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Noticias de la seimc

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NOTICIAS DE LA SEIMC

nizador sea una firma comercial, la solicitud deberá sertramitada a través de algún miembro de la SEIMC.

5. La solicitud deberá hacer constar los siguientes as-pectos:

Título de la actividad y objetivos de la misma.Nombre o nombres de los responsables (editores, coor-

dinadores, directores, moderadores, etc.)Lugar, fecha y hora de celebración.Público al que va dirigido. Titulación, número, etc.Programa: especificar ponentes y título de sus partici-

paciones. Cuota de inscripción.6. La Junta Directiva de la SEIMC nombrará una Co-

misión Específica, integrada por el Secretario y otras 2personas, que aprobarán el patrocinio, si procede. Tam-bién procederá a contestar por escrito la aceptación ple-na, la aceptación condicionada o el rechazo de la solici-tud. En estos 2 últimos casos, en la contestación seindicarán las causas de la decisión.

7. En caso de aceptación condicionada, ésta no seráplena en tanto no se disponga en la Secretaría de la So-ciedad de los documentos o requisitos pertinentes.

8. La Comisión informará a la Junta Directiva de lassolicitudes aceptadas o denegadas.

9. En caso de aprobación plena, el programa o publica-ción podrá hacer constar el lema “Con el patrocinio de laSEIMC” o “Patrocinado por la SEIMC”, señalándose ex-plícitamente la frase “las opiniones expresadas por losautores no reflejan necesariamente la posición de laSEIMC”.

10. Deberá depositarse en la Secretaría de la SEIMCun ejemplar del programa definitivo de la actividad o decualquier otro tipo de publicación.

11. Esta normativa anula a todas las anteriores rela-cionadas con el tema.

SEIMCNormativa para cursos de postgrado y/oformación continuada de la SEIMC

Aprobada el 18 de abril de 2001Uno de los objetivos primordiales de la SEIMC es la

promoción del conocimiento en Enfermedades Infeccio-sas y Microbiología Clínica. En ese sentido la SEIMC fo-mentará la organización de Cursos especializados parapostgraduados y actividades dirigidas a la formacióncontinuada de sus miembros de acuerdo a la siguientenormativa:

1. La SEIMC podrá subvencionar cursos propuestospor miembros de la SEIMC que cumplan los siguientesobjetivos:

– El programa, los ponentes, la estructura el presu-puesto y el sistema de evaluación deberá ser aprobadopor la Junta Directiva de la SEIMC.

– Las fechas serán compatibles con otras actividadesde la SEIMC.

— La sede e infraestructura del curso se adecuará aun presupuesto razonable que facilite la asistencia delas personas interesadas.

– El presupuesto debe especificar claramente las fuen-tes de financiación públicas y/o privadas.

SEIMCNormativa sobre patrocino de actividadescientíficas financiadas por entidadespúblicas o privadas

Aprobada el 18 de abril de 2001Esta normativa regula las actividades que a propuesta

de particulares son financiadas por entidades públicas oprivadas. Quedan fuera de estas normas aquellas reunió-nes o publicaciones que originadas en la propia sociedady financiadas por ella tienen como fin delimitar, precisary hacer pública la posición de la SEIMC. Éstas, en el casode publicaciones, adoptarán el título genérico de “Docu-mento SEIMC” y se regirán por su propia normativa.

La SEIMC es una Sociedad Científica y entre sus finesse encuentra la difusión de los progresos experimentadosen Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica. Losavances en estos campos, especialmente en el trata-miento, son en gran medida debidos a compañías multi-nacionales que desarrollan una gran actividad investi-gadora. Indudablemente, esta loable actividad encajaperfectamente con los fines de nuestra Sociedad, aunsiendo uno de los objetivos fundamentales de estas com-pañías hacer rentables las inversiones realizadas.

En términos generales por lo tanto, una SociedadCientífica en su colaboración con la Industria debe in-tentar distinguir entre lo que supone una colaboraciónen el conocimiento de la ciencia y una promoción comer-cial, aspectos éstos entre los que no existe una clara de-limitación y que muchas veces se superponen, obligandoa una toma de postura empírica. Por ello, una normati-va a este respecto debe establecer criterios muy genera-les, debiendo estudiar cada caso a la luz de estos crite-rios y del sentido común.

El patrocinio de la SEIMC de actividades destinadas afomentar el conocimiento de las Enfermedades Infeccio-sas y de la Microbiología Clínica debe ser solicitado per-sonalmente y para un solo evento. La concesión del patro-cinio científico a una actividad determinada nopresupone la concesión del mismo a ediciones posterioresde la misma. En el caso de ser concedido, la SEIMC nosufragará ninguno de los gastos derivados de su organi-zación, pero otorgando su nombre, la SEIMC acredita elvalor e interés científico de la actividad. Como consecuen-cia de lo anterior, la Sociedad declinará invitaciones paraparticipar en reuniónes de “lanzamiento” de fármacos y/opublicaciones de contenido eminentemente promocional.

1. El objetivo del patrocinio de la SEIMC se limita aacreditar el valor científico de la actividad. La Sociedaddeclinará el patrocinio de reuniónes o publicaciones cuyocontenido sea eminentemente la promoción comercial defármacos, reactivos, equipos o similares.

2. El patrocinio no supone sufragar, total o parcial-mente, los gastos correspondientes al desarrollo de la ac-tividad, tan sólo avala científicamente la misma.

3. La solicitud de patrocinio se enviará a la Secretaríade la SEIMC al menos 4 meses antes de la celebracióndel evento.

4. La solicitud de patrocinio la realizarán los responsa-bles científicos de la actividad. En el caso de que el orga-

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– El idioma oficial del curso será el español. (Excepcio-nalmente el inglés).

2. Para la selección de solicitudes la SEIMC valorarálos siguientes aspectos:

– La audiencia a la que va dirigido.– El tema elegido. Se evitará la coincidencia con temas

desarrollados en los cursos adscritos a los Congresos yreuniones de la SEIMC.

– La duración del curso. Se recomienda un rango de 2a 5 días.

– El número y sistema de selección de los participantes.– La solvencia científica de los organizadores.3. La Junta Directiva, o la Comisión en quien delegue,

analizará la evaluación final realizada por estudiante ydocentes.

4. La ayuda económica ofrecida por la SEIMC podráser:

– Número limitado de ayudas que cubran la inscrip-ción y/o gastos de alojamiento de miembros de laSEIMC. La Junta Directiva intervendrá en la selecciónde estos candidatos.

– Ayuda a gastos de organización por una cantidadque no superará el 25% del presupuesto y que será de unmáximo de 3.000 euros. Estas cantidades podrán ser mo-dificadas a criterio de la Junta Directiva de la SEIMC.

– Colaboración en la promoción y organización delevento a través de la Secretaría de la SEIMC según lanormativa vigente.

5. La SEIMC facilitará la difusión de los programas,conclusiones y comentarios en relación con los cursos através de su órgano oficial (Enfermedades Infecciosas yMicrobiología Clínica) y de la página web.

6. Las propuestas de cursos se deben enviar a la Secre-taría de la SEIMC un año antes de las fechas propuestaspara su celebración. En ella se incluirá el programa pro-visional y el presupuesto desglosado por capítulos.

7. En caso de obtención de beneficios, éstos se repartirána partes iguales entre los organizadores del curso y laSEIMC. La cantidad correspondiente a la SEIMC nuncasuperará la cantidad aportada para gastos de organización.

8. En toda la documentación promocional del curso fi-gurará en lugar dominante el logotipo de la Sociedad yla frase “Curso o Actividad oficial de la Sociedad Espa-ñola de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clíni-ca”. Los organizadores del curso podrán solicitar el pa-trocinio científico de otras sociedades. En ese caso loslogotipos de las sociedades patrocinadoras figurarán enlugar secundario y a un tamaño visiblemente menor queel logotipo de la SEIMC.

9. Un curso oficial de la SEIMC no lo podrá ser simul-táneamente de otra Sociedad Científica a no ser queexista un acuerdo previo de ambas Juntas Directivas.

10. Excepcionalmente la SEIMC podrá ofrecer un nú-mero limitado de ayudas que cubra gastos de inscripcióny/o alojamiento a miembros de la SEIMC para asistir aCursos de Postgrado o Formación Continuada que, sien-do organizados por otras Sociedades, estén patrocinadoscientíficamente por la SEIMC. En este caso la Junta Di-rectiva o en quien delegue, intervendrá en la selecciónde los candidatos miembros de la SEIMC. Será requisitoindispensable la solicitud formal a la SEIMC, por partede los organizadores, del tipo de ayuda mencionada.

11. Esta normativa anula a todas las anteriores rela-cionadas con el tema.

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Enferm Infecc Microbiol Clin. Volumen 19, Número 6, Junio-Julio 2001