Organismo Ejecutivo (1)

  • Upload
    evecano

  • View
    97

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

INTRODUCCION

En el presente trabajo abarcaremos el tema relacionado con el organismo ejecutivo, es uno de los 3 poderes del Estado se encuentra regulado bajo los preceptos, del Decreto 14-97 Ley del organismo Ejecutivo y est conformado por el Presidente de la Republica el Vicepresidente de la Republica, los Ministerios del Estado, las Secretarias de la Presidencia y Vicepresidencia, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades pblicas descentralizadas, autnomas y semi-autnomas.Es rgano principal de la administracin pblica y por eso est encomendada la funcin administrativa, tambin realiza la funcin poltica o de gobierno. Alrededor del Organismo Ejecutivo, giran otras entidades u rganos estatales que no son parte del poder central, pero que se ubican dentro de la administracin pblica, stas son las denominadas instituciones: Descentralizadas y autnomas. Es encargado de hacer cumplir las leyes nacionales, la cuales son aprobadas por el Congreso de la Republica de Guatemala y que son hechas respetar por la Corte Suprema de Justicia. La Constitucin Poltica de la Republica de Guatemala, establece que el Organismo Ejecutivo ser tambin encargado de procurar la aplicacin correcta de las leyes nacionales para el bienestar comn de la poblacin.

Organismo EjecutivoAntecedentes Histricos del Organismo EjecutivoEste organismo se distingue del poder legislativo, ejercido generalmente por el Parlamento, que promulga o revoca leyes y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las mismas, debido a que es el encargado de concebir y ejecutar polticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nacin en sus relaciones diplomticas, sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislacin. La teora poltica de la divisin entre el ejecutivo y los dems poderes del Estado era conocida ya en las antiguas civilizaciones clsicas de Grecia y Roma, y fue aplicada con un alcance limitado en algunos gobiernos medievales. Dentro del poder ejecutivo, se suelen diferenciar las figuras de Jefe de Estado, Gobierno y Administracin. En los sistemas presidenciales, la figura del Presidente de la Repblica acumula las atribuciones de Jefe de Estado y de Gobierno y su relacin con los ministros se basa en la delegacin de funciones.

La separacin de los poderes de gobierno ha sido una forma comn de organizar el Estado desde el tiempo de los imperios Griego y Romano, pero no fue hasta Montesquieu y su libro El Espritu de las Leyes que la idea de separar los poderes del Estado en tres contagi a las naciones emergentes del siglo 18.

Organismo Ejecutivo en GuatemalaLa Revolucin del 20 de Octubre de 1944 marc uno de los hechos ms importantes de la historia guatemalteca. Se organiz una junta de gobierno integrada por Jorge Toriello, Francisco Javier Arana y Jacobo Arbenz Guzmn, quienes comenzaron a legislar por Decretos que perseguan modernizar al Estado, por lo que se convoc a una Asamblea para elaborar una nueva Constitucin que se termin en marzo de 1945, conocida por ser una de las ms avanzadas y democrticas que ha existido en Guatemala, en la cual se estableci la divisin de Poderes dentro del Estado.El Organismo Ejecutivo (OE) es uno de los tres Poderes del Estado, el cual ejerce la administracin ejecutiva de la Repblica de Guatemala. Est compuesto por el Presidente y Vicepresidente, los Ministerios de Estado, las Secretaras, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades pblicas descentralizadas, autnomas y semi-autnomas correspondientes a este organismo.Actualmente el Presidente de la Repblica de Guatemala es el general retirado Otto Fernando Prez Molina y el actual Vicepresidente la Licda. Roxana Baldetti.A partir de 1847, ao en que el antiguo Estado de Guatemala se proclama a Repblica, la Presidencia de Guatemala, ha sido ocupada por:Nombre PresidenteAo de funcin

Jos Bernardo Escobar1848

Mariano Paredes1849-1851

Rafael Carrera y Turcios1854-1865

Pedro de Aycinena1865

Vicente Cerna Sandoval 1865-1871

Miguel Garca-Granados Zabala 1871-1873

Justo Rufino Barrios1873-1885

Alejandro M. Sinibaldi1885

Manuel Lisandro BarillasBercin1885-1892

Jos Mara Reyna Barrios1892-1898

Manuel Jos Estrada Cabrera1898-1920

Carlos Herrera Luna 1920-1921

Jos Mara Orellana 1921-1926

Lzaro Chacn Gonzlez 1926-1930

Baudilio Palma1930

Manuel Mara Orellana Contreras 1930

Jos Mara Reina Andrade 1931

Jorge Ubico Castaeda1931-1944

Federico Ponce Vaides1944

Juan Jos Arvalo Bermejo 1945-1951

Jacobo rbenz Guzmn 1951-1954

Carlos Castillo Armas 1954-1957

Luis Arturo Gonzlez Lpez 1957

Guillermo Flores Avendao1957-1958

Jos Miguel Ramn Ydgoras Fuentes 1958-1963

Enrique Peralta Azurdia1963-1966

Julio Csar Mndez Montenegro 1966-1970

Carlos Manuel Arana Osorio 1970-1974

Kjell Eugenio Laugerud Garca 1974-1978

Fernando Romeo Lucas Garca 1978-1982

Jos Efran Ros Montt 1982-1983

scar Humberto Meja Vctores1983-1986

Vinicio Cerezo1986-1991

Jorge Serrano Elas 1991-1993

Gustavo Espina1993

Ramiro de Len Carpio 1993-1996

lvaro Arz 1996-2000

Alfonso Portillo 2000-2004

scar Berger 2004-2008

lvaro Colom2008-2012

Otto Prez Molina 2012-2016

NOTA: Esta lista incluye a las personas que han ocupado dicho cargo, no estn incluidos presidentes de la regin centroamericana.Vicepresidentes de la Repblica de GuatemalaListado de los Vicepresidentes de la Repblica de Guatemala desde el 25 de abril de 1882, fecha en que se cre dicho cargo iniciando con dos, luego tres (bajo el nombre de Primer Designado, Segundo Designado o Tercer Designado), hasta que el 1 de julio de 1966 se elige a uno como compaero de frmula. El listado es el siguiente:Primer Vicepresidente (Primer Designado)Segundo Vicepresidente (Segundo Designado) Perodo

Julian SalgueroGen. Manuel Barillas25/04/1882 27/04/1883

Gen. Jos OrantesGen. Salvador Arvalo 27/04/1883 30/04/1884

Alejandro SinibaldiGen. Manuel Barillas30/04/1884 20/05/1885

Gen. Manuel BarillasGen. Manuel Soto 20/05/1885 01/05/1888

Gen. Calixto MendizabalCol. Manuel A. Lpez 01/05/1888 21/05/1889

Gen. Vicente Orantes Col. Manuel A. Lpez 21/05/1889 10/05/1890

Rafael Salazar Francisco Fuentes 10/05/1890 28/05/1891

Feliciano Aguilar Francisco Villela28/05/1891 14/05/1892

Manuel Morales Tovar Arturo Ubico 14/05/1892 29/04/1893

Manuel Morales Tovar Francisco Fuentes 29/04/1893 11/05/1894

Manuel Morales TovarArturo Ubico11/05/1894 6/05/1895

Manuel Morales TovarJess Portillo6/05/1895 a 28/04/1897

Manuel Estrada Cabrera Gen. Manuel Soto28/04/1897 a 26/04/1898

Feliciano Aguilar Gen. Felipe Cruz 26/04/1898 a 29/04/1899

Manuel Morales TovarGen. Vicente Orantes 29/04/1899 a 8/05/1900

Manuel Morales Tovar Gen. Luis Molina 8/05/1900 a 13/05/1902

Jos Mara Reina Andrade Gen. Luis Molina 26/06/1902 a 30/04/1903

Gen. Mariano Serrano Muoz Francisco Alarcn 30/04/1903 a 28/04/1904

Francisco Anguiano Francisco Alarcn 28/04/1904a24/05/1907

Gen. Mariano Serrano Muoz Juan Barrios M. 24/05/1907 a 29/04/1910

Matas J. Lpez Gen. Manuel Duarte 29/04/1910 a 14/05/1911

Gen. Mariano Serrano MuozGen. Manuel Duarte 14/05/1911 a 31/05/1912

Col. Ignacio Lpez Andrade Gen. Manuel Duarte 31/05/1912 a 30/04/1917

Gen. Mariano Serrano Muoz Gen. Manuel Duarte 30/04/1917 a 13/04/1920

Carlos Herrera Jos Ernesto Zelaya 13/04/1920 a 12/04/1921

Primer VicepresidenteSegundo VicepresidenteTercer Vicepresidente (Primer Designado) Perodo

Jos Ernesto Zelaya Federico Castaeda GodoyMaximiliano de Len 12/04/1921 8/12/1921

Primer Vicepresidente (Primer Designado)Segundo Vicepresidente (Segundo Designado) Perodo

Gen. Jos Mara OrellanaAlberto Mencos8/12/1921 27/04/1922

Gen. Jorge Ubico R. Felipe Solares27/04/1922 28/04/1923

Gen. Margarito Ariza Francisco Fuentes28/04/1923 3/05/1924

Gen. Aurelio Recinos Gen. Antonio Monterroso3/05/1924 28/04/1925

Lazaro Chacn Federico Aguilar Valenzuela28/04/1925 18/12/1926

Gen. Miguel LarraveFederico Aguilar Valenzuela18/12/1926 30/04/1927

Gen. Miguel LarraveGen. Mauro De Len 30/04/1927 15/03/1928

Primer Vicepresidente (Primer Designado)Segundo Vicepresidente (Segundo Designado)Tercer Vicepresidente (Tercer Designado)Perodo

Gen. Mauro de Len Rodolfo Sandoval Col. Baudilio Santos Deroga 26/03/1928 15/03/1929

Gen. Rodolfo A. Mendoza Arturo RamirezAntonio Rivera15/03/1929 15/03/1930

Mario LenBaudelio PalmaLuis Chacn15/03/1930 01/01/1931

Jos Mara Reina AndradeGen. Jos ReyesGen. Rodrigo G. Solrzano 01/01/1931 15/03/1931

Mariano J. LpezGen. Rodrigo G. Solrzano Manuel Franco R. 15/03/1931 15/03/1932

Gen. Factor MndezCol. Pedro Reyes ReinelasMiguel T. Alvarado 15/03/1932 15/03/1933

Gen. Factor Mndez Col. Pedro Reyes ReinelasFelipe Samayoa15/03/1933 15/03/1934

Gen. Pedro Reyes ReinelasMariano J. Lpez Col. Carlos Enrquez Barrios 15/03/1934 15/03/1935

Gen. Pedro Reyes ReynuelasGen. Carlos Jurado R. Jos Mariano Trabanino15/03/1935 15/03/1936

Eduardo Prez FigueroaGral. Carlos Jurado R.Gen. Factor Mndez15/03/1936 15/03/1937

Gen. Pedro Reyes ReynelasEduardo Prez Figueroa Gen. Carlos Jurado R.15/03/1937 15/03/1938

Escolstico de Len Gral. Demetrio Maldonado Gen. Juan Alonso 15/03/1938 15/03/1939

Mariano Lpez Gral. Demetrio Maldonado Gen. Juan B. Alojos15/03/1939 15/03/1940

Mariano LpezGral. Demetrio Maldonado Gen. Juan Alonso 15/03/1940 15/03/1941

Mariano Lpez Gral. Demetrio Maldonado Gen. Pedro Reyes Reynelas15/03/1941 15/03/1942

Gen. Demetrio Maldonado Carlos Herrera DorinGen. Pedro Reyes Renelas15/03/1942 04/07/1944

Gen. Federico Ponce VaidesGral. Domingo Solares Ramn Caldern04/07/1944 28/11/1944

Primer Vicepresidente Segundo VicepresidentePresidente Perodo

Miguel Ortiz PassarelliCol. Juan Francisco OlivaCarlos Castillo Armas15/03/1956 22/03/1957

Luis Arturo Gonzlez Lpez Col. Guillermo Flores Avendao Carlos Castillo Armas22/03/1957 09/10/1957

Col. Luis Urrutia de LenCarlos Enrique Guilln Rodas Guillermo Flores Avendao09/10/1957 25/03/1958

Clemente Marroqun Rojas Crisstomo Castillo Miguel Ydgoras Fuentes25/03/1958 18/03/1959

Manuel Ralda Ochoa Alberto J. Urrutia Vasconcelos Miguel Ydgoras Fuentes18/03/1959 23/03/1960

Abrahan Cabrera Cruz Col. Jos Francisco Gmez Carranza Miguel Ydgoras Fuentes23/03/1960 30/05/1961

Col. Catalino Chvez Prez scar Ubico ZebadaMiguel Ydgoras Fuentes30/05/1961 16/03/1962

Col. Ernesto Molina ArreagaRubn Flores Avendao Miguel Ydgoras Fuentes16/03/1962 15/03/1963

Col. Catalino Chvez Prez Joaqun Montenegro Paniagua Enrique Peralta Azurdia15/03/1963 01/07/1966

Lista de los ltimos 12 Presidentes y Vicepresidentes de GuatemalaNo.PresidenteVicepresidentePerodo

1Julio Csar Mndez MontenegroClemente Marroqun Rojas 01/07/1966 01/07/1970

2Carlos Manuel Arana OsorioEduardo Rafael Cceres Lenhoff01/07/1970 01/07/1974

3Kjell Eugenio Laugerud GarcaMario Augusto Sandoval Alarcn 01/07/1974 01/07/1978

4Fernando Romeo Lucas GarcaFrancisco Villagrn Kramer01/07/1978 12/09/1980

5Fernando Romeo Lucas Garcascar Mendoza Azurdia12/09/1980 23/03/1982

6Vinicio CerezoRoberto Carpio Nicolle14/01/1986 14/01/1991

7Jorge Serrano ElasGustavo Adolfo Espina Salguero 14/01/1991 1/06/1993

8Ramiro de Len CarpioArturo Herbruger Asturias 18/06/1993 14/01/1996

9lvaro ArzLuis Alberto Flores Asturias 14/01/1996 14/01/2000

10Alfonso PortilloJuan Francisco Reyes Lpez 14/01/2000 14/01/2004

11scar BergerEduardo SteinBarillas14/01/2004 14/01/2008

12lvaro ColomJos Rafael Espada 14/01/2008 14/01/2012

13Otto Prez MolinaRoxana Baldetti14/01/2012 14/01/2016

MARCO JURIDICOORGANISMO EJECUTIVOEn la trinidad de poderes derivada de lateoradeMontesquieu, el poder ejecutivo en el poder originario. Entendemos que el poder del estado comenz actuando en forma monoltica, abarcando todas las funciones, las que, aun cuando pudieran distinguirse conceptualmente y realmente, no estaban divididas, repartidas, ni separadas en su ejercicio entre rganos distintos. Al operarse progresivamente el reparo divisorio, las funciones legislativa y judicial se desprenden del ncleo primario para atribuirse a rganos propios, en tanto la funcin de poder ejecutivo es retenida por el rgano que anteriormente las concentraba a todas.Cuando el poder del estado en su triple dimensin ejecutiva, legislativa y judicial ya no legisla ni juzga porque legislan y juzgan otros rganos separados-, el poder ejecutivo retiene todo lo que no es legislacin niadministracindejusticia. O sea que el ncleo residual del poder estatal es conservado por el ejecutivo.Cuando lograindependenciala justicia, y luego la legislacin, lo que queda por exclusin se llama administracin. Y la funcin administrativa se radica fundamentalmente, en el poder ejecutivo (aunque no exclusivamente).El Organismo Ejecutivo es el organismo principal de la administracin pblica y por eso le est encomendada la funcin administrativa preferentemente, tambin realiza la funcin poltica o de gobierno. Su denominacin proviene de una de sus atribuciones primordiales: ejecutar las Leyes del pas, esto quiere decir, hacer que las mismas se cumplan. A medida que los medios de produccin y la poblacin fueron creciendo, los primeros grupos humanos ampliaron su dominio sobre el territorio, surgiendo las tribus con un mismo idioma, un origen comn y las mismas costumbres.Ya en la poca conocida como la civilizacin, en la que se encontraban los griegos surge una funcin ejecutiva ms clara, normalmente desempeada por un rey, o por dos reyes, como en Espaa.Como ya mencionamos que el Organismo Ejecutivo es el encargo de hacer cumplir las leyes nacionales y de cumplirlas, las cuales son aprobadas por el Congreso de la Repblica de Guatemala y que son hechas respetar por la Corte Suprema de Justicia. La Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala establece que el Organismo Ejecutivo ser tambin el encargado de procurar la aplicacin correcta de las leyes nacionales para el bienestar comn de la poblacin.

Su base legal se encuentra regulada principalmente en:La Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala en sus Artculos del 182 al 202; y por su propia ley denominada Ley del Organismo Ejecutivo (Decreto Nmero 114-97 del Congreso de la Repblica). Por estar adecuado a un sistema republicano presidencialista se encuentra integrado por: 1) Presidencia de la Repblica; 2) Vicepresidencia de la Repblica; 3) Secretaras de la Presidencia; 4) Ministerios de Estado; 5) Viceministros de Estado; 6) Direcciones Generales; 7) Gobernaciones Departamentales; y 8) Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.Difiere de la funcin legislativa y judicial, ya que mientras la primera tiene como actividad fundamental la creacin de normas jurdicas abstractas y de observancia general, y la segunda la aplicacin de dichas normas jurdicas al caso concreto, la funcin del Organismo Ejecutivo comprende la actividad administrativa propiamente dicha, encaminada a la actuacin directa de la ley y la actividad de gobierno, que cuida de los asuntos del Estado y tiende a la satisfaccin de los intereses y necesidades de la colectividad.Es decir que la funcin Ejecutiva, considerada desde sus dos puntos de vista: actividad administrativa y de gobierno, tiende a satisfacer los intereses propios y colectivos a travs de la administracin pblica, asimismo le corresponde coordinar la funcin poltica de los otros organismos y la alta direccin del Estado. Este rgano se encuentra regulado bajo los preceptos del Decreto 14-97, Ley del Organismo Ejecutivo, el cual en su Artculo 5 establece que lo integran los ministerios, secretaras de la presidencia, dependencias, gobernaciones departamentales y rganos que administrativa o jerrquicamente dependen de la Presidencia de la Repblica. Tambin las Comisiones Temporales, los Comits Temporales de la presidencia y los Gabinetes especficos. La autoridad administrativa superior es el Presidente de la Repblica, quien actuar siempre con los Ministros, en Consejo o separadamente con uno o ms de ellos en todos los casos en que de sus actos surjan relaciones jurdicas que vinculen a la administracin pblica, como lo establece el Artculo 6 de la citada ley.Segn el Artculo 2 de la Ley del Organismo Ejecutivo establece que dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales de los rganos que lo integran, compete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la funcin administrativa y la formulacin y ejecucin de las polticas de gobierno con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administracin descentralizada.

Alrededor del Organismo Ejecutivo, giran otras entidades u rganos estatales que no son parte del poder central, pero que se ubican dentro de la administracin pblica, stas son las denominadas instituciones: Descentralizadas y autnomas.

NORMAS FUNDAMENTALESCuando hablamosde normas fundamentales nos referimos a la ley suprema de un pas, de la cual devienen todos los dems ordenamientos jurdicos, por ser esta la que enmarca las bases y limites formales y materiales sobre los que se pueden expedir las normas, en donde esta ser siempre la primera en jerarqua e importancia, (La Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala).Que los artculos 1 y 2 de la Constitucin Poltica de la Repblica establecen que "el Estado de Guatemala se organiza para proteger a las personas y a la familia; su fin supremo es la realizacin del bien comn, siendo deber del Estado, adems, garantizar a los habitantes de la Repblica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona".A continuacin se detallan algunas de las normas fundamentales del ORGANISMO DEL ORGANISMO EJECUTIVO: La Constitucin Poltica

Ley Orgnica del Organismo Ejecutivo

Cdigo de Comercio

Cdigo Municipal

Ley de la Contralora General de Cuentas

Ley Orgnica del Banco de Guatemala

FUNDAMENTOS O BASES LEGALES ORGANISMO EJECUTIVOLEY DEL ORGANISMO EJECUTIVODECRETO NMERO 114-97CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALESArtculo 1.MBITO DE LA LEY. La presente ley desarrolla los preceptos constitucionales sobre la organizacin, atribuciones y funcionamiento del Organismo Ejecutivo.Artculo 2.COMPETENCIA DEL ORGANISMO EJECUTIVO. Dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales de los rganos que lo integran, compete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la funcin administrativa y la formulacin y ejecucin de las polticas de gobierno con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administracin descentralizada.Artculo 3.DELEGACIN. Las funciones de gestin administrativa y de ejecucin y supervisin de la obra y servicios pblicos podrn delegarse a terceras personas, comits, asociaciones o entidades, cuando el ejecutivo lo juzgare idneo para lograr una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones. La modalidad, el mbito material y el rgimen de la delegacin se establecern por acuerdo gubernativo que deber publicarse en el Diario Oficial. No son delegables las funciones normativa, reguladora y de financiacin subsidiaria.Artculo 4.PRINCIPIOS QUE RIGEN LA FUNCIN ADMINISTRATIVA.El fin supremo del Estado es el bien comn y las funciones del Organismo Ejecutivo han de ejercitarse en orden a su consecucin y con arreglo a los principios de solidaridad, subsidiariedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralizacin y participacin ciudadana.Artculo 5.INTEGRACIN DEL ORGANISMO EJECUTIVO. El Organismo Ejecutivo se integra de los rganos que disponen la Constitucin Poltica, la presente y dems leyes. Segn su funcin, los mismos podrn ser deliberativos, consultivos, de contralor y ejecutivos, al igual que podrn confluir en un rgano administrativo ms de uno de dichos atributos.Integran el Organismo Ejecutivo los Ministerios, Secretaras de la Presidencia, dependencias, gobernaciones departamentales y rganos que administrativa o jerrquicamente dependen de la Presidencia de la Repblica.Tambin forman parte del Organismo Ejecutivo las Comisiones Temporales, los Comits Temporales de la Presidencia y los Gabinetes Especficos. Compete al Presidente de la Repblica, mediante acuerdo gubernativo por conducto del Ministerio de Gobernacin, crear y establecer las funciones y atribuciones, as como la temporalidad de los rganos mencionados en este prrafo.

CAPITULO IIAUTORIDAD SUPERIOR

Artculo 6. AUTORIDAD SUPERIOR DEL ORGANISMO EJECUTIVO.La autoridad administrativa superior del Organismo Ejecutivo es el Presidente de la Repblica. El Presidente de la Repblica actuar siempre con los Ministros, en Consejo de Ministros o separadamente con uno o ms de ellos, en todos los casos en que de sus actos surjan relaciones jurdicas que vinculen a la administracin pblica.

MISION Y VISION DEL ORGANISMO EJECUTIVO- Cumplir y hacer cumplir la Constitucin de la Repblica de Guatemala y las leyes. - Proveer a la defensa y a la seguridad de la Nacin, as como a la conservacin del orden pblico. - Ejercer el mando de la Fuerzas Armadas de la Nacin con el carcter de Comandante General del Ejrcito, con todas las funciones y atribuciones respectivas. - Ejercer el mando superior de toda la fuerza pblica. - Sancionar, promulgar, hacer que se ejecuten las leyes, dictar los decretos para los que estuvieren facultados por la Constitucin, as como los acuerdos, reglamentos y rdenes para el estricto cumplimiento de las leyes, sin alterar su espritu. - Dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de emergencia grave o de calamidad pblica, debiendo dar cuenta al Congreso de la Repblica de Guatemala en sus sesiones inmediatas. - Presentar proyectos de ley al Congreso de la Repblica. - Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes emitidas por el Congreso, salvo los casos en que no sea necesaria la sancin del Ejecutivo de conformidad con la Constitucin. - Presentar anualmente al Congreso de la Repblica, al iniciarse su perodo de sesiones, un informe escrito sobre la situacin general de la Repblica y de los negocios de su administracin realizados durante el ao anterior. - Someter anualmente al Congreso, para su aprobacin con no menos de ciento veinte das de anticipacin a la fecha en que principiar el ejercicio fiscal, por medio del Ministerio de Finanzas Pblicas, el proyecto de presupuesto que contenga en detalle los ingresos y egresos del Estado. Si el Congreso no estuviere reunido deber celebrar sesiones extraordinarias para conocer del proyecto. - Someter a la consideracin del Congreso para su aprobacin, y antes de su ratificacin, los tratados y convenios de carcter internacional y los contratos y concesiones sobre servicios pblicos; - Convocar al Organismo Legislativo a sesiones extraordinarias cuando los intereses de la Repblica lo demanden. - Coordinar a travs del Consejo de Ministros la poltica de desarrollo de la Nacin. - Presidir el Consejo de Ministros y ejercer la funcin de superior jerrquico de los funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo. - Mantener la integridad territorial y la dignidad de la Nacin. - Dirigir la poltica exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la Constitucin. - Recibir a los representantes diplomticos, as como expedir y retirar el exequtur a las patentes de los cnsules. - Administrar la hacienda pblica con arreglo a la ley. - Exonerar de multas y recargos a los contribuyentes que hubieren incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los trminos legales por actos u omisiones en el orden administrativo. - Nombrar y remover a todos los funcionarios y empleados pblicos que le corresponde conforme la ley. - Conceder jubilaciones, pensiones y montepos de conformidad con la ley. - Conceder condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros. - Todas las dems funciones que le asigne esta Constitucin o la ley.

FUNCIONES DEL ORGANISMO EJECUTIVOORGANISMO EJECUTIVO DE GUATEMALA.ElOrganismo Ejecutivoes uno de losOrganismo del Estados, cuya funcin es ejercer elpoder ejecutivode laRepblica de Guatemala. El Organismo Ejecutivo est formado por elPresidente de la Repblica de Guatemala, elVicepresidente de la Repblica de Guatemalay elConsejo de Ministrosy por la dems entidades pblicas correspondientes a este organismo. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por un perodo improrrogable de cuatro aos por medio del sufragio universal y secreto. El Presidente de la Repblica es el Comandante en Jefe de lasFuerzas Armadas de Guatemalay lasFuerzas Pblicas.El Organismo Ejecutivo es el encargo de hacer cumplir las leyes nacionales y de cumplirlas, las cuales son aprobadas por el Congreso de la Repblica de Guatemalay que son hechas respetar por laCorte Suprema de Justicia. LaConstitucin Poltica de la Repblica de Guatemalaestablece que el Organismo Ejecutivo ser tambin el encargado de procurar la aplicacin correcta de las leyes nacionales para el bienestar comn de la poblacin.FUNCIONES:

Segn el Art. 2 de la Ley del Organismo Ejecutivo establece que dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales de los rganos que lo integran, compete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la funcin administrativa y la formulacin y ejecucin de las polticas de gobierno con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administracin descentralizada.PRESIDENTE:

ElPresidente de la Repblica de Guatemalaes el jefe de Estado deGuatemalay ejerce las funciones del Organismo Ejecutivo por mandato del pueblo.Las funciones del Presidente de la Repblica de Guatemala, se encuentran establecidas en el Art. 183 de laConstitucin Polticade la Repblica de Guatemala, son las siguientes:a) Cumplir y hacer cumplir la Constitucin y las leyes.b) Proveer a la defensa y seguridad de la Nacin, as como a la conservacin del orden pblico.c) Ejercer el mando de lasFuerzas Armadas de Guatemalacon todas las funciones y atribuciones respectivas.d) Ejercer el mando de toda laFuerza Pblica.e) Sancionar, promulgar, ejecutar y hacer que se ejecuten las leyes.f) Dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de emergencia grave o de calamidad pblica, debiendo dar cuenta alCongresoen sus sesiones inmediatas.g) Presentar Proyectos deLeyalCongreso de la Repblica.h) Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes emitidas por el Congreso, salvo lo casos en que no sea necesaria la sancin del Ejecutivo de conformidad con la Constitucin.i) Presentar anualmente alCongreso de la Repblica, al iniciarse su perodo de sesiones, informe escrito sobre la situacin general de la Repblica y de los negocios de su administracin realizados durante el ao anterior.j) Someter anualmente alCongreso, para su aprobacin con no menos de ciento veinte das de anticipacin a la fecha en que principiar el ejercicio fiscal, por medio del Ministerio de Finanzas Pblicas, el proyecto de presupuesto que Conceder condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros.v) Dentro de los quince das siguientes de concluido, informar alCongreso de la Repblicasobre el propsito de cualquier viaje que hubiere realizado fuera del territorio nacional y acerca de los resultados del mismo.w) Someter cada cuatro meses al Congreso de la Repblica por medio del Ministerio respectivo un informe analtico de la ejecucin presupuestaria, para su conocimiento y control.x) Todas las dems funciones que le asigne estaConstitucino la Ley.

VICEPRESIDENTE:

ElVicepresidente de la Repblica de Guatemalaejercer las funciones dePresidente de la Repblica de Guatemalaen los casos que establece laConstitucin. El Vicepresidente es el primero en la lnea de sucesin para la Jefatura de Estado y Gobierno en caso que faltase el Presidente de manera absoluta.FUCIONES:a) Participar en las deliberaciones delConsejo de Ministroscon voz y voto;b) Por designacin del Presidente de la Repblica, representarlo con todas las preeminencias que al mismo correspondan, en actos oficiales y protocolarios o en otras funciones;c) "Coadyudar, con el Presidente de la Repblica, en la direccin poltica general del gobierno."d) Participar, conjuntamente con el Presidente de la Repblica, en la formulacin de la poltica exterior y las relaciones internacionales, as como desempear misiones diplomticas o de otra naturaleza al exterior;e) Presidir el Consejo de Ministros en ausencia del Presidente de la Repblica;f) Presidir los rganos de asesora del Ejecutivo que establezcan las leyes;g) Coordinar la labor de los Ministros de Estado; yh) Ejercer las dems atribuciones que le sealen la Constitucin y las leyes.

MINISTROS:

ElConsejo de Ministroses el rgano principal delOrganismo Ejecutivode laRepblica de Guatemala, est formado por Presidente,Vicepresidente de la Repblica de Guatemala, Ministros de Estado y los Viceministros de Estado, reunidos en sesin, el cual conoce de los asuntos sometidos a su consideracin por el Presidente de la Repblica, quien lo convoca y preside.Los Ministros de Estado son responsables de sus actos, de conformidad con laConstitucin Poltica de la Repblica de Guatemalay las leyes, an en el caso de que obren por expresa orden del Presidente de la Repblica. De las decisiones del Consejo de Ministros sern solidariamente responsables los ministros que hubieren concurrido, salvo aquellos que hayan hecho constar su voto adverso.FUNCIONES:El Consejo de Ministros de la Repblica de Guatemala tiene las funciones siguientes que le asigna la Ley del Organismo Ejecutivo, en su Art. 17:a) Discutir y proponer al Presidente de la Repblica su parecer sobre las polticas, planes y programas de gobierno.b) Concurrir con el Presidente de la Repblica a declarar o no la lesividad de los actos o contratos administrativos, para los efectos de la interposicin del recurso de lo contencioso administrativo.c) Conocer y emitir opinin sobre los asuntos que someta a su consideracin el Presidente de la Repblica.

CONCLUSIONES

1.- El organismo ejecutivo es el encargado de promulgar el cumplimiento absoluto de las leyes en el pas.

2.- La descentralizacin que se da en el organismo ejecutivo, sirve como una condicin de contrapoder y de nivelacin de las instituciones originadas por las funciones que se delegan.

3.- Los tres poderes que rigen el funcionamiento del pas son importantes, no existe subordinacin entre ellos, por lo cual el poder ejecutivo constituye uno ms de los organismos que velan por el bienestar del pueblo guatemalteco.

4.- El organismo ejecutivo tambin tiene iniciativa de ley ante el congreso de la repblica

5.- Al poder ejecutivo se le encomienda totalmente la tarea de la administracin pblica del pas.

6.- De los tres organismos, el ejecutivo es el que tiene el deber de representacin nacional ante el extranjero; en manos del presidente.

7. El presidente debe trabajar conjuntamente con todos sus ministros para el correcto funcionamiento de las funciones del pas.

8.- El organismo ejecutivo debe presentar un informe ante el congreso sobre todos los avances que ha tenido el pas durante el ltimo ao de gobierno.

9.- El poder ejecutivo tiene la facultad de vetar una iniciativa de ley si este lo considera necesario.

10.- Entre las funciones ms importantes del presidente se considera la de velar por la seguridad de la nacin y el bienestar pblico.

BIBLIOGRAFIA

http://www.segeplan.gob.gt/downloads/clearinghouse/politicas_publicas/Pol%C3%ADtica%20Descentralizaci%C3%B3n.pdf

http://www.biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_5734.pdf

http://biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_7147.pdf

http://biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_7537.pdf

http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/29158.pdf

http://www.slideshare.net/Bairon01/organismo-ejecutivo-de-guatemala

Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala

Ley del Organismo Ejecutivo

http://biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_7460.pdf

Derecho ConstitucionalOrganismo EjecutivoGrupo 6Seccin E

NOMBRESNO. CARN

1. Miriam Esperanza Garca Jimnez200219712

2. Evelyn Carolina Ajpacaj Cano201120921

3. Irma Yolanda Hernndez Salal201121080

4. Luz Mara del Cid Cataln201121321

5. Eldadelita Marisel Osorio Baos201220873

6. Randall Josue Ramrez Menendez201312068

7. Karla Micheel Girn201312629

8. Nancy Mishel Crz Herrera (coordinadora)201312685

9. Mynor Edgar Estuardo Colin Chvez201312995

10. Carlos Elias Betancourth (subcoordinador)201313315

11. Yesenia Patricia Martin Ramrez201313321