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MUNICIPIO DE LA PINTADA UNA NUEVA VISION MUNICIPIO DE LA PINTADA ANTIOQUIA PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO “LA PINTADA LEGAL” CERO TOLERANCIA CON LA CORRUPCION VERSION 1.0 RODRIGO GARCIA LONDOÑO ALCALDE 2012 - 2015 «En tiempos de engaño universal, decir la verdad se convierte en un acto revolucionario» George Orwell. La Pintada, abril de 2013 AVENIDA 30 No. 31-09 – Teléfono 845 42 16 – Fax 845 35 62

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MUNICIPIO DE LA PINTADA UNA NUEVA VISION

MUNICIPIO DE LA PINTADA ANTIOQUIA

PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

“LA PINTADA LEGAL”

CERO TOLERANCIA CON LA CORRUPCION

VERSION 1.0

RODRIGO GARCIA LONDOÑOALCALDE 2012 - 2015

«En tiempos de engaño universal, decir la verdad se convierte en un acto revolucionario» George Orwell.

La Pintada, abril de 2013

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PRESENTACIÓN

Con el fin de generar una cultura de legalidad y teniendo como marco de referencia los requerimientos de la Ley 1474 de 2012, el cual define los mandamientos para la promoción de la transparencia y la lucha contra la corrupción y el plan de desarrollo Antioquia la Más Educada.

En nuestro “Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano La Pintada Legal”, hacemos énfasis en la “Prevención” de posibles eventos de corrupción que se puedan presentar, y la facultad que tiene el ciudadano para con el ejercicio de sus deberes y derechos consagrados en la constitución y en la Ley.

Dentro de este Plan se presentan aquellas acciones y estrategias a implementar, teniendo en cuenta que para ello se requiere del talento humano idóneo y con la experiencia necesaria para rendir a la comunidad con los resultados de una gestión orientada al logro y cumplimiento de nuestro plan de desarrollo “La Pintada Una Nueva Visión”.

El presente documento se elaboró teniendo en cuenta la cartilla “Estrategias para la construcción del Plan anticorrupción y de Atención al Ciudadano”, y otros planes de entidades publicas que sirvieron como referente para la construcción de este, ya que el que hacer público en todas las entidades debe apuntar a logra el mismo objetivo CERO TOLERANCIA CON LA CORRUPCION. No solo hablamos de Anticorrupción, igualmente y para darle cumplimiento a las normas legales que regulan el tema de atención al ciudadano, en especial lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, se elaboró el manual de quejas, sugerencias y reclamos, ya que es un requisito para toda entidad prestadora de servicios. Esta es una buena herramienta que se constituye en una estrategia fundamental que tenderá a mejorar la calidad de los servicios prestados a nuestros ciudadanos, con el fin de brindar una herramienta instructiva y de fácil compresión, para prestar una atención correcta, puntual y oportuna.

El manual de quejas, sugerencias y reclamos del municipio dela Pintada, es un documento complementario al plan, y que busca organizar el proceso que se lleva a cabo a la hora de atender una de las anteriores solicitudes, permitiendo optimizar la atención a los usuarios que se acercan a la administración municipal para obtener información, realizar un trámite, solicitar un servicio o formular un reclamo.

Este servicio que ofrece la Administración Municipal debe estar parametrizado por unos acuerdos de calidad, eficacia, confiabilidad y compromiso con el desarrollo

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del municipio. Para que esto se logre, es importante contar con la opinión de quienes reciben este servicio, ya que esto permite la mejora continua y genera entre los ciudadanos un sentimiento de apoyo y esfuerzo que satisface de manera amable y eficaz sus inquietudes.

Brindar a los habitantes del municipio de La Pintada el servicio de excelencia que merecen, debe convertirse en un propósito común y lograr una meta conjunta, para quienes tenemos el honor de ser servidoras y servidores públicos y de esta forma, contribuir a generar una cultura de la legalidad en el que hacer de lo público.

Los protocolos de servicio son una herramienta útil para mejorar de manera importante la imagen que los ciudadanos tienen del municipio de La Pintada y son muestra de coherencia y confiabilidad; tienen además la ventaja de convertir un buen servicio, día a día, en bienestar para la comunidad. A este gran propósito debemos de ponerle corazón y nuestras manos que son para servir y brindar a los habitantes de La Pintada un servicio de excelencia que todos merecen.

1. Políticas institucionales y pedagógicas para la elaboración del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano La Pintada Legal

Plan de Desarrollo Nacional: Prosperidad para Todos (2010-2014) Ley 1450 de 2010.

Buen Gobierno, participación ciudadana y lucha contra la corrupción.

El fortalecimiento institucional a través del Buen Gobierno es un mecanismo quizás menos tangible y más complejo que los programas sociales o económicos, pero posiblemente más efectivo para alcanzar la prosperidad democrática.

En los últimos años, se han dado avances considerables en mejorar la efectividad y credibilidad de las entidades del gobierno. Por ejemplo, en el Indicador de Gobernabilidad del Banco Mundial, entre 2002 y 2009, el país avanzó en la medida de efectividad del gobierno del percentil 38,8 al 56,2, en participación y rendición de cuentas de 36,1 a 42,7, en estabilidad política de 2,4 a 7,1, y en Estado de Derecho de 21,9 a 39,6. No obstante, como lo indican las cifras que escasamente superan el rango de valores de 40%-50%, el país aún se encuentra lejos de los estándares internacionales.

Uno de los objetivos centrales del Buen Gobierno es implantar prácticas de transparencia en todas las esferas del Estado a través de esquemas efectivos de rendición de cuentas. En otras palabras, el objetivo es gobernar en una urna de

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cristal. La efectividad de este propósito dependerá de la implementación y ejecución de un adecuado esquema de medición y seguimiento que sea disciplinado y que esté focalizado en resultados cuantificables.

Un requisito central para alcanzar este propósito radica en la buena gestión y pulcritud en el manejo de los recursos públicos. Lo anterior implica gastar bien, lo cual no significa gastar más o gastar menos sino dar cumplimiento, con un enfoque de resultados, a los objetivos para los que son destinados los recursos. Esto, inevitablemente implica perseguir y penalizar el uso indebido de los recursos del Estado, consolidando, coordinando y fortaleciendo la acción preventiva y punitiva del Estado contra los corruptos. Encuestas recientes muestran que el 56% de los ciudadanos identifican la corrupción entre los tres problemas más importantes del país, junto con el desempleo y la delincuencia común. Más aún, en lugar de disminuir, esta percepción ha aumentado ligeramente en los últimos dos años.

Estrategias contra la corrupción:

• Diseñar e implementar la Política Integral contra la Corrupción: (i) conocer el fenómeno; (ii) identificar los aspectos, procesos y oportunidades que facilitan los actos de corrupción, y (iii) establecer correctivos y acciones que impidan su realización, entre otros.

• Generar condiciones para la coordinación interinstitucional a través de: (i) la Comisión Nacional de Moralización, (ii) la Comisión Ciudadana de Lucha contra la Corrupción y (iii) mecanismos inter-órganos que involucren a las ramas Ejecutiva y Judicial y a los órganos de control.

• Expedir normas penales, disciplinarias y fiscales ágiles que faciliten la investigación de los casos de corrupción.

• Modernizar los órganos de control: (i) fortalecer y focalizar la función preventiva en la Procuraduría General, (ii) promover el desarrollo de enfoques, metodologías y herramientas técnicas y jurídicas en la Contraloría General, (iii) ampliar coberturas, simplificar los sistemas de información y fortalecer el sistema sancionatorio de la Auditoría General, y (iv) fortalecer el Sistema Nacional de Control Fiscal.

Plan de Desarrollo Departamental Antioquia la Más Educada:

ORDENANZA No. 14 DEL 14 JUNIO 2012, Por medio de la cual se adopta el Plan de Desarrollo Departamental 2012-2015 Antioquia La Más Educada.

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LÍNEA ESTRATÉGICA 1.- ANTIOQUIA LEGAL

OBJETIVO

Construir y fortalecer capacidades en la sociedad antioqueña, en sus instituciones, en el gobierno departamental y en los gobiernos municipales, para su actuación pública y privada en los marcos de la ética y la legalidad.

Antioquia Legal establece la puesta en marcha de un vasto programa de acción cultural y política a través del cual se aborda el problema de la ilegalidad en nuestra cultura y se promueve el respeto por la normatividad, la ética y los derechos de todas las personas.

Uno de los principales problemas al que se enfrenta Antioquia es el de una relación ambigua con la legalidad. Para esta pretensión resulta determinante:

Intervenir la cultura, el territorio, los valores y principios de los Antioqueños, aquellos que han convivido y reproducen elementos que van en contravía de la legalidad, que se incuban y prosperan en la falta de control social, de valores éticos y de marcos claros de actuación y principios políticos como el modelo a seguir en la actividad pública.

Crear y fortalecer institucionalmente a los municipios. Antioquia sabe que para crecer en un marco responsable de normas y valores requiere de las capacidades institucionales de sus administraciones locales, siendo uno de los retos del propósito de lograr con Antioquia Legal el acompañar a los líderes municipales en el desarrollo de mejores mecanismos institucionales, en la creación de capacidades locales y en estrategias de vigilancia e incentivos que motiven la eficiencia en los municipios.

Esta línea se agrupa en cinco componentes:

• “En Antioquia no se pierde un peso”. Legalidad en la contratación pública y en el uso de los bienes públicos.

• Gobernación de Antioquia eficiente y eficaz

• La legalidad en la escuela

• Promoción de la legalidad en campos estratégicos

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• Antioquia entiende la legalidad

La ilegalidad ha permeado todos los espacios en lo público, principalmente en el campo de la contratación, Los manejos indebidos que se han presentado con los recursos públicos le han limitado durante años las oportunidades a los habitantes, han sumido en la pobreza a las comunidades más necesitadas, han hecho que las obras contratadas se demoren mucho más de lo planeado, que los servicios o compras que efectúan se paguen tres o mas veces por encima del valor de mercado y que parte de esos recursos queden en manos de inescrupulosos.

Plan de Desarrollo Municipal La Pintada Una Nueva Visión:

LINEA ESTRATEGICA No. 3: DESARROLLO SEGURO Y JUSTO

Esta Línea busca apoyar a los órganos de control, y a la comunidad en general en la atención oportuna de los llamados para enfrentar delitos que vulneren la seguridad, la justicia, la estabilidad de la democracia, el respeto de los derechos humanos y en general el bienestar de la sociedad.

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Ley 1474 de 2011, Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública:

Artículo 73. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.

El Programa Municipal de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción señalará una metodología para diseñar y hacerle seguimiento a la señalada estrategia.

Parágrafo. En aquellas entidades donde se tenga implementado un sistema integral de administración de riesgos, se podrá validar la metodología de este sistema con la definida por el Programa Municipal de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

Artículo 74. Plan de acción de las entidades públicas. A partir de la vigencia de la presente ley, todas las entidades del Estado a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de Acción para el año siguiente, en el cual se especificarán los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión.

Teniendo Como referente el Plan Presidencial para la lucha contra la corrupción, el Municipio de La Pintada adopta el “Programa Municipal de Lucha contra la Corrupción y de Atención al ciudadano, en cumplimiento a lo señalado en la ley 1474 de 2011, el cual se acoge a la metodología que deben implementar las entidades del orden Nacional, Departamental y Municipal.

1. OBJETIVOS DEL PLAN MUNICIPAL ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO “LA PINTADA LEGAL”:

• Brindar elementos que permitan al ciudadano ejercer su derecho político fundamental a ejercer control.

• Dotar de herramientas orientadas a la prevención de posibles actos de corrupción, en interacción con instituciones públicas, privadas, ciudadanía en general, medios de comunicación y organizaciones civiles.

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• Identificar los riesgos de corrupción en la gestión contractual del municipio.

• Implementar un sistema de alertas que permita a la administración y en general a todos los interesados, para identificar en cada uno de sus procesos contractuales los riesgos que se van presentando desde la planeación hasta la liquidación de los diferentes tipos de contratos y/o convenios que celebre la administración municipal.

• Establecer un sistema de prevención como requisito fundamental para la aplicación del manual.

• Publicitar todas las acciones en materia de lucha contra la corrupción que rigen el que hacer público.

No es solo detectar los riesgos una vez se haya concretado y tomar medidas para contrarrestarlo posteriormente, sino que por el contrario, se debe prevenir antes que este se pueda presentar.

Por tanto, el municipio debe medir no solamente los riesgos sino las actuaciones que desarrollan para evitarlo en cada uno de sus procesos contractuales. Es una medición en tiempo real tanto de los riesgos como de las medidas implementadas para prevenirlo.

El Programa Municipal de Lucha contra la Corrupción y de Atención al ciudadano se socializará no solo en la página web del municipio, sino en eventos públicos que adelante la administración municipal, con el objeto de que la comunidad se apropie e igualmente todas las entidades puedan acceder al documento y hacer uso de él.

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

• Fortalecer las instituciones democráticas y Promover el acceso a la información de la gestión pública, motivando a la ciudadanía en el ejercicio de los deberes y derechos del control social.

• Fortalecer los Contralores escolares como eje central para garantizar la transparencia y legalidad desde la escuela.

• Fortalecer los procesos de seguimiento visible de la inversión para hacer más eficiente la utilización de estos recursos públicos en los diferentes sectores de inversión.

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• Promover la cultura de la legalidad en el Municipio, generando espacios de trabajo conjunto con los diferentes órganos de control y fomentando el control social.

• Promover campañas institucionales tanto de nivel nacional y departamental sobre la legalidad de los actos Públicos.

3. FUNCION INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA LUCHA ANTICORRUPCION EN EL MUNICIPIO DE LA PINTADA

Identificar las principales causales de corrupción o ineficiencia en materia administrativa, evaluar sus impactos y trazar forma como poder contrarrestarlas.

Aplicar localmente todas las políticas gubernamentales tanto a nivel Departamental como Nacional encaminadas a promover la lucha contra la corrupción y la ilegalidad en todos sus aspectos.

Desarrollar mecanismos que propicien la modernización, eficiencia, la ética y la transparencia de la gestión municipal en materia de lucha contra corrupción.

Implementar los proyectos que mediante la utilización de tecnología permitan conectar las entidades y organismos del Estado, provean a la comunidad de información sobre la gestión pública, permita realizar trámites en línea y propendan por la masificación del acceso a la tecnología.

Implementar los mecanismos que propicien que la entidad implemente desarrollos tecnológicos que les permitan modernizar y agilizar su gestión, competir y obtener certificaciones de calidad para sus procesos que incluyan sistemas de medición de resultados e indicadores de gestión.

Liderar iniciativas que mediante el control previo de la información contable y presupuestal, permitan conocer la gestión y la eficiencia de la administración en lo concerniente a bienes públicos.

Liderar acciones que fortalezcan al municipio en materia de control interno de gestión y el control interno disciplinario y propiciar mecanismos que mediante la adecuada evaluación de procesos permiten establecer nuevos métodos para mejorar el desempeño municipal y el impacto de su quehacer en la sociedad.

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Desarrollar conjuntamente con los organismos de control, metodologías y modelos que permitan detectar y castigar los casos de corrupción administrativa que puedan llegar a presentarse.

Establecer los mecanismos que buscan fortalecer las veedurías cívicas en los diferentes órdenes municipales.

Elaborar los instrumentos pertinentes para implementar las políticas del Municipio en materia de transparencia, ética, eficiencia, legalidad y eficiencia administrativa.

Implementar diferentes acciones en materia de educación, concientización, fortalecimiento de valores y principios y promoción de una nueva cultura de responsabilidad social y defensa de lo público, dirigidos tanto a la comunidad en general como a los diferentes sectores tanto privados como públicos.

Diseñar instrumentos que faciliten la evaluación, seguimiento y control a los diferentes procesos contractuales adelantados por las entidades estatales de cualquier orden.

Recibir denuncias en contra de funcionarios públicos de cualquier orden, darles, el trámite ante la autoridad competente y hacer el seguimiento respectivo.

Rendir periódicamente informes los entes de control que lo requieran, sobre el desarrollo y resultados del programa.

Apoyo a los Contralores y personeros Estudiantiles.

Se pretende apoyar el programa de la Contraloría General de Antioquia el cual busca fortalecer el control social, y para esto ha venido desarrollando El Proyecto de Contralores Estudiantiles, el cual fue creado mediante Ordenanza 26 del 30 de diciembre de 2009. En ella se institucionalizó la figura del Contralor Estudiantil en las Instituciones Educativas Oficiales del Departamento de Antioquia “como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los jóvenes que busca la transparencia y potencia los escenarios de participación ciudadana para la vigilancia de los recursos y bienes públicos en la gestión educativa”.

Los Contralores Estudiantiles serán apoyados desde la administración municipal y serán pieza fundamental en el adecuado desarrollo del Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano lo que permitirá hacer más efectivo su control social.

4. MATRIZ DOFA DIAGNOTICO PARA LA FORMULACION DEL PLAN.

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FACTORES INTERNOSDEBILIDADES FORTALEZAS

1. Movimientos de personal en la administración.

1. Idoneidad y experiencia del personal de libre nombramiento y remoción.

2. Obsolescencia de equipos en general

2. Se gestionaron los recursos para reposición de equipos

3. Desactualización del manual de contratación, desconocimiento de los funcionarios.

3. Se tiene acceso a gobierno en línea y se cuenta con la página web institucional, adicionalmente con facebook.

4. Desconocimiento de la norma y cambios frecuentes en esta.

4. Se cuenta con canales de información y comunicación con los entes de control

5. Debilidades en el control interno y no existen un sistema de gestión de la calidad

5. Se está incursionando en la cultura de la legalidad y la transparencia, aplicación del PD Municipal y Departamental cultura de la legalidad.

FACTORES EXTERNOS

ESTRATEGIAS - DA ESTRATEGIAS - FA

AMENAZAS

1. Cambios constantes en la normatividad.

1. Elaboración del plan municipal de capacitaciones de las jornadas de inducción y re inducción del personal , incursionando en la cultura de la transparencia

1. Publicidad de todos los actos públicos en la página web del municipio y en el SECOP

2. Cambios en la estructura administrativa y rotación del personal por la rotación de periodos de gobierno

2. Ajustes en los manuales de funciones y procedimientos y la cadena de valor y mapa de procesos del municipio

2. Adopción e implementación del manual antitrámites (Decreto 019 2012) para el municipio, mediante acto administrativo

3. Procesos de vigencia anteriores no fallados y que afectan las finanzas del municipio

3. Inicio de nuevos trámites contractuales para el control interno y el sistema de gestión de calidad

3. Implementación de proceso de capacitación en transparencia y en la nueva normatividad en materia contratación

4. Politiquería. 4. Implementación mediante acto administrativo del sistema de alertar tempranas

4. Vinculación de los entes de control y seguimiento a los procesos de formación del talento humano en la administración.

5. Disposiciones del orden Nacional que reduzcan los recursos para funcionamiento y control, asignación de nuevas competencias sin recursos, incumplimiento de ley 617 de 2000.

5. Fortalecimiento de los procesos contractuales por el ajuste y revisión del manual de contratación.

5. Se formulo el plan de desarrollo La Pintada Una nueva visión, en el cual se incluyen estrategias de lucha contra la corrupción, de rendición de cuentas y de control y participación ciudadana, así como el fortalecimiento de las contralorías estudiantiles, personerías, las veedurías y demás grupos.

ESTRATEGIAS - DO ESTRATEGIAS - FOOPORTUNIDADES 1. Nuevas normas en materia de 1. Formulación e 1. Implementación del plan de

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control de la ilegalidad y corrupción. implementación del manual de supervisión e interventoria para el Municipio ajustado a la norma.

capacitación institucional

2. Nuevos funcionarios con talento y ganas de servir

2. Establecimiento y adecuación del reglamento interno de trabajo y de las medidas anticorrupción

2. Ajuste e implementación del manual de ética para los funcionarios del Municipio

3. Cambios tecnológicos 3. Apoyo institucional para los procesos de reconversión tecnológica, rendición de cuentas en línea

3. Implementación de la política de “0” hechos cumplidos y legalización de obligaciones que adolecen de requisitos para su legalización

4. Credibilidad y confianza de la ciudadanía en la administración

4. Disposición de un link en la página web para que los ciudadanos manifiesten sus quejas, inquietudes y reclamos.

4. Existencia de un acto administrativo para la atención al público por parte del Alcalde y disponibilidad total de los funcionarios para atenderlos

5. Aplicación de la actualización catastral y de nuevos recursos para funcionamiento

5. Implementación de un programa de información a la comunidad, simultaneo a los procesos de rendición pública de cuentas. Uso de los buzones de quejas y sugerencias ubicados en la sede de la Casa de la cultura y Palacio municipal Jair de Jesús Castillo.

5. Disponibilidad física y virtual del manual antitrámites para la ciudadanía de un programa radial para interactuar con la ciudadanía y del personal idóneo para atender a la comunidad.

5. TIPIFICACION DE LAS DIFERENTES ACCIONES DE CORRUPCION:

La trasgresión de una norma implica corrupción, lo cual busca la obtención de un beneficio personal o grupal. El corrupto intenta siempre encubrir activamente su comportamiento.

Dentro de las diferentes modalidades de corrupción se encuentran:

a. Corrupción administrativa pública: Es el uso de la función pública para la obtención de beneficios personales, familiares o grupales en detrimento del patrimonio público.

b. Corrupción política: Es la obtención de beneficios personales o grupales de manera ilícita, por el poder o vínculos con éste mediante el ejercicio de la actividad política o de representación.

c. Abuso de poder, que se expresa mediante el uso de oportunidades desde posiciones públicas o privadas, para obtener beneficios grupales o personales.

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d. Carencia y/o debilidades de los procedimientos y mecanismos institucionales, que garanticen la transparencia en el ejercicio de las funciones.

e. Debilidad en los marcos legales que tipifican y sancionan la corrupción administrativa pública.

f. Reforzamiento de las actitudes individualistas y el consumismo, sustituyendo los valores éticos, como la solidaridad, honestidad y responsabilidad.

g. La impunidad en que se encuentran los actos de corrupción, sus expresiones más visibles el tráfico de influencia y la obtención de prebendas personales.

h. Corrupción corporativa: Es el uso del soborno de parte de un sector económico o empresa para obtener beneficios corporativos.

i. Corrupción privada: Es aquella que violenta las normas y valores para obtener ventajas frente a otros.

6. MANIFESTACIONES DE LA CORRUPCION A NIVEL MUNICIPAL

• La carencia y/o violación de controles internos institucionales, que contribuyen con la creación de beneficios personales o grupales.

• Debilidad de los organismos que ejercen control financiero, siendo los principales problemas la dependencia del Poder Ejecutivo, la falta de personal técnico capacitado y deficiencias en los mecanismos e instrumentos que le permitan prevenir los fraudes o detectarlos.

• La debilidad de los marcos legales que buscan prevenir y sancionar la corrupción administrativa en diferentes niveles.

• La ausencia de información y la falta de rendición de cuentas de los/as funcionarios/as, así como la poca participación de la ciudadanía en el seguimiento a las acciones gubernamentales.

• La complicidad de diferentes sectores con la corrupción.

• La falta de capacitación en cuanto al servicio al cliente se refiere.

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• El uso de los recursos públicos para las campañas electorales, así como la falta de mecanismos para fiscalizar la asignación de fondos a los partidos políticos de parte del Estado y de los particulares.

• En el ámbito legislativo, son constantes las asignaciones de recursos a entidades no gubernamentales con vínculos directos o indirectos con los propios legisladores

En la administración municipal las áreas indicadas como sensibles a los actos de corrupción son:

• Procesos de Contratación de Suministros, Servicios y obra pública

• Gastos no contemplados y/o documentados adecuadamente

• Apropiaciones fraudulentas del patrimonio fiscal del Estado

• Vinculación de Personal de libre nombramiento y remoción.

7. FORMAS DE CORRUPCION

De las principales forma de corrupción que se presenta esta el peculado, que el Código lo define como el "abuso de fondos o bienes" que estén a disposición del funcionario en "virtud o razón de su cargo". El peculado a su vez puede consistir en el desfalco, o apropiación directa de tales bienes, en la disposición arbitraria de los mismos o en "otra forma semejante".

Otra de las modalidades es el cohecho (Propio o impropio), delito bilateral, pues exige la participación de un particular que toma la iniciativa, si cabe la expresión, de corromper al funcionario, mediante ofertas, promesas, dones o presentes, para la ejecución de un acto propio de sus funciones. Si el funcionario se deja corromper, obviamente también comete el delito. La ley, considerando esta doble intervención, los sanciona a los dos con la misma pena.

Otra modalidad es la concusión. En este caso es el funcionario el que exige, descarada o solapadamente, un pago o contribución indebidos al particular que tiene algún asunto pendiente de su resolución. Puede ser la continuación de un trámite, la adjudicación o firma de un contrato, la cancelación de una factura, la entrega de un certificado, o cualquier otra actividad burocrática.

La diferencia frente al cohecho es evidente, en la concusión, el particular se ve forzado a hacer el pago, pues si no lo hace, el asunto que le interesa no será despachado. Lo cual significa entonces que el particular es también víctima del delito y no partícipe en él. Por supuesto que ambos delitos son conductores que

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afectan a la correcta administración pública, a la lealtad y honestidad que deben caracterizar a un servidor del Estado.

Vale la pena esta aclaración para que las personas o entidades particulares, que han sido víctimas en los meses pasados de estas exacciones ilegales, presenten sus denuncias ante la Comisión Anticorrupción o ante los jueces o fiscales correspondientes, sin el temor de que puedan ser considerados también ellos como partícipes en los actos delictivos. Más bien estarán colaborando con la fundamental tarea de sanear la administración pública y la política nacional, condición fundamental para la consolidación de la democracia.

8. RESUMEN DE ESTRATEGIAS DEL PLAN ANTICORRUPCION

El Plan Municipal Anticorrupción y de Atención al Ciudadano “La Pintada Legal” esta integrado por cuatro componentes:

I. Metodología para la identificación de riesgos de corrupción y acciones para su manejo: Este componente establece los criterios generales que permiten identificar y prevención de los riesgos de corrupción de las entidades, permitiendo a su vez la generación de alarmas y la elaboración de mecanismos orientados a prevenirlos o evitarlos.

II. Estrategia antitrámites: La política de racionalización de tramites expedida mediante el Decreto 0019 de 2012, busca facilitar el acceso a los servicios que brinda la Administración pública con el fin de simplificar, estandarizar, eliminar, optimizar y automatizar los tramites existentes, así como acercar al ciudadano a los servicios que brinda el Estado.

III. Rendición de cuentas: La Ley 1551 de 2012 en el capitulo V consagra la obligación que se tiene por parte de la administración, en especial para nuestro caso el Alcalde con relación a la comunidad de informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía. Igualmente el documento Conpes 3654 de 12 de abril de 2010, y señala a la rendición de cuentas como una expresión de control social, más allá de ser una práctica periódica de audiencias públicas es un ejercicio permanente que se orienta a afianzar la relación Estado – Ciudadano, para lo cual se elabora una estrategia anual de rendición de cuentas.

IV. Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano: Este busca mejorar la calidad y accesibilidad de los trámites y servicios de la administración pública y satisfacer las necesidades de la ciudadanía.

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Lo anterior nos permite:

a) Ajustes en los manuales de funciones y procedimientos y la cadena de valor y mapa de procesos del municipio.

b) Implementación de las jornadas de inducción y reinducción del personal, incursionando en la cultura de la transparencia y la legalidad.

c) Inicio de nuevos trámites contractuales para el Control Interno y el Sistema de gestión de la Calidad- MECI.

d) Implementación mediante acto administrativo del sistema de alertas

tempranas. e) Fortalecimiento de los procesos contractuales por el ajuste y revisión del

manual de contratación.

f) Publicidad de todos los actos públicos en la página web del municipio y en el SECOP.

g) Adopción e implementación del manual anti trámites para el Municipio. Mediante acto administrativo.

h) Implementación de proceso de capacitación en transparencia y en la nueva normatividad en materia de contratación.

i) Vinculación de los entes de control y seguimiento a los procesos de formación del talento humano

j) Se está en el proceso de formulación del plan de desarrollo en el cual se incluirán las estrategias de lucha contra la corrupción, de rendición de cuentas y de control y participación ciudadana, así como el fortalecimiento de las veedurías y los grupos de base.

k) Formulación e implementación del manual de interventoría para el Municipio

l) Establecimiento y adecuación del reglamento interno de trabajo y de las medidas anticorrupción

m)Disposición de un link en la página Web para que los ciudadanos manifiestas sus peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.

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n) Implementación de programas comunales de acercamiento con la comunidad, para efectos de dar a conocer el que hacer de la administración, simultáneo a los procesos de rendición pública de cuentas

o) Uso de los buzones de quejas y sugerencias

p) Implementación del plan de capacitación institucional

q) Ajuste e implementación del manual de ética para los funcionarios municipio

r) Implementación de la política de cero “0” hechos cumplidos y legalización de obligaciones que adolecen de requisitos para su legalización

s) Existencia de un acto administrativo para la atención al público por parte del Alcalde, y disponibilidad total de los funcionarios para atenderlos.

t) Disponibilidad física y virtual de un manual de trámites para la ciudadanía (decreto 019 de 2012), de un programa en la emisora local de radio, para interactuar con la ciudadanía.

9. MAPA DE RIESGOS ANTICORRUPCION Y DE ATENCION AL CIUDADANO “LA PINTADA LEGAL”

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MAPA DE RIESGOS ANTICORRUPCIÓNConsolidación de riesgos relacionados con la corrupción

Alcaldía municipio de La Pintada – Antioquia

DEPENDENCIA PROCESO ACTIVIDADCATEGORÍA DEL RIESGO

EVENTO CAUSAS EFECTOS CONTROLESNIVEL DE RIESGO

todas las dependencias de la Alcaldía, liderado por Planeación.

Formulación y seguimiento al plan

de desarrollo

Elaborar plan de acción y planes

asociados

Incumplimientos legales

En la presentación de

los planes de acción

1. Prioridad baja en la formulación y presentación de los planes en las dependencias.2. Acumulación de tareas en la fecha indicada para la formulación y presentación de planes.3. desconocimiento del marco legal que establece la obligatoriedad de la presentación oportuna de los planes

1. Sanción por incumplimiento de tipo legal.2. Desgaste administrativo debido a las solicitudes reiteradas para que las áreas presenten el plan.3. Desconocimiento de las actividades a desarrollar durante el año por parte de los funcionarios.

1. Recordar la entrega de planes en forma oportuna mediante el uso de medios de divulgación.2. Recordatorios en el correo electrónico.3. Lista de chequeo (por dependencia y estado de revisión).4. Orientaciones para la planeación institucional

MEDIO

Asesor Jurídico Representación judicial

Consolidar contestación de

la demanda, alegatos,

presentación de recursos.

Incumplimientos legales

En la contestación de

la demanda

1. Inoportunidad en la notificación de la demanda.2. descuido del apoderado (factor humano).3. Falta de vigilancia judicial.4. Fallas en las herramientas tecnológicas (fax)

1. La decisión dentro del proceso es desfavorable para la alcaldía.2. Acciones pertinentes a que haya lugar, en contra del abogado3. Pérdida de credibilidad4. Detrimento patrimonial

1. Revisión semanal de proceso en los despachos judiciales ubicados en Medellín por el apoderado (inspección visual)2. Revisión por litigar.com (correo electrónico y publicaciones en la página web)3. Verificación de procesos judiciales a través de la página de la rama judicial

MEDIO

Oficina de control interno

Evaluación y seguimiento al

sistema de control interno MECI

Revisar y ajustar el informe de evaluación y seguimiento acorde a la

norma y en los tiempos

establecidos

Incumplimientos legales

Ante los términos establecidos para

la entrega del informe de

seguimiento o evaluación en los casos en que la

normativa establezca

término

1. Ausencia o retraso en la entrega de la información.2. Tiempo insuficiente.3. Olvido.4. Desconocimiento de la normativa aplicable.5. Información errada (criterios)

1. Perjuicio de la imagen2. Pérdida de credibilidad y confianza.3. Sanciones legales4. Pérdidas económicas representadas en multas5. Desgaste administrativo.

1. Programación de la revisión de los informes resultados de las evaluaciones o seguimientos (plan operativo de la OCI).2. Revisión previa de la normativa vigente y aplicable (normograma, notinet, internet).3. Registro de compromisos en medio electrónicos para que se generen alertas (se programan en Microsoft Outlook)4. Revisión del desarrollo del plan operativo de la OCI por el jefe de la Oficina de CI

MEDIO

Secretaría de hacienda

Administración de bienes

Recibir, revisar y almacenar

bienes

Deterioro, obsolescencia,

Hurto

En almacenamiento y custodia de los

bienes

1. Fallas en los sistemas de vigilancia o seguridad2. Desorganización o descuido por parte de los funcionarios encargados de almacenar los bienes en la bodega o en las dependencias

1. Pérdida de bienes2. Sanciones legales para el responsable de almacenar los bienes3. Posible pérdidas económicas o detrimento del patrimonio de la entidad

1. Tomas físicas de inventario (acta de inventario)2. Monitoreo con sistemas de seguridad o servicio de vigilancia3. Diligenciamiento comprobante de movimientos de almacén.4. Acceso restringido al almacén5. Pólizas de seguro

BAJO

Secretaría despacho del

Alcalde

Administración de bienes

Suministro bienes

Deterioro, obsolescencia,

HurtoEn el suministro

1. Deshonestidad por parte de quien entrega y/o recibe los bienes2. Fallas en los sistemas de vigilancia y seguridad3. Descuido por parte del responsable del bien

1. Pérdida de los bienes2. Sanciones legales

1. Solicitud de bienes a través de formato.2. Revisión de bienes durante la toma física de inventarios.3. Sistema de vigilancia y supervisión.4. Inventario individual por tercero a cargo-Bienes en servicio + comprobante de traslado

BAJO

Todas las dependencias de la

Alcaldía

Atención a P,Q,R,S Preparar y proyectar respuesta

Incumplimientos legales

De los términos establecidos para atender P,Q,R,S

1. Desconocimiento de los términos legales establecidos para responder y las consecuencias del incumplimiento2. Desorganización al interior de la dependencia3. No trasladar la petición en caso de que se haya asignado equivocadamente

1. Investigación disciplinaria por violación al derecho de petición2. Sanción legal por violación del derecho de petición3. Pérdida de imagen institucional e insatisfecho por parte del peticionario

1. Alarmas preventivas de vencimiento del término de respuesta2. Llamada preventiva alertando el vencimiento3. Correos electrónicos al responsable del documento alertando el vencimiento

ALTO

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DEPENDENCIA PROCESO ACTIVIDADCATEGORÍA DEL RIESGO

EVENTO CAUSAS EFECTOS CONTROLESNIVEL DE RIESGO

4. Falta de idoneidad del funcionario o contratista en el tema de la petición asignada.5. Alto volumen de trabajo.

4. Correos electrónicos al responsable del documento con copia al jefe inmediato para alertarlo del vencimiento

Todas las dependencias de la

Alcaldía

Contratación de bienes y servicios

Proyectar la contratación y seleccionar la

oferta

Decisiones erróneas

Al revisar y valorar los estudios y

documentos previos que se solicitan para el

trámite de contratación

1. Inexistencia o inconsistencia en el aporte de documentos2. Fallas en la elaboración de los estudios previos3. No realizar de forma adecuada la verificación, evaluación y selección de ofertas4. Cambios en la normatividad o decisiones jurisdiccionales5. Demoras en la radicación de la solicitud de contratación

1. Desgaste administrativo2. Fallas en la atención de requerimientos, que se podrían traducir en pérdidas económicas y/o sanciones legales3. Pérdida de credibilidad por incumplimiento de objetivos

1. Valoración por parte del equipo de contratación2. Revisión del comité de contratación

MEDIO

Secretaria General y de Gobierno

Contratación de bienes y servicios

Elaborar y legalizar el

contrato

Decisiones erróneas

Al elaborar el contrato sin atender los pliegos de

condiciones o estudios previos sobre los cuales se estableció la elaboración del

contrato

1. Precisiones para la pronta elaboración y legalización de contratos2. Falta de control en las versiones de los documentos que soportan la contratación3. Error en la transcripción y verificación de los pliegos de condiciones o estudios previos del contrato4. Incumplimiento de los requisitos legales vigentes

1. Desgaste administrativo (duplicidad y aumento en las tareas u objetos a desarrollar)2. Pérdida de credibilidad detrimento de la imagen institucional3. Posibles sanciones legales

1. Revisión por parte del grupo de contratación2. Revisión por parte del contratista (suscribiente)3. Revisión por parte del ordenador del gasto

MEDIO

Supervisores o interventores de los

contratos.

Contratación de bienes y servicios

Supervisar el contrato

Incumplimiento de compromisos

Al seguimiento y verificación de

las obligaciones y el objeto

contractual

1. Falta de idoneidad por parte del supervisor en aspectos jurídicos y financieros2. Concentración de supervisión de contratos en un solo funcionario3. Fallas en la comunicación entre el contratista y el supervisor4. Ausencia o deficiencias en un cronograma de trabajo

1. Pérdida de credibilidad en la imagen institucional2. Desgaste administrativo3. Posibles sanciones legales4. Detrimento del patrimonio de la entidad

1. Revisión de actividades ejecutadas y documentos de soporte + formato de recibido a satisfacción + manual de supervisión2. Revisión de los productos

MEDIO

Secretaria General y de Gobierno

Contratación de bienes y servicios

Liquidar el contrato

Incumplimientos legales

En liquidación del contrato

1. El supervisor del contrato no solicita oportunamente la liquidación porque no da prioridad a esta actividad (vencimiento de términos)2. El supervisor del contrato no envía la solicitud de liquidación3. Sobrecarga de trabajo para los abogados que apoyan la liquidación

1. Pérdida de oportunidad para llevar a cabo la liquidación de los contrato2. Posibles sanciones legales

1. Revisar la base de datos de contratación para establecer fecha de vencimiento de términos legales para liquidar de conformidad con las normas vigentes

MEDIO

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10. MARCO NORMATIVO PARA EL CONTROL, LA INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE HECHOS DE CORRUPCIÓN

La normatividad presente en nuestro país para prevenir, investigar, juzgar y sancionar hechos de corrupción es amplia, de ahí la importancia de definir los diferentes enfoques que se presentan para combatir este fenómeno.

Principios Constitucionales

En el marco de la constitución de 1991 se consagraron principios para luchar contra la corrupción administrativa en Colombia.

Constitución Política de 1991: dio gran importancia a la participación de la ciudadanía en el control de la gestión pública y estableció la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos. Los artículos relacionados con la lucha contra la corrupción son: 23, 90, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 183, 184, 209 y 270.

Disposiciones Legales

Los fundamentos legales Las normas contenidas en este Plan están divididas por sus diferentes enfoques:

Normas que buscan lograr:

a. La eficiencia administrativa, la transparencia a través de los sistemas de información y de políticas en el mejoramiento de la gestión pública Bajo este lineamiento encontramos el primer grupo de normas, que han implementado el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, la responsabilidad de los servidores públicos de informar en forma transparente y oportuna sus actuaciones, su responsabilidad patrimonial y la incorporación de principios para llevar a cabo una gestión pública eficiente.

b. Normas que garantizan y promueven la participación ciudadana en la gestión pública, Normas que garantizan y protegen la participación de la ciudadanía en la gestión pública.

NORMATIVIDAD Ley 80 de 1993: Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. En su articulado establece causales de inhabilidad e incompatibilidad para participar en licitaciones o concursos para contratar con el

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estado, adicionalmente también se establece la responsabilidad patrimonial por parte de los funcionarios y se consagra la acción de repetición.

Ley 190 de 1995: Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción administrativa.

Ley 270 de 1996: Estatuto de la Administración de Justicia. Contiene normas relativas a la responsabilidad del estado, de sus agentes y la acción de repetición contra funcionarios y empleados judiciales.

Ley 489 de 1998: Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Amplia el campo de acción del decreto ley 128 de 1.976 en cuanto al tema de inhabilidades e incompatibilidades, incluyendo a las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios.

Ley 610 de 2000: Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. Señaló el procedimiento para el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal que son competencia de las contralorías. Estos procesos buscan determinar la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares que ejercen funciones públicas, cuando por acción u omisión y en forma dolosa o culposa causen un daño al patrimonio del Estado con ocasión del ejercicio de sus funciones públicas.

Ley 678 de 2001: Por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición. Con esta legislación se permite iniciar acciones de repetición contra los servidores públicos responsables del detrimento económico del Estado.

Ley 734 de 2002: Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. En dicho código se contemplan como faltas disciplinarias las acciones u omisiones que lleven a incumplir los deberes del servidor público, a la extralimitación en el ejercicio de sus derechos y funciones, a incumplir las normas sobre prohibiciones; también se contempla el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, así como impedimentos y conflicto de intereses, sin que haya amparo en causal de exclusión de responsabilidad de acuerdo con lo establecido en la misma ley.

Ley 909 de 2004: Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.

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Decreto-Ley 128 de 1976: Por el cual se dicta el estatuto de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros de las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales de éstas. Es un antecedente importante en la aplicación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los servidores públicos.

Decreto -Ley 01 de 1984: Código Contencioso Administrativo. Consagra normas tendientes a garantizar la imparcialidad de los servidores públicos y la obligación de declararse impedidos cuando esta imparcialidad se vea afectada, generando de esta forma transparencia, también establece en su articulado, la responsabilidad de los funcionarios de los daños que causen por culpa grave o dolo en el ejercicio de sus funciones.

Decreto 2232 de 1995: Mediante el cual se expide las normas relativas al formulario único de bienes y rentas. De manera obligatoria se exige para cualquier persona que se encuentre en posesión de un cargo o al contratista con el estado, el diligenciamiento del formulario de bienes y rentas.

Ley 136 de 1994: Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios. Ley 358 de 1997 Por la cual se reglamenta el artículo 364 de la Constitución y se dictan otras disposiciones en materia de endeudamiento. Ley 549 de 1999 Por la cual se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales, se crea el Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacional.

Ley 550 de 1999: Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley.

Ley 617 de 2000: Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dicta otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional.

Ley 795 de 2003: Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones.

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Ley 819 de 2003: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones.

Ley 850 de 2003: Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas. Crea el marco legal para el ejercicio de la veeduría en nuestro país, así como un procedimiento para la constitución e inscripción de grupos de veeduría y principios rectores.

Ordenanza 26 del 30 de diciembre de 2009: En ella se institucionalizo la figura del Contralor Estudiantil en las Instituciones Educativas Oficiales del Departamento de Antioquia “como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los jóvenes que busca la transparencia y potencia los escenarios de participación ciudadana para la vigilancia de los recursos y bienes públicos en la gestión educativa”

Ley 1474 de 2011: Por medio de la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Decreto 0019 de 2012: Por medio del cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

Decreto 734 de 2012: Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Ley 1508 de 2012: Por medio de la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2641 de 2012: Reglamentario del artículo 73 del Estatuto Anticorrupción, para fortalecer el sistema de control a la gestión y promover acciones y resultados con transparencia en la gestión pública.

Resolución municipal N° 225 (agosto 21 de 2012): “por la cual se crea la oficina de quejas, sugerencias y reclamos del municipio de la pintada y se dictan otras disposiciones especiales”.

NORMOGRAMA PROGRAMA NACIONAL DE SERVICIO AL CIUDADANO

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TEMATICA NORMAS

Constitución política: articulo 2Servicio al Decreto 2623 de 2009: por el cual se crea el Sistema Nacional se Servicio al Ciudadano.Ciudadano Ley 1450 de 2011: por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo "Prosperidad para todos".Deberes y Constitución política: artículos 13 y 270.derechos Ley 1437 de 2011: por el cual se expide el Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativode los Decreto 019 de 2012: por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámitesCiudadanos Innecesarios existentes en la administración pública. Constitución Política: Artículo 23. Ley 1437 de 2011: por el cual se expide el Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Estatuto Anticorrupción: por el cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Investigación y sanción de actos de corrupción, y la efectividad del control de la gestión pública.Atención a Decreto 019 de 2012: por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámitespeticiones, Innecesarios existentes en la administración pública.quejas y Ley 190 de 2012: por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública, y se fijanReclamos Disposiciones con el fin la corrupción administrativa. Decreto 2232 de 1995: por medio del cual se reglamenta la ley 190 de 1995 en materia de declaración de bienes y Rentas e informes de actividad económica, así como del sistema de quejas y reclamos. Ley 962 del 2005: por la cual se dictan disposiciones sobre la racionalización de trámites y procedimientos administrativos De los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. Constitución Política: Artículo 74. Ley 1437 de 2011: por el cual se expide el Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Información Ley 962 del 2005: por la cual se dictan disposiciones sobre la racionalización de trámites y procedimientos administrativos De los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. Ley 872 de 2003: por la cual se crea el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del poder público y en otras Entidades prestadoras de servicio. Decreto 1538 del 2000: por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 361 de 1997 - adecuación y modificación de Edificios, establecimientos e instalaciones de propiedad pública o privada, abiertos y de uso al público.Canales de Ley 1437 de 2011: por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.atención Ley 361 de 1997: por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan Otras disposiciones. Ley 1437 de 2011: por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Ley 1098 de 2006: por la cual se expide el Código de infancia y Adolescencia.Atención Ley 361 de 1997: por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan Prioritaria Otras disposiciones. Decreto 1538 del 2000: por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 361 de 1997 - adecuación y modificación de Edificios, establecimientos e instalaciones de propiedad pública o privada, abiertos y de uso al público. Constitución Política: Artículo 123 y 209. Ley 1437 de 2011: por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Cualificación Ley 734 de 2002: Código Disciplinario Único - derechos y deberes de los servidores públicos.de servidores Ley 489 de 1998: por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional.Públicos Ley 909 de 2004: por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.

GLOSARIO

CORRUPCION: Es la acción y efecto de corromper (depravar, echar a perder, sobornar a alguien, pervertir, dañar). En términos generales, es el

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mal uso público (gubernamental) del poder para conseguir una ventaja ilegítima, generalmente secreta y privada. El término opuesto a corrupción política es transparencia. Por esta razón se puede hablar del nivel de corrupción o de transparencia de un Estado o Nación.

SISTEMA DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS: Está definido por el conjunto de mecanismos institucionales que permiten y aseguran a los ciudadanos una participación efectiva en el seguimiento y control social a la gestión que desarrollan lasentidades, con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley, las metas, objetivos y políticas trazados para el logro de su misión y el mejoramiento continuo de sus procesos y procedimientos. Igualmente se puede establecer la manera de cómo poder resolver todas aquellas inquietudes a través de sugerencias emitidas por los grupos de interés, y de esta forma disminuir las debilidades que sean detectadas

ATENCIÓN AL CIUDADANO: Es el conjunto de servicios que se presta a las personas que requieran en un momento dado de la colaboración y amabilidad para que se les guíe, asesore y oriente hasta obtener una respuesta satisfactoria.

INQUIETUD: Ansiedad por conocer la razón de ser de una cosa servicio o hecho.

INFORMACIÓN: Datos concretos entregados por los ciudadanos que le ayudan a la institución a mejorar la prestación de los servicios.

EXCELENCIA DEL SERVICIO: Es un criterio de evaluación que establece la relación entre los recursos asignados y los objetivos alcanzados.

OPINIÓN: Es el parecer de una persona o un grupo acerca de un tema específico, los cuales buscan confluir en un punto de acuerdo.

QUEJA: Es la manifestación de inconformidad que se da a conocer a las autoridades por un hecho o situación irregular de un servidor público o de un particular a quien se le ha adjudicado la prestación de un servicio público o por la deficiencia o negligente atención que presta una autoridad administrativa.

Q, R, S: Queja, Reclamo o Sugerencia.

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RECLAMO: Es la manifestación de inconformidad por la prestación de un servicio o proceso.

SUGERENCIA: Es un consejo o propuesta que formula un ciudadano para el mejoramiento de las funciones, metas y objetivos de la entidad.

PUNTO DE INFORMACIÓN: Medio de acercamiento con el usuario para recibir sus inquietudes y guiarlo en los trámites de la institución

SERVIDOR PÚBLICO: Es la persona natural que presta servicios en nombre del estado para la comunidad.

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ANEXOS

Anexo 1. Resolución N°. 225 (agosto 21 de 2012), “por la cual se crea la oficina de quejas, sugerencias y reclamos del municipio de la pintada y se dictan otras disposiciones especiales

RESOLUCIÓN N° 225(Agosto 21 de 2012)

“POR LA CUAL SE CREA LA OFICINA DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y RECLAMOS DEL MUNICIPIO DE LA PINTADA Y SE DICTAN OTRAS

DISPOSICIONES ESPECIALES”

El Alcalde del Municipio de La Pintada, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 315 de la Constitución Nacional, la Ley 87 de 1993, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1599 de 2005.

CONSIDERANDO:

A). Que la ley 87 de 1993 establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado.

B). Que dentro del marco de la implementación del Modelo Estándar de Control Interno se hace importante la retroalimentación del cliente/usuario, toda vez que este desde su perspectiva y mediante mecanismos de evaluación permite generar información valiosa que se transforma en programas de mejora a los procesos y los servicios brindados por la entidad.

La administración municipal de La Pinatada entiende la importancia que tiene la opinión de la comunidad frente a la gestión, administración y desarrollo de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo, por esta razón se están creando herramientas básicas y transparentes para atender procesar y responder las quejas, sugerencias, reclamos, información e inquietudes que se presenten frente a las fortalezas y debilidades que prestan los servicios de la entidad.

C). Que la ley 1474 de 2011 señala en su artículo 76 “En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad……La oficina de control interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular. En la página web principal de toda entidad

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pública deberá existir un link de quejas, sugerencias y reclamos de fácil acceso para que los ciudadanos realicen sus comentarios…Todas las entidades públicas deberán contar con un espacio en su página web principal para que los ciudadanos presenten quejas y denuncias de los actos de corrupción realizados por funcionarios de la entidad, y de los cuales tengan conocimiento, así como sugerencias que permitan realizar modificaciones a la manera como se presta el servicio público……”

D). Que la ley 1437 en su artículo 13 señala “Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este Código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos”.

E). Que en la actualidad la función de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad no está asignada a ninguna dependencia en especial.

En mérito de lo expuestoRESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Créese la oficina de Quejas, Sugerencias y Reclamos del Municipio de La Pintada la cual a su vez desempeñara funciones de información general y atención al usuario.

ARTÍCULO SEGUNDO: Asígnese las funciones de la oficina de quejas, sugerencias y reclamos a un funcionario que dependerá de la Secretaria General y de Gobierno.

ARTÍCULO TERCERO: Las funciones de la oficina de quejas, sugerencias y reclamos, serán las siguientes:

Recibir, tramitar y resolver las quejas sugerencias y reclamos que formulen los ciudadanos y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

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Brindar orientación oportuna e idónea a los usuarios que acudan a la administración municipal con el objeto de obtener información general relacionada con la entidad.

Servir de enlace con las demás dependencias de la Alcaldía Municipal a fin de garantizar una atención oportuna y eficiente a los usuarios que acudan para la prestación de un servicio y demás.

Brindar una atención oportuna y eficiente al usuario, informándole los bienes y servicios que presta la alcaldía municipal de La Pintada

Desarrollar un sistema de información donde se identifiquen y organicen las acciones emprendidas en relación con las quejas, sugerencias, reclamos y servicios solicitados por los ciudadanos.

Sugerir a la alta dirección iniciativas para mejorar las relaciones entre la administración municipal y la comunidad

Velar por el cumplimiento de los términos dentro de los cuales las dependencias deben resolver las solicitudes.

Presentar informe periódico al Secretario General y de Gobierno sobre el desempeño de sus tareas, dicho informe deberá incluir los servicios sobre los que se presente el mayor número de quejas y reclamos, y las principales recomendaciones sugeridas por los particulares que tengan por objeto mejorar el servicio que preste la entidad, racionalizar el empleo de los recursos disponibles y hacer más participativa la gestión pública.

Apoyo en el manejo y alimentación de la página web del municipio de acuerdo con los requerimientos legales establecidos.

Las demás que la ley establezca.

ARTICULO CUARTO: La administración municipal desarrollara métodos identificables y visibles que servirán de herramienta para recolectar la opinión pública.

Link de peticiones, quejas y reclamos ubicado en la página web del municipio www.lapintada-antioquia.gov.co

Oficina de quejas, sugerencias y reclamo la cual a su vez cumple funciones de atención al usuario e información general

Dos buzones de sugerencias ubicados de la siguiente manera, uno en la entrada del palacio municipal JAIR DE JESUS CASTILLO y otro ubicado en la casa de la Cultura, a estos buzones se les hará escrutinio diario al finalizar la jornada laboral y su contenido será llevado a la oficina de quejas sugerencias y reclamos para que allí se les surta el trámite correspondiente.

Correo electrónico [email protected]

AVENIDA 30 No. 31-09 – Teléfono 845 42 16 – Fax 845 35 62

MUNICIPIO DE LA PINTADA UNA NUEVA VISION

ARTÍCULO QUINTO: Las quejas, sugerencias y reclamos que formulen los ciudadanos surtirán el siguiente procedimiento.

A través de los medios señalados en el artículo cuarto, se recibirán las quejas sugerencias y reclamos que formule la comunidad en general.

La oficina de quejas, sugerencias y reclamos se encargara de recibir y analizar las solicitudes allegadas a través de los medios descritos en el artículo 4 de la presente resolución; posteriormente dentro de las 24 horas siguientes entregara a cada una de las dependencias las solicitudes de su competencia a fin de que sean resueltas.

Las dependencias de la administración municipal a las que por competencia se les allegue determinada solicitud deberá entregar a la oficina de quejas sugerencias y reclamos los soportes (copias) del trámite surtido.

La oficina de quejas, sugerencias y reclamos deberá llevar una planilla física y magnética que contenga la información general y el procedimiento surtido con las solicitudes allegadas a la administración municipal

ARTÍCULO SEXTO: Las quejas, sugerencias y reclamos se resolverán o tramitaran siguiendo los principios, términos y procedimientos dispuestos en el Código Contencioso Administrativo para el ejercicio del derecho de petición, según se trate del interés particular o general y su incumplimiento dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en el mismo.

ARTÍCULO SEPTIMO: El jefe de control interno vigilara que la atención al ciudadano se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración municipal un informe semestral sobre el particular

ARTICULO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en el Municipio de La Pintada a los veintiún (21) del mes de agosto de 2012.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

RODRIGO GARCIA LONDOÑOAlcalde Municipal

AVENIDA 30 No. 31-09 – Teléfono 845 42 16 – Fax 845 35 62