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PGR PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPUBLICA
INBI-01
REV.O
No. Pág.11
INSTRUCTIVO DE BENEFICIOS AL PERSONAL
a) HOJA DE MODIFICACIONES Y USUARIOS DEL PROCESO
b) PROPÓSITO
e) ALCANCE
d) REFERENCIA
e) DEFINICIONES
f) DESARROLLO
g) DISPOSICIONES GENERALES
h) RESPONSABILIDADES
i) REGISTROS
ELABORADO REVISADO
Fdo. Lic C ordinadora UPYDO
FECHA: octubre de 2021
APROBADO
® BENEFICIOS AL PERSONAL FOPL-02
I. HOJA DE MODIFICACIONES Y USUARIOS DEL DOCUMENTO
REVISIO FECHA NATURALEZA DE LA MODIFICACIÓN
N
o 04/2021 Cambio de formato, código documental,
Dependencia jerárquica de la Dirección Administrativa
Las funciones son supervisadas por la Dirección de Talento Humano
Se ha incluido otros beneficios y la implementación de control de entrega
de los
Beneficios y otras prestaciones
2
INBl-01, REVISION: O
11. PROPÓSITO
Establecer los controles de la entrega de las prestaciones e incentivos a los servidores
públicos de la PGR.
III. ALCANCE
El presente Instructivo es aplicable a los servidores públicos de todas las Unidades
Organizativas que hayan finalizado su periodo de prueba y que cumpla con los requisitos
establecidos para gozar de estos beneficios.
IV. REFERENCIAS
a) Ley del Servicio Civil.
b) Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
c) Ley de Acceso a la Información Pública.
d) Reglamento del Sistema de Remuneraciones y demás prestaciones para los
Servidores Públicos de la Procuraduría General de la República.
e) Contrato Colectivo de Trabajo de la Procuraduría General de la República.
f) Disposiciones Generales del Presupuesto.
g) Normas Técnicas de Control Interno Específicas de la Procuraduría General de la
República.
h) Ley de Procedimientos Administrativos.
i) Ley de Eliminación de Ban-eras Burocráticas.
j) Ley de Mejora Regulatoria.
k) Otros instrumentos legales, que establecen las funciones, atribuciones de la
Procuraduría en general.
V. DEFINICIONES
a) Beneficios al personal:
Son acciones e incentivos que se ejecutan en beneficio de mejorar la calidad de vida
del personal de la PGR.
3 INBl-O1, REVlSION: O
b) Bonificación:
Es una cantidad de dinero entregada al personal por haber laborado en la institución
durante el año anterior.
e) Seguro de Vida a la persona servidora pública:
Es aquel que cubre en caso de una posible eventualidad de muerte de la persona
servidora pública con la finalidad de garantizar el respaldo económico necesario. El
seguro de vida de la persona servidora pública que se incorpora a la institución es
otorgado por la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de América
($10,000.00).
d) Subsidio por funeral a la persona servidora pública:
Es la ayuda que se brinda por los gastos que se originen por la muerte del asegurado
y que en el momento del acontecimiento se encuentre como empleado/a activo/a de
la institución.
e) Certificado de Canasta básica:
Compensación económica canjeable en bienes de conswno para satisfacer algunas
pnecesidades nutrimentales de la persona servidora pública, los cuales son entregados
de manera bimestral por medio de una Tarjeta de regalo.
t) Prestación económica por renuncia voluntaria:
Prestación económica equivalente a un mes de salario por cada año de trabajo hasta
un límite de seis salarios; se debe laborar, como mínimo de tiempo, ocho años en la
PGR, tal como lo dice el Contrato Colectivo, prestación que prescribe en 60 días a
partir del día siguiente de la cesación o renuncia.
VI. DESARROLLO
El técnico de la Unidad de Bienestar Institucional encargado de llevar los beneficios a las
personas servidoras públicas, tiene las siguientes responsabilidades:
4 INBl-O1, REVISION: O
1) Seguro de Vida a la persona servidora pública:
a) La Dirección de Talento Humano le informa a la Unidad de Bienestar
Institucional, sobre los ingresos de nuevos servidores públicos a la Institución,
para la entrega del Formulario del seguro de vida, a fin de que sea completado con
toda la información necesaria verificando que sea correcta.
b) Posteriom1ente, se envían a la Compañía Aseguradora los formularios de Adición
de personal al Seguro de Vida de la Procuraduría General de la República.
c) Al momento del fallecimiento de la persona servidora pública, la Dirección de
Talento Humano, debe comunicar a la Unidad de Bienestar Institucional sobre el
acontecimiento en un plazo no mayor de un día calendario.
d) Una vez conocido el acontecimiento, la Unidad de Bienestar Institucional, debe
comunicar oportunamente a la Compañía Aseguradora, para realizar los trámites
respectivos.
Pasos del procedimiento
RESPONSABLE PASO ACCION
Informa a la Unidad de Bienestar
Dirección de Talento Humano 1 Institucional el ingreso de personal
nuevo.
Gestiona el trámite para la incorporaciór.
Técnico de Beneficios 2 del nuevo personal en la Póliza del
Seguro de Vida colectivo.
Compañía aseguradora 3 Entrega información al encargado.
Emite certificado y envía al archivo de la
Técnico de Beneficios 4 Dirección de Talento Humano.
2) Canasta Básica para el Personal:
La Procuraduría General de la República, proporciona la prestación económica a la
persona servidora pública, para adquirir productos de consumo familiar, por medio de la
recarga de wm tarjeta de regalo, con un monto de setenta y cinco dólares de los Estados
Unidos de América ($75.00). La entrega es de forma bimestral, con un mínimo de seis
( 6) canastas anualmente.
5 IN Bl-01, REVISION: O
Trámite para la compra de la canasta básica
La Unidad de Bienestar Institucional a través del técnico/a responsable, procede a la
consulta de la disponibilidad de fondos, a la Dirección Financiera Institucional, en
respuesta, le comunican dicha disponibilidad para que realicen el procedimiento de
compra de la recarga de las tarjetas de regalo en concepto de canasta básica anual, a través
de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI).
Control para la entrega del certificado de la canasta básica:
La empresa contratada, remite a la Dirección Financiera en cada entrega, el acta y factura
de la compra de los certificados, para proceder a solicitar el desembolso del monto
requerido, al Ministerio de Hacienda para el pago respectivo.
Para realizar la entrega bimestral al personal de la Institución, el técnico responsable de
la Unidad de Bienestar Institucional, solicita información actualizada de las personas
servidoras públicas a la Dirección de Talento Humano que:
a) Hayan pasado el periodo de tres meses de prueba.
b) Hayan solicitado permiso sin goce de sueldo.
c) Se encuentren en misiones oficiales.
d) La persona servidora pública, haya fallecido para entrega del certificado a los
beneficiarios registrados en la Dirección de Talento Humano.
Entregado el beneficio a las personas servidoras públicas, la empresa contratada, remite
vía correo electrónico u otro medio, al técnico responsable de la Unidad de Bienestar
Institucional, el listado del personal que ha consumido el saldo depositado en las Tarjetas
de Regalo, cumpliendo los requisitos establecidos de compra, para la realización de la
conciliación respectiva.
La Unidad de Bienestar Institucional realiza la conciliación entre el personal que se le
entregó el beneficio e informa a la Dirección Financiera Institucional.
Los registros generados son resguardados por la Dirección Financiera Institucional,
Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI), Coordinación de la
Unidad de Bienestar Institucional y la Dirección de Talento Humano.
6 INBl-01, REVTSION: O
RESPONSABLE PASO ACCION
Técnico de la Unidad de Bienestar 1 Solicita información actualizada del
Institucional. personal, a la Dirección de Talento
Humano.
Dirección de Talento Humano 2 Entrega información al técnico de 1,
Unidad de Bienestar Institucional.
Técnico de la Unidad de Bienestai 3 Elabora reportes para entregar el monto
Institucional de la canasta básica.
3) Subsidio por funeral a las personas servidoras públicas:
Posterior al fallecimiento de la persona servidora pública, la Procuraduría General de la
República, le brinda la ayuda económica a los familiares o persona autorizada,
equivalente al salario de un mes.
El solicitante debe presentar a la Dirección de Talento Humano, la certificación de la
partida de defunción correspondiente, acompañado de los documentos probatorios de los
gastos funerarios efectuados.
Detalle del procedimiento
RESPONSABLE PASO ACCION
Recibe documentación sobre fallecimiento
Técnico de la Unidad de Bienestai 1 de la persona servidora pública de la PGR, e
Institucional. informa a la compañía aseguradora.
Compañía aseguradora Realiza la gestión de trámite para reintegrar
2 el suceso.
Técnico de la Unidad de Bienestar Recibe documentación y monto de
Institucional. 3 devolución del suceso y entrega a
beneficiarios.
4) Beneficio de compensación y prestación económica al personal
• Compensación económica por retiro:
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La persona servidora pública que cese o renuncie a su cargo cuando se jubila, tendrá
derecho a la indemnización que consiste en seis salarios mensuales, cumpliendo con los
requisitos de edad y tiempo de servicio y haber laborado por lo menos ocho años en la
PGR, inmediatamente previo a su retiro, prescribiendo en 30 días a partir de la cesación
o renuncia.
• Prestación económica por renuncia voluntaria:
Las personas servidoras públicas que renuncian a su empleo, recibirán una prestación
económica equivalente a un mes de salario por cada año de trabajo hasta un límite de seis
salarios. Deben haber laborado como mínimo de tiempo ocho años en la PGR.
Prescribe en 60 días, a partir del día siguiente de la cesación o renuncia.
El proceso administrativo para la gestión y entrega pecuniaria, lo realiza la Unidad de
Bienestar Institucional, Dirección de Talento Humano y la Dirección Financiera
Institucional, generando los respectivos registros.
5) Bonificación:
La PGR, proporciona un bono anual de quinientos dólares ($500.00) de los Estados
Unidos de América, al personal de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
La persona servidora pública tendrá derecho a esta prestación cumpliendo un año como
mínimo de laborar en la Institución. En los casos que la persona servidora pública tenga
menos del año, se le otorga proporcionalmente.
En los casos que la persona servidora pública que cumpla con los derechos establecidos
y fallezca, el bono será entregado a los beneficiarios registrados en la Dirección de
Talento Humano.
6) Clínica Médica Empresarial y Odontológica de la PGR:
Proporcionar al personal de la Institución los servicios médicos y odontológicos, con la
finalidad de prevenir y curar enfennedades; asimismo, la promoción de la salud y sus
buenas prácticas.
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INBl-O1, REVISION: O
7) Centro de Desarrollo Infantil:
Otorgar los servicios de educación, medicina preventiva, atención medica inicial y cuido
a las niñas/os hijas/os del personal de las oficinas centrales, desde los seis meses de vida
hasta los cinco años.
VII. DISPOSICIONES GENERALES
a) Los beneficios al personal son acciones e incentivos que se preocupan por mejorar
la calidad de vida del personal de la Procuraduría General de la República.
b) El presente Instructivo, regulará la Canasta Básica, el Seguro de Vida en el caso
de fallecimiento de la persona servidora pública de la Institución, beneficio de
compensación y prestación económica, bonificación anual.
c) La Canasta Básica se entrega en los meses de febrero, abril,junio, agosto, octubre
y diciembre de cada año.
d) Si la persona servidora pública extravía la tarjeta que le fue entregada, tendrá que
presentar una carta exponiendo el motivo por el cual solicita la reposición y pagar
el valor que el Supermercado haya establecido para tal fin.
e) La Unidad de Planificación y Desarrollo Organizacional, tendrá la
responsabilidad de asesorar y revisar la elaboración, de la documentación
Institucional.
f) La custodia física del original de este Instructivo, aprobado por el(a)
Procurador(a) General de la República, será responsabilidad de la Secretaría
General, quién se encargará del resguardo y divulgación de su contenido a todas
las unidades organizativas de la Institución a nivel nacional.
g) Cualquier excepción a las situaciones planteadas, en este documento, estará sujeto
a la evaluación jurídica y administrativa, será propuesta por la Dirección de
Talento Humano y remitida a la Unidad de Planificación y Desarrollo
Organizacional para aprobación y firma del (a) Procurador (a) General de la
República.
h) Los beneficios descritos en este documento son para todo el personal de la
Procuraduría General de la República, que cumpla con las disposiciones generales
y el Contrato Colectivo de trabajo.
i) Cualquier situación no contemplada en las normativas vigentes, será consultado a
la Dirección de Talento Humano.
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j) El monto en la taijeta de regalo de la canasta básica podrá aumentarse de acuerdo
con las disponibilidades presupuestarias.
k) Las unidades organizativas que inciden en el proceso de los beneficios al personal,
generan los respectivos controles y registros, para evidenciar de forma
transparente la entrega de estos.
VIII. RESPONSABILIDADES
Persona Titular
Aprobar los trámites correspondientes para los beneficios al personal.
Coordinación de Bienestar Institucional
a) Realizar las gestiones pai·a la ejecución y entrega de los beneficios a las personas
servidoras públicas con la Dirección de Talento Humano, Dirección Financiera
Institucional, y la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.
b) Generar los registros respectivos de la gestión.
Dirección de Talento Humano a) Mantener actualizado la base de datos del personal que tiene derecho a los
beneficios y prestaciones.
b) Generar los registros de controles administrativos requeridos para la entrega de los beneficios al personal.
Dirección Financiera Institucional a) Realizar la gestión presupuestaria para la entrega de los beneficios al personal.
b) Generar los registros de control de entrega de los beneficios al personal.
Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional a) Cumplir con el procedimiento de compra.
b) Generar los registros de control de entrega de los beneficios al personal.
Personas servidoras públicas a) Cumplir con los requisitos establecidos por la Dirección de Talento Humano y
tener los derechos para los beneficios descritos en este Instructivo.
IX. REGISTROS
Acta y factura de compra de las tarjetas de regalo de canasta básica y factura del monto
total del beneficio.
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INBl-01, REVISION: O
b) Listados del personal con derecho a beneficios.
c) Notas de solicitud para la gestión de beneficios.
d) Documentación legal de respaldo para proporcionar los beneficios.
e) Registros del sistema informático de la Dirección de Talento Humano.
X. No aplica
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