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MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS EDIFICIOS DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) EN MADRID. 1.-OBJETO DEL CONTRATO El contrato tiene por objeto el servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de diversos edificios de los Servicios Centrales del Servicio Público de Empleo Estatal en Madrid, así como los suministros necesarios para el buen funcionamiento de todos ellos, adaptándose a las necesidades del SEPE y a la normativa que se genere. El mantenimiento integral comprenderá los siguientes conceptos: MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Consistirá en la revisión periódica y sistemática de las instalaciones, según las prescripciones técnicas mínimas definidas en el presente documento y en el Anexo I, incluyendo la regulación y el ajuste de las mismas para obtener el mejor rendimiento energético y reducir al mínimo las averías futuras, observándose en todo momento la normativa vigente que afecte a cada una de ellas. Se realizará un mantenimiento preventivo de revisiones, de acuerdo con un plan de trabajo a desarrollar por la empresa adjudicataria y el Servicio de Mantenimiento del Organismo, dentro del primer mes de la fecha del contrato de adjudicación y que cumplirá como mínimo con las prescripciones de este pliego y normativa vigente. Asimismo, la empresa adjudicataria presentará el modelo de impreso o informe donde reflejará los datos obtenidos en las revisiones, para su aprobación por el SEPE y su posterior cumplimiento. MANTENIMIENTO CORRECTIVO: Como tal se entiende la reparación de las averías, producidas en las instalaciones y en su equipamiento, como consecuencia del uso o envejecimiento de las mismas. Las operaciones urgentes se iniciarán inmediatamente, comprometiéndose, si así lo requiere la clase de reparación, para que se efectúe en el plazo máximo de UNA HORA, contabilizada ésta a partir del momento en que se comunica la avería. Con tal fin, se realizarán las sustituciones y tratamiento de piezas y elementos por los repuestos originales correspondientes y las modificaciones que se precisen en evitación de averías o previsión de perjuicios mayores. MANTENIMIENTO TECNICO LEGAL: Se trata de un mantenimiento preventivo específico, el exigido por la normativa técnica existente y será realizado sobre aquellas instalaciones que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento, tanto

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1

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL

SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS

EDIFICIOS DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

(SEPE) EN MADRID.

1.-OBJETO DEL CONTRATO

El contrato tiene por objeto el servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones

de diversos edificios de los Servicios Centrales del Servicio Público de Empleo Estatal en

Madrid, así como los suministros necesarios para el buen funcionamiento de todos ellos,

adaptándose a las necesidades del SEPE y a la normativa que se genere.

El mantenimiento integral comprenderá los siguientes conceptos:

MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Consistirá en la revisión periódica y sistemática de las

instalaciones, según las prescripciones técnicas mínimas definidas en el presente documento y

en el Anexo I, incluyendo la regulación y el ajuste de las mismas para obtener el mejor

rendimiento energético y reducir al mínimo las averías futuras, observándose en todo

momento la normativa vigente que afecte a cada una de ellas.

Se realizará un mantenimiento preventivo de revisiones, de acuerdo con un plan de trabajo a

desarrollar por la empresa adjudicataria y el Servicio de Mantenimiento del Organismo, dentro

del primer mes de la fecha del contrato de adjudicación y que cumplirá como mínimo con las

prescripciones de este pliego y normativa vigente.

Asimismo, la empresa adjudicataria presentará el modelo de impreso o informe donde

reflejará los datos obtenidos en las revisiones, para su aprobación por el SEPE y su posterior

cumplimiento.

MANTENIMIENTO CORRECTIVO: Como tal se entiende la reparación de las averías, producidas

en las instalaciones y en su equipamiento, como consecuencia del uso o envejecimiento de las

mismas.

Las operaciones urgentes se iniciarán inmediatamente, comprometiéndose, si así lo requiere la

clase de reparación, para que se efectúe en el plazo máximo de UNA HORA, contabilizada ésta

a partir del momento en que se comunica la avería.

Con tal fin, se realizarán las sustituciones y tratamiento de piezas y elementos por los

repuestos originales correspondientes y las modificaciones que se precisen en evitación de

averías o previsión de perjuicios mayores.

MANTENIMIENTO TECNICO LEGAL: Se trata de un mantenimiento preventivo específico, el

exigido por la normativa técnica existente y será realizado sobre aquellas instalaciones que, de

acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento, tanto

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de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, lo requieran. Deberán aportarse los

certificados que en cada caso correspondan.

El adjudicatario asumirá el coste de todas las revisiones periódicas obligatorias que hayan de

realizarse por organismos de control autorizados.

Será responsabilidad del adjudicatario la notificación al Área de Asuntos Generales de la

Subdirección General de Recursos y Organización de cualquier cambio de la legislación durante

la vigencia del contrato que obligara a la modificación total o parcial de las instalaciones. Si no

realizase esta notificación y como consecuencia hubiera lugar a sanción administrativa, el

importe de la misma le sería descontado de la facturación al adjudicatario.

PLAN DE MANTENIMIENTO: Con independencia de los aspectos complementarios que la

empresa pueda proponer, los trabajos y servicios que se detallan en el presente pliego y en el

Anexo I se consideran incluidos en el mantenimiento.

2.- ÁREA DE APLICACIÓN.

Las dependencias donde se realizará el servicio son las siguientes:

2.1. Sede de los SS.CC del SEPE, calle de Condesa de Venadito, 9, complejo formado por dos

edificios con servicios exteriores, zona ajardinada y cerramiento perimetral. Consta de:

Edificio principal (Edificio A), que cuenta con cinco plantas, tres sótanos, terrazas e

instalaciones anexas.

Edificio complementario (Edificio B), que cuenta con seis plantas, dos sótanos y

terraza.

Los dos edificios están enclavados dentro de un cerramiento perimetral con servicios

exteriores, todo ello afectado a este contrato.

2.2. Almacén, oficinas y Centro de Proceso de Datos de los SS.CC., ubicado en el polígono de la

Postura, Avda. de las Arboledas, 14-16, en Valdemoro (Madrid)

3. – COMPROBACIÓN DE LAS INSTALACIONES

Previamente a la presentación de las ofertas y para una mejor formulación de las mismas, se

recomienda a las empresas interesadas en la licitación efectuar un reconocimiento de los

edificios e instalaciones objeto del contrato con el fin de conocer su estado de situación,

debiendo concertarse para ello una citación con el Área de Asuntos Generales del Organismo

(Tlf. 915 85 96 50), que emitirá un justificante de la visita realizada. Asimismo, si procede, del

reconocimiento efectuado se realizará con los responsables de la unidad antes citada, un

informe sobre las anomalías encontradas a los efectos de tenerlo en cuenta, en caso de

resultar la empresa adjudicataria del contrato, si las mismas no han sido subsanadas en el

momento de iniciar la ejecución del contrato.

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Las empresas licitadoras que no hayan reconocido los edificios e instalaciones, y en el supuesto

de resultar adjudicatarias del contrato, no podrán alegar la existencia de anomalías,

limitaciones o defectos en ellas en el momento de iniciar la prestación del servicio.

Para el cumplimiento de este requisito, una persona del Servicio de Mantenimiento del Área

de Asuntos Generales acompañará al representante de la empresa licitadora para visitar las

instalaciones y extender el oportuno justificante.

4.-DESCRIPCiÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS A CONTRATAR

Las instalaciones objeto del mantenimiento son las descritas en el presente pliego y en el

Anexo I, relacionándose a continuación el contenido básico de las mismas, sin que, en ningún

caso pueda considerarse la siguiente relación ni exhaustiva ni definitiva:

4.1. ELECTRICIDAD

Alta tensión y media tensión.

Baja tensión: Cuadros generales. Revisiones de los cuadros secundarios de fuerza y

UPS’s y red de distribución en los términos indicados en el apartado (mantenimiento

técnico legal).

Grupos electrógenos

Sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS’s)

Centros de transformación.

Alumbrado interior y exterior

Alumbrado de emergencia: mantenimiento y reposición

Comprenderá el mantenimiento en perfectas condiciones de utilización de las instalaciones

existentes, incluyendo reparaciones y suministro del material necesario para los mismos.

Incluye asimismo el mantenimiento y reparación de motores eléctricos y compresosres

existentes, cuando no suponga la sustitución total equipos donde están instalados, justificada

por el envejecimiento derivado del transcurso del tiempo o por el deterioro total causado por

una acción de persona ajena a la empresa contratante.

Así mismo comprenderá la instalación de nuevos puntos de luz que fueran necesarios, hasta

un máximo de doscientos cincuenta anuales, incluyendo todo el material como cable,

manguera, bases, torretas, clavijas, conmutadores, pantallas, luminarias, etc.

Comprende igualmente la revisión y mantenimiento de cuadros generales, cuadros de planta,

centros de transformación, grupos electrógenos (a excepción de combustible), alumbrado

interior y exterior, así como mecanismos de apertura y cierre mecanizado de puertas de

entrada a los edificios, incluyendo la sustitución de material que fuera necesario.

Incluye la revisión diaria y sustitución de las luminarias.

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La empresa deberá contar con técnico poseedor del título de instalador autorizado, según el

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y estar registrado como tal en la Consejería de

Industria de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Según establece el citado Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, las instalaciones de

pública concurrencia y las que presenten riesgo de incendio y explosión deberán ser revisadas

anualmente, y se extenderá un boletín de reconocimiento de la indicada revisión, que hará

referencia a la conformidad de las instalaciones a los preceptos del Reglamento indicado o de

las modificaciones introducidas, el boletín se entregará al Área de Asuntos Generales.

El mantenimiento de los centros de transformación se realizará siguiendo instrucciones del

fabricante e instalador, de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95).

Asímismo, anualmente se realizará una inspección de las instalaciones por organismo de

control autorizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento sobre

Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

4.2. COMUNICACIONES

Megafonía

Equipos de sonido y proyección de Salas y Salón de Actos.

Antenas, incluso los trabajos de instalación

T.V. y equipos de reproducción, instalaciones y sintonización

Comprende el mantenimiento de las instalaciones de megafonía, así como la instalación y

mantenimiento de los equipos de sonido y proyección de que están dotados el Salón de Actos

y las Salas de reuniones. Deberá efectuarse el transporte de los equipos móviles cuando así se

requiera.

4.3. CALEFACCIÓN y CLIMATIZACIÓN

Sistemas de frío: plantas enfriadoras, ventiladores, motobombas, intercambiadores,

c1imatizadores, aerotermos, conductos y rejillas, tubería y valvulería. Equipos

autónomos.

Sistemas de calor y agua caliente sanitaria: calderas, quemadores, chimeneas,

intercambiadores, acumuladores, bombas, redes generales de distribución.

Torres de refrigeración.

Combustibles: depósitos, bombas de trasiego .

La empresa adjudicataria será responsable del perfecto funcionamiento, conservación y

mantenimiento de las instalaciones existentes.

Serán de su cargo los permisos y revisiones reglamentarias periódicas, tanto de instalaciones

como de tanques, que estén establecidas o se establezcan por los Organismos competentes,

así como llevar los libros de mantenimiento reglamentarios.

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Se realizará control de temperaturas, de consumo y de humos, de acuerdo con la

reglamentación en vigor, dando cuenta de ello al Servicio de Mantenimiento, periódicamente.

Se excluyen las reparaciones de elementos que se encuentren en garantía durante el periodo

de duración del contrato, pero no su vigilancia y mantenimiento.

También se excluye la corrección de graves defectos de instalaciones que pudieran existir

previas al contrato de mantenimiento pero, en todo caso, éstos deberán ser advertidos por

informe escrito al Servicio de Mantenimiento, en el plazo de 30 días a partir de la fecha de

iniciación del contrato. Esta exclusión no será de aplicación para las empresas licitadoras que

no hayan reconocido los edificios e instalaciones a que se refiere el apartado 3 del presente

pliego.

Se incluye la instalación de nuevos equipos de aire acondicionado, siempre que se efectúe

dentro de la jornada laboral y por el personal adscrito al contrato, incluyéndose el material

que sea preciso para la instalación.

La empresa deberá estar registrada como empresa instaladora o mantenedora en el órgano

competente de la Comunidad de Madrid.

Dado que la potencia excede de 5000 Kw. en calor o 1000 Kw. en frío, en los edificios de los

Servicios Centrales, la empresa contará con un ingeniero técnico o superior, con carné

expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, caso de ser necesario.

Deberá realizarse como mínimo el mantenimiento establecido en la legislación vigente,

efectuando las comprobaciones con la periodicidad indicada en la ley.

Las operaciones de mantenimiento quedarán registradas en un libro/hojas de trabajo o en el

sistema de gestión informatizada en las que deberá figurar la siguiente información:

Titular de la instalación y ubicación de ésta.

Titular de mantenimiento

Número de orden de la operación en la instalación

Fecha de ejecución.

Operaciones realizadas y personal que las realizó

Lista de materiales sustituidos o repuestos efectuados.

Observaciones que se consideren oportunas

El registro de operaciones de cada instalación se hará por duplicado y se entregará una copia al

Servicio de Mantenimiento del SEPE. Estos documentos deberán conservarse al menos

durante tres años contados a partir de la fecha de ejecución.

Cuando sea procedente, mediante dictamen justificativo de la empresa mantenedora, se

pondrá en conocimiento del Servicio de Mantenimiento del SEPE la necesidad de realizar la

inspección de las instalaciones por personal facultativo reconocido por Órgano competente de

la Comunidad Autónoma de Madrid.

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Mantenimiento del sistema de control informatizado.

Los sistemas de control automatizado instalados en estos SS.CC. son los siguientes: TREND

(climatización Edificio A), HONEWELL (climatización Edificio B), DAIKIN (climatización

Informática y CPD) y CARRIER-TOSHIBA (climatización 4ª plata Edificio A).

Deberá prestarse un servicio eficiente, profesionalizado y de alta calidad técnica y organizativa,

poniendo a disposición del SEPE los recursos humanos y materiales necesarios para la correcta

ejecución de los trabajos a realizar.

Los servicios corresponderán, cuando sea procedente, al nivel de mantenimiento preventivo,

cuyo fin principal será preservar la integridad de sus equipos componentes y evitar fallos

prematuros.

Será prioritario el seguimiento continuo de los sistemas con el fin de conseguir un

funcionamiento óptimo de todas las instalaciones controladas asegurando de este modo un

máximo de confort y eficiencia, con un gasto mínimo de energía.

Dichos trabajos contemplan la detección de pequeñas averías ocultas, reduciendo con ello la

aparición de averías mayores y permitiendo conservar la instalación en óptimas condiciones de

funcionamiento y un análisis y seguimiento de los parámetros fundamentales del sistema.

Depósitos de gasóleo

Es preceptivo efectuar revisiones e inspecciones periódicas según establece la normativa

vigente.

Las revisiones serán realizadas por una empresa instaladora y las inspecciones por un

Organismo de Control autorizado.

La empresa mantenedora deberá estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad

Autónoma de Madrid.

Tanto la empresa mantenedora como el Organismo de control autorizado entregarán los

correspondientes certificados al Área de Asuntos Generales.

Torres de refrigeración

El mantenimiento requerirá especial atención, debiendo cumplimentarse escrupulosamente lo

estipulado en la normativa actual, debiendo contar la empresa adjudicataria con todo el

material preciso para efectuar los trabajos tal como exige la norma y deberá contar con

operarios que hayan recibido el curso de mantenimiento higiénico sanitario de las

instalaciones de riesgos de legionelosis, de acuerdo con el Real Decreto 865/2003, de 27 de

julio.

4.4. SANEAMIENTO

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Incluye:

Red de alcantarillado

Abastecimiento de agua; Pozos, bombas sumergibles, acometida, redes generales de

distribución, plantas de tratamiento de agua potable, depósitos, aljibes, bombas,

grupos de presión.

Termos eléctricos

Fuentes de agua.

Aspersores de riego

Humidificadores

Comprenderá el mantenimiento en perfecto estado de funcionamiento de las instalaciones

existentes, correspondientes a red de suministro de agua a todos los servicios, incluido red

exterior, canalones, bajantes pluviales y red de saneamiento. Se incluirá el seguimiento de la

lectura de los diversos contadores e información al Servicio de Mantenimiento del SEPE.

Deberá darse cumplimiento exacto a lo dispuesto en la normativa de referencia.

En lo referente a la red de alcantarillado se realizarán las limpiezas anuales que se detallan en

el anexo correspondiente, mediante la utilización de los camiones mixtos (aspirador e

impulsor) que sean precisos.

Se encontrarán incluidos los análisis correspondientes, así como los biocidas y

antiincrustantes.

4.5. SEGURIDAD

Barreras de acceso.

Puertas motorizadas.

Puertas, barras antipánico y cortafuegos.

Puertas interiores de cristal.

Sistemas de control de acceso.

El mantenimiento comprenderá, entre otras acciones:

Ajuste de puertas, cerco, barras antipánico y muelles.

Engrase de los mecanismos y bisagras.

Regulación del cierre automático y de los pestillos de cierre.

Revisión de las puertas de entrada.

Reparación y sustitución de cerraduras, pernios, contrapesos o guías.

Mantenimiento de los sistemas de control de accesos, como cámaras de seguridad y

cerraduras y cerraduras de lectura de huella.

4.6. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Sistema de protección de incendios

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Sistema de detección y alarmas automáticos

Centrales de alarmas

Sistemas fijos de extinción

Sistemas hídricos

Grupos de presión

Bocas equipadas de incendios

Extintores

Pararrayos

Comprende las revisiones periódicas reglamentariamente establecidas de todos los elementos

de las instalaciones contra incendios incluso alumbrado de emergencia y señalización.

La empresa mantenedora deberá estar inscrita en el Registro de Instaladores y Mantenedores

de la Comunidad Autónoma de Madrid.

La empresa adjudicataria se comprometerá a que la instalación de equipos, aparatos u otros

componentes del sistema de protección contra incendios, cumplan las disposiciones vigentes.

Según se establece la empresa mantenedora deberá:

Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo

con los plazos recogidos en el Anexo I.

Facilitar personal competente y suficiente cuando sea requerido para corregir las

deficiencias o averías que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas objeto

del mantenimiento.

Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan

garantía de correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser

corregidas durante el mantenimiento o no cumplan las disposiciones vigentes que

les sean aplicables. Dicho informe será razonado técnicamente.

Conservar la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento

que realicen, sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos

sustituidos y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de

operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice. Una copia

de dicha documentación se entregará al Área de AA.GG.

Comunicar al Área de AA.GG las fechas en que corresponde efectuar las

operaciones de mantenimiento periódicas.

Los medios materiales de protección contra incendios se someterán al programa

mínimo de mantenimiento que se establece en el Anexo I.

La empresa mantenedora proporcionará la documentación sobre el cumplimiento

del programa de mantenimiento, indicando como mínimo: Las operaciones

efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de

elementos defectuosos que se hayan detectado.

Pararrayos.

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Según la norma que regula el uso de este tipo de aparatos, deben recibir un mantenimiento

periódico que garantice su buen funcionamiento, ya que debido a la corrosión, inclemencias

atmosféricas, aves o impactos del rayo pueden perder su efectividad

El mantenimiento se deberá realizar una vez al año que debe incluir los siguientes elementos:

Revisión del cabezal pararrayos.

Comprobación del amarre y posible oxidación del mástil.

Cable conductor pararrayos.

Comprobar amarre, conectores y tubo de protección.

Toma de Tierra.

Comprobar amarres, conectores y medida de la resistencia de la misma, que no deberá

sobrepasar los 10 ohms. En su caso, mejorar las tomas de tierra actuales, o aumentar

su tamaño o número.

Área de cobertura del pararrayos. Comprobar que ningún elemento nuevo ha variado

las condiciones del estudio de instalación del pararrayos original.

Protector contra sobre tensiones, que protege la instalación eléctrica del edificio

4.7. JARDINERIA.

Tratamientos fitosanitarios

Los tratamientos fitosanitarios en la jardinería exterior y plantas de interior de los edificios

objeto del contrato se realizará con los productos idóneos para cada caso (plaga o

enfermedad), siempre suministrados por la empresa adjudicataria. En ningún caso podrá

emplear productos de la categoría C, debido a su alta toxicidad, ni en el interior de los edificios

ni en el exterior.

El adjudicatario podrá utilizar la red de agua y energía eléctrica existente en el SEPE.

Se permitirá utilizar aparatos de fumigación movidos por motores de explosión, siempre que

dichos motores permanezcan en el exterior de los edificios. La maquinaria o herramienta para

fumigaciones o espolvoreos, así como los productos necesarios para efectuar los tratamientos,

serán por cuenta del adjudicatario.

El número mínimo de tratamientos a efectuar será de 32, distribuidos de la forma siguiente:

Jardinería interior: dos veces al mes, durante todo el año.

Jardinería exterior: una vez al mes, durante los meses de Marzo a Octubre, ambos

inclusive, o más veces, si se observa plaga.

En los casos donde la frecuencia del tratamiento es de un mes, no podrán transcurrir menos de

veinte días entre dos tratamientos consecutivos. Y en aquellos casos cuya frecuencia sea de

quince días, no podrán transcurrir menos de diez días entre dos tratamientos consecutivos.

Excepcionalmente y siempre que haya una causa justificada podrá fraccionarse un tratamiento

durante dos días.

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Al finalizar cada tratamiento, el adjudicatario entregará en el SEPE un informe, por escrito,

especificando los productos empleados y las plagas tratadas. El adjudicatario, comunicará al

SEPE, al menos con 48 horas de anticipación, la fecha en que va a realizar cada tratamiento. No

se permite realizar los tratamientos en horas nocturnas.

En cuanto a la planta de interior se refiere, los tratamientos deberán realizarse exclusivamente

en sábado, domingo o festivo, además se procurará que no coincida con la desinsectación.

El SEPE se reserva el derecho de recabar dictamen del Servicio de Plagas Forestales o al

Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias, sobre si la muerte de alguna planta fuera debida

a la falta de tratamiento o a tratamiento inadecuado, en caso positivo el adjudicatario estaría

obligado a sustituirla por otra de la misma especie, a no ser que la muerte de la planta fuera

debido a enfermedad contraída con anterioridad al comienzo del presente contrato, o por la

imposibilidad de tratarla con cualquier producto que no sea de la categoría C.

Durante la vigencia del presente contrato y dada la estrecha relación existente entre el estado

sanitario de las plantas y su nutrición, el adjudicatario pondrá en conocimiento del responsable

del contrato del SEPE las plantas o zonas de pradera que presenten síntomas de carencias o

desnutrición.

En el caso de presentarse la necesidad de podar un árbol para averiguar la enfermedad que

padece, y aplicar el tratamiento adecuado, el adjudicatario deberá comunicar esta

circunstancia al responsable del contrato del SEPE quien resolverá oportunamente el

procedimiento a seguir.

El adjudicatario comunicará al responsable del contrato del SEPE cualquier plaga o enfermedad

detectada en las plantas de interior instaladas en macetas, aislándolas del resto.

Los tratamientos extraordinarios se generarán mediante la correspondiente Orden de trabajo,

y conllevarán un informe del mismo especificando los productos aplicados y las medidas

adoptadas.

Mantenimiento del riego por aspersión.

La empresa adjudicataria efectuará la conservación de las tuberías de riego, así como de los

aspersores y los programadores de riego, y realizará la reposición de los diferentes elementos

del riego, programadores, aspersores, difusores, etc., a ser posible con aparatos de las mismas

marcas instaladas. Y cada revisión generará la elaboración del informe correspondiente.

Mantenimiento del estanque del jardín interior.

La empresa adjudicataria efectuará la conservación y limpieza del mencionado estanque y de

las plantas acuáticas que lo necesiten, así como la alimentación diaria y los necesarios

cuidados de los animales del estanque.

Conservación de la jardinería, interior y exterior, incluyendo arbolado.

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Riego y siega de praderas. Las zonas verdes así como las plantas de interior se regarán

esporádicamente o a diario, en las épocas del año que sea necesario, dependiendo

fundamentalmente de las condiciones climatológicas, edafológicas y de la naturaleza de las

plantas existentes.

Los riegos se realizarán mediante la red automática y con el auxilio de mangueras y regaderas

para las plantas de interior. El agua consumida será por cuenta del SEPE, debiendo la empresa

contratada cuidar de que no se produzcan pérdidas por bocas de riego y "aspersores", y

reparará con urgencia las roturas que se produzcan en la red, y en todo caso, en un plazo

máximo de 48 horas.

La siega se hará con una periodicidad tal, que estética o fisiológicamente, no suponga un

perjuicio para el césped. En ningún caso deberá sobrepasar los 12 cm.

Recorte y tratado de setos y perfilado de pradera. Se realizará de forma que la superficie de

pradera, en su normal invasión, no ocupe la superficie reservada para el seto, procurando la

mejor conformación de setos y arbustos. Se eliminarán también rozando con azada las hierbas

o aceras y bordillos.

Abonados. Una vez al año y durante los meses de noviembre o diciembre, se repartirán

abonos orgánicos (mantillo) en cobertera, una cantidad de 15 m3. En primavera, durante los

meses de abril o mayo, se repartirán en cobertera, abonos químicos acorde con las

necesidades de la pradera.

Para la normal nutrición de las plantas, el adjudicatario aportará anualmente 1.500 litros de

tierra especial para plantas de interior y 300 litros de turba rubia.

Entrecavado y rastrillado. Con la frecuencia que estética o edafológicamente lo permitan

setos, arbustos y plantas, se practicará la labor de entrecavado.

Para evitar una excesiva compactación del suelo, se practicará la labor de rastrillado cuando

las circunstancias así lo aconsejen y siempre inmediatamente después de la labor de

entrecavado.

Limpieza. Serán eliminados de las zonas ajardinadas y aceras, papeles, plásticos, hojas secas,

malas hierbas, restos de poda y cuantos desperdicios existan.

Esta labor será meticulosa y diaria en todas las superficies, tanto interiores como exteriores;

siendo por cuenta del adjudicatario la retirada de cualquier desperdicio procedente de las

distintas labores realizadas.

Poda. Esta labor está supeditada a cada especie, lugar y circunstancias y tendrá lugar en la

época adecuada a la especie.

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Reposición de plantas. El adjudicatario deberá reponer cuantas plantas mueran durante la

vigencia del contrato, a excepción de aquellas que fueran mutiladas, maltratadas o eliminadas

por causas ajenas a la calidad de los servicios de conservación.

Recebos y escardas. El adjudicatario deberá reponer aquellas superficies de jardín que se

deterioren por causa de falta de mantenimiento, así como los rodales o calvas que se

produzcan durante el año.

Igualmente, procederá a eliminar, mediante escardas, las malas hierbas surgidas en las

praderas y junto a setos y borduras.

Realizara un informe al principio del periodo de contratación de la situación de las, praderas, y

será el responsable del contrato del SEPE quien determine las causas de las posibles anomalías

y la responsabilidad de su restitución.

Permisos para poda y tala. El adjudicatario tramitará los permisos necesarios a las

administraciones correspondientes para todas las actuaciones a las que se refiere este anexo,

los costes de los mismos serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

4.8. ALBAÑILERIA Y OTROS TRABAJOS COLATERALES.

Comprende la realización de cuantas obras de reparación, conservación y mantenimiento,

tanto preventivo como correctivo, deban acometerse y estén relacionadas con la albañilería y

cualesquiera otros trabajos colaterales que tengan la consideración de inseparables, como

techos, solados, escayolas, pintura, entre otras.

La empresa adjudicataria será responsable del mantenimiento y conservación de las azoteas y

tejados existentes, que incluirá la limpieza de canalones y sumideros, comprobación de

estanqueidad, reparaciones de lesiones producidas en la membrana asfáltica y en las piezas de

fibrocemento y sujeción de éstas.

Cuando se trate de peticiones puntuales de adecentamiento de despachos u otras

dependencias, que por su deterioro necesiten una reforma completa de suelos, paramentos,

techos e instalaciones, serán a cargo de la empresa, tanto mano de obra como materiales, con

el límite económico establecido apartado 7 del presente pliego referido a medios materiales.

4.9. CERRAJERÍA Y CRISTALERÍA.

Comprende la sustitución de cristales, el mantenimiento con engrase, limpieza de

mecanismos, sustitución y/o reparaciones de cerraduras, pomos, manivelas, ajustes de

ventanales metálicos y puertas y todo lo que pueda entenderse como conservación integral de

cerrajería y cristalería, con inclusión del material necesario para reparaciones. Se incluye

reparación de vallas, cerramientos exteriores y cerraduras antipánico.

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También incluye la reparación, sustitución o instalación de las partes metálicas de las

barandillas o pasamanos de escaleras o de plantas, y en general de todo elemento metálico o

accesorio de los cerramientos exteriores o interiores de los edificios.

4.10. CARPINTERÍA Y EBANISTERÍA.

La empresa adjudicataria atenderá todos los trabajos que le sean solicitados relacionados con

la carpintería y ebanistería, tanto exterior como interior, por personal especializado y diferente

al de mantenimiento diario.

El servicio a prestar consistirá en asumir los trabajos de reparación, conservación y

mantenimiento de los elementos de madera existentes en las instalaciones. Se realizará a

requerimiento del SEPE mediante la entrega de la oportuna Orden de trabajo.

Como norma general, se establece una presencia mínima del personal especializado de un día

por semana, con horario variable, que podría ser ampliada en caso de necesidad.

4.11. CARGA Y DESCARGA. CONTENEDOR DE RESIDUOS.

Comprende la carga y descarga, movimiento de muebles y enseres, paquetería y similares,

traslado y recogida de diversos materiales fuera del centro y, en general, las funciones y

contenidos en la categoría profesional de peones-mozos. Ocasionalmente, el servicio consistirá

en el desmontaje y montaje de muebles, debiendo disponer de las herramientas básicas para

ello.

Se requerirá el manejo de carretillas elevadoras, traspalets, etc. para las operaciones de carga

y descarga, movimiento de palets u otro material. El trabajador deberá estar habilitado para

este tipo de trabajos y para utilizar las máquinas elevadoras de que dispone el SEPE, cuando

sea necesario.

Limpieza y tratamiento de los residuos generados.

La empresa adjudicataria será responsable de la recogida, almacenamiento y retirada de los

residuos correspondientes a las operaciones de mantenimiento que se realicen en los locales y

edificios incluidos en el mantenimiento.

Los residuos a considerar serán los correspondientes a materiales relacionados con la

reparación de los equipamientos existentes en las instalaciones, como motores, luminarias,

lámparas, baterías, cuadros eléctricos, etc., así como los derivados de las actuaciones de

albañilería y la pintura, como envases de plástico, metálicos, disolventes, trapos, brocas,

rodillos, etc. La empresa deberá disponer de los contenedores adecuados para estos productos

en el lugar que se determine.

La empresa mantendrá, sin cargo alguno para el Organismo, los locales de almacenamiento de

residuos establecidos, en orden y limpieza, no permitiendo que dichos residuos se acumulen

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más de una semana, retirándolos a los lugares determinados por el Ayuntamiento, o almacén

que ésta disponga.

Contenedor de residuos.

La empresa adjudicataria instalará un contenedor, en la zona que se señale dentro del recinto

de los SS.CC, así como su posterior cambio cuando sea necesario, a lo largo del periodo de

contratación. A modo orientativo, el cambio de contenedor se realizará una vez al mes,

aunque según las necesidades, este cambio se realizará con mayor o menor frecuencia.

Dicho contenedor deberá tener una capacidad mínima de 8 m3, deberá estar totalmente

tapado y las tapas se deben de poder abrir por una persona de complexión normal.

5. SUBCONTRATACIONES ESPECÍFICAS.

Cuando la revisión, reparación o sustitución de cualquier elemento de las instalaciones que

requieran la participación de personal especializado y propio de las empresas que

suministraron en origen los equipos, será responsabilidad de la empresa adjudicataria la

contratación de dichos servicios, siendo su coste, tanto de materiales como de mano de obra,

abonado por la empresa adjudicataria, al considerarse incluido en el precio ofertado, no

siendo aplicable en estos supuestos la limitación establecida en el apartado 7 del presente

pliego.

Al menos las siguientes instalaciones precisan la intervención de servicios de asistencia técnica

oficial:

Grupos electrógenos Caterpillar.

Sistemas de alimentación ininterrumpida Merlin Gerin.

Equipos de enfriadoras: Ciatesa (Edificio A), Hitsa (Edificio B), Delonghi y Stulz (Centro

de Proceso de Datos), Daikin (Informática y CPD de Valdemoro).

Equipos de climatización de despachos Carrier-Toshiba.

6.-MEDIOS PERSONALES

El personal mínimo exigido en el contrato será:

1 Encargado, Jefe de Equipo, especialista en mantenimiento integral, en jornada

completa, de lunes a viernes, debidamente cualificado y especializado en instalaciones de

climatización y electricidad, encargado de dirigir y supervisar las operaciones que ejecute

el resto de los trabajadores a su cargo, debiendo asegurar su rendimiento y

funcionamiento. Dicho jefe de equipo estará altamente cualificado para desarrollar las

funciones descritas anteriormente y con una experiencia demostrable de al menos diez

años.

1 técnico de PRISMA, que será responsable del mantenimiento de la aplicación, así como

de las bases de datos de planificación. Deberá contar con un Servicio Técnico específico y

adecuado para dicha aplicación, y tendrá un horario de 9 a 14 horas.

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1 técnico frigorista-calefactor con categoría de oficial de primera, en jornada laboral de

lunes a viernes de 6 a 14 horas, debidamente cualificado y especializado en instalaciones

de climatización. Dicho especialista corregirá a diario las pequeñas averías de las

instalaciones y las mantendrá a punto constantemente.

2 técnicos electricistas con categoría de oficial de primera, debidamente cualificados y

especializados en instalaciones de electricidad, encargados de la revisión y mantenimiento

de las instalaciones eléctricas. Uno de ellos con jornada laboral de 8 a 16 horas, y el otros

de 14 a 22 horas.

2 técnicos electricistas con categoría de oficial de segunda o equivalente, debidamente

cualificados, encargados de la revisión y mantenimiento de las instalaciones eléctricas.

Uno de ellos con jornada laboral de 8 a 16 horas , y el otros de 14 a 22 horas.

1 técnico fontanero-calefactor con categoría de oficial de primera, en jornada laboral de

lunes a viernes de 8 a 16 horas, debidamente cualificado y especializado en instalaciones

de fontanería, para apoyar las labores de climatización y la corrección de averías de las

instalaciones.

1 técnico de jardinería, con categoría de oficial de primera, en jornada de 7 a 15 horas,

encargado de las labores de jardinería.

3 mozos, con horario de 6 a 14 horas.

Personal de apoyo

Un Ingeniero Técnico o Superior, que será el encargado de asesorar a los técnicos

anteriormente mencionados y deberá emitir un informe mensual sobre el estado de las

instalaciones y las labores de mantenimiento efectuadas, etc. y que acudirá a las

instalaciones tantas veces como fuera necesario para la dirección y organización del

servicio.

Servicio 24 horas, que se dedicará al apoyo en las labores de carácter urgente, noches,

sábados, domingos y festivos, y que de forma excepcional sea necesario atender por

averías u otras causas no previstas y que no puedan ser solucionadas con el personal de

plantilla.

Personal cualificado y homologado para realizar las revisiones de Protección de Incendios.

Personal cualificado, oficiales de primera con categoría de albañil , carpintero, pintor,…

para atender los trabajos propios de sus oficios y que no puedan ser atendidos con el

personal de plantilla.

Un técnico de FP en electrónica, imagen y sonido.

El personal adscrito al contrato realizará las tareas de mantenimiento preventivo, correctivo y

modificaciones, con garantía total por mano de obra y sin coste adicional alguno para la

atención de averías e incidencias que se produzcan en las instalaciones fuera de la jornada

laboral establecida los 365 días del año.

Si la Administración modificase el horario, el adjudicatario vendrá obligado a adaptarse al que

en consecuencia se determine, siempre que no suponga incremento en el número de horas

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semanales. Se dispone para todo el personal de un sistema de control horario mediante firmas

a la entrada y salida, en los impresos que a tal efecto se entregarán al personal de vigilancia.

El personal responsable de la plantilla del SEPE colaborará con la empresa adjudicataria en

aquellos trabajos que lo requieran. De igual manera, el personal de la empresa adjudicataria

asignado con carácter permanente en los edificios colaborará con el personal del SEPE en los

trabajos que deban efectuarse en cualquiera de las instalaciones.

El personal destinado a realizar los trabajos encomendados pertenecerá a la plantilla de la

empresa adjudicataria, cuya relación nominal se entregará al inicio del servicio.

El personal deberá estar en posesión de los certificados o titulación acreditativa de que se

trata de especialista en la profesión.

El adjudicatario cuidará de la buena presencia de su personal en las horas en que se realice el

servicio, durante las cuales deberá permanecer debidamente uniformado.

Bolsa de horas de trabajo.

La empresa adjudicataria pondrá a disposición del SEPE tres mil doscientas (3.200) horas

extraordinarias de trabajo efectivo, sin coste adicional alguno, para toda clase de trabajos

extraordinarios que se realicen fuera de la jornada laboral ordinaria, y siempre a solicitud del

responsable del contrato del SEPE. A estos efectos, el Área de Asuntos Generales podrá exigir a

la empresa adjudicataria que aquellas operaciones que pudieran generar molestias o afectar a

áreas críticas del Organismo se realicen en horas o días determinados (incluidos sábados y

festivos) con el fin de minimizar su efecto.

Sustituciones.

Cuando por causas de enfermedad (2 días o más) , cursos, vacaciones, etc. algún operario de

de plantilla no pueda acudir a su puesto de trabajo, será sustituido por otro operario de la

misma especialidad y categoría, sin coste alguno. La plantilla de vacaciones deberá ser

presentada y aprobada antes del 30 de mayo.

Dichas sustituciones se efectuarán con personal vinculado a la empresa con contrato de

carácter temporal cuya extinción nunca esté prevista para fecha posterior a 31 de diciembre.

En cualquier caso, la empresa adjudicataria está obligada a comunicar al SEPE cualquier

incidencia respecto al personal objeto de este contrato.

Huelgas.

Durante los paros laborales de los que tenga conocimiento previo la Autoridad Oficial

correspondiente y hayan sido legalmente autorizados, habiendo sido advertido el SEPE, la

empresa adjudicataria mantendrá el equipo indispensable para atender los servicios mínimos

que señala la Ley. En caso de incumplimiento, la Administración se reserva el derecho de no

abonar al adjudicatario la parte proporcional del importe total correspondiente al período de

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tiempo en que hayan estado sin asistencia técnica las instalaciones, o a rescindir el contrato

por incumplimiento del mismo.

7.-MEDIOS MATERIALES

Para la realización del mantenimiento, la empresa adjudicataria deberá disponer de las

herramientas y medios auxiliares necesarios en cada caso, no estando obligado el SEPE a

suministrar ningún tipo de herramienta o elemento de seguridad que se precisen para el

desarrollo de las tareas de mantenimiento contratado. Entre otros, deberá disponer de los

siguientes:

Útiles y herramientas de mano necesarias para ejecutar los trabajos propios de las

especialidades profesionales del personal adscrito al contrato.

Un vehículo de transporte para el desplazamiento de su personal y materiales.

La empresa dispondrá del equipamiento telefónico móvil (Blackberry), para la

localización y transmisión de órdenes.

Equipos de soldadura

Instrumentos de medida para verificar el funcionamiento y control de las instalaciones.

Todo el material preciso para efectuar el control y mantenimiento de las torres de

refrigeración, aljibes y agua caliente sanitaria.

Los análisis a efectuar deberán realizarse por laboratorio homologado.

Los materiales de uso continuado tales como:

Aceites y grasas para lubricación de bombas, cojinetes y elementos ordinarios.

Aceites y grasas para elementos que trabajan a altas temperaturas

Detergentes para limpieza de piezas y elementos en reparación.

Elementos de estanqueidad en cinta teflón.

Guarnición de prensa estopas.

Pequeño material, como tornillería, clemas, etc.

Ropas de trabajo y EPI’s.

Herramientas para el mantenimiento y conducción de las instalaciones.

Los materiales y repuestos precisos para la realización de los trabajos de mantenimiento serán

por cuenta de la empresa adjudicataria. Dicho material será siempre de primera calidad

(repuestos originales, siempre que sea posible). En caso de repuestos compatibles, dicha

situación será avalada por el correspondiente certificado de homologación. El adjudicatario

deberá disponer siempre de existencias razonables de material y repuestos para acometer

trabajos que se puedan requerir de forma urgente.

Mantenimiento correctivo.

Además de los gastos correspondientes al mantenimiento preventivo y técnico-legal de las

instalaciones y sistemas de los inmuebles objeto de este contrato, se considera incluido en el

presente contrato el mantenimiento correctivo de las instalaciones y, en todo caso, todos los

trabajos de reparación, reforma o sustitución cuyo material utilizado no supere los 1.500 €, IVA

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excluido, por unidad de obra o servicio, estableciéndose un limíte máximo por este concepto,

del 5 % del presupuesto base de licitación (IVA excluido).

A estos efectos, la empresa adjudicataria deberá presentar un presupuesto de adquisición del

material necesario, que deberá ser aceptado por el Área de Asuntos Generales. Caso de no ser

aceptado, el SEPE podrá optar por suministrar el material que sea preciso o por pedir otro

presupuesto a diferente proveedor.

También se consideran incluidas todas las reparaciones que sean consecuencia de deficiencias

del mantenimiento preventivo, independientemente de la cuantía de dicha reparación.

En todas las reparaciones se considerará siempre incluida la mano de obra necesaria para la

resolución de averías, cualquiera que sea la causa que la motive.

8. CONDICIONES DE EJECUCIÓN

Dirección y seguimiento del contrato.

La dirección del contrato corresponde al Área de Asuntos Generales del Organismo. Se creará

un grupo de seguimiento integrado, como mínimo, por dos personas del Organismo y dos

representantes de la empresa adjudicataria. Este grupo de seguimiento del contrato se reunirá

con una periodicidad mínima mensual para supervisar la ejecución del contrato, resolver los

eventuales incidentes que puedan surgir y comprobar el cumplimiento de los niveles de servicio

establecidos.

Revisiones y reparaciones.

La empresa adjudicataria dará aviso al Servicio de Mantenimiento, con un plazo mínimo de 48

horas, de las fechas en que se realizarán las revisiones y aquellas reparaciones programadas,

con el fin de que por parte del SEPE pueda designar el personal cualificado que acompañe a los

operarios de la empresa durante la realización de los trabajos.

Control de revisiones. Los partes de revisión serán entregados al Servicio de Mantenimiento

del SEPE de forma inmediata a la finalización de los trabajos.

Dichos partes se realizarán en el modelo de impreso que ha de ser presentado por la empresa

adjudicataria.

Control de reparaciones. Los partes de reparaciones deberán ser entregados al SEPE en el día

que se efectúen.

Dichos partes se realizarán en modelos de impreso que ha de ser presentado por la empresa

adjudicataria.

Informe sobre las instalaciones. Con independencia de los partes de revisiones y

reparaciones, la empresa adjudicataria presentará al SEPE un informe del estado de las

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instalaciones cada tres meses, con detalle de las reparaciones, adaptaciones o sustituciones

que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento en la siguiente temporada.

Cumplimiento de avisos. Las averías que cotidianamente se produzcan, deberán quedar

atendidas inmediatamente por el personal especializado de la empresa adjudicataria

destacado en el SEPE, realizando las operaciones necesarias para restablecer el servicio, o

bien, recurriendo al personal de apoyo si fuera necesario.

Planimetría. Se actualizará la planimetría existente de los diferentes edificios, ya sea en

soporte papel o informático. Sobre los mismos se reflejarán todas las modificaciones que se

realicen, tanto de instalaciones como de distribución, en los diferentes inmuebles, realizando

entregas de las mismas cada tres meses desde el inicio del contrato siempre en fichero “.dwg “

para Autocad.

Garantías de los trabajos.

Todas las reparaciones y trabajos realizados por el adjudicatario, con la conformidad del

Organismo en virtud de este contrato, estarán garantizados por un año, a contar desde la fecha

final de los mencionados trabajos.

Deficiencias objeto de penalización.

La empresa adjudicataria está obligada a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para el

mismo así como los plazos fijados para cada una de las intervenciones a realizar.

La constitución en mora en el cumplimiento de cada uno de los plazos no precisará de aviso

previo, pudiendo la Administración imponer las siguientes penalizaciones económicas:

300 € por cada día de demora para trabajos no urgentes.

500 € para los trabajos urgentes por emergencias, en el caso de que no se produzcan

daños materiales. En caso de que se ocasionen daños, la empresa adjudicataria

responderá además del importe total de las reparaciones.

La no sustitución del personal se penalizará, por día de ausencia, con las siguientes

cantidades:

o Encargado o jefe de equipo: 200€.

o Oficiales de 1ª: 150 €.

o Oficiales de 2ª: 125 €

o Resto de personal: 125€

Si la empresa adjudicataria no entrega a los servicios técnicos del SEPE la

actualización de la planimetría en el plazo fijado, la Administración podrá imponer

una penalización económica diaria de 80 € a partir del tercer día desde la notificación,

hasta que se realice la entrega del trabajo o hasta que finalice el contrato.

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Si la empresa adjudicataria no cumple con las ofertas que realice en cuanto a

propuesta de organización del trabajo, recursos humanos, máquinas y herramientas,

mejoras o cualquier otra cuestión incluida en la citada oferta, la Administración podrá

imponer una penalización económica diaria de 200 € desde el día en que se

comunique el incumplimiento hasta la fecha en que se subsane.

En el supuesto que la empresa adjudicataria no entregue los informes mensuales de

trabajo o las empresas subcontratadas no emitan los correspondientes a sus

actuaciones puntuales, se retendrá la factura correspondiente a ese mes hasta tanto no

se resuelva dicha situación.

El importe de las penalizaciones establecidas en este apartado se hará efectivo mediante

deducción del mismo en los documentos de pago al contratista y, en todo caso, la garantía

definitiva responderá de la efectividad de aquellas.

9.-OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

9.1.-De carácter general

a) El contratista tendrá todos los derechos y deberes respecto al personal que por su cuenta

aporte o utilice, dependiendo única y exclusivamente de él, con arreglo a la legislación vigente

y en aquella que en lo sucesivo pueda promulgarse.

b) Dicho personal no tendrá vinculaciones ni derecho alguno con respecto a la Administración,

y en ningún caso la Administración, resultará responsable de las obligaciones del contratista.

c) El adjudicatario queda obligado a que todo el personal, propio o ajeno que emplee, esté

afiliado a la Seguridad Social. Asimismo, está obligado al cumplimiento de lo establecido en la

Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Estatuto de los Trabajadores, normas legales sobre

Seguridad Social y demás disposiciones complementarias o de aplicación que estén vigentes o

puedan dictarse en lo sucesivo, quedando también obligado a cubrir las contingencias de

accidentes de trabajo y enfermedad laboral y profesional del personal a su servicio que destine

en cada momento a la prestación del Servicio.

La empresa adjudicataria queda obligada a presentar copia de los TC1 o alta en la Seguridad

Social en el caso de nueva contratación de trabajadores al comienzo de la relación de trabajo

y, posteriormente, de forma mensual, los TC2 de la totalidad de los trabajadores.

d) El SEPE ejercerá el control y vigilancia que estime conveniente en relación con el debido

cumplimiento por el adjudicatario de todas sus obligaciones y correcta prestación del servicio.

También podrá solicitar al adjudicatario el cambio de personal que preste servicios en el

Centro si se considera que no se adapta de forma adecuada a las características de dicho

Centro, o bien por una manifiesta y reiterada dejación en la prestación del servicio

encomendado.

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e) Por las características de los edificios donde ha de desarrollarse la prestación del contrato,

todo el personal que por parte de la empresa adjudicataria intervenga en los trabajos de

mantenimiento, deberá someterse a las normas de seguridad y control que el SEPE señale. Las

entradas y salidas de los edificios de materiales o herramientas de trabajo, requerirán la previa

autorización del SEPE.

f) El adjudicatario será responsable de los daños que ocasione su personal ya directamente, ya

como negligencia o dolo en la prestación del servicio, locales, instalaciones o usuarios del

Centro, y responderá a las indemnizaciones que se deriven, siempre a juicio del Centro,

pudiendo detraer la compensación económica de las facturas que el contratista presente.

9.2. De carácter especifico

a) El adjudicatario realizará y entregará a el área de Asuntos Generales, a los dos meses de

firmado el contrato, un inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos, que

recogerá la documentación técnica debidamente organizada.

b) En el plazo de un mes la empresa adjudicataria emitirá informe por escrito detallando el

estado real de las instalaciones, indicando los defectos existentes y las medidas correctoras

propuestas, a efectos de que el SEPE pueda tomar la decisión que considere adecuada para la

subsanación de los defectos observados. Transcurrido dicho plazo sin haberse emitido el

informe citado, se entenderá que las instalaciones están en perfecto uso.

c) Cualquier defecto o rotura que se descubra con posterioridad a la firma del contrato y que

no pueda ser atribuida a consecuencia del uso, será reparada por la empresa adjudicataria, sin

cargo alguno para la Administración, incluyendo los elementos que sean necesarios reponer.

d) El adjudicatario deberá presentar los siguientes certificados o títulos:

De empresa mantenedora de Protección de Incendios, reglamentariamente

autorizada.

Registro Industrial de Instalaciones eléctricas, de climatización, fontanería,

instalaciones frigoríficas y de otras instalaciones especializadas como calderas y

productos petrolíferos. Dichos títulos deberán tener validez ante la Comunidad

Autónoma de Madrid.

El adjudicatario deberá poner a disposición del contrato un equipo de respuesta

rápida, compuesto por especialistas específicos, que deberá acudir al Centro que

corresponda en caso de emergencia por parada o avería de alguna parte de las

instalaciones contratadas o por la realización de alguna operación de mantenimiento

que implique especial riesgo.

Asimismo, deberá poner a disposición del contrato los medios de comunicación

adecuados para la localización urgente del personal de mantenimiento.

Si el adjudicatario necesitara subcontratar a otras empresas especializadas, distintas

de las mencionadas en el apartado 5, para efectuar trabajos para los que no cuente

con los técnicos idóneos o para los que legalmente no se encuentre capacitado, podrá

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hacerlo cumpliendo las condiciones establecidas en este Pliego y dando previa cuenta

al SEPE. Esta subcontratación no implicará repercusión económica alguna sobre el

contrato establecido.

Dos meses antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá

entregar un informe completo del estado de todas y cada una de las instalaciones.

Transferencia de la prestación del servicio de mantenimiento entre empresas.

Al finalizar el periodo contractual, la empresa adjudicataria se compromete a programar el

traspaso de servicios de forma que en todo momento el funcionamiento de los sistemas

queden asegurados durante el periodo de transición, desde el adjudicatario de este contrato

hacia los nuevos adjudicatarios.

Para los sistemas de mantenimiento se contemplará la preparación, sin ningún coste para el

Organismo, de un resumen de la documentación técnica y de los informes, que se entregarán

en formado digital y, entre otros aspectos, incluirá:

La documentación técnica específica o metodología concreta, con entrega de la

documentación asociada.

Relación de tareas de mantenimiento realizadas durante el periodo inmediatamente

anterior al traspaso.

Relación de tareas de mantenimiento identificadas y pendientes de realizarse a la

fecha del traspaso.

Cuando las tareas incluyan algún manual de usuario, se entregará el mencionado

documento.

Adicionalmente, se realizará dentro de la dedicación prevista en los servicios objeto de

este contrato, unas sesiones de explicación de la documentación técnica entregada.

Se entiende que el compromiso explicitado es de mínimos y que el Organismo y la empresa

adjudicataria planificarán conjuntamente su ejecución, de forma que afecte lo menos posible a

los servicios objeto de este contrato.

10. PLAZO DEL CONTRATO.

El plazo de duración del contrato será de un año a partir de su formalización, prorrogable.

11. FORMA DE PAGO.

La forma de pago de los servicios contratados se efectuará por plazos mensuales, previa

conformidad dada el mismo por el órgano destinatario de la prestación. Las facturas se

referirán siempre a meses vencidos, presentándose las mismas en el Registro General de los

SS.CC. del SEPE.

12. PRECIO.

El precio máximo de licitación será de 750.000 €, IVA incluido.

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ANEXO I

PLANIFICACIÓN DE OPERACIONES DEL PLIEGO PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICOS E

INSTALACIONES DE LOS SS.CC. DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.

1. ELECTRICIDAD Y CLIMATIZACIÓN

El servicio a prestar comprende las tareas propias de mantenimiento, tanto preventivo como

correctivo, en el ámbito de la electricidad y la climatización del conjunto de las instalaciones,

maquinas y demás elementos ubicados en las dependencias ya citadas, garantizando el buen

funcionamiento de los mismos.

Se deberán contemplar, incluidos en este contrato:

Mantenimiento del Sistema PRISMA II. La empresa contará con contrato de servicio

para el mantenimiento integral de éste sistema.

Los mantenimientos integrales y todo riesgo incluyendo materiales, piezas de

recambio, módulos de control, controladores electrónicos y electromecánicos etc.,

de los sistemas TREND, DAIKIN y TOSHIBA – para el edificio “A”-; HONEYWELL -para el

edificio “B”- y TAELCO- para las instalaciones de Valdemoro-, de control de las

instalaciones de los Edificios objeto de éste contrato.

El mantenimiento integral y todo riesgo por SAT Oficial, incluyendo materiales, piezas

de recambio, etc.,(Incluidas las baterías) de:

o Dos Grupos Electrógenos CATERPILLAR-de 1700 Kva, cada uno, instalados el

Edificio ‘A’.

o Un Grupo marca ALGASA Volvo de 400 Kva en el Edificio ‘B’

o Un Grupo CATERPILLAR DE 800 Kva en Valdemoro.

También se incluye, en su caso, el apoyo a la realización de cuantos trabajos sean

necesarios acometer para cubrir necesidades que se deriven de futuras reformas,

modificaciones o nuevas instalaciones, en el ámbito de la electricidad ó de la

climatización.

1.1. ESPECIFICACIONES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

Revisar y reparar las averías que pudieran producirse en los distintos circuitos eléctricos

existentes, comprobando alarmas, temperaturas y consumos así como niveles de carga y

cualquier otro mantenimiento preventivo y legal que se haga necesario.

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Al objeto de incidir lo menos posible en el normal funcionamiento del Organismo, las

actividades preventivas necesarias, se realizarán en los meses de marzo y septiembre,

preferentemente en días festivos. La empresa adjudicataria informará y documentará

suficientemente las operaciones efectuadas y la periodicidad de las mismas, mediante la

cumplimentación del correspondiente Parte Oficial de Trabajo.

IINSTALACIONES MEDIA TENSIÓN

Seccionadores. Se realizará, dos veces al año:

Comprobación del funcionamiento de apertura y cierre, actuación de mandos y

enclavamientos, estado de los contactos y lubricación de estos y demás partes

móviles.

Disyuntores. Se realizará, dos veces al año:

Comprobación de las maniobras de apertura y cierre, viendo sincronismo de

contactos, resistencia de los mismos.

Comprobación de todos los elementos eléctricos y mecánicos, así como estado de

ajuste de los mecanismos.

Estado y funcionamiento de los enclavamientos

Lubricación del disyuntor.

Ruptores o ruptofusibles. Se realizará, dos veces al año:

Comprobación de las maniobras de apertura y cierre, con inspección de contactos.

Comprobación del estado de ajuste de los mecanismos del aparato.

Lubricación.

Transformadores. Se realizarán, dos veces al año:

Comprobación de la medida del aislamiento de los devanados.

Comprobación de ruidos y vibraciones.

Comprobación del estado de pinturas, juntas, bornas, sistemas de refrigeración,

anclajes y otros.

Sistemas de protección y control. Se realizarán, dos veces al año:

Comprobación del funcionamiento de todos los dispositivos y elementos integrantes

de los sistemas de protección y control de la instalación, probando los relés mediante

inyección de intensidades, revisando su tarado, comprobación de contactos, muelle

antagonista, disco y eje, imán-freno, con limpieza y lubricación.

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25

Pruebas de disparo por buchholz, , sobre intensidad, tierra y mandos, así como

dispositivos de señalización y cableados, con corrección de anomalías fácilmente

realizables y previo consentimiento del SEPE.

Comprobación de los sistemas autónomos auxiliares.

Estructuras, aisladores, embarrados. Se verificará, dos veces al año:

Estado de las estructuras metálicas, en su caso, con comprobación de oxidaciones y

situaciones de pinturas.

Medida del aislamiento de embarrados entre fases y fases y tierra.

Estado de los aisladores.

Comprobación de sujeciones mecánicas, apriete de tornillos.

Situación de piezas de unión, empalmes y terminales.

Redes subterráneas. Se realizarán, dos veces al año:

Medición de aislamientos entre fases y fases y tierra.

Estado de los conductos y cajas terminales en lo que respecta a su funcionamiento

eléctrico y a su instalación.

Baterías de condensadores. Se realizarán, dos veces al año:

Estado de los elementos.

Medidas de aislamientos.

Comprobación de resistencias de descarga.

Comprobación de conexiones.

Sistema de sujeción, interconexión y dispositivos de corte y protección.

Limpieza. Se realizará, dos veces al año, como complemento de las operaciones

enumeradas y previamente a las mismas se realiza la limpieza de todos los elementos de la

instalación del sistema eléctrico.

Sistema de tierras. Se realizará, dos veces al año:

Medida de las resistencias de puesta a tierra de todos los elementos de la instalación,

con indicación de los valores obtenidos.

Comprobación de la continuidad de los sistemas de tierra, estado de conexiones y

conductores de unión.

Deberá entregar los datos correspondientes de estas mediciones al Servicio de Apoyo

Técnico y Asistencia.

Elementos de seguridad y emergencia. Se realizará semanalmente:

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Comprobación de la existencia y estado de los elementos de detección, rescate,

maniobra, contra incendios y primeros auxilios, así como de las señales indicativas que

deben existir en estas instalaciones.

Comprobación de alumbrado de emergencia y normal.

Peligrosidad de la Instalación y locales de ubicación. Se realizará diariamente:

Comprobación de la existencia, estado y correcta colocación de las defensas

protectoras de las partes con tensión, cerramientos y puertas.

Peligrosidad por fácil acceso a la instalación.

Comprobación de la existencia de humedades y filtraciones de agua o atmósfera

conductora.

Estado de muros, paramentos y otros.

CUADROS DE DISTRIBUCIÓN DE BAJA TENSIÓN

Se realizará dos veces al año:

Limpieza de embarrados

Limpieza de elementos y aparellaje de potencia.

Limpieza de cuerpos extraños en cabinas.

Revisión de conexiones eléctricas y apriete de las mismas en circuitos de potencia.

Comprobación del estado de cortacircuitos, verificando la presión, calibre y tipo de

fusibles.

Revisión general de carpintería metálica y fijaciones de elementos y embarrados.

Revisión de las líneas de enlace entre salidas de transformadores y entrada a cuadro su

aislamiento, trazado y cinchado.

Revisión de la puesta a tierra del cuadro y verificación de las conexiones.

Baterías de condensadores.

SISTEMAS DE ALIMIENTACIÓN ININTERRUMPIDA (UPS´s) DE SERVICIOS CENTRALES Y

VALDEMORO

Se realizará diariamente:

Inspección visual del estado general de los mismos comprobando alarmas y lámparas

de señalización.

Toma de lectura de los mismos tanto de tensiones como de consumos, comprobando

el reparto de cargas.

BATERÍAS

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Se realizará diariamente la inspección visual de las mismas comprobando su estado, así como

posibles perforaciones.

CUADROS EN GENERAL

Se realizará diariamente:

Comprobación visual del estado de interruptores así como lámparas de señalización,

que deberán ser repuestas inmediatamente en caso de hallarse fundidas.

Reparaciones y/o cambios de elementos de cualquier parte de las instalaciones en

caso de necesario.

Se realizará mensualmente:

Toma de lectura de consumos, documentando los mismos.

Inspección de líneas para detectar posibles calentamientos.

ALUMBRADO.

Se realizará diariamente:

Suministro, revisión, sustitución y/o reparación de tubos, halógenos, bombillas de bajo

consumo, reactancias, cebadores, portalámparas, fusibles y otros referidos a las

instalaciones, así como traslado y nuevas instalaciones de luminarias cuando fuesen

requeridas por el SEPE.

RED DE TIERRAS (Ajenas a Alta Tensión).

Se realizará mensualmente:

Medida de las resistencias de puesta a tierra de todos los elementos de la instalación.

Revisión de las existentes en toda la casa, inspección, medición y riego de las mismas.

Revisión de la instalación de pararrayos.

Deberá entregar los datos correspondientes a la medición de las resistividades al Área

de Asuntos Generales.

EN TODAS LAS INSTALACIONES

Se mantendrá la pintura, limpieza y señalización de todas las conducciones, instalaciones y

otros mecanismos, incluyendo letreros o señales necesarios que adviertan de peligro,

precaución, no tocar, etc.

1.2. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y

CLIMATIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS ’A’ Y ‘B’

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AIRE ACONDICIONADO GENERAL

Se realizará diariamente:

Arranque y apagado diario (o su revisión en caso de los sistemas automáticos),

conforme instrucciones recibidas de responsable del servicio del SEPE.

Inspección visual de equipos comprobando consignas de funcionamiento, lámparas de

señalización y alarmas.

Estado de ventiladores y correas, y extractores.

Revisión y control, torres de refrigeración.

Toma de consumos de gasoil de calefacción en el Edificio ‘A’

Información de consumos en Valdemoro.(Se realizará vía telefónica).

Toma de consumos de gasoil de grupos electrógenos. Edificios ‘A’, ‘B’ y Valdemoro.

Reparación inmediata de averías.

Se realizará mensualmente:

Revisión, limpieza y puesta a punto de motores

Revisión, limpieza y puesta a punto de bombas.

Revisión, limpieza y puesta a punto de plantas frigoríficas

o Tres grupos de dos compresores cada uno) en el Edificio ‘A’.

o Dos Grupos de un compresor con bomba de calor en el Edificio ‘B’

o Un grupo evaporador en Valdemoro.

Revisión y puesta a punto de cámaras de climatización.

Revisión, limpieza y puesta a punto de calderas.

o Una caldera en el Edificio ‘A’

o Dos calderas en Valdemoro.

Revisión, limpieza y puesta a punto de termostatos y su renovación.

Revisión, limpieza y puesta a punto de quemadores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de compresores de equipos de A/A.

Revisión, limpieza y puesta a punto de automatismos.

Revisión, limpieza y puesta a punto de ventiladores y extractores.

Revisión y puesta a punto de alineamientos.

Revisión y puesta a punto de tensión de correas.

Revisión, limpieza y puesta a punto de baterías de condensados.

Revisión, limpieza y puesta a punto de humectadores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de compuertas.

Revisión y puesta a punto de inductores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de cajas mezcladoras en UTA’s..

Toma de datos de cámara de acondicionamiento.

Toma de datos de planta-frigorífica.

Toma de datos de consumo de motores.

Toma de datos de temperaturas.

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Engrase y ajuste (si procede) de cojinetes y demás elementos que componen los

compresores.

Engrase de todos los equipos que lo requieran, así como rellenado de gas refrigerante

correspondiente y demás elementos de consumo, propios del mantenimiento integral.

Comprobación y corrección de niveles, manómetros y demás aparatos de medición.

Comprobación y mantenimiento de cuadros eléctricos.

Sustitución mensual de filtros G4 en climatizadoras en el Edificio ‘A’ (Quincenal en el

caso del climatizador de Cafetería). Dicha actuación se realizará siempre antes de las

7:00h de la mañana o después de las 20:00h de la tarde.

Se realizará cada dos meses:

Cambio de filtros G4 de las unidades de tratamiento de aire en el Edificio ‘B’

Limpieza en profundidad de dichas unidades, y revisión de compuertas free-cooling.

Dichas actuaciones se realizarán siempre antes de las 7:00h de la mañana o después

de las 20:00h de la tarde.

Se realizará cuatrimestralmente:

Comprobación de grietas en correas y su sustitución si fuera necesaria.

Limpieza de motores de UTA’s

Desinfección de ventiladores en todas las UTA’s

Engrase de cojinetes de ventiladores (si procede).

Debido a su peligrosidad, estas labores se realizarán con las Unidades de Tratamiento de Aire

paradas, por lo que se deberán realizar fuera de la jornada de trabajo. Se informará al SEPE

con, al menos una semana de antelación.

Se realizará semestralmente:

Sustitución de filtros de alta eficiencia F8, en UTA’s de Cafetería y Patio interior en el

Edificio ‘A’.

Sustitución de filtros de alta eficiencia de los equipos entálpicos de la planta baja del

Edificio ‘A’.

Dichas actuaciones se realizarán siempre antes de las 7:00h de la mañana o después de las

20:00h de la tarde.

OPERACIONES DE TEMPORADA

Puesta en marcha y revisión general de verano (aire acondicionado) incluyendo la limpieza, el

acondicionamiento y puesta a punto de todos los elementos que componen el sistema de frío

(condensadores, climatizadores, circuitos de fluidos, etc.). Deberá ser realizada con el tiempo

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suficiente para poder emplear el sistema cuando las condiciones atmosféricas de temperatura

lo requieran.

Puesta en marcha, revisión general y control de gases en invierno (calefacción) incluyendo la

limpieza, el acondicionamiento y puesta a punto de todos los elementos que componen el

sistema de calefacción (calderas, chimeneas, bombas de agua, etc.).

Deberá ser realizada con el tiempo suficiente para poder conectar el sistema de calefacción-

refrigeración cuando las condiciones atmosféricas lo aconsejen.

GENERAL

Las medidas se reflejaran en el libro de Mantenimiento Oficial o en su caso en el PRISMA II.

A los equipos de climatización autónomos, VRV y entálpicos, se les realizara una limpieza de

filtros cada 3 meses.

LIMPIEZA DE CONDUCTOS

A lo largo del periodo de contratación; la empresa adjudicataria realizará una limpieza

exhaustiva del interior de todos los conductos de climatización, teniendo en cuenta las

siguientes premisas:

Se realizará una primera inspección de todos los conductos.

La limpieza se realizará en los períodos de inactividad de los edificios, ya que se debe

de realizar con los equipos de climatización parados y de forma que no interfiera en la

actividad normal de los mismos.

La empresa adjudicataria avisará con al menos 48 horas de antelación, el/los tramos en

los que va a actuar, los días y el tiempo necesario. Y una vez realizado el trabajo, se

describirá la actuación en un informe parcial por cada tramo, que será visado por el

responsable del contrato del SEPE.

Al completar la limpieza de la totalidad de los conductos se realizará un informe de

finalización de dicho servicio en particular.

1.3. PROGRAMACIÓN ESPECÍFICA PARA LOS CENTROS DE PROCESO DE DATOS DE

SS.CC. Y VALDEMORO.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Se realiza las operaciones siguientes, como mínimo:

Examen técnico y revisión de la instalación.

Detección de posibles fugas de gas, carga y descarga del mismo incluyendo las

máquinas que se retiren y corrección de las mismas.

Inspección del estado de engrase y de funcionamiento de las máquinas (compresor,

motor y humectador), y de todos los elementos de la instalación.

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Revisión de filtros, limpieza de los mismos cuando sea necesario y su sustitución, (se

requerirán repuestos originales).

Regulación de controles de refrigeración: termostatos, presostatos y humidostatos.

Revisión de la instalación eléctrica y cuadros de mando y control.

Revisión del sistema del control centralizado.

Revisión de los circuitos frigoríficos y limpiezas de baterías de condensadores y

evaporador, siempre que sea necesario.

Revisión de humidificadores y sus circuitos auxiliares y la sustitución de los vasos

humectadores.

El mantenimiento de las unidades enfriadoras debe realizarse atendiendo a una revisión de

todos y cada uno de los elementos constitutivos de las unidades. Se fijan unos intervalos en las

operaciones programadas a título indicativo, dependiendo de una serie de factores como son

las horas de funcionamiento de las climatizadoras de alta precisión, la contaminación del

entorno, las oscilaciones de la tensión de alimentación en función del servicio de la compañía

de suministro eléctrico, etc.

El personal técnico del SEPE juzgará cuándo deben ser sustituidos los elementos desgastables

o fungibles, para que el rendimiento de las unidades no se vea afectado de forma sustancial, y

siempre antes de que los dispositivos de alarma bloqueen su funcionamiento.

BASTIDOR, BANCADAS Y PANELES ENVOLVENTES

Operaciones que hay que realizar e intervalos:

Inspección de soportes antivibratorios de bancada. 26 semanas

Inspección estado de pintura anticorrosión bancada y Bastidor. 26 semanas

Inspección de cierres de paneles de recubrimiento de bastidor. 26 semanas

Inspección de aislamiento de paneles. 26 semanas

Limpieza de bastidor y elementos interiores. 26 semanas

SISTEMAS DE VENTILACIÓN

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Sustitución de prefiltros. 8 semanas

Sustitución de filtros equipos enfriadores de alta precisión. 26 semanas

Sustitución de filtros equipos entálpicos. 16 semanas

Inspección de correas de ventilación. 6-8semanas

Sustitución de correas de transmisión. Anual

Inspección de alineación de polea/correa. 6-8semanas

Verificación de consumo de motor/ventilador. 12 semanas

Comprobación de estado de rodamientos y cojinetes de motores y ventiladores.

12 semanas

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Comprobación de regulación de presostatos diferenciales de control de

obstrucción de filtros y falta de flujo de aire. 26 semanas

Comprobación de alarma de falta de flujo de aire. 26 semanas

Inspección de tubos de presostatos diferenciales 12 semanas

Inspección de antivibratores soporte del tren de ventilación. 26 semanas

Inspección de by-pass de aire entre baterías. 12 semanas

SISTEMA DE ENFRIAMIENTO

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Inspección de estado de corrosión de tubos de batería de enfriamiento 26

semanas

Inspección de estado de incrustación de aletas de aluminio de baterías de

enfriamiento, anual.

Inspección de bandeja de recogida de condensados 6-8semanas

Verificación de temperatura de entrada y salida de aire 6-8semanas

Sustitución de vasos de humectación en enfriadoras, anual.

SISTEMA DE ALIMENTACIÓN Y CONTROL

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Inspección de estado de contadores y relés térmicos. 6-8semanas

Inspección de bases de fusibles 6-8semanas

Inspección de cableado, reapretado de conexiones y limpieza de conjunto. 12

semanas

Verificación del estado de bases de relés y comprobación de contactos, bobinas y

su temporizado. 12 semanas

Verificación y ajuste de sistema de control, modificando puntos de consigna,

tarados de alarmas, diferenciales,

a nivel local y remoto (a efectuar por personal especializado). 26 semanas

Verificación del sistema de control centralizado y vigilancia

Sistema de control centralizado, y sistema de alarmas de humedad, 4 semanas.

1.4. GRUPOS ELECTRÓGENOS

Se realizarán diariamente:

Revisión de alimentación de servicios auxiliares.

Revisión estado de carga de baterías de arranque.

Comprobación calentamiento del cárter.

Comprobación niveles y presiones de agua y aceite.

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Revisión y comprobación existencia de combustible.

Reparaciones de las averías que se produzcan en los grupos.

Se realizarán mensualmente la operación de arranque, y tantas veces como el responsable de

contrato del SEPE considere oportuno, tanto en vacío y como en carga, durante el tiempo

necesario para su estabilización y toma de datos.

Además, una vez al mes, se arrancarán los grupos sin carga y permanecerán en marcha

durante 20 minutos cada uno, observando el funcionamiento y regulando lo necesario para el

correcto servicio que deben prestar. Dos veces al año se realizará una prueba real con carga,

produciendo un corte real de suministro exterior, a fin de comprobar que todo el sistema

funciona correctamente.

Estas operaciones se realizarán normalmente el tercer miércoles de mes en horario

comprendido entre las 14 y las 16 horas en días laborables, salvo comunicación de otro

momento por el SEPE, comprobando su funcionamiento y ajustando parámetros si fuera

necesario.

Será imprescindible entregar al SEPE un parte de trabajo con los resultados de las pruebas

obtenidas, y de los ajustes requeridos si los hubiera. Dicho parte se entregará al responsable

del contrato del SEPE.

Cualquier regulación o reparación inherente a los grupos será realizada por los fabricantes

FINANZAUTO o VOLVO según los equipos ó por sendos SAT autorizados de dichos fabricantes.

En caso de los SAT autorizados; antes de cualquier actuación, se deberá presentar la

acreditación y autorización de las casas matrices, para actuar sobre dichos grupos.

1.5. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y

CLIMATIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DEL ALMACEN Y CPD, DEL SEPE EN

VALDEMORO

El adjudicatario se compromete a realizar las siguientes operaciones:

Las revisiones y operaciones de puesta a punto que la legislación establece

emitiendo los informes que sean preceptivos.

Dos tipos de mantenimiento: uno preventivo y otro correctivo.

El mantenimiento correctivo consistirá en la reparación de las averías subsanables,

bien por propia reparación de la máquina o elemento de ésta, bien por sustitución

de las piezas o componentes del equipo averiado.

El mantenimiento preventivo consistirá en revisiones semanales por personal

cualificado y desplazado a la instalación de Valdemoro.

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La empresa adjudicataria desplazará a sus técnicos para proceder a la reparación "in situ" si

ello es posible, o trasladar la máquina o piezas averiadas al exterior, dependiendo en todo

caso de la naturaleza de la avería.

CLIMATIZADORES

Revisiones y cambio mensual de los filtros de UTA’s, comprobación de, filtros de agua,

baterías de condensados, bandejas, pulverizadores, ventiladores y correas.

Comprobación trimestral de alineaciones de poleas, consumos, caudales de aire,

transmisiones y funcionamiento de compuertas, válvulas de tres vías, engrase de

cojinetes y funcionamiento de las propias UTA’s.

A los equipos de climatización autónomos, VRV, se les realizara una limpieza de filtros

cada 3 meses.

Las medidas se reflejaran en el libro de Mantenimiento Oficial o en su caso en el

PRISMA II.

CALDERAS Y QUEMADORES

Limpieza y verificación anual de las chimeneas, conductos de humos, dureza y PH

del agua, termómetros, manómetros, inspección y lecturas de temperatura y

presiones.

Limpieza y verificaciones trimestral de platos deflectores, mirillas, electrodos,

boquillas, válvulas, solenoides, células fotoeléctricas, filtros, juntas, termostatos,

presostatos, presiones y enclavamientos de quemadores, programadores y

transformadores de encendido y verificación generalizada de todo su

funcionamiento.

BOMBAS

Limpieza y verificación anual de los filtros, estado de los anclajes, goteo de prensas

y desagüe de refrigeración. Comprobación trimestral generalizada de consumo,

presiones por aspiración y descarga, niveles de aceite, fuga por juntas y prensa

bombas; estado de los acoplamientos y engrase de cojinetes.

La empresa adjudicataria notificará al Servicio de Mantenimiento, la fecha en que

haya de realizar las revisiones; salvo emergencia, las revisiones deberán realizarse

en horario laboral del SEPE.

2. SISTEMA DE ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA (UNIDADES UPS´S)

El servicio a prestar comprende el mantenimiento integral incluidas piezas, repuestos y mano

de obra de las UPS’s que se detallan a continuación:

Edificio ‘A’

o 3 Unidades de 300 KwA.

o 1 Unidad de filtros antiarmónicos.

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o 1 Unidad Normal-Socorro.

o 1 Transformador de 700 Kw.

o Seis armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

o Cuadro de conexión y contactores.

o Sistemas de comunicaciones para cada una de ellas.

Edificio ‘B’

o 1 Unidad de 100 KwA.

o 2 Armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

o Cuadro de conexión y contactores.

o Sistemas de comunicaciones.

Valdemoro

o 2 Unidades de 300 KwA.

o 4 Armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

Se realizarán al menos seis pruebas de UPS’s a lo largo de cada periodo anual, de las cuales, la

mitad, a ser posible, se realizaran en carga y las demás simuladas, emitiendo el informe técnico

correspondiente.

Se realizará la conexión telemática de todas las UPS´s con la red de datos del SEPE, y el tele

servicio de dichas UPS’s a fin de controlar la información de esta UPS a distancia desde los

puestos de control que se determinen por el SEPE. La empresa adjudicataria deberá contratar

el software y hardware para dicho procedimiento, así como las actualizaciones necesarias.

Las operaciones propias de mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones de

UPS´s, se realizarán por SAT autorizado por MERLIN-GERING o SCHNEIDER, y siempre siguiendo

las normas de mantenimiento de las baterías, establecidas por el fabricante.

Se realizarán todas las intervenciones a domicilio necesarias, para asegurar el funcionamiento

continuo de los equipos y resolver las eventuales anomalías de los mismos, de forma

inmediata, y en todo caso en un plazo no superior a UNA HORA, suministrando y sustituyendo

cualquier pieza de recambio necesaria, a excepción de las baterías.

3. PUERTAS AUTOMÁTICAS

El servicio a prestar será el mantenimiento integral, incluido cualquier recambio, control o elemento de

seguridad necesario para garantizar el correcto funcionamiento de cada una de las unidades de acceso.

Para el correcto funcionamiento se establece un mínimo de 4 revisiones anuales de cada una de las puertas

y barrera instaladas, que consistirá en, al menos, la revisión, engrase (si procede) y puesta a punto de:

Ruidos, velocidad, engrase.

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Verificación de:

Fotocélulas

Bandas antiaplastamiento.

Sistema de apertura manual.

Parada de emergencia.

Bucles magnéticos.

Emisores y receptores.

Control, verificación y modificación de cuadros eléctricos:

Control, verificación de funcionamiento.

Verificación de etiquetas de control.

Verificación de señalizaciones.

Revisión de motorizaciones:

Revisión y reparación de protecciones, tapas silembloqs, etc.

Revisión, reparación o sustitución de contrapesos, cables, cadenas, brazos de

accionamiento, rótulas, acoplamientos, cojinetes etc.

Verificación del par de los embragues.

Verificación de sujeciones, abrazaderas, cableado, topes de final de carrera y

guías.

Verificación de nivel de aceite y aporte en los grupos reductores.

4. SISTEMA DE MEGAFONÍA

El adjudicatario proveerá al SEPE de un servicio de mantenimiento integral de los equipos e

instalaciones de megafonía y de la asistencia al simulacro de evacuación programado

anualmente.

También se incluirán visitas puntuales en caso de incidencias con el sistema de megafonía. El

horario de aviso del servicio de mantenimiento queda definido desde las 9,00 horas a las 18,00

horas de lunes a viernes, dando respuesta dentro de las 24 horas siguientes al aviso. No

computaran sábado ni domingos.

Para una utilización óptima del sistema de megafonía se realizará una verificación periódica

cada tres meses, y en caso necesario, realizar las reparaciones necesarias, aplicar las

correcciones, establecer las directrices correctoras y verificar posteriormente el buen

funcionamiento de todo el sistema.

Para llevar a buen fin sus objetivos, la empresa adjudicataria realizará las siguientes

actuaciones:

Primero, pondrá el sistema en funcionamiento, verificando los equipos existentes y

probando las zonas que en su época inicial se configuraron.

Segundo, realizará la verificación de todos los componentes existentes:

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Indicación de los altavoces o zonas que no funcionen y reparación de dichos

puntos.

Localización de puntos en las zonas donde no exista megafonía.

Se planificará la sustitución de los altavoces obsoletos.

Contando con la autorización del responsable del contrato del SEPE se realizaran

las pruebas generales de megafonía coincidiendo en horario de viernes por la

tarde y/o sábado por la mañana.

Los equipos deteriorados se detallarán en un informe que se entregará indicando

el número y la ubicación de los mismos, tiempo estimado de parada por

reparación etc.

Realización de informe final de funcionamiento y reparación (si procede).

En el supuesto de que el SEPE realizase un cambio de ordenador por motivos de

mantenimiento interno, el adjudicatario indicará los requerimientos mínimos de hardware y de

software que debe contar dicho equipo, y reinstalará el software del sistema, así como las

actualizaciones del mismo.

5. INSTALACIONES AUTOMÁTICAS DE DETECCIÓN DE CO2, INCENDIOS Y SUS MEDIOS DE

EXTINCIÓN, Y DE LOS SISTEMAS INTEGRADOS DE ALARMA, DE CCTV Y CONTROL DE

ACCESOS AL CPD DE LOS SS.CC. DEL SEPE EN MADRID Y EN SU ALMACÉN DE

VALDEMORO

El servicio a prestar comprenderá el mantenimiento preventivo y correctivo, así como las

revisiones necesarias que permitan mantener todas estas instalaciones y equipamiento en

perfectas condiciones de funcionamiento.

La revisión y el mantenimiento de estas instalaciones y sus equipos se llevará a efecto, como

mínimo, una vez al mes, y se realizará en horario laboral del SEPE, sin perjuicio de lo dispuesto

en el punto 8.1.

En cuanto a la revisión y mantenimiento de los extintores y BIE´s, se realizará siguiendo estas

condiciones:

A partir de la fecha de la adjudicación se procederá a realizar una primera revisión de

todas las unidades anti-incendios, comprobando su carga, recargando y retimbrando

aquellos extintores que la normativa vigente del Ministerio de Industria determine.

Debiendo estar la instalación en perfecto servicio en un plazo no superior a un mes,

contando desde la citada fecha.

Si por causa de incendio se utilizaran algunos extintores o BIE´s, éstos deberán ser

recargados inmediatamente, en cuanto se produzca la comunicación a la empresa

adjudicataria. Esta operación correrá igualmente por cuenta del adjudicatario.

En los extintores que posean sistema de manómetros para medidas de presiones en

su interior deberán ser sometidos a revisión siempre que fuera necesario, y en todo

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caso cada tres meses, por lo tanto, cuatro anuales, comprobando presión del aire y

volumen de carga (polvo u otro producto cualquiera que contenga).

En todos estos supuestos, y siempre que haya que retirar algún extintor o BIE, la

empresa sustituirá los retirados de su habitual lugar de ubicación por otros de

similares características que cumplan el mismo cometido. Y de la misma manera,

deberán ser retirados cuando se repongan los que son propiedad del SEPE.

La reparación de los extintores y BIE´s que presenten las anomalías se efectuará en

un plazo no superior a un mes a partir de la fecha de comunicación a la empresa

contratante y serán por cuenta de la misma.

Se realizarán, asimismo, cuantas operaciones, establecidas al efecto por la

legislación vigente, sean necesarias para el correcto mantenimiento. Así, las

operaciones de rellenado y las de retimbrado se consignarán en cada extintor o BIE,

mediante grabación, etiquetado o pegatina, especificando la fecha correspondiente

y la firma del responsable.

6. FONTANERÍA Y POCERÍA.

El servicio a prestar consistirá en asumir los trabajos y la responsabilidad de las reparaciones,

conservaciones y mantenimientos de los elementos de fontanería y pocerIa de las

instalaciones descritas en el objeto de este contrato.

Este servicio se realizará a requerimiento del responsable del contrato del SEPE mediante la

entrega de la oportuna Orden de trabajo, atendiendo a lo dispuesto en el punto 9.

Se detallan a continuación las tareas que se estima han de realizarse, entendiéndose esta

relación como orientativa y no exhaustiva.

Mantenimiento preventivo y correctivo (reparaciones) de las instalaciones de

fontanería, saneamiento, y evacuación general, incluso las acometidas de las redes

municipales.

Se actuará tanto sobre los aparatos Sanitarios (lavabos, urinarios, inodoros, etc.) y

elementos a ellos acoplados (grifos, desagües, cisternas, etc.), como sobre las redes de

suministro de agua y tuberías de residuales, los colectores generales y sus

componentes (tuberías, botes sifónicos, arquetas, sumideros, grupos bombas, válvulas

de retención, etc.).

Limpieza de las conducciones de desagües y pluviales, de manera que estas se

mantengan en perfectas condiciones de uso.

Además de las labores mencionadas con anterioridad, la empresa adjudicataria deberá

realizar las siguientes labores periódicas:

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Trimestralmente: Revisión de funcionamiento de bombas, grupos de presión, evacuación de

incendios.

Este control se realizará siempre a lo largo de la primera semana de Abril, Julio y Octubre y

deberá acompañarse del informe correspondiente (Apéndice 6.I) sobre la situación de la

instalación.

La mencionada revisión debe incluir como mínimo los siguientes controles:

Puesta en marcha de bombas y control de funcionamiento

Control de actuación y funcionamiento de boyas de niveles.

Modificación de niveles si fuese necesario.

Revisión de electroválvulas y flotadores en depósitos y aljibes, así como la

comprobación de su funcionamiento.

Semestralmente: Se realizará una revisión completa de funcionamiento de toda la instalación,

realizando una auditoría completa de la situación del mantenimiento. (Apéndice 6.II)

Esta auditoría ha de cumplir las siguientes condiciones mínimas:

Revisión del estado de la instalación completa.

Revisión de las conducciones y luz interior de los tubos de presión y evacuación.

Estado de cumplimento de la normativa vigente.

Informe sobre todas las actuaciones realizadas durante todo el período

correspondiente.

Propuesta de mejoras en la instalación.

Anualmente: Se realizará una limpieza exhaustiva a presión de todos los pozos y tubos de

desagüe con Camión Desatrancos.

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APÉNDICE 6.I Nota de trabajo trimestral

NOTA DE TRABAJO TRIMESTRAL FECHA: _________________

EMPRESA.:

LABORES A REALIZAR SITUACIÓN FECHA OBSERVACIONES

PUESTA EN MARCHA DE

BOMBAS Y CONTROL DE

FUNCIONAMIENTO

Bomba 1 Ed.‘A’- Sanitaria Bomba 2 Ed.‘A’- Sanitaria Bomba 1 Ed.‘B’- Sanitaria Bomba 2 Ed.‘B’- Sanitaria Bomba 1 Ed.‘B’- Incendios Bomba Jokey Ed. ‘B’- Incendios Bomba 1 Exteriores- Riego Bomba 2 Exteriores- Riego

CONTROL DE ACTUACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE

BOYAS DE NIVEL

Boya 1 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 2 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 3 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 4 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 1 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 2 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 3 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 4 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 1 Ed.‘B’- Sanitaria (Dep único) Boya 2 Ed.‘B’- Sanitaria (Dep único) Boya 1 Exteriores- Riego Boya 2 Exteriores- Riego Boya 1 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 1) Boya 2 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 1) Boya 1 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 2) Boya 2 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 2) Boya 5 Ed.‘B’- Residuales (Seguridad)

MODIFICACIÓN DE NIVELES REVISIÓN DE CUADROS

ELÉCTRICOS Y COMPROBACIÓN DE FUNCIONAMIENTO

Edificio ´A´ Agua Sanitaria Edificio ´B´ Agua Sanitaria Edificio ´B´ Agua Incendios Exteriores Agua riego.

REVISIÓN DE

ELECTROVÁLVULAS Y

FLOTADORES EN DEPÓSITOS

Y ALJIBES Y

COMPROBACIÓN DE

FUNCIONAMIENTO

Depósito 1 Acopio agua sanitaria Edificio ´A´.

Depósito 2; Acopio agua sanitaria Edificio ´A´.

Depósito; Acopio agua sanitaria Edificio ´B´.

Depósito acopio agua incendios Edificio ´B´.

Depósito acopio agua riego Exteriores.

LIMPIEZA EN TUBERÍAS DE

DESAGÜES DE PLUVIALES Y

RESIDUALES

Conforme: (El Responsable en el SEPE)

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APÉNDICE 6.II - Nota de trabajo semestral.

NOTA DE TRABAJO SEMESTRAL FECHA: _________________

EMPRESA.:

LABORES A REALIZAR DEFECTOS

Y SITUACIÓN FECHA OBSERVACIONES

ESTADO DE LA

INSTALACIÓN

SANITARIA.

CONDUCCIONES Y LUZ

INTERIOR DE TUBOS DE

PRESIÓN, PLUVIALES Y

FECALES

CUMPLIMIENTO DE LA

NORMATIVA

PROPUESTA DE

MEJORAS

Conforme: (El Responsable en el SEPE)

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ANEXO A

COORDINACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

La finalidad de este protocolo es establecer un acuerdo de colaboración en materia de

Prevención de Riesgos entre el SEPE y sus Empresas Colaboradoras, para el desarrollo de las

obligaciones establecidas en el artículo 24 " Coordinación de Actividades Empresariales" de la

LPRL y en el RD 171/2004 que lo desarrolla.

Dentro de la coordinación de actividades, se establece el sistema de acreditación y control, en

materia de Prevención Riesgos, de los trabajadores pertenecientes a la Empresa adjudicataria y

sus subcontratas, que van a desarrollar los servicios contratados por el SEPE en lugares o centros

de trabajo propios de esta entidad.

La acreditación de los trabajadores es consecuencia de la planificación de la prevención

resultante de la evaluación de riesgos de los trabajos contratados, que realizará la Empresa.

Como consecuencia de la misma, se acreditará si cada trabajador es "apto para su trabajo

habitual" o, si fuera necesario, que es "apto para trabajos que impliquen un riesgo especial",

indicando claramente cual es este riesgo especial. Además, será utilizada para conocer los

nombres de las personas designadas por la Empresa como Responsables en materia de

prevención de riesgos durante la ejecución de los servicios contratados por el SEPE.

La Empresa adjudicataria evaluará y conservará toda la documentación necesaria para, en

cualquier momento, garantizar y demostrar las aptitudes acreditadas para cada trabajador,

independientemente de que éstos pertenezcan directamente a la Empresa o a cualquiera de sus

subcontratas.

1. DEFINICIONES

Las definiciones base de la acreditación serán:

Responsables de la Ejecución de los Trabajos: Se entiende por "Responsables de la ejecución de

los trabajos" a las personas designadas por la Empresa responsable de cumplir, hacer cumplir y

coordinar, en el desarrollo de las actividades encomendadas, todas las medidas preventivas

necesarias para cada una de ellas y en particular, a aquellas que afecten a “trabajos que

impliquen riesgos especiales", entre otros, trabajos en altura, espacios confinados, trabajos

eléctricos.

Cuando el objeto de las actividades encomendadas sea el desarrollo de trabajos en alta tensión

con líneas, equipos, etc. “en tensión”, la Empresa designará un “Jefe de Trabajo”, de acuerdo a

lo establecido en el RD 614/2001 sobre la disposiciones mínimas para la protección de la salud y

seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

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Si resultase compatible el desempeño de las funcionas propias de “Jefe de Trabajo” y de

“Responsable de la Ejecución de los Trabajos”, ambas podrán coincidir en una misma persona.

Dentro del Anexo, sólo serán considerados como Responsables de la Ejecución de los Trabajos

y/o Jefes de Trabajo, a aquellos que expresamente lo tengan indicado en la columna

correspondiente.

Aptos para su Trabajo Habitual: Entendemos como "apto para su trabajo habitual" a toda

aquella persona que, en razón del trabajo que va a realizar, la Empresa garantice que:

Tiene la competencia necesaria, por formación y/o experiencia, para desarrollar las

funciones de su puesto de trabajo.

Ha recibido la información y formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en

materia de prevención de riesgos laborales para dicho trabajo.

Es sometido a una vigilancia y control de su salud en función de los riesgos laborales a

los que puede estar expuesto

Dispone de los equipos de protección individual necesarios para su trabajo, y ha sido

informado, formado y adiestrado sobre su correcta utilización y conservación.

Está en situación de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago mensual de las

cuotas de la Seguridad Social.

Estas personas quedarán facultadas únicamente para el trabajo que han sido acreditadas. Si

cambiasen la actividad o hubiese modificaciones en los riesgos a los que estuviesen expuestos

tendrán que volverse a acreditar.

Todos los trabajadores incluidos en el documento anexo, deben cumplir este requisito.

Aptos para trabajos que impliquen un Riesgo Especial.: Se entenderá por trabajos que

impliquen un "riesgo especial" todos los incluidos en el Anexo I del R.D. 39/1997, de 17 de enero,

de los Servicios Prevención, así como los incluidos en el Anexo II del R.D. 1627/1997, de 24 de

octubre,

Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en obras de construcción, y otros derivados de la

propia actividad dentro de las cuales destacamos a modo de ejemplo, trabajos con riesgos de

caída de altura, con electricidad, en espacios confinados, etc.

El personal acreditado como “apto para trabajos que impliquen riesgo especial” debe reunir los

requisitos siguientes:

Tiene la competencia necesaria, por formación y/o experiencia, para desarrollar las

funciones de su puesto de trabajo.

Ha recibido la información y formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en

materia de prevención de riesgos laborales para dicho trabajo.

Es sometido a una vigilancia y control de su salud en función de los riesgos laborales

a los que puede estar expuesto.

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Dispone de los equipos de protección individual necesarios para su trabajo, y ha sido

informado, formado y adiestrado sobre su correcta utilización y conservación.

Está en situación de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago mensual de las

cuotas de la Seguridad Social.

De las personas incluidas en el documento anexo, sólo son aptas para trabajos que impliquen un

riesgo especial, aquellas que expresamente lo tengan indicado.

2. RESPONSABILIDADES

Sin perjuicio de las obligaciones legal y reglamentariamente establecidas, son responsabilidades

de la EMPRESA adjudicataria:

Cumplir todo lo especificado en este documento.

Acreditar o demostrar las acreditaciones correspondientes, tanto del personal propio

como del de sus subcontratas.

Notificar al SEPE, todos los cambios, bajas, nuevas incorporaciones o cualquier otra

modificación que se produzca, actualizando el documento anexo, como consecuencia

de las mismas, tantas veces como sea necesario.

Comunicar, informar y distribuir entre su personal propio y el de sus subcontratas,

todas las informaciones que sobre adaptación o cumplimiento de la Ley de prevención

de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo sean emitidas por la propia Empresa

Colaboradora.

Notificar al SEPE cualquier incidente / accidente de los trabajadores ocurrido en sus

instalaciones.

3. NORMATIVA DE APLICACIÓN

El marco legal del presente Documento es:

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención.

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad

y Salud en obras de construcción.

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley

31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de

coordinación de actividades empresariales.

Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de

riesgos laborales.

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4. DESARROLLO DEL PROTOCOLO

4.1 Contenido del documento anexo.

Cada versión del Anexo emitido por la Empresa Colaboradora deberá de contener por cada

trabajador, al menos, los siguientes campos de información:

Datos del trabajador:

“Apellidos”: indicar el primer y segundo apellido, en mayúsculas.

“Nombre”: indicar el nombre, en mayúsculas.

“N.I.F.”: indicar el N.I.F., sin puntos separadores de miles y sin espacio antes de la

letra.

“Empresa”: indicar la empresa a la cual pertenece el trabajador en la fecha de emisión

del documento. La empresa podrá ser la empresa colaboradora o cualquiera de sus

posibles subcontratas.

Acreditación para trabajos que impliquen un riesgo especial.

“Altura” (trabajos con riesgo de caída de altura): si es apto el trabajador, lo indicará

con una “X” en el espacio correspondiente.

“Eléctrico” (trabajos con riesgo eléctrico, de acuerdo a lo establecido en el RD

614/2001 sobre la disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de

los trabajadores frente al riesgo eléctrico). Cuando un trabajador esté acreditado para

realizar trabajos con riesgo eléctrico, en función del tipo de acreditación del trabajador

se rellenará el espacio correspondiente con una “A” si se trata de “trabajador

autorizado” o con una “C” cuando se trate de “trabajador cualificado”.

“Espacios Confinados”: si es apto el trabajador, lo indicará con una “X” en el espacio

correspondiente.

"Otros": si el trabajador es apto para la realización de trabajos que impliquen otro tipo

de riesgo especial, en el espacio correspondiente indicará el nombre del riesgo para el

que es apto.

“Responsable de la ejecución de los trabajos y jefe de trabajo”: En este caso se

rellenará el espacio denominado “Resp. de Ejecución de Trabajos” con una “E” cuando

desempeñe funciones de Jefe de Trabajo o con una “X” para el otro caso.

“Observaciones”: este espacio se podrá utilizar para indicar cualquier observación que

se considere pertinente.

Asimismo, en la cabecera o pie de página del Anexo, se indicará:

“Empresa”: el nombre o logotipo de la empresa.

“Responsable del Servicio de Prevención”: el nombre de la persona del Servicio de

Prevención de la Empresa, responsable de la emisión del Anexo.

“Versión del Anexo”: se sustituirá la “X” por el número que indique la versión

realizada, comenzando por el “1”.

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“Fecha de revisión”: indicará la fecha de emisión de la versión realizada.

La entrega de la documentación al SEPE, será realizada tanto en formato electrónico, como en

papel. La copia impresa estará sellada por la Empresa en todas sus páginas.

4.2 Actualización del documento anexo.

El documento anexo será actualizado por la Empresa tantas veces como sea necesario, como

consecuencia, al menos, de alguno de los motivos siguientes:

Bajas o nuevas incorporaciones en el personal propio o en el de sus subcontratas.

Pérdida de vigencia de alguno de los certificados o documentos necesarios para

acreditar los tipos de aptitud establecidos en el apartado 2 del presente documento

(por ejemplo vigilancia de la salud para trabajos con riesgos especiales).

Sanciones a trabajadores incluidos en el anexo, impuestas tanto por la empresa o sus

subcontratas, como consecuencia de la denuncia por cualquiera de las partes de

incumplimientos por parte de dichos trabajadores en materia de prevención de

riesgos.

Cualquier modificación que se produzca por motivos diferentes a los antes

mencionados, a excepción de que la causa de la modificación únicamente sea el

cambio de empresa del trabajador.

4.3 Aplicación del protocolo de homologación de los trabajadores

La manera de actuar para la aplicación del Protocolo, con cualquiera de sus versiones del

documento anexo, será:

a. Por parte de la Empresa:

a.1. Su responsable de prevención deberá:

a.1.1. Confeccionar y actualizar, cuando proceda, el documento anexo.

a.1.2. Cumplimentar dicho listado, cumplimentando los campos definidos en el mismo según

las instrucciones proporcionadas en el y entregarlo al Responsable del Servicio en el SEPE,

tanto en formato electrónico como en papel. Se deberá enviar copia electrónica de cada

actualización al Coordinador de Seguridad y Salud, en su caso. La copia impresa estará sellada

Por la empresa contratista en todas sus páginas y será enviada por el Responsable del Servicio

en el SEPE y al Servicio de Prevención para su archivo.

a.1.3. Distribuirlo en su Empresa, a los niveles organizativos que correspondan.

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a.2. La Empresa Colaboradora tomará las cautelas necesarias a efectos de garantizar que, bajo

ningún concepto, colaborarán con el SEPE responsables de la Ejecución de los Trabajos o

trabajadores que no dispongan de las acreditaciones necesarias, y/o no se encuentren

incluidos en

los listados entregados al SEPE para desarrollar los servicios solicitados. Para ello, previo a la

ejecución de cualquier servicio solicitado por el SEPE, comprobará que:

Dispone de un Responsable de la Ejecución de los Trabajos.

Dicho Responsable y trabajadores están incluidos en los listados de acreditación

remitidos al SEPE.

ANEXO B

PERSONAL SUBROGABLE

Nombre Categoría Jornada Entrada Salida Antigüedad

Convenio de jardinería

Oficial 1ª Según

convenio 29/08/1994

Madrid, 27 de julio de 2011

EL DIRECTOR GENERAL

Antonio Toro Barba