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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 633 -2017-ANA/AAA XII.UV. Cusco, \1 O OCT 2011 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 1778-2016 con CUT Nº 205152-2016, tramitado ante la Administración Local de Agua Sicuani, con fecha de recepción 29 -12-2016. presentado por el señor Ubaldo Salas Colque, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servic ios y ~,_p'1-1" 181 1tt~ Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Huayllapunco, del Distrito de Ma rangani, Provincia ¡~ ) de Canchis, ubicado en la región Cusco; Solicitando Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial s 1 . • ·~ P. con Fines Poblac,onales. itcl, 'hite. \ .l ·o, ;" i:cto~ CONSIDERANDO: Qu e, el artículo 15º numeral 7) de la Ley de Recu rsos Hí dricos 29338 establece entre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir previo ........ ---. w.. estudio técnico, derechos de uso de agua, así como aprobar la implementación, modific ac ión y ext in ción ¡e servidumbre de uso de agua, a través de los órganos desconcentrados de la Autoridad Naci on al; i Que, el artículo 44º de la Ley en concordancia con el artícu lo 64º del -~ '" Reglamento de la precitada Ley, establece que para usar el recurso agua, sal vo el uso primario se requiere contar con un derecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua, el artículo 45º de la Ley establece como uno de los derechos de uso de agua la licencia ; Que, el artículo 4 de la precitada Ley prescribe que la Licencia de uso de agua, otorga a su titular la facultad de usar este recurso natural, con un fin y en un lugar determinado, as í mismo el articulo 54 º establece los requisitos para acceder a este derecho: Que, el Decreto Supremo Nº 023-2014-M INAGRI, que modi fi ca el Reglamento de la Ley 29338 , Ley de Recu rsos dr icos, aprobado por Decreto Supremo 00 1-201 O- AG. La precitada norma estable ce en su artículo 85° numeral 85.1 , "La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, sm ex igirle mayor trámite que la verificación técnica en campo de que las obras de aprovechamiento hídrico hayan sido ejecutadas conforme a la autorización otorgada ". Asimismo !a Resolución Jefatural Nº 007-2 015-ANA, prevé las condiciones las condiciones previas para el otorgamiento de licencia de uso de agua en los artículos 21 º, 22° y 23°; Que, el presente expediente admini st~a tivo se instruye bajo la vigencia del Decreto Supremo Nº 023-2015-MI NAGRI y la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA. De la evaluación del expediente se tiene que el administrado presenta Solicitud (folio 01 ), copia DNI del señor Ubaldo Salas Colq ue (folio 02), Declaración jurada (folio 03) copia Resolución de Alcaldía Nº 065- 20 16-MDM-C/C, de fecha 16-03-2016 (fojas 04 y 05), copia Formato Nº 37 - Acta de terminación y recepción de obra (fo lio 06), copia de Resolución Administrativa Nº 020-2013-ANA/ALA-SICUANI, de fecha 11 -03-2013, que autoriza la Ejecución de Estudios de Aprovechamiento Hídrico con Fines Poblacionales a favor del Consorcio CONHYDRA S.A. - HYDRA-PROCOES-Cusco, pa ra los barrios de Unoraqui, Central y Cchinque de la Comunidad de Huayllapunco del Perfil del proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y en los barrios de Unoraqui, Central y Cchinque de la Comunidad de Huayllapunco - distrito de 1

O OCT 2011 s - ana.gob.pe · concreto simple, con cerco perimétrico metálico, localizado aguas debajo de la quebrada Larccatera, afluente de rio Huayllapunco, el sistema se encuentra

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 633 -2017-ANA/AAA XII.UV.

Cusco, \1 O OCT 2011 VISTO:

El Expediente Administrativo Nº 1778-2016 con CUT Nº 205152-2016, tramitado ante la Administración Local de Agua Sicuani, con fecha de recepción 29-12-2016. presentado por el señor Ubaldo Salas Colque, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios y

~,_p'1-1"1811tt~ Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Huayllapunco, del Distrito de Marangani, Provincia ¡~ ) de Canchis, ubicado en la región Cusco; Solicitando Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial s 1 . • ·~ P. con Fines Poblac,onales. ~ itcl, 'hite.

\ .l ·o, ;"

i:cto~ CONSIDERANDO :

Que, el artículo 15º numeral 7) de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338 establece entre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua , otorgar, modificar y extinguir previo

........---.w.. estudio técnico, derechos de uso de agua, así como aprobar la implementación, modificación y extinción ¡e servidumbre de uso de agua, a través de los órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional;

i Que, el artículo 44º de la Ley en concordancia con el artícu lo 64º del -~ '" Reglamento de la precitada Ley, establece que para usar el recurso agua, salvo el uso primario se

requiere contar con un derecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua, el artículo 45º de la Ley establece como uno de los derechos de uso de agua la licencia;

Que, el artículo 4 7° de la precitada Ley prescribe que la Licencia de uso de agua, otorga a su titular la facultad de usar este recurso natural, con un fin y en un lugar determinado, así mismo el articulo 54º establece los requisitos para acceder a este derecho:

Que, el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI , que modifica el Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-20 1 O­AG. La precitada norma establece en su artículo 85° numeral 85.1 , "La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, sm exigirle mayor trámite que la verificación técnica en campo de que las obras de aprovechamiento hídrico hayan sido ejecutadas conforme a la autorización otorgada ". Asimismo !a Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA, prevé las condiciones las condiciones previas para el otorgamiento de licencia de uso de agua en los artículos 21 º, 22° y 23°;

Que, el presente expediente admin ist~ativo se instruye bajo la vigencia del Decreto Supremo Nº 023-2015-MI NAGRI y la Resolución Jefatural Nº 007-20 15-ANA. De la evaluación del expediente se tiene que el admin istrado presenta Solicitud (folio 01 ), copia DNI del señor U baldo Salas Colque (folio 02), Declaración jurada (folio 03) copia Resolución de Alcaldía Nº 065-20 16-MDM-C/C, de fecha 16-03-2016 (fojas 04 y 05) , copia Formato Nº 37- Acta de terminación y recepción de obra (fo lio 06), copia de Resolución Administrativa Nº 020-2013-ANA/ALA-SICUANI, de fecha 11 -03-2013, que autoriza la Ejecución de Estudios de Aprovechamiento Hídrico con Fines Poblacionales a favor del Consorcio CONHYDRA S.A. - HYDRA-PROCOES-Cusco, para los barrios de Unoraqui, Central y Cch inque de la Comunidad de Huayllapunco del Perfil del proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y en los barrios de Unoraqui , Central y Cchinque de la Comunidad de Huayllapunco - distrito de

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Marangani - provincia de Canchis - región Cusco" (fojas 07 y 08) , copia Resolución Directora! Nº 129-2013-ANA/AAA XI I.UV, de fecha 20-12-2013, que aprueba los Estudios de Aprovechamiento Hidrico Superficial para fines poblacionales, del proyecto de nominado "Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento en los Barrios Unoraquina, Central , Cchinqui de la Comunidad de Huayllapunco - Distrito de Marangani - Provincia Canchis - Región Cusco" (fojas 09 al 12), copia

~ iNtSi Resolución Directora! Nº 952-2016-ANA/AAA XII.UV, de fecha 15-11-2016, que otorga Autorización de ~.si ~,.¾ Jecución de Obras de Aprovechamiento Hidrico Superficial, con Fines Poblacionales a favor de la Junta

. Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) de la Comunidad de Huayllapunco del distrito de lláti~: · j.1arangan i, provincia de Canchis. región Cusco, para el Proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Servicio ~de Agua Potable y Saneamiento en los Barrios Unoraquina, Central, Cchinqui de la Comunidad de

;"t-~ Huayllapunco - Distrito Marangani - Provincia Canch1s - Región Cusco" (fojas 13 y 14), Recibo de Ingreso Nº 129-000293 por derecho de trámite (folio 16), Boleta Electrónica Nº B076-00000001 por inspección ocular (folio 19):

~\)llS

~,9 -<>~ Que, se efectuó la Verificación Técnica de Campo, en fecha 13-01-2017

1 3 Ji . EMsF ¡_(fojas 20 y 21 ), con part1c1pac1ón del administrado y personal de la ALA Sicuani , donde se constató la ~ su Arana ~ uente hidnca: Manantial Ccanchispujio. ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19S, 248195 E. 'i s Direeioo 18421 517 1 N y altitud 3918 msnm. con un caudal de Q=0.60 1/s; asimismo se constata la existencia de una ~ .·f infraestructura de captación de concreto simple, existe ejecutado las obras de captación, rompe presión,

-sou~ reservorio, linea de conducción, distribución. reservorio, entre otros. En la actualidad el sistema de agua potable se encuentra operativo y administrado a través de la JASS, sin afectar derecho de terceros;

Que, con Informe Técnico Nº 017-2017-ANA/AAA XII-UV/ALA-~\)l.lollS'Ot(J\ SICUANl/wmq (fojas 22 al 25) el Responsable de Estudios y Proyectos Hidrául icos Multisectoriales de la / ~t \ALA S1cuan1 concluye Actualmente este sistema de agua potable se encuentra ejecutado y operativo y

~ ~7~L;; ~ dm1nistrado por la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento (JASS) de la Comunidad \ su:01~ rORi. Jampesina de Huayllapunco, del Distri to de Marangani, Provincia de Canchis , para el otorgamiento del ~ <e> ·*-~ derecho de uso de agua se sugiere que se tome en consideración los datos aprobados del Estudio de

'lloA ".. Aprovechamiento Hidrico de Agua Superficiales según Resolución Directora! Nº 129-2013-ANA/AAA XI I.UV. Con Oficio Nº 210-2017-ANA/AAA XII-UV/ALA-SICUANI (folio 26) la Administración Local de Agua Sicuani, remite el expediente administrativo a la Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota para la prosecución del trámite.

Que, con Informe Técnico Nº 155 -2017-ANA-AAA-UV/SDARH (fojas 28 y 29) la Sub D1recc1ón de Administración de Recursos Hidricos de esta Autoridad, concluye: El trámite administrativo Nº 1778-2016, ha seguido los 03 pasos previos para la obtención de la Licencia de uso de agua, que se establece en la R.J N°007-2015-ANA: por lo tanto, la JASS de la comunidad campesina de Huayllapunco ha cumplido con los requisitos y que la verificación técnica de campo del día 13.01 .2017 realizado por la ALA Sicuani, se ha constatado la existencia de una infraestructura de captación de concreto simple, con cerco perimétrico metálico, localizado aguas debajo de la quebrada Larccatera , afluente de rio Huayllapunco, el sistema se encuentra con captación , reservorio, pases aéreos, linea de conducción . línea de distribución y piletas domiciliarias en estado operativo Se aprueba Licencia de uso de Agua con fines poblacionales a favor de la JASS de la comunidad campesina de Huayl lapunco distrito de Marangan1. hasta por un volumen de 7,474.03 m3 en beneficio de 225 habitantes Que una vez otorgada la Licencia de uso de agua el Administrado debe presentar en un plazo de (30) días la constancia de inscripción en el registro de fuente apto para consumo humano emitido por la Autoridad de Salud. Que en el plazo de (90) días, el titular del derecho instale el sistema de medición de caudal en la fuente y reporte los volúmenes de agua utilizados en forma trimestral a la Administración Local de Agua Sicuani; disponer que el uso de las aguas disponibles, está condicionado a las necesidades reales del objeto al

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cual se destinan las aguas y a las fluctuaciones de las disponibilidades de agua, originada por causas naturales y por la aplicación de la Ley y el reglamento , disponer que, el titular del derecho de uso de agua queda obligado al pago de la retribución económica por el uso del agua, que el incumplimiento al pago por el lapso de dos (02) años consecutivos y el cambio de uso, trae consigo la extinción de la Licencia;

~T't1!q,. / " Que, estando a lo opinado en los informes técnicos y revisado los f l"ft <l\1 P. j actuados del expediente administrativo; se colige que el procedimiento administrativo se ha llevado de ~ , ir"° $ manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros y requisitos técnicos ~e ;ic:- legales, por lo que resulta amparable;

z (,. ')~

Que, con los vistos de la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos con Informe Técnico Nº 155 -2017-ANA-AAA-UV/SDARH, la Unidad de Asesoría Jurídica con Informe Legal N° 345-2017-ANA-AAA. UV-UAJ/MBC; y de conformidad con lo establecido por el D.S N°

~.._'"'ª RJ¡r,lff 06-2010-AG, Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; esta Autoridad ~ ~dministrativa del Agua XII-Urubamba - Vilcanota ;

9 A .EMsF ~ e S ca Arana » ~ s ~ón ~ \_ . ,{ RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Huayllapunco, del Distrito de Marangani, Provincia de Canchis, ubicado en la región Cusco, de acuerdo al s1gu1ente detalle:

Fuente de Agua Ubicación

Politica Hidrografica Geografica

Tipo Nombre Departamento Provincia Distrito Cuenca Unidad

Zona Proyeccion UTM

Datum Hidrografica Este(m) Norte (m)

Man anual Ccanchispujio Cusco Canch1s Marangani Urubamba ~lcao(a UH. 49949 WGS84 19 Sur 265200 8408182 (No se considera la coordenada de la VTC de fecha 13 01 201 ?sobre la ub1cac1ón de la fuente. por existir un error en la coordenada)

ARTÍCULO 2°. - ESTABLECER, que la Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblac1onales, a favor de la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Huayllapunco, del Distrito de Marangani, Provincia de Canchis, ubicado en la región Cusco, hasta por un volumen anual de 7,474.03 m3/año y tendrá la siguiente distribución mensual:

Fuente de Agua Und. Caudal y Volumen Mensual Otorgado Volumen

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Die Anual (m3)

Manantial 1/s 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 0.24 7.474.03

Ccanchispujio mi 635 573 635 614 635 614 635 635 614 635 614 635

ARTÍCULO 3°.- INSCRIBIR la licencia de uso de agua, otorgada mediante la presente resolución en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

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ARTICULO 4°.- PRECISAR que la Licencia de Uso de Agua, establece también obligaciones a ser cumplidas por los titulares de los derechos de uso de agua, contenidas en el Art. 57° de la Ley 29338 y su

~111151 Reglamento D.S.001 -2010-AG, modificado por D.S. Nº 023-2014-MINAGRI , debiendo entre otros utilizar ,.~ 1;,'\,el agua con la mayor eficiencia técnica y económica, en la cantidad , lugar y para el uso otorgado,

9$ }bog \arantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, y evitando su contaminación; ~ surr _A":!~: @ebiendo cumplir oportunamente con el pago de la retribución económica por el uso del agua y las tarifas, ; ~u Oirecióo ,suando corresponda; permitir las inspecciones que realice o disponga la Autoridad Nacional , en

¡s.. . ·i-~cumplimiento de sus funciones: debiendo instalar los dispositivos de control y medición de agua, ·sou~ conservándolos y manteniéndolos en buen estado, etc. Igualmente respeta rán los cauda les ecológicos

establecidos por la Autoridad y los volúmenes de libre disponibilidad establecidos en la evaluación técnica.

ARTÍCULO 5º. - DISPONER, que en cumplimiento el numeral 21 3 del Art. 21º de la Resolución Jefatura! ~~,i1sf1tf~ Nº007-2015-ANA, "Disposiciones Aplicables a todo Procedimiento de Licencia de Uso de Agua", que

.l ~-f. i establece Para uso poblacional. el admintstrado debe presentar el Compromiso de Inscripción en el ~ ~7tJi ni 7 "Registro de las Fuentes de Agua de Consumo Humano" a cargo de la autoridad de Salud. La constancia ~ ~~1 cr~ ;de inscripción será presentada en un plazo de treinta (30) días: en caso de incumplimiento se declarará la \. i ~~ extinción del derecho, previo procedimiento sancionador, la administrada deberá cumplir con presentar la

·.so "'"".. referida Constancia en el plazo establecido por norma, computado a parti r de la notificación de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- DISPONER, que en el plazo de (90) días, el titular del derecho instale el sistema de medición de caudal en la fuente y reporte los volúmenes de agua utilizados en forma trimestral a la Administración Local de Agua Sicuan1.

ARTICULO 7°. - REMITIR copia de la presente resolución a la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, y a la Admin istración Local de Agua Sicuani

ARTICULO 8°.- ENCARGAR a la Adm1n1stración Local de Agua Sicuani, la notificación de la presente resolución al adm1n1strado en su domicilio legal

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE Ce Arch MBCH/UAJ/mbc

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