamental, fortaleciendo Unidades de

Desarrollo en coordinación con otras instancias del Ministerio de Cultura y Deportes,

instituciones del Estado y Sociedad Civil.

Page 90: Practica comunitaria 1

98

La Dirección General de Desarrollo Cultural, por medio de la Dirección Técnica de

Participación Ciudadana, organizó en el departamento de Sololá, la feria cultural

regional, los días 20 y 21 de julio, beneficiando a artesanos y pobladores a través de

expoventas de artesanías y productos originarios de la localidad. Asimismo la

Municipalidad Indígena de Sololá realizó un acto emblemático donde se nombra

como Visitante Distinguido al Señor Ministro de Cultura y Deportes, Lic. Carlos

Batzín.

Vinculación Institucional

Promover acciones orientadas a incidir a lo interno del Ministerio de Cultura y

Deportes, en las instituciones públicas y de la sociedad civil, para incluir la dimensión

cultural en la formulación de sus políticas, planes, programas, proyectos y prestación

de servicios proponiendo la utilización del Plan Nacional de Desarrollo Cultural a

Largo Plazo en referido proceso.

Diversidad Cultural

Promueve la interculturalidad y multiculturalidad, la equidad e inclusión y otros temas

relacionado con el desarrollo cultural. Así también (dos palabras que significan lo

mismo,quitar una), se coordinan investigaciones socioculturales sobre los elementos

culturales de los pueblos maya, xinka, garífuna y mestizo. Se diseña material

educativo y estrategias que contribuyan al fortalecimiento de la interculturalidad y el

reconocimiento de la diversidad humana como riqueza par el desarrollo

Fortalecimiento de la Identidad Cultural

Transmite los conocimientos y los valores ancestrales para el fortalecimiento de la

identidad nacional, propiciando la diversidad cultural para la práctica de la

interculturalidad, así como las industrias culturales, el turismo comunitario y

expresiones culturales originarias que contribuyen al desarrollo social y económico

de las comunidades y municipios de las regiones.

En el día Kaji Imox, según el Calendario Sagrado Cholq’ij (30 de julio 2013), la ciudad

ceremonial recobró su nombre ancestral de Chuwa Nima´ab’äj. Con esta restitucion,

se hace justicia al afán indoblegable de la nación Kaqchikel, a la identidad de las

naciones del pueblo Maya y a la historia real de los pueblos de Guatemala. Esta

Page 91: Practica comunitaria 1

98

restitución es histórica, pues es la primera que se realiza en su género, sobre todo en

un país donde la mayor parte de las toponimias municipales y departamentales son

todavía coloniales: Guatemala, Chimaltenango, Jilotepeque, Mazatenango,

Totonicapán, Chichicastenango, Quetzaltenango, Tecpán, etc. Son nombres

castellanizados provenientes de los idiomas Tlaxcalteca, Choluteca y Nahualt.

Sistema de Información Cultural.

implementar el Sistema Nacional de Información Cultural, el cual contendrá

información sobre las culturas guatemaltecas, su patrimonio y datos conexos, para

que sirva entre otros fines, con los procesos de fortalecimiento de la identidad

nacional y de los cuatro pueblos y las etnias que conforman Guatemala; y como un

instrumento orientador de políticas públicas y para los planes de desarrollo integral

del país a través de poner a disposición un portal electrónico y una base de datos

que se ubica en la Web, la recopilación de todos los datos culturales del país de una

manera sistematizada.

Causas:

La utilización de las drogas o de alguna sustancia adictiva, que conlleve resultados

negativos tanto para la salud como para la convivencia social y familiar, viene

relacionada con un sin fin de motivos, y cada uno diferentes para cada persona, esto

debido a que existen distintos niveles de susceptibilidad.

Haciendo mención de algunos de los motivos más comunes que conlleva a esta mala

práctica en niños y adolescentes, que van desde la utilización de sustancias dañinas,

hasta la inserción a grupos antisociales que se dedican al menudeo de droga, robos,

extorsiones y en punto crítico al sicariato.

Los niños, niñas y adolescentes en una gran mayoría, se inician en estas

actividades, por su bajo nivel de autoestima, por los constantes maltratos que reciben

en sus hogares, que en gran parte esta desintegrado o no son funcionales, y buscan

el apoyo o el cariño con estos grupos delictivos.

Podemos hacer mención de algunos de los casos más comunes:

Page 92: Practica comunitaria 1

98

Desintegración familiar

Agresión física, psicológica, emocional, económica, verbal, etc.

Violencia intrafamiliar.

Familia Disfuncional.

Alcoholismo en padre, madre o tutor.

Drogadicción en padre, madre o tutor.

Infidelidad.

Falta de comunicación y convivencia.

Falta de Atención.

Victima de Violación o Agresión sexual.

Pobreza

Abandono de padre, madre o tutor.

Reacción luego de ser víctima de violencia común.

Victima de Buillyng

Prevención:

Existen diversas formas de prevenir, y cada una de ellas según los entornos en los

que viven, sociedad, cultura, economía, educación, religión, etc. Y es importante

mencionar que la prevención debería de ser la base fundamental de todas las

acciones, independiente de la actividad que se desarrolle.

Page 93: Practica comunitaria 1

98

Enfocándonos en esta práctica comunitaria y sabiendo que nos estamos dirigiendo a

la niñez y adolescencia, las actividades deben de ser de interés y aprendizaje para

esta edad, asi poder llamar su atención y gastar la energía positiva que ellos poseen.

Pero esto no solo es tarea de los centros educativos, estas actividades deben de ser

implementadas desde el hogar y a una muy temprana edad, para fomentarles el

habito de estar en actividad constante y que mejor que en el ambiente familiar.

Hacemos mención de algunas de las actividades que pueden ayudar a prevenir a

que los jóvenes y niños busquen el desarrollo fuera del entorno familiar:

Actividades en los centros educativos, enfocados en cada uno de los intereses

de los menores.

Individualizar que tipo de actividad es la que llena mas el interés o entrega de

los menores, ya que no a todos los les gusta el deporte, por lo cual se puede

realizar actividades como pintura, arte, dibujo, juegos mentales, etc.

Invitar a que a dichas actividades estén presentes los padres de familia o

tutores, para así incentivar a la convivencia familiar.

Recibir por parte de docentes clases, información o talleres sobre ética,

religión, sexualidad y drogas.

Que se lleve un monitoreo por parte de psicóloga de la institución educativa,

para determinar si algún menor está siendo víctima de algún tipo de agresión.

En el ámbito familiar, que padres de familia o tutores estén fuera de vicios

para así evitar que los menores no se inicien en las mismas actividades.

Evitar de cualquier forma la agresión física, verba, psicología, emocional,

sexual en el entorno familiar.

Que los adultos sepan manejar los problemas de pareja, para así no afectar

de ninguna manera a los menores.

Si existiera alguna falla por parte de los padres, que asistan a escuela para

padres o terapias psicológicas para mejor dichos comportamientos.

Page 94: Practica comunitaria 1

98

Promover la convivencia familiar y la confianza de los hijos hacia los padres.

Que exista una buena comunicación de padres de familia o tutores hacia los

menores.

CAPÍTULO V

5. EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS

5..1.1

Luego de varias visitas antes de iniciar la práctica, se dialogó con algunas niños del

establecimiento. Es sorprendente que algunos niños de la escuela se ven totalmente

desinteresados por valorar sus derechos, ya que, muchos de ellos no tienen

esperanzas,

5.1.2

Ver las expresiones de cada niño algo tan emocionante, pues es algo que no se ha

vivido muy de cerca y al hablar con ellos nos damos cuenta que algunos están felices

por el hecho de estar vivos y dan gracias a Dios porque aún existen personas de

buen corazón que los llegan a visitar y comparten con ellos.

Page 95: Practica comunitaria 1

98

5.1.3

Pues en las comunidades podemos observar que muchos padres de familia no se

mantienen con sus hijos por motivos de trabajo y algunos padres los dejan solos

Y los niños solo se mantienen en la calle jugando y buscan malas amistades

empiezan a inducirlos a los vicios.

5.1.4

Algunas expresiones de los niños muy felices porque ellos necesitan de cariño

atención

Y lo buscaban en uno ya que en su casa posiblemente no encuentran la atención

adecuada y cariño .

5.1. ANECDOTAS

5.1.1

Una maestra de Jardín de Infancia estaba observando a los niños de su clase

mientras dibujaban.

Ocasionalmente se paseaba por el salón para ver los trabajos de cada niño. Cuando

llegó a donde una niñita trabajaba diligentemente, le preguntó qué estaba dibujando.

La niña replicó:

Estoy dibujando a Dios.

La maestra se detuvo y dijo:

Pero nadie sabe cómo es Dios.

Page 96: Practica comunitaria 1

98

Sin pestañear, y sin levantar la vista de su dibujo, la niña contestó:

Lo sabrán dentro de un minuto.

5.2 CONCLUSIONES

Se profundizó en los Derechos Humanos

.

Se dio a conocer los derechos de cada persona.

Se fomentó la ayuda para mejorar el ambiente humano.

Se implementó actividades para disminuir la desintegración dentro del hogar.

Para la realización y validación del módulo se pudo constatar que la

información contextualizada de material acerca del tema Derechos del niño y

el daño de las drogas.

Se hizo conciencia para disminuir el abandono y el maltrato físico y

psicológico.

Los Derechos Humanos y el Daño de la Drogadicción en los adolescentes,

es un tema de mucha importancia en la comunidad, pues la investigación

indica que muchos de sus adolescentes y adultos en las calles de la colonia

ya tiene problemas de drogadicción, esto facilita a los adolescentes y niños

estén en el mundo de drogas, ahora los estudiantes de 5to de la escuela

tienen la información necesaria para analizar bien la situación del tema de

Derechos Humanos y también sobre los daños que ocasionan las drogas en

sus familias y su futuro.

La realización de las charlas y talleres sobre Derechos Humanos y

Drogadicción fueron de motivación para los adolescentes y niños, pues tenían

poca información acerca de los temas tratados.

Page 97: Practica comunitaria 1

98

Los alumnos de la escuela Lic armando sobalvarro conde fueron beneficiados

con información de mucha ayuda para la formación de adultos con deseos de

darle a nuestro país una cultura más avanzada.

5.3 Recomendaciones

Los adolescentes y niños de la escuela son jóvenes y niños aun sanos y con

deseos de superación, es responsabilidad de los docentes y adultos darles el

apoyo para continuar con sus sueños y anhelos.

Los padres de familia y estudiantes deben atender las disposiciones de las

autoridades educativas y gubernamentales en el tema de seguridad y

prevención de delincuencia para darle a la colonia una sociedad más sana.

La Asociación de Vecinos de la comunidad debe buscar oportunidades fuera

del contexto político, para alcanzar sus objetivos y metas.

A los padres de familia, aprovechar las actividades que se tengan con los

niños.

A los trabajadores voluntarios, impulsar el apoyo a la sociedad, y coordinar

actividades en pro de la protección de los Derechos Humanos.

A las autoridades municipales, organizar campañas de valores con la

participación de varios sectores de la comunidad.

5.4 EGRAFIAS

http://www.bvsde.paho.org/bvsacd/cd38/Guatemala/D90-97.pdf

Page 98: Practica comunitaria 1

98

-http://www.oas.org/juridico/MLA/sp/gtm/sp_gtm-mla-leg-narco.pdf

http://www.gentedemedios.org/portal/index.php?

option=com_content&view=article&id=138&Itemid=85

http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_constitucionales

-http://es.wikipedia.org/wiki/Procuradur

%C3%ADa_de_los_Derechos_Humanos_(Guatemala)

-http://www.pdh.org.gt/derechos-humanos/que-son-los-derechos-humanos

http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/27337.pdf

-http://www.monografias.com/trabajos13/hisde/hisde.shtml

Breve reseña histórica de los Derechos Humanos.

http://andragogos.blogspot.com/2010/04/ensayo-breve-resena-historica-sobre-

los.html

Definición de Derechos Humanos. Disponible en:

http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

Iusnaturalismo y Positivismo en Derechos Humanos.

Disponible en: http://www.monografias.com/trabajos71/iusnaturalismo-

positivismo/iusnaturalismo-positivismo.shtml

5.5 ANEXOS

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