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ÓRGANOS: De Control Organización electoral

Organizacion del estado

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Page 1: Organizacion del estado

ÓRGANOS:

De Control

Organización electoral

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Órganos de Control: Contraloría:

La Contraloría General de la República de Colombia (CGR) es un organismo público colombiano con la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado.

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Procuraduría:La Procuraduría General de la Nación es la entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, que conforman además la Defensoría del Pueblo y las Personerías distritales, departamentales y municipales. Tiene la misión de vigilar el cumplimiento de la Constitución y la Ley, promover la protección de los derechos fundamentales, el respeto de los deberes ciudadanos y proteger el patrimonio público, siendo referente de eficiencia, eficacia y valoración ética en el ejercicio de la función pública.

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Marco constitucional:La Constitución Política de 1991 dispone que el ministerio público es un órgano de control y ejerce sus funciones bajo la dirección del Procurador General de la Nación.

Marco legal:La organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación se encuentra establecida en el Decreto Ley 262 de febrero 22 de 2000.Para ejercer la función disciplinaria la Procuraduría General de la Nación debe sujetarse a lo establecido en la Ley 734 de 2002.

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La Procuraduría General de la Nación cuenta con autonomía administrativa, financiera y presupuestal, de acuerdo con los términos que define el Estatuto orgánico del presupuesto nacional.Las funciones de la procuraduría se dividen en:O Función preventiva y de control de gestión y

seguimiento.O Función de intervención ante las autoridades

administrativas y judiciales.O Función disciplinaria.

Funciones:

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Funciones preventiva y de control de gestión y seguimiento:La función preventiva de la Procuraduría pone en

marcha distintas estrategias para evitar que los funcionarios incurran en práctica contrarias a las normas.Corresponde a la Procuraduría General de la Nación:

Vigilancia y control del cumplimiento normativo y funcional.

Acompañamientos con el fin de garantizar cumplimiento normativo y proteger derechos.

Garantizar la estandarización de procesos y procedimientos orientados a evitar errores administrativos y contener los riesgos de corrupción.

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O Prevención primaria: Se advierte sobre los riesgos en que puede incurrir la administración, en forma general.

O Prevención secundaria: Se dirige a un grupo específico de posibles actores, por la presencia de factores de riesgo, que implica la toma de determinadas medidas respecto del grupo .

O Prevención terciaria: Se realiza con posterioridad al evento y está dirigida al funcionario concreto responsable del hecho; por lo general, se expresa a través de la sanción disciplinaria, y tiene propósitos preventivos en la medida en que “disuade” a otros de la comisión de hechos similares.

Componentes de la función preventiva de la Procuraduría:

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O Es el conjunto de actuaciones que le atribuyen la Constitución Política, las leyes, las directrices y regulaciones que expide el Procurador General de la Nación según el caso, para adelantar o impulsar, por medio de sus agentes, como ministerio público, en su calidad de órgano constitucional autónomo de control.

O Actúa como sujeto procesal, de manera imparcial, independiente, eficaz y razonablemente selectiva, con sujeción a las exigencias, oportunidades y disposiciones procesales, cuando ello es necesario según los criterios establecidos por la ley o por las regulaciones correspondientes.

O Su objetivo primordial es defender el orden jurídico, el patrimonio público las garantías fundamentales y los derechos humanos.

Función de intervención ante las autoridades administrativas y judiciales

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O La Procuraduría es el organismo encargado de investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios públicos que cometan faltas contra la Administración Pública, sin perjuicio de las investigaciones y sanciones penales que correspondan al sistema judicial.

O Esta función es la encargada de iniciar, adelantar y decidir las investigaciones que por faltas disciplinarias se desarrollen contra los servidores públicos, así como de los particulares que ejercen funciones públicas transitorias.

O El objetivo principal es la sanción ejemplar a quienes han violado los deberes como funcionarios públicos, la ley o los derechos de los ciudadanos, o han desconocido el interés de la sociedad, de conformidad con el Código Disciplinario Único.

Función disciplinaria

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La función públicay el régimen disciplinario: Sujeto

disciplinable:Es aquella persona que funge como servidor público temporal o permanentemente y que por ello está obligado a cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las leyes. Régimen

disciplinario de los servidores públicos:

Los servidores públicos son también sujetos de derechos y deberes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, decretos, normas nacionales y locales y tratados internacionales, entre otros conjuntos normativos.

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O Participar en programas de Bienestar Social.

O Reconocimiento y pago oportuno de prestaciones.

O Tener estímulos e incentivos.O Recibir oportunamente su remuneración.O Recibir trato cortés.O Ser capacitado.O Concursar y ser promovido.O Disfrutar de la seguridad social.O Obtener permisos y licencias.

Derechos de los servidores públicos:

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O Cumplir y hacer cumplir los deberes consagrados en la Constitución .

O Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio encomendado.

O Formular, decidir o ejecutar los planes de desarrolloO Desempeñar el empleo, cargo o función sin obtener o

pretender beneficios adicionales.O Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos.O Realizar personalmente las tareas confiadas.O Acreditar los requisitos exigidos por la ley.O Ejercer sus funciones en pro del bien común.O Permitir a los representantes del ministerio público acceso

inmediato a los lugares para adelantar investigaciones.O Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo.O Motivar las decisiones que lo requieran.O Resolver los asuntos en el orden.O Registrar en la oficina de recursos humanos.

Deberes de los servidores públicos:

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O Incumplir los deberes, abusar de los derechos o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución y demás normas que rigen a los servidores públicos.

O Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones o impedirle cumplimiento de sus deberes.

O Solicitar, directa o indirectamente, dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios.

O Ocupar o tomar edificios u oficinas públicos indebidamente.

O Ejecutar actos de violencia en contra de superiores, subalternos o compañeros de trabajo,

O demás servidores públicos o injuriarlos o calumniarlos.

Prohibiciones de los servidores públicos:

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