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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA DHTIC LAS PENSIONES VITALICIAS A EXPRESIDENTES MEXICANOS Víctor Antonio Salinas Ramírez* *Estudiante de la Licenciatura en Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales perteneciente Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

PENSIONES A EXPRESIDENTES DE MÉXICO DHTIC PRESENTACIÓN

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PENSIONES A EXPRESIDENTES DE MÉXICO DHTIC PRESENTACIÓN

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Page 1: PENSIONES A EXPRESIDENTES DE MÉXICO DHTIC PRESENTACIÓN

FACULTAD DE DERECHO Y

CIENCIAS SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE

INNOVACIÓN EDUCATIVA

DHTIC

ZURITA CAMPOS PAOLA GABY

LAS PENSIONES VITALICIAS A EXPRESIDENTES MEXICANOSVíctor Antonio Salinas Ramírez*

*Estudiante de la Licenciatura en Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales perteneciente Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

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DGIE-BUAP SALINAS RAMÍREZ VÍCTOR ANTONIO

LAS PENSIONES VITALICIAS A EXPRESIDENTES MEXICANOS

Contenido

Introducción...................................................................................................................................2

¿Qué es una pensión?...............................................................................................................3

¿Quiénes obtienen una pensión?.........................................................................................3

¿Qué requisitos son necesarios para obtener una pensión?............................................3

¿Cómo los presidentes obtienen sus pensiones?..............................................................5

¿Cuáles son los motivos por los que se les concede una pensión vitalicia a expresidentes?.........................................................................................................................6

Poder Ejecutivo Federal.............................................................................................................6

Prestaciones de expresidentes.............................................................................................7

Reglamento Mayor Presidencial............................................................................................8

Reformas......................................................................................................................................9

Hacendaria...............................................................................................................................9

Constitucionales......................................................................................................................9

Derechos humanos...................................................................................................................10

Declaración Universal de los Derechos Humanos............................................................13

Derecho Humando a la vida digna......................................................................................15

Conclusión..................................................................................................................................16

Fuentes de investigación, información y consulta........................................................................17

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LAS PENSIONES VITALICIAS A EXPRESIDENTES MEXICANOS

Introducción

Actualmente se transforma la estructura juridica-social de nuestro pais y la

situación económica del mismo está en riesgo viendo como solución práctica el

aumento de impuestos a los ciudadanos y la casi desaparición de las pensiones a

ciudadanos. Dejando de lado las millonarias pensiones que reciben los

expresidentes, las cuales son injustas y totalmente beneficiosas para ellos y sus

familias. Esto aunado a la ausencia de publicidad y transparencia en los recursos

de nuestro pais desemboca en un problema de gran impacto nacional.

Este ensayo se elabora con el objetivo de identificar los gastos que generan a

México las pensiones vitalicias a expresidentes, asi también como comparar las

pensiones de los expresidentes con la de los ciudadanos y por último el analizar la

posibilidad de eliminar los lujos que poseen los expresidentes, y sus pensiones

vitalicias debido a que son una injusticia ante el pueblo mexicano.

Los expresidentes gozan de lujos como guardaespaldas para toda la familia (tios,

primos, padres, etc.) los cuales son patrocinados por el gobierno al igual que las

pensiones vitalicias de los expresidentes. Siendo injustas, ya que un mexicano

común debe de trabajar casi toda su vida para obtener su pensión y cada vez

aumentan más el tiempo necesario para obtener una pensión motivo por el cual

deben eliminarse esos privilegios y asi apoyar la economia del pais.

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LAS PENSIONES VITALICIAS A EXPRESIDENTES MEXICANOS

¿Qué es una pensión?

Una pensión es un seguro o subsidio, en relación con el seguro social o a la

seguridad social, es un pago, temporal o de por vida, que recibe una persona

cuando se encuentra en una situación, establecida por ley en cada pais, que la

hace acreedora de hecho de una cantidad económica, ya sea de los sistemas

públicos de previsión nacionales o de entidades privadas. Por lo regular la base de

trabajadores en activo es la que da sustento al pago de dichas pensiones.

De acuerdo con el IMSS es una prestación económica que se otorga al trabajador

asegurado o a sus beneficiarios, cuando se cumplan las condiciones que se

describen en la Ley del Seguro Social.

¿Quiénes obtienen una pensión?

La pensión puede obtenerse por incapacidad permanente para trabajar; invalidez;

cesantia en edad avanzada y vejez, retiro, viudez, orfandad y ascendientes

(padres que dependan económicamente del asegurado).

Un término que se fija, es el de comprobar que sigues vivo, esto una vez obtenida

la pensión, el IMSS requiere que cada seis meses el pensionado se presente a la

clinica más cercana a su domicilio, para comprobar que sigue vivo.

¿Qué requisitos son necesarios para obtener una pensión?

1. Para la pensión por cesantia se requiere de:

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Tener minimo 60 años de edad cumplidos a la fecha de solicitar la

pensión.

No tener trabajos remunerados.

Tener reconocidas ante el IMSS un minimo de 1,250 semanas

cotizadas en el régimen de 1997, y estar dentro de la conservación

de derechos.

2. Para la pensión por vejez

Tener un minimo de 65 años de edad cumplidos a la fecha de

solicitar la pensión.

Tener un minimo de 1,250 semanas cotizadas en el régimen de 1997

y estar dentro de la conservación de derechos.

3. Para la pensión por retiro anticipado

Tener un minimo de 1,250 semanas cotizadas en el régimen de 1997

y que la pensión que se calcule en el sistema de Rentas Vitalicias

sea superior en más de 30% a la pensión garantizada, una vez

cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

4. Para obtener una pensión por incapacidad permanente

Los Servicios Médicos de Salud en el riesgo de trabajo deben

calificar el accidente.

La pensión se otorga al asegurado, o en caso de fallecer a sus

beneficiarios.

5. Para adquirir una pensión por invalidez

El asegurado debe encontrarse vigente o dentro del periodo de

conservación de derechos.

Debe tener reconocidas al menos 250 semanas cotizadas, a la fecha

en que se dictamine la invalidez, bajo el régimen de 1997.

6. Para conseguir una pensión por viudez

Comprobar el matrimonio civil o concubinato con el asegurado  que

falleció.

La viuda o viudo recibe 90% de la pensión del titular, de forma

vitalicia.

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7. Pensión por orfandad

La reciben los hijos menores hasta los 16 años y hasta los 25 años si

estudian en planteles del sistema educativo nacional, o bien si se

encuentran incapacitados.

8. Por ultimo tenemos la pensión para ascendientes

Se otorga a los padres, en caso de que dependieran

económicamente del asegurado fallecido, siempre y cuando se

demuestre que no existe esposa, concubina o hijos con derecho a

recibir pensión.

Los trámites se pueden realizar en cualquier clinica del IMSS, en un horario de

8:00 a.m. a 3:00 p.m.

En el mismo lugar en el que se solicite el trámite de la pensión (incluso antes de

tener derecho a la misma) se puede solicitar el trámite de recálculo de semanas

de cotización que tarda un poco, pero finalmente las localizan. En el escrito de

solicitud es necesario mencionar las empresas en las que se estuvo laborando y

los periodos

Un término que se fija, es el de comprobar que sigues vivo, esto una vez obtenida

la pensión, el IMSS requiere que cada seis meses el pensionado se presente a la

clinica más cercana a su domicilio, para comprobar que sigue vivo.

¿Cómo los presidentes obtienen sus pensiones?

En México, para tener acceso a una pensión, a los trabajadores mexicanos se les

exige, si son mujeres, que coticen veintiocho años o más, y si son hombres, que

coticen treinta años o más. Solo de esa manera tendrán derecho a su “Pensión

por Jubilación” equivalente al cien por ciento del promedio del sueldo básico de su

último año de servicio, y su percepción comenzará a partir del dia siguiente a

aquel en que el trabajador o la trabajadora hubiesen disfrutado el último sueldo

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antes de causar baja. En cambio, a los ex presidentes se les otorga el beneficio

por el solo hecho de haber desempeñado un encargo de seis años.

¿Cuáles son los motivos por los que se les concede una pensión vitalicia a

expresidentes?

Uno de los grandes motivos por los que el gobierno justifica las pensiones

vitalicias a expresidentes, es debido a que han dedicado gran parte de existencia

productiva al servicio público, y que terminado el periodo de su encargo

dificilmente podrán reincorporarse a la vida activa, pública o privada. Igualmente,

se presupone que quienes han ejercido la función pública con honestidad, lealtad

y rectitud, escasamente tendrán recursos suficientes para mantenerse sin trabajar,

por lo que al finalizar el encargo quedaran en una situación económica y laboral

dificil, mereciendo ser apoyados por el pais al que sirvieron.

Además añaden que se les otorga como un reconocimiento del Gobierno por la

labor de todos aquellos que hayan ejercido el cargo de Presidente de la República,

ya que es necesario que cuenten con los recursos económicos, prestaciones de

seguridad social y servicios de apoyo suficientes para preservar su integridad e

independencia económica a que tienen derecho por haber desempeñado tan

honroso y alto cargo.

Poder Ejecutivo Federal

El Poder Ejecutivo Federal lo ejerce el presidente de la República, quien es

elegido mediante el voto popular y se encarga, entre otras cuestiones, de

promulgar y hacer cumplir las leyes expedidas por el Congreso de la Unión, de

disponer de la Fuerza Armada para la seguridad interior y defensa exterior de la

Federación, de dirigir la politica exterior y celebrar tratados internacionales con la

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aprobación del Senado, asi como de conceder indultos a los reos sentenciados

por delitos que son competencia de los tribunales federales y a los sentenciados

por delitos del orden común en el Distrito Federal.

El presidente de la República puede nombrar secretarios para que lo apoyen en la

ejecución de las distintas leyes, en cualquiera de los campos de la administración

pública. Además, para ejecutar las disposiciones relacionadas con la procuración

de justicia, puede también, con la ratificación del Senado, nombrar al procurador

general de la República, quien tiene bajo su mando al Ministerio Público Federal y

a la Policia Federal Investigadora cuyo nombre ha sido modificado por el de

Policia Federal Investigadora.

Prestaciones de expresidentes.

Cada ex Presidente recibe un ingreso bruto mensual de 205 mil 122 pesos,

excepto Ernesto Zedillo y Carlos Salinas de Gortari, quienes “por voluntad propia

renunciaron a ese derecho”. Sin embargo, a estos 2 últimos Presidencia les asigna

gastos por “personal de apoyo” únicamente reciben cada mes 10 mil 476 pesos

que cubre la parte de su seguro de vida y gastos médicos mayores.

Ciento sesenta y ocho personas, entre militares y civiles, se encuentran bajo las

órdenes de cinco expresidentes. Al erario le cuestan –tan sólo en salarios– casi 40

millones de pesos al año, revela la Auditoria Superior de la Federación (ASF).

Samuel Aguilar Solis quien era secretario de la Comisión de Seguridad Social de

la Cámara de Diputados, dice que las pensiones y prestaciones de los

expresidentes sólo están sustentadas en dos acuerdos “tendenciosos” signados

por Luis Echeverria y Miguel de la Madrid; pero que no existe un marco juridico

que dé certeza en el control de lo que hoy reciben.

Miguel Alonso Raya dice que entre la pensión y las prestaciones de las que gozan

los expresidentes, cada uno de éstos termina costando al erario más de 10

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millones de pesos al año.

Sin embargo, considera aún más inequitativo cuando algunos de los

exmandatarios tienen otros ingresos, como Miguel de la Madrid, quien además de

la pensión que recibe como expresidente, también cuenta con otra del Banco de

México. En la misma situación se encuentra Ernesto Zedillo.

Reglamento Mayor Presidencial

Incluido dentro del Reglamento del Estado Mayor Presidencial de acuerdo con el

Capitulo Segundo titulado “De las misiones generales y la organización.” Nos

refiere el Articulo 4 que: “El Estado Mayor Presidencial tendráM las misiones

generales siguientes: I. Garantizar la seguridad del Presidente de la República, de

su familia, de los mandatarios y altos funcionarios extranjeros que visiten el

territorio nacional, de los ex Presidentes de la República, y de otras personas que

por la importancia de su cargo o encomienda, o por su situación, expresamente

ordene el titular del Ejecutivo Federal”

Cabe resaltar que el último dia de su mandato, el ex presidente Felipe Calderón

Hinojosa modificó el Reglamento del Estado Mayor Presidencial (EMP) para

garantizar la seguridad de los ex presidentes y la de sus familias.

Reformas

Hacendaria

La reforma hacendaria propone realizar cambios al sistema de seguridad social

con el fin de que todos los mexicanos tengamos una pensión a la edad de

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jubilación de 65 años en este momento, y para que quienes trabajan en el sector

formal reciban un seguro de desempleo cada cinco años.

En algunos casos, las propuestas duplican los beneficios para unos pocos y a

otros los deja sin cobertura. Tener una pensión universal para aquellas personas

que cumplan 65 años de edad y no tengan el carácter de pensionados, implica

reconocer que existe una población que no cotiza en los institutos de seguridad

social y nunca lo hará o, bien, que cotiza muy poco, por lo que no tiene derecho a

una pensión por parte de dichos institutos.

Todo esto parece ser un buen comienzo para reformar el Sistema Nacional de

Pensiones, tarea de la que se ha hablado desde hace más de dos décadas. El

problema radica en que se incrementaria el endeudamiento público, ya que, de

acuerdo con las cifras que reporta el Consejo Nacional de Población (CONAPO),

el grupo de adultos mayores aumentará de 7.1 millones en 2010 a 23.1 millones

en 2050. Es decir, la población de adultos mayores se triplicará en ese lapso,

mientras que la población en edad de trabajar solo aumentará en un 16% y esta

será la que tendrá que sostener dicha pensión.

Constitucionales

De acuerdo con las Reformas en 2011 sobre materia de Derechos Humanos:

“Art. 1o.- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los

derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados

internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, asi como de las

garantias para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,

salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

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Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con

esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en

todo tiempo a las personas la protección  más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de

promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad

con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y

progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y

reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la

ley.”

Si ante la ley todos somos iguales, es injusto que los expresidentes gocen de

privilegios otorgados por el mismo gobierno, generando altos gastos a nuestro

pais, siendo asi más de 40 millones de pesos los que destina el gobierno

mexicano para el pago de pensiones vitalicias de los ex presidentes de México,

asi como el pago de su personal de seguridad y su equipo de colaboradores.

Derechos humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o

étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los

mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son

interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y

garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional

consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional.

El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que

tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de

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abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger

los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del

derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se

destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha

reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales

de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos

celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados

tuvieran el deber, independientemente de sus sistemas politicos, económicos y

culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades

fundamentales.

 

Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o

más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando asi el

consentimiento de los Estados para establecer obligaciones juridicas que se

comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una

expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan

de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a

través de todas las fronteras y civilizaciones.

Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en

determinadas situaciones y según las debidas garantias procesales. Por ejemplo,

se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que

una persona es culpable de haber cometido un delito.

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Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y politicos, como el

derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos

económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y

la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre

determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e

interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma

manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Iguales y no discriminatorios

La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de

derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos

humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales

como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas

de Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos

y las libertades, y prohibe la discriminación sobre la base de una lista no

exhaustiva de categorias tales como sexo, raza, color, y asi sucesivamente. El

principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad,

como lo estipula el articulo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

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Derechos y obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados

asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de

respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos

significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los

derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los

Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos.

La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas

positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano

individual, asi como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos,

también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En México, todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar por igual, de los

derechos humanos que reconoce la Constitución y los tratados internacionales de

los que el Estado mexicano sea parte, lo cual debe de ser garantizado por el

Estado.

El origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición

social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias

sexuales, el estado civil o cualquier otra, no pueden ser motivo de ventaja o

desventaja legal, administrativa o judicial para los individuos. Siendo negativo este

principio entre la pensión y privilegios de un expresidente y la de un mexicano

común.

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Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el

reconocimiento de la dignidad intrinseca y de los derechos iguales e inalienables

de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos

han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y

que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el

advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la

miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un

régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo

recurso de la rebelión contra la tirania y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas

entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta

su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la

persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han

declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro

de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en

cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y

efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la

mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La asamblea general proclamó Declaración Universal de Derechos Humanos

como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin

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de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente

en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos

derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e

internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre

los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados

bajo su jurisdicción.

Derecho Humando a la vida digna.

Con base en lo establecido en el Articulo 25 de la Declaración Universal de los

Derechos Humanos nos refiere que:

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi

como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido,

la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene

asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez,

viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por

circunstancias independientes de su voluntad.

La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a

igual protección social.”

Nos refiere una vida digna, un derecho a la salud y el bienestar, y en especial la

alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales

necesarios asi también como derecho a seguros en caso de desempleo,

enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de

subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Siendo los Derechos Humanos aceptados por México y adquiriendo el grado de

Constitución, es necesario su cumplimiento, aunque actualmente vivimos en una

aristocracia, donde solo en unos cuantos recae toda la riqueza, y la mayoria sufre

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de pobreza, perdiendo asi su derecho a vida digna, el cual debiera ser garantizado

por el gobierno Mexicano.

Conclusión

El sueldo de los presidentes ha ido incrementando periodo con periodo, al igual

que su ambición aumentando en el Reglamento Mayor Presidencial algunos de

sus privilegios. De cesar las pensiones a expresidentes se podria garantizar a la

población su derecho humano a la vida digna, reduciendo asi la diferencia de

clases antagónicas.

El sistema de pensiones es injusto en todo el sentido, las leyes son basadas en el

derecho y el derecho siempre busca la verdad y la justicia, pero las leyes en

nuestro pais se han alejado totalmente de sus principios. No puede ser posible

que un mexicano que ha trabajado honradamente durante toda su vida, reciba una

pensión pequeña, que incluso en ocasiones ni siquiera es por el monto total de

sus percepciones, sino por un porcentaje únicamente. Y que un presidente

únicamente labore administrativamente por seis años y solo por ser expresidente

asegure su futuro con un jugoso salario mensual.

El derecho humano a la vida digna no es garantizado por el Estado Mexicano,

debido a que en México existe una distinción de clases muy grande mientras

alguna personas sobreviven con ingreso de un dólar diario, nuestros

expresidentes con un sueldo diario de aproximadamente $6,600 pesos, lo refleja la

ambición de nuestros exrepresentantes.

Por lo que concluimos que las pensiones en México han sido un completo

problema en nuestro pais, debido a la crisis que desde muchos años permanece

en nuestro pais, surgiendo asi la desestabilidad económica y laboral. Hoy en dia

es demasiado dificil, por no decir imposible el obtener una pensión, los

presidentes reforman leyes y hacen lo conveniente según ellos, sin considerar las

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consecuencias que traen para las clases media y baja. Preocupándose

únicamente por asegurar su estatus social, y no les interesa dejar de cabeza al

pais, debido a que con el simple hecho de cumplir un periodo de seis años como

presidente de la república ya tienen asegurado el resto de su vida, todo esto

gracias a sus pensiones vitalicias y demás prestaciones que el gobierno federal

les brinda, motivo por el cual deben de ser cesados todos los privilegios

presidenciales.

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Fuentes de investigación, información y consulta

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