Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

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  • 5/26/2018 Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

    1/

    Viernes 16 de mayo de 2014

    523307Ao XXXI - N 12854

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGO

    R.M. N 0280-2014-MINAGRI.- Aprueban el PlanSectorial de Lucha Contra la Corrupcin del Ministerio deAgricultura y Riego perodo 2014 - 2016 523310R.M. N 0284-2014-MINAGRI.-Aprueban reordenamientodel Cuadro para Asignacin de Personal - CAP delMinisterio de Agricultura y Riego 523311R.M. N 0285-2014-MINAGRI.- Aprueban LineamientosTcnicos para la implementacin del mecanismo dereposicin por prdidas de alpacas ante eventos climticosadversos, a favor de los pequeos criadores afectadosque residan por encima de los 3,800 metros sobre el niveldel mar 523311R.D. N 0036-2014-MINAGRI-SENASA-DIAIA.- Disponenpublicar el Procedimiento: Importacin, Vigilancia y Controlde plaguicidas de uso agrcola para consumo propio, en elportal institucional del SENASA 523312R.D. N 142-2014-MINAGRI-DVM-AGRO RURAL-DE.-Designan Jefe de Agencia Zonal Bongar Utcubamba,de la Direccin Zonal Amazonas, de AGRO RURAL

    523312R.J. N 164-2014-ANA.- Encargan funciones de Directorde la Autoridad Administrativa del Agua Huallaga 523313

    CULTURA

    R.M. N 158-2014-MC.- Disponen otorgar tarifa promocionalpara el ingreso a Museos administrados por el Ministerio deCultura el da 18 de mayo de 2014, as como el ingreso libreal Museo Nacional de Arqueologa, Antropologa e Historia delPer el da 16 de mayo de 2014 523313R.M. N 159-2014-MC.- Otorgan la distincin PersonalidadMeritoria de la Cultura en el marco de las celebracionesdel Da Internacional de los Museos 523314

    DEFENSA

    RR.MM. Ns. 365 y 366-2014-DE/SG.- Autorizan ingresode personal militar de EE.UU. y Brasil al territorio nacional

    523315

    ECONOMIA Y FINANZAS

    D.S. N 110-2014-EF.- Autorizan Transferencia dePartidas en el Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2014 a favor del Jurado Nacional de Elecciones

    523316

    D.S. N 111-2014-EF.-Autorizan Transferencia de Partidasa favor del pliego Ministerio del Interior en el Presupuestodel Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 523317

    EDUCACION

    Res. N 581-2014-MINEDU.- Aprueban DirectivaProcedimientos para la Contratacin de PersonalAltamente Calificado en el Ministerio de Educacin y susOrganismos Pblicos adscritos 523318

    JUSTICIA Y

    DERECHOS HUMANOS

    R.S. N 097-2014-JUS.- Designan Procurador Pblico dela Marina de Guerra del Per 523319

    MUJER Y POBLACIONES

    VULNERABLES

    R.M. N 147-2014-MIMP.- Dejan sin efecto la R.M.N 146-2014-MIMP, sobre renuncia y designacin deDirectora Ejecutiva del Programa Nacional Yachay delMIMP 523319R.M. N 148-2014-MIMP.- Aprueban transferenciafinanciera a favor de 31 Sociedades de BeneficenciaPblica que se encuentran en el mbito del Ministerio dela Mujer y Poblaciones Vulnerables, destinada al pago de

    remuneraciones y pensiones del mes de mayo de 2014523320

    PRODUCE

    RR.MM. Ns. 145 y 146-2014-PRODUCE.- Suspendenactividades extractivas de los recursos anchoveta yanchoveta blanca en zonas del litoral. 523321R.M. N 148-2014-PRODUCE.- Encargan funciones deEjecutor Coactivo de la Oficina de Ejecucin Coactiva dela Oficina General de Administracin del Ministerio de laProduccin 523323Fe de Erratas Res. N 056-2014-ITP/DEC 523324

    RELACIONES EXTERIORES

    D.S. N 021-2014-RE.- Ratifican Carta - Convenio deCooperacin Tcnica No Reembolsable entre la Repblicadel Per y el BID para el proyecto Regularizacin dereservas de pueblos indgenas en aislamiento (ATN/OC-13627-PE y ATN/OC-13628-PE) 523324

    Sumario

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523308

    SALUD

    R.S. N 020-2014-SA.-Autorizan viaje de Director Generalde la Oficina General de Cooperacin Internacional delMinisterio de Salud, a la Confederacin Suiza, en comisinde servicios 523324

    TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

    R.D. N 05-2014-MTPE/3/19.- Aprueban el PerfilOcupacional del Artesano en Cermica Utilitaria - procesode monococcin 523325R.D. N 38-2014/MTPE/2/14.- Declaran infundadorecurso de revisin presentado por Compaa de MinasBuenaventura S.A.A. contra la Resolucin DirectoralRegional N 002-2014-DRTPE emitida por la DireccinRegional de Trabajo y Promocin del Empleo del GobiernoRegional de Huancavelica 523326R.D. N 39-2014-MTPE/2/14.- Declaran infundadorecurso de revisin presentado por Compaa de MinasBuenaventura S.A.A. contra la Resolucin DirectoralRegional N 001-2014-DRTPE emitida por la DireccinRegional de Trabajo y Promocin del Empleo del GobiernoRegional de Huancavelica 523331R.D. N 40-2014-MTPE/2/14.- Declaran fundado recursode revisin e improcedente comunicacin de huelgaefectuada por el Sindicato nico de Trabajadores Obrerosde la Compaa Minera Nueva California S.A. 523336

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    R.S. N 012-2014-MTC.- Autorizan viaje de profesionalesde la Direccin General de Aeronutica Civil a Espaa, encomisin de servicios 523338R.M. N 258-2014-MTC/02.-Autorizan viaje de Inspectoresde la Direccin General de Aeronutica Civil a Chile, encomisin de servicios 523339R.D. N 1679-2014-MTC/15.- Renuevan autorizacincomo Centro de Inspeccin Tcnica Vahicular al Institutode Educacin Superior Tecnolgico Pblico TpacAmaru 523340

    VIVIENDA

    R.M. 154-2014-VIVIENDA.- Delegan facultad de suscribirlos Acuerdos Separados derivados del Contrato de AporteFinanciero celebrado entre el KfW, Frankfurt am Main y laRepblica del Per para financiamiento de proyectos en elmbito del Programa de Reduccin de Prdidas de Agua

    523341

    ORGANISMOS EJECUTORES

    COMISION NACIONAL PARA EL

    DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

    Res. N 081-2014-DV-PE.- Autorizan transferenciafinanciera para el financiamiento del proyectoRecuperacin de suelos y servicios ambientales, mediantela reforestacin y manejo agroforestal en la cuenca delMonzn, Distrito de Tantamayo - Huamalies - Hunuco afavor de la Municipalidad Distrital de Tantamayo 523343

    INSTITUTO NACIONAL

    DE SALUD

    Fe de Erratas Res. N 111-2014-J-OPE/INS 523344

    INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR

    Res. N 119-14-IPEN/PRES.-Aprueban el reordenamientode cargos del Cuadro para Asignacin de Personal - CAPdel Instituto Peruano de Energa Nuclear 523344

    ORGANISMOS REGULADORES

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION

    PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES

    Res. N 060-2014-CD/OSIPTEL.- Disponen publicarProyecto de Norma sobre tratamiento de la informacinperidica que se presente mediante el SIGEPconjuntamente con su Anexo que contiene la Lista deInformacin Confidencial de los Reportes de Informacin

    Peridica 523345Res. N 061-2014-CD/OSIPTEL.- Disponen publicar elProyecto de Norma sobre el manejo operativo del Sistemade Informacin y Gestin de Estadsticas Peridicas -SIGEP, seguido por las empresas operadoras en el portalelectrnico del OSIPTEL 523346

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS

    CONTRATACIONES DEL ESTADO

    Res. N 166-2014-OSCE/PRE.- Modifican las BasesEstandarizadas contenidas en la Directiva N 018-2012-OSCE/CD Disposiciones sobre el contenido de las BasesEstandarizadas que las Entidades del Estado deben utilizar

    en los procesos de seleccin que convoquen 523347Res. N 167-2014-OSCE/PRE.- Aprueban Directiva N004-2014-OSCE/CD Disposiciones sobre el contenidode las Bases Estandarizadas que las entidades delEstado deben utilizar en los procesos de seleccin queconvoquen al amparo de la Ley N 30191 523348

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS

    Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Res. N 146-2014/SUNAT.- Encargan y designanfuncionarios en diversos cargos de la SUNAT 523349Res. N 060-00-0000016/SUNAT.- Designan AuxiliaresCoactivos de la Intendencia Regional La Libertad 523350Fe de Erratas Res. N 135-2014/SUNAT 523350

    PODER JUDICIAL

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 126-2014-P-CSJLI/PJ.- Conforman laNmina de Magistrados encargados de endosar loscertificados de depsito judicial sin expedientes a la vistapara el Ao Judicial 2014 523350Res. Adm. N 149-2014-P-CSJLI/PJ.- Establecen fechasde presentacin de solicitudes de inscripcin y reinscripcinde Martilleros Pblicos para integrar la Nmina de la CorteSuperior de Justicia de Lima, correspondiente al AoJudicial 2014 523351Res. Adm. N 002-2014-P-CSJLE-PJ.- Aceptandeclinacin y encargan el Despacho del Primer Juzgado

    Penal Especializado de Lima Este 523351Res. Adm. N 003-2014-P-CSJLE-PJ.- Designan JuezSupernumerario del Primer Juzgado Especializado en loPenal de Lima Este 523352

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523309

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Res. N 029-2014-BCRP.- Autorizan viaje de funcionario aEE.UU., en comisin de servicios 523352

    CONTRALORIA GENERAL

    Res. N 277-2014-CG.- Crean la Oficina Regional deControl Puerto Maldonado 523353

    MINISTERIO PUBLICO

    RR. Ns. 1832, 1833, 1834, 1835, 1836 y 1837-2014-MP-FN.- Dan por concluidos nombramientos y designaciones,designan y nombran fiscales en diversos DistritosJudiciales 523353

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 7459-2013.- Autorizan al Banco de Crdito delPer el cierre de agencia ubicada en el departamento deLima 523355RR. Ns. 7460 y 7582-2013.- Autorizan al Banco de Crditodel Per la apertura de agencias en el departamento de Lima.

    523356RR. Ns. 1947, 2268 y 2488-2014.- Autorizan al Banco deCrdito del Per la apertura de agencias y oficina temporalen los departamentos de Lima y Ucayali 523356Res. N 2529-2014.- Autorizan a Financiera Efectiva S.A.el traslado de oficina especial ubicada en el departamentode Lima 523357Res. N 2534-2014.- Autorizan la inscripcin de personanatural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares deSeguros 523357Res. N 2539-2014.- Autorizan a la Caja Municipal deAhorro y Crdito de Arequipa la apertura de oficinas enlas modalidades de agencia y oficina especial, ubicadasen los departamentos de Tacna y Cusco 523358Res. N 2909-2014 Autorizan viaje de funcionario aEE.UU., en comisin de servicios 523358

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA

    Acuerdo N 53-2014-CR/GRM.- Aprueban donacindineraria efectuada a favor del Gobierno Regional 523359

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

    D.A. N 003.- Eliminan el procedimiento Calificacin -Autorizacin de Espectculos Pblicos No Deportivos enel rubro Gerencia de Cultura del TUPA de la MunicipalidadMetropolitana de Lima 523359

    MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA

    Ordenanza N 199-MDL-CH.- Aprueban el Reglamento delProceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultadosen el distrito Lurigancho - Chosica para el Ao 2015 523360

    MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR

    Ordenanza N 011-MDMM.- Autorizan celebracin delSegundo Matrimonio Civil y Religioso Comunitario 2014

    523361D.A. N 004-2014-DA-MDMM.- Modifican el TUPA de laMunicipalidad 523362

    MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA

    D.A. N 00003-2014/MDSA.- Modifican Directiva queestablece Procedimientos para la Ejecucin y Controldel Programa de Sorteos Vecino Santanitense Puntual

    523363

    MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

    Res. N 322-2014-RASS.- Declaran habilitacin urbanade oficio de la Urbanizacin San Juan III Etapa 523364

    MUNICIPALIDAD DE VILLA MARA DEL TRIUNFO

    D.A. N 003-2014/MVMT.- Prorrogan vigencia de laOrdenanza N 178/MVMT, que dispone beneficiostributarios y no tributarios en el distrito 523365

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

    Ordenanza N 007-2014-CDB.- Regulan el acabadoexterior de las edificaciones del distrito 523366

    MUNICIPALIDAD DE LA PERLA

    R.A. N 164-2014-MDLP-ALC.- Designan responsable dela elaboracin y actualizacin del Portal de Transparenciade la Municipalidad 523367

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAETE

    Acuerdo N 031-2014-MPC.- Aprueban transferenciaen calidad de donacin del predio de propiedad de laMunicipalidad, a favor de la Asociacin UPIS El Molino

    523368

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO

    Acuerdo N 072-2014-MPT.- Autorizan viaje defuncionario y regidores a Suecia, en comisin de servicios

    523369

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI

    Ordenanza N 004-2014-CM/MPYO.- Aprueban Plan deDesarrollo Urbano de la ciudad de la Oroya 2013 - 2023

    523370

    SEPARATA ESPECIAL

    CONTRALORIA GENERALRes. N 276-2014-CG.- Aprueban Reglamento deInfracciones y Sanciones 523296

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523310

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGOAprueban el Plan Sectorial de LuchaContra la Corrupcin del Ministeriode Agricultura y Riego perodo 2014 -2016

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0280-2014-MINAGRI

    Lima, 12 de mayo de 2014

    VISTO:

    El Oficio N781-2014-MINAGRI-OPP/UPS y elInforme N056-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Oficina de

    Planeamiento y Presupuesto; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, la Vigsimo Sexta Poltica de Estado delAcuerdo Nacional, referida a la promocin de la tica yla transparencia y erradicacin de la corrupcin, el lavadode dinero, la evasin tributaria y el contrabando en todassus formas, establece entre sus objetivos el compromisode velar por el desempeo responsable y transparente dela funcin pblica, promoviendo una cultura de respetoa la ley, de solidaridad y de anticorrupcin, que eliminelas prcticas violatorias del orden jurdico, incluyendoel trfico de influencias, el nepotismo, el narcotrfico, elcontrabando, la evasin tributaria y el lavado de dinero,y regular la funcin pblica para evitar su ejercicio enfuncin de intereses particulares;

    Que, la Ley N 27658, Ley Marco de Modernizacin

    de la Gestin del Estado, seala como finalidad principaldel proceso de modernizacin, la obtencin de mayoresniveles de eficiencia del aparato estatal, de manera quese logre una mejor atencin a la ciudadana, priorizando yoptimizando el uso de los recursos pblicos, con el objetivode alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadana;b) Con canales efectivos de participacin ciudadana;c) Descentralizado y desconcentrado; d) Transparenteen su gestin; e) Con servidores pblicos calificadosy adecuadamente remunerados; y, f) Fsicamenteequilibrado;

    Que, mediante Decreto Supremo N 027-2007-PCM,se definen y establecen las polticas nacionales deobligatorio cumplimiento para las entidades del GobiernoNacional, sealando como prioritaria la implementacinde la Poltica Nacional Anticorrupcin, orientada afortalecer la lucha contra la corrupcin en las licitacionesy adquisiciones del Estado, garantizar la transparencia

    y la rendicin de cuentas, promover la tica Pblica atravs de sus acciones y comunicaciones; y, fomentarla participacin ciudadana en la vigilancia y control de lagestin pblica;

    Que, por Decreto Supremo N 119-2012-PCM seaprueba el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcin2012-2016, el cual establece como objetivos: i) Laarticulacin y coordinacin interinstitucional para lalucha contra la corrupcin; ii) La prevencin eficaz de lacorrupcin; iii) La investigacin y sancin oportuna y eficazde la corrupcin en el mbito administrativo y judicial; iv)La promocin y articulacin de la participacin activa de laciudadana, sociedad civil y sector empresarial en la luchacontra la corrupcin; y, v) El posicionamiento del Per enespacios internacionales de lucha contra la corrupcin;

    Que, el Decreto Supremo N 046-2013-PCM, apruebala Estrategia Anticorrupcin del Poder Ejecutivo, la cualcontiene las acciones operativas que se implementarn, en

    el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcin2012-2016, sealando en su artculo 2 numeral 2.20,que las entidades del Poder Ejecutivo elaborarn planesanticorrupcin que cuenten con medidas de prevencin ysancin de la corrupcin, teniendo en consideracin losprocesos de mayor vulnerabilidad a la corrupcin y loscasos de corrupcin que afecta a cada uno de ellos;

    Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelanteel MINAGRI, en el marco de lo dispuesto por el PlanNacional de Lucha Contra la Corrupcin antes citado,con Resolucin Ministerial N 0456-2013-MINAGRI, cre

    el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, enadelante el Grupo de Trabajo, asignndole como funcinde elaboracin del Plan Sectorial de Lucha contra laCorrupcin del MINAGRI periodo 2014-2016;

    Que, en la Segunda Sesin Ordinaria de fecha 13 dediciembre de 2013, el referido Grupo de Trabajo, definilos alcances del Plan Sectorial y acord proponer lacreacin de una Comisin Sectorial adscrita al DespachoMinisterial que se encargue, entre otros, del seguimientode la implementacin del Plan Sectorial mencionadoen el considerando precedente, y de realizar laborespreventivas de apoyo al fomento de una cultura de tica,transparencia, promocin de la vigilancia ciudadana,neutralidad poltica en perodo de campaa electoral yatencin de denuncias;

    Que, mediante Acuerdo N 00103-GT-2013 de laTercera Sesin Ordinaria realizada el 16 de diciembrede 2013, el indicado Grupo de Trabajo aprob la versin

    final del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcin delMinisterio de Agricultura y Riego perodo 2014-2016 enadelante Plan Sectorial;

    Que, en consecuencia, es necesario la aprobacin delPlan Sectorial, a fin que se fortalezca la implementacin deacciones en la Lucha contra la Corrupcin en el MINAGRI,de acuerdo a los lineamientos, objetivos y metas quecontiene el referido documento; as como la creacin dela Comisin Sectorial encargada de su seguimiento eimplementacin;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; el Decreto LegislativoN 997, Ley de Organizacin y Funciones del Ministeriode Agricultura y Riego modificado mediante Ley N 30048,y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobadopor Decreto Supremo N 031-2008-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobacin del Plan Sectorial de Luchacontra la Corrupcin perodo 2014-2016

    Aprobar el Plan Sectorial de Lucha Contra laCorrupcin del Ministerio de Agricultura y Riego perodo2014-2016, el mismo que como Anexo forma parte de lapresente Resolucin.

    Artculo 2.- Implementacin del Plan Sectorial deLucha contra la Corrupcin perodo 2014-2016

    Disponer que la implementacin del Plan Sectorial esde obligatorio cumplimiento para los rganos, unidadesorgnicas, organismos pblicos, programas y proyectosespeciales del Ministerio de Agricultura y Riego.

    Artculo 3.- Del Plan Institucional de Lucha contrala Corrupcin

    Disponer que en un plazo mximo de cuarenta y

    cinco (45) das calendario de aprobado el Plan Sectorial,los Organismos Pblicos adscritos al Ministerio deAgricultura y Riego, debern aprobar su Plan Institucionalde Lucha Contra la Corrupcin 2014-2016, de acuerdoa los lineamientos, objetivos, acciones y metas del PlanSectorial de Lucha Contra la Corrupcin del Ministerio deAgricultura y Riego periodo 2014-2016.

    Artculo 4.- De la incorporacin de la metas a losPlanes Operativos Institucionales

    Disponer que en un plazo mximo de cuarenta y cinco(45) das calendario de aprobado el Plan Sectorial de Luchacontra la Corrupcin periodo 2014-2016, los OrganismosPblicos, Programas y Proyectos Especiales adscritos alSector Agricultura y Riego, debern incorporar a su PlanOperativo Institucional las metas del Plan Sectorial deLucha contra la Corrupcin 2014-2016.

    Artculo 5.- De la creacin de la Comisin Sectorialadscrita al Despacho MinisterialEncargar a la Secretara General del Ministerio de

    Agricultura y Riego para que en un plazo diez (10) dashbiles de aprobado el Plan Sectorial, realice la gestinpara la creacin de la Comisin Sectorial adscrita alDespacho Ministerial, que tendr a su cargo, entre otras

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523311

    funciones, el seguimiento de la implementacin del PlanSectorial.

    Artculo 6.- De la publicacin del Plan Sectorial de

    Lucha Contra la Corrupcin perodo 2014-2016Disponer la publicacin de la presente Resolucin y elAnexo que aprueba en el Diario Oficial El Peruano y en elPortal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego,http://www.minagri.gob.pe/.

    Regstrese, comunquese, publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1082900-1

    Aprueban reordenamiento del Cuadropara Asignacin de Personal - CAP delMinisterio de Agricultura y Riego

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0284-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de mayo de 2014

    VISTOS:

    El Memorndum N 847/2014-MINAGRI-OA que sesustenta en el Informe Legal N 028-2014-MINAGRI-OA-UPER-ALA y el Oficio N 1271-2014-MINAGRI-OPP/UDOP que se sustenta en el Informe Tcnico N 020-2014-MINAGRI-UDOP/OPP, a travs de los cuales laOficina de Administracin y la Oficina de Planeamientoy Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego,respectivamente, proponen el reordenamiento del Cuadropara Asignacin de Personal - CAP del Ministerio deAgricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego;

    CONSIDERANDO:Que, con Resolucin Suprema N 001-2011-AG se

    aprob el Cuadro para Asignacin de Personal - CAP delMinisterio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura yRiego - MINAGRI, cuyo ltimo reordenamiento se aprobcon Resolucin Ministerial N 0230-2013-AG;

    Que, mediante Ley N 30048, Ley que modificael Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley deOrganizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, semodific su estructura orgnica, quedando su estructurabsica en lo que respecta a la Alta Direccin, conformadapor el Ministro, el Viceministro de Polticas Agrarias, elViceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria yRiego y el Secretario General;

    Que, con Memorando N 226-2014-MINAGRI-SG, laSecretara General solicit la actualizacin del Cuadropara Asignacin de Personal - CAP del Ministerio de

    Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, paraincluir los cargos de Jefe de Gabinete de Asesores yAsesores de la Alta Direccin;

    Que, mediante Memorando N 847/2014-MINAGRI-OA, la Oficina de Administracin sobre la base delInforme Legal N 028-2014-MINAGRI-OA-UPER-ALAemitido por la Unidad de Personal, seala la existenciade sentencias firmes que disponen la reincorporacinde trabajadores del ex Programa Nacional de Manejode Cuencas Hidrogrficas y Conservacin de Suelos PRONAMACHCS, que resultan de cumplimientoobligatorio y de carcter vinculante para la Entidad,solicitando, para tal fin, la inclusin de catorce (14)cargos para el reordenamiento del CAP del Ministeriode Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego,dado que no se cuenta con plaza vacante presupuestadadel cargo con que fueron cesados u otro similar vacantedentro del CAP;

    Que, asimismo, la Oficina de Administracin seala queexisten catorce (14) cargos, que a nivel del PresupuestoAnaltico de Personal PAP del Ministerio de Agriculturay Riego, cuentan con presupuesto y se encuentran encondicin de plazas vacantes, que podran ser eliminadospara el reordenamiento del CAP, a fin de dar cumplimientoa los mandatos judiciales antes sealados;

    Que, en ese sentido, la Unidad de Personal de la Oficinade Administracin sustenta la necesidad de efectuarun reordenamiento de cargos en el CAP del Ministeriode Agricultura, el cual no incidir en el incremento del

    Presupuesto Analtico de Personal - PAP;Que, el artculo 13 del Decreto Supremo N 043-2004-PCM que aprob los Lineamientos para la elaboraciny aprobacin del Cuadro para Asignacin de Personal CAP de las Entidades de la Administracin Pblica,establece que el reordenamiento de cargos contenidos enel CAP que se genere por la eliminacin o creacin decargos que no incidan en un incremento del PresupuestoAnaltico de Personal PAP de la Entidad, no requerirde un nuevo proceso de aprobacin del Cuadro paraAsignacin de Personal;

    Que, conforme a lo informado por la Oficina deAdministracin y la Oficina de Planeamiento y Presupuestodel Ministerio de Agricultura y Riego, la eliminacin ycreacin de los cargos del Cuadro para Asignacinde Personal contemplados en la presente ResolucinMinisterial no implica un incremento del PresupuestoAnaltico de Personal PAP del Ministerio de Agricultura

    y Riego;Que, la Unidad de Desarrollo Organizacional y deProcesos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,mediante el Informe Tcnico N 020-2014-AG-UDOP/OPP, sustenta el reordenamiento del CAP del Pliego 013:Ministerio de Agricultura y Riego, en concordancia con loestablecido en el artculo 6 de los Lineamientos aprobadosmediante Decreto Supremo N 043-2004-PCM;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 997,Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciny Funciones del Ministerio de Agricultura, modificadopor la Ley N 30048, su Reglamento de Organizaciny Funciones aprobado por el Decreto Supremo N 031-2008-AG y el Decreto Supremo N 043-2004-PCM, queaprob los Lineamientos para la elaboracin y aprobacindel Cuadro para Asignacin de Personal - CAP de lasEntidades de la Administracin Pblica;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro

    para Asignacin de Personal - CAP del Ministerio deAgricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego,conforme al Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolucin Ministerial.

    Artculo 2.-La presente Resolucin Ministerial serpublicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro paraAsignacin de Personal, aprobado por el artculo 1 de lapresente Resolucin Ministerial ser publicado en el Portaldel Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal delMinisterio de Agricultura y Riego www.minagri.gob.pe.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1083394-1

    Aprueban Lineamientos Tcnicos parala implementacin del mecanismo dereposicin por prdidas de alpacas anteeventos climticos adversos, a favor delos pequeos criadores afectados queresidan por encima de los 3,800 metrossobre el nivel del mar

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0285-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de mayo de 2014

    VISTO:

    El Informe Tcnico N 009-2014-MINAGRI-DGCA/DPC/LGH, expedido por la Direccin General deCompetitividad Agraria del Ministerio de Agricultura yRiego; y,

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    6/

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523312

    CONSIDERANDO:

    Que, por Decreto Supremo N 005-2014-MINAGRI,se constituye en el Ministerio de Agricultura y Riego -

    MINAGRI, un mecanismo de reposicin por prdidas dealpacas ante eventos climticos adversos, a favor de lospequeos criadores que residan por encima de los 3,800metros sobre el nivel del mar, en adelante el mecanismode reposicin;

    Que, el artculo 8 de la citada norma, dispone que elMINAGRI, establecer las disposiciones reglamentariasque resulten necesarias para la implementacin delmecanismo de reposicin;

    Que, mediante Informe Tcnico N 009-2014-MINAGRI-DGCA/DPC/LGH, de fecha 28 de abril de2014, la Direccin General de Competitividad Agraria -DGCA del MINAGRI, seala las consideraciones tcnicasy los procesos y/o mecanismos para la aprobacinde lineamientos tcnicos para la implementacin delmecanismo de reposicin;

    Que, como consecuencia de lo evaluado en elcitado Informe, la DGCA recomienda mediante Oficio

    N 937-2014-MINAGRI-DGCA/DA de fecha 30 de abrilde 2014, la aprobacin de Lineamientos Tcnicos parala implementacin del mecanismo de reposicin; y,

    De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Agriculturay Riego, modificado por la Ley N 30048 y su Reglamentode Organizacin y Funciones aprobado por el DecretoSupremo N 031-2008-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Aprobar los Lineamientos Tcnicos parala implementacin del mecanismo de reposicin porprdidas de alpacas ante eventos climticos adversos, afavor de los pequeos criadores afectados que residan porencima de los 3,800 metros sobre el nivel del mar, que enAnexo forma parte integrante de la presente Resolucin

    Ministerial.Artculo 2.-Disponer que el Anexo de la presenteResolucin Ministerial ser publicada en el PortalInstitucional del Minister io de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo da de la publicacin de lapresente Resolucin en el Diario Oficial El Peruano.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1083394-2

    Disponen publicar el Procedimiento:Importacin, Vigilancia y Controlde plaguicidas de uso agrcolapara consumo propio, en el portalinstitucional del SENASA

    RESOLUCIN DIRECTORALN 0036-2014-MINAGRI-SENASA-DIAIA

    15 de mayo de 2014

    VISTO:

    El Artculo 3 de la Ley 30190 que modifica la LeyGeneral de Sanidad Agraria;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N 30190 publicada en el DiarioOficial El Peruano el 9 de mayo de 2014, se modifica la

    Ley General de Sanidad Agraria aprobada por DecretoLegislativo N 1059;Que, el Artculo 3 de la Ley N 30190 establece

    que las personas naturales o jurdicas, que desarrollencultivos, organizaciones de productores agrarios, podrnimportar directamente, para consumo propio y de susasociados, plaguicidas de uso agrcola presentando una

    declaracin jurada que contenga el nombre comercial delproducto a importar y su ingrediente activo, nombre delformulador del producto terminado, pas de origen, pesoneto, peso bruto, fecha de produccin, de vencimiento y

    de probable de arribo, tipo y material de envase; dichosproductos debern contar con ingredientes activosque hayan sido evaluados previamente por el ServicioNacional de Sanidad Agraria - SENASA con fines deregistro y podrn tener diferente nombre comercial,pas de origen, concentracin y/o formulacin distinta alproducto registrado con ingrediente activo evaluado porel SENASA;

    Que, adems dicho artculo faculta al SENASApara aprobar procedimientos, mediante resolucindel rgano de lnea competente, que permitanefectuar actividades de vigilancia y control de estosproductos, desde su importacin hasta su uso encampo; adoptando medidas sanitarias e imponiendolas correspondientes sanciones, a quienes infrinjanesta disposicin;

    Que, la Ley General de Sanidad Agraria tiene entresus objetivos regular la produccin, comercializacin, uso

    y disposicin final de insumos agrarios, a fin de fomentarla competitividad de la agricultura nacional;Que, el Reglamento de Organizacin y Funciones

    del SENASA aprobado por Decreto Supremo N 008-2005-AG seala en su Artculo 30 que la Direccin deInsumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria esla unidad orgnica responsable de contribuir a la calidade inocuidad agroalimentaria del pas; dicho rganotiene entre sus funciones, la de establecer mecanismosde control, registro y fiscalizacin de insumos de usoagrcola;

    Que, en virtud de lo sealado anteriormentecorresponde a la Direccin de Insumos Agropecuariose Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, rgano delnea competente en materia de plaguicidas, aprobar elprocedimiento para la importacin, vigilancia y controlde plaguicidas de uso agrcola para consumo propio encumplimiento de lo dispuesto por el Artculo 3 de la Ley

    N 30190;De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 30190,el Decreto Legislativo N 1059 y el Decreto SupremoN 008 2005AG, y con el visado de la Direccin deInsumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y delas Oficinas de Planificacin y Desarrollo Institucional, yde Asesora Jurdica;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Disponer la publicacin del Procedimiento:Importacin, Vigilancia y Control de plaguicidas de usoagrcola para consumo propio, en el portal institucionaldel SENASA (www.senasa.gob.pe).

    Artculo 2.- El Procedimiento sealado en el artculoprecedente, entrar en vigencia a partir del da siguientede la publicacin de la presente Resolucin Directoral enel Diario Oficial El Peruano.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOSUE CARRASCO VALIENTEDirector GeneralDireccin de Insumos Agropecuariose Inocuidad AgroalimentariaServicio Nacional de Sanidad Agraria

    1083782-1

    Designan Jefe de Agencia ZonalBongar Utcubamba, de la DireccinZonal Amazonas, de AGRO RURAL

    RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVAN 142-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE

    Lima, 15 de mayo de 2014VISTO:

    El Memorndum N 0083-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DO-DZA, la Nota Informativa N 377-2014-

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    7/

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523313

    MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL/DO y MemorndumN 1102-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL/DO,y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el Memorndum N 0083-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DO-DZA, laDirectora de la Direccin Zonal de Amazonas solicitala designacin de un profesional que ejerza la funcinde Jefe de la Agencia Zonal Bongar Utcubamba de laDireccin Zonal Amazonas;

    Que, mediante la Nota Informativa N 377-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL/DO, el Directorde la Direccin de Operaciones emite opinin favorablepara la designacin del Ingeniero Ricardo AristarcoCotrina Alberca como Jefe de la Agencia Zonal BongarUtcubamba de la Direccin Zonal, por lo que correspondeemitir el acto administrativo de designacin respectivo;

    De conformidad con lo establecido en la Ley N 27594,Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en elNombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicos

    y en uso de las atribuciones conferidas en el Manualde Operaciones del Programa de Desarrollo ProductivoAgrario Rural AGRO RURAL, aprobado medianteResolucin Ministerial N 1120-2008-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- DESIGNAR al Ingeniero RICARDOARISTARCO COTRINA ALBERCA en el cargo de Jefede la Agencia Zonal Bongar Utcubampa, de la DireccinZonal Amazonas, del Programa de Desarrollo ProductivoAgrario Rural AGRO RURAL, del Ministerio de Agriculturay Riego, cargo considerado de confianza.

    Artculo 2.- DISPONER la publicacin de la presenteresolucin en el Diario Oficial El Peruano y en el PortalElectrnico del Programa de Desarrollo Productivo AgrarioRural AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.LVARO MARTN QUIE NAPURDirectivo Ejecutivo

    1083442-1

    Encargan funciones de Director de laAutoridad Administrativa del AguaHuallaga

    RESOLUCIN JEFATURALN 164-2014-ANA

    Lima, 15 de mayo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N 997, se creala Autoridad Nacional del Agua como organismo pblicoadscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, responsablede dictar las normas y establecer los procedimientos parala gestin integrada y sostenible de los recursos hdricos;

    Que, conforme a los artculos 17 y 23 de la Ley N29338, Ley de Recursos Hdricos, la Autoridad Nacionaldel Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Aguacomo rganos desconcentrados, a travs de los cualesejerce presencia a nivel nacional;

    Que, mediante la Stima Disposicin ComplementariaFinal del Reglamento de la Ley de Recursos Hdricos,aprobado mediante Decreto Supremo N 001-2010-AG,se ratific la Resolucin Jefatural N 546-2009-ANA, queaprueba la delimitacin de los mbitos territoriales de loscatorce (14) rganos desconcentrados de la AutoridadNacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa

    del Agua Huallaga (Cdigo VIII);Que, el artculo 35.1 del Reglamento de Organizaciny Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobadomediante Decreto Supremo N 006-2010-AG, estableceque la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en elpas a travs de rganos desconcentrados denominadosAutoridades Administrativas del Agua, que dirigen en sus

    respectivos mbitos territoriales, la gestin de los recursoshdricos, en el marco de las polticas y normas dictadaspor el Consejo Directivo y Jefatura de la institucin;

    Que, el artculo 38 del citado reglamento dispone

    que la Direccin de la Autoridad Administrativa del Agua,es el rgano ejecutivo de la Autoridad Administrativadel Agua encargado de conducir los procesos tcnicos,jurdicos, presupuestarios y administrativos relativos a lagestin multisectorial del agua en su respectivo mbito,dependiendo jerrquicamente de la Alta Direccin;

    Que, a fin de garantizar el adecuado funcionamientode la Autoridad Nacional del Agua, resulta necesarioencargar las funciones de la Direccin de la AutoridadAdministrativa del Agua Huallaga;

    Que, conforme lo establecido en la PrimeraDisposicin Complementaria Transitoria del Reglamentode Organizacin y Funciones de la Autoridad Nacional delAgua, aprobado con Decreto Supremo N 006-2010-AG,la Jefatura de la entidad est facultada transitoriamente,para encargar mediante Resolucin Jefatural las funcionesde las Autoridades Administrativas del Agua;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594,

    Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo enel Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicosy el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) dela Autoridad Nacional del Agua, aprobado por DecretoSupremo N 006-2010-AG.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Encargar, a partir del da 19 de mayode 2014, las funciones de Director de la AutoridadAdministrativa del Agua Huallaga, al seor ALBAR LUCIOESTRADA ARRASCO.

    Artculo 2.- Las Administraciones Locales del Agua delmbito de la Autoridad Administrativa del Agua Huallaga,continuaran ejerciendo la funcin de primera instanciaadministrativa, por un plazo de hasta ciento cincuenta (150)das naturales computados a partir del da 19 de mayode 2014, en el que se deber concluir con el proceso de

    implementacin de dicha Autoridad Administrativa del Agua.Artculo 3.- Los costos que irrogue la encargaturasealada en el artculo 1 de la presente ResolucinJefatural afectaran al presupuesto del Pliego N 164:Autoridad Nacional del Agua, Meta N 77 AutoridadAdministrativa del Agua - Huallaga.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMIESTERJefeAutoridad Nacional del Agua

    1083428-1

    CULTURA

    Disponen otorgar tarifa promocionalpara el ingreso a Museos administradospor el Ministerio de Cultura, el da 18de mayo de 2014, as como el ingresolibre al Museo Nacional de Arqueologa,

    Antropologa e Historia del Per el da16 de mayo de 2014

    RESOLUCIN MINISTERIALN 158-2014-MC

    Lima, 15 de mayo de 2014

    VISTOS, el Informe N 51-2014-DGM-VMPCIC/MCde fecha 16 de abril de 2014, y el Informe N 72-2014-DGM-VMPCIC/MC de fecha 12 de mayo de 2014, de laDireccin General de Museos, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 29565, se cre el Ministeriode Cultura como organismo del Poder Ejecutivo rector

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    8/6

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523314

    en materia de cultura, que ejerce sus competencias,funciones y atribuciones respecto del Patrimonio Culturalde la Nacin;

    Que, los literales b) y e) del artculo 7 de la precitada

    Ley, sealan que el Ministerio de Cultura tiene entre susfunciones la difusin del Patrimonio Cultural de la Nacin,as como propiciar la participacin de la poblacin en lapromocin del Patrimonio Cultural, y el fortalecimiento dela identidad nacional;

    Que, el numeral 66.4 del artculo 66 del Reglamentode Organizacin y Funciones del Ministerio de Cultura,aprobado por Decreto Supremo N 005-2013-MC,establece que la Direccin General de Museos tieneentre sus funciones, el planear, organizar, aprobar, dirigir,coordinar y supervisar todas las actividades y programasacadmicos, tcnicos, administrativos y financierosvinculados al quehacer museolgico a nivel nacional;

    Que, a travs de la Resolucin Ministerial N 373-2013-MC y sus modificatorias, se aprob el Tarifario de losServicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio deCultura para el ao 2014, el cual contiene los valores delboletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional, entre

    otros;Que, el artculo 34 de la Ley N 29408, Ley General deTurismo, dispone que, con el objeto de promover el turismointerno, las autoridades competentes pueden estableceren determinados periodos tarifas promocionales para elingreso a las reas naturales protegidas o a los bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin, lascuales deben ser comunicadas al Ministerio de ComercioExterior y Turismo o al rgano regional competente parasu difusin;

    Que, el 18 de mayo de cada ao se celebra el DaInternacional de Museos a nivel mundial, cuyo origen seremonta a la Cruzada de los Museos, una campaa quefue implementada en 1951 por parte de la Organizacinde las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y laCultura - UNESCO y del Consejo Internacional de Museos- ICOM;

    Que, en el marco de la festividad en mencin, a travs

    del Informe N 51-2014-DGM-VMPCIC/MC de vistos,la Direccin General de Museos ha propuesto que seotorgue una tarifa promocional ascendente a S/. 1.00(Uno y 00/100 Nuevos Soles) para el ingreso a los museosadministrados por el Ministerio de Cultura, durante el da18 de mayo de 2014;

    Que, asimismo, la Direccin General de Museosha precisado, mediante el Informe N 72-2014-DGM-VMPCIC/MC, que el da 16 de mayo de 2014 se llevarn acabo en el Museo Nacional de Arqueologa, Antropologae Historia del Per, talleres educativos, visitas guiadas yjuegos dirigidos principalmente a nios, con la finalidad dedestacar el importante rol que cumplen los Museos en laeducacin como medio para reafirmar nuestra identidadnacional; motivo por el cual propone que se otorgue unatarifa promocional ascendente a S/. 0.00 (Cero NuevosSoles), para el ingreso al referido museo durante ese da;

    Que, en ese sentido, resulta conveniente

    establecer una tarifa promocional para el ingreso a losMuseos administrados por el Ministerio de Cultura, alconmemorarse el Da Internacional de los Museos, conla finalidad de promover y difundir el Patrimonio Culturalde la Nacin; debindose adems comunicar dichadisposicin al Ministerio de Comercio Exterior y Turismopara su difusin;

    Que, el Tarifario de los Servicios No Prestados enExclusividad del Ministerio de Cultura para el ao 2014,aprobado por Resolucin Ministerial N 373-2013-MC ysus modificatorias, incluye a los Museos a nivel nacionalque tienen ingreso gratuito, respecto de los cuales noser de aplicacin la tarifa promocional propuesta por laDireccin General de Museos para el da 18 de mayo de2014;

    Con el visado del Viceministro de Patrimonio Culturale Industrias Culturales, del Secretario General, de laDirectora de la Direccin de Museos y Bienes Muebles

    (actualmente Direccin General de Museos) y del DirectorGeneral de la Oficina General de Asesora Jurdica;De conformidad con lo establecido en la Ley N 29565,

    Ley de creacin del Ministerio de Cultura; la Ley N 28296,Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N 011-2006-ED; la Ley N 29408, Ley General de Turismo; el

    Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministeriode Cultura, aprobado por Decreto Supremo N 005-2013-MC; y la Resolucin Ministerial N 373-2013-MC,que aprob el Tarifario de los Servicios No Prestados en

    Exclusividad del Ministerio de Cultura para el ao 2014, ysus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Disponer que se otorgue una tarifapromocional ascendente a S/. 1.00 (Uno y 00/100 NuevosSoles) para el ingreso a los Museos administrados porel Ministerio de Cultura, durante el da 18 de mayo de2014; as como el ingreso libre al Museo Nacional deArqueologa, Antropologa e Historia del Per, duranteel da 16 de mayo de 2014, en atencin a la tarifapromocional ascendente a S/. 0.00 (Cero Nuevos Soles),por las razones expuestas en la parte considerativa de lapresente Resolucin

    Artculo 2.- Disponer que la tarifa promocionalaprobada por el artculo 1 de la presente Resolucin,no ser de aplicacin a los Museos administrados por el

    Ministerio de Cultura a nivel nacional que tienen ingresogratuito, conforme a lo establecido en el Tarifario de losServicios No Prestados en Exclusividad del Ministeriode Cultura para el ao 2014, aprobado por ResolucinMinisterial N 373-2013-MC y sus modificatorias.

    Artculo 3.- Los Directores de las DireccionesDesconcentradas de Cultura y los responsables de losMuseos administrados por el Ministerio de Cultura anivel nacional, dispondrn las acciones correspondientespara el cumplimiento de lo establecido en la presenteResolucin.

    Artculo 4.- Notificar la presente Resolucin alMinisterio de Comercio Exterior y Turismo para su difusin,conforme a lo dispuesto por la Ley N 29408, Ley Generalde Turismo.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    DIANA ALVAREZ-CALDERNMinistra de Cultura

    1083792-1

    Otorgan la distincin PersonalidadMeritoria de la Cultura en el marco delas celebraciones del Da Internacionalde los Museos

    RESOLUCIN MINISTERIALN 159-2014-MC

    Lima, 15 de mayo de 2014

    VISTOS, el Informe N 052-2014-DIPM-DGM/MC, de

    fecha 15 de abril de 2014, el Informe N 56-2014-DGM-VMPCIC/MC, de fecha 21 de abril de 2014, el InformeN 356-2014-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 8 de mayo de2014, y el Informe N 215-2014-DGIA-VMPCIC/MC, defecha 9 de mayo de 2014, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, por Ley N 29565 se cre el Ministerio de Culturacomo organismo del Poder Ejecutivo, con personerajurdica de derecho pblico, estableciendo entre susfunciones la de conceder reconocimientos al mrito alos creadores, artistas, personas y organizaciones queaporten al desarrollo cultural del pas;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 080-2011-MC, de fecha 3 de marzo de 2011, se aprueba laDirectiva N 001-2011/MC, sobre Declaratoria de lasmanifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como

    Patrimonio Cultural de la Nacin y el otorgamiento deReconocimientos;Que, el artculo 11 de la mencionada Directiva establece

    que el Ministerio de Cultura, mediante ResolucinMinisterial, reconoce a personas naturales y/o jurdicas,previo estudio en cada caso particular, con alguna delas distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la

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    9/6

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523315

    Cultura, Repositorio Vivo de Memoria Colectiva, Medallade Honor de la Cultura Peruana y Director Honorario;

    Que, mediante Informe N 56-2014-DGM-VMPCIC/MC, de fecha 21 de abril de 2014, la Direccin General de

    Museos en relacin al Informe N 052-2014-DIPM-DGM/MC, de fecha 15 de abril de 2014, propone el otorgamientode la distincin como Personalidad Meritoria de la Culturaa los seores Aura Ins del guila Ros, Francisco RodolfoVera Loayza y Luis Orlando Repetto Mlaga; propuestaque cuenta con la aprobacin del Viceministerio dePatrimonio Cultural e Industrias Culturales;

    Que, de conformidad a las funciones establecidasen el numeral 78.14 del artculo 78 y el numeral 82.15del artculo 82 del Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio de Cultura, aprobado porDecreto Supremo N 005-2013-MC, la Direccin Generalde Industrias Culturales y Artes, a travs del Informe N215-2014-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 9 de mayo de2014, manifiesta su conformidad con la opinin tcnicafavorable de la Direccin de Artes contenida en el InformeN 356-2014-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 8 de mayo de2014, respecto al reconocimiento propuesto de quienes

    por su reconocida trayectoria y labor en el campo de lamuseologa y museografa, as como por su compromisocon la conservacin del patrimonio cultural, ameritan serdeclarados como Personalidad Meritoria de la Cultura;

    Que, en ese sentido, en el marco de las actividadesque se desarrollan por el Da Internacional de los Museosque se celebra el 18 de mayo de cada ao, el Ministeriode Cultura ha considerado distinguir como PersonalidadMeritoria de la Cultura a destacadas personas naturalesque se desempean en el campo de la investigacinmuseolgica, gestin de los museos, conservacin,proteccin y difusin de los bienes culturales resguardadosen los museos, quienes por su valiosa labor han realizadoun aporte al desarrollo cultural del pas;

    Con el visado del Viceministro de Patrimonio Culturale Industrias Culturales, de la Directora General de laDireccin General de Promocin y Difusin Cultural,actualmente Direccin General de Industrias Culturales

    y Artes y del Director General de la Oficina General deAsesora Jurdica, y;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29565,

    Ley de creacin del Ministerio de Cultura; el Reglamentode Organizacin y Funciones del Ministerio de Cultura,aprobado por Decreto Supremo N 005-2013-MC; y laDirectiva N 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoriade las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterialcomo Patrimonio Cultural de la Nacin y el Otorgamientode Reconocimientos, aprobada por Resolucin MinisterialN 080-2011-MC y sus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Otorgar la distincin de PersonalidadMeritoria de la Cultura, en el marco de las celebracionesdel Da Internacional de los Museos, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente

    Resolucin, a las siguientes personas:- AURA INS DEL GUILA ROS, en mrito a su

    destacada trayectoria acadmica en el campo de lamuseologa, la educacin, investigacin arqueolgica y lagestin del Patrimonio Cultural de la Nacin.

    - FRANCISCO RODOLFO VERA LOAYZA, en mritoa su destacada trayectoria en el campo de la museografay difusin del Patrimonio Cultural de la Nacin.

    - LUIS ORLANDO REPETTO MLAGA, en mritoa su destacada trayectoria en la gestin de museos ypreservacin de las tradiciones culturales y artsticas denuestro pas en su amplia diversidad.

    Artculo 2.- Remitir una copia de la presenteResolucin a la Direccin General de IndustriasCulturales y Artes, para que proceda con el trmite quecorresponda.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    DIANA ALVAREZ-CALDERNMinistra de Cultura

    1083792-2

    DEFENSA

    Autorizan ingreso de personal militar deEE.UU. y Brasil al territorio nacional

    RESOLUCIN MINISTERIALN 365-2014-DE/SG

    Lima, 15 de mayo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 326 del 25 de abril de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio deRelaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidosde Amrica, sin armas de guerra;

    Que, con Oficio G. 500- 1893 del 12 de mayo de 2014,el Secretario del Comandante General de la Marina porencargo del Comandante General de la Marina, emite

    opinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica;Que, el referido personal militar ingresar a territorio de

    la Repblica, del 16 de mayo al 8 de junio de 2014, pararealizar un entrenamiento en el Centro de Investigacinde Enfermedades Tropicales (NAMRU-6);

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingreso detropas extranjeras en el territorio de la Repblica, modificadopor el artculo nico de la Ley N 28899, establece que elingreso de personal militar extranjero sin armas de guerrapara realizar actividades relacionadas a las medidas defomento de la confianza, actividades de asistencia cvica,de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadmicas,de instruccin o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacino protocolares con autoridades militares y/o del EstadoPeruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante

    Resolucin Ministerial, con conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de laRepblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horastras la expedicin de la resolucin, bajo responsabilidad. LaResolucin Ministerial de autorizacin debe especificar losmotivos, la relacin del personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra delPer; y de conformidad con la Ley N 27856, modificadapor la Ley N 28899;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, al Capitn de CorbetaAshley JACKSON de los Estados Unidos de Amrica,

    del 16 de mayo al 8 de junio de 2014, para que realicenun entrenamiento en el Centro de Investigacin deEnfermedades Tropicales (NAMRU-6).

    Artculo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificadapor Ley N 28899.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1083793-1

    RESOLUCIN MINISTERIALN 366-2014-DE/SG

    Lima, 15 de mayo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 325 del 25 de abril de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de

  • 5/26/2018 Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

    10

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523316

    Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de la RepblicaFederativa de Brasil, sin armas de guerra;

    Que, con Oficio G. 500- 1894 del 12 de mayo de 2013,

    el Secretario del Comandante General de la Marina porencargo del Comandante General de la Marina, emiteopinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de la Repblica Federativa de Brasil;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 16 al 23 de mayo de 2014, con lafinalidad de intercambiar experiencias profesionales conpersonal de la Marina de Guerra del Per;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingresode tropas extranjeras en el territorio de la Repblica,modificado por el artculo nico de la Ley N 28899,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades deasistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento conpersonal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar

    visitas de coordinacin o protocolares con autoridadesmilitares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escritoen un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicinde la resolucin, bajo responsabilidad. La ResolucinMinisterial de autorizacin debe especificar los motivos,la relacin del personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra delPer; y de conformidad con la Ley N 27856, modificadapor la Ley N 28899;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, al personal militar de laRepblica Federativa de Brasil detallado a continuacin,del 16 al 23 de mayo de 2014, con la finalidad deintercambiar experiencias profesionales con personal dela Marina de Guerra del Per.

    1. Almirante de Escuadra Julio Soares DE MOURA Neto2. Capitn de Navo Antonio CARLOS Cambra3. Capitn de Fragata Bruno Vieira DOS SANTOS Almeida

    Artculo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificadapor Ley N 28899.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1083793-2

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Autorizan Transferencia de Partidas enel Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2014 a favor del JuradoNacional de Elecciones

    DECRETO SUPREMON 110-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 30114, Ley de Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2014, se ha aprobado,

    entre otros, el presupuesto institucional del pliego 031Jurado Nacional de Elecciones;

    Que, el artculo 4 de la Ley N 27683, Ley de EleccionesRegionales, modificado por el artculo 2 de la Ley N

    29470, dispone que las elecciones regionales se realizanjunto con las elecciones municipales el primer domingodel mes de octubre, por lo que, este ao correspondellevar a cabo dichas elecciones el domingo 05 de octubrede 2014;

    Que, con Decreto Supremo N 009-2014-PCM,publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de enero de2014, el Poder Ejecutivo convoc a Elecciones Regionalesy Municipales para elegir presidentes, vicepresidentesy consejeros del consejo regional de los gobiernosregionales de los departamentos de toda la Repblicay de la Provincia Constitucional del Callao, y Alcaldes yRegidores de los Consejos Provinciales y Distritales detoda la Repblica, para el da domingo 5 de octubre delao 2014;

    Que, mediante Oficios Ns. 0028 y 0225-2014-P/JNEel Jurado Nacional de Elecciones solicita una demandaadicional de recursos por la suma de TREINTA Y DOS

    MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 000 000,00)para atender las siguientes actividades: a) reforzamientode los noventa y seis (96) Jurados Electorales Especiales,b) funcionamiento de las Oficinas Registrales, c)funcionamiento de la Central de Operaciones del JNE, yd) Fortalecimiento de los Programas de Educacin CvicaElectoral;

    Que, los artculos 44 y 45 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuestodel Sector Pblico consideran una Reserva deContingencia que constituye un crdito suplementarioglobal, destinada a financiar los gastos que por sunaturaleza y coyuntura no pueden ser previstos enlos Presupuestos de los Pliegos, disponiendo quelas transferencias o habilitaciones que se efectencon cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan

    mediante decreto supremo refrendado por el Ministrode Economa y Finanzas;Que, los recursos para las acciones antes descritas

    no han sido previstos en el presupuesto institucionaldel pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones,en consecuencia, resulta necesario autorizar unatransferencia de partidas, hasta por la suma deTREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 32 000 000,00), con cargo a los recursosprevistos en la Reserva de Contingencia del Ministeriode Economa y Finanzas;

    De conformidad con lo establecido en el artculo 45 delTexto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF;

    DECRETA:

    Artculo 1.- ObjetoAutorzase una Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, afavor del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, hastapor la suma de TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 32 000 000,00), para atenderlos gastos que demanden las acciones descritas en laparte considerativa de la presente norma, de acuerdo alsiguiente detalle:

    DE LA: En Nuevos SolesSECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economa y

    FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administracin General

    ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

    QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

    ACTIVIDAD 5000415 : Administracin del ProcesoPresupuestario del SectorPblico

    FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

  • 5/26/2018 Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523317

    GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 32 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 32 000 000,00

    ============

    A LA: En Nuevos Soles

    SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 031 : Jurado Nacional de EleccionesUNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones

    ASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

    ACTIVIDAD 5000841 : Gestin ElectoralFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 32 000 000,00 --------------------

    TOTAL EGRESOS 32 000 000,00 ===========

    Artculo 2.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional

    2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presenteTransferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucin,la desagregacin de los recursos autorizados en el artculo1 de la presente norma, a nivel programtico, dentro delos cinco (5) das calendario de la vigencia del presentedispositivo legal. Copia de la Resolucin ser remitidadentro de los cinco (5) das de aprobada a los organismossealados en el numeral 23.2 del artculo 23 del Textonico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General delSistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF.

    2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus

    veces en el Pliego involucrado, solicitar a la DireccinGeneral de Presupuesto Pblico las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporacin denuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades deMedida.

    2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen el Pliego involucrado instruir a la Unidad Ejecutorapara que elaboren las correspondientes Notas paraModificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

    Artculo 3.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que

    hace referencia el artculo 1 del presente Decreto Supremono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.

    Artculo 4.- Refrendo

    El presente Decreto Supremo es refrendado por elMinistro de Economa y Finanzas.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quincedas del mes de mayo del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    1083795-1

    Autorizan Transferencia de Partidas afavor del pliego Ministerio del Interior

    en el Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2014

    DECRETO SUPREMON 111-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 30114, Ley de Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2014, se ha aprobado,

    entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007Ministerio del Interior;Que, el Decreto Legislativo N 1132 aprueba la nueva

    estructura de ingresos aplicable al personal militar delas Fuerzas Armadas y policial de la Polica Nacional delPer, la cual tiene como propsito regular y ordenar elpago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficiosdel personal militar y policial, estableciendo una nica ynueva escala de ingresos que considera el alto riesgoen el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y laresponsabilidad de sus funciones;

    Que, mediante Decreto Supremo N 013-2013-EF seaprob el Reglamento del Decreto Legislativo N 1132,Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructurade ingresos aplicable al personal militar de las FuerzasArmadas y policial de la Polica Nacional del Per;

    Que, el literal c) del artculo 9 del Decreto LegislativoN 1132, y el artculo 13 del Reglamento de dicho Decreto

    Legislativo establecen que la Compensacin por Tiempode Servicios (CTS) es otorgada por nica vez al personalmilitar o policial al momento en que pase a la Situacin deRetiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del SectorPblico (UISP) establecida en la Ley N 28212 y los aoscompletos de servicio prestados, la cual ser calculada enfuncin de la remuneracin base para la CTS regulada enel artculo 21 del referido Decreto Legislativo;

    Que, mediante Oficios Ns. 247-2014-IN-DM, 000195-2014/IN/VGI y 647-2014-IN-DM, el Ministerio del Interiorha solicitado una transferencia de recursos por la sumatotal de CIENTO OCHO MILLONES SETENTA Y CINCOMIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 001/100NUEVOS SOLES (S/. 108 075 267,00), para financiarel pago de la compensacin por tiempo de servicios delpersonal policial de la Polica Nacional del Per (1 387beneficiarios), correspondiente al ao fiscal 2014, en basea lo dispuesto por el artculo 21 del Decreto Legislativo N

    1132 y su Reglamento, los cuales no han sido previstospor el citado pliego;Que, mediante Memorando N 249-2014-EF/53.01,

    la Direccin General de Gestin de Recursos Pblicosdel Ministerio de Economa y Finanzas, seala quede acuerdo a sus competencias, a la informacinregistrada por el Ministerio del Interior en el AplicativoInformtico para el Registro Centralizado de Planillasy de Datos de los Recursos Humanos del SectorPblico; y, en el marco de lo dispuesto por el inciso c)del artculo 9 y el artculo 21 del Decreto LegislativoN 1132, se ha determinado que el costo del beneficiode Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS)asciende a la suma total de CIENTO OCHO MILLONESSETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTAY SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 108 075267,00) que beneficiara a 1 387 efectivos, productode la aplicacin de la Escala de la Remuneracin Base

    para el Pago de la CTS;Que, asimismo, los artculos 44 y 45 del Texto nicoOrdenado de la Ley N 28411, Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, aprobado mediante DecretoSupremo N 304-2012-EF, establecen que las Leyes dePresupuesto del Sector Pblico consideran una Reservade Contingencia que constituye un crdito presupuestarioglobal, destinada a financiar los gastos que por sunaturaleza y coyuntura no pueden ser previstos enlos presupuestos de los Pliegos, disponiendo que lastransferencias o habilitaciones que se efecten con cargoa la Reserva de Contingencia se autorizan mediantedecreto supremo refrendado por el Ministro de Economay Finanzas;

    Que, en consecuencia, es necesario autorizar unaTransferencia de Partidas hasta por la suma total deCIENTO OCHO MILLONES SETENTA Y CINCO MILDOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS

    SOLES (S/. 108 075 267,00), destinada al financiamientodel pago de la compensacin por tiempo de servicios,correspondiente al ao fiscal 2014, en el marco de lodispuesto en el Decreto Legislativo N 1132 a favor delpliego Ministerio del Interior, con cargo a los recursos dela Reserva de Contingencia del Ministerio de Economa yFinanzas; considerando que los citados recursos no han

  • 5/26/2018 Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

    12

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523318

    sido previstos en el presupuesto institucional del citadopliego en el presente ao fiscal;

    De conformidad con lo establecido en el artculo 45 delTexto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General

    del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Transferencia de PartidasAutorzase una Transferencia de Partidas en el

    Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014,hasta por la suma total de CIENTO OCHO MILLONESSETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA YSIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 108 075 267,00),destinada a financiar el pago de la compensacin portiempo de servicios del personal policial de la PolicaNacional del Per, correspondiente al ao fiscal 2014,en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N1132 a favor del pliego Ministerio del Interior, de acuerdoal siguiente detalle:

    DE LA:

    SECCION PRIMERA : Gobierno Central

    PLIEGO 009 : Ministerio de Economa yFinanzas

    UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracin General

    ACTIVIDAD 5 000415 : Administracin del Proceso Presupuestario del Sector

    Pblico

    En Nuevos Soles

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES

    2.0 Reserva de Contingencia 108 075 267,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 108 075 267,00 ============

    A LA:

    SECCION PRIMERA : Gobierno Central

    PLIEGO 007 : Ministerio del Interior

    UNIDAD EJECUTORA 002 : Direccin de Economa yFinanzas de la PNP

    ACCIONES CENTRALES

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios

    ACTIVIDAD 5000003: Gestin Administrativa

    GASTOS CORRIENTES

    2.1 Personal y Obligaciones Sociales 108 075 267,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 108 075 267,00 ============ TOTAL EGRESOS 108 075 267,00 ============

    Artculo 2.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional

    2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presenteTransferencia de Partidas aprueba medianteResolucin, la desagregacin de los recursos

    autorizados en el artculo 1 de la presente norma,a nivel programtico, dentro de los cinco (5) dascalendario de la vigencia del presente dispositivolegal. Copia de la Resolucin ser remitida dentrode los cinco (5) das de aprobada a los organismossealados en el numeral 23.2 del artculo 23 del Textonico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del

    Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF.

    2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en el Pliego involucrado, solicitar a la Direccin

    General de Presupuesto Pblico las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporacin denuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades deMedida.

    2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en el Pliego involucrado instruir a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

    Artculo 3.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos de la transferencia de partidas a que hace

    referencia el artculo 1 del presente Decreto Supremono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.

    Artculo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el

    Ministro de Economa y Finanzas

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quincedas del mes de mayo del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    1083795-2

    EDUCACION

    Aprueban Directiva Procedimientospara la Contratacin de Personal

    Altamente Calificado en el Ministerio deEducacin y sus Organismos Pblicosadscritos

    RESOLUCIN DE SECRETARA GENERALN 581-2014-MINEDU

    Lima, 15 de mayo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N 29806, Ley que regula lacontratacin de Personal Altamente Calificado en elSector Pblico y dicta otras disposiciones, se regula lacontratacin de profesionales altamente calificados para

    ocupar puestos en entidades pblicas del Poder Ejecutivo,bajo los principios de mrito y transparencia;Que, en virtud del Decreto Supremo N 016-2012-EF,

    se aprob el Reglamento de la Ley N 29806, modificadopor el Decreto Supremo N 026-2014-EF; estableciendoen su artculo 7 que los sectores que soliciten lacontratacin de personal altamente calificado, debencontar con un procedimiento de seleccin de candidatosa ser contratados bajo esta modalidad, que garantice elcumplimiento de los principios de mrito y transparencia,as como el cumplimiento de los requisitos establecidospara cada puesto en los documentos de gestin a los quese refiere el segundo prrafo de su artculo 8;

    Que, con Resolucin Ministerial N 0153-2012-EDse aprob la Directiva N 006-2012-MINEDU/SG-OGAdenominada Procedimiento para la Contratacin dePersonal Altamente Calificado en el Sector Educacin;con la finalidad de establecer los lineamientos y

    procedimientos para la seleccin y contratacin delpersonal altamente calificado en el Sector Educacin,bajo los principios de mrito y transparencia:

    Que, resulta necesario actualizar el documentonormativo antes mencionado, teniendo en cuenta lasmodificaciones al Reglamento de la Ley N 29806,aprobadas por Decreto Supremo N 026-2014-EF;

  • 5/26/2018 Normas Legales 16-05-2014 [TodoDocumentos.info]

    13

    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523319

    De conformidad con lo establecido en el Decreto LeyN 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin,modificado por la Ley N 26510; en el Reglamento de laLey N 29806, Ley que regula la contratacin de Personal

    Altamente Calificado en el Sector Pblico y dicta otrasdisposiciones, aprobado por Decreto Supremo N 016-2012-EF y modificado por Decreto Supremo N 026-2014-EF; en el Reglamento de Organizacin y Funciones delMinisterio de Educacin aprobado por Decreto SupremoN 006-2012-ED; y en virtud a las facultades delegadasmediante Resolucin Ministerial N 014-2014-MINEDU,modificada por Resolucin Ministerial N 064-2014-MINEDU;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 002-2014-MINEDU/SG-OGA Procedimientos para la Contratacinde Personal Altamente Calificado en el Ministerio deEducacin y sus Organismos Pblicos adscritos, que encalidad de Anexo forma parte de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Dejar sin efecto la Directiva N 006-2012-

    MINEDU/SG-OGA denominada Procedimiento parala Contratacin de Personal Altamente Calificado en elSector Educacin, aprobada por Resolucin MinisterialN 0153-2012-ED.

    Artculo 3.-Disponer que la Oficina de Apoyo a laAdministracin de la Educacin publique la presenteresolucin, as como su Anexo, en el Sistema deInformacin Jurdica de Educacin SIJE, ubicado enel Portal Institucional del Ministerio de Educacin (http://www.minedu.gob.pe/).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    DESILU LEON CHEMPENSecretaria General

    1083769-1

    JUSTICIA Y DERECHOS

    HUMANOS

    Designan Procurador Pblico de laMarina de Guerra del Per

    RESOLUCIN SUPREMAN 097-2014-JUS

    Lima, 15 de mayo de 2014

    VISTO, el Oficio N. 1106-2014-JUS/CDJE-ST, delSecretario Tcnico del Consejo de Defensa Jurdica delEstado;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N. 1068, se creael Sistema de Defensa Jurdica del Estado con la finalidadde fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurdica delEstado en el mbito local, regional, nacional, supranacionale internacional, en sede judicial, militar, arbitral, TribunalConstitucional, rganos administrativos e instancias desimilar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;

    Que, el artculo 7 del Decreto Legislativo N. 1068mencionado, establece que es atribucin del Consejode Defensa Jurdica del Estado, entre otras, proponerla designacin de los Procuradores Pblicos del PoderEjecutivo;

    Que, el inciso b) del artculo 25 del DecretoLegislativo antes acotado, estipula que la designacin delos Procuradores Pblicos culmina, entre otras razones,

    por trmino de la designacin;Que, mediante Resolucin Suprema N. 035-2012-JUS del 24 de febrero de 2012 se design al abogadoCapitn de Navo CJ. Luis Marino Jimnez Ames, comoProcurador Pblico de la Marina de Guerra del Per;

    Que mediante Oficio N. 248-2014-MINDEF/DM del04 de marzo del 2014, el Ministro de Defensa puso a

    consideracin del Consejo la designacin del abogadoCapitn de Navo CJ. Juan Vicente Cotera Chvez, comoProcurador Pblico de la Marina de Guerra del Per, enreemplazo del abogado Capitn de Navo CJ. Luis Marino

    Jimnez Ames;Que, conforme al Oficio de visto, la Secretara Tcnicadel Consejo de Defensa Jurdica del Estado informa, que elcitado Consejo ha propuesto dar trmino a la designacindel abogado Capitn de Navo CJ. Luis Marino JimnezAmes, como Procurador Pblico de la Marina de Guerradel Per, y en su reemplazo, se designe al abogadoCapitn de Navo CJ. Juan Vicente Cotera Chavez,resultando pertinente emitir el acto correspondiente;

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 47 dela Constitucin Poltica del Per; la Ley N. 29809, Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Justicia yDerechos Humanos; el Decreto Legislativo N. 1068, porel cual se crea el Sistema de Defensa Jurdica del Estado;y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.017-2008-JUS;

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dar por concluida la designacin delabogado Capitn de Navo CJ. Luis Marino Jimnez Ames,como Procurador Pblico de la Marina de Guerra del Per,dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar al abogado Capitn de NavoCJ. Juan Vicente Cotera Chavez, como ProcuradorPblico de la Marina de Guerra del Per.

    Artculo 3.- La presente Resolucin Suprema serrefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro deDefensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    DANIEL FIGALLO RIVADENEYRAMinistro de Justicia y Derechos Humanos

    1083795-4

    MUJER Y POBLACIONES

    VULNERABLES

    Dejan sin efecto la R.M. N 146-2014-MIMP, sobre renuncia y designacinde Directora Ejecutiva del ProgramaNacional Yachay del MIMP

    RESOLUCIN MINISTERIAL147-2014-MIMP

    Lima, 15 de mayo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N146-2014-MIMP publicada el 15 de mayo de 2014, se acept larenuncia de la seora Amelia Cabrera Salazar al cargode Directora Ejecutiva del Programa Nacional Yachay del

    Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMPy design en el cargo a la seora Olga Carolina CombeJeanneau;

    Que, por necesidad de servicio resulta convenientedejar sin efecto, la citada Resolucin Ministerial;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley29158 Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014523320

    Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo enel nombramiento y designacin de funcionarios pblicos;el Decreto Legislativo 1098 Decreto Legislativoque aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del

    Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP;y, su Reglamento de Organizacin y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo003-2012-MIMP;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Dejar sin efecto la ResolucinMinisterial N 146-2014-MIMP.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    CARMEN OMONTE DURANDMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

    1083760-1

    Aprueban transferencia financiera a

    favor de 31 Sociedades de BeneficenciaPblica que se encuentran en el mbitodel Ministerio de la Mujer y Poblaciones

    Vulnerables, destinada al pago deremuneraciones y pensiones del mesde mayo de 2014

    RESOLUCIN MINISTERIALN 148-2014-MIMP

    Lima, 15 de mayo de 2014

    Vistos, la Nota N 219-2014-MIMP/DGFC de laDireccin General de la Familia y la Comunidad, elInforme N 085-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG dela Direccin de Beneficencias Pblicas y Voluntariado,

    el Memorando N 269-2014-MIMP/OGPP de la OficinaGeneral de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N211-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuestoe Inversiones y la Nota N 372-2014-MIMP/OGA de laOficina General de Administracin del Ministerio de laMujer y Poblaciones Vulnerables;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 26918 se crea el SistemaNacional para la Poblacin en Riesgo -SPR- con lafinalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a lacomunidad en general para la promocin, atencin y apoyoa nios, adolescentes, mujeres, jvenes y ancianos, y engeneral toda persona en situacin de riesgo y abandonoo con problemas squicos, sociales o corporales quemenoscaben su desarrollo humano; norma que a travsde su Segunda Disposicin Transitoria y Complementaria

    seala que el rgano Rector del Sistema aprobar laforma y plazo en el que las Sociedades de BeneficenciaPblica o Juntas de Participacin Social, transformadas ono en fundaciones, irn asumiendo los costos que irroganlas remuneraciones de sus trabajadores; siendo que entanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio deEconoma y Finanzas continuar transfiriendo los recursosaprobados en la Ley de Presupuesto Pblico;

    Que, mediante Decreto Legislativo N 1098 seaprob la Ley de Organizacin y Funciones del Ministeriode la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, la cualestablece en su artculo 5 literal m) que el Ministerio dela Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de sumbito de competencia el ejercicio de la rectora sobre elSistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional deAtencin Integral del Nio, Nia y Adolescente y el SistemaNacional para la Poblacin en Riesgo, entre otros;

    Que, a travs del artculo 12 de la Ley N 30114 Ley

    de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014, se autoriza al Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables MIMP a efectuar, mediante resolucin delTitular del Pliego, transferencias financieras a favor de lasSociedades de Beneficencia Pblica que se encuentranbajo el mbito de su competencia, para el pago deremuneraciones y pensiones;

    Que, con Decreto Supremo N 003-2014-EF sereajust, a partir de enero de 2014, las pensionespercibidas por los beneficiarios del rgimen del DecretoLey N 20530 que hayan cumplido sesenta y cinco (65)

    aos o ms de edad al 31 de diciembre de 2013, cuyovalor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28)Unidades Impositivas Tributarias, precisando que el montode dicho reajuste ascender a VEINTISIETE Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 27,00) para los pensionistas quecumplan las condiciones antes sealadas y, en caso depercibirse ms de una pensin, el reajuste se har sobrela pensin de mayor monto;

    Que, el artculo 61 del Reglamento de Organizaciny Funciones del Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables, aprobado por Decreto Supremo N 003-2012-MIMP, seala que la Direccin General de la Familia y laComunidad es el rgano de lnea encargado de disear,promover, coordinar, monitorear y evaluar las polticas,planes, programas y proyectos para la promocin yfortalecimiento de las familias, para la reinsercin familiarde nias, nios y adolescentes sin cuidados parentales,para la adecuada atencin de la poblacin por las

    Sociedades de Beneficencia Pblica y los referidos aPersonas Adultas Mayores y sus derechos; as comonormar, disear, promover, coordinar y supervisar elservicio de voluntariado;

    Que, en mrito a lo sealado, mediante Nota N 219-2014-MIMP/DGFC del 30 de abrilde 2014, la DireccinGeneral de la Familia y la Comunidad, en atencin alInforme N 085-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de laDireccin de Beneficencias Pblicas y Voluntariado, hasolicitado la transferencia de recursos financieros a favorde treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pblicaque se encuentran en el mbito de competencia delMinisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hastapor la suma deCUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MILUNO Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38), para elpago de remuneraciones y pensionesdel mes de mayo del2014;

    Que, con Memorando N 269-2014-MIMP/OGPP

    del6demayode 2014, el Director General de la OficinaGeneral de Planeamiento y Presupuesto hace suyo elInforme N 211-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina dePresupuesto e Inversiones, a travs del cual se emiteopinin favorable para la transferencia financiera afavor de treinta y un (31) Sociedades de BeneficenciaPblica que se encuentran bajo el mbito del Ministeriode la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago deremuneraciones ypensionesdel mes de mayo de 2014,as como para el reintegro correspondiente en el marco delo establecido en el Decreto Supremo N 003-2014-EF,porlo que seotorga la disponibilidad presupuestaria hasta porla suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL UNOY 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38) en la Fuentede Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especfica degastos 2.4.1.3.1.4 a otras Entidades Pblicasy metaspresupuestarias sealadas en el Cuadro N 1 adjunto alcitado Informe;

    Que, mediante Nota N 372-2014-MIMP/OGA del 7de mayode 2014, la Oficina General de Administracin hasealado que no encuentra objecin para la transferenciafinanciera propuesta por la Direccin General de laFamilia y la Comunidad, mediante Nota N 219-2014-MIMP/DGFC del 30 de abril de 2014, la cual deber serformalizada con resolucin ministerial, en virtud de loestablecido en el literal c) del numeral 12.1 del artculo12 de la Ley N 30114 Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2014, por lo que recomienda sutrmite correspondiente;

    Que, en tal sentido, a fin de efectivizar a favor delos trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31)Sociedades de Beneficencia Pblica que se encuentranen el mbito del Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables el pago de sus remuneraciones y pensionesdel mes de mayode 2014,as como el reintegrocorrespondiente en el marco de lo establecido en el Decreto

    Supremo N 003-2014-EF, resulta pertinente emitir el actopor el que se apruebe la transferencia financiera hasta porla suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL UNOY 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38) a favor de lascitadas Sociedades de Beneficencia Pblica;

    Con las visaciones del Despacho Viceministerial dePoblaciones Vulnerables, de la Direccin General de la

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    El Peruano

    Viernes 16 de mayo de 2014 523321

    Familia y la Comunidad; y de las Oficinas Generales dePlaneamiento y Presupuesto, de Administracin y deAsesora Jurdica;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 30114

    Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014; la Ley N 26918 Ley de creacin del SistemaNacional para la Poblacin en Riesgo SPR; el DecretoLegislativo N 1098 Decreto Legislativo que aprueba laLey de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Mujery Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organizaciny Funciones del Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables; y el Decreto Supremo N 003-2014-EF;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la transferencia financieradel Pliego 039: Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables, Unidad Ejecutora 001: AdministracinNivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOSNOVENTA Y UN MIL UNO Y 38/100 NUEVOS SOLES(S/.491 001,38)a favor de treinta y un (31) Sociedades de

    Beneficencia Pblica que se encuentran en el mbito delMinisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformeal anexo adjunto que forma parte integrante de la presenteResolucin Ministerial, los cuales sern destinados parael pago de remuneraciones y pensiones del mes demayo de 2014 de los trabajadores y pensionistas de lascitadas Sociedades de Beneficencia Pblica, as como elreintegro correspondiente en el marco de lo establecidoen el Decreto Supremo N 003-2014-EF.

    Artculo 2.- La Oficina General de Administracindeber efectuar las acciones administrativas quecorrespondan para el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolucin Ministerial.

    Artculo 3.-Las Sociedades de Beneficencia Pblicadebern efectuar las rendiciones respectivas de losrecursos transferidos, debiendo informar las mismas ala Direccin de Beneficencias Pblicas y Voluntariado dela Direccin General de la Familia y la Comunidad. Los

    recursos asignados que no fueren utilizados debern serrevertidos al Tesoro Pblico.Artculo 4.- La Direccin General de la Familia y la

    Comunidad, a travs de la Direccin de BeneficenciasPblicas y Voluntariado, y la Oficina General deAdministracin, en el marco de sus competencias,sern los responsables del monitoreo, seguimiento ycumplimiento de los fines y metas de los recursos materiade transferencia.

    Artculo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiereel artculo 1 de la presente Resolucin se publique en elportal institucional del Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha depublicacin de la presente resolucin en el Diario OficialEl Peruano.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    CARMEN OMONTE DURANDMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

    1083766-1

    PRODUCE

    Suspenden actividades extractivas delos recursos anchoveta y anchovetablanca en zonas del litoral

    RESOLUCIN MINISTERIALN 145-2014-PRODUCE

    Lima, 15 de mayo de 2014

    VISTOS: el Oficio N DEC-100-093-2014-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Per-IMARPE, el InformeN 106-2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la DireccinGeneral de Polticas y Desarrollo Pesquero, y el InformeN 040-2014-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina Generalde Asesora Jurdica; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley N 25977,en su artculo 2, establece que los recursos hidrobiolgicos

    contenidos en las aguas jurisdiccionales del Per sonpatrimonio de la Nacin; correspondiendo al Estadoregular el manejo integral y la explotacin racional dedichos recursos, considerando que la actividad pesqueraes de inters nacional;

    Que, el artculo 9 de la citada Ley, dispone que elMinisterio de la Produccin sobre la base de evidenciascientficas disponibles y de factores socioeconm