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POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.-AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
DOSSIER INFORMATIVO
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
ÍNDICE• PLANOS DE ACCESOS.
• INFORMACIÓN GENERAL Y NORMAS DE URBANIZACIÓN Y DE EDIFICACIÓN.
• PLANO DE USOS PORMENORIZADOS.
• PARCELAS PROPIEDAD DE SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN, S.L.U.
• IDENTIFICACIÓN Y SUPERFICIES DE PARCELAS PROPIEDAD DE SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN, S.L.U.
• PLANOS DE RETRANQUEOS Y COTAS.
• PLANOS DE INSTALACIONES PRINCIPALES PROYECTADAS:
» RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA» RED DE DISTRIBUCIÓN DE GAS» RED DE AGUAS RESIDUALES» RED DE PLUVIALES» RED DE MEDIA TENSIÓN» RED DE BAJA TENSIÓN
PLANO DE ACCESO
EL ESPARTAL
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
PLANOS DE ACCESOS
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
INFORMACIÓN GENERAL Y NORMAS DE URBANIZACIÓN Y DE EDIFICACIÓN
1.-DATOS INICIALES
Denominación Obra: POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”
Ubicación: SECTOR I-9- EL BURGO DE EBRO (Zaragoza), próx. Carretera N-232.
Superficie Bruta Polígono: 650.232 m2.
Promotor: Gobierno de Aragón y SVA; Ayuntamiento de El Burgo de Ebro.
Planeamiento: MAR arquitectos, S.C.
Proyecto de Urbanización: Actuaciones de Ingeniería y Proyectos, S.L. y Aragón Navarra de Gestión, S.L.
Dirección de Obra: U.T.E. Actuaciones de Ingeniería y Proyectos, S.L. y Aragón
Contratista: U.T.E. Arascón, S.A. – Corsán-Corvián, S.A.
Plazo de Adjudicación: 10 meses.
Posibilidad de Simultanear los trabajos de Urbanización y de Edificación a partir del mes de Junio de
2006
2.- TRAZADO Y CARACTERÍSTICAS DE LA RED VIARIA
a)Acceso
El Polígono está limitado al Norte por la N-232, de la que le separa una franja de zona verde para permitir el
posible desdoblamiento de la calzada de la carretera. El acceso se produce por el actual nudo de entrada a la
empresa SAICA. Este acceso fue construido en su momento por la Diputación General de Aragón para
facilitar el asentamiento de la empresa, y en la actualidad es de titularidad municipal, encargándose la
empresa de su mantenimiento ordinario.
Se contempla la mejora del nudo de acceso, repartiéndose el tráfico por medio de una rotonda que distribuye
a los tres vehículos en dirección a SAICA o al interior del polígono, bien sea a la calle “A” o a la calle “B”.
Este Polígono esta emplazado junto a la Autopista autonómica ARA-A1 (con peaje a la sombra), la cual,
comunica la N-232 con la N-II y AP-2. De esta forma, el Polígono tiene conexión directa con las principales
vías de comunicación a Barcelona y Madrid .
b) Desdoblamiento de la N-232
La ordenación del polígono contempla la posibilidad de desdoblamiento de la N-232 mediante la reserva de
un franja de terreno que se podría utilizar con esta finalidad en el futuro y en la actualidad se zonifica como
zona verde aunque no se computa su superficie a efectos del cumplimiento de los módulos de reserva que
exige el Reglamento.
c) Red Viaria interior
Se proyecta vial de 16m de anchura en todo el perímetro con doble dirección y en la vía transversal principal. El
resto de transversales se resuelven con viales de 13 metros de anchura y circulación en dirección única.
En la curva que describe el vial “A” en el extremo Sur-Este del Polígono se proyectan radios de giro de 35 metros
en los ejes de bordillos, que permiten la construcción futura de una glorieta en el caso de que se amplíe en el
futuro el Polígono hacia el Este.
d) Aparcamientos
Se disponen a ambos lados de los viales proyectados en cordón. En previsión del aparcamiento de camiones se
prevé un ancho de 2,50 metros.
La red viaria se describe de manera pormenorizada en el anexo correspondiente y su definición geométrica se
contiene en los planos O-05 y O-06 del presente Avance en planta y en sección longitudinal.
3.- INSTALACIONES PROYECTADAS
ABASTECIMIENTO DE AGUA, RED DE AGUA POTABLE, CONTRAINCENDIOS Y RIEGO. REPOSICIÓN
DE ACEQUIAS DE RIEGO.
El abastecimiento de agua, a la totalidad del Sector, se lleva a cabo a partir de la toma al Canal Imperial de
Aragón, el agua se almacena en una balsa construida junto al Canal Imperial de Aragón. Desde la balsa se
bombeará a la E.T.A.P. (Estación de Tratamiento de Agua Potable) y una vez potabilizada se impulsará a un
depósito situado en el cerro cercano a la E.T.A.P.. desde dicho depósito se dará servicio por gravedad a la
totalidad del polígono industrial.
RED DE SANEAMIENTO
Las aguas residuales de saneamiento y de pluviales se recogerán mediante red separativa.
Las aguas residuales serán tratadas todas mediante depuración de sus aguas residuales como les indicamos
más abajo, el tratamiento será como sigue:
Las aguas de la red de residuales son conducidas para su tratamiento a la estación depuradora de aguas
residuales. A continuación, las aguas tratadas son canalizadas hasta su posterior vertido al río Ebro, todo ello
a través de un emisario de diámetro 315 mm.
RED ELÉCTRICA
MEDIA TENSIÓN
El tendido subterráneo objeto de este proyecto enlazará con las líneas subterráneas de MT proyectadas por ERZ
que van desde la SET de Saica hasta el límite de actuación del Plan Parcial del sector I-9. Además de las líneas
de media tensión del polígono se instalarán inicialmente 10 centros de transformación, cada uno con dos
transformadores de 630 KVA, y 2 más con un transformador de 630 KVA, los cuales una vez terminadas las
obras se cederán a la compañía suministradora, así como la totalidad de la red de M.T. Se ha instalado una
potencia de 47,60 W/m² parcela.
RED SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN
Los tendidos subterráneos objeto de este proyecto, se realizará desde los centros de Transformación que se
proyectan para este polígono y que son objeto de legalización independiente en el correspondiente proyecto de
Media Tensión.
RED TELEFÓNICA
Las canalizaciones telefónicas se adaptarán a las instrucciones en la Dirección Provincial de la Compañía
Telefónica.
Dentro de las obras de urbanización del Polígono se incluirán la obra civil, canalizaciones, arquetas y cámaras
para la posterior instalación de los cables de servicio telefónico.
Así mismo también se incluirán una segunda red con su obra civil y canalizaciones, para un futuro segundo
operador que posteriormente incluirá sus cámaras y arquetas no incluidos en este proyecto.
RED DE GAS NATURAL
La red subterránea objeto de este proyecto, se realizará desde la Estación de Regulación y Medida (ERM) que
se proyecta para este polígono y que es objeto de legalización independiente.
La tipología de la red es mallada, rodeando las parcelas edificables. Se dispondrán válvulas de corte en los
nudos para facilitar el suministro en caso de avería.
4.- ASIGNACIÓN DE USOS PORMENORIZADOS.
• Los usos industriales permitidos en el polígono se definen por remisión al PGOU y se pormenorizan de manera
detallada para clarificar la aplicación de la definición contenida en el apartado I.3.1.3 Uso de industria de las
Normas Urbanísticas.
• Para los equipamientos públicos se excluye el uso comercial, porque tiene un carácter lucrativo impropio de la
actividad o iniciativas que la Administración Municipal pueda desarrollar sobre las parcelas de Equipamientos
que le correspondan. Sin embargo se ha considerado de interés los usos relacionados con las comunicaciones,
como gasolineras o talleres.
• La definición referente a los equipamientos “Educativo y Social” y “Polivalente” se ajusta a lo contenido en el
art. 79 del Reglamento de Desarrollo parcial de la Ley Urbanística y en el artículo correspondiente de las
Normas Urbanísticas de este Plan Parcial se detalla además la manera en que debe interpretarse la
correlación entre el citado artículo y los usos definidos en el Plan General.
DEFINICIÓN de USOS PORMENORIZADOS por ZONAS
• ZONA INDUSTRIAL
USO CARACTERÍSTICO: Industrial. Esta zonificación alberga cualquier tamaño de industria (ligera, media o
pesada) y de cualquier clase o tipo, siempre que la instalación satisfaga las necesarias condiciones de cara a la
protección del medio que establecen estas Ordenanzas.
Se permitirán asimismo actividades molestas, nocivas o peligrosas, siempre que se demuestre su compatibilidad
con las industrias alojables en el Polígono y se justifique en el proyecto de construcción y/o instalación de las
mismas la adopción de medidas correctoras que permitan la compatibilidad.
Se incluyen como usos industriales los de:
– Producción industrial
– Almacenaje y comercio mayorista
– Reparación y tratamiento de productos de consumo doméstico
– Producción artesanal y oficios artísticos
– Edificaciones destinadas a parques de maquinaria de construcción y agrícola
– Talleres en general
USOS COMPATIBLES: Son los siguientes:
• VIVIENDA: que esté destinada al personal de mantenimiento, vigilancia o conservación de la propia industria, con
un máximo de 1 vivienda por parcela, integrada en el edificio industrial. Se permite para la vivienda un máximo de
150m2 construidos
• PARA-INDUSTRIALES: se permiten los almacenes, agencias de transporte, garajes y talleres de reparación de
vehículos sin limitación de superficie.
• SERVICIOS TERCIARIOS: Siempre que respeten las limitaciones establecidas en el uso dominante como
servicio al mismo.
• DOTACIONAL: Sólo los usos públicos incluidos en el art. 1.3.1.4 del PGOU del Burgo de Ebro bajo los epígrafes
de:
• Varios-Parque de bomberos y servicios de limpieza.
• Agropecuario: Almacenaje de productos agrícolas y aparcamiento de los mismos.
ZONA DE EQUIPAMIENTO EDUCATIVO Y SOCIAL:
USO CARACTERÍSTICO: Usos de enseñanza e investigación en cualquiera de los distintos grados y
especialidades reconocidos, usos administrativos, culturales, asociativos, sanitarios, asistenciales, residencias
comunitarias y religiosos.
USOS COMPATIBLES: Los necesarios para el desarrollo de los característicos en proporción que no exceda al
10% del total de la zona de equipamiento educativo y social. Se incluye entre ellos el uso de VIVIENDA: Una para
el personal de servicio, vigilancia y control del uso principal. Se permite para la vivienda un máximo de 150m2
construidos.
• EQUIPAMIENTO POLIVALENTE:
USO CARACTERÍSTICO:
a) Los correspondientes a la zona de equipamiento educativo y social y además el equipamiento deportivo.
b) Las instalaciones de almacenamiento, potabilización y depuración de agua al servicio del polígono.
c) Cualquier otra infraestructura al servicio del polígono, como subestaciones transformadoras, plantas de gas o
similares .
USOS COMPATIBLES:
a) Los necesarios para el desarrollo de los característicos en proporción que no exceda al 10% del total de la zona
polivalente. Se incluye entre ellos el uso de VIVIENDA: Una para el personal de servicio, vigilancia y control del
uso principal. Se permite para la vivienda un máximo de 150m2 construidos.
b) Los que el Plan General recoge en su apartado I.3.1.4 bajo los epígrafes de restaurantes, bares y cafeterías,
comunicaciones y transportes, sanitario, turístico y varios en proporción que no exceda el 50% del total de la zona
polivalente.
USOS PROHIBIDOS: Los no incluidos en los apartados anteriores y en particular los que el Plan General recoge en su
apartado I.3.1 bajo los epígrafes de industria, comercio de uso diario y especializado y agropecuario
• ZONA VERDE PÚBLICA:
USO CARACTERÍSTICO: Ajardinamiento y plantaciones que faciliten su vocación de espacio libre público.
USOS PERMITIDOS:
a) Las instalaciones al servicio de la propia zona verde, sin ninguna limitación.
b) Aquellos que demande el uso público de la misma en su doble vertiente de espacio libre de relación y de
recreo con un límite de edificabilidad de 0,05m2/m2 de zona verde.
c) Trazado de infraestructuras y redes aéreas y subterráneas, y en particular la balsa de almacenaje de agua
potable integrada como laguna o lámina de agua en el diseño de la zona verde
d) Construcciones de apoyo a dichas infraestructuras, como Centros de Transformación eléctricos u otras con
un límite de edificabilidad de 0,05m2/m2 de zona verde.
5. CARÁCTER DE LA URBANIZACIÓN
La urbanización tendrá carácter público. La titularidad del viario, las parcelas de equipamientos y las zonas
verdes y espacios públicos será pública y corresponderá al Ayuntamiento. No obstante, el cuidado y
mantenimiento de dichos espacios deberá ser por cuenta de los propietarios incluidos en el Polígono,
que habrán de constituir al efecto una ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN, por cualquiera
de los procedimientos contemplados en el art. 137 a) de la Ley Urbanística de Aragón y en el art. 25 del
Reglamento de Gestión Urbanística.
6. CONDICIONES DE PARCELACIÓN
A efectos de reparcelaciones, parcelaciones y segregaciones, se establecen las siguientes condiciones que
habrán de satisfacer las parcelas:
• La superficie de parcela será igual o superior a mil (1000) m2.
• El lindero frontal de la parcela tendrá una dimensión mayor o igual a quince (15) metros.
• La forma de la parcela será preferentemente rectangular, permitiendo la inscripción de un
círculo de diámetro igual o superior a quince (15) metros.
• Para las parcelas E-2, P4-01, P4-02, P4-03 y P4-04 se establecen condicionantes especiales
por estar en las inmediaciones del Canal Imperial de Aragón. (Ver planos de Retranqueos y
Cotas 05.02, 05.03 y 05.04)
7. SEPARACIÓN A LINDEROS
• La separación entre los planos de las fachadas a los linderos correspondientes no podrá ser inferior a
cinco (5) metros.
• La edificación podrá adosarse a los linderos laterales, cuando concurran las siguientes circunstancias:
1. Tratarse de edificaciones adosadas o pareadas de proyecto unitario.
2. Cuando exista acuerdo entre los propietarios de las fincas colindantes para construir
adosándose a la medianera. En este caso el acuerdo deberá inscribirse en el Registro de la
Propiedad.
8. POSICIÓN DE EDIFICIO RESPECTO A LA ALINEACIÓN EXTERIOR
• La nueva edificación deberá separarse la línea de fachada de la alineación exterior, la distancia que se
señala en planos de ordenación.
• El espacio libre resultante del retranqueo podrá dedicarse a aparcamiento en superficie, jardín o
muelles de carga y descarga, no pudiendo destinarse a depósitos o almacenamiento de materiales,
vertido de residuos, etc.
• Cuando las dimensiones de la parcela permitan para agotar el aprovechamiento permitido por el Plan la
ubicación de naves en el interior y, por tanto, no sobre la alineación exterior, se deberá presentar
Estudio de Detalle de la parcela en el que se ordenen los volúmenes creándose zonas de acceso a las
naves. El propio Estudio de Detalle determinará la situación de las edificaciones y los retranqueos
aplicables.
9. OCUPACIÓN
No podrá ocuparse sobre o bajo rasante, una superficie de parcela superior al 80% de la
parcela neta.
Para el cómputo de la superficie ocupada, los porches abiertos cubiertos para carga, descarga o
aparcamiento, cuentan a razón del cincuenta por ciento (50%) de su superficie.
Las operaciones de carga y descarga, así como las maniobras de vehículos y el tráfico interno propio
del proceso productivo, se deberán realizar siempre dentro de la parcela.
10. COEFICIENTE DE EDIFICABILIDAD
El coeficiente de edificabilidad sobre la superficie de parcela neta se establece en 0,85 m2/m2.
Para el cómputo de la edificabilidad, se incluyen todos los espacios edificables de las plantas, con
independencia de su destino, no computando las entreplantas o altillos que pudieran construirse
en el interior de las naves dentro de la altura máxima permitida, siempre y cuando sean diáfanos, no
cerrados al interior y con destino de almacenamiento o similar.
11. ALTURA DE LA EDIFICACIÓN
La altura máxima edificable será de Planta Baja y una alzada hasta un total de doce (12) metros. Para las
cubiertas la pendiente máxima se fija en 35º y 3metros
Esta altura se medirá desde la rasante del punto medio de fachada, hasta el alero o arranque de las cerchas.
En edificios de oficinas se puede distribuir la altura en tres plantas, con un máximo de 11 metros.
Podrá autorizarse planta baja con la altura máxima establecida para la totalidad de la edificación.
Si las características del proceso de fabricación exigieran una mayor altura de nave, ésta se permitirá previa
justificación detallada por técnico competente.
12. ALTURA DE PISOS MÍNIMALa altura mínima de piso se fija en:
Planta baja: cuatro (4) metros. (salvo uso de oficinas en el que se permitirán 3 metros).Planta alzada: tres (3) metros.
13. CONDICIONES ESTÉTICAS
Salientes. No se admiten vuelos distintos de los aleros o cornisas en las naves industriales,
con saliente máximo de setenta y cinco (75) centímetros sobre la línea de fachada.
Por encima de las alturas máximas señaladas son admisibles los elementos de instalaciones
indispensables al funcionamiento de la industria.
La composición y tratamiento de fachadas es libre en el ámbito del presente Plan Parcial, si bien se
procurará la integración formal del resultado en el entorno. No se permitirá dejar vistos materiales
estructurales o de cerramiento que tradicionalmente quedan ocultos, ni revocos sin un acabado de pintura.
14. CONDICIONES de los CERRAMIENTOS
Su tratamiento tendrá la mayor uniformidad posible, debiendo estar formados por zócalo de obra de
fábrica de color claro, preferiblemente blanco al menos hasta un metro de altura y el resto con malla
metálica, preferentemente cerrajería con despiece vertical hasta 2,50m. Se plantará seto cerrado de tipo
ciprés en toda la longitud. Para las separaciones entre parcelas se permite la malla sobre postes metálicos
15. ESTACIONAMIENTOS
Se dispondrá en el interior de la parcela, una plaza de aparcamiento por cada 150 m2 de superficie
construida, su dimensión mínima será de 2,20x4,50.
16. CONDICIONES DE LA INDUSTRIA EN GENERAL
Aislamiento de las construcciones: En zonas de uso característico industrial, cualquier nuevo edificio
dispondrá de los muros de separación con los colindantes, a partir de los cimientos, dejando un
espacio libre de 2 cm., no teniendo contacto con los edificios vecinos, excepto en las fachadas donde
se dispondrá el aislamiento correspondiente.
Dimensiones de los locales: A los efectos de la aplicación de las determinaciones que hagan
referencia a la superficie de producción o almacenaje, esta dimensión se entenderá como la suma de
la superficie útil de todos los locales destinados a la actividad productiva o de almacén, así como
aquellos vinculados de forma directa a dichas actividades; quedarán excluidas expresamente la
superficies destinadas a oficinas, exposición de productos, venta y aparcamiento de los vehículos que
no estén destinados al transporte de los productos.
Los locales de producción o almacenaje en que se dispongan puestos de trabajo, tendrán al menos un
volumen de doce (12) metros cúbicos por trabajador.
Servicios de aseo: Tendrán aseos independientes para los dos sexos, que contarán con un retrete, un
lavabo y una ducha por cada diez (10) trabajadores o fracción superior a diez (10), y por cada mil
(1000) metros cuadrados de superficie de producción o almacenaje o fracción superior a quinientos
(500) metros cuadrados.
Circulación interior: Las escaleras, pasos horizontales o rampas, tendrán una anchura no menor de cien (100)
centímetros, cuando den acceso a un local con capacidad hasta cincuenta (50) puestos de trabajo; y de ciento
veinte (120) centímetros, para capacidad superior.
Ordenación de la carga y descarga: Cuando la superficie de producción o almacenaje supere los quinientos (500)
metros cuadrados, la instalación dispondrá de una zona exclusiva para la carga y descarga de los productos en el
interior de la parcela.
Las operaciones de carga y descarga, así como las maniobras de vehículos y el tráfico interno propio del proceso
productivo, se deberán realizar siempre dentro de la parcela.
17. CONDICIONES DE TRATAMIENTO DE FACHADA AL CANAL IMPERIAL
Para el frente recayente al Canal Imperial de Aragón, correspondiente a las parcelas E-2 e I-4 se pormenorizan
las siguientes condiciones específicas:
La ejecución del cerramiento de las parcelas y de las zonas verdes delanteras estará sujeta a las condiciones de
urbanización de las presentes Normas Urbanísticas.
En el espacio de retranqueo de 30 metros respecto al límite de la propiedad se podrán ubicar aparcamientos,
zonas ajardinadas y actividades que no perjudiquen la apariencia estética de ese frente de fachada.
El frente de edificación posterior, recayente a dicho espacio tendrá carácter y tratamiento arquitectónico de
fachada. Podrá estar resuelta con chapa, cerramiento de bloque o prefabricados, pero en cualquier caso será de
color claro, preferiblemente blanco.
La altura en este frente no podrá rebasar los 12 metros de altura máxima general. En este caso particular no se
admiten excepciones.
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
PLANO DE USOS PORMENORIZADOS
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
PARCELAS PROPIEDAD DE SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN, S.L.U.
POLÍGONO INDUSTRIAL “EL ESPARTAL”.- AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO.- ZARAGOZA
IDENTIFICACIÓN Y SUPERFICIES DE PARCELAS PROPIEDAD DE
SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN, S.L.U.
100,00%650.232SUP.BRUTAPOLIGONO
10,88%70.771VIARIO Y E.L.
15,80%102.711ZONA VERDE
1.811361.9990,8565,50%425.881INDUSTRIAL
Aparc.
Total Sup.const.
Edif.Total Sup.parcela
USO